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CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL S.A. CORPAC S.A. CP N° 0001-2013-SPUR – CONTRATACION DEL SERVICIO DE VIGILANCIA DE SEGURIDAD DE LA AVIACION CIVIL PARA LAS INSTALACIONES Y AREAS PERTENECIENTES A CORPAC S.A. EN LA SEDE DE PIURA 1 BASES ESTÁNDAR DE CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD 1 CONCURSO PÚBLICO Nº 0001-2013-SPUR-CORPAC S.A. CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE: SERVICIO DE VIGILANCIA DE SEGURIDAD DE LA AVIACION CIVIL PARA LAS INSTALACIONES Y AREAS PERTENECIENTES A CORPAC S.A. EN LA SEDE DE PIURA POR DOS (02) AÑOS 1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de los servicios de seguridad privada desarrollados bajo la modalidad de vigilancia privada. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta las siguientes definiciones: Servicios de seguridad privada: Son aquellas actividades destinadas a cautelar y proteger la vida e integridad física de las personas, así como dar respuesta al patrimonio de personas naturales o jurídicas, que se realizan de acuerdo a las modalidades normadas en la Ley Nº 28879, Ley de Servicios de Seguridad Privada, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2011-IN. Servicio de vigilancia privada: Aquel prestado por empresas especializadas para la protección de la vida y la integridad física de las personas, la seguridad de los bienes muebles e inmuebles de propiedad pública o privada, así como para contribuir al normal desarrollo de espectáculos, certámenes o convenciones.

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    CP N 0001-2013-SPUR CONTRATACION DEL SERVICIO DE VIGILANCIA DE SEGURIDAD DE LA AVIACION CIVIL PARA LAS INSTALACIONES Y AREAS PERTENECIENTES A CORPAC S.A. EN LA SEDE DE PIURA

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    BASES ESTNDAR DE CONCURSO PBLICO PARA LA CONTRATACIN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD1

    CONCURSO PBLICO N 0001-2013-SPUR-CORPAC S.A.

    CONTRATACIN DEL SERVICIO DE: SERVICIO DE VIGILANCIA DE SEGURIDAD DE LA AVIACION CIVIL PARA LAS

    INSTALACIONES Y AREAS PERTENECIENTES A CORPAC S.A. EN LA SEDE DE PIURA POR DOS (02) AOS

    1 Estas Bases se utilizarn para la contratacin de los servicios de seguridad privada desarrollados bajo la modalidad de

    vigilancia privada. Para tal efecto, se deber tener en cuenta las siguientes definiciones:

    Servicios de seguridad privada: Son aquellas actividades destinadas a cautelar y proteger la vida e integridad fsica de las personas, as como dar respuesta al patrimonio de personas naturales o jurdicas, que se realizan de acuerdo a las modalidades normadas en la Ley N 28879, Ley de Servicios de Seguridad Privada, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N 003-2011-IN. Servicio de vigilancia privada: Aquel prestado por empresas especializadas para la proteccin de la vida y la integridad fsica de las personas, la seguridad de los bienes muebles e inmuebles de propiedad pblica o privada, as como para contribuir al normal desarrollo de espectculos, certmenes o convenciones.

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    SECCIN GENERAL

    DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)

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    CAPTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

    1.1. BASE LEGAL

    - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Ley N 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ao Fiscal 2013. - Ley N 29952 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el

    ao Fiscal 2013. - Ley N 29953 Ley del Endeudamiento del Sector Publico para el ao Fiscal 2013. - Acuerdo de Directorio N 003-2005/018-FONAFE - Directiva de gestin y Proceso

    Presupuestario de las Empresas bajo el mbito de FONAFE y sus modificatorias. - Decreto Legislativo N 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Ley N 29873 Ley que modifica el Decreto Legislativo 1017 que aprueba la Ley de

    Contrataciones del Estado. - Decreto Supremo N 184-2008-EF Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado, en adelante el Reglamento. - Decreto Supremo N 138-2012-EF Modificacin del Decreto Supremo N 184-2008-EF

    que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. - Texto nico Ordenado de la Ley 27806, Ley de Transparencia y acceso a la informacin

    pblica aprobado por D.S. N 043-2003-PCM. - Ley N 28015 Ley de Promocin y Formalizacin de la Micro y Pequea Empresa,

    Reglamento y modificatorias. - Decreto Legislativo N 1071 del Arbitraje, Decreto Legislativo que norma el arbitraje. - Normas Tcnicas de Control Interno para el Sector Publico, aprobadas por Resolucin

    de Contralora N 320-2006-CG. - D.S. N 043-2003-PCM Aprueba el Texto nico Ordenado de la Ley 27806 -Ley

    de Transparencia y de acceso a la Informacin Pblica. - Ley N 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgnica

    de la Superintendencia de Banca y Seguros. - Cdigo Civil. - Directivas del OSCE. - Otras disposiciones que resulten aplicables.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

    1.2. CONVOCATORIA Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

    1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

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    Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax. IMPORTANTE: Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las

    Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.

    1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS A LAS BASES

    Las consultas a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de cinco (5) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artculo 55 del Reglamento.

    1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS A LAS BASES La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artculo 54 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no podr exceder de cinco (5) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas. IMPORTANTE: No se absolvern consultas a las Bases que se presenten extemporneamente o que

    sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

    1.6. FORMULACIN DE OBSERVACIONES A LAS BASES Las observaciones a las Bases sern presentadas dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haber finalizado el trmino para la absolucin de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artculo 57 del Reglamento.

    1.7. ABSOLUCIN DE OBSERVACIONES A LAS BASES El Comit Especial notificar la absolucin de las observaciones a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artculo 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no podr exceder de los cinco (5) das hbiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones. El Comit Especial debe incluir en el pliego de absolucin de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE. IMPORTANTE: No se absolvern observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o

    que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes. 1.7.1. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE

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    El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos: 1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o

    fueron acogidas parcialmente; 2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que

    tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y

    3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.

    El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones. La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE

    1.8. INTEGRACIN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin. Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos: 1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo

    para formularlas. 2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo

    para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.

    3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das

    hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE. Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en

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    el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

    1.9. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o certificada efectuada por traductor pblico juramentado o traductor colegiado certificado, segn corresponda, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: 1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste

    debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

    2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

    3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

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    1.10. PRESENTACIN DE PROPUESTAS La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio. IMPORTANTE: En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no

    podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

    En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.10, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases. En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el

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    Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas. Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen. De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.

    1.11. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

    El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE: Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten

    a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.2

    1.12. EVALUACIN DE PROPUESTAS

    La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica. Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Tcnica : 100 puntos Propuesta Econmica : 100 puntos

    1.12.1. EVALUACIN TCNICA Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la

    2 Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para

    acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las propuestas econmicas del postor se incluyen en un solo sobre.

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    propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de la propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

    1.12.2. EVALUACIN ECONMICA Si la propuesta econmica excede el valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley. La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

    Pi = Om x PMPE Oi

    Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta econmica i Oi = Propuesta Econmica i Om = Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo PMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica

    IMPORTANTE: En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o

    porcentajes, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

    Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

    1.13. ACTO PBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

    En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima. La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el

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    procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento. El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento. Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE.

    1.14. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los ocho (8) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

    1.15. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 122 del Reglamento, hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

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    CAPTULO II SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. RECURSO DE APELACIN

    A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato. El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

    2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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    CAPTULO III DEL CONTRATO

    3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

    Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) das hbiles siguientes, sin mediar citacin alguna, el postor ganador deber presentar a la Entidad la documentacin para la suscripcin del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, segn corresponda, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artculo 148 del Reglamento. El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases y en los Trminos de Referencia, los siguientes documentos: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garanta de fiel cumplimiento. Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda. Garanta por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Cdigo de cuenta interbancario (CCI). Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los

    documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

    3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO

    En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago correspondiente.

    3.3. DE LAS GARANTAS 3.3.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO

    El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del contrato. Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato, las Entidades

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    podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garanta por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin. IMPORTANTE: Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, en los casos de

    prestacin de servicios de ejecucin peridica, alternativamente, las micro y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retencin de dicho monto se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

    3.3.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

    En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparacin o actividades afines, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin en ningn caso.

    3.3.3. GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del diez por ciento (10%) de ste, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

    3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTAS Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per. IMPORTANTE: Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o

    contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

    3.5. EJECUCIN DE GARANTAS

    Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

    3.6. ADELANTOS La Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto en el artculo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene

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    derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.

    3.7. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la ejecucin del servicio y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

    3.8. PAGOS La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la realizacin del servicio. La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la ejecucin de la prestacin de los servicios, conforme a la seccin especfica de las Bases. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos prestados, a fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

    3.9. DISPOSICIONES FINALES Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

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    SECCIN ESPECFICA

    CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

    (EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

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    CAPTULO I GENERALIDADES

    1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

    Nombre : Corporacin Peruana de Aviacin Comercial S.A. CORPAC S.A.

    RUC N : 20100004675

    Domicilio legal : AV. CORPAC N 274 CASTILLA PIURA Aeropuerto Int. CAP. F.A.P. GUILLERMO CONCHA IBERICO Piura

    Telfono/Fax: : 073-344497

    Correo electrnico: : [email protected], [email protected], [email protected] (tener presente que el Correos electrnico gratuito de Hotmail, Yahoo. Gmail. Terra y otros, no ingresan al correo indicado por ser corporativo.

    1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin del Servicio de Vigilancia de Seguridad de la Aviacin Civil para las instalaciones y reas pertenecientes a CORPAC S.A. en la sede de Piura por dos (02) aos.

    1.3. VALOR REFERENCIAL3 El valor referencial asciende a S/. 690,326.40 (Seiscientos Noventa Mil Trescientos Veinte y Seis con 40/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Febrero del 2013. IMPORTANTE: Las propuestas econmicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases

    como valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley. No existe un lmite mnimo como tope para efectuar dichas propuestas.

    1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

    El expediente de contratacin fue aprobado mediante Memorando GCAP-042-2013M de fecha 08 de Marzo del 2013.

    1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos propios

    3 El monto del valor referencial indicado en esta seccin de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial

    consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin entre estos montos, primar el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.

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    IMPORTANTE: La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de

    Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de seleccin.

    1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

    El presente proceso se rige por el sistema de Suma Alzada 4 , de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

    1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El servicio a contratar est definido en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente Seccin en el Captulo III.

    1.8. PLAZO DE PRESTACIN DEL SERVICIO Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarn en el plazo de dos (02) aos. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.

    1.9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES El costo de reproduccin de las Bases es de S/. 10.00 (Diez con 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV.

    1.10. BASE LEGAL

    - Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Ley N 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ao Fiscal 2013. - Ley N 29952 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el

    ao Fiscal 2013. - Ley N 29953 Ley del Endeudamiento del Sector Publico para el ao Fiscal 2013. - Acuerdo de Directorio N 003-2005/018-FONAFE - Directiva de gestin y Proceso

    Presupuestario de las Empresas bajo el mbito de FONAFE y sus modificatorias. - Decreto Legislativo N 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Ley N 29873 Ley que modifica el Decreto Legislativo 1017 que aprueba la Ley de

    Contrataciones del Estado. - Decreto Supremo N 184-2008-EF Reglamento de la Ley de Contrataciones del

    Estado, en adelante el Reglamento. - Decreto Supremo N 138-2012-EF Modificacin del Decreto Supremo N 184-2008-EF

    que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Ley N 27626 Ley que regula la actividad de las empresas especiales de servicios y de

    las cooperativas de trabajadores. - Ley N 27696 Ley que prorroga en 45 das el plazo establecido en la Segunda

    Disposicin Transitoria Complementaria y Final de la Ley N 27626 - Decreto Supremo N 003-2002-TR, que establece disposiciones para la aplicacin de las

    Leyes N 27626 y 27696, que regulan la Actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores.

    - Ley N 28879 - Ley de Servicios de Seguridad Privada. - Decreto Supremo N 003-2011-IN - Reglamento de la Ley de Servicios de Seguridad

    Privada. 4 De acuerdo al artculo 40 del Reglamento, el sistema podr ser suma alzada, precios unitarios, tarifas o porcentajes.

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    - Resolucin Ministerial N 1424-2003-IN-1701, que aprueba la Directiva N 001-2003-IN-1704 que establece diseo, caractersticas, tcnicas, distintivos, implementos y uso del uniforme del personal que presta servicios de seguridad privada.

    - Ley N 29783 - Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Decreto Supremo N 005-2012-TR - Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el

    Trabajo. - Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. - Texto nico Ordenado de la Ley 27806, Ley de Transparencia y acceso a la informacin

    pblica aprobado por D.S. N 043-2003-PCM. - Ley N 28015 Ley de Promocin y Formalizacin de la Micro y Pequea Empresa,

    Reglamento y modificatorias. - Decreto Legislativo N 1071 del Arbitraje, Decreto Legislativo que norma el arbitraje. - Normas Tcnicas de Control Interno para el Sector Publico, aprobadas por Resolucin

    de Contralora N 320-2006-CG. - D.S. N 043-2003-PCM Aprueba el Texto nico Ordenado de la Ley 27806 -Ley

    de Transparencia y de acceso a la Informacin Pblica. - Ley N 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgnica

    de la Superintendencia de Banca y Seguros. - Cdigo Civil. - Directiva N 018-2012-del OSCE/CD que aprueba las Bases Estandarizadas de los

    Concursos para el Servicio de Seguridad. - Ley N 28404 Ley de Seguridad de la Aviacin Civil.. - Directiva N 016.2012.OSCE/CD Participacin de proveedores en Consorcio en las

    Contrataciones del Estado. - Resolucin N 139-2012.OSCE/ PRE que modifico la Directiva N 016-2012-OSCE/CD.

    - Resolucin N 374.2012.OSCE/PRE de fecha. 28.11.2012, que incorporo en el numeral 7.4 de la Directiva N 018.2012.0SCE/CD, Disposiciones sobre el contenido de las Bases estandarizadas que las entidades del Estado deben utilizar en los procesos de seleccin que convoquen, Concurso Pblico para la contratacin del Servicio de Seguridad.

    Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

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    CAPTULO II DEL PROCESO DE SELECCIN

    2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN5

    Las Bases no sern Pre publicadas.

    Etapa Fecha, hora y lugarConvocatoria : 22.04.2013 Registro de participantes : Del: 23.04.2013

    Al: 21.05.2013 Formulacin de Consultas : Del: 23.04.2013

    Al: 29.04.2013 Absolucin de Consultas : 03.05.2013 Formulacin de Observaciones a las Bases

    : Del: 06.05.2013 Al: 10.05.2013

    Absolucin de Observaciones a las Bases

    : 14.05.2013

    Integracin de las Bases : 20.05.2013 Presentacin de Propuestas : 30.05.2013 * El acto pblico se realizar en : la Sede de Piura a las 10:00 horas Calificacin y Evaluacin de Propuestas

    : 30 y 31.05.2013

    Otorgamiento de la Buena Pro : 31.05.2013* El acto pblico se realizar en : la Sede de Piura a las 11:00 horas]

    IMPORTANTE: Debe tenerse presente que en un concurso pblico, entre la convocatoria y la etapa

    de presentacin de propuestas debe existir como mnimo veintids (22) das hbiles y, entre la integracin de Bases y la etapa de presentacin de propuestas, debe existir como mnimo cinco (5) das hbiles.

    2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de los participantes es gratuito y se realizar en la Oficina del Administrador de CORPAC S.A., Piura con direccin en la AV. CORPAC N 274 CASTILLA PIURA Aeropuerto Internacional CAP. F.A.P. GUILLERMO CONCHA IBERICO Piura, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas. En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

    5 La informacin del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la informacin consignada en el cronograma de la

    ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin en esta informacin, primar el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

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    IMPORTANTE: Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un ejemplar de las Bases,

    para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin indicada en el numeral 1.9 de la presente bases.

    2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

    Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente

    fundamentadas, en la Oficina del Administrador de CORPAC S.A., Piura con direccin en la AV. CORPAC N 274 CASTILLA PIURA Aeropuerto Internacional CAP. F.A.P. GUILLERMO CONCHA IBERICO Piura, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30 horas , debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial del CONCURSO PBLICO N 0001-2013-SPUR-CORPAC S.A., pudiendo ser remitidas adicionalmente a los siguientes correos electrnicos: [email protected], [email protected], [email protected], solamente correos Corporativos, los correos electrnicos gratuitos como: Hotmail, Yahoo, Terra, gmail entre otros, no ingresan.

    IMPORTANTE:

    Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que el horario de

    atencin no podr ser menor a ocho horas

    2.4. ACTO PBLICO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarn en acto pblico, en la Oficina del Administrador de CORPAC S.A., Piura con direccin en la AV. CORPAC N 274 CASTILLA PIURA Aeropuerto Internacional CAP. F.A.P. GUILLERMO CONCHA IBERICO Piura, en la fecha y hora sealada en el cronograma. El acto pblico se realizar con la participacin de Notario Pblico. Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial del CONCURSO PBLICO N0001-2013-SPUR-CORPAC S.A., conforme al siguiente detalle: SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

    Seores CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL S.A. CORPAC S.A.

    AV. CORPAC N 274 CASTILLA PIURA Aeropuerto Int. CAP. F.A.P. GUILLERMO CONCHA IBERICO Piura Atte.: Comit Especial

    CONCURSO PBLICO N 0001-2013-SPUR-CORPAC S.A.

    Contratacin del Servicio de Vigilancia de Seguridad de la Aviacin Civil para las instalaciones y reas pertenecientes a CORPAC S.A. en la sede de Piura.

    SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

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    SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

    2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

    Se presentar en un original y una (1) copia6. El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos 7 , la siguiente documentacin: Documentacin de presentacin obligatoria: a) Declaracin jurada de datos del postor.

    Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados (Anexo N 1).

    b) Declaracin jurada para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos

    Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin (Anexo N 2). (solo bastara la presentacin de la declaracin Jurada para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos mnimos).

    c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N

    3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

    d) Promesa formal de consorcio, debe contener los requisitos y formalidades

    establecidas en la Directiva N 016.2012.OSCE/CD, modificada por Resolucin N 391.2012.OSCE/PRE en la que se consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo N 4).

    6 De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento, la propuesta tcnica se presentar en original y en el nmero de copias

    requerido en las Bases, el que no podr exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comit Especial. 7 La omisin del ndice no descalifica la propuesta, ya que su presentacin no tiene incidencia en el objeto de la

    convocatoria.

    Seores CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL S.A. CORPAC S.A.

    AV. CORPAC N 274 CASTILLA PIURA Aeropuerto Int. CAP. F.A.P. GUILLERMO CONCHA IBERICO Piura Att.: Comit Especial

    CONCURSO PBLICO N 0001-2013-SPUR-CORPAC S.A.

    Contratacin del Servicio de Vigilancia de Seguridad de la Aviacin Civil para las instalaciones y reas pertenecientes a CORPAC S.A. en la sede de Piura. SOBRE N 2: PROPUESTA ECONMICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL POSTOR]

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    La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.

    e) Declaracin Jurada de Plazo de prestacin del servicio (Anexo N 5). f) Copia simple de la constancia vigente de estar inscrito en el Registro Nacional

    de Empresas y Entidades que realizan actividades de intermediacin laboral RENEEIL. En dicha constancia se debe detallar la actividad de Intermediacin laboral para el servicio de Seguridad en el departamento de Piura, lugar donde se ejecutar el Servicio de vigilancia, de acuerdo con lo establecido en el Capitulo III referido a los Trminos de Referencia y requerimientos Tcnicos Mnimos y conforma a lo dispuesto en la Ley N27626 y Decreto Supremo N003.2002.TR.

    En el caso de consorcios, la referida documentacin ser presentada solamente por aquellos integrantes del consorcio que en la promesa formal de consorcio se hayan obligado a ejecutar conjuntamente el objeto de la convocatoria.

    g) Copia simple de la autorizacin de funcionamiento como empresa de vigilancia privada vigente en el Departamento de Piura expedida por la Direccin General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municin y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) u organismo que haga sus veces.8 En el caso de consorcios, la presente documentacin ser presentada solamente por aquellos integrantes del consorcio que en la promesa formal de consorcio se hayan obligado a ejecutar conjuntamente el objeto de la convocatoria.

    h) Declaracin Jurada en la que cuenta con un Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.9

    i) Declaracin Jurada comprometindose a presentar los documentos que sustenten la propiedad, la posesin, compromiso de compra venta o alquiler de los equipos; o declaraciones juradas que evidencien la disponibilidad de los equipos de comunicacin a utilizarse en la sede de CORPAC S.A. Piura para la firma del contrato.

    j) Copia de la autorizacin vigente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para uso de frecuencia de los equipos de comunicacin para el Departamento de Piura.

    k) Declaracin Jurada del Postor en la cual se compromete en caso de ganar la buena pro a contratar las Plizas indicadas en los Trminos de Referencia.

    8 El postor debe acreditar dicho requisito a travs de la presentacin de la copia simple de la autorizacin de funcionamiento

    como empresa de vigilancia privada en el mbito geogrfico de prestacin del servicio y, cuando corresponda, con la copia simple del documento de ampliacin de autorizacin de funcionamiento.

    9 En caso se determine que adicionalmente a la Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos

    Mnimos, a que se refiere el literal b) de la documentacin de presentacin obligatoria del numeral 2.5.1 de la seccin especfica de las Bases, deba presentarse algn otro documento para acreditar los requerimientos tcnicos mnimos, a continuacin deber consignarse tal exigencia, teniendo en consideracin los requisitos establecidos por los reglamentos tcnicos, normas metrolgicas y/o sanitarias nacionales, reglamentos sectoriales y otros establecidos en los Trminos de Referencia conforme a lo previsto en el Captulo III de la seccin especfica de las Bases.

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    IMPORTANTE: La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin

    de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento. Documentacin de presentacin facultativa: a.- Factor Experiencia del Postor:

    Criterio: Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un periodo no mayor a cinco (5) aos el valor referencial de la contratacin, hasta por un monto mximo acumulado equivalente a cinco (5) veces el valor referencial.

    Acreditacin: La experiencia se acreditar mediante copia simple de: contratos u rdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente, el postor tambin podr presentar voucher de depsito bancario, reporte de estado de cuenta o que la cancelacin conste en el mismo documento; correspondientes a un mximo de diez (10) servicios.

    En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestacin de un solo servicio, se deber acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumir que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerar, para la evaluacin y calificacin, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor.

    En el caso de servicios de ejecucin peridica, slo se considerar como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentacin de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

    En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho contrato.

    Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participacin de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

    Cuando en los contratos, rdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripcin del contrato, de emisin de la orden de servicio o de cancelacin del comprobante de pago, segn corresponda.

    Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor.

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    b.- Cumplimiento del Servicio: Criterio: Se evaluar el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los servicios presentados para acreditar la experiencia del postor, en funcin al nmero de constancias de prestacin presentadas.

    Acreditacin: Mediante la presentacin de un mximo de diez (10) constancias de prestacin o cualquier otro documento que, independientemente de su denominacin, indique, como mnimo, lo siguiente:

    La identificacin del contrato u orden de servicio, indicando como mnimo su objeto.

    El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecucin contractual.

    Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecucin de dicho contrato.

    c.- Personal Propuesto para la prestacin del Servicio: Criterio: Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto en vigilancia de seguridad. Se considerarn como trabajos o prestaciones similares a los servicios de seguridad Ciudadana, De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cmputo del tiempo de dicha experiencia slo se considerar una vez el periodo traslapado

    Acreditacin: Mediante la presentacin de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados.

    En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, tambin podr utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto para la prestacin del servicio, de ser el caso. Se evaluara solo al personal propuesto titular y no a los descanseros.

    d.- Record de Sanciones impuestas por DISCAMEC (u Organismo que haga sus veces)

    Criterio: Se evaluar el cumplimiento del postor respecto de la normativa que regula el servicio de vigilancia privada, en funcin a los antecedentes que registra el postor en la DICSCAMEC u organismo que haga sus veces, sin tener en cuenta los tipos de sancin que impone DICSCAMEC u organismo que haga sus veces.

    Acreditacin:

    Se acreditar mediante constancia de Infracciones a las Normas del Reglamento de Servicios de Seguridad privada emitido por DICSCAMEC u organismo que haga sus veces, dicha constancia para ser vlida debe tener una antigedad no mayor a 30 das calendarios de expedida a la fecha de presentacin de propuestas y se calificar los ltimos 3 aos a la fecha de presentacin de propuestas.

    IMPORTANTE:

    En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta

    tcnica, la propuesta ser descalificada.

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    2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA10 El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria: Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial establecido en las Bases (Anexo N 7). El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. IMPORTANTE: La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender

    de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento.

    En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

    2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

    Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

    PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i Se aplicar las siguientes ponderaciones: c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica. 0.70 c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica. 0.30 Donde: c1 + c2 = 1.00

    2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deber presentar en la oficina del administrador de CORPAC S.A. Piura con direccin en la AV. CORPAC N 274 CASTILLA PIURA Aeropuerto Internacional CAP. F.A.P. GUILLERMO CONCHA IBERICO Piura, adems de los documentos indicados en la pgina 4 y 5 de los Trminos de Referencia (en caso se duplique considerar uno de ellos) con los siguientes documentos obligatorios para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Carta Fianza como Garanta de fiel cumplimiento del contrato. c) Carta Fianza como Garanta por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.

    10 De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta econmica solo se presentar en original.

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    e) Cdigo de cuenta interbancario (CCI). f) Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los

    documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.

    g) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato. h) Copia simple del DNI del representante Legal i) Copia simple de la vigencia del poder del representante legal de la empresa, la cual

    deber tener una antigedad no mayor a 30 das de la fecha de suscripcin del contrato.

    j) Copia simple de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizadas.

    k) Copia simple del RUC de la empresa. l) Estructura de Costos mensual y anual sealando los rubros y montos de acuerdo a los

    derechos y beneficios laborales que el Estado Peruano ha establecido por cada puesto incluyendo descanseros de acuerdo al Anexo N 08.

    m) Pliza de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo de los trabajadores propuestos asignados a CORPAC S.A. por toda la vigencia del contrato. Asimismo, deber cumplir con anexar copia del comprobante de pago que acredite haber cancelado la prima de dicha pliza, as como la lista del personal cubierto por la misma, emitida por la compaa aseguradora.

    n) Pliza de Deshonestidad Comprensiva a favor de CORPAC S.A., por el importe de $ 20,000.00 (Veinte Mil y 00/100 Dlares Americanos) con una vigencia no menor a treinta (30) das posteriores a la fecha del vencimiento del contrato. Dicha pliza, deber indicar que cubrir los actos de Apropiacin Ilcita cometidos por el personal que preste el servicio. Asimismo, se deber cumplir con anexar copia del comprobante de pago que acredite haber cancelado la prima de dicha Pliza, as como la lista del personal cubierto por la misma, emitida por la Compaa aseguradora.

    o) Pliza de Responsabilidad Civil Extracontractual frente a terceros, por el importe de $ 20,000.00 (Veinte Mil y 00/100 Dlares Americanos) con una vigencia no menor a treinta (30) das posteriores a la fecha de vencimiento del contrato. Dicha Pliza deber considerar a CORPAC S.A. como tercero e indicar que se extiende al contrato materia del presente proceso. Asimismo, se deber cumplir con anexar copia del comprobante de pago que acredite haber cancelado la prima de dicha pliza, as como lista del personal cubierto por la misma, emitida por la compaa aseguradora.

    p) Pliza de Seguro de Vida (no ser admitido el seguro Mas Vida de ESSALUD). q) Pliza de Accidentes Personales para toda la vigencia del contrato y para todo el

    personal asignados a CORPAC sede de Piura. r) Copia de los Trminos del contrato del personal destacado para el cumplimiento

    materia del presente instrumento, visado por el representante legal de la empresa que se adjudique la Buena Pro (especificando nombre y apellidos del personal, identificacin, cargo, remuneracin, horario, etc.), que formar parte del contrato que se suscriba

    s) Documentos que sustenten la propiedad, la posesin, compromiso de compra venta o alquiler de los equipos; o declaraciones juradas que evidencien la disponibilidad de los equipos de comunicacin a utilizarse en la Sede de CORPAC S.A. sede de Piura.

    t) Relacin del personal que prestar el servicio, consignando sus nombres y apellidos, N de DNI, cargo, remuneracin, periodo del destaque, nmero de Carn de Identificacin vigente emitido por DICSCAMEC u rgano que haga sus veces indicando la fecha de caducidad, y de ser el caso, nmero de Licencia de posesin y uso de armas de fuego vigente emitido por DICSCAMEC u rgano que haga de sus veces indicando la fecha de caducidad.

    u) Copia simple del Carn de Identidad vigente emitido por DICSCAMEC u rgano que haga sus veces, del personal que prestar el servicio.

    v) Copia simple de la Licencia de posesin y uso de armas de fuego vigente emitido por DICSCAMEC u rgano que haga sus veces del personal que prestar el servicio, de corresponder11

    w) Copia del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. 11 Este requisito podr solicitarse en caso de que el servicio de vigilancia sea brindado con armas de fuego.

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    x) Copia simple del Reglamento Interno de Trabajo 12 , aprobado por la Autoridad Administrativa de Trabajo y visado por la DICSCAMEC u rgano que haga sus veces.

    IMPORTANTE: Todas las Plizas solicitadas deben ser renovadas con la debida anticipacin a su

    fecha de vencimiento. De producirse perdidas, daos o perjuicios sobre los bienes de CORPAC Piura, estos

    sern atribuibles al contratista debido al incumplimiento de sus obligaciones establecidas en el contrato o por el actuar de su personal sin la diligencia requerida dentro del contrato, caso en el cual se proceder a la reposicin o reparacin del los bienes, sin perjuicio de la denuncia policial que CORPAC sede de Piura. El procedimiento se efectuaran de acuerdo a lo establecido en los Trminos de Referencia (numeral 7).

    En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio.

    Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, en los casos de prestacin de servicios de ejecucin peridica, alternativamente, las micro y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Para estos efectos, la retencin de dicho monto se efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalizacin del mismo.

    IMPORTANTE: La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en

    el presente numeral para la suscripcin del contrato.

    2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citacin alguna por parte de CORPAC S.A., deber presentar toda la documentacin prevista para la suscripcin del contrato dentro del plazo de siete (7) das hbiles, contados a partir del da siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante CORPAC S.A. para suscribir el contrato. La citada documentacin deber ser presentada en la Oficina del Administrador de CORPAC S.A., Piura con direccin en la AV. CORPAC N 274 CASTILLA PIURA Aeropuerto Internacional CAP. F.A.P. GUILLERMO CONCHA IBERICO Piura.

    2.9. FORMA DE PAGO

    CORPAC S.A. deber realizar el pago de la contraprestacin pactada a favor del contratista en pagos de forma mensual. De acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, CORPAC S.A. deber contar con la siguiente documentacin:

    - Recepcin y conformidad del Administrador de Aeropuerto CORPAC S.A. sede Piura.

    12 Dicho Reglamento debe estar adecuado a las disposiciones de la Resolucin Ministerial N 376-2008-TR.

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    - Informe del funcionario responsable, en este caso el Administrador de Aeropuerto CORPAC S.A. sede Piura emitiendo su conformidad de la prestacin efectuada.

    - Comprobante de pago. Pago del primer mes de servicio Para el pago del primer mes de servicio, el CONTRATISTA deber presentar los siguientes documentos:

    - Copia simple del documento que acredite la presentacin del contrato suscrito con CORPAC S.A. ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.

    - Copia simple de los contratos suscritos con los trabajadores destacados a CORPAC S.A., as como del documento que acredite su presentacin ante la Autoridad Administrativa de Trabajo.13

    - Copia simple del documento que acredite la presentacin del contrato suscrito con CORPAC S.A. ante la Direccin General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municin y Explosivos de Uso Civil DICSCAMEC u rgano que haga sus veces..

    Pagos a partir del segundo mes de servicio A fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte de EL CONTRATISTA, en mrito a lo establecido en el D.S. N 003-2002-TR, a partir del segundo mes de servicio, el contratista deber presentar la siguiente documentacin para el trmite de pago:

    - Copia de las boletas de pago del mes anterior, de todos los trabajadores destacados a CORPAC S.A.

    - Copia del PDT Planilla Electrnica cancelado del mes anterior. - Copia de la planilla de aportes previsionales cancelado del mes anterior. - Pago de CTS y gratificaciones, cuando corresponda. - Copia de la liquidacin de previsionales y laborales por tiempo de servicios

    debidamente firmados por el o por los servidores que por alguna circunstancia hayan sido liquidados por el contratista en el mes correspondiente al pago solicitado.

    Pago del ltimo mes de servicio Para el pago del ltimo mes de servicio, se requerir al CONTRATISTA copia de la documentacin que acredite el depsito de las remuneraciones y de todos los derechos previsionales y laborales de los trabajadores destacados a CORPAC S.A., tanto del mes anterior como del mes en que se realiza el ltimo pago.

    2.10. PLAZO PARA EL PAGO CORPAC S.A. debe efectuar el pago dentro de los quince (15) das calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.

    2.11. REAJUSTE DE LOS PAGOS Cuando el Supremo Gobierno incremente la remuneracin mnima, este incremento solamente afectar a todas las normas laborales vigentes, ms no a los gastos administrativos, operativos utilidades y otros.

    13 En caso que durante la ejecucin del contrato se produzca el reemplazo del personal destacado, el CONTRATISTA deber

    remitir a la ENTIDAD dicha documentacin, junto con la documentacin que presente para el pago del mes que corresponda.

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    CAPTULO III TRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

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    CAPTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIN TCNICA

    EVALUACIN TCNICA (Puntaje Mximo: 100 Puntos) Es de exclusiva responsabilidad del Comit Especial que los factores permitan la seleccin de la mejor oferta en relacin con la necesidad que se requiere satisfacer.

    De acuerdo con el artculo 45 del Reglamento, las Bases deben consignar el siguiente factor de evaluacin:

    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA PARA SU ASIGNACIN A. EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD

    M = Monto facturado acumulado por el postor por la prestacin de servicios correspondientes a la actividad objeto del proceso M >= 5 veces el valor referencial:

    50 puntos M >= 4 veces el valor referencial y < 5 veces el valor referencial:

    45 puntos M >= 3 veces el valor referencial y < 4 veces el valor referencial:

    40 puntos M >= 2 veces el valor referencial y < 3 veces el valor referencial:

    35 puntos14

    Criterio: Se evaluar considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso, durante un periodo no mayor a cinco (5) aos el valor referencial de la contratacin, hasta por un monto mximo acumulado equivalente a cinco (5) veces el valor referencial. Acreditacin: La experiencia se acreditar mediante copia simple de: contratos u rdenes de servicio, y su respectiva conformidad por la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se acredite documental y fehacientemente, el postor tambin podr presentar voucher de depsito bancario, reporte de estado de cuenta o que la cancelacin conste en el mismo documento; correspondientes a un mximo de diez (10) servicios. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar la prestacin de un solo servicio, se deber acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se asumir que los comprobantes acreditan servicios independientes, en cuyo caso solo se considerar, para la evaluacin y calificacin, los diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor. En el caso de servicios de ejecucin peridica, slo se considerar como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentacin de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho contrato.

    14 El Comit Especial define los rangos de evaluacin e indica cules son los parmetros en cada rango. Asimismo, podr

    cambiar la metodologa para la asignacin de puntaje.

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    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA PARA SU ASIGNACIN Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participacin de la promesa formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, rdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripcin del contrato, de emisin de la orden de servicio o de cancelacin del comprobante de pago, segn corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor.

    B. CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

    10 puntos Se debe utilizar la siguiente frmula de evaluacin15:

    PCP= PF x CBC NC

    Donde: PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PF = Puntaje mximo al postor. NC = Nmero de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor. CBC = Nmero de constancias de prestacin vlidas.

    Criterio: Se evaluar el nivel de cumplimiento del postor, respecto de los servicios presentados para acreditar la experiencia del postor, en funcin al nmero de constancias de prestacin presentadas. Acreditacin: Mediante la presentacin de un mximo de diez (10) constancias de prestacin o cualquier otro documento que, independientemente de su denominacin, indique, como mnimo, lo siguiente: 1. La identificacin del contrato u orden de servicio,

    indicando como mnimo su objeto. 2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al

    que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecucin contractual.

    3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecucin de dicho contrato.

    C. PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIN DEL SERVICIO

    Ms de 3 aos: 30 puntos Ms de 2 hasta 3 aos: 24 puntos Ms de 1 hasta 2 aos: 20 puntos16

    Criterio: Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto en vigilancia de seguridad. Se considerarn como trabajos o prestaciones similares a los servicios de seguridad Ciudadana,

    15 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento N 087-2010/DTN en www.osce.gob.pe 16 El Comit Especial define los rangos de evaluacin e indica cules son los parmetros en cada rango.

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    CP N 0001-2013-SPUR CONTRATACION DEL SERVICIO DE VIGILANCIA DE SEGURIDAD DE LA AVIACION CIVIL PARA LAS INSTALACIONES Y AREAS PERTENECIENTES A CORPAC S.A. EN LA SEDE DE PIURA

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    FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA PARA SU ASIGNACIN De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cmputo del tiempo de dicha experiencia slo se considerar una vez el periodo traslapado. Acreditacin: Mediante la presentacin de copia simple de contratos de trabajo, constancias o certificados. En el supuesto que el postor fuera una persona natural, la experiencia que acredite como tal, tambin podr utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto