Costumbres Certificadas Medellin, Bogota y Bkilla

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MEDELLIN 1988 Aplicacin de las Reglas y Usos relativos a los crditos documentarios recopilados por la Cmara de Comercio Internacional de Pars. Es costumbre en Medelln que las entidades bancarias sometan sus operaciones de crdito documentario a las Reglas y Usos Uniformes relativos a crditos documentarios contenidos en la publicacin de la Cmara de Comercio Internacional de Pars # 400 de 1984. 1991 Porcentaje de la comisin por permuta de inmuebles urbanos. Es costumbre en Medelln que en la permuta de bienes inmuebles urbanos se cobre a cada una de las partes una comisin del 3% sobre el valor del inmueble que le perteneca y fue objeto de permuta. 1993 Perfeccionamiento de las operaciones interbancarias a travs de los sistemas tlex y swift. Es costumbre en Medelln que las operaciones interbancarias a travs del sistema tlex no se entiendan perfeccionadas hasta tanto se d una verificacin posterior del registro realizado en forma automtica. Es costumbre en Medelln que las operaciones interbancarias ejecutadas a travs del sistema swift se entiendan perfeccionadas con el solo registro en forma automtica de la operacin. 1997 Derecho a la suscripcin preferencial de nuevas acciones. Es costumbre en Medelln entender que el titular del derecho a la suscripcin preferencial de nuevas acciones, cuando uno de los accionistas de la compaa negocia sus acciones en la Bolsa de Valores de Medelln entre la fecha de aprobacin de la nueva emisin por parte de la Junta Directiva y la fecha en que se hace pblica la oferta de suscripcin de nuevas acciones a los accionistas, es el comprador de dichas acciones. En caso de que el accionista haya vendido parcialmente sus acciones, el derecho a la suscripcin preferencial corresponder tanto al vendedor como al comprador en proporcin a sus respectivas acciones. 1998 Persona que asume los diferentes costos de transporte, seguro y nacionalizacin, en un contrato de arrendamiento financiero o leasing. Es costumbre en Medelln que el arrendatario asuma los costos de transporte, seguro y nacionalizacin de los bienes dados en arrendamiento financiero o leasing.

2006 Si se hace un pago antes de transcurrir 30 das se entiende hecho de contado. En la ciudad de Medelln es costumbre que los pagos realizados despus de contrada una obligacin mercantil se entiendan como pagos hechos de contado siempre y cuando estos pagos se realicen antes de transcurridos treinta das. BOGOTA SECTOR INMOBILIARIO A.1. Comisin por intermediacin en la compraventa de bienes inmuebles. "En Bogot D.C. existe la costumbre mercantil de que en el contrato de comisin para la celebracin de la compraventa de bien inmueble, el vendedor del bien inmueble pague al comisionista una comisin cuando por la intermediacin del comisionista se ha logrado celebrar un contrato de compraventa de bien inmueble. La comisin se determina as: (i) si el bien inmueble vendido est en el rea urbana de Bogot D.C. la comisin equivale al tres por ciento (3%) del precio de venta del inmueble; (ii) si el bien inmueble vendido est fuera del rea urbana de Bogot D.C., pero dentro de los municipios que integran la jurisdiccin de la Cmara de Comercio de Bogot, la comisin equivale al cinco por ciento (5%) del precio de venta del inmueble." A.2. Comisin por intermediacin en el arrendamiento de locales comerciales cuando se entrega en administracin el inmueble. "En Bogot, D.C., existe la costumbre mercantil en el contrato de corretaje para la celebracin del arrendamiento de locales comerciales, que el propietario o arrendador del bien inmueble pague al corredor una remuneracin equivalente al ocho por ciento (8%) del canon mensual de arriendo cuando por la intermediacin del corredor se ha logrado celebrar un contrato de arrendamiento y el inmueble es entregado en administracin al corredor." A.3. Pago de los cnones de arrendamiento de locales comerciales. "En Bogot, D.C., existe costumbre mercantil entre los arrendatarios de locales comerciales de pagar los cnones de arrendamiento por mensualidades anticipadas durante los cinco (5) primeros das comunes de cada mes." A.4. Comisin por intermediacin en el arrendamiento de locales comerciales cuando el inmueble NO se entrega en administracin. "En Bogot, D.C., existe costumbre mercantil en el contrato de corretaje para el arriendo de locales comerciales, que el propietario o arrendador del bien inmueble pague por una vez al corredor una remuneracin equivalente a un (1) canon de arrendamiento mensual, cuando por la intermediacin del corredor se ha logrado dar el inmueble en arriendo y ste no es entregado en administracin al corredor." A.5. Quin paga los gastos notariales en la compraventa de inmuebles? "En Bogot, D.C., en los contratos de compraventa de inmuebles, es costumbre mercantil que el pago de los gastos notariales correspondientes a la escritura pblica de compraventa se asuma por el comprador y vendedor por iguales partes."

A.6. Quin paga los gastos de registro en la compraventa de inmuebles? "En Bogot, D.C., en los contratos de compraventa de inmuebles, es costumbre mercantil que el pago del impuesto de registro y del registro de la escritura pblica de compraventa en la Oficina de Registro de Instrumentos Pblicos sea asumido por el COMPRADOR del respectivo inmueble." A.7. Pago a prorrata del impuesto predial unificado. "En Bogot D.C., es costumbre mercantil que en los contratos de compraventa de inmuebles, el pago del impuesto predial unificado causado en el ao en que se realiza el contrato, se asuma proporcionalmente por el vendedor y el comprador" A.8. Entrega del inmueble a paz y salvo en la compraventa. "En Bogot D.C., es costumbre mercantil que en los contratos de compraventa de inmuebles el vendedor asuma la obligacin de entregar al comprador el bien a paz y salvo por concepto de impuesto predial, servicios pblicos domiciliarios y cuotas de administracin. SECTOR COMERCIO B.1. La hora de corte del da en los hoteles en Bogot o check out. "En Bogot D.C., existe costumbre mercantil entre los hoteles de que la hora en que se realiza el corte del da o check out es las 3:00 p.m." B.2. Trmino del preaviso para la terminacin del contrato de suministro. "En Bogot D.C., es costumbre mercantil que para dar por terminado el contrato de suministro de mercancas al detal de bienes distintos a alimentos, los almacenes de cadena y/o supermercados den aviso de dicha terminacin a los distribuidores mayoristas de mercancas por telfono y con una antelacin de por lo menos una (1) semana." B.3. Determinacin de la cuanta en el contrato de suministro. "En Bogot D.C., existe costumbre mercantil en el suministro de mercancas al detal de bienes distintos a alimentos, comercializados entre distribuidores mayoristas y almacenes de cadena y/o supermercados, de fijar la cuanta del contrato en forma mensual, dependiendo de la rotacin de las mercancas e inventarios cuando las partes no hubieren fijado dicha cuanta y periodicidad." B.4. Las empresas de artes grficas e informtica suelen indicar que el valor del IVA est incluido dentro del precio cotizado. "En Bogot D.C, es costumbre mercantil que las empresas de artes grficas y en las empresas de informtica, en las cotizaciones o presupuestos de bienes y/o servicios que presentan a sus clientes de indicar que el valor del IVA est incluido dentro del precio cotizado, de discriminar el valor del IVA cuando lo incluyen en el precio cotizado y de indicar que el bien y/o servicio no est gravado con el IVA cuando sea el caso." B.5. Las empresas de consultora y asesora suelen indicar que el valor del IVA est incluido dentro del precio cotizado. "En Bogot D.C, es costumbre mercantil que las empresas de consultora y asesora en las cotizaciones o presupuestos de bienes y/o servicios que presentan a sus clientes de indiquen que el valor del IVA est incluido dentro del precio cotizado, de discriminar el valor del IVA cuando lo incluyen en el precio cotizado y de indicar que el bien y/o servicio no est gravado con el IVA cuando sea el caso."

B.6. Uso del signo o su abreviatura ?Reg? como marca registrada en el sector farmacutico. "En Bogot, D.C., en el sector farmacutico, es costumbre mercantil utilizar el smbolo o la sigla"Reg", junto al nombre de un producto, o en su etiqueta, empaque, envase o envoltura, con la finalidad de enterar al pblico que la marca de dicho producto se encuentra registrada." B.7. Cambio de medicamentos prximos a expirar. "En Bogot, D.C., es costumbre mercantil que en los contratos de suministro y/o compraventa de medicamentos los proveedores o distribuidores mayoristas de productos farmacuticos cambien sin ningn recargo a los pequeos distribuidores (drogueras, farmacias, depsitos de drogas, etc), los medicamentos que se encuentren prximos a vencer." B.8. garantas del husped en el sector hotelero ?En Bogot, D.C., es costumbre mercantil que los hoteles exijan al husped, al momento del registro en el hotel, un voucher o comprobante de tarjeta de crdito para asegurar el pago de los consumos o servicios.? B.9. Cancelacin de la reserva hotelera ?En Bogot, D.C., es costumbre mercantil que los hoteles permitan la cancelacin de la reserva hotelera sin ningn cobro para el cliente cuando sta se realiza por lo menos con 24 horas de anticipacin a la fecha sealada para el ingreso o check in.? B.10. Derechos de los comerciantes que explotan zonas comunes de centros comerciales. ?En Bogot D.C., es costumbre mercantil que en la explotacin de zonas comunes en los centros comerciales, el comerciante a quien se conceda su uso tenga derecho a la utilizacin de los pasillos de trnsito, a las zonas de cargue y a los baos pblicos.? B.11. Obligaciones de los comerciantes que explotan zonas comunes de centros comerciales. ?En Bogot D.C., es costumbre mercantil que en la explotacin de zonas comunes en los centros comerciales, el comerciante a quien se conceda su uso quede sometido al cumplimiento de las obligaciones contenidas en el reglamento de propiedad horizontal y en los manuales internos del centro comercial.? B.12. Qu comprende la contraprestacin econmica en la explotacin de zonas comunes de centros comerciales? ?En Bogot D.C., es costumbre mercantil que en la explotacin de zonas comunes en los centros comerciales, cuando se conceda su uso al comerciante, en la contraprestacin econmica queden comprendidos los servicios pblicos.? B.13. forma de determinar la contraprestacin en la explotacin de zonas comunes en centros comerciales. En Bogot D.C., es costumbre mercantil que en la explotacin de zonas comunes en centros comerciales, cuando se concede el uso de un espacio al comerciante, la contraprestacin econmica se determine por metro cuadrado.

BARRANQUILLA Costumbres certificadas La Cmara de Comercio de Barranquilla, para los fines previstos en el numeral 2o. del artculo 190 del Cdigo de Procedimiento Civil y con base en la facultad que le confiere el numeral 5o. del artculo 86 del Cdigo de Comercio, certifica las siguientes Costumbres Mercantiles: 1. En el departamento del Atlntico es costumbre mercantil que un agente inmobiliario cobre al arrendatario del inmueble una suma especial por concepto de Gastos de Adjudicacin del contrato de arrendamiento, tales como papelera, asesora legal, elaboracin del mismo y otros conexos, equivalente al 60% del canon de un mes. (Aprobada en marzo 2 de 2006). 2. En el Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla es costumbre mercantil que cuando un agente inmobiliario celebre por cuenta del propietario de un inmueble un contrato de arrendamiento, cobre una comisin mensual equivalente al 10% de canon por la administracin del contrato de arrendamiento. (Aprobada en marzo 2 de 2006). 3. Dentro de la Jurisdiccin de la Cmara de Comercio de Barranquilla, las agencias martimas tienen derecho a una comisin por conseguir carga para ser transportada por un buque. (Aprobada Resolucin 8 de agosto 17 de 2007). 4. Dentro de la Jurisdiccin de la Cmara de Comercio de Barranquilla, se entiende que el fletador, incurre en demora, una vez incumple el tiempo estipulado para las operaciones de cargue y descargue; y que desde ese momento todos los trminos se entienden "en demora", sin tener en cuenta la fuerza mayor y el caso fortuito que pueda presentarse. (Aprobada Resolucin 8 de agosto 17 de 2007). 5. En la jurisdiccin de la Cmara de Comercio de Barranquilla, es costumbre mercantil que los capitanes de buque entreguen una carta de alistamiento a la agencia martima, para que sta notifique formalmente al fletador que la nave ha atracado o fondeado y que se encuentra lista para el inicio de operaciones. (Aprobada Resolucin 8 de agosto 17 de 2007). 6. Dentro de la jurisdiccin de la Cmara de Comercio de Barranquilla, las agencias martimas designan como tiempo de anteplancha el lapso existente entre la llegada o "puesta a disposicin del buque" y el comienzo de las actividades de cargue y/o descargue; adems de establecer que este tiempo tiene por objeto permitir que el fletador pueda preparar los hombres y utillajes portuarios a efectos de poder realizar las operaciones de carga / descarga. (Aprobada Resolucin 8 de agosto 17 de 2007). 7. En la jurisdiccin de la Cmara de Comercio de Barranquilla, es costumbre que los agentes martimos consideren que el tiempo de plancha comienza en las horas de la tarde si el aviso de disponibilidad o carta de alistamiento se da antes de las doce horas meridiano y en las horas de la maana del prximo da si el aviso se da despus de las doce horas meridiano. La hora exacta est determinada en el contrato correspondiente. (Aprobada Resolucin 8 de agosto 17 de 2007). 8. Dentro de la jurisdiccin de la Cmara de Comercio de Barranquilla el fletador tiene derecho a que se le conceda una retribucin denominada pronto despacho o premio, liquidada con base en la mitad del valor pactado para las demoras, cuando las operaciones de cargue y descargue se realizan en menor tiempo que el estipulado contractualmente. (Aprobada Resolucin 8 de agosto 17 de 2007).

9. En la jurisdiccin de la Cmara de Comercio de Barranquilla, es costumbre que la jornada de operaciones del Puerto de Barranquilla es de veinticuatro (24) horas, de lunes a viernes, incluyendo domingos y festivos. (Aprobada Resolucin 8 de agosto 17 de 2007). 10. Dentro de la jurisdiccin de la Cmara de Comercio de Barranquilla, es costumbre que la solemnidad de la arriada de la Bandera de Sanidad o Yellow Flag, previa autorizacin de la autoridad sanitaria del puerto, es un acto necesario para el abordaje, ingreso o salida de personas y bienes . (Aprobada Resolucin 8 de agosto 17 de 2007). 11. Dentro de la jurisdiccin de la Cmara de Comercio de Barranquilla, los operadores portuarios cobran un anticipo del cincuenta por ciento (50%), para los clientes nuevos, irregulares y buques tramp. (Aprobada Resolucin 8 de agosto 17 de 2007). 12. En Barranquilla, cuando un agente o corredor inmobiliario sirve de intermediario para la celebracin de un contrato de compraventa de inmueble urbano cobra una comisin al propietario del inmueble, consistente en un porcentaje del 3% sobre el precio de venta. (Aprobada Resolucin 9 de enero 26 de 2010). 13. En la jurisdiccin de la Cmara de Comercio de Barranquilla, se entiende que la expresin contragaranta utilizada en las operaciones de emisin de carta de crdito, hace referencia a la entrega por parte del tomador (comprador - importador) al emisor (banco) de un pagar en blanco con carta de instrucciones, para que sea usado como ttulo ejecutivo para el cobro en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por el tomador. (Aprobada Resolucin 9 de enero 26 de 2010).