Criterios Para La Asignación de Horas 2013 Ingenieria

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GOBIERNO REVOLUCIONARIO DE ANZOÁTEGUI Dirección de Educación División de Planificación y Proyectos REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE HORAS DE SERVICIO COMUNITARIO (INGENIERIA) La presente tiene como finalidad notificarle los criterios utilizados para la designación de horas a los estudiantes de ingeniería que están cumpliendo su Servicio Comunitario en este año escolar de acuerdo con la Ley de Servicio Comunitario y el proyecto denominado PROGRAMA DE APOYO A LAS SOLICITUDES ADMINISTRATIVAS Y DE INGENIERÍA DE LAS ESCUELAS DEL ESTADO ANZOATEGUI consignado en la Universidad de Oriente en la Coordinación de Servicio de Servicio Comunitario, para dar cumplimiento a su articulado específicamente Artículo 4 con la finalidad de aclarar las dudas que se pudiesen presentar al respecto. Articulo 4: Definición A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley. En este sentido, la designación de horas de Servicio Comunitario de los estudiantes se establece como se indica seguidamente: 1. TALLERES: Valor de 10 horas: Esta actividades se refiere aquellas actividades relacionadas con la organización de charlas o talleres con temas de relacionados con la ciencias básicas y sociales, entrega de guías de ejercicios trípticos relacionados con el tema, elaboración de carteleras (que existan en el plantel), uso de equipos audiovisuales (opcional).Debe registrarse en el acta de contabilización de horas en diferentes días consecutivos hasta que se ejecute el taller programado. 2. JORNADAS PARA MANTENIMIENTO MENOR Valor de 16 hasta 20 horas. Se refiere al aportes de los estudiantes para la organización de reparación de bombas de agua, instalación de filtros de agua, soldadura y/o pintura de mobiliario escolar, rehabilitación de sistemas eléctricos, organización de laboratorios de ciencias, etc.(todas dentro del plantel) Pueden incorporar la participación de la comunidad para la formación y asesoramiento durante el

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Norma Gobernación Estado Anzoátegui, para la asignación de horas del servicio comunitario para ingeniería.

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GOBIERNO REVOLUCIONARIO DE ANZOÁTEGUI

Dirección de EducaciónDivisión de Planificación y Proyectos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE HORAS DE SERVICIO COMUNITARIO (INGENIERIA)

La presente tiene como finalidad notificarle los criterios utilizados para la designación de horas a los estudiantes de ingeniería que están cumpliendo su Servicio Comunitario en este año escolar de acuerdo con la Ley de Servicio Comunitario y el proyecto denominado PROGRAMA DE APOYO A LAS SOLICITUDES ADMINISTRATIVAS Y DE INGENIERÍA DE LAS ESCUELAS DEL ESTADO ANZOATEGUI consignado en la Universidad de Oriente en la Coordinación de Servicio de Servicio Comunitario, para dar cumplimiento a su articulado específicamente Artículo 4 con la finalidad de aclarar las dudas que se pudiesen presentar al respecto.

Articulo 4: DefiniciónA los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.

En este sentido, la designación de horas de Servicio Comunitario de los estudiantes se establece como se indica seguidamente:

1. TALLERES: Valor de 10 horas: Esta actividades se refiere aquellas actividades relacionadas con la organización de charlas o talleres con temas de relacionados con la ciencias básicas y sociales, entrega de guías de ejercicios trípticos relacionados con el tema, elaboración de carteleras (que existan en el plantel), uso de equipos audiovisuales (opcional).Debe registrarse en el acta de contabilización de horas en diferentes días consecutivos hasta que se ejecute el taller programado.

2. JORNADAS PARA MANTENIMIENTO MENOR Valor de 16 hasta 20 horas. Se refiere al aportes de los estudiantes para la organización de reparación de bombas de agua, instalación de filtros de agua, soldadura y/o pintura de mobiliario escolar, rehabilitación de sistemas eléctricos, organización de laboratorios de ciencias, etc.(todas dentro del plantel) Pueden incorporar la participación de la comunidad para la formación y asesoramiento durante el mantenimiento preventivo menor: En estas actividades los estudiantes pueden hacer las diligencias para la consecución de los materiales con organismos públicos y/o empresas pero queda prohibido el gasto en dinero para proveer el arreglo del equipo o las reparaciones menores. Este tipo de actividad puede ser planificada en fechas especiales durante los días laborables o fines de semana, previo acuerdo con el Director del Plantel. Las mismas deben relacionarse en el acta de contabilización de horas en bloque de horas de 4 horas seguidas o fines de semana en bloque no mayor de 8 horas.

3. REUNIONES, VISITAS OTRAS: Cada vez que se realicen actividades de planificación a través de reuniones y visitas al plantel, fuera de las charlas, jornadas y otras, el estudiante cumplirá horas de servicio comunitario que deben ser anotadas en el Acta de contabilización de Horas.

4. ACTIVIDADES ACADEMICAS: Aquellas actividades relacionadas con explicación de contenidos asociados con la carrera (matemática, física, química, biología, estudio de la naturaleza, inglés) serán consideradas tanto las horas académicas como las horas invertidas en la planificación a razón de: por cada hora de clase (60 minutos) se sumará 1 hora de planificación e investigación del contenido (60 minutos). Este criterio será valido para talleres remediales que se desarrollen dentro del plantel para estudiantes desde 1er año hasta 5to año.( véase Nº 1 TALLERES)

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5. ACTIVIDADES PROHIBIDAS: Están prohibidas actividades que se salgan del perfil profesional para el cual se están formando los estudiantes; de igual manera aquellas actividades que exijan al estudiantes aportes monetarios.

Es importante mencionar que la supervisión y seguimiento de las actividades de los estudiantes de Servicio Comunitario debe estar acompañado del buen criterio y juicios de valor que fortalezcan actitudes y valores en los estudiantes universitarios y los sensibilice ante las necesidades de la comunidad. Esto, para dar cumplimiento al Artículo 2 y 7 de la Ley que donde se establece:

Articulo 2 PrincipiosEsta Ley se regirá por los principios constitucionales de solidaridad, responsabilidad social, igualdad, cooperación, corresponsabilidad, participación ciudadana, asistencia humanitaria y alteridad

Artículo 7 Fines del Servicio ComunitarioEl servicio comunitario tiene como fines:1. Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana.2. Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad.3. Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la formación académica, artística, cultural y deportiva.4. Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana.5. Formar, a través del aprendizaje servicio, el capital social en el país.

Sin otro particular a que hacer referencia, quedo de usted.

Atentamente,

Lic. Isbelia MontesJefe División de Planificación y Proyectos(E)Dirección de Educación