Curso África III edición. Sesión 2ª. Derechos Humanos en Africa

download Curso África III edición. Sesión 2ª. Derechos Humanos en Africa

of 36

Transcript of Curso África III edición. Sesión 2ª. Derechos Humanos en Africa

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    1/36

    DERECHOS HUMANOS EN FRICA: RETROSPECTI VAS,

    PROSPECTIVAS Y PERSPECTIVAS

    Mbuyi Kabunda Badi

    INTRODUCCION

    En este inicio del siglo XXI, frica sigue batiendo el triste rcord en cuanto a lasvctimas de la barbarie humana, rcord ilustrado por las guerras civiles, las limpiezas impopulares. Ello viene ilustrado por las tres grandes guerras africanas, ms sangrientasdel planeta, las de Sudn, Angola y la Repblica Democrtica del Congo, que sehan cobrado un total de unos 10 millones de muertos, es decir ms el equivalente de lasvctimas de la Primera Guerra Mundial, sin mencionar las innumerables bajas de lasguerras entre Etiopa y Eritrea, en Burundi, Somalia, Liberia, Sierra Leona, Costa deMarfil, Casamance o el norte de Uganda y de una guerra de autodestruccin en Ruandacon un milln de muertos consecuencia de la poltica de tinte nazi de un Estado vender sus rganos vitales para pagar los impuestos o competir con los animales paratener acceso a los escasos alimentos que puede ofrecer la naturaleza y poder sobrevivir. Galeano.

    Todas estas prcticas, que se originan en la cultura de la impunidad, el malgobierno, el predominio de la violencia sobre la ley y la lucha por el control de los

    escasos recursos, explican que dos de cada tres refugiados y desplazados internos en elmundo sean africanos, adems de ser frica la regin del planeta donde las personasconocidas por sus crmenes de sangre encarnan la autoridad suprema del Estado, o sehan retirado del poder tras una autoamnista vitalicia, y donde las crceles estn vacas,o en el caso de llenarse lo son con los presos de conciencia o los que han desafiado los

    poderes establecidos. Todo ello sucede pese a la adhesin de los Estados a laDeclaracin Universal de Derechos Humanos y a la Carta Africana de DerechosHumanos y de los Pueblos (en adelante la Carta Africana o la Carta de Banjul), y a la

    proclamacin solemne de los derechos humanos en las Constituciones de dichos Hail Mariam Mengistu, Charles Taylor, etc.), que se han destacado por las torturas y

    los crmenes contra la humanidad, y que se benefician de un asilo tranquilo en otrospases africanos o rabes, en nombre de la soberana de los Estados.Esta persistencia en el desprecio de los derechos humanos nos lleva a una serie

    de interrogantes a las que el presente anlisis se propone de dar unos elementos derespuesta: Tienen los africanos los mismos valores socioculturales que los queformularon los derechos humanos actuales? Es la tradicin africana un factor derespeto o violacin de derechos humanos? Cules son los factores objetivos ysubjetivos (histricos y actuales, internacionales y nacionales) que influyen en dichaviolacin? La Carta Africana es el instrumento adecuado para poner fin a esta cohortede sufrimientos y dramas humanos?, y en caso negativo cules podran ser lasalternativas?

    Partimos de la triste comprobacin de que la historia de los cinco ltimos siglosen frica ha sido la de la violacin de los derechos humanos, por los esclavistas, la

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    2/36

    2

    colonizacin europea, ciertas prcticas de la tradicin africana, los poderes establecidosque, para perpetuarse o realizar las misiones autoconfiadas de desarrollo y de creacindel Estado-nacin, han negado a los ciudadanos el derecho a la vida sustituido por elderecho a la muerte, y por los mecanismos perversos actuales internacionales que hancreado las condiciones objetivas de dicha violacin y de la negacin de la dignidad

    humana de los africanos. Todos estos factores combinados explican que el continentepresente un panorama triste en cuanto a la situacin de los derechos humanos. Inclusoen el periodo actual de democratizacin, la situacin de los pueblos ha empeorado entodos los aspectos en relacin con el perodo colonial, pues uno de cada cinco africanosvive en una situacin de guerra permanente y ms de la mitad de los 850 millones deafricanos vive con menos de un dlar al da. Esta situacin desoladora explica, tal ycomo sugiere Eya Nchama1, que los africanos que ms han sufrido de la violacin dederechos humanos en la historia deberan ser los primeros en preocuparse de su respeto.Pero, parece suceder todo lo contrario al convertirse los propios africanos, sobre todolos dirigentes, en los principales violadores de los derechos de sus conciudadanos.

    En el estudio de los problemas de derechos humanos en frica, es importante

    pues analizarlos a partir de la propia teorizacin africana en la materia, teorizacinconfrontada con la praxis. Por lo tanto, remontaremos a la concepcin tradicionalafricana de derechos humanos, para confrontarla despus con la interpretacin o lalectura que las lites poscoloniales hacen de ella y como la reflejan en la prctica.Siguiendo este hilo estudiaremos, destacando sus principales caractersticas ydebilidades, la Carta Africana que pretende encarnar dicha concepcin, y cuyo alcanceevaluaremos en relacin con el problema de los refugiados, antes de proponer unas

    pistas de alternativas o soluciones.

    I . CONCEPCION Y PRACTICAS TRADICIONALES DE DERECHOSHUMANOS EN FRICAA partir de los anlisis de las sociedades tradicionales africanas realizados por

    los antroplogos, etnlogos, socilogos e historiadores, no cabe la menor duda de queexista en aquellas sociedades un sistema de derechos humanos, expresado a travs devalores que van desde las prcticas de la perpetuacin de la vida misma hasta losinstrumentos utilizados para la creacin y el mantenimiento de la cohesin y estabilidadsociales, tales como los ritos de iniciacin y los mecanismos de educacin einstruccin2.

    En estas sociedades donde se crea en las fuerzas de la naturaleza, es decirprofundamente religiosas, el ser humano ocupaba un lugar central (el homocentrismo oel humanismo africano). El individuo nunca era aislado, sino que viva en armona con

    el grupo social con la consiguiente primaca del espritu comunitario sobre elindividualismo.Es obvio que los derechos tradicionales africanos eran producto de las relaciones

    sociales. De ah su carcter comunitario, que explica que en el seno del grupo elindividuo gozaba no slo de derechos sino que tena que asumir tambin deberes. Deeste modo, exista una complementariedad entre el individuo y el grupo, entre derechosy deberes. En el marco del grupo, el individuo disfrutaba de la libertad de expresin, lalibertad de religin, la libertad de reunin, el derecho a trabajar y el derecho a la

    1

    Eya Nchama C.M., Dveloppement et droits de l homme en Afrique, Publisud, Pars, 1991, p. 15.2 Droits de l homme en Afrique centrale (dir.; DenisMaugenest y Paul-Grard Pougou, UCAC-Karthala, Pars, 1996, p. 62.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    3/36

    3

    educacin3 de la edad, la habilidad personal y el sexo4. Dicho de otra manera, el disfrute de estosderechos y libertades no debera comprometer la armona dentro de la sociedad. O comoescribe Lakhman Marasinghe5, el derecho a ser miembro de la sociedad o de un grupo,

    la libertad de pensamiento, de discurso, de creencia y de reunin, y el derecho dedisfrutar de la propiedad fueron los derechos humanos fundamentales en la mayora de

    Los derechos humanos eran fundamentalmente derechos comunitarios, por tener

    la comunidad una clara prioridad, e incluso opuesta a los derechos del individuo.Resumiendo, los derechos humanos en el frica precolonial tenan tres ideas-

    fuerzas:1 -El grupo era ms importante que el individuo2 -Las decisiones se tomaban por consenso, evitando cualquier forma deenfrentamiento

    3 -Los excedentes econmicos eran compartidos y no podran ser objetos de labsqueda de beneficios o de la acumulacin individual6.Dicho de otra manera, al contrario del proceso de individualizacin que domina

    la filosofa occidental de derechos humanos, la concepcin africana tiene como

    3 Las sociedades tradicionales africanas aseguraban los seis derechos humanos fundamentales siguientes,expresado en un contexto colectivo: el derecho a la vida, el derecho a la educacin, el derecho a lalibertad de circulacin, el derecho a recibir la justicia, el derecho a trabajar, y el derecho a participar en

    los beneficios y en la toma de decisiones de la comunidad. Hurst Hannum, citado por Welch C.E., Human Rights and Development in Africa(eds.: Claude E. Welch Jr. y Ronald I. Meltzer), State University of New York Press, Albany, 1984, p.16. Para Timothy Fernyough que no comparte del todo este punto de vista por su generalizacin, todas lassociedades africanas no aseguraban estos derechos humanos bsicos, en particular el derecho a la vida,

    por la prctica de los sacrificios humanos en algunas de ellas, y en especial en los perodos de guerra. Elautor mencionado plantea el problema de metodologa que ha de tomar en cuenta cualquier estudio sobrelos derechos humanos en el frica precolonial: las fuentes son generalmente orales y, por lo tanto, pocofiables; se suele pasar por encima la diversidad del continente, y la tendencia simplista y simplificadoraconsistente en definir los derechos humanos precoloniales por oposicin a los occidentales. Sin embargo,reconoce una clara continuacin entre los derechos humanos precoloniales y los del Africacontempornea, la popular o rural. Human Rights and Governance in Africa (eds: Ronald Cohen, Goran Hyden y Winston P. Nagan),

    University Press of Florida, Gainesville, 1993, pp. 53ss). La pertinencia de esta observacin, la de lacontinuidad histrica entre el perodo precolonial y poscolonial, no puede hacer perder de vista que loscambios introducidos por la colonizacin y la modernizacin, y sobre todo la persistente crisis econmicaactual, han generado embriones de clases sociales y de prcticas individualistas en las zonas urbanas eindustrializadas, que no slo amenazan de desaparicin las tradiciones, sino que adems han dado lugara diferentes religiones y culturas modernistas (biculturalismo y heteroculturalismo), que hacen difcilnegar los derechos civiles y polticos a los ciudadanos de estas zonas. Este hecho evidente cuestiona launicidad de la concepcin africana de derechos humanos.4 HastingsInternational and Comparative Law Review, vol. 12, n 2, 1989, pp. 381-382. De ah la importancia de lagerontocracia, al considerar no slo a los ancianos como intermediarios entre los vivos y los muertos, sinotambin por encarnar la sabidura y por los servicios que proporcionaron a la comunidad.5

    Development...,op. cit., p. 33.6 Howard R. E., Human Rights in Commonwealth Africa, Rowman and Littlefield, Nueva Jersey, 1986,pp. 17ss.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    4/36

    4

    principio bsico su colectivizacin. Pues la concepcin africana de derechos humanos esradicalmente opuesta a la occidental7.

    En la sociedad tradicional africana exista una cierta proteccin de los derechoshumanos, garantizados por un "sistema social". El individuo nunca era aislado, sino quese defina con arreglo al sistema social al que perteneca y era este sistema el que le

    asista y le protega. El sistema de proteccin pluralista africano era muy eficaz en lamedida en que se basaba en los valores en que se fundamenta la sociedad (cdigo dehonor, solidaridad, etc.)8. Es decir, el carcter eficaz de proteccin de los derechos de la

    persona en frica tradicional tiene su origen no en un orden jurdico o constitucional,sino en los principios y valores sociales admitidos como tal por todos los miembros dela sociedad.

    En dicha concepcin, los deberes hacia los dems y hacia el grupo al que unopertenece (familia, grupo tnico, estado-etnia) priman sobre sus propios derechos yaspiraciones, siendo el objetivo salvaguardar la armona, el bienestar y los interesescolectivos que priman sobre los individuales. A su vez, el grupo se encarga de

    proporcionar al individuo la proteccin y asegurarle la dignidad humana. El hecho de

    pertenecer a un grupo mucho ms amplio fue en s un derecho fundamental. De ah uncierto igualitarismo y la mentalidad distributiva, que caracterizaba a las estructurassocioeconmicas tradicionales africanas en las que no exista la acumulacin privadadel capital, sino la solidaridad y la reciprocidad expresadas a travs de la propiedadcolectiva de los medios de produccin reducidos a la tierra y a las personas. En cuantoal sistema poltico, tena como principal sustrato la toma de decisin por consenso o porunanimidad, tras largos debates pblicos bajo el rbol o la plaza pblica del mercado. Esla famosa democracia bant o la bantucracia, basada en unas prcticas de inclusin y node exclusin.

    Sin embargo, una de las grandes crticas que se puede formular contra laconcepcin africana es que asfixi completamente las iniciativas individuales einnovadoras dando lugar a un sistema obscurantista y dogmtico, que bloque porcompleto el progreso. Favoreci las fuerzas reaccionarias que utilizaban todos lossubterfugios, por envidia, celos o maldad, para aniquilar cualquier desarrollo de la

    personalidad individual y a los rivales hundidos en la mediocridad colectiva, so pretextode la cohesin social o de la solidaridad tnica. Todo est en manos de Dios y de losantepasados, y el individuo no puede ir a contracorriente de la predestinacin, pornegativa que sea.

    Si es verdad que el comunitarismo o comunalismo africano contiene importantesfactores positivos que podran ser recuperados en la lucha contra el subdesarrollo, no esmenos cierto que puede convertirse en un freno a dicho proceso, pues ha permitido a las

    lites poscoloniales no slo oponerse a la democracia y violar los derechos humanos,sino que adems han desarrollado inditas capacidades de destruccin y autodestruccinen sus enfrentamientos neoliberales, cuyo nico objetivo es acabar con sus rivales

    potenciales o virtuales, utilizando todos los medios posibles, sobre todo los de la vidaprivada de los dems, estando sta totalmente desprotegida y por la tradicin y por laconciencia social colectivista. Es obvio, segn puntualiza acertadamente el profesor

    7 instituciones sociales, polticas y jurdicas estn interrelacionadas. La segunda tiene como piedra angular rechos civiles y polticos del individuo con respecto al

    Estado. Cf. Welch C. E., op. cit., pp. 16-17.8 Notes africaines (Bulletinde l I.F.A.N.) n 170, Dakar, abril de 1981, pp. 48-49.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    5/36

    5

    Michel Sawadogo9, que ciertas prcticas y creencias tradicionales son incompatiblescon los derechos humanos.

    Lo mismo puede decirse del frica islmica. El Islam, que no separa loespiritual de lo temporal o la religin del Estado, es la confesin de la mitad de la

    poblacin africana, tanto del norte como del sur del Sahara.

    A partir de las propias fuentes de los autores rabes y musulmanes (MajidKaduri, Abdul Aziz Said, Seyyed Hossein Nasr), R. J. Vincent 10 da un interesantevisin de la naturaleza de los derechos humanos en el Islam en general, y queexponemos a continuacin. En esta religin, la comunidad de los musulmanes est porencima del individuo, que renuncia a su propia personalidad y accin para el bien deaquella. Ello explica que todo el lenguaje del musulmn est dominado ms por losdeberes que por los derechos. Estos deberes consisten, en lo esencial, en adoptar unasreglas de conducta transmitidas por Dios, y comunicadas por el Profeta Mahoma, y quelos musulmanes tienen la obligacin de respetar. Es la nica manera de expresar suobediencia y

    verdadera libertad es la que procede de la sumisin a Dios. De ah la idea prevalecientesegn la cual los derechos estn subordinados a los deberes y stos estn determinados

    por aquellos.Sin poner en tela de juicio el hecho evidente de que el Islam es una confesin

    a lavanguardia de los derechos humanos en relacin con las sociedades preislmicas aldefender los principios igualitarios, no es menos cierto que el derecho musulmn -lasharia- (creacin humana que se ha quedado anacrnica y arcaica) consagra tresdesigualdades11: la superioridad del hombre sobre la mujer, del musulmn sobre el nomusulmn (kafir) o del creyente sobre el no creyente, y de la persona libre sobre elesclavo.

    Por su parte, Abdullahi A. El Naiem12considera que existe una compatibilidaddel Islam con el fondo de los derechos humanos universales contemporneos, perociertos aspectos de la shariason contrarios a algunos de dichos derechos, pues sta noreconoce o admite los derechos y valores siguientes: el sufragio universal, la oposicin

    poltica, la independencia del poder judicial, la separacin de poderes, y el derecho de lamujer y de las personas pertenecientes a otras confesiones a participar en la vida polticade la sociedad.

    Al igual que la cultura africana, el Islam, considerado como una verdaderareligin africana (por no excluir la vieja herencia africana, puesto que fue anunciado alos pueblos africanos a partir del animismo negroafricano, que no fue directa y

    9 Introduction la 26 session denseignement (3-28 juillet 1995) del Instituto Internacional de DerechosHumanos de Estrasburgo, p. 27.10 Cf. Vincent R. J., Human Rights and the International Relations, Cambridge University Press,Cambridge, 1995, pp. 42-43.11 Charfi M., Islam et libert: Le malentendu historique, Albin Michel, 1998, Pars, p. 123. Vase Islam et droit de l homme(dir.: Grard Conac yAldelfattah Amor), Economica, Pars, 1994, pp. 42ss.12 op. cit., pp. 75ss. Por su parte, Slim Laghmani, distinguetres tesis en cuanto a las relaciones entre el derecho musulmn y los derechos humanos: la de laoposicin o incompatibilidad, la de la compatibilidad, y la intermediaria que considera que el primero

    garantiza y viola a la vez algunos derechos humanos. Les droits fondamentaux (dir. Jacques-Yvan Morin), AUPELF-UREF,Bruselas, 1997, p. pp. 148-149.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    6/36

    6

    totalmente cuestionado), es un factor de cohesin social al privilegiar el sentimiento defraternidad y de solidaridad sobre las diferencias raciales y el grupo sobre el individuo.De ah el carcter comunitario de la moral musulmana que le aparta del universalismo.Es decir, en el Islam prima el deber de solidaridad con respecto a los dems y a lacomunidad, pues impone al musulmn un gran nmero de obligaciones con respecto a

    sus correligionarios.Sin embargo, como escribe Montgomery Watt13, en el pensamiento polticomusulmn no se mencionan claramente las nociones de derechos humanos y de libertad.El comportamiento del individuo y sus actuaciones hacia los dems son definidos porDios, y en la prctica por el sentimiento de fraternidad y de solidaridad dentro de latribu de los rabes y los musulmanes en contra de la discriminacin racial, como quedasubrayado. En cuanto a la restriccin de la libertad individual, se explica por la visinteolgica segn la cual el hombre es siempre el esclavo de Dios a cuyos mandamientosest sometido. La nica palabra que expresa la libertad (hurriyya), se refiere a lacondicin del hombre libre por oposicin al esclavo. Ello no excluye, en la opinin delautor mencionado, la existencia en dicho pensamiento de ciertas ideas que expresan el

    equivalente del concepto occidental de libertad.Queda claro que en este momento en el que en la opinin pblica occidental se

    14 rebelde arma intolerante del Islam con fines polticos, o sea la ideologizacin del Islam. El drama delIslam es el permitir las interpretaciones del Corn, que dan lugar a los posicionamientosobscurantistas y a las barbaries.

    Al referirse constantemente a la voluntad de Dios, que no habla, la concepcin 15, es decir las interpretaciones humanas, queacompaan la lectura del Corn o los hechos y dichos del Profeta (sunna), sonresponsables de graves abusos e injusticias, al sacar a menudo las cosas de la poca y delas circunstancias en las que fueron concebidas, es decir de su contexto.

    13Watt M., La pense politique de l islam(traduccin de Sabine Reungoat), PUF, Pars, 1995, p. 113.14 Kba Mbaye recuerda que el Islam como filosofa global fue una verdadera revolucin en aspectossociales y de derechos humanos, pues elimin las desigualdades y discriminaciones de toda ndole de lasociedad pagana preislmica donde l naci, y que ignoraba los derechos humanos. Su mensaje para lacreencia en un Dios nico y el respeto de la dignidad humana, explica que histricamente cambiradicalmente aquella sociedad, para extender a todo el mundo el sentimiento de fraternidad. De ah su

    concepcin de derechos humanos desde su aparicin, basada en la interconexin entre los derechos y losdeberes. Cf. Mbaye K., Les droits de l homme en Afrique, A. pdone-Commission Internationale deJuristes, 1992, pp. 127-128.15 Esta situacin explica que unos se sirven del Islam para la contestacin de los regmenesantidemocrticos y la represin que estos imponen, y otros para pisotear las libertades democrticas y

    perpetuar los viejos modelos de discriminacin. (Cf. Mayer A. E., Islam Human Rights: Tradition andPolitics, Westview Press, Oxford, 1999, p. XII.) El rechazo por los regmenes musulmanes de pautasinternacionales de derechos humanos, para imponer la sharia o la Ley islmica, ms que por razonesreligiosas obedece a la voluntad de dichos regmenes o gobiernos de negar las libertades de losciudadanos, para perpetuar o imponer sus propios intereses. Es preciso proceder, pues, a una conciliacinde los elementos premodernos de la shariacon los principios modernos de derechos, en el sentido de lostrabajos de An-Naim. Dicho de otra manera, la interpretacin de los textos islmicos ha de adaptarse al

    progreso actual de los conocimientos y a las necesidades de momento de los pueblos musulmanes. Cf.

    Human Rights in Africa. Cross-CulturalPerspectives(eds.: Ahmed An-Na`im y Francis Deng), The Brookings Institution, Washington, 1990, p.134.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    7/36

    7

    En el mismo orden de ideas, es interesante esta reflexin de Olivier Carr, quien se puede considerar nunca el Corn como una prisin, sino todo lo contrario. steaporta una liberacin y una creacin perpetuas, una continua humanizacin de la

    personalidad individual, incluso en sus azoras reguladoras. Por supuesto aqu es donde

    interviene al revs la actitud pietista de la obediencia ciega, gozo supremo de unasev 16.En definitiva, la concepcin africana de derechos humanos se estructura en torno

    a tres ejes: la primaca del grupo o de la comunidad sobre el individuo, el equilibrioentre los derechos y los deberes, y en la actualidad, el derecho al desarrollo17.

    En el sistema tradicional basado, no un orden jurdico, sino en los valores desolidaridad, el individuo es ante todo miembro de un grupo social frente al que la

    persona se define y es definida. Exista una especie de contrato social entre el individuoque renunciaba a un cierto nmero de derechos y participaba en las tareas colectivas encambio de la proteccin fsica y psquica de la comunidad. El subdesarrollo ms agudode los Estados africanos convierte el desarrollo en la prioridad de las prioridades. Este

    derecho que es una condicin previa al ejercicio y respeto de los derechos humanos,exige la solidaridad de la comunidad internacional. Tanto en la filosofa como en lasociedad africanas, los derechos y los deberes por una parte, y el individuo y lacomunidad por otra, constituyen un todo inseparable.

    I I . CONCEPCION Y PRACTICAS POSCOLONIALES DE DERECHOSHUMANOS EN FRICADesde el punto de vista terico, los estudiosos de los derechos humanos en

    frica suelen dividirse en dos cam 18.

    16

    Carr O., El islam laicoUn retorno de la Gran Tradicin? (traduccin de Rosa Sol), EdicionsBellaterra, Barcelona, 1996, p. 138.17 Sobre un anlisis exaustivo de este concepto, vase Gmez Isa F., El derecho al desarrollo comoderecho humano en el mbito jurdico internacional, Universidad de Deusto, Bilbao, 1999.18 Journal of Contemporay African Studies, vol. 11, n 1, Grahamstown, 1992, pp. 2ss. De la mismamanera, existe una dialctica en cuanto a la universalidad o no de los derechos humanos. Resumiendo, son universales, y sefundamentan en el individuo por encima del Estado o de la sociedad (concepcin individualista); mientras existen, son un claro reflejo de la cultura e historia de Occidente o de su tradicin judeocristiana ygrecorromana, sin tener en cuenta la diversidad cultural y las tradiciones de otros pueblos del planeta que

    tienen sus propias religiones y culturas en las que no slo el individuo es una abstraccin, sino queadems existe una interconexin entre los derechos y los deberes (concepcin colectivista). Sobre estadialctica, vase Haynes J., Third World Politics. A Concise Introduction, Blackwell Publishers, Oxford,1997, pp. 123ss. Pues entre ambos mundos, existen notables diferencias de niveles de desarrolloeconmico y social, que se ha de tomar en consideracin en la concepcin de derechos humanos. De ah derechos humanos. Para superar dicha dialctica y crear derechos humanos verdaderamente universales,se ha de proceder, segn sugieren Abdbullahi Ahmed An-Na`im y Francis Deng, a una fecundacinmutua, resultante del dilogo entre las culturas y las civilizaciones, entre el comunitarismo y elindividualismo, tomando en cuenta los aspectos culturales universalizantes de otros pueblos, que deben

    proceder a la reinterpretacin interna de valores universales, para no dar la impresin de que se les estimponiendo dichos valores desde fuera, y un anlisis y formulacin trans o interculturales. Por lo tanto,

    es preciso definir unos criterios universales de derechos humanos a partir de los cuales se apreciarn lastradiciones culturales, adems de crear un grado aceptable de interaccin de lo local y de lo universal(An- Rights in Africa..., op. cit., pp. XIII y XIV.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    8/36

    8

    Integrados por los tradicionalistas (inspirados en el comunitarismo o comunalismo de lasociedad precolonial africana donde el individuo no puede concebirse al margen de lacomunidad19, adems de amenazar el individualismo la cohesin comunitaria) y losizquierdistas (marcados por la ideologa socialista o la teora de la dependencia basada

    privilegian los derechos de la comunidad, del grupo o del Estado sobre los del individuo cohesin nacional y de clase para los izquierdistas. stos responsabilizan a los factoresexternos en la violacin de los derechos humanos en frica, y en particular alcolonialismo, la economa mundial y a las burguesas locales aliadas con las fuerzasimperialistas en contra de sus pueblos. En definitiva, consideran que los derechoscomunitarios, y sobre todo los econmicos, hacen innecesaria la realizacin losderechos individuales20

    O lo que es lo mismo, en los trminos del profesor Norbert Rouland, se debe proceder a la afirmacin deuna comunidad universal de derechos humanos y a la tambin afirmacin del contenido de los mismos

    (cf. Rouland N., Les fondements anthropologiques des droits de l homme (Cours donn a lInstitutinternational des droits de lhomme de Strasbourg del 5 al 11 de julio de 1993), Estasburgo, p. 11. En laacertada opinin de Raimundo Panikkar, la formulacin actual de derechos humanos es el resultado de undilogo desigual y parcial entre las diferentes culturas del planeta, pues tienen races occidentales

    principalmente liberal- - en Interculture, vol. XVII, ns 1-2, Montral, enero-marzo de 1984., pp. 3ss). El problema para encontrarun ncleo duro o intangible de derechos humanos sigue enfrentndose a la dificultad de encontrar undenominador comn entre las distintas culturas. Unos insisten en los derechos civiles y polticos comoncleo comn, otros en los derechos econmicos y sociales considerados como derechos fundamentales,y otros hacen hincapi en tres derechos humanos bsicos: el derecho a la vida, el derecho a la dignidadhumana y el derecho a la alimentacin. Estas discrepancias pueden superarse, en los trminos de BhikhuParekh, mediante la (re)conciliacin del universalismo y de la diversidad a travs del ya mencionadodilogo de culturas para llegar a un ncleo de valores que todo el mundo puede estar dispuesto a acceptar.

    Segn el autor menciado, que da varias pistas, entre ellas la bsqueda del consenso que consideramoscomo la ms relevante en la lnea de este anlisis, se ha de favorecer los acuerdos regionales para definiry fortalecer los valores universales, adoptando cartas de derechos y libertades regionales y promoviendomecanismos adecuados para su imparcial cumplimiento a la luz de las tradiciones culturales locales.Dicho consenso, por alejarse del universalismo abstracto y por alimentarse de valores nacionales, tiene - Human Rights in Global Politics(eds.: Tim Dunne y Nicholas J. Wheeler),Cambridge Unviversity Press, Cambrige, 1999, pp. 150ss.19 Se les acusan de tener una visin romntica, idealizada y uniformizada del Africa precolonial, pasando

    por alto claras diferencias sociales y confesionales, e incluso las prcticas esclavistas vigentes en aquellassociedades. Siguiendo a Osita C. Eze, es preciso recordar que la sociedad africana precolonial,fundamentalmente agrcola, se caracterizaba por una cierta jerarquizacin, o relaciones verticales, enfuncin de la edad o del sexo. Cf. Eze O. C., Human Rights in Africa. Some Selected Problems, The

    Nigerian Institute of International Affairs, Lagos, 1994, p. 12. Las tesis tradicionalistas encuentran hoy unimportante respaldo terico de los culturalistas, que se oponen a la universalizacin o mundializacin dela cultura occidental, por considerar que otros pueblos en particular los del Sur tienen sus propiosmodelos socioculturales que constituyen sus especificidades, y que se ha de respetar y desarrollar. Este

    planteamiento, en la opinin de Hakim Ben Hammouda, no slo tiene consecuencias en las prcticaspolticas al deslegitimar la lucha por la democracia considerada como un vicio de la modernidad polticaoccidental, sino que adems da lugar a comportamientos polticos especficos, tales como la sumisin del

    poder poltico a la autoridad religiosa y el refugio en el Islam ante la crisis de las ideologas en lassociedades rabe-musulmanas. De este modo, se excluye cualquier posibilidad de mestizaje entre losvalores tradicionales o islmicos con la modernidad occidental. Cf. Ben Hammmouda H., Lconomiepolitique du post-ajustement, Karthala, Pars, 1999, pp. 256-257.20 Es evidente que sin un mnimo aceptable de desarrollo socioeconmico, las libertades de prensa,expresin o reunin (derechos civiles y polticos) son idealistas y suenan a hueco. Prueba de ello es que

    en el proceso actual de democratizacin, las masas pauperizadas por largas dcadas de la dictadura delpartido nico, se dedican ms a las actividades de supervivencia en detrimento de la participacinpoltica. En el mismo sentido, Claude Ake hace observar que para la mayora de los africanos, agredidos

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    9/36

    9

    contrario al insistir en la instauracin de la democracia como requisito para la creacinde un Estado de Derecho y en el respecto de los derechos civiles y polticosfundamentales de los ciudadanos, que han de ser protegidos contra el Estado y lasociedad en su conjunto21.

    tercera generacin (derechos colectivos, al desarrollo, a la paz y a la generacin (derechos civiles y polticos).

    destaca de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos CADHP(conocida tambin como la Carta de Banjul), objeto de un anlisis posterior

    pormenorizado.En la prctica, este triunfo significa la violacin sistemtica e impune de los

    derechos humanos de los ciudadanos, bajo la excusa del desarrollo econmico, de launidad nacional o de la tradicin. En otros trminos, los dirigentes utilizarn la excusa

    privilegios. De este modo, la concepcin africana de derechos humanos sirve a menudode tapadera para violar dichos derechos, no aplicar las normas internacionalmentereconocidas en la materia y dotar a los dirigentes de un documento o intrumentoregional cnico, concebido a su medida, y destinado a la instauracin del colonialismointerno.

    Las escandalosas violaciones de derechos humanos en frica, tras la adopcin yentrada en vigor de la Carta Africana, considerada como la concepcin africana de los - adems pone de manifiesto el poco conocimiento que tienen los dirigentes africanos desus propias tradiciones, que ellos manipulan con fines dictatoriales. En la opininacertada de Basil Davidson22, estos dirigentes son unos productos culturales hbridos,

    peligrosos. Este hibridismo desequilibrante ha dado lugar a monstruos como Idi AminDada, Jean-Bedel Bokassa, Macias Nguema, Samuel Doe y Mobutu Sese Seko, quedestacaron por su desprecio de la vida y dignidad humanas y por la autodestruccin.Ms que productos de la tradicin son una clara emanacin de la alienacin cultural

    por los poderes estatales y sus instrumentos de opresin, y enfrentados a los problemas de existencia ensu brutalidad inmediata, no les interesan los derechos humanos de tipo occidental sociolgicamenteexticos. Los pueblos africanos necesitan unos derechos que les pueden sacar del hambre, la pobreza y laignorancia, adems de los que pueden promover los intereses colectivos de la familia, del clan o de la

    etnia, que son los grupos sociales que dictan sus comportamientos y a los que estn sometidos. No haylibertad para un pueblo hambriento al que falta lo mnimo, agredido interna y externamente. Cf. Ake C., Africa Today, vol. 34, ns 1 y 2, University of Denver, 1987,

    pp. 5-6. Es tambin el punto de vista de Mohammed Bedjaoui, para quien en muchos pases africanos lasliberdades individuales no tienen sentido sin una previa satisfaccin de los dems derechosfundamentales, tales como el derecho a la vida, al trabajo, a la alimentacin y a la educacin. Para unafricano del sahel, hambriento y analfabeto, la libertad de prensa o el derecho a la informacin no forman

    parte de sus necesidades bsicas, que son las de supervivencia y existencia. Los Derechos Humanos en unmundo dividido(Forum Deusto-Instituto de Derechos Humanos), Universidad de Deusto), 1999, Bilbao,

    p. 48.21 Es tambin cierto que sin derechos humanos elementales no se puede conseguir la movilizacin de lasociedad para las tareas de desarrollo. Pues la exclusin de dicha sociedad explica ampliamente el fracaso

    del desarrollo en frica. Es obvio que no puede haber desarrollo sin derechos humanos y viceversa.22 Davidson B., The Black Mans Burden. Africa and the Curse of the Nation-State, James Currey,Londres, 1993, pp. 246-247.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    10/36

    10

    occidental. Pues tuvieron como modelos de referencia, no a los jefes tradicionalesafricanos, sino a Napolon, Leopoldo II, Adolf Hitler, etc.

    Las lites poscoloniales al igual que los colonizadores procedern a laindigenizacin de los pueblos excluyendo cualquier proceso de participacin popular.Piensan encarnar o poseer las verdaderas respuestas a los problemas polticos y

    convertirn en una ideologa de dominacin interna, bajo la excusa de la supremaca delos derechos del grupo sobre los del individuo, de la especificidad cultural o de laafricanizacin.

    No cabe la menor duda de que el colonialismo europeo en frica no fue unmodelo de democracia y de respeto de derechos humanos, al identificarse con la artes a actos dignosde ser calificados como genocidios, a travs de la eliminacin de los pueblos opuestos ala penetracin colonial o a la imposicin de los intereses europeos, y de los lderesnacionalistas perseguidos, encarcelados o condenados por exigir precisamente losderechos civiles y polticos de sus pueblos.

    Tampoco la economa mundial favorece el ejercicio de dichos derechos en elcontinente. Los Programas de Ajuste Estructural (PAE) del Banco Mundial y del FondoMonetario Internacional (FMI), con sus planteamientos demasiado economicistas ymonetaristas, en el desconocimiento total de las realidades africanas, han tenido efectosnegativos en cuanto a los costes humanos y sociales, en particular en la educacin y lasanidad, que son derechos humanos fundamentales, adems de favorecer el reembolsode la deuda externa en detrimento del desarrollo interno. Sin responzabilizarlos de lacrisis africana generada dcadas anteriores por las torpes polticas de desarrollogubernamentales, la han profundizado23. E incluso, sirven de excusa para la violacin dederechos humanos.

    La triste comprobacin que hoy se puede hacer es que los pueblos africanos nogozan de derechos econmicos y polticos. Estos derechos son ignorados o violados,segn recuerda Ali Kazancigil24, sin conseguir ni el desarrollo econmico ni lademocracia poltica. Dicho de otra manera, la negacin de derechos humanos de la

    primera generacin no ha permitido a los pases africanos mejorar ni la situacineconmica de los pueblos ni conseguir la estabilidad poltica o la integracin nacional.En lugar del desarrollo y de la democracia que prometieron a sus pueblos en elmomento de las independencias, los dirigentes han instaurado la dictadura, eletnonacionalismo y el etnofascismo convertidos en modos de gobierno. Se hanconvertido en los principales obstculos a dichos procesos25. Siguiendo a Patrick Chabal

    23

    Desde la aplicacin de los PAE en la dcada de los 80, el ya precario nivel de vida de los africanos hacado un 25%. Sobre las consecuencias polticas, econmicas y sociales de dichos planes en Africa, vaseOnimode B., A Future for AfricaEarthscan Publications Ltd, Londres, 1992, pp. 65ss.24 L Etat aupluriel. Perspectives de Sociologie Historique(dir.: Ali Kazancigil), Economica, Pars, 1985, p. 159.25 La existencia y concentracin de tres poderes (la fuerza, la riqueza y los conocimientos) en una

    personal o grupo explica la dificultad de democratizar los sistemas polticos africanos basados en poderejecutivo. Se trata del monopolio de la fuerza bruta (ejrcito, polica, fuerzas de seguridad), el control dela economa y de los medios de produccin, y la manipulacin o el control de la educacin y de la fondamentaux, op. cit., p. 311. Adems, el contexto de crisis en el que se desarrolla el proceso dedemocratizacin actual y la dificultad de ponerse de acuerdo sobre el significado exacto del concepto dedemocracia, que cada uno interpreta a su manera, crean an ms confusin e incertidumbres y explican el

    callejn sin salida en el que se encuentra dicho proceso. Para unos, la democratizacin ha de ser elinstrumento de la resolucin de sus problemas de supervivencia diaria. Para otros, es el trampoln paratener acceso al poder del Estado. Y para otros tambin, sobre todo los poderes establecidos, es una simple

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    11/36

    11

    y Jean-Pascal Dalloz26, los gobiernos poscoloniales han erigido el desorden eninstrumento poltico, mediante el mantenimiento de un Estado que slo tiene de Estadolos adornos externos, mientras que en lo interno se institucionaliza las prcticasinformales polticas y econmicas desde arriba (los dominadores) y desde abajo (losdominados), prcticas que favorecen las relaciones verticales en detrimento de las

    horizontales, es decir el patrimonialismo, el clientelismo, la cooptacin y la corrupcin.No es de extraar en estas condiciones, que muchos africanos consideren elEstado (serkali) como el mal absoluto que se ha de evitar, estafar y si es posibledestruir27. En ninguna parte se le considera como garante de los derechos humanos osocio para el desarrollo28. Dicho Estado est en manos de unos mafiosos que abusan desus poderes y pauperizan a sus pueblos. Y para distraer a las masas de los fracasosinternos, responsabilizan a los factores externos29: la esclavitud, la colonizacin,neocolonialismo y en la actualidad el ajuste estructural30.

    La herencia del colonialismo y los efectos de la economa mundial no explicandel todo el pobre panorama actual de los derechos humanos en frica. No se debeocultar las claras responsabilidades internas. Prueba de ello, es que en distintas partes

    del continente, segn comprueba Isaac Nguema31, asistimos a los asesinatos y muertesperpetrados, en frica del norte, en nombre del integrismo musulmn por los radicalesreligiosos, o en nombre de la lucha contra la subversin o el terrorismo por los" Burundi; las guerras fratricidas en Sudn, en las dcadas anteriores, entre cristianos yanimistas del sur y musulmanes arabfonos del norte, y hoy en el Darfur; lasejecuciones arbitrarias y extrajudiciales por los regmenes dictatoriales y autoritarios;las exacciones y los crmenes que preceden o acompaan la instauracin de regmenesnacidos de golpes de Estado (Costa de Marfil, Mal, Centrofrica); la crisis derefugiados vctimas de rivalidades de las grandes potencias durante la guerra fra, de lasguerras intercomunitarias o de las hambrunas endmicas; la pauperizacin de ampliascapas de la poblacin como consecuencia de enfermedades o de la descomposicin odesaparicin del aparato de Estado.

    Para ser ms preciso, las guerras de la ltima dcada en frica (Somalia,Liberia, Sierra Leona, Angola, Ruanda, Burundi, RDC, Costa de Marfil, Mal, etc.)llaman la atencin por sus inditas violaciones de derechos humanos perpetradas por

    estrategia de adopcin de las apariencias externas del modelo occidental, pero que en el fondo todo siguecomo antes. Es decir, iguts de Rgionalisation, mondialisation et fragmentation en Afrique subsaharienne(dir.:Daniel C. Bach), Karthala, Pars, 1998, pp. 96ss.26Cf. Chabal P. y Dalloz J-P., LAfrique est partie! Du dsordre comme instrument politique, Economica,

    1999, pp. 20 y 41.27 Los adjetivos utilizados para calificar dicho Estado disipan cualquier duda en cuanto a su naturaleza - Estado deli, neo Estado fallido, Estado colapsado, etc.28 The Challenge of African Recovery andDevelopment(eds.: Adebayo Adedeji, Owodumi Teriba y Patrick Bugembe), Cass, Porland, 1991, p. 14.29Ayittey G. B. N., Africa in Chaos, Macmillan, Londres, 1999, p. 205.30 Ello no quita la responsabilidad de los PAE del Banco Mundial y el FMI, que han arrebatado al Estadosus funciones econmicas y sociales en favor de las privatizaciones, con el consiguiente descuido de losaspectos de justicia social y de desarrollo humano. Han vulnerado los derechos humanos al confinar dichoEstado al papel de "gendarme", para imponer la austeridad y la disciplina interna a los pueblos yaempobrecidos. Cabe tambin reconocer que sin ser responsables de la crisis africana, han suministrado alos dirigentes africanos, que nunca les han aplicado de una manera rigurosa, un argumento externo para

    desviar la atencin de sus fracasos internos y legitimarse.31 Nguema I., "Etat, Violence, Droits de lhomme et Dveloppement en Afrique", en AA.VV. Lavenirde ltat-Nation, Centre Tricontinental-LHarmattan, Lovaina-La-Nueva - Pars, pp. 125-126.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    12/36

    12

    ambos bandos, es decir por las fuerzas gubernamentales y por los movimientos rebeldeso de guerrilla: desapariciones, detenciones arbitrarias, ataques indiscriminados,violaciones de las libertades civiles, de la seguridad y de la integridad fsica de las

    personas, ejecuciones sumarias y asesinatos en masas, homicidios deliberados yarbitrarios junto a las atrocidades contra los civiles desarmados, mutilaciones,

    secuestros o toma de rehenes, desplazamientos de poblaciones, trabajos yreclutamientos forzados de los nios soldado, abusos sexuales utilizados como smbolosde dominacin de un grupo sobre otro, violaciones de las mujeres como arma de guerra,y limpiezas tnicas, etc. La nica diferencia es que se da a conocer los crmenes de losseores de la guerra, mientras que los de las fuerzas gubernamentales son acallados.

    Estas prcticas impunes dirigidas contra las libertades fundamentales, ladignidad humana y el derecho humanitario, abusos denunciados por las organizacionesno gubernamentales de derechos humanos y por las fuentes misioneras, constituyen unaclara violacin tanto del sistema tradicional africano de derechos humanos como de los

    principios de los mismos identificados en la ley internacional.

    2.1. Razones de la violacin de derechos humanos en fricaExisten varias lecturas en cuanto a las causas de la situacin dramtica de los

    derechos humanos en frica. Unas proceden de las clases gobernantes africanas queresponsabilizan a factores externos, en particular los mecanismos perversos del sistemainternacional, histricos y actuales. Se atribuyen a stos la persistencia y lageneralizacin de la pobreza en frica, que obstaculiza el ejercicio de los derechosciviles y polticos de tipo europeo (derecho al reconocimiento de la personalidad

    jurdica y de la igualdad ante la ley, derechos de los presos, derecho a un proceso conlas debidas garantas, derecho a la libre circulacin, derechos a la libertad de opinin,derecho de reunin pacfica, derecho de asociarse libremente, derecho a participar en lavida poltica). Estos derechos son interpretados como una clara manifestacin delneocolonialismo o imperialismo cultural occidental. Por lo tanto, aquellas clasesapuestan por el derecho al desarrollo considerado como el ms importante, adems deimponer obligaciones de colaboracin a los pases ricos y un reparto equitativo de losrecursos del planeta. Para ellas, los derechos humanos individuales, que han dado lugara la guerra de todos contra todos en las sociedades europeas, no pueden exportarse enfrica32.

    Para los intelectuales afrocentristas y crticos33para con los poderes establecidosque ellos responsabilizan de dichas violaciones, sin excluir las claras responsabilidadesinternacionales, todas estas situaciones que afectan a la casi totalidad de los Estadosafricanos nacen de violencias estructurales y coyunturales no dominadas, e incluso

    fomentadas.La primera explicacin afrocentrista es que los dirigentes africanos, preocupadospor la proteccin y defensa de sus privilegios, son incapaces de prevenir las violencias olas abordan tarde y mal. En muchos casos, fundamentan sus poderes en milicias

    privadas o tribales, permitiendo la circulacin de armas, e incluso fomentandoincidentes para justificar la intervencin brutal y represiva de fuerzas de seguridad.Otros oponen unas tribus contra otras para asentar sus poderes mal adquiridos. Otros, enfin, adoptan una poltica de impunidad acompaada de un terrorismo de Estado. De este

    32

    Rights in Africa..., op. cit., pp. 161 y 179.33 Entre ellos Isaac Nguema, cuyo punto de vista resumimos aqu, por su ser muy clarificador. Cf.Nguema I., op. cit., pp. 126-129.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    13/36

    13

    modo el propio aparato de Estado crea el caldo de cultivo de la violencia y de laviolacin de derechos humanos.

    La segunda explicacin estriba en el hecho de que los dirigentes siempre buscanuna falsa explicacin o justi

    imperialismo o del neocolonialismo en el continente, dando prioridad a la solucinmilitar o a la represin judicial que, a su vez, genera la violencia asimtrica de losagredidos.

    En tercer lugar, se procede a la reproduccin de las soluciones coloniales,mediante la resolucin de los problemas sociales, polticos y econmicos por laaniquilacin fsica, parcial o total, de sus autores, con la nica diferencia que al ltigo delos colonos ha sucedido el fusil, y al exilio la pena de muerte. Es decir, la perpetuacinde prcticas de exclusin en detrimento de las de integracin.

    Por ltimo, hay una negacin del derecho a la autodeterminacin interna de lospueblos contra la opresin de los partidos nicos de hecho o de derecho, y su exclusinde la participacin en la construccin y en el desarrollo nacional. En otras palabras,

    existen divergencias de aspiraciones, intereses y destinos entre los pueblos y las lites,cuyas relaciones se reducen a la confrontacin permanente, la incomprensingeneralizada y la violencia institucionalizada. Es decir, existe entre ambos unadesconfianza que explica la deslegitimacin mutua y las difciles relaciones entre elEstado y la nacin.

    No cabe la menor duda de que la violencia y las prcticas autoritarias, heredadasde la colonizacin, junto a las necesidades poscoloniales de desarrollo y de construccinnacional sean los factores determinantes en la violacin de derechos humanos enfrica34, pues stas necesidades sirven de coartadas para justificar dicha violacin. Lastareas colectivas fueron confiadas a los Estados, por naturaleza antidemocrticos,opresores e ineficientes, y cuyas disposiciones constitucionales nadie respeta,empezando por los propios gobernantes, por carecer los poderes establecidos de apoyo

    popular y de legitimidad.En este contexto, la concepcin africana de derechos humanos aparece cada vez

    ms como un concepto de legitimacin basado en la recuperacin ideolgica de latradicin por las minoras en el poder con el fin de justificar su autoridad, sus

    privilegios y el control de la sociedad. Estas prcticas polticas y econmicas, ilustradaspor la personificacin del poder, las dictaduras militares o civiles y lapatrimonializacin de la economa por aquellas minoras, desacreditan completamente 35. La concepcin africana sirve amenudo, como queda subrayado, de coartada para violar los derechos humanos en

    frica, por unas lites culturalmente hbridas y en ruptura con sus culturas y realidades.stas suelen tener una lectura e interpretacin superficiales y errneas de la tradicin,que utilizan para realizar sus fines polticos. Dicho de otra manera, el comunalismo seha convertido en el instrumento y excusa para la violacin de derechos humanos enlugar de promoverlos o protegerlos.

    34 Africa..., op. cit., p. 292. El desarrollismo, o la prioridad dada al desarrollo econmico, ha servido de

    pretexto para negar las nociones occidental y liberal de derechos civiles y polticos, considerados como y sociales. Es decir, se procede a la justificacin de la represin hacia dentro y se adopta la estratagema

    de la soberana hacia fuera. op. cit., p. 297.35 Howard R.E., Group versus Individual Identity, op. cit., pp. 166-167.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    14/36

    14

    La reivindicacin de la concepcin africana de derechos humanos y la violacinde los mismos en la prctica, convierte en sospechosa dicha concepcin, que toma cadavez ms la forma, en la opinin de Rhoda Howard36, de una creacin ideolgica de lasclases gobernantes para legitimar su autoridad y asegurarse el control de la sociedad. Enla misma lnea, Flinterman y Ankumah37recalcan el hecho de que las reivindicaciones

    populares de comienzos de la dcada de los 90 a favor de la efectiva participacinpoltica, del pluralismo y de las libertades individuales no slo cuestionan la concepcincolectivista africana en el frica de hoy, sino que adems ponen de manifiesto que laoposicin entre los derechos individuales y los colectivos no es tan significativa comose pretende. La prioridad al grupo en la sociedad tradicional no significabaforzosamente el descuido de las necesidades y aspiraciones individuales.

    La prctica generalizada de la pena de muerte38, es decir la negacin o violacindel derecho a la vida, es otra muestra de la poca consideracin que se tiene en fricatanto con universalmente admitidos. No slo se utiliza dicha sentencia para eliminar a los rivalesu opositores polticos, sino que adems, como seala Pierre San, contra los que la

    justifican po

    confia 39. En efecto, MobutuSese Seko en el Congo-Zaire hizo ejecutar pblicamente, en 1966, a los llamados , sin demostralo. En el fondo, fue una trampa cnicamontada por el propio poder mobutista para eliminar a estos rivales, dignatarios delrgimen anterior, con el fin de desanimar cualquier intentona golpista contra el nuevo

    poder nacido el mismo del golpe de Estado militar de 1965. De igual modo, el generalSani Abacha, en Nigeria, hizo ejecutar el 10 de noviembre de 1995 a nueve activistasogones de derechos humanos acusados de asesinar a un administrador local, entre ellosel escritor Ken Saro-Wiwa. El objetivo no declarado era imponer su rgimen y el poder 40, que

    36 Ibid., p. 164.37 Flin Guide toInternational Human Rights Practice(ed.: Hurst Hannum), University of Pennsylvania Press, Filadelfia,1992, p. 167.38 Dicha pena no es una exclusividad africana. En 1998, hubo ejecuciones en 36 pases del mundo,encabezados por China (con 1067 ejecuciones), la Repblica Democrtica del Congo (con 100), Estados El Mundodel 28 de

    junio de 1999, p. 4.39 Citados en Amnista Internacional, Africa: Un nuevo futuro sin pena de muerte, Madrid, abril de1997, pp. 13 y 15.40 La verdad es que los activistas ogones desafiaron los principios fundamentales del gobiernocentralizado, al exigir la existencia de su pueblo amenazado de desaparicin por la destruccin de sumedio ambiente, y la creacin de una federacin o confederacin, basada en una representacin equitativae interdependiente de todas las etnias del pas, tal y como destaca de la carta de derechos del pueblo ogonde agosto de 1990, difundida por el Movimiento por la Supervivencia del Pueblo Ogon (MOSOP). Dichacarta plante las exigencias siguientes: la transferencia por el gobierno federal de los ingresos petroleros alas comunidades propietarias de las tierras donde se extrae el petrleo; el pago por el gobierno federal ylas multinacionales del petrleo de compensaciones a la comunidad ogon, por las expropiaciones

    pasadas y presentes; el fin del monopolio del gobierno federal sobre la propiedad y el control de las aguasterritoriales y los recursos minerales y energticos del pas; la sensibilizacin de las compaas petroleras

    a las necesidades ecolgicas, educativas y de desarrollo de los ogones y otras comunidades que viven enlas regiones donde se explota el petrleo, con la consiguiente toma de medidas financieras einstitucionales para la proteccin ecolgica de dichas zonas, y la instauracin de una confederacin para

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    15/36

    15

    amenazaban de cortar los ingresos petroleros del gobierno militar federal, oponindose alas actividades de la Shell en el delta del Nger (Rivers State), su tierra.

    I I I . LA CARTA AFRICANA Y LOS DERECHOS HUMANOSDe todos los instrumentos regionales de derechos humanos, la Carta Africana es

    la que ms anlisis y reacciones ha suscitado, por sus innovaciones y especificidades.Por lo tanto, nos limitaremos a destacar aqu sus principales rasgos en relacin con lasituacin de los mismos en el continente, enfatizando sus debilidades y fuerzas.

    3.1. Caractersticas de la Carta AfricanaLa Carta Africana resulta ser una adaptacin de los textos internacionales de

    derechos humanos y de los pueblos a las realidades africanas. Hay que reconocertambin que en cuanto a los derechos humanos, se inspira adems en las tradicionesafricanas.

    Es preciso recordar que las propias Constituciones africanas han incorporadoimportantes disposiciones de derechos humanos. Ahora bien, pocos son los pases que

    han aplicado o aplican dichas disposiciones que los propios rganos del Estado,encargados de velar por su aplicacin, violan41. El apoyo que proporcionaron las

    potencias extranjeras, tanto del Este como del Oeste, a los comportamientosantidemocrticos de sus aliados africanos, sobre todo durante la guerra fra, y el

    principio de no injerencia en los asuntos internos explican el no respeto de los derechoscontenidos en las Constituciones42. Lo que condujo naturalmente a la Carta Africana aencargarse de dichos derechos a nivel interafricano, para paliar las insuficiencias a nivelestatal.

    En lo referente a las Constituciones, cabe distinguir dos etapas43: la de lasindependencias y la de las dcadas de los 70 y 80. Las Constituciones de los 60reproducen en sus prembulos los derechos anunciados por las Declaraciones de 1789y/o de 1948, con nfasis en unos u otros derechos segn las orientaciones ideolgicas.Las de las dcadas posteriores se inspirarn, en sus prembulos en cuanto a los derechoshumanos nos referimos, bien en el modelo norteamericano (caso de los pasesanglfonos, con una verdadera Declaracin de derechos (Bill of Rights), o bien en elmodelo de los pases socialistas con la proclamacin de derechos formales, acompaadacon una lista de derechos y deberes polticos y sociales de los trabajadores del Estadosocialista. Todos estos derechos consagrados por las Constituciones, como quedasubrayado, son ms formales que reales como consecuencia de la neutralizacin de los

    parlamentos, la generalizacin e institucionalizacin del partido nico y delpresidencialismo en detrimento del poder legislativo y del poder jurisdiccional. Son

    poner fin a la agona del pueblo ogon mediante la instauracin de una autonoma poltica y econmicatotal, e incluso la creacin de su propio Estado. Sobre dicho manifiesto, vase Saro- the Open Meeting of Oil-Bearing Areas with the Secretary to The Federal Government, 4 de marzo de1993), The Guardian Quel dveloppement durable pour le Sud? (Alternatives Sud), CETRI-LHarmattan, Lovaina-La-NuevaPars, 1995, pp. 227-229.41 Kunig P., Benedek W.y Mahalu C.R., Regional Protection of Human Rights by International Law:The Emerging African System, Nomos Verlasgsgesellschhaft, Baden-Baden, 1985, p. 14.42 El constitucionalismo en Africa, lejos de ser el producto de las ideas vigentes en la sociedad, es elreflejo de la influencia cultural y de la educacin de tipo occidental que caracterizan a los dirigentes y alas lites intelectuales afrooccidentalizados. Lo han adoptado para asegurar de sus buenas intenciones a lacomunidad internacional, y darse una buena conciencia. En la prctica, son curiosamente sus principales

    Afrique...,op. cit., pp 61-62.43 Cf. Kamdem J- ibid., pp. 145ss.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    16/36

    16

    sistemticamente violados, tal y como denunciaron y siguen denunciando las ONGs dederechos humanos (Amnista Internacional, Africa Watch, Human Rights Watch, laLiga Internacional de Derechos Humanos, la Comisin Internacional de Juristas...).

    Las lites polticas poscoloniales africanas de las tres o cuatro ltimas dcadassuelen destacar por una doble moral44. Por una parte, denuncian la violacin de

    derechos humanos en la Surfrica del apartheid o en Rodesia, mientras que los violan ensus propios pases refugindose detrs de los principios de soberana nacional y de noinjerencia en los asuntos internos ante las eventuales crticas. Por otra, sus discursosoficiales a favor de la justicia y de los derechos humanos contrastan con sus mtodos

    brutales de gobierno y la violacin sistemtica de dichos derechos.Es en este contexto de falta de garantas en las legislaciones nacionales que

    naci la Carta Africana, adoptada por la cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de laOUA en 1981, en Nairobi, y que entr en vigor en 1986 tras su ratificacin por ms dela mitad de los Estados del continente.

    La Carta de Banjul, cuyos aspectos ms sobresalientes y pormenorizadospodremos de relieve en los apartados posteriores, destaca por las caractersticas

    siguientes45:-La afirmacin de la supremaca de los derechos colectivos sobre los derechos

    individuales conforme al contexto poltico y cultural africano y a la historia delcontinente;

    -La afirmacin de la diferencia africana con respecto al discurso occidental dederechos humanos basado en el modelo liberal, como manifestacin de la continuacindel proceso de descolonizacin;

    -La recuperacin colectiva del pasado africano y su legitimacin, medianterepetidas referencias a la civilizacin y tradiciones africanas.

    En lo que se refiere al ltimo aspecto que domina toda la filosofa de la Carta deBanjul, se considera que la persona en la sociedad tradicional africana tiene su razn deser slo como miembro del grupo, con el consiguiente predominio de los deberes yobligaciones con respecto a la comunidad. En cambio, sta se encarga de asegurar alindividuo sus necesidades bsicas, excluyendo cualquier perspectiva de promocin oacumulacin personal. Todo ello viene reflejado en la Carta Africana por una clara

    jerarquizacin de derechos: en primer lugar los derechos colectivos, despus losderechos econmicos y sociales, y por ltimo los derechos civiles y polticos46.

    En definitiva, la Carta Africana se fundamenta en la bsqueda del equilibrioentre el individuo y el grupo, y crea una obligacin de solidaridad para cada individuocon respecto al grupo, segn los valores tradicionales africanos, es decir, establece unadialctica entre los derechos de cada uno y sus deberes47. Su principal propsito es

    reflejar las especificidades, las tradiciones y las condiciones africanas

    48

    .Es un documento a la vez poltico y jurdico, inspirado en la Carta de la OUA(hoy UA)

    44 Issuevol. X, ns 1 y 2, African Studies Association, Brandeis University, Massachussetts,1980, pp. 66ss.45 -Determination: A World Systems Approach to Human op. cit., p. 23.46 Vincent R. J., op. cit., p. 39-40.47 Eteka Yemet V., La Charte Africaine des Droits de l Homme et des Peuples. Etude comparative, L

    Harmattan, Pars, 1996, p. 196.48 Human Rights Law Jounal, vol. 7, 1986, p. 186.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    17/36

    17

    rafrasear a Maurice Nkodo Atangana, que bloquea elejercicio de los derechos y libertades individuales.

    Pero, lo que ms llama la atencin en esta Carta, sobre todo para losobservadores externos y los defensores de la concepcin universal de derechoshumanos, es su nfasis en los derechos colectivos o de los pueblos y de los Estados

    junto a los deberes individuales, mxime cuando en frica es el Estado el principalviolador de los derechos humanos de los ciudadanos, un Estado que apenas puedecumplir con sus deberes y realizar los derechos de aquellos49. No cabe la menor duda de dictatoriales de la dcada de los 70 y 80, pues la promocin de las tradiciones africanassirve de tapadera a las dictaduras y a la corrupcin.

    3.2. Anlisis sistemtico de la Carta AfricanaDe entrada, hemos de subrayar, que siendo muchos Estados africanos Estados de

    no Derecho, los derechos humanos tal y como estn definidos en la Carta Africana deDerechos Humanos y de los Pueblos, son muy poco aplicados y escasamente

    respetados, sobre todo por los que los han definido y elaborado50. Dicho de otramanera, son los propios dirigentes los principales violadores de dichos derechos. Se hansuscrito verbalmente, y por escrito, y gobiernan a sus pueblos como les place.

    La Carta Africana, cuya preocupacin era reflejar la concepcin africana de losderechos humanos, no disocia los derechos del hombre de los de los pueblos 51. Protegeal hombre a la vez como individuo y como integrante de un pueblo o grupodeterminado. Aparece pues como un compromiso entre dos concepcionesdiametralmente opuestas. Para unos Estados africanos (socialistas y afromarxistas de lapoca de la guerra fra), el individuo en tanto que miembro de un grupo, no tienederechos especficos. Slo el pueblo tiene derechos. Para otros (afrocapitalistas o pro-occidentales), el individuo existe separadamente del grupo, el cual debe respetar susderechos. De ah la distincin que hay que establecer entre los derechos de los pueblos ylos de los individuos52.

    La Carta Africana se compone de dos partes, estructuradas en torno a 68artculos:- La primera parte, que contiene dos captulos y 29 artculos, trata de los aspectosnormativos. El captulo primero titulado: "Derechos del hombre y de los pueblos", secompone de 26 artculos. El segundo captulo, sobre los "Deberes", tiene tres artculos(27, 28 y 29).- La segunda parte se refiere a los aspectos institucionales y est constituida por 4captulos y 30 artculos (art. 33 a 63).

    - La tercera parte es la relativa a las disposiciones finales (art. 64 a 68).En resumen, la Carta, que reconoce al individuo y a los pueblos importantesderechos (derechos civiles, polticos, econmicos, sociales y culturales -art. 3 a 17- parael primero; derechos a la igualdad, a la existencia, a recibir la ayuda en su lucha por laliberacin de la dominacin extranjera, a la libre disposicin de sus riquezas y recursosnaturales, a la paz y a la seguridad, y al desarrollo para los segundos -art. 19 a 24-), lesimpone tambin un cierto nmero de deberes. Recomienda al Estado, en nombre de los

    pueblos, el deber de asegurar, "por separado o en cooperacin, el ejercicio del derecho

    49Donnelly J., International Human Rights(2 edicin), Westview Press, 1998, Colorado, p. 76.50 op. cit., p. 198.51

    Afrique contemporainen 131, Pars, julio-septiembre de 1984, p. 19.52 B. NGom, citado por Jouve, ibid.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    18/36

    18

    al desarrollo" (art. 22, al. 2), de promover y asegurar, a travs de la enseanza, laeducacin y la difusin, el respeto de los derechos y libertades contenidos en la Carta(art. 25), y el deber de garantizar la independencia de los tribunales (art. 26).

    En cuanto al individuo, tiene deberes para con la familia y la sociedad, para conel Estado y las colectividades legalmente reconocidas y para con la comunidad

    internacional (art. 27). El individuo tiene el deber de no comprometer la seguridad delEstado del que es natural o residente (art. 29). Y, por ltimo, tiene el deber de contribuira la promocin y a la realizacin de la unidad africana (art. 30).

    3.3. Anlisis institucional y de mecanismos jurdicos de la Carta AfricanaCon objeto de asegurar la proteccin y promocin de los derechos y libertades

    contenidos en la Carta, as como el respeto de los deberes arriba mencionados, sta creaen el marco de la Organizacin de la Unidad Africana (OUA) una Comisin de losDerechos Humanos y de los Pueblos (en adelante la Comisin Africana o la Comisin),que se define en el artculo 30 como el rgano "encargado de promover los derechoshumanos y de los pueblos y de asegurar su proteccin en frica", al mismo tiempo que

    el artculo 45 le da otras misiones importantes convirtindola en un rgano de control,investigacin y conciliacin, dotado de tres tipos de competencias53: la competencia"ratione personae" (la Comisin puede ser apelada directamente por un Estadomiembro. El artculo 49 estipula que cuando un "Estado miembro...estima que otroEstado...ha violado la Carta, puede apelar directamente a la Comisin", estableciendo deeste modo una garanta colectiva de los derechos humanos en frica); la competencia"ratione materia" (la Comisin puede conocer cualquier violacin de las disposicionesde la Carta en el caso en que un Estado miembro estima que otro Estado igualmentemiembro es responsable de dicha violacin); la competencia "ratione temporis" (laComisin es slo competente para los hechos posteriores a la entrada en vigor de laCarta (1986), para la parte contratante acusada. Es decir, que todo hecho anterior a lafecha de entrada en vigor de la Carta para un Estado miembro, no es de sucompetencia). Existe un total silencio en la Carta sobre la competencia "ratione loci" dela Comisin. No se sabe si dicha Comisin es competente para conocer los hechos quesuceden en todo o en parte del territorio nacional de los Estados miembros. Adems, enla opinin acertada de Flinterman y Ankumah54, no estn previstas las soluciones a lasviolaciones individuales de derechos humanos. Esta situacin desprotegecompletamente a los ciudadanos y les expone a las agresiones de los Estados. LaComisin tal y como existe es de difcil acceso55 e impide la aplicacin de lasdisposiciones de la propia Carta. No puede por su propia iniciativa denunciar osancionar las violaciones de los derechos humanos. Todo es funcin de un foro poltico

    y diplomtico integrado por los mximos lderes africanos, convertidos en jueces ypartes.

    53 Cf. Abdoul B., Koffi B. y Fethi S., LOrganisation de lUnit Africaine. De la Charte dAddis Abeba la Convention des Droits de l Homme et des Peuples, Silex Editions, Pars, 1984, pp. 414-417; MbayeK., Les droits de lhomme en Afrique, op. cit., pp. 233-234, y Ouguergouz F., La Charte africaine desdroits de l homme et des peuples. Une approche juridique des droits de l homme entre tradition etmodernit, PUF, Pars, 1993, pp. 314ss.54 Flinterman C. y Ankumah E., op. cit., p. 168.55 Plantea las condiciones siguientes, que han de cumplir las comunicaciones individuales : no deben serannimas, deben ser redactas por las propias vctimas, deben ser compatibles con la Carta de la OUA ycon la Carta Africana, no deben redactarse en trminos insultantes, deben ser documentadas y no basarse

    exclusivamente en informaciones procedentes de los medios de comunicacin, deben ser presentada enplazo razonable (6 meses), deben agotar todas las vas legales internas o nacionales, y no deben habersido presentadas o resueltas por otras instancias, o por algn otro rgano de las Naciones Unidas.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    19/36

    19

    Las comunicaciones o peticiones procedentes de los Estados miembros (trasagotar previamente los recursos internos) o de los Estados no miembros (despus de unaserie de condiciones de difcil cumplimiento), son examinadas minuciosamente trascumplir las condiciones de admisibilidad fijadas por los artculos 51 y 56 de la Carta. LaComisin procede entonces a la instruccin (funcin judicial -art. 46 y 51), a la

    bsqueda de un arreglo amistoso (funcin de conciliacin -art. 48-) o a la redaccin deun informe (funcin cuasi-judicial -art. 52-), que puede ser publicado por el presidentede la Comisin, previa decisin de la Conferencia de Jefes de Estado y de Gobierno dela OUA.

    3.4. Naturaleza y tendencias de la Carta AfricanaLa lectura global y rpida de la Carta Africana revela dos tendencias

    contradictorias, a saber, positiva y negativa: la primera consiste en el hecho de que es uninstrumento de la expresin de la concepcin africana de derechos humanos56, derechosadaptados al contexto econmico y poltico especfico. La negativa se explica por sutendencia a la colectivizacin, en nombre de la especificidad africana, con una inflacin

    y ambigedad de conceptos y la ineficencia en cuanto a las garantas.Sin embargo, una lectura jurdica y profunda destaca sus graves debilidades y

    carencias, entre ellas: la dificultad de interpretacin y definicin de numerosos deberesy derechos enumerados a menudo en una total imprecisin de lenguaje; la grave la Comisin Africana, una institucin ms poltica que jurdica, que hace ilusoria la

    proteccin de derechos humanos al estar sometida a la voluntad de Jefes de Estado y deGobierno, consagrando las mediaciones y conciliaciones en detrimento de la aplicacinde la ley; y por ltimo, la consagracin en la Carta de derechos llamados de la tercerageneracin, es decir, la subordinacin de derechos humanos a los problemaseconmicos y polticos.

    La Carta en s es una conciliacin o compromiso entre dos concepciones: elindividualismo de la Declaracin de 1948 (que libera el individuo de la exclusivadominacin del grupo, liberacin considerada como la clave del crecimiento ydesarrollo "ptimo" de la sociedad57) y el comunitarismo africano o los valoressocialistas y humanistas de las sociedades africanas. Dicho de otra manera, es unaespecie de "socialismo individualista", con una clara preeminencia de la comunidadsobre las libertades individuales o la primaca de los deberes sobre los derechos: deberescon respecto a la familia, los Estados y la comunidad internacional. Es decir, seconsagra la sumisin de los individuos a los fines colectivos. Por una parte, laslibertades individuales desaparecen frente al deber general de sumisin al Estado y, por

    otra, la insistencia en los deberes aparece como una negacin del universalismo

    58

    .Para ser ms explcito, cabe decir que la Carta Africana asimila, de una parte, losderechos humanos con los derechos de los pueblos, y de otra, crea un contrapeso a losderechos con los deberes. Lejos de ser la consagracin exclusiva del colectivismo, la

    56 De acuerdo con Paul-Grard Pougou, la visin comunitaria africana de la Carta es bastante imperfectay todo queda por hacer en este aspecto, sobre todo para conciliar el individualismo y el comunitarismo.Dicho de otra manera, se impone una investigacin interdisciplinaria para definir las aportacionesafricanas a los debates sobre los derechos humanos y a los problemas polticos actuales del continente(Cf. Pougou P- lhomme..., op. cit., pp. 36 y 38.57 Foreign Affairs Policy, pimavera de

    1994, p. 160; Villareal R., La contrarrevolucin monetarista. Teora, poltica econmica e ideologa delneoliberalismo, Editorial Ocano, Mxico, 1984, p. 56.58Pougou J-G., op. cit., pp. 34ss.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    20/36

    20

    Carta somete la proteccin del individuo al marco global de los derechos colectivos. Enotros trminos, el desarrollo econmico y social no puede concebirse sin el respeto dederechos humanos, pero los derechos humanos suponen un cierto nivel de desarrolloeconmico y social59. De ah la primaca de los derechos de la tercera generacin o losque se fundamentan en la solidaridad (derecho del pueblo a la autodeterminacin, al

    desarrollo, al medio ambiente sano, a la paz y a disponer de sus recursos naturales...)sobre los de la primera y segunda generacin, basados en el individuo (derechos civilesy polticos). Refirindose al caso particular del mundo rabe que se puede extrapolar alcaso africano, Baudouin Dupret manifiesta: "Prevalece la voluntad de acceder a lamodernidad por una marcha forzada que subordina el individuo a la colectividad y a laexpansin econmica del pas. Hay una ausencia de reconocimiento popular,contrabalanceado por la visin autoafirmada de obrar para el desarrollo de lanacin..."60.

    La prioridad dada a los pueblos y a los deberes aparta ligeramente la CartaAfricana del universalismo. Al mismo tiempo acompaa los deberes colectivos con laslibertades individuales. Es pues "una Carta a la vez africana y universal"61, nacida de un

    compromiso entre los regmenes pro-soviticos (progresistas) y los pro-occidentales(conservadores), de la poca de la guerra fra, y que necesita una fecundacin o

    profundizacin en este sentido.En definitiva, la Carta Africana se distingue de los dems documentos

    internacionales sobre los derechos humanos, que se fundamentan en una dualidad de losmismos, por establecer una triple correlacin: juxtapone los derechos civiles y polticosy los derechos econmicos, sociales y culturales; los derechos humanos y los de los

    pueblos: y por ltimo los derechos y los deberes individuales62.Es el nico documento que incorpora el derecho al desarrollo63 (concepto cuyo

    origen es africano64), el derecho a la autodeterminacin y al medio ambiente sano, esdecir, consagra los derechos de la tercera generacin o de solidaridad.

    59 Ibid, p. 3960 La condicionalidad en las relacionesinternacionales: sirve para la proteccin de los derechos humanos? (eds.: Luis Carlos Arena y PaulEmile Dupret), ILSA, Santaf de Bogot, 1996, pp. 79-80.61Pougou J-G., op. cit., p. 45.62 Vanse Eteka Yemet E., op. cit., p. 174; Ankumah A.A. The African Commission on Human Rights.Practices and Procedures, Martinus Nijhoff Publishers, Londres, 1996, pp. 159-160.63 Segn el juez Kba Mbaye, uno de los redactores e inspiradores de la Carta Africana y quien utiliz

    por primera vez a nivel acadmico el concepto en su conferencia inaugural pronunciada en el InstitutoInternacional de Derechos Humanos de Estraburgo en julio de 1972, el derecho al desarrollo es a la vezun derecho humano y un derecho de los pueblos, es decir un derecho a la vez individual y colectivo,

    destinado a satisfacer las necesidades bsicas de los ciudadanos. Para l, el desarrollo ha de referirse a humanos y viceversa. Hay una propensin a la violacin de derechos humanos en los pasessubdesarrollados, mientras que en los pases desarrollados existe una tendencia favorable a su respeto,relacionando de este modo los derechos humanos con el nivel de desarrollo econmico.Desgraciadamente, segn subraya Howard, la promocin de este derecho puede conducir al descuido delos derechos individuales en nombre de la prioridad a los objetivos de desarrollo o progreso econmico. op. cit., p. 116. En el contexto africano, el derecho al desarrollo toma cada vez ms la forma de unaexigencia hacia la comunidad internacional y de enfrentamiento con el Norte, en lugar de ser un derechointerno. Los ciudadanos podran servirse de este argumento para llevar ante los tribunales a sus dirigentesque destacan por prcticas depredadoras, y acusarles de cabe la menor duda de que tanto el derecho al desarrollo como los dems derechos colectivos son

    utilizados por los dirigentes africanos para la propaganda internacional y ocultar las violaciones internasde los derechos individuales. En la mente de los dirigentes africanos, los derechos colectivos o de lospueblos significan los derechos de los Estados. Por lo tanto, y de acuerdo con Yokabdjim Mandigui, se

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    21/36

    21

    Los derechos individuales enumerados en la Carta son similares a los queproclaman la Declaracin Universal65(carcter universal de la Carta), y se distingue de como el ya mencionado derecho al desarrollo, considerado fundamental para el ejerciciode los primeros, siendo el desarrollo econmico la

    gubernamentales.

    3.5. Evaluaciones crticas sobre la Carta AfricanaLa Carta Africana, a pesar de significar un paso importante en el camino hacia la

    libertad y la creacin de Estados de Derecho, sigue teniendo graves lagunas y fallos.Los Estados africanos an no han aceptado el derecho elaborado por ellos mismos. Sussusceptibilidades y apegos a la soberana nacional constituyen importantes obstculos alrespeto de derechos humanos y de los pueblos.

    Ahora bien, en el Derecho internacional africano, consagrado por la OUA, dosprincipios bsicos (el respeto de la soberana y la no injerencia en los asuntos internosde cada Estado), debilitarn completamente la Carta Africana. A ello cabe aadir el

    carcter dictatorial, autoritario y monopartidista de muchos regmenes africanosenfrentados a los eternos problemas de desarrollo econmico y de construccinnacional.

    En relacin con el sistema europeo y americano, la Carta Africana no dispone deun mecanismo de coaccin. Para proteger los derechos humanos, la Carta prev unaComisin (art. 30) como nico mecanismo de control. Sin embargo, la Comisin no esun tribunal o jurisdiccin66, no dispone de libertad de funcionamiento al depender de losEstados y con un personal nombrado por los Jefes de Estado. Es un simple "centro deestudios e investigaciones sobre los derechos humanos"67, que puede intervenir slo a lademanda de la mayora absoluta de los Estados miembros, y no de los individuos, y susinformes pueden publicarse slo mediante la decisin de la Conferencia de Jefes deEstado y de Gobierno, que son solidarios en sus violaciones de derechos humanos. LaComisin es una cortina de humo, cuando se sabe que la OUA es un "club de jefes deEstado en el poder"68, como manifest el presidente Julius Nyerere, adems de ser una

    burlan de los derechos humanos bajo la excusa de la prioridad a los derechos de los pueblos. Cf. op. cit.,

    p. 228.64 Autores, como Bernard Raymond Guimbo, tambin atribuyen el origen de este concepto a la fecristiana, y particular al catolicismo. Les droits fondamentaux, op. cit., p. 84.65 Se trata de la libertad de conciencia y de religin, la libertad de expresin, de asociacin y de

    movimiento, la igualdad ante la ley, la no discriminacin, y del derecho a la educacin y al trabajo, a laseguridad de su persona, a elegir y ser elegido, a tomar parte libremente en la vida cultural de lacomunidad. Muchos de estos derechos y libertades estn sometidos, en la Carta, a unas restricciones, en

    particular al respeto del orden pblico y de la ley, y a no comprometer la seguridad del Estado, dando deeste modo a los Estados la facultad de suspenderlos o violarlos, e imponer el partido nico de hecho o dederecho.66 Cf. Mavila J-C., op. cit., pp. 116-117. El juez Kba Mbaye justifica esta ausencia de Tribunal por elcarcter provisional de la misma que debera ser objeto de una mejora o revisin. La Carta es slo unaetapa, que responda a la situacin de los Estados africanos en 1981, y que podran aceptar. Esta revisinse impone, sobre todo en este momento de democratizacin, pues la Carta concebida en funcin de lossistemas monopartidistas se ha quedado anacrnica y necesita adaptarse a los problemas vigentes de losafricanos y al mundo actual.67 Mavila J-

    op. cit., p. 119.68 Como para quitar cualquier duda al respecto, la Carta

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    22/36

    22

    Organizacin con graves dficits presupuestarios al no pagar regularmente los Estadosmiembros sus cuotas. Las limitaciones de la Comisin (sus funciones consisten en loesencial en la promocin de derechos humanos), junto a su dependencia con respecto alas decisiones de los jefes de Estado y de Gobierno ponen de manifiesto el carcter ms

    poltico que jurdico de la Carta.

    La Carta no menciona unos derechos fundamentales como es el derecho sindicaly de huelga, el derecho a la intimidad, al nombre y a la nacionalidad, a no ser expulsadode su pas de origen, los derechos matrimoniales, etc., y somete algunos derechos a las silencia el derecho a la autodeterminacin de las minoras tnicas, no condena la penade muerte o la propaganda a favor de la guerra, el odio racial, tnico o religioso, etc. Loms llamativo es que impone deberes a los nios con respecto a sus padres y no obliga astos para con los primeros, al menos cuando son menores69. Tambin es ambigua sobrelos derechos de las mujeres (a las que se reconoce el derecho a la no discriminacin ycuya proteccin se encarga el Estado) que, precisamente en nombre de los valores

    tradicionales que la Carta defiende, son consideradas como inferiores a los hombres ysubordinadas a los varones de la familia y al poder poltico ampliamente patriarcal70.Ello lo pone de manifiesto Evelyn Ankumah71, para quien en muchas sociedadesafricanas, el estatus de las mujeres es inferior al de los hombres, y ello se refleja tantoen las leyes como en las prcticas tradicionales, culturales y religiosas: el hombre escabeza de familia, responsable de todas las grandes decisiones. Surge entonces una

    pregunta fundamenta cmo la eliminacin de la discriminacin con respecto a lasmujeres puede conciliarse con el deber de promover los valores de la civilizacinafricana?, mxime cuando sta no es claramente definida.

    La mayora de los derechos (a la no discriminacin, a la igualdad, a la integridadmoral, al igual acceso a los bienes y servicios pblicos, a la educacin y a la libre

    participacin en la vida cultural de la comunidad, etc.) y los deberes (con respecto a lafamilia y a ciertas categoras de personas) enumerados por la Carta destacan por suindefinicin72. Su tendencia colectivista, y en particular la primaca de los derechos dela comunidad y la insistencia en los deberes individuales, crean un caldo de cultivo paralos regmenes dictatoriales y la violacin de derechos humanos de tipo occidental.

    Como subraya Fatsah Oueguergouz, la debilidad de la Carta Africana estriba ensu mecanismo de proteccin de derechos humanos. Dicho mecanismo otorga un papel

    preponderante a los jefes de Estado y de Gobierno, y excluye prcticamente lascomunicaciones individuales al darles una importancia casi insignificante73. De ah la

    propuesta de Heyns (2003: 620), para quien,

    Esta reforma viene justificada por el hecho de que la Carta Africana, como

    mecanismo jurdico de la proteccin africana de derechos humanos, no pudo impedir lasviolaciones a gran escala de dichos derechos y los genocidios, a causa precisamente de

    OUA, como hace observar Quashigah, parece prevalecer una conspiracin o pacto del silencio frente a lasviolaciones de derechos humanos. En este contexto, no se puede esperar gran cosa de las actividades de laComisin. Intgration et cooprationrgionales en Afrique de l Ouest(dir.: Ral Lavergne), Karthala, Pars, 1996, p. 307.69 Eteka Yemet E., op. cit., pp. 131ss.70 op. cit., p. 114.71

    Ankumah A.A., op. cit., pp. 153ss72 Cf. Ouguergouz F. , op. cit., pp. 83ss, en particular los captulos IV, V, VI.73 Ibid., p. 392.

  • 8/13/2019 Curso frica III edicin. Sesin 2. Derechos Humanos en Africa

    23/36

    23

    sus insuficiencias y debilidades que constituyen importantes obstculos a una evolucinulterior y a una eficaz garanta de derechos humanos en frica.

    Resumiendo todo lo anteriormente dicho, se puede formular cuatro grandescrticas contra la Carta de Banjul74: la primera es que subordina los derechos de losindividuos a los de los pueblos o de los Estados quitando cualquier posibilidad de

    autoorganizacin a los individuos y a las minoras tnicas, a las que no reconoce el segunda consiste en insistir en el derecho al desarrollo o en el desarrollismo, que puedesignificar, como suele suceder, la imposicin por el Estado de sus opciones y lanegacin de los derechos civiles o de la democracia, por considerarlos como unosobstculos al desarrollo; y por ltimo, la debilidad de sus mecanismos institucionales,en particular la Comisin, sin ningn poder de sanciones, y que depende de los jefes deEstado. Impone unas condiciones restrictivas a los individuos, puestos fuera de sualcance, para no mencionar el secretismo que la rodea.

    De ah las palabras duras del profesor Ndeshyo, que expresa su indignacin en

    un tribunal para imponer el derecho, resolver los conflictos y codificar por lajurisprudencia el derecho internacional africano. Nos han defraudado, pues la Comisinno es un tribunal, sino un rgano de estudios y de asesoramiento de la Conferencia de

    jefes de Estado y de Gobierno. Ha sido presidencializada (...). La Comisin ser no unaComisin de Derechos Humanos sino una Comisin de Derechos de los jefes de Estadoy de Gobierno, es decir ms un club de jefes de Estado que un rgano de proteccin de 75. No es de extraar, en este contexto, que elderecho a la autodeterminacin76del Estado-nacin constituya la piedra angular de laCarta de Banjul, contra las aspiraciones autonomistas de los grupos tnicos internos ycontra las presiones externas en el sentido de la democratizacin y del respeto de losderechos humanos.

    La propia adopcin de la Carta de Banjul, en un continente caracterizado hastahace poco por la ausencia de un instrumento jurdico de proteccin y promocin de losderechos humanos, es un paso importante en el reconocimiento y trato del problema dederechos humanos en dicho continente, pues la Carta de la OUA no solamente silenciel problema, sino que adems est completamente bloqueada por el principio de noinjerencia en los asuntos internos de los Estados miembros, dando de este modo laimpresin de impunidad a los violadores de derechos humanos en el continente. En estaCarta, los dirigentes africanos, al menos formalmente y aunque de una manerasuperficial, han empezado a tomar una cierta consciencia de la cultura y de lasrealidades del continente (africanizacin de los problemas y soluciones africanos), a

    pesar de sus comportamientos extrovertidos. En varios aspectos, pese a las crticasformuladas contra ella, la Carta Africana contiene bastantes elementos positivos enrelacin con los documentos similares de las dems regiones del Sur.

    4. Los derechos humanos y e