CURSO Nuevo Sistema de Rúbrica Digital (2013)
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NUEVO SISTEMA DE RÚBRICA DIGITAL
Si analizamos la actividad del productor asesor de seguros no podemos dudar que es un intermediarioentre el asegurado y el asegurador. Aún cuando en determinadas circunstancias pueda asumir algún tipo deobligación que corresponda a alguna de las partes, no puede por ello perder su carácter de intermediador.
En febrero de 1981 se sancionó la LEY 22.400 que regula y reglamenta la actividad de intermediación.Art. 1: La actividad de intermediación está destinada a promover:“...la concertación de contratos de seguros, asesorando a asegurados y asegurables...”
Art. 2 : La intermediación podrá ejercerse según las modalidades de: Productor Asesor Directo: Persona física que realiza las actividad de intermediación detallada
en el Art.1
Productor Asesor Organizador:Persona física que se dedica a instruir, dirigir o asesorar a losProductores Asesores Directos que forman parte de una organizaciónMínimo4 productores directos , uno de ellos puede actuar como organizador
Existe también una forma de intermediar en la actividad, que es a través de una persona jurídica, es decircomo Sociedades de Productores:CAPÍTULO X:Disposiciones Generales
Art. 20: Los PAS pueden constituir cualquier sociedad de los tipos previstos en el Código deComercio con el objeto exclusivo de realizar las actividades previstas en el Art.1
Art. 21: 4 integrantes de la sociedad como mínimo o todos ellos en caso de ser menos de 4 debenestar inscriptos como PAS uno de ellos se desempeñará como director o gerente
Art. 22: Las sanciones a uno de los miembros de la sociedad correspondientes a infraccionescometidas cumpliendo una decisión social, alcanzarán también a los demás miembros de la sociedad. Si lainfracción es exclusivamente personal, la sanción no afectará al resto de los integrantes de la sociedad enforma individual y la responsabilidad de la sociedad se determinará de acuerdo a las normas del derechocomún.
RequisitosArt. 4:
Tener domicilio real en el país No encontrarse inhabilitado Acreditar competencia Abonar “derecho de inscripción” renovable anualmente
Inhabilidades Absolutas Art. 8 No podrán inscribirse
Los fallidos por quiebra culpable o fraudulenta, hasta 10 años después de su rehabilitación Los fallidos por quiebra causal o los concursados, hasta 5 años después de su rehabilitación Los directores de sociedades cuya conducta se calificare de culpable, hasta 5 años después de su
rehabilitación Los condenados por delitos de robo, hurto, emisión de cheques sin fondo, etc., hasta 10 años
después de cumplida la condena Los liquidadores de siniestros y comisarios de averías Los directores, síndicos, administradores, inspectores, etc de las entidades aseguradoras Los funcionarios o empleados de la SSN y los funcionarios jerárquicos de las entidades
aseguradoras Quienes operen como productores asesores de seguros sin estar inscriptos
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Inhabilidades RelativasArt. 9: Directores, gerentes, administradores y empleados, en relación con los seguros de los clientes
de las instituciones en la que presten servicio
CAPÍTULO VIFunciones y DeberesArt. 10: 1) Productores Asesores Directos
Gestionar operaciones de seguros Informar sobre la identidad de las personas que contraten por su intermedio, así como también los
antecedentes y solvencia moral y material de las mismas, a requerimiento del asegurador. Informar a la aseguradora acerca del estado en que se encuentra el riesgo y asesorar al asegurado
a los fines de la más adecuada cobertura Ilustrar al asegurado sobre las cláusulas del contrato Comunicar a la entidad aseguradora cualquier modificación del riesgo, siempre que hubiere tenido
conocimiento Cobrar las primas de seguros si está autorizado por la entidad aseguradora y girar dicho importe en
el plazo convenido
En caso de no estar autorizado por la aseguradora a cobrar las primas y girarlas en un plazo nomayor a las 72 horas Asesorar al asegurado sobre sus derechos, cargas y obligaciones Asesorar al asegurado particularmente en relación a los siniestros Ejecutar, en general, con diligencia y prontitud las instrucciones que reciba y se relacione con sus
funciones Comunicar cualquier circunstancia que lo coloque dentro de algunas de las inhabilidades previstas Ajustarse en materia de publicidad y propaganda Llevar un registro rubric ado de las operaciones de seguros en que interviene, en las
condic iones que establezca la autori dad de aplicación Exhibir cuando le sea requerido el documento que acredite su inscripción en el registro
2) Productores Asesores Organizadores Informar los antecedentes personales de los PAS que integran su organización, cuando los mismos
sean requeridos Seleccionar y asesorar a los PAS directos que forman parte de la organización Cobrar las primas de seguros.... Ejecutar con diligencia...... Comunicar cualquier circunstancia...... Llevar un registro ru bricado de las operaciones de seguros en que interviene
SANCIONES
Ley 22.400Art. 13:El incumplimiento de las funciones y deberes establecidos en la Ley por parte de los Productores
Asesores los hará pasibles de las sanciones previstas en el Art. 59 de la Ley 20.091.También se puede disponer la cancelación en el Registro de Productores Asesores
Art. 14:En el caso de incumplimiento respecto del cobro de primas se aplicarán las sanciones previstasen el Art.60 de la Ley 20.091
Art. 15:Se considerará falta grave facilitar o cooperar con personas que, debiendo estarlo, no se halleninscriptas en el registro correspondiente, aplicándose las sanciones previstas en el Art. 59 de la Ley 20.091
Art. 13: El procedimiento para aplicar las sanciones anteriormente mencionadas se regirán por lasdisposiciones de los Arts. 62 y 63 de la Ley 20.091
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Ley 20.091
Esta Ley regula las sanciones a aplicar a los PAS y/o Aseguradores que no cumplan con lasdisposiciones vigentes
Art. 59:Según las funciones del infractor, la gravedad de la falta y la reincidencia, se graduarán lasdistintas penas.
Las penas a aplicar son: Llamado de atención Apercibimiento Multa Inhabilitación de hasta cinco (5) años
Los responsables serán solidariamente obligados al pago de la multa.Los Aseguradores no podrán pagar las multas impuestas ni abonar retribución alguna cuando se
disponga la inhabilitación.La multa no pagada se transformará en arresto a razón de un día de arresto por cada cuarenta pesos
($40), no pudiendo exceder los sesenta (60) días.
Art. 60:(Sanciones por retención indebida de primas) Prisión de uno(1) a seis (6) años Inhabilitación: doble tiempo de la condena
Art. 62:Las multas serán abonadas en el tiempo de diez (10) días de hallarse firme la resolución definitivade la autoridad de control, y el pago será perseguido judicialmente por la misma.
Art. 63:Las sanciones aplicables en virtud de esta Ley no excluyen las que correspondan por los delitosprevistos en el Código Penal u otras leyes.
Denuncia: En caso de que la autoridad de control compruebe la existencia de hechos que puedanconstituir delito, los pondrán en conocimiento del juez en lo penal competente
Pena de arresto: Para el cumplimiento de las penas de arresto se dará intervención al juez nacional de 1ªinstancia en lo criminal y correccional federal de la Capital Federal, y en el interior el juez federal quecorresponda.
FRENTE A LA LEY 22.400
Personas no inscriptasSegún el Art. 7: Las personas físicas o jurídicas no inscriptas en el Registro de Productores Asesores de
Seguros no tienen derecho a percibir comisión o remuneración alguna por las gestiones de concertación decontratos de seguros.
Los aseguradores deberán abstenerse de operar con personas no inscriptas en el Registro.Queda prohibido el pago de comisiones o cualquier retribución a personas no inscriptas.
PAS dados de baja del RegistroLas aseguradoras deben abstenerse de operar con los Productores Asesores de Seguros que fuerondados de baja del registro por disposición de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Para favorecer dicho control la SSN entrega trimestralmente a cada asegurador un soporte magnéticocon la nómina de matrículas vigentes.
En caso de operar con un PAS cuya baja fue dispuesta por la SSN, se producirá un “ejercicio anormal dela actividad aseguradora”, según los términos del Art. 58 de la Ley 20.091
Ya hemos visto en el Art. 10 de la Ley 24000 la obligatoriedad de llevar un registro rubricado de lasoperaciones de seguros en las que interviene.
Según la Circular Nº 2567 la Superintendencia de Seguros de la Nación reglamenta el trámite derúbrica de los Libros de Registro de Productores Asesores de Seguros.
Según las distintas Resoluciones y/o Circulares se formulan las siguientes aclaraciones:
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Los registros, tanto en uso como los terminados deberán encontrarse permanentemente en eldomicilio comercial declarado del PAS, o en su defecto, se guardarán en su domicilio particular.
Los registros, así como la documentación respaldatoria pertinente a los mismos deberánconservarse por un plazo mínimo de 10 (diez) años.
Si las pólizas son de facturación trimestral, cuatrimestral, semestral, etc. deberán registrarsecada una de las facturaciones.
La anotación de las operaciones recibidas por el Productor Asesor, comenzará en el momentoen que el mismo concreta su actuación conforme a lo dispuesto en las Leyes 20091 y 22400,independientemente que el seguro solicitado no haya sido aceptado por el aseguradorinterviniente.
La registración de Cobranzas y Rendiciones se refiere exclusivamente a premios, debiendoregistrarse las cobranzas de aquellas operaciones percibidas por el Productor Asesor.
Las rendiciones a las entidades aseguradoras podrán registrarse por totales, siempre que seconserve una copia de las respectivas planillas, debidamente recepcionadas por laaseguradora.
Los organizadores registrarán exclusivamente, las operaciones relativas a su cartera deproductor cuando actúen como Productores Asesores Directos.
Las rúbricas que se tramiten según lo dispuesto por la Resolución Nº 21179 serán numeradascorrelativamente a partir del Nº 1 (uno)
Así mismo se ratifica la obligación de hacer constar Nº de matrícula del PAS interviniente además de sunombre y apellido completo o denominación social si la hubiere, en toda emisión de la póliza o endoso.
En caso de no cumplir con lo antedicho, se considerará el ejercicio anormal de la actividad y se aplicaránlas penas que devienen de los Arts. 58 (para las Aseguradoras) y 59 (para el PAS) de la Ley 20091
El 23/11/12 por Resolución de la SSN 37267 de reglamenta el Sistema de Rúbrica Digital .Este nuevo Sistema está activo desde el 28/11/2012 y cualquier productor de seguros podía comenzar
a utilizarlo desde dicha fecha.A partir del 01/03/2013 es de carácter obligatorio para las Sociedades de Productores y para todo aquel
Productor Asesor de Seguros que se matricule a partir de la fecha mencionada.El Productor o Sociedad de Productores deberá contar con los Registros Digitales dentro de los 30 días
posteriores a la fecha de Resolución que lo inscribe en el Registro pertinente.(Comunicación 3591 SSN)
Para el resto de los PAS, la Superintendencia establecerá un cronograma de adecuación obligatoria,que irá informando oportunamente.
Los Productores asesores ya matriculados, pueden a la fecha, optar por cambiarse al nuevo sistema ocontinuar con el formato de libros que están utilizando, hasta finalizar los mismos o hasta la obligatoriedad depasar al Sistema de Rúbrica Digital, lo que suceda antes.
Para pasar al Sistema de Rúbrica el operador debe tener al día: Los Libros de Operaciones y de Cobranzas y Rendiciones Los cursos de reválida El pago de la matrícula
OBJETIVOS: Dotar a la Superintendencia de Seguros de la Nación de una base de datos on line de las
operaciones realizadas por los PAS
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Eliminar costos de: Traslado Impresión y consumo de papel Encuadernación
Agilizar la gestión del Productor Asesor de Seguros
Mejorar la calidad de los servicios y los procesos destinados a los asegurados
El Sistema permite al organismo de control acceder antes a la información, analizarla y prevenir posiblesanomalías, dándole una posición proactiva.
A través de la implementación de la Rúbrica Digital, la SSN podrá tener acceso a todos los “rincones” delpaís, brindando iguales oportunidades tanto a los productores de capital como del interior.
Como para operar se utiliza la Clave Fiscal otorgada por la AFIP, se posibilita el control por parte delEstado de los cumplimientos fiscales del PAS
MODALIDAD DE USOPara que el Productor Asesor de Seguros pueda acceder al sistema deberá disponer de una Clave
Fiscal , que debe ser de Nivel 2 o superior. (Quienes no posean Clave Fiscal, deberán generarla a través delsitio web del AFIP)
Una vez obtenida la clave, adherirse al Servicio “SSN -Rúbrica Digital de Libros de Productores” también através del sitio del AFIP. (Las pantallas lo van llevando y una vez adherido al sistema, es conveniente imprimirel Formulario de constancia de adhesión al sistema)
A partir de esta situación, ya todos los procesos se realizan a través de la página de la SSN ACCESO DIRECTO:https://rubricadigital.ssn.gob.ar
Al acceder, el PAS como usuario encontrará las siguientes funcionalidades: Administración de Saldos: permite generar las boletas de pago o verificar los saldos de la cuenta
corriente del productor
Administración de Libros: link a través del cual entre otras situaciones permitirá realizar lascargas de operaciones o cobranzas, utilizando el formulario correspondiente; o bien acceder aconsultar los libros enviados a la SSN, etc.
Al adherirse al Sistema de Rúbrica Digital, hay que “comprar” créditos prepagos que habilitan al PAS larúbrica posterior de determinada cantidad de registros de sus libros.
Para comprar los créditos se deberán abonar un crédito mínimo de $100 a través del sistema de PagoFácil. La boleta de pago se obtiene a través del sistema en el link Administración de Saldos.
Cada $100 abonados equivale a 3000 registros de operaciones de seguros o de cobranzas y rendiciones.El importe se va consumiendo proporcionalmente por cada registro, una vez que el saldo llega a cero se
deberá volver a depositar para poder continuar realizando los envíos.El PAS puede comprar tantos paquetes de créditos prepagos como desee, dependiendo indudablemente
de la cantidad de operaciones que realice.
Entre las 24 y 48hs de haber hecho efectivo el pago, la Superintendencia ya tiene en su sistema lainformación necesaria como para habilitar al productor a subir sus registros. En caso de que esto no suceda, es
necesario comunicarse con el organismo de control, ya sea por vía telefónica o por mail.
https://rubricadigital.ssn.gob.ar/https://rubricadigital.ssn.gob.ar/https://rubricadigital.ssn.gob.ar/
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CÓMO OPERARUna vez realizado el pago y habilitado, el Productor Asesor puede comenzar a enviar su información, ésta
básicamente es la misma que se registraba con los formatos anteriores, sólo con algunos cambios de formas yno de fondo.
Como por ejemplo:Antes se indicaba el nombre de la aseguradora, en el sistema de rúbrica digital se utiliza un código según
una tabla anexa al Manual del Usuario (Tablas al final del material)
Para enviar la información, primero se debe confeccionar un archivo que se debe validar, no se analiza lainformación sino la consistencia, es decir que si estamos armando un archivo de cobranzas, los datoscorrespondan a las cobranzas. Si se detectan errores; en la página siguiente van a aparecer marcados en rojo,si en cambio no hay errores y el archivo se valida correctamente, aparece la leyenda en verde de “ Arch ivoCorrecto ” .
Hasta este momento el archivo aún no se ha ingresado a la base de datos del aplicativo, lo ingresamoshaciendo click en el botón “ subir ” , se genera así, un documento en PDF que el PAS puede controlar, si luegodel control acepta el envío, quedan ingresados los datos al sistema.
A continuación es posible descargar una copia “firmada digitalmente” por la SSN, esta copia se debeguardar en una carpeta en la PC o imprimir y archivar.
Si no se guarda el archivo PDF firmado por la SSN; durante un tiempo estará disponible en el aplicativo,pero periódicamente se irán “limpiando”.
Es importante y de carácter obligatorio guardar y conservar dichos PDF,ya que ellos son los REGISTROS RUBRICADOS
La información ingresada tiene carácter de “Declaración Jurada” .
En todo momento durante proceso de carga y envío, el productor asesor puede o corregir o cancelar laoperación si advierte que hay errores.
Las registraciones son diarias y se asentarán en la fecha en que el PAS o la Sociedad de PAS concretan
su actuación de intermediación frente al asegurable o asegurado, o realiza operaciones de cobranzas yrendiciones frente a la Compañía de Seguros o al Productor Asesor Organizador.La transferencia de las anotaciones en dichos Registros Digitales no podrá excederse de los 15 días de
concertada la operación. En caso de superar los 15 días, el PAS puede comunicar las operaciones, el sistemalas va a admitir, pero las observará, señalando en rojo las fechas de registros vencidas. (Comunicación 3591)
Existen dos tipos de archivos para el envío de la información, referida a los libros de: Registro de Operaciones de Seguros (ROS) Registros de Cobranzas y Rendiciones (RCR)
Registro de Operaciones de Seguros (ROS)El Productor Asesor de Seguros debe volcar toda la información relacionada tanto con la promoción de
los contratos de seguros como la relativa con la con la modificación de los contratos ya emitidos por lasrespectivas aseguradoras.
El Productor Asesor Organizador estará obligado a registrar las operaciones en las que intervenga comotal.
Registros de Cobranzas y Rendiciones (RCR)En dio registro serán asentadas las gestiones de cobranzas que se realicen y las rendiciones de las
mismas.La obligación alcanza tanto a los Productores Asesores de Seguros como a los Productores Asesores
Organizadores
Obligaciones sobre los Libros y la documentación respaldatoriaLos libros digitales, sus copias y la documentación respaldatoria deberán encontrarse disponibles
permanentemente en el domicilio que el PAS haya declarado como sede comercial. Es obligatorio presentarlosante el primer requerimiento que le sea efectuado por la SSN.
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Toda registración digital debe contar con su documentación respaldatoria y ser conservada por un plazode 10 años.
FORMATOSEl formato de estos archivos puede ser textual (TXT) o, si se suben grandes paquetes de información en
XML
( Aclar ación : Formato TXT: Es un archivo de texto llano, simple y plano, sólo caracteres, esto lo hace legible para todos. Carecen
de información destinada a generar formatos como ser negritas, subrayado, cursivas…, tampoco permite cambios en tiposde letras.
Formato XML: Es un meta- lenguaje de “Marcado Extensible”. Este lenguaje se utiliza para poder enviar grandesmasas de datos y es utilizable en Internet. Para leer los documentos XML y acceder a su contenido y estructura, se necesitaun software o programa procesador de XML)
El productor de seguros no tiene por qué cambiar su sistema informático, simplemente debe preparar unarchivo con la información solicitada según sea una operación de seguros o una cobranza y luego conectarse através de internet para enviarlo a un sitio disponible de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Una de las ventajas que plantea el sistema es que el PAS que recién saca su matrícula, sólo deberealizar un gasto de $ 100 y obtiene un crédito de 3000 registros. Antes, debía comprara los 2 Libros y Rubricarambos, lo que determinaba un gasto mínimo de $ 240
DELEGACIÓN DE SERVICIOSEl productor asesor de seguros puede delegar el servicio de carga y envío de datos a una empresa
especializada en sistemas, a su contador, etc.En caso de ocurrir esto, esta persona es considerada un “Usuario Externo”, para poder enviar la
información y generar los libros rubricados debe cumplir con los mismos requisitos que el PAS que lo contrata(Clave Fiscal de Nivel 2 o más, ingreso con CUIT,….). Por otra parte a esta persona hay que inscribirla comousuario externo y él debe aceptar a través de la página del AFIP la delegación, una vez cumplidos los trámites,recién en este momento está habilitado para ingresar al aplicativo de Rúbricas Productores a través de lapágina de la SSN.
Si ambos, productor y usuario externo se inscriben siguiendo los pasos establecidos, los dos podráningresar de manera independiente al aplicativo.
DATOS MÍNIMOS A VOLCARLos datos mínimos a volcar en los Registros son los mismos independientemente del tipo de formato a
utilizar, sólo varía en cómo se visualizan los datos:
ENCABEZADOEl encabezado debe figurar en todos los envíos y es el mismo para todos
VersiónIndica la versión de archivo utilizado por la SSN, sea TXT o XML
Productor – Tipo de Persona – Matricula - CUIT Se indica el tipo de productor, el número de matrícula y el CUIT.El valor para Tipo Persona será: 1 para persona física o 2 para persona jurídica.El valor para Matricula será el número de matrícula del productorCUIT la correspondiente también al productor
Cantidad Registros Marca que indica la cantidad de registros contenidos en el envío
REGISTRO DE OPERACIONES DE SEGUROS (ROS)
Registro Marca que indica el inicio de un registro.Se considera registro al conjunto de datos que representan una única operación.
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Si es un seguro nuevo se utiliza el código 1; renovación código 2; endoso código 3 y anulación código 4…
PólizaIndica el número de póliza afectada, siempre que observación tipo sea mayor que 1Queda eximido el indicar el número de póliza para los casos de una póliza nueva.
FlotaMarca para indicar si la póliza se corresponde a una flota o a una póliza individual (Flota 1, Póliza
Individual 0)
Operación Origen Marca para indicar el origen de la solicitud de póliza según sea 1 presencial; 2 telefónica; 3 vía e-mail; 4
vía internet
REGISTROS DE COBRANZAS Y RENDICIONES (RCR)
Registro Marca que indica el inicio de un registro.Se considera registro al conjunto de datos que representan una única operación.
Tipo Registro
Marca que indica si se trata de una cobranza, una rendición o una nota de crédito.Para el caso de cobranzas, deberá completarse con el valor 1, para las rendiciones se utilizará el valor 2,mientras que para las notas de crédito se utilizará el valor 3
Fecha Registro Marca que indica la fecha de registro de la operación.El formato será AA AA-MM-DD
Concepto Marca para indicar el cobro, detallando el número de cuota del plan de pago y el número de recibo o la
rendición a las aseguradoras
Pólizas
Marca para indicar el inicio de la o las pólizas involucradas en la operación.Aquí se deberá indicar, en cada póliza que se esté cobrando o rindiendo, sin omitir ninguna
Cía. ID Marca para indicar el código de la entidad aseguradora.En caso de tratarse de una rendición a un Organizador, esta marca no deberá existir.
Organizador- Tipo Persona – Matricula - CUIT Marca que indica el tipo de productorOrganizador , el número de matrícula y el CUIT.El valor para Tipo Persona será: 1 para persona física o 2 para persona jurídica.El valor para Matricula será el número de matrícula del productor OrganizadorCUIT , la correspondiente también al productor OrganizadorEn caso de no haber un Organizador, porque está realizándose una operación para una Entidad
Aseguradora, esta marca no deberá existirImporte de Ingreso/Egreso/Nota de Crédito Marca para indicar el importe que se cobra o se rinde
Importe Tipo Marca para indicar la moneda en que se celebra el contrato (Según Tablas anexas)
Los Productores Asesores Organizadores deberán asentar en sus libros los importes que perciban de susproductores organizados en forma global. Conservando como documentación de respaldo las planillas derendiciones que le entreguen los productores asesores de seguros.
Si se trata de un egreso en este campo los PAS podrán asentar las rendiciones de las cobranzasrealizadas a sus clientes en forma global (acompañando una planilla con el detalle de dicha cobranza reflejadapóliza por póliza, recibo por recibo, la recepcionada por la entidad aseguradora o el Productor Organizadorcorrespondiente)
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FORMATO DE ARCHIVO TXTEs importante tener en cuenta que los archivos TXT sirven sólo cuando la remesa de registros no supere
los 100 .En los archivos TXT, los datos se separan con el punto y coma cuando se pasa de una “marca” a otra, y
con el símbolo Numeral cuando se separan datos en una misma marca
Ejemplo de ROS:CABECERA1;1#15236#27118975621;1
1 Versión de archivo utilizado por la SSN;1 Valor para persona física # 15236 Número de matrícula del PAS#27118975621 CUIT del PAS;1 Cantidad de registros contenidos en el envío
REGISTROS3256;2013-01-25;1#1#13566997#José García;C1197AAM;;1;C1197AAM;;0842;ViviendaParticular;31;2536500;1;2013-01-26;2014-01-26;1;;0;2
3256 Número de orden;2013-01-25 fecha del registro; 1 Persona física #1 Tipo de documento DNI#13566997 Número del DNI#José García Nombre del Asegurado;C1197 Código Postal del Asegurado;; Observaciones del CPA1 Cantidad de ubicaciones del riesgo contenidas en la póliza ;C1197AAM Código Postal de la ubicación del riesgo;; Observaciones del CPA de la ubicación del riesgo;0842 Código de la Compañía Aseguradora; Vivienda Particular Bien asegurado ; 31 Código de Ramos (Integrales y Combinados); 2536500 Total de la suma asegurada ;1 moneda ($); 2013-01-26 Fecha desde (Inicio de vigencia); 2014-01-26 Fecha hasta (Fin de vigencia) ; 1 Tipo de operación (Solicitud de nuevo seguro);; Número de Póliza (Se completa sólo si es endoso o renovación o anulación) (En este caso es póliza
nueva queda el espacio entre caracteres) ; 2 Origen de la solicitud de póliza (Telefónica)
Ejemplo de RCR:CABECERA1;1#15236#27118975621;1(Ídem ROS)
REGISTROS1;2013-01-15;CuotaNº2/10 ReciboNº236;265988;0842;;250;12;2013-01-20;CuotaNº2/10 ReciboNº236;265988;0842;;250;1
1 Es una cobranza ;
2013-01-15 Fecha en que se realiza la cobranza ; CuotaNº2/10 ReciboNº236 Indica una cobranza cuya cuota es 2/10 y el Número de recibo; 265988 Número de Póliza; 0842 Código de la Compañía Aseguradora;
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;; Rendición al Organizador (En este caso se rinde en compañía, no se completa este campo, queda elespacio);
250 Importe cobrado: 1 moneda ($);
2 Es una rendición;2013-01-20 Fecha en que se realiza la rendición ; CuotaNº2/10 ReciboNº236 Indica una rendición y el Número de recibo de la cobranza que se rinde; 265988 Número de Póliza; 0842 Código de la Compañía Aseguradora; ;; Rendición al Organizador (En este caso se rinde en compañía, no se completa este campo, queda el
espacio); 250 Importe rendido: 1 moneda ($);
FORMATO DE ARCHIVO XMLLos archivos XML deben ser armados por los proveedores de software del Productor Asesor. La SSN
puso a disposición de estas empresas todas las especificaciones técnicas.
FUNCIONALIDADES DEL SISTEMARECUPERAR PDFEsta pantalla permite volver a imprimir certificados ya generados. No olvidar que estos archivos estarán
disponibles en el aplicativo, durante un tiempo, luego se eliminan.
EXPORTAR LIBROEn esta opción el productor puede exportar un archivo PDF conteniendo las rúbricas enviadas y
aceptadas por el aplicativo.
CUENTA CORRIENTECONSULTA DE CUENTA CORRIENTE
Permite la consulta de los movimientos de la cuenta corriente del PAS y muestra el crédito disponible
GENERACIÓN DE BOLETASPermite emitir e imprimir la boleta para realizar el pago correspondiente a una compra de créditos
CONSULTA DE BOLETASPermite consultar las boletas emitidas con anterioridad que aún no han sido pagadas y reimprimirlas
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ANEXO TABLAS AL MES DE MAYO DE 2013
Compañías
Cía. Denominación
0275 ACE SEGUROS S.A.
0755 AFIANZADORA LATINOAMERICANA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
0389 AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA
0329 ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0497 ALICO COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.
0732 ALICO COMPAÑÍA DE SEGUROS DE RETIRO S.A.
0036 ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.
0246 ANTARTIDA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD AN NIMA
0844 ANTICIPAR COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
0241 ARGOS COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES SOCIEDAD AN NIMA
0680 ARGOS MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS
0565 ASEGURADORA FEDERAL ARGENTINA S.A.
0812 ASEGURADORA TOTAL MOTOVEHICULAR S.A.0415 ASEGURADORES DE CAUCIONES SOCIEDAD ANONIMA COMPAÑIA DE SEGUROS
0199 ASOCIACION MUTUAL DAN
0620 ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO
0823 ASOCIART RC SEGUROS S.A.
0771 ASSEKURANSA COMPAÑÍA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA
0209 ASSURANT ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS SOCIEDAD AN NIMA
0540 ASV ARGENTINA SALUD, VIDA Y PATRIMONIALES COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.
0396 BBVA CONSOLIDAR SEGUROS S.A.
0555 BENEFICIO S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS
0121 BERKLEY INTERNATIONAL SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA0624 BERKLEY INTERNATIONAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANONIMA
0222 SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA
0696 BHN SEGUROS GENERALES S.A.
0695 BHN VIDA S.A.
0530 BINARIA SEGUROS DE RETIRO S.A.
0517 BINARIA SEGUROS DE VIDA S.A.
0573 BONACORSI SEGUROS DE PERSONAS S.A.
0032 BOSTON COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0148 BRADESCO ARGENTINA DE SEGUROS S.A.
0622 LA CAJA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO ART SOCIEDAD ANONIMA0721 CAJA DE PREVISI N Y SEGURO MÉDICO DE LA PROVINCIA DE BS.AS
0259 CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
0501 CAJA DE SEGUROS S.A.
0433 LA CAJA DE SEGUROS DE RETIRO S.A.
0057 CALEDONIA ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0007 CAMINOS PROTEGIDOS COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
0800 CAMINOS PROTEGIDOS ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
0671 CARDIF SEGUROS S.A.
0406 CARUSO COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA
0491 CERTEZA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.0404 CESCE ARGENTINA S.A. SEGUROS DE CREDITO Y GARANTÍAS
0581 CHUBB ARGENTINA DE SEGUROS S.A.
0576 CNP ASSURANCES COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.
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0686 COMPAGNIE FRANCAISE D´ASSURANCE POUR LE COMMERCE EXTERIEUR
0809 COMARSEG COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.
0011 EL COMERCIO COMPAÑÍA DE SEGUROS A PRIMA FIJA S.A.
0821 CONFLUENCIA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.
0236 LA CONSTRUCCI N SOCIEDAD ANONIMA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS
0196 COOPERACION MUTUAL PATRONAL SOCIEDAD MUTUAL DE SEGUROS GENERALES
0248 COPAN COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA
0725 COSENA SEGUROS S.A.
0604 CREDICOOP COMPAÑIA DE SEGUROS DE RETIRO S.A.
0595 ASEGURADORES DE CRÉDITOS DEL MERCOSUR S.A.
0297 ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS SOCIEDAD ANONIMA
0553 CRUZ SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
0158 LA DULCE COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA
0044 LA EQUITATIVA DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS
0746 ESCUDO SEGUROS S.A.
0419 LA ESTRELLA S.A. COMPAñíA DE SEGUROS DE RETIRO
0227 COMPAÑIA DE SEGUROS EUROAMERICA S.A.
0498 FDF SEGUROS DE PERSONAS S.A.
0726 FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.
0425 FEDERACION PATRONAL SEGUROS DE RETIRO S.A.
0253 FIANZAS Y CREDITO S. A. COMPAÑIA DE SEGUROS
0619 GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
0589 GALICIA SEGUROS S.A.
0426 GALICIA RETIRO COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.
0681 GARANTÍA MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS
0528 GENERALI ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.
0333 HAMBURGO COMPAÑIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0778 HANSEATICA COMPAÑIA DE SEGUROS DE TRANSPORTE S.A.
0335 HDI SEGUROS S.A.
0079 LA HOLANDO SUDAMERICANA COMPAÑIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0261 HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES SOCIEDAD AN NIMA
0039 HSBC-LA BUENOS AIRES SEGUROS S.A.
0443 HSBC SEGUROS DE RETIRO (ARGENTINA) S.A.
0516 HSBC SEGUROS DE VIDA (ARGENTINA) S.A.
0381 INSTITUTO ASEGURADOR MERCANTIL COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA IAM
0506 INDEPENDENCIA COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA S.A.
0254 INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS
0437 INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS SEGURO DE RETIRO SOCIEDAD ANONIMA
0822 INSTITUTO DE SEGUROS DE JUJUY
0728 INSTITUTO DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA
0656 INSTITUTO DEL SEGURO DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA
0661 INSTITUTO DE SALTA COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA SOCIEDAD ANÓNIMA
0780 COMPAÑIA DE SEGUROS INSUR S.A.
0080 INTERACCION SEGUROS S.A.
0614 ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO INTERACCI N S.A.
0521 INTERNACIONAL COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A.
0312 JUNCAL COMPAÑÍA DE SEGUROS DE AUTOS Y PATRIMONIALES S.A.
0412 COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS LATITUD SUR SOCIEDAD ANONIMA
0720 LIBERTY SEGUROS ARGENTINA S.A.
0605 LIBERTY ART S.A.
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0852 LIBRA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.
0352 LIDERAR COMPAÑIA GENERAL DE SEGUROS S.A.
0795 ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO LIDERAR SOCIEDAD ANONIMA
0388 COOPERATIVA DE SEGUROS LUZ Y FUERZA LIMITADA
0432 MAÑANA SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS DE PERSONAS
0213 MAPFRE ARGENTINA SEGUROS S.A.
0611 MAPFRE ARGENTINA A.R.T. S.A.
0699 MAPFRE ARGENTINA SEGUROS DE VIDA S .A.
0116 COMPAÑIA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA SOCIEDAD ANONIMA
0136 COMPAÑÍA MERCANTIL ASEGURADORA SOCIEDAD ANONIMA ARGENTINA DE SEGUROS
0244 LA MERIDIONAL COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD AN NIMA
0420 METLIFE SEGUROS DE RETIRO S.A.
0251 METLIFE SEGUROS DE VIDA S.A.
0334 METROPOL COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0682 METROPOL SOCIEDAD DE SEGUROS MUTUOS
0678 MUTUAL RIVADAVIA DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS
0515 NACI N SEGUROS S.A.
0534 NACIÓN SEGUROS DE RETIRO S.A.
0247 NATIVA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.
0662 NIVEL SEGUROS S.A.
0744 NOBLE SOCIEDAD ANONIMA ASEGURADORA DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
0141 COMPAÑÍA DE SEGUROS EL NORTE SOCIEDAD ANONIMA
0845 N.S.A. SEGUROS GENERALES S.A.
0163 LA NUEVA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA
0293 ORBIS COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.
0423 ORÍGENES SEGUROS DE RETIRO S.A.
0294 ORIGENES SEGUROS DE VIDA S.A.
0488 OVERSAFE SEGUROS DE RETIRO S.A.
0330 PARANÁ SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS
0157 LA PERSEVERANCIA SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0643 PIEVE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0546 PLENARIA COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA S.A.
0820 POR VIDA SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0626 PREVENCI N ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
0409 PREVINCA SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0591 LA PREVISORA S.A. SEGUROS DE SEPELIO
0348 PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA
0431 PROFUTURO CIA. DE SEGUROS DE RETIRO S.A.
0632 PROFUTURO CIA. DE SEGUROS DE VIDA S.A.
0716 EL PROGRESO SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0679 PROTECCI N MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE P BLICO DE PASAJEROS
0499 PROVINCIA SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0621 PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
0532 PROVINCIA SEGUROS DE VIDA S. A.
0484 PROYECCION SEGUROS DE RETIRO S.A.
0040 PRUDENCIA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES SOCIEDAD ANÓNIMA
0694 PRUDENTIAL SEGUROS S.A.
0616 QBE ARGENTINA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
0440 RECONQUISTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANONIMA
0360 RÍO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA
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0025 ROYAL & SUN ALLIANCE SEGUROS (ARGENTINA) S.A.
0192 SAN CRISTÓBAL SOCIEDAD MUTUAL DE SEGUROS GENERALES
0442 SAN CRIST BAL SEGURO DE RETIRO SOCIEDAD ANONIMA
0500 SAN PATRICIO SEGUROS DE VIDA Y SALUD S.A.
0224 SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA
0692 SANTANDER RÍO SEGUROS S.A.
0438 SANTÍSIMA TRINIDAD SEGUROS DE VIDA SOCIEDAD ANONIMA
0317 LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES
0618 LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANÓNIMA
0117 LA SEGUNDA COMPAÑIA DE SEGUROS DE PERSONAS SOCIEDAD AN NIMA
0436 LA SEGUNDA SEGUROS DE RETIRO SOCIEDAD ANONIMA
0216 SEGURCOOP COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA
0286 SEGUROMETAL COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA
0749 SEGUROS MÉDICOS SOCIEDAD ANONIMA
0413 SENTIR SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0002 SMG COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.
0784 SMG ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
0710 SMG LIFE COMPAÑIA DE SEGUROS DE RETIRO S.A.
0580 SMG LIFE SEGUROS DE VIDA S.A.
0747 SMSV COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.
0574 SOL NACIENTE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0665 SUMICLI ASOCIACION MUTUAL DE SEGUROS
0006 EL SURCO COMPAÑÍA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0596 LA TERRITORIAL VIDA Y SALUD COMPAÑÍA DE SEGUROS SOCIEDAD AN NIMA
0579 TESTIMONIO COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
0741 TPC COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.
0578 TRES PROVINCIAS SEGUROS DE PERSONAS S.A.
0402 TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA
0841 TUTELAR SEGUROS S.A.
0427 UNIDOS SEGUROS DE RETIRO SOCIEDAD ANONIMA
0064 COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS VICTORIA SOCIEDAD ANONIMA
0712 VIRGINIA SURETY COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.
0229 WARRANTY INSURANCE COMPANY ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD AN NIMA
0071 XL INSURANCE ARGENTINA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS
0228 ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
0541 ZURICH INTERNATIONAL LIFE LIMITED SUCURSAL ARGENTINA
0422 ZURICH ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS DE RETIRO SOCIEDAD ANÓNIMA
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Ramos
Código Denominación41 Accidentes a Pasajeros
38 Accidentes Personales
42 Aeronavegación
59 ART
32 Automotores46 Cascos y Maquinarias del Buque
39 Caución
31 Combinados e Integrales
40 Crédito
33 Cristales
35 Ganado
34 Granizo
30 Incendio
36 Responsabilidad Civil
43 Riesgos Varios37 Robo y Riesgos Similares
51 Seguro de Retiro - Voluntario
52 Seguro de Retiro – Rentas derivadas de la Ley 24.557
53 Seguro de Salud
49 Sepelio
44 Técnico
54 Transporte Público de Pasajeros
45 Transportes
47 Vida – Con constitución de reservas Matemáticas
48 Vida – Sin constitución de reservas Matemáticas
55 Vida Obligatorio (Decreto 1567/74)
58 Vida Obligatorio (Espectadores de Justas Deportivas)
56 Vida Obligatorio (Trabajadores Rurales)
57 Vida Obligatorio (Tripulaciones de Embarcaciones de Pesca)
Tipos de documento
Código Denominación1 DNI
2 CUIT/CUIL/CDI
3 Cedula de Identidad
5 Pasaporte
6 Libreta Cívica
7 Libreta de Enrolamiento
Monedas Código Denominación
1 Pesos Argentinos
2 Dólar Norteamericano3 Euros
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Operaciones
Código Denominación1 Solicitud de Nuevo Seguro
2 Solicitud de Renovación
3 Solicitud de Endoso
4 Solicitud de Anulación
5 Anulación de Registro
Orígenes Código Denominación
1 Presencial
2 Telefónica
3 Vía email
4 Vía Internet
Tipos de persona
Código Denominación1 Física
2 Jurídica
Tipos de envío(Para Cobranzas)
Código Denominación1 Cobranzas
2 Rendiciones
3 Nota de Crédito