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  • 7/25/2019 Cte-si (Libro Reducido)

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    DICIEMBRE 2007

    MONOGRAFASCTE.CON

    SEJO

    SUPERIOR

    DE

    LOSC

    OLEGIOS

    DE

    ARQUITECTOS

    DE

    ESPAA

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    SI 1 Propagacin interior

    SI 2 Propagacin exterior

    SI 3 Evacuacin de ocupantes

    SI 4 Instalaciones de proteccin contra incendios

    SI 5 Intervencin de los bomberos

    SI 6 Resistencia al fuego de la estructura

    Consejo General de los ColegiosOficiales de Aparejadores yArquitectos Tcnicos de Espaa

    COLABORAN:

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    Edita: Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de Espaa

    Diseo, ilustracin y maquetacin: elTripulante

    ISBN: CTE 84-934051-6-7

    Depsito Legal: M-32.482-2006

    Imprime: artes grficas palermo, s.l.

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    PRESENTACIN

    El presente Documento de Aplicacin a Vivienda de Seguridad en caso de Incendiode Utilizacin (DAV-SI) forma parte de una coleccin realizada por el ConsejoSuperior de los Colegios de Arquitectos, con la colaboracin del Consejo Generalde los Colegios de Aparejadores y Arquitectos Tcnicos, que trata de facilitar laaplicacin del CTE a edificios de vivienda, entendidos en un sentido amplio ya quesuelen darse en el mismo inmueble otros usos con carcter no prioritario, talescomo aparcamiento y terciario.

    La limitacin de usos, la consideracin de que se trata de construcciones conven-cionales de no gran altura con predominio de macizo sobre hueco en fachadas, uncierto trabajo de reconversin de frmulas y tablas buscando envolventes simples

    de los valores (siempre del lado de la seguridad) y una reordenacin de contenidostendente a facilitar las decisiones de proyecto dan como resultado el presentedocumento, cuya aplicacin a un edificio, con las limitaciones que en l se advier-ten, permite, de forma sencilla, alcanzar el nivel de prestaciones exigido por el CTEy concretado en el Documento Bsico SI.

    Este documento (DAV-SI) est pendiente de reconocimiento por parte delMinisterio de Vivienda al amparo de lo previsto en el artculo 4. del CTE y ha sidoredactado por la Comisin de Expertos del CTE, en cumplimiento del acuerdo dela Asamblea General del Consejo Superior de 25 de noviembre de 2005.

    Esta publicacin ha tenido en cuenta las modificaciones que aparecen en el REAL

    DECRETO 1317/2007, del 19 de octubre, que afectan al redactado original. Ascomo la CORRECCION del Real Decreto 1317/2007, publicadas el 20 de diciembre2007.

    Dicha Comisin esta integrada por:

    Coordinador Fernando de Andrs lvarez.Directores de Equipo Francisco Labastida Azemar (Instalaciones),

    Jos Lus de Miguel Rodrguez (Estructuras) yEnrique Soler Arias (Plan de Formacin).

    Asesores Ricardo Aroca Hernndez-Ros.Jess Feij Muoz.

    Colaboradores Fernando Garca Monzn.Redaccin Final Jos Mara Garca del Monte.Apoyo del CSCAE Antonio Cerezuela Motos.Secretaria Administrativa Almudena Garca Gonzlez.

    Siendo Presidente del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos el Ilmo. Sr. D.Carlos Hernndez Pezzi.

    Colabora en la edicin de la publicacin la Asociacin de Seguros Mutuos deArquitectos Superiores, ASEMAS.

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    INTRODUCCIN

    El objetivo del requisito bsico Seguridad en caso de incendio consiste en redu-cir a lmites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daosderivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las caracte-

    rsticas del proyecto y construccin del edificio, as como de su mantenimiento yuso previsto. (Artculo 11 de la Parte I del CTE).

    Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarn, construirn, mantendrny utilizarn de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias bsicasde seguridad.

    Los captulos de este documento se corresponden con las exigencias bsicas deseguridad en caso de incendio que son:

    SI 1 Propagacin interior.SI 2 Propagacin exterior.SI 3 Evacuacin.

    SI 4 Instalaciones de proteccin contra incendios.SI 5 Intervencin de los bomberos.SI 6 Resistencia al fuego de la estructura.

    La correcta aplicacin de cada captulo supone el cumplimiento de la exigenciabsica correspondiente. La correcta aplicacin del conjunto del documento supo-ne que se satisface el requisito bsico Seguridad en caso de incendio.

    Este Documento de la Gua de aplicacin del CTE tiene por objeto facilitar el cum-plimiento del Documento Bsico de Seguridad en caso de incendio en edificiosde vivienda de nueva construccin. En este sentido:

    - Especifica los parmetros de seguridad en caso de incendio que afectanal uso residencial vivienda as como a otros usos como el de aparcamien-to que coexisten habitualmente con el primero.

    - El texto sigue la estructura del DB SI simplificando y reordenando algunosprrafos para facilitar su lectura y aplicacin.

    - Utiliza tablas y cuadros, en la lnea del DB SI, para especificar los parme-tros exigibles.

    - Se incorpora el Anejo de Terminologa, ya que los trminos deben uti-lizarse conforme al significado y condiciones que se establecen en elAnejo.

    - Contempla la modificaciones y correcciones del CTE DB SI establecidas enel RD 1371/2007 (BOE 23-10-2007)

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    NDICE

    SI 1 Propagacin interiorCompartimentacin en sectores de incendio

    Locales y zonas de riesgo especialEspacios ocultos. Paso de instalaciones a travs de elementos de compartimentacinde incendiosReaccin al fuego de los elementos constructivos, decorativos y de mobiliario

    SI 2 Propagacin exteriorMedianerasFachadasCubiertas

    SI 3 Evacuacin de ocupantesCompatibilidad de los elementos de evacuacinClculo de la ocupacin

    Nmero de salidas y longitud de los recorridos de evacuacinDimensionado de los medios de evacuacinProteccin de las escalerasPuertas situadas en recorridos de evacuacinSealizacin de los medios de evacuacinControl del humo de incendio

    SI 4 Instalaciones de proteccin contra incendiosDotacin de instalaciones de proteccin contra incendiosSealizacin de las instalaciones manuales de proteccin contra incendios

    SI 5 Intervencin de los bomberos

    Condiciones de aproximacin y entornoAccesibilidad por fachada

    SI 6 Resistencia al fuego de la estructuraGeneralidadesResistencia al fuego de la estructura

    ANEJOSAnejo SI A* TerminologaAnejo SI V1 Resistencia al fuego de los elementos estructurales

    nota: el anejo marcado con asterisco es reproduccin del que figura en la norma original,mientras que el V1 ha sido elaborado especficamente para este documento comosimplificacin de los anejos C a E del CTE.

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    SI 1 Propagacin interior

    EXIGENCIA BSICA SI 1:Se limitar el riesgo de propagacin del incendio por el interior del edificio.

    COMPARTIMENTACIN EN SECTORES DE INCENDIO

    Los edificios se deben compartimentar en sectores de incendio, segn las condiciones que se establecen a continuacin, demanera que la resistencia al fuego de sus elementos separadores satisfaga las condiciones de la tabla adjunta.

    CONDICIONES DE USO PREVISTO DEL EDIFICIO CONDICIONESCOMPARTIMENTACIN O ESTABLECIMIENTO

    (SI 1 apartado 1) Residencial vivienda Superficie construida de cada sector de incendio: Sc 2.500 m2

    (Sc 5.000 m2 si dispone de extincin automtica y He 80 m)

    Resistencia al fuego de los elementos que separan viviendas entre s EI 60Aparcamiento Sc 100 m2 : local de riesgo bajointegrado en edificio de vivienda Sc > 100 m2 : siempre sector de incendio. Cualquier comunicacin con l

    se har a travs de vestbulo de independencia

    Administrativo, Docente Constituyen sector de incendio si Sc 500 m2

    integrados en edificio de vivienda

    Residencial pblico Constituyen sector de incendio si Sc 500 m2

    integrado en edificio de vivienda

    Comercial, Pblica concurrencia, Siempre ser sector de incendioHospitalariointegrados en edificio de vivienda

    Observaciones:1- A efectos del cmputo de la superficie de un sector de incendio, se considera que los locales de riesgo especial y las escaleras y

    pasillos protegidos contenidos en dicho sector no forman parte del mismo.

    2- Las escaleras y los ascensores que sirvan a sectores de incendio diferentes estarn delimitados por elementos constructivos cuya

    resistencia al fuego ser, como mnimo, la requerida a los elementos separadores de sectores de incendio.

    3- Las escaleras y los ascensores que comuniquen sectores de incendio diferentes o bien zonas de riesgo especial con el resto del edi-

    ficio, estarn compartimentados.

    4- Los ascensores dispondrn en cada acceso, o bien puertas E 30(1) o bien de un vestbulo de independencia con una puerta EI230-C5,

    excepto en zonas de riesgo especial o de uso Aparcamiento, en las que se debe disponer siempre el citado vestbulo. Cuando se

    opte por disponer en ste, tanto la puerta EI230-C5 de acceso a l, como la puerta E30 de acceso al ascensor, en el sector superior

    no se precisa ninguna de estas medidas.

    RESISTENCIA ELEMENTO Uso del sector Plantas con altura de evacuacin, h,:AL FUEGO (1) bajo rasante sobre rasante(SI 1 apartado 1) h 1,50 m h 15 m 15 < h 28 m h > 28 m

    Paredes (EI) y Residencial vivienda EI 120 EI 60 EI 90 EI 120techos (REI) que Residencial pblico, EI 120 EI 60 EI 90 EI 120separan el sector Docente, Administrativodel resto del Comercial, Pblica EI 120edificio (2) Concurrencia, Hospitalario (EI 180, si h EI 90 EI 120 EI 180

    edificio > 28m)

    Aparcamiento EI 120 EI 120 EI 120 EI 120

    Puertas de paso Comunicacin directa: EI2 t/2-C5entre sectores Con vestbulo de independencia: EI2 t/4 C5

    de incendio Siendo t el tiempo exigido al paramento

    Observaciones:

    1- Como alternativa, cuando se haya adoptado el tiempo equivalente de exposicin al fuego para los elementos estructurales, podr

    adoptarse ese mismo tiempo para la resistencia al fuego que deben aportar los elementos separadores de los sectores de incendio.

    (Ver anejo SI B del Documento bsico Seguridad en caso de Incendio).

    2- El techo que separa el sector de una planta superior debe tener la resistencia al fuego con la caracterstica REI en lugar de EI, al

    tratarse de un elemento portante y compartimentador de incendios. Si se trata de una cubierta no destinada a actividad alguna, ni

    prevista para ser utilizada en la evacuacin, slo precisa aportar la resistencia al fuego R que le corresponda como elemento estruc-

    tural, excepto en las franjas a las que hace referencia la Seccin SI 2, en que dicha resistencia debe ser REI.

    GUA DE APLICACIN DEL DOCUMENTO BSICO DE SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO EN RESIDENCIAL VIVIENDA8 |

    SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOResidencial vivienda

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    LOCALES Y ZONAS DE RIESGO ESPECIAL

    Los locales y zonas de riesgo especial integrados en los edificios se clasifican conforme los grados de riesgo alto, medio y bajoy deben cumplir las condiciones que se establecen a continuacin.Los locales destinados a albergar instalaciones y equipos regulados por reglamentos especficos, tales como transformadores,maquinaria de aparatos elevadores, calderas, depsitos de combustible, contadores de gas o electricidad, etc. se rigen,adems, por las condiciones que se establecen en dichos reglamentos. Las condiciones de ventilacin de los locales y equipossern compatibles con la compartimentacin.Se excluyen los equipos situados en las cubiertas de los edificios, aunque estn protegidos por elementos de cobertura.

    CLASIFICACIN USO PREVISTO DEL LOCAL O ZONA Tamao del local o zona(SI 1 apartado 2) S = superficie construida, V = volumen construido

    Riesgo bajo Riesgo medio Riesgo alto

    Trasteros (incluso los que comunican50 < S 100 m2 100 < S 500 m2 S > 500 m2

    directamente con zonas de aparcamiento)

    Aparcamiento de vehculos 100 m2En todo caso - -

    (si s 100 m2, es sector de incendios)

    Almacn de residuos 5 < S 15 m2 15 < S 30 m2 S > 30 m2

    Local de contadores de electricidad En todo caso - -y de cuadros generales de distribucin

    Sala de maquinaria de ascensores En todo caso - -

    Salas de calderas con potencia til 70 < P 200 kW 200 < P 600 kW P > 600 kWnominal P

    Salas de mquinas de instalacionesde climatizacin (segn RITE) En todo caso - -

    Salas de refrigerante amoniaco En todo caso - -maquinariafrigorfica refrigerante halogenado P 400 kW P > 400 kW -

    Almacn de combustible slido para- En todo caso -

    calefaccin

    Centro detransformacin >300C En todo caso - -

    aparatos conaislamiento Potencia total P 2.520 kVA 2.520 < P 4.000kVA P > 4.000 kVA

    dielctrico seco o 300C Potencia

    lquido con punto en cada P 630 kVA 630 P 1.000 kVA P > 1.000 kVA

    de inflamacin transformador

    Sala de grupo electrgeno En todo caso

    CONDICIONES CARACTERSTICAS Riesgo bajo Riesgo medio Riesgo alto

    (SI 1 apartado 2) Resistencia al fuego de la estructuraR 90 R 120 R 180

    portante (1)

    Resistencia al fuego de las paredes (EI)y techos (REI) que separan la zona del EI 90 EI 120 EI 180resto del edificio (2) (3)

    Vestbulo de independencia en cadacomunicacin de la zona con el resto - S S

    del edificio

    Puertas de comunicacin con el resto EI2 45-C5 2 x EI2 30-C5 2 x EI2 45-C5del edificio Abren hacia el interior Abren hacia el interior

    del vestbulo de del vestbulo de

    independencia independencia

    Recorrido de evacuacin mximo 25 m 25 m 25 mhasta alguna salida del local

    (computar en la longitud total del recorrido

    hasta la salida de planta)Observaciones:1 El tiempo de resistencia al fuego no debe ser menor que el de la estructura portante del conjunto del edificio, excepto cuan-

    do la zona se encuentre bajo una cubierta no prevista para evacuacin y cuyo fallo no suponga riesgo para la estabilidad de otras

    planta ni para la compartimentacin contra incendios, en cuyo caso puede ser R 30.

    2 Puede adoptarse como alternativa el tiempo equivalente de exposicin al fuego, excepto en los locales destinados a albergarinstalaciones y equipos. (Ver anejo SI B del Documento bsico Seguridad en caso de Incendio).

    El techo que separa el sector de una planta superior debe tener la resistencia al fuego con la caracterstica REI en lugar de EI,al tratarse de un elemento portante y compartimentador de incendios. Si se trata de una cubierta no destinada a actividadalguna, ni prevista para ser utilizada en la evacuacin, slo precisa aportar la resistencia al fuego R que le corresponda como

    elemento estructural, excepto en las franjas a las que hace referencia SI 2, en las que dicha resistencia debe ser REI.

    3 La resistencia al fuego del suelo, REI, es funcin del uso al que est destinada la zona existente en la planta inferior.

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    ESPACIOS OCULTOS. PASOS DE INSTALACIONES A TRAVS DE ELEMENTOS DE COMPARTIMENTACIN DE INCENDIOS

    La compartimentacin del edificio en sectores de incendio se debe garantizar tambin en los espacios ocultos y en los pasos deinstalaciones adoptando, en cada caso, las estrategias que se indican a continuacin.

    ESPACIOS OCULTOS Alternativas Mantener la compartimentacin contra incendios de los espacios ocupables(Patinillos, cmaras, falsos en los espacios ocultos

    techos, suelos elevados, Compartimentar los espacios ocultos respecto de los espacios habitables, al menosetc.) con la misma resistencia al fuego, EI-t, en cerramientos y EI-t/2 en registros

    (SI 1 apartado 3) de mantenimiento

    En cualquier caso Se limita a tres plantas y 10 m el desarrollo vertical de las cmaras no estancas en lasque existen elementos cuya clase de reaccin al fuego no sea Bs3d2, B Ls3d2 o mejor

    PASO DE Mecanismo de obturacin automtica que garantice en dicho punto una resistenciaINSTALACIONES al fuego, EI-t, igual a la del elemento atravesado: por ejemplo, compuertas(Cables, tuberas, Alternativas cortafuegos y dispositivos intumescentes de obturacin (collarines para bajantes,conducciones, conductos etc.)

    de ventilacin, etc.) Elementos pasantes que aporten una resistencia al fuego, EI-t, al menos igual aexcluidas las penetraciones la del elemento atravesado: por ejemplo conductos de ventilacin, chimeneas, etccuya seccin de paso no

    exceda de 50cm2

    (SI 1 apartado 3)

    REACCIN AL FUEGO DE LOS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS Y DECORATIVOS

    Los elementos constructivos deben cumplir las condiciones de reaccin al fuego que se establecen a continuacin.

    ELEMENTOS SITUACIN DEL ELEMENTO excepto REVESTIMIENTOS (1)

    CONSTRUCTIVOS en el interior de las viviendas De techos y paredes (2) (3) De suelos (2)

    (SI 1 apartado 4) Zonas ocupables (4) C-s2,d0 EFL

    Pasillos y escaleras protegidos B-s1,d0 CFL-s1

    Recintos de riesgo especial B-s1,d0 BFL-s1y aparcamientos

    Espacios ocultos no estancos(patinillos, falsos techos, B-s3,d0 BFL-s2 (5)

    suelos elevados, etc.)

    Observaciones:1- Siempre que superen el 5% de las superficies totales del conjunto de las paredes, del conjunto de los techos o del conjunto

    de los suelos del recinto considerado.

    2- Incluye las tuberas y conductos que transcurren por las zonas que se indican sin recubrimiento resistente al fuego. En caso de

    tuberas con aislamiento trmico lineal, la clase de reaccin al fuego ser la que se indica pero incorporando el subndice L.

    3- Incluye a aquellos materiales que constituyan una capa contenida en el interior del techo o pared y que no est protegida por

    una capa que sea EI 30 como mnimo.

    4- Incluye tanto las de permanencia de personas como las de circulacin que no sean protegidas. Excluye el interior de viviendas.

    5- Se refiere a la parte inferior de la cavidad. Por ejemplo, en la cmara de los falsos techos se refiere al material situado en la

    cara superior de la membrana. En espacios con clara configuracin vertical (por ejemplo, patinillos) esta condicin no es apli-

    cable.

    INSTALACIONES Las condiciones de reaccin al fuego de los componentes de las instalaciones elctricas (cables, tubos,ELCTRICAS bandejas, regletas, armarios, etc.) se regulan en su reglamentacin especfica(SI 1 apartado 4)

    ELEMENTOS TEXTILESDE CUBRICIN M-2, segn norma UNE 23727:1990(carpas, entoldados)

    (SI 1 apartado 4)

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    SI 2 Propagacin exterior

    EXIGENCIA BSICA SI 2 :Se limitar el riesgo de propagacin del incendio por el exterior, tanto por el edificio considerado como a otros edificios.

    MEDIANERIAS

    Con el fin de limitar el riesgo de propagacin de incendio a otros edificios las medianerias o muros colindantes con otros edi-ficios deben garantizar la resistencia al fuego que se indica.

    CONDICIONESResistencia al fuego EI-120

    (SI 2 apartado 1.1)

    FACHADAS

    CONDICIONES PARA OBJETO MBITOLIMITAR EL RIESGO Con el fin de limitar el riesgo de - Entre dos edificiosDE PROPAGACIN propagacin exterior horizontal del - En un mismo edificio: * entre dos sectores de incendioEXTERIOR incendio a travs de las fachadas se * entre una zona de riesgo especial altoHORIZONTAL cumplirn las condiciones que se y otras zonas del edificio(SI 2 apartado 1.2) indican a continuacin * hacia una escalera o pasillo protegido

    desde otras zonas

    CONDICIONESLos puntos de ambas fachadas que nosean al menos resistentes al fuegoEI-60 debern estar separados unadistancia, d, en proyeccin horizontal en 0 45 60 90 135 180

    funcin del ngulo, , que forma losplanos exteriores de dicha fachada. d 3,00 2,75 2,50 2,00 1,25 0,50Cuando se trate de edificios colindantes

    y diferentes la fachada del edificio considerado cumplir el 50% de la distancia d hasta la bisectriz del nguloformado por ambas fachadas.

    Fachadas enfrentadas Fachadas a 90 Fachadas a 180

    Fachadas a 45 Fachadas a 60 Fachadas a 135

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    SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOResidencial vivienda

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    FACHADAS

    CONDICIONES PARA OBJETO MBITOLIMITAR EL RIESGODE PROPAGACIN Con el fin de limitar el riesgo de propagacin exterior - Entre dos sectores de incendioEXTERIOR VERTICAL vertical del incendio por fachada se cumplirn - Entre una zona de riesgo especial alto y otras(SI 2 apartado 1.3) las condiciones que se indican a continuacin zonas ms altas del edificio

    - Entre una escalera protegida o pasillo protegido desde

    otras zonas

    CONDICIONES

    La fachada debe ser resistente al fuego EI-60 en En caso de existir elementos salientes aptos parauna franja de 1 m de altura medida sobre el plano impedir el paso de las llamas, la altura de la franjade fachada podr reducirse en la dimensin de dicho saliente

    Encuentro forjado-fachada Encuentro forjado-fachada con saliente

    CONDICIONES MBITO CONDICIONESPARA LIMITAREL RIESGO DE - Fachada cuyo arranque inferior - Materiales que ocupen ms dePROPAGACIN sea accesible al pblico bien 10% de la superficie de acabadoEXTERIOR desde la rasante exterior o desde exterior de las fachadas Clase de reaccin al fuego B-s3 d2SUPERFICIAL una cubierta hasta una altura de 3,5 m como(SI 2 apartado 1.4) - Materiales situados en las mnimo

    superficies interiores de sus

    cmaras ventiladas

    Toda fachada de altura > 18m - Materiales que ocupen ms de10% de la superficie de acabadoexterior de las fachadas Clase de reaccin al fuego B-s3 d2

    en toda su altura

    - Materiales situados en lassuperficies interiores de sus

    cmaras ventiladas

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    CUBIERTAS

    CONDICIONES PARA OBJETO MBITOLIMITAR EL RIESGODE PROPAGACIN Con el fin de limitar el riesgo de - Entre dos edificiosEXTERIOR propagacin exterior del incendio(SI 2 apartado 2.1, 2.2) por la cubierta se cumplirn las - En un mismo edificio * entre dos sectores de incendio

    condiciones que se indican a * entre una zona de riesgo especial alto

    continuacin y otras zonas del edificio

    CONDICIONES

    Franja resistente al fuego EI-60 de 0,50 m de anchura medida desde el edificio colindante

    Franja resistente al fuego EI-60 de 1 m de anchura situada en el encuentro con la cubierta de todoelemento compartimentador de un sector de incendio o de un local de riesgo especial alto

    Prolongacin de la medianera o elemento compartimentador 0,60 m por encima del acabado de cubierta

    Encuentro entre cubierta y fachadaque pertenezcan a sectores de

    incendio o a edificios diferentes secumplir la siguiente relacin entre:

    - la altura, h, sobre la cubierta a la que

    debe estar cualquier zona de fachada

    < EI-60

    - la distancia, d, en proyeccin

    horizontal de la fachada a cualquier

    zona de cubierta < EI-60

    Encuentro cubierta-fachada

    d (m) 2,50 2,00 1,75 1,50 1,25 1,00 0,75 0,50 0

    h (m) 0 1,00 1,50 2,00 2,50 3,00 3,50 4,00 5,00

    CONDICIONES PARA MBITO CONDICIONESLIMITAR EL RIESGO Zonas de cubierta situadas Materiales de que ocupen ms del 10%DE PROPAGACIN a menos de 5m de distancia revestimiento del acabado exterior deEXTERIOR de la proyeccin vertical las cubiertasSUPERFICIAL de cualquier zona de Clase de reaccin al fuego(SI 2 apartado 2.3) fachada del mismo o de Situados en la cara superior B ROOF (t1)

    otro edificio, cuya de los voladizos cuyo

    resistencia al fuego ser saliente exceda de 1 m

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    SI 3 Evacuacin de los ocupantes

    EXIGENCIA BSICA SI 3 :El edificio dispondr de los medios de evacuacin adecuados para que los ocupantes puedan abandonarlo o alcanzar un lugarseguro dentro del mismo en condiciones de seguridad.

    COMPATIBILIDAD DE LOS ELEMENTOS DE EVACUACIN

    CONDICIONES USO DEL ESTABLECIMIENTO CONDICIONESDE COMPATIBILIDAD integrado en un edificio de viviendas

    (se aplica cuando existen usos - Administrativo, Docente, Hospitalario o Salidas de uso habitual y recorridos hasta el espacio exteriordiferentes del de vivienda en un Residencial Pblico cuya superficie seguro:edificio destinado a vivienda) construida sea Sc > 1.500 m2 - Estarn situados en elementos independientes de las zonas

    comunes del edificio y compartimentados respecto de ste(SI 3 apartado 1) - Comercial, Pblica concurrencia de de igual forma que deba estarlo el establecimiento en cuestin

    cualquier superficie - No obstante, dichos elementos podrn servir como salidas deemergencia de otras zonas del edificio

    Salidas de emergencia:- Podrn comunicar con un elemento comn de evacuacin del

    edificio a travs de un vestbulo de independencia, siempre

    que dicho elemento est dimensionado teniendo en cuenta

    dicha circunstancia.

    CLCULO DE LA OCUPACIN

    CRITERIOS Para determinar la ocupacin de cada zona as como del conjunto del edificio o establecimiento:

    - Se debe adoptar los valores de densidad de ocupacin que se indican en la tabla siguiente aplicados a lasuperficie til de cada zona. En aquellos recintos o zonas no incluidos en la tabla se deben aplicar losvalores correspondientes de la seccin SI 3 del DB SI

    - Se debe tener en cuenta el carcter simultneo o alternativo de las diferentes zonas de un edificio,considerando el rgimen de actividad y de uso previsto para el mismo

    DENSIDADES USO PREVISTO ZONA, TIPO DE ACTIVIDAD DENSIDAD OCUPACINDE OCUPACIN (m2 / persona)(SI 3 apartado 2)

    Residencial Vivienda Plantas de vivienda 20

    Aparcamiento Aparcamiento 40

    Cualquiera Zonas de ocupacin ocasional y accesiblesnicamente a efectos de mantenimiento: salas Ocupacin nulade mquinas, locales para material de limpieza,

    trasteros, etc.

    GUA DE APLICACIN DEL DOCUMENTO BSICO DE SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO EN RESIDENCIAL VIVIENDA14 |

    SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOResidencial vivienda

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    NMERO DE SALIDAS Y LONGITUD DE LOS RECORRIDOS DE EVACUACIN

    CRITERIOS En cada caso recinto, planta, edificio- se indicar el nmero de salidas que debe haber, como mnimo, ascomo la longitud mxima de los recorridos de evacuacin hasta ellas. Las caractersticas de escaleras yrampas se definen en el DB SU 1 y algunas caractersticas de las puertas en el DB SU 3.

    NUMERO DE SALIDAS NMERO DE SALIDAS CONDICIONESDE PLANTA Y EXISTENTESRECORRIDOS Plantas o recintos con una Ocupacin mxima (si se supera este 100 personas, en general

    DE EVACUACIN sola salida de planta o umbral hay que proyectar ms de una 500 personas en el conjunto del(SI 3 apartado 3) salida de recinto salida por planta) edificio, en el caso de salida de un

    respectivamente edificio de viviendas;50 personas en zonas desde las que laevacuacin hasta una salida de planta

    deba salvar una altura mayor que 2 m

    en sentido ascendente

    Longitud mxima de los recorridos de 25 mevacuacin hasta una salida de planta 35 m en uso Aparcamiento(el origen de salida de cada vivienda ser su 50 m si se trata de una planta inclusopuerta de entrada) de uso aparcamiento que tiene

    una salida directa al espacio exterior

    seguro y la ocupacin 25 personas

    Altura mxima de evacuacindescendente (si se supera este umbral hay 28 mque proyectar ms de una salida por planta)

    que conduzcan a escaleras diferentes

    Plantas o recintos con ms Longitud mxima de los recorridos de 50 m, en generalde una salida de planta o evacuacin hasta alguna salida desalida de recinto planta 35 m, en uso Residencial Vivienda

    respectivamente Longitud mxima de los recorridos deevacuacin desde su origen hasta llegar

    25 m, en general

    a algn punto desde el cual existan al

    menos dos recorridos alternativos 35 m, en uso Aparcamiento

    Si la altura de evacuacin de la planta es mayor de 28 m o si ms de 50 personas

    precisan salvar en sentido ascendente una altura de evacuacin mayor de 2 m, al

    menos dos salidas de planta conducen a dos escaleras diferentes

    DIMENSIONADO DE LOS MEDIOS DE EVACUACIN

    CRITERIOS 1- Cuando en un recinto, en una planta o en el edificio deba existir ms de una salida, la distribucin de los(SI 3 apartado 4.1) ocupantes entre ellas debe hacerse suponiendo inutilizada una de ellas, bajo la hiptesis ms desfavorable.

    2- Cuando existan varias escaleras protegidas no es preciso suponer inutilizada en su totalidad alguna ellas. Encambio, cuando existan varias escaleras no protegidas, debe considerarse inutilizada en su totalidad algunade ellas, bajo la hiptesis ms desfavorable.

    3- En la planta de desembarco de una escalera, el flujo de personas que la utiliza deber aadirse a la salidade planta, a efectos de determinar su anchura. Dicho flujo deber estimarse: P = 160 x A escalera o

    P = N de personas si es menor de 160.

    4- El dimensionado de los elementos de evacuacin debe realizarse conforme a lo que se indica en la tabla.DIMENSIONADO TIPO DE ELEMENTO DIMENSIONADO VALOR MNIMO(SI 3 apartado 4.2) Puertas y pasos A P / 200 0,80 m

    0,80 m A puerta de una hoja 1,20 m

    0,60 m A cada hoja puerta 2 hojas 1,20 mA de puerta de salida del recinto de unaescalera protegida 0,80 x A escalera

    Pasillos y rampas A P / 200 1,00 m0,80 m en pasillos previstos para 10personas que sean usuarios habituales

    Escaleras evacuacin A P / 160 1,00 mno protegidas descendente 0,80 m, en escaleras previstas para 10

    evacuacin A P / (160-10h) personas que sean usuarios habituales.ascendente 1,20 m, en uso docente, pblica

    Escaleras protegidas E 3 S + 160 AS concurrencia y comercialPasillos protegidos P 3 S + 200 A 1,40 m uso hospitalarioEn zonas Pasos, pasillos y rampas A P / 600 1,00 mal aire libre: Escaleras A P / 480 1,00 mA = Anchura del elemento, [m]

    AS = Anchura de la escalera protegida en su desembarco en la planta de salida del edificio, [m]h = Altura de evacuacin, [m]

    P = Nmero total de personas cuyo paso est previsto por el punto cuya anchura se dimensiona.

    E = Suma total de los ocupantes asignados a la escalera. Solo ser necesario aplicar la hiptesis de bloqueo de salidas de

    planta en una de las plantas, bajo la hiptesis ms desfavorable;

    S = Superficie til del recinto o bien de la escalera protegida en el conjunto de las plantas de las que provienen las P personas,

    incluyendo la superficie de los tramos, de los rellanos y de las mesetas intermedias o bien del pasillo protegido.

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    DIMENSIONADO DE LOS MEDIOS DE EVACUACIN

    CAPACIDAD DE NMERO DE OCUPANTES QUE PUEDEN UTILIZAR LA ESCALERAEVACUACIN DE ANCHURA ESCALERA NO PROTEGIDA ESCALERA PROTEGIDA O ESPECIALMENTE PROTEGIDA (1)LAS ESCALERAS DE LA Evacuacin descendente o ascendente,(SI 3 apartado 4.3) ESCALERA Evacuacin Evacuacin segn nmero de plantas

    en m ascendente (2) descendente 2 4 6 8 10 cadaplanta ms

    1,00 132 160 224 288 352 416 480 +321,10 145 176 248 320 392 464 536 +361,20 158 192 274 356 438 520 602 +411,30 171 208 302 396 490 584 678 +471,40 184 224 328 432 536 640 744 +521,50 198 240 356 472 588 704 820 +581,60 211 256 384 512 640 768 896 +641,70 224 272 414 556 698 840 982 +711,80 237 288 442 596 750 904 1058 +771,90 250 304 472 640 808 976 1144 +842,00 264 320 504 688 872 1056 1240 +922,10 277 336 534 732 930 1128 1326 +99

    2,20 290 352 566 780 994 1208 1422 +1072,30 303 368 598 828 1058 1288 1518 +1152,40 316 384 630 876 1122 1368 1614 +123

    Observaciones:1- La capacidad que se indica es vlida para escaleras de doble tramo, cuya anchura sea constante en todas las plantas y cuyas dimen-

    siones de rellanos y de mesetas intermedias sean las estrictamente necesarias en funcin de dicha anchura. Para otras configuracio-

    nes debe aplicarse la formula de la tabla anterior, determinando para ello la superficie S de la escalera considerada.

    2- Una escalera no protegida para una evacuacin ascendente de ms de 2,80 m no puede servir a ms de 100 personas.

    PROTECCIN DE LAS ESCALERAS

    PROTECCIN DE Condiciones segn tipo de proteccin de la escaleraLAS ESCALERAS USO (1) h: altura de evacuacin de la escalera(SI 3 apartado 5) P: nmero de personas a las que sirve en el conjunto de plantas

    No protegida Protegida (2) Especialmente protegida

    Escaleras previstas para evacuacin descendente

    Residencial viviendah 14 m h 28 m

    (si h > 14 m, no se admite) (si h > 28 m, no se admite) Se admite en todo caso

    Aparcamiento No se admite No se admite

    Escaleras previstas para evacuacin ascendente

    En general h 2,80 m Se admite en todo caso2,80 < h 6,00 m P 100 personas Se admite en todo caso Se admite en todo casoh > 6,00 m No se admite

    Aparcamiento No se admite No se admite

    Observaciones:1- Las escaleras cumplirn en todas las plantas de sus tramos para evacuacin las condiciones ms restrictivas de las correspondien-

    tes a cada uno de ellos. Cuando un establecimiento contenido en un edificio de uso Residencial Vivienda no precise constituir sec-

    tor de incendio, las condiciones exigibles a las escaleras comunes son las correspondientes a dicho uso.

    2- Las escaleras que comuniquen sectores de incendio diferentes pero cuya altura de evacuacin no exceda de la admitida para las

    escaleras no protegidas, no precisan cumplir las condiciones de las escaleras protegidas, sino nicamente estar compartimenta-

    das de tal forma que a travs de ellas se mantenga la compartimentacin exigible entre sectores de incendio, siendo admisible

    la opcin de incorporar el mbito de la propia escalera a uno de los sectores a los que sirve.

    GUA DE APLICACIN DEL DOCUMENTO BSICO DE SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO EN RESIDENCIAL VIVIENDA16 |

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    PUERTAS SITUADAS EN RECORRIDOS DE EVACUACIN

    CONDICIONES CARACTERSTICA CONDICIONES MBITODE LAS PUERTAS(SI 3 apartado 6) Tipo Abatibles con eje de giro vertical Puertas previstas como:

    Sistema de cierre - No acta mientras haya actividad - salida de planta- O dispositivo de fcil y rpida abertura sin tener - salida de edificio

    que utilizar una llave y sin tener que actuar - evacuacin > 50 personassobre ms de un mecanismo

    - Las anteriores condiciones no son aplicables cuandose trate de puertas automticas

    Dispositivos de apertura - Manilla o pulsador segn norma UNE EN 179: 2003 Ocupantes habitualesApertura en sentido > 200 personas, en uso residencial viviendade evacuacin > 100 personas, en general

    > 50 personas del recinto o espacio donde estn situadas

    SEALIZACIN DE LOS MEDIOS DE EVACUACIN

    Los salidas y los recorridos de evacuacin se deben sealizar con las siguientes condiciones.

    CONDICIONES DE Normativa UNE 23034-1998SEALIZACIN DE Salidas de recinto, planta o Seal con el rtulo SALIDALOS MEDIOS edificio de uso Excepciones: - Uso residencial vivienda;DE EVACUACIN habitual - Recinto S < 50 m2 con ocupantes habituales y cuya salida(SI 3 apartado 7) sea fcilmente visible desde todo punto del mismo

    de uso exclusivo enSeal con rtulo SALIDA DE EMERGENCIA

    caso de emergenciaRecorridos Direccin - Siempre que desde el origen de evacuacin no se perciban

    claramente las salidas o sus seales

    - Frente a la salida de un recinto > 100 personas que acceda

    lateralmente a un pasillo

    Alternativos Se indicar la alternativa correcta en los puntos de los recorridos enque existan alternativas que puedan inducir a error

    Sin salida Seal con el rtulo SIN SALIDA junto a las puertas que no sean saliday puedan inducir a error (nunca se colocaran sobre la hoja)

    Disposicin de seales De forma coherente con la asignacin de ocupantes que se pretendehacer hacia cada salida (UNE 23034/88une 23035-4-2003)

    CONTROL DEL HUMO DE INCENDIO

    En los casos que se indican se instalar un sistema de control de humo de incendio para que la evacuacin de los ocupantes sepueda llevar a cabo con seguridad.

    CONDICIONES DE APARCAMIENTOS que no tengan la consideracin de aparcamiento abiertoCONTROL DE HUMO

    (SI 3 apartado 8)Diseo y clculo UNE 23585: 2004 y EN 12101-6: 2005

    Ventilacin por extraccin Caudal de aire : 120 l/plaza smecnica con aberturas deadmisin de aire, segn DB HS 3, Activacin automtica mediante unaCalidad del aire interior instalacin de deteccin

    Cierre automtico de las aberturas ms cercanas al

    suelo, si las hay, mediante compuertas E600 90.

    Ventiladores F400 90

    Conductos E600 90 si transcurren por un nicosector

    EI 90 si atraviesan elementosseparadores de sectores de incendio

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    SI 4 Instalaciones de proteccin contra incendios

    EXIGENCIA BSICA SI 4:El edificio dispondr de los equipos e instalaciones adecuados para hacer posible la deteccin, el control y la extincin delincendio, as como la transmisin de la alarma a los ocupantes.

    DOTACIN DE INSTALACIONES DE PROTECCIN CONTRA INCENDIOS

    Los edificios de vivienda deben disponer de las instalaciones de proteccin contra incendios que se indican en la tabla siguiente.

    DOTACIN DE USO RESIDENCIAL VIVIENDAINSTALACIONES INSTALACIONES MBITO CONDICIONES(SI 4 apartado 1) Extintores porttiles General Eficacia: 21A 113B

    En cada planta, a 15 m de recorrido desde todo origen de evacuacin

    Locales o zonas de riesgo Eficacia: 21A 113B

    especial: - En el exterior: uno prximo a la puerta de acceso, que podr

    - trasteros servir a varios locales o zonas

    - aparcamientos 100m2 - En el interior: los necesarios para que el recorrido real, L, hasta

    - locales instalaciones algn extintor (incluido el situado en el exterior) sea: L 15 m, en

    - almacenes riesgo especial medio o bajo; L 10 m, en riesgo especial alto

    Bocas de incendio Zonas de riesgo especial alto Los equipos sern de tipo 25 mmColumna seca h > 24 m Los municipios podrn sustituir esta condicin por la de una instalacin de

    bocas de incendio si no pueden garantizar su funcionamiento

    Hidrantes exteriores H descendente > 28 m 1 Se pueden considerar los5.000 Sc 10.000 m2 1 hidrantes que se encuentran

    Sc > 10.000 m2 1 adicional c/10.000 m2 o fraccin en la va pblica a menos de

    100 m de la fachada accesible

    Extincin automtica h > 80 mDeteccin y alarma h > 50 m Como mnimo: detectores y dispositivos de alarma de incendio en zonas

    comunesAscensor h > 35 m - Capacidad de carga 630 kgde emergencia - Superficie de cabina 1,40 m2

    - Anchura de paso 0,80 m

    - Velocidad: recorrido en menos de 60 s.

    - En la planta de acceso al edificio: pulsador junto a los mandos del

    ascensor, bajo una tapa de vidrio, con la inscripcin USO

    EXCLUSIVO BOMBEROS. La activacin del pulsador provocar el

    envo del ascensor a la planta de acceso y permitir su maniobra

    exclusivamente desde la cabina

    - Fuente propia de energa que disponga de una autonoma 1 h

    USO APARCAMIENTO INTEGRADO EN EDIFICIO DE VIVIENDASINSTALACIONES MBITO CONDICIONESExtintores porttiles Eficacia: 21A 113B

    En cada planta, cada 15 m de recorrido desde todo origen de evacuacin

    Bocas de incendio Sc > 500 m2 Los equipos sern de tipo 25 mmColumna seca > 3 plantas bajo rasante Tomas en todas las plantas

    > 4 plantas sobre Los municipios podrn sustituir esta condicin por la de una instalacin

    rasante de bocas de incendio si no pueden garantizar su funcionamiento

    Hidrantes exteriores H ascendente > 6 m 1 Se pueden considerar los1.000 Sc 10.000 m2 1 hidrantes que se encuentran en la

    Sc > 10.000 m2 1 adicional c/10.000 m2 o fraccinva pblica a menos de 100 de la

    de la fachada accesible del edificio

    Deteccin y alarma Sc > 500 m2 El sistema dispondr al menos de detectores de incendioSiendo, h : altura de evacuacin; Sc: superficie construida

    Observaciones:

    Segn el RIPCI, las BIE se colocarn:

    - Distancia entre cualquier punto del local y una BIE 25 m.

    - Separacin entre BIES 50 m.

    - Siempre que sea posible, a menos de 5 m de las salidas del sector de incendio, sin que constituyan obstculo para su utilizacin.

    GUA DE APLICACIN DEL DOCUMENTO BSICO DE SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO EN RESIDENCIAL VIVIENDA18 |

    SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOResidencial vivienda

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    DOTACIN DE LAS INSTALACIONES DE PROTECCIN CONTRA INCENDIOS

    - El diseo, la ejecucin, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de las instalaciones de proteccin contra incendios,as como sus materiales, componentes y equipos han de cumplir lo que se establece en el Reglamento de instalaciones deproteccin contra incendios, RIPCI, en sus disposiciones complementarias, y en cualquier otra reglamentacin especfica quele sea de aplicacin.

    - La puesta en funcionamiento de las instalaciones requiere la presentacin, ante el rgano competente de la ComunidadAutnoma, el certificado de la empresa instaladora (Art. 18 del RIPCI).

    SEALIZACIN DE LAS INSTALACIONES MANUALES DE PROTECCIN CONTRA INCENDIOS

    Las instalaciones de proteccin contra incendios de utilizacin manual se deben sealizar con las siguientes condiciones.

    CONDICIONES DE Instalaciones de utilizacin manual Extintores, bocas de incendio, pulsadores manuales, dispositivosSEALIZACIN DE de disparo de los sistemas de extincinLAS INSTALACIONES(SI 4 apartado 2) Normativa UNE 23033-1, en general

    UNE 23035-4, fotoluminiscentes

    Tamao en funcin de la distancia 210 x 210 mm, si d 10 m

    de observacin de la seal, d 420 x 420 mm, si 10 < d 20m594 x 594 mm, si 20 < d 30m

    Alumbrado de emergencia Las seales deben ser visibles incluso en caso de falloen el suministro al alumbrado normal

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    SI 5 Intervencin de los bomberos

    EXIGENCIA BSICA SI 5:Se facilitar la intervencin de los equipos de rescate y de extincin de incendios.

    CONDICIONES DE APROXIMACIN Y ENTORNO

    El emplazamiento de los edificios debe garantizar las siguientes condiciones de aproximacin y entorno para facilitar laintervencin de los bomberos.

    APROXIMACIN ELEMENTO CONDICIONESA LOS EDIFICIOS Vial de aproximacin de Anchura libre mnima 3,5 m(SI 4 apartado 1.1) los vehculos de Bomberos Altura libre mnima o de glibo 4,5 m

    a los espacios de maniobra Capacidad portante 20 kN/m2

    de los edificios de altura Anchura libre mnima en tramos 7,20 m, delimitada por la traza de unade evacuacin h > 9 m curvos corona circular cuyos radios mnimos

    son 5,30 m y 12,50 m

    ENTORNO Espacio de maniobra Anchura libre mnima 5 mDE LOS EDIFICIOS para los Bomberos Altura libre mnima o de glibo La del edificio(SI 4 apartado 1.2) en edificios de altura Pendiente mxima 10 %

    de evacuacin, h, Resistencia al punzonamiento 100kNmayor que 9 m a lo largo sobre un crculo de dimetro 20 cmde las fachadas que estn Se cumplir en las tapas de registro > 15 x 15 cmsituados los accesos o y se adecuarn a la norma UNE EN 124:1995bien al interior del Va de acceso sin salida Si tiene una longitud mayor de 20 m, seedificio o bien al espacio dispondr un espacio suficiente para laabierto interior en el maniobra de los vehculos del servicio deque se encuentran extincin de incendiosaquellos Separacin mxima del vehculo Altura de evacuacin Separacin mxima

    de Bomberos al edificio del edificio, h(desde el plano de fachada al eje h 15 m 23 m

    del vehculo) 15 m < h 20 m 18 m

    h > 20 m 10 m

    Condiciones de accesibilidad Libre de mobiliario urbano, arbolado,jardines, mojones u otros obstculos

    Distancia mxima hasta los accesosal edificio necesarios para poder

    30 m

    llegar hasta todas las zonasAcceso a la instalacin de Acceso para el camin de bombeo a menoscolumna seca del edificio, si hay de 18 m del punto de conexin, que ha de

    ser visible

    Zonas edificadas Franja de separacin entre la Franja de 25 m de anchura, libre de arbustoslimtrofes o interiores a zona edificada y la zona forestal o vegetacin que pueda propagar un incendio

    reas forestales Camino perimetral de 5 m: podrincluirse en la franja

    Vas de acceso a la zona Dos vas alternativas, preferentemente,edificada o urbanizada que cumplan las condiciones de viales

    de aproximacin

    Acceso nico, si no es posible lo anterior,finalizar en fondo de saco de 12,50 m de radio

    ACCESIBILIDAD POR FACHADA

    Las fachadas de los edificios con altura de evacuacin mayor que 9 m deben disponer de huecos que permitan el acceso desdeel exterior al personal del servicio de extincin de incendios, que cumplirn las condiciones siguientes.

    CONDICIONES DE ELEMENTO CONDICIONESACCESIBILIDAD Huecos Ubicacin En cada una de las plantas del edificio. Separacin 25 m entre ejes de dosPOR FACHADA huecos consecutivos medida sobre la fachada(SI 4 apartado 2) Antepecho 1,20 m, respecto del nivel de la planta a la que accede

    Dimensiones Ancho 0,80 m; Alto 1,20 mAccesibilidad No se instalaran en fachada elementos que impidan o dificulten la accesibilidad

    al interior del edificio a travs de dichos huecos

    GUA DE APLICACIN DEL DOCUMENTO BSICO DE SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO EN RESIDENCIAL VIVIENDA20 |

    SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOResidencial vivienda

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    SI 6 Resistencia al fuego de la estructura

    EXIGENCIA BSICA SI 6:La estructura portante mantendr su resistencia al fuego durante el tiempo necesario para que puedan cumplirse las anterioresexigencias bsicas.

    GENERALIDADES

    La estructura portante de un edificio de uso residencial vivienda debe presentar los valores de resistencia al fuego que se esta-blecen a continuacin. La resistencia al fuego de un elemento puede establecerse:

    a) Comprobando las dimensiones de su seccin transversal con las distintas tablas segn el material dadas en los anejos C, D, E y F.b) Obteniendo su resistencia por los mtodos simplificados dados en los anejos B, C, D, E y F.c) Mediante la realizacin de ensayos que establece el RD 312/2005 de 18 de marzo.d) Otros modelos de incendio que se ajusten al fuego real, en edificios singulares. (no se tratan en este documento) .

    RESISTENCIA AL FUEGO DE LA ESTRUCTURA

    CRITERIOS Se considera que la resistencia al fuego, R, de un elemento estructural principal de un edificio (incluidosforjados, vigas y soportes) es suficiente si:

    - Alcanza la clase indicada en la siguiente tabla que representa el tiempo en minutos de resistencia ante laaccin representada por la curva normalizada tiempo-temperatura, o

    - Soporta dicha accin durante el tiempo equivalente de exposicin al fuego. (Ver anejo SI B del Documento bsicoSeguridad en caso de Incendio)

    ELEMENTOS DEL EDIFICIO Uso del sector de Plantas stano Plantas sobre rasanteESTRUCTURALES incendio considerado (1) h 1,50 m Altura de evacuacin del edificio, hPRINCIPALES h < 15 m 15 h < 28 m h 28 m(SI 6 apartado 2) Vivienda unifamiliar (2) R 30 R 30 - -

    Residencial Vivienda,

    Residencial Pblico, R 120 R 60 R 90 R 120

    Docente, AdministrativoComercial, Pblica R 120

    Concurrencia (R 180, si h edificio R 90 R 120 R 180

    > 28 m)

    Aparcamiento (situado R 120bajo un uso distinto)

    Observaciones:1- La resistencia al fuego suficiente de un suelo es la que resulte al considerarlo como techo del sector de

    incendio situado bajo dicho suelo.

    2- En viviendas unifamiliares agrupadas o adosadas, los elementos que formen parte de la estructura comn

    tendrn la resistencia al fuego exigible a edificios de uso Residencial Vivienda.

    DE LOS Local o zona de riesgo Resistencia al fuego de los elementos estructurales (2)LOCALES especial (1)O ZONAS DE Bajo R 90RIESGO Medio R 120ESPECIAL Alto R 180

    Observaciones:1- La resistencia al fuego suficiente de un suelo es la que resulte al considerarlo como techo del sector de

    incendio situado bajo dicho suelo.

    2- No ser inferior al de la estructura portante de la planta del edificio excepto cuando la zona se encuentre

    bajo una cubierta no prevista para evacuacin y cuyo fallo no suponga riesgo para la estabilidad de otras

    plantas ni para la compartimentacin contra incendios, en cuyo caso puede ser R 30.

    DE CUBIERTAS No previstas para ser utilizadas en la evacuacin de los ocupantes y cuya altura respecto deLIGERAS la rasante exterior no exceda de 28 m, as como los soportes que nicamente sustenten(carga dichas cubiertas, podrn ser R 30 cuando su fallo no pueda ocasionar daos graves a lospermanente edificios o establecimientos prximos, ni comprometer la estabilidad de otras plantas

    1 kN/m2) inferiores o la compartimentacin de los sectores de incendio.

    CONTENIDOS Escaleras protegidas o pasillos protegidos: sern como mnimo R-30EN Escaleras especialmente protegidas: no es necesario comprobar la resistencia al

    fuego de los elementos estructurales

    ELEMENTOS - La misma resistencia al fuego que a los elementos principales si su colapso puede ocasionar daos personalesESTRUCTURALES o compromete la estabilidad global, la evacuacin o la compartimentacin en sectores de incendio del edificio.SECUNDARIOS (cargaderos, - No precisan cumplir ninguna exigencia de resistencia al fuego en otros casos.altillos, entreplantas)

    DAV-SI. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO | 21

    SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOResidencial vivienda

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    Anejo SI A: TERMINOLOGA

    ALTURA DE EVACUACIN:Mxima diferencia de cotas entre un origen de evacuacin y la salida de edificio quele corresponda. A efectos de determinar la altura de evacuacin de un edificio no seconsideran las plantas en las que nicamente existan zonas de ocupacin nula.

    APARCAMIENTO ABIERTO:

    Es aquel que cumple las siguientes condiciones:a) Sus fachadas presentan en cada planta un rea total permanentemente abierta

    al exterior no inferior a 1/20 de su superficie construida, de la cual al menos1/40 est distribuida de manera uniforme entre las dos paredes opuestas que seencuentren a menor distancia;

    b) La distancia desde el borde superior de las aberturas hasta el techo no excedede 0,5 metros.

    CURVA NORMALIZADA TIEMPO-TEMPERATURA:

    Curva nominal que representa un modelo de fuego totalmente desarrollado en unsector de incendio (UNE EN 1991-1-2:2004).

    CURVAS TIEMPO-TEMPERATURA:

    Temperatura del aire en la proximidad de las superficies de un elemento, en funcindel tiempo. Pueden ser:

    a) Nominales: curvas convencionales adoptadas para clasificar o verificar la resis-tencia al fuego, por ejemplo, la curva normalizada tiempo-temperatura, la curvade fuego exterior o la curva de fuego de hidrocarburos;

    b) Paramtricas: determinadas a partir de modelos de fuego y de los parmetrosfsicos especficos que definen las condiciones del sector de incendio (UNE EN1991-1-2:2004).

    ESCALERA ABIERTA AL EXTERIOR:

    Escalera que dispone de huecos permanentemente abiertos al exterior que, en cadaplanta, acumulan una superficie de 5A m2, como mnimo, siendo A la anchura del tramode la escalera, en m. Cuando dichos huecos comuniquen con un patio, las dimensiones

    de la proyeccin horizontal de ste deben admitir el trazado de un circulo inscrito deh/3 m de dimetro siendo h la altura del patio.Puede considerarse como escalera especialmente protegida sin que para ello precisedisponer de vestbulos de independencia en sus accesos.

    ESCALERA ESPECIALMENTE PROTEGIDA:

    Escalera que rene las condiciones de escalera protegida y que adems dispone de unvestbulo de independencia diferente en cada uno de sus accesos desde cada planta.La existencia de dicho vestbulo de independencia no es necesaria, ni cuando se tratede una escalera abierta al exterior, ni en la planta de salida del edificio, cuando setrate de una escalera para evacuacin ascendente, pudiendo la escalera en dichaplanta carecer de compartimentacin.

    ESCALERA PROTEGIDA:

    Escalera de trazado continuo desde su inicio hasta su desembarco en planta de salidadel edificio que, en caso de incendio, constituye un recinto suficientemente seguro

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    SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOResidencial vivienda

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    para permitir que los ocupantes puedan permanecer en el mismo durante un determi-nado tiempo. Para ello debe reunir, adems de las condiciones de seguridad de utili-zacin exigibles a toda escalera (vase DB-SU 1-4) las siguientes:

    1 Es un recinto destinado exclusivamente a circulacin y compartimentado delresto del edificio mediante elementos separadores EI 120. Si dispone de facha-das, stas deben cumplir las condiciones establecidas en el captulo 1 de laSeccin SI 2 para limitar el riesgo de transmisin exterior del incendio desde

    otras zonas del edificio o desde otros edificios.En la planta de salida del edificio las escaleras protegidas o especialmente pro-tegidas para evacuacin ascendente pueden carecer de compartimentacin. Laspuertas para evacuacin descendente pueden carecer de compartimentacincuando sea un sector de riesgo mnimo.

    2 El recinto tiene como mximo dos accesos en cada planta, los cuales se realizana travs de puertas EI2 60 y desde espacios de circulacin comunes y sin ocupa-cin propia.Adems de dichos accesos, pueden abrir al recinto de la escalera protegida loca-les destinados a aseo y limpieza, as como los ascensores, siempre que las puer-tas de estos ltimos abran, en todas sus plantas, al recinto de la escalera prote-gida considerada o a un vestbulo de independencia.En el recinto tambin pueden existir tapas de registro de patinillos o de conduc-tos para instalaciones, siempre que estas sean EI 60.

    3 En la planta de salida del edificio, la longitud del recorrido desde la puerta desalida del recinto de la escalera, o en su defecto desde el desembarco de lamisma, hasta una salida de edificio no debe exceder de 15 m, excepto cuandodicho recorrido se realice por un sector de riesgo mnimo, en cuyo caso dicholmite es el que con carcter general se establece para cualquier origen de eva-cuacin de dicho sector.

    4 El recinto cuenta con proteccin frente al humo, mediante una de las siguientesopciones:a) Ventilacin natural mediante ventanas practicables o huecos abiertos al exte-

    rior con una superficie de ventilacin de al menos 1 m2 en cada planta.b) Ventilacin mediante dos conductos independientes de entrada y de salida de

    aire, dispuestos exclusivamente para esta funcin y que cumplen las condicio-nes siguientes:- la superficie de la seccin til total es de 50 cm2 por cada m3 de recinto,

    tanto para la entrada como para la salida de aire; cuando se utilicen con-ductos rectangulares, la relacin entre los lados mayor y menor no esmayor que 4;

    - las rejillas tienen una seccin til de igual superficie y relacin mximaentre sus lados que el conducto al que estn conectadas;

    - en cada planta, las rejillas de entrada de aire estn situadas a una alturasobre el suelo menor que 1 m y las de salida de aire estn enfrentadas alas anteriores y a una altura mayor que 1,80 m.

    c) Sistema de presin diferencial conforme a EN 12101-6:2005.

    ESPACIO EXTERIOR SEGURO:

    Es aquel en el que se puede dar por finalizada la evacuacin de los ocupantes del edi-

    ficio, debido a que cumple las siguientes condiciones:1 Permite la dispersin de los ocupantes que abandonan el edificio, en condiciones

    de seguridad.2 Se puede considerar que dicha condicin se cumple cuando el espacio exterior

    tiene, delante de cada salida de edificio que comunique con l, una superficiede al menos 0,5P m2 dentro de la zona delimitada con un radio 0,1P m de dis-tancia desde la salida de edificio, siendo P el nmero de ocupantes cuya evacua-cin est prevista por dicha salida. Cuando P no exceda de 50 personas no esnecesario comprobar dicha condicin.i Si el espacio considerado no est comunicado con la red viaria o con otros

    espacios abiertos no puede considerarse ninguna zona situada a menos de 15m de cualquier parte del edificio, excepto cuando est dividido en sectoresde incendio estructuralmente independientes entre s y con salidas tambinindependientes al espacio exterior, en cuyo caso dicha distancia se podr apli-

    car nicamente respecto del sector afectado por un posible incendio.ii Permite una amplia disipacin del calor, del humo y de los gases producidos

    por el incendio.iii Permite el acceso de los efectivos de bomberos y de los medios de ayuda a

    los ocupantes que, en cada caso, se consideren necesarios.

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    7 La cubierta de un edificio se puede considerar como espacio exterior segurosiempre que, adems de cumplir las condiciones anteriores, su estructura seatotalmente independiente de la del edificio con salida a dicho espacio y unincendio no pueda afectar simultneamente a ambos.

    ESTABLECIMIENTO:

    Zona de un edificio destinada a ser utilizada bajo una titularidad diferenciada, bajo unrgimen no subsidiario respecto del resto del edificio y cuyo proyecto de obras de cons-truccin o reforma, as como el inicio de la actividad prevista, sean objeto de controladministrativo.

    ORIGEN DE EVACUACIN:

    Es todo punto ocupable de un edificio, exceptuando los del interior de las viviendas, ylos de todo recinto, o conjunto de ellos comunicados entre s, en los que la densidad deocupacin no exceda de 1 persona/10 m2 y cuya superficie total no exceda de 50 m2,como pueden ser las habitaciones de hotel, residencia u hospital, los despachos de ofi-cinas, etc.

    Los puntos ocupables de todos los locales de riesgo especial y los de las zonas de ocu-pacin nula cuya superficie exceda de 50 m2 se consideran origen de evacuacin y debencumplir los lmites que se establecen para la longitud de los recorridos de evacuacinhasta las salidas de dichos espacios, cuando se trate de zonas de riesgo especial, y, entodo caso, hasta las salidas de planta, pero no es preciso tomarlos en consideracin aefectos de determinar la altura de evacuacin de un edificio o el nmero de ocupantes.

    PASILLO PROTEGIDO:

    Pasillo que, en caso de incendio, constituye un recinto suficientemente seguro parapermitir que los ocupantes puedan permanecer en el mismo durante un determinadotiempo. Para ello dicho recinto debe reunir, adems de las condiciones de seguridad deutilizacin exigibles a todo pasillo (vase DB-SU 1 y 2), unas condiciones de seguridad

    equivalentes a las de una escalera protegida.Si su ventilacin es mediante ventanas o huecos, su superficie de ventilacin debe sercomo mnimo 0,2L m2, siendo L la longitud del pasillo en m.Si la ventilacin se lleva a cabo mediante conductos de entrada y de salida de aire,stos cumplirn las mismas condiciones indicadas para los conductos de las escalerasprotegidas. Las rejillas de entrada de aire deben estar situadas en un paramento delpasillo, a una altura menor que 1 m y las de salida en el otro paramento, a una alturamayor que 1,80 m y separadas de las anteriores 10 m como mximo.El pasillo debe tener un trazado continuo que permita circular por l hasta una escaleraprotegida o especialmente protegida, hasta un sector de riesgo mnimo o bien hastauna salida de edificio.

    REACCIN AL FUEGO:Respuesta de un material al fuego medida en trminos de su contribucin al desarrollodel mismo con su propia combustin, bajo condiciones especficas de ensayo (DPC - DI2).

    CLASIFICACIN EUROPEA DE REACCIN AL FUEGO DE LOS MATERIALES SEGN ELRD 312/2005 Y LA NORMA UNE-EN 13501 1:2002. EUROCLASES:

    - Las nuevas clases son A1, A2, B, C, D, E, F que se corresponden conceptual-mente con las siguientes definiciones:

    A1: No Combustible. Sin contribucin en grado mximo al fuegoA2: No Combustible. Sin contribucin en grado menor al fuegoB: Combustible. Contribucin muy limitada al fuegoC: Combustible. Contribucin limitada al fuego

    D: Combustible. Contribucin media al fuegoE: Combustible. Contribucin alta al fuegoF: Sin clasificar

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    - Adems, en los ensayos tambin se consideran les clasificaciones adicionalessiguientes, que son de carcter obligatorio en la mayora de clases:- opacidad de los humos, s (smoke) con denominacin s1, s2, s3 , para baja,

    media o alta opacidad de los humos (incorpora los conceptos de velocidad depropagacin y produccin total de humos).

    - cada de gotas o partculas inflamadas, d (drop) con denominacin d0, d1, d2,para nula, media o alta cada de gotas o partculas inflamadas.

    - Por ltimo, la clasificacin no slo depende del comportamiento frente al fuego

    de los materiales, sino tambin de la forma en que stos se colocan sobre elsubstrato ya que los ensayos de un mismo material sobre diferentes aplicacio-nes finales pueden dar diferentes clasificaciones.

    Por tanto, los materiales tambin se deben clasificar segn su aplicacin final. Aspues, la clasificacin de los materiales para paredes y techos irn sin subndice, paralos suelos llevarn el subndice FL (floor) y la de los productos lineales para aislamien-tos de tuberas llevarn el subndice L (line).

    RECORRIDO DE EVACUACIN:

    Recorrido que conduce desde un origen de evacuacin hasta una salida de planta o hasta

    una salida de edificio. Conforme a ello, una vez alcanzada una salida de planta, la lon-gitud del recorrido posterior no computa a efectos del cumplimiento de los lmites a losrecorridos de evacuacin.La longitud de los recorridos por pasillos, escaleras y rampas, se medir sobre el eje delos mismos.Los recorridos que tengan su origen en zonas habitables o de uso aparcamiento no pue-den atravesar las zonas de riesgo especial definidas en SI 1.2. Los recorridos desdezonas habitables s pueden atravesar las de uso aparcamiento cuando sean recorridosalternativos u otros no afectados por dichas circunstancias.En uso Aparcamiento los recorridos de evacuacin deben discurrir por las calles de cir-culacin de vehculos, o bien por itinerarios peatonales protegidos frente a la invasinde vehculos, conforme se establece en el Apartado 3 del DB-SU 7.Excepto en el caso de los aparcamientos, de las zonas de ocupacin nula y de laszonas ocupadas nicamente por personal de mantenimiento o de control de servi-

    cios, no se consideran vlidos los recorridos de evacuacin que precisen salvar, ensentido ascendente, una altura mayor que la indicada en la tabla que se incluye acontinuacin.

    Uso previsto y zona Mxima altura salvadaHasta una Hasta el espacio

    salida de planta exterior seguroEn general, exceptuando los casos que 4 m 6 mse indican a continuacinDocente escuela infantil 1 m 2 m

    enseanza primaria

    RECORRIDOS DE EVACUACIN ALTERNATIVOS:

    Se considera que dos recorridos de evacuacin que conducen desde un origen de eva-cuacin hasta dos salidas de planta o de edificio diferentes son alternativos cuando endicho origen forman entre s un ngulo mayor que 45 o bien estn separados por ele-mentos constructivos que sean EI-30 e impidan que ambos recorridos puedan quedarsimultneamente bloqueados por el humo.

    RESISTENCIA AL FUEGO:

    Capacidad de un elemento de construccin para mantener durante un perodo de tiem-po determinado la funcin portante que le sea exigible, as como la integridad y/o el

    aislamiento trmico en los trminos especificados en el ensayo normalizado correspon-diente (DPC - DI2).

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    CLASIFICACIN EUROPEA DE LAS PROPIEDADES DE RESISTENCIA AL FUEGO DE LOSELEMENTOS CONSTRUCTIVOS SEGN EL RD 312/2005 Y LA NORMA UNE-EN 13501-2:2002. Clasificacin de resistencia al fuego de elementos de construccin, exceptocubiertas y sistemas y servicios de ventilacin .A La entrada en vigor del Cdigo Tcnico de la Edificacin, los productos se pedirnsegn las novas clasificaciones europeas y los nuevos ensayos de resistencia al fuego.Las principales clases son:

    R: Capacidad portante (resistance)

    E: Integridad (integrity)I: Aislamiento (insulation)y tambin se contemplan las siguientes clasificaciones para algunos casos concretos:

    W: RadiacinM: Accin mecnicaC: Cierre automticoS: Estanqueidad al paso de los humosP o HP: Continuidad de la alimentacin elctrica o de la transmisin de la sealG: Resistencia a la combustin de hollinesK: Capacidad de proteccin contra incendiosD: Duracin de la estabilidad a temperatura constanteDH: Duracin de la estabilidad considerando la curva normalizada tiempo-

    temperatura

    F: Funcionalidad de los extractores mecnicos de humo y calorB: Funcionalidad de los extractores pasivos de humo y calor

    La escala de tiempos normalizada para esta norma UNE es 15, 20, 30, 45, 60, 90,120, 180 y 240 minutos.Con esta clasificacin europea, las clases se indican de la siguiente manera:

    R(t): tiempo en que se cumple la capacidad portanteEI(t): tiempo en que se cumple la integridad y el aislamiento trmicoREI(t): tiempo en que se cumple la capacidad portante, la integridad y

    el aislamiento trmico.

    SALIDA DE PLANTA:

    Es alguno de los siguientes elementos, pudiendo estar situada, bien en la planta consi-derada o bien en otra planta:1 El arranque de una escalera no protegida que conduce a una planta de salida del

    edificio, siempre que no tenga un ojo o hueco central con un rea en planta mayorque 1,30 m2. Sin embargo, cuando en el sector que contiene a la escalera, la plan-ta est comunicada con otras por huecos diferentes de los de las escaleras, el arran-que de escalera antes citado no puede considerase salida de planta.

    2 Una puerta de acceso a una escalera compartimentada como los sectores deincendio, a una escalera protegida, a un pasillo protegido o a un vestbulo deindependencia de una escalera especialmente protegida, con capacidad suficientey que conduce a una salida de edificio.Cuando se trate de una salida de planta desde una zona de hospitalizacin o detratamiento intensivo, dichos elementos deben tener una superficie de al menos

    de 0,70 m2

    o 1,50 m2

    , respectivamente, por cada ocupante. En el caso deescaleras, dicha superficie se refiere a la del rellano de la planta considerada,admitindose su utilizacin para actividades de escaso riesgo, como salas deespera, etc.

    3 Una puerta de paso, a travs de un vestbulo de independencia, a un sector deincendio diferente que exista en la misma planta, siempre que:- el sector inicial tenga otra salida de planta que no conduzca al mismo sector alter-

    nativo.- el sector alternativo tenga una superficie en zonas de circulacin suficiente para

    albergar a los ocupantes del sector inicial, a razn de 0,5 m2/pers, considerandonicamente los puntos situados a menos de 30 m de recorrido desde el acceso alsector. En uso Hospitalario dicha superficie se determina conforme a los criteriosindicados en el punto 2 anterior.

    - la evacuacin del sector alternativo no confluya con la del sector inicial en ningn

    otro sector del edificio, excepto cuando lo haga en un sector de riesgo mnimo.4 Una salida de edificio.

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    SALIDA DE EDIFICIO:

    Puerta o hueco de salida a un espacio exterior seguro. En el caso de establecimientos situa-dos en reas consolidadas y cuya ocupacin no exceda de 500 personas puede admitirsecomo salida de edificio aquella que comunique con un espacio exterior que disponga dedos recorridos alternativos que no excedan de 50 m hasta dos espacios exteriores seguros.

    SALIDA DE EMERGENCIA:

    Salida de planta de edificio o de recinto prevista para ser utilizada exclusivamente encaso de emergencia y que est sealizada de acuerdo con ello.

    SECTOR BAJO RASANTE:

    Sector de incendio en el que los recorridos de evacuacin de alguna de sus zonas debensalvar necesariamente una altura de evacuacin ascendente igual o mayor que 1,5 m.

    SECTOR DE INCENDIO:

    Espacio de un edificio separado de otras zonas del mismo por elementos constructivosdelimitadores resistentes al fuego durante un perodo de tiempo determinado, en el inte-rior del cual se puede confinar (o excluir) el incendio para que no se pueda propagar a(o desde) otra parte del edificio. (DPC - DI2). Los locales de riesgo especial no se consi-deran sectores de incendio.

    SECTOR DE RIESGO MNIMO:

    Sector de incendio que cumple las siguientes condiciones:- Est destinado exclusivamente a circulacin y no constituye un sector bajo rasante.- La densidad de carga de fuego no excede de 40 MJ/m2 en el conjunto del sector, ni

    de 50 MJ/m2 en cualquiera de los recintos contenidos en el sector, considerando la

    carga de fuego aportada, tanto por los elementos constructivos, como por el conte-nido propio de la actividad.

    - Est separado de cualquier otra zona del edificio que no tenga la consideracin desector de riesgo mnimo mediante elementos cuya resistencia al fuego sea EI 120 yla comunicacin con dichas zonas se realiza a travs de vestbulos de independencia.

    - Tiene resuelta la evacuacin, desde todos sus puntos, mediante salidas de edificiodirectas a espacio exterior seguro.

    SISTEMA DE ALARMA DE INCENDIOS:

    Sistema que permite emitir seales acsticas y/o visuales a los ocupantes de un edificio(UNE 23007-1:1996, EN 54-1:1996).

    (Nota: Su funcin se corresponde con la del denominado Sistema de comunicacin de alarmasegn el Reglamento de Instalaciones de Proteccin contra Incendios y puede estar integrada juntocon la del sistema de deteccin de incendios en un mismo sistema).

    SISTEMA DE DETECCIN DE INCENDIOS:

    Sistema que permite detectar un incendio en el tiempo ms corto posible y emitir lasseales de alarma y de localizacin adecuadas para que puedan adoptarse las medidasapropiadas (UNE 23007-1:1996, EN 54-1:1996).(Nota: Su funcin se corresponde con las de los denominados Sistema automtico de deteccinde incendios y Sistema manual de alarma de incendios segn el Reglamento de Instalacionesde Proteccin contra Incendios y puede estar integrada junto con la del sistema de alarma deincendios, en un mismo sistema).

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    SISTEMA DE PRESIN DIFERENCIAL:

    Sistema de ventiladores, conductos, aberturas y otros elementos caractersticos previs-tos con el propsito de generar una presin ms baja en la zona del incendio que en elespacio protegido (CR 12101-5:2000 y UNE EN 12101-6:2006).

    SUPERFICIE TIL:

    Superficie en planta de un recinto, sector o edificio ocupable por las personas. En usoComercial, cuando no se defina en proyecto la disposicin de mostradores, estanteras,cajas registradoras y, en general, de aquellos elementos que configuran la implantacincomercial de un establecimiento, se tomar como superficie til de las zonas destinadasal pblico, al menos el 75% de la superficie construida de dichas zonas.

    TIEMPO EQUIVALENTE DE EXPOSICIN AL FUEGO:

    Es el tiempo de exposicin a la curva normalizada tiempo-temperatura que se suponeque tiene un efecto trmico igual al de un incendio real en el sector de incendio con-siderado (UNE EN 1991-1-2:2004).

    USO ADMINISTRATIVO:

    Edificio, establecimiento o zona en el que se desarrollan actividades de gestin o deservicios en cualquiera de sus modalidades, como por ejemplo, centros de la adminis-tracin pblica, bancos, despachos profesionales, oficinas, etc.Tambin se consideran de este uso los establecimientos destinados a otras actividades,cuando sus caractersticas constructivas y funcionales, el riesgo derivado de la actividady las caractersticas de los ocupantes se puedan asimilar a este uso mejor que a cualquierotro. Como ejemplo de dicha asimilacin pueden citarse los consultorios, los centros deanlisis clnicos, los ambulatorios, los centros docentes en rgimen de seminario, etc.Las zonas de un establecimiento de uso Administrativo destinadas a otras actividadessubsidiarias de la principal, tales como cafeteras, comedores, salones de actos, etc.,

    deben cumplir las condiciones relativas a su uso previsto.

    USO APARCAMIENTO:

    Edificio, establecimiento o zona independiente o accesoria de otro uso principal, desti-nado a estacionamiento de vehculos y cuya superficie construida exceda de 100 m2,incluyendo las dedicadas a revisiones tales como lavado, puesta a punto, montaje deaccesorios, comprobacin de neumticos y faros, etc., que no requieran la manipula-cin de productos o de tiles de trabajo que puedan presentar riesgo adicional y que seproduce habitualmente en la reparacin propiamente dicha. Se excluyen de este uso losaparcamientos en espacios exteriores del entorno de los edificios, aunque sus plazasestn cubiertas.

    Dentro de este uso, se denominan aparcamientos robotizados aquellos en los que elmovimiento de los vehculos, desde el acceso hasta las plazas de aparcamiento, se rea-liza mediante sistemas mecnicos sin presencia de personas, exceptuando la actuacinocasional de personal de mantenimiento. En dichos aparcamientos no es preciso cum-plir las condiciones de evacuacin que se establecen en este DB SI, aunque deben dis-poner de los medios de escape en caso de emergencia para dicho personal que en cadacaso considere adecuados la autoridad de control competente.

    USO COMERCIAL:

    Edificio o establecimiento cuya actividad principal es la venta de productos directamen-te al pblico o la prestacin de servicios relacionados con los mismos, incluyendo, tanto

    las tiendas y a los grandes almacenes, los cuales suelen constituir un nico estableci-miento con un nico titular, como los centros comerciales, los mercados, las galerascomerciales, etc..

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    Tambin se consideran de uso Comercial aquellos establecimientos en los que se pres-tan directamente al pblico determinados servicios no necesariamente relacionadoscon la venta de productos, pero cuyas caractersticas constructivas y funcionales, lasdel riesgo derivado de la actividad y las de los ocupantes se puedan asimilar ms a laspropias de este uso que a las de cualquier otro. Como ejemplos de dicha asimilacinpueden citarse las lavanderas, los salones de peluquera, etc.

    USO DOCENTE:

    Edificio, establecimiento o zona destinada a docencia, en cualquiera de sus niveles:escuelas infantiles, centros de enseanza primaria, secundaria, universitaria o forma-cin profesional. No obstante, los establecimientos docentes que no tengan la caracte-rstica propia de este uso (bsicamente, el predominio de actividades en aulas de ele-vada densidad de ocupacin) deben asimilarse a otros usos.Las zonas de un establecimiento de uso Docente destinadas a actividades subsidiarias dela principal, como cafeteras, comedores, salones de actos, administracin, residencia,etc., deben cumplir las condiciones relativas a su uso.

    USO HOSPITALARIO:

    Edificio o establecimiento destinado a asistencia sanitaria con hospitalizacin de 24horas y que est ocupados por personas que, en su mayora, son incapaces de cuidarsepor s mismas, tales como hospitales, clnicas, sanatorios, residencias geritricas, etc.Las zonas de dichos edificios o establecimientos destinadas a asistencia sanitaria decarcter ambulatorio (despachos mdicos, consultas, reas destinadas al diagnstico ytratamiento, etc.) as como a los centros con dicho carcter en exclusiva, deben cum-plir las condiciones correspondientes al uso Administrativo.Las zonas destinadas a usos subsidiarios de la actividad sanitaria, tales como oficinas,salones de actos, cafeteras, comedores, capillas, reas de residencia del personal ohabitaciones para mdicos de guardia, aulas, etc., deben cumplir las condiciones rela-tivas a su uso.

    USO PBLICA CONCURRENCIA:

    Edificio o establecimiento destinado a alguno de los siguientes usos: cultural (destina-dos a restauracin, espectculos, reunin, deporte, esparcimiento, auditorios, juego ysimilares), religioso y de transporte de personas.Las zonas de un establecimiento de pblica concurrencia destinadas a usos subsidiarios,tales como oficinas, aparcamiento, alojamiento, etc., deben cumplir las condicionesrelativas a su uso.

    USO RESIDENCIAL PBLICO:

    Edificio o establecimiento destinado a proporcionar alojamiento temporal, regentado

    por un titular de la actividad diferente del conjunto de los ocupantes y que puede dis-poner de servicios comunes, tales como limpieza, comedor, lavandera, locales parareuniones y espectculos, deportes, etc. Incluye a los hoteles, hostales, residencias,pensiones, apartamentos tursticos, etc.Las zonas de los establecimientos de uso Residencial Pblico destinadas a otras activi-dades subsidiarias de la principal, como cafetera, restaurante, salones de actos, loca-les para juegos o espectculos, etc., deben cumplir las condiciones relativas a su uso.

    USO RESIDENCIAL VIVIENDA:

    Edificio o zona destinada a alojamiento permanente, cualquiera que sea el tipo de edi-ficio: vivienda unifamiliar, edificio de pisos o de apartamentos, etc.

    VENTILACIN FORZADA:

    Extraccin de humos mediante el uso de ventiladores mecnicos.

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    VENTILACIN NATURAL:

    Extraccin de humos basada en la fuerza ascensional de stos debida a la diferenciade densidades entre masas de aire a diferentes temperaturas.

    VESTBULO DE INDEPENDENCIA:

    Recinto de uso exclusivo para circulacin situado entre dos o ms recintos o zonas conel fin de aportar una mayor garanta de compartimentacin contra incendios y que ni-camente puede comunicar con los recintos o las zonas a independizar, con aseos deplanta y ascensores. Cumplirn las siguientes condiciones:- Sus paredes sern EI 120. Sus puertas de paso entre los recintos o zonas a indepen-

    dizar tendrn la cuarta pared de la resistencia al fuego exigible al elemento com-partimentador que separa dichos recintos y al menos EI230-C5.

    - Los vestbulos de independencia de las escaleras especialmente protegidas estarnventilados conforme a alguna de las alternativas establecidas para dichas escaleras.

    - Los que sirvan a uno o a varios locales de riesgo especial, segn lo establecido en elapartado 2 de la Seccin SI 2, no pueden utilizarse en los recorridos de evacuacinde zonas habitables.

    - La distancia mnima entre los contornos de las superficies barridas por las puertas

    del vestbulo debe ser al menos 0,50 m. En uso Hospitalario, cuando est previstala evacuacin de zonas de hospitalizacin o de tratamiento intensivo a travs de unvestbulo de independencia, la distancia entre dos puertas que deben atravesarseconsecutivamente en la evacuacin ser de 3,5 m como mnimo.

    - Las puertas de los vestbulos de independencia que comuniquen con zonas de usoAparcamiento o de riesgo especial, deben abrir hacia el interior del vestbulo.

    ZONA DE OCUPACIN NULA:

    Zona en la que la presencia de personas sea ocasional o bien a efectos de mantenimien-to, tales como salas de mquinas y cuartos de instalaciones, locales para material delimpieza, determinados almacenes y archivos, trasteros de viviendas, etc.Los puntos de dichas zonas deben cumplir los lmites que se establecen para la longitud

    de los recorridos de evacuacin hasta las salidas de las mismas (cuando adems se tratede zonas de riesgo especial) o de la planta, pero no es preciso tomarlos en considera-cin a efectos de determinar la altura de evacuacin de un edificio o el nmero de ocu-pantes.

    GLOSARIO ADICIONAL: CLASES R, E, I

    Segn el RD 315/2005 Clasificacin de los productos de construccin y de los elemen-tos constructivos en funcin de sus propiedades de reaccin y de resistencia al fuegola resistencia al fuego de los elementos constructivos se indica mediante las siguientesclases:

    Las principales clases son:

    R: Capacidad portante(resistance)E: Integridad (integrity)I: Aislamiento (insulation)

    y tambin contempla otras clases para algunos caso concretos como puertas:C: Cerramiento automtico

    De la combinacin de dichas clases resultan las siguientes clasificaciones de resistenciaal fuego en funcin de lo que se exija al elemento constructivo:

    R(t): tiempo que cumple la resistencia mecnica o capacidad portante (p.e. pila-res)

    E (t): tiempo que cumple la integridad al paso de las llamas y gases calientes (p.e.puerta de ascensor que comunica sectores de incendio diferentes)

    EI(t): tiempo que cumple la integridad al paso de las llamas y gases calientes y elaislamiento trmico (p.e. paredes no estructurales de separacin entre viviendas o

    habitaciones de hotel)REI(t): tiempo que se cumple la resistencia mecnica, la estabilidad, la integridadal paso de las llamas y gases calientes y el aislamiento trmico. (p.e. forjadode separacin entre el aparcamiento y las viviendas)

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    Anejo SI V1 Resistencia al fuego de los elementos estructurales

    INTRODUCCIN A LOS ANEJOS DE RESISTENCIA DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES (V1, C, D, E y F)

    Los Anejos SI C, D E y F del Cdigo Tcnico recogen tablas y mtodos para determinar la resistencia de los diferentes elementosestructurales, distinguindolos en funcin de su material: hormign, acero, fbrica y madera, respectivamente. Para una mayorcomodidad del proyectista, se ha redactado el presente anejo V1, en el que se recogen las conclusiones principales que resultanel caso concreto de la vivienda. Por tanto, en la mayora de los casos al proyectista le bastar con acudir a este anejo. En casode emplear soluciones diferentes de las indicadas, se deber acudir a los anejos originales del CTE.

    V1.1. HORMIGN ARMADO

    En este apartado se establecen condiciones suficientes para satisfacer el requisito de resistencia de los elementos de hormign ante la accindel incendio, para los edificios de viviendas incluidos en el campo de aplicacin de este documento, siempre que el recubrimiento de las arma-

    duras sea al menos el correspondiente al caso de interior de edificios. El requisito citado se satisface aun en el caso de dimensionado estric-to, sin necesidad de realizar el anlisis estructural de las acciones simultneas con la accin de incendio .

    a) Soportes aun sin revestir: si cumplen la condicin mnima habitual de lado menor de al menos 0,25 m.b) Muros de carga: cuando desde el punto de vista resistente, no dependen de la armadura, si poseen un grueso de al menos 0,10 m, mien-

    tras el pandeo no sea la condicin crtica. Dicho grueso garantiza asimismo la condicin de sectorizacin.

    c) Vigas de canto, continuas o rgidamente unidas a soportes de hormign, con descuelgue bajo el forjado: si tienen al menos 0,25 m deancho, y en la zona de momentos positivos, al menos 4 armaduras repartidas en l, aun sin revestir.

    d) Losas macizas, sustentadas en lneas o en puntos, continuas al menos en dos de sus lados: si tiene al menos 0,10 m de grueso. Dichogrueso garantiza tambin la condicin de sectorizacin.Para losas sobre apoyos puntuales, el 20% de la armadura superior de la banda de soportes, inmediata a ellos, deber prolongarse a lo

    largo de todo el tramo.

    e) Vigas planas, continuas al menos en uno de sus extremos, o rgidamente unidas a soportes de hormign: si tienen un canto de al menos0,20 m y macizados de al menos 0,10 m. Para vigas planas aisladas, con toda su luz en rgimen de traccin inferior:

    f) Forjado unidireccional de viguetas o nervios in situ, de hormign armado, con elementos de entrevigado cermicos o de hormign y

    revestimiento inferior: si la armadura superior de continuidad correspondiente al Caso 1, (vase 3.5.1) se prolonga hasta el 33% de lalongitud del tramo con una seccin no inferior al 25% de la requerida en los extremos.

    Si el forjado tiene funcin sectorizadora, el grueso total de la parte maciza debe ser de al menos 10 cm; en dicho grueso entra el de la

    losa superior, los de tabicas superior e inferior del elemento de entrevigado, y la parte ptrea del solado.

    g) Forjado nervado, unidireccional o bidireccional, con elementos de entrevigado, pero sin revestir, o sin ellos: si cumplen las condicionesde la figura siguiente, en cuanto a ancho mnimo a nivel del centro de gravedad de la armadura, y distancia entre el eje de la misma y

    las cartas laterales y fondo del nervio, en funcin del grado de resistencia a incendio requerida.

    En cuanto a su funcin sectorizadora, la misma condicin de grueso total que para forjados unidireccionales.

    Para forjados sobre apoyos puntuales, la misma condicin de armadura que para losas macizas.

    h) Forjado pretensado, de viguetas, prelosas o losas alveolares, continuas o aisladas:i- en forjados de viguetas con bovedillas de cermica u hormign, si se dispone un recubrimiento de yeso de al menos 1 cm de espesor,

    y en el caso de R120, realizado por proyeccin.ii- en losas y prelosas sin revestimiento inferior, si la distancia entre la superficie exterior, y el centro de gravedad de las armaduras

    inferiores, es superior a 3cm.iii- en piezas continuas, si se dispone una armadura adicional inferior, a con ms distancia que la definida en el prrafo anterior, (vase

    figura siguiente) capaz de soportar el 20% del momento isosttico del tramo para la carga y seguridad correspondientes al Caso 1.

    DAV-SI. SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO | 31

    SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIOResidencial vivienda

  • 7/25/2019 Cte-si (Libro Reducido)

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    V1.2. ACERO LAMINADO

    En este apartado se establecen condiciones suficientes para satisfacer el requisito de resistencia a incendio de los elementos de acerolaminado que no sean de clase ligera, para los edificios de viviendas incluidos en el campo de aplicacin de este documento. El requisito se

    satisface aun en el caso de dimensionado estricto por resistencia, sin necesidad de realizar el anlisis estructural de las acciones simultneas

    con el incendio.

    a) Vigas arriostradas lateralmente, como en el caso de soportar un forjado o correas de cubierta, y tirantes: si cumple las condiciones dela Tabla siguiente, funcin del tipo de revestimiento (vase figura al pie de la tabla) y del perfil.

    Resistencia a fuego normalizado de vigas (minutos)Tipo de revestimiento Revestimiento en cajn Revestimiento proyectado(aislamiento d/, m2 K/W ) IPN IPE IPE IPE IPE IPE IPN IPE IPE IPE IPE IPE

    100 160 240 300 360 450 100 160 240 300 360 450

    Enlucido 1 cm (0,05) - - - - - - - - - - - -Cartn yeso de 1,5 cm (0,10) - - 60 60 60 90 - - - - 60 60Cartn yeso de 2,5 cm (0,15) 60 90 90 90 120 120 60 60 60 90 90 90Rasilla (4 cm) enlucida (0,20) 90 120 120 120 120 120 90 90 120 120 120 120Tabique (6 cm) enlucido (0,25) 120 * * * * * 120 120 * * * *

    250 200 150 140 125 100 330 280 214 195 170 148