COPIA FIEL DE ORIGINAL - Madre de Dios Region

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COPIA FIEL DE ORIGINAL CONVENIO DE APOYO INTER- IN STITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Y LA INSTITUCION EDUCATIVA BASICA REGULAR "CARLOS FERMIN FITZCARRALD" DE PUERTO MALDONADO - TAMPOPATA MADRE DE DIOS. Cons te por el presente Documento, el convenio que suscriben de una parte, EL GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS representado por su Gobernador Regional LUIS OTZUKA SALAZAR, identificado con DNI 48507818, con domicilio legal en el Jr. Cusco 3ra. Cuadra de esta Ci\Jdad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, a la que denominaremos EL GOBIERNO REGIONAL; de otra parte la Institución Ed ucativa Básica Regular "Carlos Ferrnin Fitzcarrald"- UGEL - Tambopata de la DRE-MDD, representado por la Directora NISSIDA CARMEN PILARES ALVAREZ, identificada con DNI Nº 09476483, con domicilio legal en la Av . Madre de Dios sin - Puerto Maldonado, a quien denominaremos LA ENTIDAD ED UCATIVA, con la participación del Presidente de la Asociacion de Padres de Famlia de la 1. E. CARLOS FERMIN FITZCARRALD, Sr. MODESTO GONZALES CARHUARUPAY, identificado con DNI. 41 075095, quienes suscriben el presente convenio en los términos y condiciones siguientes: BASE LEGAL: Ley de Bases de la Descentralización 27783 Ley Orgánica de Gobiernos Regiona les 27867 y su modificatoria Ley 27902 28013. Ley Orgán ica del Ministerio de Educac ión Nº 25762 Ley General de Educación 28044 D.S . Nº 015-2002-ED Reg lamento de la Dirección Regional de Educación y Un idades de Gestión Educativa Local. Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Afio Fiscal 201 5. Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. CLAUSULA PRIMERA: ,PE LAS PARTES: EL GOBIERNO REGIONAL, tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, tiene por finalidad esencial, fomentar el desarrollo regional, integral sostenibl e, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus llabitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. La INSTITUCION EDUCATIVA, conforme al Art.66 de la Ley 28044, ley General e Educación, la In stitución Educativa como comunidad de aprendizaje, es la primera instancia de gestión del sistema educativo descentralizado, en ella tiene lugar la prestación del servicio, que puede ser público o privada, tiene por finalidad el logro de os aprendizajes y la formación integral de sus estudiantes, asimismo la institución educativa, como ámbito físico social establece vínculos con los diferentes organismos, de su entorno y pone a disposición de sus instalaciones para el desarrollo de las actividades y otras

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CONVENIO DE APOYO INTER- INSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Y LA INSTITUCION EDUCATIVA BASICA REGULAR

"CARLOS FERMIN FITZCARRALD" DE PUERTO MALDONADO - TAMPOPATA MADRE DE DIOS.

Conste por el presente Documento, el convenio que suscriben de una parte, EL GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS representado por su Gobernador Regional LUIS OTZUKA SALAZAR, identificado con DNI 48507818, con domicilio legal en el Jr. Cusco 3ra. Cuadra de esta Ci\Jdad de Puerto Maldonado, Distrito y Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, a la que denominaremos EL GOBIERNO REGIONAL; de otra parte la Institución Educativa Básica Regular "Carlos Ferrnin Fitzcarrald"- UGEL - Tambopata de la DRE-MDD, representado por la Directora NISSIDA CARMEN PILARES ALVAREZ, identificada con DNI Nº 09476483, con domicilio legal en la Av. Madre de Dios sin - Puerto Maldonado, a quien denominaremos LA ENTIDAD EDUCATIVA, con la participación del Presidente de la Asociacion de Padres de Famlia de la 1. E. CARLOS FERMIN FITZCARRALD, Sr. MODESTO GONZALES CARHUARUPAY, identificado con DNI. Nº 41 075095, quienes suscriben el presente convenio en los términos y condiciones siguientes:

BASE LEGAL:

Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783 Ley Orgánica de Gobiernos Regiona les Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 28013. Ley Orgánica del Ministerio de Educación Nº 25762 Ley General de Educación Nº 28044 D.S. Nº 015-2002-ED Reg lamento de la Dirección Regional de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local. Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Afio Fiscal 201 5. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

CLAUSULA PRIMERA:

,PE LAS PARTES:

EL GOBIERNO REGIONAL, tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, tiene por finalidad esencial, fomentar el desarrollo regional, integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus llabitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.

La INSTITUCION EDUCATIVA, conforme al Art.66 de la Ley N° 28044, ley General e Educación, la Institución Educativa como comunidad de aprendizaje, es la primera instancia de gestión del sistema educativo descentralizado, en ella tiene lugar la prestación del servicio, que puede ser público o privada, tiene por finalidad el logro de os aprendizajes y la formación integral de sus estudiantes, asimismo la institución educativa, como ámbito físico social establece vínculos con los diferentes organismos, de su entorno y pone a disposición de sus instalaciones para el desarrollo de las actividades y otras

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ac~ioneis que por neqesidad ,, ir,,stitucional pu~dan c;3mpliar, preservando los fines y objetivos de la educaci'ón, así como laslfuhciones específicas del local institucional.

OBJETIVO DEL CONVENIO

CLAUSULA SEGUNDA:

El presente convenio tiene por objetivo:

t .- Establecer las condiciones de cooperación interinstitucional, entre el gobierno regional y la Institución Educativ¡a, con el objetivo de mejorar ta gestión de inversión pública, y garantizar el funcionamiento del colegio de Alto Rendimiento de Madre de Dios- COAR, a partir del año 2016.

2.- Establecer una propuesta logística que asegure el desarrollo de competencias académicas y artísticas y deportivas del nivel superior.

3.- Gar~ntizar estándares de calidad en tos servicio de residencia y bienestar estudiantil , que integra el servicio educativo, para estudiantes de alto rendimiento de Madre de Dios.

4.- t?romover la articulación de esfuerzos por parte de los diferentes niveles de gobierno, asi como de los difefente~ actores del sector público y privado para la atención de estudiantes de alto. rendimiento de la región.

5.- Propiciar las condiciones de implementación en la contingencia del colegio de alto Rendimiento que permitan la coordin¡:ición, soporte, monitoreo y asistencia técnica para la atención de sus estudiantes. 1

6.- formalizar et compromiso del Gobierno Regional y la Institución Educativa y participar en el desarrollo de las acciones e implementación del Colegio de Alto Rendimiento de Madre de Dios

CLAUSULA TERCERA:

DE LOS COMPROMISOS :

D~L GOBIERNO REGIONAL:

1 º EL GOBIERNO REGIONAL se compromete al mantenimiento y ampliación de la infraestructura de la Institución Educativa "Carlos Fermín Fitzcarrald", para la Instalación del Colegio de Alto Rendimiento de Madre de Dios, conforme a los planos y memoria descriptiva integrante del proyecto, el mismo que será aprobado por tas instancias correspondientes.

2º EL GOBIERNO REGIONAL, implementará en los pabellones donde funcionan las actividades educativas de la I.E. CARLOS FERMIN FITZCARRALD, dos baterías de servicios higienicos, tanto para alumnos de sexo femenino como masculino.

3º El Gobierno Regional, evaluará con sus técnicos de la gerencia de Planificacion, la posibilidad de ampliar el proyecto de infraestructura de la 1.E. CARLOS FERMIN FITZCARRALD en el marco del SNIP.

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4º Otorgar un presupuesto inicial para la implementación de su pista atletica. :

COPIA FIEL DEt: ORltJ.fMAL

5º Designara 04 trabajadores a cargo de su presupuesto, para que brinden servicios de vigilancia y limpieza en las instalaciones de la I.E. CARLOS FERMIN FITZCARRALD .

6º A dar celeridad inmediata a las obras pendientes en la INSTITUCION EDUCATIVA y entregarlas en el plazo mas breve posible, asi como agilizar las adquisiciones de muebles y equipamiento de los talleres.

DE LA INSTITUCION EDUCATIVA:

1 º La Directora de la Institución Educativa se compromete, en brindar las facilidades para el funcionamiento del Colegio de AL TO Rendimiento y coordinar, oriertar y vigilar el cumplimi~n,to del presente convenio. '

2º La Institución Educativa, CEDE EN USO un área de terreno, la infraestructura y accesos existentes conforme a la memoria descriptiva que forma parte del presente convenio, para el funcionamiento desde el 2016 al 2018 del COLEGIO DE ALTO RENDIMIENTO DE MADRE DE DIOS (COAR).

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3º Acepta expresamente que el GOBIERNO REGIONAL realice una inversión aproximada de 2 millones de nuevos soles, para construcción de nueva infraestructura y ampliaciones de las existentes, para el funcionamiento del COLEGIO DE AL TO RENDIMIENTO DE MADRE DE DIOS (COAR) en el area cedida; mejoras que luego de cumplido el presente convenio, pasan a ser de propiedad exclusiva de la INSTITUCION EDUCATIVA CARLOS FERMIN FITZCARRALD sin restricción alguna.

4º Facilitar desde la firma del presente convenio, el acceso y uso del area cedida, para los fines del mejoramiento, ampliaciones y construcciones que fuesen necesarias, sin restricción alguna .

5º Se compromete aponer a disposición del Gobierno Regional toda la información que réquiera para el cumplimiento del c.1,,. :', " · 1,0.

CLAUSULA CUARTA:

DE LA PARTICIPACION DE LA ASOCIACION DE PADRE DE FAMILIA

Interviene en la firma del presente convenio el Presidente de la Asociacion de Padres de Familia - APAFA de la I.E. CARLOS FERMIN FITZCARRALD, para declarar de manera expresa su conformidad con el presente convenio, la misma que redundara en beneficio de la Educacion de los niños y jóvenes de Madre de Dios.

CLAUSULA QUINTA.

El incumplimiento de la cláusula tercera del presente convenio, será causal para que cualquiera de las partes, de por concluido el presente convenio.

CLAUSULA SEXTA:

DE LA DURACIÓN

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. fo1 V) ,

COPIA FIEL DEL' ORIGINAL

La, ,duración del presente Convenio es por el TÉRMINO DE TRES AÑOS a partir de la fecha de suscripción del presente documento, prorrogable previo acuerdo de las partes.

Las partes declaran que en la celebración y suscripción del presente convenio, no t1a mediado causal alguno de nulidad o vicio que lo invalide, y en señal de conformidad lo firman ambas partes, en la ciudad de Puerto Maldonado Madre de Dios, a los dieciocho días del mes de junio del dos mil quince .