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Naucalpan de Juárez, México, Enero 09 de 2018. LIC. SAMUEL MARTÍNEZ ACEVES Director General del OAPAS Naucalpan Av. San Luis Tlatilco NO. 19, fraccionamiento Parque Industrial Naucalpan, Naucalpan de Juárez, Estado. de México . C.P.53050 ASUNTO.- Solicitamos su intervención para que el suministro de agua potable en la zona de Lomas de San Mateo sea de forma continua o bien, si por causas de fuerza mayor, fuera necesario disminuir el tiempo que OAPAS nos abastece de agua potable, que el tiempo de abastecimiento de agua, sea el mayor posible diariamente y que se haga de nuestro conocimiento oportunamente, el programa de “tandeo” que al respecto se establezca. . El suscrito Ing. Alfredo Herrera, en mi carácter de Presidente del Consejo de Participación Ciudadana del Fraccionamiento Lomas de San Mateo, y el de Representante Común en este asunto, con domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en la calle de los Bejucos No. 11 del Fraccionamiento Residencial Lomas de San Mateo, Naucalpan, México, Teléfono Celular 55 5414 3429, y los Presidentes de COPACI de ocho Fraccionamientos, Delegados Municipales de dos Fraccionamientos, dos Presidentes de Asociaciones Civiles de dos Fraccionamientos y varios cientos de vecinos, cuyas firmas son exhibidas en hojas anexas, con fundamento en los artículos 4, sexto párrafo y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 18, últimos dos párrafos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, artículo 19 fracción I incisos a) y b) del Bando Municipal 2017 de Naucalpan de Juárez, artículo 7 Bis, fracción V de la Ley de Aguas Nacionales, artículos 18 fracción XII, 45 fracciones I y II de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, artículo 125 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, nos dirigimos a Usted para solicitar atentamente su intervención a efectos de que el 1

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Naucalpan de Juárez, México, Enero 09 de 2018.

LIC. SAMUEL MARTÍNEZ ACEVESDirector General del OAPAS Naucalpan

Av. San Luis Tlatilco NO. 19, fraccionamiento Parque Industrial Naucalpan, Naucalpan de Juárez, Estado. de México . C.P.53050

ASUNTO.- Solicitamos su intervención para que el suministro de agua potable en la zona de Lomas de San Mateosea de forma continua o bien, si por causas de fuerzamayor, fuera necesario disminuir el tiempo que OAPAS nos abastece de agua potable, que el tiempo de abastecimiento de agua, sea el mayor posible diariamente y que se haga de nuestro

conocimiento oportunamente, el programa de “tandeo” que al respecto se establezca.

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El suscrito Ing. Alfredo Herrera, en mi carácter de Presidente del Consejo de Participación Ciudadana del Fraccionamiento Lomas de San Mateo, y el de Representante Común en este asunto, con domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en la calle de los Bejucos No. 11 del Fraccionamiento Residencial Lomas de San Mateo, Naucalpan, México, Teléfono Celular 55 5414 3429, y los Presidentes de COPACI de ocho Fraccionamientos, Delegados Municipales de dos Fraccionamientos, dos Presidentes de Asociaciones Civiles de dos Fraccionamientos y varios cientos de vecinos, cuyas firmas son exhibidas en hojas anexas, con fundamento en los artículos 4, sexto párrafo y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 18, últimos dos párrafos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, artículo 19 fracción I incisos a) y b) del Bando Municipal 2017 de Naucalpan de Juárez, artículo 7 Bis, fracción V de la Ley de Aguas Nacionales, artículos 18 fracción XII, 45 fracciones I y II de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, artículo 125 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, nos dirigimos a Usted para solicitar atentamente su intervención a efectos de que el suministro de agua potable sea de forma continua o bien, si por causas de fuerza mayor fuera necesario disminuir el tiempo que OAPAS nos abastece de agua potable, que el tiempo de abastecimiento de agua potable, sea el mayor posible diariamente y se haga de nuestro conocimiento el programa de tandeo, con la finalidad de que la ciudadanía pueda organizarse y realizar sus actividades domésticas cotidianas de manera racional, en el entendido que, nos será proporcionada la cantidad suficiente y necesaria para satisfacer nuestras necesidades de este recurso hídrico, alimentando al Tanque San Mateo del orden de 80 litros por segundo, salvo que ocurra algún imponderable como el del Jueves 28 de Diciembre de 2017 publicado por el OAPAS en facebook:

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Observaciones1.-Según reportes de CONAGUA y CAEM en el facebook del OAPAS, se tardaron 48 horas en la reparación, es decir, al 30 de Diciembre de 2017 por la mañana y hasta publicaron fotografía del tubo reparado, sin embargo NO recibimos agua hasta la madrugada del 1º de Enero de 2018 solo las calles de la parte media y baja de Lomas de San Mateo, es decir, del orden de 40 horas después de la reparación mencionada cuando se publicó en el facebook que las líneas y tanque se llenarían y por lo tanto se regularizaría el suministro de agua en 8 a 10 horas, situación que no se dio y además, las calles de la parte alta hasta el día 2/ENERO/2018 NO han recibido ni gota del vital líquido.

2.- Cabe señalar que el abastecimiento de agua que ofrece OAPAS a través de pipas no se ha podido utilizar al 100 %, debido a que la manguera de 10 metros que trae la pipa no alcanza a llegar a los tinacos que normalmente se encuentran en la azotea de los domicilios, y por lo tanto, solo algunas casas que tienen cisterna pudieron ser abastecidas de agua por este medio, o bien en recipientes de baja capacidad como botes y cubetas.

Reiterando, salvo la incidencia de imponderables como el mencionado, NO existe razón aparente para que seamos sujetos del mencionado racionamiento de agua potable, como se puede deducir de la información y argumentación que se presenta conforme a los siguientes

HECHOS

A.- FUENTES DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE AL MUNICIPIO DE NAUCALPAN.

A través de la Infraestructura Hidráulica Municipal, se suministra en Naucalpan agua potable proveniente de los siguientes tres orígenes:

1.- Sistema Cutzamala.- Es uno de los Sistemas de suministro de agua potable más grande del mundo (suministra aproximadamente 450 millones de m3 anualmente), formado por tres presas de almacenamiento:

1. Villa Victoria <186.3 hm3)>, 2. Valle de Bravo <394.4 hm3)> 3. Del Bosque <202.4 hm3>)

cuatro presas derivadoras:1. Tuxpan <5 hm3>, 2. Colorines <1.5 hm3>,

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3. Chilesdo <1.5 hm3> 4. Ixtapan del Oro <0.5 hm3>),

una Planta Potabilizadora (Los Berros); con capacidad de 19 m3/seg (6 m3/seg provienen del Lerma <31.5 %> , mientras 13 m3/seg provienen del Cutzamala <68.5 %>); Esta planta potabilizadora envía a la zona Metropolitana de la Ciudad de México y Estado de México un caudal de 15,500 lps en promedio, que equivalen a 488.808 millones de litros por año (15,500 x 3,600 x 24 x 365).

Mediante el Ramal Sur abastece de agua potable a once delegaciones de la Ciudad de México y a través del Ramal Norte a once municipios del Estado de México, incluido el Municipio de Naucalpan de Juárez.

1.1 Datos de caudales suministrados a la Ciudad de México y al Estado de México entre 2006 y 2015 y del almacenamiento en Presas del Sistema Cutzamala en el último

trimestre del 2017:

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NAMINO = NIVEL DE AGUAS MÍNIMO DE OPERACIÓN

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Observación

Cabe precisar que si bien, como se puede deducir de los datos anteriores hay agua suficiente en el Sistema Cutzamala, debido al acelerado crecimiento poblacional, la disponibilidad de agua por habitante ha disminuido y por lo tanto no se debe permitir el establecimiento de nuevos Desarrollos Habitacionales, porque sería en detrimento de la calidad de vida de la población existente; es decir, si bien como se demuestra hay agua en el Sistema Cutzamala, NO hay la requerida para nuevos Desarrollos Habitacionales sin poner en riesgo el Derecho al agua de la población actual, en cantidad suficiente para satisfacer sus necesidades de tan vital líquido.

2.- Fuentes Propias (Pozos).

Cabe mencionar que por la excesiva explotación de pozos y porque la recarga acuífera disminuye a medida que la urbanización aumenta y esto no es privativo de Naucalpan, los acuíferos que son la fuente de abastecimiento operan con déficit ya que las concesiones para extracción de agua que otorga CONAGUA, es mayor que la recarga.

Para la operación de abastecimiento de agua, el Municipio de Naucalpan está dividido en ocho Sectores, perteneciendo Lomas de San Mateo al Sector IV Totoltepecc, el cual limita al Norte (calle San Miguel) con el Sector V Lomas Verdes que es donde se ubica el lote denominado “Las Margaritas”. Cada uno de los Sectores, se divide en Sistemas, los cuales se organizan en torno a un Tanque de Almacenamiento y Distribución.

Según el Plan Municipal de Desarrollo Urbano publicado en la Gaceta del Gobierno del 25 de Julio de 2007, se utilizaban 40 pozos profundos en 2007 y en el 2017 se encuentran operando 55 pozos de los 61 que se enlistan a continuación en el sector hidráulico correspondiente.

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Según la fuente: #Acciones2017 3InfOAPAS, En 2017 se extrajeron más de 21´764,842 m3 de agua potable de estos pozos.

En la misma fuente el OAPAS señala: “Hemos producido 1 millón 387 mil 403 metros cúbicos de agua tratada en nuestras Plantas de Tratamiento de agua residual”.

3.- La otra fuente de agua la constituye la Presa Madín, la cual es una fuente muy contaminada y que por suerte es la que contribuye en menor porcentaje al abastecimiento de agua en Naucalpan. El Organismo de Cuenca de esta presa es ”Aguas del Valle de México”, tiene como Nivel de Aguas Máximas Ordinarias (NAMO) 9.370 hm 3, siendo su almacenamiento al 01/Enero/2018: 10.319 hm3, es decir, presenta llenado actual de 110.13 %. Fuente: http:sina.conagua.gob.mx/sina/almacenamientoPresas.php

Notas. a) 1hm3 = 1000,000,000 litros.b) Si no ha llovido de manera importante en los dos últimos meses, ¿de qué

fuente le llega agua a la presa Madín para registrar el volumen de agua que presenta?

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Adicionalmente existen en el Municipio 43 Tanques de Regulación los cuales OAPAS manifiesta que se lavan y desinfectan garantizando así que el agua que suministran, cumpla con los parámetros establecidos por las Normas Oficiales y se cuenta con una red de agua potable de 1,200 km. Esto permite que la dotación del servicio de agua potable a las viviendas sea del orden 98.5 % del total de ellas.

Observaciones.

1.- En las tres presas de almacenamiento del Sistema Cutzamala en los tres últimos meses del 2017 se han tenido 93.41 %, 90.23 y 85.92 % de almacenamiento respecto de la capacidad instalada (782.521 m3), considerar que en los meses de Noviembre y Diciembre NO hubo lluvias y en Octubre solo llovió en seis días.

2.- En lo referente a Pozos, en los últimos diez años, se han recuperado 15 pozos: en 2007 según el Plan Municipal de Desarrollo Urbano estaban en funcionamiento 40 pozos y según lo dicho por personal de OAPAS en las recientes audiencias públicas de los Planes Parciales, se están explotando actualmente 55 pozos, por lo que lógicamente el caudal de agua se ha visto incrementado a tal grado que existe potencial para sacar más agua de algún pozo (Framboyanes 40 lps por 14 horas diarias), aunque la población también lo ha hecho y no necesariamente en la misma proporción que dicho caudal de agua.

3.- Si estas dos fuentes son capaces de suministrar del orden del 94 % del consumo de agua potable en el Municipio de Naucalpan y si como se puede deducir de las cifras exhibidas, hay buena cantidad del recurso hídrico, salvo mejor opinión fundamentada, no hay razón aparente para que estemos con la política de racionamiento de agua, es decir, bajo tandeo no programado y lo más preocupante ¿Cuál es el destino de los litros por segundo de agua potable que nos están dejando de surtir con la manipulación que está haciendo el OAPAS?

4.- El Director de CONAGUA Roberto Ramírez de la Parra, en Diciembre de 2017 señaló: “Tenemos el abastecimiento total del Valle de México sin que lloviere una sola gota de agua lo que nos permite también decir que vamos a tener sin lugar a dudas el abastecimiento suficiente hasta 2019”. Fuente: http://excelsior.com.mx 11 Dic 2017. 5.- Es claro que hace falta mayor comunicación entre los usuarios - consumidores y el OAPAS, sin embargo este último en lugar de mantener un canal de información, ha dejado de “poner” los avisos correspondientes en su página web.

B.- PREFERENCIA DE USOS DEL RECURSO HÍDRICO.

1.- El artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece:“Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la Ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de

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la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.

2.- Dentro de los Principios que sustentan la Política Hídrica Nacional señalados en el artículo 14 Bis 5 de la Ley de Aguas Nacionales, cabe destacar los mencionados en las siguientes fracciones:

“I.- El agua es un bien de dominio público federal, vital, vulnerable y finito, con valor social, económico y ambiental, cuya preservación en cantidad y calidad y sustentabilidad es tarea fundamental del Estado y la Sociedad, así como prioridad y asunto de seguridad nacional.

XXII.- El uso doméstico y el uso público urbano tendrán preferencia en relación con cualesquier otro uso”.

Uso Doméstico. Uno de los usos más importantes que le damos al agua es en nuestros propios hogares. Este tipo de uso corresponde a la categoría de uso doméstico. Los usos domésticos incluyen agua para todas las cosas que se hacen en casa: tomar agua, preparar los alimentos, bañarse, lavar la ropa y los utensilios de cocina, cepillarse los dientes, regar el jardín y hasta bañar al perro.

TRANSITORIO DÉCIMO QUINTO DEL DECRETO PUBLICADO EN EL D.O.F. DEL 24 DE MARZO DEL 2016, POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE AGUAS NACIONALES.. En tanto se cumple con lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 22 de esta Ley, se observará el siguiente orden de prelación de los usos del agua para la concesión y asignación de la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, superficiales y del subsuelo aplicable en situaciones normales:

1.     Doméstico;2.     Público urbano;3.     Pecuario;4.     Agrícola;5.     Acuacultura;6.     Usos para la conservación ecológica o uso ambiental;7.     Generación de energía eléctrica para servicio público;8.     Industrial;9.     Generación de energía eléctrica para servicio privado;10.   Lavado y entarquinamiento de terrenos;11.   Usos para turismo, recreación y fines terapéuticos;12.   Uso múltiple, y13.   Otros.

Otro de los Principios que sustentan la Política Hídrica Nacional es el señalado en la fracción XIX del artículo 14 Bis 5 de la Ley de Aguas Nacionales, que a la letra señala:

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“XIX.- El derecho de la sociedad y sus instituciones, en los tres órdenes de gobierno, a la información oportuna, plena y fidedigna acerca de la ocurrencia, disponibilidad y necesidades de agua, superficial y subterránea, en cantidad, en el espacio geográfico y en el tiempo, así como a la relacionada con fenómenos del ciclo hidrológico, los inventarios de usos y usuarios, cuerpos de agua, infraestructura hidráulica y equipamiento diverso necesario para realizar dicha gestión”.

Observaciones.

1.- El Derecho al Agua Potable es fundamental e indispensable para la realización, goce y disfrute de los demás Derechos Humanos, cuya preservación en cantidad, calidad y sustentabilidad es tarea fundamental tanto del Estado como de la Sociedad, porque tal Derecho está basado en las premisas de acceso al bienestar de la población en general, sustentado por los principios de igualdad y no discriminación, independientemente de las circunstancias sociales, de género, políticas, económicas o culturales propias de la comunidad en la que nos desenvolvamos.

2.- El Derecho al Agua se erige como un bien colectivo que debe basarse en criterios de solidaridad, cooperación, equidad y en condiciones dignas, por eso se ha proclamado como asunto de Seguridad Nacional y al establecerse la prioridad del uso doméstico y uso público urbano en relación a cualquier otro uso, se excluye la posibilidad de que pueda ser concebido este Derecho al Agua, atendiendo a intereses particulares o de grupos minoritarios.

3.- Por cuanto al derecho a la información, por cuestiones de transparencia, es necesario que se publique, entre otros medios en la página web del OAPAS:

a).- El Programa Anual de Obras de OAPAS y su correspondiente actualización.b).- Aviso periódico sobre la disponibilidad de agua potable por cada una de las tres fuentes de abastecimiento al Municipio de Naucalpan, que son:Sistema Cutzamala, Pozos y Presa Madín.c).- Razones y motivos por los que se suspende el suministro de agua potable en alguna(s) colonia(s) y/o fraccionamiento(s), señalando con anticipación (hasta donde sea posible) el día , hora y el tiempo que durará el incidente, así como las medidas preventivas y las acciones de mitigación que el Organismo sugiera.

C.- NUEVOS DESARROLLOS.

1.- Aprobados en sesión de Cabildo con fecha 13 de septiembre de 2017 y publicados en la Gaceta Municipal No. 44 de fecha 21 de Septiembre de 2017.

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Acuerdo No. 295. Acuerdo Económico por el que se aprueba el “Plan Parcial de Incorporación Territorial “Centro Tecnológico de Investigación y Desarrollo para la Industria Automotriz”.

Acuerdo No. 296. Acuerdo Económico por el que se aprueba el “Plan Parcial Intraurbano las Margaritas”.

Acuerdo No. 297. Acuerdo Económico por el que se aprueba el “Plan Parcial de Incorporación Territorial “Centro de Servicios para la Atención Geriátrica”.

2.- Con fundamento en lo que se expone a continuación, es posible señalar que la aprobación de estos Planes Parciales se hicieron en contravención de la Política de Control (Saturado) y de la Estrategia de Ordenamiento Urbano señaladas en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano publicado en la Gaceta del Gobierno del 25 de Julio de 2007:

2.1 Política de Control

El Plan Estatal de Desarrollo Urbano y el Plan Regional de Desarrollo Urbano del Valle Cuautitlán – Texcoco, definen para el municipio de Naucalpan de Juárez, dentro del Sistema de Ciudades para el Estado y la Región, una Política de Control (saturado*), entendiendo con este término la obligación de ejercer una vigilancia

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estricta de los procesos de poblamiento por tener restricciones en la infraestructura vial y de servicios de agua potable.

………………….

Con base en lo señalado por las políticas tanto federales como estatales para la región metropolitana en la que se localiza Naucalpan, la única política aplicable para las áreas urbanizable programada y no programada, y la no urbanizable es la de control, por lo que los planes parciales, programas y proyectos, que para estas áreas se elaboren, deberán constreñirse a esta política. La finalidad es que la incorporación de áreas nuevas al desarrollo se podrá autorizar si y sólo si, se garantiza la creación de desarrollos sustentables, ecológicos, con densidades habitacionales y factores bajos de ocupación del suelo; así como la ampliación de la infraestructura vial que permita mejorar sustancialmente la movilidad de la población, tanto existente como nueva. De tal manera que no podrá haber crecimiento del área urbana si no se potencializa y articula en todos sus aspectos el suelo que pretenda desarrollarse.

2.2 Estrategias de Ordenamiento Urbano

En las Estrategias de Ordenamiento Urbano que se plantean en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano vigente, la condicionante más importante para la incorporación de suelo al desarrollo a través de Planes Parciales es la factibilidad de dotación y disponibilidad de servicios de agua potable y alcantarillado, la ampliación y creación de nueva infraestructura vial, hidráulica, sanitaria y eléctrica, procurando sistemas sustentables, de tal manera que no podrá ampliarse el área urbana sin las previsiones y acciones urbanas para evitar que su desarrollo impacte negativamente a la ya existente.

2.3 Es necesario reiterar que los planes parciales no podrán modificar las políticas y estrategias establecidas en los planes de los cuales derivan.

En este caso los planes parciales derivan del Plan Municipal de Desarrollo Urbano vigente estando por lo tanto sujetos a lo dispuesto en la Política de Control y a las Estrategias de Ordenamiento Urbano arriba mencionadas.

2.4 Cabe señalar que con base en el artículo 5.38 fracción II del Código Administrativo del Estado de México, el número de viviendas y de uso de suelo, será determinado en función de la factibilidad de agua potable y energía eléctrica que emitan las autoridades competentes, con lo que se asegura actuar en beneficio del interés general y no del desarrollador solicitante. 2.5 Como es fácil de deducir, las condicionantes más importantes para la incorporación de suelo al desarrollo, a través de planes parciales, es la factibilidad de dotación y disponibilidad de servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, hidráulica y sanitaria, así como infraestructura vial suficiente, eficiente y eficaz, red eléctrica, servicios que deben ser sustentables, de tal

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manera que no pueda ampliarse el área urbana sin las previsiones y acciones urbanas para evitar que el desarrollo impacte negativamente a la ya existente.

3. Mediante oficio No. FACT/DTF/005/2017 de fecha 16/I/2017, se emitió el Dictamen Técnico de Factibilidad, estableciendo la viabilidad para la prestación de los servicios de agua potable y drenaje para la construcción de un desarrollo en el predio ubicado en las fracciones I, II, 3A, 3B,3C, 3D, 3E, 3F, 4ª, 4B, 4C y V del predio conocido como la Barranca y Loma Plana o el Cristo; el proyecto contempla lo siguiente:

Superficie del terreno 1,951,510.00 m2

Número de viviendas residencial alto 2,850 ViviendasNúmero de viviendas residencial medio 3,180 ViviendasSuperficie de Oficinas y Comercio 295,200.00 m2

Superficie de Comercio 295,550.00 m2

El predio se ubica en el Sector V, el cual se abastece del Tanque “Lomas Verdes Alto”.

A través del convenio DG/FACT/CONV/005/2017 se da cumplimiento al Dictamen de Factibilidad No. DG/FACT/DTF/005/2017 y respecto al Servicio de Agua Potable; el particular deberá realizar la perforación y equipamiento por su cuenta de los pozos necesarios para proporcionar el servicio de agua potable los cuales deberá cubrir el doble de la demanda máxima diaria, mismos que deberán ser cedidos al Organismo para su operación y mantenimiento, pozos que junto con el rebombeo correspondiente, podrán alimentar al conjunto, cuya dotación teórica estimada de acuerdo a la información ingresada al Organismo es de 346.33 litros por segundo, siendo importante comentar que el Particular deberá gestionar ante la Comisión Nacional de Agua todo lo relativo a los trámites de permisos de perforación, una vez obtenidos los permisos correspondientes el Organismo iniciará los trámites de la reasignación de los títulos de concesión necesarios, una vez concluido lo anterior el Particular entregará al Organismo, en calidad de donación los pozos y su equipamiento , una vez terminados y probados los sistemas, debiendo encontrarse éstos libres de gravamen, de igual manera emitirá el título de propiedad del predio donde se encuentran las instalaciones a favor del Organismo, sin limitación alguna, siendo importante comentar que dichas instalaciones deberán contar con el servicio de suministro de energía eléctrica.

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Como puede observarse en las imágenes anteriores, la zona donde se encuentra este predio (al Poniente de Naucalpan, muy cerca de Atizapán de Zaragoza), corresponde al Acuífero de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México

Observaciones.

1.- Las dos imágenes digitalizadas que a continuación se muestran, corresponden a información publicada en el Diario Oficial de la Federación del 20 de Abril de 2015

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2.- Recarga Artificial del Acuífero del Valle de México.

(Fuente: Memorias del Taller RECARGA ARTIFICIAL DEL ACUÍFERO DEL VALLE DE MÉXICO. 8 de Junio de 2017. Red del Agua UNAM)

Cabe señalar que los primeros registros de la aplicación de la Recarga Artificial al agua subterránea del Valle de México datan del año 1943; destacan tres períodos característicos de la Recarga Artificial en el Valle de México:

I.- Comprendido entre los años 1940 a 1980, en el cual sobresalía la utilización de vasos de almacenamiento y pozos de absorción, que tenían como principal fuente de alimentación el agua proveniente de la lluvia, los escurrimientos y los embalses. Se promovía la infiltración natural a través de obras de anegamiento (desviación del Río Magdalena hacia los basaltos de San Ángel logra infiltrar 73.5 millones de metros cúbicos de 1944 a 1970; se ponen en marcha los primeros pozos de absorción <En el Jardín de San Fernando, Paseo de la Reforma y Parque Hundido y Vallejo cuyos caudales rondaban los seis lps>; al final de esta etapa destaca la infiltración en las Barrancas Mixcoac, de 1965 a 1975. El dispositivo consistió en tres pozos de absorción que infiltraba el agua proveniente del embalse a razón de 300 lps por pozo. Su clausura se debió a la contaminación del almacenamiento de la presa, originada por la descarga de aguas residuales).

II.- En la etapa situada entre los años 1980 y 2000, se agregó a los vasos de almacenamiento la implementación de pozos de inyección y lagunas o embalses que infiltraban principalmente agua residual tratada. El primer caso destacado es ubicado en el Lago de Texcoco, en el cual se instalaron tres pozos de inyección a 200 metros de profundidad, posteriormente se readapta el pozo San Luis Tlaxialtemalco para inyectar agua residual tratada a razón de 100 lps, destacan también el caso de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Cerro de la Estrella, en la cual se instaló una batería de nueve pozos que inyectaban un caudal total de 410 lps; se establece por primera vez la infiltración de agua residual tratada a través de de una laguna de infiltración que permitía la circulación de 1,000 lps,

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también se destaca el caso del pozo SC-6 (ubicado en el Suroeste de la Sierra de Santa Catalina).

Hubo un anteproyecto en 1995, en el cual se propuso la infiltración de agua residual tratada para lograr una recarga de 1057 lps, a través de pozos de inyección en diez plantas de tratamiento (PTAR Ciudad Deportiva, PTAR Acueducto de Guadalupe, PTAR Bosques de la Lomas, PTAR Campo Militar, PTAR San Juan Ixtayopan, PTAR Abasolo, PTAR H. Colegio Militar, PTAR Parres, PTAR San Miguel Xicalco, y PTAR Santa Fe)

III.- 2,000 - 2017, aunados a los dispositivos anteriormente, mencionados, se plantea la propuesta de la utilización de humedales. En 2012 la CNA (Comisión Nacional del Agua) inicia el proyecto de pruebas de recarga instantánea y a corto plazo (activa y pasiva) referente al proyecto piloto de recarga artificial El Caracol. Las zonas potenciales para llevar a cabo la recarga, se identificaron cuatro sitios viables: El Cerro de Chiconautla, la Zona Agrícola Los Héroes Tecámac, El Caracol y la Sierra de Guadalupe.

El Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACM) emprendió un estudio de gran visión de recarga artificial de acuíferos a partir de agua de lluvia y residual potabilizada; se identifica la implementación de Lagunas de Regulación y Humedales Artificiales en el corredor Eco – Turístico Xochimilco – Tláhuac, y la utilización de represas en el Ajusco medio, combinadas con pozos de absorción.

El proyecto de infiltración contempla seis fuentes potenciales de agua de recarga, provenientes de las plantas Cerro de la Estrella, San Lorenzo, San Luis Tlaxiatemalco, La Lupita, El Llano y Mixquic, con un gasto potencial de 3,545 lps. De acuerdo con los análisis geológicos, las zonas aptas para la recarga a través de estos dispositivos son la Sur y algunas zonas urbanizadas y sin servicios de drenaje, con la finalidad de encauzar el agua de lluvia hacia los pozos.

De manera general, la situación que guardan la mayoría de los planes de recarga artificial en el Valle de México se encuentran en calidad de anteproyecto. Del total de proyectos identificados, 59 % se encuentran en gestión o estudio, 35 % se encuentran instalados pero fuera de operación y sólo el 6 % restante opera (Corresponde a los pozos de absorción en la zona metropolitana).

3.- Si las condicionantes más importantes para la incorporación de suelo al desarrollo, a través de planes parciales, es la factibilidad de dotación y disponibilidad de servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, hidráulica y sanitaria, así como infraestructura vial suficiente, eficiente y eficaz, red eléctrica, servicios que deben ser sustentables, cabe hacer las siguientes preguntas:

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3.1 ¿Por qué NO, antes de que la Dirección General de Desarrollo Urbano haga la consulta y las audiencias públicas para aprobar un determinado Plan Parcial, y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano emita el correspondiente Dictamen de Congruencia, El Particular “consigue” la factibilidad y disponibilidad de los servicios, es decir, cumple con las condicionante señaladas?.

3.2 ¿Qué hará la Dirección General de Desarrollo Urbano toda vez que ya se emitió el acuerdo de cabildo mediante el cual se aprueba determinado Plan Parcial y el Particular No logra cumplir con las condicionantes?

3.2.1 ¿El Ayuntamiento buscará solventar dichas condicionantes “sacrificando” a los asentamientos autorizados existentes, por ejemplo: con la reducción del recurso hídrico limitado, o proporcionando a los nuevos usuarios, agua en pipas?

4. En la práctica, este tipo de desarrollos trae más problemas que beneficios ante la nula disponibilidad real de servicios.

D.- SUGERENCIAS PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD HÍDRICA:

(Se dan humildemente y sin que seamos expertos en la materia ni mucho menos, las siguientes sugerencias, con el único afán de querer ayudar a que el OAPAS logre garantizar la Seguridad Hídrica que todos deseamos).

1 Tomando en consideración que la fuente principal para el abastecimiento de agua a Naucalpan lo constituye el Sistema Cutzamala, con la finalidad de reducir la Brecha Hídrica (diferencia entre la oferta y la demanda), creemos que sería conveniente considerar lo siguiente:

1.1 Aguas Superficiales.- En el Municipio de Naucalpan hay los siguientes

a). Ríos: Chico de los Remedios, Verde, Hondo, Totolica y San Mateo, y

b). Presas: San Joaquín, Totolinga, Los Cuartos, El Colorado, Las Julianas, Tenantongo, El Sordo y Madín.

Sin embargo tienen agua de mala calidad lo que limita su aprovechamiento, están contaminadas con desechos sólidos y por descargas residuales sin tratamiento.

Se sugiere llevar a cabo una campaña de sensibilización ciudadana para que se deje de contaminar estos cuerpos de agua y poderlos utilizar.

1.2 Aguas Subterráneas.- En el Municipio de Naucalpan se extrae agua del acuífero “Zona Metropolitana de la Ciudad de México (ZMCDM)” y este opera con déficit de más de 591 millones de m3 de agua, determinado este como la diferencia entre la recarga menos el volumen concesionado.

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a) Se sugiere a quien corresponda (probablemente a CONAGUA) recargar artificialmente este acuífero mediante los dispositivos y procedimientos propuestos en el que se juzgue el mejor proyecto existente.

b) Extraer agua de un acuífero más profundo que el actual de la ZMCDM.

1.3 Se pierde del orden del 40 % del caudal suministrado por fugas en la Red Hidráulica que tiene una antigüedad mayor a 30 años.

Se sugiere modernizar y rehabilitar con mejores materiales la Red Hidráulica existente.

1.4 Se sugiere incrementar la oferta de agua mediante:

a). La recuperación de seis pozos de los 61 existentes en Naucalpan.

b). Instalación de más Plantas de Captación de agua Pluvial ( La Precipitación promedio anual en Naucalpan es: 807 mm Precipitación mínima promedio: 570 mm).

c). Promoción de proyectos para captación de aguas pluviales a nivel Comunidad (Fraccionamiento, Pueblo o Colonia).

d). Instalación de más plantas de tratamiento de aguas residuales para Reutilizar el agua residual tratada (En Naucalpan, se estima que se trata del orden de 1.71 % de las aguas residuales generadas).

2 Se sugiere fomentar la educación y conocimiento hídrico de la población para contribuir en la formación de una cultura del agua tendiente a modificar los hábitos de uso y consumo y para la detección y eliminación de fugas en el hogar.

3 Bajo bases reales y comprometidas con el bienestar de la población, se sugiere definir y respetar los límites de crecimiento urbano en el territorio Municipal en términos de disponibilidad de agua.

4 Para garantizar la Seguridad Hídrica, se sugiere crear la infraestructura para almacenar agua potable con la finalidad de ser utilizada en época de estiaje y situaciones de emergencia.

NOTA.- Las campañas que se proponen en los puntos D 1.1 y 2, se pueden reforzar a través de los (en teoría) 240 COPACI´s, del Municipio de Naucalpan y los consumidores de servicio social, Colegios e Iglesias y finalmente por medio de pequeños mensajes en los recibos de consumo bimestral.

Con base en todo lo expuesto fundado y motivado, hacemos las siguientes

PETICIONES19

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PRIMERA.- Que tenga a bien señalar si las cifras mostradas en relación a los caudales suministrados al Estado de México por el Cutzamala, al porcentaje de almacenamiento de las presas del Sistema Cutzamala, disponibilidad media anual de agua en los acuíferos Valle de Toluca y Zona Metropolitana de la Ciudad de México (Valle de México), cantidad de pozos en funcionamiento (pozos que obtienen el agua de dichos acuíferos), y Mm3 de agua potable extraídos mediante dichos pozos, son ciertas.

SEGUNDA.- Con fundamento en el artículo 14 Bis 5 fracción XIX de la Ley de Aguas Nacionales, que nos diga las razones por las que el Municipio de Naucalpan está bajo la política de racionamiento de agua potable la cual endureció en los últimos cuatro meses del 2017, si como se puede comprobar las presas del Sistema Cutzamala en los últimos tres meses del 2017 han tenido porcentajes de almacenamiento del orden del 93.41%, 90.23% y 85.92% respectivamente aceptando que su tendencia es a la baja.

Observaciones

Los datos siguientes se deducen de la imagen proporcionada por el OAPAS en su oficio DCOH/SO/DAP/2547/2017 de fecha 8 de Noviembre de 2017:

1.- Al dejar de alimentar al Tanque San Mateo 80 lps de agua potable (30 lps de la Línea “B” del Cutzamala y 50 lps del Tanque Lomas Verdes Bajo <procedentes del Cutzamala>, no se derivan 30 lps al Tanque Almendros, el cual alimenta a su vez con 15 lps al Tanque Retamas.

2.- El efecto global es que se dejan de suministrar:

A la Colonia San Mateo Nopala Zona Sur, Fraccionamientos Prado San Mateo y Laderas de San Mateo, en total 25 lps procedentes directamente del Tanque San Mateo.

Al Fraccionamiento Valle de San Mateo, 25 lps procedentes directamente del Tanque San Mateo.

NOTA.- El Fraccionamiento Valle de San Mateo, pertenece al Sector V Lomas Verdes y es abastecido por el pozo Boulevares Yaqui, por lo que solicitamos que se aclare el destino de estos 25 lps de agua potable.

A las partes media y baja del Fraccionamiento Lomas de San Mateo, 15 lps procedentes del Tanque Almendros.

A la parte alta del Fraccionamiento Lomas de San Mateo, a los Fraccionamientos Rinconada San Mateo y la Atalaya, en total 15 lps procedentes del Tanque Retamas.

TERCERA.- Que el suministro de agua potable mediante el Tanque San Mateo al que se alimenta con 80 lps, en la zona del Fraccionamiento Lomas de San Mateo), sea de forma continua o bien, si por causas de fuerza mayor fuera

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necesario disminuir el tiempo que OAPAS nos abastece de agua potable, que el tiempo de abastecimiento sea el mayor posible diariamente y que se haga de nuestro conocimiento el programa de tandeo en su caso, con la finalidad de que la ciudadanía pueda organizarse y realizar sus actividades domésticas cotidianas de manera racional,

CUARTA.- Que el OAPAS NO emita ningún dictamen de factibilidad para la autorización de nuevos desarrollos e incluso, sean revocados los acuerdos de Cabildo de NAUCALPAN No.:

295 Acuerdo Económico por el que se aprueba el “Plan Parcial de Incorporación Territorial “Centro Tecnológico de Investigación y Desarrollo para la Industria Automotriz”., 296 Acuerdo Económico por el que se aprueba el “Plan Parcial Intraurbano las Margaritas”., y 297 Acuerdo Económico por el que se aprueba el “Plan Parcial de Incorporación Territorial “Centro de Servicios para la Atención Geriátrica

Hasta que se compruebe fehacientemente la existencia del recurso hídrico en los caudales correspondientes, obtenidos por la perforación de nuevos pozos, porque según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 20 de Abril de 2015 la disponibilidad media anual de agua del acuífero Zona Metropolitana de la Ciudad de México de donde se podría obtener este recurso, se encuentra en déficit y con nula disposición de agua.

QUINTA.- Considerando que el Derecho al Agua es un beneficio colectivo y que la Ley de Aguas Nacionales ha establecido los usos preferenciales siendo estos: Doméstico y Público Urbano, que se distribuya el caudal de agua disponible de manera racional y equitativa en el orden preferencial mencionado, excluyendo la posibilidad de que pueda otorgarse atendiendo a intereses particulares o de grupos minoritarios.

SEXTA.- Con fundamento en el artículo 4 sexto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 45 fracciones I y II de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios, evitar “sacrificar” a los consumidores de agua potable existentes, disminuyendo los caudales con que actualmente se abastecen, para proporcionarlos a los nuevos desarrollos aludiendo al Derecho de toda persona al Agua, con lo cual se agrava el problema actual.

A T E N T A M E N T E.

Ing. Alfredo HerreraRepresentante común.

Tel. celular: 55 5414 3429

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CCP.- C. LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA. Gobernador Constitucional del Estado de México. Presente. Con todo respeto nos dirigimos a usted con la finalidad de solicitarle que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano y sus dependencias, NO emitan ningún Dictamen de Congruencia en el caso de Desarrollos Habitacionales ubicados en los Municipios abastecidos por el Sistema Cutzamala y señalados bajo Política de Control en el Plan Regional de Desarrollo Urbano del Valle Cuautitlán – Texcoco conforme al siguiente cuadro:

Porque: 1.- La demanda actual de agua potable es mayor a su disponibilidad, trátese del

Sistema Cutzamala, de Pozos Propios que extraen el agua de los Acuíferos Zona Metropolitana de la Ciudad de México y/o del Valle de Toluca o bien de la Presa Madín, porque en este caso, su disponibilidad está limitada por su Planta Potabilizadora..

2.- Se atentaría contra el Derecho al Agua en cantidad suficiente y necesaria para satisfacer las necesidades de este recurso de la población actual, pues la disponibilidad de agua por habitante disminuiría en la medida que se otorguen

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autorizaciones para nuevos Desarrollos Habitacionales que no sean autosustentables.

3.- Es necesario que responsablemente, bajo bases reales y comprometidas con el bienestar de la población, se “definan y respeten” los límites de crecimiento urbano en el Territorio tanto Estatal como en el Municipal, en términos de disponibilidad de agua .

C. LIC. EDGAR ARMANDO OLVERA HIGUERA. Presidente Constitucional del Municipio de Naucalpan de Juárez, México. Presente. Con el respeto que nos merece, nos dirigimos a usted, para solicitar atentamente su intervención a efectos de que:

A.- La Dirección General de Desarrollo Urbano no inicie ninguna consulta pública relacionada con Planes Parciales para la creación de nuevos Desarrollos Habitacionales sin contar con las factibilidades de Agua, Drenaje, Electricidad y resuelto el problema de Movilidad correspondientes.

B.- Que el Cabildo de Naucalpan No apruebe ningún Plan Parcial para nuevos Desarrollos Habitacionales, porque:a).- Se viola la Política de Control a la que está sujeto el Municipio de

Naucalpan, establecida desde 2005 en el Plan Regional de Desarrollo Urbano del Valle Cuautilán – Texcoco y en 2007 en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Naucalpan.

b).- Se viola la Estrategia de Ordenamiento Urbano señaladas en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano publicado en la Gaceta del Gobierno del 25 de Julio de 2007, porque:

Dicha estrategia establece que “la condicionante más importante para la incorporación de suelo al desarrollo a través de Planes Parciales es la factibilidad de dotación y disponibilidad de servicios de agua potable y alcantarillado, la ampliación y creación de nueva infraestructura vial, hidráulica, sanitaria y eléctrica, procurando sistemas sustentables, de tal manera que no podrá ampliarse el área urbana sin las previsiones y acciones urbanas para evitar que su desarrollo impacte negativamente a la ya existente”.

C. ING. LUIS HERNÁNDEZ TREJO. Sexto Regidor del Municipio de Naucalpan de Juárez, México en su carácter de Presidente de la Comisión Edilicia del Agua, Drenaje y Alcantarillado. Presente. Para solicitarle atentamente su intervención a efectos de que No se otorguen factibilidades de dotación y servicios de agua potable, drenaje y alcantarillado en relación a autorizaciones para Nuevos Desarrollos Habitacionales, porque como es de su conocimiento la disponibilidad del agua es menor a la demanda.

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