CRIMINOLOGÍA UNJFSC

77
1 “Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de Nuestra Diversidad” ESCUELA ACADノMICA PROFESIONAL DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS ASIGNATURA : CRIMINOLOGÍA DOCENTE : Lic. FÉLIX ERNESTO SALAZAR HUAPALLA CICLO : Iv TEMA : SÍNTESIS Y COEMNTARIO POR CAPÍTULO DE LA OBRA CRIMINOLOGÍA DE LOS AUTORES JORGE PÉREZ LÓPEZ Y KELY SANTILLÁN LÓPEZ. “La lucha es una técnica y un arte, técnica saber leer, Arte: saber interpretar lo leído.” HUACHO – PERレ

Transcript of CRIMINOLOGÍA UNJFSC

Page 1: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

1

“Año de la Integración Nacional y elReconocimiento de Nuestra Diversidad”

ESCUELA ACADÉMICA PROFESIONALDE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

ASIGNATURA : CRIMINOLOGÍA

DOCENTE : Lic. FÉLIX ERNESTO SALAZAR HUAPALLA

CICLO : Iv

TEMA : SÍNTESIS Y COEMNTARIO POR CAPÍTULODE LA OBRA CRIMINOLOGÍA DE LOSAUTORES JORGE PÉREZ LÓPEZ Y KELYSANTILLÁN LÓPEZ.

“La lucha es una técnica y un arte, técnica saber leer,Arte: saber interpretar lo leído.”

HUACHO – PERÚ

Page 2: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

2

Dedicatoria:

A mis padres quienes me brindan su

incondicional apoyo día a día para

ser mejor persona y un excelente

profesionales.

Page 3: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

3

Agradecimiento: Agradecemos

a nuestro querido profesor Feliz E.

Salazar Huapalla por motivarnos a

ser mejores y desarrollar nuestro

interés en la investigación.

Page 4: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

4

Índice

BIOGRAFÍA................................................................................................................................ 7

CAPITULO I: La Criminología..................................................................................................... 9

COMENTARIO......................................................................................................................... 16

CAPÍTULO II: La Criminología Positiva .................................................................................... 19

COMENTARIO......................................................................................................................... 22

CAPÍTULO III: Explicación Biológica de la Criminalidad .......................................................... 26

COMENTARIO......................................................................................................................... 33

CAPÍTULO IV: Explicación biológica de la Criminalidad.......................................................... 36

COMENTARIO......................................................................................................................... 42

CAPITULO V: De la Concepción Positivista a la Perspectiva Crítica........................................ 45

COMENTARIO......................................................................................................................... 49

CAPÍTULO VI: La Criminología Crítica ..................................................................................... 52

COMENTARIO......................................................................................................................... 60

CAPÍTULO VII: La Crisis de la Criminología Crítica .................................................................. 64

COMENTARIO......................................................................................................................... 68

CAPÍTULO VIII: La Corriente positiva y la Perspectiva crítica en Latinoamérica .................... 71

COMENTARIO......................................................................................................................... 73

CONCLUSIONES ...................................................................................................................... 76

BIBLIOGRAFÍA......................................................................................................................... 77

Page 5: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

5

IntroducciónLa palabra Criminología deriva

de la lengua latina "criminis",

que significa 'delito', 'crimen'.

La actual denominación:

Criminología, al parecer, fueestablecida por el antropólogofrancés Paul Topinard (1830-1911), si bien adquirió cartade naturaleza gracias al juristaitaliano Rafael Garófalo (1852-1934) perteneciente a laEscuela Positivista (JIMENEZDE ASUA, Luis, Tratado deDerecho Penal, Tomo I, Bs.As., Argentina. Losada, 5ª,1950, pp. 101; CAJIAS K.,Huáscar,Criminología, La Paz, Bolivia, Juventud, 5ª, 1997.pp. 67).

Históricamente tuvo lassiguientes denominaciones:

Antropología criminal, Biología criminal, Psicología criminal, Sociología criminal, que

hoy pueden reputarse desuperadas.

Page 6: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

6

Presentación

Presento este trabajo de análisis a la obra “La Criminología de la concepción

positivista a la perspectiva crítica”, de los autores Jorge A. Pérez López y Kely

Santillan López; en cuya obra nos explica la evolución y el desarrollo de la

criminología, teniendo conceptos claros. La criminología es la ciencia empírica e

interdisciplinaria que se ocupa del delito, del delincuente, de la víctima y del

control social del comportamiento desviado.

Es "ciencia" porque aporta un núcleo de conocimientos verificados. Por su método

empírico es una ciencia donde predomina la observación de la realidad, es

"empírica" porque se basa en hechos, por su "objeto" se ocupa del delito, del

delincuente, de la víctima y del control social.

El "delito" es aquel comportamiento humano que, a juicio del legislador, está en

contradicción con los fines del Estado y exige como sanción una pena (criminal)

El "delincuente" es el sujeto a ha cometido un delito. La "víctima" es aquel que

sufre un mal, en su persona, bienes o derechos, sin culpa suya. El "control social

del comportamiento desviado" es el estudio de los mecanismos a través de los

cuales la sociedad despliega la supremacía sobre los individuos, consiguiendo que

estos acaten sus normas de carácter penal.

El objeto de la Criminología son el delito, el delincuente, la víctima y el control

social. El delincuente. La Criminología tradicional potencia al máximo el

protagonismo de la persona del delincuente, por el contrario la moderna

Criminología –de corte sociológico—el examen y significado de la persona del

delincuente pasa a un segundo plano, desplazándose el centro de interés de las

investigaciones hacia la conducta delictiva, la víctima y el control social.

Page 7: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

7

BIOGRAFÍAJORGE.A.PÉREZ LÓPEZ:

Abogado por la universidad San Martin de Porres, con

maestría en ciencias penales en la misma universidad; se

desempeña en la actualidad como profesor universitario.

Ha efectuado contribuciones en diversas revistas entre las

que destacan: Actualidad jurídica (gaceta jurídica),

Dialogo con la jurisprudencia(gaceta jurídica) y revista

jurídica del Perú(nomas legales) con los artículos “La

motivación de las decisiones adoptadas por cualquier

autoridad pública”, “El desistimiento voluntario de consumar el delito”, “La doctrina

de la actio libera in causa ¿es aplicable en el sistema penal peruano?”, “El delito

de trata de personas en el código penal peruano”, “Fundamentos de la impunidad

del hecho efectuado en legítima defensa y su naturaleza jurídica”; entre otros.

Obtuvo la más alta calificación (19) entre los discentes del sétimo curso del

programa de formación de aspirantes a magistrados (PROFA), primer nivel de la

academia de la magistratura. Ha participado también en diversos eventos

académicos como ponente y expositor.

Realizo cursos de postgrado en derecho penal, derecho procesal penal, derechos

humanos y gestión pública, este ultimo a nivel internacional (Perú-España). Es

conciliador extrajudicial y árbitro.

7

BIOGRAFÍAJORGE.A.PÉREZ LÓPEZ:

Abogado por la universidad San Martin de Porres, con

maestría en ciencias penales en la misma universidad; se

desempeña en la actualidad como profesor universitario.

Ha efectuado contribuciones en diversas revistas entre las

que destacan: Actualidad jurídica (gaceta jurídica),

Dialogo con la jurisprudencia(gaceta jurídica) y revista

jurídica del Perú(nomas legales) con los artículos “La

motivación de las decisiones adoptadas por cualquier

autoridad pública”, “El desistimiento voluntario de consumar el delito”, “La doctrina

de la actio libera in causa ¿es aplicable en el sistema penal peruano?”, “El delito

de trata de personas en el código penal peruano”, “Fundamentos de la impunidad

del hecho efectuado en legítima defensa y su naturaleza jurídica”; entre otros.

Obtuvo la más alta calificación (19) entre los discentes del sétimo curso del

programa de formación de aspirantes a magistrados (PROFA), primer nivel de la

academia de la magistratura. Ha participado también en diversos eventos

académicos como ponente y expositor.

Realizo cursos de postgrado en derecho penal, derecho procesal penal, derechos

humanos y gestión pública, este ultimo a nivel internacional (Perú-España). Es

conciliador extrajudicial y árbitro.

7

BIOGRAFÍAJORGE.A.PÉREZ LÓPEZ:

Abogado por la universidad San Martin de Porres, con

maestría en ciencias penales en la misma universidad; se

desempeña en la actualidad como profesor universitario.

Ha efectuado contribuciones en diversas revistas entre las

que destacan: Actualidad jurídica (gaceta jurídica),

Dialogo con la jurisprudencia(gaceta jurídica) y revista

jurídica del Perú(nomas legales) con los artículos “La

motivación de las decisiones adoptadas por cualquier

autoridad pública”, “El desistimiento voluntario de consumar el delito”, “La doctrina

de la actio libera in causa ¿es aplicable en el sistema penal peruano?”, “El delito

de trata de personas en el código penal peruano”, “Fundamentos de la impunidad

del hecho efectuado en legítima defensa y su naturaleza jurídica”; entre otros.

Obtuvo la más alta calificación (19) entre los discentes del sétimo curso del

programa de formación de aspirantes a magistrados (PROFA), primer nivel de la

academia de la magistratura. Ha participado también en diversos eventos

académicos como ponente y expositor.

Realizo cursos de postgrado en derecho penal, derecho procesal penal, derechos

humanos y gestión pública, este ultimo a nivel internacional (Perú-España). Es

conciliador extrajudicial y árbitro.

Page 8: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

8

Kely Santillán López:

Abogada por la Universidad San Martin de Porres, posee maestría con mención

en derecho penal en la Universidad Nacional Federico Villarreal, experiencia

docente como asistente de cátedra en la Universidad San Martin de Porres. Es

conciliadora extrajudicial y cuenta con estudios de postgrado en la especialidad de

derecho penal, tributario y aduanero; así como en negociación y redacción de

contratos.

Se ha desempeñado como secretaria y relatora de sala penal, magistrada

suplente del poder judicial, y ha tenido a su cargo el registro distrital de

requisitorias, así como de archivo de expedientes de procesos penales en reserva

de la corte superior de justicia del callao.

Ha participado en diversos eventos académicos como diplomados, seminarios,

cursos, fórums y congresos tanto a nivel nacional como internacional. Participo en

el octavo curso del programa de formación de aspirantes a magistrados, primer

nivel de la academia de la magistratura.

Autora del libro “Código Policial comentado”, publicado en el 2006 por la editorial

San Marcos, ha colaborado en la publicación de las obras: Derecho procesal penal

y lecciones de derecho penal del profesor Doctor Javier.Y.Momethiano S.

Asimismo ha efectuado contribuciones a la revista científica de la sección de

postgrado de la facultad de derecho y ciencias políticas de la Universidad Nacional

Federico Villarreal y en la revista del instituto peruano de estudios forenses, con

los artículos “El psicópata anetico y su valoración jurídica en el código penal”, “El

silencio del imputado en la dogmatica procesal penal” y “Las faltas y su

procedimiento penal”.

Page 9: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

9

CAPÍTULO I (síntesis)

La Criminología

1.1. DEFINICIÓN DE LA CRIMINOLOGÍA

Desde el punto de vista etimológico la palabra criminología está compuesta por los

vocablos criminos (latín) que significa delito, y logos (griego) que significa estudio.

El término criminología fue empleado por primera vez por Rafaél Garófalo en su

obra del mismo nombre publicada en 1885, definiéndola como ciencia general de

la criminología y de las penas. Manuel López Rey, en su introducción a la

criminología, afirma que es la ciencia complementaria del derecho penal. Para

Liszt, la criminología es la ciencia que tiene por objeto la indagación de la

criminología criminal. Stephan Hurwitz consideró que la criminología era aquella

parte de la ciencia criminal que ponía en relieve los factores de criminalidad

mediante la investigación empírica; es decir, los factores individuales y sociales.

Gunter Kaiser señaló que la criminología era una ciencia sintética causal-

explicativa, natural y cultural de las conductas antisociales.

La criminología Tradicional (concepción positivista)

Define a la criminología como el estudio de las “causas del delito”, con el fin de

prevenir y reprimir la criminalidad. Esta concepción se dirige al hombre

delincuente, denominado por esta corriente “criminal endógeno”.

La criminología Contemporanea

El criminal no lo es por razones biológicas, psicológicas, antropológicas o

sociológicas, sino porque el legislador ha querido “criminalizar” determinados

comportamientos. Su objeto de estudio es quien hace la ley, la aplica y la ejecuta.

Por lo tanto define a la criminología como el estudio del proceso de criminalización

Page 10: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

10

y del control formal e informal; a diferencia de la criminología tradicional que se

ocupaba de la “criminalidad”.

1.2. OBJETO DE LA CRIMINOLOGÍA

La criminología se ocupa del estudio del delito en sus diferentes formas de

aparición, investigando sus causas su significación en la vida de la sociedad y del

individuo. Estudia a sí mismo la personalidad del delincuente, sus características

físicas y psíquicas, su desarrollo y sus posibilidades de tratamiento.

El objeto de la criminología es el estudio del proceso de criminalización y la

realidad de las conductas socialmente dañosas y las situaciones conflictivas y

problemáticas.

Los criterios que se han presentado respecto a la concepción de la criminalidad

como objeto de estudio son los siguientes, según Pérez Pinzón:

Criterio jurídico.- El estará identificado con las descripciones del estatuto

represor, solo las actividades consideradas ilícitas por la ley penal tendrán

importancia para esta ciencia y formarán parte de su objeto.

Criterio peligrosista.- Se llama peligrosista porque parte de los estados de

especial peligrosidad, es decir, aquellas situaciones en las que una persona

fácilmente puede llegar a delinquir; es decir, toda conducta que con

probabilidad conduce al delito.

Criterio de desviación.- Será criminalidad el conjunto de conductas

desviadas, aquellas que se apartan de la norma jurídica.

Criterio de los derechos humanos.- Criterio a la identificación de la

criminalidad con las violaciones de los derechos humanos y el peligro en

que estos mismos son colocados.

Criterio del sentido común.- Recoge la opinión popular respecto de la

criminalidad; esta será entonces el conjunto de conceptos que la mayoría

de la población tiene sobre qué es crimen.

Criterio de los comportamientos socialmente negativos.- Está

conformado por conductas que chocan con las necesidades e intereses de

Page 11: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

11

la persona o de la colectividad, Aspecto negativo entonces sería aquellos

que choquen con esos intereses.

Criterio del control social.- Los mecanismos usados por la sociedad para

que las personas que convivan la obedezcan. Aquí habalríamos entonce de

criminalización, el objeto de la criminología sería entonces: Las instituciones

sociológicas y el sistema penal.

Criterio de las situaciones-problemas o problemáticas.- Aquí el objeto

de la criminología no es el delito, el crimen, sino el inconveniente, el

problema, el acto lamentable, el comportamiento indeseable, las personas

implicadas. El objeto es el producto de la política criminal.

El delito

Proviene de delictum que significa abandonar el camino proscrito por la ley,

delinquere; este concepto de utilizo en la antigua Roma para contraponer el

término crimen y designar los delicta privata.

El delito es un acto contrario a la ley penal y amenazada con una pena pública. El

delito se encuentra definido en el artículo 11 del Código Penal como conducta

típica, antijurídica y culpable.

La dimensión comportamiento delictivo

Es una magnitud conductual, de acción. Esta dimensión criminológica tiene sin

duda, un referente normativo ineludible, la ley penal, que define qué

comportamientos en una sociedad van a ser considerados delictivos. El análisis

criminológico de esta primera dimensión no se agota en los delitos establecidos.

La dimensión reacción social

Es una magnitud valorativa, de aceptación o rechazo de ciertos comportamientos.

Su atención abarca desde la desaprobación y el control paterno de algunas

conductas infantiles o juveniles inapropiadas hasta los sistemas de justicia penal

establecidos por la sociedad para los delitos.

Page 12: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

12

El delincuente

Persona apartada socialmente, busca posibilidades de desarrollo y crecimiento, se

ve condicionado, con desventajas y sobre exigido por una sociedad que saca

provecho de su situación, no por maldad, sino más bien por protección de la

misma sociedad en el cual el individuo se sumerge.

El mundo clásico partió de una imagen sublime, ideal, del ser humano como

centro del universo. El positivismo criminológico, por el contrario, destronaría al

hombre, privándole de su centro y de su reinado, al ser el liberalismo control del

mismo sobre sus actos y protagonismo en el mundo natural, en el universo y en la

historia.

La desviación

Consiste en el apartamiento de las normas prevalecientes de una sociedad; es

aquel comportamiento que no concuerda con las normas normales aceptadas y

reconocidas en la sociedad.

Criminalidad equivale a conducta desviada y el delito en una de sus formas. La

desviación vista desde tres ángulos:

a) Desviación respecto de las normas jurídicas y sociales.

b) Deviación respecto de las normas que se refieren a la posición social.

c) Desviación como conducta, así denominada por los otros.

La víctima

La víctima es aquella persona que individual o colectivamente ha sufrido daños

físicos o psíquicos, pérdida financiera, patrimonial o menoscabo en sus derechos

fundamentales.

La victimología.- Disciplina criminológica que estudia el papel que la

víctima desempeña con relación al delito y las consecuencias que el delito

ocasiona.

Page 13: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

13

La victimogénesis.- Es el estudio de los factores que predisponen a

ciertos individuos a tener más riesgos que otros de ser objeto de delitos;

analiza la conducta de la víctima que pudiera tener relación con un

incremento del riesgo de serlo.

La importancia que tiene la víctima para la criminología, radica en que esta es una

de las protagonistas de los acontecimientos criminales o delictuales.

El control social

El control social se refiere a los esfuerzos de un grupo o de una sociedad por la

autorregulación; es el estudio de los mecanismos a través de los cuales la

sociedad despliega su supremacía sobre los individuos que la componen,

consiguiendo que estos acaten sus normas, y de modo muy particular los de

carácter penal.

1.3. FINALIDAD DE LA CRIMINOLOGÍA

La finalidad de la criminología es demostrar el carácter clasista y, por lo tanto.

Injusto del Derecho Penal ello consolidará la necesidad de uno nuevo basado en

los principios de uno nuevo basado en los principios de intervención mínima y de

igualdad.

Propone descriminalización de muchas conductas punibles, especialmente

aquellas que afectan intereses puramente individuales y expectativas individuales.

Recomendar la criminalización de los comportamientos dañinos que lesionan a las

mayorías desprotegidas, es decir, los intereses y expectativas colectivas.

1.4. FUNCIONES DE LA CRIMINOLOGÍA Aportar soluciones útiles y concretas al legislador, penalistas, policía y a la

ciencia penitenciaria.

Aportar conocimientos científicos certeros y fiables a través de un método

interdisciplinario con técnicas empíricas.

Page 14: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

14

Aportar información a través de la recopilación de datos y facilitar los

relevantes al legislador y a las ciencias penales.

Analizar e interpretar esos datos con arreglo a la experiencia y observación

continua de los mismos.

1.5. RELACIÓN DE LA CRIMINOLOGÍA CON EL DERECHOPENAL Y LA POLÍTICA CRIMINAL

La relación entre la criminología y el derecho penal dependen necesariamente de

la cooperación que existe entre ambas; la criminología como disciplina examina y

explica los hechos, en tanto que el Derecho Penal es una ciencia que elabora

normas jurídicas. Así, responden a una situación equilibrada debido a la evolución

de la propia Criminología que en los últimos años se ha hecho mucho más

diferenciada en sus planteamientos y principios de solución. El derecho penal es

ciego sin la criminología, y la criminología carece de límites sin el derecho penal.

El derecho penal y la criminología orientada al autor del delito; va dirigido a la

coincidencia del interés del Derecho Penal orientado a la prevención especial y la

criminología preocupada por la explicación causal del delito, resulta evidente.

La relación de la criminología con la política criminal; la política criminal en cuanto

disciplina ofrece a los poderes públicos las opciones científicas concretas más

adecuadas para el eficaz control del crimen.

La criminología esta llamada a aportar el sustrato empírico del mismo, su

fundamento científico; la política criminal a transformar la experiencia

criminológica en opciones y estrategias concretas asumibles por el legislador y los

poderes públicos, y el derecho penal a convertir en proposiciones jurídicas,

generales y obligatorias, es saber criminológico esgrimido por la política criminal

con estricto respeto de las garantías individuales y de los principios de seguridad e

igualdad propios de un estado de derecho.

1.6. LA CRIMINOLOGÍA COMO CIENCIA INTERDISCIPLINARIA

Page 15: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

15

En la actualidad hablar de ciencia interdisciplinaria es innecesario. La criminología

se nutre de métodos que surgen de diversas disciplinas, de manera que su

característica es la diversidad de métodos a los que puede recurrir. Es evidente

que esa interdisciplinariedad puede resultar problemática al momento de su

integración, por lo que resulta muy importante se identifique de la mejor manera el

problema o situación a tratar y se haga uso de un buen nivel de

interdisciplinariedad.

La criminología y otras disciplinas criminales.

De acuerdo con la concepción enciclopédica pertenecen a la criminología las

disciplinas siguientes:

La fenomenología criminal.- an{alisis de las formas de aparición de la

criminalidad.

La etimología criminal.- causas o factores determinates de la criminalidad.

Prognosis.- diagnostico de conducta peligrosa.

Biología criminal.- delito desde la personalidad del autor.

Psicología criminal.- motivaciones del criminal.

Antropología criminal.- especie viva, rasgos y relación medioambiental.

Sociología criminal.- delito como hecho social.

Page 16: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

16

COMENTARIO

La Criminología tradicional define a la criminología como el estudio de las “causas

del delito”, con el fin de prevenir y reprimir la criminalidad. Esta concepción se

dirige al hombre delincuente, denominado por esta corriente “criminal endógeno”.

La pregunta por qué “endógeno”, si analizamos esta palabra nos daremos cuenta

que hace referencia a la parte biológica y genética, así mismo también a la parte

individual como morfológica; con estas disciplinas científicas analizaremos

grandes rasgos físicos, genéticos con su parte hereditaria que influyen en el

crimen; Lombroso nos habla del criminal nato dando ciertas características

antropológicas (frente hundida y baja, gran desarrollo de las arcadas

supraciliares, asimetrías craneales), como también psicobiosociales [gran

frecuencia en el tatuaje (en su mayoría obscenos), umbral al dolor alto (analgesia),

en su mayoría presentación de mancinismo (zurdos), aplanamiento afectivo

(indiferencia)].

No olvidando que la parte “exógena” también es muy importante, nos referimos

al aspecto social; como todo ser humano tenemos esa naturaleza de asociarnos,

motivo por el cual ningún hombre puede vivir en soledad o aislado carecemos de

afecto porque sin ello no vivimos y simplemente morimos. El primer grupo social

es la familia siendo moldeador de la conducta humana, conforme se va

desarrollando el niño entra en plano de relación mucho más amplia, el colegio, la

universidad, la vecindad, etc. que según la lectura serán causas del crimen.

La criminología Contemporánea menciona que el criminal no lo es por razones

biológicas, psicológicas, antropológicas o sociológicas, sino porque el legislador

ha querido “criminalizar” determinados comportamientos. Su objeto de estudio es

quien hace la ley, la aplica y la ejecuta. Por lo tanto define a la criminología como

el estudio del proceso de criminalización.

A modo de reflexión se puede inferir, entonces, que los Códigos Penales que rigen

hoy en nuestros países, son, por una parte, reflejo de nuestra sociedad y de su

capacidad de asimilar las nuevas realidades, y por otra parte, de su voluntad de

Page 17: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

17

redefinir sus instrumentos y modernizar sus instituciones que hagan viable operar

los cambios que deberán estar orientados a procurar la justicia social y garantizar

el respeto a la dignidad humana.

Como interpretación del primer capítulo anotamos que la criminología es una

ciencia interdisciplinaria que basa sus fundamentos en conocimientos propios de

la sociología, psicología y la antropología social, tomando para ello el marco

conceptual que delimita el derecho penal. La criminología estudia las causas

del crimen y preconiza los remedios del comportamiento antisocial del hombre.

Las áreas de investigación criminológicas incluyen la incidencia y las formas de

crimen así como sus causas y consecuencias. También reúnen las reacciones

sociales y las regulaciones gubernamentales respecto al crimen. El nombre de

esta ciencia fue utilizado por primera vez por el antropólogo francés Paul Topinard.

En 1885, el profesor italiano de derecho Rafael Garófalo acuñó este término.

A pesar de ser una ciencia reciente y haber sido cuestionada en cuanto a su

autonomía y su independencia disciplinaria, la criminología moderna ha alcanzado

su identidad científica y social a través de:

Una diáfana definición de sus dos objetos de estudio (conducta

desviada y control social).

Un manejo coherente e integrador de métodos de estudio provenientes de

las ciencias positivas y sociales.

Page 18: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

18

VOCABULARIO

1. DELIMITA.- Determinar y marcar con claridad los límites de un

terreno. demarcar, deslindar. Determinar o aclarar los límites de una cosa o

entre dos o más cosas: delimitar las tareas domésticas; delimitar las

funciones del presidente. Deslindar.

2. ETIMOLÓGICOS.- Se denomina etimología al estudio de los temas

siguientes: Origen de las palabras. Cronología de su incorporación a un

idioma.

3. ASÉPTICO.- adj. MED. De la asepsia o relativo a ella: gasa aséptica.

Desapasionado, neutro: mirada aséptica.

4. ANACRÓNICO.- adj. Que está en desacuerdo con la época presente o que

no corresponde a la época en que se sitúa: el traje del actor es anacrónico.

5. PRESCINDIR.- intr. Omitir, no contar con algo o con alguien: prescindieron

de él para la reunión. Privarse, abstenerse de lo que se considera

necesario: ahora no puede prescindir del ordenador.

6. ESGRIMIDO.- tr. Manejar la espada, el sable y otras armas blancas

defendiéndose de los golpes del contrario y atacándolo: esgrimía el florete

como un caballero medieval. Utilizar algo material o inmaterial para el logro

de algún objetivo: esgrimió un argumento contundente.

7. POGNOSIS.- f. Conocimiento anticipado del acaecimiento de un hecho.

Page 19: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

19

CAPÍTULO II (síntesis)LA CRIMINOLOGÍA POSITIVALa criminología positiva, también denominada tradicional o etiológica, partió del

supuesto de que el mundo exterior -la realidad- es algo objetivo, diverso e

independiente del sujeto cognoscente, que puede y debe ser estudiado

neutralmente, tal como se manifiesta a los ojos del investigador. Según el

pensamiento positivista, el derecho penal y la criminología estaban orientados

hacia una misma finalidad (combatir la criminalidad), pero mientras que el primero

se dedicaba a ello exclusivamente en el plano normativo, la segunda habría que

concentrarse en la etiología de la criminalidad (identificación y explicación de las

causas de un delito).

El paradigma positivista se fundamenta en la aplicación de los fenómenos

sociales, en general, y al comportamiento humano, en particular, de los

instrumentos y técnicas que estipulan como fundamentales y eficaces para el

estudio del mundo físico. Es así que los positivistas, impulsan y avalan técnicas

para cuantificación del comportamiento, a partir de las cuales pueden aproximarse

a la realidad objetiva y descubrir las leyes subyacentes de la acción humana que,

para el caso particular de la criminología, podían ser descubiertas a partir del

análisis de las estadísticas y la posterior realización de los resultados.

REPRESENTANTES:

Lombroso (1835-1909)

Enrico Ferri (1856-1929)

Rafael Garófalo (1851-1929)

Lombroso creó la teoría del criminal nato, que se basaba en una serie de

observaciones y mensuraciones que tendían a demostrar que los criminales por

costumbre pertenecían a una especie subhumana del homo sapiens.

Page 20: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

20

Enrico Ferri aportó de manera fundamental a la criminología positiva; en lo

metodológico es considerado como el mejor expositor del método positivista,

constituyendo la negación del libre albedrío el punto de partida de su pensamiento.

Ferri indica que el objetivo de la escuela positiva consiste en estudiar el delito,

primero en su génesis natural, después en sus efectos jurídicos, para luego

adaptarse jurídicamente a las varias causas que lo producen.

Ferri expuso su teoría de la saturación criminal; también nos indica que la escuela

positiva no consiste únicamente en el estudio antropológico del criminal, sino que

considera que el delito es producto de anomalías biológicas físicas y sociales

otorgándole una clara prioridad etiológica a los factores sociales.

Garófalo realizó la labor de sistematización y divulgación de los postulados

positivistas. Su gran preocupación fue la aplicación de la teoría criminológica a la

práctica, tanto en lo legislativo como en lo judicial. Según Garófalo el positivismo

criminológico hablaba siempre del delincuente olvidado que este concepto

presupone el de delito, por lo que consideró como una necesidad su definición.

2.1. EL PENSAMIENTO POSITIVISTA

El pensamiento positivista requiere de la aplicación de las ciencias naturales, pues

hace referencia al surgimiento del método científico. El pensamiento positivista es

pura ideología, pues para él el orden social existente es un absoluto, no sujeto a

discusión; en suma, el positivismo es la ideología de la sociedad burguesa-

industrial.

La escuela positiva se caracteriza por su método científico (el método es inductivo-

experimental), considera al delito como un hecho de naturaleza que debe

estudiarse como un ente real, actual y existente; sustituye la responsabilidad moral

por la responsabilidad social, puesto que el hombre vive en sociedad y será

responsablemente social mientras viva en sociedad; señala que el hecho que no

exista responsabilidad moral, no quiere decir que el hecho se puede quedar

excluido del derecho. Según esta concepción, la legislación penal debe estar

basada en estudios antropológicos y sociológicos.

Page 21: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

21

Esta escuela sustituye el concepto de pena por el de sanción que va con la

peligrosidad del criminal.

El positivismo señala que la ley penal no restablece el orden jurídico, sino que

tiene por misión el combatir la criminalidad, considerada como fenómeno social y

que el derecho a imponer sensaciones pertenece al estado a título de defensa

social.

La ciencia positiva no es solo descriptiva, sino también causal-explicativa, allí la

causalidad resulta esencial para la explicación del mundo.

2.2. CRÍTICAS A LA CRIMINOLOGÍA POSITIVISTA

La principal dificultad que presentaba la criminología positivista se encuentra en la

delimitación de su objeto, pues sin duda el delito, el delincuente y la pena son

fenómenos que dependen de las valoraciones legales, pero que no tiene

existencia real por fuera de la ley.

A la criminología positiva desde un punto de vista metodológico, se le reprocha su

alta carga especulativa; este déficit empírico denunciado resta consistencia a las

construcciones psicoanalíticas de directa aplicación al fenómeno criminal. Desde

una óptica político-criminal estas tesis adolece de una limitada practicidad y

resulta problemático insertar las mismas en cualquier programa político-criminal

realista y eficaz de prevención del delito.

Page 22: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

22

COMENTARIO

Esta es todo lo contrario a la escuela clásica, la escuela positiva si tuvo una

existencia real, con un grupo de juristas que retaron a otros juristas del campo

para poder imponer sus ideas. Una clase de intelectuales que hacen de Lombroso

un jefe y sus conocimientos una doctrina. Ferri nos dice que " la escuela positiva

consiste en lo siguiente: estudiar al delito, primero en su génesis natural, y

después en sus efectos jurídicos, para adaptar jurídicamente a las varias causas

que lo producen los diversos remedios, que por consiguientes serán eficaces " 5

debido a los excesos de la escuela clásica, nace la escuela positiva. Todo se

debió al abuso de la dogmática, al olvido del hombre delincuente a sus creencias

de haber de haber agotado la problemática jurídico-penal. El principal medio de

difusión de esta escuela fue la revista "Archivi di Psichiatria, Scienze Penali e

Antropologia Criminale". La vida de esta escuela ha sido agitada y fecunda, llena

de aciertos y de errores también, así como ha tenido muchos que la apoyan

también están los que la contradicen. Otro conocimiento que ferri nos explica es:

"la escuela criminal positiva no consiste únicamente, en el estudio antropológico

del criminal, pues constituye una renovación completa, un cambio radical de

método científico en el estudio de la patología social criminal, y de los que hay de

más eficaz entre los remedios sociales y jurídico que nos ofrece. la ciencia de los

delitos y de las penas era una exposición doctrinal de silogismos, dados a luz por

la fuerza exclusiva de la fantasía lógica; nuestra escuela ha hecho de ello una

ciencia de observación positiva, que, fundándose en la antropología, la psicología

y la estadística criminal, y así de como el derecho penal y los estudios

penitenciarios, llega a ser la ciencia sintética que yo mismo la llamo sociología

criminal, y así esta ciencia, aplicando el método positivo al estudio del delito, del

delincuente y del medio, no hace otra cosa que llevar a la ciencia criminal clásica

el soplo vivificador de las ultimas e irrefragables conquistas hechas por la ciencia

del hombre y de la sociedad, renovada por las doctrinas evolucionistas ".

Dentro de los representantes e esta escuela, tenemos a Lombroso, Ferri y

Garófalo, esto no quiere decir que sean todos sino que con ellos son con los

Page 23: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

23

cuales se marca el principio de una corriente que llegaría con fuerza hasta

nuestros días. Los postulados de esta escuela son:

La escuela positiva se caracteriza por su método científico.

El delito es un hecho de la naturaleza y debe estudiarse como un ente real,

actual y existente. - su determinismo, es totalmente determinista esta

escuela.

Sustituye la responsabilidad moral por la responsabilidad social, puesto que

el hombre vive en sociedad y será responsablemente social mientras viva

en sociedad.

El hecho de que si no hay responsabilidad moral, no quiere decir que se

pueden quedar excluido del derecho.

El concepto de pena se sustituye por el de sanción. - la sanción va de

acuerdo a la peligrosidad del criminal.

Estas deben durar mientras dure la peligrosidad del delincuente, y por eso

son de duración indeterminada.

La ley penal no restablece el orden jurídico, sino que tiene por misión la de

combatir la criminalidad considerada como fenómeno social.

El derecho a imponer sanciones pertenece al estado a titulo de defensa

social.

Más importante que las penas son los substitutivos penales.

Se acepta "tipos" criminales.

La legislación penal debe estar basada en los estudios antropológicos y

sociológicos.

El método es inductivo

Experimental.

Considero que el Dr. Lombroso estaba equivocado con respecto a la antropología

social del delincuente, los rasgos que el señalaba son de personas feas, estas

personas con su Estereotipo en donde las causales son hereditarias de procesos

antromorfológicos y antrobiogenéticos que no están nada ligado a una conducta

humana, no podemos atinar que las personas hermosas sean buenas y los que no

Page 24: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

24

están en el grupo de la belleza física, signifique que sean malos intrínsecamente,

esta teoría de la antropología criminal de Lombroso, no tiene una base sólida para

poder sustentar semejante abrupto.

Sin embargo criminológicamente, la aportación de que un individuo contenga de

nacimiento rasgos y patologías que generan a un futuro delincuente no es nada

nuevo. Rosembaum al realizar un estudio descubre que los traumas cerebrales

anteceden a profundos cambios de violencia, en muchos de estos casos se

adquirió en la infancia, al jugar, o al ser un accidente o en el caso más extremo

maltrato infantil, en donde al comparar a 53 hombres que golpeaban a sus

mujeres, 45 hombres no-violentos y felizmente casados, y 32 hombres no-

violentos pero infelizmente casados. 50% de los agresores habían sufrido alguna

lesión en la cabeza previa a sus patrones de violencia doméstica.

Page 25: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

25

VOCABULARIO

1. METAFÍSICA.- La metafísica es una rama de la filosofía que se encarga de

estudiar la naturaleza, estructura, componentes y principios fundamentales

de la realidad.

2. BIOTIPOLÓGICO.- Estudio científico de los individuos de una misma

especie, de sus diferencias y de la manera con que estas diferencias

permiten definir tipos más o menos diversos.

3. BIOPSICOPATOLÓGICO.- Es la síntesis de la biología, psicología y

patología, para su respectivo estudio criminológico.

4. FISIONOMISTA.- adj. y com. Que tiene facilidad para recordar a las

personas por el aspecto de su rostro.

5. PARADIGMA.- Su significado contemporáneo cuando lo adoptó para

referirse al conjunto de prácticas que definen una disciplina científica

durante un período específico de tiempo.

6. DOGMA.- Un dogma es, según el Diccionario de la Real Academia

Española, una proposición que se asienta por firme y cierta y como principio

innegable de una ciencia.

7. POSIRIVISMO.- El Positivismo es una corriente o escuela filosófica que

afirma que el único conocimiento auténtico es el conocimiento científico, y

que tal conocimiento solamente puede surgir de la afirmación de

las teorías a través del método científico.

Page 26: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

26

CAPÍTULO III (síntesis)EXPLICACIÓN BIOLÓGICA DE LACRIMINALIDADLa biología criminal estudia al delincuente en su fisiología y en sus relaciones con

el medio físico. En esta rama de la investigación criminal, se han realizado

trabajos relativos a la influencia de las glándulas endocrinas en la conducta

criminal.

3.1. LA ANTROPOLOGÍA CRIMINAL LOMBROSIANA

La antropología criminal es la disciplina que se ocupa de la investigación y el

desenvolvimiento teorético de los factores primordialmente biológicos que

intervienen en la génesis de la personalidad antisocial y de la delincuencia como

factores predisponentes y potencialmente activables en la interacción

sociocultural, sean hereditarios, constitucionales o adquiridos. Esta escuela fue la

primera en desarrollarse bajo la influencia del positivismo.

La teoría de la evolución de Darwin, dio pie al paradigma evolucionista, surgiendo

así la criminología y la antropología. La antropología al igual que la criminología

tiene su origen en la filosofía del Iluminismo; a partir de ello la antropología se

deslinda desde lo filosófico a lo científico. La primera escuela de esta etapa

científica de la antropología fue el evolucionismo, en su forma biológica y social.

La antropología se desenvuelve mediante la observación y en su evolución se

distinguen dos fases: lombrosiana y poslombrosiana. En la fase lombrosiana

predominaron las indagaciones morfológicas y fisiognómicas; y en la fase

poslombrosiana, a los aportes netamente antropométricos se añaden:

Los de las correlaciones biotipológicas.

Endocrinología.

Page 27: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

27

Biosicopatología.

Cesare Lombroso, considerado como el fundador del positivismo biológico y

fundador de la criminología moderna, desarrolló desde un poco antes de 1876 su

teoría del hombre criminal. Lombroso quien pertenecía a la escuela antropológica

criminal, establece el concepto de criminal atávico, según el cual el individuo

representaba una regresión a estados evolutivos anteriores, caracterizándose la

conducta delincuente por ser innata. Según las características del criminal atávico

de Lombroso reseñadas con anterioridad, no cabe duda de que en la segunda

mitad del siglo XIX cualquier feo era vulnerable al derecho penal y no podía

caminar tranquilo por las calles.

Delincuente nato.- Vendrá a ser el que representa toda una serie de anomalías

de origen atávico (instintos hereditarios o costumbres ancestrales) o degenerativo.

Delincuente loco moral (morbo).- Especie de “idiota moral”, pues no comprende

el sentimiento moral, son indiferentes al colisionar con la ley, se crean con derecho

para hacer el mal.

Delincuente epiléptico (epilepsia).- Vendría a ser el delincuente violento y

agresivo. Cometen delitos gravísimos sin experimentar algún tipo de

remordimiento.

Entre otros tenemos a al delincuente loco, delincuente habitual, delincuente

ocasional y delincuente pasional.

Teorías de la antropología criminal de Lombroso

Las principales son:

a) Teoría Atávica

A partir de esta teoría, Lombroso pretendió encontrar determinadas relaciones

entre los animales, el criminal y el salvaje. Vinculada con la tesis atávica,

Lombroso también hablo de una concepción embriológica del delito, según el

cual, se afirmaba que el crimen no solo era exclusivamente humana, sino

Page 28: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

28

también un comportamiento común de todos los seres de la escala biológica.

Sobre dicha base Lombroso escribió acerca de una criminalidad del hombre

primitivo y salvaje y una criminalidad del niño.

b) Teoría patológica o degenerativa

Lombroso afirmó fundado en tal hecho, la naturaleza morbosa del delito y que

el delincuente nato era un epiléptico que posee los rasgos del atávico, por eso

es que el epiléptico actúa como un salvaje, con acceso de furia, retorciéndose

y gimiendo.

c) La tesis de la “locura moral”

El criminal nato se caracterizaba por aquella ausencia de sentimientos, propios

del loco moral, y que este era así por la erosión psicofísica ocasionado por la

epilepsia.

3.2. LA BIOTIPOLOGÍA CRIMINAL

La biotipología criminal es una ciencia de tipo humano, el cual es concebido como

una unidad vital (biotipo) con varias facetas: la morfoloía, la fisiología y la

psicología, que versa sobre el tipo humano atendiendo al predominio de un órgano

o función; su premisa es que existe una correlación entre características físicas del

individuo y sus rasgos psicológicos, entre le tipo somático o corporal y el tipo

mental o temperamento.

Escuelas biotipológicas y constitucionales modernas:

a) Escuela francesa.- Destaca Claudio Sigaud; clasifica cuatro tipos humanos

según el sistema que predomine en él.

Tipo respiratorio

Tipo digestivo

Tipo muscular

Tipo cerebral

Page 29: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

29

b) La escuela italiana.- Se encuentran también cuatro tipos humanos:

El tipo longilínieo-esténico

El tipo longilíneo-asténico

El tipo brevilínio -asténico

El tipo brevilínio-asténico

c) La escuela alemana.- Destacan siete tipos humanos:

El tipo leptosomático

El tipo atlético

El tipo pícnico

El tipo displásico

El tipo esquizotímico

El tipo ciclotímico

El tipo viscoso

d) La escuela americana.- Destacan los trabajos de William Sheldon y S.S.

Stevens; para él hay predominio del componente mesomorfo en el grupo

criminal. Sen ven tipos humanos como:

El endomorfo (tipo viscerotónico)

El mesomorfo (el somatotónico)

El ectomorfo (el cerebrotónico)

3.3. LA ENDOCRINOLOGÍA CRIMINAL

La idea lombrosiana de que la constitución biológica de los criminales estaría bajo

la dependencia de los sistemas endocrinos. La idea central de la endocrinología

criminal consiste en la explicación de la existencia en el organismo de glándulas

de secreción interna, las mismas que vierten en la sangre sustancias químicas

llamadas hormonas, que tienen la propiedad de obrar de manera electiva sobre

órganos próximos o alejados y, de este modo, también sobre los procesos vitales,

anabólicos y catabólicos; o sea, de síntesis y de desintegración de las materias

que constituyen el protoplasma, influyendo así, no solo en el desarrollo, la

Page 30: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

30

constitución y la armonía del cuerpo, sino igualmente en la vida anímica y la

configuración psíquica del individuo.

3.4. LA CRIMINOLOGÍA PSICOLÓGICA Y PSICOANALÍTICA

Se puede definir a la psicología criminal como la disciplina que comprende los

conocimientos de la psicología, aplicados al terreno de la delincuencia.

La psicología criminal enfoca a los que se considera desadaptados o

disfuncionales, aplicándoles psicoterapia desaceleradora, sabiendo que la

inadaptación se entiende como un proceso del conflicto individuo situacional.

El método psicoanalítico utiliza las denominaciones asociaciones libres y la

interpretación de los sueños y actitudes del individuo.

El psicoanálisis fue creado por Sigmund Freud en 1900; considera que el motor

principal de la vida; es decir, la fuerza que la mueve fundamentalmente, es el

impulso sexual o libido.

El yo ideal, ejerce su acción censora y reposa sobre la libido. Según sea la

evolución de la libido, la conducta del sujeto será normal y anormal.

El psicoanálisis explica el fenómeno anímico con el auxilio de los denominados

complejos que tienen sus orígenes en la vida anímica infantil, complejos que

envían a la consecuencia de un portador, de ordinario de un modo inconsciente

imágenes sustitutivas de la más variada índole. La escena propia de esta dinámica

es “psíquico inconsciente” en el hombre, de donde surgen las verdaderas fuerzas

motrices de su conducta.

Freud considera el delito a base de la composición del grado en que el “yo”

consciente y el inconsciente participan en el hecho.

El psicoanálisis freudiano ha contribuido con un modelo decisivo a la investigación

de la vida mental, pues ha incorporado en su estudio el concepto de profundidad,

al explorar lo extraconsciente y destacar gran importancia. Pero se le ha criticado,

Page 31: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

31

con fundada razón, su intento por considerar que el impulso sexual es el motor

fundamental de la vida psíquica y aun de la vida espiritual.

La criminología psicoanalítica peca en muchas ocasiones de subjetividad por parte

del análisis o evaluador, quien no siempre puede liberarse del elemento

perturbador de sus apreciaciones y que le hace perder seriedad al enfoque.

Clasificación de los delincuentes en la teoría del psicoanálisis

Criminalidad imaginativa.- se manifiesta, inclusive, en los individuos de

condición anímica absolutamente normal, es decir, en lo de adaptación perfecta a

las normas de convivencia social.

Criminalidad efectiva.- es aquella en que el impulso criminal procedente de la

subconsciencia, se transformaba en actos y comprende dos variedades: la crónica

y la accidental o aguda, cuya diferencia consiste en que solo en la primera se halla

afectado el aparato anímico.

3.5. GENÉTICA Y CRIMINALIDAD

El ser humano está conformado por millones de células; cada uno de ellos

contiene un núcleo un cierto grupo de corpúsculos filamentosos llamados

cromosomas; a su vez, los cromosomas se descomponen en unidades

hereditarias que se denominan genes y están constituidos por moléculas de ácido

desoxirribonucleico (ADN), componente químico considerado como el germen de

la vida.

El problema hereditario, como factor de conducta antisocial y criminogenético,

tiene dos puntos conceptuales: el genotipo y el fenotipo. Genotipo todo lo que

transmite una persona como herencia y fenotipo es lo que se manifiesta.

La criminología antropológica desde el punto de vista de la herencia y el desarrollo

vital ha suscitado apasionadas controversias, así se dice que los hijos de las

personas delincuentes heredaban el delito, negándose esta afirmación a través del

tiempo y el espacio, y lo único que no tenía validez hasta nuestros días es la teoría

Page 32: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

32

monogenética de la criminalidad, ya que las causas que desencadenan la

delincuencia son varias.

La teoría de la disposición hereditaria o criminal fracasará porque el delito es un

fenómeno que varía según el tiempo y lugar y porque el concepto está sometido a

una regulación jurídica positiva.

3.6. LA INSUFICIENCIA DE LA EXPLICACIÓN BIOLÓGICA DE LACRIMINALIDAD COMO TEORÍA

La criminología no debe de preocuparse por dividir a las personas entre

delincuentes y no delincuentes, para encasillar a los primeros conforme a

pretendidos rasgos diferenciales, pero tampoco puede darse el lujo de ignorar al

hombre que sigue siendo protagonista del hecho social, ya sea reprochable su

conducta o no. La importancia que se le ha dado a las tipologías ha sido

exagerada, estas teorías pueden servir como guía o ayuda por medio de la

terminología establecida, pero ni directa ni aisladamente puede constituir la base

ni para decisiones absolutas ni de pronóstico. Su importancia para la criminología

radica en su estímulo para ulteriores estudios sistemáticos de los tipos de

personalidades criminológicas, pero a base de ellas no se puede generalizar.

Page 33: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

33

COMENTARIO

Lombroso, quien pertenecía a la llamada escuela de antropología criminal,

establece el concepto de criminal atávico, según el cual el delincuente

representaba una regresión a estados evolutivos anteriores, caracterizándose la

conducta delincuente por ser innata. Este criminal atávico podía ser reconocido

debido a una serie de estigmas físicos o anomalías, como por ejemplo, el excesivo

desarrollo del cerebelo, asimetría del rostro, dentición anormal, y lo que se

considera como la característica más atávica en los criminales, a saber, un

hoyuelo en medio del occipital. En su tesis, como ya se ha dicho anteriormente, se

considera al criminal como una subespecie anormal del género humano y esta

subespecie estaría compuesta por una serie de tipos criminales, como los

asesinos, los ladrones, las prostitutas, etc.; todos con características morfológicas

comunes pero también propias que los diferencian del resto.

Si bien el delito puede ser una conducta no deseable en el seno de la sociedad, es

un hecho perfectamente normal y que se desenvuelve por la falta de condiciones

necesarias para la seguridad de los individuos; en el Perú y en otros países de

Latinoamérica se han desarrollado una serie de dispositivos -con base en el

derecho- que procuran un tratamiento de la persona considerada delincuente con

la finalidad de “resocializarla”, aunque el hecho de que una persona haya sido

delincuente o haya estado preso, es condición suficiente para ser marginado y

estigmatizado, sin posibilidad de redención, a pesar de todo el discurso que

estipula lo contrario.

Si bien, a lo largo del desarrollo de la disciplina criminológica se han sucedido una

serie de cambios de paradigma en lo que respecta a la concepción del "hombre

delincuente", actualmente se siguen sintiendo en nuestras instituciones y prácticas

institucionales los efectos de este discurso: señalándose de manera equivocada

que el delito es una enfermedad portada por determinados individuos que tuvieron

una "mala socialización" y que deben ser excluidos y encerrados para

"resocializarlos" e integrarlos como miembros sanos de la sociedad.

Page 34: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

34

Interpretando la lectura entendemos por biotipología criminal que es la ciencia del

tipo humano, el cual es concebido como una unidad vital (biotipo), con varias

facetas: Morfología, fisiología y psicología; esta es una disciplina científica cuyas

precursoras fueron la fisonomía y la psicología; versa sobre el tipo humano

atendiendo al predominio de un órgano o función; su premisa es que existe una

correlación entre las características físicas del individuo y sus rasgos psicológicos,

entre el tipo somático o corporal y el tipo mental o temperamento. La biotipología

busca establecer correlaciones entre las formas corporales y el temperamento,

considerando que a determinada constitución somática corresponden ciertos

rasgos temperamentales y conductuales.

Las escuelas biotipológicas son: La Escuela francesa de Claudio Sigaud, la

Escuela italiana iniciada por De Giovanni y continuada por Viola, Barbara y Pende,

realizaron estudios de insuficiente valor que sólo tienen importancia histórica como

se verá a continuación; la orientación alemana de Kretschmer y del

norteamericano Sheldon son las más conocidas, pero han sido calificadas como

una resultante directa de la obra de Lombroso por la relación entre formas de

cuerpo y delincuencia; estas teorías no fueron fecundas pese al auge que tuvieron

en la primera mitad de nuestro siglo.

Page 35: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

35

VOCABULARIO

1. ATÁVICO.- Se aplica al comportamiento que imita o mantiene costumbres

o formas de vida propias de otras épocas: debes desechar tus ideas

atávicas sobre las relaciones entre hombres y mujeres.

2. LEPTOSOMÁTICO.- Tipo de personalidad incluída en la tipología deKrestschmer, que vincula el aspecto físico y biológico con lascaracterísticas de la personalidad. De aspecto físico delgado,predominantemente vertical, de hombros estrechos, cuello largo, rasgosfaciales angulosos, piel seca, aspecto anémico y escaso peso.Psicológicamente, presentan una personalidad indiferente, con escasacapacidad afectiva, actitud taciturna, excesiva susceptibilidad, tendencia ala irrealidad y a una vida mental íntima imaginativa. Son personalidades detendencia esquizoide, que tienen cierta propensión a vicios del tipo delalcoholismo. El estado psicopatológico asociado es la psicosisesquizofrenica.

3. ENDOMORFO.- Los individuos endomorfos tienen tendencia al sobrepesopor el ritmo metabólico tan lento: acumulan grasa con facilidad. Suelenestar por encima del peso medio de la población.

En cuanto a la relación con el culturismo esto se traduce en que tienen quevigilar mucho más su dieta y seguirla muy estrictamente, así como realizaruna mayor cantidad de trabajo aeróbico para mantenerse bajos en grasa.Esta es la parte negativa. Sin embargo poseen la ventaja de que sientrenan bien, ganan músculo y fuerza con facilidad

4. MESOMORFO.- Etimológicamente, “meso” quiere decir “medio”; precisamente

este tipo somático es un punto medio entre los otros dos. A quienes tienen este

biotipo les resulta más fácil tener una figura atlética. Los mesomorfos son

propensos a desarrollar con más facilidad la masa y tonificación muscular, así

como la fuerza.

5. ECTOMORFO.- Los individuos pertenecientes a este tipo somático suelen ser

delgados con extremidades largas, igualmente su estructura en otras palabras es

delgada. Suelen estar por debajo del peso considerado “normal” y tienen

dificultades para ganar peso. Su metabolismo es acelerado, aprovechando muy

poco de los alimentos ingeridos.

Page 36: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

36

CAPÍTULO IV (síntesis)EXPLICACIÓN SOCIOLÓGICA DE LACRIMINALIDADLa sociología criminal es la ciencia estudia el delito como fenómeno social, es

decir, la criminalidad en toda su complejidad y la pena en cuanto reacción social,

en sus orígenes, evolución y significación y en sus relaciones con los demás

fenómenos sociales relacionados con una y otra. Su máximo representante fue

Enrique Ferri que trató sobre esta tendencia en su obra Los nuevos horizontes del

Derecho Penal y el proceso Criminal.

El punto de vista sociológico se manifestó desde el principio en la criminología. En

Italia, el discípulo de Lombroso, Enrico Ferri, y en Francia Gabriela Tarde,

destacaban la importancia del medio y del aprendizaje o de la imitación en la

definición de la criminalidad. En el medioambiente sociocultural, el sociólogo

considera el acto criminal como una respuesta de unos ciertos individuos a los

estímulos regulados por la organización social.

Para la escuela social es importante la desigualdad material y la división del

trabajo, el sistema jurídico busca la justicia social ante todo y tiene un criterio

político que busca la comprensión y las mejoras sociales.

La causa del crimen debe ahora buscarse en ciertas condiciones de la dinámica o

de la estructura social.

4.1. LA TEORÍA ECOLÓGICA O DE LAS ÁREAS DELINCUENTESY LA ESCUELA DE CHICAGO

El tipo de aprendizaje criminógeno, socialmente crítico, puede presentarse en las

dos modalidades siguientes:

Page 37: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

37

a) De ambivalencia fatales; tal es el caso de señales contradictorias entre las

propias norma jurídicas.

b) De la ineficacia empírico-normativo para el reequilibrio onomasiológico.

La escuela de chicago debe caracterizarse como un grupo teorético-ecológico

aplicado a la etiología y la lucha contra el crimen; localizables y ecológicamente

cambiantes de desorganización social. El comportamiento criminal es mas bien

producto de un déficit en la contención social, que deja sin gobierno los inpulsos

individuales hacia la satisfacción de las necesidades propias o del grupo de

pertenencia.

4.2. TEORÍA DE LA ASOCIACIÓN DIFERENCIAL ODESORGANIZACIÓN SOCIAL

La teoría de la asociación diferencial fue elaborada en 1924 por Edwin Sutherland,

quien la sustentó en su libro principios de criminología.

La desorganización social como su nombre lo dice, correlaciona el delito con el

estado de descomposición, abandono, crisis o transición de una sociedad.

Sutherland desarrolla su teoría utilizando las variables intimidad, frecuencia,

duración, prioridad e intensidad que serían las aplicadas en el proceso de

aprehensión de la conducta desviada, resultado de la integración con otras

personas, en un proceso de comunicación y dentro de un grupo con otras

personas, en un proceso de comunicación y dentro de un grupo con relaciones

personales estrechas.

Sutherland resumió en nueve ideas las bases de su teoría de la asociación

diferencial:

1. La conducta criminal se aprende.

2. Se aprende con la interacción.

3. Proceso de aprendizaje desde la familia.

4. Aprendizaje del delito en todas las formas posibles.

5. Los motivos.

Page 38: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

38

6. Definiciones favorables y desfavorables.

7. Asociación diferencial.

8. Aprendizaje en todos los mecanismos.

9. Necesidad e interés como producto del crimen.

4.3. LA SOCIOLOGÍA DEL CONFLICTO

Las concepciones del conflicto en el campo social y criminológico plantean nuevos

criterios de comprensión de la deviación. Sin embargo, se anotan diferencias

importantes entre la tesis del conflicto cultural desarrollado por Sellin, quien

planteo que en una sociedad se producen a veces conflictos entre diversos grupos

de personas, sobre todo grupos étnicos, debido a que viven en zonas contiguas o

porque a través de la migración se relacionan entre sí, como las personas llevan

consigo las normas de su grupo, pueden entrar en conflicto cultural con los

individuos de otra comunidad y desde este choque cultural surge a veces un

incremento de criminalidad y de conflicto social.

4.4. LA PANDILLA COMO MEDIO DE ADIESTRAMIENTODELICTIVO

Esta teoría nos hace ver aquella realidad de las pandillas acentadas en la ciudad,

cuyas agrupaciones suelen ser zonas de adiestramiento para los futuros

delincuentes.

F.M. Trasher en su obra The Gang (1927) subraya en su obra que en ciertas

zonas industriales y de gran concentración poblacional, con numerosos

almacenes, supermercados y grandes edificios se detectan áreas delincuenciales

(delincuency areas) o zonas de bandas criminales. Trasher afirmaba que las

pandillas eran un campo de entrenamiento para la criminalidad, basado en los

estudios efectuo en las bandas juveniles de Chicago.

Page 39: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

39

4.5. LA TEORÍA DE LA DICOTOMÍA DE VALORES

Esta teoría afirma que en los estratos de clases bajas, los valores de conformidad

y los valores delictivos existen conjuntamente, hay una vigencia de valores duales.

Por lo tanto el predominio de la criminalidad genera un tipo de valores y formas

institucionalizadas para su manifestación desviada; sin embargo, en esas áreas

también existen individuos contaminados, que aceptan los valores convencionales.

4.6. TEORÍA DE LA SUBCULTURA CRIMINAL

La subcultura del delincuente es precisamente la manera de ver las cosas lo que

se ha convertido en tradición, a través del tiempo, entre las bandas de delincuente

y lo que ha sido denominado de esta manera por los sociólogos. Esta subcultura

implica ciertas ciencias, valores, normas y formas de comportamiento que son

generalmente condenadas, aprobadas e incluso exigidas por los miembros. Una

faceta de la delincuencia es que es preciso entender son las relaciones sociales

dentro de la subcultura delincuente. Como dice Short la conducta del individuo

depende en gran medida con la naturaleza de sus relaciones con los demás

pilares de la subcultura.

4.7. LA TEORÍA DE LOS VALORES SUBTERRÁNEOS Y DE LASTÉCNICAS DE NEUTRALIZACIÓN

La teoría de los valores subterráneos critica la tesis de la subcultura criminal.

Señala que el antisocial al ser detenido manifiesta sentimientos de culpa o

venganza, lo que contradice que provenga de una subcultura opuesta a la global;

el joven delincuente es caracterizado por una serie de conductas y actitudes como

la agresión, odio, destrucción, machismo, etc. y que estos son los valores a los

que se adhiere. Sin embargo esos valores subterráneos coexisten con los de la

sociedad global. El mundo de los delincuentes no está netamente separado de la

sociedad denomínate, sino mas bien inserto en ella.

Page 40: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

40

4.8. TEORÍA DE LA ANOMIA Y DESVIACIÓN SOCIAL

Desde el punto de vista semántico la palabra anomia significa ausencia de

normas. El fenómeno de la anomia se presenta especialmente, cuando a raíz del

cambio cultural, los jóvenes descubren que los valores que rigen a los padres, no

son valederos para ellos, suscitándose un conflicto que puede derivar en la

desorganización social o anomia; sin embargo, si la cohesión del grupo es

poderosa se puede superar dicha confrontación.

Esta teoría se desarrollo desde todo el marco general suministrado por la

concepción del estructural funcionalismo, cuyo representante más conspicuo fue

Talconte Parsons, quien concebía a la sociedad como un sistema ordenado

espontáneamente en torno a un consenso armónico y generalizado sobre las

normas y valores sociales. En esta perspectiva, la acción social del hecho de que

se encuentre normativamente orientada hacia los valores institucionalizados.

4.9. LA TEORÍA DEL ETIQUETAMIENTO, DE LA REACCIÓNSOCIAL O LABELLING APPROACH

Esta categoría criminológica es también denominada teoría del control social y se

centra en los procesos de criminalización. Es una conexión sistemática entre

distintos símbolos institucionales que conllevan con una teoría de la rotulación o

etiquetamiento, puesto que el hombre en su conducta cotidiana está construyendo

y destruyendo los significados.

Esta teoría parte de que la desviación y la criminalidad son etiquetas que

determinados procesos colocan a ciertos sujetos de forma desigual a través de

complejos mecanismos. Los agentes de control social no detectan al infractor, sino

que crean la infracción y etiquetan al infractor como tal.

La teoría del labelling approach niega el consenso de la escala de valores de la

sociedad y parte de la normalidad del delito; la realidad del delito viene

determinada mediante la construcción del delito y selección del delincuente; la

Page 41: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

41

criminalidad creada por el control social. Estos procesos están caracterizados por

la adscripción estigmatizante. Se conectan como implicación político criminal.

La teoría labelling approach apareció como un nuevo paradigma contra la teoría

consensual y el modelo conflictivo, que rompía la ontogénesis del delito y

planteaba un etiquetamiento en cada realidad social, al estipularse las reglas que

etiquetaban o determinaban los calificativos de las formas de comportamiento;

según esta teoría, esto generaba peligrosamente la selectividad y

discriminatoriedad del control social.

4.10. LA CRIMINOLOGÍA MARXISTA ORTODOXA

W. Bonger, a inicios del siglo XX, Rusche y O. Kirchheimen con su obra Pena y

estructura social (1939), observan un desarrollo marxista en la comprensión de la

criminología criminológica y penitenciaria.

Esta visión se orienta hacia la explicación del crimen y la conducta antisocial sobre

bases macrosociales. Al respecto, ha habido avances propios en las sociedades

socialistas, y también manifestaciones de una criminología materialista en países

occidentales, con variantes, según el grado, de mayor o menor asimilación de la

tesis del materialismo dialéctico.

Page 42: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

42

COMENTARIO

El punto de vista sociológico se manifestó desde el principio en la criminología. En

Italia, el discípulo de Lombroso, Enrico Ferri, y en Francia Gabriel Tarde,

destacaban la importancia del medio y del aprendizaje o de la imitación en la

definición de la criminalidad. En el medio ambiente sociocultural, el sociólogo

considera el acto criminal como una respuesta de ciertos individuos a los

estímulos modulados por la organización social.

Para la escuela social es importante la desigualdad material y la división del

trabajo, el sistema jurídico busca la justicia social ante todo y tiene un criterio

político que busca la comprensión y las mejoras sociales. Esta perspectiva no

consiste sólo en reconocer la influencia de factores sociales junto a los

predisponentes individuales del delito, al estilo de la sociología criminal de Enrico

Ferri, sino en afirmar de que el crimen ya no es un fenómeno de patología

individual, sino un resultado social; pues sería la sociedad la que, a través de

diversas fuentes, produciría criminalidad, y esta producción constituiría un rasgo

patológico que se presenta bajo diversas maneras de organización o de

estructuración social. Fueron los criminólogos norteamericanos los que más han

destacado en este campo de la criminología.

La teoría de la asociación diferencial fue elaborada en 1924 por Edwin Sutherland,

quien la sustentó en su libro “Principios de criminología”. La desorganización

social, como su propio nombre lo indica, correlaciona el delito con el estado de

descomposición, abandono, crisis o transición de una sociedad. Sutherland

desarrolla su teoría utilizando las variables intimidad, frecuencia, duración,

prioridad e intensidad que serían las implicadas en el proceso de aprehensión de

la conducta desviada, resultado de la integración con otras personas, en un

proceso de comunicación y dentro de un grupo con relaciones personales

estrechas.

Page 43: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

43

La noción de la criminalidad de un acto, depende del juicio que se haya formado la

mayoría de los miembros del grupo social, acerca del acto que se ha reputado

como criminoso; la opinión de la mayoría es un término medio y corresponde a las

ideas y sentimientos aceptados por la mayor parte de los ciudadanos. Toda idea o

acto contrario a esa opinión son considerados como punibles y, por consiguiente,

criminales. Pero todo depende de haberse expresado la idea o cumplido el acto.

La concepción de la criminalidad es esencialmente relativa, y su realidad está en

relación con cada una de las sociedades existentes y con el grado de evolución de

las mismas.

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, es fácil concluir que la

concepción de la criminalidad no puede tener una uniformidad variable, su

uniformidad es apenas aparente y sus elementos esencialmente variables como

todo ser viviente, están sometidas a la benéfica ley de la evolución. La evolución

en una sociedad se manifiesta de diferentes maneras: ella prepara a veces la

modificación de ciertos caracteres étnicos y la acción de condiciones comunes

dotadas de energía sobre la plasticidad de los seres. Este hecho es más fácil de

observar que el de la evolución intelectual mucho más importante desde el punto

de vista criminológico. El cambio rápido y sorprendente que algunas veces se lleva

a cabo en los sentimientos e ideas de un pueblo, es un fenómeno de observación

fácil, permanece como indeleblemente grabado sobre las ideas que ese mismo

pueblo se ha formado acerca de la criminalidad. Estas modificaciones en la

conciencia pública, tienen como resultado trascendental, elevar ciertos actos a la

categoría de criminosos, como también el de dar ese carácter a otros actos que,

hasta cierto tiempo, habían permanecido como indiferentes a la luz de la justicia.

Page 44: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

44

VOCABULARIO

1. CONTENCIÓN.- Control sobre un sentimiento o impulso para moderar su

intensidad: respondió a los insultos de sus enemigos con una contención

envidiable.

2. CONSENSUAL.- Consensual es todo aquello que pertenece o es relativo al

consenso.

3. RADICAL.- De "raíz", etimológicamente proviene del latín radix -"raíz"-; o

de "base", que afecta a la esencia o a los fundamentos, a lo más profundo.

4. PATOLOGÍA.- La patología es la rama de la medicina encargada del

estudio de las enfermedades en los humanos. De forma más específica,

esta disciplina se encarga del estudio de los cambios estructurales

bioquímicos y funcionales que subyacen a la enfermedad en células, tejidos

y órganos. La patología utiliza herramientas

moleculares, microbiológicas, inmunológicas y morfológicas para tratar de

explicar la etiología y manifestaciones clínicas (signo y síntoma) que

presentan los pacientes, al tiempo que propone bases racionales para el

tratamiento y profilaxis. Suele considerarse como el enlace entre

las ciencias básicas y las ciencias clínicas.

5. UNIDIMENSIONAL.- Que tiene una sola dimensión.

6. ENCASILLAR.- Clasificar personas o cosas, generalmente con criterios

poco flexibles y simplistas: lo han encasillado en papeles cómicos.

7. CONCESIONES.- En economía y en Derecho administrativo,

una concesión es el otorgamiento del derecho de explotación, por un

período determinado, de bienes y servicios por parte de una Administración

pública o empresa a otra, generalmente privada.

Page 45: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

45

CAPÍTULO V (síntesis)DE LA CONCEPCIÓN POSITIVISTA A LAPERSPECTIVA CRÍTICALa posición liberal, pues, vino a suponer una cierta independencia del

pensamiento criminológico respecto de lo jurídico-penal y a reconocerle a aquel

una capacidad relativa cuestionadora, cuya mejor expresión se encuentra en los

trabajos interaccionistas, los cuales demostraron que la criminalidad o desviación,

antes que calidades naturales de determinados comportamientos o de

expresiones del carácter patológico de sus autores, son el resultado de los

procesos sociales de definición.

5.1. LA CRIMINOLOGÍA CRITICA CONTRA LA CRIMINOLOGIAPOSITIVA O TRADICIONAL

Entre estas dos corrientes ideológicas existe un abierto enfrentamiento

irreconciliable y antagónico.

CRIMINOLOGÍA POSITIVA OTRADICIONAL

CRIMINOLOGÍA CRÍTICA

a) La criminología tradicional parte

de tres postulados:

El de la diversidad del

delincuente

El del carácter patológico del

crimen

El del paradigma etiológico.

b) Contempla al sujeto desviado

como producto patológico de una

a) Interesado en explicar la

criminalidad como fenómeno

más individual que social y

propiciar una política criminal

conservadora del sistema.

b) Sustituye la imagen consensual

del orden social de la

criminología “positivista” por una

visión “plural” del mismo.

Page 46: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

46

insuficiente socialización, que lo

deja fuera del consenso y lo

relega al mundo de lo asocial.

c) El denominado paradigma

etiológico positivista acentua la

importancia de la sociabilización

primaria en el momento de

explicar el propio

comportamiento desviado Y sus

raíces últimas.

d) Conduce un divorsio entre el

agente y su víctima

c) En la moderna criminología el

delincuente cede su

protagonismo a la conducta

desviada, a la socialización y a

los controles sociales; y los

esquemas funcionalistas de la

criminología ortodoxa a los del

conflicto de la teoría de la

desviación y de la subcultura.

d) De este modo la moderna

criminología propugna un

método intuitivo, con el que

pueda comprenderse el

contenido y autenticidad de las

respectivas subculturas.

5.2. TENDENCIAS Y ORIENACIONES DE LA MODERNACRIMINOLOGÍA

A) Reivindica legítimamente mayores cuotas de autonomía para las ciencias

criminológicas y mayores cuotas frente a la Ciencia Penal.

B) Rechazo al modelo positivista.

C) Aproximarse al problema criminal con una actitud y pretensión distintas a la

tradicional.

D) Ampliación de su objeto.

E) El protagonismo de la víctima.

F) Problematización de la palabra delito.

G) Interés por su prevención del delito.

5.3. LA CRIMINOLOGÍA RADICAL, LA NUEVA CRIMINOLOGIA YLA CRIMINOLOGIA CRÍTICA: MATICES Y PRECISIONES.

Page 47: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

47

La matriz común de estas tres expresiones está compuesta, a su vez por tres

elementos: en primer lugar, por la común referencia a un periodo histórico

determinado; en segundo lugar, por la común referencia a un periodo histórico

determinado; y en tercer lugar, por la existencia de un denominador común en sus

propuestas y aportaciones.

Cuando se habla de la común referencia a un periodo histórico determinado, lo

que se pretende decir es que los tres tipos de criminología fueron productos y

expresiones, así como instrumentos de interpretación, de sistemas sociales

concretos en determinados momentos. Surgieron pues, entre finales de los años

sesenta y la mitad de los setenta en los países capitalistas occidentales cque

habían desarrollado un estado de bienestar.

La común referencia de las tres expresiones criminológicas en cuestión se realiza

en un contexto de importantes cambios epistemológico; era el contexto en que la

criminología pasaba del paso al acto a una criminología de la reacción social: del

paradigma etimológico al control de la reacción social.

5.4. DIFERENCIAS ENTRE LA CRIMINOLOGÍA “RADICAL”, LA“NUEVA CRIMINOLOGÍA” Y “LA CRIMINOLOGÍA CRÍTICA”

En la actualidad, la criminología atraviesa una transformación significativa. La

criminología “nueva”, “crítica” o “radical” ha abandonado el punto de partida

causal-explicativa y ha puesto en el centro de su atención la “reacción” social y

jurídico penal contra el hecho”. El objeto primario de la investigación criminológica

no es, por tanto, el comportamiento del autor sino de los órganos de control

social. Sus teorías no son teorías de la criminalidad, sino de la criminalización.

Las razones concretas para poder mantener la diferenciación entre estos tres tipos

de Criminología, están basadas en dos hechos fundamentales: Por un lado, en la

diferente evolución que tienen la criminología estadounidense y la criminología

europea, pese a la existencia de ellas de elementos comunes. Por el otro, en la

evolución interna hacia estudios y posiciones de carácter materialista o marxista.

Lo primero servirá para diferenciar entre la criminología “radical” y la “nueva”

Page 48: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

48

criminología. Lo segundo serviría para precisar la referencia a la criminología

“crítica”.

La criminología “radical”norteamericano

La “nueva” criminología europea

a) Lo destacable del origen de la

criminología “radical”

norteamericana es el énfasis

dado por esta al aspecto o nivel

político. Dadas las exigencias

políticas del momento y las

posiciones de la anterior

criminología que invariablemente

había sido de corte conservador.

b) La criminología había sido

integrada en el sistema de

bienestar, como un medio

sofisticado y moderno de

“comprensión de los desviados”,

dirigido, fundamentalmente, a

dejar intacto el propio sistema.

a) La criminología la importó de

Estados Unidos.

b) Marcada por una énfasis teórica

c) Paso por un proceso de

sociologización y previa

independización de las ciencias

médicas y jurídicas que tuvo que

pasar la criminología europea.

d) Es dependiente, especialmente del

“labelling” y por ello tardó más

tiempo en desprenderse y

distanciarse de ella, para encontrar

su propia identidad.

e) Su objetivo superar a la

criminología de “reacción social”.

f) Cumplió dos funciones:

instrumental, respecto a la

criminología anterior y como

vehículo de transición respecto a la

criminología posterior.

g) La nueva criminología británica se

dedico con fuerza e insistencia a la

búsqueda de nuevos significados

para conductas desviadas y

criminales.

Page 49: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

49

COMENTARIO

Entre la criminología positiva y la criminología crítica ha surgido muchos

enfrentamientos por su percepción antagónica en particular. Ha habido un cambio

en las concepciones tradicionales del crimen, conjuntamente con la crisis de los

presupuestos ideológicos y valores de la llamada “sociedad del derecho y el

orden”.

La criminología tradicional estaba inclinada hacia el delincuente y sometida al

sistema legal positivo, pero no obstante tendría a ceder poco a poco; ante un

nuevo saber.

La criminología tradicional parte de tres postulados, la primera de la diversidaddel delincuente (el delincuente es, cualitativamente, un ciudadano distinto

responde a un determinado prototipo, es un sujeto asocial, que pertenece a una

minoría); por este primer postulado entendemos que todos somos diferentes y

reaccionamos diferente hacia una circunstancia o contexto por tal motivo nos

vamos moldeando formando así un modelo de conducta; ahora nos preguntamos

¿Qué es persona asocial?, persona asocial es aquello que carece de contenido

social y que no está relacionada con las normas de convivencia, ni con el bien

común. Suelen ser conductas en soledad y aisladas. La segunda, el de carácterpatológico del crimen (este tiene siempre un impacto negativo en el cuerpo

social). Deseos narcisistas, que también van desde los normales deseos de

control de los propios impulsos y emociones, de buen funcionamiento psíquico, de

ser querido o apreciado, hasta deseos más patológicos de cumplir con ideales de

perfección física, mental o moral, de ser objeto de admiración sin límite, o de tener

un control total sobre sí mismo o sobre los demás. La no realización de tales

deseos más patológicos está en la base de las llamadas depresiones narcisistas

Deseos relacionados con el bienestar de la persona querida. Si el sujeto se ve a sí

mismo como siendo el agente causal del daño o sufrimiento del objeto, se

originará una depresión cuyo componente principal será la culpaCarácter

patológico del desear del depresivo.

Page 50: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

50

Y el paradigma etiológico (la función científica consiste en indagar acerca de las

causas del comportamiento criminal). Para Freud y muchos de sus seguidores,

entre los que me incluyo, la conducta antisocial es la base de la conducta criminal

y esto no sería así si el sujeto no hubiera desarrollado una personalidad antisocial

por culpa de cómo, dónde y de qué forma ha trascurrido la infancia. Por tanto

teniendo lo anteriormente comprendido, el resultado de haber sufrido episodios

traumáticos y son archivados en el inconsciente dominan nuestra conducta de

adulto aunque recordemos esos fatídicos episodios de la infancia y en los casos

que no queramos recordarlos, por imposibilidad del área de la memoria, como

tampoco reconocerlos la conducta criminal es un problema médico y psicológico.

Llegado a este punto deberíamos de iniciar una reflexión, si la conducta criminal

tiene una base de traumas infantiles de diferente índole entonces tenemos que

comprender que el sujeto criminal que obedece su conducta delictiva y antisocial a

las causas de su pasada entonces no podemos responsabilizarle de sus actos

criminales. Aunque esto forma parte de la defensa en la mayoría de los acusados

por conducta criminal no debemos de alejarnos de ellas puesto que forma parte

como raíz de la adopción de la conducta delictiva.

Por otra parte la perspectiva crítica o enfoque criminológico se interesa

fundamentalmente en explicar al criminalidad como fenómeno más individual que

social y propiciar una política conservadora del sistema. La moderna criminología

parte de otros postulados, sustituye la imagen consensual del orden social de la

criminología “positivista” por una visión “plural” del mismo. ¿Qué entendemos con

esto?, En este marco, la desviación tiene un sentido bien diferente; pierde,

naturalmente, su significado “patológico” tradicional, desde el momento en que en

una sociedad pluralista todas las personas están potencialmente “desviadas” o

todas experimentan impulsos desviados; pues cada vez son más los ciudadanos

“normales” que infringen las normas penales.

Page 51: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

51

VOCABULARIO

1. REMOLQUE.- El remolque, también conocido como acoplado o tráiler es un

vehículo de carga no motorizado que consta como mínimo de chasis,

ruedas, superficie de carga y, dependiendo de su peso y

dimensiones, frenos propios. No se puede mover por sus propios medios

sino que es arrastrado y dirigido por otro vehículo: desde camiones-

remolque específicos hasta motos y bicis, pasando por turismos o tractores.

2. ASOCIACIONISTA.- En filosofía de la mente, el asociacionismo es una

teoría acerca del modo en que las ideas se combinan en la mente.

3. ETIOLOGÍA.- La etiología es la ciencia que estudia las causas de las

cosas. En medicina (patogénesis) se refiere al origen de la enfermedad. La

palabra se usa en filosofía, biología, física, ypsicología para referirse a las

causas de los fenómenos.

4. EXACERBA.- tr. y prnl. Irritar, causar un gran enfado o enojo.

5. PIONERO.- El término pionero se utiliza en referencia a personas que han

migrado y establecido residencia en áreas aún no colonizadas, o cuando

una persona ha actuado por primera vez en una tendencia, profesión o

teoría innovadora aún no explorada.

6. EMPIRISMO.- El empirismo es una teoría filosófica que enfatiza el papel de

la experiencia, ligada a la percepción sensorial, en la formación del

conocimiento. Para el empirismo más extremo, la experiencia es la base de

todo conocimiento, no sólo en cuanto a su origen sino también en cuanto a

su contenido. Se parte del mundo sensible para formar los conceptos y

éstos encuentran en lo sensible su justificación y su limitación.

Page 52: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

52

CAPÍTULO VI (síntesis)LA CRIMINOLOGÍA CRÍTICALos gérmenes de la criminología crítica, en su perspectiva radical, los podemos

hallar en algunos trabajos de Marx y Engels y en los desarrollos del marxismo.

El llamado Neoliberalismo de Izquierda toma su nombre del realismo para

contraponerse al Idealismo, como lo llaman los representantes de esta tendencia,

en que habría incurrido la criminología crítica en general.

Como se ha visto, la finalidad del Neorrealismo de Izquierda fue criticar a las

teorías criminológicas existentes y surgidas en los años ochenta; asimismo, su

propósito principal fue el de ser leal a la realidad del delito, en la reacción social

contra el delito o en el comportamiento delictivo.

A) PROPUESTA DEL NEOLIBERALISMO1. La criminología critica ha abandonado el estudio de las causas del

delito para dedicarse a la economía política y a la teoría del Estad,

sin que se haya elaborado una sociología del crimen que permitiera

comprender el delito como un problema real para la mayoría de las

personas.

2. Los neoliberalitas de izquierda imputan a los demás criminólogos

críticos de tener una visión romántica al asignar valor político al delito

y al seguir aceptando que el aumento de la criminalidad es solo el

resultado de la actividad selectiva de la justicia penal.

3. Es tarea esencial de la criminología regresar a los estudios sobre la

víctima.

4. El neoliberalismo de Izquierda propone en relación al control penal:

a) Reducción del control penal y extensión de otras áreas.

b) Reinserción del delincuente

c) Disuasión preventiva

Page 53: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

53

d) Defensa de la prisión

5. Proponen facilitar la creación de una nueva relación entre la policía y

la sociedad.

6. Propone la prisión para casos extremos.

B) CRÍTICAS AL NEOLIBERALISMO DE IZQUIERDA

De acuerdo con algunos críticos, el Neorrealismo de Izquierda no ofrecía

explicación alguna sobre los problemas sociales que deben ser tomados en serio,

según los defensores de esta corriente, ni como realidad ni como producto de los

procesos de definición.

Se le critica también no haber propuesto una relación diferente entre víctima y

autor del delito, pues contra estos últimos siguen formulando las mismas

respuestas del Derecho Penal ha venido ofreciendo. Los Neorrealistas de

Izquierda han descubierto que la víctima es generalmente de las clases populares,

pero han olvidado que la mayoría de los autores también lo son.

Las principales críticas a esta teoría se fundarían en que los exponentes del

Neorrealismo de Izquierda habrían renunciado a sus anteriores ideales libertarios

a cambio de ciertas ventajas electorales al lado de los partidos socialdemocrátas,

de los que se convirtieron en consejeros.

Le reconocen naturaleza ontológica; no enjuician el sentido común; que es

complementario al sistema penal; aceptan las normas preestablecidas y ven en la

criminalidad un fenómeno natural no definido ni interpretado.

6.1. EL MINIMALISMO

También esta corriente es denominada Derecho Penal mínimo. La corriente

minimalista se ha desarrollado en Europa del Sur y en América Latina. El derecho

penal mínimo y garantismo son, en el pensamiento de Ferrajoli, las dos caras de

una misma moneda, ya que este condiciona y limita a aquél, reflejando además no

Page 54: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

54

solo el mayor grado de tutela de las libertades individuales ante el arbitrio punitivo,

sino también un ideal de racionalidad y certeza que excluye el Derecho Penal toda

responsabilidad de límites inciertos e indeterminados. Como ordenamiento

garantizador y racional, el derecho Penal mínimo se opone al Derecho Penal

máximo, cuya certeza consiste en que ningún culpable de delito escape a su pena,

aun a riesgo de arrastrar, en esta búsqueda implacable, a los inocentes.

Orientar al Derecho Penal hacia el solo objetivo de la prevención general negativa,

previene contra esa recurrente confusión que se da, en punto de justificar el

Derecho punitivo, entre moral y derecho.

A) Tendencias del reduccionismo minimalistaExisten dos tendencias que informan a los animistas.

1. Los que afirman que la ley penal debe ser defendida como la ley delos más débiles.Ferrajoli y Young. Esta tendencia plantea la defensa del más débil ante

una eventual reacción más fuerte que es la sanción institucional por

parte del ofendido, como prevención de la amenaza o comisión del

delito.

2. Los que creen que la ley penal servirían principalmente para limitarla violencia institucional representada por la pena por la cárcel.Alessandro Baratta, considera que la ley puede representar la

protección de los Derechos Humanos fundamentales desconocidos,

sobretodo, por regímenes respectivos represivos.

B) Propuestas minimalistas1. Contradicción del sistema penal hacia su abolición.

El derecho penal mínimo ha dedicado mucho más el tiempo al estudio

del control penal y la elaboración de una política criminal alternativa.

2. Mejor política criminal implica la transformación de la sociedad.La minimalista se opone a la reducción de la política criminal a una

simple política penal y consideran que una política criminal alternativa es

Page 55: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

55

una política de radicales transformaciones sociales e institucionales para

el desarrollo de la igualdad de la democracia.

3. Reducción o contradicción del sistema penal y ampliación a otrasáreas.El derecho penal mínimo creen indispensable el recurso a técnicas de

control estatal alternativas a la penal. Por ello proponen descriminalizar

una variada cantidad de conductas prohibidas, pero extender y reforzar

la protección penal a intereses colectivos. Postulan la abolición del

Derecho Penal, pero como paso previo defienden a las llamadas

medidas alternativas.

4. Se cuestiona a la resocialización.El tema principal en que radica una verdadera política penitenciaria, es

aplicar la cárcel lo menos posible buscando sustitutivos o bien,

alternativas a ella. La reincorporación del penado a la sociedad. Estos

objetivos constitucionales han tomado un carácter utópico, ya que solo

una ejecución orientadora y desarrollada, que no existe en nuestra

realidad ni en ninguna otra, puede resocializar a un individuo en un

medio como la prisión, que se cuenta entre los principales factores

criminológenos.

5. Un nuevo derecho penal a corto plazoLo ideal es que el Derecho Penal debe autolimitarse, renunciando a

penetrar en forma invasora en todos los aspectos de la vida social, y

que cuando lo haga debe reducir la aspereza de sus sanciones.

C) Críticas al planteamiento minimalista1. El derecho penal no podía volar los derechos humanos y después

garantizarlos.

Page 56: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

56

2. Iniciar la acción y no discurso barato de cuestionar al sistema penal y

defender transitoriamente un Derecho Penal mínimo, realmente no

estarían demostrando convicción de querer alcanzar el Estado y

sociedad.

3. Crítica al epilogismo que todavía se mantiene se contradice con la

afirmación de que no desconocen el estudio de las “causas” del delito.

4. Crítica a la resocialización no es congruente con el planteamiento de la

reintegración social que propone Baratta.

5. Cuestionamiento a la criminalización se contradice con la política

alternativa de criminalizar cierto tipo de delitos, y el apoyo a las

propuestas feministas de penalizar el machismo y otros delitos por lo

varones.

6. Las entidades ofendibles, y por tanto, protegibles con el instrumento de

la pena, no son solo los clásicos bienes individuales, sino también los

colectivos.

7. La frase “menos intervención de Estado”, parece dirigirse a la impunidad

de la gente “honorable”, de los “delincuentes de guantes amarillos”.

6.2. EL ABOLICIONISMO

Nombre que se le da en Europa Occidental. El abolicionismo es producto de la

misma política contracultural de los años sesenta que dio origen al radicalismo

cultural de la teoría del equitamiento.

El abolicionismo como teoría, es un movimiento académico o social-político que ha

sido desarrollado, como se ha indicado, en los países del norte de Europa. Los

abolicionistas proponen abolir las cárceles y el Derecho Penal y sustituir dichos

instrumentos con intervenciones comunitarias e instituciones alternativas.

Consideran que en una sociedad con profundas desigualdades en las relaciones

de poder, el sistema Penal contribuiría solo a reforzarlas; por el contrario, dichas

desigualdades podrían disminuir si se recurriera sobre todo a prácticas informales

y comunitarias de autogestión y resolución de los conflictos y problemas sociales.

Page 57: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

57

Ideas de Hulsman, Mathiesen y Foucault

a) La política abolicionista está imbuida de pensamiento antiplatónico.

b) Existen distintos enfoques de la fundamentación metodológica del

abolicionismo.

c) El abolicionismo es trascendente.

d) Movimiento que trata de permitir que las personas hablen de ellas misma.

e) El abolicionismo es un pensamiento y una práctica abolicionista, debe

rendir cuenta de poder.

f) La política abolicionista requiere un pensamiento estratégico que inicie a

partir de una situación concreta

Corriente abolicionista del sistema penal

Tiene como máximo representante a Louk Hulsman. Se observa que el sistema

penal es inútil; anómico; que transforma las relaciones sociales en actos

individuales, el sistema tiene una concepción falsa de la soledad, reprime las

necesidades humanas, concibe al hombre como un enemigo de guerra, defiende y

crea valores negativos para las relaciones sociales, el sistema penal se opone a la

estructura general de la sociedad civil.

Corrientes de la abolición de la prisión

Defendida por Thomas Mathiensen. La cárcel es un instrumento de acción política

contra las clases sociales más pobres; no resolviendo, siempre creando, sin

embargo, las dificultades tanto para la sociedad y para la propia efectividad del

sistema penal.

Los autores del abolicionismo admiten la necesidad de adoptar una medida

coactiva, pero no con la intensión de castigar, sino para reparar o neutralizar el

conflicto y en esos casos excepcionales para incapacitar a la persona conlleva un

peligro.

Page 58: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

58

Corriente del abolicionismo radical

El objeto de estudio de los abolicionistas es la actividad de los órganos que

conforman el sistema penal, sus relaciones con los medios de comunicación en

cuanto crea opinión pública que los sustenta.

En cuanto al concepto del delito, los abolicionistas le niegan la realidad ontológica,

pues este existe no por su naturaleza sino porque es una definición practicada por

el Derecho Penal.

El concepto de gravedad usada por el sistema es arbitrario.

Razones del abolicionismo

a) Es un sistema inútil.

b) La amenaza penal no evita los delitos.

c) Constituye un sistema que produce mayor dolor e injusticia.

d) Reprime las necesidades humanas.

e) El sistema penal es estigmatizante.

f) El sistema penal expropia el conflicto a las partes implicadas en él.

g) Las instituciones como la cárcel sufren desajustes que atentan los derechos

humanos del interno.

h) Existen incongruencias, entre las diversas entidades que entran en juego

en el sistema penal.

Alternativas que propone el abolicionismo.

a) La justicia comunitariaCaracerizada por ser eunómica, consensual, informal, no profesional,

colectiva y no estatal.

b) La justicia civil compensatoriaEl abolicionismo propone nuevos conceptos, pues los términos usados por

el sistema penal son inconvenientes para lo que él mismo define como

criminalidad.

Page 59: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

59

6.3. PRINCIPIOS GENERALES DE LA CRIMINOLOGÍA CRÍTICA1. La criminalidad debe fundarse el el “paradigma marxista” inherente al

conflictualismo.

2. El objeto de la criminología debe ir al “origen, aplicación y ejecución del

proceso de criminalización”.

3. Modificar la política criminal represiva a una alternativa.

4. Encuadrar la ley penal dentro de un contexto global.

6.4. EL PROYECTO DE LA PERSPECTIVA CRÍTICA

De acuerdo a las razones idealistas quienes cuestionan cualquier institución o

sistema debe igualmente elaborar y proponer un proyecto completo de “solución”

para la problemática planteada.

Principales pautas del proyecto de la perspectiva crítica.

A) Máxima reducción del ámbito de acción del sistema penal.

B) Máxima reducción del uso de la privación de libertad.

Disminuir al mínimo su frecuencia y su duración, así como la detención

privativa como pena.

C) Reforzamiento de las garantías individuales frente a la actividad dunitiva

estatal.

D) Democratización y humanización del sistema penal.

E) Vinculación a otros movimientos progresistas.

F) Legitimación pública de la perspectiva crítica y su “proyecto”.

Page 60: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

60

COMENTARIO

La Criminología Crítica o Radical, es el nombre de la segunda fase de la Nueva

Criminología. Coincide con la de Reacción Social en el rechazo del paradigma

etiológico (estudio de las causas del delito) por considerar que dicho análisis

implica aceptar ínsitamente, sin cuestionamiento alguno, una entidad que depende

exclusivamente de la voluntad del legislador.

Además, estudiar las causas del delito equivale a convenir que acciones tan

disímiles como -por ejemplo- un alzamiento armado y una injuria tienen un origen

común que puede ser el inconsciente, las glándulas de secreción interna, la

miseria o alguna patología cerebral.

Basada en el materialismo histórico, para la Criminología Crítica el delito es un

instrumento de lucha contra la injusticia social, y, el derecho penal -por el

contrario- un arma de los poderosos para conservar sus privilegios y mantener

controladas a las mayorías.

El ladrón, cuando roba lo que en realidad hace es cuestionar el valor de la

propiedad ¿acaso la propiedad al excluir a los demás del uso y disfrute de una

cosa, no constituye un robo?

Culpar al pobre por la comisión de un delito equivale a culpar a la víctima. ¿Por

qué, por ejemplo, es delito la violencia de los trabajadores y no lo es la violencia

patronal? ¿Por qué la violencia sexual de terceros constituye un delito y la del

marido no?

El delincuente, es una víctima de la sociedad, de policías, jueces y fiscales,

quienes operan selectivamente contra los marginales; es víctima inclusive de

quienes al pretender rehabilitarlo, lo que consiguen es empeorar su situación.

En resumen, el desviado era un rebelde alzado en armas contra el explotador

régimen capitalista. Si esto era así, carecía de sentido proponer políticas

encaminadas a la prevención y control del delito, pues equivalía a legitimar un

injusto estado de cosas. Por lo tanto, lo práctico consistía en que incluso los

Page 61: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

61

profesores de Criminología pasaran de la retórica a la acción y lucharan por la

sustitución de la injusta estructura capitalista de la sociedad por el socialismo,

habida cuenta de que si la delincuencia era un fenómeno privativo de las

sociedades capitalistas, lo procedente era reformar a ésta y no al desviado.

Aquella revolucionaria visión de la criminalidad, contenía insuperables

contradicciones. El movimiento feminista recordó que las mujeres sufrían

agresiones físicas y sexuales y eran discriminadas en lo laboral, profesional y

académico, sin que tales inconductas tuvieran nada que ver con los intereses de

los poderosos.

Por otra parte, los criminólogos críticos olvidaron que el ladrón -por ejemplo-

anhela convertirse en propietario y el incendiario provoca el fuego, porque es

piromaniático o por cobrar un seguro; etc. Es decir, ciertos postulados de la

Criminología tradicional, ya no parecían tan sectarios y perversos; otorgar al

delincuente la condición de revolucionario o héroe era absolutamente irracional.

La acusación al derecho penal de que protegía exclusivamente los intereses de la

clase dominante, perdió piso al recordarse que muchos de sus valores fueron

conquistados en sangrientas batallas, resurgiendo la opción de recurrir

nuevamente a él para defender a los débiles.

A la larga, aunque a regañadientes, hubo de reconocerse que el delito no era una

simple abstracción (sin base ontológica) sino un hecho real, individual y

socialmente dañoso, urgido de medidas tanto para frenarlo cuanto para proteger a

las víctimas.

La Criminología Crítica, finalmente acabó por reconocer que la sustitución del

capitalismo por el socialismo, no pasaba por lo pronto de ser una propuesta

imposible de realizar.

Pero la Criminología Crítica nos legó inolvidables aportes: destruyó esa especie de

apotegma según el qué, la justicia era “igual para todos”, cuando la realidad

mostraba lo contrario; bastaba observar a los delincuentes de cuello blanco que

Page 62: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

62

rara vez respondían por sus crimines y probó también de manera irrefragable la

marcada influencia de los grupos de presión en la creación de las figuras

delictivas, aunque en realidad estas ideas tuvieron como precursor a Edwin

Sutherland.

La Criminología Tradicional miró a la Nueva Criminología, como una especie de

snobismo más político que científico. Como bien dice Stanley Cohen, a pesar de

la debilidad y fracaso del positivismo, la Criminología Radical no pudo desalojarla

de su bastión.

Vale anotar que la estocada mortal, curiosamente la Criminología positivista la

recibiría no de la izquierda científica, sino de un movimiento emergido de sus

propias entrañas, el neorrealismo de derecha, más conocido como Criminología

Administrativa.

Page 63: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

63

VOCABULARIO

1. GÉRMENES.- Los gérmenes son pequeños microorganismos que causan

enfermedades. Los gérmenes son tan pequeños, microscópicos, que se

introducen en nuestro sistema sin que nos percatemos. De hecho, no

sabemos que han entrado en nuestro cuerpo hasta que tenemos síntomas

que señalan que nos están atacando.

2. DESCRIMINALIZAR.- La Descriminalización o despenalización es la

abolición de las penas criminales en relación con ciertos actos.

3. RESOCIALIZAR.- Resocializar en definitiva trata de recuperar para la

sociedad, la resocialización debe consistir en hacer aceptar las normas

básicas, y generalmente vinculantes que rigen esa sociedad.

4. AUTOLIMITARSE.- Es ponerse un alto a las acciones y trabajos

desacelerados.

5. IMBUIDA.- Hacer que una persona tenga un determinado sentimiento,

emoción o sensación: el ambiente del monasterio lo imbuyó de una gran

paz interior.

6. ANTIPLATÓNICO.- Da como respuesta a los conceptos y dogmas que

contradicen a Platón.

7. ANÓMICO.- adj. sociol. Díc. de la persona que presenta una conducta que

no se ajusta a las normas sociales establecidas.

8. ESTIGMATIZANTE.- Dejar a una persona marcado al hacerle una imputación por la

que pierde o se pone en duda su honra y buena fama. Se conjuga como realizar.

Page 64: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

64

CAPÍTULO VII (síntesis)LA CRISIS DE LA CRIMINOLOGÍA CRÍTICALa década de los ochenta fue para la criminología una época de:

Confusión.- Debido a las reconsideraciones producidas por las ideas de

los setenta para recuperar algunas de ellas y la necesidad de revisar

nuevamente al labelling.

División.- Por la aparición de tendencias en la criminología crítica.

Desánimo.- Porque los grandes objetivos de la transformación social

esperada parecen fuera de alcance.

Para Baratta, se trata de “un problema abierto es la definición del objeto específico

por parte de la criminología crítica”.

7.1. LA CUESTIÓN ETIMOLÓGICA Y LA REVISIÓN DE LOSPOSTULADOS CRIMINOLÓGICOS TRADICIONALES

Uno de los temas de debate fue la cuestión etimológica8 centrado en las causas

del por qué este sujeto delinquía); esta afirmación producto de esta criminología

conservadora originó buscar nuevas respuestas o plantearse nuevas preguntas a

la criminología critica.

Baratta aclara que una investigación etimológica el cual le den un objeto de

estudio a la criminología, por ende la criminología debería introducir como objeto

de estudio cuestiones de la psicología, psicopatología y antropología social que

tienen que ver con la conducta delictiva.

Las aportaciones científicas de muy diverso origen y procedencia han originado el

cambio esencial de las concepciones criminológicas, aquí menciono las

contribuciones que dieron cada una de ellas:

Page 65: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

65

a) Las teorías funcionalistas.- Cuestionan el principio clásico del bien y el

mal, el crimen no es comportamiento patológico sino comportamiento

normal. Mayoritaria e inherente a toda estructura social sana e intacta.

b) Las teorías de las subculturas criminales.- criticaban al principio de

culpabilidad.

c) Las concepciones psicoanalistas de la criminalidad.- Han contribuido

eficazmente a mirar el soporte mismo del principio de “legitimidad” sobre el

que descansaba la ideología penal tradicional.

d) Las teorías del equitamiento.- o de la reacción social han refutado, ante

todo, la vigencia del principio de igualdad, al poner en manifiesto la

desviación y la criminalidad no son entidades ontológicas preconstituidas.

e) Teorías orientadas a la base del conflicto.- Desarrollaran a partir del

labelling approach han tocado duramente el principio de los intereses

sociales y del delito natural.

f) La investigación en la efectividad del derecho penal, teniendo como

principio de prevención de la criminología tradicional.

7.2. LAS ALTERNATIVAS A LA CÁRCEL

Foucault había hecho ver que el surgimiento de las alternativas a la cárcel suponía

una extensión del poder de castigar del Estado, una normalización y difusión de

los mecanismos disciplinarios. Las alternativas ampliaban el poder de castigar, lo

difuminaban. Este debate fue enriquecido por los abolicionistas para quienes la

atención no estaba tanto en discutir.

7.3. LA FUNCIÓN SIMBÓLICA DEL DERECHO PENAL

Es llamada también función “retórica”, pues procura antes que proteger los bienes

jurídicos, fomentar la producción en la opinión pública de la impresión

tranquilizadora de un legislador atento y decidido.

La función simbólica produce un “efecto placebo” en el Derecho Penal,

contradictorio con una naturaleza de ultima ratio y de su índole supuestamente

devastadora, intimidatoria y preventiva.

Page 66: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

66

7.4. El DERECHO PENAL GARANTISTA

La revalorización del Derecho penal garantista, ha sido importante en la idea que

el derecho penal no solo legitima la función punitiva estatal sino que también la

limita. En ese sentido, el Derecho penal que establece garantías, se constituye

como obstáculo a las tendencias punitivas desarrolladas en otros campos como

por ejemplo, el administrativo.

7.5. LA VICTIMODOGMÁTICA

Se preocupa de la contribución de la víctima en el delito y la repercusión que ello

debe tener en la pena del autor, desde su total exención de responsabilidad con

base en el principio de “autoresponsabilidad” de la víctima hasta una atenuación

de la pena.

7.6. LA FORMULACIÓN DE UNA POLÍTICA CRIMINAL

La labor del criminólogo o el jurista crítico es pues ardua y si bien la mayoría de

ellos están orientados a la formulación de una política criminal.

7.7. LA EXPANSIÓN DEL DERECHO PENAL

La expansión en el derecho penal se está produciendo a gran escala. Las

opiniones divergen acerca si ello es producto de las necesidades de las

sociedades modernas o, por el contrario, efecto de la perversidad Estatal. Las

probables causas de existencia de estos nuevos intereses para el Derecho Penal,

serían las siguientes:

La conformación o generalización de nuevas realidades.

El deterioro de realidades tradicionales abundantes.

El incremento esencial del valor que experimentan.

El Derecho Penal del Enemigo

Que trata a los infractores no como ciudadanos, sino como enemigos peligrosos

que deben ser neutralizados cueste lo que cueste, pues es necesario para ello un

Page 67: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

67

adelantamiento de la punibilidad, un incremento de la misma y una eliminación de

determinadas garantías procesales.

La reincidencia y habitualidad

La reincidencia consiste en la existencia de una condena previa a la comisión del

delito doloso.

7.8. LA SUPERVIVENCIA DEL PELIGROSISMO POSITIVISTA

En la actualidad, el positivismo criminológico goza de buena salud dentro de las

soluciones de las instituciones policiales y las penitenciarias, las cuales siguen

operando con racionalidades estigmatizante e incluso aún se mantiene vigente en

ciertas cátedras de medicina forense o de psiquiatría criminal.

7.9. LA CRIMINOLOGÍA DEL DESARROLLO

Tiene como base el paradigma de las carreras criminales el cual impulsa a la

teoría y la investigación contemporánea de una profunda preocupación por el

factor edad y la curva de la misma. La criminología del desarrollo es una corriente

bastante amplia, que en general considera que los factores relevantes para la

criminalidad pueden ser distintos según la edad de la persona, y así pueden

constituirse tipos. La criminología se desarrolla parte de la base de las teorías

criminológicas tradicionales son estadísticas.

Page 68: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

68

COMENTARIO

El exagerado abstraccionismo y su nula practicidad acabó por fraccionar a la

Criminología Crítica en tres corrientes: el abolicionismo (escandinavo y holandés),

el garantismo (derecho penal mínimo) de gran aceptación en Italia, España y

Latinoamérica y, el neorrealismo de izquierda (inglés y norteamericano).

EL ABOLICIONISMO

Se propone la extinción del sistema penal, al que califica de irreal y totalitario y al

que califica de problema social a erradicar. Persigue no sólo la abolición del

sistema carcelario sino de todo el sistema de justicia penal, al que Jiménez de

Asúa acusó de estar cubierto de sangre y amadrigar en su recóndito seno mucho

sadismo. Zaffaroni, de su desarrollo era uno de los más sangrientos de la historia

y probablemente ha costado a la humanidad más vidas que todas las guerras

juntas. Ferrajoli, que la justicia penal ha significado más dolores e injusticias que el

total de delitos cometidos. El abolicionismo, conlleva por tanto, una crítica feroz al

derecho y la justicia penal, tanto por sus características violentas cuanto por su

inutilidad.

Acusa al sistema penal de equipar al imputado a un enemigo en guerra, pues

actúa como un ejército en marcha en busca de un enemigo al que es necesario

eliminar. Últimamente, gracias a Jakobs, también académicamente como un

enemigo del Estado. De ahí las expresiones ¡guerra contra la delincuencia!

¡guerra contra las drogas! etc.

El sistema penal actúa con los mismos valores e instrumentos que predica

combatir, basta citar a una institución extremadamente violenta como es la

cárcel.Los abolicionistas denominan a la criminalidad “situaciones problemáticas”,

“actos lamentables”, “conflictos”, etc., que deben ser resueltos mediante el diálogo,

la concordia, la apertura y la solidaridad.

Louk Hulsman el principal abolicionista aboga por la devolución del conflicto a sus

protagonistas (víctima del delito y ofensor) para que la “situación problemática”

Page 69: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

69

no sea expropiada por las instancias del control formas del Estado, para afectos

de lo que, se deben establecer mecanismos de comprensión entre la víctima y el

ofensor. Hulsman reconoce la influencia ejercida en su pensamiento por ciertas

antiguas culturas indígenas, en las que las decisiones son tomadas

consensualmente por el grupo. Sin embargo, admite que de imponerse el

abolicionismo, las conductas o comportamientos indeseables no desaparecerán,

pero en cambio podrán afrontarse con mejores opciones que bajo el sistema

actual.

El abolicionismo ha quedado reducido al papel de crítica académica, sin

posibilidades de normativización. Por el contrario, lo que en la práctica acontece -a

raíz del 11 de Septiembre del 2001- es una expansión y endurecimiento del

sistema penal, pero nadie puede negar que debilitara seriamente la fe que antaño

se tenía en el sistema penal.

EL DERECHO PENAL MÍNIMO (GARANTISMO)

Según Ferrajoli, tras las derrotas del fascismo y el nazismo, en el derecho positivo

en general y en el penal, en particular se produjo un cambio de paradigma, que

alumbró el garantismo, doctrina que otorga a la Constitución el origen y límite de

todo poder.

Norberto Bobbio, en el prólogo de “Derecho y Razón”, la grandiosa obra de

Ferrajoli sintetiza la cuestión con la frase: “Es bueno y por consiguiente

deseable y defendible la solución que amplía la esfera de la libertad y

restringe la del poder”.

El derecho penal mínimo propone restringir la calidad y cantidad de los tipos

penales a lo estrictamente necesario para proteger los derechos y garantías del

imputado. Plantea recuperar las garantías procesales ignoradas por las leyes de

excepción y los regimenes autoritarios y retrotraer al derecho penal a la filosofía

iluminista que en el siglo XIX inspiró su concepción, cuando se lo definió como un

“derecho penal humanitario”, que leyes penales vuelvan a ser conceptualizadas

como las leyes de los más débiles.

Page 70: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

70

VOCBULARIO

1. COACCIÓN.- Fuerza o violencia que se hace a una persona para precisarla

a que diga o ejecute alguna cosa.

2. PUNITIVO.- Relativo a castigo.

3. EXENCIÓN.- Otro término en leyes de impuestos, una liberación de

obligación de impuesto o deuda que los demás deben seguir sujetos.

También una cantidad fija relacionada al número de miembros de una

unidad doméstica por la cual el ingreso bruto ajustado se reduce al llegar a

la cantidad de ingreso a ser gravado.

4. MATICES.- Añadir una nota u observación a una explicación para

precisarla: el ministro explicó que se harían grandes reformas, pero matizó que

primero habría que aprobar los presupuestos.

5. VICTIMOLOGÍA.- La victimología es el estudio de las causas por las que

determinadas personas son víctimas de un delito y de cómo el estilo de vida

conlleva una mayor o menor probabilidad de que una determinada persona

sea víctima del mismo. El campo de la victimología incluye o puede incluir,

en función de los distintos autores, un gran número de disciplinas o

materias, tales como: sociología, psicología, derecho penal y criminología.

6. TENDENCIA.- El concepto de tendencia es absolutamente esencial para

el enfoque técnico del análisis de mercados. Todas las herramientas usadas

por el analista técnico tienen un solo propósito: detectar y medir las

tendencias del precio para establecer y manejar operaciones de compra-

venta dentro de un cierto mercado.

Page 71: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

71

CAPÍTULO VIII (síntesis)LA CORRIENTE POSITIVISTA Y LAPERSPECTIVA CRÍTICA EN LATINOAMÉRICALA CORRIENTE POSITIVISTA Y LA PERSPECTIVA CRÍTICA ENLATINOAMÉRICA

Entre finales del siglo XIX y comienzos del XX, la concepción positivista del

Derecho Penal y la Criminología fue trasladada de Europa a América Latina.

Ingresando a Argentina.

Inicialmente, tanto el Derecho Penal como la Criminología positivista tuvieron en

Latinoamérica fervorosa acogida y algún desarrollo, cuyo momento más notorio lo

podemos ubicar en la década de los treinta. La criminología tuvo poca acogida y

estudio.

En América Latina esta ausencia de un discurso criminológico positivista

suficientemente elaborado ha permitido una amplia difusión de la criminología

crítica, sin que haya llegado a alcanzar un nivel de “esceptismo” que caracterizaría

hoy a la disciplina en Europa frente a los sistemas penales.

La criminología positivista ha sobrevivido en Latinoamérica durante muchas

décadas y aun hoy no ha desaparecido. No se acepta la tesis de criminal nato,

pero el esquema etimológico, sin la menor puesta en dua de la validez de

legitimidad del sistema penal priorizado losfactores 2biológicos”, ha sobrevivido en

las cátedras en criminología del continente.

Durante los años setenta y hasta la actualidad las relaciones entre el Derecho

Penal y la Criminología pueden ser descritas así:

El primero entregado exclusivamente al análisis y mejoramiento técnico-formal de

las normas con base en nociones que oscilan entre el positivismo y la dogmática.

Page 72: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

72

En tanto la segunda intentaba dar explicaciones de la criminalidad o deviación, a

partir de presupuestos que iban al positivismo a la posición liberal (especialmente

al enfoque funcionalista).

En América Latina el surgimiento y desarrollo de la Criminología critica ha sido

facilitado por el abandono que dejó la criminalidad tradicional; había pues un

espacio cultural libre que la perspectiva crítica ha podido empezar a ocupar

rápidamente.

La recepción de la criminología en América Latina ha sido motivo de debate.

ROSA DEL OLMO.- Que la criminología se centra en la institucionalización

internacional del control social.

ANIYAR.- La interpretación debe ser lineal, que la criminología debe aplicarse de

acuerdo a cada contexto y realidad social.

EMIRO SANDOVAL.- Habla de la existencia de la criminología crítica en

Latinoamérica.

BERGALLI.- ve con optimismo el panorama criminológico latinoamericano

destacando el despertar que produjo el movimiento crítico.

Uno de los más relevantes problemas que aquejan la realidad latinoamericana es

el gran desequilibrio existente entre su cambiante estructura social y estático

andamiaje legislativo, que particularmente se revela con la circunstancia de que

nuevos tipos de desviación social ponen diariamente de resalto las lagunas

normativas para su respectiva prevención y control.

A la hora actual, la criminalidad está constituida en creciente proporción por la

perpetrada oficial y semioficialmente, por afanes ideológicos, económicos y

muchos otros en los que el abuso de las diversas modalidades del poder es

evidente. Añadamos que en la sociedad posindustrial de nuestro tiempo, en la que

la ciencia y la tecnología juegan papel manifiesto, la criminalidad culposa aumenta

tanto o más rápidamente que la intencional.

Page 73: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

73

COMENTARIO

Inicialmente el Derecho Penal como la criminología positivista tuvieron en

Latinoamérica fervosa acogida y algún desarrollo, cuyo momento más notorio

podemos ubicar en la década de los treinta. El derecho positivo entro de tal

manera en Latinoamérica que hasta en la actualidad todavía persiste en su gran

mayoría. La Criminología crítica en Latino-América. La Criminología crítica,

desgajada de la Nueva Criminología del Control Social, llegó a Latino-América a

través de las obras de Lola Aniyar de Castro, Rosa del Olmo, Alesandro Baratta,

Roberto Bergali, Eduardo Novoa, A Sandoval, etc. Los cuales utilizaron sus

discursos para criticar las estructuras de poder y su papel criminalizador de las

conductas que eran consideradas como delictivas tanto desde la óptica política

como de la delincuencia común, además identificaban a las clases en situaciones

económicas precarias como las más vulnerables ante la Ley. También

denunciaron la incapacidad del sistema legal para dar respuesta al fenómeno

criminal, los horrores de las prisiones y su incapacidad para resocializar a quienes

la padecían.

Sus postulados fueron reforzados por la dura realidad de los pueblos de este

continente durante las décadas de los años 70 y 80, debido a la implementación

de la llamada “Política de Seguridad y Defensa Nacional” que desató gobiernos

militares autoritarios plegados a los intereses de la burguesía nacional y del

imperialismo de Norte-América mediante golpes de Estados y un férreo control

social en muchos países. (Riera Espinosa 1984)

La existencia del abuso de poder, de crímenes y ejecuciones ilegales a quienes

se oponían al sistema, por parte de grupos militares y paramilitares, el uso de la

tortura como medio de obtención de pruebas, el recrudecimiento de las Leyes, la

superpoblación penal y todo tipo de violación de las garantías jurídicas y de los

derechos humanos, provocó una rápida filiación de penalistas, criminólogos y

estudiosos del Derecho a esta tendencia de la Criminología, lo que unido a la

ausencia de un discurso criminológico precedente, lo suficientemente elaborado

Page 74: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

74

provocó su rápida asimilación y difusión sin el escepticismo causado en Europa.

(Mauricio Martínez 1990)

Para muchos autores, la Criminología acabó por inmiscuirse en el campo de

estudio de otras ciencias al cuestionar aspectos que se consideraban de interés

para la Sociología jurídica y la Política criminal, además de su incapacidad para

propiciar la transformación que demandaba y que según estos autores quedó

limitada a meras denuncias políticas, por estas razones y porque el contexto no

propiciaba otra posibilidad, el discurso de los círculos académicos no fue tomado

en cuenta en esta difícil etapa en Latinoamérica, donde la actividad científica se

centró en el enfrentamiento entre penalistas y criminólogos por considerar los

penalistas que los criminólogos confundieron la acción de investigación científica

con la de luchas sociales y que por tanto eran víctimas de una desorientación

epistemológica (E. Novoa 1985), mientras que los criminólogos reiteraban su

compromiso militante con las clases populares y rechazaban la apoliticidad de

este saber científico (Lola Aniyar de Castro 1986).

Page 75: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

75

VOCABULARIO

1. CAUSA DE JUSTIFICACIÓN PUTATIVA: se aplica a las causas de

justificación en las que el agente cree erróneamente que concurren los

presupuestos de la respectiva causa (puesto que entre las eximentes no

solo hay causas de justificación, la denominación de "eximentes

incompletas" no es precisa, aunque sea común en cierta doctrina). Se

denomina también suposición errónea de los presupuestos de la causa de

justificación. Causa de justificación real: aquélla reacción ante una crisis

para los bienes jurídicos que el agente se representa como realmente

existente -ex ante- y que además existe como tal crisis para los bienes

jurídicos en la realidad -ex post. Sólo en estos casos puede hablarse de

una causa de justificación.

2. CAUSA DE LEVANTAMIENTO DE LA PENA: circunstancia personal,

surgida o realizada tras el delito, que impide la responsabilidad penal.

Pertenece al ámbito de la punibilidad.

3. CAUSA PERSONAL DE EXCLUSIÓN DE LA PENA: circunstancia

personal, pero concurrente en el momento del hecho, que impide exigir

responsabilidad penal a un sujeto. Pertenece al ámbito de la punibilidad.

4. CAUSALISMO: ver positivismo.

5. COAUTORÍA (COAUTOR): se da cuando se lleva a cabo una conducta

antijurídica, si existe mutuo acuerdo y con dominio de la acción en virtud del

reparto funcional de actos

Page 76: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

76

CONCLUSIONES

1. Desde el punto de vista etimológico la palabra criminología está compuesta

por los vocablos criminos (latín) que significa delito, y logos (griego) que

significa estudio.

2. El término criminología fue empleado por primera vez por Rafaél Garófalo

en su obra del mismo nombre publicada en 1885, definiéndola como ciencia

general de la criminología y de las penas.

3. La criminología tradicional define a la criminología como el estudio de las

“causas del delito”.

4. En la criminología critica, el criminal no lo es por razones biológicas,

psicológicas, antropológicas o sociológicas, sino porque el legislador ha

querido “criminalizar” determinados comportamientos. Su objeto de estudio

es quien hace la ley, la aplica y la ejecuta.

5. La victimología es la disciplina criminológica que estudia el papel que la

víctima desempeña con relación al delito y las consecuencias que el delito

ocasiona.

6. La criminología positiva, también denominada tradicional o etiológica, partió

del supuesto de que el mundo exterior -la realidad- es algo objetivo, diverso

e independiente del sujeto cognoscente, que puede y debe ser estudiado

neutralmente, tal como se manifiesta a los ojos del investigador.

7. Lombroso creó la teoría del criminal nato.

8. La principal dificultad que presentaba la criminología positivista se

encuentra en la delimitación de su objeto.

9. La biología criminal estudia al delincuente en su fisiología y en sus

relaciones con el medio físico. En esta rama de la investigación criminal, se

han realizado trabajos relativos a la influencia de las glándulas endocrinas

en la conducta criminal.

10.La biotipología criminal es una ciencia de tipo humano, el cual es concebido

como una unidad vital (biotipo) con varias facetas: la morfoloía, la fisiología

y la psicología.

Page 77: CRIMINOLOGÍA UNJFSC

77

BIBLIOGRAFÍA

(CRIMINOLOGÍA de la concepción positivista a laconcepción crítica) Jorge A. Pérez López y Kely SantillanLópez.