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CURSO DE FORMACIÓN DE PROFESORES

FUNCIONES DEL FUNCIONES DEL PROFESORADOPROFESORADO

DERECHOS Y DEBERES DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOSALUMNOS

JMRP 2009 FuenlabradaJMRP 2009 Fuenlabrada

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FUNCIONES DEL PROFESORADO (PARTE I)FUNCIONES DEL PROFESORADO (PARTE I)

NORMAS JURÍDICAS BÁSICAS DEL EMPLEADO NORMAS JURÍDICAS BÁSICAS DEL EMPLEADO PÚBLICOPÚBLICO

DERECHOS Y DEBERES CON CARÁCTER GENERAL.DERECHOS Y DEBERES CON CARÁCTER GENERAL.

LA EDUCACIÓN: FINES, CONTEXTOS, CENTROS Y LA EDUCACIÓN: FINES, CONTEXTOS, CENTROS Y ELEMENTOS PERSONALES COMO MARCO DE LAS ELEMENTOS PERSONALES COMO MARCO DE LAS FUNCIONES DEL PROFESOR.FUNCIONES DEL PROFESOR.

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PERSONAL AL SERVICIO DE LA PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICAADMINISTRACIÓN PÚBLICA

CONCEPTO:CONCEPTO: Son empleados públicos quienes desempeñan Son empleados públicos quienes desempeñan

funciones retribuidas en las Administraciones funciones retribuidas en las Administraciones públicas al servicio de los intereses generalespúblicas al servicio de los intereses generales

TIPOS:TIPOS: Funcionario de carreraFuncionario de carrera Funcionario interinoFuncionario interino Otro personal al servicio de la Admón pública:Otro personal al servicio de la Admón pública: -Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido -Personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido

o temporal.o temporal.

-Personal eventual-Personal eventual

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El profesor de secundaria como empleado público y El profesor de secundaria como empleado público y funcionario de carrera está vinculado a la Admón. Pública por funcionario de carrera está vinculado a la Admón. Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo. Administrativo. NORMAS BÁSICASNORMAS BÁSICAS Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la

Función Pública.Función Pública. Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público

(EBEP).(EBEP). Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad

de Madridde Madrid Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. LOE.Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. LOE. Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el

Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado.Administración del Estado.

Acuerdo de 26 de octubre de 2006, del Consejo de Gobierno, por Acuerdo de 26 de octubre de 2006, del Consejo de Gobierno, por el se establece el Acuerdo Sectorial del personal funcionario el se establece el Acuerdo Sectorial del personal funcionario docente al servicio de la Adm. de la C. M. que imparte enseñanzas docente al servicio de la Adm. de la C. M. que imparte enseñanzas no universitarias para el período 2006-2009 (BOCM 30/11).no universitarias para el período 2006-2009 (BOCM 30/11).

Acuerdo sobre licencias y permisos para el personal funcionario Acuerdo sobre licencias y permisos para el personal funcionario docente de 16/12/08.docente de 16/12/08.

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El Funcionario en su relación de prestación de servicios El Funcionario en su relación de prestación de servicios y en el ejercicio de su actividad adquiere una serie de y en el ejercicio de su actividad adquiere una serie de derechos y contrae unos deberes.derechos y contrae unos deberes.

1.- Derechos de los Empleados Públicos:1.- Derechos de los Empleados Públicos: 1.1 1.1 Derechos individuales.Derechos individuales. 1.2 1.2 Derechos individuales de ejercicio colectivo.Derechos individuales de ejercicio colectivo. 1.3 Otros derechos.1.3 Otros derechos. a) Derecho a la carrera profesional y a la a) Derecho a la carrera profesional y a la

promoción interna.promoción interna. b) Derechos retributivos.b) Derechos retributivos. c) c) Derecho a la jornada de trabajo, permisos Derecho a la jornada de trabajo, permisos

y vacaciones.y vacaciones.2.-Deberes de los empleados públicos. Código de 2.-Deberes de los empleados públicos. Código de

conducta.conducta.

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DERECHOS INDIVIDUALESDERECHOS INDIVIDUALES

Inamovilidad en la condición de funcionario de carrera.Inamovilidad en la condición de funcionario de carrera. Al desempeño efectivo de las Al desempeño efectivo de las funciones o tareas propias de su condición profesionalfunciones o tareas propias de su condición profesional y de y de

acuerdo con la progresión alcanzada en su carrera profesional. (artículo 91 de la LOE)acuerdo con la progresión alcanzada en su carrera profesional. (artículo 91 de la LOE) Información por sus superiores sobre las tareas a desarrollar.Información por sus superiores sobre las tareas a desarrollar. Permanencia en su puesto de trabajoPermanencia en su puesto de trabajo Retribución y régimen de previsión social.Retribución y régimen de previsión social. Carrera administrativa y formación continuaCarrera administrativa y formación continua Vacaciones, permisos y licencias. jubilación Vacaciones, permisos y licencias. jubilación Participación para la mejora de los serviciosParticipación para la mejora de los servicios Asistencia sanitaria y prestaciones socialesAsistencia sanitaria y prestaciones sociales A la defensa jurídica y protección de la administrativaA la defensa jurídica y protección de la administrativa Seguridad e higiene en el trabajoSeguridad e higiene en el trabajo Respeto a la intimidad, orientación sexual, propia imagen y dignidad en el trabajo, frente el acoso sexual, Respeto a la intimidad, orientación sexual, propia imagen y dignidad en el trabajo, frente el acoso sexual,

moral y laboral.moral y laboral. A la no discriminación por razón de sexo, etnia,…A la no discriminación por razón de sexo, etnia,… A las medidas que favorezcan la conciliación de vida personal, familiar y laboralA las medidas que favorezcan la conciliación de vida personal, familiar y laboral A los demás derechos reconocidos por el ordenamiento jurídicoA los demás derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico

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Para hacer efectivo el derecho que hemos subrayado: el Para hacer efectivo el derecho que hemos subrayado: el desempeño efectivo de las desempeño efectivo de las funciones o tareas propias de su condición funciones o tareas propias de su condición profesionalprofesional y de acuerdo con la progresión alcanzada en su carrera y de acuerdo con la progresión alcanzada en su carrera profesional. (artículo 91 de la LOE) debemos plantear algunas cuestiones profesional. (artículo 91 de la LOE) debemos plantear algunas cuestiones previas.previas.

1.-¿Cuál es el fin de la educación?1.-¿Cuál es el fin de la educación? 2.-En qué contextos se da la educación.2.-En qué contextos se da la educación. 3.-Qué contexto crees que es el más adecuado. ¿Por qué?3.-Qué contexto crees que es el más adecuado. ¿Por qué?   4.-Contextos formales. El centro educativo.4.-Contextos formales. El centro educativo.   5.-Cuál es el proceso fundamental que se da en el Centro 5.-Cuál es el proceso fundamental que se da en el Centro

Educativo.Educativo.   6.Cuáles son los elementos personales que encontramos en un 6.Cuáles son los elementos personales que encontramos en un

Centro Educativo.  Centro Educativo.   7.-Trata de definir las funciones de cada elemento personal en los 7.-Trata de definir las funciones de cada elemento personal en los

siguientes ámbitos:siguientes ámbitos:

7.1. Proceso de enseñanza-aprendizaje.7.1. Proceso de enseñanza-aprendizaje.

7.2 Organización y funcionamiento del Centro.7.2 Organización y funcionamiento del Centro.

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Fin básico de la educaciónFin básico de la educación

Pleno desarrollo de la personalidad del alumnoPleno desarrollo de la personalidad del alumno (art. 2-1-a (art. 2-1-a LOE, art. 2-a LODE), esto IMPLICA lograr una FORMACIÓN LOE, art. 2-a LODE), esto IMPLICA lograr una FORMACIÓN PLENA que les permita:PLENA que les permita: 1.- Conformar su propia y esencial identidad.(capacidades)1.- Conformar su propia y esencial identidad.(capacidades) 2.- Configurar una idea o concepto de la realidad que les 2.- Configurar una idea o concepto de la realidad que les

permita integrar la dimensión afectiva, cognoscitiva y permita integrar la dimensión afectiva, cognoscitiva y axiológica.axiológica.

Aunque la educación y el aprendizaje permanente alo largo de Aunque la educación y el aprendizaje permanente alo largo de toda la vidatoda la vida

es un principio básico de nuestro S.E, (art, 1-d)----CONTEXTOS es un principio básico de nuestro S.E, (art, 1-d)----CONTEXTOS

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CENTRO EDUCATIVO (IES)CENTRO EDUCATIVO (IES)

1.- Proceso de 1.- Proceso de enseñanza-aprendizajeenseñanza-aprendizaje

2.-Interacciones.2.-Interacciones.

3.-Participación de las 3.-Participación de las familiasfamilias

Programación Programación

EnseñanzaEnseñanza

Evaluación Evaluación

Tutoría y orientación.Tutoría y orientación.

Profesores/alumnosProfesores/alumnos

Alumnos/alumnos.Alumnos/alumnos.

Información sobre el proceso Información sobre el proceso de E/Ade E/A

Orientación y TutoríaOrientación y Tutoría

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EL PROFESOR ES RESPONSABLE.EL PROFESOR ES RESPONSABLE.

1.- PROCESO DE E/A1.- PROCESO DE E/A

2.-INTERACCIÓN 2.-INTERACCIÓN PROF./ALUMNO Y PROF./ALUMNO Y AL./AL.AL./AL.

1.- Conocer y adecuar su 1.- Conocer y adecuar su práctica docente al PEC.práctica docente al PEC. 2.-Elaborar su programación 2.-Elaborar su programación didáctica en el marco del didáctica en el marco del Decreto del Currículo y el Decreto del Currículo y el contexto del Centro (art.121-1 contexto del Centro (art.121-1 LOE)LOE) 3.- Ser actor en el proceso de 3.- Ser actor en el proceso de E/AE/A

-Práctica docente-Práctica docente -Tutoría y orientación-Tutoría y orientación4.-Crear CLIMA que favorezca el 4.-Crear CLIMA que favorezca el

Proceso de E/A.Proceso de E/A.

1.- Participar, conocer y aplicar:1.- Participar, conocer y aplicar:RRI y Plan de Convivencia.RRI y Plan de Convivencia.

2.-Decreto 15/2007 2.-Decreto 15/2007 (Convivencia(Convivencia))

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LA CONFLUENCIA DE ELEMENTOS PERSONALES (PADRES, LA CONFLUENCIA DE ELEMENTOS PERSONALES (PADRES, PROFESORES, ALUMNOS) Y LA ADECUACIÓN DEL PROCESO DE E/A PROFESORES, ALUMNOS) Y LA ADECUACIÓN DEL PROCESO DE E/A

DETERMINAN UNA ORGANIZACIÓN (ROC)DETERMINAN UNA ORGANIZACIÓN (ROC)

ÓRGANOS COLEGIADOS DE ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNOGOBIERNO

ÓRGANOS UNIPERSONALES DE ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNOGOBIERNO

ÓRGANOS DE COORDINACIÓN ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTEDOCENTE

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8.-Qué responsabilidades se derivan 8.-Qué responsabilidades se derivan del proceso de enseñanza –del proceso de enseñanza –aprendizaje para el profesor respecto aprendizaje para el profesor respecto de (Art. 91 LOE):de (Art. 91 LOE):

8.1. Alumnos. 8.1. Alumnos. 8.2. Resto de profesores. 8.2. Resto de profesores. 8.3 Familias. 8.3 Familias. 8.4. Otros.8.4. Otros. 9.- Qué responsabilidades se derivan 9.- Qué responsabilidades se derivan

de la pertenencia a un Centro.de la pertenencia a un Centro.

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Entre los derechos individuales contemplados en el EBEP destacamos Entre los derechos individuales contemplados en el EBEP destacamos el artículo 14, apartado b que nos remite al el artículo 14, apartado b que nos remite al Título III, Capítulo I, Título III, Capítulo I, artículo 91 LOE.artículo 91 LOE. FUNCIONES DEL PROFESORADOFUNCIONES DEL PROFESORADO Programación y enseñanza de las materias encomendadas.Programación y enseñanza de las materias encomendadas. Evaluación del proceso de aprendizaje de los alumnos, así como la evaluación de Evaluación del proceso de aprendizaje de los alumnos, así como la evaluación de

los procesos de enseñanza.los procesos de enseñanza. Tutoría de los alumnos (dirección, orientación, apoyo) con las familias.Tutoría de los alumnos (dirección, orientación, apoyo) con las familias. Orientación educativa, académica y profesional de los alumnos.Orientación educativa, académica y profesional de los alumnos. Atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz y social del alumnado.Atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz y social del alumnado. Promoción, participación y organización de actividades complementarias. Promoción, participación y organización de actividades complementarias. Contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, Contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto,

tolerancia, participación y libertad.tolerancia, participación y libertad. Información periódica a las familias.Información periódica a las familias. Coordinación actividades docentes, de gestión y de dirección que le sean Coordinación actividades docentes, de gestión y de dirección que le sean

encomendadas.encomendadas. Participación en la actividad general del centroParticipación en la actividad general del centro Participación en los planes de evaluación de la Administración Educativa o de los Participación en los planes de evaluación de la Administración Educativa o de los

propios centros.propios centros. Investigación , experimentación y mejora de los procesos de enseñanzaInvestigación , experimentación y mejora de los procesos de enseñanza

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Artículo 91 LOE y Responsabilidad del Artículo 91 LOE y Responsabilidad del profesor respecto al proceso de E/A y por su profesor respecto al proceso de E/A y por su pertenencia a un centro.pertenencia a un centro.

A) Responsabilidades que se derivan del A) Responsabilidades que se derivan del proceso de proceso de enseñanza –aprendizajeenseñanza –aprendizaje para el profesor respecto de: para el profesor respecto de:

8.1. Alumnos8.1. Alumnos. Apartados a),b),d),e) y g. Art. 91 LOE. Apartados a),b),d),e) y g. Art. 91 LOE a) a) Programación y enseñanza de las materias encomendadas.Programación y enseñanza de las materias encomendadas. b) Evaluación del proceso de aprendizaje de los alumnos, así como la b) Evaluación del proceso de aprendizaje de los alumnos, así como la

evaluación de los procesos de enseñanza.evaluación de los procesos de enseñanza. c)Tutoría de los alumnos (dirección, orientación, apoyo) con las familias.c)Tutoría de los alumnos (dirección, orientación, apoyo) con las familias. d)Orientación educativa, académica y profesional de los alumnos.d)Orientación educativa, académica y profesional de los alumnos. g) Contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima g) Contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima

de respeto, tolerancia, participación y libertad.de respeto, tolerancia, participación y libertad.

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8.2. Resto de profesores8.2. Resto de profesores. . Apartados f),i), j), l)Apartados f),i), j), l)

f) f) PromociónPromoción, , participación y organización de participación y organización de actividades complementarias. actividades complementarias.

i) i) Coordinación actividades docentes, de gestión y de Coordinación actividades docentes, de gestión y de dirección que le sean encomendadas.dirección que le sean encomendadas.

j) Participación en la actividad general del centro.j) Participación en la actividad general del centro. l)Investigación , experimentación y mejora de los l)Investigación , experimentación y mejora de los

procesos de enseñanzaprocesos de enseñanza

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8.3 Familias8.3 Familias. Apartados c), e), g) h). Apartados c), e), g) h)

c)Tutoría de los alumnos (dirección, orientación, c)Tutoría de los alumnos (dirección, orientación, apoyo) con las familias.apoyo) con las familias.

e) Atención al desarrollo intelectual, afectivo, e) Atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotriz y social del alumnado.psicomotriz y social del alumnado.

g) Contribución a que las actividades del centro se g) Contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, tolerancia, desarrollen en un clima de respeto, tolerancia, participación y libertad.participación y libertad.

h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como

laorientación para su cooperación en el mismo.

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8.4. Otros8.4. Otros.. g), k),j) g), k),j)

g) Contribución a que las actividades del centro se g) Contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, tolerancia, desarrollen en un clima de respeto, tolerancia, participación y libertad.participación y libertad.

k) Participación en los planes de evaluación de la k) Participación en los planes de evaluación de la Administración Educativa o de los propios centros.Administración Educativa o de los propios centros.

j) Participación en la actividad general del centro.j) Participación en la actividad general del centro.

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B) RESPONSABILIDADES QUE SE DERIVAN POR SU B) RESPONSABILIDADES QUE SE DERIVAN POR SU PERTENENCIA A UN CENTRO.PERTENENCIA A UN CENTRO.

1.- PARTICIPAR EN LAS ACTIVIDADES GENERALES DEL 1.- PARTICIPAR EN LAS ACTIVIDADES GENERALES DEL CENTRO.CENTRO.

2.-COLABORAR CON EL RESTO DE PROFESORES Y 2.-COLABORAR CON EL RESTO DE PROFESORES Y TRABAJAR EN EQUIPO.TRABAJAR EN EQUIPO.

3.-PARTICIPAR EN LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE 3.-PARTICIPAR EN LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE

GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTEGOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTE.. 4.-ASUMIR, EN SU CASO, RESPONSABILIDADES 4.-ASUMIR, EN SU CASO, RESPONSABILIDADES

DIRECTAS DE GESTIÓN (ÓRGANOS UNIPERSONALES DIRECTAS DE GESTIÓN (ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO O DE COORD. DOCENTE)DE GOBIERNO O DE COORD. DOCENTE)

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DERECHOS Y DEBERES DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS (PARTE II)ALUMNOS (PARTE II)

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DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS (PARTE II)DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS (PARTE II)

LEGISLACIÓN BÁSICA INTERNACIONALLEGISLACIÓN BÁSICA INTERNACIONAL

LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS RECONOCIDOS LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS RECONOCIDOS EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA.EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA.

LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DEL LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DEL ALUMNADOALUMNADO

DECRETO 15/2007, DE 19 DE ABRIL. (MARCO DECRETO 15/2007, DE 19 DE ABRIL. (MARCO REGULADOR DE LA CONVIVENCIA EN LOS REGULADOR DE LA CONVIVENCIA EN LOS CC.DD. DE LA C.M.)CC.DD. DE LA C.M.)

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LEGISLACIÓN BÁSICA INTERNACIONALLEGISLACIÓN BÁSICA INTERNACIONAL

CONVENCIÓN DE 20 DE NOVIEMBRE DE 1989 SOBRE LOS CONVENCIÓN DE 20 DE NOVIEMBRE DE 1989 SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, ADOPTADA POR LA ASMBLEA GENERAL DE DERECHOS DEL NIÑO, ADOPTADA POR LA ASMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS.LAS NACIONES UNIDAS.

(Parte I, apartados 1 y 28)(Parte I, apartados 1 y 28)

CONVENIO RELATIVO A LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y A LA CONVENIO RELATIVO A LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y A LA COOPERACIÓN EN MATERIA DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.COOPERACIÓN EN MATERIA DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.

( El principio del interés superior del menor)( El principio del interés superior del menor)

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LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS RECONOCIDOS EN LA LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS RECONOCIDOS EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA.LEGISLACIÓN ESPAÑOLA.

(PARTE I)(PARTE I)

Constitución española de 1978.Constitución española de 1978. Código civil.Código civil. Código penal.Código penal. Ley 30/92 de régimen jurídico de las administraciones públicas.Ley 30/92 de régimen jurídico de las administraciones públicas. Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del

menor y modificación parcial del código civil y de la ley de menor y modificación parcial del código civil y de la ley de enjuiciamiento civil.enjuiciamiento civil.

Ley 6/1995, de 28 de marzo, de garantías de los derechos de la infancia y Ley 6/1995, de 28 de marzo, de garantías de los derechos de la infancia y de la adolescencia en de la adolescencia en la Comunidad de Madrid.la Comunidad de Madrid.

Ley 5/1996 del Defensor del menor de la Comunidad de Madrid.Ley 5/1996 del Defensor del menor de la Comunidad de Madrid. Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la

responsabilidad penal del menor.responsabilidad penal del menor.

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LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS RECONOCIDOS EN LA LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS RECONOCIDOS EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA.LEGISLACIÓN ESPAÑOLA.

(PARTE II)(PARTE II)

CONSTITUCIÓNCONSTITUCIÓNArtículos 15 al 30 de la Co. (conexión con el artículo 81.1 de la Co.)Artículos 15 al 30 de la Co. (conexión con el artículo 81.1 de la Co.)Artículo 28 Co. (el derecho a la educación)Artículo 28 Co. (el derecho a la educación)Artículo 53.2, Co. Artículo 53.2, Co.

Tutela de los derechos reconocidos en la Secc. Primera, Cap.II, Título I.Tutela de los derechos reconocidos en la Secc. Primera, Cap.II, Título I.-Tribunales ordinarios (procedimiento de preferencia y sumariedad)-Tribunales ordinarios (procedimiento de preferencia y sumariedad)-Recurso de amparo ante el T.C.-Recurso de amparo ante el T.C.

L.O. 1/1996L.O. 1/1996 Art. 2. Primacía del interés superior de los menores sobre cualquier otro interés legítimo que Art. 2. Primacía del interés superior de los menores sobre cualquier otro interés legítimo que

pudiera concurrir.pudiera concurrir.Capítulo II. Derechos del menor (Honor, intimidad y propia imagen. Información, libertad de Capítulo II. Derechos del menor (Honor, intimidad y propia imagen. Información, libertad de

expresión...expresión...Art. 9.- “El menor tiene derecho a ser oído en cualquier procedimiento admvo. o judicial en que Art. 9.- “El menor tiene derecho a ser oído en cualquier procedimiento admvo. o judicial en que

esté directamente implicado y que conduzca a una decisión que afecte a su esfera personal, esté directamente implicado y que conduzca a una decisión que afecte a su esfera personal, familiar y social”----familiar y social”----Procedimiento disciplinario Decreto 15Procedimiento disciplinario Decreto 15

C.P.C.P.Art. 19. “Los menores de 18 años no serán responsables penalmente con arreglo a este Código.Art. 19. “Los menores de 18 años no serán responsables penalmente con arreglo a este Código.L.O. 5/2000 L.O. 5/2000 Responsabilidad penal de personas mayores de 14 años y menores de 18.Responsabilidad penal de personas mayores de 14 años y menores de 18.Si el autor de los hechos es menor de 14 años no se le exigirá responsabilidad ni por el C.P. ni por Si el autor de los hechos es menor de 14 años no se le exigirá responsabilidad ni por el C.P. ni por

la L.O.5/2000. Se aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas la L.O.5/2000. Se aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el CC.en el CC.

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LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DEL LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DEL ALUMNADO (I)ALUMNADO (I)

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE).la Educación (LODE).

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).mayo, de Educación (LOE).

Decreto Decreto 15/2007 por el que se 15/2007 por el que se establece el marco regulador establece el marco regulador de las Normas de convivencia de las Normas de convivencia en los centros de la Comunidad en los centros de la Comunidad de Madrid.de Madrid.

1. TODOS LOS ALUMNOS TIENEN 1. TODOS LOS ALUMNOS TIENEN LOS LOS MISMOS DERECHOSMISMOS DERECHOSDEBERES, SIN DEBERES, SIN MÁS DISTINCIONES MÁS DISTINCIONES QUE LAS QUE LAS DERIVADAS DE SU DERIVADAS DE SU EDAD Y DEL EDAD Y DEL NIVEL QUE ESTÉN NIVEL QUE ESTÉN

CURSANDO.CURSANDO.

2.2. TODOS LOS ALUMNOS TIENEN EL TODOS LOS ALUMNOS TIENEN EL DERECHO Y EL DEBER DE DERECHO Y EL DEBER DE CONOCER LA CONSTITUCIÓN CONOCER LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y EL RESPECTIVO ESPAÑOLA Y EL RESPECTIVO ESTATUTO DE AUTONOMÍA, CON ESTATUTO DE AUTONOMÍA, CON EL FIN DE FORMARSE EN LOS EL FIN DE FORMARSE EN LOS VALORES Y PRINCIPIOS VALORES Y PRINCIPIOS RECONOCIDOS EN ELLOSRECONOCIDOS EN ELLOS..

3.3. EL REGLAMENTO DE RÉGIMEN EL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE CADA CENTRO SERÁ INTERIOR DE CADA CENTRO SERÁ EL QUE REGULE SU EJERCICIO Y EL QUE REGULE SU EJERCICIO Y ESTABLEZCA LA FORMA Y EL ESTABLEZCA LA FORMA Y EL GRADO DE EXIGENCIA. DE ESOS GRADO DE EXIGENCIA. DE ESOS DERECHOS Y DEBERES SE DERECHOS Y DEBERES SE DERIVARÁN LAS NORMAS DERIVARÁN LAS NORMAS BÁSICAS DE CONVIVENCIA QUE BÁSICAS DE CONVIVENCIA QUE SE DEBERÁN RESPETAR. SE DEBERÁN RESPETAR.

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LODELODE

Artículo 6.3. Derechos de los alumnos:Artículo 6.3. Derechos de los alumnos:

A) Derivados de su condición de A) Derivados de su condición de alumno.alumno.

(apartados a,c,d,g,h, i)(apartados a,c,d,g,h, i)

B) derivados de su condición de B) derivados de su condición de personapersona

(apartados b,e, f)(apartados b,e, f)

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LOS DERECHOSLOS DERECHOS Y LOS DEBERES DEL Y LOS DEBERES DEL ALUMNADO (II)ALUMNADO (II)

Se reconocen a los alumnos los siguientes derechos básicos:Se reconocen a los alumnos los siguientes derechos básicos:

a)a) A recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su A recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidadpersonalidad..

b)b)     A que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales.A que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales.c) c) A que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y A que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad. reconocidos con objetividad. d)d)       A recibir orientación educativa y profesional.A recibir orientación educativa y profesional.e)e) A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y sus sus convicciones morales, de acuerdo con la Constitución.convicciones morales, de acuerdo con la Constitución.f)f)        A la protección contra toda agresión física o moral.A la protección contra toda agresión física o moral.g) g) A participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de conformidad A participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de conformidad con con lo dispuesto en las normas vigentes.lo dispuesto en las normas vigentes.h)h)      A recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y A recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y

desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.i)i)    A la protección social, en el ámbito educativo, en los casos de infortunio A la protección social, en el ámbito educativo, en los casos de infortunio

familiar o accidente.familiar o accidente.

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LODELODE

Artículo 6.4. Artículo 6.4. Deberes básicos de los Deberes básicos de los alumnos:alumnos:

Deberes conectados directamente con el Deberes conectados directamente con el fin primordial de la educación.(apartados fin primordial de la educación.(apartados a,b,c,d)a,b,c,d)

Deberes que comportan el respeto a los Deberes que comportan el respeto a los derechos de otros alumnos. (apartados derechos de otros alumnos. (apartados e,f,g,h)e,f,g,h)

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LOS DERECHOS Y LOS DERECHOS Y LOS DEBERESLOS DEBERES DEL DEL ALUMNADO (III)ALUMNADO (III)

Son deberes básicos de los alumnos:Son deberes básicos de los alumnos:

a)a)   Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo desarrollo según sus sus capacidades.capacidades.b) b) Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las Participar en las actividades formativas y, especialmente, en las escolares y escolares y complementarias.complementarias.c)c)            Seguir las directrices del profesorado.Seguir las directrices del profesorado.d)d)          Asistir a clase con puntualidad.Asistir a clase con puntualidad.

e)e)         Participar en la mejora de la convivencia escolar y en la Participar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un consecución de un adecuado clima de adecuado clima de estudio estudio en el centro, en el centro, respetando el derecho respetando el derecho de sus de sus compañeros a la educación y la compañeros a la educación y la autoridad y orientaciones del autoridad y orientaciones del profesorado.profesorado.f)f)          Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, y la morales, y la dignidad, dignidad, integridad e intimidad de todos los integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad miembros de la comunidad educativa.educativa.g)g)          Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro centro educativo, yeducativo, yh)h)         Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones del centro y materiales materiales didácticos.”didácticos.”

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LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DEL LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DEL ALUMNADO (IV)ALUMNADO (IV)

Decreto 15/2007 por el que se establece el marco regulador Decreto 15/2007 por el que se establece el marco regulador de las Normas de convivencia en los centros de la Comunidad de las Normas de convivencia en los centros de la Comunidad de Madrid.de Madrid.

Regula el marco para la elaboración del Regula el marco para la elaboración del Plan de ConvivenciaPlan de Convivencia que incluya que incluya Normas de ConductaNormas de Conducta..

Establece las Establece las competencias y responsabilidadescompetencias y responsabilidades del Profesorado y del Equipo del Profesorado y del Equipo Directivo así como las funciones de Consejo Escolar.Directivo así como las funciones de Consejo Escolar.

Regula los Regula los procedimientos para la imposición de sancionesprocedimientos para la imposición de sanciones..

Recoge los diversos tipos de Recoge los diversos tipos de faltas y las sancionesfaltas y las sanciones que les corresponden yque les corresponden y

Establece diversas disposiciones generales sobre el procedimiento disciplinario.Establece diversas disposiciones generales sobre el procedimiento disciplinario.

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PLAN DE CONVIVENCIAPLAN DE CONVIVENCIA

SERÁ ELABORADO CON LA PARTICIPACIÓN SERÁ ELABORADO CON LA PARTICIPACIÓN EFECTIVA DE TODOS LOS SECTORES DE LA EFECTIVA DE TODOS LOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. SERÁ APROBADO COMUNIDAD EDUCATIVA. SERÁ APROBADO POR EL CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO Y POR EL CONSEJO ESCOLAR DEL CENTRO Y SE INCLUIRÁ EN LA PROGRAMACIÓN SE INCLUIRÁ EN LA PROGRAMACIÓN GENERAL ANUAL DEL CENTRO.GENERAL ANUAL DEL CENTRO.

DEBERÁ RECOGER TODAS LAS DEBERÁ RECOGER TODAS LAS ACTIVIDADES QUE, A INICIATIVA DEL ACTIVIDADES QUE, A INICIATIVA DEL EQUIPO DIRECTIVO, DEL CLAUSTRO DE EQUIPO DIRECTIVO, DEL CLAUSTRO DE PROFESORES O DEL CONSEJO ESCOLAR, SE PROFESORES O DEL CONSEJO ESCOLAR, SE PROGRAMEN PARA FOMENTAR UN BUEN PROGRAMEN PARA FOMENTAR UN BUEN CLIMA DE CONVIVENCIA DENTRO DEL CLIMA DE CONVIVENCIA DENTRO DEL CENTRO ESCOLAR.CENTRO ESCOLAR.

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NORMAS DE CONDUCTANORMAS DE CONDUCTA

Deberán ser de obligado Deberán ser de obligado cumplimiento para todos cumplimiento para todos los alumnos del centro.los alumnos del centro.

Deberán ser elaboradas por Deberán ser elaboradas por el equipo directivo.el equipo directivo.

Informadas por el claustro, Informadas por el claustro, aprobadas por el Consejo aprobadas por el Consejo Escolar.Escolar.

Puestas en conocimiento de Puestas en conocimiento de los padres.los padres.

    RECOGERÁN, AL MENOS, LAS RECOGERÁN, AL MENOS, LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES POR SIGUIENTES OBLIGACIONES POR PARTE DE LOS ALUMNOS: PARTE DE LOS ALUMNOS:

La asistencia a clase.La asistencia a clase. La puntualidad a todos los actos La puntualidad a todos los actos

programados por el centro. programados por el centro. El mantenimiento de una actitud El mantenimiento de una actitud

correcta correcta en clase, no en clase, no permitiéndose el uso de móviles, permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos electrónicos o otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros. propio alumno o a sus compañeros.

El respeto a la autoridad del Profesor, El respeto a la autoridad del Profesor, tanto dentro de la clase como en el tanto dentro de la clase como en el resto del recinto escolar.resto del recinto escolar.

El trato correcto hacia los compañeros, El trato correcto hacia los compañeros, no permitiéndose el ejercicio de no permitiéndose el ejercicio de violencia física o verbal.violencia física o verbal.

Realización de los trabajos que los Realización de los trabajos que los Profesores manden realizar fuera de Profesores manden realizar fuera de las horas de clase.las horas de clase.

El cuidado y respeto de todos los El cuidado y respeto de todos los materiales que el centro pone a materiales que el centro pone a disposición de los alumnos y de los disposición de los alumnos y de los Profesores. Profesores.

El cuidado de las instalaciones y de El cuidado de las instalaciones y de conjunto del edificio escolar. conjunto del edificio escolar.

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LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARES. LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARES.

COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS DE COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS DE

GOBIERNO Y DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO (I)GOBIERNO Y DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO (I)  

Director

Corresponde al Director/a del centro velar por la realización de las actividades programadas en el Plan de Convivencia, garantizar el cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento de Régimen Interno, resolver los conflictos escolares e imponer las sanciones que correspondan a los alumnos. El Director/a es el competente para decidir la incoación y resolución de los expedientes disciplinarios (artículos 20 y 21) y para la supervisión del cumplimiento efectivo de las sanciones en los términos que hayan sido impuestas.

Jefe de Estudios

El Jefe de Estudios es el responsable directo de la aplicación de las Normas de conducta y de la disciplina escolar. Lleva el control de las faltas de los alumnos y de las sanciones impuestas. Es el encargado de que los padres estén periódicamente informados.

  

Profesorado  

Ejercerán la autoridad sobre sus alumnos y tienen el derecho y el deber de hacer respetar las Normas de conducta y corregir los comportamientos contrarios a las mismas, de acuerdo con el RRI y el Decreto 15. El tutor valorará la justificación de las faltas de asistencia, fomentará la participación en las actividades programadas en el Plan de Convivencia y mantendrá contacto con las familias. El Claustro de Profesores deberá informar las Normas de Conducta y las actividades incluidas en el Plan de Convivencia; conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones, velando porque éstas se atengan a la normativa vigente

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LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARES. LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARES.

COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS DE COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO (II)GOBIERNO Y DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO (II)

 

 

Consejo Escolar

El Consejo Escolar es el competente para aprobar el Plan de Convivencia del centro garantizando la participación de todos los sectores de la comunidad en la elaboración del mismo. Conocerá la resolución de los conflictos disciplinarios, velará por el correcto ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes de los alumnos, y velará que la resolución de conflictos se atenga a la normativa vigente.  

  

La Comisión de Convivencia del Consejo Escolar

Estará compuesta [1] (artículo 9) el Director/a, Jefe de Estudios –quien por delegación la podrá presidir-, un profesor/a, un padre o madre, y un alumno/a elegidos por cada sector de entre los miembros del Consejo Escolar. La Comisión tendrá las siguientes competencias:

Proponer el contenido de las medidas a incluir en el Plan de convivencia en el centro.      

Impulsar entre los miembros de la comunidad educativa el conocimiento y observancia de las normas de convivencia.Evaluar periódicamente la situación de convivencia en el

centro y los resultados de aplicación de las Normas de Convivencia. 

Informar de sus actuaciones al Claustro de Profesores y al Consejo Escolar del centro, al menos dos veces a lo largo del curso, así como de los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas.

[1] IMPORTANTE: Esta Comisión deja de tener la competencia o función de “Mediar y resolver posibles conflictos” que le había otorgado el Decreto 136/2002.

 

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CRITERIOS QUE SE HAN DE OBSERVAR EN LA APLICACIÓN DE SANCIONES CRITERIOS QUE SE HAN DE OBSERVAR EN LA APLICACIÓN DE SANCIONES DISCIPLINARIAS Y LAS MEDIDAS PROVISIONALES.DISCIPLINARIAS Y LAS MEDIDAS PROVISIONALES.

• Tener un carácter educativo y procurar la mejora de la convivencia Tener un carácter educativo y procurar la mejora de la convivencia en el centro.en el centro.

  • Tener en cuenta los derechos de la mayoría de los miembros de la Tener en cuenta los derechos de la mayoría de los miembros de la

comunidad educativa y los de las víctimas de actos antisociales, de comunidad educativa y los de las víctimas de actos antisociales, de agresiones o de acoso.agresiones o de acoso.

  • No se podrá privar a ningún alumno de su derecho a la educación No se podrá privar a ningún alumno de su derecho a la educación

obligatoria.obligatoria.  

• No se podrán imponer correcciones contrarias a la integridad física No se podrán imponer correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumno.y a la dignidad personal del alumno.

  • Se valorará la edad, situación y circunstancias personales, Se valorará la edad, situación y circunstancias personales,

familiares y sociales del alumnado, y demás factores que pudieran familiares y sociales del alumnado, y demás factores que pudieran haber incidido en la aparición de conductas o actos contrarios a las haber incidido en la aparición de conductas o actos contrarios a las normas establecidas.normas establecidas.

  • Se deberán tener en cuenta las secuelas psicológicas y sociales de Se deberán tener en cuenta las secuelas psicológicas y sociales de

los agredidos, así como la alarma o repercusión social creada por los agredidos, así como la alarma o repercusión social creada por las conductas sancionables.las conductas sancionables.

  • Las sanciones deberán ser proporcionales a la naturaleza y Las sanciones deberán ser proporcionales a la naturaleza y

gravedad de las faltas cometidas y deberán contribuir a la mejora gravedad de las faltas cometidas y deberán contribuir a la mejora del proceso educativo del alumno.del proceso educativo del alumno.

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LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARES. LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARES.

FALTAS LEVES. MEDIDAS DE CORRECCIÓN O SANCIÓN (art.12) 1.-Se definen en contraposición a graves y muy graves.

2.-Se sancionan de manera inmediata

MEDIDAS  

¿ QUIÉN? CONDICIONES

a) Amonestación privada o por escrito.b) Expulsión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o Director. Privación de recreo o similar.c) Permanencia en el centro después de la jornada escolar. d) Retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico hasta el final de la jornada.e) Realización de tareas o actividades de carácter académico.d) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y el desarrollo de las actividades del Centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados.

 

Profesor   

 

Oído el alumno y dando cuenta al tutor y al Jefe de estudios. 

(*) Para evitar la interrupción del proceso educativo, durante el tiempo que dure la expulsión de clase, el alumno deberá realizar las tareas y actividades de aprendizaje que determinen sus profesores, y deberá estar controlado físicamente por un adulto.

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LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARES. ESCOLARES.

FALTAS GRAVES. MEDIDAS DE CORRECCIÓN O SANCIÓN (art. 13).

MEDIDAS ¿ QUIÉN? OBSERVACIONES

a) Expulsión de clase con comparecencia inmediata ante el Jefe de Estudios o Director. Privación de recreo o similar.

b) Permanencia en el centro después del fin de la jornada escolar.

c) Realización de tareas fuera del horario lectivo que podrán contribuir al mejor desarrollo de las actividades de Centro o, si procede, a reparar los daños causados.

d) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro por un período máximo de un mes.

e) Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días lectivos.

f) Expulsión del centro por un período máximo de seis días lectivos

Profesor  

El Profesor o El tutor

El profesor o el Tutor

El Jefe de Estudios o el Director 

Director Director

 Se dará audiencia, al menos, al profesor tutor, al alumno y, si es menor, a sus padres o tutores legales.     (*) Para evitar la interrupción del proceso educativo, durante el tiempo que dure la suspensión prevista en las letras d) e) y f), el alumno deberá realizar los tareas y actividades de aprendizaje que determinen sus profesores, que harán un seguimiento periódico de dichas tareas.

Oído el Tutor.

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LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARES. ESCOLARES.

FALTAS MUY GRAVES. MEDIDAS DE CORRECCIÓN O SANCIÓN (art. 14)

MEDIDAS ¿ QUIÉN? OBSERVACIONES

 

a) Realización de tareas fuera del horario lectivo que podrán contribuir al mejor desarrollo de las actividades de centro o, si procede, a reparar los daños causados.b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro por un período máximo de tres meses. *c) Cambio de grupo del alumno.d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un período superior a seis días e inferior a dos semanas. *e) Suspensión del derecho de asistencia al centro por un periodo superior a seis días e inferior a un mes. *f) Cambio de centro.g) Expulsión definitiva del centro.

     

El Director a propuesta del Instructor del expediente.                     

 

Requieren la instrucción de expediente. (*) Para evitar la interrupción del proceso educativo, durante el tiempo que dure la suspensión prevista en las letras b), d) y e), el alumno deberá realizar los tareas y actividades de aprendizaje que determinen sus profesores, que harán un seguimiento periódico de dichas tareas.  Sólo podrá adoptarse cuando se considere que es beneficioso para el alumno, debiéndose motivar detallada y suficientemente su necesidad.  La administración educativa procurará al alumno de enseñanza obligatoria un puesto escolar en otro centro docente sostenido con fondos públicos, con garantía de los servicios complementarios que sean necesarios. 

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LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARES. ESCOLARES.

PROCESO SANCIONADORPROCESO SANCIONADOR

CON CARÁCTER GENERAL SE APLICA CON CARÁCTER GENERAL SE APLICA EL PROCEDIMIENTO ORDINARIOEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO A: A:

1.- LAS 1.- LAS FALTAS LEVESFALTAS LEVES (procedimiento ordinario inmediato) (procedimiento ordinario inmediato)2.-AQUELLAS 2.-AQUELLAS FALTAS GRAVESFALTAS GRAVES QUE RESULTAN QUE RESULTAN EVIDENTESEVIDENTES LA AUTORÍA Y LOS LA AUTORÍA Y LOS HECHOS COMETIDOS, SIN QUE SEA NECESARIO EL ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS COMETIDOS, SIN QUE SEA NECESARIO EL ESCLARECIMIENTO DE LOS MISMOS. ESTAS SON SANCIONADAS DIRECTAMENTE POR EL PROFESOR, MISMOS. ESTAS SON SANCIONADAS DIRECTAMENTE POR EL PROFESOR, QUIEN DESPUÉS COMUNICA AL TUTOR Y AL JEFE DE ESTUDIOS LA SANCIÓN QUIEN DESPUÉS COMUNICA AL TUTOR Y AL JEFE DE ESTUDIOS LA SANCIÓN IMPUESTA. (Proc. Ord. Mediato)IMPUESTA. (Proc. Ord. Mediato)3.-PODRÁ TAMBIÉN SUSTANCIARSE EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO EN 3.-PODRÁ TAMBIÉN SUSTANCIARSE EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO EN RELACIÓN CON LAS RELACIÓN CON LAS FALTAS MUY GRAVESFALTAS MUY GRAVES EN CASO DE EN CASO DE SER FLAGRANTESER FLAGRANTE LA LA FALTA. (proc. Ord. Mediato)FALTA. (proc. Ord. Mediato)

EN EL CASO DE QUE SEA NECESARIA LA OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN PARA EN EL CASO DE QUE SEA NECESARIA LA OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN PARA LA VALORACIÓN DE LOS HECHOS, SERÁ EL TUTOR QUIEN OIRÁ AL ALUMNO Y LA VALORACIÓN DE LOS HECHOS, SERÁ EL TUTOR QUIEN OIRÁ AL ALUMNO Y A CUANTOS SE CONSIDERE NECESARIO, Y PROPONDRÁ LA SANCIÓN AL JEFE A CUANTOS SE CONSIDERE NECESARIO, Y PROPONDRÁ LA SANCIÓN AL JEFE DE ESTUDIOS O AL DIRECTOR.DE ESTUDIOS O AL DIRECTOR.

EN TODOS ESTOS CASOS ES NECESARIO RESPETAR EL DERECHO DE EN TODOS ESTOS CASOS ES NECESARIO RESPETAR EL DERECHO DE AUDIENCIA, Y DEBERÁ DEJARSE CONSTANCIA ESCRITA. EL PROCEDIMIENTO AUDIENCIA, Y DEBERÁ DEJARSE CONSTANCIA ESCRITA. EL PROCEDIMIENTO NO PUEDE DURAR MÁS DE SIETE DÍAS NATURALES.NO PUEDE DURAR MÁS DE SIETE DÍAS NATURALES.  PARA LAS FALTAS MUY GRAVES SE SEGUIRÁ EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL:PARA LAS FALTAS MUY GRAVES SE SEGUIRÁ EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL: LA INCOACIÓN DE UN EXPEDIENTE DISCIPLINARIOLA INCOACIÓN DE UN EXPEDIENTE DISCIPLINARIO

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FASES DEL PROCEDIMIENTO ESPECIALFASES DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL 1. INCOACIÓN DEL EXPEDIENTE y NOMBRAMIENTO DE INSTRUCTOR 1. INCOACIÓN DEL EXPEDIENTE y NOMBRAMIENTO DE INSTRUCTOR El Director del centro, con

carácter inmediato, en el plazo de dos días lectivos desde que se tuvo conocimiento de la comisión de la falta, incoará el expediente, bien por iniciativa propia, bien a propuesta del profesorado, y designará a un instructor, que será un Profesor del centro. Como medida provisional, y comunicándolo al Consejo Escolar, podrá decidir la suspensión de asistencia al centro, o a determinadas actividades o clases, por un período no superior a cinco días lectivos. Este plazo será ampliable, en supuestos excepcionales, hasta la finalización del expediente.-DIRECTOR

(ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN DEL INSTRUCTOR)-INSTRUCTOR O IMPUTADO.(ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN DEL INSTRUCTOR)-INSTRUCTOR O IMPUTADO.2.- INSTRUCCIÓN:2.- INSTRUCCIÓN:

-Formulación del pliego de cargos.(-Formulación del pliego de cargos.(4 días lectivos4 días lectivos)-INSTRUCTOR.)-INSTRUCTOR.-Alegaciones al Pliego de cargos y propuesta de práctica de pruebas por el -Alegaciones al Pliego de cargos y propuesta de práctica de pruebas por el imputado. imputado. ((2 días lectivos2 días lectivos))- Práctica de la prueba.(- Práctica de la prueba.(2 días lectivos2 días lectivos)-INSTRUCTOR. )-INSTRUCTOR. - Trámite de audiencia y vista del expediente.- INSTRUCTOR E IMPUTADO.- Trámite de audiencia y vista del expediente.- INSTRUCTOR E IMPUTADO.- Redacción de la propuesta de resolución.-INSTRUCTOR (- Redacción de la propuesta de resolución.-INSTRUCTOR (2 días lectivos2 días lectivos))-Alegaciones a la Propuesta de Resolución.-IMPUTADO (-Alegaciones a la Propuesta de Resolución.-IMPUTADO (2 días lectivos)2 días lectivos)

3.-RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR.3.-RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR.El procedimiento debe resolverse en el plazo máximo de catorce días desde la fecha El procedimiento debe resolverse en el plazo máximo de catorce días desde la fecha de inicio del mismo.de inicio del mismo.Las sanciones podrán ser objeto de reclamación por parte del alumno o sus padres o Las sanciones podrán ser objeto de reclamación por parte del alumno o sus padres o representantes legales en el plazo de dos días hábiles ante el Director de Área representantes legales en el plazo de dos días hábiles ante el Director de Área Territorial, y contra su resolución cabrá recurso de alzada.Territorial, y contra su resolución cabrá recurso de alzada.

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LA CONVIVENCIA EN LOS CENTROS LA CONVIVENCIA EN LOS CENTROS ESCOLARESESCOLARES

ALGUNOS FACTORES QUE SE HA COMPROBADO QUE SON ALGUNOS FACTORES QUE SE HA COMPROBADO QUE SON ÚTILES PARA CONTRIBUIR A CREAR UN BUEN CLIMA DE ÚTILES PARA CONTRIBUIR A CREAR UN BUEN CLIMA DE CONVIVENCIA EN LOS CENTROS:CONVIVENCIA EN LOS CENTROS:

1.1. La información y el conocimiento.La información y el conocimiento.

2.2. El establecimiento de cauces de comunicación. El establecimiento de cauces de comunicación.

3.3. El trabajo técnico y profesional.El trabajo técnico y profesional.

4.4. El ejercicio de la acción tutorial.El ejercicio de la acción tutorial.

5.5. El clima y la buena disposición.El clima y la buena disposición.

6.6. El sentimiento de pertenencia al grupo / centro.El sentimiento de pertenencia al grupo / centro.

7.7. Aplicación flexible y no rutinaria de las normas.Aplicación flexible y no rutinaria de las normas.

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LOS CONFLICTOSLOS CONFLICTOS

La

convivencia

en los centros

conflictos normas

funcionamiento Estructura

del centro

genera Se regula con

Ayudan a resolver

regulan establecen

Est疣

interrelacionadas

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LOS CONFLICTOSLOS CONFLICTOS

alumnos

P.A.S.

maestros

padresConviven

en el centro

generan

conflictos

existenNormas para su solución

como

Decreto 15/ 2007

Derechos y deberes

ROC y orden de funcionamiento

R.R.I .

Reglamento de régimen disciplinario de funcionarios.

Muchos se resuelven

Dentro

del centro

TUTORÍ A

EQUI PO DI RECTI VO

COMI SI ÓN CONVI VENCI A

E.O.E.P.

Algunos se resuelven

Fuera

del centro

I NSPECCI ÓN DE EDUCACI ÓN

J UZGADOS

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EL PAPEL DEL PROFESORADO EN LA EL PAPEL DEL PROFESORADO EN LA

PREVENCIÓN DE CONFLICTOSPREVENCIÓN DE CONFLICTOS EL DOCENTE, COMO PROFESIONAL CON UN ALTO NIVEL DE EL DOCENTE, COMO PROFESIONAL CON UN ALTO NIVEL DE

CUALIFICACIÓN, DEBE PLANTEARSE COMO UNA MÁS DE SUS CUALIFICACIÓN, DEBE PLANTEARSE COMO UNA MÁS DE SUS FUNCIONES EL CONTRIBUIR, MEDIANTE EL ANÁLISIS FUNCIONES EL CONTRIBUIR, MEDIANTE EL ANÁLISIS REFLEXIVO Y LA BÚSQUEDA DE ALTERNATIVAS EDUCATIVAS, A REFLEXIVO Y LA BÚSQUEDA DE ALTERNATIVAS EDUCATIVAS, A CREAR Y MANTENER UN CLIMA DE CONVIVENCIA ADECUADO EN CREAR Y MANTENER UN CLIMA DE CONVIVENCIA ADECUADO EN EL CENTRO.EL CENTRO.

TRATAR DE CORREGIR ÚNICAMENTE MEDIANTE SANCIÓN AL TRATAR DE CORREGIR ÚNICAMENTE MEDIANTE SANCIÓN AL

ALUMNO PUEDE NO SER EFECTIVO, SI NO VA ACOMPAÑADO DE ALUMNO PUEDE NO SER EFECTIVO, SI NO VA ACOMPAÑADO DE UN PROCESO EDUCATIVO SISTEMÁTICO QUE PROMUEVA LA UN PROCESO EDUCATIVO SISTEMÁTICO QUE PROMUEVA LA ADQUISICIÓN Y PUESTA EN PRÁCTICA DE AQUELLAS ADQUISICIÓN Y PUESTA EN PRÁCTICA DE AQUELLAS HABILIDADES QUE DEBE FOMENTAR. HABILIDADES QUE DEBE FOMENTAR.

PARA QUE EL ALUMNADO SE CORRESPONSABILICE DEL PARA QUE EL ALUMNADO SE CORRESPONSABILICE DEL DESARROLLO Y PUESTA EN PRÁCTICA DE LAS NORMAS DE DESARROLLO Y PUESTA EN PRÁCTICA DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ES IMPRESCINDIBLE LOGRAR QUE SE IMPLIQUEN CONVIVENCIA ES IMPRESCINDIBLE LOGRAR QUE SE IMPLIQUEN DE MANERA ACTIVA EN SU ELABORACIÓN, Y HACER, POR OTRO DE MANERA ACTIVA EN SU ELABORACIÓN, Y HACER, POR OTRO LADO, QUE EL RESPETO DE LAS NORMAS SEA EXIGIBLE A LADO, QUE EL RESPETO DE LAS NORMAS SEA EXIGIBLE A TODOS LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. TODOS LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

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RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL SENO RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL SENO

DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIADE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA YA NO ES COMPETENTE PARA IMPONER CORRECCIONES A LAS LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA YA NO ES COMPETENTE PARA IMPONER CORRECCIONES A LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO, PUESTO QUE CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO, PUESTO QUE EL DECRETO 15/2007 LE OTORGA LA COMPETENCIA AL DIRECTOR/A. NO OBSTANTE PARA LA EL DECRETO 15/2007 LE OTORGA LA COMPETENCIA AL DIRECTOR/A. NO OBSTANTE PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, A VECES, SE PODRÍA RECURRIR A LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, A VECES, SE PODRÍA RECURRIR A LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA DEL CONSEJO ESCOLAR, PARA QUE PREVIO ACUERDO CON EL ALUMNO O, SI ES MENOR DE DEL CONSEJO ESCOLAR, PARA QUE PREVIO ACUERDO CON EL ALUMNO O, SI ES MENOR DE EDAD, CON SUS PADRES O REPRESENTANTES LEGALES SE IMPONGAN SANCIONES QUE EDAD, CON SUS PADRES O REPRESENTANTES LEGALES SE IMPONGAN SANCIONES QUE FAVOREZCAN LA CORRECCIÓN DE LAS CONDUCTAS, Y PARA ELLO SE PODRÍA PROCEDER DE LA FAVOREZCAN LA CORRECCIÓN DE LAS CONDUCTAS, Y PARA ELLO SE PODRÍA PROCEDER DE LA SIGUIENTE FORMA:SIGUIENTE FORMA:

1. 1. EEl Director del centro convocará a los componentes de la Comisión de Convivencia l Director del centro convocará a los componentes de la Comisión de Convivencia del Consejo del Consejo Escolar. Escolar.

2.2. SSe dará audiencia al profesor-tutor del alumno, al alumno y si éste es menor de e dará audiencia al profesor-tutor del alumno, al alumno y si éste es menor de edad a sus padres o edad a sus padres o representantes legales, y a cualquier otro miembro de la comunidad representantes legales, y a cualquier otro miembro de la comunidad educativa que el Director educativa que el Director del centro considere que puede aportar datos de interés para del centro considere que puede aportar datos de interés para la resolución del conflicto.la resolución del conflicto.

3. 3. Una vez oídas todas las partes, la Comisión de Convivencia formulará propuesta de Una vez oídas todas las partes, la Comisión de Convivencia formulará propuesta de resolución resolución en en el marco de lo establecido en el Decreto 15/2007. el marco de lo establecido en el Decreto 15/2007.

4. 4. De existir acuerdo, se dejará constancia de ello en un documento que fijará los De existir acuerdo, se dejará constancia de ello en un documento que fijará los términos del términos del mismo y que deberá ser firmado por todos los miembros de la Comisión mismo y que deberá ser firmado por todos los miembros de la Comisión de Convivencia. de Convivencia. De De dicho documento se dará copia al alumno, o a sus padres, quedando dicho documento se dará copia al alumno, o a sus padres, quedando registrado el original y registrado el original y archivado en la secretaría del centro junto al resto de la archivado en la secretaría del centro junto al resto de la documentación del Consejo Escolar.documentación del Consejo Escolar.

5. 5. De no producirse acuerdo con el alumno o, si es menor, con sus padres o tutores De no producirse acuerdo con el alumno o, si es menor, con sus padres o tutores legales, se legales, se procedería a incoar el correspondiente expediente según lo dispuesto en procedería a incoar el correspondiente expediente según lo dispuesto en el artículo 22 y el artículo 22 y siguientes del Decreto15/2007. siguientes del Decreto15/2007.

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MEDIACIÓN ESCOLARMEDIACIÓN ESCOLAR La mediación escolar es una realidad con un gran porvenir por su potencial La mediación escolar es una realidad con un gran porvenir por su potencial educativo latente. Seducativo latente. Se convierte en un auténtico proceso educativo para todos e convierte en un auténtico proceso educativo para todos los que intervienen en ellalos que intervienen en ella . L . Los especialistas ya no hablan tanto de la os especialistas ya no hablan tanto de la resolución de conflictos como de la gestión positiva y la trasformación de los resolución de conflictos como de la gestión positiva y la trasformación de los mismos, del acompañamiento de las personas en los conflictos.mismos, del acompañamiento de las personas en los conflictos.

La Mediación entre jóvenes es una magnífica oportunidad de aprovechar los La Mediación entre jóvenes es una magnífica oportunidad de aprovechar los conflictos para madurar y crecer personalmente. Rconflictos para madurar y crecer personalmente. Requiere un clima moral que equiere un clima moral que sea propicio y favorezca su tratamiento, un clima que debe caracterizarse por sea propicio y favorezca su tratamiento, un clima que debe caracterizarse por dos elementos clavesdos elementos claves: el diálogo y la cooperación: el diálogo y la cooperación. Favorecer el diálogo entre . Favorecer el diálogo entre los afectados en el conflicto, invitarles a expresar sus puntos de vista, los afectados en el conflicto, invitarles a expresar sus puntos de vista, escuchar las opiniones de sus compañeros contrastándolas con las propias, escuchar las opiniones de sus compañeros contrastándolas con las propias, aportar argumentos que ayuden a clarificar una situación, y hablar con aportar argumentos que ayuden a clarificar una situación, y hablar con voluntad de entenderse son algunos de los ejercicios que se pueden proponer voluntad de entenderse son algunos de los ejercicios que se pueden proponer cuando se aborda un conflicto.cuando se aborda un conflicto.

Si han de intervenir terceras personas (mediación escolar), bien sean Si han de intervenir terceras personas (mediación escolar), bien sean profesores o alumnos, para que el proceso de mediación sea eficaz y profesores o alumnos, para que el proceso de mediación sea eficaz y contribuya al cambio es necesario:contribuya al cambio es necesario:

- La confianza.- La confianza.

- Comunicación.- Comunicación.

- Escucha activa.- Escucha activa.

- Generar alternativas.- Generar alternativas.

- Mutuo reconocimiento.- Mutuo reconocimiento.