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NDICE
PLDORA 1: 1.1 ndice.
1.2 Introduccin.
PLDORA 2:
2.1.- Consideraciones generales.
2.2.- Intervenciones de uso ms frecuente.
PLDORA 3:
3.1.- Documentos de uso ms frecuente.
3.2.- Contexto legal.
PLDORA 4: El trabajo de campo.
PLDORA 5: La Norma UNE 197001/2011.
PLDORA 6: Estructura del Informe
PLDORA 7:
7.1 Bibliografa.
7.2 Normativa y legislacin.
7.3 Enlaces de inters.
CURSO DE INFORMES PERICIALES Nivel bsico Pldora 1 de 7
2012. Gregorio Prez Tenas www.recursos-formativos.com [email protected]
Este documento es de libre distribucin siempre que se respete su integridad, autor y procedencia. Se permite el intercambio libre bajo la licencia Creative Commons. 1
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INTRODUCCIN. En el momento actual en el que se encuentra el sector de la construccin se mantiene una demanda constante de profesionales en el campo del anlisis de las patologas de la construccin. Existe un mercado actual que solicita peritos judiciales y especialistas en la elaboracin de Informes Tcnicos. Con este curso vas a adquirir los conocimientos bsicos necesarios para iniciarte en el mundo de la realizacin de Informes Periciales en la construccin. Para redactar bien los informes en necesaria un formacin amplia sobre las prcticas y sistemas constructivos y sus detalles, las normativas de aplicacin, los sistemas de reparacin, las tcnicas, materiales y productos especficos, los agentes intervinientes en la construccin, etc. Pero resulta de capital importancia tener conocimientos prcticos y tericos para la redaccin y elaboracin de estos documentos. Este curso bsico ofrece las nociones bsicas para redactar adecuadamente un informe pericial, as como para conocer los diferentes tipos de informes. A lo largo de las siete pldoras formativas de las que consta el curso conocers diversas tcnicas y herramientas para la correcta elaboracin de informes. Adems te facilitamos informacin para que seas capaz de realizar una adecuada gestin del encargo profesional, desde el primer contacto con el cliente, pasando por el trabajo de campo y acabando con la redaccin del informe. Si deseas profundizar en el estudio de la redaccin de informes judiciales te recomendamos los cursos que Recursos Formativos ofrece en su modalidad on line: Se trata de cursos dirigidos a todos aquellos profesionales y estudiantes relacionados con el sector de la edificacin y la ingeniera con inters en aprender en la realizacin de informes periciales en la construccin, teniendo en cuenta, o no, la valoracin de las indemnizaciones. Estos conocimientos se pueden poner en prctica en mbitos judiciales y en mbitos internos de una empresa La formacin adquirida en nuestros cursos te abrir una oportunidad para ampliar tu curriculum y tus capacidades profesionales lo que te permitir ser ms competitivo y ofrecer un mejor servicio en la elaboracin de dictmenes periciales, as como ofrecer un completo asesoramiento a tus clientes.
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CONSIDERACIONES GENERALES
Todo informe pericial que se precia debe cumplir con los siguientes requisitos:
Debe ser objetivo, claro y veraz.
Fundamentado y apoyado en hechos comprobados y contrastados.
Ceido al objeto de la demanda, sin divagaciones innecesarias.
El informe debe estar estructurado.
Debe hacer un anlisis pormenorizado de las deficiencias o daos concretos.
Plasmar el alcance o extensin de las lesiones e intensidad de las mismas.
Analizar las causas directas e indirectas de los daos.
Clasificar los intervinientes en las causas.
Establecer los criterios de subsanacin y/o reparacin.
Realizar una valoracin de las reparaciones.
Escrito en un lenguaje claro, conciso.
Evitar los tecnicismos y expresiones de tipo coloquial.
Reflejar la objetividad del perito.
Evitar las faltas de ortografa y usar correctamente los signos ortogrficos.
Evitar el desorden en la exposicin de los temas.
Respetar a los otros profesionales y sus opiniones
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INTERVENCIONES DE USO MS FRECUENTE
Dado que el campo de actuacin de nuestra profesin est estrechamente relacionado con el proceso edificatorio ser habitual que todas las actuaciones de tipo documental que se nos solicite estn ligadas de una u otra forma a ese campo, debiendo rechazar cualquier otra solicitud de actuacin en otros terrenos no reconocidos expresamente por nuestras atribuciones. En cuanto a los promotores del encargo sern tanto personas particulares, como empresas, asociaciones, comunidades de vecinos, o bien la Administracin, como Ayuntamientos, Consejeras, Juzgados, etc.
En estos casos la parte que se siente perjudicada suele encargar unos estudios previos para considerar el alcance de su accin y, en el caso de que del informe se desprenda que existen motivos justificados de reclamacin, intentar llegar a un acuerdo con la parte contraria sobre los arreglos o indemnizaciones que procedan, y en caso de no conseguirlo solicitarn seguidamente un estudio en profundidad para llevar el caso ante los tribunales de justicia.
En cualquiera de estas intervenciones debemos ser absolutamente rigurosos, tanto en los datos aportados (mediciones, valoraciones, esquemas, etc.) como en las conclusiones a las que lleguemos ya que es normal que las consecuencias de estos informes tengan repercusiones econmicas importantes para alguna de las partes implicadas, por lo que cada una de ellas solicitar los correspondientes estudios y valoraciones, que posteriormente sern contrastados en el juzgado o donde proceda, por lo que la falta de rigor o de conocimientos puede colocarnos en una posicin difcil.
Las intervenciones ms frecuentes son: - En la formalizacin de recursos y reclamaciones: ante la administracin,
particulares, promotores, etc. - Como Perito Asesor Tcnico: determinacin del estado de conservacin de un
inmueble, de sus patologas, etc. - Como Perito Tasador: realizando informes periciales en los que se tiene que
valorar indemnizaciones. Ejemplo: informes de ocupacin de inmuebles por parte de terceras personas y clculo del importe a indemnizar. Ms informacin
- En los procedimientos judiciales como Perito en temas relacionados con el
proceso edificatorio en general: realizando informes sobre desperfectos, humedades, patologas, etc. Ms informacin
- En la redaccin de certificados, verificando el cumplimiento de normativa diversa
(habitabilidad, superficies tiles y construidas, etc.)
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DOCUMENTOS DE USO MS FRECUENTE
Los documentos de uso ms frecuentes son:
Certificados: Este documento se exige en innumerables procedimientos administrativos para que un determinado organismo tenga constancia de un hecho determinado bajo la responsabilidad del tcnico firmante.
Informes tcnicos: El desarrollo, con explicaciones tcnicas, de las circunstancias observadas en el reconocimiento o examen de la cuestin sometida a informe.
Dictmenes: Se trata de un documento similar al Informe en el que el tcnico despus de observar los elementos en estudio, proceder a analizarlos y a enjuiciarlos, estableciendo hiptesis, hasta obtener unas conclusiones tcnicas personales. Por regla general un Dictamen dar lugar a documentos de una cierta complejidad que, como se sabe, ser utilizado por otras personas para tomar decisiones
Peritaciones: los trminos Dictamen y Peritacin son sinnimos si bien existe la tendencia a denominar a este documento como Peritacin cuando el Dictamen es solicitado por un juez con vistas a una demanda judicial. Las peritaciones podrn tener un apartado que entre a valorar las reparaciones y/o las indemnizaciones correspondientes.
De esta relacin se han excluido expresamente las Tasaciones Inmobiliarias. Debido a su grado de especializacin son objeto de estudio en otros cursos. Puedes consultar ms informacin sobre los cursos de tasaciones inmobiliarias que ofrece Recursos Formativos en el siguiente enlace:
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CONTEXTO LEGAL
Para trabajar en el campo de los informes periciales de la construccin sea preciso
conocer la legislacin que regula los procedimientos legales en los que podemos
intervenir, tanto como peritos como rbitros:
LEY 1/2000, de 7 de enero, DE ENJUICIAMIENTO CIVIL: especialmente su Seccin 5 que
trata del Dictamen de Peritos y que reproducimos a continuacin. Y sus modificaciones
posteriores establecidas por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de Reforma de la
Legislacin Procesal para la Implantacin de la Nueva Oficina Judicial.
A tener en cuenta los artculos del 335 al 353 donde se tratan temas como:
El objeto y finalidad del dictamen de peritos. Aportacin de dictmenes en las demandas y contestaciones. Designacin de los peritos por el tribunal. Condiciones de los peritos y su nombramiento. Tachas de los peritos. Provisin de fondos. Emisin y ratificacin del dictamen. Actuacin de los peritos en el juicio o en la vista.
LEY DE ARBITRAJE: (LEY 60/2003) de 23 de diciembre. Y su posterior modificacin por la
Ley 11/2011. Los cambios introducidos afectan, entre otras, a cuestiones tan relevantes
como la capacidad para ser rbitro, las funciones de apoyo y control, los plazos para
invocar la declinatoria, los requisitos para que sea vlido el convenio arbitral aplicado al
arbitraje estatutario, la exigencia de seguro de responsabilidad civil, el idioma del
arbitraje, la validez del laudo firmado por mayora o la extralimitacin parcial del laudo.
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EL TRABAJO DE CAMPO
PREPARACIONES PREVIAS: Es muy recomendable que al perito se le ponga en antecedentes
anticipndole las lesiones, daos o las causas que han motivado el encargo, as como solicitar
cualquier documentacin que sirva de orientacin. De esta manera se podr estimar el tiempo
que se va a necesitar para inspeccionar el inmueble, si sern necesarias catas o ensayos, e
incluso puede servir para determinar la urgencia de las actuaciones. En el caso de que los
interesados se nieguen a facilitar documentacin debemos reflejarlo en el informe que
elaboremos.
LA VISITA PERICIAL: Es siempre recomendable que acompae al perito el menor nmero de
personas posible, dado que los continuos comentarios que realicen, las hiptesis que aventuren
sobre las causas posibles de las lesiones, etc., desviarn la atencin del objeto de estudio. Se
debe establecer cita concreta para la inspeccin y designar un interlocutor que ser con quien se
mantendr el contacto a lo largo de todo el proceso. En el caso de comunidades de propietarios
difundir a los interesados la fecha y hora de la visita.
INSTRUMENTAL BSICO: En la visita pericial es conveniente desplazarse con un equipo
instrumental mnimo que puede estar compuesto por los siguientes elementos: cmara
fotogrfica, medidor laser, flexmetro, cuaderno de apuntes, regla para medida de fisuras y
linterna.
LA TOMA DE DATOS: para recabar datos del entorno es necesario establecer un orden lgico, es
recomendable seguir el equivalente al del proceso de construccin de un edificio (cimentacin,
estructura, cubiertas e impermeabilizaciones, cerramientos, etc.) lo que ayudar a estructurar
posteriormente la redaccin del documento y los anexos.
Se debe ser metdico en la inspeccin, sobre todo en el caso de edificios plurifamiliares para
evitar segundas visitas: establecer unidades mnimas de inspeccin, agrupar elementos, seguir
un orden predeterminado a la hora de hacer las fotografas para luego no confundirlas a la hora
de archivarlas, realizar una correcta identificacin de cada elemento.
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CATAS, ENSAYOS, PRUEBAS: Para la constatacin de las lesiones o deficiencias, la mayor parte
de las veces bastar con la inspeccin visual y pormenorizada, identificando los signos externos
que nos permiten efectuar un diagnstico adecuado, ayudados de los documentos
complementarios que se nos faciliten. Pero habr ciertas patologas y elementos ocultos cuya
presencia no se pueden detectar con una inspeccin ocular. En el caso de ser necesarias catas de
comprobacin, ensayos u otras pruebas es recomendable informar con antelacin al
interlocutor.
Las catas de comprobacin son habitualmente ensayos o pruebas que exigen no solo personal
auxiliar, sino sistemas ms sofisticados o especializados. Todos los ensayos normalizados tienen
un protocolo normativo aprobado y debe seguirse estrictamente, justificndolo adecuadamente,
puesto que los resultados de las pruebas podran ponerse en entredicho o ser anulados si
incumplieran las condiciones que marcan las normativas vigentes.
Las actuaciones ms frecuentes son:
- Ensayos acsticos: Para comprobacin de las caractersticas de aislamiento acstico
exigible a los edificios, en funcin de las normativas que sean aplicables.
- Pruebas de carga: Se utilizan en el caso de anlisis de sistemas estructurales que deban
estar sometidos a cargas estticas o dinmicas, donde se tenga incertidumbre sobre la
idoneidad para soportar dicho tipo de esfuerzos o que incumplan las normativas exigibles.
- Ensayos de abrasin: En caso de duda sobre cumplimiento de caractersticas exigibles a
determinados edificios y a sus instalaciones.
- Pruebas de estanqueidad o de escorrenta: En el caso de que se tenga fundada sospecha
de que la puesta en obra de cubiertas de todo tipo, al igual que en fachadas y los
elementos que las configuran, no coincide con lo proyectado.
- Pruebas de verificacin de hormigones y aceros: Presencia de cloruros, ndice de
carbonatacin prematura, constatacin de resistencias exigibles, grado de proteccin y
espesores de hormigones y aceros; comprobacin de ubicacin, disposiciones y armados;
ensayos de resistencias en muros de stano, soleras, pilares o vigas, etc.
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LA NORMA UNE 197001/2011
Esta norma establece los criterios generales para la elaboracin de informes y dictmenes periciales. Se trata de una norma muy sencilla y escueta cuyo objetivo es establecer una garanta para asegurar que las actuaciones periciales son adecuadas al uso al que se destinan.
No entra al detalle de mtodos o procesos especficos para la elaboracin de informes en campos concretos, sino que nicamente establece consideraciones generales y requisitos formales para las pericias.
Lo que esta norma establece es la estructura deseable en un informe pericial ajustado a la norma: identificacin, ndice, cuerpo -compuesto por objeto, alcance, antecedentes, consideraciones preliminares , documentos de referencia, terminologa, anlisis y conclusiones- y anejos si corresponde; un espacio para el juramento o promesa y unas caractersticas para la identificacin correcta del informe pericial.
La norma pretende establecer los requisitos formales que deben tener los informes y dictmenes periciales. Al cumplir con esta norma se ofrece seguridad, calidad y garanta procesal, ante el creciente nmero de actuaciones periciales profesionales.
Los requisitos generales de la UNE 197001:2011 son:
1. Disponer de un Titulo del Informe/Dictamen.
2. Identificar el Informe/Dictamen indicando en el mismo la siguiente informacin:
- Titulo y cdigo referencia.
- Nombre organismos a los que se dirige Informe/Dictamen, incluyendo el nmero de expediente o procedimiento.
- Datos sobre el perito.
- Datos sobre el solicitante del Informe/Dictamen.
- Datos emplazamiento geogrfico concreto.
- Fecha emisin Informe/Dictamen.
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3. Disponer de un ndice que facilite la localizacin de todos los captulos y apartados, indicando su nmero de pgina.
4. Establecer una estructura de Informe/Dictamen donde se incluya
- Objeto.
- Alcance.
- Antecedentes.
- Consideraciones preliminares.
- Documentos de referencia.
- Terminologa y referencias.
- Anlisis.
- Conclusiones.
- Anejos.
5. Dotar al Informe/Dictamen de una paginacin, figurando en todas sus pginas el nmero de pgina y el nmero total de pginas.
6. Contener una Declaracin de Tachas y un Juramento o Promesa de decir verdad.
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ESTRUCTURA DEL INFORME
1.- Ttulo, identificacin y referencia: Es un requisito general segn la Norma UNE 197001/2011 que todo informe y dictamen pericial tenga un ttulo que lo identifique de forma clara e inequvoca. 2.- ndice paginado. En todas las pginas debe figurar el cdigo o referencia de identificacin, el nmero de pgina y el nmero total de pginas. 3.- Cuerpo del informe: es el documento principal debe ser comprensible por todos los interesados.
3.1.- Contenido: . Objeto: se debe indicar su finalidad. . Alcance: se deben indicar las cuestiones planteadas por el solicitante. . Antecedentes: En este captulo se deben indicar los hechos, cosas, sucesos o asuntos que se hayan producido con anterioridad al inicio del informe o dictamen pericial y que estn en conocimiento del perito. . Consideraciones preliminares: se deben enumerar todos aquellos aspectos necesarios para la comprensin de la investigacin llevada a cabo y de la metodologa empleada. . Documentacin de referencia: debe recoger el conjunto de disposiciones normativas, otras normas de no obligado cumplimiento, la buena prctica profesional y la bibliografa que se han tenido en cuenta, y que hayan sido citadas en el informe o dictamen pericial. . Terminologa y abreviaturas: se deben relacionar todas las definiciones de palabras tcnicas, as como el desarrollo y significado de todas las abreviaturas o siglas que se hayan utilizado en el informe o dictamen pericial. . Anlisis pormenorizado: Es en este apartado donde realmente se inicia el Informe propiamente dicho, tras la toma de datos, el anlisis, diagnstico causas- y modo de subsanacin. El orden lgico de este apartado es el siguiente:
- Deficiencias, lesiones o daos concretos. - Ubicacin, alcance y extensin de las lesiones. - Medidas de urgente adopcin. - Causas de las lesiones. - Modo de reparacin: la valoracin.
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. Conclusiones: se debe establecer de forma inequvoca la interpretacin tcnica y experta resumida que se emite sobre los extremos que constan en el captulo de Alcance. Se pueden aadir consideraciones adicionales que a juicio del perito maticen las conclusiones.
3.2.- Tachas: En este captulo se establece, cuando proceda, que el perito puede aplicar el sistema de tachas o hacer constar su imparcialidad. 3.3.- Juramento o promesa: se establece, cuando proceda, que al emitir su dictamen, el perito manifiesta bajo juramento o promesa de decir verdad, que actuar con veracidad y con la mayor objetividad posible, que ha tomado y tomar en consideracin todo aquello que sea susceptible de favorecer o causar un perjuicio a cualquiera de las partes y que conoce las sanciones penales en que puede incurrir en el caso de incumplir su deber como perito.
4.- Anejos: Los anejos forman parte inseparable de la estructura del informe o dictamen pericial, y deben estar recogidos en el ndice general. Asimismo deben estar identificados de manera correlativa y paginados de forma inequvoca. Como anejo, el perito puede incluir las referencias, documentos, muestras y procedimientos de toma y conservacin de las mismas que puedan fundamentar las conclusiones del informe o dictamen pericial.
4.1.- Planos y documentacin grfica. 4.2.- Valoracin de subsanacin de deficiencias. 4.3.- Fotografas. 4.4.- Otra documentacin.
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