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Política del Sistema Integrado de Gestión

Garantizar la satisfacción de nuestros usuarios, administrando los recursos naturales del departamento del Quindío, mediante la adopción y aplicación de políticas, planes, programas, proyectos, objetivos y disposiciones legales, comprometidos con la promoción del conocimiento, uso, conservación del patrimonio natural y la prevención de la contaminación, para que cada aspecto ambiental asociado a las labores de la CRQ pueda ser controlado y minimizado, aportando al mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gestión y brindando una mejor calidad de vida al personal interno y a la sociedad.

Plan de Acción 2007-2011

PRESENTACIÓN

De acuerdo a la Ley 1263 del 26 de diciembre de 2008, por medio de la cual se modifican parcialmente los artículos 26 y 28 de la Ley 99 de 1993 y el Decreto 2350 de 2009, la Dirección General de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, realizó el ajuste de su Plan de Acción Trienal 2007-2009, obteniendo como resultado el Plan de Acción vigencias 2007 - 2011 y obedeciendo a lineamientos del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

El proceso de ajuste del Plan de Acción se adelantó teniendo como base los avances en la ejecución del Plan de Acción Trienal 2007 - 2009, sus capítulos y las políticas ambientales de carácter nacional, regional y departamental.  Como producto de este ejercicio se lograron identificar las problemáticas ambientales más relevantes y su localización en el marco de la Unidad de Manejo de Cuenca; así como, la actualización del Marco General y la Síntesis Ambiental para abordar las acciones operativas para las vigencias 2010 y 2011.

De manera relevante, el componente operativo del Plan de Acción 2007 - 2011 conservó la estructura de sus seis programas y consideró tres proyectos adicionales a los contemplados en el Plan de Acción Trienal 2007 - 2009.  Los proyectos antes mencionados corresponden a la ordenación del recurso hídrico, atención al usuario, monitoreo y proceso jurídico; lo cual se dio como  resultado del análisis de conceptos técnicos, entre los cuales se encuentran la integralidad del recurso hídrico como centro de desarrollo de la gestión ambiental,  el componente de calidad de este recurso a través del monitoreo como soporte para el ejercicio de la autoridad ambiental así como para la generación de políticas en dicha materia, además de la necesidad apremiante del mejoramiento continuo en la calidad en el servicio al cliente, oportunidad y claridad en las respuestas,  en concordancia con la certificación de la organización en la Norma ISO 9001: 2000 y la NTCGP 1000: 2004; y en esta misma medida el espacio de credibilidad, respeto y confianza ante la población, que desde lo jurídico debe generarse para la Entidad pues en este culmina en gran parte, todo lo relacionado con uno de los quehaceres misionales de la Entidad, el cual es el Control y Seguimiento a los recursos naturales.

Por otra parte, el Plan Financiero para los años 2010 - 2011, se proyectó teniendo en cuenta las expectativas de ingresos de acuerdo al comportamiento histórico de sus

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fuentes y realizando un análisis juicioso de la normativa  vigente que afecta el incremento o la reducción de algunas de ellas y contemplando dentro de las posibilidades de la Entidad, el ingreso de algunos recursos monetarios por fuentes de cofinanciación o por venta de bienes o servicios.

Con respecto a los Instrumentos de Seguimiento y Evaluación, se tuvo como referente las políticas del orden Nacional, elementos de medición del Plan en su gestión y elementos que ayudan a cuantificar la gestión administrativa de la Entidad.   La medición del cumplimiento y aporte a las políticas del orden Nacional se da desde los Indicadores Mínimos de Gestión del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y con los requerimientos para el sector ambiental cuantificados en el SIGOB, como instrumento de medición del aporte que la Entidad al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo.  Así mismo, la medición de la gestión administrativa, se aborda desde los indicadores adoptados por medio de su Sistema de Gestión de la Calidad.

Por último, la Dirección General le entrega a la población del Departamento del Quindío, un instrumento de planificación en materia ambiental, elaborado de manera participativa con el equipo de trabajo de la Entidad, con un alto respeto por los conocimientos técnicos en las diferentes temáticas, esperando que con las gestiones y acciones planteadas en este documento, se continúe contribuyendo a alcanzar un ambiente sano y garantizando la protección del futuro. 

 

En proceso de modificación según Decreto No 141 de Enero 21 de 2011 Descargar Documento

NATURALEZA JURÍDICA

Las Corporaciones Autónomas Regionales son entes corporativos de carácter público, creados por la ley, integrado por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente.

ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN

Las Corporaciones Autónomas Regionales tendrán tres órganos principales de dirección y administración a saber: a. La Asamblea Corporativa; b. El Consejo Directivo; y c. El Director General.

LA ASAMBLEA CORPORATIVA: Es el principal órgano de dirección de la Corporación y estará integrada por todos los representantes legales de las entidades territoriales de su jurisdicción.

 

EL CONSEJO DIRECTIVO

Es el órgano de administración de la Corporación y estará conformado por:

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a. El gobernador del Departamento del Quindío o su delegado.

b. Un representante del Presidente de la República.

c. Un representante del Ministro del Medio Ambiente.

d. Cuatro (4) alcaldes de los municipios comprendidos dentro del territorio de la jurisdicción de la corporación, elegidos por la Asamblea Corporativa, para períodos de un (1) año por el sistema de cuociente electoral, de manera que queden representados todos los departamentos o regiones que integran la corporación. Si el territorio de la Corporación comprendiese un número plural de departamentos, la participación será definida en forma equitativa de acuerdo con el reglamento que al efecto expida el Gobierno Nacional;

e. Dos (2) representantes del sector privado;

f. Un (1) representante de las comunidades indígenas o etnias tradicionalmente asentadas en el territorio de jurisdicción de la Corporación, elegido por ellas mismas;

g. Dos (2) representantes de las entidades sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio en el área de jurisdicción de la Corporación y cuyo objeto principal sea la protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, elegido por ellas mismas.

En proceso de modificación según Decreto No 141 de Enero 21 de 2011 Descargar Documento

NATURALEZA JURÍDICA

Las Corporaciones Autónomas Regionales son entes corporativos de carácter público, creados por la ley, integrado por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente.

ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN

Las Corporaciones Autónomas Regionales tendrán tres órganos principales de dirección y administración a saber: a. La Asamblea Corporativa; b. El Consejo Directivo; y c. El Director General.

LA ASAMBLEA CORPORATIVA: Es el principal órgano de dirección de la Corporación y estará integrada por todos los representantes legales de las entidades territoriales de su jurisdicción.

 

EL CONSEJO DIRECTIVO

Es el órgano de administración de la Corporación y estará conformado por:

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a. El gobernador del Departamento del Quindío o su delegado.

b. Un representante del Presidente de la República.

c. Un representante del Ministro del Medio Ambiente.

d. Cuatro (4) alcaldes de los municipios comprendidos dentro del territorio de la jurisdicción de la corporación, elegidos por la Asamblea Corporativa, para períodos de un (1) año por el sistema de cuociente electoral, de manera que queden representados todos los departamentos o regiones que integran la corporación. Si el territorio de la Corporación comprendiese un número plural de departamentos, la participación será definida en forma equitativa de acuerdo con el reglamento que al efecto expida el Gobierno Nacional;

e. Dos (2) representantes del sector privado;

f. Un (1) representante de las comunidades indígenas o etnias tradicionalmente asentadas en el territorio de jurisdicción de la Corporación, elegido por ellas mismas;

g. Dos (2) representantes de las entidades sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio en el área de jurisdicción de la Corporación y cuyo objeto principal sea la protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, elegido por ellas mismas.