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CORPORACIÓN PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACIÓN COMERCIAL S.A.

DIRECTIVA

LINEAMIENTOS PARA EL PROCESO PRESUPUESTARIO DE CORPAC S.A.

DIRECTIVA LINEAMIENTOS PARA EL PROCESO PRESUPUESTARIO DE CORPAC S.A.

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PRESENTACIÓN

La presente Directiva constituye un instrumento a través del cual se describen los lineamientos que orientan la gestión y el proceso de programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación y control presupuestal de CORPAC S.A., con el propósito de garantizar la viabilidad financiera y presupuestal de la empresa. Los lineamientos han sido formulados por la Gerencia de Finanzas, el Área de Organización y Métodos, y el Área de Planeamiento y Proyectos, en el marco de las disposiciones legales y administrativas vigentes. Considerando que toda organización es dinámica, este documento está sujeto a permanente actualización, como consecuencia de evaluaciones que impliquen su modificación.

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Í N D I C E

Pág. I. OBJETIVO 5 II. FINALIDAD 5 III. BASE LEGAL Y/OADMINISTRATIVA 5 IV. ALCANCE 5 V. RESPONSABILIDAD 5 VI. PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA 5

6.1 Los principios que rigen la gestión presupuestaria de CORPAC S.A. 5 6.2 Los principales criterios que orientan la gestión y proceso presupuestario de

CORPAC S.A. 6 VII. ORGANIZACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA 6 VIII. DE LAS CONDICIONES BÁSICAS PARA LA PROGRAMACIÓN Y

FORMULACIÓN PRESUPUESTAL 7 IX. DE LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN PRESUPUESTAL DE INGRESOS 7

9.1 Ingresos de operación 7 9.2 Disposiciones para la estimación de los ingresos 8

X. DE LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN PRESUPUESTAL DE LOS EGRESOS 8 10.1 Disposiciones generales 8 10.2 Gastos de personal y obligaciones sociales 9 10.3 Gastos en bienes y servicios 9 10.4 Gastos de capital 10

XI. DE LA PROGRAMACIÓN MENSUAL DE LOS INGRESOS Y EGRESOS 11 XII. DE LA FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL MARCO PRESUPUESTAL

INSTITUCIONAL 11 XIII. DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA 11

13.1 Ejecución de los ingresos 11 13.2 Ejecución de los egresos 12 13.3 Disposiciones específicas para la ejecución de gastos de personal 12 13.4 Disposiciones específicas para la ejecución de bienes y servicios 12 13.5 Disposiciones específicas para la ejecución de gastos de capital 13

XIV. DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS 14 XV. DE LAS EVALUACIONES PRESUPUESTARIAS 14

15.1 Normas generales 14 15.2 Evaluación mensual 14 15.3 Evaluación trimestral 15 15.4 Evaluación de cierre anual 15 15.5 Remisión de la Evaluación Presupuestaria 15

XVI. DEL CONTROL Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO 15 16.1 Normas Generales 15 16.2 Aspectos del Control Presupuestario 16

XVII.DISPOSICIONES FINALES 16 GLOSARIO DE TÉRMINOS 17

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I. OBJETIVO

Establecer las normas que orienten la gestión y el proceso de programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación y control presupuestal de CORPAC S.A., a fin de garantizar la viabilidad financiera y presupuestal de la institución.

II. FINALIDAD

Asegurar la utilización de los recursos presupuestarios de la institución con eficiencia, eficacia, calidad, trasparencia, austeridad, racionalidad y flexibilidad, dentro del marco normativo aplicable, en concordancia con los objetivos institucionales.

III. BASE LEGAL Y/O ADMINISTRATIVA Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas bajo el ámbito de

FONAFE, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 003-2005/018 - FONAFE y sus modificatorias.

Manual de Normas y Procedimientos “Elaboración del Plan Anual de Contrataciones de CORPAC S.A.”, aprobado mediante Memorando GG.150.2011.

Directiva Medidas de Austeridad y Racionalidad en el Gasto, aprobada mediante Memorando GG.391.2012.M

Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Legislativo Nº 1017), su Reglamento, normas modificatorias y complementarias.

Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública (Ley Nº 27293), su Reglamento, normas modificatorias y complementarias.

Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, aprobada por Acuerdo de Directorio N° 001-2010/014-FONAFE y modificada mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 066-2012/DE-FONAFE.

IV. ALCANCE

La presenta Directiva es de cumplimiento obligatorio en todos los órganos y unidades orgánicas de CORPAC S.A.

V. RESPONSABILIDAD

Son responsables del cumplimiento de la presente Directiva, el Gerente General, los gerentes centrales, gerentes de línea, gerentes de órganos de apoyo, jefes de las sedes aeroportuarias y jefes de áreas de CORPAC S.A.

VI. PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA

6.1 Los principios que rigen la gestión presupuestaria de CORPAC S.A. son los siguientes:

Equilibrio: determina que el presupuesto debe presentar un equilibrio entre la

previsible evolución de la totalidad de ingresos y egresos, por toda fuente y destino, de conformidad con las políticas públicas, estando prohibido incluir autorizaciones de gasto sin el financiamiento correspondiente.

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Unidad: establece que todos los ingresos y gastos estimados a nivel de CORPAC S.A. deben ser incluidos en un solo presupuesto.

Anualidad: el presupuesto tiene vigencia anual y coincide con el año calendario. Programación: establece que el presupuesto debe reflejar a través de actividades

y proyectos los objetivos y metas de CORPAC S.A. Especificidad: estipula que los ingresos de CORPAC S.A. deben asignarse a

objetivos concretos, mostrando con especificación detallada el destino de los gastos.

Unidad financiera: señala que la administración y control presupuestal, financiero y contable de los fondos de CORPAC S.A. se centralizan en la dependencia competente.

6.2 Los principales criterios que orientan la gestión y proceso presupuestario de CORPAC

S.A. son los siguientes:

Equidad: mediante el cual se asignan recursos en función a las necesidades requeridas, las cuales deben ser prioritarias acordes con los objetivos institucionales.

Priorización: mediante el cual se deberán priorizar las necesidades de carácter operativo respecto del administrativo, buscando que la relación entre ambos alcance niveles competitivos de eficiencia en el mercado.

Previsión: a través del cual se establece que la programación de los gastos operativos y de capital debe partir de un escenario conservador de ingresos, de tal modo que se disponga de financiamiento ante una eventual reducción de ingresos.

Costo – efectividad: realizar las acciones necesarias que conlleven a una efectiva racionalización de costo, sin perjuicio de la calidad de los bienes y servicios que se adquieran.

Redistribución: consiste en que si se generan ahorros por reducción de los gastos, éstos podrán ser reorientados al financiamiento de los gastos operativos y de inversiones, previa conformidad de la Gerencia de Finanzas y el Área de Planeamiento y Proyectos, respectivamente.

Austeridad: mediante el cual se deja de programar y realizar gastos considerados no prioritarios con el propósito de orientar los recursos hacia las actividades principales de la misión de CORPAC S.A.

Racionalidad: orientada al logro de los objetivos y metas programadas con el uso mínimo de recursos, aplicando las mejores alternativas de gestión para optimizar el uso de los recursos disponibles.

Devengado: a través del cual se establece que la obligación de pago se asume como consecuencia de un compromiso contraído. Comprende la liquidación, identificación del acreedor y la determinación del monto a través del documento oficial. En el caso de bienes y servicios, se configura a partir de la verificación de conformidad del bien recibido, del servicio prestado o por haberse cumplido con los requisitos administrativos y legales para los gastos sin contraprestación inmediata o directa.

VII. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA

El Sistema de Gestión Presupuestaria de CORPAC S.A., está conformado por los siguientes integrantes:

a) El Directorio: Es el órgano de dirección del más alto nivel de CORPAC S.A. al cual le

corresponde establecer la política institucional y supervisar la aplicación de la misma; así como, la aprobación del balance anual, el presupuesto y las modificaciones presupuestales correspondientes.

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b) El Presidente del Directorio: Es la máxima autoridad del Directorio de CORPAC S.A.

c) El Gerente General: Es el funcionario que ocupa el cargo del máximo órgano de ejecución de CORPAC S.A. y es responsable de dirigir el funcionamiento de la empresa, emitir las directivas y procedimientos internos necesarios, en concordancia con las políticas, lineamientos y demás disposiciones del Directorio. Asimismo, presenta al Directorio los planes empresariales, el presupuesto anual, el balance general y la memoria anual para su aprobación.

d) Las unidades ejecutoras: conformadas por las gerencias centrales, gerencias de línea,

jefaturas de las sedes aeroportuarias y jefaturas de áreas, así como las demás unidades orgánicas de la empresa a las que se les asigna recursos presupuestales para el cumplimento de las metas aprobadas. Son responsables de contraer compromisos, devengar gastos, ordenar pagos e informar sobre el avance y/o cumplimiento de las metas.

VIII. DE LAS CONDICIONES BÁSICAS PARA LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN

PRESUPUESTAL

Los instrumentos de gestión que constituyen las condiciones básicas necesarias para desarrollar el proceso de programación y formulación presupuestal, son los siguientes:

8.1 Lineamientos y objetivos estratégicos: se refiere a los lineamientos y objetivos

estratégicos a ser desarrollados durante el ejercicio programado; así como los respectivos indicadores. Estos documentos serán elaborados por el Área de Planeamiento y Proyectos.

8.2 Prioridades: se refiere a las prioridades institucionales hacia las cuales debe orientarse el

financiamiento de los gastos e inversiones. Este documento será elaborado por las unidades ejecutoras conjuntamente con el Área de Planeamiento y Proyectos.

8.3 Asignación presupuestaria: está referida a la asignación de recursos para las unidades

ejecutoras, en base a un escenario moderado de proyección de recursos, estableciendo los topes presupuestales a los cuales se ajustarán los gastos operativos y de capital que se programen. Este documento será elaborado por el Área de Presupuesto de la Gerencia de Finanzas.

IX. DE LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN PRESUPUESTAL DE INGRESOS

9.1 Ingresos de operación:

9.1.1 Ventas de servicios: correspondiente a los servicios de aeronavegación, aeroportuarios y complementarios. En cuanto a los servicios de aeronavegación, el rubro más representativo es el SNAR (nacional, internacional y sobrevuelos, los servicios de aproximación y aterrizaje/despegue). El rubro más significativo de ingresos por servicios aeroportuarios es el TUUA, el servicio de rampa / carga-descarga; así como el cargo de acceso y estacionamiento de aeronaves. El rubro de ingresos complementarios, está constituido por los ingresos por alquileres, playa de estacionamiento, porcentaje de ventas, entre otros.

9.1.2 Otros servicios: constituido por los ingresos compartidos con Lima Airport Partners

(LAP), a raíz de la concesión del Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”, en el marco del Contrato de Colaboración Empresarial y Atribución de Obligaciones y Responsabilidades suscrito entre LAP y CORPAC S.A.

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9.1.3 Ingresos financieros: corresponden a los intereses que generan las colocaciones que CORPAC S.A. mantiene en el sistema financiero local por el depósito de los saldos de libre disponibilidad en el mercado financiero local en moneda nacional y extranjera. Incluyen, además los pagos por intereses y moras provenientes de las facturas no pagadas oportunamente por nuestros clientes.

9.2 Disposiciones para la estimación de los ingresos:

9.2.1 La estimación de los ingresos de CORPAC S.A. por la venta de servicios en

determinado ejercicio, se efectúa en base al nivel de cobranzas, considerando las tarifas de los servicios de SNAR, aproximación, aterrizaje – despegue y TUUA. Asimismo, las tasas de crecimiento proyectadas en el tráfico nacional e internacional en operaciones, en pasajeros y en sobrevuelos. Esta información deberá ser procesada por el Área de Planeamiento y Proyectos.

9.2.2 Los supuestos macroeconómicos están dados por el marco macroeconómico

multianual aprobado por el Consejo de Ministros, considerando las variables macroeconómicas: tipo de cambio (Nuevos Soles / Dólar Americano), crecimiento del producto bruto interno (PBI) y el nivel de inflación promedio.

9.2.3 En la proyección de los ingresos financieros se deben estimar los intereses por las

colocaciones en moneda nacional y extranjera, los intereses por las cuentas de ahorros y los intereses y moras por las facturas no pagadas oportunamente por nuestros clientes. Esta información deberá ser procesada por el Área de Tesorería de la Gerencia de Finanzas.

X. DE LA PROGRAMACIÓN Y FORMULACIÓN PRESUPUESTAL DE LOS EGRESOS

10.1 Disposiciones Generales:

a) La previsión de gastos debe realizarse bajo los criterios de gestión presupuestal establecidos en la presente Directiva, concordada con los lineamientos y objetivos estratégicos, prioridades de necesidades, programación de metas y a la asignación presupuestaria en el ejercicio a formular.

b) La asignación presupuestaria desagregada a nivel de partidas de los gastos

deberá ser diferenciada en los conceptos siguientes: bienes, gastos de personal, servicios prestados por terceros, tributos, cargas diversas de gestión, egresos financieros y gastos de capital.

c) La gestión de la empresa debe estar orientada a garantizar el incremento de la

capacidad productiva, a la racionalización de personal y al logro de la eficiencia y eficacia, a fin de desarrollarse en condiciones de competencia, sin privilegios, ni restricciones.

d) El presupuesto de egresos deberá ser elaborado en Nuevos Soles, sin decimales,

se registran bajo el principio del devengado, y no deben incluir el impuesto general a las ventas (IGV), excepto en aquellos casos en que el IGV, se considere como gasto o costo.

e) La previsión de gastos será presentada por cada unidad ejecutora de la empresa.

f) La consolidación de los gastos de la empresa; así como, la determinación de la

disponibilidad presupuestal estará a cargo del Área de Presupuesto de la Gerencia de Finanzas.

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g) Para la previsión de gastos operativos de personal y obligaciones sociales, bienes y servicios, ésta se efectuará en estricta observancia de las normas de austeridad y racionalidad vigentes en la empresa.

10.2 Gastos de personal y obligaciones sociales:

a) La previsión de los gastos de personal y obligaciones sociales corresponde ser

presentados por la Gerencia de Personal. Los referidos serán desagregados por rubros y sub rubros presupuestales.

b) Debe comprender el pago de remuneraciones del personal a plazo indeterminado

y a plazo fijo, tomando como base la ejecución de la planilla del último mes transcurrido y su proyección al mes de diciembre del mismo ejercicio, la cual incluye las remuneraciones totales del trabajador, así como las cargas sociales y obligaciones previsionales de acuerdo a la normativa vigente.

c) Los gastos por horas extras sólo considerará pagos en efectivo a los trabajadores

que realicen tareas estrictamente vinculadas a las operaciones productivas de la empresa. Las horas extras generadas por cualquier actividad administrativa, serán compensadas.

d) La previsión de gastos por capacitación debe concordarse con los lineamientos y

objetivos estratégicos y prioridades del ejercicio a formular.

e) Los gastos por concepto de otras actividades de bienestar del personal deberán ser sustentados específicamente estableciendo el número de trabajadores beneficiados, dentro de los criterios de austeridad y racionalidad vigentes en la Empresa.

10.3 Gastos en bienes y servicios:

a) La previsión de gastos en bienes y servicios, así como la elaboración del proyecto

del plan anual de contrataciones de la empresa para el ejercicio programado, estará a cargo de la Gerencia de Logística y se sujetará a los lineamientos estratégicos, prioridades de las necesidades, programación de metas e inversiones, niveles de stock de bienes en los almacenes existentes y a la asignación presupuestaria establecida para el respectivo ejercicio.

b) Se deberá priorizar la adquisición de bienes relacionados con los objetivos

estratégicos y de aquellos vinculados directamente con los servicios que presta la empresa.

c) Para la determinación de los valores referenciales de los bienes y servicios a

adquirir o contratar se utilizarán los precios del mercado que ofrezcan más ventajas a la empresa, así como los conceptos que efectivamente incidan en el costo de los mismos; debiéndose estandarizar los precios de los bienes y servicios por especificaciones técnicas similares.

d) Promover la compra corporativa de bienes y servicios para obtener ventajas de

economías de escala.

e) Las unidades ejecutoras que tengan a cargo procesos de contratación que comprendan más de un ejercicio presupuestario, deberán realizar las gestiones necesarias para la inclusión de los montos que correspondan en cada ejercicio programado.

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10.3.1 Normas específicas para bienes:

Los gastos en útiles de oficina y materiales para el procesamiento automático de datos, material de ferretería, combustibles y lubricantes, impresos y suscripciones, material de limpieza, herramientas y repuestos, enseres y otros, se restringirán a lo indispensable, debiéndose tomar en cuenta las normas de austeridad y racionalidad en el gasto vigentes en la empresa.

10.3.2 Normas específicas para servicios:

a) La previsión de los gastos de arrendamiento, limpieza y vigilancia, viáticos y

pasajes nacionales, transporte, movilidad local, publicidad, publicaciones y otros servicios se deberá restringir a lo indispensable para el funcionamiento de los fines de la empresa.

b) Los gastos por concepto de servicios de agua, energía eléctrica y teléfono

se restringirán a lo indispensable, debiéndose priorizar aquellos vinculados a los fines de la empresa.

c) La previsión de gastos para los servicios de mantenimiento y conservación

de la infraestructura, de muebles, de equipos y vehículos se efectuará para trabajos específicos, previamente determinados mediante informe técnico. Se evitará tener gastos fijos por los referidos servicios.

d) El gasto en servicios no personales o locación de servicios se efectuará de

acuerdo a lo establecido en las normas de austeridad y racionalidad en el gasto.

e) La previsión de gastos de seguros de la empresa será proporcionada por la

Gerencia de Logística.

10.4 Gastos de capital:

a) El presupuesto de gastos de capital se elaborará en función al plan multianual de inversiones, consignando el monto que corresponda en cada ejercicio económico.

b) Los requerimientos presupuestales de gastos de capital, deben estar alineados a

los objetivos y metas del plan operativo y estratégico de la Corporación.

c) Las gerencias deben elaborar sus requerimientos presupuestales a nivel de proyectos de inversión y gastos de capital no ligados a proyectos, priorizando las inversiones en ejecución que provengan de años anteriores e incluyendo luego igualmente en forma priorizada, las inversiones a iniciarse en el año para el cual se formula el presupuesto.

d) En caso que el periodo de ejecución de los proyectos de inversión o de los gastos

de capital no ligado a proyectos, sea mayor a un año, se deberá prever los recursos para los años siguientes hasta su culminación.

e) La consolidación de la información referida a los gastos de capital estará a cargo

del Área de Planeamiento y Proyectos.

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XI. DE LA PROGRAMACIÓN MENSUAL DE LOS INGRESOS Y EGRESOS

a) Se efectuará una programación mensual de los ingresos totales, desagregado por cada

concepto, teniendo en cuenta el comportamiento del movimiento aerocomercial (número de pasajeros y operaciones aéreas), así como los factores estacionales.

b) La programación mensual de los ingresos será efectuada por el Área de Planeamiento y

Proyectos. c) Debe contemplar la atención de los requerimientos necesarios en la adquisición de

bienes, gastos de personal y servicios, para garantizar el funcionamiento de la empresa, así como asegurar la atención de los gastos de capital como efecto de los contratos de obras vigentes para el año y cronogramas de ejecución física.

d) La programación mensual de gastos de remuneraciones, bienes, servicios y gastos de

capital deberá ser comunicada a la Gerencia de Finanzas, por las unidades ejecutoras de la empresa.

e) Las habilitaciones presupuestales en el módulo de gestión presupuestaria del sistema

SIGA, para financiar los gastos de remuneraciones, bienes y servicios se efectuarán trimestralmente, salvo las compras anualizadas de bienes estratégicos y servicios permanentes, cuya habilitación será efectuada por la Gerencia de Finanzas a través del Área de Presupuesto.

XII. DE LA FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL MARCO PRESUPUESTAL INSTITUCIONAL

a) El Área de Presupuesto de la Gerencia de Finanzas, formulará el marco presupuestal institucional de CORPAC S.A. en base a la información obtenida en la fase de programación así como en base a los lineamientos y políticas establecidos en la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE y sus modificaciones.

b) El marco presupuestal institucional se presentará a la Gerencia General, quien lo

elevará al Directorio de la empresa para su aprobación y posterior autorización del FONAFE.

c) El marco presupuestal institucional autorizado por el FONAFE será desagregado por

partidas y rubros, con la aprobación del Directorio de la empresa. En lo concerniente a los gastos de capital, la desagregación estará a cargo del Área de Planeamiento y Proyectos

d) El Área de Presupuesto de la Gerencia de Finanzas, efectuará la desagregación

específica y comunicará el presupuesto correspondiente a las unidades ejecutoras.

XIII. DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

La ejecución de ingresos y gastos se realizará bajo los principios de “percibido” para los ingresos y “devengado” para los egresos.

13.1 Ejecución de los ingresos:

a) La ejecución presupuestal de los ingresos corresponderá a los recursos

ingresados a la caja de la empresa.

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b) No se considerará como ejecución presupuestal de ingresos a las provisiones contables por cuentas por cobrar y otros.

c) Las sedes aeroportuarias que hayan generado ingresos por una captación de

recursos por venta de servicios, cobranzas de adeudos y otros adicionales a la asignación presupuestaria, podrán ser utilizados para la adquisición de bienes y servicios previa conformidad de la Gerencia de Finanzas, a través del Área de Tesorería y coordinación con la Gerencia de Operaciones de Aeropuertos.

13.2 Ejecución de los egresos:

a) El presupuesto de egresos constituye la autorización máxima para ejecutar gastos

en un ejercicio presupuestario. Todo egreso que se autorice por cualquier concepto, debe contar con la respectiva disponibilidad presupuestal.

b) Está prohibido, bajo responsabilidad de la unidad ejecutora que autorice, contraer

compromisos, devengar gastos y ordenar pagos que no cuenten con la debida disponibilidad presupuestal o que excedan los montos consignados en el presupuesto anual aprobado por el Directorio.

c) Las unidades ejecutoras deberán adoptar las acciones necesarias para ejecutar sus presupuestos en estricta observancia de las disposiciones establecidas en la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE y sus modificatorias, así como en las Normas de Austeridad y Racionalidad en el Gasto, vigente para el ejercicio.

d) Los jefes de las unidades ejecutoras serán responsables de la ejecución y control

de los presupuestos aprobados y asignados.

13.3 Disposiciones específicas para la ejecución de gastos de personal:

a) Para los gastos de personal, los cargos deben estar previstos en el cuadro para la asignación de personal (CAP) aprobado, así como los recursos deberán estar consignados en el presupuesto analítico de personal (PAP), instrumento de gestión a cargo de la Gerencia de Personal.

b) El documento que sustenta el compromiso y pago de las remuneraciones es la

planilla única de remuneraciones, en las cual se deben consignar nominalmente a los funcionarios y servidores de la empresa.

c) Se efectuarán evaluaciones periódicas de las planillas del personal a plazo

indeterminado y a plazo fijo para evitar pagos a personal inexistente.

d) El pago de remuneraciones sólo corresponde como contraprestación por el trabajo efectivamente realizado.

e) No se emitirán planillas adicionales, salvo reintegros, en cuyo caso deberá contar

con la autorización expresa de la Gerencia de Personal.

13.4 Disposiciones específicas para la ejecución de bienes y servicios:

a) La ejecución de gastos por la adquisición de bienes y servicios, constituye la autorización que se efectuará en función a la programación del Plan Anual de Contrataciones (PAC) mediante los procesos de contratación establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y modificatorias, previa verificación de la disponibilidad presupuestal existente.

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b) El plan anual de contrataciones, aprobado por la Gerencia General, o por quien

éste designe, constituye la autorización para que la Gerencia de Logística, en su calidad de órgano responsable de las adquisiciones de la empresa, genere los compromisos en función al presupuesto asignado.

c) A efectos de aprovechar las economías de escala en las adquisiciones de bienes y

servicios, se deberán efectuar compras corporativas, previa identificación y consolidación de las necesidades de las unidades ejecutoras de la empresa.

d) Los compromisos de bienes y servicios se efectúan en el sistema SIGA, sin

exceder los montos asignados trimestralmente, salvo los compromisos anualizados de bienes relacionados con los objetivos estratégicos y servicios permanentes, que podrán solicitarse sin exceder el presupuesto anual asignado por el Área de Presupuesto de la Gerencia de Finanzas.

e) Los compromisos no devengados dentro de los 90 días calendario de haber sido

ingresados al sistema SIGA, podrán ser depurados por la Gerencia de Logística, salvo que correspondan a licitaciones públicas o concursos públicos en proceso y posteriormente comunicados a la Gerencia de Finanzas.

f) La ejecución presupuestaria en bienes y servicios se perfecciona con la recepción

y verificación de las facturas o recibo de honorarios profesionales, previa entrega y recepción de los bienes en el almacén y la aceptación del servicio a satisfacción de la empresa.

g) Las cantidades, especificaciones técnicas o términos de referencia de los bienes y

servicios serán aprobados por las unidades orgánicas u órganos correspondientes, en función a las necesidades prioritarias de las áreas usuarias, así como a las posibilidades presupuestarias de la institución.

h) Las unidades ejecutoras serán responsables de la ejecución del programa de

adquisiciones de bienes y servicios, en estricta observancia del cronograma establecido en el plan anual de contrataciones, para cuyo efecto deberán realizar las acciones necesarias para los actos preparatorios de los procesos de contratación, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en coordinación con la Gerencia de Logística.

i) La Gerencia de Logística, deberá efectuar el seguimiento y monitoreo de la

ejecución del plan anual de contrataciones en forma permanente de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente

13.5 Disposiciones específicas para la ejecución de gastos de capital:

a) Los componentes del presupuesto de gastos de capital se ejecutarán mediante los

procesos de contratación establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, previa inclusión en el plan anual de contrataciones (PAC).

b) La ejecución de los proyectos de inversión debe ceñirse a lo establecido en la Ley

del Sistema Nacional de Inversión Pública, su Reglamento y normas modificatorias y complementarias.

c) Son requisitos para ejecutar los proyectos de inversión, contar con el presupuesto

aprobado por FONAFE y su correspondiente desagregación aprobada por el Directorio de CORPAC S.A., contar con la declaración de viabilidad otorgada en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública y realizar el registro y remisión a

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la OPI-FONAFE del Formato 15 (Informe de Consistencia del Estudio Definitivo o Expediente Técnico detallado del PIP viable).

d) Se prohíbe utilizar las asignaciones presupuestarias de los gastos de capital para

la contratación de personal, adquisición de bienes y servicios orientados a satisfacer necesidades de funcionamiento operativo de las unidades ejecutoras.

XIV. DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

a) Las modificaciones presupuestarias se efectuarán en concordancia con lo establecido en la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE.

b) En casos necesarios se podrán considerar los superávit de ejercicios anteriores como

parte de los ingresos, para el financiamiento del presupuesto de gastos de capital. c) Las unidades ejecutoras podrán solicitar ante la Gerencia de Finanzas las

modificaciones del presupuesto asignado, proponiendo y sustentando las transferencias internas de partidas, indicando las partidas habilitadoras de los recursos.

d) En las modificaciones presupuestales propuestas se deberán priorizar la asignación de

recursos hacia las partidas vinculadas con la prestación de los servicios que realiza la Empresa.

e) Las modificaciones presupuestarias serán presentadas a la Gerencia General para ser

elevadas al Directorio de CORPAC S.A. para su aprobación y posterior remisión a FONAFE para la autorización correspondiente.

XV. DE LAS EVALUACIONES PRESUPUESTARIAS

15.1 Normas generales:

a) La evaluación presupuestaria es la etapa del proceso presupuestario en la cual se determinan los resultados de la gestión presupuestaria, sobre la base del análisis y medición de la ejecución presupuestaria de ingresos, gastos y metas, así como de las variaciones observadas.

b) Las evaluaciones presupuestarias se efectuarán en concordancia con lo

establecido en la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE.

c) La evaluación presupuestaria de la empresa es efectuada por el Área de

Presupuesto, de la Gerencia de Finanzas, principalmente en base a la información del módulo de presupuesto del sistema SIGA.

d) Las evaluaciones presupuestarias se efectuarán en forma mensual, trimestral y de

cierre anual.

15.2 Evaluación mensual:

Las evaluaciones mensuales serán remitidas a través del sistema de FONAFE y contiene la información requerida en la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, con el informe ejecutivo que considere los hechos de importancia y desviaciones relevantes respecto al marco presupuestal aprobado, ocurridos en el mes de evaluación.

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15.3 Evaluación trimestral:

a) Las evaluaciones trimestrales serán remitidas a través del sistema de FONAFE y

contiene la información requerida en la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, con el informe ejecutivo que considere:

Evaluación financiera que contiene el análisis de los estados financieros y la

evaluación del flujo de caja. Evaluación presupuestaria, a nivel de cada partida, sustentando todos los

hechos relevantes ocurridos en cada partida del presupuesto; y la ficha de proyectos de inversión.

15.4 Evaluación de cierre anual:

a) La evaluación de cierre anual será remitida teniendo como base los Estados Financieros Auditados y deberá contener la información requerida en la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, con el informe ejecutivo que considere:

Evaluación respecto al marco presupuestal anual y a la ejecución al cierre

del ejercicio anterior. Evaluación financiera que contiene: Evaluación de los estados financieros que incorpora análisis de los ratios de

rentabilidad, solvencia, gestión y liquidez. Evaluación del flujo de caja, que incluya una explicación sobre la

disponibilidad del saldo final de caja. Evaluación presupuestaria: Evaluación de la ejecución presupuestaria, a nivel de cada partida y rubro,

con explicación de la diferencia si la hubiera. Explicación de las diferencias que pudieran existir a nivel de partidas y

rubros, ente los importe remitidos en la evaluación al cuarto trimestre y la evaluación al cierre anual, tomando como base los formatos de ingresos y egresos.

b) El informe especial sobre la información presupuestaria del ejercicio, emitido por

los auditores externos de la empresa.

15.5 Remisión de la evaluación presupuestaria

Para dar cumplimiento a la remisión de la información señalada en los numerales anteriores, las Empresas deberán remitir la información según se indica a continuación:

a) Los Formatos del Anexo 1, señalados en la Directiva de Gestión y Proceso

Presupuestario, se remitirán a través del Sistema de Información, efectuando el cierre electrónico de los mismos. Los plazos límite de cierre electrónico de los formatos en mención son: Para la Evaluación Mensual y Trimestral: hasta los quince (15) días

calendario posteriores al último día del mes o trimestre reportado, según corresponda.

Para la Evaluación de Cierre Anual: hasta el último día hábil del mes de febrero del año siguiente.

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Los plazos antes señalados, se aplican también a la siguiente información: Trimestralmente se remitirá un informe de control del Plan Operativo,

indicando las desviaciones respecto de las metas. Incluyendo el Formato del Plan Operativo (Formato 10E). En los reportes al II y IV Trimestre, se incluirá un informe de control y seguimiento de las Metas y Objetivos Estratégicos.

Anualmente una evaluación de cumplimiento de los objetivos y metas

establecidos en el Plan Operativo y en el Plan Estratégico, en este caso desde el inicio de su vigencia hasta el cierre del año en curso.

b) Los Informes, Informes Ejecutivos e Informe Especial, se remitirán en un ejemplar

impreso y deberán estar numerados y visados en cada una de sus páginas por el Gerente General, Gerente de Finanzas, Jefe del Área de Presupuesto y Jefe del Área de Planeamiento y Proyectos.

Los informes señalados en el párrafo anterior deberán incluir las consideraciones mencionadas en los numerales 15.2, 15.3 y 15.4 de la presente Directiva y deberán estar acompañados de los formatos impresos del Anexo 1 que correspondan, luego de haberse efectuado el proceso de cierre electrónico de los mismos.

Los plazos límite para la presentación de los ejemplares impresos de los mencionados informes, a través del SIED, con sus respectivos formatos son:

Para la Evaluación Mensual y Trimestral: hasta dos (2) días hábiles

posteriores al plazo establecido en el literal a) del presente numeral. Para la Evaluación de Cierre Anual: hasta el tercer día hábil del mes de

marzo del año siguiente. Cabe señalar que en caso las fechas límite para el cierre electrónico del sistema de FONAFE y de la presentación de los ejemplares impresos sean días no laborables, se entenderá que la fecha límite será el primer día útil siguiente a la referida fecha.

c) Se remitirá a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública la información

correspondiente, en los formatos y plazos establecidos en la normatividad pertinente.

XVI. DEL CONTROL Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO

16.1 Normas generales:

a) El control presupuestario es el seguimiento de la ejecución presupuestaria de ingresos y gastos, así como de las metas respecto al presupuesto institucional a fin de asegurar su cumplimiento y mantener actualizada la información relativa a los niveles de ejecución presupuestal.

b) Es un proceso permanente y constituye el soporte técnico para efectuar

oportunamente las correcciones de las desviaciones detectadas.

c) El control presupuestario de la empresa es ejercido por el Área de Presupuesto de la Gerencia de Finanzas, así como por las unidades ejecutoras como parte inherente de las funciones de dirección y gerencia.

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d) Las desviaciones sustantivas que se registren en la ejecución presupuestal

deberán ser materia de sustentación y explicación por parte de las unidades ejecutoras precisando los motivos que hayan generado dichas variaciones.

e) El Área de Presupuesto de la Gerencia de Finanzas efectuará el seguimiento y

monitoreo de la ejecución presupuestal, con relación al marco presupuestal programado, y comunicará a las unidades ejecutoras las desviaciones presentadas en la ejecución de sus presupuestos asignados.

16.2 Aspectos del control presupuestario:

a) El control presupuestario constituye el nivel de revisión interna a través de la cual

se verifica los siguientes aspectos:

Que la ejecución de ingresos y gastos guarde relación con respecto a su programación, así como al presupuesto aprobado.

Que los recursos que demanden las unidades ejecutoras para la atención de sus necesidades, estén previstos en el marco presupuestal de la empresa.

Análisis de la ejecución presupuestaria por partida y saldos presupuestales, así como de metas correspondientes, para determinar la disponibilidad presupuestal para cubrir los requerimientos.

Cumplimiento de las actividades, proyectos y/o metas programados. XVII. DISPOSICIONES FINALES

a) El proceso presupuestario de CORPAC S.A. se encuentra establecido en el marco de la

Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE.

b) Las restricciones especificas en los gastos de personal, bienes y servicios se

establecerán en las directivas de austeridad y racionalidad en el gasto.

c) La Gerencia de Finanzas emitirá las disposiciones específicas y complementarias en materia presupuestal que considere pertinentes.

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GLOSARIO DE TERMINOS

Para efectos de la aplicación de la presente Directiva, debe entenderse por: Austeridad, marco o contexto en el cual se dejan de realizar gastos no considerados prioritarios en el corto plazo con el propósito de focalizar recursos hacia actividades principales del giro institucional. Devengado, Obligación de pago que se asume como consecuencia de un compromiso contraído. Comprende la liquidación, identificación del acreedor y la determinación del monto a través del documento oficial. En el caso de bienes y servicios, se configura a partir de la verificación de conformidad del bien recibido, del servicio prestado o por haberse cumplido con los requisitos administrativos y legales para los gastos sin contraprestación inmediata o directa. FONAFE, Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado. Partida(s), Descripción genérica de los ingresos o egresos, comprendiendo: ingresos operativos, egresos operativos, compra de bienes, gastos de personal, servicios prestados por terceros, tributos, gastos diversos de gestión, gastos financieros, egresos extraordinarios, participación de trabajadores, gastos de capital, ingresos de capital, transferencias, resultado económico, financiamiento neto, resultado de ejercicios anteriores, saldo final y GIP. Presupuesto, Instrumento de gestión que determina, orienta y asigna los recursos con la finalidad que las empresas cumplan con los objetivos y metas trazadas en sus planes operativos en un ejercicio presupuestario, en el marco de sus planes estratégicos aprobados. Percibido, Obtención o captación efectiva de ingresos por la transacción de bienes y/o servicios u otros conceptos. Pagado, Efectivizar el pago por la transacción de bienes y/o servicios u otros conceptos. Racionalidad, acción planificada y organizada para lograr un mismo objetivo con el mínimo uso de recursos. Implica un esfuerzo de las unidades ejecutoras por desarrollar mejores alternativas de gestión que optimice el uso de medios en el logro de las metas establecidas. Rubro(s), Descripción específica del tipo de ingreso o egreso, comprendiendo las no consideradas en las Partidas descritas. Viáticos, Comprende los gastos de alimentación, hospedaje, comunicaciones y movilidad (hacia y desde el lugar de embarque), así como la movilidad utilizada para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la comisión de servicios. Modificación presupuestaria, Cambio en los montos previstos en las partidas y rubros del presupuesto aprobado. Unidad ejecutora, es el órgano o la unidad orgánica de CORPAC S.A. que tiene la facultad de contraer compromisos, devengar gastos, ordenar pagos e informar sobre el avance y/o cumplimiento de metas de acuerdo a las funciones y atribuciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones correspondiente.