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Corporación Educacional Emprender
Escuela Básica Particular Nro.82 Emprender – Puente Alto
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MANUAL DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
DERECHOS Y DEBERES
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I.- FUNDAMENTACIÓN.
La Escuela Básica Particular Nro. 82 Emprender es un establecimiento educacional particular subvencionado de enseñanza
Parvularia y Básica, al servicio de niños y niñas de la comuna de Puente Alto.
Como una forma de responder a los cambios actuales de la educación formal, que exige equidad y calidad para todos los alumnos, y
reconociendo el hecho de que la convivencia es uno de los factores fundamentales tanto en la sociedad, como en la comunidad educativa,
se acordó replantear el Manual de Convivencia Escolar del año 2011. Esta reformulación permitió entregar un marco de referencia acerca
de las conductas, comportamientos y expectativas que existen respecto de cada uno de los diversos actores de la comunidad escolar. Es el
marco conductual que el establecimiento educacional hace a sus integrantes sobre cómo comportarse y relacionarse entre sí, instituyendo
normas y límites que deben ser respetados, así como los procedimientos a ser aplicados cuando una norma es transgredida y la gradualidad
de faltas y las sanciones.
En la actualización y reformulación del Manual de Convivencia Escolar, se tienen especialmente en cuenta las disposiciones legales
vigentes en la materia, tales como la Ley N° 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente, Ley General de Educación N° 20.370 y Ley de
Subvención Preferencial Nº 20.248.
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Esperamos construir un establecimiento educacional respetuoso de la diversidad humana, con alumnos autocríticos, que sean capaces de
dialogar y desarrollar un pensamiento reflexivo, crítico y tolerante; centrado en valores humanistas y cristianos, insertos en el Proyecto Educativo, tales
como el respeto, la honestidad, la responsabilidad, solidaridad, bondad y amor, con el fin de lograr un ambiente que contribuya a mejores aprendizajes.
Su cumplimiento racional será parte fundamental del cotidiano quehacer, ubicando al estudiante en un enfoque sistémico, donde tenga razón su
existencia, desarrollo, construcción y trascendencia.
Este Manual de Convivencia Escolar es, en consecuencia, un conjunto de normas orientadas a regular las relaciones entre los miembros de la
comunidad educativa y resolver conflictos, con el fin de lograr el propósito antes señalado. Rige para todos los miembros de la comunidad y está
sujeto a revisiones, modificaciones y complementaciones previamente acordadas.
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II.- DEFINICIÓN DEL MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL.
El establecimiento educacional se encuentra adscrito al siguiente conjunto de normas, respetando y acatando cada uno de sus
mandatos, a fin de asegurar a cada uno de sus integrantes un debido proceso en la solución de los conflictos que se susciten entre sus
miembros.
1.- Constitución Política de la República de Chile.
2.- Declaración Universal de los Derechos Humanos.
3.- Convención sobre los Derechos del Niño.
4.- Ley General de Educación N° 20.370.
5.- Decretos Supremos de Educación Nos 240 del 99 y 220 del 98, en lo que respecta a los Objetivos Fundamentales Transversales.
6.- Política de participación de padres, madres y apoderados en el sistema educativo MINEDUC 2000.
7.- Ley N° 20084, de Responsabilidad Penal Juvenil.
8. Ley de Subvención Preferencial N° 20.248.
9.- Ley 20.609 de la no discriminación.
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III.- DEFINICIÓN DE PROCEDIMIENTOS.
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
Norma Falta a la
norma
Procedimiento Grado
falta
Responsable Sanción
El horario del
establecimiento es:
Pre-escolar
NT1 14:15 a 18:15
hrs.
NT2 8:30 a 12:30
hrs.
Ed. Básica
Jornada Escolar
8:00 Hrs.
Primer recreo desde
las 9:45 a las 10:00
horas.
Segundo recreo
desde las 11:25 a
11:45 Hrs.
El almuerzo es de
13:15 a 14:15 Hrs.
Término jornada
escolar 15:45 hrs.
Talleres ACLES
16:00 a 17:30 hrs.
Atrasos
Fuga interna
Negarse a
ingresar a
clases
grupalmente.
Procedimiento administrativo:
1. Registro atraso en el Syscol
2 Retira pase de ingreso a sala de
clases en Inspectoría General,
donde se registra la falta.
3. Al tercer atraso informe al
apoderado y al sexto citación a
los padres.
Procedimiento administrativo.
- Anotación ausente en ese
período en libro de
clases.
- Se informa al apoderado
por escrito y
telefónicamente de la
sanción.
- Registro de la conducta
- Informe y citación al
apoderado
- Convoca comité de
Leve
Grave
Grave
Inspectoría
General
Docente
Inspectoría
General
Dirección
- Reflexión con el alumno
- Fijarse metas de
autorregulación
- Citar apoderado sólo si
fracasan acuerdos que
pueden llegar hasta la
condicionalidad.
- Registro en hoja de
observaciones.
- Se suspende de clase un día
y debe venir acompañado de
su apoderado para
integrarse.
- Suspensión de clases
mientras dure la
investigación.
- Aplicación de medidas
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Fuga
convivencia que
investiga y sanciona.
Procedimiento para un debido
proceso: (proceso de
investigación).
- Informar a Inspectoría
General.
- Anotación salida del
establecimiento sin
autorización, en Libro de
Clases.
- Información telefónica al
apoderado.
- Citación
apoderado/alumno.
- Entrevista a ambos.
- Escuchar cargos y
descargos; agravantes y
atenuantes.
- Toma de conocimiento
de la sanción por parte
del alumno y su
apoderado (constancia
escrita).
- Instancia de apelación
por parte del alumno.
- Se registra en hoja de
vida la fuga y el
Grave
a
Graví
sima
Inspectoría
General
desde amonestación hasta la
cancelación de matricula
Sanción pedagógica graduada
Por escape, citación al apoderado.
- Registro de la conducta en
hoja de vida.
- Suspensión de clases.
- Trabajo comunitario
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Cimarra
Inasistencias
cumplimiento efectivo de
la sanción.
Procedimiento para un debido
proceso. (Proceso de
Investigación)
- Informar a Inspectoría
General.
- Anotación de inasistencia
por cimarra.
- Información telefónica al
apoderado.
- Citación
apoderado/alumno.
- Entrevista a ambos.
- Escuchar cargos y
descargos; agravantes y
atenuantes.
- Toma de conocimiento
de la sanción por parte
del alumno y su
apoderado (constancia
escrita).
- Se registra en hoja de
vida la cimarra y el
cumplimiento efectivo de
la sanción.
Procedimiento administrativo.
Grave
a muy
grave
Leve
Inspectoría
General
Docente
Sanción pedagógica
Compromiso de cambio
conductual escrito del alumno y
control permanente del
apoderado.
- Recuperación del tiempo
perdido después de la
jornada de clases.
- Amonestación por escrito.
- Trabajo comunitario.
Justificar inasistencia y/o presentar
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Sin
justificativo
por
inasistencia
Presentarse
sin
autorización
escrita por el
apoderado
para salida
pedagógica.
Permanecer
en la sala
Registro inasistencia Libro
de Clases.
Llamado al apoderado
después de tres días sin
aviso.
- Solicitar justificación por
escrito al apoderado para
el día siguiente.
- Llamado telefónico a los
padres.
Procedimiento administrativo.
Derivar a los alumnos que no
cuenten con autorización,
firmada por el apoderado a
Inspectoría.
Procedimiento administrativo
Registrar nombres de los
a
grave
Leve
Leve
Leve
a
Inspectoría
General
Docente
Inspectoría
General
Docente
Inspector del
certificado médico u otro.
Sanción pedagógica
Poner cuadernos y evaluaciones al
día.
Si la inasistencia justificada excede
10 días, entregar plazos por escrito
al alumno y apoderado, a fin de
cumplir con deberes escolares y
evaluaciones.
Registro de la falta en el libro de
clases.
Sanción Pedagógica
- Debe permanecer en el
establecimiento realizando alguna
actividad señalada por Inspectoría
General.
También se extenderá a los alumnos
que por acumulación de sanciones
no podrán asistir a visitas
educativas.
- Amonestación verbal.
- Registro de la falta en hoja
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durante el
recreo.
Permanecer
en el baño
sin motivo,
durante
horas de
clases.
alumnos(as)
Solicitar que salgan de la sala y
cerrar con llave.
Procedimiento administrativo
Idem a Fuga interna.
Registro de los nombres de los
alumnos(as)
Investigación de las causas
Envío a la sala de clases
grave
Leve
a
grave
sector
Inspectoría
General.
Docente
Inspector(a) del
sector.
de vida
- Encargado de cerrar su sala
una semana.
Sanción comunitaria
- Compromiso de cambio
conductual.
- Colaborar en tarea de ayuda
dentro del establecimiento
por una semana en su
jornada de clases.
Registrar observación en hoja de
vida.
Comprometer al alumno y
apoderado mediante amonestación
escrita.
Amonestación, si reincide se citará
su apoderado.
En caso necesario, se derivará al
especialista.
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El uniforme escolar
para los alumnos
consta de: pantalón
gris, polera de piqué
blanca, con insignia
del colegio, zapatos
negros, chaleco,
polerón y/o parka
azul.
El uniforme de las
alumnas consta de:
pantalón azul
marino, polera de
piqué blanca con
insignia del colegio,
chaleco, pollerón y/o
parka azul marino,
zapatos negros
El uniforme
deportivo consta de:
buzo institucional,
polera blanca de
algodón cuello polo
con insignia del
colegio, calzado
deportivo.
Asistir sin
uniforme
escolar y/o
deportivo
Presentarse
desaseado(a)
pelo largo,
sin tomar o
corte de
fantasía.
Usar joyas,
piercing,
celular,
reproductor
musical,
computador,
cámaras,
dinero.
Presentarse
sin
cuadernos,
materiales,
Procedimiento administrativo:
Entrevista alumno, establecer
causas, De insistir en la
conducta, citación al apoderado.
Procedimiento administrativo
Entrevista con el alumno.
Amonestación verbal y plazo
para que corrija su presentación.
Comunicación apoderado,
registro de la observación en
hoja de vida.
Citación apoderado.
Procedimiento administrativo
Amonestación verbal.
Registro de la observación en
hoja de vida.
Requisar especies.
Citación apoderado.
Procedimiento administrativo
Amonestación verbal, plazo.
Registro de la observación en
hoja de vida.
Leve
a
grave
Leve
Leve
Leve
a
grave
Docente
subsector
Inspectoría
General
Profesor jefe(a)
Inspectoría
general.
Docente
asignatura o
Profesor(a)
Jefe(a)
Inspectoría
General
Docentes
Inspectoría
General
Registrar observación.
Compromiso escrito con el alumno
y apoderado.
Registrar observación.
Comprometer por escrito al alumno
y apoderado a no incurrir en la falta.
Entregar especies sólo al apoderado.
Registrar observación.
Comprometer por escrito al alumno
y apoderado.
De reincidir, se apoyará al alumno
hasta que lo internalice como
hábito.
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Cuidar la
presentación
personal e higiene
Portar dentro del
establecimiento
sumas importantes
de dinero, objetos
de valor y
tecnológicos.
trabajos o
libreta de
comunicacio
nes.
Adeudar,
deteriorar,
extraviar
materiales
de BIBIO-
CRA.
Citación apoderado.
Procedimiento administrativo
Amonestación verbal, plazo.
Comunicación apoderado,
registro de la observación en
hoja de vida.
Citación apoderado.
Leve
a
grave
Docente
encargado de
BIBLIO-CRA
Inspectoría
General.
Registrar observación.
Comprometer por escrito al alumno
y apoderado ya sea con la
devolución, reparación o reposición
del material original según
corresponda.
En caso de reincidir se aplicarán
suspensiones progresivas en los
préstamos domiciliarios. En caso de
comprobarse una acción destructiva,
sólo se permitirá su presencia, en
este espacio pedagógico, en
compañía de la encargada, hasta que
demuestre un cambio de actitud.
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NORMAS DE INTERACCIÓN
Norma Falta a la norma Procedimiento Grado de
la falta
Responsable Sanción
Comportamiento de
los alumnos al
interior del colegio:
Los alumnos deben
mantener un trato
respetuoso, asociado a
las buenas costumbres
y la moral, entre
compañeros, con el
profesor(a) y demás
funcionarios del
establecimiento.
Usar lenguaje
apropiado, acatar las
normas internas de
cada curso o nivel.
Mantener una actitud
activo participativa
frente al trabajo
escolar.
Actuar con honestidad
en la realización de
las actividades diarias
Agresión
verbal: ofensas,
lenguaje soez o
uso de
sobrenombres.
Procedimiento para un debido
proceso:
En la sala de clases:
1.- Llamado de atención.
2.- Registrar hecho en hoja de
vida.
3.-Derivar, al o los alumnos
involucrados a Inspectoría
General.
4.- Investigación (entrevistar y
escuchar descargos).
5.- Citación al apoderado.
6.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
7.- Comunicar sanción.
8.- Apelación y decisión final.
En el patio:
Se procede desde el punto N°
3 del procedimiento anterior,
a cargo de Inspectoría
General.
Grave a
gravísima
Docente
Inspectoría
General
Se deriva del proceso de
investigación de acuerdo a
atenuantes y agravantes.
Mediación entre las partes.
Compromiso escrito de cambio
conductual del alumno con
supervisión del apoderado.
Seguimiento posterior.
Sanción de reparación
- Disculparse
públicamente.
- Escribir acerca de cómo
controlar los impulsos.
En caso de reincidir se le
asignará un trabajo pedagógico
en dependencias del
establecimiento determinado por
Inspectoría General.
Si la conducta se intensifica se
suspenderá al alumno hasta por
48 horas.
De producirse ofensas graves de
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dentro del aula.
Manifestar en todo
momento, el
autocontrol y
autocuidado,
cautelando la
anticipación al peligro
y la práctica de
conductas de vida
saludable.
Velar por el cuidado
de los bienes
personales y sociales,
así como también, de
las instalaciones de
uso colectivo, tales
como: salas, baños,
oficinas, comedor,
patios, otros y su
implementación.
Grabar o
difundir a través
de cualquier
medio la
realización
cotidiana de las
actividades
escolares, o
dramatizaciones
hechas para este
fin.
Procedimiento para un debido
proceso.
1.- Llamado de atención.
2.- Registrar hecho en hoja de
vida.
3.- Derivar, al o los alumnos
involucrados, a Inspectoría.
4.- Investigación (entrevistar y
escuchar descargos.
5.- Citación apoderado.
6.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
7.- Toma de conocimiento de
la sanción, por parte del
estudiante y apoderado, con
constancia escrita.
8.- Apelación y decisión final.
9.- Registrar el cumplimiento
de la sanción.
Procedimiento para un debido
proceso
Grave a
gravísima
Docente
Inspectoría
General u
otro
funcionario(a)
asignado a la
tarea.
parte de un alumno de IV° año, a
funcionarios o alumnos, a fin de
año éste quedará excluido de
participar en la ceremonia de
Licenciatura y/o premiaciones.
Establecidos los hechos,
cumplidas las instancias de
apelación se aplicará una sanción
de reparación.
- Compromiso escrito de
cambio conductual del
alumno con supervisión
del apoderado.
- Eliminar grabación (es)
que afecte a otras
personas o a sí mismos.
- Disculparse
(públicamente) con el
agraviado en presencia de
Inspectoría General o
curso.
- Preparar un trabajo que
lleve a la reflexión sobre
el uso adecuado y
autorizado de la
tecnología.
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Agresión física
o psicológica a
los alumnos y/o
funcionarios
(as) del
establecimiento.
(protocolo de investigación)
Derivación de Inspectoría
General.
Citar apoderados
telefónicamente para retirar
alumnos inmediatamente
ocurrida la agresión.
Proceso de investigación,
entrevista alumnos
involucrados, testigos;
escuchar cargos y descargos;
agravantes y atenuantes.
Definición de la sanción por
parte de Inspectoría General
(una vez realizada la
investigación).
Toma de conocimiento de la
sanción por parte del
estudiante y apoderado con
constancia escrita.
Instancia de apelación por
parte del estudiante.
Se registra en la hoja de vida,
así como el cumplimiento de
la sanción.
Grave a
gravísima
Inspectoría
General
Seguimiento posterior
En caso de reincidir se puede
solicitar un trabajo pedagógico,
en dependencias del
establecimiento, determinado por
Inspectoría General.
También en casos de mayor
gravedad se suspenderá al
alumno hasta por 48 horas.
Comunicación telefónica
al apoderado para retiro
del alumno
inmediatamente. De no
ocurrir el alumno
permanecerá en otras
dependencias del
establecimiento.
Si la agresión física provoca
daños a la víctima:
Se puede denunciar el
hecho a Carabineros,
para proceder de acuerdo
a la Ley de
Responsabilidad Penal
Adolescente.
El alumno podrá ser
suspendido por 24 ó 48
horas, de común acuerdo
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con su apoderado.
Firmar compromiso de
modificación de la
conducta, el alumno y
apoderado.
De persistir esta conducta
violenta, solo asistirá a
dar las pruebas en horario
alternativo definido por
Inspectoría General.
En caso de registrarse
situaciones graves o que
alteren la normal
convivencia, en períodos
próximos a la
finalización del año
escolar, se procederá a
calendarizar sus
evaluaciones, debiendo el
alumno asistir sólo en las
fechas y horarios fijados
de común acuerdo con su
profesor jefe(a) y
apoderado.
Se prestarán las ayudas
de las redes de apoyo con
que cuenta el
establecimiento.
Se realizará un
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Bullying
(agresión física
o psicológica
reiterada de un
alumno a otro
alumno). Esto
incluye a los
cómplices y
Cualquier funcionario (a) del
establecimiento al detectar
una situación de bullying debe
informar a Inspectoría
General.
Procedimiento para un debido
proceso
1.- Derivar él o los
involucrados a Inspectoría
General, o constituirse en el
Gravísima
Docente
Inspectoría
General
Dirección u
otro
funcionario(a)
asignado a la
tarea.
seguimiento de la
conducta y el apoderado
concurrirá con la
frecuencia que se le
indique para supervisar el
compromiso suscrito por
su hijo (semanal,
quincenal o mensual).
Si el alumno requiere
otra ayuda profesional,
medicamentos u otros,
será el apoderado el
responsable de brindar a
la brevedad tales apoyos.
La negación de la familia
a acceder a tratamientos,
dará origen a la solicitud
de reubicación del
alumno.
Sanción comunitaria
Escribir/procurar la materia al
compañero accidentado mientras
se recupere de sus lesiones o
asista al colegio.
- Compromiso escrito de
cambio conductual por
parte del alumno y
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observadores de
la situación.
Tomar
pertenencias
ajenas.
lugar de los hechos.
2.- Proceso de investigación
(entrevistar y escuchar
descargos)
3.- Citación apoderado.
4.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
5.- Comunicar sanción.
6.- Apelación y decisión final.
7.- Registrar hecho en hoja de
vida.
Procedimiento para un debido
proceso.
1.- Derivar él o los
involucrados a Inspectoría
General, o constituirse en el
lugar de los hechos.
2.- Proceso de investigación
(entrevistar y escuchar
descargos)
3.- Citación apoderado..
Grave
Docente
Inspectoría
General u
otro
funcionario(a)
asignado a la
tarea.
supervisión del
apoderado.
Sanción reparatoria
- Disculpas públicas.
- Si la acción a causado
daño a terceros deberá
escribir o fotocopiar la
materia del compañero
mientras se recupere de
sus lesiones o asista al
colegio.
Sanción administrativa
Se dará cuenta a la autoridad
correspondiente y a la familia,
para que se realice la
investigación policial, acorde a
las disposiciones de la Ley de
Responsabilidad Penal Juvenil y
otras vigentes.
Al tratarse de pérdidas de
artículos escolares o prendas de
vestir, se procederá a investigar
en el establecimiento, tratando
de encontrar las especies,
siempre y cuando se pueda
acreditar la pertenencia de ellas.
Sanción comunitaria o
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Rayar, destruir
bienes del
establecimiento,
de alumnos o
funcionarios.
4.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
5.- Comunicar sanción.
6.- Apelación y decisión final.
7.- Registrar hecho en hoja de
vida.
Procedimiento para un debido
proceso.
1.- Derivar él o los
involucrados a Inspectoría
General o constituirse en el
lugar de los hechos.
2.- Proceso de investigación
(entrevistar y escuchar
descargos).
3.- Citación apoderado.
4.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
Grave
Docente
Inspectoría
General u
otro
funcionario
asignado a la
tarea.
pedagógica
1.- Devolución de especies.
2.- Escribir acerca del respeto a
la propiedad ajena.
3.- Disertar acerca de la
infracción a la ley.
Si se trata de especies de valor o
dinero, del alumno (autorizadas)
profesor o establecimiento, se
informará a Carabineros y a los
padres para que se realice la
investigación policial, acorde a
las disposiciones al respecto de
la Ley de Responsabilidad Penal
Adolescente.
Además, se podrá solicitar a
ellos la revisión de mochilas el
mismo día que se registre la
pérdida de las especies.
Establecidos los hechos,
cumplidas las instancias de
apelación, se aplicará una
sanción reparatoria.
Deberá restaurar el daño
provocado a la especie, es decir,
pintar lo rayado; si rompe
mobiliario o vidrios, deberá
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Mal
comportamiento
en la sala,
formación o
actos cívicos
(interrumpir,
gritar o pifiar).
investigación.
5.- Comunicar sanción.
6.- Apelación y decisión final.
7.- Registrar hecho en hoja de
vida y cumplimiento de
sanción.
Procedimiento para un debido
proceso.
1.- Llamado de atención.
2.- Registrar hecho en hoja de
vida.
3.- Derivar al o los
involucrados a Inspectoría
General (entrevistar y
escuchar descargos).
4.- Citación apoderado.
5.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
6.- Comunicar sanción.
7.- Apelación y decisión final.
8.- Registrar cumplimiento de
la sanción.
Grave a
gravísima
Docente
Inspectoría
General u
otro
funcionario(a)
asignado a la
tarea.
repararlos o sustituirlos. Si son
prendas de vestir o útiles
escolares, los dañados, deberá
repararlos, si es posible, o
sustituirlos en caso de
comprobarse la intencionalidad
en la acción; no así si es
producto de una situación casual.
Compromiso escrito del alumno
y apoderado de cambio
conductual.
Seguimiento de la conducta.
Sanción pedagógica graduada.
- Disculparse por escrito
frente a su curso.
- Representar a su curso en
acto cívico.
- Realizar sus tareas en
otras dependencias por
uno o más períodos.
- Concentrar su trabajo del
día en dos períodos en su
sala u otras
dependencias.
- Recibir calendarización
de pruebas y trabajos,
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Practicar juegos
que incluyan
patadas o
golpes de
cualquier tipo.
Procedimiento para un debido
proceso.
1.- Derivar él o los
involucrados a Inspectoría
General o constituirse en el
lugar de los hechos.
2.- Proceso de investigación
(entrevistar y escuchar
descargos).
3.- Citación apoderado.
4.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
5.- Comunicar sanción.
6.- Apelación y decisión final.
7.- Registrar hecho en hoja de
vida y cumplimiento de
sanción.
Grave a
gravísima
Docente
Inspectoría
General
materias de estudio y
asistir sólo en horarios
designados para este
efecto.
Sanción de reparación en caso
que la falta a la norma ocasione
o provoque daños a terceros.
- Escribir la materia del
compañero accidentado mientras
se recupera de sus lesiones o
asista al colegio.
- Compromiso escrito de
cambio conductual por
parte del alumno y
supervisión del
apoderado.
Sanción pedagógica
- Sanción de reparación en
caso que la falta a la
norma ocasione o
provoque daños a
terceros.
- Escribir la materia del
compañero mientras se
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Utilizar
herramientas o
implementos
escolares para
otros fines.
Procedimiento para un debido
proceso.
1.- Derivar él o los
involucrados a Inspectoría
General o constituirse en el
lugar de los hechos.
2.- Proceso de investigación
(entrevistar y escuchar
descargos).
3.- Citación apoderado.
4.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
5.- Comunicar sanción.
6.- Apelación y decisión final.
7.- Registrar hecho en hoja de
vida y cumplimiento de
sanción.
Procedimiento para un debido
proceso.
1.- Derivar él o los
involucrados a Inspectoría
General o constituirse en el
Docente
Inspectoría
General
Dirección.
recupere de sus lesiones
o asista al colegio.
- Compromiso escrito de
cambio conductual por
parte del alumno y
supervisión de su
apoderado.
Sanción de reparación
- En caso que la falta a la norma
ocasione o provoque daños a
terceros, escribir la materia del
compañero accidentado mientras
se recupere de sus lesiones o
asista al colegio.
- Compromiso escrito de
cambio conductual por
parte del alumno y
supervisión de su
apoderado.
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Portar o
difundir
material
audiovisual que
atente contra la
moral.
Portar y/o usar
armas,
elementos
incendiarios,
químicos,
aerosoles, o
lugar de los hechos.
2.- Proceso de investigación
(entrevistar y escuchar
descargos).
3.- Citación apoderado.
4.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
5.- Comunicar sanción.
6.- Apelación y decisión final.
7.- Registrar hecho en hoja de
vida y cumplimiento de
sanción.
Procedimiento para un debido
proceso.
1.- Derivar él o los
involucrados a Inspectoría
General o constituirse en el
lugar de los hechos.
2.- Proceso de investigación
(entrevistar y escuchar
descargos).
3.- Citación apoderado.
4.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
5.- Comunicar sanción.
6.- Apelación y decisión final.
Grave a
gravísima
Grave
Docente
Inspectoría
General
Docente
Inspectoría
General
Dirección
- Compromiso escrito de
cambio conductual por
parte del alumno y
supervisión del
apoderado.
.
- Se requisará el elemento
peligroso.
- Se dará cuenta a
Carabineros y a su
familia, para que se
realice la investigación
policial, acorde a las
disposiciones al respecto
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peligrosos.
(Ejemplo:
armas blancas,
de fuego,
cadenas etc.,).
Portar,
distribuir o
consumir
sustancias
7.- Registrar hecho en hoja de
vida y cumplimiento de
sanción.
Procedimiento para un debido
proceso.
1.- Derivar él o los
involucrados a Inspectoría
General o constituirse en el
lugar de los hechos.
2.- Proceso de investigación
(entrevistar y escuchar
descargos).
3.- Citación apoderado.
4.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
5.- Comunicar sanción.
Gravísima
Docente
Inspectoría
General
Dirección
de la Ley de
Responsabilidad Penal
Juvenil.
Sanción
De no existir sanción penal, se
procederá a la suspensión del
alumno hasta por 72 horas.
Al análisis de sus antecedentes
escolares, el alumno asistirá al
establecimiento con su
apoderado, de acuerdo a un
calendario de evaluaciones en
jornada alterna o en su jornada
para ser atendido
individualmente por el profesor
que la Dirección asigne.
Se procederá a la cancelación de
su matrícula inmediata, si se
sorprende intimidando, con
armas (reales o de fantasía) en el
establecimiento, o es denunciado
y se comprueba el hecho.
- Requisar medicamento o
droga que porte.
- Compromiso escrito de
cambio conductual por
parte del alumno y
supervisión de su
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dañinas para la
salud (alcohol,
tabaco, drogas,
medicamentos
por su cuenta).
Falsificar o
adulterar
documentos,
trabajos o notas.
6.- Apelación y decisión final.
7.- Registrar hecho en hoja de
vida y cumplimiento de
sanción.
Procedimiento para un debido
proceso.
1.- Derivar él o los
involucrados a Inspectoría
General o constituirse en el
lugar de los hechos.
2.- Proceso de investigación
(entrevistar y escuchar
descargos).
3.- Citación apoderado.
4.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
5.- Comunicar sanción.
6.- Apelación y decisión final.
7.- Registrar hecho en hoja de
vida y cumplimiento de
sanción.
Procedimiento para un debido
proceso.
1.- Derivar él o los
involucrados a Inspectoría
Gravísima
Inspectoría
General
Dirección
apoderado.
Sanción pedagógica.
- Si se comprueba que
vende, distribuye o
consume sustancias
prohibidas, se dará
cuenta a Carabineros y a
su familia, para que se
realice la investigación
policial, acorde a las
disposiciones al respecto
de la Ley de
Responsabilidad Penal
Adolescente.
- Compromiso escrito de
cambio conductual por
parte del alumno y
supervisión del
apoderado.
Sanción pedagógica
- Realizar los trabajos en
cuestión en la escuela
bajo la supervisión de un
funcionario (a), en
horario asignado.
- Se podrá asignar un
trabajo extraordinario.
- Además dependiendo de
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Cometer abusos
deshonestos.
Participar como
General o constituirse en el
lugar de los hechos.
2.- Proceso de investigación
(entrevistar y escuchar
descargos).
3.- Citación apoderado.
4.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
5.- Comunicar sanción.
6.- Apelación y decisión final.
7.- Registrar hecho en hoja de
vida y cumplimiento de
sanción.
Procedimiento para un debido
proceso.
1.- Derivar él o los
involucrados a Inspectoría
General o constituirse en el
lugar de los hechos.
2.- Proceso de investigación
(entrevistar y escuchar
descargos).
3.- Citación apoderado.
4.- Informar alumno y
apoderado resultado de la
investigación.
5.- Comunicar sanción.
Gravísima
Gravísima
Inspectoría
General
Dirección
Inspectoría
la gravedad de la falta se
suspenderá por 24 horas.
Una vez denunciado el hecho, se
dará cuenta a Carabineros para
que se constituya y determine la
forma de proceder con la
investigación. Se solicitará a su
familia lo reubique en otro
establecimiento para terminar su
año escolar, considerando el
interés superior del niño.
Una vez denunciado el hecho, se
dará cuenta a Carabineros para
que se constituya y determine la
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autor o
cómplice en
robos o hurtos
en el
establecimiento.
Apoderado que
difame,
calumnie,
Agreda física
y/o verbalmente
a un integrante
del
establecimiento.
6.- Apelación y decisión final.
7.- Registrar hecho en hoja de
vida y cumplimiento de
sanción.
Procedimiento administrativo.
- Entrevista con
Dirección del
establecimiento y el
afectado(a).
- Informar al apoderado
de la mantención o
pérdida de su calidad
como tal.
Procedimiento administrativo.
- Mediación de docente
o funcionario de la
unidad educativa.
Procedimiento administrativo
- Mediación de docente
o funcionario de la
unidad educativa.
- Solicitar presencia de
Gravísima
General
Dirección
Otro
funcionario(a)
designado
para esta
tarea.
Inspectoría
General
Dirección
Otro
funcionario
(a)
forma de proceder con la
investigación. De comprobarse
la autoría, sólo corresponde
sanción penal, si el imputado es
mayor de 14 años. Si es menor,
se solicitará a su familia lo
reubique en otro establecimiento
para terminar su año escolar,
considerando el interés superior
del niño.
Si se trata de un niño menor de
edad, se suspenderá por hasta
una semana.
Si la conducta es aislada o
sospechosa, se derivará a las
redes de apoyo con que se
cuente, de acuerdo con su
apoderado.
Sanción comunitaria
- En la medida de lo
posible, otorgar disculpas
públicas o por escrito, al
o los agraviados (as).
- Designar otro adulto
responsable, mayor de
edad como apoderado(a)
del alumno.
- Prohibición de ingresar al
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Amenazas,
agresiones
físicas o
psicológicas
contra un
alumno que no
sea su hijo.
Amenaza o
agresión verbal
y/o física entre
dos o más
apoderados al
interior del
establecimiento.
Conducta
inapropiada en
el servicio
higiénico.
Carabineros.
Procedimiento
- Amonestación.
- Citación a su
apoderado si reincide.
- Derivación a
profesionales, redes de
apoyo propias y
externas.
- Investigación,
denuncia.
Gravísima
Gravísima
Gravísima
Inspectoría
General
Dirección
Otro
funcionario
(a)
Inspectoría
General
Orientador
Dirección
establecimiento.
Sanción
- Prohibir el ingreso del
apoderado al
establecimiento.
- - Pérdida de su calidad
como apoderado.
- Nombrar apoderado de
reemplazo.
Sanción
- Prohibir el ingreso del
apoderado al
establecimiento.
- Pérdida de la calidad de
apoderado.
- Nombrar apoderado de
reemplazo.
El alumno que no guarde
reserva sobre su
intimidad y/o perturbe a
otros durante su
asistencia al baño, será
amonestado, y luego si
reincide se llamará a su
apoderado para el control
de su conducta.
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El alumno que actúe en
forma inapropiada,
acorde a su edad,
encierre, golpee, fuerce,
Agreda, intimide
sexualmente a otro (s)
alumno (s), y se ponga en
conocimiento de
Inspectoría, será
conducido a esta oficina,
se le tomará declaración,
se llamará
inmediatamente a su
apoderado y se derivará a
red de apoyo a través de
Orientación.
En caso de producirse
denuncias directamente
ante la Dirección, será la
Dirección la encargada
de conducir el proceso de
investigación, apoyada
por Orientación e
Inspectoría General.
IV.- DEFINICIÓN DE LA GRADUALIDAD EN LAS FALTAS.
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- FALTAS LEVES: Son aquellas actitudes y comportamientos que alteran el normal desarrollo del proceso de enseñanza
aprendizaje, que no involucran daño físico o psíquico a otro miembro de la comunidad (por ejmeplo: atrasos, no uso de uniforme,
olvido de material escolar, fuga interna, inasistencias, permanecer en la sala durante el recreo, asistir con ropa distinta al uniforme
deportivo o sin implementos de aseo, presentarse desaseado, usar pelo largo o corte de fantasía, usar joyas como aros, piercing,
reloj, celular o reproductor musical, otros).
- FALTAS GRAVES: Son aquellos comportamientos que generan alarma a la institución y a la familia, por ejemplo( cimarra y fuga;
rayar o destruir bienes materiales de la institución, de sus pares y personales; agresión verbal a los integrantes a la comunidad
educativa; portar o difundir material audiovisual que atente contra la moral; realizar transacciones económicas de cualquier tipo;
falsificar o adulterar documentos, trabajos o notas, mal comportamiento en la sala, formación o actos cívicos; tomar pertenencias
ajenas; desplazarse corriendo por corredores, escalas, barandas; chutear objetos, escalar; saltar obstáculos durante el recreo o en
libre tránsito; practicar juegos que incluyan patadas o golpes de cualquier tipo; otros)
- FALTAS GRAVÍSIMAS: Son aquellos comportamientos que involucran daño físico o psíquico de mayor intensidad y que
requieren de atención médica de urgencia que el ocasionado por las faltas graves: portar y/o usar armas, elementos incendiarios,
peligrosos (cortantes, fuego, cadenas); portar, distribuir o consumir sustancias dañinas para la salud (alcohol, tabaco, drogas y
medicamentos por su cuenta); cometer abusos deshonestos y participar como autor o cómplice de robos, en el establecimiento, a los
integrantes de la comunidad educativa.
V.- DEFINICIÓN DE SANCIONES Y RECONOCIMIENTO.
Las sanciones contenidas en este Manual de Convivencia Escolar se evaluarán según el contexto adecuado, la edad del niño(a) y
circunstancias, manteniendo la proporcionalidad y gradualidad de la falta base a criterios objetivos de carácter formativo.
Serán: Sanción pedagógica; sanción de reparación pedagógica; sanción de reparación y sanción comunitaria.
En casos de agresión física que provoca daños a la víctima, se puede denunciar el hecho a Carabineros de acuerdo a la Ley de
Responsabilidad Penal Adolescente: el alumno podrá ser suspendido por 48 horas, compromiso modificación de conducta; reducción de
jornada, suspensión indefinida con calendarización de evaluaciones, cancelación inmediata de la matrícula, solicitud de reubicación del
alumno en otro establecimiento para el próximo año escolar.
VI.- DEFINICIÓN DE RECONOCIMIENTOS.
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Serán objeto de reconocimiento, al interior de la comunidad educativa, los alumnos que manifiesten conductas que favorezcan el desarrollo
del aprendizaje y la convivencia armónica en la cotidianeidad escolar.
Estos reconocimientos consistirán en destacar a través de: diplomas, medallas, cuadros de honor o diarios murales, a aquellos alumnos que
se destaquen por sus características consideradas en la Misión del Proyecto Educativo Institucional; además de los alumnos que presentan
un cambio en la conducta en relación a la falta cometida, una vez que se hayan realizado los procedimientos establecidos en el Manual de
Convivencia Escolar.
VII.- MECANISMOS DE DIFUSIÓN Y POSIBLES MODIFICACIONES.
Este Manual de Convivencia Escolar será difundido a la comunidad escolar a través de las siguientes instancias:
- Publicación en Diarios Murales, página WEB y extracto en la agenda escolar.
- Revisión en el Consejo Escolar.
- Revisión en Consejo de Curso.
- Revisión en Consejo de Profesores.
- Revisión en reuniones de apoderados.
- Entrega en el proceso de matrícula.
- Difusión en reuniones del Centro General de Padres y Apoderados.
Cada dos años se hará una evaluación completa del Manual de Convivencia Escolar; sin dejar de considerar una evaluación anual de sus
fortalezas y debilidades.
RESUMEN DE PROCEDIMIENTOS
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FALTAS LEVES Procedimiento administrativo
- Entrevista Inspectoría General y alumno.
- Toma de conocimiento del Profesor (a) Jefe (a) o del
subsector y apoderado.
- Amonestación Verbal.
- Registro en hoja de vida.
Inspectoría General
Docente
FALTAS GRAVES
Procedimiento para un debido proceso
(protocolo de investigación)
- Derivar al o los alumnos involucrados a Inspectoría
General, o constituirse en el lugar de los hechos.
- Entrevistar alumnos involucrados, testigos, escuchar
cargos y descargos, agravantes y atenuantes por escrito.
- Informar situación apoderado.
- Definición de la sanción por parte de Director e
Inspectoría General.
- Toma de conocimiento de la sanción por parte del
estudiante y apoderado en constancia escrita.
- Instancia de apelación por parte del estudiante.
- Registro de la falta a la norma en hoja de vida, así como el
cumplimiento de la sanción.
EQUIPO DE INVESTIGACIÓN
COLEGIADO.
- Director
- Inspectoría General
- Orientador
- Profesor (a) Jefe (a) u
- Otro funcionario asignado a la
tarea.
FALTAS GRAVÍSIMAS
Procedimiento para un debido proceso
(protocolo de la investigación) EQUIPO DE INVESTIGACIÓN
COLEGIADO.
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- Derivar al o los alumnos involucrados a Inspectoría
General o constituirse en el lugar de los hechos.
- Entrevistar alumnos involucrados, testigos, escuchar
cargos y descargos, agravantes y atenuantes por escrito.
- Informar situación apoderado.
- Definición de la sanción por parte de Dirección y Concejo
de Profesores.
- Toma de conocimiento de la sanción por parte del
estudiante y apoderado con constancia escrita.
- Instancia de apelación por parte del estudiante al Director
de la Escuela.
- Registro de la falta a la norma en hoja de vida, así como el
cumplimiento de la sanción.
Si la agresión física provoca daños tales que la víctima requiere
atención médica de urgencia, se podrá:
Denunciar el hecho a Carabineros, de acuerdo a la Ley de
Responsabilidad Penal Adolescente.
El alumno podrá ser suspendido hasta por una semana.
Se podrá reducir su jornada de clases de común acuerdo
con su apoderado, si su conducta violenta persiste.
suspensión indefinida con calendarización de evaluaciones
cancelación inmediata de la matrícula
Se solicitará al apoderado su reubicación en otro
establecimiento para el año próximo.
Director
Inspectoría General
Orientador
Profesor (a) Jefe (a)
Otro funcionario asignado a la
tarea.