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CUADERNOS DEL INSTITUTO RAVIGNANI EL MITO DE LOS ORIGENES EN LA HISTORIOGRAFIA LATINOAMERICANA José Carlos Chiaramonte Instituto de Historia Argentina y Americana Dr. Emilio Ravignani Facultad de Filosofía y Letras - Universidad de Buenos Aires

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CUADERNOS DEL INSTITUTO RAVIGNANI

EL MITO DE LOS ORIGENES EN LA HISTORIOGRAFIA LATINOAMERICANAJosé Carlos Chiaramonte

Instituto de Historia Argentina y Americana Dr. Emilio Ravignani Facultad de Filosofía y Letras - Universidad de Buenos Aires

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FACULTAD D E FILO S O FIA Y LE TR A S UNIVERSIDAD D E B U E N O S AIRES

DecanoProf. Luis A. Yanes

Vicedecana Lie. Edith Litwin

Secretario Académico Lie. Ricardo P. Graziano

Secretario de Investigación y Posgrado Dr. Félix Schuster

Secretaria de Extensión Universitaria y Bienestar Estudiantil

Arq. María Inés Vignoles

IN S TITU TO D E H IS TO R IA A R G E N TIN A Y AM ER ICANA DR. E M IU O RAVIGNANI

DirectorProf. José Carlos Chiaramonte

Serie C U A D E R N O S D EL IN S TIT U TO RAVIGNANI

Consejo Editorial Prof. José Carlos Chiaramonte

Dra. Noemí Goldman Prof. Oscar Terán

Número 2, Buenos Aires, octubre de 1991 Producción Editorial

Roberto Schmit Mariano Mestman

I.S.S.N. 0524-9767

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A D V ER TEN C IA

En el primer número de esta serie de Cuadernos del Instituto Ravignani incluimos una advertencia sobre sus objetivos, cuyo texto estimamos conveniente reproducir: "Se inicia una serie destinada a publicar distintos trabajos que contengan información útil para los investigadores y cuyo grado de elaboración, aunque no estuviese en estado final, permita darlos a conocer; como, por ejemplo, avances de investigación de los integrantes del Instituto y otros materiales de interés similar. Asimism o, serán incluidos en ia serie otros trabajos, como algunas tesis de licenciaturas de egresados de la Facultad, cuya circu­lación se considere también provechosa. La dirección de la serie estará a cargo de ia Dirección dei Instituto y su Consejo Asesor, quienes seleccionarán los trabajos a pubiicar en base a su calidad y al aporte que signifiquen para el conocimiento de ia historia argentina y americana”.

En este Cuaderno se incluyen dos trabajos dei autor que contienen resultados parciales de su proyecto sobre la formación de los Estados autónomos provinciales en la primera mitad del siglo XIX. El primero es el texto de una ponencia al Seminario Internacional "Las Ciencias Sociales en la Historiografía en Lengua Española", organizado por el ICFES (Instituto Colombiano para el Fomento de la Enseñanza Superior) y reali­zado en Cartagena de Indias, del 2 al 6 de julio de 1990. El segundo reproduce también, con algunas modificaciones, el texto de otra ponen­cia, que fue expuesta en ia Primera Conferencia Argentino-Alemana sobre Libros de Texto para la Enseñanza de la Historia, organizada por el Instituto Georg-Eckert, de Braunschveíg, R.F.A. y F L A C S O (Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales), y reunida en Buenos Aires del 15 al 18 de abril de 1991.

Instituto de Historia Argentina y Americana "Dr. Emilio Ravignani"

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EL PROBLEMA DEL ORIGEN DE LAS NACIONALIDADES HISPANOAMERICANAS YSDS PRESUPUESTOS HISTORIOGRAFXCOS

Una discusión de enfoques 5Lo español amerieam© y las tres formas de identidadpolítica rioplatense hacia el tiempo de la Independencia. 6El supuesto modelo europeo de formación de naciones, y el 6tema de la identidad.La confusión de espíritu americano y sentimiento nacional. 7Identidad y nación 9Estado y nacionalidad 10Estado nacional, estados provinciales 11Consideraciones finales. 12

EL MITO DE LOS ORIGENES EN LA H IS TO R IO G R A FÍA ARGENTINA

I. Etnicidad, estatidad, y los orígenes de la nación en 19el Río de la Plata.II. Federación o Confederación? 24III. El caso rioplatense: confederación de “provincias"? 28IV. Constitucionalistas e historiadores: un diálogo enbusca de fundar la nacionalidad 3 1

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ES problema del origen de tas nacionalidades hispanoamericanas y sus presupuestos hisforiogréfico*

Los vaivenes de los problemas que ocupan el interés de los historiadores, esto es, la emergencia, perduración, desaparición y reaparición de los temas predominantes en la actividad profesional, configuran una historia de esa actividad que ha sido poco abordada aún. Entre los condicionamientos de estos cambios, como sabemos, suelen contar más de lo perceptible a simple vista las viscisitudes de la vida política contemporáneo.1

Estos cambios de orientación no son desconocidos en la historiografía latinoamericanista. Pero así como en la labor de estos historiadores también ciertos temas se suceden por temporadas, hay en cambio uno que persiste a lo largo del tiempo. Se trata de aquél que, bajo las variantes de la formación de la nación -o de la nacionalidad, la identidad nacional o el Estado nacional-, atañe a la indagación de las raíces de las actuales naciones iberoamericanas. No nos es posible intentar aquí una explicación sobre la persistente recurrencia de esta inquietud por los orígenes, aunque no deja de destacarse, como uno de sus principales factores, la también persistente preocupación por las debilidades y fallas de la vida nacional contemporánea de estos países

Por la misma razón, es fácilmente comprensible que un tema como éste de los orígenes de las nacionalidades padezca las deformaciones que el peso de una fuerte proyección emocional ejerce sobre ella. Pero no lo es tanto que ello ocurra no sólo en el cotidiano tratamiento de la vida ciudadana, sino también en la labor misma de quienes, por necesaria imposición de nuestro también presunto carácter de científicos sociales, deberíamos abordarlo con prescindencia de todo preconcepto. Mi propósito en este trabajo no es pasar revista a toda la bibliografía referida al tema, sino intentar una revisión historiográfica de algunas de las principales dificultades de ese tipo que ejercen todavía su influjo sobre nuestro trabajo y sugerir alternativas para un mejor enfoque de¡ tema.

Una discusión de enfogues

Según un punto de vista generalizado en la historiografía latinoamericana, los proyectos de nuevos estados nacionales que se difundieron con la Independencia implicaban la existencia previa de una comunidad con personalidad nacional o en avanzado proceso de formación de la misma. Como habremos de comprobar, se trata de un punto de vista que en el caso rioplatense resulta falso y que impide percibir el desconcierto que al respecto se manifestaba hacia 1810. Si bien el mencionado criterio tiene excepciones, no sólo no ha desaparecido sino que tendió a convertirse en predominante. Resultado atribuible fundamentalmente al efecto de algunos de los presupuestos con que suele abordarse la historia de la génesis de la nación en América Latina. Presupuestos que son fruto de la voluntad nacionalizadora de los historiadores del siglo pasado, quienes marcaron profundamente una huella por la que siguió hasta ahora la mayor parte de la historiografía latinoamericanista. El afán por afirmar los débiles estados surgidos del derrumbe ibérico, fomentando la conciencia de una nacionalidad distinta, propósito explícito en esa historiografía,2 facilitó la generalizada suposición de que la Independencia fué resultado de la necesidad de autonomía de nacionalidades ya formadas. Por otra parte, en otro orden de cosas, el criterio de suponer que la Independencia habría derivado de la emergencia política de una burguesía capitalista, contribuyó en el mismo sentido, en la medida en que la formación de la nación moderna suele ser atribuida al ascenso de esa clase. Como observáramos en un trabajo anterior:

Este trabajo reproduce el texto, parcialmente corregido, de una ponencia presentada al Seminario Internacional "Las Ciencias Sociales en la Historiografía de la Lengua Española", ICFES, Cartagena de Indias,2 al 6 de julio de 1990.

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"Un factor que predispone indudablemente al equívoco es interpretar los movimientos de independencia como derivados de la maduración de una supuesta burguesía capitalista que habría necesitado romper la dominación colonial para dar rienda suelta a su desarrollo. En esa perspectiva, la nación y el senti­miento nacional están ya puestos desde un comienzo, y sólo se trata de rastrear su génesis y manifes­taciones tan atrás en el tiempo como sea posible. Es esta forma de enfocar el movimiento de indepen­dencia la que ha facilitado la confusión de interpretar cada expresión antihispana ocurrida en una región del imperio colonial, como un rasgo nacional, de una de las naciones que habría de constituirse allí.'.3

Lo españof americano v las tres formas de identidad política rioplatense hacia el tiempo de la Independencia.

Supuestos como los que señalamos, unidos a la exclusiva preocupación por rastrear la génesis del sentimiento nacional, tendieron a impedimos un adecuado registro de la indefinición en que se encontraba el sentimiento colectivo en los días siguientes a la Independencia, facilitando uno de los más persistentes equívocos en la consi­deración del problema Nos referimos al derivado del anacronismo de enfocar las manifestaciones de diferencia u oposición de los americanos con respecto a los europeos de manera que resulten convertidos en rasgos nacionalistas; esto es, el anacronismo de proyectar sobre comienzos del siglo lo que será su resultado, la emergencia de la nueva nación.

Por otra parte, ellos impiden una adecuada comprensión del sentido de esas formas que asumía la identidad colectiva y de la ambigua coexistencia, por momentos, de formas diversas y aún antagónicas.

'Estas tres tendencias hacia la conformación de una identidad política -señalábamos en el citado trabajo- no han sido ignoradas en la historiografía del período. La hispanoamericana, prolongación del sentimiento de español americano elaborado durante el período colonial, la provincial, asentada en el sentimiento lugareño, y la rioplatense -luego argentina-, de más compleja delimitación, han sido motivo de interés, por diversas razones, para la historiografía del siglo XIX. Sin embargo, poco se ha atendido a que el hecho mismo de su coexistencia, a la vez que reflejaba la ambigüedad en que se encontraba el sentimiento colectivo inmediatamente después de producida la Independencia, traducía también, en el curso de las variaciones de su importancia relativa, la dirección que seguía el proceso de elaboración de una identidad política dentro del crítico proceso de formación de los nuevos países independientes.'4

De manera que si es cierto que también existieron, con mayor füerza y frecuencia en unos lugares que en otros, expresiones de identidad más limitada que la hispanoamericana, no está claro que esto haya referido, como se acostumbra interpretar, a las futuras naciones de ese origen. Pues, como observamos en el texto citado, referido al Río de la Plata, las formas de identidad existentes en tiempos de la independencia eran varías y sin claro predominio de alguna, aunque la americana fuera al comienzo la más frecuentemente invocada Así como, luego del rápido declive de la identidad americana, serán por mucho tiempo las más fuertes las identidades provincia­les.5

El supuesto modelo europeo de formación de naciones, v la cuestión de la Identidad.

Lo que sucede es que la cuestión que consideramos, la del origen de la nacionalidad, padece también el inadvertido encierro en el supuesto modelo europeo de formación de las naciones modernas. Esto es, en el supuesto de que las naciones modernas han sido fruto natural de una larga formación de la identidad nacional*. Aún en recientes enfoques interdisciplinarios respecto del fenómeno de la identidad, puede entreverse un criterio que tiende irresistiblemente a considerar como un continuo histórico el proceso que va de las identidades étnicas más elementales a la nación moderna. De manera que ésta no sería así más que un caso particular, el último momento, de una línea evolutiva cuyo punto de partida estaría representada por una unidad social con un mínimo de rasgos capaces de fundar una posible identidad.7

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Este criterio, de alguna manera, fusiona dos problemas distintos que supone ser uno solo, el de las identidades étnicas y el de la génesis de la nación. Por otra parte, tiende a considerar la etnicidad como algo dado, esto es, algo que, metodológicamente, asume la función de lo natural, frente a las construcciones de la Historia.8 La cuestión es para nosotros capital porque aquel criterio constituye el trasfondo de un punto de vista por demás difundido en la historiografía latinoamericanarque comprobaremos en trabajos como los que consideramos más adelante: el punto de vista según el cual las naciones iberoamericanas surgen como producto de la formación, durante el período colonial, de una correspondiente identidad cultural.

Esta tendencia a suponer que entre la formación de identidades colectivas y la emergencia de naciones modernas exista un vínculo de causalidad, ha sido sometida a crítica en la historiografía reciente4, considerándo­se que ambos fenómenos no han estado necesariamente vinculados en la historia de la Europa moderna. Esto es, que los nacionalismos del siglo XIX no son un desarrollo necesario de las identidades, por lo común regionales, elaboradas a veces desde la Edad Media10. De manera que en esta perspectiva distinta, el hecho nacional y la identidad cultural resultan dos fenómenos de distinta naturaleza, no necesariamente vinculados, y sólo confluyentes históricamente durante el siglo XIX.

Desde otro punto de partida, esta circunstancia también ha sido puesta de relieve en un balance historiográfico europeo:

"Es también evidente que el Estado-nación es una unidad impropia para muchos períodos del pasado, quizá para la mayoría, y que al hablar, por ejemplo, de la historia de Francia, en una época en la que de hecho separaban grandes diferencias al Languedoc, Bretaña, Lorena y Gascuña, estamos imponiendo un modelo anacrónico y una interpretación teleológica."11

Si se observa bien el párrafo citado, se percibirá cómo e! autor advierte, por una parte, la no correspondencia de espacio nacional y espacios que reflejan una identidad cultural. Y, por otra, cómo alerta, a nuestro juicio ainadamente, sobre el riesgo de incurrir en el anacronismo de desfigurar la historia de esas regiones impo­

niéndole el molde historiográfico de la futura nación.

La confusión de espíritu americano v sentimiento nacional.

La fuerte influencia que la primer historiografía nacional de los países latinoamericanos ejerció desde mediados del siglo pasado sobre la cuestión del origen de las nacionalidades, moldeó de tal manera el enfoque de la cuestión, que hoy ese enfoque no sólo impera entre los historiadores latinoamericanos sino que se ha extendido a la historiografía latinoamericanista europea y norteamericana. El núcleo de esa influencia es el postulado de la existencia de una nacionalidad en cada uno de los futuros países hispanoamericanos en el momento de la Independencia. Y su expresión más frecuente es la de leer cada alarde de sentimiento criollo -esto es, español americano-, como una manifestación nacionalista. Es decir, no de un nacionalismo americano, sino de un nacionalismo mexicano, colombiano, argentino, u otro, según sean los casos. En suma, convertir las expresiones de identidad criolla en manifestaciones de nacionalismos locales.

Conviene que nos detengamos en este fenómeno de lectura equívoca, seleccionando dos o tres ejemplos nítidos, porque estimamos que se trata de un riesgo en el que hemos incurrido más de lo que solemos advertir, y cuya dimensiones deformantes sobre el análisis histórico son de extrema importancia. Uno de estos ejemplos lo podemos encontrar en la obra de un historiador argentino, publicada en 1952, en la que una expresa mención fe América por Bemardino Rivadavia es leída como equivalente de Argentina o Río de la Plata. Se trata de una carta de Rivadavia a Pueyrredón, de marzo de 1817, cuyos comentarios elogiosos a las previsiones del Abate de Pradt sobre la inevitable independencia de América, son interpretadas por el autor como afirmaciones de la madurez 'nacional para la emancipación', expresión en la que nacional refiere a Buenos Aires o al Rio de la Plata. El abate de Pradt, escribía Rivadavia,...

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"...con el fin de forzar el convencimiento de la independencia de América, no ha omitido hasta los argumentos mismos que nos rebajan.’.12

Este párrafo donde el 'nosotros', es americano, es l?ído como afirmación de la nacionalidad rioplatense, ’de la madurez nacional para la emancipación*, según afirma el autor a renglón seguido de transcribirlo. Y de igual manera, sin advertirlo, en los párrafos siguientes convierte todas las expresiones del sentimiento de identidad americana de los textos que comenta en manifestaciones del sentimiento nacional de cada futuro país hispa­noamericano. Sentimiento que, con respecto a Buenos Aires, considera preexistente desde 1806.

Este tipo de lectura de documentos de los primeros tiempos de la Independencia, o de fines del período colonial, es uno de los hábitos en que hemos incurrido con más frecuencia.13 Así, escritos como la Representación del Cabildo de la ciudad de México de 1771, para tomar el ejemplo de un documento de relevancia, que reclama la exclusividad en la provisión de empleos públicos para los españoles americanos, puede ser leído como expresión de nacionalismo mexicano, cuando en él no se emplea este concepto sino el de americano.14

De tal manera, no puede menos que llamarnos la atención, cuando reflexionamos sobre ello, la paradójica confusión en que seguimos incurriendo con sorprendente inadvertencia de la paradoja: que los hombres de la Independencia 'hablen* como americanos y que nosotros los 'escuchemos* como mexicanos, venezolanos, peruanos, chilenos o argentinos...

Es el caso, asimismo, de una obra como la de Benedict Anderson, que si bien resulta estimulante por su innovador enfoque del nacionalismo, sorprende por su no bien fundado tratamiento del problema en el ámbito de la historia hispanoamericana.15 Anderson describe lo que considera el nacionalismo de las comunidades criollas hispanoamericanas, con el mismo tipo de confusión que acabamos de analizar y que le lleva a pregun­tarse cómo pudieron esas comunidades anteceder a los europeos en elaborar una conciencia nacional.16 Por consiguiente, no halla otra alternativa para explicar el lenguaje americanista de la época que atribuiría a. ^ duplicidad de ese temprano nacionalismo hispanoamericano que expresaría la compartida fatalidad del nacimiét. to extra peninsular.17

De la misma manera, en un análisis rico en hallazgos y sugerencias como el que Brading dedica al tema del nacionalismo mexicano18, las distintas apelaciones realizadas por los autores que estudia, a lo español americano, a lo mexicano, y a lo local o regional, son registradas como distintos grados en la emergencia del sentimiento nacional mexicano, sin atender a su posible calidad de indicadores de una indefinición respecto de la identidad nacional. Criterio que no hace posible discernir si un rasgo computado como nacionalista traduce un real sentimiento o propósito nacional, o sólo una afirmación de la oposición a lo español, o a lo europeo, en cuanto variante localista, en suma, del fuerte sentimiento de americano característico de esos tiempos17. Pues, si bien se mira, en los escritos de la etapa final de la Nueva España y comienzos de la independencia, la apelación a lo mexicano podría ser interpretada como una forma, que recoge la fuerte peculiaridad de cultura de los pueblos de la Nueva España, de afirmar esa oposición a lo español. Una forma alternativa, con fuerte sustrato local, del concepto de americano20; concepto, claro está, que indica al mismo tiempo la existencia en la Nueva España de algo que falta en otras regiones hispanoamericanas; esto es, una mayor intensidad de rasgos culturales diferenciadores que, más tarde, serán apoyos del sentimiento nacional.

Frente a esta visión, resulta más razonable el reparo de Octavio Paz cuando prefiere hablar de singularidad y no de nacionalidad mexicana, a la que no considera aún existente en el siglo XVIII. Según su punto de vista, la peculiaridad del México colonial se expresa en algo que no es una manifestación de nacionalismo sino una 'conciencia de la singularidad mexicana', y cuyo origen es muy temprano, pues aparece inmediatamente de producida la Conquista. Esa conciencia...

’Se expresó primero en altas creaciones artísticas y especulaciones sacro-históricas; después en alegatos políticos como el célebre sermón de Fray Servando Teresa de Mier en la Basílica de Guadalupe en el que afirmó, ahora ya como uno de los fundamentos del derecho a la independencia, la identidad entre Quet-

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zalcóatl y el Apóstol Santo Tomás".

Y añade a continuación:

"Los historiadores han interpretado todo esto como una suerte de prefiguración del nacionalismo mexicano. El mismo Lafaye incurre en esta visión lineal de la historia mexicana. Dentro de esta perspectiva los jesuítas Sigüenza y Góngora y hasta Sor Juana Inés de la Cruz serían los ‘precursores’ de la Independencia mexicana. Convertir a una poetisa barroca en un autor nacionalista no es menos extravagante que haber hecho del último tlatoani azteca, Cuauhtémoc, el origen del México moderno."21

Y luego de observar que el barroco mexicano tiene rasgos propios, perceptibles en la poesía y en la arquitectura, añade:

"Estamos en presencia no de un nacionalismo artístico -invención romántica del siglo XIX- sino de una variante, ricamente original, de los estilos imperantes en España al finalizar el siglo XVII."22

Identidad v nación

Quisiera ahora volver a lo ya comentado sobre el caso mexicano, y observar que suele enfocarse el tema sin problematizar el sustento social de la identidad que se juzga existente. Es decir, sin examinar si la identidad nacional que se cree reconocer en diversas manifestaciones de la actividad intelectual respondía a la real existencia de una nación. De modo que la problemática existencia de esa nación, así excluida del análisis, adquiere también la función de un presupuesto no examinado. Pero, junto a esta observación, debo añadir también que no siempre ocurre lo mismo. No es el caso, por ejemplo, de una obra que afirma la existencia de una nación mexicana, aunque limitada a los criollos, ya desde el siglo XVII. Se trata de un volumen colectivo dedicado al estudio de los sentimientos de identidad en el período colonial, en el que destaca el interés por acla­rar la formación de las identidades colectivas a partir de los patrones de vida social desarrollados luego de la conquista.23 Más allá de las diferentes historias que cada autor de los trabajos del volumen pueda narrar, se analizan en él un conjunto de características recurrentes que hacen posible establecer algunos de los factores que favorecen u obstaculizan el logro de un sentimiento de identidad en la sociedad colonial; identidad concebida como producto de circunstancias americanas que superan las iniciales diferencias de origen europeo de los conquistadores. La modalidad de enfoque de la cuestión, perceptible ya como supuesto en el citado texto intro­ductorio, por obra de la cual la identidad a estudiar es algo a manera de la identidad étnica, pero indagada a través de patrones de psicología social, privilegia el análisis de factores de vida social y económica como pro­ductores inmediatos de una conciencia de identidad.24

Los autores, en sus palabras finales, advierten al lector que los trabajos del volumen no tratan de los orígenes de la independencia, y que no implican que la autoimagen o la adquisición de una identidad cultural fuese necesariamente parte del proceso en que las colonias se transformaron en naciones. De manera que consideran que una distintiva identidad no es de modo alguno una causa para la insurgencia; aunque muchos movimientos nacionalistas modernos hayan asumido que una comunidad sólo puede adquirir una verdadera identidad a través del control de sus propios asuntos.25 Pero, por otra parte, pese a las sugestivas distinciones efectuadas en ese capítulo final, no deja de percibirse que la búsqueda de los elementos de distinción, de "diferencia* de los americanos con respecto a los europeos -sea en la Introducción de Elliott o en el trabajo de Pagden26- no está totalmente exenta del sesgo impuesto por el problema de la identidad nacional según se conforma luego de la independencia; como se advierte en la fuerte dimensión asignada, ya desde el siglo XVII, a una conciencia mexicana independiente, al punto de concluir que desde tan temprano momento los mexicanos habían adquirido una propia identidad política y cultural, así como de hecho una independencia económica y militar.27

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Estado v nacionalidad

En el otro polo del criterio de rastrear las actuales nacionalidades hispanoamericanas a través del proceso de formación de identidades colectivas en el período colonial, el problema ha sido abordado como aspecto de la relación Estado-Nación. Tal como surge de este texto del historiador chileno Mario Góngora:

[En Chile], "...el Estado es la matriz de la nacionalidad: la nación no existiría sin el Estado, que la haconfigurado a lo largo de los siglos XIX y XX.'

O de este otro, tomado de la misma obra:

'La nacionalidad chilena ha sido formada por un Estado que ha antecedido a ella, a semejanza, en esto,de la Argentina; y a diferencia de México y del Perú, donde grandes culturas autóctonas prefiguraron losVirreinatos y las Repúblicas.'28

Este enfoque, que restringe su validez a algunos casos, suponiendo que en otros sí se daba el desarrollo natural. confirma a este último en cuanto se propone como excepción. Es decir, se trata de una perspectiva en la que el supuesto de una relación necesaria entre identidades étnicas y nación no ha sido abandonado. Esto se revela en que, por una parte, Góngora considera que las culturas indígenas prehispánicas conformaron las nacionali­dades mexicana o peruana, sin advertir las distancias no sólo entre las culturas prehispánicas y la colonial, sino, por ejemplo, entre las mismas culturas prehispánicas mesoamerícanas, como la maya y la azteca. Es decir, asignando a la función mítica que el indigenismo ha cumplido en la formación de algunas de las naciones hispanoamericanas el valor de una comprobación histórica. Y que esto ocurre, nuevamente, por el presupuesto de que lo natural es la emergencia de una nacionalidad como efecto de una identidad tejida a lo largo de un largo arco temporal. Esquema en el que las excepciones como la de los casos argentino y chileno se deberían a una débil presencia de ingredientes culturales diferenciadores, circunstancias que requieren entonces la acción supletoria del Estado.

Pero, por otra parte, sucede que la noción de una formación de la nacionalidad por obra del Estado, omite la historia viva de las luchas, conflictos y conciliaciones de las distintas partes que confluyeron en las nuevas naciones, desde Argentina y Chile hasta México. Esto es, la necesaria atención que debemos prestar a la formación de la nación, no sólo por influjo de elementos míticos, capaces de moldear el imaginario popular, sino también como fruto de acuerdos políticos, tan vivos y recurrentes en todos los nuevos países hispanoamericanos. Realidad que no ha sido ignorada pero sí frecuentemente deformada, al convertírsela en el relato de los vaivenes del proceso de organización nacional, expresión ésta que pone la nación ab initio del proceso, y concibe lo que viene después como una historia, sea de anárquicas resistencias localistas al logro de esa organización, sea de meritoria lucha de caudillos locales en pro de ese objetivo.

De manera que si afirmásemos que el Estado construye la Nación, sería lícito preguntarnos a qué proceso histórico real estaríamos aludiendo? Pues es evidente que no se trata del Estado en cuanto tal, con su conjunto de normas y órganos políticos y burocráticos de ejecución -niveles que tienen sí que ver con el asunto, pero como momentos posteriores a las tomas de decisiones-, sino a los hombres, individual o grupalmente considera­dos, que ejercen el poder o que influyen en él. De manera que la expresión el Estado cubre en realidad un ámbito histórico de otra naturaleza: la historia de decisiones políticas relativas al uso de medios estatales para la construcción o modificación de sentimientos, ideas, imaginarios, o cómo querramos llamarlo, colectivos... Ambito en el que es decisiva la acción de los intelectuales, tales como literatos, historiadores, periodistas, juristas, entre otros, que pueden o no participar en el Estado, pero que cumplen en la construcción de una identidad una función sustancial. Observación con la que queremos también apuntar al hecho de que aún cuando admitamos que la nación ha sido una 'construcción', la perspectiva de reducir esa función al Estado no se justifica.

La tesis de una nación producto de un actuar 'a proyecto* del Estado ha hecho fortuna, posiblemente por parecer

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una alternativa al caso inverso, y siempre bajo el supuesto no sometido a crítica, del carácter natural de aquél. Así, la vemos retomada en un simposio dedicado al tema de Estado y nación en el mundo andino:

"...la nación como expresión consciente de las castas coloniales no creó el Estado, sino que es éste el que surge como fundador de la nación.0.29

Pocos testimonios más elocuentes del estado de equivocidad que rodea la discusión sobre el tema, que el que proporciona el debate de las ponencias de ese simposio. Tanto por la trampa del supuesto ejemplo europeo,30 como por la no percepción de los viejos supuestos que impiden siquiera formular con claridad el problema. Parece por ello razonable que la Comisión encargada de redactar las conclusiones del debate, expresara sólo lo que sigue:

"Como conclusión a ios debates que siguieron a estas ponencias, la comisión cree que el concepto de Estado-nación no permite, por ahora, establecer un acuerdo entre ios investigadores, ni delinear la realidad observada. Prefirió entonces hacer el inventario de los puntos de convergencia".31

Estado nacional, estados provinciales

Una variante en esta perspectiva es considerar el asunto como una interrelación entre Estado y sociedad civil. Así lo enfoca un trabajo que ha intentado hacer de la historia del Estado argentino algo que responda a lo específico del tema -y no el resumen de procesos y conflictos políticos y sociales que habitualmente la reempla­za.32 El trabajo de Oszlak parece escapar al supuesto de una nación existente en 1810, cuando concibe el proceso como de una generación por mutuo influjo de Estado y sociedad civil:

"...el Estado nacional surge en relación a una sociedad civil que tampoco ha adquirido el carácter de sociedad nacional. Este carácter es el resultado de un proceso de mutuas determinaciones entre ambas esferas."

Pese a esto, no deja de ser totalmente inmune al condicionamiento de los supuestos que comentamos, pues luego de definir las condiciones de lo que llama "estatidad" -entre las que coloca la capacidad de internalizar una identidad colectiva-, observa que

‘El tema de la estatidad no puede entonces desvincularse del tema del surgimiento de la nación, como otro de los aspectos del proceso de construcción social".33

De manera que si bien el autor ha sorteado la tendencia a suponer existente la nación argentina hacia 1810, no deja de colocarla como universo excluyente, aunque bajo la forma de meta del proceso histórico. El resultado es que las alternativas a los diversos proyectos de organización estatal rioplatense, como fueron los estados autónomos regionales -provinciales-, no son percibidos y sólo quedan aludidos como "situaciones provinciales", o "poderes locales":

‘La dominación colonial o el control político de las situaciones provinciales dentro del propio ámbito local, son formas alternativas de articular la vida de una comunidad, pero no representan formas de transición hacia una dominación nacional.".34

La perspectiva de considerar las tendencias autonomistas de las provincias sólo como "demoras" en la producción de la amalgama social necesaria para el surgimiento del Estado nacional, ha sido una de las alternativas más atractivas para la historiografía latinoamericana. Sin embargo, si persistiésemos en ella, correríamos el riesgo de perder no sólo parte de la historia de los estados emergentes del colapso del dominio ibérico, sino también el sentido de los conflictos interregionales del período, que, en buena medida, estaban condicionados por el hecho de que cada uno de esos estados autónomos provinciales eran otros tantos conatos

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de construcción de naciones, a veces apenas esbozados, otras con mayores pretensiones, pero finalmente fracasados.

Consideraciones finales.

Hemos intentado examinar io que entendemos constituyen algunas de las fuentes del estado de indefinición de la historiografía latinoamericanista respecto del problema de la génesis de la Nación. Estado de indefinición que si por un lado se manifiesta en una suerte de estancamiento, por otro induce orientaciones que sin dejar de incor­porar valiosos aportes de otras disciplinas sociales, suelen hacerlo en perspectivas, según lo expuesto en el texto, no suficientemente fundadas, por más útiles que pueden ser sus resultados para otros campos hístoriográficos. Nos referimos a la búsqueda de los elementos de una identidad nacional -de las actuales naciones latinoameri­canas- en tiempos coloniales, con reclamos a otras ciencias sociales -etnohistoria, antropología...-, a partir del supuesto acrítico según el cual las naciones modernas surgen de un largo proceso de construcción de una homogeneidad cultural al también supuesto estilo de las naciones europeas.

Por otra parte, hemos visto también tendencias a superar tal perspectiva. Como la de quienes estudian la formación de identidades colectivas en el mundo colonial iberoamericano, pero rechazando explícitamente que ellas impliquen una relación causal con los movimientos independentistas y la formación de nuevas naciones. Orientación innovadora que, pese a todo, no deja de pagar tributo a la tentación de encontrar una nacionalidad formada en tempranos tiempos coloniales.

Como una alternativa de muy distinta orientación, examinamos el esquema de una nación producto del Estado. Esquema aprentemente atractivo, pero que no resulta ser sino una continuación del otro criterio mediante una inversión de sus términos por obra de lo que se considera una contingencia histórica. Por otra parte, para la historia de las nuevas naciones iberoamericanas, este criterio, en cuanto supone necesariamente un Estado unificado en el momento inicial del proceso de construcción de una nación, puede arrastrar consigo el descuidó del proceso de emergencia de varias formas de estados, de distinta conformación y diversa delimitación espacial, que aunque transitorios, no por eso fueron menos importantes para la historia del período posterior a la independencia Razón por la que cuando comenzamos el citado estudio sobre la génesis de la nacionalidad y del Estado nacional en el Río de la Plata de la primera mitad del siglo XIX, nos pareció que, sin prejuzgar sobre el sentido de las diversas formas de identidad política coexistentes al tiempo de la independencia, era imprescindible disponerse a examinarlas como indicadores de otros posibles fundamentos a proyectos alterna­tivos de estado, y de otros posteriores conatos de naciones que, no por haber quedado en el camino deben ser ignorados en su calidad de tales. Como esos estados provinciales en los que, ambiguamente, coexistían las contradictorias tendencias a afirmarse como estados libres, independientes y soberanos -esto es, con pretensiones nacionales aunque no fuesen así asumidas-, y a unirse por medio de pactos o confederaciones para dar lugar a alguna forma de organización política, no siempre necesariamente estatal, que les permitiese afrontar mejor los riesgos exteriores al área en que se encontraban y los de las disensiones entre ellos.

Cabría, por último, referirnos a una tendencia de amplia difusión, que rehuye identificar las expresiones de americanismo como formas de expresión del nacionalismo que llamaríamos regional, pero para convertirlas en indicadores de otro nacionalismo, el nacionalismo americano. Pues, efectivamente, otro conato de formación de un Estado con fundamento en una variante del sentimiento de identidad fué el de ámbito hispanoamericano, surgido con mayor o menor fuerza en diversos lugares del continente, generalmente con fugaz vigencia, cuya más conocida expresión es el proyecto bolivariano3S. Sin embargo, nos parece que se trata de un derivado del sentimiento de identidad política americana, el de mayor fuerza a fines del período colonial, pero cuya escasa posibilidad de concreción fué percibida de inmediato,36 y que sólo renacería como sustento de las tendencias políticas a la integración contemporánea de las naciones latinoamericanas.

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MOTAS

1. Así, por ejemplo, me parece interesante comentar fugazmente el prefacio de una reciente edición italiana de trabajos sobre la historia de las burguesías europeas, en cuyo comienzo su autor recuerda que cada etapa cultural tiene sus temas historiográficos dominantes. Y añade que así como los años 60 habían asistido en Italia al auge de la historia de la clase y del movimiento obrero, luego del profundo cambio de clima intelectual hacia fines de los años 70, ligado al ascenso económico del país, el tema de la historia de la formación de la burguesía ha vuelto a ocupar lugar preferente. Alberto Mario Banti, "Prefazione", en Jürgen Kocka (comp.), Borahesie eurooee dell’ottocento. Venecia, Marsilio, 1989, pág. 9.

2. Por ejemplo: Bartolomé Mitre, Historia de Belarano v de la Independencia argentina. 4a. ed., Buenos Aires, 1887: véase, entre otros lugares, el comienzo de la Introducción o la pág. 302; Vicente Fidel López, Historia de la República Argentina. Su origen, su revolución v su desarrollo político. Buenos Aires, 1913, Prefacio, pág. XIII.

3. José Carlos Chiaramonte, ‘Formas de identidad política en el Río de la Plata luego de 1810', Boletín del Instituto de Historia Argentina v Americana *Dr. Emilio Ravianani*. 3a. Serie, No. 1, Buenos Aires, 1989, pág. 72

4. J. C. Chiaramonte, ob. cit., pág. 71.

5. J. C. Chiaramonte, ob. cit., pág. 78.

6. Derivado de la tendencia a 'la introducción de modelos implícitos de una mal interpretada experiencia occidental como criterios de desarrollo político': Charles Tilly, 'Reflexions on the History of European State-making', en Charles Tilly, ed., The Formatión of National States in Western Europe. Pricenton University Press, 1975, pág. 4.

7. Peter Rupp, "Anthropologie et histoire de T'identité nationale’, Synchronie des conflits, diachronie des solidarités*, en Pierre Tap, Identités collectives et chanaements sociaux. Production et affirmation de l’identité. [París?], Privat, 1980, pág. 62. El autor, cuyo trabajo es parte de un coloquio internacional dedicado al fenómeno de las identidades colectivas, señala que también la antropología, en cuanto se ocupa de las identidades étnicas, reencuentra un pasado histórico o mítico que puede ser proyectado en un devenir común, posible o utópico, que asuma la forma de nación. Rechaza explícitamente el punto de vista de Furet y otros historiadores que hacen de la nación algo que aparece en el momento que todos los ciudadanos son considerados como participantes en la elaboración de la voluntad general. Sobre todo, porque tal consideración privaría al antropólogo y al historiador del instrumento conceptual que les permite asir '...este fenómeno sui qeneris que trasciende las épocas que es el hecho nacional...', pues... *La nación, como dinámica y como lenguaje, se encuentra en todos los períodos de la historia*. Id., pág. 63.

8. Un punto de vista distinto, más interesante para los historiadores, es aquél que atiende a la 'invención' de las tradiciones que contribuyen a formar la conciencia de una identidad. Véase al respecto Eric Hobsbawm, 'Introduction: Inventing Traditions', en Eric Hobsbawm and Terence Ranger, [eds.], The inverrtion of tradition. Cambridge, Cambridge University Press, 1983, esp. págs. 6 y sigts. Asimismo, un reciente punto de vista considera a la etnicidad como una a manera de 'invención': Werner Sollors, ed., The Invention of Ethnicitv. New York, Oxford University Press, 1989, cit por Kathleen Neils Conzen, Ewa Morawska, George E. Pozzeta, Rudolph J. Vecoli, "The invention of Ethnicity: A Perspective from the USA*, Altreitalie. numero 3, anno II, apríle 1990.

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"Whit Werner Sollors, we view ethniciíy neither as primordial (ancient, unchanging, inherent in a group’s blood, soul or misty past), ñor as purely instrumental (calculated and manipulated primarily for political ends). Rather ethnicity itself is to be understood as a cultural construction accomplished over historical time." -pág. 38. Y: "Since in this conception ethnicity is not^a biólogical or cultural ‘given’, it is restored to the province of history." -pág. 54. ~

9. Véase, por ejemplo, Eric Hobsbawm, La era del capitalismo. Barcelona, Guadarrama, 1977, vol. 1, Cap. 5, "La fabricación de naciones".

10. "Seguro que el inglés sabía lo que era ser inglés, y que el francés, el alemán, el italiano o el ruso no tenían dudas de su identidad colectiva? Quizá no, pero en la época de la fabricación de naciones se creía que esto implicaba la lógica, necesaria y deseable transformación de las ‘naciones’ en naciones- estados soberanos, con un territorio coherente definido por el área que ocupaban los miembros de una ‘nación’, que a su vez la definen su historia pretérita, su cultura común, su composición étnica y, de modo creciente, su lenguaje. Sin embargo, no hay nada lógico en esta implicación. Si es innegable y tan vieja como la historia la existencia de grupos diferentes de hombres que se distinguen de otros grupos por una diversidad de criterios, no lo es, en cambio, que impliquen lo que el siglo XIX consideraba como tener ‘categoría de nación’.". E. Hobsbawm, ob. cit., pág. 125.

11. Geoffrey Barraclough, "Historia", en Maurice Freedman, Sigfried J. de Laet, Geoffrey Barraclough, Corrientes de la investigación en las ciencias sociales. 2, Antropología. Aroueología, Historia. Tecnos/Unesco, Madrid, 1981, pág. 486.

12. Enrique Ruiz Guiñazú, Epifanía de la Libertad. Buenos Aires, Nova, 1952, págs. 77 y 79. Rivadavia a Pueyrredón, París 22 de marzo de 1817, en Bernardino Rivadavia, Páginas de un Estadista. Buenos Aires, Elevación, 1945, pág. 72. Es de notar que mientras los textos de Rivadavia de estos años, como esa carta de 1817, continúen expresando una identidad de amplitud americana, más tarde, durante el congreso constituyente de 1824-26, sus expresiones serán ya de carácter argentino.

13. Debo confesar que el uso de la primera persona del plural no es meramente convencional. El rasgo criticado es visible también en uno de mis primeros trabajos, Ensayos sobre la ‘Ilustración’ argentina. Paraná, Facultad de Ciencias de la Educación, 1961, en el que ya el mismo título atribuye a expresiones de la Ilustración hispanocolonial la cualidad nacional argentina.

14. ‘Representación que hizo la ciudad de México al rey D. Carlos III en 1771 sobre que los criollos deben ser preferidos a los europeos en la distribución de empleos y beneficios de estos reinos", en J. E. Hernández y Dávalos, Colección de Documentos para la Historia de la Guerra de Independencia de México de 1808 a 1821. México, 1877, Tom o I, pág. 427 y sigts. Véase la interpretación de uno de los mejores historiadores iatinoamericanistas: John Lynch, Las revoluciones hispanoamericanas. 1808-1826. Barcelona, Ariel, [1976], pág. 35: ‘El nacionalismo incipiente alcanzó cierto grado de expresión política [...] En 1771, el cabildo de la ciudad de México proclamó que los mexicanos deberían tener derecho exclusivo a ocupar cargos públicos en su país". En realidad, el cabildo reclamaba la exclusividad para los americanos, abogando en favor de los derechos de los naturales de cada división administrativa o eclesiástica a ocupar los cargos de ellas. Pero los defiende como españoles americanos, no como mexicanos, vocablo que no aparece en momento alguno y apoyándose en el derecho español, que obliga a preferir en cada ciudad, provincia o reino, a los nacidos en ella. Así invoca las Leyes 4 a y 5a tit. 3 Lib. 1 de la Recopilación de Castilla -"Representación...", ob. cit., pág. 429.

15. Benedict Anderson, Imaoined Communities, Londres, Verso, 1983. Véase el cap. 4, "Oíd Empires, New Nations".

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16. "Here then is the riddle: why was it precisety creóle communities that developed so early conceptions of their nationess - well before most of Europe? Why did such colonial provinces, usually containing large, oppressed, non-Spanish-speaking populations, produce creóles who consciously redefined these populations as fellow-nationals?0 (pág. 52)

17. ‘...a well-known doubleness in early Spanish-American nationalism, its alternating grand strechand particülaristic localism.* Id., pág. 63.

18. David Brading, Los orígenes del nacionalismo mexicano. México, Era, 1980

19. Véase especialmente al respecto el segundo capítulo dedicado a Fray Servando Teresa de Mier.

20. Observaciones que pueden apoyarse, por ejemplo, en que americano, español americano, y mexicano, sean vocablos intercambiables aún en alguien como Fray Servando Teresa de Mier: véase Fray Servando Teresa de Mier, Cartas de un americano. 1811-12. [reproducción facsimilar], México, PRI, 1976.

21. Octavio Paz, Prefacio, en Jacques Lafaye, Quetzalcóatl v Guadalupe. La formación de la conciencia nacional en México. México, F. C. E., 1977, págs. 15. Este enfoque ha sido adoptado como punto de partida por un reciente trabajo consagrado al mexicanismo de los jesuitas novohispanos.

'...me parece más adecuado hablar de ‘conciencia de singularidad novohispana’ y no de ‘conciencia de nacionalidad’, ambos términos usados por otros escritores dedicados a estudiar este fenómeno; ya que México, en aquel tiempo [siglos XVI a XVIII], no era una nación, sino una colonia española, y el concepto de mexicanidad propiamente dicho no existía aún.' Silvia Vargas Alquicira, La singularidad novohispana en los jesuítas del siglo XVIII. México, Universidad Nacional Autónoma de México, 1989, pág. 15.

22. Id., pág. 16. Octavio Paz percibe adecuadamente el sentido de época del vocablo patria:

*En el siglo XVII los criollos descubren que tienen una patria. Esta palabra aparece tanto en los escritos de Sor Juana como en los de Sigüenza y en ambos designa invariablemente a la Nueva España El patriotismo de los criollos no contradecía su fidelidad al Imperio y a la Iglesia: eran dos órdenes de lealtades diferentes. Aunque los criollos del seiscientos sienten un intenso antiespañolismo, no hay en ellos, en el sentido moderno, nacionalismo. Son buenos vasallos del Rey y, sin contradicción, patriotas del Anáhuac.'

Asimismo:

‘La universalidad del imperio amparaba la pluralidad de hablas y de pueblos. El patriotismo novohispano y el reconocimiento de sus singularidades estéticas no estaba en contradicción con este universalismo.' -Id., pág. 19

23. N. Canny and A. Pagden (eds.), Colonial Identitv in the Atlantic World. Princeton, Princeton University Press, 1987. En esta obra véase, además de lo comentado más adelante, John H. Elliott, "Introduction. Colonial Identity in the Atlantic World'. En uno de sus trabajos -Anthony Pagden, 'Identity Formation in Spanish America'- se concibe una nación criolla, junto a otra indígena y mestiza como nítida realidad ya del México barroco. Por otra parte, este uso del término nación tiene el matiz peculiar de la época, lo que puede ser también fuente de equívoco.

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24. Véanse el comentario a la concepción de la identidad, predominante en los autores de la obra, como una auto imagen colectiva, en la citada Introducción de Elliott, págs. 8 y 9.

25. De manera que una nación no es completa antes de poseer autonomía a la vez política y cultural. A. Pagden and N. Canny, "Afterword: From Identity to Independence*, en A. Pagden ando N. Canny, ob. cit., -pág. 270.

26. Pagden, Anthony, "Identity Formation in Spanish America", en N. Canny and A. Pagden (eds.), ob. cit.

27. Idem, págs. 91 a 93:

"By the middle of the seventeenth century this nation [criolla] had established its own cultural and, insofar as it was permitted to express ¡t, political identity. It had also acquired an independent, diverse, and flourishing economy." -pág. 91.

Asimismo:

"The Spanish American viceroyalties had become de facto independent communities and they remained loyal to Spain only as long as that indepenence was respected." -pág. 93.

28. Qóngora, Mario, Ensayo Histórico sobre la noción de Estado en Chile en los siglos XIX v XX. Sgo. de Chile, Ed. Universitaria, 1986, págs. 25 y 37. Góngora enuncia más adelante los rasgos de esa formación de la nacionalidad chilena:

‘A partir de las guerras de la Independencia, y luego de las sucesivas guerras victoriosas del siglo XIX, se ha ido constituyendo un sentimiento y una conciencia propiamente ‘nacionales’, la ‘chilenidad’. Evidentemente que, junto a los acontecimientos bélicos, la nacionalidad se ha ido formando por otros medios puestos por el Estado: los símbolos patrióticos (banderas, Canción Nacional, fiestas nacionales, etc.), la unidad administrativa, la educación de la juventud, todas las instituciones. Pero son las guerras defensivas u ofensivas las que a mi juicio han constituido el motor principal." (pág. 38)

Esta tesis de Góngora ha sido motivo de polémica: véanse en la misma edición los trabajos del Anexo 3. "La polémica en torno al Ensayo histórico de Mario Góngora".

29. Hermes Tovar Pinzón, "Problemas de la transición del Estado colonial al Estado nacional (1810-1850)", en J. P. Deler/Y. Saint-Geours, (comps.), Estados v naciones en los Andes. Hacia una historia comparativa: Bolivia - Colombia -Ecuador - Perú, dos vols., Lima, IEP/IFEA, 1986, vol. II, págs. 371/372.

30. Así, resulta atinada la objeción de Thierry Saignes, apoyada en datos de investigaciones recientes sobre Francia que muestran que hasta fines del siglo XIX no había homogeneidad cultural en el país, que según la reciente tesis de un historiador norteamericano en la campiña francesa del siglo XIX los campesinos hablaban su dialecto, y que sólo el 5 % de la población manejaba el idioma, y que el resto de la población tampoco cabía en un esquema de homogeneidad cultural -Ob. cit., pág. 432. La objeción iba dirigida a Rafael Quinteros quien había afirmado su visión de una realidad cultural ecuatoriana frag­mentada, como peculiaridad frente a la experiencia europea. En Ecuador, sostiene Quinteros, las clases dominantes no cultivaron ninguna solidaridad con los grupos dominados, generándose una cultura "cosi­da* por la cultura conquistadora, que configuró ‘una sociedad compleja, sin identidad propia", que no fué el producto de alguna acumulación histórica de experiencias comunes al mosaico de hombres y culturas existentes. Mientras en Europa, la clase dominante, fuera terrateniente o burguesa, era una clase nacional,

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“portadora de una comunidad cultural unificadora del conjunto de clases, capas y sectores sociales0 -Id., págs. 406 y 404.

31. Idem, pág. 666. Véase el entrecruzamiento de tres diversos supuestos contradictorios en este texto de una de las comentadas ponencias:

"El dejar de ser colonia le planteó al Ecuador una tarea en la cual aún trabaja su historia presente y cuyo incumplimiento en el siglo XIX se expresó en prolongado desgarramiento: la constitución o formación de la nación. Algo viviente y cambiante, cosa ‘no congelada’, la nación ecuatoriana de principios de siglo pasado era una estructura no aprehensible aún. Tres siglos de colonialismo y de un Estado Colonial e Ibérico en su contra la habían rezagado en su desarrollo, y la habían hecho soportar múltiples transformaciones y modificaciones*, -pág. 401.

De manera que: 1. la nación ecuatoriana no existía cuando la independencia, pues había que formarla; 2. Pero esta misión se le planteaba a un sujeto que, por lo tanto, resulta inexplicable: 'el Ecuador*; 3. en el segundo párrafo, ya la nación es y al mismo tiempo no es: no era aprensible aún, pero sí algo viviente y cambiante; 4. por último, ahora la nación sí existía desde tiempos coloniales, y sólo se había rezagado.

32. Oscar Oszlak, La formación del estado argentino. Buenos Aires, Editorial de Belgrano, 1985.

33. Id., pág. 15.

34. Id., pág. 15. Razón tiene en esto Rafael Quinteros en el trabajo ya citado cuando critica a quienes niegan la existencia de Estados en el siglo pasado, global o parcialmente, porque consideran la situación como de una suerte de dominio circence de caudillos militares, o un período de anarquía, o de 'aparecimiento tardío de poderes públicos*. Sostiene que todo eso suponía una constelación de poderes estatales, que ese 'poder real particular* de los caudillos es un fenómeno estatal, junto al que existía toda una superestructura política bien establecida, a veces de origen colonial *y que configuraba en el siglo XIX una constelación de poderes estatales.' -pág. 399.

35. Ricaurte Soler recoge esta tradición historiográfica en varios de sus trabajos, especialmente en Idea v cuestión nacional latinoamericanas. México, Siglo Veintiuno, 1980.

36. Véase la crítica de Mariano Moreno en sus artículos 'Sobre el Congreso convocado y Constitución del Estado*, de octubre y noviembre de 1810, en los que evalúa las posibilidades de constituir un nuevo Estado y descarta como irrealizable la unidad americana, mientras en cambio sugiere basarse en aquellas provincias a las que unían la 'antigüedad de íntimas relaciones', con evidente referencia a los vínculos de Buenos Aires y otras provincias rioplatenses. Mariano Moreno, 'Sobre el Congreso convocado, y Constitución del Estado*, Escritos. Segunda Edición, Buenos Aires, Estrada, s.f., II, pág. 248.

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El mito de los ORIGENES en la historiografía argentina*

Proponerse indagar los orígenes de la nación y del Estado en América Latina nos lleva a un terreno saturado de preconceptos. Se trata de un riesgo particularmente difícil de percibir, y por lo tanto, de neutralizar, para el historiador que pretende despojarse de falsos supuestos, fuese cual fuese su origen - prejuicios políticos, ideológicos, confesionales, u otros. Sucede que su participación, por su condición de ciudadano, en lo que hoy llamaríamos el imaginario de la identidad nacional, es la fuente de preconceptos más difícil de afrontar con la previa reflexión crítica requerida por toda labor de investiga­ción.

Así, la resonancia en la vida política contemporánea de un problema como el que consideramos -los orígenes del Estado y de la nación-, contribuye a atenuar el esfuerzo de reflexión crítica del historiador. Esa resonancia se percibe por ejemplo en una de los más recurrentes temas que abordan los medios de comunicación masiva y también los intelectuales: la demanda de una identidad nacional nítida v distintiva, para el país al que se pertenece, a menudo acompañada de dramática inquietud por juzgarse que no se satisface el test que la probaría. Esta demanda está frecuentemente vinculada al problema de la dependencia de las nuevas naciones con respecto a las metrópolis del mundo contemporáneo, situación frente a la cual la conciencia de una fuerte identidad parece reforzar la voluntad de independencia Pero, asimismo, no podemos dejar de percibir que esa obsesión por una homogeneidad cultural distintiva es fuente de tendencias a imponer una identidad arbitraria, frecuentemente por parte de grupos autoritarios que, desde el poder a veces o fuera de él, se atribuyen el derecho de definir lo nacional, como una forma de elaborar una también arbitraria dominación política.

Se trata, en suma, de la proyección al presente de un problema cuyo tradicional manejo a-crítico no puede menos que condicionar la interpretación del pasado generando reclamos gratuitos. Me refiero a la gratuidad de requerir del proceso abierto por la Independencia, un proceso histórico insertado dentro del siglo XIX, los resultados que se atribuye -en realidad con escaso fundamento- a un proceso como el europeo que partiría de la Edad Media y que concluiría en el siglo XIX. Más allá de la discusión sobre la validez del criterio, cabe preguntarse si es posible que un país nuevo, surgido del desplome de ia monarquía española a comienzos del siglo pasado, desarrolle rasgos de identidad colectiva de la inten­sidad de los que se presume elaborados a lo largo de la Edad Media y Edad Moderna en Europa. Y pre­guntarse también si no es más pertinente enfocar el proceso de formación de la nueva nación como un proceso correspondiente a otras condiciones históricas generales. Un proceso, por lo tanto, cuyos resultados en cuanto a la conformación de rasgos de identidad colectiva se corresponde con las carac­terísticas emergentes de la creciente interrelación cultural, no sólo social y económica, entre los países hispanoamericanos y el resto del mundo. Un proceso con menores resultados en cuanto a rasgos distintivos, por un lado. Un proceso con mayor incidencia de los contactos interculturales, de país a país, o dentro del mismo país, por efecto de las amplias corrientes migratorias internacionales y el desarrollo de los medios de comunicación. Proceso que, por otra parte, propone como rasgo nacional a valorar, el de la capacidad de integración de grupos heterogéneos.

Este trabajo reproduce, con algunas modificaciones, una ponencia presentada en la Primera Conferencia Argentino-Alemana sobre Libros de Texto para la Enseñanza de la Historia, Buenos Aires, Instituto Georg-Eckert, Braunschveig, Alemania y FLACSO, 15 a 18 de abril de 1991.

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Me parece que estas breves reflexiones son congruentes con una reunión motivada por los libros de texto para la enseñanza de la Historia. Y por la misma razón, por la naturaleza de esta Conferencia, me pareció conveniente conformar este trabajo como un intento de historiar ciertos aspectos y etapas claves de la construcción de lo que podríamos llamar el mito de los orioenes en la historiografía argentina.

I. Etnlcldad, estatldad. y los orioenes de la nación en el Río de ia Plata.

Recientemente, al analizar los distintos enfoques del origen de las naciones latinoamericanas, existentes entre historiadores, antropólogos y etnólogos, observábamos la existencia de dos grandes tendencias. Una, a la que acabamos de aludir, busca ubicar

'los elementos de una identidad nacional -de las actuales naciones latinoamericanas- en tiempos coloniales, con reclamos a otras ciencias sociales -etnohistoría, antropología...-, a partir del supuesto acrítico según el cual las naciones modernas surgen de un largo proceso de construcción de una homogeneidad cultural, al también supuesto estilo de las naciones euro- peas.'1

Frente a esta tendencia a suponer existente una nacionalidad definida ^argentina, mexicana, peruana, etc.- en el momento de la Independencia, encontramos otra tendencia que concibe el origen de las naciones latinoamericanas como obra de un Estado anterior a ellas:

'En el otro polo del criterio de rastrear las actuales nacionalidades hispanoamericanas a través del proceso de formación de identidades colectivas en el período colonial, el problema ha sido abordado como aspecto de la relación Estado-Nación. Tal como surge de este texto del historiador chileno Mario Góngora:

[En Chile], ‘...el Estado es la matriz de la nacionalidad: la nación no existiría sin el Estado, que la ha configurado a lo largo de los siglos XIX y XX.’*2

Nación, nacionalidad. Estado.

Al llegar a este punto, podría surgir una pregunta: 'bueno, pero qué quiere decir nación y Estado, cómo se definen?'. Aclaro entonces que mi propósito no es ni buscar tal definición, ni proponer alguna como punto de partida. Debo advertir, en cambio, que nacionalidad será usado como refiriendo a un grupo humano con algún grado de homogeneidad cultural y conciencia de ella y de su diferencia con otros grupos, mientras que nación referirá a la presencia políticamente organizada en Estado, de grupos humanos contemporáneos (siglos XIX y XX). Porqué esta limitación? Porque, más allá del debate sobre la utilidad y pertinencia de las definiciones, no hay nada menos definible que el concepto de nación, ni, por consiguiente, nada menos propicio al tratamiento histórico del problema que la discusión sobre su definición.

Observa al respecto Eric Hobsbawm, en un reciente libro dedicado al tema, que la mayor parte de la literatura respectiva gira en tomo a la pregunta 'qué es una nación?'. A ella, sostiene, no hay respuesta satisfactoria. Para lograrla, se han hecho intentos de establecer criterios objetivos, como lenguaje, territorio común, historia común u otros, pero todas estas definiciones objetivas han fracasado por la razón obvia que sólo una parte de quienes pertenecen a alguna nación pueden mostrar tal comunidad de rasgos. De manera que como estrategia para el manejo del problema por parte de los historiadores, parecería más provechoso comenzar enfrentándose con las manifestaciones históricas del uso del concepto de nación -por ejemplo, con el nacionalismo-, que con la realidad a la que se supone que ese

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parecería más provechoso comenzar enfrentándose con las manifestaciones históricas del uso del concepto de nación -por ejemplo, con el nacionalismo-, que con la realidad a la que se supone que ese concepto refiere.1

Por otra parte, nuestro criterio es el de prescindir del presupuesto de la mayor parte de la tradición historiográfica que concibe la existencia de una nacionalidad argentina hacia 1810 como basamento del proceso de la Independencia.2 De manera que, si abandonamos el supuesto de un Estado y una nación argentinas surgiendo de una nacionalidad preexistente -al menos si 'suspendemos el juicio’ sobre el particular-, podremos interpretar mejor qué es lo que los protagonistas de esta historia consideraban estar haciendo en 1816, 1826 o 1831, al pretender fundar constitucionalmente, fuese las Provincias Unidas del Río de la Plata, las Provincias Unidas en Sud América, o la Confederación Argentina.

Por ejemplo, cuando en 1815 el redactor de La Gaceta de Buenos Aires cree necesario expresar qué entiende por nación escribe lo siguiente:

'Una nación no es más que la reunión de muchos Pueblos y Provincias sujetas a un mismo gobierno central, y a unas mismas leyes...'

Y añade:

'...y la verdad de la historia nos dice que los Pueblos conmovidos y armados por el amor de la libertad no aparecen considerables, ni logran protectores, ni triunfan de la tiranía hasta que se constituyen en Naciones por la unión entre sí, y por la dirección de una sola autoridad supre­ma...".3

Como vemos, para el redactor de la Gaceta.... el concepto de nación era ajeno al de nacionalidad. En esto, no hacía otra cosa que reflejar el criterio predominante en los años que van de las revoluciones norteamericana y francésa a la irrupción del Romanticismo. Por ejemplo, como se observa -aunque con otro concepto de los integrantes de la nación- en este párrafo de Sieyés:

"Qué es una nación? Un cuerpo de asociados que viven bajo una ley común y están representados por la misma legislatura.'4

Sin embargo, el concepto de nación referido a un grupo humano que comparte una cultura que los distingue del resto de los seres humanos, no estaba ausente en la literatura europea del siglo XVIII. Por ejemplo, el caso de los griegos de la Antigüedad que formaron, se señalaba, numerosos estados distintos pero tenían conciencia de su singularidad cultural, era un lugar común de la literatura política de la época, como también ocurría, según comprobaremos enseguida en el caso rioplatense. Asimismo un artículo del Padre Feijóo en su Teatro Crítico Universal, muestra un concepto de nación similar al anterior.5 Pero también es cierto que no se establecía entre esta noción de un grupo humano culturalmente distinto y un Estado, la relación necesaria que supondrá el llamado principio de nacionali­dad.* a partir del comienzo de su difusión en los años treinta del siglo XIX.

* Criterio según el cual las naciones debían tener presencia política internacional como Estados- naciones independientes y soberanos. Es decir, lo que posteriormente sería llamado simplemente nacionalismo. Véase al respecto las citadas obras de E. Gellner y E. Hobsbawm, lugs. cits.

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vida independiente, al punto que en el Congreso Constituyente de 1824-26, donde el asunto fue arduamente discutido, se enfrentaron quienes opinaban que la nación existía desde 1810 y quienes consideraban que aún no tenia existencia.8

Más aún. En el curso de uno de esos debates, particularmente agitado, el presbítero José Ignacio Gorriti, diputado entonces por la provincia de Salta, se propuso distinguir las posibles maneras de interpretar el concepto de nación, como una forma de abordar mejor el problema de la existencia o no existencia de una nación rioplatense. Y al hacerlo, dejó traslucir muy nítidamente qué era lo que estos hombres pensaban estar haciendo en un congreso constituyente.

"De dos modos puede considerarse la nación, o como gentes que tienen un mismo origen y un mismo idioma, aunque de ellas se formen diferentes estados, o como una sociedad ya constituida bajo el régimen de un solo gobierno.*

En la primera parte de la alternativa Gorriti alude al término nación en una modalidad de alguna manera cercana al posterior uso del término nacionalidad. Mientras que en la segunda parte expone la acepción corriente en su época y predominante antes de la difusión del principio de nacionalidad. Es esta segunda acepción, como comprobaremos más abajo, la que emplea Gorriti cuando discute la existencia o no de una nación rioplatense o argentina.

Pero previamente analicemos el otro sentido que admite Gorriti, quien, inmediatamente del citado párrafo, usa algunos ejemplos:

'En el primer sentido fue una nación la Grecia, sin embargo de que estaba dividida en una multitud de estados pequeños, que hacían otros tantos gobiernos particulares, con leyes propias del resto de la nación. Es también lo mismo la Italia: toda ella se considera una nación, sin embargo que está subdividida en una multitud de estados diferentes.'

Y añade algo que en realidad nos proporciona un indicio más de que si en el Río de la Plata había entonces algún sentimiento posible de nacionalidad, en el sentido con que será entendido este término luego de la difusión del principio de nacionalidades y hasta los días que corren, era un sentimiento hispanoamericano:

'Puede considerarse del mismo modo la América, a lo menos toda la del Sud, como una sola nación, sin embargo de que tiene estados diferentes, que aunque tengan un interés común tienen los suyos particulares, que son bien diferentes; mas no bajo el sentido de una nación, que se rije por una misma ley, que tiene un mismo gobierno."

No cuesta mucho advertir que es este último sentido, por la forma en que el párrafo que lo incluye lo utiliza, el que realmente interesa en la discusión. Es decir, que la existencia de una identidad cultural - según criterio que, ya lo vimos, era común en la época- no era concebida como determinante del origen de una nación. Para dar lugar al establecimiento de una nueva nación debían cumplirse otros requisitos, relativos a decisiones políticas adoptadas por grupos que al margen de la conciencia de compartir con otros seres humanos diversos rasgos -tales como lenguaje, religión, 'glorias' históricas, entre otros-, concebían la formación de una 'nación* como concerniente a otra esfera de decicisiones: la de los intereses específicamente políticos, esto es, relativos a la organización de un sistema político representativo, basado en el supuesto de la soberanía popular. De manera tal que la nueva nación no debía necesariamente incorporar a todos los que compartían las mismas características culturales.

Este criterio de época es ya visible en aquel texto de Mariano Moreno, de 1810, en el que se pregunta por los alcances territoriales de la nueva nación a organizar:

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°No hay pues inconveniente, en que reunidas aquellas provincias, a quienes la antigüedad de íntimas relaciones ha hecho inseparables, traten por sí solas de su constitución. Nada tendría de irregular, que todos los pueblos de América concurriesen a ejecutar de común acuerdo la grande obra, que nuestras provincias meditan para sí mismas; pero esta concurrencia sería efecto de una convención, no un derecho a que precisamente deban sujetarse, y yo creo impolítico y pernicioso, propender, a que semejante convención se realizase.'9.

Moreno evalúa aquí las posibilidades de constituir un nuevo Estado y descarta como irrealizable la unidad americana, mientras en cambio sugiere basarse en aquellas provincias a las que unían la ‘antigüedad de íntimas relaciones', con evidente referencia a los vínculos de Buenos Aires y otras provincias rioplatenses.

Retomemos al texto de Gorriti que, inmediatamente al párrafo citado, pasa a analizar qué quiere decir el término nación, y lo hace según la segunda de las acepciones que había expuesto al comienzo de su argumentación. 'Yo pregunto, qué cosa es una nación libre?' Y responde:

'Es una sociedad en la cual los hombres ponen a provecho en común sus personas, propiedades, y todo lo que resulta de esto. En [con] sus personas ponen su industria, su fuerza física, su capacidad intelectual, sus virtudes, su sangre, y su misma vida.'

Y a esta definición de lo que concibe como una nación libre -es decir, no sometida a una dominación ajena-, agrega las siguientes aclaraciones que nos permiten percibir mejor la distancia que media entre esta perspectiva y la que difundirá el Romanticismo:

'Mas cuando ponen esto a producto en la sociedad lo hacen bajo ciertas condiciones, por las cuales ellos calculan lo que ceden y lo que reciben. Cuando ceden, y ponen a beneficio de la sociedad esta porción de bienes, es porque las consideraciones con que ellos las ceden, y condiciones que exigen, son mas ventajosas al individuo, que la conservación de sus derechos plenos en el estado de la naturaleza. Es pues en este sentido que yo he dicho, y repito, que no tenemos nación.*10

No deja de ser útil reparar en que el propio Diccionario de la Real Academia Española registra varias acepciones del término, y que las dos principales constituyen otras tantas 'reliquias' de estos dos usos históricos del término que estamos analizando:

'Conjunto de los habitantes de un país regido por el mismo gobierno*

'Conjunto de personas de un mismo origen étnico y que generalmente hablan un mismo idioma y tienen una tradición común."11

Asimismo, el diccionario, al incluir la etimología de la palabra nación (del latín natio, ónls) nos orienta sobre el origen de otra de las acepciones que registra, bastante curiosa actualmente pero muy usual a mediados del siglo pasado: ‘extranjero*. Se trata de la modalidad quizás más antigua, que remite al uso por los romanos del término natío, quienes lo reservaban para los otros: es decir, se aplicaba a los pueblos no romanos cuyos integrantes compartían un mismo y distinto gobierno y unas mismas y distintas costumbres. En este antiguo sentido continuó utilizándose hasta los tiempos modernos. Otra modalidad, que fué también frecuente en el Río de la Plata durante el siglo pasado, es el uso de nación para referir al grupo en el que se ha nacido. Ella aparece en la edición del Diccionario de la Academia de 1803,12 y se mantiene con las mismas palabras hasta la reciente edición de 1984:

*De nación, mod. adv. con que se da a entender la naturaleza de alguno, o de donde es natural.'

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Así, en un informe dirigido en 1811 a la Junta Provisoria desde Potosí se lee:

“...Nicolás Urzanique, coronel de milicias de Chayanta, de nación navarro..."13

Esta modalidad puede ser el fundamento de otro de los sentidos con que se usó el vocablo en el siglo pasado en la América hispana cuando, por ejemplo, se distinguía a los esclavos africanos por "naciones", o se aludía a la "nación" india. Tal como surge de este texto de 1811 que a nosotros puede resultarnos curioso por la yuxtaposición de dos distintas acepciones de la palabra nación:

"En el lenguage de nuestra jurisprudencia el indio es ciudadano, y se halla bajo la protección de las leyes. Estas consideraciones tan justas han movido a la Junta para creer, que en aquel tiempo mismo en que se halla rasgado el velo con que la intriga, la mentira, y el egoísmo cubrían la verdad, y en que un gobierno paternal hace consistir toda su gloria en hallarse purgado de la levadura de las pasiones, no podía sin faltar á sus más esenciales deberes excluir del congreso nacional los diputados de la nación indiana..." [subrayado nuestro]14

Añadamos, finalmente, que si nos hemos detenido en estas reflexiones motivadas por los textos del debate de 1826, es porque ellos nos permiten advertir con claridad los presupuestos del nacimiento de lo que se llamó Provincias Unidas del Río de la Plata, Confederación Argentina o Nación Argentina.1S Así, si quisiéramos discernir en la posición de Gorriti los elementos sustanciales de este criterio de época, tanto para poder distinguirlo mejor del que se difundirá poco después, como para permitirnos comprender las características que asumía entonces el debate sobre la organización de una nación rioplatense, podríamos observar lo siguiente:

1. Un reconocimiento de la existencia de una identidad cultural hispanoamericana, que justificaría elconcepto de una nación hispanoamericana.

2. Una distinción de otro concepto de nación, como referido a gente que comparte un sistema legal yuna forma de gobierno.

3. El criterio que constituir una nación refiere a lo segundo.

Posteriormente, la actitud ante el problema seguirá el cauce proporcionado por la radical mutación que incorporó el Romanticismo en cuanto respecta a la valoración del pasado, de las tradiciones -en suma, de la Historia-, en la conformación del presente, y su peculiar acuñación de los significados de palabras como pueblo y nación. Se impondrá así el llamado principio de nacionalidad, cuya general difusión constituirá el supuesto universal de existencia de las naciones contemporáneas hasta los días que corren. Principio según el cual, a todo grupo humano culturalmente homogéneo, a toda nacionalidad, debía corresponder una presecia política estatal en la arena internacional. Desde entonces y hasta ahora, ha sido éste el criterio predominante, pese a que la obra de los historiadores abocados al tema ofrezca como resultado la convicción de su no pertinencia como explicación de lo realmente ocurrido en la historia contemporánea y sí, en cambio, de su calidad de visión ideologizada del problema. Y consiguientemente, será también el criterio predominante entre los historiadores larinoamericanistas.

Más allá de la discusión sobre la validez actual del principio de las nacionalidades, lo cierto es que el uso del término nación en tiempos de la Independencia y en los años que corren hasta el Pacto Federal de 1831, respondía al primero de esos criterios puntualizados más arriba. Y es ésta una de las comprobaciones esenciales para poder entender la conformación de la llamada cuestión nacional en ese período.16

Nos parece claro así que los que afrontaban ese debate eran representantes de diversos grupos humanos, que participaban de un universo cultural hispanoamericano, con fuerte conciencia de ello, pero

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que poseían por efecto de diversas circunstancias una vida social independiente, expresada en Estados que, aunque llamados provincias, eran también independientes y soberanos. Y es esta circunstancia, la de la existencia en la primera mitad del siglo, de diversos Estados libres, autónomos y soberanos que negociaban la constitución de una nación ríoplatense -una nación en el sentido de darse un mismo conjunto de leyes y un gobierno común-, la que la tradición historiográfica elaborada a partir de la segunda mitad del siglo olvidará, obsesionada por dibujar los orígenes de la nación argentina en términos de lo que, a partir del romanticismo, se entendería por Estado-nación: la inserción políticamente organizada en la arena internacional de una nacionalidad preexistente.

II. Federación o Confederación?

Si retornamos a los comentarios efectuados más arriba respecto del uso del concepto de nación en el período inmediato posterior a la Independencia, podremos reexaminar con mejores perspectivas la cuestión del federalismo, en cuanto problema sustancial a esta discusión. Un buen acceso a ese problema nos lo proporcionan las constituciones de las provincias rioplatenses que se suceden desde 1819 en adelante.

Esos textos constitucionales muestran, en los años inmediatamente posteriores al rechazo de la constitución de 1819, una variada actitud hacia los proyectos de organización de un Estado ríoplatense. En unos se observa una elocuente ausencia del interés por ellos -San-ta Fe, Corrientes-, en otros algunas alusiones y, en otros, como Córdoba y Entre Ríos, una fuerte presencia de tales proyectos, aunque motivada por la contemporánea posibilidad -1822, 1823- de un nuevo congreso constituyente de las provincias rioplatenses. Sin embargo, en ningún caso se perciben rastros aún de alguna conciencia de nacionalidad ríoplatense o argentina. En todo caso, es patente que mientras el gobierno o estado confederal a constituir se piensa en términos rioplatenses, las manifestaciones de identidad son de naturaleza americana. Es decir que, en cuanto a sentimientos de identidad colectiva, las provincias rioplatenses se conciben a sí mismas como americanas, no aún como argentinas, mientras que en términos de organización política, su delimitación es sí argentina o ríoplatense.

El fracaso constitucional de 1826 v el avance de la soberanía e independencias provinciales.

Esta tendencia se fortaleció, paralela al fortalecimiento de las independencias y soberanías de los Estados provinciales, luego del fracasado intento de imponer una solución de gobierno centralizado, llamado entonces unitario, por parte de los hombres de Buenos Aires, en 1826. Y tuvo su máxima expresión en los acuerdos que se convertirían en el Pacto Federal de 1831.17

A partir de entonces, se consolidará la pertenencia a una República Argentina organizada confederalmente. Pero, en la medida que la Confederación pactada en 1831 no avanzaría en el camino de una unión constitucional mayor -camino vetado por la oposición de Buenos Aires a mantener la Comisión Representativa que había decidido el Pacto Federal y a convocar un congreso constituyente también previsto por el Pacto-18, las nuevas constituciones provinciales reflejarían el ejercicio de atribu­ciones nacionales en estas provincias-Estados.

Un claro ejemplo de esto es la nueva constitución cordobesa de 1849 que mantiene gran parte del texto de 1821 pero que, en aquello que lo modifica, acentúa sus atribuciones nacionales en el ejercicio de la soberanía estatal. Esta nueva constitución cordobesa continúa invocando la autoridad mayor de la República Argentina, pero lo hace con mucho menos asiduidad que el de 1821. Han desaparecido, por ejemplo, las continuas referencias a las atribuciones del 'congreso general de los estados*, con que el

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texto de 1821 fijaba límites al ejercicio de las de la provincia.19 A diferencia del de 1821, en el que se percibe la supuesta inminencia de una organización estatal supraprovincial,20 el texto de 1847 es reflejo neto de un estado soberano, unido a los otros rioplatenses por los tenues lazos confederales pactados en 1831. Así, son mayores las atribuciones estatales que en el texto de 1821; especialmente por los derechos de establecer impuestos de importación y exportación, de disponer la amonedación provincial, y regular el sistema de pesas y medidas -Sec. VI, Cap. XIII, Atribuciones del poder legislativo-, mientras mantiene asimismo el derecho de patronato en cuestiones eclesiásticas -Cap. XV, art. 10. Y es especialmente significativa la sustitución del Cap. XXVI del texto de 1821, "De las milicias nacionales* -en el que se afirmaba el derecho de la provincia a organizarías hasta tanto no lo hiciera el 'congreso general de Tos estados'-, por un capítulo -el XVIII 'Milicias de la provincia*- que no contiene alusión alguna a fuerzas nacionales.

Por otra parte, sigue ausente una nacionalidad argentina que vaya más allá de la unión confederal en las invocaciones de las 'causas* a defender. El juramento del gobernador incluye este párrafo:

'...que defenderé la libertad e independencia americana contra todo poder extranjero y la santa causa nacional de la federación, que sostendré la integridad del territorio de la provincia y sus derechos contra toda agresión...'21

Similar tendencia, no tan patente aún como en el caso de Córdoba, había mostrado ya en 1841 la nueva constitución santafesina, con una fuerte afirmación de la soberanía, independencia y libertad de la provincia:

*La provincia de Santa Fe de la Veracruz se declara y constituye en un formal Estado y gobierno representativo e independiente. Su soberanía reside esencialmente en el conjunto de gentes que la habitan y es lo que se llama Estado.*

A esta rotunda afirmación de su soberanía estatal, seguía un breve segundo artículo en que se proclamaba la integración en la confederación argentina:

'Ella pertenece a la República Argentina y es una de las que componen su confederación*22

Pero, esta mención de su pertenencia a la Confederación argentina, invocada también en el juramento del gobernador y en la sección sobre 'Deberes de la provincia', no se refleja en forma de limitaciones al ejercicio de la soberanía provincial. Las Secciones III y VI, sobre atribuciones de los poderes legislativo y ejecutivo respectivamente, carecen de restricción alguna al ejercicio de esas atribuciones en lo referente a guerra, comercio exterior, tributación, y otras esferas de actividad.

Una novedad es la mención de la República Argentina en el juramento del gobernador al asumir el cargo:

'...que sostendré la libertad e independencia de la República Argentina y en particular de esta provincia bajo el sistema federal...'.23

Continúa en cambio, en lo referente a ciudadanía, la política de concederla a hijos de la provincia y a los americanos.

Es importante que advirtamos otra modalidad del lenguaje político de la época en estos textos constitucionales provinciales: la no utilización del término 'argentinos*, como vocablo correspondiente a Argentina (República o Confederación), lo que sugiere que la República Argentina designa a la reunión de las sociedades provinciales, pero no a una sociedad nacional amalgamada, a la cual corresponda un sentimiento de fuerte pertenencia; calidad que sí se percibe en las referencias a la patria provincial:

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"[todo ciudadano] debe servir a la patria cuando ella lo exija, sacrificando hasta su vida en caso necesario, y cuyo heroico ejercicio constituye el verdadero patriotismo*.24

El concepto de federalismo

Al llegar a este punto, nada más necesario para nuestro propósito que observar la historia del uso del propio concepto de federalismo. Pues pocos conceptos han sido tan centrales a la cuestión del Estado y de la nación rioplatense, y asimismo tan confundidos.

Recordemos, también en este punto, la necesidad de superar algunos lugares comunes de nuestra historiografía, la que ha considerado habitualmente a las provincias que se formaron en el Río de la Plata luego de la Independencia como partes de un Estado nacional rioplatense. Aún respecto de los períodos en que ese Estado no ha existido, como en los días inmediatos posteriores a la Independencia, o en buena parte de los lapsos transcurridos entre cada uno de los fracasados intentos de organizado constitucionalmente, tampoco ha dejado de considerarlas como partes de ese posible Estado, del que sólo por accidente se habrían encontrado privadas.

Lo que sigue no comparte ese punto de vista y, en su lugar, habrá de considerar que luego de la Independencia la construcción de nuevos Estados hispanoamericanos era un asunto aún indefinido y que por lo tanto, la naturaleza política de las llamadas provincias ríoplatenses fue también algo abierto a diversas posibilidades. Una de ellas la de convertirse en Estados independientes. Otra, la de integrarse en un Estado mayor que las englobase. Y, en este último caso, con también distintas posibilidades, dado que gran parte de lo que tradicionalmente solemos considerar como tendencias federales consistía, en realidad, en políticas de unión confederal, cuando no de simple iiaas o alianzas. Políticas con las que las llamadas provincias actuaban en calidad de Estados independientes y soberanos. Y es, insistamos, el pertinaz equívoco que entraña el llamar federales a los caudillos y otras figuras políticas de la época lo que contribuye a impedimos un mejor análisis de la cuestión.

El mito de los orígenes v la noción de federalismo en el Río de la Plata.

Otro lugar común de antigua data en la historiografía argentina, pero que ha perdurado hasta hoy, es el que identifica, y por lo tanto confunde, federalismo y confederacionismo. Es decir, se trata del equívoco de considerar las tendencias a veces confederales, otras meramente pactistas, que van desde la Independencia hasta la Constitución de 1853, como manifestaciones de una misma tendencia federal, tal como la que prevaleció en la última de esas fechas. Y por lo tanto, la irrupción del Estado federal en 1852/53 -Acuerdo de San Nicolás/Constitución- como simple continuidad de las políticas opuestas al monarquismo y al unitarismo, juzgadas como igualmente federales.

No han dejado de existir, desde un comienzo mismo del proceso de organización estatal rioplatense, advertencias sobre la necesidad de no confundir confederación y federación.25 Expresado en los térmi­nos de la polémica del momento, la necesidad de no confundir, cuando se invocaba el ejemplo de la Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica, los Artículos de Confederación de 1781 y la Constitución federal de 1787,26 asunto en el que será útil detenernos.

Federación. Confederación, ‘gobierno nacional*

De alguna manera, la comentada confusión no haría otra cosa que prolongar la forma en que trataba el asunto la literatura política previa a la experiencia del constitucionalismo norteamericano. Tal, por ejemplo, como lo hace Montesquieu en una de las más recurridas fuentes del debate constitucional de aquellos

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tiempos, su Espíritu de las Leves.27 Hasta el momento en que la constitución de Filadelfia inaugurara esa forma inédita de resolver el dilema de la concentración o desconcentración del poder que conocemos como federalismo norteamericano -y que da origen a la aparición de un nuevo sujeto de Derecho Internacional, el Estado federal-, los tratadistas políticos, desde la Antigüedad hasta el siglo XVIII sólo conocían una forma de federación, la confederación -unión de Estados independientes-, y a ella se referían con exclusividad cuando abordaban el tema del federalismo.

Por eso, encontramos en los editores norteamericanos de El Federalista una distinción de términos que puede sorprendemos. Se trata de su uso, al relacionarlos, en una acepción extraña a nuestro criterio actual: lo federal opuesto a lo nacional, entendiendo por "federal* lo confederal, y por nacional el Estado federal que proponían sus autores. Por ejemplo, al considerar qué carácter de gobierno es el propuesto en la nueva constitución, Madison observa que si se considera según sus fundamentos, el nuevo sistema norteamericano seguiría siendo federal [confederal] y no nacional [federal], dado que la aprobación de la nueva constitución sería efectuada no por los ciudadanos norteamericanos en cuanto tales, sino como pueblo de cada Estado para que éstos la ratifiquen. Es decir, por el pueblo...

"...no como individuos que integran una sola nación, sino como componentes de los variosEstados, independientes entre sí, a los que respectivamente pertenecen." [...] "Por lo tanto, elacto que instituirá la Constitución, no será un acto nacional, sino federal".28

La solución de compromiso del presidencialismo norteamericano, algo no previsto en doctrina alguna, con su yuxtaposición de una soberanía nacional y de las soberanías estatales, solución empírica para el conflicto político derivado de la ineficacia de los Artículos de Confederación de 1781 para organizar una nación, no correspondía a lo que la doctrina política entendía entonces por federalismo, en cuanto forma de Estado opuesta a la de unidad.29

Confederación v federación en el actual derecho político.

Posteriormente, a partir del estudio del proceso político norteamericano, los especialistas en derecho político distinguirán el concepto de federación del de confederación, si bien encuentran todavía serias dificultades para definirlos y precisar sus diferencias.30 Se ha discutido así cómo definir la confederación, cómo distinguir sus características de la del Estado federal, cómo sortear la dificultad de la superposición del Derecho Internacional y del Derecho interno que ella implica, cómo abordar la cuestión de la soberanía y la personalidad estatal, y otros problemas, todos estrechamente conectados entre sí. Según un punto de vista suficientemente comprensivo, la confederación sería...

“...una sociedad de Estados independientes, que poseen órganos propios permanentes para la realización de un fin común.”31

En general, las consideraciones respecto de la confederación, que en última instancia no hacen otra cosa que reflejar la experiencia histórica conocida -liga aquea, confederación helvética, confederación norteamericana...-, subrayan las cuestiones de la defensa y de la política económica en el origen de las confederaciones. Así como uno de sus rasgos característicos señalado por la mayoría de los autores que se ocupan del tema es que los Estados miembros de una confederación retienen su soberanía externa.32

Esta característica de estar formada por Estados independientes, propia de la confederación, la encontramos tanto en los tratadistas contemporáneos como anteriormente en Montesquieu o El Federalista. Montesquieu juzgaba que la confederación era una forma apropiada de gobierno que reunía las ventajas interiores del republicano y las exteriores del monárquico, y se refería a ella -en su lenguaje, la república federativa- como ‘una sociedad constituida por otras sociedades", y a sus miembros mediante conceptos como "cuerpos políticos", “sociedades", "pequeñas repúblicas".33 El Federalista.

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citando a Montesquieu, definía la confederación -la "república confederada"- "como 'una reunión de sociedades’ o como la asociación de dos o más Estados en uno solo*. En cuanto a las modalidades del Estado confederado, observa a continuación que...

"La amplitud, modalidades y objetos de la autoridad federal, son puramente discrecionales". Pero "mientras subsista la organización separada de cada uno de los miembros... [...] ...seguirá siendo, tanto de hecho como en teoría una asociación de Estados o sea una confederación.*34

III. El caso rloplatense: confederación de "provincias*?

Retomando a nuestro asunto, lo sorprendente es que este criterio del actual derecho político que distingue los conceptos de federación y confederación como correspondientes a dos distintas formas de organización política, esta noción de la distinta naturaleza de una confederación y un Estado federal, no impida seguir englobando las expresiones de la política antimonárquica y antiunitaria posteriores a la Independencia en la común denominación de federalismo. Porque de la adecuada comprensión de la diferencia que ambas formas suponen se infiere la distinta naturaleza de las unidades políticas participan­tes del proceso histórico posterior a la Independencia Esto es, si de lo que se trataba era de una confederación, entonces sus protagonistas, lo que nosotros llamamos provincias, no podían ser otra cosa que Estados libres y soberanos, con plena independencia en términos del derecho internacional.

La confusión puede ser atribuida a que la dificultad que ofrece el caso rioplatense, y que puede explicar la renuencia a reconocer la distinción confederación/Estado federal, es la de la naturaleza jurídicopolítica de las partes confederadas, que en el caso fueron las "provincias". Pues no puede menos que llamar la atención el hecho de no haberse reparado en lo anómalo de una confederación -reunión de Estados independientes-, creada por "provincias" -por definición, partes de otro Estado que las engloba.35

Juan A. González Calderón -destacado historiador constitucionalista de la primera mitad de este siglo-, por ejemplo, percibe con claridad la naturaleza jurídica que poseían las partes signatarias del Pacto Federal en 1831. Según este autor, ese pacto, el "estatuto fundamental" o "ley fundamental" de la Confederación argentina, que fue el acuerdo más importante concertado por las provincias rioplatenses desde 1810 con el propósito de lograr la organización constitucional que las uniese en un Estado nacional, cumplió el mismo papel que los Artículos de Confederación y Perpetua Unión de los Estados Unidos, con los cuales tiene muchas similitudes.34 Siguiendo a otro de los principales constitucionalistas argentinos, Luis V. Vareia, González Calderón observa que el régimen de confederación vigente desde entonces fue ejercido con arreglo a la doctrina constitucional norteamericana del período 1778-87 o a la germana de 1815.37 Y respecto de la entidad de las partes confederadas sostiene:

"Entre la situación política de los Estados norteamericanos confederados (1778-1787) y la de las provincias argentinas confederadas (1831 -1852) hay mucha analogía, aunque no haya identidad. La comparación puede hacerse sin exagerar la concordancia. Desde luego, el fundamento, la base, de esas dos confederaciones fue el pacto, lo que significa que las partes contratantes, Estados o Provincias, eran entidades jurídicas con absoluta capacidad o plenitud de poder para obligarse, y delegar voluntariamente, a una autoridad común, los derechos y atribuciones cuyo ejercicio en particular no les convenía reservarse."3®

Pero el autor no extrae todo lo que naturalmente se sigue de su punto de vista. La naturaleza de las entidades constituyentes de la Confederación de 1831 no deja de considerarla como la de provincias cuya índole estatal designa con las palabras autonomía o independencia, pero sin afrontar en momento alguno lo que se seguiría de reconocer en las partes que se confederan la plena naturaleza de Estado. Es más, retrocediendo en cierto momento, al afirmar que... ‘Cada una era una entidad cuasi-

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soberana...".39

Sin embargo, como ya advertimos, poseemos algunos testimonios que muestran que la distinción a la vez que correlación implicada en las parejas de conceptos provincia/Estado, y federación/confederación no había sido ignorada en los años posteriores a la Independencia. Veamos por ejemplo esta breve interrupción de Juan José Paso en el curso de un debate del Congreso constituyente sobre el nombre de la futura nación, en enero de 1825 -texto en el que la palabra "federación* equivale en realidad a "confederación", según lo ya expuesto sobre el uso de época de ese término:

"Pido la palabra para hacer una observación, que aunque es nominal, importa mucho a la propiedad. Si se considera que se ha de establecer un sistema de unidad, estará bien que se apruebe esta denominación de Provincias Unidas, etcétera, pues que las provincias son departamentos subordinados a un centro de unidad; mas si se adopta el sistema de federación, serán Estados y no provincias; por lo tanto, yo creo que si se ha de sancionar como está, debía ser dejándose la reserva de variar la palabra provincias en la de Estados, si se hubiese de adoptar el sistema de federación.’40

Tres testimonios significativos

La calidad de Estados independientes que poseyeron las provincias rioplatenses fue percibida por observadores de la época que no podían engañarse el respecto. Tres textos, uno de una etapa temprana y los otros de fines del período, merecen destacarse. El primero de ellos pertenece a Juan Manuel de Rosas, quien expresaba su disgusto por el tratado suscripto por las provincias dei Litoral el 31 de enero de 1831:

"Se concluyó el tratado y no he tenido un momento de ilusión... [...] ...Las provincias han venido a ser realmente estados diferentes y si no se busca otro fundente que los que hasta ahora se han puesto en práctica jamás se ligarán."41

Esta manifestación de disgusto hacia lo que evaluaba como política de las otras provincias no impidió que, poco más tarde, el principal vocero del gobierno de Buenos Aires, Pedro de Angelis, defendiese la misma política como un derecho de esta provincia:

"...La soberanía de las provincias es absoluta, y no tiene más límites que los que quieren prescribirle sus mismos habitantes. Así es que el primer paso para reunirse en cuerpo de nación debe ser tan libre y espontáneo como lo sería para Francia el adherirse a la alianza de Inglate-

Esta misma característica será todavía observada, con más detalles, por Juan Bautista Alberdi en 1852, luego de la caída de Rosas. Alberdi percibe que el régimen político de cada una de las provincias argentinas luego de 1820 poseía conformación nacional. Según su criterio, el conjunto de las provincias había imitado a la de Buenos Aires en cuanto a usurpar prerrogativas que correspondían a la nación. El gobierno de Buenos Aires organizado por Rivadavia en 1821...

"Era el primer gobierno de provincia que aparecía en la República Argentina, organizándose con independencia y prescindencia de los demás pueblos y revistiendo todas las formas de un gobierno representativo completo en sus elementos. Era un resultado consentido y confesado del aislamiento provincial, consagrado como opinión triunfante y erigido en sistema de gobierno’43

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Y añade:

°La mera existencia de catorce gobiernos completos en sus poderes elementales, sólo significaba la desmembración del gobierno nacional y la radicación del aislamiento en institu­ciones locales permanentes; significaba la creación de muchos -gobiernos aislados o independientes, viviendo en ese estado de cosas que impropiamente se ha llamado federal, y dando origen a la inmensa dificultad que hoy se toca de recolectar los poderes dispersados para formar el gobierno general derogado por las leyes locales y olvidado por las costumbres emanadas de esas leyes."

Esa dificultad, insiste, es la que las provincias...

"...hoy experimentan para desprenderse del uso de las facultades nacionales a que se han acostumbrado ya por el espacio de treinta años’44

De modo que Buenos Aires,

"...asignándose facultades nacionales, en vez de organizarse en provincia, se organizó en nación: y las otras provincias, copiando a la letra la planta de su gobierno en virtud del principio de igualdad aceptado en tratados por Buenos Aires, dieron a luz catorce gobiernos argentinos, de carácter nacional por el rango, calidad y extensión de sus poderes*45

Lo que está aquí expresado por Aiberdi es la percepción de la sustancia confederal subyacente en el llamado "federalismo": el proceso de formación de conatos de Estados-naciones en los contornos de las llamadas provincias.

Las demás provincias, continúa el autor de las Bases... desarrollaron una política similar. El Estatuto provisorio constitucional de Entre Ríos de 1822 y la constitución de Corrientes de 1824, que juzga imita­ciones de la constitución de 1819, les daban a esas provincias facultades de nacióa La legislación de la provincia de Mendoza, antes de su constitución formal, también asumía atribuciones nacionales.44

Por su parte, en un libro publicado en 1850, Sarmiento nos ofrece un notable testimonio de esta situación política del Río de la Plata al finalizar la primera mitad del siglo. En Arairópolis observamos que el autor del Facundo no ve mejor perspectiva que la de unir a toda la región en una confederación, perspectiva que más tarde, luego de lograda la unión federal en 1853, rechazará con horror. Pero en Arqirópolis su perspectiva no iba más allá de la forma confederal, pues proponía una Confederación formada por cada provincia de las que integraban entonces la Confederación Argentina, junto al Uruguay y al Paraguay, y cuya capital estaría en la isla de Martín García. Se trata de una fórmula que consulta, afirmaba,

"...los intereses de cada una de las provincias que forman la Confederación Argentina, los de la República del Uruguay y los del Paraguay, todas y cada una interesadas en hacer un arreglo de sus relaciones comerciales, de la navegación de sus ríos y de su independencia recíproca, sin sacrificar los intereses de todas las provincias al interés de una de ellas, ni el de todos los Estados contrincantes al de uno solo."47

Aparentemente, a partir de la interpretación que hacía entonces de la realidad rioplatense, Sarmiento parecía resignarse al camino confederal como perspectiva inmediata. Pocos años después, en 1853, en su Comentarios a la Constitución.... obra que tuvo mayor influencia, rechazará la posibilidad de interpretar la constitución del 53 en términos confederales, variante que repudia con firmeza.48

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IV. Constitucionalistas e historiadores: un diálogo en busca de fundar la nacionalidad

Porqué y cómo se dio esta sustitución de la imagen real del nacimiento del Estado argentino? Nuestro criterio es que, una vez constituido el país bajo la forma de una república federal, la consciencia en sus líderes intelectuales -formados en su mayoría bajo la influencia del romanticismo- de la necesidad de fortalecer la hegemonía de la élite dirigente sobre el resto de la población mueve a recurrir al principio de las nacionalidades. Primero, con el explícito -y podríamos agregar ingenuo- reconocimiento de la debilidad del sentimiento de identidad argentina. Luego, a medida en que el argumento de necesidad se va convirtiendo en acto de fe, con la postulación de esa nacionalidad como algo ya formado hacia 1810. En un trabajo sobre este tema, a punto de ser concluido, que elaboramos con uno de nuestros colaboradores, observamos lo siguiente:

"En esta perspectiva es fundamental destacar la existencia de dos grandes líneas interpretativas de la evolución y construcción del orden institucional y del Estado Argentino. La primera de ellas asimiló este proceso al experimentado por los E.E. U.U. Consideró entonces que la nación Argentina había surgido a partir de un pacto o contrato entre sus estados componentes, las provincias. La segunda sostuvo que la Nación ya estaba prefigurada desde los tiempos de la Colonia y que los estados provinciales se habían originado a partir de un conjunto de concesio­nes efectuadas por el Estado Nacional. Los dos argumentos fueron esgrimidos a menudo en los debates producidos en ámbitos académicos y sobre todo políticos. Es necesario entonces subrayar la relevancia política de esta discusión para la Argentina de fines del siglo XIX y principios del XX. Y considerar al respecto, es nuestro criterio, que surgida la nueva Nación Argentina en 1853, luego de la amplia difusión del principio de las nacionalidades, resulta lógico ver a sus líderes empeñados en sostener la existencia de una nacionalidad argentina previa a la emergencia política de las provincias. A diferencia de lo ocurrido en los E.E. U.U., que surgieron como Estado nacional cuando no existía el criterio de establecer una relación necesaria entre etnicidad y Estado nacional."'*

En la construcción de una nueva imagen del proceso político de la primera mitad del siglo pasado jugaron un papel de primer orden algunos de los historiadores constitucionalistas. Para ello, debieron modificar parcialmente la visión de los dos grandes fundadores de la historiografía argentina, Bartolomé Mitre y Vicente Fidel López. Estos habían narrado el proceso que va de 1810 a 1853 de manera tal que los caudillos provinciales aparecían como uno de los obstáculos fundamentales a la organización de la nación. Para buena parte de los líderes políticos y en general de los intelectuales que afrontaban el desafío de conducir el nuevo orden político rioplatense abierto por la Constitución de 1853/60, resultó incongruente y políticamente insostenible mantener tal visión que afectaba justamente a la mayoría de los gobernadores provinciales que hicieron posible con su anuencia la firma de la constitución de 1853, además de agraviar los sentimientos de identidad provincial en la figura de los proceres locales.

En realidad, el cambio de interpretación fue facilitado por un cambio previo en la enseñanza de la historia constitucional argentina, de naturaleza similar pero de mayor amplitud, cuyas características pueden ser evaluadas a través de los manuales de enseñanza de la materia -frecuentemente reproducción taquigráfica de las clases del profesor. Ese cambio data del acceso a la cátedra de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, por el segundo de sus titulares, Juan Manuel Estrada. Estrada no abandona la imagen negativa de los caudillos derivada de la obra de Mitre y de López. Pero al rechazar la identificación de la constitución argentina con la norteamericana, y sostener su calidad nacional diferenciada, inaugura la incorporación de la historia rioplatense a la enseñanza del Derecho constitucional, a manera de cuerpo de conocimientos sustitutivo de una todavía inexistente doctrina constitucional argentina. Esta inflexión nacionalista de la enseñanza de la historia constitucional rioplatense será continuada hasta principios de siglo por los sucesivos profesores de la cátedra, Lucio V. López, Aristóbulo del Valle, Manuel A. Montes de Oca.

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Mientras tanto, la práctica imperfecta del federalismo, su fuerte limitación por un Ejecutivo fortalecido a partir de la primera presidencia de Roca, las crecientes intervenciones del Ejecutivo nacional en las provincias, eran otros tantos motivos para una crisis de gravedad en la estructura de la política argentina, por cuanto afectaba a las relaciones de los que. detentaban el poder en la nación con los grupos de poder locales. Los historiadores no fueron ajenos a todo este conjunto de problemas que los afectaba como ciudadanos y les interesaba como objeto de estudio profesional.

Así, mientras una línea de historiadores y constitucionalistas desarrollaba la crítica del federalismo al punto de sostener la conveniencia de abandonarlo y volver a un Estado unitario,50 y otros propugnaban la necesidad de depurar la práctica del federalismo, sin abandonarlo, pero reiterando una visión negativa de sus exponentes en el pasado,S1 una nueva corriente innova en la cuestión tendiendo a convertir a los caudillos provinciales en campeones de la nacionalidad argentina. Los caudillos pasaban a ser considerados campeones del federalismo y, de esta manera, dejaban de ser los réprobos de la historia nacional para pasar a ocupar un lugar de honor en ella. Esta tendencia -cuyos orígenes es habitual atribuir erróneamente al llamado revisionismo de los años 30 en adelante- tuvo posiblemente su primera manifestación, en el terreno de la historia constitucional, en la obra de Luis V. Vareta,52 fue desarrollada por los catedráticos de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Plata, de reciente creación, y culminaría con la obra ya comentada de Juan A. González Calderón, historiador constitucionalista, y especialmente con la de Emilio Ravignani -historiador, historiador constitucionalista, y político radical-, cuyo esfuerzo para reivindicar la figura de Artigas e historiar la génesis del federalismo condiciona la mayor parte de su obra.

Pero...

‘...el intento de renovación y ‘revisión” de algunos aspectos de la Historia Constitucional tradicional no afectó a las bases ya planteadas por J. M. Estrada casi medio siglo antes. Las provincias y los caudillos fueron incorporados al proceso histórico de construcción de la Nación, pero la visión contractualista siguió siendo sistemáticamente descartada. Los constitucionalistas más importantes, incluso Ravignani, continuaron aceptando la idea de Estrada por la cual la nación se hallaba prefigurada desde tiempos coloniales. Era la misma imagen ya impuesta por B. Mitre y V. F. López en sus obras fundamentales. En la Historia política y en la Historia constitucional continuó siendo la imagen predominante. La vigencia de esta interpretación se prolongó a lo largo de todo el siglo XX debido, entre otros factores, a la presunción de su eficacia para cimentar el sentimiento y la idea de nacionalidad. Sin embargo, la solidez y fuerza de esta visión no contribuyó al esclarecimiento de ios múltiples y complejos procesos que culminaron con la formación y surgimiento del Estado argentino.*53

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MOTAS

1. José Carlos Chiaramonte, "El problema del origen de las nacionalidades hispanoamericanas y sus presupuestos historiográficos”, ponencia al Seminario Internacional "Las CienciasSociales en la Historiografía de la Lengua Española", ICFES,Cartagena, Colombia, 2 al 6 de julio de 1990. [Reproducida en la primera parte de este Cuaderno!

2. J. C. Chiaramonte, ob. cií. Asimismo, observa Góngora en otro lugar:

"La nacionalidad chilena ha sido formada por un Estado que ha antecedido a ella, a semejanza, en esto, de la Argentina.” Góngora, Mario, Ensayo Histórico sobre la noción de Estado en Chile en los siglos XIX v XX. Sgo. de Chile, Ed. Universitaria, 1986, págs. 25 y 37.

Góngora enuncia más adelante los rasgos de esa formación de la nacionalidad chilena:

"A partir de las guerras de la Independencia, y luego de las sucesivas guerras victoriosas del siglo XIX, se ha ido constituyendo un sentimiento y una conciencia propiamente ‘nacionales’, la ‘chilenidad’. Evidentemente que, junto a los acontecimientos bélicos, la nacionalidad se ha ido formando por otros medios puestos por el Estado: los símbolos patrióticos (banderas, Canción Nacional, fiestas nacionales, etc.), la unidad administrativa, la educación de la juventud, todas las instituciones. Pero son las guerras defensivas u ofensivas las que a mi juicio han constituido el motor principal." (pág. 38)

Esta tesis de Góngora ha sido motivo de polémica: véanse en la misma edición los trabajos del Anexo 3. "La polémica en torno ai Ensayo histórico de Mario Góngora".

3. Asimismo, se ha definido la nación -añade Hobsbawm- a partir de criterios subjetivos. Esto es, a partir de la existencia de una conciencia de pertenecer a ella, conciencia que puede ser colectiva -Renán: la nación como un plebiscito diario- o individual. Sin embargo, aduce Hobsbawm,

"definir una nación por la conciencia de sus miembros de pertenecer a ella es tautológica y sólo provee una guía a posteriori sobre qué es una nación." Eric Hobsbawm, Nations and nationalism since 1780, Programme, mith, realitv. Cambridge, Cambridge University Press, 1990, pág. 7.

Respecto de esta cuestión de conceptos, así como del principio de las nacionalidades, al que nos referiremos más de una vez, véase Ernest Gellner, Naciones y nacionalismo. Madrid, Alianza, 1988, págs. 13 y sigts.; E. Hobsbawm, ob. cit., págs. 14 y sigts.

4. Véase nuestro trabajo "Formas de identidad política en el Río de la Plata luego de 1810", Boletín del Instituto de Historia Argentina y Americana °Dr. Emilio Raviqnani". Tercera Serie, No. 1, 1989.

5. La Gaceta de Buenos Avres. 13/V/815, Reimpresión facsimilar..., pág. 261.

6. Sieyés, Emmanuel J., Qué es el Tercer Estado?. Seguido del Ensayo sobre los privilegios. México, U.N.A.M., 1983, pág. 61. El primer sentido de "nación", -observa Hobsbawm- y uno de los más frecuentes en la literatura, fue político. Equiparaba las nociones de "pueblo* y Estado, a la manera de las revoluciones norteamericana y francesa. Algo que es familiar en frases tales como "the nation-state", "the United Nations", o la retórica de los presidentes de los últimos tiempos. Pues en los primeros tiempos, añade, el discurso político en los E.E. U.U. prefería hablar de "el pueblo", “la unión", la "confederación", "nuestro territorio común", "el público", el "bienestar público" o la comunidad, de manera de evitar las implicaciones

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centralizantes y unitarias del término nación, adversas a los derechos de los estados federados. La nación así entendida era, o devino prontamente, aquella que, en el lenguaje francés, era "una e indivisible0. Esto es, el cuerpo de ciudadanos cuya soberanía colectiva los constituía en un Estado que era su expresión política. E. Hobsbawm, ob. cit., pág. 18. Del mismo autor es particularmente útil para el tema el capítulo "La fabricación de naciones" de su obra La era del capitalismo. Madrid, Punto Enojo/Guadarrama-, s. f., págs. 123 y sigts.

7. Padre Fray Benito Jerónimo Feijóo y Montenegro, "Amor de la patria y pasión nacional", Obras Escogidas. Biblioteca de Autores Españoles, [t. I], Madrid, M. Rivadeneyra, 1863, págs. 141 y sigts.

8. Actas del Congreso Nacional de 1824, Sesión del 4 de mayo de 1825, en Emilio Ravignani [comp.], Asambleas Constituyentes Argentinas. Tomo Primero, 1813-1833, Instituto de Investigaciones Históricas de la Facultad de Filosofía y Letras, Buenos Aires, 1937. Los textos que comentamos a continuación pertenecen al debate sobre el proyecto de creación de un ejército nacional. Este proyecto era resistido por representantes de provincias del Interior que veían en ese ejército un posible instrumento del gobierno central para imponerse a los gobiernos provinciales. El argumento más fuerte para impedir la creación del ejército pareció ser, a diputados como Gorriti, la improcedencia de crearlo antes de existir la nación. El argumento de sus opositores era que la nación ya existía desde el año 10 o 16. Curiosamente, muchos diputados de una y otra posición habían adoptado el criterio opuesto, un año antes, al discutirse la posesión de las rentas de la Aduana de Buenos Aires. Diputados de provincias del Interior opinaban que la nación existía, y que por lo tanto esas rentas debían ser nacionales, mientras diputados porteños afirmaban la no existencia de la nación para defender la permanencia de esas rentas en el Tesoro de Buenos Aires. La incongruencia de unos y otros se expresó en la explosión de indignación de uno de los constituyentes, José Valentín Gómez, con posterioridad a la citada exposición de Gorriti:

"Se ha tratado muchas veces de la creación del tesoro nacional. Si: se ha reclamado (no pueden negarlo los diputados que afectan desagradarse y oyen de mala voluntad mis opiniones en este acto), la creación del tesoro nacional. Se ha dicho que existía la nación y que desde que existía ésta, debía existir el tesoro nacional; y hoy cuando se trata de un ejército nacional para defender nuestras provincias hermanas, y nuestra seguridad, se dice que no puede ser. Es posible que cuando se trató del tesoro existía la nación, y cuando se trata del ejército ya no exista. Es posible que para el tesoro podía proveerse, sin esperar a la constitución, y al ejército no se pueda? Señores: esto desespera; y a la verdad que no sé en qué sentido ocupamos este lugar." Idem, pág. 1330.

9. Mariano Moreno, "Sobre el Congreso convocado, y Constitución del Estado", Escritos. Segunda Edición, Buenos Aires, Estrada, s.f., II, pág. 248.

10. Y aclara:

"Para sacudir el yugo peninsular de hecho nos unimos; mas esta unión no forma nación. Por muchos actos positivos hemos manifestado el deseo que tenemos de organizamos en uná nación, pero se ha organizado esta nación, señores? Se reunió una asamblea el año 13 y se disolvió el año siguiente sin haber conseguido el objeto. Se reunió un congreso el año 16, y se disolvió el año 20..." Id., lug. cit.

11. Real Academia Española, Diccionario de la lengua española. 1939.

12. Uuís García y Sevilla, "‘Llengua’, ‘nació’ i ‘estat’ al Dlccionari de la Relal Académia Espanyola", L’Avenc. N° 16, Mayo de 1979, pág. 53.

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13. Gazeta del 23 de mayo de 1811, pág. 412.

14. La Gaceta de Buenos Aires. 24 de enero de 1811, pág. 58.

15. Variantes todas que son convalidadas por una de las reformas de 1860 a la Constitución de 1853, aún vigente, en su art. 35.

16. La ausencia de esta percepción se observa también en un reciente y sugerente libro consagrado al problema de ia nación y del nacionalismo: Benedict Anderson, Imagined Communities. Londres, Verso, 1383. En el cap. 4, "Oíd Empires, New Nations", hace de la aparición de tendencias a formar nuevos Estados -Argentina, México, Venezuela-, expresiones de nacionalismo. Postura que le impide enfocar mejor la coexistencia del sentimiento de americano (español americano) con esas tendencias. Véase especialmente págs. 52 y sigts.

17. Respecto del contexto social y económico de las tendencias autonomistas y de los rasgos de ’estatidad* del proceso de organización política de las ‘provincias* rioplatenses, lo que sigue se basa en los siguientes trabajos nuestros: Mercaderes del Litoral. Economía v sociedad de la provincia de Corrientes en la primera mitad del siglo XIX. Buenos Aires, Fondo de Cultura Económica, en prensa;‘Legalidad constitucional o caudillismo: el problema del orden social en el surgimiento de los estados autónomos del Litoral argentino en la primera mitad del siglo XIX‘, Desarrollo Económico. Buenos Aires, Vol. 26, No. 102, julio-setiembre de 1986; ‘Finanzas públicas de las provincias del Litoral, 1821 -1841 ’, Anua­rio IHES. Instituto de Estudios Histórico-Sociales. Universidad del Centro de la Provincia de Buenos Aires, No. 1, Tandil, 1986.; ‘Formas de identidad política en el Río de la Plata luego de 1810", ob. cit.

18. Si bien es cierta la férrea oposición de Buenos Aires a mantener la Comisión Representativa surgida del Pacto Federal de 1831 y a convocar el congreso constituyente, también lo es que las perspectivas de las otras provincias no iban más allá de una confederación que no afectase el pleno ejercicio de sus soberanías.

19. Rasgo especialmente notable en el Cap. XIII "Atribuciones del Congreso", de la Sección VI, de la Constitución de 1821, en el que la mitad de sus 14 artículos incluyen la citada fórmula, mientras en la misma Sección y Capítulo, la Constitución de 1849 carece de referencias a alguna autoridad superior. Es útil comparar, por ejemplo, los artículos de ambas constituciones referentes a la facultad de reglar el comercio exterior de la provincia:

"Corresponde al congreso de la provincia con anuencia y consentimiento del Congreso general de los estados, establecer derechos de importación y exportación al comercio interior y al extranjero, siendo un deber de las leyes generales de la unión, el procurar uniformarlo en la libertad de toda suerte de trabas funestas a la mutua prosperidad de las provincias federales." (Const. de 1821, Sec. VI, Cap. XIII, art. 5)

El artículo sobre comercio exterior de la Constitución de 1849 -art. 4- posee en cambio el siguiente breve texto:

"Corresponde al Poder Legislativo establecer derechos de importación y exportación."

20. Véase una reseña de la evolución de las negociaciones para un congreso constituyente rioplatense entre 1820 y 1824, en Emilio Ravignani, "El Congreso nacional de 1823-1827, La Convención nacional de 1824-1829, Inconstitución y régimen de pactos", en Academia Nacional de la Historia, Historia de la Nación Argentina. Vol. Vil, Primera sección, Buenos Aires, 3a. edición, s/f., pág. 10 y sigts.

21. Cap. XV, art. 13, pág. 328.

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22. Sec. I, Art. 1; Id., art. 2.

23. Sec. V, art. 29.

24. Sec. X, 'Deberes de todo ciudadano', art. 82.

25. La Gaceta comenta a El Federalista que combate, dice, 'la idea de la división de estados o federaciones separadas... (art. 'sobre federaciones', 30/111/815, pág. 507) Asimismo, el Congreso de 1816 conoció los arts. de Confederación de los Estados Unidos: véase A. Padilla, La Constitución de Estados Unidos como precedente argentino. Buenos Aires, 1921, págs. 50 y 51. Más tarde, también Sarmiento distinguió con bastante propiedad la distinta naturaleza de la Confederación de 1781 y del Estado federal de 1787, y rechazaba el término confederación para designar lo emanado de la Constitución argentina de 1853. Sarmiento, D. F., Comentarios de la Constitución. Buenos Aires, Luz del Día, 1948, pág. 55 y sigts. [1a. ed.: Comentarios de la Constitución de la Confederación Argentina.... Santiago de Chile, Imprenta de Julio Belín y Ca., Setiembre de 1853]

26. Sobre las características de la influencia del constitucionalismo norteamericano del siglo XVIII hay una extensa bibliografía, frecuentemente polémica, cuyos primeros títulos nos remiten a los días inmediatos posteriores a la sanción de la Constitución de 1853. Una síntesis reciente se encuentra en Vanossi, Jorge R., Situación actual del federalismo. Buenos Aires, Depalma, 1964. Y del mismo autor ‘La influencia de la constitución de los Estados Unidos de Norteamérica en la Constitución de la República Argentina*, Revista Jurídica de San Isidro. Diciembre 1976, v El estado de derecho en el constitucionalismo social. Buenos Aires, Eudeba, 2a. ed., 1987.

27. Montesquieu, Del espíritu de las leves. Utilizamos la edición española de Madrid, Tecnos, 1985. Sobre la 'república federativa' (confederación), véase Segunda Parte, Libro IX *De las leyes en su relación con la fuerza defensiva', caps. I a III.

28. Hamilton, Madison, Jay, El Federalista México, F.C.E., 1974, pág. 161. Añade Madison que el acto no será resultado de la decisión de la mayoría del pueblo de la Unión. Ni siquiera de la mayoría de los Estados, dado que debe resultar del asentimiento unánime de éstos. Y comenta, luego de un análisis de los rasgos ya federales, ya nacionales, del sistema propuesto:

'La diferencia entre un gobierno federal y otro nacional, en lo que se refiere a la actuación del gobierno, se considera que estriba en que en el primero los poderes actúan sobre los cuerpos políticos que integran la Confederación, en su calidad política; y en el segundo, sobre los ciudadanos individuales que componen la nación, considerados como tales individuos.' Ob. cit., pág. 162.

29. Característica que ya observaba Tocqueville en un texto que, al mismo tiempo que da cuenta de la distinción -que posteriormente se expresó en el uso actual diferenciado de los términos federación y confederación-, sigue usando todavía el vocablo confederación para aludir al estado federal surgido de la constitución de Filadelfia:

'Esta constitución, que a primera vista se ve uno tentado a confundir con las constituciones federales que la han precedido, descansa en efecto sobre una teoría enteramente nueva, que se debe señalar como un gran descubrimiento de la ciencia política de nuestros días.

En todas las confederaciones que precedieron a la confederación Norteamericana de 1789, los pueblos que se aliaban con un fin común consentían en obedecer a los mandatos de un gobierno federal; pero conservaban el derecho de ordenar y vigilar entre ellos la ejecución de las leyes de la Unión.

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Los Estados de Norteamérica que se unieron en i 789, no solamente consintieron que el gobierno federal les dictara leyes, sino también que él mismo hiciera ejecutarlas." Alexis Tocqueville, La democracia en América. México, F.C.E., 1957, pág. 151.

30. Un dato significativo para percibir la persistencia de la confusión de lenguaje, es que todavía Lucio V. López, en su curso de Derecho constitucional, no perciba esa diferencia entre confederación y estado federal, tanto al tratar del caso norteamericano como del argentino. Lucio V. López, Curso de Derecho Constitucional, Extracto de las conferencias dadas en la Universidad de Buenos Aires. Buenos Aires, 1891, tres vols, vol. I, págs. 96 y 271 y sigts. Todavía más notable es que, en el segundo de esos lugares, trate el caso argentino como confederativo, para subrayar las facultades de los gobiernos de provincia emanadas de la constitución:

"Los gobiernos de provincia son la agrupación que constituyen la verdadera nación; sino del gobierno nacional un gobierno de excepción, no sólo por la especialidad [sic: especificidad?] de las materias que le competen, sino porque ha tenido por objeto su creación arrebatar a los gobiernos de provincia todas aquellas facultades que podrían originar conflictos si su ejercicio se dejase a los poderes de provincia"

31. Ottolenghi, Lezioni di Diritto Internazionale Pubblico. Anno Académico 1946-47, G. Giappichelli, editore, Turin, pág. 146, cit por Pablo Lucas Verdú, "Confederación", en Carlos E. Mascareñas, dir., Nueva Enciclopedia Jurídica Tom o IV, Barcelona, Francisco Seix, 1952, pag. 911. Este artículo provee un útil resumen del tema, pág. 910 y sigts. Una síntesis, con una extensa bibliografía, se encuentra también en Alberto Antonio Spota, Confederación v estado federal. Conceptos v esenciales disimilitudes. Buenos Aires, Cooperadora de Derecho y Ciencias Sociales, 1976. Resumiendo su análisis, el autor que transcribe ese texto, añade:

"La idea consiste, por lo tanto, en que en la confederación los Estados se vinculan de modo permanente en una organización paritaria, por medio de lazos internacionales, que da lugar a una institución internacional que obra en nombre de los Estados miembros en determinadas relaciones, tratados, declaración de guerra, y a veces con fines económicos, administrativos o políticos, con diverso grado de cristalización y eficacia práctica.Las notas de permanencia, organización y diversidad de fines de la confederación la distinguen de otras ligas internacionales (alianzas, por ejemplo)."31.

32. Este rasgo, inexistente en la Confederación Argentina surgida del Pacto Federal de 1831, le otorga a ésta un cariz peculiar.

33. Montesquieu, ob. cit., pág. 91.

34. El Federalista, ob. cit., pág. 35.

35. Caso que también es el de Holanda luego de la dominación española. Así Montesquieu alude a la confederación formada de estados y provincias, sin comentario al respecto -ob. cit, pág. 91 y sigts. Esta circunstancia ha posiblemente contribuido a que los tratadistas argentinos no ahondaran en el problema. Cabe observar, en el caso holandés, que la denominación de provincias era también un hábito remanente de la reciente dominación de ios Habsburgos.

36. Juan A. González Calderón, Derecho Constitucional Argentino, Historia. Teoría y Jurisprudencia de la Constitución. Tom o I, Buenos Aires, Lajouane, 1930, págs. 184 y sigts.

37. Juan A. González Calderón, ob. cit., pág. 187.

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38. Juan A. González Calderón, ob. cit., pág. 187. Entre las diferencias hay una "importante y profunda": que los Artículos norteamericanos instituyeron un Congreso como poder central, mientras que en el caso argentino una Comisión Representativa, que fue disuelta a poco andar y sustituida, sólo respecto a las Relaciones Exteriores y a jos asuntos de paz y guerra, por el Gobernador de Buenos Aires. Id, pág. 188.

39. Id., pág. 189.

40. Emilio Ravignani [comp.], Asambleas Constituyentes Argentinas. Tom o I, 1813-1833, Instituto de Investigaciones Históricas de la -Facultad de Filosofía y Letras, Buenos Aires, 1937, pág. 1026. Agüero asiente con el criterio de Paso:

"...ciertamente, si por convenio o convencimiento de las provincias que forman el Estado, viene a resultar que la forma de gobierno que se adopta sea de federación, le vendrá mal el nombre de Provincias Unidas, etcétera, y deberá ser Estados Unidos." Id., lug. cit.

41. Rosas a García, Santa Fe, 28 de enero de 1831, en Nicolau, Juan Carlos, Correspondencia inédita entre Juan Manuel de Rosas v Manuel José García Tandil, Instituto de Estudios Histórico-Sociales, U.C.P.B.A., 1989 [mimeo], pág. 50. Rosas expresaba su disgusto por no haberse podido someter a las provincias litorales a una organización política regida por la de Buenos Aires.

42. El Lucero. [1832], cit. en Emilio Ravignani [comp.], Relaciones Interprovinciales. La Licia Litoral H829- 18331. Facultad de Filosofía y Letras, Instituto de Investigaciones Históricas, Documentos para la Historia Argentina. Tom o XVII, Buenos Aires, 1922, Apéndice Segundo, Doc. No. 19, pág. 196. De Angelis respondía al gobernador de Corrientes, Pedro Ferré, quien había criticado duramente la oposición de Buenos Aires a la convocatoria de una asamblea constituyente prevista en el Tratado de 1831.

43. Aiberdi, Juan Bautista, Derecho Público Provincial Argentino. Buenos Aires, La Cultura Argentina, 1917. [el libro fue publicado en 1853], pág. 133. Véase el parágrafo I de la Segunda Parte -parte dedicada al "Examen crítico de las instituciones actuales de provincia en la República Argentina".

44. Id., págs. 136 y 137. Hay en Aiberdi dos criterios que es necesario distinguir: uno, el del carácter nacional de las instituciones que adoptaban las provincias (la adopción de las "todas las formas de un gobierno representativo completo"). Otro, el que esto era producto del abandono de un sistema nacional preexistente:

"Hasta 1821 jamás la República Argentina había conocido otro gobierno que el nacional o central: primeramente, bajo el antiguo régimen, el gobierno general del virreinato de la Plata, y desde 1810, con breves interregnos, el gobierno republicano nacional de las Provincias Unidas, hasta 1820, en que la Constitución unitaria de 1819 dejó de ser respetada por los pueblos sublevados contra el gobierno central mal organizado" (pág. 133)

Esta segunda tesis, que "pone" la Nación al comienzo del proceso, la hemos discutido más arriba. Nos interesa ahora la primera. Es decir, cómo y porqué concibe Aiberdi que lo hecho en las provincias era algo de índole nacional. Esa dificultad, insiste, es la que las provincias...

"...hoy experimentan para desprenderse del uso de las facultades nacionales a que se han acostumbrado ya por el espacio de treinta años" (pág. 137)

Qué fue lo que hizo Buenos Aires, imitado luego por las demás provincias?

"Imitó lo que conocía: copió las atribuciones del gobierno nacional, realista y patrio, de que había sido cabeza por espacio de dos siglos, y las dio a su gobierno de provincia"

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45. Id., pág. 138. Alberdí juzga a partir de ese criterio ía política de Buenos Aires luego de la organización constitucional:

"Antes eran sus leyes sueltas de carácter constitucional los depositarios de esos principios de disolución del gobierno nacional argentino: hoy lo es su Constitución moderna de Provincia-Estado. en que ha refundido esas leyes de desorden, para continuar en adelante, como de treinta años a esta parte, el sistema de estorbar y contrariar la institución de un gobierno común de todas las provincias, a fin de que no pasen a manos de éste los poderes y rentas nacionales de que Buenos Aires disfrutó por abuso." (pág. 150)

46. Id. págs. 186, 188, 190 y 191.

47. Sarmiento, Domingo F., Aroirópolis lo la capital de los estados confederados del Río de la Plata]. Buenos Aires, La Cultura Argentina, 1916, págs. 75 y 69. (la primera edición es de 1850)

48. D. F. Sarmiento, Comentarios.... ob. cit, pág. 55 y sigts.

49. José Carlos Chiaramonte y Pablo Buchbinder, Provincias, caudillos, nación, v la historiografía constitucionalistaargentina. 1853-1930. Documento para discusión interna, Instituto de Historia Argentina y Americana "Dr. Emilio Ravignani"* 1991.

50. Véase al respecto la obra de Rodolfo Rivarola, Del régimen federativo al unitario. Estudio sobre la organización política de la Argentina. Buenos Aires, Peuser, 1908.

51. José Nicolás Matienzo, El gobierno representativo federal en ia República Argentina. Madrid, Editorial América, [s/f]. La primera edición de la obra es de 1910.

52. Luis V. Varela, Historia constitucional de la República Argentina. 4 vois., La Plata, 1910.

53. J. C. Chiaramonte y Pablo Buchbinder, ob. cit.

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Esta edición de C U A D E R N O S D E L IN S T IT U TO RAVIGNANI se imprimió en octubre de 1991 en los talleres de la Prosecretaría de Publicaciones ’e la Facultad de Filosofía y Letras, Puan 460,

(1406) Buenos Aires, Argentina.