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C ORTE S UPERIOR DE J USTICIA DEL C USCO

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIADEL CUSCO

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La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 4 de setiembre del 2018

AVISOS JUDICIALES

TERCER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHO-RRO Y CREDITO DE AREQUIPA SAC contra MO-DESTA PACCO CONDORI y DELFIN CHIPA BAYO-NA sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 01224-2016-0-1001-JR-CI-01, el Primer Juzgado Civil de Cusco - Sede Central, a cargo de la Señora Juez Dra. Sandra Contreras Campana, con interven-ción de la Especialista Legal Dra. Isabel Huamán Sequeiros, ha dispuesto que el suscrito Martiliero Público con Matrícula Nro. 209, saque a REMATE PUBLICO en TERCERA CONVOCATORIA, el bien inmueble, siguiente:LOTE 04 DE LA MZ. B DEL CENTRO POBLADO DE PISAC, DISTRITO DE PISAC, PROVINCIA CALCA, DEPARTAMENTO CUSCO; CUYA ÁREA (124.64 M2) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS CO-RRE INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° P31013453 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO, ZONA REGIS-TRAL N°X- SEDE CUSCO.VALOR DE TASACIÓN (Convencional); US$ 44,571.00 Dólares Americanos, BASE DE REMATE: US$ 21,468.37 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación, menos dos veces el quince por ciento. AFECTACIONES: GRAVAMENES Y CARGAS: CARGA TECNICA en el Asiento 00001, predio ubicado en Centro Histórico, zona monumen-tal restringida. HIPOTECA: en el Asiento 00003, has-ta por la suma de US$ 44,571.00, Inscrita a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SAC. ANTICRESIS: Inscrita en el Asiento 00004, por la suma de S/ 50,000.00, por el plazo de cinco años. EMBARGO: en el Asiento 00005, hasta por la suma de S/ 14,618.39, a favor de MI BANCO. Todas en la Partida Electrónica N° P31013453 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Cusco.DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: lunes 29 octu-bre de 2018, a horas 08h15 am. Que se verificará en la Oficina de Administración del Módulo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cusco, sito en Av. El Sol 239, Cusco. Remate a viva voz, que será efec-tuado por el Martiliero Público Dr. Asdel Vega Tirado, Cell: 999098701 / correo electrónico: [email protected]. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación, es decir no menos de la suma de US$ 20,711.16, en efectivo o cheque de gerencia a su nombre; deben presentar original y copia del Arancel Judicial (tasa judicial) por derecho de participación a remate, indicando número de expediente y generales de ley (original y copia del arancel y DNI debidamente firmados). Los Honora-rios del Martiliero Público son por cuenta del adjudi-catario y están afectos al IGV, de Conformidad con el Artículo 18° del D.S. N° 008-2005-JUS y la Ley Nro. 27728 del Martiliero Público.

Cusco, 9 de agosto de 2018.

ASDEL VEGA TIRADOMARTILLERO PÚBLICO

ISABEL CRISTINA HUAMÁN SEQUEIROSESPECIALISTA LEGAL

P. 6924990 F. (24, 27, 28, 29 AGO 03, 04 SET)

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA

Exp. N° 00004-2016-0-1007-JM-CI-02.-

Por orden del JUZGADO MIXTO DE CANCHIS- SI-

CUANI, a cargo de la Juez Dra. NELLY C. YABAR VILLAGARCIA, Especialista Legal Dr. Walter Pardo Campos, en los seguidos por CMAC AREQUIPA con AURELIO TAPARA HUAYNILLO, sobre EJECU-CION DE GARANTIAS, el día 2 de octubre del 2018, a horas 12.00 m., en el local del Juzgado, ubicado en la Plaza San Martín, Tablada De Felipe S/N, del Distrito de Sicuani, Provincia de Canchis, y Departa-mento del Cusco, REMATARE el inmueble, ubicado en el Jr. Eusebio Delgado N° 232 y Jr. Pasaje Santa Filomena N° 102 del Distrito de Sicuani, Provincia de Canchis, y Departamento de Cusco, inscrito en la Partida Electrónica N° 11012143, del Registro de Propiedad Inmueble, de la ZONA REGISTRAL N° X- SEDE CUSCO.-TASACION: U$S 9,432.00 (Nue-ve mil cuatrocientos treinta y dos y 00/100 Dólares Americanos).PRECIO BASE: US$ 6,288.00 (Seis mil doscientos ochenta y 00/100 Dólares Americanos) (dos tercios del valor de tasación).AFECTACIONES:HIPOTECA a favor de CMAC AREQUIPA, hasta por U$S 9,432.00, inscrito en el asiento 002, del Rubro D0000L-Embargo a favor de CREDINKA S.A., hasta por S/ 12,500.00, inscrito en el asiento 005, del Rubro D00005.-Los postores oblarán el diez por ciento del valor de tasación y presentar su arancel judicial (con copia del arancel y del DNI) suscribiendo dicho arancel, con número de expediente y generales de ley. Los honorarios del martiliero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV.-

SAUL RODOLFO MANTILLA SANEZ MARTILIERO PÚBLICO

VIOLETA L. HUAMANI BENITESSECRETARIA JUDICIAL

P. 6924891 F. (24, 27, 28, 29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO JUDICIAL

ANTE EL 5o JUZGADO CIVIL-SEDE CENTRAL en el expediente 01519-2018-0-1001-JR-CI-05, seguido por AMANDA BLANCO VDA DE CONTO EN CONTRA DE LA SUCESION DE LUCAS CONTO QQUECHO Y SEGUNDINA FLORES DE CONTO, se ha dispuesto:AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDARESOLUCIÓN N° 02Cusco, 15 de agosto de 2018.-AUTOS Y VISTO: El escrito que contiene la deman-da con los anexos que adjunta, así como el escrito de subsanación a las observaciones realizadas; y CONSIDERANDO: Por estos fundamentos expues-tos; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por AMANDA BLANCO NUÑEZ VIUDA DE CONTO sobre TÍTULO SUPLETORIO contra la SUCESIÓN DE LUCAS CONTO QQUECHO Y SE-GUNDINA FLORES DE CONTO en la via del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de diez días, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Notifíque-se a los colindantes siguientes en calidad de citados: Antonieta Callo Tisoc, Hilaria Martínez Gonzales y la Municipalidad Distrital de San Jerónimo. Conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un extracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, en el diario de Mayor Circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco.- Asimismo notifíquese a los probables herederos legales del

demandado Lucas Conto Qquecho y la demandada Segundina Flores de Contó mediante edictos confor-me lo dispone el artículo 435 del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. H.S.-

Cusco, 22 de agosto del 2018.

RAFAEL CASTILLO CANALESPECIALISTA LEGAL

P. 6925866 F. (27 AGO, 04, 10 SET)

EDICTO

En el proceso Civil Nro. 00017-2018-0-1008-JM-CI-01, seguido por REYNALDO TRONCOSO LUNA, sobre DIVISION Y PARTICION, bajo la actuación del especialista Legal YAQUELIN CHIPANA CATALAN, el Señor Juez del Juzgado Mixto de Chumbivilcas. JOSE OBLEA MAMANI. a dispuesto la publicación siguiente:EXTRACTO DE DEMANDA:REYNALDO TRONCOSO LUNA interpone la deman-da de División Y Partición, en la Sucesión de Adela Troncoso Chavez.Resolución Nro. 02 Santo Tomas, veinticinco de mayo del dos mil dieciocho, AUTOS Y VISTOS: El escrito que contiene la demanda con los anexos que adjunta; y, CONSIDERANDO: (...)SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso Abreviado la demanda interpuesta por REYNALDO TRONCOSO LUNA sobre DIVISION Y PARTICION contra Abel Troncoso Chavez, Adelma Benigna Troncoso Chavez, Orfa Graciela Troncoso Chavez. Jorge Gómez Chavez y LA SUCESIÓN DE Adela Troncoso Chavez., en consecuencia para fines de efectuar la notificación de la sucesión de ADELA TRONCOSO CHAVEZ, disponiéndose la publicación mediante de edictos. H.S.

Santo Tomas, 17 de agosto de 2018

YAQUELIN CHIPANA CATANSECRETARIA JUDICIAL

P. 6926015 F. (27 AGO, 04, 10 SET)

EDICTO

Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, despachado por la Sra. Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N° 01177-2018-0-1001-JR-CI-01, seguido por Florentino Torres Mamani y otra, sobre Prescripción adquisitiva, contra Eusebio Faustino Mamani Torres y otros; en el que se ha emitido la resolución nú-mero 02, de 19-07-2018, que dispone: “ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por FLORENTINO MAMANI TORRES Y LEONARDA CHUCO DE MA-MANI, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA de bien inmueble, contra EUSEBIO FAUSTINO ALARCON CAHUANA, MIGUEL ANGEL PAUCAR ALARCON Y VANESSA VERONICA CAZOLDA ALARCON, debien-do de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de DIEZ DÍAS, Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente. Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Notifíquese en calidad de citados a Pilar Huaman, Silveria Aro, Melchor Jalisto Visa y Antonia Berrio Ccasani, así

como a la Municipalidad distrital de San Sebastián, en el entendido que el bien a prescribir colinda con una calle, debiendo proporcionar una copia adicional de su demanda y anexos para notificar a dicha enti-dad del estado y precisar el domicilio de los citados, dentro del tercer día de notificado, bajo apercibimien-to de ley. Y conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publi-caciones de edictos, los que contendrán un estrado de la demanda y la presente, los que en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, se publicarán en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco (La República), por el término de tres días, así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello, debiendo apersonarse a través de Administración del Módulo Corporativo Civil a recepcionar los edictos respecti-vos, en horas de atención al público. Al Otrosí.- Tén-gase por delegada la representación a favor de su abogado conforme a lo establecido por el artículo 80 del Código Procesal Civil. Al Mas.- Téngase en cuenta la autorización efectuada.... H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros.

Cusco, 22 de agosto de 2018.

ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROSESPECIALISTA CIVIL

P. 6926085 F. (27 AGO, 04, 10 SET)

NOTIFICACION POR EDICTOS

En el proceso Nro. 258-2018 tramitada por ante el juzgado Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, despachado por la Srta. Juez Dra. Lynda Vargas Manga, bajo la actuación de la secretaria Dra. An-tonina Ponce de León se ha dispuesto notificar la resolución NRO 2 auto admisorio de fecha 11 de ju-lio del 2018 al demandado JULIO CESAR PAUCAR ARAGON mediante edictos AUTO ADMISORIO DE LA DEMANDA conforme dispone el artículo 165 del código procesal civil en el diario oficial el peruano y en diario judicial de la República, por el término esta-blecido por ley ADMITIR : A TRAMITE LA DEMANDA INTERPUESTA POR JUANA CUTIPA VELASQUE en representación de su menores hijos Jhonm Christian Y Juanita Alexandra Paucar Cutipa sobre PRESTA-CION DE ALIMENTOS contra JULIO CESAR PAU-CAR ARAGON debiendo de sustanciarse EN LA VIA DEL PROCESO único confiérase traslado a la parte demandada , por el termino de cinco días ,por ofreci-dos los medios probatorios al que hace referencias.- AL PRIMER MAS DIGO.-conforme a lo dispuesto por el artículo 675 concédase asignación anticipada en la suma del 60% de remuneración mínimo vital a razón de 30% para cada menor alimentista , de-biendo de pagarse por mensualidades adelantadas AL PRIMER MAS DIGO.- Habiendo declarado bajo juramento desconocer el domicilio del demandado dispóngase la publicación de los edictos en el diario oficial el peruano y en el diario judicial de la Repú-blica por el termino de tres días consecutivos , bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.- por ofrecidos lo medios probatorios al que hace referen-cia H.S.-

ANTONIA PONCE DE LEON PAGUADASECRETARIA JUDICIAL

P. 6932287 F. (29 AGO, 03, 04 SET)

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La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMartes, 4 de setiembre del 2018

EDICTO

PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFOR-MIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J.2° SALA LABORALEXPEDIENTE: 00893-2018-0-1001-JR-LA-03MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIOEMPLAZADO: PROCURADOR DEL GOBIERNO RE-GIONAL DEL CUSCO , DEMANDADO: DIRECCION REGIONAL DE EDUCA-CION DEL CUSCO , DEMANDANTE: HUAMPANI QUINTE, JULIAResolución Nro. 6Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, ha-biéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 12 de junio de 2018 (folio 64 a 70) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáce-res Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consi-deran necesario hacer uso de la palabra, lo comu-niquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya so-licitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Pre-sidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emi-tir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HE-RRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE: 03478-2017-0-1001-JR-LA-05MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DEL CUSCO Y OTRO

DEMANDANTE: TAMAYO VALDEIGLESIAS, LUCIO DARIOResolución Nro. 10Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia parcial respecto a la sen-tencia contenida en la resolución N° 6 del 23 de abril de 2018 (folio 79 a 94) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme; y el Juez Supe-rior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonifica-ción diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tra-tándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la pala-bra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la inten-ción de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concor-dante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los au-tos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HE-RRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE: 01798-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CHUMVIBILCAS Y OTROS.DEMANDANTE: UGARTE SULLA, JOSEFAResolución Nro. 11Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, ha-biéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 7 del 19 de abril de 2018 (folio 68 a 80) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáce-res Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el

extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consi-deran necesario hacer uso de la palabra, lo comu-niquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya so-licitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Pre-sidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emi-tir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HE-RRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE: 02592-2017-0-1001-JR-LA-05MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIOEMPLAZADO: PROCURADOR DEL GOBIERNO RE-GIONAL DE CUSCO , DEMANDADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE QUISPICANCHI Y OTRO.DEMANDANTE: LIPE PERCCA, BERNARDINOResolución Nro. 11Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, ha-biéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 7 del 27 de marzo de 2018 (folio 127 a 137) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se confirme la sen-tencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consi-deran necesario hacer uso de la palabra, lo comu-

niquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya so-licitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Pre-sidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emi-tir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HE-RRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE: 03792-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIOEMPLAZADO: PROCURADOR DEL GOBIERNO RE-GIONAL DE CUSCO , DEMANDADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE: ABARCA CABALLERO, DOLORESResolución Nro. 11Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 7 del 28 de marzo de 2018 (folio 77 a 86) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Supe-rior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, se-ñor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente re-solución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Aboga-dos del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar

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La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 4 de setiembre del 2018

del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la pu-blicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Jos-selyne Chávez Zevallos.-Secretaria de Sala.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE: 02935-2017-0-1001-JR-LA-05MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIOEMPLAZADO: PROCURADOR DEL GOBIERNO RE-GIONAL DE CUSCO , DEMANDADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE: RIVAS HOLGADO, MILAGROSResolución Nro. 9Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 16 de abril de 2018 (folio 58 a 74) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON lla-mar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Ad-ministrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de co-nocimiento de las partes, si consideran necesario ha-cer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una mul-ta de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cus-co, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expedi-tos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secreta-ria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Or-gánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLO-RES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos.-Secretaria de Sala.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE: 03998-2017-0-1001-JR-LA-02MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIOEMPLAZADO: PROCURADOR DEL GOBIERNO RE-GIONAL DE CUSCO , DEMANDADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE: BUSTAMANTE LOAIZA, JUSTAResolución Nro. 10Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 30 de mayo de 2018 (folio 65 a 81) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON lla-mar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Ad-ministrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de co-nocimiento de las partes, si consideran necesario ha-cer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una mul-ta de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cus-co, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expedi-tos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secreta-ria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Or-gánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLO-RES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos.-Secretaria de Sala.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE: 02614-2017-0-1001-JR-LA-05MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIOEMPLAZADO: PROCURADOR DEL GOBIERNO RE-GIONAL DE CUSCO , DEMANDADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ANTA , DEMANDANTE : SALCEDO ZUNIGA, YNGRID PATRICIA

Resolución Nro. 10Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia parcial respecto a la sen-tencia contenida en la resolución N° 6 del 23 de abril de 2018 (folio 98 a 114) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfa-ro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si conside-ran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso aper-cibimiento de imponer al abogado que haya solici-tado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Pre-sidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el ar-tículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Po-der Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFA-RO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos.-Secretaria de Sala.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE: 02676-2017-0-1001-JR-LA-05MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO: DIRECCION REGIONAL DE EDUCA-CION DEL CUSCO , DEMANDANTE: GARAYAR MORENO, REGULOResolución Nro. 11Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, ha-biéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 24 de abril de 2018 (folio 83 a 98) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáce-res Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto

Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si conside-ran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso aper-cibimiento de imponer al abogado que haya solici-tado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Pre-sidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el ar-tículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Po-der Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFA-RO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos.-Secretaria de Sala.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE: 03710-2017-0-1001-JR-LA-03MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE PICHARI KIMBIRI , DEMANDANTE: BARRIOS ESPERILLA, LUCHOResolución Nro. 9Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 4 del 29 de enero de 2018 (folio 53 a 66) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme; y el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en discordia par-cial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herre-ra; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándo-se de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en apli-cación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la pala-bra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado

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La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMartes, 4 de setiembre del 2018

que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la inten-ción de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concor-dante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los au-tos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Po-der Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFA-RO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos.-Secretaria de Sala.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE: 00930-2018-0-1001-JR-LA-02MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO: UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE: SORIA PAREDES, MARILUResolución Nro. 6Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 29 de mayo de 2018 (folio 40 a 57) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Supe-rior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, se-ñor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente re-solución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Aboga-dos del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía

y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la pu-blicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURI-LLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos.-Secretaria de Sala.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO

2° SALA LABORALEXPEDIENTE: 02932-2017-0-1001-JR-LA-05MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIODEMANDADO: GOBIERNO REGIONA L DE CUSCO , DEMANDANTE: ELGUERA PINARES, VICTORResolución Nro. 9Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, ha-biéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 28 de marzo de 2018 (folio 64 a 71) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáce-res, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior se-ñora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Superior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, señor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consi-deran necesario hacer uso de la palabra, lo comu-niquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya so-licitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Pre-sidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emi-tir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Po-der Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFA-RO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos.-Secretaria de Sala.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO

2° SALA LABORAL

EXPEDIENTE: 00937-2018-0-1001-JR-LA-02MATERIA: ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRA-TIVARELATOR: SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO: DIRECCION REGIONAL DE EDUCA-CION CUSCO , DEMANDANTE: CONDORI ALFARO, DORA PAS-CUALAResolución Nro. 6Cusco, 21 de agosto de 2018.Por recibido en la fecha el presente proceso, habién-dose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 30 de mayo de 2018 (folio 36 a 52) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordena-do de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedito al Juez Supe-rior integrante de la Segunda Laboral de Cusco, se-ñor Rolando Ttito Quispe, conforme a la Resolución Administrativa Nro. 01-2018-P-CSJCU-PJ; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente re-solución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Aboga-dos del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la pu-blicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURI-LLO FLORES, ALFARO HERRERA.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos.-Secretaria de Sala.Cusco, 28 de agosto de 2018.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO PENAL

SEÑORES: WALTER HUARCO ESCALANTE - HILA-RIA SANAC PILCO.El Señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Miguel Wesly Ateste Re-yes, en el proceso N° 3695-2018-0-1001-JR-PE-01, seguido contra WALTER HUARCO ESCALANTE, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de HILARIA SANAC PILCO, bajo la actuación del especialista Ju-dicial Abog. Darwin Trujillo Tejada, se le ha dispuesto notificar, con el requerimiento de acusación fiscal y la resolución uno que corre traslado y con el acta de audiencia de fecha 05/07/2018, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL.- La Fiscal del Primer Despacho de Investigación de la

Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, formula REQUERIMIENTO DE ACUSA-CIÓN FISCAL contra WALTER HUARCO ESCALAN-TE, por el delito de Agresiones en contra de las Mu-jeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de HILARIA SANAC PILCO, asimismo, solicita una pena de 01 año y 04 meses de pena privativa de libertad y pide por concepto de reparación civil la suma de S/. 500.00 soles. RESOLUCIÓN N° 01 - TRASLADO Y AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN:DADO CUENTA: El requerimiento de acusación fis-cal – presentado por la representante del Ministerio Público; Estando a la formulación de requerimiento de acusación fiscal, en contra de WALTER HUARCO ESCALANTE, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de HILARIA SANAC PILCO. En consecuen-cia y de conformidad con lo prescrito por el artículo 350º del Código Procesal Penal; CORRASE TRAS-LADO del requerimiento de acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que dentro del plazo es-tablecido, puedan las partes por escrito: formular lo que señala la norma procesal penal.ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN: 1.- Declarar frustrada la audiencia por falta de mitificación por el personal a cargo de la misma en la ciudad de Lima. 2.- REPROGRAMAR la presente audiencia para el DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 10:00 AM (HORA EXACTA), EN LA DECIMO TER-CERA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPE-RIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, quedando para tal efecto notificados los presentes.Cusco, 24 de Agosto del 2018.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO PENAL

SEÑORES: WALTER HUARCO ESCALANTE - HILA-RIA SANAC PILCO.El Señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Miguel Wesly Ateste Re-yes, en el proceso N° 3695-2018-0-1001-JR-PE-01, seguido contra WALTER HUARCO ESCALANTE, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de HILARIA SANAC PILCO, bajo la actuación del especialista Ju-dicial Abog. Darwin Trujillo Tejada, se le ha dispuesto notificar, con el requerimiento de acusación fiscal y la resolución uno que corre traslado y con el acta de audiencia de fecha 05/07/2018, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL.- La Fiscal del Primer Despacho de Inves-tigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, formula REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL contra WALTER HUARCO ESCALANTE, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de HILARIA SANAC PILCO, asimismo, solici-ta una pena de 01 año y 04 meses de pena privativa de libertad y pide por concepto de reparación civil la suma de S/. 500.00 soles.RESOLUCIÓN N° 01 - TRASLADO Y AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN: DADO CUENTA: El requerimiento de acusación fiscal – presentado por la representante del Ministerio Público; Estando a la formulación de requerimiento de acusación fiscal, en contra de WALTER HUARCO ESCALANTE, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de HILARIA SANAC PILCO. En consecuencia y de conformidad con lo prescrito por el artículo 350º del Código Proce-sal Penal; CORRASE TRASLADO del requerimiento de acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que dentro del plazo establecido, puedan las partes por escrito: formular lo que señala la norma procesal penal.

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La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 4 de setiembre del 2018

ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN: 1.- Declarar frustrada la audiencia por falta de mitificación por el personal a cargo de la misma en la ciudad de Lima.2.- REPROGRAMAR la presente audiencia para el DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 10:00 AM (HORA EXACTA), EN LA DECIMO TER-CERA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPE-RIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, quedando para tal efecto notificados los presentes.Cusco, 24 de Agosto del 2018.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO PENAL SEÑOR: HUGO ERICK MONTUFAR FERNÁNDEZ.

La Señorita Jueza del Quinto Juzgado de Investiga-ción Preparatoria del Cusco, Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, en el proceso N° 3987-2018-0-1001-JR-PE-05 , seguido contra HUGO ERICK MONTUFAR FERNÁNDEZ, por el delito de Contra La Vida El Cuerpo Y La Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones En Contra De Los Integrantes Del Grupo Familiar, como autor, en agravio de MARY CIELO RAMOS CURO, bajo la actuación del espe-cialista Judicial Abog. Darwin Trujillo Tejada, se le ha dispuesto notificar con el requerimiento de acusación Directa, la resolución uno que corre traslado y con el acta de audiencia de fecha 31/07/2018, cuyo conte-nido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL.- La Fiscal del Tercer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL contra HUGO ERICK MONTUFAR FERNÁN-DEZ, como autor del delito Contra La Vida El Cuerpo Y La Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones En Contra De Los Integrantes Del Gru-po Familiar, delito tipificado en el artículo 122-B° del Código Penal, en agravio de MARY CIELO RAMOS CURO, asimismo, solicita una pena de 01 años de pena privativa de libertad efectiva e inhabilitación por el plazo de 01 año y pide por concepto de reparación civil la suma de S/. 400.00 soles a favor de la agra-viada Mary Cielo Ramos Curo.RESOLUCIÓN N° 01 - TRASLADO Y AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN: DADO CUENTA: El requerimiento de acusación fiscal – presentado por la representante del Ministerio Público; Estando a la formulación de requerimiento de acusación fiscal, en contra de HUGO ERICK MONTUFAR FERNÁNDEZ, como autor del delito de Contra La Vida El Cuerpo Y La Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones En Contra De Los Integrantes Del Gru-po Familiar, delito tipificado en el artículo 122-B° del Código Penal, en agravio de MARY CIELO RAMOS CURO. En consecuencia y de conformidad con lo prescrito por el artículo 350º del Código Procesal Penal; CORRASE TRASLADO del requerimiento de acusación fiscal a los sujetos procesales por el pla-zo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que dentro del plazo establecido, puedan las partes por escrito: formular lo que señala la norma procesal penal.ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CON-TROL DE ACUSACIÓN: 1.- Declarar fracasada la presente audiencia por devolución de la cedula de notificación dirigida al domicilio real del acusado. 2.- REPROGRAMAR la presente audiencia para el DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 03:30 PM (HORA EXACTA), EN LA OCTAVA SALA DE AU-DIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, quedando para tal efecto notificados los presentes. 3.- Precísese que la audiencia tiene el ca-rácter de inaplazable. 4.-Cumpla el Especialista con notificar al acusado HUGO ERICK MONTUFAR FER-NÁNDEZ MEDIANTE EDICTOS JUDICIALES con las piezas procesales pertinentes.Cusco, 23 de agosto del 2018.

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EDICTO PENAL

SEÑORE: AGRIPINO HUITTOCOLLO AYQUE.La Señora Jueza del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Zulay Sánchez Farfán, en el proceso N° 4581-2018-0-1001-JR-PE-06, se-guido contra AGRIPINO HUITTOCOLLO AYQUE, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del grupo Familiar, en agravio de Marisol Paucar Mamani, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Darwin Trujillo Tejada, se le ha dis-puesto notificar la constancia de reprogramación de audiencia cuyo contenido es el siguiente:CONSTANCIAEn la Sexta Sala de Audiencias del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, siendo las 14:30 P.M. del día veintidós de agosto del año dos mil dieciocho, la Especialista de Audio que suscribe deja constancia que la audiencia programada para la fecha y hora acotada, no se ha podido realizar por cuanto la señora Magistrada Titular de éste Juzgado, se encuentra haciendo uso de sus vacaciones; y, la señora Juez a quien se le encargo su juzgado en adi-ción a sus funciones, tiene otras diligencias progra-madas en su juzgado. Precisándose que se han he-cho presentes el señor representante del Ministerio Público TAMARA CATACORA JARA en reemplazo del doctor EDILBERTO MOLINA ESCOBEDO y la defen-sora pública Dra. MARÍA DEL PILAR DEL CARPIO, quien señaló que asume la defensa del imputado; siendo ello así se les notificó con la nueva fecha de audiencia, CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, acto que se realizara en la EN LA SEXTA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUSCO, quedando las partes proce-sales debidamente notificadas, de lo que doy fe para los fines correspondientes.-Cusco, 24 de agosto del 2018.

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EDICTO PENAL

SEÑORES: YOVANA VARGAS SINCHE.La Señorita Jueza del Quinto Juzgado de In-vestigación Preparatoria del Cusco, Dra. SAN-DRA NATALI VILLA HUMPIRI, en el proceso N° 4457-2018-69-1001-JR-PE-05, seguido contra YO-VANA VARGAS SINCHE, por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Receptación Agravada en agravio de los que resul-ten responsables, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Darwin Trujillo Tejada, se ha dispuesto notificarle con la Resolución Nº 04 del 20/08/18 cuyo contenido es el siguiente:Resolución N° 4 de fecha 20/08/2018, VISTO.- El re-querimiento de confirmatoria de incautación presen-tado por el Fiscal encargado del caso; que RESUEL-VE: 1.- DECLARAR FUNDADO EL REQUERIMIENTO DE CONFIRMATORIA DE INCAUTACION SOBRE LOS BIENES: DOS EQUIPOS CELULARES DE-MARCA SANSUNG, CON PANTALLA TRIZADA CON IMEI N° 356523074479131 Y N° 359771079052265 A YOVANA VARGAS SINCHE.2. EL ACTA QUEDARA BAJO CUSTODIA DEL REPRESENTANTE DEL MI-NISTERIO PUBLICO. HAGASE SABER.-Cusco 23 de Agosto del 2018.

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SEÑORES: WILSON CHACMANA QUISPE BRICILA SUMA CASILLA.

La Señorita Jueza del Quinto Juzgado de Investiga-ción Preparatoria del Cusco, Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, en el proceso N° 4766-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra WILSON CHACMANA QUIS-PE, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de BRICILA SUMA CASILLA , bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Darwin Trujillo Tejada, se le ha dispuesto notificar, con el requerimiento de acu-sación fiscal y la resolución uno que corre traslado y con el acta de audiencia de fecha 21/08/2018, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL.- El Fiscal del Segundo Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL contra WILSON CHACMANA QUISPE, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o integrantes del grupo familiar, en agravio de BRICILA SUMA CASILLA, asimismo, solicita una pena de 02 años de pena privativa de libertad e Inhabilitación y pide por concepto de reparación civil la suma de S/. 600.00 soles.RESOLUCIÓN N° 01 - TRASLADO Y AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN: DADO CUENTA: El requerimiento de acusación fiscal – presentado por la representante del Ministerio Público; Estando a la formulación de requerimiento de acusación fiscal, en contra de WILSON CHACMANA QUISPE, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o in-tegrantes del grupo familiar, en agravio de BRICILA SUMA CASILLA. En consecuencia y de conformidad con lo prescrito por el artículo 350º del Código Proce-sal Penal; CORRASE TRASLADO del requerimiento de acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que dentro del plazo establecido, puedan las partes por escrito: formular lo que señala la norma procesal penal.ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN: 1.-DECLARAR FRACASADA la realización de la presente audiencia por devolución de las cédulas de notificación dirigidas al domicilio real de la parte acusada y agraviada respectivamen-te. 2.- REITERESE la notificación tanto a la parte imputada como agraviada con el contenido del re-querimiento acusatorio, Resolución Nro.1 y Acta de la presente audiencia VIA EDICTOS.3.-REPROGRA-MAR la presente audiencia para fecha DIECISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 A LAS 3.30 PM LA MISMA QUE SE REALIZARÁ EN ESTA 8VA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, dándose por notificadas las partes presentes en este acto, debién-dose notificar a las inconcurrentes, subsistiendo los apremios de Ley para las mismas.Cusco, 24 de Agosto del 2018.

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EDICTO PENAL

SEÑORES: 1.- GUSTAVO YOUN LUNA HUAYHUA - 2.- MENOR LU.MA.GA.HU. REPRESENTADA POR SU PROGENITORA LUISA MARIA HUAMAN GUZ-MAN.El señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, en el proceso N° 5187-2018-0-1001-JR-PE-04, se-guido contra GUSTAVO YOUN LUNA HUAYHUA, por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES pre-visto y sancionado en el inciso 1) del artículo 176° - A del Código Penal en agravio de menor de iníciales LU.MA.GA.HU. (09) representada por su progenitora María Luisa Huamán Guzmán, se ha dispuesto noti-ficar mediante edictos con la disposición y auto de recepción de formalización de investigación prepara-toria, cuyo contenido es el siguiente:

DISPOSICIÓN DE FORMALIZACION Y CONTINUA-CIÓN DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA: El Segundo Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, pre-senta disposición de formalización de investigación preparatoria contra GUSTAVO YOUN LUNA HUA-YHUA, por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES previsto y sancionado en el inciso 1) del artículo 176° - A del Código Penal en agravio de me-nor de iníciales LU.MA.GA.HU. (09) representada por su progenitora María Luisa Huamán Guzmán: Asimis-mo, dado el estado de las investigaciones contra el imputado, efectúese las siguientes diligencias: 1. Se recabe la declaración testimonial de MARIA LUISA HUAMAN GUZMAN, bajo las formalidades que el NCPP prevé, para cuyo efecto deberá de concurrir el día 10 DE AGOSTO DEL 2018, A LAS 08:00 HORAS, a la oficina N° 306 tercer piso de la Av. Pedro Vilca Apaza N° 313 y 315 (sede central de la Fiscalía - costado de la SENATI). Para dicho efecto gírese ofi-cio a la Unidad de Víctimas y Testigos a fin de hacer concurrir a la testigo para la diligencia. Se recabe la declaración de GUSTAVO YOUN LUNA HUAYHUA, bajo las formalidades que el NCPP prevé, para cuyo efecto deberá de concurrir el día 10 DE AGOSTO DEL 2018. A LAS 15:00 HORAS, a la oficina N° 306 tercer piso de la Av. Pedro Vilca Apaza N° 313 y 315 (sede central de la Fiscalía - costado de la SENATI). 3. Se realice la Constatación Fiscal en el lugar de los he-chos, en fecha 03 de setiembre del 2018. a /as 15:00 horas para tal efecto gírese oficio a la Defensa Pu-blica, a fin de que asigne un abogado de oficio para dicha diligencia. 4. Gírese oficio a la Zona Registral N° X de los registros Públicos, para fines que informe si la persona de GUSTAVO YOUN LUNA HUAYHUA, cuenta con bienes muebles e inmuebles Inscritos a su nombre. 5. Requerir a la progenitora de la menor agraviada que informe en qué institución educativa cursa estudios su menor hija, así como presente la copia simple del DNI de la menor agraviada. 6. Gíre-se oficio a la División Medico Legal Cusco, a efecto de que se practique la pericia social en la agraviada. 7. Gírese oficio a la RENIEC a efecto de que remita copia certificada del acta de nacimiento de la menor agraviada. 8. Las demás diligencias que se consi-deren necesarias para el mejor esclarecimiento de los hechos. PÓNGASE EN CONOCIMIENTO DEL JUEZ DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA la presente disposición, conforme al artículo 3° del Có-digo Procesal Penal, notificándose al imputado en la forma establecida, conforme a Ley.AUTO DE RECEPCION DE LA DISPOSICIÓN DE FORMALIZACION Y CONTINUACIÓN DE LA INVES-TIGACION PREPARATORIA.- DADO CUENTA: Con la disposición de formalización de la investigación preparatoria que antecede. Estando a la comuni-cación del Ministerio Publico respecto a que se ha formalizado investigación preparatoria contra una persona plenamente identificada, por un hecho de contenido criminal y por un tipo penal especifico. SE RESUELVE.-PARTE RESOLUTIVA: RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expe-dida por el Segundo Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, contra GUSTAVO YOUN LUNA HUAYHUA, por la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES previsto y sancionado en el inciso 1) del artículo 176° - A del Código Penal en agravio de menor de iníciales LU.MA.GA.HU. (09) representada por su progenitora María Luisa Huamán Guzmán, a efectos de que el juez de investigación preparatoria asuma competen-cia material en el proceso. Al no haberse solicitado prisión preventiva o comparecencia con restricciones se IMPONE la medida de COMPARECENCIASIM-PLE.PRECISAR que estando la investigación a cargo de la fiscalía la carpeta fiscal se encuentra disponible en

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La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMartes, 4 de setiembre del 2018

las oficinas de la fiscalía encargada del caso. DIS-PONER conforme al nuevo Reglamento de Despacho Judicial aprobado por R.A 014-2017, los fiscales, de-fensores públicos, abogados particulares, procurado-res tienen la obligación de tener CASILLA ELECTRÓ-NICA y en dicha casilla únicamente se les notificara las resoluciones judiciales, concediéndose un plazo de 3 días a las partes a fin de que se apersonen y se-ñalen sus casillas electrónicas. PRECISAR atendien-do al nuevo reglamento específicamente el artículo 43° respecto a que si se advierte que una persona tiene varios domicilios reales –pluralidad de domici-lios –la fiscalía debe precisar solamente uno de ellos para fines de no distorsionar la viabilidad del proce-so. Asimismo según el mencionado artículo del re-glamento se precisa que también se da la condición de domicilio real al número del teléfono celular, co-rreo electrónico personal u otro medio idónea que dé cuenta de notificación cierta de una persona. COMU-NICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el día VEINTITRÉS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, la observancia del cumplimiento de los plazos. EXHOR-TAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente item. AUTORÍCESE a los Asistentes de Causas, el dictado con su sola firma de las resoluciones (de-cretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser apli-cados por Juez. HÁGASE SABER.Cusco, 28 de agosto del 2018.

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EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00564-2015-65-1010-JR-PE-01JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVEN-CIÓN.ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZSe cita y emplaza a: NILO MEDIANO MÁRQUEZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 05 DE SETIEMBRE DEL 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de TENENCIA ILEGAL DE ARMAS, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Ju-dicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba.Quillabamba, 27 de Agosto del 2018.

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NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL

Exp. 02852-2018-2-100 l-JR-PE-03SEÑOR: BLAS SURCO LACUTAAnte el Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Siomara Cande-laria Morales Mar, bajo la actuación del Especialista Judicial de Juzgado Abg. Liliam Contreras Zaravia, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. 02852-2018-2-100l-JR-PE-03, seguido contra BLAS SURCO LACUTA, por la pre-sunta comisión del delito de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio de La Sociedad, representado por el Ministerio Público, y se ha dis-puesto NOTIFICAR al imputado con la Res. 02 de fecha 17/08/18, que dispone:--Requerimiento Fiscal

MICHELL GUARDAMINO MUÑOZ, Fiscal Provincial del Segundo Despacho de la Segunda Fiscalia Pro-vincial Penal Corporativa de Santiago, con domicilio procesal ubicado en la Av. Alameda Pachacuteq, Urb. Las Malvinas A-4 del distrito de Santiago, Provincia y Departamento del Cusco, ante usted me presento y digo: De conformidad a lo establecido en el articulo 349° y 447° inciso 6) del CPP formula REQUERI-MIENTO DE ACUSACIÓN contra BLAS SURCO LA-CUTA, por la presunta comisión del delito contra la Seguridad Pública en su modalidad Peligro Común sub tipo Conducción en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el articulo 274° primer párrafo del Código penal, en agravio de la Sociedad representa-do por el Procurados Publico del Ministerio de Tras-portes y Comunicaciones. Se tiene que siendo las 19:40 horas del día 29 de abril de 2018, personal de la Comisaria de Viva el Perú que realizaba patrullaje policial por la Av. Luis Vallejo Santoni del distrito de Santiago, logro advertir la presencia de un vehícu-lo marca Zuzuki de color blanco de placa de roda-je X3H-245, el mismo que era conducido en forma temeraria intentando subir una pendiente. En esas circunstancias, se hizo presente otro vehículo Zuzuki Celerio color blanco de placa de rodaje X4B-287 con-ducido por Roger Bravo Paucar, quien cerró el paso al del vehículo de placa de rodaje X3H-245, para luego poner en conocimiento de los efectivos policia-les, que el conductor de este último vehículo, había chocado su vehículo, por inmediaciones del centro Comercial el Molino; por lo que el personal policial procedió a la intervención del conductor del vehículo X3H-245, a quien se le identificó como Blas Surco Lacuta, quien se encontraba sentado en el volante con visibles síntomas de ebriedad, y sin portar do-cumento de identidad alguno, motivo por el cual fue puesto a disposición de la Comisaria de Viva el Perú, para las investigaciones respectivas. Posteriormen-te, se procedió a realizar los actos de investigación urgentes y necesarios para el esclarecimiento de los hechos, entre estos se practicó el examen de Dosa-je etílico al intervenido Blas Surco Lacuta, el mismo que dio positivo con una presencia cuantitativa de 1.79 gramos de alcohol por litro de sangre, según así de advierte del Certificado de Dosaje Etílico N” 0004-0002354. Asimismo, se tiene que revisado el Sistema de Gestión Fiscal, el imputado Blas Surco Lacuta registra tres sentencias por la comisión del delito de Conducción de vehículo en estado de ebrie-dad, así como dos investigaciones por los delitos de homicidio calificado y violación sexual.CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO PRI-MER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCOREGISTRO DE AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO IN-MEDIATOI.INTRODUCCIÓN:EXPEDIENTE N° 02852-2018-2-1001-JR-PE-03 .JUEZ SIOMARA CANDEIiARIA MORALES MARFECHA 17-08-2018HORA DE INICIO 11:00 AMSALA DE AUD. DOCEAVA SALA DE AUDIEN-CIASDELITO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIE-DAD 0 DROGADICCIÓN.IMPUTADO BLAS SURCO LACUTAAGRAVIADO LA SOCIEDADESP. DE CAUSA LILIAN CONTRERASESP. DE AUDIO ROGER ZULOAGA ROJASAUDIENCIA QUE SERA GRABADA EN EL SISTEMA DE AUDIO (Art. 361.2 CPP y Art. 26 REGA)II. ACREDITACIÓN1. FISCAL: MICHAEL GUARDAMINO MUÑOZ, Fis-cal Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Penal del Distrito de Santiago, con domicilio procesal en Alameda Pachacutec A-4 de la Urbanización Las Malvinas, con teléfono N°984115115 con CASILLA ELECTRÓNICA N° 55796 .2. DEFENSA DEL IMPUTADO BLAS SURCO LACU-TA: DEFENSOR PUBLICO GUSTAVO ENRIQUE BE-LLIDO ALARCON, Con ICAC N° 3553, con domicilio

procesal en Av. Micaela Bastidas 607-D Wanchaq, con CASILLA ELECTRÓNICA N° 55079.JUEZ: De revisado el proceso se tiene que la cédula de notificación dirigida al imputado ha sido devuelta sin diligenciar, SE EXHORTA a los Especialista de causa a correr traslado de las cédulas devueltas al Ministerio Publico con el fin de que haga las precisiones correspondientes respecto a la dirección de los procesados en su oportunidad, bajo apercibi-miento de hacer llegar copias a ODECMA, procede a emitir la siguiente resolución.RESOLUCIÓN N° 02Cusco, diecisiete de agostoDel dos mil dieciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda en el registro de audio.PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE:1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia.2. REPROGRÁMESE la presente audiencia para ser verificada en fecha 10 DE SETIEMBRE DEL 2018, A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA, EN LA DECIMA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE CUSCO, quedando notificados los asistentes y sub-sisten los apercibimientos de Ley en caso de inasis-tencia injustificada.3. SE DISPONE, se notifique a este procesado BLAS SURCO LACUTA, a través de EDICTOS JUDICIA-LES, con extracto de requerimiento acusatorio, así como con la fecha de audiencia, sin perjuicio de ello se notifique a BLAS SURCO LACUTA en la dirección ubicada en Los Pinos S/N Comunidad e Cachona, distrito de Santiago - Cusco.NOTIFICACIÓN.FISCAL: Conforme.DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme.CONCLUSIÓN: 11:14 AM.(Artículo 121° del Código Procesal Penal). De lo que certifico.-

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NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Expediente N° 3246-2017-88-2111 -JR-PE-01 (Cua-derno de Debates).- El Juzgado Penal Supraprovin-cial de la Provincia de San Román Juliaca a cargo del Señor Juez Richard Condori Chambi por medio de la presente NOTIFICA a CELIA MAMANI CELOS con la resolución número veintidós de fecha treinta y uno de julio del año dos mil dieciocho que cuyo tenor es el siguiente:RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIDÓSJuliaca, treinta y uno de julio Del dos mil dieciocho.-VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: (detalles re-gistrados en audio). SE RESUELVE: PRIMERO: DE-CLARAR CONTUMAZ a la acusada CELIA MAMANI CELOS, cuyos datos se encuentran precisados en el requerimiento de acusación, asi como en el auto de enjuiciamiento; asimismo disponemos la conducción compulsiva de aquella acusada, debiendo cursarse los oficios correspondientes a la autoridad policial correspondiente, designando como defensor públi-co al defensor presente en esta sesión de audiencia doctor Hugo Alberto Lira Apaza; asimismo dispone-mos el archivamiento provisional del presente juicio respecto a dicha acusada hoy declarada contumaz; disponemos asimismo que las requisitorias se actua-licen bajo responsabilidad del asistente jurisdiccional cada seis meses, debiendo publicarse el extracto de la parte resolutiva mediante edictos judiciales para que la misma tome conocimiento...”Juliaca, 24 de agosto del 2018.

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EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: Nro : 02659-2014-82-1001-JR-PE-05

SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECILISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gomez.Se cita y emplaza al (los) acusados: FELICITAS NIE-VES CCALLO INFA con DNI 46396894. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se les atribuye por la comisión del delito contra de contra el patrimonio, en la modalidad de Hurto, Sub tipo Hurto Agravado en agravio de Julio Cesar Mendoza Res. Nro. 06 Cusco, veintiocho de agosto del año dos mil dieciocho, mediante el cual dispone REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUI-CIO ORAL DE PROCESO COMUN, audiencia que se realizar el día QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHOE A HORAS 08:30 AM DE LA MA-ÑANA (hora exacta); ACTO QUE TENDRA LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del MÓDULO PENAL de esta Corte Superior de Justicia. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales.Cusco, 28 de Agosto del 2018.

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SEÑORA: CLADI SEQUEIROS TECSI:Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente N° 00604-2016-64-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra NILDER ANDIA HUI-LLCA HUAMAN, por la presunta comisión del delito Contra la Libertad , en su modalidad de Violación de la Libertad Sexual , sub-tipo Violación Sexual de Me-nor de Edad de catorce años, en agravio la menor de iniciales SH.NA.TU.SE. representada por su progeni-tora CLADI SEQUEIROS TECSI, se ha dispuesto no-tificar a la representante legal de la agraviada señora CLADI SEQUEIROS TECSI:: Con la RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, veinticuatro de agosto del año dos mil dieciocho. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcri-be: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE LA AUDIENCIA PÚ-BLICA DE SOBRESEIMIENTO, (...). SEGUNDO- SE-ÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE SOBRESEIMIENTO, para el día VEIN-TISÉIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIO-CHO, a horas TRES DE LA TARDE, (...). HÁGASE SABER. Quillabamba, 24 de agosto del año 2018.

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SEÑORA: CRISTINA HEREDIA PIÑARREAL:Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente N° 00309-2017-83-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra JHAN CARLOS CON-TRERAS OVIEDO, por la presunta comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, sub-tipo Homicidio Culposo, en agra-vio de los Herederos Legales de Q.E.V.F. GERVACIO QUISPE LOAYZA, se ha dispuesto notificar a la he-redera legal CRISTINA HEREDIA PIÑARREAL: Con la RESOLUCIÓN N° 03. Quillabamba, veinticuatro de agosto del año dos mil dieciocho. PARTE CONSIDE-RATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESO-LUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE LA AUDIENCIA PÚBLICA DE SOBRESEIMIENTO, (...). SEGUNDO- SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE SOBRESEIMIENTO, para el día VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL AÑO

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La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 4 de setiembre del 2018

DOS MIL DIECIOCHO, a horas DOS DE LA TARDE, (...). HÁGASE SABER. Quillabamba, 24 de agosto del año 2018.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO PENAL

Señor: PEDRO ALBERTO DONAYRE TURPO:Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Aya-la, en el Incidente Penal N° 00173-2018-0-1010-JR-PE-01 contra PEDRO ALBERTO DONAYRE TURPO, por la presunta comisión del delito PEDRO ALBERTO DONAYRE TURPO, por la presunta comisión del deli-to contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, Subtipo Lesio-nes, en la Modalidad Lesiones Culposas, conducta que se encuentra prevista y sancionada en el articulo 124° cuarto párrafo del Código Penal, en agravio de ERICK CHARLIE VARGAS PEREYRA, se ha dis-puesto notificar al imputado PEDRO ALBERTO DO-NAYRE TURPO: con la RESOLUCIÓN N° 02. Quilla-bamba, dieciocho de julio del año dos mil dieciocho. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- (...). SEGUNDO.-SEÑALAR FECHA, DÍA Y HORA PARA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día CATORCE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas OCHO DE LA MAÑANA (08:00 AM), (...) TERCERO.-DISPONE notificar al Imputado PEDRO ALBERTO DONAYRE TURPO, mediante EDICTOS JUDICIALES (...). RE-SOLUCIÓN NRO. 01 Quillabamba. diecisiete de mayo del año dos mil dieciocho. VISTOS: (...); CON-SIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo previsto por el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde otorgar a los demás sujetos pro-cesales el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, (...). (...)• RESUELVE: CORRER traslado de la acu-sación a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación. y, (...) (...). EXTRACTO DEL REQUE-RIMIENTO DE ACUSACIÓN (...) JAKELINE VARGAS PINARES, (...), formula requerimiento de acusación fiscal, contra PEDRO ALBERTO DONAYRE TURPO, por la presunta comisión del delito PEDRO ALBER-TO DONAYRE TURPO, por la presunta comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, Subtipo Lesiones, en la Modalidad Lesiones Culposas, con-ducta que se encuentra prevista y sancionada en el articulo 124° cuarto párrafo del Código Penal, en agravio de ERICK CHARLIE VARGAS PEREYRA, (...) (...) solicita para el acusado PEDRO ALBERTO DONAYRE TURPO: 04 ANOS Y 02 MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA, ASI COMO INHABILITACIÓN PRINCIPAL LA SUSPENSIÓN TEMPORAL PARA CONDUCIR CUALQUIER TIPO DE VEHÍCULO MOTORIZADO POR EL PLAZO DE 02 ANOS y la REPARACIÓN CIVIL de S/ 6.500.00 (SEIS MIL QUINIENTOS con 00/100 soles) que de-berá pagar el acusado a

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO PENAL

Señor: ISAAC ARROYO SALAS:Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Aya-la, en el Incidente Penal N° 00340-2018-0-1010-JR-PE-01 seguido contra ISAAC ARROYO SALAS, por la comisión del Delito comisión del delito de Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesio-

nes, Sub Tipo Lesiones Leves por Violencia Familiar, previsto y sancionado en el articulo 122°-B, con la agravante establecida en el numeral 4) del segundo párrafo del Código Penal, en agravio del menor Mijael Roslin Arroyo Oruro de 14 años de edad, se ha dis-puesto notificar al imputado ISAAC ARROYO SALAS: con la RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, veinte de julio del año dos mil dieciocho. PARTE CONSIDERA-TIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTI-VA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- (...). SEGUNDO.- SEÑALAR FECHA, DÍA Y HORA PARA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el dia CATORCE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DOCE DEL DÍA (12:00 PM), (...) TERCERO- DISPONE notificar al Imputado ISAAC ARROYO SALAS, mediante EDICTOS JUDICIALES (...). RESOLUCIÓN NRO. 01 Quillabamba, diecisie-te de mayo del año dos mil dieciocho. VISTOS: (...); CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo previsto por el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde otorgar a los demás sujetos pro-cesales el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, (...). (...). RESUELVE: CORRER traslado de la acu-sación a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación, y, (...) (...). EXTRACTO DEL REQUE-RIMIENTO DE ACUSACIÓN (...) RAÚL LUQUE MA-CHACA, (...), formula requerimiento de acusación fis-cal, contra ISAAC ARROYO SALAS, por la comisión del Delito comisión del delito de Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, Sub Tipo Lesiones Leves por Violencia Familiar, previsto y sancionado en el artículo 122°-B, con la agravan-te establecida en el numeral 4) del segundo párrafo del Código Penal, en agravio del menor Mijael Roslin Arroyo Oruro de 14 años de edad, solicita para el acusado ISAAC ARROYO SALAS: 02 años y 08 me-ses de PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA, así como la pena de inhabilitación por el plazo de la condena principal y la REPARACIÓN CIVIL de SA 500.00 (QUINIENTOS con 00/100 soles) que deberá pagar el acusado a favor del agraviado.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO PENAL

Señor: JUVENAL CAHUAYA FABRE:Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Aya-la, en el Incidente Penal N° 00316-2018-0-1010-JR-PE-01 seguido contra JUVENAL CAHUAYA FABRE por la comisión del Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR debidamente tipificado por el ar-ticulo 122-B del Código Penal vigente, en agravio de MARÍA OJEDA CALLIÑAUPA, se ha dispuesto noti-ficar al imputado JUVENAL CAHUAYA FABRE: con la RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, veinte de julio del año dos mil dieciocho. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- (...). SE-GUNDO.- SEÑALAR FECHA, DÍA Y HORA PARA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día DIECISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas OCHO DE LA MAÑANA (08:00 AM), (...) TERCERO -DISPONE notificar al Imputado JUVENAL CAHUAYA FABRE, mediante EDICTOS JUDICIALES (...). RESOLUCIÓN NRO. 01 Quilla-bamba. diecisiete de mayo del año dos mil dieciocho. VISTOS: (...); CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo previsto por el artículo 350° del Có-digo Procesal Penal, corresponde otorgar a los de-más sujetos procesales el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, (...). (...). RESUELVE: CORRER

traslado de la acusación a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia pre-liminar de control de acusación. y. (...) (...). EXTRAC-TO DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN (...) JAKELINE VARGAS PINARES, (...), formula requeri-miento de acusación fiscal, contra JUVENAL CAHUA-YA FABRE por la comisión del Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR debidamente tipificado por el articulo 122-B del Código Penal vigente, en agra-vio de MARÍA OJEDA CALLIÑAUPA, solicita para el acusado JUVENAL CAHUAYA FABRE: UNA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD DE UN AÑO EFECTIVA, asi como la pena de inhabilitación por el plazo de la condena principal y la REPARACIÓN CIVIL de S/. 400.00 (CUATROCIENTOS con 00/100 soles) que deberá pagar el acusado a favor de la agraviada.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO PENAL

Señor: DANIEL ACHAHUI PÉREZ:Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Aya-la, en el Incidente Penal N° 00364-2018-0-1010-JR-PE-01 seguido contra DANIEL ACHAHUI PÉREZ por la comisión del Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de AGRESIONES EN CON-TRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR debidamente tipificado por el articulo 122-B del Código Penal vigente, en agravio de ROSA PÉREZ PEZUA, se ha dispuesto notificar al imputado DANIEL ACHAHUI PÉREZ: con la RE-SOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, veinte de julio del año dos mil dieciocho. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- (...). SE-GUNDO.- SEÑALAR FECHA, DÍA Y HORA PARA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día CATORCE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), (...) TERCERO- DISPONE notificar al Imputa-do PEDRO ALBERTO DONAYRE TURPO, mediante EDICTOS JUDICIALES (...). RESOLUCIÓN NRO. 01 Quillabamba, diecisiete de mayo del año dos mil dieciocho. VISTOS: (...); CONSIDERANDO: PRIME-RO: Que de conformidad a lo previsto por el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, (...). (...). RESUELVE: CO-RRER traslado de la acusación a los sujetos proce-sales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la au-diencia preliminar de control de acusación, y, (...) (...). EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE ACU-SACIÓN (...) JAKELINE VARGAS PINARES, (...). formula requerimiento de acusación fiscal, contra DANIEL ACHAHUI PÉREZ por la comisión del Delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en la modalidad de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR debidamen-te tipificado por el articulo 122-B del Código Penal vigente, en agravio de ROSA PÉREZ PEZUA, solici-ta para el acusado DANIEL ACHAHUI PÉREZ: UNA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD SUSPENDIDA EN SU EJECUCIÓN DE 01 año y 8 meses y la REPA-RACIÓN CIVIL de SI. 800.00 (OCHOCIENTOS con 00/100 soles) que deberá pagar el acusado a favor de la agraviada.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

EDICTO PENAL

SEÑOR: ANDY CCANSAYA MOREANOLa señora Juez del Segundo -Juzgado de Investiga-ción Preparatoria del Cusco, Dra. Sonia Álvarez Men-doza, en el proceso Nro. 1397-2017-83-1001-JR-PE-07, seguido contra ANDY CCANSAYA MOREANO con D.N.Í. 45427556, por el delito Contra .La Fami-lia, en la modalidad de omisión de Asistencia Fami-liar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en. agravio del menor de iniciales M.F.C.H., representado por Luz Harina Huaman Cón-dori, bajo la actuación de la Especialista Judicial, de .Juzgado, Mabely Soto Enriquez, se ha dispuesto notificar con la CONSTANCIA de techa veintisiete de agosto del dos mil dieciocho y el extracto del reque-rimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado proce-sado, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE REVOCATORIA DE PENA.- el Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco., presenta REQUERI-MIENTO DE REVOCATORIA DE PENA contra ANDY CCANSAYA MOREANO, como autor del delito Contra la Familia, en la modalidad de omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGA-CIÓN ALIMENTARIA, ANDY CCANSAYA MOREANO; en virtud a que sentenciado no ha cumplido con las reglas de conducta impuestas en la sentencia emitida en fecha dieciséis de febrero del dos mil dieciocho, en donde se le condenó a diez meses de pena pri-vativa de la libertad suspendida en su ejecución por e! plazo de un año; por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita REVOCAR EL PERÍODO DE PRUEBA DE PENA SUSPENDIDA, DEBIENDO CONVERTIRSE EN EFECTIVA.CONSTANCIAA los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil dieciocho, a horas dos de la tarde con treinta minutos, no se verificó la audiencia de incoación de proceso inmediato. Acreditando su presencia:1. DEFENSA DEL ACUSADO: MARÍA ANGÉLICA ALARCON TICONA DEFENSORA Pública con casilla electrónica Nro. 55214, en patrocinio del imputado, ANDY CCANSAYA MOREANO.Quedando notificada con la nueva fecha de repro-gramación de audiencia para, el dia CATORCE DE SEPTIEMBRE A HORAS TRES DE LA TARDE EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL.Cusco, 28 de agosto de 2018.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL

Exp. N° 02930-2017-20-1001-JR-PE-02TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL -FLA-GRANCIA DE CUSCO.Especialista Judicial: RUTH ELENA ÑAHUE CHO-QUE.Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cus-co, que despacha el Señor Juez Dr. Carlos Román Gil, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado Abg. Ruth Elena Ñahue Choque, se ha pre-sentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. N° 02930-2017-20-1001-JR-PE-02, seguido contra EDUARDO HILDEJARES GÓMEZ RAMOS, por la presunta comisión del delito contra la Fami-lia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Fami-liar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE PRESTACIÓN ALIMENTARIA, en agravio del menor de iniciales JSGCH., representado por su progenitura Margot Chacmana Callapiña, se ha dispuesto NOTIFÍCAR al imputado con la Res. 04, que dispone:RESOLUCIÓN N° 04Cusco, dieciocho de junio Del año dos mil Dieciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Conforme queda registrado en audio.PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe.SE RESUELVE:

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La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMartes, 4 de setiembre del 2018

1. Declarar frustrada la presente audiencia por no haber sido notificado el acusado2. Reprogramar la presente audiencia para el DÍA 04 DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA EN LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUS-CO, quedan notificados los presentes, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos.3. Notifíquese con esta resolución a todos los su-jetos ausentes en esta audiencia, principalmente al acusado a su domicilio real consignado en autos, sin perjuicio de ello notifíquese al acusado mediante edictos.V. NOTIFICACIÓN: FISCAL: Conforme. DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme.Cusco, 24 de Agosto del 2018.

J. S (29 AGO, 03, 04 SET)

SEÑOR: WENCESLAO PARIGUANA SUPA

Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Sebastian que corre bajo la dirección de la señorita magistrado Dra.Lynda Vargas Manga en el proceso judicial No. 0008-2018-0-1023-JP-FC-01 seguida por Yhovana Delgado Apaza en contra de WENCESLAO PARIGUANA SUPA sobre prestación de alimentos se ha dispuesto se proceda al emplazamiento de la par-te demandada mediante edictos emplazamiento que debe realizarse con la siguiente resolución autoadmi-sorio del 12 de enero del 2018. DECISIÓN: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por YHOVANA DEL-GADO APAZA en representación legal de su menor hija Sofi.E Korianca Pariguana Delgado sobre PRES-TACIÓN DE ALIMENTOS contra WENCESLAO PARI-GUANA SUPA debiendo sustanciarse el trámite de la presente en la vía del PROCESO ÚNICO.- Estando al Artículo 554° del Código Procesal Civil CÓRRASE traslado a la parte demandada por el plazo de CIN-CO DÍAS para que conteste la demanda. Siendo así NOTIFÍQUESE a dicho demandado en el domicilio real, señalado en la demanda bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de renuencia. De-biendo acompañar en su escrito de contestación a la demanda el anexo requerido, conforme lo dispone el artículo 565° del Código Procesal Civil, sin cuyo re-quisito no será admitida.AL TERCER OTROSÍ DIGO: Téngase por ofrecidos los medios. AL SEGUNDO OTROSÍ DIGO: concédase la asignación anticipada a favor de la menor referida la suma de S/.350.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 SOLES) mensuales que el demandado deberá depositar con la notificación de la presente resolución en la cuenta que para el efecto se aperturara en la fecha en el Banco de la Nación para cuyo fin GÍRESE OFICIO respectivo.H.S.- lo que se le pone en conocimiento para los fines consiguientes, media firma del espe-cialista y firma completa de la señorita Juez.

San Sebastian, 24 de agosto del 2018.

JUAN RONALD BORNAS GUERRASECRETARIO JUDICIAL

P. 6934219 F. (03, 04, 05 SET)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, en el Exped. N° 263-2018-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO por la solicitud de La solicitud de Brígida Valencia Carazas solicita la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, por error al consignar el nombre de su progenitora como “Simiona”, siendo lo correcto “Simeona”, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.-

San Jerónimo, 20-08-2018

ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINOSECRETARIO JUDICIAL

P. 6934134 F. (03, 04, 05 SET)

EDICTO JUDICIAL

Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letra-do de Cotabambas a cargo del Señor Juez Edward Frank Niño de Guzmán Pimentel, en el Proceso Ci-vil N° 27-2018-CI, Natividad Vergara Grovas viene solicitando la rectificación del Acta de Nacimiento (Partida de nacimiento) de su menor hijo ELIO LE-TONA VERGARA en lo que respecta a la fecha de su nacimiento anotado como doce de febrero del dos mil seis (12/02/2006) cuando lo correcto debiera ser doce de febrero del dos mil (12/02/2000). Se emite el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretario Judicial Ana María Carpió Barbachán.

Cotabambas, 08 de junio del 2018.

ANA MARIA CARPIO BARBACHANSECRETARIA JUDICIAL

P. 6934029 F. (03, 04, 05 SET)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Sa-avedra, se tramita el Proceso N° 256-2018-FC, sobre Adopción de Menor, seguido por Raúl Feliciano Dá-valos Choquehuallpa, se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido de la resolución N° 02 de fecha 01 de junio de 2018, como sigue: ADMITIR la demanda interpuesta por RAÚL FELICIANO CHO-QUEHUALLPA contra MANUEL HUAICHAO CARDE-NAS, y contra la sucesión de INOCENCIA HUAMÁN HUARO, sobre adopción de la menor Rosa María Huaichao Huamán; en tal virtud dada la naturaleza de la pretensión demandada se dispone su trámite en la VIA DEL PROCESO UNICO, CON CITACIÓN DE LA FISCALÍA DE FAMILIA DE URCOS, córrase tras-lado a la parte demandada a efecto de que cumpla con contestar la demanda dentro del plazo de CINCO DÍAS de notificado con la demanda y anexos, bajo apercibimiento de declarársele rebelde.- y respecto de la segunda demandada, conforme al artículo 165 y 168 del CP.O publíquese en el Diario Oficial “El Peruano” y en el diario de mayor circulación de la ciudad de Cusco, por tres días conforme establece la Ley, para lo cual la accionante deberá concurrir a Secretaria del Juzgado a recabar los edictos para su publicación, en la hora de atención al público.- H.S.RESOLUCIÓN N° 03.Urcos, 23 de julio de 2018-(...); SE DISPONE: CORREGIR Y ACLARAR en el auto admisorio de demanda, contenido en la resolu-ción N° 02 de fecha 01 de junio de 2018, como de-mandantes las personas de: RAÚL FELICIANO DÁ-VALOS CHOQUEHUALLPA y VISITACIÓN FUENTES QUISPE, quedando inalterable en los demás datos que contiene dicha resolución. H.S.-RESOLUCIÓN N° 05.Urcos, 23 de agosto de 2018.-(...); SE DISPONE: CORREGIR en el auto admisorio de demanda, resolución N° 02 de fecha 01 de junio de 2018, el apellido materno de la demandada QEVF: Inocencia Huaman, siendo lo correcto como “Inocen-cia Huaman Ccorimanya”, quedando inalterable en los demás datos que contiene dicha resolución. H.S.-

Urcos, 24 de agosto de 2018.

CARLOS ASTETE SAAVEDRASECRETARIO JUDICIAL

P. 6933773 F. (03, 04, 05 SET)

EDICTO PENAL

EXP: Nro. 4477-2018-0-1001 -JR-PE-02SECUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPA-RATORIA DEL CUSCO.ESPECIALISTA DE CAUSA: Wilberth Sarmiento Baez

SEÑOR: BIVIAN EDGAR JORDÁN SÁNCHEZ

Se ha dispuesto notificar con la resolución 02 dictada en el Acta de Audiencia de fecha 24/08/2018, cuyo contenido es el siguiente:RESOLUCIÓN N° 02 de fecha 24/08/2018

SE RESUELVE:1. Declarar frustrada la instalación de la presente audiencia y disponer la reprogramación de la misma para el día 20 DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTI-CIA DE CUSCO.2. Se recomienda al personal encargado del diligen-ciamiento de las notificaciones que en el presente caso estando a lo precedentemente expuesto se disponga la notificación vía edictos de ley debiendo adoptar las medidas correspondientes con la finali-dad de que dichos edictos sean publicados oportuna-mente en el diario judicial correspondiente.3. Se dispone que el especialista judicial consigne con la precisión que el caso exige el domicilio real que corresponde al imputado Bivian Edgar Jordán Sánchez tomando en cuenta los actuados incorpora-dos a la carpeta fiscal.4. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas en el presente caso se continúe haciendo las llamadas telefónicas ai número del imputado 992-666976.V.- NOTIFICACIÓN:

FISCAL: ConformeDEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme.Cusco, 29 de agosto del 2018.

J. S (03, 04, 05 SET)

EDICTO PENAL

EXP: Nro. 4289-2018-0-1001-JR-PE-02SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPA-RATORIA DEL CUSCO.ESPECIALISTA DE CAUSA: Wilberth Sarmiento Baez

SEÑOR: ROLANDO PUMA HUAMAN

Se ha dispuesto notificar con la resolución 02 dictada en el Acta de Audiencia de fecha 10/08/2018, cuyo contenido es el siguiente:

RESOLUCIÓN N° 02 de fecha 10/08/2018

SE RESUELVE:1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de esta audiencia y disponer la reprogramación para el DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS 09:30 A.M. EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS.2. Se exhorta al personal encargado del trámite del presente proceso a efecto de que dentro del plazo establecido por ley tenga que emitirse los edictos correspondientes, debiendo remitirse al diario judi-cial correspondiente con la finalidad de cumplir con la notificación al imputado Rolando Puma Huamán.3. Se dispone en el día se cumpla con dicha dispo-sición emitida en el presente caso; habida cuenta que los hechos aún se remontan a junio del año en curso; consecuentemente quedan notificados las

partes procesales con los términos de la presente resolución.IV.- NOTIFICACIÓN:

FISCAL: ConformeDEFENSA PÚBLICA DEL IMPUTADO: Conforme.Cusco, 29 de agosto del 2018

J. S (03, 04, 05 SET)

EDICTO PENAL

EXP: Nro. 367-2018-72-1001-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Wilberth Sarmiento Baez SEÑOR: GARY WILLIAM BELLOTA GONZALES

Se ha dispuesto notificar con la resolución 03 dictada en el Acta de Audiencia de fecha 16/08/2018, cuyo contenido es el siguiente:RESOLUCIÓN N° 03 de fecha 16/08/2018SE RESUELVE:1. DECLARAR FRUSTRADA la presente diligencia y SE REPROGRAMA la continuación de la audiencia para ser verificada en fecha 24 DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA EN LA DE-CIMA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE CUSCO, quedando notificados todos los asisten-tes.2. EXCLUYASE de la defensa técnica del procesado al Abg. FREDY FERNANDEZ GARCÍA a quien se le debe imponer una multa de TRES URP por generar la frustración de esta diligencia, pese que se le noti-fico en audiencia, del mismo modo NOTIFIQUESE al Abg. FREDY FERNANDEZ GARCÍA con el contenido de la resolución que lo excluye, conforme el artículo 85 del Código Procesal Penal.3. SE DISPONE se notifique a la Defensoría Pública para que asigne Defensor al Procesado GARY WI-LLIAM BELLOTA GONZALES.4. SE DISPONE se le otorgue el plazo de 24 horas al procesado para que designe abogado defensor técnico privado.5. SE DISPONE notificar al procesado en su domi-cilio real ubicado en la Urb. Tres de Mayo B-7 San Jerónimo - Cusco, referencia a 100 metros de MAES-TRO, asimismo SE DISPONE se notifique al proce-sado por EDICTOS JUDICIALES.NOTIFICACIÓN:

FISCAL: ConformeCusco, 29 de agosto del 2018

J. S (03, 04, 05 SET)

EDICTO PENAL

EXP: Nro. 4027-2017-68-1001-JR-PE-07 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO.ESPECIALISTA DE CAUSA: Wilberth Sarmiento Baez SEÑOR: FABRICO FERNI FARFAN PAUCAR

Se ha dispuesto notificar con el Acta de Audiencia de fecha 10/08/2018, cuyo contenido es el siguiente:ACTA DE AUDIENCIA de fecha 10/08/2018JUEZ:En este acto notifica a la defensa técnica del impu-tado en la persona del Abg. Ornar Huandu Escalan-te Quispe, por consiguiente la defensa técnica del procesado SE HALLA VALIDAMENTE NOTIFICADO para la audiencia que se verificara en fecha VEIN-TIUNO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIE-CIOCHO A REALIZARSE A LAS DOCE DEL MEDIO DÍA CON TREINTA MINUTOS EN LA DECIMA SALA DE AUDIENCIAS, quedando notificados las partes

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La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 4 de setiembre del 2018

concurrentes, SE DISPONE se vuelva a notificar al imputado en su domicilio real y procesal que corre en autos, en su domicilio de su ficha RENIEC y median-te EDICTOS JUDICIALES, subsistiendo los apercibi-mientos de Ley.NOTIFICACIÓN:

FISCAL: Conforme

Cusco, 29 de agosto del 2018

J. S (03, 04, 05 SET)

EDICTO JUDICIAL

JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCA

Mediante el presente se cita, llama y emplaza al acu-sado ZENON LACUTA CHURA, con D.N.I. 25218560, nacido el 30/07/1976; en el proceso Nro. 175-2017-44, seguida en su contra como AUTOR por la pre-sunta comisión del delito Contra el Patrimonio en su modalidad de USURPACION AGRAVADA, en agravio de SAMUEL MARTÍNEZ RAYO, y tenga a bien CON-CURRIR el día CUATRO DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018 A HORAS TRES DE LA TARDE (hora exacta), a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, que ha de llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta provincia, ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca, con la pre-sencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado.

REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTOConforme a lo prescrito por el articulo 344° inciso y literal, c) (respecto a Michael Ccahua Alejo) y d) del Código Procesal Penal y habiéndose vencido el plazo de la investigación preparatoria: REQUIERO EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE INVES-TIGACIÓN seguida contra Mayumi Astete Quispe, Abraham Campana Quispe, Zenón Lacuta Chura y Juliana Quispe Vizcarra, por la presunta comisión del delito Contra el patrimonio, en sus modalidades de Usurpación, sub tipo USURPACIÓN AGRAVADA (Artículo 204.2 del CP), Daños agravados (Artículo 206.5 del CP) y robo Agravado (artículo 189.1.2 y 4 del CP), en agravio de Samuel Jesús Martínez Rayo.

Resolución Nro. 01Calca, tres de julio del dos mil dieciocho. –

DADO CUENTA: En la fecha con el requerimiento fiscal de sobreseimiento se dispone FORMAR EL CUADERNO DE LA ETAPA INTERMEDIA, con el REQUERIMIENTO DEL SOBRESEIMIENTO FISCAL, los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el órgano ju-risdiccional, así como las actas que registren actua-ciones judiciales, DISPONIENDO que el expediente judicial sea considerado como el Expediente Fiscal que servirá como anexo del Cuaderno de la Etapa intermedia, CÓRRASE TRASLADO a los demás su-jetos procesales por el PLAZO DE DIEZ DÍAS para que procedan conforme al artículo 345° acápite 2° del Código Procesal Penal, acompáñese con copia del requerimiento fiscal de sobreseimiento; fecho cítese a la audiencia preliminar para debatir los fun-damentos del requerimiento fiscal de sobreseimiento. Teniendo en cuenta que conforme a lo manifestado por el señor representante del Ministerio Público, los acusados no se ha apersonado al proceso ni ha señalado su domicilio procesal; en tal sentido los acusados MAYUMI ASTETE QUISPE, ABRAHAM CAMPANA QUISPE, ZENÓN LACUTA CHURA Y JU-LIANA QUISPE VIZCARRA, tenga a bien de APER-SONARSE al proceso con defensa privada para poder absolver el traslado del sobreseimiento, BAJO APERCIBIMIENTO de encomendar a la Defensoría

Pública que asuma su defensa sin afectar el derecho de los acusados, sin perjuicio de ello DESIGNASE a un ABOGADO DE OFICIO, para que asuma la defen-sa técnica de los imputados MAYUMI ASTETE QUIS-PE, ABRAHAM CAMPANA QUISPE, ZENÓN LACUTA CHURA Y JULIANA QUISPE VIZCARRA, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al Juzgado, con tal fin, NOTIFÍQUESE a la Coordina-ción da Defensoría Pública de Calca, adjuntando copia de los actuados pertinentes para que cumpla con lo ordenado, bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento de la Coordinación Departamental de la Defensoría Pública en caso de incumplimiento; y conforme a lo previsto en el artículo 345.3° del Có-digo Procesal Penal; CÍTESE para el día PRIMERO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS DIEZ CON TREINTA DE LA MAÑANA (fecha señalada de acuerdo a la agenda de programación de audiencia que maneja el juzgado), la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Calca, con la presencia del Fiscal y de los demás sujetos procesales, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia del Fiscal, darse por inadmisible la petición de Sobreseimiento y seguir con la secuela del presente caso. PRECISARSE además que: 1) El desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 2) La resolución en caso de ser dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispo-ne el artículo 16°, incisos Io y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CEPJ, en consecuencia; NOTIFÍQUESE a los sujetos procesa-les en sus respectivos domicilios señalados en autos, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia injustificada del Señor Representante del Ministerio Público, de ponerse en conocimiento del Órgano de Control Interno del Ministerio Público.Calca, 23 de agosto del 2018

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EDICTO PENAL

EXP: N° 0035-2018-2018-0-1010-JR-PE-OlJUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ECHARATI.ESPECIALISTA DE CAUSA: Luis Carlos Carranza Cárdenas

Se emplaza A ROSA MARÍA SOTO RAMOS, repre-sentante de la menor M.I.P.S.

Resolución Nro.05Echarati, veintisiete de agosto del dos mil dieciocho.

VISTO; al escrito que antecede, por medio del cual la Fiscalía Provincial Mixta de Echarati, remite a este Despacho Judicial la Disposición de Conclusión de la investigación Preparatoria, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el nuevo modelo procesal Pe-nal existe solo una fase de investigación que es la Investigación penal preparatoria, la misma que está a cargo del Ministerio Publico, existiendo en ella unidad de prueba y unidad de plazos, SEGUNDO: Que, siendo el Ministerio Publico el titular y direc-tor de la investigación ha dispuesto la Conclusión de la investigación preparatoria en el presente caso, la misma que se encuentra conforme a lo dispuesto en el numeral 1o del artículo 343° del Código Procesal Penal, el cual prevé “El Fiscal dará por concluida la Investigación Preparatoria cuando considere que ha cumplido su objeto, aun cuando no hubiere vencido el plazo”; TERCERO: Que, habiendo el fiscal encar-gado del caso comunicado la disposición de Con-

clusión de la investigación al juez de investigación preparatoria, el mismo que interviene en la etapa preliminar como garante de la legalidad, que no es otra cosa que garantizar los actos de investigación que realiza el fiscal; siendo así y estando dentro del marco legal lo actuado por el representante del Mi-nisterio Publico, en mérito a las consideraciones que anteceden y debiendo continuarse con la etapa pro-cesal correspondiente, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Echarati, tiene por RECEPCIONADA la comunicación de la disposición de Conclusión de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Mixta de Echarati, que se le sigue contra el imputado HERNÁN GONZALES CARRION, en calidad de autor del delito contra la Libertad, en su modalidad de Violación Sexual, sub tipo VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la me-nor de iniciales MJ.P.S. (12 años). NOTIFIFIQUESE con la presente resolución a todas las partes del pro-ceso en sus domicilios señalados en autos. SE EX-HORTA al señor representante del Ministerio Público, tener en cuenta lo dispuesto en el inciso primero del Art. 344 del Código Procesal Penal, el cual otorga un plazo de quince días para la pronunciación por parte del Ministerio Público conforme a sus atribuciones.

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EDICTO PENAL

EXP: N° 00215-2017-0-1010-JR-PE-OlJUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ECHARATI.ESPECIALISTA DE CAUSA: Luis Carlos Carranza CárdenasSE EMPLAZA A LUCILA FLORES CONDORI REPRE-SENTANTE DE LA MENOR DE INICIALES J.Q.F.

Resolución N° 06Echarati, veintisiete de agosto del dos mil dieciocho.

VISTO; al escrito que antecede, por medio del cual la Fiscalía Provincial Mixta de Echarati, remite a este Despacho Judicial la Disposición de Conclusión de la investigación Preparatoria, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el nuevo modelo procesal Pe-nal existe solo una fase de investigación que es la Investigación penal preparatoria, la misma que está a cargo del Ministerio Publico, existiendo en ella unidad de prueba y unidad de plazos, SEGUNDO: Que, siendo el Ministerio Publico el titular y direc-tor de la investigación ha dispuesto la Conclusión de la investigación preparatoria en el presente caso, la misma que se encuentra conforme a lo dispuesto en el numeral 1o del artículo 343° del Código Procesal Penal, el cual prevé “El Fiscal dará por concluida la Investigación Preparatoria cuando considere que ha cumplido su objeto, aun cuando no hubiere vencido el plazo”; TERCERO: Que, habiendo el fiscal encar-gado del caso comunicado la disposición de Con-clusión de la investigación al juez de investigación preparatoria, el mismo que interviene en la etapa preliminar como garante de la legalidad, que no es otra cosa que garantizar los actos de investigación que realiza el fiscal; siendo así y estando dentro del marco legal lo actuado por el representante del Mi-nisterio Publico, en mérito a las consideraciones que anteceden y debiendo continuarse con la etapa pro-cesal correspondiente, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Echarati, tiene por RECEPCIONADA la Comunicación de la Disposición de Conclusión de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Mixta de Echarati, que se le sigue contra el imputado VICENTE QUISPE QUISPE, por la pre-sunta comisión del delito contra la Libertad en su mo-dalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub tipo Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales J.Q.F. NOTIFIFIQUESE con la presente resolución a todas las partes del proceso en sus domicilios señalados en autos. SE EXHORTA al

señor representante del Ministerio Público, tener en cuenta lo dispuesto en el inciso primero del Art. 344 del Código Procesal Penal, el cual otorga un plazo de Quince días para la pronunciación por parte delMinisterio Público conforme a sus atribuciones.

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JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ANTA EXPEDIENTE PENAL N° 00247-2018-67-1004-JR-PE-01 JUEZ Dr. ÓSCAR V1ZCARRA MERCADO

Se cita, y emplaza a CLAUDIO CCAHUA CHAYÑA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito contra la libertad, en la moda-lidad de violación de la libertad sexual, subtipo VIO-LACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agra-vio de menor de iniciales S.CCO.CC. Y se pone de conocimiento la resolución siguiente: RESOLUCIÓN Nro. 04. Anta, veintiuno de agosto del año dos mil dieciocho.- Que RESUELVE: 1.- DECLARAR FRUS-TRADA la presente audiencia por falta de notifica-ción al imputado en su domicilio real. 2.- Debiendo en consecuencia reiterarse la notificación al domicilio real del imputado precisado por la Representante del Ministerio Publico, con las características proporcio-nadas, sin perjuicio de ello disponerse la notificación vía edicto. 3.- Encárguese al personal de notificacio-nes de esta sede judicial, a fin de que diligencia la notificación dirigida al imputado en la dirección antes señalada. 4.- REPROGRAMAR la presente audiencia para verificarse el día TRECE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. A LAS ONCE DE LA MA-ÑANA, quedando notificados los sujetos procesales asistentes y/o citados a la presente audiencia.Anta, 27 de Agosto del 2018.

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EXPEDIENTE : 00754-2018-0-1015-JR-PE-01JUEZ : ALICIA VARGAS LEÓNESPECIALISTA : LISBETH MENDOZA GONZA-LES

LA SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGA-CIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE URU-BAMBA - CUSCO EMITE:RUBÉN CALCINA PERALTA, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Urubamba, a Ud. digo: De conformidad a lo dispuesto con el Ar-tículo 349° y siguientes del Código Procesal Penal, formulo REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIREC-TA en contra de Jair Guevara Tiahuallpa, por la pre-sunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones, sub tipo AGRE-SIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES E INTE-GRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, ilícito previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 122-B, del Código Penal concordando con el primer párrafo de la misma norma sustantiva, en agravio DINA ZAM-BRANO LUCANA.(...) Que en fecha 05 de Noviembre de 2017, siendo las 20:30 horas aproximadamente, Dina Zambrano Lucana se encontraba en la casa de su comadre libando cerveza con su madrina; donde apareció el imputado quien observo de la hora y por-que no se había ¡do todavía, es así que su madri-na de la agraviada le alcanzo cerveza par que les acompañara el imputado; así mismo pasado un buen momento la denunciante le observaba al imputado el de porque tomaba todos los días y le denunciaría, motivo por el cual tuvieron una pequeña discusión acompañada de palabras soeces, he instantes des-

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La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMartes, 4 de setiembre del 2018

pués le propinara dos puñetes en el rostro el imputa-do dejándose sangrar y quitándole a su bebe de un año a la agraviada, reaccionando Lourdes Guevara en botarle de la casa al imputado.(...). “(...) Solicito a Usted. Señora Juez que de conformidad con el Art. 350 y siguientes del Código Procesal Penal proceda Usted, a notificar la presente acusación y señale día y hora para la correspondiente audiencia.

Resolución Nro. 02Urubamba, dieciséis de Agosto del dos mil diecio-cho.-SE RESUELVE: REPROGRAMAR la presente au-diencia, para llevarse a cabo el día DOCE DE NO-VIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencia del Juzgado sito en el jirón Comercio s/n de la ciudad de Urubamba. SE dispone NOTIFI-CAR al investigado JAIR GUEVARA TIAHUALLPA por mediante EDICTO, con el Requerimiento Mixto así como con la presente resolución. H.S.Urubamba, 27 de Agosto del 2018.

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EDICTO PENAL.

CUADERNO DE DEBATES N° 02015-2016-82-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LU-CERO.

Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, se cite y emplaza al procesado MODESTO CÓNDORI CONTRERAS, a fin que concu-rra a la audiencia de juicio oral Señalado pera e! DÍA MARTES 04 DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 04:30 P.M, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Pa-lacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del Palacio de Justicia, por haberse dispuesto asi en el CUA-DERNO DE DEBATES N° 02015-2016-82-1001-JR-PE-01, seguido en contra de los referidos imputados, como presuntos autores de la comisión del delito de homicidio calificado con la finalidad de ocultar otro delito en agravio D.Q.V.F Fidelia Condori Quispe..-Cusco, 29 de Agosto del 2018.

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EDICTO PENAL

SEÑOR: JHON DÍAZ QUILLA.

El señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Reynaldo Ochoa Muñoz, en el proceso N° 4875-2018-0-1001-JR-PE-04, se-guido contra ROBERT CAMA CRUZ y JHON DÍAZ QUILLA, por la comisión del delito contra los Recur-sos Naturales, en la modalidad de Tráfico ilegal de Productos Forestales Maderables, subtipo Trans-porte de Productos Forestales Maderables previsto y sancionado en el artículo 310-A del Código Penal, en agravio del Estado representado por la Procura-duría Pública del Ministerio del Ambiente; y contra WILMER ÁLVAREZ MORA por la comisión del delito Contra los Recursos Naturales, en la modalidad de Tráfico Ilegal de Productos Forestales Maderables, subtipo Adquirir ilícitamente Productos Forestales Maderables, previsto y sancionado párrafo del artícu-lo 310-A e inciso 6) del artículo 310-C del Código Pe-nal, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Darwin Trujillo Tejada, se le ha dispuesto notificar con la disposición y auto de formalización de inves-tigación preparatoria, cuyo extracto es el siguiente:

DISPOSICIÓN DE FORMALIZACIÓN Y CONTINUA-CIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA: La Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de la Convención, presenta disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria contra ROBERT CAMA CRUZ y JHON DÍAZ QUILLA, por la comisión del delito contra los Recursos Naturales, en la modalidad de Tráfico ilegal de Productos Fores-tales Maderables, subtipo Transporte de Productos Forestales Maderables previsto y sancionado en el artículo 310-A del Código Penal, en agravio del Es-tado representado por la Procuraduría Pública del Ministerio del Ambiente; y contra WILMER ÁLVAREZ MORA por la comisión del delito Contra los Recursos Naturales, en la modalidad de Tráfico Ilegal de Pro-ductos Forestales Maderables, subtipo Adquirir ilíci-tamente Productos Forestales Maderables, previsto y sancionado párrafo del artículo 310-A e inciso 6) del artículo 310-C del Código Penal; formalización que se efectúa en vía del proceso común por el plazo de CIENTO VEINTE DÍAS; sin perjuicio de emplear-se cualquiera de los procesos especiales, de ser el caso; en consecuencia de conformidad con lo pres-crito por el artículo 337° del Código Procesal Penal, y previa las formalidades procesales,AUTO DE RECEPCIÓN DE LA DISPOSICIÓN DE LA FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA: Resolución N° 01: VISTO: La disposición de formalización de la investigación preparatoria que antecede y estando a la comunicación del Ministerio Publico respecto a que se ha formalizado investigación preparatoria contra varías personas plenamente identificadas, por un hecho de contenido criminal y por un tipo penal especifico; SE RESUELVE: PARTE RESOLUTIVA: RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por la Primera Fiscalía Pro-vincial Penal Corporativa de La Convención, contra ROBERT CAMA CRUZ y JHON DÍAZ QUILLA, por la comisión del delito contra los Recursos Naturales, en la modalidad de Tráfico ilegal de Productos Fores-tales Maderables, subtipo Transporte de Productos Forestales Maderables previsto y sancionado en el artículo 310-A del Código Penal, en agravio del Es-tado representado por la Procuraduría Pública del Ministerio del Ambiente; y contra WILMER ÁLVAREZ MORA por la comisión del delito Contra los Recursos Naturales, en la modalidad de Tráfico Ilegal de Pro-ductos Forestales Maderables, subtipo Adquirir ¡líci-tamente Productos Forestales Maderables, previsto y sancionado párrafo del artículo 310-A e inciso 6) del artículo 310-C del Código Penal; a efectos de que la juez de investigación preparatoria asuma competen-cia material en el proceso. Conforme a la disposición que antecede en el que se señala que no concurren los presupuesto materiales contenidos en el artículo 268° del CPP respecto a la prisión preventiva y com-parecencia con restricciones, se IMPONE la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a los imputados RO-BERT CAMA CRUZ, JHON DÍAZ QUILLA y WILMER ÁLVAREZ MORA. DESIGNAR abogado de oficio. para que asuma la defensa de los imputados RO-BERT CAMA CRUZ, IHON DÍAZ QUILLA y WILMER ÁLVAREZ MORA al haberse advertido que no cuen-tan con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juz-gado, para ello, se notificará a la Coordinadora de la Defensoría Pública Abogada Miluska Baca Beltrán en su sede institucional, con la designación y el aper-sonamiento inmediato de los defensores públicos en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de tenerse por designada a la misma. PRECISAR que estan-do la investigación a cargo de la fiscalía la carpeta fiscal se encuentra disponible en las oficinas de la fiscalía encargada del caso. DISPONER conforme al Nuevo Reglamento de Despacho Judicial aprobado por R.A. 014-2017, los fiscales, defensores públicos, abogados particulares, procuradores, tiene la obliga-ción de tener CASILLA ELECTRONICA y en dicha casilla únicamente se les notificara las resoluciones

judiciales, concediéndose un plazo de 3 días a las partes a fin de que se apersonen y señalen sus ca-sillas electrónicas. PRECISAR atendiendo al nuevo reglamento específicamente el artículo 43° respecto a que si se advierte que una persona tiene varios domicilios reales -pluralidad de domicilios -la fisca-lía debe precisar solamente uno de ellos para fines de no distorsionar la viabilidad del proceso. Asimis-mo según el mencionado artículo del reglamento se precisa que también se da la condición de domicilio real al número del teléfono celular, correo electróni-co personal u otro medio idónea que dé cuenta de notificación cierta de una persona. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el día TRECE DE NOVIEM-BRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, la observan-cia del cumplimiento de los plazos. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las va-riaciones de domicilio que realicen las partes proce-sales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente ítem. AUTORÍCESE a los Asistentes de Causas, el dictado con su sola firma de las resoluciones (decretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser aplicados por Juez. HÁGASE SABER.Cusco, 29 de agosto del 2018.

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SALA MIXTA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL

DE APELACIONES

EXPEDIENTE : 00215-2005-0-1010-SP-PE-01RELATOR : ROGER MUÑOZ BACAMINISTERIO PUBLICO: FISCAL SUPERIOR DE LA CONVENCIÓN .IMPUTADO : TANCA DE MENDOZA. ELENAAGRAVIADO : HEREDEROS LEGALES DE QEVF ALEJANDRO IBARRA ESTRADA.

EDICTO PENAL

Ante la Sala Mixta de La Convención, presidida por la Juez Superior Dra. Mariliana Cornejo Sánchez e in-tegrada por los Jueces Superiores Dr. Efraín Trelles Sulla y Dr. Rómulo Víctor Velasco Chavez, bajo la actuación de la Secretaria Abg. Ana Roció Casapino Rodríguez, en el proceso en el proceso N°00215-2005-0-1010-SP-PE-01 seguido en contra de FOR-TUNATO CHOQUE BALTA por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado. en agravio de los Herederos Legales de Q.E.V.F. Alejandro Ibarra Estrada, Marcelina Chalco de Ibarra y Reyna Ibarra Chalco: mediante Resolución Nc 35. de fecha 22-08-2018: se ha dispuesto la notificación mediante EDIC-TOS JUDICIALES en el Diario Judicial del Cusco, asimismo en el Portal Web Oficial del Poder Judicial: a los HEREDEROS LEGALES DE Q.E.V.F. ALEJAN-DRO IBARRA ESTRADA: MARCELINA CHALCO DE IBARRA Y REYNA IBARRA CHALCO: la Resolución N° 31 “AUTO FINAL”, que textualmente expresa en la parte resolutiva: DECISIÓN: Por estos fundamen-tos, la Sala Superior Mixta de La Convención y en adición de funciones. Sala Penal liquidadora de San-ta Ana. DECIDIERON:1. Declarar de oficio FUNDADA la Excepción de Na-turaleza de Acción, a favor del procesado Fortunato Choque Balta, por el delito especifico de homicidio calificado previsto en el artículo 108” numerales I y 3 a el Código Penal, en agravio de los Herederos legales de Q.V.F. Alejandro Ibarra Estrada y otros.Enconsecuencia, una vez que quede consentida o ejecutoriada el presente auto: DIERON por feneci-do el proceso, debiendo archivarse definitivamente,

después de girar los oficios para la anulación de los antecedentes judiciales y policiales que se genera-ron a raíz de este proceso.2. Teniendo en cuenta que el procesado Fortunato Choque Balta, se encuentra recluido en el Estable-cimiento Penal de La Convención: gírese el oficio para su inmediata excarcelación, siempre y cuando el procesado no tenga mandato de detención u otra medida.3. DEJARON sin efecto las órdenes de captura dis-puestas en contra del acusado Fortunato Choque Balta debiendo con dicho fin, en el día girarse los respectivos oficios a las distintas reparticiones de la Policía Nacional del Perú.4. RESÉRVESE el juzgamiento en contra de los pro-cesados Elena Tanca de Mendoza y Juana Torres Quispe, en tal virtud DISPUSIERON se giren los ofi-cios de captura en la forma prevista en la ley, ordena-ron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva. SS.Quillabamba. 28 de Agosto del 2018.

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EDICTO JUDICIAL

PUBLICACION QUE SE EFECTUA DE CONFORMI-DAD A LO DISPUESTO POR EL ART.144 DE L.OPJ.

1° SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE : 00165-2017-0-1001-SP-CI-01MATERIA : PRESCRIPCION ADQUISITIVA

Resolución Nro. 41Cusco, 24 de agosto de 2018.Habiéndose producido discordia respecto de la sen-tencia venida en consulta, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Karinna Justina Holga-do Noa, al que se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “DESA-PROBAR la Sentencia contenida en la resolución N° 14 de fecha 7 de marzo de 2017 que resuelve declarar : FUNDADA la demanda interpuesta por EDGAR BENITO CJURO GONZALES Y JUAN MO-LLINEDO HERRERA sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio del bien inmueble rústico denominado MOROGACHAYOC GRANDE ...” Debiendo emitirse nueva resolución tomando en cuenta lo expuesta en la presente resolución”; y en el VOTO EN DISCOR-DIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “DESAPROBARON la sentencia contenida en la resolución Nº 14, del 7 de marzo de 2017 por el que el Juez del Primer Juzgado Mixto de Quispicanchis, resuelve declarar: “(…) FUNDADA la demanda interpuesta por EDGAR BENITO CJURO GONZALES Y JUAN MOLINEDO HERRERA, sobre Prescripción Adquisitiva de Domi-nio del bien inmueble rustico denominado “ MORO-GACHAYOC GRANDE”, de una extensión superficial de UNA AREA DE 13.6378 HS y con un perímetro 2,041.98 metros lineales, ubicado en el Distrito de Lucre, Provincia de Quispicanchis, Departamento de Cusco, contra la Municipalidad Distrital de Lucre, el cual no figura inscrito en el Registro de Predios de la Zona Registral No, X sede Cusco. En consecuencia, declárese a EDGAR BENITO CJURO GONZALES Y JUAN MOLINEDO HERRERA, propietarios por pres-cripción Adquisitiva de Propiedad (…)”. (Folios 155 a 158). En tal virtud, se declara NULO lo actuado en el proceso, hasta el estado de volverse a calificar la demanda; debiendo la Jueza del proceso, orde-nar la adecuación de la demanda. Y lo devolvieron”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la ins-tancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Franklin Gregorio Gutiérrez Me-rino integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco;

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La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 4 de setiembre del 2018

SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 18 DE SETIEMBRE DE 2018, a horas 3:00 DE LA TARDE, y de conformidad con lo dispuesto por el ar-tículo 409 del Código Procesal Civil, no procediendo el pedido de informe oral.- ORDENARON que me-diante Secretaría de Sala se cumpla con la publica-ción respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-S.S.-Media Firma de las Señoras Jueces Superiores VÉLASQUEZ CUENTAS, DELGADO AYBAR Y HOLGADO NOA. Firma de la Secretaria de la Sala Civil de Cusco, Roxana Bohór-quez Abarca.Cusco, 29 de agosto de 2018.

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EDICTO JUDICIAL

PUBLICACION QUE SE EFECTUA DE CONFORMI-DAD A LO DISPUESTO POR EL ART.144 DE L.OPJ.

1° SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE : 01233-2013-0-1001-JR-CI-01MATERIA : ACCION DE AMPARO

Resolución Nro. 32Cusco, 24 de agosto de 2018.Habiéndose producido discordia respecto de la sen-tencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere el Señor Juez Superior Franklin Gregorio Gutiérrez Merino opina por: “CONFIRMAR la sentencia contenida en la Re-solución Nº 22, de 04 de julio de 2017 (folio 242 y siguientes), que falla: “DECLARANDO INFUNDADA la demanda de fojas treinta y uno y siguientes, inter-puesto por Roger Núñez Valdez contra la Universi-dad Andina del Cusco, sobre Acción de Amparo.”.- Y los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, es porque: “REVOCAR la sentencia contenida en la Resolución N° 22, del 04 de julio del 2017 (fojas 242 y ss.), que falla: DECLARANDO INFUNDADA la demanda de fojas treinta y uno y siguientes, inter-puesto por Roger Nuñez Valdez contra la Universidad Andina del Cusco sobre Acción de Amparo; REFOR-MANDOLA SE DECLARE FUNDADA LA DEMANDA de fojas treinta y uno y siguientes, interpuesto por Roger Nuñez Valdez contra la Universidad Andina del Cusco sobre Acción de Amparo y se proceda a la RE-POSICION del actor en el cargo que venía desempe-ñando. Con costas y con costos. Y los devolvieron”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la ins-tancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón inte-grante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑA-LÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 18 DE SETIEMBRE DE 2018, a horas 8:00 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Jus-ticia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos; no es necesario que los abogados ya autorizados para informar, reiteren su pedido.- ORDENARON que me-diante Secretaría de Sala se cumpla con la publica-ción respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- Dando providencia al ingreso N° 9279-2018, AL PRINCIPAL: Estando a lo solicitado, estese a los votos antes transcritos.-S.S.- Media Firma de las Se-ñoras Jueces Superiores DELGADO AYBAR Y HOL-GADO NOA. Firma de la Secretaria de la Sala Civil de Cusco, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 28 de agosto de 2018.

J. S (03, 04, 05 SET)

EDICTO JUDICIAL

En el 5o JUZGADO CIVIL EN EL EXPEDIENTE N° 02250-2017-0-1001-JR-CI-05, SOBRE CAMBIO DE NOMBRE, SUPRESION DE NOMBRE Y/O ADICION DE NOMBRE SEGUIDO POR SOLEDAD AMANCA MAMANI SE HA DISPUESTO:SENTENCIARESOLUCIÓN N° 07Cusco, 18 de abril de 2018.-AUTO Y VISTA: La demanda de cambio de nombre presentada por Soledad Amanca Mamani, en su par-tida de nacimiento N° 1518, en la pagina N° 373, extendida el 9 de agosto de 1983 que se encuentra inscrito ante el Registro Nacional de identificación y Estado Civil “RENIEC” del departamento de Cusco. SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADA la demanda de cambio de nombre presentada por Soledad Aman-ca Mamani, en su partida de nacimiento, en conse-cuencia, se ORDENA el cambio de nombre de pila de “Soledad” al nombre de “Sol”, debiendo quedar en forma completa su nombre como Sol Amanca Ma-mani, nacida el 18 de julio de 1983, en la partida de nacimiento con N° 1518, en la pagina N° 373, exten-dida 9 de agosto de 1983 que se encuentra inscrito ante el Registro Nacional de identificación y Estado Civil “RENIEC” del departamento de Cusco. En con-secuencia, una vez publicada la presente sentencia en el diario de mayor circulación, PROCÉDASE a la inscripción de esta sentencia por ante la RENIEC, T.R. y H.S.RESOLUCIÓN Nro. 08.-Cusco, 08 de mayo del 2018.-A LO EXPUESTO Por la demandante Soledad Aman-ca Mamani y CONSIDERANDO: SE RESUELVE:DECLARAR CONSENTIDA la sentencia dictada el 18 de abril del 2018.-PUBLIQUESE un extracto de la sentencia y de la presente resolución en el Diario Judicial del Cusco.- H.S.-Fdo.: Marianella Cárdenas Villanueva: Juez; Rafael Castillo Canal: Especialista Legal.

Cusco, 05 de junio del 2018.-

RAFAEL CASTILLO CANAL ESPECIALISTA LEGAL

P. 6932235 F. (03, 04, 05 SET)

EDICTO JUDICIAL

En el Cusco, a 29 de agosto de 2018, la seño-ra Juez del Quinto Juzgado Civil del Cusco, Dra. Marianella Cárdenas Villanueva; ha dispuesto la publicación del auto admisorio en el Proceso No. 1603-2018-0-1001-JR-CI-05, seguido por Oscar Eli-seo Bellido Vargas, sobre cambio de Nombre en la forma siguiente:Resolución No. 02.- Cusco, 20 de agosto de 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda in-terpuesta por OSCAR ELISEO BELLIDO VARGAS, sobre CAMBIO DE NOMBRE, debiendo tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARISIMO, con citación del Representante del Ministerio Público, para su intervención en caso se advierta la posibili-dad del cambio de nombre con fines ilícitos, debien-do efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco,(...) Por ofrecidos los medios probatorios los mismos que serán admitidos y actua-dos en la etapa procesal correspondiente. Insértese en autos los anexos de su referencia. H.S.-

VILMA VARGAS TRUJILLOSECRETARIA JUDICIAL

P. 6953810 F. (04 SET)

EDICTO JUDICIAL

La señora Juez del Juzgado Mixto. Dra. Melody Contreras Barineza, en el Proceso 00214-2014-0-1015-CI, ha dispuesto la Publicación por edicto Ju-dicial con la resolución número 01 de fecha veintiuno de noviembre del año 2014 (Autoadmisorio)... SE RESUELVE: ADMITIR: A trámite la demanda inter-puesta por DOMINGO AQUILES BEJAR LOZANO contra LA ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGRÍ-COLAS MASCABAMBA; EUSEBIO RODRÍGUEZ POMARROSA, MAGNOLIA REYES SOLÍS, JORGE SEGUNDO BEJAR LOZANO; SOFIA BEJAR GIRAL-DO sobre - NULIDAD DEL ACTO JURÍDICO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE ADJUDICACIÓN DE FE-CHA 11 DE JULIO DE 2008, PREDIO DENOMINADO MASCABAMBA, DE LA PARCELA 1 SECTOR I y del documento que lo contiene celebrado ante el notario Abad Olaguivel Olivera de la Provincia de Urubamba. -NULIDAD DE LA ESCRITURA PÚBLICA de Anticipo de Legitima de fecha 03 de agosto de 2009. - CAN-CELACIÓN DE ASIENTOS DE INSCRIPCIÓN de las escrituras Públicas objeto de nulidad. - REIVINDICA-CIÓN de herencia. Debiendo tramitarse en la vía del proceso de CONOCIMIENTO. Córrase traslado por el plazo de 30 días a los demandados.-H.S.-habién-dose comunicado al Juzgado el fallecimiento de la litisconsorte Elsa Bejar Lozano se deberá notificar a la sucesión procesal de esta por edictos. - REALIZAR la publicación del extracto de la presente resolución y autoadmisorio mediante edicto judicial, en el Diario Judicial Del Cusco y el Diario Oficial de la República, a fin de notificar a la Sucesión procesal de QVF Elsa Bejar Lozano. H.S.Secretario Judicial: Carlos Augusto Palomino Núñez del Prado.

Urubamba ,29 de Agosto del año 2018.

CARLOS PALOMINO NUÑEZ DEL PRADOESPECIALISTA JUDICIAL

P. 6937688 F. (04, 05, 06 SET)

EDICTO JUDICIAL

RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO Expediente N°: 0244-2018-CI-02Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis - Sicuani, bajo la dirección de la señora Juez Dra. JUDITH ANDREA BELLOTA GUZMAN, y la actuación del Secretario Judicial Amador Tinta Chaiña, FRAN FLAVIO APAZA YUCRA, ha solicitado se rectifique la partida de nacimiento de su menor hijo ROY CRIS-TIAN APAZA QUISPE, otorgado en la Municipalidad Distrital de Canchis, debiendo rectificarse el segundo apellido del recurrente la letra “ que dice YUGRA” por la letra “C” y quedar como “YUCRA”, siendo lo correcto FRAN FLAVIO APAZA YUCRA. Quedando los de más datos inalterable.Lo que se publica para los fines pertinentes

Sicuani, 24 de agosto del 2018.

AMADOR TINTA CHAIÑASECRETARIO JUDICIAL

P. 6937680 F. (04 SET)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar

que despacha el señor Juez Edwin Florencio Cruz Dominguez, se viene tramitando el Proceso Judi-cial N° 00319-2017-0-1009-JM-FC-01, habiéndose resuelto por Resolución N° 02 de ehca 04 de Julio de 2018: “Admitir a trámite la solicitud sobre Cambio de Nombre, formulada por Roy Danny Huanaco Hui-llca; debiendo sustanciarse en la vía del Proceso No Contencioso”; habiéndose dispuesto la publicación del Edicto Judicial en el Diario Judicial La República, en el acto de Audiencia de Actuación y Declaración Judicial de fehca 16 de Agosto de 2018. Secretario Judicial Donny Sam Alvaro Roca. Lo que se publica para los fines de ley.-

Espinar; 23 de Agosto de 2018

DONNY SAM ALVARO ROCASECRETARIO JUDICIAL

P. 6937496 F. (04, 06, 10 SET)

NOTIFICACIÓN POR EDICTOS

Que, en el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echa-rati, que despacha la señorita Juez Dra. Nataly C. Cáceres Velarde, se viene tramitando la causa N° 0005-2017-CI seguida por CARLOS ALBERTO FE-LIX CAVERO APODERADO DE ELSA HERRERA RIVERA VDA. DE GAMARRA, ELIO CÉSAR, GUII-LLERMO MIGUEL, VÍCTOR ADÁN, FLORA ELSA, ADA MILAGROS GAMARRA HERRERA , sobre NU-LIDAD DE TRÁMITE ADMINISTRATIVO DE TÍTULO DE DOMINIO, REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE Y OTRAS ACCIONES, se ha dispuesto la notificación por edictos a los demandados con el auto admisorio, mediante resolución N° Resolución N° 017 parte per-tinente del auto admisorio ADMÍTASE y CÓRRASE traslado a los demandados por el término de ley en la vía del proceso CONOCIMIENTO por ofrecido los medios probatorios, en contra de MAURO HERMO-ZA FLORES, JULIAN RAMOS AGUILAR, NICASIO ARIAS NAVARRO, MANUELA CARBAJAL DE HUA-MANÑAHUI, MIGUEL ANGEL ORTEGA MOLLEDA, LEONARDO TINTAYA CHAHUAYA, FERNANDO INFANTAS LEIVA, MARIANO HUANACO CRIOLLO, PERCY QUISPE GUZMÁN, ALEJANDRO CAMA-CHO TEVEZ, FAUSTINO GIRADO BEJAR, EULO-GIA HUANCACORI GONZÁLES, JUULIA VALENCIA DE SEQUEIROS, CRISÓSTOMO PARIACA CÁCE-RES, GREGORIO MAMANI HUAMÁN, VALENTÍN SALDIVAR ALTAMIRANO, VÍCTOR HUASHUA CA-YLLAHUA, SANTOS AYMA CUSIHUAMÁN, JOSÉ AVALOS CANDIA, JULIO ALCAZAR CUELLAR, NICOLASA QUISPE DELGADO, MODESTO LIMA QUISPE, MARIANO CONCEPCIÓN UISCAMAYTA, DORA MENDOZA MANCIN, FELICIA QUISPE SA-YRE, ALEJANDRINA PUMA DE SALAS, MARIANO PARIASACO CÁCERES, MARCO ARTEAGA MAMA-NI, EDILBERTO AZURIN CALDERON, FRANCISCO ARTEAGA MAMANI, TEÓFILO HUAMÁN QUISPE, CLAUDIA USCAMAYTA MAMANI, EXALTACIÓN CARHUAS AMAO, TOMÁS ALVAREZ ESPINOZA, SAMUEL MENDOZA MIRANDA, JACINTO VICENTE HUILLCAS RAMOS, ALVERTINA MIRANDA MENDO-ZA, SANTOS HIGIDIO HUAMÁN PUMA, ROBERTO ACHAHUI LIMAYPUMA, LIVARIO COLQUE CHUC-TAYA, SUSARE CCOSCO SANCHEZ, JUAN AUCCA-YILLE MAMANI, JULIA EUTROPIA LIMA HUAMÁN, ANTOLIN HUAMÁN OVALLE, EMILIA ESPINOZA BEINGOLEA, JUSTINA QUISPE MIAYPUMA, ZE-NÓN VALER SONCCO, SILVERIA HUAMANÍ INCA, TIBURCIO VALERIANO TURPO LOPOEZ, HERNÁN HUAMANÑAHUI CARBAJAL, SANTOS ASCARZA CUELLAR, EDUARDO VALENZUELA VELASQUEZ, ALEJANDRINA QUISPE VASQUEZ, AMÉRICO MIO-LINA CCAHUANA, LEONCIA AUCCAINQUILTUPA, NATIVIDAD VELASQUEZ HUAMÁN, DINOCIO SAL-DIVAR CARRASCO, ISMAEL MIRANDA ALVAREZ, FELICIANO QUISPE FRANCO, RAÚL QUISPE IN-FANTAS, EDUARDO CHALLCO TTITO, JUSTINO

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La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMartes, 4 de setiembre del 2018

TARRAGA ZÚÑIGA, MARIO ESPINOZA SEGUNDO, ISAIAS PALOMINO ACCUEDO, BELIA USCAPI HUALLPA, UBALDINO HUAMANÍ INCA, HERMELIN-DA MIRANDA PEÑA, BENEDICTO HUANCACURI GONZÁLES, VIRGINA SAYRE CHACLLCO, EUSE-BIO TTITO TUPA, MARCOS ZAMALLOA QUISPE, VICENTE CARHUARUPAY CHOQUE, GERMÁN CARHUARUPAY ATOQUE, JULIAN RAMOS AGUI-LAR, DOLORES RONDAN ROJAS, BRAULIA QUIS-PE VALDIVIA, EMILIO VALDERRAMA CHUPANA, SÓCRATES PALOMINO ALARCÓN, FRANCISCO RUIZ MERMA, MAURO APAZA CHOAQUHUANCA, AGAPITO CARHUAS AMAO, TEODORIO AMBRO-CIO USCAMAYTA HUAMÁN, NATIVIDAD SANTA CRUZ AYERBE QUISPE, BENJAMÍN CCABRERA PERALTA, FRANCISO MAMANI CCASA, JUAN DIONICIO HUETOCCOLLO QUISPE, ESTANISLAO HUMAN PEÑA, UBALDO SALDIVAR ALTTAMIRA-NO, GERTUDRES HUAMÁN CCONISLLA, LUISA MAMANI RIMACHI, APOLINAR TINTO QUISPE, LU-CIO HURO VIZA, ROGER QUISPICUSCI INFANTAS, FRUCTUOSO TTITO TTUPA, PRESENTACIÓN RO-ZAS VELASQUEZ, PERCY CCORAHUA HUANCA, EFRAÍN ESCALANTE FLROREES, RAFAEL CUTIRE QUISPE, IGNACIO ESCALNTE FLROES, TIMO-TEO CHURAHUYLLA HUALA, AMÉRICO HUAMANI INCA, DEMETRIA VALVERDE CORRALES, MA-NUEL EXALTACIÓN GUZMÁN FUENTES, ROBERTA PHOCCO MARTÍNEZ, LEONCIO QUISPE MUROS, RAFAEL PUMACCAHUA HUAMÁN, NARCISO QUIS-PE VASQUEZ, SEBASTIAN QUISPE MORA, ANTO-NIO UGARTE OLIVER, COY VELASQUEZ BAEZ, AVELINA HUILLCA GUTIERREZ VIUDA DE ANGU-LO, ISAAC MACUTE COICA, WALTER VELASQUEZ CCORAHUA, EPIFANIO VELASQUEZ PARIHUARA, DIONICIO VELASQUEZ CASTRO, SIMEON PAIVA VELASQUEZ, WALTER HAUMANI QUISPE, TRI-NIDAD PARISACA CÁCERES VIUDA DE FLORES, TEODORO QUISPE TECSI RUPAILLA, ASUNTA VI-ZARRETA TORRES, LUCIO HUARCAYA GUEVARA, RODOLFO VELASQUEZ BAEZ, JUAN QUISPE CÁ-CERES, NICASIO NAVARRO ARIAS, MAURO HER-MOZA FLORES, LEONIDAS TICONA ALTAMIRANO, SANTOS AYMA CUSIHUAMAN, ALEJANDRINA QUISPE FERNANDEZ, SILVERIA HUAMAN INCA, ISMAEL ALVARO VARGAS, AMÉRICA MOLINA CCA-HUANA, DIONISIO SALDIVAR CARRASCO, ANGEL VIZARRETA TORRES, JULIO ASCARZA CUELLAR, MARIO BASCONSUELOS PARIA, JULIA VALENCIA DE SEQUEIROS, PASTORA MAMANI CONDENA, SILVIA RAMIREZ MEDRANO, MARUJA OLIVARES MORALES, VALENTIN SALDIVAR ALTTAMIRANO, FAUSTINO TIRADO BEJAR, MARCO ARTEAGA MAMANI, Fdo Juez N. Cáceres Velarde Fdo. Rocío Callaymara Ayquipa Especialista del Juzgado.

Echarati, 27 de agsotodel 2018

ROCIO CALLAYMARA AYQUIPASECRETARIA JUDICIAL

P. 6937482 F. (04, 06, 10 SET)

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO

En los seguidos por BANCO FINANCIERO DEL PERU contra JAIRO LUDWIN HUAMANI ROSAS so-bre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO Expe-diente N° 00589 - 2016-0-1001-JP-CI-03, el presente remate es ordenado por el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. DAVID BARAZORDA VELASQUEZ con intervención de la Especialista Legal Dra. MATILDE HALANOCA PUMA han dispuesto se efectúe la PRIMERA CON-VOCATORIA A REMATE PUBLICO para lo cual se ha facultado a la Martiliera Publica Abogada Fanny Adeli Vergara Coaguila para llevar a cabo el remate sobre sobre el Predio Rustico denominado ALEJOPATA con Unidad Catastral N° 20474, con un Área de 0.3090

Has. ubicado en el sector HUAYRUROQUENTE, Va-lle CACHIMAYO, del Distrito y Provincia de Anta, De-partamento de Cusco, inscrito en la Partida Electróni-ca N° 03007556 del Registro de Propiedad Inmueble, Sección Especial de Predios Rurales, Zona Registral X - Sede Cusco, Oficina Registral Cusco.VALOR DE LA TASACION: Corresponde a S/ 101,043.00 Soles (CIENTO UN MIL CUARENTA Y TRES CON 00/100 SOLES.BASE DEL REMATE: S/ 67,362.00 Soles (SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 00/100 SOLES) equivalente a las dos terceras partes del Valor de la Tasación.AFECTACIONES: Asiento D00006 HIPOTECA El propietario constituye Hipoteca a favor de DISTRI-BUIDORA MURDOCK S.R.L. hasta por la suma de S/. 30,000.00 Nuevos Soles. Consta en la Escritura Pública del 22/06/2013 otorgada ante Notario Santos Alejandro Collantes Becerra. Asiento D0007 EMBAR-GO Ordenado por la Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Cusco Dra. Judit Tacuri propietario con la actuación de la Especialista Legal Matilde Hala-noca Puma en el proceso N°0589-2016 seguido por el Banco Financiero del Perú sobre Obligación de dar Suma de Dinero, mediante Resolución N° 01 ha ordenado el embargo en forma de inscripción sobre el predio hasta por la suma de S/ 12,950.65 Soles. Consta de los Partes Judiciales mediante Oficio N° 0232-2016 de fecha 20.04.2016DÍA Y HORA DE REMATE: LUNES 17 DE SETIEM-BRE DEL 2018 a horas 12:15 P.M.LUGAR DE REMATE: En se realizara en la sede del Tercer Juzgado de Paz Letrado ubicado en Urbaniza-ción La Florida C-14 Pasaje Kantus (Ex Mesón de la Estrella), Cusco, Provincia y Departamento de Cus-co. Remate efectuado por Martiliera Publica Fanny Adeli Vergara Coaguila con Registro N° 316, Celular 956833302, correo electrónico: [email protected] POSTORES: 1) Al momento del acto de remate deberán adjuntar suman no menor al 10% del valor de la Tasación del Inmueble como garantía en efecti-vo o Cheque de gerencia NEGOCIABLE a su nombre 2) Presentar arancel judicial (Código 07153) por de-recho a participar en Remate Judicial indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/RUC. 3) En caso de actuar mediante representante, se deberá acreditar Poder suficiente inscrito en los Registros Públicos, con sus respectivas copias.4) Los honorarios del Martiliero Público serán cancelados por el adjudica-tario más et IGV. De conformidad con la Ley del Mar-tiliero Publico N° 27728 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-JUS.

CUSCO, 06 de julio de 2018

FANNY VERGARA COAGUILAMARTILLERO PÚBLICO

MATILDE HALANOCA PUMASECRETARIA JUDICIAL

P. 6953842 F. (04, 05, 06, 07, 10, 11, SET)

AVISO TERCER REMATE PÚBLICO

En el proceso civil N° 00612-2010-0-1001-JR-CI-02. Seguido por MARCELINO DAVID MIRANDA SEGU-RA, contra ALFREDO MIRANDA SEGURA y OTROS, sobre DIVISION Y PARTICIPACION DE BEIENES. La Señora Juez del Segundo Juzgado Civil - Sede Cen-tral del Cusco, ABOG. SHIRLEY CHAVEZ SALAS, bajo la actuación del Especialista Legal ABOG. SAI-DA CHIUN MANCO, ha dispuesto convocar a TER-CER REMATE PÚBLICO del siguiente bien inmueble:DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATAR: De acuerdo al Informe Pericial presen-tado el 07/04/2015, es un bien Inscrito en la Partida Electrónica 02019496, de la Zona Registral X - Ofici-na Registral del Cusco, el inmueble está ubicado en

el LOTE DE TERRENO N° 01 DE LA MANZANA “O” DESMEBRADA DE LA URBANIZACION UCCHULLO DE LA PARROQUIA DE SAN BLAS, DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO. En las Resoluciones 102 y 103, se declara consentida la Sentencia donde se indica que el 50% del terreno es a favor de Alfredo Miranda Segura, en una ex-tensión de 168.17 m2., y la otra fracción se debe de proceder con la venta, y del precio obtenido se debe de dividir entre todos los herederos de Rosa Segura Vda. De Miranda, esta fracción de acuerdo al Informe Pericial, señala que la fracción a vender, e la fracción señalada como “Fracción N°2: O-1-B, que tiene un área de 192.01 m2, y un Perímetro de 57.29 m. Con los siguientes linderos; POR EL FRENTE, con la Av. Collasuyo, en un tramo de línea recta de 10.37 m. POR LA DERECHA ENTRANDO, con el lote O-11, en línea quebrada de 2 tramos de 9,11 m., y 8,19 m, dando esto 17.30 m, POR LA IZQUIERDA ENTRAN-DO, con la fracción N° 1, O-1-A, en línea quebrada de 2 tramos 5.26 m y 11.92, con un total de 17.18 m. POR EL FONDO, con el lote N° 0-2, en un tramo de línea quebrada de 2 tramos, 1.36 m y 11.08 me., que hacen él un total de 12.44 m.AFECTACIONES DEL INMUEBLE: No se cuentan con cargas actualmente inscritas en la Partida Elec-trónica, solamente se detalla en el AS.03: Sucesión Intestada en propiedad. Más ampliamente como consta en los partes del presente proceso.VALOR DE LA TASACION: De acuerdo al informe de valuación del inmueble, y que se aprueba en la Resolución N° 121, el valor es de SI. 1282,626.80 (UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL, SEISCIENTOS VEINTISEIS CON 80/100 SOLES).PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el Tercer Remate Público son las dos terceras partes del valor de tasación, menos la de-ducción de un quince por ciento del monto que sirvió como base en el segundo remate, siendo el monto de S/. 617,798.58 (SEISCIENTOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 58/100 SOLES).LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: La Diligencia se llevará a cabo en el local de la Oficina de Adminis-tración de Módulo Civil, sito en el Segundo Piso del Palacio de Justicia, ubicada en Avenida Sol S/N, de la ciudad del Cusco, el día VIERNES 14 DE SETIEM-BRE DEL 2018, a las ONCE HORAS DEL DIA.NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: El remate público será efectuado por el Martiliero Público Ingeniero Carlos Hugo Alatrista Saloma. Cel. 984707989.DE LOS POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del Remate haya depositado, en efec-tivo o cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. No está obligado a este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. A los postores no beneficiados se les de-volverá el integro de la suma depositada al terminar el remate. El ejecutado no puede ser postor en el remate. Así mismo se deberá adjuntar el arancel ju-dicial original por derecho de participación en remate público. Los Honorarios del Martiliero Publico más los impuestos de ley serán cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario.

Cusco, 10 de Agosto del 2018.

CARLOS HUGO ALATRISTA SALOMAMARTILLERO PÚBLICO

SAIDA CHIUN MANCOESPECIALISTA LEGAL

P. 6953848 F. (04, 05, 06 SET)

SEGUNDO REMATE JUDICIAL

EN EL EXPCDÍSWÍE NRO. 00073-2016-0-1001-JR-

CI-01 SEGUIDO ANTE EL PRIMER JUZGADO CI-VIL – SEDE CENTRAL - CUSCO QUE DESPACHA LA MAGISTRADA. SANDRA CONTRERAS CAMPA-NA, ESPECIALISTA LEGAL: ISABEL HUAMAN SE-QUEIROS, SOBRE PROCESO DE EJECUCION DE GARANTIAS, SEGUIDO POR BANCO DE CREDITO DEL PERU - BCP CONTRA DOLORES LUCIA OBAN-DO SANCHEZ. SE HA NOMBRADO COMO MARTI-LLERO PÚBLICO A BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA, QUIEN HA DISPUESTO CONVOCAR EL SECUNDO REMATE DEL INMUEBLE UBICA-DO EN EL: LOTE 1, MZ, B-1. CENTRO POBLADO CACHIMAYO (ANTES INMUEBLE N° 244 DE LA AV. HUAYNA CAPAC) DISTRITO DE CACHIMAYO, PRO-VINCIA ANTA, DEPARTAMENTO SE CUSCO. CON PARTIDA ELECTRONICA N° P31006503 DEL RE-GISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO –ZONA N° X – SEDE CUSCO.

VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 128,874.00 (CIEN-TO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS)PRECIO BASE: US$ 73,028.60 (SETENTA Y TRES MIL VEINTIOCHO CON 60/100 DOLARES AMERI-CANOS)QUE VIENE A SER LAS DOS TERCERAS PARTES DEL PRECIO DE TASACIÓN, MENOS EL 15% DEL PRECIO BASE. GRAVAMENES Y CARGAS: ASIENTO 00008 - INS-CRIPCION DE HIPOTECA; A FAVOR DEL BANCO DE CREDITO DEL PERU HASTA POR LA SUMA DE S/. 174,000.00 CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS; ASIENTO 00009 - INS-CRIPCION DE HIPOTECA: A FAVOR DE DIMEXA S.A, HASTA POR LA SUMA DE US$. 50,000.00 CINCUENTA MIL DOLARES AMERICANOS- ASIEN-TO 00010 - INSCRIPCION DE EMBARGO: EM-BARGO ORDENADO EN EL PROCESO CIVIL N° 332-2013, SOBRE MEDIDA CAUTELAR, PRIMER JUZGADO CIVIL DE CUSCO, DEMANDANTE; VIC-TOR MANUEL MEDINA MENDOZA, DEMANDADO; DOLORES LUCIA OSANDO SANCHEZ; ASIENTO 00011 - INSCRIPCION DE EMBARGO: EMBARGO ORDENADO EN A PROCESO CTVIL N° 1456-2013, SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE WAN-CHAQ - CUSCO, DEMANDANTE: EMPRESA FAR-MACEUTICA DEL SUR S.R.LTDA, DEMANDADO; DOLORES LUCIA. OBANDO SANCHEZ; MIENTO 00012 - INSCRIPCION DE EMBARGO; EMBARGO ORDENADO EN EL PROCESO CIVIL N° 1427-2313, TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCO, DEMANDANTE: CAJA MUNICIPAL DE AHORRO DE CUSCO S.A., DEMANDADO: DOLORES LUCIA OSANDO SANCHEZ.DIA Y HORA DEL REMATE: VEINTICUATRO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS (08:30 AM).LUGAR DE REMATE: LOCAL DEL PRIMER JUZGA-DO CIVIL - SEDE CENTRAL - CUSCO, TENIENDO EN CUENTA QUE LOS REMATES SE LLEVAN A CABO EN LA OFICINA DE ADMINISTRACION DEL MODULO CORPORATIVO CIVIL DE LA CORTE SU-PERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO UBICADO EN AV. SOL N° 239 - CUSCO.POSTORES: OBLARAN EL 10% DEL VALOR DE TA-SACIÓN EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA. ADJUNTAR TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN EL REMATE, CONSIGNAR NÚ-MERO DEL EXPEDIENTE CON COPIA DEL ARAN-CEL Y DNI Y GENERALES DE LEY.

BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICAMARTILLERO PÚBLICO

ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROSESPECIALISTA LEGAL

P. 6935758 F. (04, 05, 06 SET)

NOTIFICACIÓN JUDICIAL

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La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 4 de setiembre del 2018

En el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco despachado por la Srita. Juez Dra. Ross Mery Ta-mata Kehuarucho se viene tramitando el Proceso Familia Civil N° 01700-2017-0-1001-JP-F-C-04; ha-biéndose dispuesto la publicación del extracto de la resolución número 01, Cusco, 11 de octubre del 2017.-VISTO. Y CONSIDERANDO, SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda interpuesta por Mayra Olivera Peñarrieta, contra Carlo Enrique Herrera Bornaz sobre Prestación de alimentos, debiendo sustanciarse en la vía del Proceso Único, y córrase traslado al demandado por el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de declararse rebelde, por ofre-cido los medios probatorios, y cúmplase con notificar por edictos al demandado bajo apercibimiento de Nombrarse Curador Procesal conforme a ley.- H.S. secretaría Judicial J:P:Huanca.C.

Cusco, 24 de enero del 2018.

GLADIS F. MONJARAS ALVAREZSECRETARIA JUDICIAIL

P. 6935740 F. (04 SET)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Urubamba que despacha la Juez Silvia C. Usca Medina, bajo la ac-tuación de la Secretaria Judicial Lia Hancco Luza, se tramita el Proceso Civil N° 172-2018-CI, solicitado por ROSARIO LOVON LOVON, sobre rectificación de su Acta de Nacimiento quien refiere: Que por error el registrador de ese entonces omitió consignar el apellido materno de la recurrente “LOVON”, omitió también consignar el nombre completo de su proge-nitor debiendo decir ALEJANDRO LOVON CHOQUE y aclarar el apellido paterno de la recurrente por estar sobre escrito debiendo decir LOVON, siendo el nom-bre correcto y completo de esta “ROSARIO LOVON LOVON”.- Lo que se publica para los fines de ley.

Urubamba, 27 de agosto de 2018.

LIA HANCCO LUZASECRETARIA JUDICIAL

P. 6935715 F. (04 SET)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Anta, despachado por el señor Juez Mario Sota Álvarez, se tramita el Proceso Civil Nro. 00108-2018-0-1004-JM-CI-01, seguido por Efraín Santos Rocca sobre Prescripción Adquisitiva de dominio contra la Municipalidad Provincial de Anta; en el que se ha dispuesto la publicación del extracto del auto admisorio de la demanda, cuyo te-nor es el siguiente; SE RESUELVE: ADMITIR A TRA-MITE la demanda interpuesta por EFRAIN SANTOS ROCCA sobre prescripción adquisitiva de dominio sobre el bien inmueble ubicado en el sector Huayru-roquente del predio Ccaccapata, valle Chacimayo, de la comunidad campesina de Chacacurqui, del distri-to y provincia de Anta, departamento del Cusco, de 0,8124 Ha y un perímetro de 463.32 m.l, contra LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA represen-tado por su procurador público. Debiendo de trami-tarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslade de la demanda al demandado por el término de DIEZ DÍAS, bajo aper-cibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. DE LOS MEDIOS PROBATORIOS. - Por ofrecidos los medios probatorios detallados en este acápite los mismos que serán admitidas y actuadas en su oportunidad. ANEXOS. A sus antecedentes los ane-xos de su referencia; AL PRIMER OTRO SI: Téngase en cuenta. Conforme a lo establecido por el artículo

506 del Código Procesal Civil, efectúese las publica-ciones de un extracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, en el diario oficial “El Peruano” y el diario judicial de este distrito judicial, debiendo apersonarse el actor por secreta-ria de juzgado a efecto de decepcionar los edictos respectivos, en horas de atención al público H. S.-Firmado por el Juez Sota Álvarez.- Secretario Judi-cial Elorrieta Salazar.

Cusco, 27 de agosto del 2018.

RONALD ELORRIETA SALAZARSECRETARIO JUDICIAL

P. 6954018 F. (04, 10, 14 SET)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Expediente N° 110-2017-CI, seguida por Roxana Fabiola dueñas Ramos, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha dispuesto mediante resolución N° 01 de fecha 17 de julio de 2017, la publicación mediante edictos de un extracto del auto admisorio, como sigue: SE RE-SUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en vía del PROCESO ABREVIADO la demandada instada por ROXANA FA-BIOLA DUEÑAS RAMOS en representación de Mari-na Linares Salazar, contra OSCAR PUMA PAUCAR, PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD CAMPESINA URCOSPAMPA; con citación de los propietarios de los predios colindantes: Dirección Regional de Agri-cultura de Cusco, Procurador Publico del Gobierno Regional de Cusco, Marina Linares Salazar, Irma Yabar Salazar, Enrique Yabar Salazar, Paulina Nie-to Champi, María Dominga Castillo Quispe y la Mu-nicipalidad Distrital De Urcos, con la pretensión de PRESCRIPCION DE ADQUISITIVA DE DOMINIO del bien inmueble denominado Huanuhuanu 2, ubicado en el sector de Pampachulla Sisa, distrito de Urcos, Provincia de Quispicanchi y departamento de Cusco; por su mérito córrase traslado a los demandados por el término de DIEZ DÍAS a fin de que cumpla con absolverla, bajo el apercibimiento de ser declarados rebeldes.- A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Estando adjunto el arancel judicial respectivo, téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, para su admisión, actuación y valoración en la oportunidad procesal.- A LOS ANEXOS: Agréguese a sus ante-cedentes los anexos adjuntados.- AL OTROSI: A lo expuesto por la accionante, téngase en cuenta para su trámite de ley.- Y conforme a lo prescrito en el artículo 506° del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de demanda por tres veces con intervalos de tres días en la forma prescrita por los artículos 167° y 168° del acotado cuerpo legal, para lo cual cumpla el cursor con entregar el respectivo extracto al demandante en horas de atención al público. H.S.

Urcos, 29 de agosto de 2018.

CARLOS ASTETE SAAVEDRASECRETARIO JUDICIAL

P. 6935708 F. (04, 05, 06 SET)

EDICTO

En el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Docto-ra Basiliska Dueñas Zuñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso Nro. 01731-2018-0-1018-JP-CI-01, HILDA PFUYO GUTIERREZ, viene solicitando la rec-tificación de su partida de nacimiento, expedida por la Oficina de Registros Civiles de la Municipalidad

Provincial de Cusco, peticionando que se agregue el apellido materno de su progenitor “QUINTO’, de-biendo quedar como “SANTIAGO PFUYO QUINTO”; igualmente solicita que se agregue el primer nombre de pila de su progenitora MARIA” y el apellido mater-no de la misma “TTITO”, debiendo quedar como “MA-RIA ISABEL GUTIERREZ TTITO”. Lo que se publica para fines de ley.

Santiago, 21 de agosto del 2018

CARMEN ROSA DELGADO SANCHEZSECRETARIA JUDICIAL

P. 6953912 F. (04, 05, 06 SET)

EDICTO JUDICIAL

Sr. SEVERIANO VICTOR HUAYCHO YANA

Ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por el Sr. Dr. David Barazorda Velás-quez, se tramita el Proceso Nro. 02352-1999-0-1001 -JP-CI-03. Seguido por Charles Edgar Huaycho Puma contra Severiano Víctor Huaycho Yana, sobre Prestación de alimentos, en el que se ha dictado la Resolución Nro.44 de fecha 31 de Julio del 2018 en el que se dispone: se notifique mediante edictos la Rs. N°20 que, SE RESUELVE: AL PRINCIPAL: Tén-gase por variado su casilla electrónica a donde se le hará saber las notificaciones ulteriores de ley.- AL PRIMER MAS DIGO: Córrase traslado la propuesta de los alimentos devengados, por el plazo de ley.-SE DISPONE, publicar por Edictos tanto en el Dia-rio oficial el Peruano, como en el diario judicial del Cusco, un extracto de la presente resolución, por cinco veces.”- Firmado. Especialista Legal: Matilde T. Halanoca Puma.-

Cusco, 16 de Agosto del 2018.

MATILDE T. HALANOCA PUMASECRETARIA JUDICIAL

P. 6953910 F. (04, 05, 06, 07, 10 SET)

EDICTO

Ante el ‘Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Docto-ra Basiliska Dueñas Zuñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso Nro. 01641-2018-0-1018-JP-CI-01, VICTOR AVENDAÑO BORDA viene solicitando la rectificación de su partida de nacimiento, expedida por la Municipalidad Distrital de Lucre - Cusco, peti-cionando que se corrija su nombre y apellido paterno de “VICTORINO ABENDAÑO” por “VICTOR AVEN-DAÑO”; asimismo que se corrija el nombre y apellido paterno de su progenitor consignado como “FRAN-CISCO ABENDAÑO MAMANI” , siendo el correcto “MANUEL AVENDAÑO SALAS”. Lo que se publica para fines de ley.

Santiago, 20 de agosto del 2018

CARMEN ROSA DELGADO SANCHEZSECRETARIA JUDICIAL

P. 6954344 F. (04 SET)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00332-2015-1-1010-JR-PE-01JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVEN-CIÓNESPECIALISTA DE AUDIENCIA: LUCY HAYDEE

APAZA APAZASe cita y emplaza a: ROBERTO BELARMINO BELLI-DO PAGAN, a fin de que concurran a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su contra, el día MIÉRCOLES 26 SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 14:00 PM; bajo apercibimien-to de declararlo reo asunte o contumaz, dispuesto en el proceso que se sigue en contra de ROBERTO BELARMINO BELLIDO PAGAN por la presunta comi-sión del delito LIBRAMIENTO DE COBRO INDEBI-DO; ilícito penal que está regulado en el artículo 215° numeral 1 del Código Penal, en agravio de Tiziano Dalle Vedove, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signa-do con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba.Quillabamba, 03 de setiembre de 2018.

J. S (04, 05, 06 SET)

EDICTO JUDICIAL

EXPEDIENTE 2481-2017-94-2111-JR- PE-05El Señor Juez del Quinto Juzgado Penal de Investi-gación Preparatoria de San Román- Juliaca - Doctor ANTHONY WILSON QUISPE CALLA, por medio del presente NOTIFICA; A LUIS ÁNGEL TITO MURIEL, con el extracto del contenido de la RESOLUCIÓN N° 01, de fecha diez de agosto del 2018; PROVEYEN-DO: Al escrito con código de digitalización número 33366-2018, presentado por el Segundo Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román Juliaca; AL PRINCIPAL: CÓRRASE TRASLADO del Requerimiento Mixto a las demás partes del proceso diferentes al representante del Ministerio Publico por el plazo de DIEZ DÍAS ÚTI-LES para que puedan actuar conforme lo dispues-to por el artículo 350° del Código Procesal Penal. PROGRÁMESE fecha y hora para la realización de la Audiencia Preliminar de Requerimiento Mixto para el día VEINTICINCO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, hora exacta, audiencia a llevarse a cabo en el Salón de Audiencias del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Penal de San Román ubica-do en el local del Poder Judicial - sede Juliaca (Plaza Zarumilla sin), bajo apercibimiento en caso de incon-currencia injustificada del Abogado Defensor de libre elección de llevarse a cabo la misma con Abogado Defensor Público. Suscribe el presente la Especia-lista de Juzgado.Juliaca, 22 de agosto del 2018.

J. S (04, 05, 06 SET)

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00562-2015-67-1010-JR-PE-01JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVEN-CIÓNESPECIALISTA DE AUDIENCIA: LUCY HAYDEE APAZA APAZASe cita y emplaza a: ANTERO TINOCO ESPINO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su con-tra, el día MIÉRCOLES 12 SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 10:30 AM; bajo apercibimiento de declararlo reo asunte o contumaz, dispuesto en el proceso que se sigue en su contra, por la presunta comisión del delito de Violación a la libertad sexual, en agravio de Juana Ayala Pacheco, la referida audiencia se reali-zará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba.Quillabamba, 03 de setiembre de 2018

J. S (04, 05, 06 SET)

Page 15: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO fileEn los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHO- RRO Y CREDITO DE AREQUIPA SAC contra MO-DESTA PACCO CONDORI y DELFIN CHIPA BAYO-NA sobre Ejecución

La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMartes, 4 de setiembre del 2018

EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00476-2017-35-1010-JR-PE-01JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVEN-CIÓNESPECIALISTA DE AUDIENCIA: LUCY HAYDEE APAZA APAZASe cita y emplaza a: DELIO CERVANTES ÑAHUI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defiendan de los cargos formulados en su con-tra, el día MIÉRCOLES 12 SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 11:30 AM; bajo apercibimiento de declararlo reo asunte o contumaz, dispuesto en el proceso que se sigue en su contra, por la presunta comisión del delito Desobediencia o Resistencia a la Autoridad, en agravio del Estado representado por Ia Procuradu-ría Publica del Poder Judicial, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espi-nar de la Ciudad de Quillabamba.Quillabamba, 03 de setiembre de 2018.

J. S (04, 05, 06 SET)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 4607-2018-0-1001-JR-PE-07El señor Magistrado del Séptimo Juzgado de Investi-gación Preparatoria del Cusco, Dr. ALEX LEÓN MAR-TÍNEZ, en el proceso Nro. 4607-2018-0-1001-JR-PE-07, seguido contra JHON ROGER LEVITA HUAMANI con D.N.I. 43362244, por el delito contra la Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de delito de Peligro Común, Sub Tipo Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad, representado por la Procuraduría publica Del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Hen-ning Siverts García Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 21/08/18 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO PE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Adjunto Provincial Penal del Segundo Despa-cho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corpo-rativa de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra JHON ROGER LEVITA HUAMANI con D.N.I. 43362244, por el delito contra la Contra la Seguri-dad Publica, en la modalidad de delito de Peligro Común, Sub Tipo Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad, represen-tado por la Procuraduría publica Del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Fiscalía ha tipifi-cado el delito en el primer párrafo del Artículo 274° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato.RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, veintiuno de agosto Del dos mil dieciochoPARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trans-cribe.SE RESUELVE:1. DECLARA FRUSTRADA la presente audiencia por devolución de cédula de notificación dirigida al imputado.2. SE REPROGRAMA LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO POS MIL DIECIOCHO A LAS 10:00 AM, ACTO QUE SE REALIZARÁ EN LA DÉCIMO SEGUNDA SALA DEL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO.3. DISPONER que la especialista de causa, NOTIFI-QUE AL IMPUTADO MEDIANTE EDICTOS IUDICIA-LES DEBIENDO REALIZAR LA PUBLICACIÓN POR EL PLAZO LEGAL EN EL DIARIO DE LA CORTE SU-PERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, SIN PERJUI-

CIO DE ELLO NOTIFÍQUESE MEDIANTE LLAMADA TELEFÓNICA AL CELULAR 974719019.Cusco, 23 de Agosto del 2018.

J. S (04, 05, 06 SET)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N°. 04555-2018-0-1001 -JR-PE-02La señora Magistrada del Segundo juzgado de Inves-tigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sonia Álvarez Mendoza, en el proceso Nro. 04555-2018-0-1001-JR-PE-02, seguido contra CARLOS ENRIQUE ARAGÓN JÍMENEZ con D.N.l. 23920611, por el delito Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de los menores: Yorman Ara-gón Valdez, Adriel Fernando Aragón Valdez, María Del Carmen Aragón Valdez y Carla Daniela Aragón Valdez, representados por su progenitora CARMEN VALDEZ ZARATE, bajo la actuación del Especialis-ta judicial Abog. Henning Siverts Garcia RÍOS, se ha dispuesto notificar con la Resolución N°. 04 del 24/08/18 y el extracto del requerimiento fiscal de Pro-ceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- La Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq, formula PROCESO INMEDIATO contra CARLOS ENRIQUE ARAGÓN JÍMENEZ con D.N.l. 23920611, por el delito Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, moda-lidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agra-vio de los menores: Yorman Aragón Valdez, Adriel Fernando Aragón Valdez, María Del Carmen Aragón Valdez y Carla Daniela Aragón Valdez, representa-dos por su progenitora CARMEN VALDEZ ZARATE; la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Pú-blico, solicita que se declare procedente el requeri-miento de Proceso Inmediato.RESOLUCIÓN N° 04.Cusco, veinticuatro de agosto Del año dos mil Die-ciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Conforme queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe.SE RESUELVE:1. Declarar frustrada la instalación de esta audiencia y reprogramar la misma para el DÍA 13 DE SETIEM-BRE DEL 2018 A HORAS 14:30 DE LA TARDE EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO.2. Se exhorta al Personal encargado del tramite del presente proceso a efecto de que en el día y bajo responsabilidad se disponga la notificación vía edic-tos de ley a efecto de ser debida y válidamente no-tificado el imputado Carlos Enrique Aragón Jiménez edictos de ley que deben ser remitidos al diario judi-cial correspondientes con la finalidad que surtan los efectos legales.3. Recomendándose al personal correspondiente vir-tud que este proceso tiene la naturaleza de audiencia inaplazable y la naturaleza del proceso del derecho alimentario que corresponde a la parte agraviada debe cautelarse conforme se ha señalado preceden-temente.Cusco, 28 de agosto del 2018.

J. S (04, 05, 06 SET)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N°. 05190-3018-0-1001-JR-PE-02la señora Magistrada del Segundo Juzgado de Inves-tigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sonia Alvarez Mendoza, en el proceso Nro. 05190-3018-0-1001-JR-PE-02, seguido contra SENOVIO QUISPE GALIANO con D.N.I. 80315691, por el delito contra la Contra

la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria,modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor con iniciales: K.Q.M., represen-tado por su progenitora MARÍA MEZA SALAS, bajo la actuación del Especialista judicial Abog. Henning Siverts García Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución N” 02 del 24/08/18 y el extracto del re-querimiento fiscal de ProcesoInmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO PE PROCESO INMEDIATO,- El Fiscal Provincial Titular del Segundo Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Pe-nal de Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra SENOVIO QUISPE GALIANO con D.N.I. 80315691, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Ali-mentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FA-MILIAR, en agravio del menor con iniciales: K.Q.M., representado por su progenitora MARÍA MEZA SA-LAS, la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Minis-terio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato.RESOLUCIÓN N° 02.Cusco, veinticuatro de agosto Del año dos mil Die-ciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Conforme queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe.SE RESUELVE:1. Declarar frustrada la instalación de ia presente au-diencia y se dispone la reprogramación de la misma para el DÍA 20 DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTI-CIA DE CUSCO.2. Se recomienda al personal encargado del trámite del presente proceso que en el día y bajo responsa-bilidad se hagan las notificaciones vía edictos de ley edictos que deben ser publicados en el diario judicial correspondiente con la finalidad que tengan que sur-tir sus efectos legales.3. Consecuentemente se dispone que se tomen en cuentan los fundamentos de la presente resolución.Cusco, 29 de agosto del 2018.

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EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N°. 1993-2018-0-1001-JR-PE-02ia señora Magistrada del Segundo Juzgado de Inves-tigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sonia Alvarez Mendoza, en el proceso Nro. 1993-2018-0-1001-JR-PE-02, seguido contra RAÚL SÁNCHEZ MAMANI con D.N.l. 41995220, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Ali-mentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FA-MILIAR, en agravio de SORAIDA SÁNCHEZ AMARU, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Hen-ning Siverts García Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 04 del 20/11/17 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra RAÚL SÁNCHEZ MAMANI con D.N.l. 41995220, por el delito contra laContra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obliga-ción Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTEN-CIA FAMILIAR, en agravio de SORAIDA SÁNCHEZ AMARU, la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Minis-terio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso inmediato.RESOLUCIÓN N° 04.Cusco, veintinueve de Agosto del año dos mil Die-

ciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Conforme queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe.SE RESUELVE:1. Declarar FRUSTRADA la instalación de la presen-te audiencia por falta de notificación al imputado.2. REPROGRAMAR la presente audiencia para ser llevada a cabo el día 20 de septiembre a horas diez y treinta), audiencia a verificarse en la Segunda Sala de Audiencias del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia del Cusco, Quedando notificadas las par-tes procesales presentes en este acto.3. Se llama severamente la atención a la Especialista de Audio Johana Cornejo Valderrama, bajo apercibi-miento de poner en conocimiento del jefe de control interno, de seguir con la misma conducta.4. Se dispone que ei Especialista de causa en el día y bajo responsabilidad cumpla la notificación al im-putado vía edictos judiciales, por el término de ley.Cusco, 04 de septiembre del 2018.

J. S (04, 05, 06 SET)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE Nü. 0808-2018-70-1001-JR-PE-07El señor juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal - Flagrancia - Sede Cusco, Dr. Carlos Adalberto Ro-mán Gil, en el proceso Nro. 0808-2018-70-1001-JR-PE-07, seguido contra SOFÍA LAIME CONDORE con D.N.I. 23886149, y Otro, por el delito contra la Administración Pública, sub tipo Delitos Cometidos por Particulares sección VIOLENCIA Y RESISTEN-CIA A LA AUTORIDAD, sub tipo VIOLENCIA CON-TRA LA AUTORIDAD PARA IMPEDIR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, en agravio del Efectivo PNP Víctor Raúl Quispe López, y en agravio del Estado Peruano representado por la Procuraduría Pública del Ministerio del Interior, bajo la actuación del Espe-cialista Judicial Abog. Henning Siverts Garda Ríos, se ha dispuesto notificar con la Resolución N°. 03 del 23/08/18 y ei extracto de la disposición de formaliza-ción de la Acusación en Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial Penal Corporativo Titular del Pri-mer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula ACUSACIÓN FISCAL contra SOFÍA LAIME CONDORE con D.N.I. 23886149, y Otro, por el delito Contra la Administra-ción Pública, sub tipo Delitos Cometidos por Parti-culares sección VIOLENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, sub tipo VIOLENCIA CONTRA LA AU-TORIDAD PARA IMPEDIR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, en agravio del Efectivo PNP Víctor Raúl Quispe López, y en agravio del Estado Perua-no representado por la Procuraduría Pública del Mi-nisterio del Interior; la Fiscalía ha tipificado el delito en el Artículo 366°, concordante con el artículo 367 inciso 3 del Código Penal; El Ministerio Público, so-licita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato.RESOLUCIÓN N° 03Cusco, Veintisiete de Agosto De dos mil dieciochoPARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda re-gistrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcri-be. SE RESUELVE:1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de au-diencia única y pública de proceso inmediato por falla de notificación a la imputada Sofia La i me Condori en su domicilio real.2. REPROGRAMESE LA INSTALACIÓN DE LA PRE-SENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 A HORAS 14:30 PM, EN ESTA MIS-MA SALA DE AUDIENCIAS, SUBSISTIENDO LOS APERCIBIMIENTOS EN CASO DE INCONCURREN-C1A DE LAS PARTES.3. NOTIFIQUESE a todos los sujetos procesales au-sentes a esta audiencia con relación a la imputada

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La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 4 de setiembre del 2018

Sofia Laime Condori además de ser notificada en el domicilio que ha proporcionado el señor fiscal, debe ser notificado mediante edictos por el plazo de4. NOTIFIQUESE al señor fiscal. Encargado del caso Doctor Edilberto Molina a su casilla electrónica N° 63455).

J. S (04, 05, 06 SET)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N°. 04290-2018-0-1001-JR-PE-02La señora Magistrada del Segundo Juzgado de Inves-tigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sonia Alvarez Mendoza, en el proceso Nro. 04290-2018-0-1001-JR-PE-02, seguido contra YOHAM MARCO LEZAMA ES-PINOZA con D.N.I. 47419111, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obliga-ción Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTEN-CIA FAMILIAR, en agravio del menor José Joaquín Lezama Mamani, representado por su progenitora THALIA SHESSIRA HUAMANI LOAYZA, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Henning Siverts García Ríos, se ha dispuesto notificar con la Resolución N°. 03 del 22/08/18 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente:REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Tercer Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal del Cusco, formula PRO-CESO INMEDIATO contra YOHAM MARCO LEZA-MA ESPINOZA con D.N.I. 47419111, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor José Joaquín Lezama Mamani, representado por su pro-genitora THALIA SHESSIRA HUAMANI LOAYZA, la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato.RESOLUCIÓN N° 03. Cusco, veintidós de agosto Del año dos mil Dieciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Conforme queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe.SE RESUELVE:1. Declarar frustrada la presente audiencia por falta de notificación valida al imputado.2. Reprogramar la presente audiencia para el DÍA 17 DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 14:30 DE LA TARDE EN LA SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, quedando notificados los presentes.3. Se dispone se vuelva a notificar al imputado al do-micilio consignado por el representante del Ministerio Publico en su requerimiento de incoación de proceso inmediato. Asimismo notifíquese mediante edictos de ley.

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EDICTO PENAL

PROCESO NRO: 3669-2016-62-1001-JR-PE-05PROCESADO: MELVIN TUPAYACHI SERRANOAnte el Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Señor Juez Dr. CARLOS ALBERTO GUTIÉRREZ HUALLPA, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. ALEXANDER RÍOS TACULI, se ha dispuesto NOTIFICAR al procesado antes mencionado, con el tenor de la parte resolutiva las resoluciones Nro. 40, 43 y 46, cuyo contenido es:RESOLUCIÓN Nro. 40, emitida en audiencia de 15 de junio de 2018.- 1. Declarar FRUSTRADA la pre-sente audiencia. 2. Se señala como nueva fecha para la presente audiencia el día DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE, a verificarse en esta DÉCIMO CUARTA

SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, subsistiendo los aper-cibimientos decretados para la concurrencia de los sujetos procesales. 3. Se encomienda la defensa de JULIO CESAR LOAYZA GALLEGOS a la Defensoría Publica. 4. Se da por notificado en este acto a todos los sujetos procesales asistentes, se dispone la noti-ficación de los inasistentes.RESOLUCIÓN Nro. 43, de fecha 17 de julio de 2018.- SE DISPONE.- REPROGRAMAR la audiencia para el LUNES 10 DE SETIEMBRE DE DOS MIL DIECIO-CHO A LAS 14:30 HORAS, en la Décimo Cuarta Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia del Cusco sito en Av. El sol s/n.RESOLUCIÓN Nro. 46, de fecha 3 de setiembre de 2018.- SE RESUELVE.- NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS al procesado Melvin Tupayachi Serrano con la parte resolutiva de la resolución Nro. 40 emi-tida en audiencia de 15 de junio de 2018m, con un extracto de la resolución Nro. 43 y con un extracto de la presente resolución. Del mismo modo, SE DIS-PONE.- PUBLICAR el mismo contenido en la página web de la Corte Superior de Justicia de Cusco.-Cusco, 3 de setiembre del año 2018.

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO

Exp. 200-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Gra-nilla Cora seguido por LEANDRA PUMA HANCCO contra FRANCISCO CHIPA MAURI por violencia familiar; se ha dispuesto notificar a las partes pro-cesales con lo siguiente: Resolución N°01.-Por los fundamentos expuesto, SE RESUELVE: ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de FRANCIS-CO CHIPA MAURI en agravio de LEANDRA PUMA HANCCO. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado FRANCISCO CHIPA MAURI, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física, asi como amenazas, intimidación o daños de cual-quier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de LEANDRA PUMA HANCCO.PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 17 de septiembre del año 2018 a horas 11:00 de la mañana (fecha seña-lada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de pro-tección inmediatas, el diligenciamiento de las cédu-las de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concu-rran. H.S.-

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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO

Exp. 197-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por VERÓNICA CORINA HUANCA contra LU-CIANDO BERNADO HUAMAN QUISPE; se ha dispuesto notifi car a las partes procesales con lo siguiente: Reso-lución N°01.- Por los fundamentos expuesto, SE RE-SUELVE: ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres de

Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de LUCIANO BERNARDO HUAMAN QUISPE en agravio de JE.HO.HU.AG. (14) representada por su progenitora VERÓNICA CORINA HUANCA. Con citación del Minis-terio Público. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN:ORDENAR al denunciado LUCIANO BERNARDO HUAMAN QUISPE, El CESE Y ABSTENCIÓN inmediata toda agresión Psi-cológica, El Impedimento de acercamiento o proximidad a la victima en cualquier forma a 100 metros a la redonda, prohibición de comunicación con la victima directa y tele-fónicamente, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de la menor JE.HO.HU.AG.(14).PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamien-to de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 17 de septiembre del año 2018 a horas 10:00 de la mañana (fecha seña-lada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de pro-tección inmediatas, el diligenciamiento de las cédu-las de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de ve-rificarse la audiencia con las partes procesales que concurran.H.S.-

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EDICTO

EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBOExp. 179-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartam-bo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por CARMEN ROCÍO QUISPE MAMANI contra FRANKLIN CUELLAR QUISPE; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°02.-Revisado los actuados correspondientes al presente proceso, se colige que tanto la denunciante como el denunciado no han sido debidamente notificadas para poder ejercer sus derechos de defensa, motivo por el cual no puede instalarse la audiencia. Asimismo, es necesario tener presente que en casos de violencia contra las muje-res y demás integrantes del grupo las notificaciones se pueden efectuar utilizando cualquier medio inclu-sive las redes sociales y las notificaciones edictales. Por las razones antes expuestas, SE RESUELVE: Reprogramar la audiencia para el día CUATRO DE SETIEMBRE DE 2018, A HORAS 10:00, debiendo notificase a las partes inclusive mediante edictos en caso no se pueda notificar personalmente.- H.S.EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBOExp. 180-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Gra-nilla Cora seguido por REINA MENDOZA MAMANI, VELASQUE EULOGIO HUAHUASONCCO VELAS-QUE contra INÉS HUAHUASONCCO, DELFINA LEÓN SONCCO, GRIMANEZA LEÓN SONCCO, HIGIDIO TUPA CONDORI, SEFERINO VALERIANO QUISPE, por violencia familioar; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°03.- DISPONER como medidas de protección a favor de los denunciantes EULOGIO HUAHUASONCCO VELASQUE y RIENA MENDOZA MAMANI, que deberán ser cumplidos por los denun-ciados HIGIDIO TUPA CONDORI, DELFINA LEÓN SONCCO, INÉS HUAHUASONCCO MENDOZA, GRIMANESA LEÓN SONCCO Y SEFERINO VALE-RIANO QUISPE, medidas de protección que son las siguientes: DISPONGO que los denunciados HIGI-DIO TUPA CONDORI, DELFINA LEÓN SONCCO, INÉS HUAHUASONCCO MENDOZA, GRIMANESA LEÓN SONCCO Y SEFERINO VALERIANO QUISPE, SE ABSTENGAN de agredir en forma física y hasta psicológica así como amenazas, intimidación o da-

ños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de los denunciantes EULOGIO HUAHUASONCCO VELAS-QUE y RIENA MENDOZA MAMANI. DISPONER que la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ EN TODAS SUS DEPENDENCIAS Y A NIVEL NACIONAL brinde aten-ción prioritaria y protección inmediata a las víctimas a su sola petición verbal y presentación de la pre-sente resolución por cualquier persona, consideran-do este REQUERIMIENTO SUFICIENTE por parte de este Despacho Judicial para el cumplimiento de las medidas de protección, efectuando la inmediata detención de los involucrados, incluso allanando su domicilio o el lugar donde estén ocurriendo los he-chos, en caso de flagrante delito, vinculado a actos de violencia familiar en aplicación de lo dispuesto por el artículo 17 de la ley N° 30364. NOTIFIQUESE a las partes inconcurrentes mediante edictos, así mis-mo notifíquese a la Policía Nacional de la jurisdicción Comisaría de la Policía Nacional del Perú de Paucar-tambo, para el cumplimiento de las medidas de pro-tección en aplicación de lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la Ley 30364 concordante con el numeral 45.1 de artículo 45 del D.S. 09-2016-MIMP, Reglamento de la Ley N° 30364. REMÍTASE copia de los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Paucartambo, para los fines de lo ordenado en el considerando 6) en cuanto a las lesiones descritas en los informes médicos contenidos en los oficios de fojas 11 y 12. Hágase Saber.-

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NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha la señorita Juez Supernumeraria Kari-na Zarate Huillca, bajo la actuación del Especialista legal Luis E. Alvarez Cáceres, se viene tramitando el proceso Nro 00127-2018-0-1003-JM-FT-Ol, sobre violencia Familiar seguido contra GERMÁN CUTIRÉ RAMÍREZ en agravio de JUANA YAURI SAMATA. Por lo que se ha dispuesto la notificación con la siguiente resolución.RESOLUCIÓN N° 01 de fecha 21 de agosto de 2018 - Auto de inicio de proceso por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar; VISTO (...) I CONSIDERANDO (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO ESPECIAL la denun-cia por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar y interpuesta por Juana Yauri Samata, contra GERMÁN CUTIRÉ RAMÍREZ, consistente en violencia física y psicológica. se señala fecha para la audiencia oral para el día MIÉRCOLES 29 DE AGOSTO DEL 2018, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, diligencia que se verificara en la Sala de audiencias del Juzgado Mixto de Acomayo, sito en el Jirón Bo-lognesi s/n., de esta localidad, bajo apercibimiento de llevarse con o sin la concurrencia de las partes procesales. (...), lo que se publica para los fines per-tinentes de ley. Acomayo, 21 de agosto del año 2018.

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NOTIFICACION VIA EDICTO

Especialista a cargo: Luz Giuliana Osorio AragonA LA PERSONA DE FREDY BEDIA GUEVARAEl señor Juez del Segundo Juzgado de Investi-gación Preparatoria del Cusco, en el proceso Nro. 2906-2018-0-1001-JR-PE-07 seguido contra FREDY BEDIA GUEVARA por la presunta comisión del Delito contra la seguridad pública en la modalidad de Con-ducción en Estado de Ebriedad, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Luz Giuliana Osorio Ara-gon emplaza a la persona de FREDY BEDIA GUEVA-RA con el tenor de la siguiente resolución:

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La República 17SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMartes, 4 de setiembre del 2018

REGISTRO DE AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATOII. ACREDITACIÓN:1. ETEL DOLIBET MARQUINA RODRIGUEZ, Fiscal Provincial del Cuarto Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, con domicilio legal en Av. Pedro Vilca Apaza N° 313 - 315, del Distrito de Wanchaq - Cusco, con Casilla Electrónica N° 61817 y con teléfono celular N° 975-403593.2. DEFENSA DEL IMPUTADO FREDY BEDIA GUE-VARA: LIDIA BARRIENTOS ROQUE, DEFENSORA PUBLICA, con casilla electrónica 55187, con domici-lio procesal en la Av. Micaela Bastidas N° 657 – D del distrito de Wanchaq.JUEZ: Solicita que la especialista de audio informe respecto a la notificación del imputado.ESPECIALISTA DE AUDIO: Informa conforme queda registrado en el sistema de audio.FISCAL: Solicita se notifique al imputado mediante edictos y a su numero telefónicoJUEZ: Emite la siguiente resolución:RESOLUCIÓN N° 03.Cusco, veintiuno de agosto Del año dos mil diecio-cho.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Con-forme queda registrado en audio. PARTE RESOLU-TIVA: Se trascribe. SE RESUELVE:1. SE DECLARA FRUSTRADA LA PRESENTE AU-DIENCIA por falta de notificación al imputado.2. Reprográmese la presente audiencia para el DÍA 18 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA , ACTO QUE SE REALIZARA EN LA EN LA SEGUNDA SALA DEL MÓDULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO.3. Se dispone que la especialista judicial de cau-sa notifique al imputado Fredy Bedia Guevara a su número telefónico 910529513, asimismo mediante edictos judiciales.III. NOTIFICACION:DEFENSA PÚBLICA: Conforme.IV. CONCLUSIÓN:

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EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 05467-2018-35-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LU-CERO.Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado LUIS GERMAN YARIN ALVAREZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MAR-TES 26 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DIA, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Pa-lacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUA-DERNO DE DEBATES Nº 05467-2018-35-1001-JR-PE-01, seguido en contra del referido imputado, como presunto autor de la comisión del delito de actos contra el pudor en menores de edad en agravio de la menor de iníciales A.B.H, representado Fidelia Hancco Mamani.- Cusco, 03 de Setiembre del 2018.

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EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 05408-2018-47-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LU-CERO.

Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado PERCY YON CONDORCHOA CAHUANA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 26 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, vía enlace por videoconferen-cia con la sala de audiencias del juzgado penal de la convención, por haberse dispuesto así en el CUA-DERNO DE DEBATES Nº 05408-2018-47-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputa-do, por la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de lesiones graves en agravio de Q.E.V.F, Marco Rafael Huanca Tinta re-presentada por Justina Tinta Quispe.-Cusco, 03 de Setiembre del 2018.

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EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 05412-2018-75-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LU-CERO.Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, se cita y emplaza al procesa-do JAIME TTITO CONDORI, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MAR-TES 26 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Pa-lacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, vía enlace por videoconferencia con la sala de audiencias del juzgado penal de la conven-ción, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05412-2018-75-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputado por la comisión del delito contra la libertad, en su modali-dad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menores de catorce años en su forma agravada en agravio de la menor de iníciales B.L.B, representada por Aleja Lloclle Curi.-Cusco, 03 de Setiembre del 2018.

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EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 05410-2018-78-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LU-CERO.Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado AUGUSTO NOBLEGA OCHOA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIER-NES 05 DE OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Pa-lacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, vía enlace por videoconferencia con la sala de audiencias del juzgado penal de la conven-ción, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05410-2018-78-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputado por la comisión del delito contra la libertad, en su modali-dad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor en menores de edad en agravio de la menor de iníciales M.A.F.N.G, representada por

Karina Niño de Guzmán Santa Cruz.- Cusco, 03 de Setiembre del 2018.

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EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 05416-2018-73-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LU-CERO.Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado FELIX SUMIRE DIAZ, a fin que concurra a la au-diencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 09 DE OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 03:00 DE LA TARDE, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Su-praprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Pala-cio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05416-2018-73-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido imputado por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual agravada por la relación de parentesco de pa-dre y ser la víctima menor de edad en agravio de la persona de iníciales S.S.T.-Cusco, 03 de Setiembre del 2018.

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EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 05453-2018-35-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LU-CERO.Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesa-dos CRISTHIAN JORGE BOBADILLA MENDOZA y JOSE ALONSO MENDOZA PORROA, a fin que con-curra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 05 DE OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, vía enlace por videoconferen-cia con la sala de audiencias del juzgado penal de chumbivilcas, por haberse dispuesto así en el CUA-DERNO DE DEBATES Nº 05453-2018-35-1001-JR-PE-01, seguido en contra de los antes referidos im-putados por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad de entre 14 y menor de 18 años en agravio de la menor de iní-ciales R.I.A.Q, representada por José Martin Anaya Yahuira.- Cusco, 03 de Setiembre del 2018.

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EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 05417-2018-60-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANC-CO.Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ALEJANDRO CALCINA SUCARI, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA

MARTES 19 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DIA, la misma que se verificara la au-diencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, vía enlace por videoconfe-rencia con la sala de audiencias del juzgado penal de Sicuani, por haberse dispuesto así en el CUA-DERNO DE DEBATES Nº 05417-2018-60-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido proce-sado, como presunto autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de homicidio, tipo especifico tentativa de homicidio, en agravio de Q.E.V.F, Jhon Estiwar Contreras Choque.- Cusco, 03 de Setiembre del 2018.

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EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 05411-2018-12-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANC-CO.Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado RICARDO DIAZ MENDOZA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MAR-TES 19 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Pa-lacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, vía enlace por videoconferencia con la sala de audiencias del juzgado penal de la Conven-ción, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05411-2018-12-1001-JR-PE-01, se-guido en contra del antes referido procesado, como presunto autor del delito contra la libertad, en la mo-dalidad de como presunto autor del delito contra la li-bertad, en la modalidad de violación de la libertad se-xual, sub tipo violación de menor de edad en agravio de la persona de iníciales TA. LL. MA, representada por su progenitora Cirila Machaca Mamani.- Cusco, 03 de Setiembre del 2018.

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EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 05125-2018-57-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANC-CO.Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado EMILIANO QUISPE QUISPE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MAR-TES 19 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Pa-lacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUA-DERNO DE DEBATES Nº 05125-2018-57-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido pro-cesado, como presunto autor del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación de persona en incapacidad de resistencia en agravio de la persona de iníciales F.Q.Q.- Cusco, 03 de Setiembre del 2018.

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La República18 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 4 de setiembre del 2018

EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 05409-2018-91-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANC-CO.Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovin-cial de Cusco, se cita y emplaza al procesado CELIN ECHE-GARAY MOSCOSO, a fi n que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 02 DE ABRIL DEL 2019 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA, la misma que se verifi cara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, en videoconferencia con la sala de audiencias de la sede judicial de la Convención, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05409-2018-91-1001-JR-PE-01, seguido en contra del antes referido procesado, como presunto autor del delito contra la libertad personal, en la modalidad de secuestro, sub tipo secuestro en agravio de menor de edad en grado de tentativa en agravio de la menor de edad de iníciales MA.MA.LI, debidamente repre-sentada por su progenitora Prisca Chara Illa.- Cusco, 03 de Setiembre del 2018.

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EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 05468-2018-66-1001-JR-PE-01.JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVIN-CIAL DE CUSCOESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANC-CO.Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Suprapro-vincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados YOEL PEREYRA PADILLA, MICHAEL SEGUNDO ENRI-QUEZ y JOSUE AGUILAR VENERO, a fi n que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MAR-TES 26 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA, la misma que se verifi cara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supra-provincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, en videoconferencia con la sala de audiencias de la sede judicial de la Convención, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 05468-2018-66-1001-JR-PE-01, seguido en contra de los antes referidos proce-sados, como presuntos autores del delito contra la patri-monio en la modalidad de robo, sub tipo robo agravado, en agravio de Alexandra Melgarejo Barrientos y otros.- Cusco, 03 de Setiembre del 2018.

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EDICTO JUDICIAL

PUBLICACION QUE SE EFECTUA DE CONFORMI-DAD A LO DISPUESTO POR EL ART.144 DE L.OPJ.1° SALA CIVIL - Sede CentralEXPEDIENTE: 01661-2015-0-1001-JR-CI-03MATERIA: NULIDAD DE RESOLUCIÓN O ACTO AD-MINISTRATIVOResolución Nro. 28Cusco, 29 de agosto de 2018.Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar, al que se adhiere la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas opina por: “CONFIRMAR: La sentencia contenida en la Resolución N° 12 de 3 de julio de 2017 (fojas 140), que resuelve: “Declarando INFUNDADA la demanda de fojas veintiuno y siguientes, interpuesto por Corporación Grifera SAC representada por su Gerente General Modesto Figueroa Minaya contra el Tribunal Fiscal conformado por Caridad del Rocío Guarniz Cabell, Liliana Villanueva Azna-

ran y Roxana Zulema Ruiz Abarca, con citación del Procu-rador Publico del Ministerio de Economía y Finanzas sobre Nulidad de la Resolución nro. 03523-10-2015 de fecha 09 de abril de 2015 expedida en el Expediente nro. 4255-2015 mediante la cual el Tribunal Fiscal confi rmo la Resolución de Intendencia nro. 275-014-0000023/Sunat el 06 de febrero de 2015”. Y, los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, es porque: “DECLARAR NULA la sentencia contenida en la Resolución Nº 12, del 03 de julio del 2017 (fojas 140-147), así como la nulidad de todo lo actuado incluyendo la reso-lución N° 01; en consecuencia DISPUSIERON la remisión del presente proceso al Juzgado Especializado en lo Con-tencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que proceda de acuerdo a Ley, con conocimiento del Juzgado remitente de la apelación. Con lo demás que contiene.- Y los devolvieron”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que es-tablece que tratándose de resoluciones, que ponen fi n a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Se-ñor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco, ello atendiendo que en au-tos se tiene aprobada la abstención del Señor Juez Superior Franklin Gregorio Gutierrez Merino, mediante resolución N° 23; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 27 DE SETIEMBRE DE 2018, a horas 8:00 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, ofi cina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos; no es necesario que los abogados ya autorizados para informar, reiteren su pedido.- ORDE-NARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- -S.S.-Media Firma de las Señoras Jue-ces Superiores VÉLASQUEZ CUENTAS, DELGADO AYBAR Y HOLGADO NOA. Firma de la Secretaria de la Sala Civil de Cusco, Roxana Bohórquez Abarca.Cusco, 3 de setiembre de 2018.

J. S (04, 05, 06 SET)

NOTIFICACION VIA EDICTO

Especialista a cargo: Luz Giuliana Osorio AragonA LA PERSONA DE ROGER HUAMAN HUILLCAEl señor Juez del Segundo Juzgado de Investiga-ción Preparatoria del Cusco, en el proceso Nro. 2889-2018-0-1001-JR-PE-07 seguido contra ROGER HUAMAN HUILLCA quienes viene siendo investigado por la presunta comisión del Delito contra Seguridad Pública en la modalidad de Conducción en Estado de Ebriedad, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Luz Giu-liana Osorio Aragon emplaza a la persona de ROGER HUAMAN HUILLCA con el tenor de la siguiente resolución:REGISTRO DE AUDIENCIA UNICA DE INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATOJUEZ: Pone en conocimiento de las partes que no esta presente la Defensa Publica, así mismo se ha omitido el ofi cio respectivo para que concurra la defensa públi-ca, en consecuencia se va tener que REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DIA 24 DE SEP-TIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE, acto que se realizara en la Decimo Segunda Sala del Modulo Penal de la Corte Su-perior de Justicia del Cusco, para lo cual la Especialista de Causa, bajo responsabilidad funcional tendrá que efectuar los siguientes actos:a. Deberá en el dia notificar al imputado MEDIANTE EDICTO JUDICIAL, POR TRES FECHAS CONSE-CUTIVAS EN EL DIARIO JUDICIAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO.b. Deberá GIRAR OFICIO en el dia, a la DEFENSO-RIA PÚBLICA, a efecto de que concurra un abogado público que ejerza la defensa técnica del imputado, se pone en conocimiento de la parte.

J. S (04, 05, 06 SET)

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:10 SEDE 245-2018-86 20 minutosFernando

Espinoza ChampiHomicidio simple

herederos legales de QEVF Wilner Jesus Rondan

Huamanga

auto fundada prolongación de

prisión

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Fernando Espinoza Champi

Juzgado de Investigación

Preparatoria de Urubamba

08:30 SEDE 214-2018-88 30 minutosJuan Carlos Daza

PalominoHomicidio simple

Herederos legales de QEVF Franklin Checcori Teves

auto infundado sobreseimiento

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Juan Carlos Daza Palomino

Juzgado de Investigación

Preparatoria de Machupicchu

09:00 SEDE 1000-2013-86 1 hora

Santiago Felipe Monroy Farfán,

Augusto Auccapure

Vallenas, Pablo Villa Incattito y Claudio Quispe

Rojas

Mineria Ilegal Estado PeruanoSentencia

Absolutoria

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Representante del Ministerio Público

Segundo Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

10:00 SEDE 2548-2014-27 1 horaRodolfo David Salas Tintaya

Homicidio Calificado

herderos legales de QEVF Adriana

Accostupa Maqquerhua

Sentencia Absolutoria

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Representante del Ministerio Público

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

11:00 SEDE 3008-2017-22 30 minutosEdhuar Molero

ColqueLesiones Leves

Herderos legales de QEVF Lourdes Valencia Morales

auto fundado sobreseimiento

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Herderos legales de QEVF Lourdes Valencia Morales

Sexto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

11:30 SEDE 3619-2016-19 1 hora

Elio Pro Herrera y Ernesto

Malpartida Corrales

Negociación incompatible

Estado Peruanosentencia

condenatoria

continuación

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Elio Pro Herrera y Ernesto

Malpartida Corrales

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

14:30 SEDE 148-2018-84 20 minutosMario Meza

Auccapuma y Raul Romani Gomez

Homicidio simple

herederos legales de QEVF Vincer Quispe Reyes y

otro

auto infundada cesación de

prisión

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Mario Meza Auccapuma y Raul

Romani Gomez

Juzgado de Investigación

Preparatoria de Urubamba

14:50 SEDE 243-2018-83 20 minutosAbrahan Quito

MolinaLesiones Graves

Marco Percy Espinoza Quispe

auto fundada prisión preventiva

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Abrahan Quito Molina

Juzgado de Investigación

Preparatoria de Paucartambo

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:30 SEDE 1411-2013-82 1 horaCarlos Malpartida

Aparco

atentados contra monumentos

arqueologicosEstado Peruano

Sentencia Absolutoria

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Ministerio de Cultura

Quinto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

09:30 SEDE/VIDEO 11:20-2018-44 1 horaFelix Ninanqui

Pfoco

actos contra el pudor de menor

de edad

menor de iniciales LLTM, YMLM y

SATS

Sentencia

condenatoria

continuación

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Felix Ninanqui Pfoco

Juzgado Supraprovicnial de

Cusco

10:30 SEDE/VIDEO 3172-2017-3 1 horaEsmila Quenta

PachecoLesiones Leves

Agravado

Herederos legales de QEVF Peter Flores Enciso

Sentencia

condenatoria

continuación

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Representante del Ministerio Público

y Lucila Enciso Flores

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

11:30 SEDE 1271-2017-94 1 hora

Julian Quispe Quispe y Mario

Pascual Torbisco Carrasco

retardo injustificado de

pagoEstado Peruano

Sentencia

condenatoria

continuación

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Julian Quispe Quispe y Mario

Pascual Torbisco Carrasco

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

12:00 SEDE 880-2014-43 1 horaSamir Kumar

Sharma y Navita Agrawal

trata de personas agravada

Bisht Virender Singh, Vats

Shubhendu, Bisht Mohan Singh y

Singh Suresh

Lectura de

sentencia

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Representante del Ministerio Público

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

14:30 SEDE 111-2018-50 30 minutosJessica Challco

Torrestrata de personas

agravadamenor de iniciales

RIQM

auto infundado cesación de

prisión

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Jessica Challco Torres

Juzgado de Investigación

Preparatoria de Camanti

15:00 SEDE 4714-2016-80 1 horaLuis Miguel

Huaman AuccaViolación Sexual

de menor de edadmenor de iniciales

KMVASentencia

condenatoria

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Luis Miguel Huaman Aucca

Juzgado Penal Supraprovincial de

Cusco

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:20 SEDE 5448-2018-0 10 minutosPercy Llancay

InquilltupaHabeas Corpus

Pedro Angel Yerko Zlatar Mendizabal

auto improcedencia de

Habeas Corpus

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Pedro Angel Yerko Zlatar Mendizabal

Sexto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

08:30 SEDE 172-2018-0 1 horaJustino Curasco

Quispe y Palcido Rodriguez Flores

Usurpación Agravada

Tomasa Quino Curasco y Carlos Alberto Huaman

Quino

Sentencia Absolutoria

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Representante del Ministerio Público

yTomasa Quino Curasco y Carlos Alberto Huaman

Quino

Juzgado Penal Unipersonal de

Calca

09:30 SEDE 1633-201-61 1 horaPrudencia

Condeña Quispe

Atentado contra monumentos

arqueologicosEstado Peruano

Sentencia condenatoria

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Prudencia Condeña Quispe

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

10:30 SEDE 1150-2014-47 30 minutos Jau Ker Chen Lin Depredación de

bosques protegidos

Estado Peruanolectura de

sentencia

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

AndradeJau Ker Chen Lin

Segundo Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

11:00 SEDE 379-2013-23 20 minutosGloria Macutela

HuamanUsurpación Agravada

Maria Victoria Chavez Monge

Auto fundada revocatoria de

pena

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Gloria Macutela Huaman

Primer Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

11:20 SEDE 1332-2018-92 20 minutosDavid Herbert

Quispe BerdejoLesiones Leves

Lourdes Santos Nina

auto fundada actor civil

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

David Herbert Quispe Berdejo

Cuarto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

11:40 SEDE 649-2014-28 20 minutosFlorencio

Atausupa Huallpa y otros

Mineria Ilegal Estado PeruanoAuto de

Amonestación

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Fortunato Paz Chaparro

Segundo Juzgado Penal Unipersonal

deCusco

12:00 SEDE 5241-2018-27 20 minutosFrancisco Romero

CastilloLesiones Culposas

Junior alejandro Castilla Quispe

auto fundado secuestro

conservativo

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Edgar Eguiluz Huisa

Primer Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

12:20 SEDE 5583-2018-76 20 minutosJavier Elvis Alvarez

VargasFeminicidio

Sorayda Emperatriz Ttica

Salas

auto fundada prisión preventiva

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Javier Elvis Alvarez Vargas

Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de

Cusco

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:10 SEDE 4536-2017-8 20 minutosDavid Acurio

HuamanRobo Agravado

Benito Choctaya Tarapaque

auto infundada prolongación de

prisión

Representante del Ministerio Público

Sexto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

08:30 SEDE 3934-2016-41 1 horaCirilo Melendez

AriasPeculado Doloso Estado Peruano

Sentencia Condenatoria

Cirilo Melendez Arias

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

09:30 SEDE 2844-2017-27 1 horaMirian Acuña salas

y Lucho Ascarza Soto

Usurpación agravada

Florentino Puclla Mora y otros

auto que aprueba la terminación

anticipada

Florentino Puclla Mora y Reyna

Puclla Ortogorin

Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de

Cusco

11:30 SEDE 2357-2017-48 20 minutos Jhon colque Tarco Peculado Culposo Estado Peruanoauto infundada

improcedencia de acción

Jhon colque Tarco

Primer Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

11:50 SEDE 4759-2017-39 30 minutosMayune Torres

Sayre

Uso de documento

privado falsoEstado Peruano

Auto fundado sobreseimiento

Procurador Público de la

SUNARP

Tercer Juzgado De Investigación

Preparatoria de Cusco

Pedro Álvarez Dueñas Miguel Ángel Pérez Soria

Presidente Segunda Sala Penal de Apelaciones Especialista Judicial Segunda Sala Penal de Apelaciones

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES DE CUSCO

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS JUEVES 06 DE SETIEMBRE DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS LUNES 03 DE SETIEMBRE DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MARTES 04 DE SETIEMBRE DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MIÉRCOLES 05 DE SETIEMBRE DE 2018

Page 19: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO fileEn los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHO- RRO Y CREDITO DE AREQUIPA SAC contra MO-DESTA PACCO CONDORI y DELFIN CHIPA BAYO-NA sobre Ejecución

La República 19SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMartes, 4 de setiembre del 2018

Número de

Expediente

Tipo Audiencia Materia Demandado Demandante Magistrado

09:30 09:59 00341-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

SUCLLI CONDORI FRANCISCA

COLQUE ROJAS RODOLFO

10:00 10:59 01360-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

ROMERO BACILIO CARLOS

COLQUE ROJAS RODOLFO

11:00 11:59 03422-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

SULLCACORI FLORES ROLANDO

COLQUE ROJAS RODOLFO

12:00 12:59 01800-2017-0- JUZGAMIENTO

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

SULCA LEON WALTER

ZEVALLOS ESCOBAR SONIA LUZ

COLQUE ROJAS RODOLFO

14:30 15:29 03652-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

HERMOZA AUCCAPUMA AMERICO

COLQUE ROJAS RODOLFO

08:30 08:59 00942-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

MONTAÑEZ CHOQQUE BONIFACIO

COLQUE ROJAS RODOLFO

09:00 09:29 00762-2018-0- CONCILIACION

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

EMPRESA DE TRANSPORTE EXPRESO SANCHEZ SRL

CHAHUA TAIPE JOSE ANGEL

COLQUE ROJAS RODOLFO

09:30 09:59 03728-2017-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

VELASQUEZ CHALLCO RIVELINO

COLQUE ROJAS RODOLFO

10:00 10:59 02106-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

ACARAPI MAMANI DIONISIO MARCOS

COLQUE ROJAS RODOLFO

11:00 11:59 02369-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

GERENCIA GENERAL DE ESSALUD

BAYONA FARFAN RICARDO

COLQUE ROJAS RODOLFO

12:00 12:59 03964-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

ATAO LETONA BRESSY LIZET

COLQUE ROJAS RODOLFO

14:30 15:59 04252-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

DIRECCION DESCONCENTRADA DEL MINISTERIO DE CULTURA

HUERTA BOLARTE TANIA MARTINA

COLQUE ROJAS RODOLFO

08:30 08:59 00807-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO REPWILBERT BUSTAMANTE DE L CASTILLO

HUACASI GONZALES HERNAN

COLQUE ROJAS RODOLFO

09:30 09:59 01002-2018-0- CONCILIACIONDESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCOREP WILBERT BUSTAMANTE DEL CASTILLO

DIAZ ANTEZANA DEVORA SISARA

COLQUE ROJAS RODOLFO

10:00 10:59 00476-2018-0- UNICA REPOSICION

PROYECTO REGIONAL ESPECIAL PLAN MERISS INKA

MEZA QQUENTA BELTRAN

COLQUE ROJAS RODOLFO

11:00 11:59 02452-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

HUAILLANI CARTAGENA FLORENCIO

COLQUE ROJAS RODOLFO

12:00 12:59 04127-2017-0- JUZGAMIENTOCREDITOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

QUISPE ANCCO MUNIFACIA

COLQUE ROJAS RODOLFO

09:00 09:29 00380-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

GOBIERNO REGIONAL CUSCO

CONDORI CCAPCHA ALEJA

COLQUE ROJAS RODOLFO

09:30 09:59 01026-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

HUANCA CHAMBILLA HILARIO

COLQUE ROJAS RODOLFO

10:00 11:29 02647-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO

VILLASANTE CASTAÑEDA NINOSKA

COLQUE ROJAS RODOLFO

11:30 12:59 03842-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PINEDA AQUISE SIXTO

COLQUE ROJAS RODOLFO

14:30 15:29 03773-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

MUNIICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

MONGE FERRO FLORENTINA

COLQUE ROJAS RODOLFO

08:30 08:59 01017-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

CONDORIMAY ORE DOROTEA

COLQUE ROJAS RODOLFO

09:00 09:29 01012-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

MENDIGURE RIOS YANET

COLQUE ROJAS RODOLFO

09:30 09:59 01032-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

CORTE SUPERIRO DE JUSTICIA DE CUSCO REP WILBERT BUSTAMANTE DEL CASTILLO

MUJICA BRAVO MAXIMO

COLQUE ROJAS RODOLFO

10:00 10:59 03973-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

QUISPE QUISPE MARCOSA MARTINA

COLQUE ROJAS RODOLFO

11:00 11:59 02424-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

AUCCA MARISCAL RONAL RAUL

COLQUE ROJAS RODOLFO

12:00 12:59 04013-2017-0- JUZGAMIENTO

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

HUARANCCA HANCCO FRANCISCA

COLQUE ROJAS RODOLFO

08:00 08:59 00313-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

CONECTA RETAIL S.A.

REYES LINDO PEDRO JOEL

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

UBICACIÓN: 1º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO

RELACIÓN DE AUDIENCIAS DEL 03 AL 07 DE SETIEMBRE DE 2018

LOCAL : URBANIZACION LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS

Hora

LUNES DÍA 03 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

MARTES DÍA 04 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

MIERCOLES DÍA 05 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

JUEVES 06 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

VIERNES 07 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

UBICACIÓN: 2º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL LUNES DÍA 03 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

09:00 10:59 00454-2018-0- JUZGAMIENTO POR DEFINIRMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

TINTA HUILLCAS FLORENTINA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

11:00 12:59 04048-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

CRUZ CABALLERO ELVIS ARTURO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

14:30 15:29 00164-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

GUTIERREZ SENCIA URBANO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

08:00 08:59 01450-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

ASOCIACION DE AYUDA ARQUIDIOCESANA

YEPEZ POMARROSA YANET

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

09:00 10:59 00760-2015-0- JUZGAMIENTO

ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO

VALLENAS QUISPE FREDDY

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

11:00 12:59 00403-2018-0- JUZGAMIENTOIMPUGNACION DE DESPIDO

COMITE DE SERVICIOS INTEGRADOS TURISMO CULTURALES D CUSCO

HOLGADO ANAYA MARCOS

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

14:30 15:29 01540-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO

JACINTO AMAO HUGO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

08:00 08:59 01639-2018-0- CONCILIACION

INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

EDUCATIVA LA CATOLICA DEL PACIFICO

PURISACA CHACON ANANI YSABEL

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

09:00 10:59 00756-2018-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

CABELLO DEL CASTILLO MIRIAM ELENA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

11:00 12:59 00216-2018-0- JUZGAMIENTO

INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO

VILLACA ROJAS RICARDO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

14:30 15:29 01405-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL

ORTEGA ZUÑIGA WILSON JOHEL

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

08:00 08:59 01686-2018-0- CONCILIACIONDERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

HUAMAN CCOYORI VALENTIN

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

09:00 10:59 00773-2018-0- JUZGAMIENTO

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

EL PAISA EIRL POMALEQUE CUTIRI MERCEDES

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

11:00 12:59 04196-2017-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

GALLEGOS PAUCAR YOHANNA BENY

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

14:30 15:29 01557-2018-0- CONCILIACION

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

TRANSP TURISTICOS MIGUELON E.I.R.LTDA

RAMOS SUPA JOSE CARLOS

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

08:00 08:59 01570-2018-0- CONCILIACION

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

ENTIDAD FINANCIERA MI BANCO BANCO DE LA MICRO EMPRESA SA

MAR PEREZ JHON ABELARDO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

09:00 10:59 00866-2018-0- JUZGAMIENTODERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

RAMOS VERA ARTURO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

11:00 11:59 01468-2018-0- UNICA REPOSICIONMUNICIPALIDAD DISTRITALD E SANTIAGO

MESCO AUCCA LIZ JOHANA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

12:00 12:59 00544-2015-0- JUZGAMIENTO

INDEM. POR DAÑOS Y PERJUICIOS POR INCUMP. DE NORMAS LABORAL

UNIDAD DE CERVECERIAS PERUANAS BACKUS Y JOHNSTON SAA

ZEVALLOS LIMACHE ROGELIO

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

14:30 15:29 00179-2018-0- CONCILIACION

INDEM. POR DAÑOS Y PERJUICIOS POR FALTA GRAVE DEL TRABAJADOR

MONTOYA MASIAS HERLINDA

CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO SA

CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE

10:00 10:59 00622-2018-0- UNICA

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

LLAMA GAS S A AGUILAR GALICIA OBNAR

CASTILLO CRUZ NAYDA

11:00 11:59 01125-2018-0- UNICA

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

BEIJAFLOR E.I.R.L.

HUAMAN SACA JHON

CASTILLO CRUZ NAYDA

09:00 09:59 01274-2018-0- UNICA

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

CORPORACION EDUCATIVA JUGANDO CON EL SOL SAC REP ALICE LISSET QUISPE CORDOVA

PEREZ BARRENECHEA RAYZA BETSY

RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY

09:00 09:59 01336-2018-0- UNICA

PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

RESIDENCIAL MANANTIALES REPRESENTADO POR SU REPRESENTANTE LEGAL EDWIN CRUZ CURO

CASTRO TUPA JENRRY

RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY

09:00 09:59 00115-2015-0- UNICAOBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP

HUACAC JURO JUSTO HERNAN

AVILES RAMOS ALIPIO

RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY

UBICACIÓN: 3º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL

MARTES DÍA 04 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

MIERCOLES DÍA 05 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

JUEVES 06 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

VIERNES 07 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

JUEVES 06 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

UBICACIÓN: 4º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL LUNES DÍA 03 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

JUEVES 06 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

VIERNES 07 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

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La República20 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 4 de setiembre del 2018

HORA MATERIA IMPUTADO

DEMANDADO

DELITO/

PRETENSIÓN

AGRAVIADO

DEMANDANTE

ACTO

PROCESAL

REO JUEZ DIRECTOR

L U N E S 3 D E S E T I E M B R E D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

M A R T E S 4 D E S E T I E M B R E D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

M I E R C O L E S 5 D E S E T I E M B R E D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

J U E V E S 6 D E S E T I E M B R E D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS CON EL N.C.P.P.

TABLA DE AUDIENCIAS DE PROCESOS EN LIQUIDACIÓN

V I E R N E S 7 D E S E T I E M B R E D E 2 0 1 8

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTA DE CAUSAS EN DIVERSAS MATERIAS

Jueces Superiores: Dres. Marina Ines Supanta Condor, Liliam Selene Monasterio Alarcon y Hugo Arturo Castro Alvarez. Fiscal Superior: Dr. Efraín Quesada Velez. Marina Ines Supanta Condor

PRESIDENTA DE SALA

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La República 21SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCOMartes, 4 de setiembre del 2018

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:10 SEDE 245-2018-86 20 minutosFernando

Espinoza ChampiHomicidio simple

herederos legales de QEVF Wilner Jesus Rondan

Huamanga

auto fundada prolongación de

prisión

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Fernando Espinoza Champi

Juzgado de Investigación

Preparatoria de Urubamba

08:30 SEDE 214-2018-88 30 minutosJuan Carlos Daza

PalominoHomicidio simple

Herederos legales de QEVF Franklin Checcori Teves

auto infundado sobreseimiento

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Juan Carlos Daza Palomino

Juzgado de Investigación

Preparatoria de Machupicchu

09:00 SEDE 1000-2013-86 1 hora

Santiago Felipe Monroy Farfán,

Augusto Auccapure

Vallenas, Pablo Villa Incattito y Claudio Quispe

Rojas

Mineria Ilegal Estado PeruanoSentencia

Absolutoria

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Representante del Ministerio Público

Segundo Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

10:00 SEDE 2548-2014-27 1 horaRodolfo David Salas Tintaya

Homicidio Calificado

herderos legales de QEVF Adriana

Accostupa Maqquerhua

Sentencia Absolutoria

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Representante del Ministerio Público

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

11:00 SEDE 3008-2017-22 30 minutosEdhuar Molero

ColqueLesiones Leves

Herderos legales de QEVF Lourdes Valencia Morales

auto fundado sobreseimiento

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Herderos legales de QEVF Lourdes Valencia Morales

Sexto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

11:30 SEDE 3619-2016-19 1 hora

Elio Pro Herrera y Ernesto

Malpartida Corrales

Negociación incompatible

Estado Peruanosentencia

condenatoria

continuación

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Elio Pro Herrera y Ernesto

Malpartida Corrales

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

14:30 SEDE 148-2018-84 20 minutosMario Meza

Auccapuma y Raul Romani Gomez

Homicidio simple

herederos legales de QEVF Vincer Quispe Reyes y

otro

auto infundada cesación de

prisión

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Mario Meza Auccapuma y Raul

Romani Gomez

Juzgado de Investigación

Preparatoria de Urubamba

14:50 SEDE 243-2018-83 20 minutosAbrahan Quito

MolinaLesiones Graves

Marco Percy Espinoza Quispe

auto fundada prisión preventiva

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Abrahan Quito Molina

Juzgado de Investigación

Preparatoria de Paucartambo

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:30 SEDE 1411-2013-82 1 horaCarlos Malpartida

Aparco

atentados contra monumentos

arqueologicosEstado Peruano

Sentencia Absolutoria

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Ministerio de Cultura

Quinto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

09:30 SEDE/VIDEO 11:20-2018-44 1 horaFelix Ninanqui

Pfoco

actos contra el pudor de menor

de edad

menor de iniciales LLTM, YMLM y

SATS

Sentencia

condenatoria

continuación

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Felix Ninanqui Pfoco

Juzgado Supraprovicnial de

Cusco

10:30 SEDE/VIDEO 3172-2017-3 1 horaEsmila Quenta

PachecoLesiones Leves

Agravado

Herederos legales de QEVF Peter Flores Enciso

Sentencia

condenatoria

continuación

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Representante del Ministerio Público

y Lucila Enciso Flores

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

11:30 SEDE 1271-2017-94 1 hora

Julian Quispe Quispe y Mario

Pascual Torbisco Carrasco

retardo injustificado de

pagoEstado Peruano

Sentencia

condenatoria

continuación

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Julian Quispe Quispe y Mario

Pascual Torbisco Carrasco

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

12:00 SEDE 880-2014-43 1 horaSamir Kumar

Sharma y Navita Agrawal

trata de personas agravada

Bisht Virender Singh, Vats

Shubhendu, Bisht Mohan Singh y

Singh Suresh

Lectura de

sentencia

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Representante del Ministerio Público

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

14:30 SEDE 111-2018-50 30 minutosJessica Challco

Torrestrata de personas

agravadamenor de iniciales

RIQM

auto infundado cesación de

prisión

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Jessica Challco Torres

Juzgado de Investigación

Preparatoria de Camanti

15:00 SEDE 4714-2016-80 1 horaLuis Miguel

Huaman AuccaViolación Sexual

de menor de edadmenor de iniciales

KMVASentencia

condenatoria

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Luis Miguel Huaman Aucca

Juzgado Penal Supraprovincial de

Cusco

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:20 SEDE 5448-2018-0 10 minutosPercy Llancay

InquilltupaHabeas Corpus

Pedro Angel Yerko Zlatar Mendizabal

auto improcedencia de

Habeas Corpus

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Pedro Angel Yerko Zlatar Mendizabal

Sexto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

08:30 SEDE 172-2018-0 1 horaJustino Curasco

Quispe y Palcido Rodriguez Flores

Usurpación Agravada

Tomasa Quino Curasco y Carlos Alberto Huaman

Quino

Sentencia Absolutoria

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Representante del Ministerio Público

yTomasa Quino Curasco y Carlos Alberto Huaman

Quino

Juzgado Penal Unipersonal de

Calca

09:30 SEDE 1633-201-61 1 horaPrudencia

Condeña Quispe

Atentado contra monumentos

arqueologicosEstado Peruano

Sentencia condenatoria

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Prudencia Condeña Quispe

Cuarto Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

10:30 SEDE 1150-2014-47 30 minutos Jau Ker Chen Lin Depredación de

bosques protegidos

Estado Peruanolectura de

sentencia

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

AndradeJau Ker Chen Lin

Segundo Juzgado Penal Unipersonal

de Cusco

11:00 SEDE 379-2013-23 20 minutosGloria Macutela

HuamanUsurpación Agravada

Maria Victoria Chavez Monge

Auto fundada revocatoria de

pena

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Gloria Macutela Huaman

Primer Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

11:20 SEDE 1332-2018-92 20 minutosDavid Herbert

Quispe BerdejoLesiones Leves

Lourdes Santos Nina

auto fundada actor civil

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

David Herbert Quispe Berdejo

Cuarto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

11:40 SEDE 649-2014-28 20 minutosFlorencio

Atausupa Huallpa y otros

Mineria Ilegal Estado PeruanoAuto de

Amonestación

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Fortunato Paz Chaparro

Segundo Juzgado Penal Unipersonal

deCusco

12:00 SEDE 5241-2018-27 20 minutosFrancisco Romero

CastilloLesiones Culposas

Junior alejandro Castilla Quispe

auto fundado secuestro

conservativo

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Edgar Eguiluz Huisa

Primer Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

12:20 SEDE 5583-2018-76 20 minutosJavier Elvis Alvarez

VargasFeminicidio

Sorayda Emperatriz Ttica

Salas

auto fundada prisión preventiva

Dr. Álvarez/Dra. Farfán/Dra.

Andrade

Javier Elvis Alvarez Vargas

Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de

Cusco

HORA LUGAR N° CAUSATIEMPO DE

DURACIONIMPUTADO (a) DELITO (s) AGRAVIADO (a)

ACTO

IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR

PONENTEIMPUGNANTE PROCEDENCIA

08:10 SEDE 4536-2017-8 20 minutosDavid Acurio

HuamanRobo Agravado

Benito Choctaya Tarapaque

auto infundada prolongación de

prisión

Representante del Ministerio Público

Sexto Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

08:30 SEDE 3934-2016-41 1 horaCirilo Melendez

AriasPeculado Doloso Estado Peruano

Sentencia Condenatoria

Cirilo Melendez Arias

Juzgado Penal Colegiado de

Cusco

09:30 SEDE 2844-2017-27 1 horaMirian Acuña salas

y Lucho Ascarza Soto

Usurpación agravada

Florentino Puclla Mora y otros

auto que aprueba la terminación

anticipada

Florentino Puclla Mora y Reyna

Puclla Ortogorin

Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de

Cusco

11:30 SEDE 2357-2017-48 20 minutos Jhon colque Tarco Peculado Culposo Estado Peruanoauto infundada

improcedencia de acción

Jhon colque Tarco

Primer Juzgado de Investigación

Preparatoria de Cusco

11:50 SEDE 4759-2017-39 30 minutosMayune Torres

Sayre

Uso de documento

privado falsoEstado Peruano

Auto fundado sobreseimiento

Procurador Público de la

SUNARP

Tercer Juzgado De Investigación

Preparatoria de Cusco

Pedro Álvarez Dueñas Miguel Ángel Pérez Soria

Presidente Segunda Sala Penal de Apelaciones Especialista Judicial Segunda Sala Penal de Apelaciones

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES DE CUSCO

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS JUEVES 06 DE SETIEMBRE DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS LUNES 03 DE SETIEMBRE DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MARTES 04 DE SETIEMBRE DE 2018

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MIÉRCOLES 05 DE SETIEMBRE DE 2018

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 01745-2013-0-1001-JR-CI-02 Asociación Centro de esparcimiento Lima El Potao

Asociación Pro Vivienda Fondo de Bienestar del Cusco y otros

Nulidad de acto jurídico sentencia 5JCC Dirimencia Pereira Alagón

2 08:20 00525-2017-0-1001-JR-CI-02 Vilma Orosco Solorzano Abel Agripino Candia Pancorbo Obligación de dar suma de dinero sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 01038-2018-0-1001-JR-CI-04 Raul Haroldo Bocangel Anaya Juez Cesar Aquiles Espinoza Delgado y otros Proceso de amparo auto

improce 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 01609-2017-0-1001-JR-CI-04 Cooperativa de Ahorro y Crédito Santo Domingo de Guzman Cirilo Mendoza Conchoy y otros Ejecución de garantías auto final 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 01458-2014-0-1001-JR-CI-02 Juan Roberto Rivera Escobar Lida Lucrecia Escobar Tapia y otros

Nulidad de acto jurídico auto final 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 01407-2016-0-1001-JR-CI-02 Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A.

Aida Luz Fernandez Valderrama y otro Ejecución de garantías auto final 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 02796-2013-0-1001-JR-CI-04 Melquiades Chino Sencia Mario Pablo Vargas Siccos y otros Indemnización sentencia 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 02042-2013-0-1001-JR-CI-02 Gustavo Apolo Pino Vasquez Jose Angel Pino Echegaray y otra Contradicción de desheredación sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

9 08:55 02569-2017-0-1001-JR-CI-04 Ramón Gonzales Vargas Jose Luis Palomino Cayla y otra Obligación de hacer auto final 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

10 09:00 00347-2017-0-1023-JP-CI-01 BBVA Banco Continental Centro de Convenciones Casa Blanca SAC y otro

Ejecución de acta de conciliación auto final 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

11 09:05 00072-2018-0-1001-JM-CI-02 Municipalidad Distrital de Pomacanchi

Empresa Constructora & Consultora Curahuasi E.I.R.L.

Ejecución de laudo arbitral auto final 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

12 09:10 00676-2017-0-1001-JM-CI-01 Jorge Hernan Herrera Garcia Sala Penal de Apelaciones de Tambopata Proceso de amparo auto

improce 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

13 09:15 00935-2018-0-1001-JR-CI-04 Luzmila Abal de Conchacalle y otro Jueces Supremos de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema

de Justicia de la RepúblicaProceso de amparo auto

improce 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

14 09:20 01690-2017-0-1001-JR-CI-04 Gobierno Regional de Cusco Juez Superior Jose Wilfredo Diaz Vallejos y otros Proceso de amparo sentencia 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

15 09:25 00205-2018-0-1001-SP-CI-01 Juan Robles Molina Luz Marina Benavides Kjuro Proceso de amparo sentencia JMx Calca Velásquez-Delgado-Holgado

16 09:30 00359-2013-0-1001-JM-CI-02 Presentación Del castillo Umeres Victor Valentin Giraldo Lucana y otro

Nulidad de acto jurídico sentencia 2JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

17 12:30 00916-2018-0-1001-JR-CI-01 Snildzinia Gladys Motta Zevallos Juez Supremo Angel Henry Romero Diaz y otros Proceso de amparo auto

improce 1JCC Pinares-Pereira-Gutierrez

18 15:00 00870-2014-0-1001-JM-CI-01 Maria Elena Salas Frisancho Gobierno Regional de Cusco Obligación de dar suma de dinero sentencia 1JMx Wanchaq Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 00938-2016-0-1001-JM-FT-01 Ministerio Público Flora Farfán Vera y otro Violencia familiar sentencia 1JMx Wanchaq Dirimencia Pereira Alagón2 08:20 01169-2015-0-1018-JM-FC-02 Jaime Puelles Moreano Julia Zarate de Puelles Divorcio por causal sentencia 2JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 01040-2018-28-1001-JR-CI-03 Fernado Jose Chavez Miranda Municipalidad Provincial de Cusco Medida cautelar auto 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 00061-2018-0-1001-SP-FT-01 Ministerio Público Madeleine Soto Huayllapuma Contravención al

Código de los Niños y Adolescentes

sentencia JMx Quispicanchis Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 03267-2013-0-1001-JR-CI-01 Raymundo Espinoza Sullca y otra Juez Supremo Aana Maria Aranda Rodriguez y otros

Nulidad de cosa juzgada fraudulenta sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 01802-2016-0-1001-JP-CI-01 Multiservicios San Ramon E.I.R.L. Gobierno Regional de Cusco Obligación de dar suma de dinero sentencia 1JMx Wachaq Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 00246-2018-0-1001-JR-CI-01Comunidad Campesina de

Pampallacta Baja Parcco Comprensión del Distrito de Calca

COPESCO y otro Proceso de amparo sentencia 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 00712-2018-0-1018-JM-FP-02 Ministerio Público Menor de iniciales RDZ Infracción a la ley penal -robo agravado sentencia 2JMx Santiago Velásquez-Delgado-Holgado

9 15:00 00169-2014-0-1001-JR-CI-04 Martha Zuñiga Nieto Lida Lucrecia Escobar Tapia Obligación de hacer sentencia 3JCC Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 00514-2010-0-1001-JM-CI-01 Maria Jesus Trujillo Rado Grupo Inmobiliario LOS FAROS SAC y otros

Nulidad de acto jurídico sentencia 1JMx Wanchaq Dirimencia Pereira Alagón

2 08:20 00203-2017-0-1001-JR-CI-03 Nimia Eulalia Herrera Chacon Centro de Dialisis Kusaq S.A.C. Ejecución de acta de conciliación auto final 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 00764-2017-0-1001-JM-CI-01 Cooperativa de Ahorro y Crédito San Cristobal de Huamanga Ltda.

Menni Kathia Tapara Cusihuaman y otros

Obligación de dar suma de dinero auto final 1JMx Wanchaq Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 00213-2018-0-1001-SP-CI-01 Gloria Alvarez Valderrama y otro Diomedes Quispe Ramirez y otra Interdicto de recobrar sentencia JMx Anta Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 00154-2015-92-1001-JR-CI-01 Oswaldo Terrazas Olivera Empresa EOM Inversiones S.A. y otros

Nulidad de acto jurídico auto excep 1JCC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 02683-2017-0-1001-JR-CI-02 Mariela Margarita Quispitupa Municipalidad distrital de Quellouno Proceso de amparo sentencia 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 00813-2017-0-1001-JR-CI-04 SCOTIABANK PERU S.A.A. Jose Antonio Nakamura Salas y otro Ejecución de garantías auto final 4JCC Velásquez-Delgado-Holgado

8 08:50 00216-2018-0-1001-SP-CI-01 Cesar Quispe Ramos Municipalidad Distrital de Mosocllacta

Obligación de dar suma de dinero sentencia JMx Acomayo Velásquez-Delgado-Holgado

9 15:00 00029-2018-0-1001-SP-FT-01 Veronica Cecilia Peseros Ynquiltupa Juan Maximiliano Tintaya Panca Violencia familiar auto medi. Protec.

JMx. Paucartambo Dirimencia Gutiérrez Merino

HORA NÚMERO EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIARESOL.

IMPUG.PROCEDE COLEGIADO

1 08:00 00423-2014-0-1001-JR-FT-02 Ministerio Público, agraviada Hector Andres Ojeda Cornejo Violencia familiar sentencia 2JFC Dirimencia Pereira Alagón

2 08:20 00004-2005-0-1001-JM-CI-01 Angel Acurio Castillo y otros Engracia Valdez Santoyo de Gonzales y otros

Nulidad de acto jurídico sentencia 3JCC Velásquez-Delgado-Holgado

3 08:25 00074-2018-0-1001-SP-FT-01 Ministerio Público Federico Suca Tunqui Violencia familiar sentencia consulta JMx Calca Velásquez-Delgado-Holgado

4 08:30 00217-2018-78-1001-SP-CI-01 Hugo Braulio Flores Vasquez Prueba anticipada auto improce JMx Calca Velásquez-Delgado-Holgado

5 08:35 02470-2017-0-1001-JR-FC-04 Harry Bejar Serrano Gladys Deza Alarcon sentencia 4JFC Velásquez-Delgado-Holgado

6 08:40 01487-2018-0-1001-JR-CI-02 Hugo Corimaita Zamalloa Municipalidad Provincial de Cusco Proceso de amparo auto

improce 2JCC Velásquez-Delgado-Holgado

7 08:45 01369-2018-0-1001-JR-CI-01 Hector medina Salas Director Programa Sectorial II Unidad Ejecutora N° 312 Proceso de amparo auto

improce Velásquez-Delgado-Holgado

8 15:00 00600-2011-0-1001-JR-CI-04 Gloria Luz Portillo Salas Jose Luis Medrano Vega y otros Nulidad de acto jurídico sentencia 4JCC Dirimencia Gutiérrez Merino

Begonia del Rocío Velásquez Cuentas Roxana Bohórquez AbarcaPresidenta de Sala

JUEVES 6 DE SETIEMBRE DE 2018

Secretaria de Sala

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

SALA CIVIL DE CUSCO

TABLA DE VISTA DE CAUSAS (Lunes 3 de setiembre al jueves 6 de setiembre de 2018)

LUNES 3 DE SETIEMBRE DE 2018

MARTES 4 DE SETIEMBRE DE 2018

MIERCOLES 5 DE SETIEMBRE DE 2018

Page 22: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO fileEn los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHO- RRO Y CREDITO DE AREQUIPA SAC contra MO-DESTA PACCO CONDORI y DELFIN CHIPA BAYO-NA sobre Ejecución

La República22 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 4 de setiembre del 2018

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:20 3493-2017 Sentencia Ttito Jancco, Luciano Municipalidad de San Jerónimo Declar.de Contrato dentro Act.Priv. 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 3427-2017 Sentencia Gonzáles Surco, Valerio Municipalidad de San Sebastián Pago de Beneficios Sociales 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 4368-2017 Sentencia Navarro Valencia, Luisa Municipalidad de Wanchaq Rec.de Régimen Laboral 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:00 2724-2017 Sentencia Torres Pérez, Rufo RENIEC Cusco Desnat. de Contrato de Trabajo. 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 10:45 2624-2017 Sentencia Zapata Contreras, Higidio Corte Superior de Justicia de Cusco Reintegro de CTS 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 11:45 2408-2017 Sentencia Callata Huanca, Ruperto Corte Superior de Justicia de Cusco Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:20 1028-2017 Sentencia Quispe Palomino, Dianett y otros Municipalidad de Urubamba Rec. de Remuneración Básica 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 89-2018 Sentencia Yarín Huallpayunca, Maritza Municipalidad de Cusco Indemn. por Daños y Perjuicios J.Mx.U. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 61-2018 Sentencia Jaqquehua Huallpa, Hualberta Municipalidad de Wanchaq Desnat. de Contrato de Trabajo. 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:00 4507-2017 Sentencia Farfán Salinas, Luis Miguel Plan COPESCO Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 10:45 3128-2017 Sentencia Gonzáles García, Mario Freddy Dir. Desconc.de Cultura de Cusco Rec.de Contrato de Trabajo. 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 11:45 2678-2016 Sentencia Cuba Pérez, Ana Cecilia Plan COPESCO Desnat. de Contrato de Trabajo. 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:20 3067-2017 Sentencia Conde Alvaro, Josefina y otro Municipalidad de Cusco Pago de Remuneraciones 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 1897-2017 Sentencia Luna Delgado, Iracema Asoc.sin fines de lucro Apu Señor de Huanca y otro Indemn. por Despido Arbitrario 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:45 3670-2017 Sentencia Taco Ayala, Rina Servicios Postales del Perú S.A. Reposición 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:45 3237-2017 Sentencia Berrocal Pizarro, Agustín Porfirio Corte Superior de Justicia de Cusco Reint. de Bono por Función Jurisd. 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 11:30 4466-2017 Sentencia Quispe Medina, Félix Municipalidad de Santiago Desnat. de Contrato de Trabajo. 4.J.T.C. Pinares-Ttito-Gutiérrez6 12:00 3555-2017 Sentencia Astete Pantoja, Ricardo Municipalidad de Santiago Declar.de Contrato a Plazo Indeter. 4.J.T.C. Pinares-Ttito-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 08:20 587-2018 Sentencia Rojas Yapura, Iván Municipalidad de Wanchaq Homol.y Nivelación de Remuneraciones 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez2 08:45 4482-2017 Sentencia Huallpayuca Ccoto, Benedicto Municipalidad de Poroy Rec.de Contrato a Plazo Indeter. 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez3 09:30 1099-2018 Sentencia Quispe Arce, Fany Municipalidad de San Jerónimo Reposición 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez4 10:00 4261-2017 Sentencia Ccahua Huamán, Agusto Emp.de Transp. Servicio Andino S.A. Pago de CTS 4.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez5 10:45 3225-2016 Sentencia Barriga Díaz, Claudia Eufemia Médicos Asociados Cusco S.A. Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez6 11:45 2494-2017 Sentencia Paz Villalobos, Jorge Coop.Santo Domingo de Guzmán Ltda. Indemn. por Despido Arbitrario 1.J.T.C. Pinares-Pereira-Gutiérrez

Nº Hora Exp. Apelación Demandante Demandado Materia Proc. Colegiado

1 10:30 1359-2014 Sentencia Luna Campos, Mirko Joel Enterprise Of Management Service SAC Pago de Beneficios Sociales 1.J.T.C. Dirimencia: Ttito2 11:00 1108-2016 Sentencia Velasco Jibaja, Janeth María SUNAT y otro Reposición 4.J.T.C. Dirimencia: Ttito3 11:30 3669-2017 Sentencia Chara Cáceres, Juana Paulina Municipalidad de Wanchaq Rec.de Contrato de Trabajo. 4.J.T.C. Dirimencia: Ttito

Cusco, 3 de Setiembre de 2018

MIRIAM HELLY PINARES SILVA MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO

PRESIDENTA SECRETARIA

Jueves, 6 de setiembre de 2018

Viernes, 7 de setiembre de 2018

Miércoles, 5 de setiembre de 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

PRIMERA SALA LABORAL

TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTAS DE CAUSA Lunes, 3 de setiembre de 2018

Martes, 4 de setiembre de 2018

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:00a.m. 03319-2017-0-1001-JR-LA-03Luz Matilde Fernández Baca Aguirre

Dirección Regional de Educación de Cusco y otro

Contencioso Adm Sentencia 3ETC Murillo Flores-Alfaro Herrera-Ttito Quispe

2 08:45a.m. 00069-2018-0-1018-SP-LA-02 Juan Cancio Choque HuamánUnidad de Gestión Educativa Local de Acomayo y otros

Contencioso Adm Sentencia 1JMA Dirimencia Ttito Quispe

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 02379-2016-0-1001-JR-LA-03 Aquilino Timoteo Murga Huamaní Unidad de Gestión Educativa Local de Cusco y otros

Contencioso Adm Sentencia 3ETC Dirimencia Ttito Quispe

2 08:35a.m. 01844-2017-0-1001-JR-LA-05 María Ventura Coa Cabrera Municipalidad Distrital de San Sebastián Contencioso AdmAuto de

Improcedencia de la Demanda

5JETC Dirimencia Ttito Quispe

3 08:40a.m. 01502-2017-0-1001-JR-LA-05 Teodoro Seminario Pimentel Dirección Regional de Educación de Cusco Contencioso Adm Sentencia 5JETC Dirimencia Ttito Quispe

Nº Hora Exp. Demandante Demandado Materia Apelación Procede Colegiado

1 08:30a.m. 03676-2017-0-1001-JR-LA-03 Hermenegilda Suma Huanca Unidad de Gestión Educativa Local de Cusco y otro

Contencioso Adm Sentencia 3JETC Dirimencia Ttito Quispe

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DEL CUSCO

TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (Del Lunes 03 al Viernes 07 de Setiembre de 2018)

_____________________________________

Cusco, 29 de Agosto de 2018

Lunes, 03 de Setiembre de 2018

Miercoles, 05 de Setiembre de 2018

Jueves, 06 de Setiembre de 2018

______________________________________NADHIM NICOLE JOSSELYNE CHÁVEZ ZEVALLOS

SECRETARIA DE SALA

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

LUIS FERNANDO MURILLO FLORES

PRESIDENTE

SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL

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La República24 SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Martes, 4 de setiembre del 2018