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Data Gubernamental Febrero 2014 Normas del Poder Ejecutivo derogadas periodo enero 2001- enero 2013 C.P.C. Mario Vera Novoa 1. Antecedentes Mediante la Ley Nº 29477, se da inicio al proceso de consolidación del espectro normativo peruano mediante la cual se establece que no forman parte del ordenamiento jurídico vigente las diferentes normas que en su oportunidad fueron publicadas en el diario ofi- cial El Peruano. Esta Ley estableció que los diferentes sectores, los Gobiernos regionales y locales, así como los organismos públicos, debían confeccionar progresivamente los listados de las normas no vigentes de carácter general que hubieren expedido, los que serán difundidos a través de normas igualmente de carácter general, cuya expedición estuviera dentro del ámbito de sus atribuciones, debiendo remitir con carácter obligatorio los listados confecciona- dos al Ministerio de Justicia, que a través de su Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos los consolidará y reportará al Congreso de la República para que continúe con el proceso de racionalización y sistematización legislativa. 2. Decreto Supremo Nº 005-2013-JUS Con la publicación de este decreto supremo se da inicio al proceso de identificación y difusión de las normas aprobadas por el Poder Ejecu- tivo que se encuentren derogadas expresa o tácitamente; o, que ha- yan cumplido el plazo o la finalidad para la que fueron aprobadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 8° de la Ley Nº 29477. Para estos efectos, el decreto supremo establece lo siguiente: - El Poder Ejecutivo, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, declarará su no pertenencia al ordenamiento jurídico vigente, el mismo que lo ejecutará mediante decreto supremo refrendado por todos los Ministros de Estado. - La primera etapa del proceso de identificación y difusión de las normas del Poder Ejecutivo se realizará desde la publicación del Decreto Supremo (13.04.13) hasta julio 2013. En esta etapa se identificará y difundirá la no pertenencia al ordenamiento jurí- dico vigente de las normas de carácter general, aprobadas entre enero de 2001 y enero de 2013, mediante decreto supremo, resolución ministerial y resoluciones del más alto rango emitidas por organismos públicos adscritos a los Ministerios. Además precisa que la norma de carácter general es aquella que no está dirigida a personas naturales o jurídicas específicas, sino que crea, modifica, regula, declara o extingue derechos u obligaciones de carácter general, de cuyo texto se deriva un mandato genérico, objetivo y obligatorio, vinculando a la Administración Pública y a las personas, sea para el cumplimiento de una disposición o para la generación de una consecuencia jurídica. 2.1. Procedimiento para la identificación y difusión por dero- gación expresa en la primera etapa Para este procedimiento establece lo siguiente: 1. La Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene a su cargo la elaboración del listado de normas de carácter general derogadas de forma expresa, conforme al siguiente cronograma: Primer listado Será terminado a los treinta (30) días calendario de vigencia del presente decreto supremo, compren- diendo las normas emitidas entre enero de 2007 y enero de 2013. Segundo listado Será terminado a los sesenta (60) días calendario de vigencia del decreto supremo, comprendiendo las normas emitidas entre enero de 2001 y diciembre de 2006. 2. La Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos elaborará el listado final de las normas de carácter general derogadas de forma expresa, las cuales serán puestas a consideración de la Alta Dirección de dicho Ministerio, a efectos de ser remitidas a la Presidencia del Consejo de Ministros para su difusión a través del decreto supremo. 2.2. Procedimiento para la identificación y difusión por dero- gación tácita en la primera etapa - Las entidades del Poder Ejecutivo elaborarán, de forma obliga- toria, los listados de las normas de carácter general derogadas de forma tácita o que hayan cumplido el plazo o la finalidad para las que fueron aprobadas. - Los Jefes de las Oficinas de Asesoría Jurídica o los funcionarios de nivel equivalente, conforme al Reglamento de Organización y Funciones de las entidades del Poder Ejecutivo, serán los res- ponsables de elaborar los listados a los cuales hace referencia el párrafo anterior, para lo cual contará con la colaboración obligatoria de los órganos funcionales y de apoyo de la entidad respectiva. El incumplimiento de esta obligación da lugar a las responsabilidades de ley. - Los referidos listados serán remitidos a la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme al siguiente cronograma: - El Primer listado: que será entregado a los cuarenta (40) días calendario de vigencia del presente decreto supremo, compren- diendo las normas emitidas entre enero 2007 y enero de 2013. - Segundo listado: que será entregado a los ochenta (80) días calen- dario de vigencia del presente decreto supremo, comprendiendo las normas emitidas entre enero de 2001 y diciembre de 2006. - La información remitida será consolidada y ordenada por la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la cual será puesta a consideración de la Alta Dirección de dicho Ministerio, a efectos de ser remitida a la Presidencia del Consejo de Ministros para su difusión a través del Decreto Supremo al cual hace referencia el numeral 1.2 del artículo 1° del presente dispositivo normativo. - En aplicación del principio de participación contemplado en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Proce- dimiento Administrativo General, las personas jurídicas y naturales

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Data GubernamentalFebrero 2014

Normas del Poder Ejecutivo derogadas periodo enero 2001-

enero 2013

C.P.C. Mario Vera Novoa

1. AntecedentesMediante la Ley Nº 29477, se da inicio al proceso de consolidación del espectro normativo peruano mediante la cual se establece que no forman parte del ordenamiento jurídico vigente las diferentes normas que en su oportunidad fueron publicadas en el diario ofi-cial El Peruano. Esta Ley estableció que los diferentes sectores, los Gobiernos regionales y locales, así como los organismos públicos, debían confeccionar progresivamente los listados de las normas no vigentes de carácter general que hubieren expedido, los que serán difundidos a través de normas igualmente de carácter general, cuya expedición estuviera dentro del ámbito de sus atribuciones, debiendo remitir con carácter obligatorio los listados confecciona-dos al Ministerio de Justicia, que a través de su Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos los consolidará y reportará al Congreso de la República para que continúe con el proceso de racionalización y sistematización legislativa.

2. Decreto Supremo Nº 005-2013-JUSCon la publicación de este decreto supremo se da inicio al proceso de identificación y difusión de las normas aprobadas por el Poder Ejecu-tivo que se encuentren derogadas expresa o tácitamente; o, que ha-yan cumplido el plazo o la finalidad para la que fueron aprobadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 8° de la Ley Nº 29477. Para estos efectos, el decreto supremo establece lo siguiente:- El Poder Ejecutivo, a través de la Presidencia del Consejo de

Ministros, declarará su no pertenencia al ordenamiento jurídico vigente, el mismo que lo ejecutará mediante decreto supremo refrendado por todos los Ministros de Estado.

- La primera etapa del proceso de identificación y difusión de las normas del Poder Ejecutivo se realizará desde la publicación del Decreto Supremo (13.04.13) hasta julio 2013. En esta etapa se identificará y difundirá la no pertenencia al ordenamiento jurí-dico vigente de las normas de carácter general, aprobadas entre enero de 2001 y enero de 2013, mediante decreto supremo, resolución ministerial y resoluciones del más alto rango emitidas por organismos públicos adscritos a los Ministerios. Además precisa que la norma de carácter general es aquella que no está dirigida a personas naturales o jurídicas específicas, sino que crea, modifica, regula, declara o extingue derechos u obligaciones de carácter general, de cuyo texto se deriva un mandato genérico, objetivo y obligatorio, vinculando a la Administración Pública y a las personas, sea para el cumplimiento de una disposición o para la generación de una consecuencia jurídica.

2.1. Procedimiento para la identificación y difusión por dero-gación expresa en la primera etapa

Para este procedimiento establece lo siguiente:

1. La Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene a su cargo la elaboración del listado de normas de carácter general derogadas de forma expresa, conforme al siguiente cronograma:

Primer listado

Será terminado a los treinta (30) días calendario de vigencia del presente decreto supremo, compren-diendo las normas emitidas entre enero de 2007 y enero de 2013.

Segundo listado

Será terminado a los sesenta (60) días calendario de vigencia del decreto supremo, comprendiendo las normas emitidas entre enero de 2001 y diciembre de 2006.

2. La Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos elaborará el listado final de las normas de carácter general derogadas de forma expresa, las cuales serán puestas a consideración de la Alta Dirección de dicho Ministerio, a efectos de ser remitidas a la Presidencia del Consejo de Ministros para su difusión a través del decreto supremo.

2.2. Procedimiento para la identificación y difusión por dero-gación tácita en la primera etapa

- Las entidades del Poder Ejecutivo elaborarán, de forma obliga-toria, los listados de las normas de carácter general derogadas de forma tácita o que hayan cumplido el plazo o la finalidad para las que fueron aprobadas.

- Los Jefes de las Oficinas de Asesoría Jurídica o los funcionarios de nivel equivalente, conforme al Reglamento de Organización y Funciones de las entidades del Poder Ejecutivo, serán los res-ponsables de elaborar los listados a los cuales hace referencia el párrafo anterior, para lo cual contará con la colaboración obligatoria de los órganos funcionales y de apoyo de la entidad respectiva. El incumplimiento de esta obligación da lugar a las responsabilidades de ley.

- Los referidos listados serán remitidos a la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme al siguiente cronograma:

- El Primer listado: que será entregado a los cuarenta (40) días calendario de vigencia del presente decreto supremo, compren-diendo las normas emitidas entre enero 2007 y enero de 2013.

- Segundo listado: que será entregado a los ochenta (80) días calen-dario de vigencia del presente decreto supremo, comprendiendo las normas emitidas entre enero de 2001 y diciembre de 2006.

- La información remitida será consolidada y ordenada por la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la cual será puesta a consideración de la Alta Dirección de dicho Ministerio, a efectos de ser remitida a la Presidencia del Consejo de Ministros para su difusión a través del Decreto Supremo al cual hace referencia el numeral 1.2 del artículo 1° del presente dispositivo normativo.

- En aplicación del principio de participación contemplado en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Proce-dimiento Administrativo General, las personas jurídicas y naturales

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Data GubernamentalFebrero 2014

podrán presentar a la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sus aportes.

3. Decreto Supremo Nº 118-2013-PCMA través del presente decreto supremo se dispone la difusión de las normas de alcance general. Sin vigencia del Poder Ejecutivo-Periodo enero 2001 a enero 2013 e inicia la segunda etapa del proceso de depuración de normas sin vigencia del Poder Ejecutivo, con las siguientes precisiones:- Forman parte del ordenamiento jurídico vigente las normas listadas en

el Anexo I que forma parte integrante del presente decreto supremo y que contiene aquellas disposiciones que se encuentran derogadas expresamente, así como las normas listadas en el Anexo II que contie-ne aquellas normas que se encuentran derogadas tácitamente o han cumplido la finalidad o el plazo para el que fueron aprobadas.

- La segunda etapa del proceso de identificación y difusión de las normas de carácter general sin vigencia del Poder Ejecutivo se ejecutará desde la publicación del Decreto Supremo hasta agosto 2014.

- En la segunda etapa se identificarán y difundirán las normas de carácter general sin vigencia del Poder Ejecutivo, aprobadas entre enero de 1990 y diciembre de 2000, mediante decretos supremos, resoluciones ministeriales y resoluciones del más alto rango emitidas por organismos públicos adscritos a los Ministerios.

- Este proceso comprende las normas de carácter general que fueron aprobadas por Entidades Públicas que han sido extinguidas, adscritas o fusionadas y cuyas funciones correspondan a otros organismos pú-blicos. Estos últimos realizarán el análisis de la vigencia de las normas señaladas en el presente párrafo.

- El Poder Ejecutivo, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, declarará la no pertenencia al ordenamiento jurídico vigente de las normas objeto de esta etapa, mediante Decreto Supremo refrendado por todos los Ministros de Estado.

- En la segunda etapa, las entidades del Poder Ejecutivo podrán presentar la información sobre las normas sin vigencia que hubieran omitido durante la elaboración de los listados de las normas sin vigencia que corresponde a la primera etapa del proceso.

3.1. Concepto de normas de alcance generalPara efectos de lo dispuesto en el presente decreto supremo, se entiende por norma de carácter general a aquella que no está dirigida a personas naturales o jurídicas específicas, sino que crea, modifica, regula, declara o extingue derechos u obligaciones de carácter general, de cuyo texto se deriva un mandato genérico, objetivo y obligatorio, vinculando a la Administración Pública y a las personas, sea para el cumplimiento de una disposición o para la generación de una consecuencia jurídica.

3.2. Procedimiento para la identificación y difusión por derogación expresa en la segunda etapa

La Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene a su cargo la elaboración de los lista-dos de normas de carácter general derogadas de forma expresa, conforme al siguiente cronograma

Listados Fecha de presentación PeríodoPrimer listado 31 de octubre de 2013 Año 2000Segundo listado 29 de noviembre de 2013 Año 1999Tercer listado 27 de diciembre de 2013 Año 1998Cuarto listado 31 de enero de 2014 Año 1997Quinto listado 28 de febrero de 2014 Año 1996Sexto listado 31 de marzo de 2014 Año 1995Sétimo listado 30 de abril 2014 Año 1994Octavo listado 30 de mayo de 2014 Año 1993Noveno listado 30 de junio de 2014 Año 1992Décimo listado 31 de julio de 2014 Año 1991Undécimo listado 29 de agosto de 2014 Año 1990

La Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos elaborará el listado final de las normas de carácter general derogadas de forma expresa, las cuales serán puestas a consideración de la Alta Dirección de dicho Ministerio, a efectos de ser

remitidas a la Presidencia del Consejo de Ministros para su difusión a través del decreto supremo al cual hace referencia el numeral 4.4 del artículo 4º del presente dispositivo normativo.

3.3. Procedimiento para la identificación y difusión por derogación tácita en la segunda etapa

Las entidades del Poder Ejecutivo elaborarán, de forma obligatoria, los listados de las normas de carácter general derogadas de forma tácita o que hayan cumplido el plazo o la finalidad para las que fueron aprobadas.Los jefes de las Oficinas de Asesoría Jurídica o los funcionarios de nivel equivalente, conforme al Reglamento de Organización y Funciones de las Entidades del Poder Ejecutivo, serán los responsables de elaborar los listados a los cuales se hace referencia en el párrafo anterior, para lo cual contarán con la colaboración obligatoria de los órganos funcionales y de apoyo de la entidad respectiva. El incumplimiento de esta obligación da lugar a las responsabilidades de ley.Los referidos listados serán remitidos a la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en formato físico y por medio electrónico, conforme al siguiente cronograma

Listados Fecha de presentación Periodo

Primer listado 31 de octubre de 2013 Año 2000

Segundo listado 29 de noviembre de 2013 Año 1999

Tercer listado 27 de diciembre de 2013 Año 1998

Cuarto listado 31 de enero de 2014 Año 1997

Quinto listado 28 de febrero de 2014 Año 1996

Sexto listado 31 de marzo de 2014 Año 1995

Sétimo listado 30 de abril de 2014 Año 1994

Octavo listado 30 de mayo de 2014 Año 1993

Noveno listado 30 de junio de 2014 Año 1992

Décimo listado 31 de julio de 2014 Año 1991

Undécimo listado 29 de agosto de 2014 Año 1990

Para la remisión de los listados por medio electrónico, la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico del Ministerio de Justicia y Dere-chos Humanos establecerá una cuenta institucional de correo electrónico.

4. ConclusionesLa simplificación normativa tendrá un impacto positivo sobre los ad-ministrados, por cuanto conocerán con precisión aquellas normas que establecen sus derechos, sus deberes y los requisitos de los procedimientos administrativos que pueden iniciar ante la Administración. De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 005-2013-JUS, en la primera etapa del proceso de identificación y difusión de las normas sin vigencia del Poder Ejecutivo, se han analizado las normas de carácter general, apro-badas entre enero de 2001 y enero de 2013, mediante decretos supremos, resoluciones ministeriales y resoluciones del más alto rango emitidas por organismos públicos adscritos a los Ministerios, las cuales han significado un aproximado de 20,490 normas que han sido objeto de dicho proceso divididas de la siguiente manera:

Decretos supremos 9,583 47 %Resoluciones ministeriales 6,503 32 %Resoluciones del más alto rango 4,404 21 %Total 20,490 100.00 %

En el Anexo II del Decreto Supremo Nº 118-2013-PCM, contiene las normas derogadas tácitamente de las dependencias: Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), Ministerio de Agricultura, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Ministerio de Cultura, Ministerio de Economía y Finanzas de Defensa, Ministerio de Educación, Ministerio de Energía y Minas, Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables-MIMP, Ministerio de Trabajo y Promo-ción del Empleo, Ministerio de Salud, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de la Producción, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y los Organismos Públicos Descentralizados.

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Normas LegalesFebrero 2014

Políticas Públicas y Gerencia Pública (1)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

D.S. N° 001-2014-PCM

03-01-14 513468 Declaran el año 2014 como el “Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”

Ley N° 30147 04-01-14 513514 Ley que modifica el artículo 351° de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones

D.S. N° 009-2014-PCM

24-01-14 514901 Decreto Supremo que convoca a Elecciones Regionales y Municipales

Modernización del Estado (2)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

Ley N° 30151 13-01-14 514204 Ley que modifica el inciso 11 del artículo 20° del Código Penal, referido al uso de armas u otro medio de defensa por personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú

D.S. N° 006-2014-PCM

23-01-14 514810 Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Libro de Reclama-ciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-PCM

D.S. N° 010-2014-PCM

24-01-14 514902 Rectifican Anexo II del D.S. N° 118-2013-PCM que dispone la difusión de las normas de alcance general sin vigencia del Poder Ejecutivo –periodo enero 2001 a enero 2013–e inicia la segunda etapa del proceso de depuración de normas sin vigen-cia del Poder Ejecutivo

Descentralización: Gobiernos Regionales y Locales (3)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

Res. N° 006-2014/SUNAT

11-01-14 514116 Aprueban Normas para la presenta-ción de la solicitud de acogimiento al sinceramiento de la deuda mu-nicipal establecido por la Ley N° 30059 y para el pago al contado y el pago de la primera cuota del pago fraccionado de dicho sinceramiento

D.S. N° 015-2014-EF

17-01-14 514476 Aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2014

Res. N° 001-2014-PCM/SD

29-01-14 515483 Inscriben en el Registro de Manco-munidades Municipales la adhesión de las Municipalidades Distritales de San Francisco de Sangayaico y San-tiago de Chocorvos de la Provincia de Huaytará, en el Departamento de Huancavelica, a la “Mancomu-nidad Municipal Zona Centro de Huaytará”

Sistema Nacional de Contabilidad (5)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

R.D. N° 013-2013-EF/51.01

03-01-14 513472 Aprueban Directiva “Preparación y Presentación de la Información Financiera”

Sistema Nacional de Inversión Pública y Planeamiento (6)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

R.D. N° 001-2014-EF/63.01

11-01-14 514064 Aprueban Lineamientos para la elaboración de estudios de prein-versión de Proyectos de Inversión Pública de Servicios de Seguridad Ciudadana

D.S. N° 005-2014-EF 14-01-14 514233 Aprueban el Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado

Administración Financiera del Sector Público (4)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

Res. N° 172-2013- INGEMMET/PCD

31-12-13 513424 Asignan montos recaudados por concepto de pago de Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros y por la formulación depetitorios durante el mes de noviembre de 2013

R.D. N° 001-2014-EF/52.03

03-01-14 513472 Establecen disposiciones relativas a la determinación del Calendario de Pagos Mensual de enero del Año Fiscal 2014

R.D. N° 001-2014-EF/50.01

10-01-14 513991 Establecen Programación de Compromisos Anual (PCA) corres-pondiente a la revisión del cuarto trimestre del año fiscal 2013 para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales

D.S. N° 008-2014-EF 16-01-14 514378 Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento

D.S. N° 016-2014-EF 18-01-14 514591 Aprueban normas reglamentarias para la implementación de lo dis-puesto en la Septuagésima Segun-da Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014

R.M. N° 029-2014-EF/15

28-01-14 515451 Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspon-dientes al mes de diciembre de 2013

R.D. N° 025-2013-EF/50.01

28-12-13 511856 Modifican Directiva N° 005-2010-EF/76.01 y aprueban Cua-dro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2014 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacio-nal y los Gobiernos Regionales, así como Clasificadores Presupuesta-rios 511856

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Normas LegalesFebrero 2014

Ordenamiento Territorial y Gestión Ambiental (13)

Norma

Diario El Peruano

Contenido de la Norma

Fecha Página

R.M. N° 396-2013-MINAM

07-01-14 513773 Reconocen Área de Conservación Privada (ACP) Las Panguanas 2, en el departamento de Loreto

D.S. N° 001-2014-MTC

09-01-14 513911 Decreto Supremo que modifica el Reglamento Nacional del Sistema Eléctrico de Transporte de Pasajeros en Vías Férreas que formen parte del Sistema Ferroviario Nacional, aprobado por Decreto Supremo N° 039-2010-MTC

R.M. N° 010-2014-MINAM

16-01-14 514350 Reconocen el Área de Conser-vación Privada (ACP) Paraíso Natural Iwirati, ubicada en el departamento de Loreto

R.M. N° 015-2014-MINAM

18-01-14 514584 Aprueban Manual de Opera-ciones del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático - “CONSERVACIÓN DE BOSQUES”

Sistema Nacional de Control, Auditoría Gubernamentaly Política Anticorrupción (9)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

R.M. N° 015-2014-EF/41

16-01-14 514391 Aprueban el “Plan Sectorial Antico-rrupción 2014”

Res. N° 013-2014-CG

22-01-14 514784 Aprueban planes anuales de control 2014 de Órganos de Control Institu-cional de diversas entidades

(*) Sumillas de normas legales desde 31.12.13 hasta el 30.01.14.

Desarrollo Económico, Competitividad y Actividad Empresarial del Estado (14)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

Res. N° 096-2013-PROMPERU/

DE

02-01-14 513452 Aprueban precios de venta y forma de pago para servicios de promoción de exportaciones en diversas ferias internacio-nales, a realizarse en EE.UU., Alemania, Bélgica y Emiratos Árabes Unidos

R.M. N° 001-2014-PRODUCE

04-01-14 513527 Amplían plazo de publicación establecido en la R.M. N° 364- 2013-PRODUCE del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Produc-tivo y al Crecimiento Empresarial

Desarrollo Humano e Inclusión Social (12)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

Res. N° 004-2014-OEFA/CD

25-01-14 515331 Aprueban Lineamientos para la formulación, aprobación y evaluación del Plan Anual de Eva-luación y Fiscalización Ambiental

Derecho y Procedimiento Administrativo (10)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

Res. N° 279-2013-OS/GG

09-01-14 513919 Aprueban supuestos de conclusión anticipada del procedimiento ad-ministrativo sancionador para las actividades mineras

Gestión de Recursos Humanos y Régimen Laboral Público (8)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

R.D. N° 043-2013-MTPE/3/19

03-01-14 513476 Aprueban el Perfil Ocupacional de Housekeeping

R.D. N° 048-2013-MPTE/3/19

07-01-14 513786 Aprueban Perfil Ocupacional de Prevención de Pérdidas

R.D. N° 049-2013-MPTE/3/19

0 7 - 0 1 -2014

513787 Aprueban Perfil Ocupacional de Venta en Estación de Servicio

D.S. N° 001-2014-EF

10-01-14 513987 Dictan disposiciones reglamen-tarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad

D.S. N° 003-2014-EF

12-01-14 514154 Disponen reajuste de pensiones percibidas por pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, de acuerdo a las dispo-siciones de la Ley N° 28449 y Ley N° 28789 y autorizan Trans-ferencia de Partidas

D.S. N° 010-2014-EF 16-01-14 514389 Aprueba normas reglamentarias para que las entidades públicas realicen afectaciones en la Planilla Única de Pagos

R.D. N° 043-2013-MTPE/3/19

03-01-14 513476 Aprueban el Perfil Ocupacional de Housekeeping

R.D. N° 046-2013-MTPE/3/19

04-01-14 513531 Aprueban actualización del Perfil Ocupacional de Mozo

R.M. N° 010-2014-TR

18-01-14 514621 Disponen el inicio de la imple-mentación progresiva del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil

Administración de Rentas y Tributación Municipal (11)

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

R.J. N° 388-2013-INEI

01-01-14 51344 Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional e Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de diciembre de 2013

NormaDiario El Peruano

Contenido de la NormaFecha Página

R.J. N° 353-2013-INEI

01-01-14 513442 Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional co-rrespondiente al mes de diciembre de 2013