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SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA DIRECCION GENERAL DE SANIDAD VEGETAL DIRECCION DE DEFENSA FITOSANITARIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE CUARENTENA POSENTRADA OCTUBRE 2000

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Directiva Institucional, acerca de los Procedimientos a realizar durante el desarrollo de las Cuarentenas Posentradas en Perù.

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SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA DIRECCION GENERAL DE SANIDAD VEGETAL

DIRECCION DE DEFENSA FITOSANITARIA

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE CUARENTENA POSENTRADA

OCTUBRE 2000

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CONTENIDO

CAPITULO I

1.1 OBJETIVO. 1.2 AMBITO DE ACCION. 1.3 MATERIAL VEGETAL SUJETO A CUARENTENA POSENTRADA - CPE. 1.4 PUNTOS DE INGRESO DEL MATERIAL SUJETO A CPE.

CAPITULO II

2.1 CONSIDERACIONES GENERALES 2.1.1 Requisitos para el ingreso al país de material sujeto a CPE 2.1.2 Aspectos administrativos en la importación de material sujeto a CPE

2.2 PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DEL PROFESIONAL RESPONSABLE DEL PREDIO DE CPE. 2.2.1 Del objetivo. 2.2.2 Inscripción del Profesional Responsable. 2.2.3 Otorgamiento y vigencia del Registro. 2.2.4 Funciones del Profesional Responsable

2.3 PROCEDIMIENTOS PARA LA APROBACIÓN DEL PREDIO.

2.3.1 Procedimientos Administrativos. 2.3.1.1 Cuando el usuario tramite su documentación en la sede

central. 2.3.1.2 Cuando el usuario tramite su documentación en la Dirección

Desconcentrada donde se ubica el predio. 2.3.1.3 Notificación de observaciones.

2.3.2 Procedimientos y consideraciones técnicas.

2.3.2.1 Tipos de predios . 2.3.2.2 Para la evaluación del predio. 2.3.2.3 Requisitos que deben reunir los predios.

2.3.3 Vigencia de los predios aprobados.

2.4 PROCEDIMIENTOS PARA EL ENVIO DEL MATERIAL AL PREDIO.

2.5 PROCEDIMIENTOS EN EL PREDIO.

2.5.1 Al arribo del material al predio, sea abierto o cerrado. 2.5.2 Para la Instalación del material sujeto a CPE. 2.5.3 Durante el periodo de CPE.

2.5.3.1 Tipos de visitas al predio con material sujeto a CPE 2.5.3.2 Consideraciones del Inspector previos a las visitas al predio. 2.5.3.3 Duración de la CPE. 2.5.3.4 Actividades del Inspector de SENASA durante la CPE. 2.5.3.5 Levantamiento de la CPE.

CAPÍTULO III

3.1 CONSIDERACIONES A TENER CON EL MATERIAL SUJETO A CPE

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3.2 CONSIDERACIONES PARA ORGANISMOS VIVOS MODIFICADOS Y MATERIAL DE EXHIBICIÓN O DE ADMISIÓN TEMPORAL

3.2.1 Organismos Vivos Modificados (OVM). 3.2.2 Materiales de exhibición u otros sujetos a admisión temporal. 3.2.3 Organismos de control biológico

3.3 MATERIALES Y EQUIPOS PARA EFECTUAR LA CPE

3.4 PRINCIPALES SÍNTOMAS A DETECTAR EN EL MATERIAL SUJETO A CPE

3.4.1 Virus, hongos y bacterias 3.4.1.1 Toma y envío de muestras de material con síntomas vírales

3.4.2 Nematodos

3.4.2.1 Toma y envío de muestras de material con síntomas de nematodos

3.4.3 Artrópodos 3.4.3.1 Toma y envío de artrópodos o muestras con sus síntomas

CAPÍTULO IV

4.1 GLOSARIO DE TERMINOS 4.2 FORMATOS A UTILIZAR

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CAPITULO I

1.1 OBJETIVO Detectar la presencia de plagas reglamentadas (1) en el material importado sujeto a Cuarentena Posentrada - CPE que por su naturaleza no pueden ser detectadas por el Inspector de Cuarentena Vegetal al momento de su ingreso al país. 1.2 AMBITO DE ACCION El presente manual establece los procedimientos a seguir en la CPE a nivel nacional. 1.3 MATERIAL SUJETO A CUARENTENA POSENTRADA Para la aplicación del presente Manual se consideran como material sujeto a CPE los siguientes:

Plantas y sus partes: esquejes, estacas, plumas, púas, yemas, cormos, bulbos, rizomas y otros similares destinado a propagación y/o siembra.

Semilla botánica de especies forestales y frutales.

Especies vegetales in vitro o producidas in vitro.

Organismos benéficos para la agricultura y de control biológico.

Organismos vivos modificados - OVM.

Material vegetal de exhibición para congresos o festivales.

Otros, cuando la autoridad sanitaria lo estime necesario. 1.4 PUNTOS DE INGRESO DEL MATERIAL SUJETO A CPE El material sujeto a cuarentena posentrada únicamente podrá ser ingresado a través de los Puestos de Control Cuarentenario Externos, ubicados en la Aduana Marítima y Aérea del Callao y otros que el SENASA determine, mediante Autorización expresa de la Dirección General de Sanidad Vegetal.

1 Plaga reglamentada: Plaga cuarentenaria o plaga no cuarentenaria reglamentada. (Glosario de Términos

Fitosanitarios, FAO, 1999)

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CAPITULO II

2.1 CONSIDERACIONES GENERALES 2.1.1 Requisitos para el ingreso al país de material sujeto a CPE Para poder internar al país el material sujeto a CPE, el interesado deberá cumplir con lo siguiente:

Contar con el Permiso Fitosanitario de Importación, así como cumplir los requisitos fitosanitarios consignados en dicho permiso, de conformidad a la Directiva General N° 026-AG-SENASA-DGSV-DDF, del 13 de julio del 2000.

Contar con el registro vigente del profesional responsable del predio de la cuarentena posentrada.

Contar con el predio aprobado para la cuarentena posentrada.

Haber efectuado los pagos respectivos por los conceptos antes descritos así como por las inspecciones fitosanitarias obligatorias que el SENASA efectúe durante la CPE, según el TUPA - SENASA aprobado por Decreto Supremo N° 027-2000-AG, del 16 de julio de 2000.

Contar con la Licencia Fitosanitaria de Internamiento del producto. 2.1.2 Aspectos administrativos en la importación de material sujeto a CPE

El usuario podrá presentar en forma simultánea o por separado las solicitudes, para obtener: el Permiso Fitosanitario de Importación, Aprobación del predio para CPE y la Inscripción del Profesional Responsable del Predio; tanto en la Sede Central como en la Dirección Desconcentrada del SENASA en donde se va a desarrollar la cuarentena posentrada.

La aprobación del predio y el Registro del Profesional Responsable del Predio son requisitos indispensables para autorizar el ingreso del material de sujeto a cuarentena posentrada.

2.2. PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DEL PROFESIONAL

RESPONSABLE DEL PREDIO DE CPE 2.2.1 Del Objetivo El objetivo de contar con un Profesional Responsable del predio para la CPE, es desarrollar un certero y efectivo seguimiento fitosanitario del material internado al país bajo la modalidad de CPE, estableciendo una estrecha coordinación con los Inspectores del SENASA designados para tal fin. 2.2.2 Inscripción del Profesional Responsable El usuario presentará una solicitud (Formato DGSV/DDF-03-CPE) a la Dirección Desconcentrada o a la Sede Central del SENASA. Adjuntando lo siguiente:

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Copia legalizada del título profesional (Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Agrícola, Ingeniero Forestal o Biólogo).

Copia legalizada de la Colegiatura.

Copia legalizada del contrato de trabajo con la empresa.

Boleta de pago respectivo según TUPA. Cuando los documentos señalados en el párrafo anterior han sido presentados en la Dirección Desconcentrada del SENASA, ésta lo remitirá a la Dirección de Defensa Fitosanitaria (DDF). 2.2.3 Otorgamiento y Vigencia del Registro La DDF, luego de evaluado el expediente del Profesional Responsable del Predio y de encontrarlo conforme procederá a su aprobación e Inscripción en el Libro de Registros de Profesionales Responsables de Predios de Cuarentena Posentrada, emitiendo de esta manera la Constancia de Inscripción del Profesional Responsable (Formato DGSV/DDF-04-CPE). La vigencia de la Inscripción y Registro del Profesional Responsable de la CPE será de 3 años. 2.2.4 Funciones del Profesional Responsable El Profesional Responsable debe cumplir las siguientes funciones:

Comunicar la llegada del material sujeto a CPE a la Dirección Desconcentrada del SENASA en donde está ubicado el predio a fin que el Inspector designado verifique y de conformidad del mismo..

Prestar el apoyo y las facilidades necesarias al Inspector (s) encargado a fin de efectuar las visitas al predio para las respectivas evaluaciones fitosanitarias.

Coordinar con el Inspector del SENASA, a fin de dar cumplimiento a las actividades establecidas en el procedimiento de cuarentena posentrada, así como aquellas que no lo están, pero que sin embargo pudiesen suscitarse por problemas fitosanitarios.

Informar al Inspector de la Dirección Desconcentrada del SENASA, de manera inmediata ante la detección de una plaga reglamentada a fin de coordinar y tomar las medidas fitosanitarias correspondientes.

Coordinar con el Inspector del SENASA, al término del período de la cuarentena posentrada a fin de proceder a levantar el Acta de Término de la Cuarentena Posentrada.

2 . 3 PROCEDIMIENTOS PARA LA APROBACION DEL PREDIO 2.3.1 Procedimientos Administrativos

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2.3.1.1 Cuando el usuario tramite su documentación en la Sede Central

Presentará en la mesa de partes de la Sede Central, la solicitud de Aprobación del Predio para Cuarentena Posentrada (Formato DGSV/DDF-01-CPE).

La DDF remitirá la mencionada solicitud a la Dirección Desconcentrada en donde se encuentra el predio, para que la misma proceda a efectuar la evaluación.

El personal autorizado de la Dirección Desconcentrada del SENASA en coordinación con el profesional responsable de la conducción de la cuarentena posentrada, llevará a cabo el proceso de evaluación del predio, emitiendo el Inspector el Informe de evaluación del predio para cuarentena posentrada (Formato DGSV/DDF-02-CPE), una copia de la misma será entregada al profesional responsable.

De aprobarse el predio, la Dirección Desconcentrada del SENASA procederá a su registro en el Libro de Inscripción de Predios de Cuarentena Posentrada.

La Constancia de Inscripción del Predio de Cuarentena Posentrada (Formato DGSV/DDF-05-CPE), será entregada al Importador y una copia será remitida a la DDF, para su respectivo control.

En caso de no aprobarse el predio, y de considerarlo conveniente, el usuario podrá iniciar nuevamente el mismo trámite.

2.3.1.2 Cuando el usuario tramite su documentación en la Dirección Desconcentrada del SENASA donde se ubica el predio

El importador presentará en la mesa de partes de la Dirección Desconcentrada, la solicitud de Aprobación de Predio para Cuarentena Posentrada (Formato DGSV/DDF-01-CPE).

El personal autorizado de la Dirección Desconcentrada del SENASA en coordinación con el Profesional responsable de la conducción de la cuarentena posentrada, llevará a cabo el proceso de evaluación del predio, emitiendo el Inspector el Informe de evaluación de predio para Cuarentena Posentrada (Formato DGSV/DDF-02-CPE).

De aprobarse el predio, el Director de la Dirección Desconcentrada procederá a inscribirlo en el libro de Inscripción de Predios de Cuarentena Posentrada y expedirá la “Constancia de Inscripción de Predio de Cuarentena Posentrada” (Formato DGSV/DDF-05-CPE).

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La Constancia de Inscripción del Predio de Cuarentena Posentrada, será entregada al Importador y una copia será remitida a la DDF, para su respectivo control.

En caso de no aprobarse el predio, y de creerlo conveniente el usuario podrá iniciar nuevamente el mismo trámite.

2.3.1.3 Notificación de observaciones

El predio puede aprobarse a pesar de existir alguna observaciones durante la inspección. De ser el caso, el Profesional Responsable del Predio deberá subsanar las mismas, de lo contrario la Dirección Desconcentrada notificará al usuario por el incumplimiento, procediendo en última instancia a anular la aprobación del predio y tomar las medidas correspondientes.

2.3.2 Procedimientos y consideraciones técnicas

2.3.2.1 Tipos de predios Para efectos del la CPE, se consideran dos tipos de predios: abierto y cerrado. 2.3.2.2 Para la evaluación del predio Se debe considerar que la información presentada por el Importador, representante legal o profesional responsable cumpla con los siguientes puntos:

Llenar toda la información consignada en la solicitud de “Aprobación de Predio para CPE”.

El croquis o dibujo del área a cuarentenar en la cual se distinga la ubicación de los lotes, construcciones u otros detalles.

El área del predio destinado a la CPE, incluyendo los cultivos, cercos periféricos y otras instalaciones o detalles.

El historial del campo: cultivos anteriores, plagas comunes presentes en el lugar, tipo de invernaderos etc., información que deberá ser suministrada por el usuario.

Contando con la información necesaria y con previa coordinación con el profesional responsable, el Inspector designado procederá a efectuar la evaluación del predio, una vez concluida la misma, se procederá a emitir el Informe de evaluación del predio para Cuarentena Posentrada (Formato DGSV/DDF-02-CPE). 2.3.2.3 Requisitos que deben reunir los predios para CPE

Requisitos generales para todos los predios

Contar con el profesional responsable registrado ante el SENASA.

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Poseer un ambiente cerrado que asegure el aislamiento en el cual se pueda realizar el desempaquetado de material sujeto a CPE.

Poseer un área o ambiente destinado a la destrucción del material que se encuentre en mal estado fitosanitario. Esta área puede estar constituida por un pozo con una dimensión recomendada de 2x2x2 m³, cuyas paredes y el piso deben ser constantemente espolvoreados con cal.

Poseer indumentaria adecuada para efectuar las actividades propias de la CPE, para el o los Inspectores del SENASA (un mandil o guardapolvo, guantes, un par de botas de jebe y tijeras de podar), debiendo estar debidamente desinfectados.

Poseer a la entrada del predio un ambiente adecuado, en la cual se pueda realizar el cambio de ropa o indumentaria por la de campo.

Todas las demás construcciones, implementos de siembra, cosecha, etc. que se usen para la cuarentena deben estar ubicadas dentro del predio y deben ser de uso exclusivo para tal fin.

El sistema de riego, en lo posible, debe ser exclusivo para el área a ser cuarentenado, no se debe permitir el flujo de agua hacia otras áreas, campos, acequias, ríos, etc.

Contar con insumos y materiales para la desinfección de herramientas y equipos, se recomienda el empleo de hipoclorito de sodio al 2%.

Fácil acceso para las evaluaciones y seguimiento de la CPE, por parte del personal autorizado para tal fin.

Requisitos específicos para los predios abiertos

En las zonas con altas precipitaciones, se deberá contar con tinglados con el fin de garantizar un cierto grado de protección y aislamiento del material.

Estar cercada en toda o gran parte de su periferia con un cerco vivo, o de algún material que permita el aislamiento del cultivo, o el área se encuentre aislada de vegetación.

De ser un cerco vivo, el área deberá estar rodeada por otro cultivo de mayor tamaño (la altura de este cerco debe ser como mínimo la altura promedio del cultivo incrementada en un 50 % ó como mínimo 1.5 mts en el caso de cultivos de porte bajo), que no sea hospedante de las posibles plagas que tuviera el producto cuarentenado, con un periodo vegetativo mayor al del material que se desea instalar, preferentemente de diferente familia taxonómica, y con un ancho no menor a los 2 metros,

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preferentemente se recomienda sembrar a una alta densidad con el fin de que el cerco actué como una cortina rompe vientos.

Requisitos específicos para los predios cerrados

El predio deberá poseer un sistema de desinfección o de destrucción del sustrato utilizado para la instalación del material sujeto a cuarentena.

Sistema de aislamiento del material sujeto a cuarentena, para lo cual la infraestructura del área destinada a la instalación del material bajo CPE debe poseer cercos periféricos u otro tipo de construcción que garantice el aislamiento del material, también deberá contar con una cubierta de malla o de otro material que evite la entrada de áfidos.

El lugar de ingreso al área de instalación del material sujeto a cuarentena debe contar con una trampa de cal u otro tratamiento autorizado que garantice la desinfección del calzado del personal que trabaje con el material bajo CPE.

2.3.3 Vigencia de los predios aprobados

La vigencia de la aprobación de los predios abiertos será de un año y para los predios cerrados de dos años, los mismos que se sujetarán a supervisiones por los Inspectores de SENASA encargados de la Cuarentena Posentrada, a fin de constatar el mantenimiento de dicha condición.

2. 4 PROCEDIMIENTOS PARA EL ENVIO DEL MATERIAL AL PREDIO

El Puesto de Control Cuarentenario que otorga la Licencia Sanitaria de Internamiento, deberá sellar las cajas que contengan el material de CPE y comunicará sobre la salida del material, a la DDF y a la Dirección Desconcentrada en la que se llevará a cabo la CPE. Este procedimiento será suscrito mediante el Acta de entrega de material bajo Cuarentena Posentrada (Formato DGSV/DDF-08-PCC). El material sujeto a CPE deberá ser trasladado por el interesado de forma inmediata y directamente al predio autorizado a efectuar la CPE. El usuario deberá comunicarse con la Dirección Desconcentrada del SENASA encargada de la CPE y coordinar la instalación del material en el predio autorizado.

2. 5 PROCEDIMIENTOS EN EL PREDIO 2.5.1 Al arribo del material al predio, sea este abierto o cerrado:

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Una vez que el material se encuentre en el predio en donde se llevará a cabo la CPE, se procederá a su desempaque dentro del ambiente (cuarto o habitación), suscribiéndose el Acta de arribo al predio del material sujeto a CPE (Formato DGSV/DDF–07–CPE) entre el usuario y el o los Inspectores del SENASA designados. Sobre este punto se debe de tomar en cuenta lo siguiente:

- La cantidad arribada debe ser la misma que la consignada en la Licencia Fitosanitaria de Internamiento.

- De encontrarse alguna irregularidad en el embalaje ó material sujeto a CPE

a su arribo al predio que suponga la existencia de alguna irregularidad, como rotura de la cinta de seguridad, pérdida de material, cambio de lote, etc. el procedimiento de CPE se detendrá, hasta dar solución a dicho problema.

- El proceso de desempaque debe ser supervisado y autorizado por el o los Inspectores del SENASA encargados de la CPE, los cuales tendrán la responsabilidad de comprobar que el personal a cargo de esta labor cuente con el debido equipamiento como mandiles, guantes, botas, etc, y el predio mantenga las condiciones bajo las cuales fue aprobado.

- Una vez descargado el material de CPE en el lugar autorizado para este fin, el mismo puede ser desempacado inmediatamente o días después. En este último caso, se procederá con el sellado de la habitación de descarga, colocando los inspectores del SENASA un letrero de advertencia, con la leyenda “NO ABRIR, MATERIAL SUJETO A CUARENTENA POSENTRADA –

SENASA”, procediendo a la retención del material sujeto a Cuarentena Posentrada (Formato DGSV/DDF–08–CPE), documento que será suscrito por el Profesional responsable del predio y el Inspector del SENASA.

- La reapertura de la habitación de descarga, debe ser realizada por el o los

Inspectores del SENASA encargados del seguimiento de CPE, los que después de verificar el estado del material de CPE, y de acuerdo al Acta de retención, se procederá al levantamiento de la misma (Formato DGSV/DDF–09–CPE).

- Una vez terminado el desempaque del material de CPE, se procederá con

el traslado de los empaques, al área destinada para efectuar las destrucciones o desnaturalización, procedimiento que será supervisado por el o los Inspectores del SENASA.

- Durante el desempaque, todo material de cuarentena que resulte dañado o

descartado deberá ser destruido. 2.5.2 Para la instalación del material sujeto a CPE

Para la instalación del material sujeto a cuarentena posentrada, el o los inspectores a cargo supervisarán el traslado del material de CPE, a las áreas destinadas para tal fin.

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El material de descarte para la siembra durante el proceso de instalación deberá ser recolectado para su destrucción bajo supervisión del Inspector del SENASA, procediendo a levantar el Acta de Destrucción de Material sujeto a CPE (Formato DGSV/DDF-10-CPE).

Concluida la instalación, en la entrada a cada lote se deberá colocar un letrero de fondo amarillo y con letras negras con la inscripción “AREA BAJO CUARENTENA – SENASA”.

2.5.3. Durante el periodo de CPE 2.5.3.1 Tipos de visitas al predio con material sujeto a CPE

Visitas Obligatorias: La DDF, establecerá en función a las características fenológicas del cultivo y las plagas hospedantes del material de CPE, el número de visitas obligatorias que se van a desarrollar en la CPE. Esta información se establecerá en el Permiso Fitosanitario de Importación.

Visitas de Oficio: La Dirección Desconcentrada del SENASA a cargo del predio de CPE, establecerá un cronograma de visitas de oficio, incluyendo las obligatorias, de acuerdo a las necesidades que se pudieran suscitarse.

2.5.3.2 Consideraciones del Inspector previas a las visitas al predio

Establecerá un plan de recorrido del predio en base al croquis respectivo brindado por el importador.

Realizará su labor cuando las condiciones del medio ambiente le permitan efectuarlo eficientemente.

Deberá inspeccionar la totalidad del área bajo CPE, para lo cual deberán laborar si es necesario días adicionales de trabajo.

2.5.3.3 Duración de la CPE

La duración del período de establecimiento de la CPE, estará en función principalmente al tipo y naturaleza de las plagas potencialmente detectables (biología, hábitat, sintomatología, daños, etc), y a la fenología del cultivo. Este periodo será determinado por la DDF, y se indicará en el Permiso Fitosanitario de Importación del material de CPE a importar.

Este periodo de duración establecido puede ser prolongado dependiendo de las condiciones fitosanitarias del material importado.

2.5.3.4 Actividades del Inspector del SENASA durante la CPE

Verificará si las condiciones bajos las cuales se aprobó el predio se mantienen. Posteriormente durante el recorrido por el área bajo cuarentena, deberá inspeccionar la sintomatología de plagas en el material

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de CPE, u otro tipo de problemas que puedan surgir, como el empleo de abonos foliares para enmascarar una posible infección por virus, etc.

Verificará el cumplimiento de las observaciones efectuadas al predio, indicadas en el Informe de aprobación del Predio de Cuarentena Posentrada. De lo contrario la Dirección Desconcentrada notificará al usuario por el incumplimiento, procediendo en última instancia a anular la aprobación del predio y tomar las medidas correspondientes.

Verificará si se han implementado las recomendaciones en las observaciones indicadas en las visitas previas.

Verificará la cantidad del material sujeto a CPE, a fin de llevar un adecuado control en el reporte de ingreso, de instalación y durante el seguimiento.

Después de efectuada cada evaluación, emitirá la Hoja de Visita de CPE (Formato DGSV/DDF-06-CPE), entregándole una copia al profesional responsable.

Procederá con la toma y envío de muestras al Laboratorio de Sanidad Vegetal, cuando se detecte o sospeche la presencia de plagas reglamentadas, debiendo para ello usar la Hoja de envío de Muestras (Formato DGSV/DDF–11-CPE).

El Inspector del SENASA deberá tener la precaución en lo posible de no enviar muestras de material con sintomatología de plagas que se sabe son comunes en la zona, para esto debe tener siempre presente el historial del campo. Deberá orientar sus actividades de inspección a las plagas reglamentadas que potencialmente podrían detectarse.

Terminado el periodo de visita el o los inspectores del SENASA, elaborará el Informe Final de Evaluación del Material Sujeto a Cuarentena Posentrada (Formato DGSV/DDF-12-CPE), el cual también deberá ser

suscrito por el profesional responsable, entregándole una copia a éste de dicho informe.

2.5.3.5 Levantamiento de la CPE

El levantamiento de la CPE, procederá cuando se ha descartado la presencia de plagas reglamentadas, y una vez cumplido con todos los objetivos del cronograma de evaluación en campo del material, procediendo el Director de la Dirección Desconcentrada a emitir el Acta de Término de Cuarentena Posentrada (Formato DGSV/DDF-13-CPE) la misma que será comunicada al usuario y a la DDF.

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CAPITULO III

3.1 CONSIDERACIONES A TENER CON EL MATERIAL SUJETO A CPE

Durante todo el proceso de importación, traslado, establecimiento y liberación del material sujeto a CPE y con el objetivo de realizar intercepciones de plagas, el SENASA, podrá proceder con la toma y envío de muestras al Laboratorio de Sanidad Vegetal, el cual siempre enviará una copia de los resultados a la DDF, los gastos de estos análisis deberán ser asumidos por el importador o responsable del material de CPE.

Si durante la etapa de CPE se detectara una plaga reglamentada, se procederá con la destrucción total o parcial del material, dependiendo si se cuenta con las condiciones necesarias para su prevención y erradicación (Tratamiento, u otra medida de control garantizada)

Si se detectara un problema fitosanitario no cuarentenario, se procederá con la aplicación de un tratamiento oficial, de no existir éste, se deberá proceder con la destrucción de todo el material con presencia de la plaga.

Para efectos de la CPE, tanto el injerto como el patrón serán considerados como una unidad, por lo que si el injerto no prosperó, se procederá con el respectivo análisis de laboratorio para descartar que la causa haya sido la presencia de alguna plaga. Si el resultado es positivo a la presencia de una plaga no cuarentenaria, se dictaminará el tratamiento fitosanitario para ser aplicado al patrón, de no ser factible la aplicación de un tratamiento, se procederá con la destrucción del patrón, bajo la supervisión del Inspector del SENASA.

Para efectos de la CPE cada parte vegetativa debe considerarse como proveniente de diferentes plantas madres.

Todo producto resultante del material sujeto a CPE, es decir cada vástago, estaca, tubérculo, etc. debe ser considerado como parte integrante del cargamento inicial.

Todo el material vegetal resultante del que ha sido sometido a CPE y que por alguna razón no necesariamente fitosanitaria sea descartado o no prospere, deberá ser destruido preferentemente bajo la supervisión del o los inspectores encargados de la cuarentena.

Todos los instrumentos o herramientas utilizados para el manejo o desarrollo de la labor en el área bajo CPE deberá ser sometido a un tratamiento de lavado y desinfectado se recomienda el uso de hipoclorito de sodio al 2%.

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3.2 CONSIDERACIONES PARA ORGANISMOS VIVOS MODIFICADOS Y

MATERIALES DE EXHIBICION O DE ADMISION TEMPORAL 3.2.1 Organismos vivos modificados–OVM El manejo de este tipo de material se llevará a cabo de acuerdo a la normatividad vigente en materia de Biotecnología y Bioseguridad. 3.2.2 Materiales de exhibición u otros sujetos a un procedimiento de admisión temporal. El procedimiento para la evaluación del predio (lugar de exhibición) deberá tomar en cuenta las medidas de seguridad y aislamiento que se establezcan, en general se verificará la existencia de medidas de seguridad que garanticen que al momento de la exhibición el material no debe estar en contacto directo con el público asistente, se debe considerar un proceso de recolección y destrucción de plantas o partes de plantas que por motivos diferentes a los fitosanitarios se descarten, asimismo el predio deberá contar con un sistema de limpieza y desinfección de todos los materiales en contacto con el material vegetativo. El periodo de CPE tendrá la misma duración del evento, posteriormente el material deberá ser reembarcado o destruido, siendo esto supervisado por el Inspector del SENASA. 3.2.3 Organismos de control biológico La importación de este tipo de material será autorizado por la DDF y contando con el informe favorable por parte del Programa Nacional de Control Biológico.

3.3 MATERIALES Y EQUIPOS PARA EFECTUAR LA CPE Cada Inspector deberá tener como mínimo lo siguiente:

1 lupa de 15 a 20 X aumentos.

Cuchilla.

Guantes para protección y manipuleo dentro del área bajo CPE.

Bolsas plásticas nuevas y estériles.

Etiquetas para muestras.

Frascos con alcohol al 70 %.

Pinceles.

Formatos.

Cintas adhesivas con el distintivo del SENASA.

Tubo succionador.

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3.4 PRINCIPALES SINTOMAS A DETECTAR EN EL MATERIAL SUJETO A CPE A continuación se darán ciertas pautas generales para la toma y envío de muestras, las mismas que son solo una síntesis del Manual de Toma y Envío de Muestras 3.4.1 Virus, viroides y micoplasmas

Los virus, viroides y micoplasmas son plagas que debido a sus características son difíciles de identificar, por lo cual para su detección se debe tener en cuenta los posibles síntomas que presenta el material vegetativo en el campo, los mismos que deben estar corroborados por el respectivo análisis de laboratorio, ya que pueden confundirse con desequilibrios nutricionales, daños por insectos o aplicaciones de productos químicos así como a factores genéticos; por otro lado la falta de síntomas en una planta no necesariamente implica la ausencia de estas plagas.

Los síntomas más evidentes de las plantas infectadas por virus son comúnmente los que aparecen sobre el follaje, pero algunos virus producen síntomas visibles sobre el tallo, frutos y raíces con o sin el desarrollo de síntomas foliares.

En casi todos estos casos, la plaga se encuentra distribuido por toda la planta (infección sistémica), de allí que los síntomas producidos se les denomine síntomas sistémicos. En la mayoría de las plantas inoculadas artificialmente por estas plagas y quizá en algunas infecciones naturales, la plaga induce la formación de pequeñas lesiones, a menudo necróticas, sólo a nivel de los puntos de entrada (infecciones locales) por lo que a los síntomas se les denomina lesiones locales. Muchas de estas plagas infectan a ciertos hospedantes sin provocar el desarrollo de síntomas visibles en ellos. A dichas plagas en general se les denomina latentes y a los hospedantes se les denomina portadores asintomáticos. Sin embargo, en otros casos, las plantas que por lo común muestran síntomas una vez que han sido infectadas por un cierto virus pueden permanecer temporalmente asintomáticos bajo ciertas condiciones ambientales (como en el caso de las altas o bajas temperaturas) y a dichos síntomas se les denomina síntomas enmascarados. Por último, las plantas pueden mostrar síntomas severos o agudos poco después de la inoculación, los cuales propician su muerte; en caso de que el hospedante sobreviva a la fase de shock inicial, los síntomas (síntomas crónicos) tienden a ser más moderados en los órganos de la planta de desarrollo posterior, conduciendo a una recuperación parcial o incluso total. Por otra parte, los síntomas pueden aumentar progresivamente en severidad y conducir a un decaimiento gradual (lento) de la planta.

Los tipos más comunes de síntomas que producen las infecciones virales sistémicas son los mosaicos y las manchas anulares.

Page 17: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 17

3.4.1.1. Toma y envío de muestras de material con síntomas virales

Las muestras colectadas deben ser embaladas adecuadamente, deberán ponerse en refrigeración (se recomienda el uso de hielo seco) si es posible para evitar su secamiento o descomposición.

Para evitar que las hojas se quiebren o encarrujen deben colocarse entre láminas de cartón, las que deben estar superpuestas, unidas y atadas.

Para las raíces es necesario que estén acompañadas con una pequeña cantidad de tierra que las rodee.

Los frutos jugosos deben acondicionarse con algodón u otro material suave que amortigüe los golpes.

Embalar el material en una caja de cartón fuerte para prevenir el deterioro de las muestras durante el tránsito

Identificar las muestras con etiquetas externas e internas. No colocar la etiqueta interna en contacto con la humedad, deben ser escritas a lápiz.

Despachar las muestras lo más pronto posible a nombre del Laboratorio de Sanidad Vegetal del SENASA.

Conjuntamente con la muestra se deberá adjuntar la hoja de envío de muestras al Laboratorio de Sanidad Vegetal.

3.4.2 Nematodos

El daño causado por los nemátodos no sólo se dá por sus hábitos alimenticios, si no también por que son vectores de otros plagas, como virus o facilitan la entrada de plagas secundarias (hongos y bacterias) por las heridas causadas por su alimentación.

Los nemátodos son plagas que pueden estar presentes en todas las partes de la planta dependiendo de la especie, cuando se sospecha que un determinado material puede ser portador de nemátodos, se le exige el cumplimiento de ciertos tratamientos ya sean químicos o físicos como para el caso de bulbos, rizomas y semillas, sin embargo estos procedimientos no se pueden considerar 100% efectivos.

3.4.2.1 Toma y envío de muestras de material con síntomas de nematodos

En el muestreo dirigido a la detección de este tipo de plagas, puede incluirse las raíces, bulbos, tubérculos, tallos y hojas, las cuales serán empacadas de acuerdo a lo precisado en el punto referente a virus, hongos y bacterias.

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Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 18

Para las muestras de suelo se recomienda un aproximado de 30 submuestras por hectárea, para cada submuestra se procederá a quitar la capa superficial, posteriormente se toma la submuestra a una profundidad entre 0–30 cm, después se colocan en un balde, se uniformizan y se extrae una muestra de aproximadamente 1 Kg.

La muestra obtenida se coloca en una bolsa de polietileno, firme y bien sellada, la cual ira acompañada de dos etiquetas de identificación, la primera estará en el interior de la bolsa y la otra en la parte externa.

En la Toma y envío de muestras deben tomarse siempre las siguientes precauciones:

No maltratar las muestras, evitando manipularlas demasiado, algunas especies de nemátodos son susceptibles al manipuleo.

Evitar que la muestra se seque o caliente demasiado.

No dejarla expuesta al sol y transportarla en recipientes ventilados.

Etiquetar convenientemente las muestras.

Las etiquetas deben ser escritas a lápiz.

Almacenar la muestra en lugares fríos y húmedos.

Junto con la muestra se debe acompañar la hoja de datos al Laboratorio de Sanidad Vegetal.

3.4.3 Artrópodos

Para la recolección de este tipo de plagas se debe tener en cuenta que todas las estructuras de los cuerpos son importantes para su identificación, por lo que se recomienda tener mucho cuidado en su manipulación.

La sintomatología al ataque de insectos se puede presentar de la siguiente manera:

Órgano afectado

Sintomatología

Hojas Comeduras y defoliación, áreas plateadas, encarrujamiento, doblez de hojas, tonos bronceados o rojizos presencia de otro tipo de sustancias como hilos de seda, mielecilla, formaciones cerosas y escamas

Brotes Deformaciones o secamiento

Flores Caída de flores

Tallos Orificios, rajaduras y tonalidades de colores atípicos; escamas.

Frutos Caída de frutos, presencia de orificios, costras, escamas y pudriciones.

Planta completa

Marchitamiento, secamiento completo, plántulas cortadas o tumbadas.

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Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 19

3 .4 .3 .1 Toma y envío de artrópodos o muestras con sus síntomas

En el proceso de toma de muestras se debe tener presente que el estado adulto es muchas veces fundamental para la identificación de la plaga, sin embargo si esto no es posible se pueden enviar los estados inmaduros de la plaga, para lo cual se recomienda el uso de frascos con alcohol al 70%. Para los insectos pequeños se puede seguir el mismo procedimiento.

Insectos adultos como los del orden Lepidóptera, pueden ser guardados en sobres de papel con las alas plegadas sobre el dorso.

Los insectos más grandes se pueden conservar en frascos vacíos, cajas de madera, metal o cartón resistente, antes del embalaje los insectos deben ser secados adecuadamente para que no sufran cambios generados por microorganismos durante el almacenaje. También pueden ser guardados en alcohol al 70%.

Los dípteros deben conservarse en ambientes húmedos, para evitar su secamiento y alejar el riesgo de que pierdan algunos de los apéndices del cuerpo.

El material debe ser empacado en cajas de cartón fuerte o madera, empleando espuma plástica o papel periódico picado para amortiguar los golpes, y remitirlo al Laboratorio de Sanidad Vegetal lo más pronto posible.

Se recomienda en todos los casos que se tenga la precaución de tomar nota de las características y coloraciones originales de la muestra, debido a que se pueden perder en el proceso de envío al Laboratorio.

Junto con la muestra se debe acompañar la hoja de datos al Laboratorio de Sanidad Vegetal.

Page 20: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 20

CAPITULO IV 4.1. GLOSARIO (*)

Análisis del Riesgo Proceso de evaluación de los testimonios Plagas

biológicos científicos y económicos para determinar si una plaga deberá ser reglamentada y la intensidad de cualesquiera medidas fitosanitarias que han de adoptarse para combatirla.

Aprobación (de un envío) Verificación del cumplimiento con las

reglamentaciones fitosanitarias. Área bajo cuarentena Un área donde existe una plaga cuarentenaria y

que está bajo un control oficial. Área controlada Área reglamentada que la ONPF ha determinado

como el área mínima necesaria para prevenir a diseminación de una plaga desde un área cuarentenaria.

Área de ARP Un área en relación con la cual se realiza un

análisis de riesgo de plagas Autoridad Organización Nacional de Protección Fitosanitaria,

u otra entidad o persona oficialmente designada por un gobierno para encargarse de asuntos emanados de las responsabilidades fijadas en el Código

Campo Parcela con límites definidos dentro de un lugar de

producción en el cual se cultiva un producto básico Control (de una plaga) Supresión, contención o erradicación de una

población de plagas

Cuarentena Confinamiento oficial de artículos reglamentados para observación e investigación, o para inspección prueba y/o tratamiento adicional

Cuarentena Confinamiento oficial de los agentes de (de un Agente de control biológico sometidos a reglamentaciones Control Biológico) fitosanitarias con fines de observación e

investigación o para ulteriores inspecciones y/o pruebas.

Cuarentena intermedia Cuarentena en un país que no es al país de origen

o destino

Page 21: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 21

Cuarentena posentrada Cuarentena aplicada a un envío, después de su

entrada. Cuarentena vegetal Toda actividad destinada a prevenir la introducción

y/o diseminación de plagas cuarentenarias o para asegurar su control oficial.

Declaración adicional Declaración requerida por un país importador que

se ha de incorporar al certificado fitosanitario y que contiene información adicional específica referente a las condiciones fitosanitarias de un envío

Detención Mantenimiento de un envío en custodia o

confinamiento oficial por razones fitosanitarias Erradicación Aplicación de medidas fitosanitarias para eliminar

una plaga de un área Estación cuarentenaria Estación oficial para mantener plantas o productos

vegetales en cuarentena Evaluación de riesgo de Determinación de si una plaga es una plaga Plagas de cuarentena y la evaluación de su potencial

de introducción Inspección Examen visual oficial de plantas, productos

vegetales u otros artículos reglamentados para determinar si hay plagas y/o determinar el cumplimiento con las reglamentaciones fitosanitarias

Inspector Persona autorizada por una organización nacional

de protección fitosanitaria para desempeñar sus funciones

Período vegetativo Período del año en que las plantas tienen un

crecimiento activo dentro de un área. Plaga cuarentenaria Plaga de importancia económica potencial para el

área en peligro aún cuando la plaga no existe o, si existe, no está extendida se encuentra bajo control oficial

Plaga no cuarentenaria Plaga que no es considerada como plaga

cuarentenaria para un área determinada Plaga no cuarentenaria Plaga no cuarentenaria cuya presencia en las

Page 22: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 22

reglamentada plantas para plantación influye en el uso propuesto

para esas plantas con repercusiones económicamente inaceptables y que, por lo tanto, está reglamentada en el territorio de la parte contratante importadora.

Plaga reglamentada Plaga cuarentenaria o plaga no cuarentenaria

reglamentada Rango de hospederos Especies de plantas capaces de sostener una

plaga específica bajo condiciones naturales Verificación Proceso oficial continuo para comprobar

situaciones fitosanitarias _______________________________________________________________ (*) Definiciones tomadas del Glosario de Términos Fitosanitarios de la FAO (1999).

Page 23: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 23

4.2. FORMATOS

N° ORDEN

FORMATO NUMERACION

1 Solicitud de Aprobación de Predio para Cuarentena Posentrada

DGSV/DDF-01-CPE

2 Informe de Evaluación de predio para Cuarentena Posentrada

DGSV/DDF-02-CPE

3 Solicitud de inscripción de profesional responsable del predio de cuarentena posentrada

DGSV/DDF-03-CPE

4 Constancia de inscripción del profesional responsable de predio de cuarentena posentrada

DGSV/DDF-04-CPE

5 Constancia de inscripción de predio de cuarentena posentrada

DGSV/DDF-05-CPE

6 Hoja de visita de cuarentena posentrada

DGSV/DDF-06-CPE

7 Acta de arribo al predio del material sujeto a CPE

DGSV/DDF-07-CPE

8 Acta de retención de material sujeto a cuarentena posentrada

DGSV/DDF-08-CPE

9 Acta de levantamiento de retención de material sujeto a cuarentena posentrada

DGSV/DDF-09-CPE

10 Acta de destrucción de material sujeto a cuarentena posentrada

DGSV/DDF-10-CPE

11 Hoja de envío de muestras DGSV/DDF-11-CPE 12 Informe final de evaluación de la cuarentena

posentrada DGSV/DDF-12-CPE

13 Acta de Levantamiento de la cuarentena Posentrada

DGSV/DDF-13-CPE

14 Acta de entrega de material bajo cuarentena posentrada

DGSV/DDF-08-PCC

Page 24: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 24

(Formato: DGSV/DDF-01-CPE) SOLICITA: Aprobación de Predio para

Cuarentena Posentrada.

Señor Director de Defensa Fitosanitaria o Director del SENASA____________________________ S.D. Yo ______________________________________________ con D.I. N°____________________, en representación de la empresa, ________________________________, con R.U.C. N° ___________ con domicilio legal en ___________________________________________, Teléfono/fax________________ ante usted me presento y expongo: Que de conformidad a los procedimientos de Cuarentena Posentrada del SENASA bajo los cuales me someto, solicito a usted, la verificación del área descrita a continuación para su aprobación como predio para la instalación de material sujeto a Cuarentena Posentrada, para lo cual proporciono los siguientes datos: DATOS GENERALES

Producto a importar:

Uso:

Procedencia:

Origen:

Cantidad:

Peso neto:

DATOS DEL PREDIO A EVALUAR

Nombre del predio

Área de instalación (m²):

Dpto. Prov. Dist.

Referencias de ubicación (se adjunta mapa o croquis):

Fecha probable de instalación:

Por lo expuesto; agradeceré a usted Señor director, acceder a mi solicitud. Lugar y fecha, ___________________________________________ El usuario exonera al SENASA y sus funcionarios de todo tipo de responsabilidad derivada de la aplicación de los procedimientos de Cuarentena Posentrada.

___________________________________ Firma del importador y/o representante legal Nombre: _________________________ D.I._____________________________

N° DE CPE ________ DE USO OFICIAL

Page 25: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

_______________________________________________________________________________________

DGSV/DDF-CPE 25

(Formato: DGSV/DDF–02–CPE)

Ministerio de Agricultura

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA S E N A S A

TEMA

: INFORME DE EVALUACION DE PREDIO PARA

CUARENTENA POSENTRADA DIRECCION : INSPECTOR : N° :

DATOS GENERALES

N° de Expediente (Dirección Desconcentrada)

Fecha de Inspección

Producto

Procedencia y Punto de Ingreso

Peso neto (Kg)

Uso

Importador Nombre y Área del Predio

UBICACION DE PREDIO Y CONDICIONES DE AISLAMIENTO El Inspector que suscribe después de realizar la verificación del predio ha observado lo siguiente:

1 Los datos consignados por el usuario en su solicitud en lo referente a los datos del predio son verdaderos

2 Cuenta con profesional responsable inscrito en el SENASA

3 El predio posee un ambiente debidamente aislado para la realización del desempaque del material

4 El predio cumple con el aislamiento del área de cuarentena (cercos, mallas, tinglados, barreras naturales, etc.)

5 El área destinada a servir como lugar de destrucción así como su mantenimiento son los adecuados (predios a campo abierto)

6 El predio cuenta con un debido sistema de destrucción del material no deseado (predios cerrados)

7 El predio cuenta con un adecuado sistema de desinfección del sustrato utilizado para el material sujeto a cuarentena (predios cerrados)

8 Se cuenta en la entrada (del predio) con una habitación en la cual toda persona que requiera ingresar pueda efectuar el cambio de ropa por la de trabajo.

9 El predio cuenta con los equipos mínimos para el uso exclusivo de los inspectores del SENASA

10 El personal que estará a cargo de las labores cotidianas dentro del predio cuenta con un adecuado equipo de trabajo (vestimenta y equipos desinfectados)

Además durante la inspección se ha podido observar lo siguiente:__________________________ ______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________

por lo que de acuerdo a los procedimientos de la Cuarentena Posentrada del SENASA a los cuales se ha sometido el importador, se procede con: APROBAR EL PREDIO

DESAPROBAR EL PREDIO

________________________________

Inspector SENASA Nombre: _______________________ D.I. ___________________________

SI NO

SI NO

SI NO

SI NO

SI NO

SI NO

SI NO

SI NO

SI NO

SI NO

Page 26: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 26

(Formato: DGSV/DDF-03-CPE)

SOLICITA: Inscripción de Profesional Responsable del Predio de Cuarentena Posentrada –CPE

Señor Director de Defensa Fitosanitaria o Director del SENASA: _______________________________________________________________________________

(Indicar el nombre de la Oficina donde se realiza el trámite) S.D. Yo _____________________________________ con D.I. N° ________________, en representación de la empresa ____________________________________________, con R.U.C. N° _________________, con domicilio legal en ______________________ _____________________________________ , teléfono / fax _________________, ante usted me presento y expongo: Que de conformidad a los procedimientos de Cuarentena Posentrada del SENASA bajo los cuales me someto, solicito la Inscripción del Profesional Responsable de Predio para Cuarentena Posentrada, el mismo que podrá ser de profesión INGENIERO: AGRÓNOMO, AGRÍCOLA, FORESTAL O BIOLOGO; para lo cual proporciono la información correspondientes al mismo:

Nombre y apellidos

Tipo y número de documento de identidad

RUC

Número de Colegiatura

Teléfono / fax / e-mail

Dirección

Para el efecto, acompaño a la presente, los siguientes documentos:

Copia del Título Profesional Copia de la Colegiatura Certificado o Contrato de trabajo de la empresa Comprobante de pago por derecho de inscripción

Sin otro particular y agradeciendo la atención dispensada a la presente, quedamos de ustedes:

___________________________ __________________________ Representante Legal de la Empresa Profesional Responsable Lugar y fecha: __________________________

Nota: La inscripción del profesional responsable tendrá una vigencia de 3 años. La misma será anulada si el profesional deja de trabajar para el solicitante.

Page 27: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 27

(Formato DGSV/DDF-04-CPE)

Ministerio de Agricultura

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA S E N A S A

CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN DE PROFESIONAL RESPONSABLE DEL PREDIO DE CUARENTENA POSENTRADA

N° ____- (AÑO)-AG-SENASA-DGSV-DDF-CPE

Se hace constancia por la presente, que (indicar profesión y nombre completo) con DNI N° ______________ Colegiatura N° ____________, en representación de la Empresa ___________________________, se encuentra inscrito con el N° ____-(AÑO)-AG-SENASA-DGSV-DDF-CPE, en el Folio _____ del Libro de Inscripción de Profesional Responsable de Predio de Cuarentena Posentrada; conforme a lo dispuesto por Ley N° 27322 del 23 de julio de 2000 “Ley Marco de Sanidad Agraria”. La inscripción del profesional responsable del predio de cuarentena posentrada tendrá una vigencia de 3 años, a partir de la fecha. La misma será anulada si el profesional deja de trabajar para el solicitante. Se expide la presente Constancia para los fines pertinentes.

Lima,

______________________________ Director de Defensa Fitosanitaria

Page 28: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

_______________________________________________________________________________________

DGSV/DDF-CPE 28

(Formato DGSV/DDF-05-CPE)

Ministerio de Agricultura

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA S E N A S A

CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN DEL PREDIO DE CUARENTENA POSENTRADA

N° ____- (AÑO)-AG-SENASA-(Dirección Desconcentrada)-CPE

Luego de haber revisado el Informe de Evaluación de Predio (indicar si es abierto o cerrado) para Cuarentena Posentrada N°____________la Dirección del SENASA _____________________ hace constancia por la presente, que el Predio ____________________________ _________________, ubicado en ______________________________________ _______________________________, de la Empresa _____________________ se encuentra inscrito con el N° ____- (AÑO)-AG-SENASA-(Dirección Desconcentrada)-CPE, en el Folio _________ del Libro de INSCRIPCIÓN DE PREDIOS DE CUARENTENA POSENTRADA - CPE; conforme a lo dispuesto por Ley N° 27322 del 23 de julio de 2000 “Ley Marco de Sanidad Agraria”. La presente inscripción del Predio de Posentrada tendrá una vigencia de _______ año(s), a partir de la fecha. La misma que será anulada si no se mantienen la condiciones aprobadas del predio así como el incumplimiento de las recomendaciones efectuadas por el SENASA en el informe de evaluación. Se expide la presente Constancia para los fines pertinentes.

Lima,

______________________________ Director de SENASA ____________

Page 29: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 29

(Formato: DGSV/DDF–06–CPE)

Ministerio de Agricultura

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA S E N A S A

TEMA : HOJA DE VISITA DE CUARENTENA POSENTRADA DIRECCION : INSPECTOR :

DATOS GENERALES

N° de CPE

Fecha de Inspección

N° de visita

Producto Predio

OBSERVACIONES

Material instalado: Sí ( ) No ( ) Fecha de instalación _____________________, completada la visita de inspección del material sujeto a cuarentena posentrada, el Inspector del SENASA ha podido observar lo siguiente: _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________

RECOMENDACIONES

El Inspector del SENASA, tomando como base lo observado durante la visita al predio donde se encuentra instalado el material sujeto a Cuarentena Posentrada, recomienda lo siguiente de acuerdo a los procedimientos establecidos: _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________

___________________________________ ________________________________

Profesional responsable del predio Inspector –SENASA Nombre _________________________ Nombre_________________________ D.I ________________________________ D.I.________________________________

Page 30: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 30

(Formato: DGSV/DDF-07-CPE)

Ministerio de Agricultura

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA S E N A S A

ACTA DE ARRIBO AL PREDIO DEL MATERIAL SUJETO A CPE

Fecha: _______________

El Inspector de Cuarentena Vegetal _________________________________________________, de la Dirección del SENASA _______________________ y el profesional responsable _______________________________________________________, de la empresa ___________ ______________________________________________________ suscriben la siguiente Acta de Arribo al Predio del envío con copia de Licencia de Internamiento N°________________________, con N° de CPE __________________ y que se encuentra sujeto a los procedimientos de Cuarentena Posentrada establecidos por el SENASA. Después de realizarse la verificación física del envío, se comprobó que el cargamento se encuentra constituido por _____________________ _________________________, con un total de _________________ bultos / paquetes / otros, y con un peso neto de _______________________, material que será instalado bajo supervisión del SENASA el día _____________________, por lo que se dispone lo siguiente:

Continuar con el procedimiento de Cuarentena Posentrada y proceder a la instalación

inmediata del material Retener el material sujeto a Cuarentena Posentrada hasta la fecha de instalación indicada anteriormente, debiendo el importador o Representante Legal prestar todas las facilidades a los funcionarios del SENASA para llevar a cabo su labor en forma adecuada. Dar por finalizado el procedimiento de Cuarentena Posentrada, debido a las siguientes razones: _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ ________________________________________________, debiendo el Importador someterse a las medidas que el SENASA adopte en resguardo de la sanidad del país. El usuario exonera al SENASA y sus funcionarios de todo tipo de responsabilidad derivada de la aplicación de los procedimientos de Cuarentena Posentrada.

___________________________________ ________________________________

Profesional responsable del predio Inspector –SENASA Nombre _________________________ Nombre_________________________ D.I ________________________________ D.I.________________________________

Page 31: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 31

(Formato DGSV/DDF-08-CPE)

Ministerio de Agricultura

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA S E N A S A

ACTA DE RETENCION DE MATERIAL SUJETO A CUARENTENA POSENTRADA

Siendo las __________ horas del día _______ de ____________________ de __________, en el predio _________________________________________________________________________ El Inspector de Cuarentena Vegetal _____________________________________, de la Dirección del SENASA _______________________________________ procedió a la retención de _______ cajas/bultos/sacos/baldes/otros, del material _______________________________________ procedente de _______________________________________________, con Licencia Sanitaria de Internación Nº ________________ consignado al/la Empresa/Sr//Sra ____________________ _____________________________._________________________________________________ Motivo de la retención_____________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________________________________________________________________________ Se otorga el plazo de _________________________, para dar solución a los motivos de la retención. De no cumplir este plazo, se procederá a aplicar las medidas correspondientes En fe de lo actuado y de conformidad a las Normas Legales Sanitarias Vigentes, suscriben la presente acta:

___________________________________ ________________________________

Profesional responsable del predio Inspector –SENASA Nombre _________________________ Nombre_________________________ D.I ________________________________ D.I.________________________________

Nota: el inspector de cuarentena y el SENASA, no se responsabilizan por el deterioro de los productos retenidos.

Page 32: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 32

(Formato DGSV/DDF-09-CPE)

Ministerio de Agricultura

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA S E N A S A

ACTA DE LEVANTAMIENTO DE RETENCION DEL MATERIAL SUJETO A CUARENTENA POSENTRADA

Siendo las __________ horas del día _______ de ____________________ de __________, en el predio ______________________________________________ de la empresa __________________________________________, El Inspector de Cuarentena Vegetal _____________________________________, de la Dirección del SENASA __________________________________, procedió al levantamiento de la retención de _____ cajas/bultos/sacos/baldes/otros, con un peso de _________________, de (indicar material) retenido con Acta Nº ___________________. Motivo del levantamiento de la retención :_____________________________________________ ______________________________________________________________________________ En fe de lo actuado y de conformidad a las Normas Legales Sanitarias Vigentes, suscriben la presente acta:

___________________________________ ________________________________

Profesional responsable del predio Inspector –SENASA Nombre _________________________ Nombre_________________________ D.I ________________________________ D.I.________________________________

Page 33: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 33

(Formato DGSV/DDF-10-CPE)

Ministerio de Agricultura SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA

S E N A S A

ACTA DE DESTRUCCION DE MATERIAL SUJETO A CUARENTENA POSENTRADA

Siendo las ________ horas del día _____ de _________________ de ___________, se constituyeron en el predio _____________________________________,Por SENASA ________________________________________, Por el Profesional responsable del Predio ________________________________________________, Por Otros _____________________ _____________________________________________, para proceder a la destrucción de _____ cajas/bultos/sacos/baldes/otros, con un peso de _________________, de (indicar material) retenido con Acta Nº ___________________.material que arribó con Licencia Sanitaria de Internación N°___________________. Motivo de la destrucción: _______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ En fé de lo actuado y de conformidad a las Normas Legales Sanitarias Vigentes, suscriben la presente acta: ___________________________________ ________________________________

Profesional responsable del predio Inspector –SENASA Nombre _________________________ Nombre_________________________ D.I ________________________________ D.I.________________________________

_______________________________ Otros Nombre:_______________________ D.I.: __________________________

Page 34: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 34

(Formato: DGSV/DDF–11–CPE)

Ministerio de Agricultura

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA S E N A S A

HOJA DE ENVIO DE MUESTRAS

Fecha de muestreo: _______________

Cultivo / hospedante (incluyendo nombre científico)

N° DE CPE

Procedencia:

Nombre del agricultor / importador

Ubicación del predio

Fecha de siembra: Area sembrada: Estado fenológico:

PARTE AFECTADA SÍNTOMAS DISTRIBUCIÓN

Raíz Tumores Amarillamiento Disperso

Tallo Agallas Internerval Generalizado

Ramas Pudrición seca Mosaico Localizado

Hojas Pudrición húmeda Arrosetamiento Bordes

Flores Cancros Encrespamiento Apical

Frutos Marchitez Manchas foliares

Semilla Muerte regresiva Quemadura

Tubérculo Perforaciones Secreción cerosa

Bulbo Gomosis Minas

Grado de daño:

Bajo Medio Alto

Tipo de suelo____________ Tipo de riego______________ Fertilización (Tipos de fertilizantes y dosis):____________________________________________ _______________________________________________________________________________ Plaguicidas (Ingredientes activos y dosis):_____________________________________________

Análisis solicitado:

Hongos Virus Nemátodos Otros

Bacterias Entomológico Malezas Indicar: ____________

Observaciones: _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ _______________________________________________________________________________ ___________________________________ ________________________________

Profesional responsable del predio Inspector –SENASA Nombre _________________________ Nombre_________________________ D.I ________________________________ D.I.________________________________

Page 35: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 35

(Formato DGSV/DDF-12-CPE)

Ministerio de Agricultura

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA S E N A S A

TEMA

: INFORME FINAL DE EVALUACIÓN DE LA CUARENTENA POSENTRADA

DIRECCIÓN :

DATOS GENERALES

N° de CPE

Fecha

Producto

Procedencia

Luego de haber efectuado el Seguimiento de la Cuarentena Posentrada al material___________________________________________________________, en base a lo recomendado mediante las hojas de visita de Cuarentena Posentrada y visto el resultado de los análisis del Laboratorio de Sanidad Vegetal y de acuerdo a los procedimientos establecidos, el Inspector del SENASA informa lo siguiente: ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Por tanto, se da por concluida la Cuarentena Posentrada, y en cumplimiento de los procedimientos establecidos de acuerdo a los dispositivos legales vigentes, se dispone:

El levantamiento de Cuarentena Posentrada

La destrucción del material de Cuarentena Posentrada

Otras____________________________________________

___________________________________ ________________________________

Profesional responsable del predio Inspector –SENASA Nombre _________________________ Nombre_________________________ D.I ________________________________ D.I.________________________________

Page 36: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 36

(Formato DGSV/DDF-13-CPE)

Ministerio de Agricultura

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA S E N A S A

ACTA DE LEVANTAMIENTO DE LA CUARENTENA POSENTRADA

DATOS GENERALES

N° de CPE

Fecha

Producto

Procedencia

Visto el Informe Final de evaluación del material sujeto a Cuarentena Posentrada N°_______________, el Inspector encargado de la Cuarentena Posentrada ha determinado el levantamiento de la Cuarentena Posentrada, efectuada en el predio ________________________ ______________________ de la empresa ____________________________________________. En cumplimiento de los procedimientos establecidos y de acuerdo a los dispositivos legales vigentes en materia de sanidad vegetal,

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Profesional responsable del predio Inspector –SENASA Nombre _________________________ Nombre_________________________ D.I ________________________________ D.I.________________________________

Page 37: Cuarentena Posentrada SENASA Perú

Cuarentena Posentrada Manual de Procedimientos

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DGSV/DDF-CPE 37

(Formato: DGSV/DDF-08-PCC)

Ministerio de Agricultura

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA S E N A S A

ACTA N° _______________ EXP. N° ________________

ACTA DE ENTREGA DE MATERIAL BAJO CUARENTENA POSENTRADA

Siendo las ________ horas del día _____ de _________________ de _________, se constituyeron en ______________________________ los representantes de las siguientes instituciones: Por el PCC ____________________________________, Por el importador o representante legal ___________________________________ con la finalidad de proceder a la entrega de _______________________________________________ con un peso de _________________, procedente de ________________________, que arribó en la compañía de transporte _______________________________, con documento de transporte/pasaporte Nº __________________________ consignado a la firma importadora ________________________________________________, para su internamiento al país con Licencia Sanitaria de Internación Nº ___________, bajo la modalidad de “Cuarentena posentrada y Vigilancia permanente” en armonía con las normas sanitarias vigentes, el cual será destinado a la zona de _____________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________ En fé de lo actuado, suscriben la presente acta: ___________________________________ ________________________________

Agente de Aduana/Importador Inspector –SENASA Nombre _________________________ Nombre_________________________

D.I _______________________ D.I.__________________________