Criterios Para Los Sacramentos de Iniciacion Cristiana en La Arquidiocesis de Tijuana

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2 CRITERIOS PARA LOS SACRAMENTOS DE INICIACION CRISTIANA EN LA ARQUIDIOCESIS DE TIJUANA “AÑO DE LA CONVERSION PASTORAL HACIA LAS FAMILIAS”

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CRITERIOS PARA LOS SACRAMENTOS DE INICIACION CRISTIANA EN LA ARQUIDIOCESIS DE TIJUANA

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CRITERIOS PARA LOS SACRAMENTOS DE INICIACION CRISTIANA EN LA ARQUIDIOCESIS DE TIJUANA

“AÑO DE LA CONVERSION PASTORAL HACIA LAS FAMILIAS”

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INDICE

Presentación............................................................................. 4

Sacramentos de Iniciación Cristiana......................................... 6

Sacramento del Bautismo......................................................... 9

Sacramento de la Confirmación.............................................. 13

Sacramento de la Eucaristía.................................................... 19

Iniciación Cristiana de Adultos������������.�. 25

Apéndice.................................................................................. 29

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PRESENTACIÓN

Con gozo y gratitud presento ante ustedes este documento ad experimentum per

annum "Unificación de Criterios para los sacramentos de Iniciación Cristiana en la Arquidiócesis de Tijuana" que nos ayudará en nuestra tarea pastoral de edificar el Reino de Dios en esta porción del Pueblo de Dios. Sin lugar a dudas que ha sido una tarea muy laboriosa y un reclamo de tantos Agentes de Pastoral por mucho tiempo. Finalmente tienes en tus manos el trabajo terminado.

La Unificación de Criterios es una exigencia para todos los agentes y organismos eclesiales de la Arquidiócesis que buscan la comunión eclesial y trabajan con gran espíritu colegial. Su campo de aplicación está fundamentalmente en la labor evangelizadora que realizamos mediante los Sacramentos de Iniciación Cristiana desde su preparación, realización y acompañamiento posterior. Unificación no significa uniformidad sino esfuerzo de comunión que, dentro de la pluralidad de las mociones del Espíritu Santo, permitirá dar un impulso parejo en la formación y evangelización de nuestros fieles.

El Documento de Aparecida en su capítulo 6 nos invita a considerar la formación en la fe en base a procesos integrales que nos permitan una mejor preparación y capacitación para "dar razón de nuestra fe con firmeza y con amor" (1Pe. 3, 15).

Nuestra situación geográfica como frontera nos coloca ante retos eclesiales y desafíos sociales singulares a los que debemos dar una respuesta pastoral significativa ya que "el amor de Cristo nos apremia" (2Cor. 5,14).

Las etapas de preparación, celebración y seguimiento requieren la presencia y acompañamiento especialmente de los sacerdotes, sobre todo de los párrocos. Dígase lo mismo para los procesos de formación.

Que la Virgen de Loreto, patrona de nuestra querida Arquidiócesis de Tijuana, abogada de las familias, custodie, proteja y bendiga esta acción pastoral para el bien de toda la Iglesia y de todas las familias.

+ Rafael Romo Muñoz

Arzobispo de Tijuana

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ABREVIATURAS

AG Ad gentes

CEC Catecismo de la Iglesia Católica

CIC Código de Derecho Canónico

CPsE Carta Pastoral sobre Educación

DA Documento de Aparecida

DGC Directorio General de Catequesis

EA Ecclesia in America

LG Lumen Gentium

MND Mane Nobiscum Domine

III PDP III Plan Diocesano de Pastoral

RBN Ritual para el Bautismo de Niños

RC Ritual de la Confirmación

RICA Ritual de la Iniciación Cristiana de Adultos

RP Ritual de la Penitencia

SC Sacrosanctum Concilium

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SACRAMENTOS DE INICIACIÓN CRISTIANA

Los fundamentos...

1. Dios que quiere que todos los hombres se salven y lleguen al conocimiento de la Verdad se ha manifestado a lo largo de la historia, particularmente con el envío de su Hijo Jesucristo que murió y resucitó para reconciliamos con El. Jesucristo ha querido prolongar su obra salvadora desde la Iglesia fundada por El convirtiéndola en instrumento de salvación y otorgándole, entre tantos medios para su misión, los Sacramentos.

2. Con los Sacramentos de la iniciación cristiana, Dios, por mediación de la Iglesia, ofrece los fundamentos de toda vida cristiana. Con ellos el creyente se hace partícipe del misterio pascual de Jesucristo y, por tanto, de la naturaleza divina.

3. El orden de los sacramentos de acuerdo al magisterio y tradición de la Iglesia es: Bautismo, Confirmación y Eucaristía. En nuestra Arquidiócesis solo los catecúmenos de quince años en adelante que hayan terminado su proceso de iniciación los recibirán en ese orden en la misma celebración. El resto, por razones pastorales, los recibirán por etapas en el orden Bautismo, Comunión y Confirmación.

Nuestra realidad�

4. Prevalece en nuestro pueblo una visión fragmentaria del significado de los Sacramentos de Iniciación Cristiana, no solo entre los fieles, sino, en ocasiones, también en algunos ministros que ha llevado a buscar el bautismo, pero no los demás sacramentos.

5. La realidad arquidiocesana de gran movilidad humana y diversidad cultural con frecuencia presenta serias dificultades para la unificación de criterios en la praxis sacramental notándose, en ocasiones, muchas diferencias en los requisitos que exige una parroquia de otra.

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6. Todavía son muchos los que reciben estos sacramentos sin la suficiente formación ocasionando una notable separación entre la fe y la vida.

7. El fuerte cambio sociocultural actual ha traído una marcada secularización que ha llevado a ver los sacramentos como eventos sociales, debilitando su significado litúrgico-comunitario de fe. A veces en las parroquias hay personas que propician estas actitudes en los feligreses.

Nuestra respuesta (Procesos catecumenales)...

8. Dado que la fe es necesaria para la vida sacramental, es necesario despertarla y formarla hasta su maduración. Esta formación en la fe es una gran tarea y exige procesos integrales que hoy son el gran reto de la Iglesia. Con ella podemos propiciar una verdadera escuela de vida cristiana, es decir, de enseñanza y aprendizaje, de testimonio y seguimiento de la fe, en una palabra de experiencia de Dios. La iniciación cristiana tiene su prototipo en el catecumenado de adultos (Cfr. RICA 1-67).

9. Los sacramentos de la iniciación cristiana son una excelente oportunidad para una buena evangelización y catequesis de quien los recibe y de su entorno familiar (pastoral familiar) (Cfr. EA34; CEC 1229; AG 14).

10. Hay fundamentalmente dos formas para acceder a la iniciación cristiana: una, la de infantes entre 0 y 6 años de edad, cuya preparación se orienta a la familia y padrinos; y otra, la de quienes tienen de 7 años en adelante, que deberán incorporarse a un proceso catecumenal personal y comunitario de acuerdo a su edad.

11. Nuestra Arquidiócesis debe ofrecer al menos dos procesos catecumenales para los mayores de 7 años que requieran de uno o varios sacramentos de iniciación:

El primero, para quienes tienen entre 7 y 14 años, consistirá en la

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catequesis parroquial ordinaria de tipo escolarizado que comprenda al menos 2 años de preparación para la primera Comunión y otros dos años para la Confirmación. De faltar el bautismo adminístrese, incorporados ya al catecismo parroquial, de preferencia en el tiempo pascual.

El segundo, para quienes tienen de 15 años en adelante, consistirá en un proceso que incluya el kerigma, la catequesis, las celebraciones del RICA y un servicio eclesial, culminando preferentemente en la Pascua con la administración, en la misma celebración, de todos los Sacramentos de iniciación faltantes. Un tiempo mínimo apropiado podría ser de 6 meses. (Cfr. Último capítulo).

12. Transformar la administración de los sacramentos de iniciación cristiana como se señala ti ene como primera exigencia una conversión pastoral de todos los agentes, en primer lugar del presbiterio, y en segundo lugar un reforzamiento y renovación en la formación integral de los catequistas que acompañan a quienes habrán de recibir tales sacramentos.

Capacidades diferentes...

13. Las personas con capacidades diferentes son sujetos eclesiales que pueden recibir los sacramentos de Iniciación Cristian~. En el probable caso de que alguien, por enfermedad, no pudiera distinguir el pan de la Eucaristía del pan común, oriéntense hacia el Bautismo y la Confirmación. Si se dificulta tener un equipo apropiado para estos hermanos en cada parroquia, les propongo a los decanos que busquen promover al menos uno en cada decanato.

14. Pido a las comisiones diocesanas de pastoral litúrgica, profética y social, elaboren el material apropiado para la preparación, celebración y seguimiento de los sacramentos en las dimensiones doctrinal, moral, litúrgica y social (RICA, introducción general, 7).

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SACRAMENTO DEL BAUTISMO

Fundamento...

15. El Bautismo "conmemora y actualiza el Misterio Pascual" y es el fundamento de

toda la vida cristiana. Por él somos liberados del pecado y, regenerados como hijos de Dios, llegamos a ser miembros de Cristo y de la Iglesia y partícipes de su misión (Cfr. CEC 1213).

16. El carácter o signo del Señor queda impreso de tal modo que el sacramento del Bautismo no puede repetirse.

Nuestra realidad...

17. Muchas veces este sacramento es buscado solo por motivos de costumbre,

conveniencia y compromiso social, quedando al margen su verdadero significado.

18. Muchos bautizados quedan aislados de un proceso de crecimiento cristiano y, por consiguiente, su fe no repercute en la vida cotidiana familiar ni social.

19. Aun hay personas que prefieren celebraciones particulares y elitistas y parroquias que las permiten.

20. Algunos fieles buscan parroquias o templos en donde son menores las exigencias de catequesis y de participación. Falta unificación de criterios pastorales.

21. Ante el reto de la movilidad humana en esta zona fronteriza y el fuerte debilitamiento de la fe que caracteriza a la cultura actual, la Arquidiócesis de Tijuana insiste en la necesidad de establecer "procesos de formación" que garanticen mejor el compromiso cristiano (Cfr. IIIPDP. 114-116; DGC 61-63; CIC 843, 2).

Nuestra respuesta...

22. Pido a las parroquias y los decanatos se coordinen para contar con los centros

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y equipos necesarios de formación los cuales atenderán el proceso de preparación, celebración y seguimiento de los fieles que participen en el Sacramento (DGC 272-274; Cfr. CIC 842, 2).

23. Sobre todo de los párrocos solicito un serio esfuerzo por respetar el espíritu y los contenidos señalados en este documento para fortalecer la comunión eclesial y pastoral.

PREPARACIÓN

24. Conviene que los papás o tutores hagan una solicitud por escrito para el bautismo de su hijo expresando en ella el compromiso que adquieren y la disposición a recibir la adecuada preparación catequística. Ofrezca a ellos la Parroquia un breve instructivo sobre la celebración que indique los pasos y la importancia del sacramento para que participen más conscientemente en la misma. Los papás deberán entregar copia del acta de nacimiento y mostrar la original para cotejar datos.

25. La catequesis para el bautismo de infantes debe orientarse a la familia y los padrinos considerando las dimensiones de kerigma, evangelización, oración y vida comunitaria buscando superar una visión individualista y parcial del sacramento.

26. A los que asistan a la preparación se les dará una constancia con vigencia de 1 año.

27. Es capaz de recibir el bautismo todo ser humano aún no bautizado y sólo él (CIC 864).

28. Quienes fueron bautizados en iglesias no católicas y hay duda de su validez, bautícense de manera absoluta (ver anexo). O si después de una diligente investigación persiste la duda razonable de haberlo recibido, adminístresele bajo condición.

CELEBRACIÓN

29. Es conveniente usar el ritual vigente aprobado por la Conferencia Episcopal

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Mexicana o por el Ordinario.

30. El bautismo se realizará en la iglesia parroquial propia, nunca en casas privadas o en sitios turísticos, salvo en peligro de muerte.

31. Cuando hay motivos justificados para que este sacramento se celebre en una parroquia que no es la propia, es indispensable haber recibido la preparación conveniente y acreditarla mediante constancia parroquial.

32. Procúrese evitar las celebraciones demasiado numerosas para una celebración más digna.

33. Preferentemente se ha de celebrar el domingo para resaltar su vínculo con el Misterio Pascual, y de manera comunitaria por su dimensión eclesial.

34. El celebrante bautizará de manera ordinaria respetando el ritual completo, a saber: rito de acogida, celebración de la palabra, liturgia del sacramento, oración dominical y bendición final (Cfr. RBN 15-19).

35. El ministro ordinario del bautismo es el obispo, el sacerdote y el diácono.

36. En peligro de muerte puede bautizar todo fiel cristiano, y aún no siéndolo, siempre y cuando lo haga al modo y con la intención de la Iglesia (CIC 861, 2). En estos casos se tendrá la necesidad de completar el rito del sacramento en la parroquia.

37. Para el bautismo de mayores de 7 años considérense los números 10 y 11.

SEGUIMIENTO

38. Es tarea del párroco junto con el Equipo Parroquial de Iniciación Cristiana acompañar a las familias para que continúen educando a los recién bautizados. Mucho ayudará visitar a las familias e invitarlas para que asistan a las misas

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Dominicales, a cursos de animación bíblica y, en comunidad, a crecer y madurar en la fe y en el servicio.

39. Animen a los papás a educar a sus hijos en la fe y a inscribirlos en el catecismo, conforme vayan creciendo, enseñándoles a vivir desde pequeños una vida coherente con la fe. En lo posible invítense a ser acólitos para propiciar en ellos una experiencia de Dios más cercana y sensibilidad por la vocación al servicio eclesial.

Anotación en el libro...

40. Toda parroquia debe tener libros adecuados para anotar los bautizos celebrados en su jurisdicción, cuidarlos y que estén al corriente. En él se inscribirá el nombre del niño, nombres de los papás y padrinos, lugar y fecha de nacimiento, registro civil o CURP, fecha del bautismo y nombre del bautizante.

Los Padrinos...

41. "Quien va a ser bautizado deberá tener un padrino o una madrina o uno y una" (CIC 873).

42. Los padrinos deberán tener al menos 18 años, ser católicos practicantes, que hayan recibido los sacramentos de iniciación cristiana y lleven una vida congruente con la fe católica (Cfr. CIC 874).

43. Deberán estar bien casados por la Iglesia o bien solteros, y dar ejemplo de vida sacramental en razón del testimonio para la educación cristiana de sus ahijados.

44. Quienes vivan en pareja y no estén casados por la Iglesia no podrán ser padrinos. Los casados por la Iglesia deberán presentar su acta de matrimonio original y copia. Y los solteros identificación oficial original y copia.

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SACRAMENTO DE LA CONFIRMACIÓN

Los fundamentos...

45. El sacramento de la confirmación es necesario para la plenitud de la gracia bautismal porque "se vincula más estrechamente a la Iglesia, se enriquece con una fortaleza especial del Espíritu Santo" (LG 11), los capacita para el apostolado y para el estado de vida que elijan (Cfr. CEC 1285).

46. El aspecto más específico de la Confirmación es el de su directa referencia al acontecimiento de Pentecostés (CEC 1302), como momento integrante y punto culminante del Misterio Pascual de Cristo.

47. "El carácter o signo del Señor queda impreso de tal modo, que el sacramento de la Confirmación no puede repetirse" (RC, observaciones previas, 2).

Nuestra realidad...

48. Pocas veces se integra este sacramento como parte del proceso de la Iniciación Cristiana.

49. En muchas parroquias a quienes se van a casar y no han recibido la Confirmación, se les exige como requisito para el sacramento del matrimonio, provocando que acudan a prepararse en los lugares donde los requisitos son mínimos.

Nuestra respuesta�

50. Por el proceso dinámico, el provecho espiritual, el desarrollo en la fe y la experiencia de vida cristiana que presenta, hemos asumido el catecismo diocesano como texto en todas las parroquias de la diócesis para los confirmandos en edad escolar.

51. Para los mayores de 15 años considérese el núm. 3 y 11.

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52. No dejemos que la premura del tiempo nos presione a ofrecer el sacramento sin la preparación requerida. Al mismo tiempo busquemos que nuestro pueblo sienta nuestro interés y cercanía por ayudarlos en su camino de fe.

53. A nadie se niegue el sacramento porque no pueda dar la aportación solicitada.

54. En el caso de aquellos que solicitan el sacramento del Matrimonio sin estar confirmados, procúrese orientarlos adecuadamente, haciéndoles ver la conveniencia y necesidad que tienen de éste, más no exigirlo como requisito (Cfr. CIC 1065,1).

55. Pido a las comisiones diocesanas de pastoral litúrgica, profética y social, propongan el material apropiado para la preparación, celebración y seguimiento en los sacramentos que comprendan las dimensiones doctrinal, moral, litúrgica y social (RICA, introducción general, 7).

PREPARACIÓN

56. Los párrocos participen como maestros idóneos en la catequesis de la Confirmación, procurando acompañar a los catequistas garantizando así la profundidad de la enseñanza.

57. Para garantizar la preparación de los adultos de 15 años en adelante, ésta se ha de inspirar en el proceso de catecúmenos conforme el RlCA en un tiempo no menor a 6 meses (Cfr. CIC 777 y último capítulo).

58. En las parroquias se pide una acción pastoral que respete los procesos de formación para una educación sana, sabia y santa.

59. Los colegios católicos deberán cultivar en sus alumnos el sentido de pertenencia a su comunidad parroquial y, en relación a sus programas de catequesis, deberán estar en sintonía con los aprobados por la Diócesis.

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60. Los sacerdotes procuren que sus expresiones y actitudes sean de buen trato, de cercanía. Que ofrezcan la información como un verdadero servicio y una señal de comprensión pastoral.

61. El párroco atenderá personalmente a quienes viven en situación irregular cuando éstos soliciten el sacramento, y no debe confiar esta tarea a la secretaria.

62. No olvidemos que los principales catequistas de los hijos son los papás. Preparen las parroquias a los padres de familia para que ellos mismos, apoyados en la catequesis parroquial, preparen y fomenten en sus hijos el espíritu de fe y colaboración para una fructuosa recepción del sacramento.

63. Pido a los párrocos programen las confesiones de confirmandos sin descuidar las de los padrinos y familiares, y las fechas de la Confirmación para favorecer una mejor participación en su celebración de los confirmandos, papás y padrinos para una celebración fructuosa (RP 6-7).

64. Para solicitar este sacramento deberán presentar original y copia del acta de bautismo.

65. Los papás y padrinos presentarán comprobante de su preparación al sacramento. La vigencia del comprobante será de 1 año.

CELEBRACIÓN

66. La celebración deberá caracterizarse por la participación activa de todo el pueblo de Dios.

67. Debe constituir una manifestación del misterio de la Iglesia animada por el Espíritu Santo, agrupada en torno al Pastor de la Diócesis, en marcha hacia el Reino, dispuesta a dar testimonio ante los hombres de la redención obrada en la cruz.

68. La celebración subrayará la íntima relación con los demás sacramentos, por eso, los confirmandos renovarán sus promesas bautismales.

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69. El sacramento de la Confirmación deberá conferirse dentro de la Eucaristía (CIC 881; RC Observaciones previas, 13).

70. Puede recibir la Confirmación quien haya sido bautizado, hecho su Primera

Comunión y recibido la adecuada preparación (CIC 889,2; 891).

71. Para los jóvenes y adultos organícense grupos especiales a fin de adecuar el

mensaje a su realidad.

72. Quienes hayan recibido supuestamente este sacramento en otras iglesias,

habrán de recibirlo válidamente en la Iglesia Católica (ver anexo).

73. En el caso de los colegios católicos que preparan para la Confirmación, la

celebración tendrá como lugar propio la parroquia a la que pertenece el colegio para el cuidado y desarrollo de la vida cristiana de toda la comunidad educativa (Cfr. DGC 278; CIC 806; Carta Pastoral sobre Educación, Diócesis de Tijuana, 52).

74. Las constancias de los sacramentos para las escuelas se otorgarán en la

parroquia correspondiente (CIC 877 y 895).

75. Procúrese evitar las celebraciones demasiado numerosas para una celebración

más digna.

76. El ministro ordinario de la Confirmación es el Obispo. También administra

válidamente este sacramento el presbítero dotado de la facultad por el derecho común o por el Obispo (Cfr. CIC 882-888).

77. A los párrocos y demás presbíteros, el derecho común los faculta para

administrar la Confirmación en peligro de muerte (Cfr. CIC 883,3).

78. Los presbíteros que bautizan a un adulto quedan también facultados para

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administrar la Confirmación (Cfr. CIC 883, 2 Núm. 3 y 11).

SEGUIMIENTO

79. Se aprovechará la catequesis infantil para provocar la necesidad de dar continuidad a la formación de la fe y así, dar cabida a la catequesis de preadolescentes, adolescentes, jóvenes y adultos, e impulsarlos a tomar parte de los procesos y comunidades de Iniciación Cristiana.

80. El párroco aprovechará la coyuntura de ofrecer a los recién confirmados un proceso de catequesis atrayente, que los motive a una real inserción en la comunidad y que los comprometa a una proyección apostólica.

Padrinos...

81. Los padrinos tienen la obligación de formar en la fe y en la práctica de la vida cristiana, mediante la palabra y el ejemplo (Cfr. CIC 774, 2).

82. "En la medida de lo posible, tenga el confirmando un padrino, a quien corresponde procurar que se comporte como verdadero testigo de Cristo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al sacramento" (CIC 892; 893).

83. Recuérdese que el padrino puede ser hombre o mujer.

84. Deben ser de 18 años en adelante, católicos practicantes, que hayan recibido los sacramentos de iniciación cristiana y lleven una vida congruente con la fe católica (Cfr. CIC 874; RICA, introducción general, 10).

85. Quienes vivan en pareja y no estén casados por la Iglesia no pueden ser padrinos.

86. Deberán estar "bien casados por la Iglesia o bien solteros", en razón del testimonio para la educación cristiana de sus ahijados.

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87. Los casados por la Iglesia deberán presentar copia del acta de matrimonio.

88. El padrino o la madrina debe recibir la preparación adecuada para que se

disponga a vivir y celebrar el sacramento.

89. Facilítese a todos los padrinos el acercarse a la confesión como preparación a la

celebración (Cfr. CIC 915).

Anotación en el libro...

90. La parroquia anotará en su libro las confirmaciones celebradas en su jurisdicción,

lo cuidará y estará al corriente. En él inscribirá número de partida, el nombre del niño, sexo, nombres de los papás y padrinos, lugar y fecha del bautismo, y nombre del ministro (Cfr. CIC 895).

91. El párroco del lugar donde se celebró la confirmación, tiene la obligación de

notificar al lugar donde fue bautizado el que ha sido confirmado.

Estipendio...

92. De acuerdo a la circular 01/III/2005 dice: Si confirma el Obispo será el 100% para

él; si confirma un delegado el 40% es para el delegado, 40% es para el Obispo y el 20% para la parroquia.

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SACRAMENTO DE LA EUCARISTÍA

Fundamento...

93. Con la Eucaristía, fuente y cima de toda vida cristiana, "culmina la Iniciación

Cristiana" (CEC 1322). Además, es el lugar privilegiado en donde Dios se hace presente con su acción salvadora, memorial del sacrificio de Cristo (Cfr. CEC 1358).

94. La Eucaristía establece la comunión entre el creyente y el Señor muerto y resucitado; lo sitúa directamente en la fuente de la vida divina. Fortalece la vocación a la santidad e impulsa un mayor compromiso de vida cristiana.

95. La Eucaristía, celebrada con fe, es una auténtica escuela de comunión. Ella hace de cada cristiano un testigo de la fraternidad y solidaridad. No se puede compartir el pan eucarístico si no se comparte el pan de cada día. Ella alimenta y fortalece la misión de los creyentes en el mundo, a ejemplo de Cristo que en este sacramento da la vida por sus amigos.

Nuestra realidad...

96. En muchas parroquias de nuestra diócesis la catequesis para la Primera

Comunión Eucarística se queda en una preparación memorística, sin procesos formativos, desconectada de un proyecto catequístico y, a veces, de la misma vida eclesial, especialmente, para nuestros paisanos migrantes.

97. Quienes reciben la Primera Comunión Eucarística no siempre dan el testimonio esperado en su vida cotidiana. Más aún, en la mayoría de los casos, tampoco se integran a la dinámica de la comunidad parroquial y no falta quienes definitivamente se alejan de ella.

98. Aún prevalece en la mentalidad de muchos de los fieles la idea que recibir la

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Primera Comunión Eucarística como parte de una mera costumbre o se realiza para salir del paso como si fuera un compromiso de tipo social.

99. En algunos lugares no se dispone adecuadamente a los fieles para la participación viva, activa y consciente de nuestras celebraciones eucarísticas.

100. La deficiencia en la preparación se agudiza cuando los catequistas no se renuevan en lo espiritual, metodológico y contenidos.

101. Algunos sacerdotes, en lugares no propios, acceden a conferir este sacramento de forma individual.

Nuestra respuesta...

102. Como signo de comunión eclesial procuremos ser fieles a estos criterios

pastorales y cumplir las normas generales, especialmente a nivel decanato, en cuanto contenidos catequísticos, tiempo de preparación y demás exigencias para acercarse a la Primera Comunión Eucarística.

103. Establézcanse acuerdos pastorales entre parroquias, escuelas, agentes de pastoral y comunidades religiosas a fin de evitar que algunos fieles busquen lo más fácil y rápido en cuanto a la preparación y la celebración de la Primera Comunión Eucarística. Dichas instancias pastorales deben cuidar que los fieles mantengan la comunión con su parroquia.

Capacidades diferentes...

104. Las personas con capacidades diferentes son sujetos eclesiales que pueden

recibir la Primera Comunión Eucarística. Lo que se les pide es que sepan distinguir entre el pan eucarístico del pan ordinario y lo reciban con el respeto conveniente.

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PREPARACIÓN

105. El catecismo diocesano escolarizado es el único autorizado en las parroquias y recomendado en todas las escuelas de inspiración cristiana. En todo caso pido se respete el proceso formativo.

106. Sígase la costumbre de admitir a la catequesis de Primera Comunión a los niños, en torno a la edad de la discreción 7 anos (Cfr.CIC 914).

107. Antes de la Primera Comunión Eucarística los niños se acercarán al sacramento de la Reconciliación (CIC 959; 960 y 989). Facilite cada párroco la adecuada recepción de este sacramento por parte de los niños, los papás y los padrinos.

108. Los niños entre 7 y 14 años deben tener una preparación de tipo catecumenal en la cual deberá participar el párroco, el equipo de catequistas y los padres de familia. Su duración no debe ser menor a 2 años. Los mayores de 15 años de tipo catecumenal tendrán su preparación en la catequesis de adultos (cfr. Núm. 11 y último capítulo).

109. Se preparará a la Primera Comunión Eucarística en la parroquia donde reside la familia para crear sentido de pertenencia a la comunidad parroquial. No se acepte en ningún templo a niños que no presenten comprobante de su párroco, haciendo constar que sí se preparó.

110. Es conveniente que, acercándose la fecha, se llene una solicitud para quien va a recibir este sacramento, por sí mismo o por sus papás o tutores. Se adjuntará original y copia del acta de bautismo.

111. En cada parroquia conviene hacer planes y definir estrategias para involucrar cada vez más a los papás en la preparación de sus hijos (Cfr. CIC 914) impulsando la pastoral familiar asociada a la catequesis infantil.

112. La preparación para la Primera Comunión Eucarística deberá conducir a una�

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conversión que acreciente el sentido de pertenencia a la comunidad, a la escucha de la Palabra, a compartir los bienes y servir a los demás (Cfr. CEC 1397; MND, 28).

Los catequistas�

113. Los catequistas deben prepararse continuamente en lo espiritual, teológico,

pastoral, pedagógico y metodológico (Cfr. DGC 237). 114. Esfuércese cada catequista en dar testimonio de buena conducta, humildad y

unidad para servir en un espíritu de verdadera comunión. 115. Los catequistas tengan tacto, una convicción profunda de piedad, alegría,

paciencia y amor a quien catequiza, sentido de justicia y respeto a la verdad; vístanse de acuerdo a la misión que están desarrollando; tenga madurez y buen comportamiento.

CELEBRACION 116. Nuestras celebraciones deben ser lo más dignas posible. Deben preferirse las

primeras comuniones comunitarias y, en lo posible, los domingos, a no ser que por razones pastorales se exija otra cosa.

117. Prepárese la celebración de la Primera Comunión Eucarística con los textos

apropiados, de preferencia tómese la Misa votiva de la Eucaristía a no ser que las normas litúrgicas indiquen lo contrario.

118. Procúrese que no falte la renovación de las promesas bautismales, para resaltar

la unidad de los sacramentos de Iniciación. 119. Para celebrar este acontecimiento de fe es muy importante la presencia de la

comunidad cristiana.

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120. La Primera Comunión Eucarística deberá realizarse dentro de la Misa con la dignidad que exige todo sacramento.

121. "La celebración Eucarística se ha de hacer en lugar sagrado, a no ser que, en un

caso particular, la necesidad exija otra cosa; en este caso, la celebración debe realizarse en un lugar digno" (CIC 932, 1). Queda estrictamente prohibido la celebración de este sacramento en casas particulares, centros recreativos, restaurantes, jardines, etc.

122. El lugar propio para celebrar la Primera Comunión Eucarística es el templo

parroquial. Cuando los colegios, las casas religiosas u otras instituciones promuevan estas celebraciones en sus instalaciones, tienen la obligación de contar con la aprobación del párroco, quien ha de valorar la conveniencia de llevarlas a cabo y para las cuestiones administrativas.

SEGUIMIENTO 123. Es responsabilidad del párroco acompañar a los padres de familia en su tarea de

ser los principales educadores en la fe de sus hijos para que cumplan de este modo la vocación a la que el Señor los ha llamado. El clima familiar de oración, de escucha de la Palabra de Dios, de la participación en la liturgia de la Iglesia, la sensibilidad social y el compromiso misionero son el terreno bueno donde crecerá la semilla de la fe de los hijos.

124. El Equipo de seguimiento invitará a los padres de familia para que sean los

primeros acompañantes en la vida eucarística de sus hijos y continúen animando su crecimiento posterior.

125. La Primera Comunión Eucarística de los hijos es una ocasión propicia para

motivar a los padres de familia que no estén casados por la Iglesia, y que no tengan impedimento alguno, a acercarse al sacramento del matrimonio.

126. Muy bueno será invitar a los niños después de su primera comunión a participar

en los momentos parroquiales de adoración y oración ante el santísimo sacramento.

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127. Aconsejo que las parroquias promuevan Misas familiares con atención especial a los niños.

128. Los niños que acaban de hacer su primera comunión están en el mejor momento

de incorporarse al grupo parroquial de acólitos donde se puede despertar la vocación a la vida sacerdotal.

Padrinos...

129. Es recomendable tener padrino de Primera Comunión Eucarística. Si se quiere

conservar la tradición de tener un padrino o madrina, incúlquese a los padres y demás familiares que preferentemente sean los padrinos de bautismo (Cfr. CIC 874 y 892).

130. Los padrinos deberán tener la preparación adecuada para que acompañen la

formación cristiana de sus ahijados.

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INICIACIÓN CRISTIANA DE ADULTOS (de 15 años en adelante)

Fundamento�

131. La iniciación cristiana de adultos se da mediante el anuncio del misterio de Cristo y bajo la acción del Espíritu Santo, abre su corazón para buscar a Dios consciente y libre, emprendiendo así el camino de la fe y la conversión (Cfr. RICA, observaciones previas 1).

Nuestra realidad�

132. Cada vez hay más adultos provenientes de familias cristianas sin bautizar. Existe

también una variada tipología de bautizados alejados: bautizados no practicantes ni creyentes, ciudadanos de un mundo secularizado, indiferente ante lo religioso y lo trascendente; bautizados creyentes pero no practicantes, de fe meramente individual; bautizados practicantes pero no iniciados en la fe, cuya falta de formación les impide recibir en sus vidas el influjo vital del Evangelio.

133 .En general se atiende más a quienes acuden al templo, pero poco a los no

creyentes, a los no practicantes, a los alejados, a las grandes multitudes; y, cuando éstos se acercan, no suelen encontrar una atención verdaderamente evangelizadora.

134. Las acciones pastorales, catequéticas y cultuales son, en general, repetitivas; no

siguen el método de acompañamiento desde la evangelización global hasta la pertenencia a una comunidad, pasando especialmente por el catecumenado.

135. Se constata la creciente ignorancia religiosa, la proliferación de sectas, el

secularismo, la dicotomía entre fe y vida, y la catequesis con frecuencia deficiente, preferentemente orientada a la recepción de los sacramentos.

136. Falta un diálogo constructivo entre parroquias, escuelas, conventos y agentes de

pastoral para evitar que algunos fieles busquen lo más fácil y lo más rápido en

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cuanto a la preparación y la celebración sacramental, lo cual provoca la desvinculación comunitaria de quienes buscan tal tipo de catequesis; y al mismo tiempo no se garantiza un crecimiento de la fe en los creyentes.

Nuestra respuesta

137. Ante la creciente secularización tenemos el reto de pasar de una sacramentalización a la "evangelización" de todos aquellos que recibieron en su momento una iniciación cristiana incompleta. Por eso, el proceso de la Iniciación Cristiana que necesitamos se apoya fundamentalmente en el modelo propuesto por el Ritual de la Iniciación Cristiana de Adultos (Cfr. DA 279; 289-290).

138. Esta Iniciación Cristiana de Adultos tiene que mirar todo el proceso

evangelizador, tomando en consideración sus etapas graduales de primer anuncio, iniciación cristiana, catequesis y apostolado teniendo así una visión más completa de la Misión de la Iglesia.

Adultos no bautizados...

139. Como dijimos en el núm. 11 para la Iniciación Cristiana de adultos mayores de 15 años necesitamos un proceso catecumenal propio. Este debe ser integral e incorporar las observaciones del RICA para que mediante tal acompañamiento participe más consciente y plenamente en el Misterio Pascual de Cristo y se identifique y vincule con Él como su discípulo misionero.

140. Para bautizar a un adulto se necesita que esté suficientemente instruido acerca

de las verdades de la fe, las obligaciones cristianas y haya sido probado en la vida cristiana mediante el catecumenado (CIC 865,1).

141. El Ritual se adapta al "camino espiritual del adulto" y a las circunstancias de

tiempo y lugar. 142. El Ritual de la Iniciación presenta primero el modelo típico en grados o etapas,

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es decir, la evangelización y precatecumenado, el catecumenado, el tiempo de la purificación y de la iluminación y, los sacramentos de la iniciación (Cfr. RICA 68-239); enseguida ofrece la forma simplificada que consiste en el rito de admisión a la catequesis, tiempo de purificación o iluminación y, la celebración de los sacramentos y mistagogia (Cfr. RICA 240-277); finalmente presenta la forma breve para los que se encuentran en peligro de muerte con tal de que puedan oír las preguntas y responder a ellas (Cfr. RICA 278-294).

Adultos bautizados�

143. Se trata de la plena incorporación a la Iglesia de aquellos adultos bautizados en

la infancia que no han recibido la debida catequesis y no han sido admitidos a la confirmación ni a la Eucaristía.

144. La catequesis de estos adultos, adaptada a su situación y dentro del año litúrgico,

requiere del conocimiento de los dogmas y mandamientos, y de la vivencia del misterio de salvación al que desean participar en la comunidad.

145. Su acompañamiento comprende el rito de acogida en la comunidad, las

celebraciones de la Palabra, la entrega del Símbolo, de la Oración dominical y de los Evangelios, las celebraciones penitenciales, sobre todo, en Cuaresma para culminar la formación cristiana con la Vigilia Pascual. Los adultos harán su profesión de fe bautismal, recibirán la Confirmación y la Eucaristía. Inmediatamente continuarán su formación y su inserción en la comunidad eclesial (Cfr. RICA 295-305) y habrán de incorporarse a procesos de formación permanente.

146. Una propuesta concreta del itinerario catecumenal para adultos mayores de 15

años que se preparen para uno, dos o los tres sacramentos de iniciación puede ser el considerar los meses de junio a septiembre como la etapa del kerygma, de septiembre a Semana Santa como la etapa de catequesis (purificación e iluminación), la Vigilia Pascual como la etapa de celebración y el tiempo Pascual

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como la etapa de la Mistagogia.

Niños y adolescentes no bautizados...

147. El Ritual de la Iniciación Cristiana de Adultos contempla un capítulo para los

niños en edad de la discreción y adolescentes no bautizados que según el Código de Derecho Canónico son equiparados a los adultos a efectos de la pastoral de la Iniciación Cristiana.

148. Su iniciación y formación, adaptada a su situación, requiere de la conversión,

madurada progresivamente, contando con el tiempo suficiente y desarrollado por etapas o grados a través de diversos ritos. Muchos de estos elementos están ya integrados en el catecismo diocesano.

Nuestro anhelo...

149. Desde la parroquia busquemos nuevos métodos para la acción pastoral,

impulsando una espiritualidad misionera, por la que todos los agentes evangelizadores asumamos el proyecto pastoral de la Diócesis en Misión Permanente en este período de conversión pastoral que como Arquidiócesis estamos llevando, como una exigencia fundamental de la Nueva Evangelización (Cfr. DA 170-172).

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APÉNDICE A. INFORMACIÓN ACERCA DE LA VALIDEZ E INVALIDEZ DEL BAUTISMO EN ALGUNAS IGLESIAS Y SECTAS a) Se considera válido el bautismo de las Iglesias que, en su ritual utilizan agua y la fórmula trinitaria, sea por inmersión, sea por infusión. Por tanto: b) Téngase como válido el bautismo de las Iglesias Ortodoxas

Patriarcado Ecuménico de Constantinopla Patriarcado de Alejandría Patriarcado de Antioquía Patriarcado de Jerusalén Patriarcado de Moscú Patriarcado de Belgrado Patriarcado de Bucarest Patriarcado de Sofía Iglesias autocéfalas de Chipre, Grecia, Polonia y Albania

c) Se reconoce como válido (si no hay una causa grave para dudar de su bautismo), el celebrado en las llamadas Iglesias Históricas del s. XVI

Comunión Anglicana Episcopalianos Presbiterianos Luteranos Calvinistas Metodistas (en México se tienen como dudoso su bautismo)

d) Téngase como inválido el bautismo, para efectos canónicos.

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Los que se declaran Ortodoxos en México provenientes de la Iglesia Ortodoxa Mexicana o sucesores del Patriarca Pérez Nótese aquí la Iglesia de Camargo Melo Los del Cerro de la Estrella.

e) Se considera inválido el bautismo de las sectas

Testigos de Jehová Mormones Evangélicos Cruzada Evangelista Mundial Iglesia Alianza Cristiana y Misionera Iglesia Cristiana unida Iglesia de Dios en México Iglesia del Nazareno en México Iglesia Evangélica de los Peregrinos Iglesia Evangélica Misionera Iglesias Evangélicas independientes Misión centroamericana Misión Cristiana México- Poniente Misión Evangelística Mexicana Misiones Mundiales de México Unión de Iglesias Evangélicas Mexicanas Iglesias Evangélicas

f) Se considera inválido el bautismo de los Pentecostales

Iglesias Pentecostales Asambleas de Dios Iglesias de Dios

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Iglesia Bautista del séptimo día

Iglesia Cristiana Bethel

Iglesia Cristiana Interdenominacional

Iglesia Cristiana Nacional de las Asambleas de Dios

Iglesia de Dios Pentecostal

Iglesia del Evangelio Cuadrangular

Iglesias Evangélicas Independientes

Movimiento de Iglesias Evangélicas

Pentecostales Independientes

Movimiento de Iglesias Evangélicas

Unión de Iglesias Evangélicas Independientes

La Santa Iglesia de Dios de la Inundación Apostólica

Iglesia Internacional del Evangelio Inquebrantable

Asambleas de Dios en México

Bando Evangélico Gedeón

Concilio Latinoamericano de Iglesias Cristianas

Iglesia Apostólica de la fe en Jesucristo

Iglesia Cristiana Interdenominacional

Iglesia Cristiana de las Asambleas de Dios

Iglesia de Dios de la Profecía

Iglesia de Dios en Cristo por el Espíritu Santo

Iglesia de Dios en la República Mexicana

Iglesia de Dios Pentecostal

Iglesia de Dios (Evangelio Completo)

Iglesia del Buen Pastor

Iglesia del Consejo Estatal Mexicano

Iglesia Luz del Mundo

Iglesia Misionera Mexicana

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Iglesias Evangélicas Independientes

Movimiento de Iglesias Evangélicas Independientes

Cruzada Evangelística Mundial

Iglesia Alianza Cristiana y Misionera

Iglesia Evangélica de los Peregrinos

Iglesia Libre Metodista Evangélica

Unión Evangélica Mexicana

Empresa Apostólica de los Intérpretes de la Voluntad de Dios

(EAINVOD)

g) Se considera inválido el bautismo de los Adventistas

Iglesia Adventista del Séptimo Día (Sabatistas)

Iglesia de Dios del Séptimo Día

Cuáqueros

Ejército de Salvación

Luz del Mundo

h) Se considera inválido el bautismo de otras sectas

Espiritistas

Espiritualistas

Rosacruces

Teósofos

Iglesia Gnóstica

i) Se considera inválido el bautismo de los Bautistas (dieron origen a grupos

considerados como pentecostales)

Asambleas de Dios

Convención Nacional Bautista de México

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j) Lista de algunas Iglesias cuyo Bautismo no es válido y que frecuentemente provocan

confusión entre los católicos

Cristo Rey (El Calvario, Ecatepec. Edo. de México) Cristo Rey y Santa María de Guadalupe (San Francisco Tlaltenco, Tláhuac). Iglesia Antigua Católica Corpus Christi. (Mario Fdo. López Col. Escuadrón 201) Nuestra Señora del Perpetuo Socorro o Monasterio Franciscano Ortodoxo. (Col. Santa María del Monte Iztapalapa).

San Charbel Makluf (Santa Cecilia, Tláhuac) Santa María Magdalena (Col. Magdalena Atlazolpa, Iztapalapa) Santuario de la Guadalupana Milagrosa (Col. U. H. Picos, Iztacalco) Santuario de Nuestra Señora de Guadalupe (Col. El Parque Balbuena. Deleg. Venustiano Carranza) Sr. de la Clemencia (Col. Ex-ejidos de Padierna)

Sr. San José (Col. Jardines del Tepeyac, Ecatepec, Edo. de México) Templo "Monte María" (Tlalnepantla, Edo. Méx.) Templo de la Misericordia (Bravo 35 Col. Centro. Deleg. Venustiano Carranza) Templo Nuestra Señora de San Juan de los Lagos (Cerro de la Mora, Cuautepec Barrio Bajo, México D.F.)

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Templo San Antonio Abad (México, D. F.) Templo Santa Cruz y Nuestra Señora de Guadalupe (Etiopía M. 555 L. 11 Col. Glorieta Ecatepec, Edo. Méx.)

B. INFORMACIÓN ACERCA DE LA CONFIRMACIÓN

a) En el estado de nuestras relaciones con las comunidades Eclesiales surgidas de la Reforma del s. XVI, aún no se llega a un acuerdo sobre la significación, ni sobre la naturaleza sacramental, ni siquiera sobre la administración del Sacramento de la Confirmación. Por consiguiente, si alguien en estas circunstancias quiere entrar en la plena comunión con la Iglesia Católica debe recibir el Sacramento de la Confirmación, antes de ser admitido a la comunión eucarística. (Cf. Inciso "c" de la primera parte de este apéndice). b) Igualmente, en relación con las Comunidades cuyo Bautismo no es válido debe afirmarse lo mismo para la Confirmación.

Tijuana, B.C., a 24 de Enero de 2009.