Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se...

41
Grupo Funcional Desarrollo Social 1 Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades Programa de Apoyo Alimentario Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 11-0-20G00-02-0442 DS-068 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017. Objetivo Fiscalizar la gestión financiera del presupuesto asignado en el Programa de "Apoyo Alimentario" para verificar que los recursos se ejercieron y registraron conforme a los montos autorizados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas aplicables. Alcance Miles de Pesos Universo Seleccionado 3,695,138.2 Muestra Auditada 3,695,138.2 Representatividad de la Muestra 100.0 % Se revisó el trámite de la solicitud, autorización y ministración del 100.0% de los subsidios concedidos a los beneficiarios del Programa de Apoyo Alimentario, por 3,695,138.2 miles de pesos, y que se registraron como ejercidos en la partida 43101 "Subsidios a la Producción". Antecedentes El Gobierno Federal atiende, a través del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades (PDHO), a 5.8 millones de familias, las cuales reciben apoyos en efectivo y en especie para mejorar su educación, salud y nutrición; no obstante lo anterior, hay un número importante de familias que pese a que forman parte de su población objetivo, no pueden ser atendidas por el PDHO, en virtud de que para su operación se requiere de la existencia de servicios de salud y educación, los cuales no están disponibles para la totalidad de la población del país. Ello contribuye al hecho de que la desnutrición y la anemia sigan siendo un problema de salud pública, especialmente en los menores y las mujeres en edad fértil. Bajo esta necesidad y como parte de la estrategia del Ejecutivo Federal para promover acciones para mejorar la alimentación y la nutrición en las familias en condiciones de pobreza en el medio rural y que además no contaban con el apoyo de ningún otro programa social, en 2003 surge el Programa de Apoyo Alimentario (PAL).

Transcript of Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se...

Page 1: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

1

Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades

Programa de Apoyo Alimentario

Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 11-0-20G00-02-0442

DS-068

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017.

Objetivo

Fiscalizar la gestión financiera del presupuesto asignado en el Programa de "Apoyo Alimentario" para verificar que los recursos se ejercieron y registraron conforme a los montos autorizados y de acuerdo con las disposiciones legales y normativas aplicables.

Alcance

Miles de Pesos Universo Seleccionado 3,695,138.2 Muestra Auditada 3,695,138.2 Representatividad de la Muestra 100.0 %

Se revisó el trámite de la solicitud, autorización y ministración del 100.0% de los subsidios concedidos a los beneficiarios del Programa de Apoyo Alimentario, por 3,695,138.2 miles de pesos, y que se registraron como ejercidos en la partida 43101 "Subsidios a la Producción".

Antecedentes

El Gobierno Federal atiende, a través del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades (PDHO), a 5.8 millones de familias, las cuales reciben apoyos en efectivo y en especie para mejorar su educación, salud y nutrición; no obstante lo anterior, hay un número importante de familias que pese a que forman parte de su población objetivo, no pueden ser atendidas por el PDHO, en virtud de que para su operación se requiere de la existencia de servicios de salud y educación, los cuales no están disponibles para la totalidad de la población del país. Ello contribuye al hecho de que la desnutrición y la anemia sigan siendo un problema de salud pública, especialmente en los menores y las mujeres en edad fértil.

Bajo esta necesidad y como parte de la estrategia del Ejecutivo Federal para promover acciones para mejorar la alimentación y la nutrición en las familias en condiciones de pobreza en el medio rural y que además no contaban con el apoyo de ningún otro programa social, en 2003 surge el Programa de Apoyo Alimentario (PAL).

Page 2: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

2

La población objetivo del PAL son los hogares en localidades de menos de 2,500 habitantes de alta y muy alta marginación que no reciben beneficios de otros programas alimentarios del Gobierno Federal. Este programa en su inicio quedó a cargo de DICONSA, S.A. de C.V., debido a que esta empresa contaba con la infraestructura de almacenes, tiendas y equipo de transporte para operar en las zonas rurales.

A partir del 1o. de enero de 2010, cambia su adscripción a la CNPDHO dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), como unidad responsable de su operación.

En 2011, el objetivo general del PAL fue "Contribuir al desarrollo de las capacidades básicas de los beneficiarios, mediante la realización de acciones que permitan mejorar su alimentación y nutrición, en particular de los niños menores de 5 años y de las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia."

La población objetivo del programa son los hogares cuyos ingresos no exceden la línea de Bienestar Mínimo, así como aquellos que sin exceder la condición de pobreza, presentan características socioeconómicas y de ingreso insuficientes para invertir en el desarrollo adecuado de las capacidades de sus integrantes y que no son atendidos por el PDHO.

La cobertura del Programa es en localidades tanto del ámbito rural como del urbano donde habita la población objetivo de las 32 entidades federativas del país. Los apoyos otorgados por el PAL en 2011 y sus características se detallan a continuación:

Page 3: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

3

APOYOS DEL PAL 2011 Y SUS CARACTERÍSTICAS

Tipo de Apoyo Monto del Apoyo Descripción Alimentario (Monetario)

285 pesos por familia al mes y con entregas bimestrales.

Para contribuir a mejorar la cantidad, calidad y diversidad de su alimentación.

Alimentario Vivir Mejor (Monetario)

120 pesos por familia al mes y con entregas bimestrales.

Para compensar a las familias beneficiarias por el efecto del alza internacional de los precios de los alimentos básicos.

Infantil Vivir Mejor (Monetario) Apoyo Especial para el Tránsito Al Programa de Oportunidades (Monetario)

105 pesos por familia al mes y con entregas bimestrales por niño de 0 a 9 años (hasta tres por familia). 405 pesos por familia al mes y con entregas bimestrales, máximo dos bimestres.

Para fortalecer el desarrollo de los hijos menores de cero a nueve años (hasta tres apoyos por familia). Se entregara a la beneficiaria del Programa mientras se realiza el traspaso al Programa Oportunidades, con el objeto de proteger su economía.

En especie Suplementos alimenticios 10 sobres de complemento

nutricional por cada niño mayor a 6 meses y menor a 2 años. 10 sobres de leche fortificada para cada niño entre 2 y 5 años de edad. 10 sobres de complemento nutricional para cada mujer embarazada o en periodo de lactancia.

Para reforzar la alimentación infantil, así como de las mujeres embarazadas en periodo de lactancia.

FUENTE: Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Apoyo Alimentario, para el Ejercicio Fiscal 2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2010.

Para seleccionar las localidades del país donde se lleva a cabo la identificación de nuevas familias para incorporarlas al PAL, se toma en cuenta la totalidad de localidades del país, teniendo prioridad aquellas que no cuentan con apoyo del PDHO, así como las localidades donde no existe capacidad de atención de los servicios de salud y educación. En cada localidad seleccionada se evalúa individualmente la información socioeconómica proporcionada por cada familia. Una vez seleccionadas las localidades, la unidad responsable del programa se encarga de la recolección, captura, procesamiento, resguardo y análisis de la información socioeconómica proporcionada por las familias, la cual se registra en forma de cuestionario homogéneo a nivel nacional para cada uno de los hogares dentro del contexto rural, semiurbano y urbano. La incorporación de las familias se confirma cuando se determina su elegibilidad considerando la disponibilidad presupuestal del PAL.

Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una edad de 15 o más años. La entrega de apoyos monetarios es bimestral, a través de las liquidadoras, mediante entregas directas en efectivo o depósito en cuenta personalizada, en los módulos de entrega de apoyo instalados en las sucursales de las liquidadoras o las situadas temporalmente para tal efecto. Los apoyos en especie también se entregan preferentemente de manera bimestral, en función de las alternativas de distribución.

Page 4: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

4

Por último, es necesario señalar que así como se tiene derecho a este beneficio también existen causales y motivos para la suspensión de los apoyos monetarios y en especie de las familias beneficiarias.

Resultados

1. El Manual de Organización Específico de la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades (CNPDHO), vigente en el ejercicio 2011, se elaboró de acuerdo con la estructura básica autorizada y registrada en la Secretaría de la Función Pública (SFP) el 1 de junio de 2010, así como de conformidad con las atribuciones de la CNPDHO, contenidas en el Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), publicado en el Diario Oficial de la Federación del 19 de julio de 2004, vigente en 2011.

Asimismo, el manual de referencia fue autorizado mediante el oficio circular núm. 100.189, de fecha 16 de agosto de 2011, signado por el Titular del Ramo, y se publicó para su difusión en la normateca interna de la institución a partir de agosto de 2011; sin embargo, dicho manual sólo contiene las funciones referentes al PDHO sin considerar expresamente las relacionadas con el PAL.

Por otro lado, el Manual de Procesos y Procedimientos Sustantivos y de Soporte de la CNPDHO, vigente en 2011, no está actualizado ni autorizado por las áreas competentes. Al respecto, actualmente se está elaborando el Manual de Procedimientos para la Operación, Administración, Control y Pago del Programa de Apoyo Alimentario (PAL), en el que se tiene programado implementar 42 procedimientos; proceso que se estimó concluir en agosto de 2012. No obstante, a septiembre de 2012 sólo se han validado internamente cuatro procedimientos.

Es importante mencionar que la CNPDHO cuenta con el documento denominado "Manual del Proceso Operativo de Incorporación de Familias" que incluye al PAL; también elaboró un instructivo para el promotor social del proceso operativo de incorporación de familias beneficiarias del PDHO y del PAL, y se comprobó la existencia del "Manual Ciudadano", cuyo objeto es dar a conocer a la población en general todos los programas sociales del Ramo 20 a cargo de la SEDESOL, documento que incluye al PAL, el cual se difundió a la población en enero de 2011.

Cabe señalar que el Manual del Proceso Operativo de Incorporación de Familias y el instructivo referido están validados por el Titular de la CNPDHO; sin embargo, no están autorizados y registrados por la Dirección General de Organización de la Coordinadora Sectorial ni por el Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI), este último constituido para revisar y dictaminar los proyectos normativos como parte del proceso de calidad regulatoria.

Por otra parte, los servidores públicos de la CNPDHO manifestaron que actualmente no es posible generar un manual de procedimientos que incluya las funciones y actividades del PAL, debido a que el Manual de Organización Específico no lo contempla, en virtud de que el programa no tiene estructura. Al respecto, con el oficio núm. OM/DGPP/410.70/781/12 del

Page 5: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

5

28 de septiembre de 2012, la Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPP) solicitó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) la autorización para la creación de 75 plazas de estructura que se encargue de operar el PAL; sin embargo, mediante el oficio núm. 312.A-003908 del 8 de octubre de 2012, remitió respuesta en el sentido de “…que no es posible atender su petición, en virtud de que el Ramo 20 Desarrollo Social, no dispone de recursos presupuestarios para la creación de plazas, de conformidad con el Anexo 6 “Previsiones Salariales y Económicas” del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012”.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-01-001

2. Se constató que previamente a la emisión de las reglas de operación del PAL, se obtuvo de la SHCP la autorización presupuestaria correspondiente, según consta en el oficio núm. 312-A-3662 del 7 de diciembre de 2010; asimismo, se contó con el dictamen del COMERI concedido mediante el oficio núm. COFEME/10/3846 del 7 de diciembre de 2010, el cual fue recibido por la SEDESOL el 21 de diciembre de ese año. Además, se comprobó que el Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Apoyo Alimentario, para el Ejercicio Fiscal 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 2010.

3. De acuerdo con lo reportado en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2011, el presupuesto original autorizado en el PAL ascendió a 4,099,780.0 miles de pesos (incluye 154,123.0 miles de pesos de la partida 12101 "Honorarios" y 3,945,657.0 miles de pesos de la partida 43101 "Subsidios a la Producción"), el cual se modificó con reducciones internas y externas netas por 404,641.8 miles de pesos, lo que dió como resultado un presupuesto modificado de 3,695,138.2 miles de pesos, los cuales se ejercieron en su totalidad.

Sobre el particular, se constató que el monto del presupuesto original autorizado en el PAL (4,099,780.0 miles de pesos) coincidió con el señalado en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2011, aprobado por la Cámara de Diputados, y que mediante el oficio núm. OM/400/0600/10 del 22 de diciembre de 2010, el Oficial Mayor de la SEDESOL comunicó a la CNPDHO la asignación de su presupuesto autorizado para el ejercicio 2011, así como, la calendarización aprobada de los recursos, la cual se publicó con fecha 28 de diciembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federación.

Por otro lado, se constató que el presupuesto modificado por 3,695,138.2 miles de pesos se sustentó, registró y autorizó en el Módulo de Adecuación Presupuestaria (MAP) del Sistema para el Proceso Integral de Programación y Presupuesto (SPIPP) de la SHCP, una vez que cumplieron con todos los requisitos establecidos para ello.

Asimismo, se comprobó que las cifras del presupuesto original, modificado y ejercido en el PAL, que se reportaron en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2011, coincidieron con las registradas por la Dirección General de Administración y Finanzas (DGAF) en los auxiliares presupuestarios y en el Estado del Ejercicio del Presupuesto al 31 de diciembre de 2011.

Page 6: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

6

Por otra parte, se comprobó que el importe de las 1,517 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) que sustentaron la ministración de los recursos asignados al PAL ascendió a 4,027,571.4 miles de pesos; importe que fue disminuido por los reintegros a la Tesorería de la Federación (TESOFE), por 332,461.0 miles de pesos, que se realizaron durante el transcurso del ejercicio fiscal 2011, por los recursos no devengados por concepto de subsidios y gastos indirectos, los cuales se soportaron en los correspondientes formatos genéricos, fichas de depósito a favor de la TESOFE y transferencias electrónicas, más una CLC por 27.8 miles de pesos, mediante la cual se realizó una rectificación de recursos del PDHO (S 072) al PAL (S 118).

Al respecto, se comprobó que las CLC se registraron en el Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), en el Sistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto (SPIPP) y en el Sistema Integral de Presupuesto y Contabilidad (SIPREC) en tiempo y forma. Además, se confirmó que se respaldaron en los 44 oficios de autorización de afectación presupuestal.

4. Como resultado del análisis a la calendarización mensual del presupuesto original, modificado y ejercido del PAL, correspondiente al ejercicio fiscal 2011, se determinó que la SHCP autorizó en la partida presupuestaria 43101 "Subsidios a la Producción" un presupuesto original de 3,618,289.7 miles de pesos, el cual tuvo ampliaciones por 106,971.3 miles de pesos y reducciones por 448,427.0 miles de pesos, lo que dio un presupuesto modificado de 3,276,834.0 miles de pesos, cifra que se ejerció en su totalidad; sin embargo, se determinó que la ministración de los recursos asignados al PAL no se realizó conforme al calendario del presupuesto autorizado por la SHCP, ya que no se efectuó en los meses y por las cantidades autorizadas, como se muestra a continuación:

CALENDARIZACIÓN DEL PRESUPUESTO DE LA PARTIDA PRESUPUESTARIA 43101 "SUBSIDIOS A LA PRODUCCIÓN"

(Miles de pesos)

Mes Presupuesto

original Ampliaciones Reducciones Modificado Ejercido Disponibilidad

Enero 534,460.5 534,460.5 534,460.5

Febrero 556,013.1 74,472.0 481,541.1 481,541.1

Marzo 74,691.3 10,569.2 64,122.1 41,538.8 22,583.3

Abril 602,590.1 602,590.1 564,435.5 60,737.9

Mayo 32,280.0 32,280.0 93,018.0

Junio 524,805.1 2,335.4 522,469.7 518,043.3 4,426.4

Julio - 4,426.4

Agosto 568,676.5 80,801.0 487,875.5 463,482.5 24,393.0

Septiembre - 24,393.0

Octubre 831,744.4 280,249.4 551,495.0 506,676.1 44,818.8

Noviembre - 0.0 44,818.8

Diciembre - 44,818.8

Sumas 3,618,289.7 106,971.3 448,427.0 3,276,834.0 3,276,834.0

FUENTE: Presupuesto original y ejercido calendarizado del Programa de Apoyo Alimentario 2011.

Page 7: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

7

Asimismo, se observaron subejercicios en los meses de marzo, abril, junio, agosto, octubre y noviembre de 2011, que se subsanaron al término del ejercicio; lo que denota deficiencias en la programación de los recursos.

Al respecto, la Dirección General de Padrón y Liquidación (DGPL) de la CNPDHO señaló que la calendarización bimestral de los recursos de subsidios asignados en el dígito 1 de la partida "43101 Subsidios a la Producción al Consumo" responde a las necesidades para la dispersión bimestral de los recursos a los beneficiarios, conforme a los plazos establecidos en las Reglas de Operación del PAL (bimestral). El cálculo de los apoyos se realiza de manera anticipada (en el mes inmediato anterior al bimestre siguiente) y se entrega el recurso a la institución liquidadora en el último día hábil del mes del cálculo de apoyos, con excepción del primer bimestre donde los recursos se depositan en los primeros días del bimestre por corresponder al inicio de un ejercicio fiscal, lo que permite que la entrega de apoyos empiece a partir del séptimo día hábil del bimestre, no obstante, enfatizó que el resto de los recursos asignados al programa se calendariza mensualmente a fin de dar cumplimiento a la normativa.

De los subejercicios resultantes entre los recursos calendarizados y ejercidos, la DGPL indicó que obedecen principalmente a las variaciones bimestrales en el comportamiento del Padrón de Beneficiarios, derivadas de las altas y bajas del padrón. En la Cuenta Pública 2011 se registraron altas de 386,292 y bajas de 305,096 familias beneficiarias; de estas últimas sólo una parte de ellas estaba programada, ya que se realiza una estimación del comportamiento bimestral que tendrá el Padrón de Beneficiarios, con el propósito de estimar los requerimientos presupuestales, sin contar con mejores datos que permitan evaluar con mayor precisión el número de familias que transitarán al PDHO, ni el número de familias que presentarán las actas de nacimiento de sus integrantes para la recepción del apoyo infantil vivir mejor, o por no cumplir con los criterios de elegibilidad. Además, señaló que en 2011 se llevó a cabo el proceso de bancarización y que la dispersión de los apoyos monetarios se realizó hasta que la institución liquidadora confirmó que la titular beneficiaria recibió la tarjeta bancarizada.

De lo anterior se concluye que se aclara lo correspondiente a la calendarización bimestral de los recursos del PAL y los subejercicios que se dieron en el transcurso del año; no obstante, no se justificó por qué en los meses de marzo, mayo, julio, septiembre y diciembre se entregaron recursos a la institución liquidadora sin respetar la calendarización bimestral de los recursos autorizados.

La Dirección General de Administración y Finanzas (DGAF), mediante el oficio núm. DGAF/1617/2012 de fecha 26 de noviembre de 2012, remitió el oficio núm. DGPL/2660/2012 signado por la DGPL en el que manifestó diversas circunstancias que provocaron en el ejercicio fiscal 2011 realizar depósitos en meses distintos a los previstos en el calendario presupuestal realizando para ello adelantos de calendario, por lo siguiente:

• Variaciones del Padrón de Beneficiarios.

• Emisión de listados de liquidación complementarios producto principalmente de la bancarización.

Page 8: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

8

• Presentación de facturación por parte de las liquidadores por concepto de los servicios de abastecimiento de apoyos en especie, para el trámite de pago.

Por lo anterior, la DGPL puntualizó que las medidas adoptadas obedecen en todo momento a la necesidad de entregar a las familias beneficiarias sus apoyos bimestralmente y con la mayor oportunidad posible conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del PAL y en los convenios de colaboración para la entrega de apoyos monetarios donde se prevé que cuando los recursos depositados sean insuficientes para cubrir el valor total de los listados de liquidación, la CNPDHO realice depósitos complementarios.

Respecto al pago de la producción y abastecimiento de los apoyos en especie, señaló que éste sólo puede realizarse una vez que las instituciones liquidadoras presentan las facturas correspondientes, mismas que fueron tramitadas para su pago en el mes de diciembre de 2011.

Por los argumentos expuestos se solventa lo observado.

5. Se constató que, mediante el oficio núm. OM/400/0600/2010 del 22 de diciembre de 2010, el Oficial Mayor del Ramo autorizó que 418,304.2 miles de pesos se utilizaran para gastos de operación del PAL, de los cuales 139,832.2 miles de pesos correspondieron a la partida 12101 "Honorarios", 20,749.9 miles de pesos al capítulo 2000 "Materiales y Suministros" y 257,722.1 miles de pesos al 3000 "Servicios Generales".

6. De acuerdo con lo señalado en las Reglas de Operación del PAL, para el desarrollo de las diversas acciones asociadas con la planeación, operación, supervisión, seguimiento, contraloría social y evaluación externa del Programa (Gastos de Operación), se podrá destinar recursos de hasta el 9.6% (393,578.9 miles de pesos) del presupuesto asignado al PAL (4,099,780.0 miles de pesos).

Al respecto, durante el 2011 se observó que estos gastos representaron el 10.2% (418,304.2 miles de pesos), del presupuesto autorizado al Programa, por lo que resultó superior en 0.6% (24,725.3 miles de pesos).

Tampoco se identificó la reducción de al menos un 4.0% respecto del presupuesto ejercido en 2010 (353,391.1 miles de pesos), la cual ascendería a 14,135.6 miles de pesos, por lo que el monto máximo por ejercer en el 2011 debió ser de 379,443.3 miles de pesos, que al compararlo con el presupuesto realmente ejercido por 418,304.2 miles de pesos, fue superior en 38,860.9 miles de pesos, los cuales representaron el 10.2 %, por lo que no existió la reducción correspondiente.

Cabe señalar que la DGPL indicó que el 30.2% del total de los gastos de operación corresponden al pago de los servicios prestados por las instituciones liquidadoras que se registraron en las partidas presupuestarias 34101 "Servicios Financieros" y 34701 "Fletes y Maniobras". Asimismo, informó que las tarifas que se pagan a las liquidadoras corresponden a precios fijos y unitarios autorizados por la SHCP, motivo por el cual no existe un margen para generar ahorros, ya que éstos no se pueden reducir y por el contrario tienden a incrementarse.

Page 9: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

9

No obstante, no se cumplieron las disposiciones antes mencionadas.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-01-002 11-9-20G00-02-0442-08-001

7. En la partida presupuestaria 12101 "Honorarios" se autorizó un presupuesto original de 154,122.9 miles de pesos, el cual se modificó con reducciones por 14,290.7 miles de pesos, para resultar en un presupuesto modificado de 139,832.2 miles de pesos, cifra que se ejerció en su totalidad y que correspondió a la contratación de 737 profesionales.

Al respecto, las plazas por honorarios están reportadas en la estructura funcional de la Dirección General de Atención y Operación (DGAO) de la CNPDHO, y el personal contratado realiza funciones de supervisión y operación del PAL. Sin embargo, se observó que en siete casos el personal contratado recibió pagos mensuales brutos superiores al del grupo jerárquico de Jefe de Departamento, lo que ocasionó pagos en demasía por 1,018.5 miles de pesos.

De lo anterior, mediante el oficio núm. DGAO/DAR/629/2012 de fecha 22 de noviembre de 2012, la DGAO informó que el PAL no cuenta con una estructura orgánica autorizada para su manejo y operación; no obstante, estas funciones las realiza a través del personal de estructura de la CNPDHO y con personal contratado por honorarios, por lo que, no es aplicable el artículo 131, fracción IV, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Por otra parte, también informó que 5 de los 7 contratos no rebasan el monto mensual bruto establecido en el acuerdo mediante el cual se expide el manual de percepciones de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el grupo “o” (Jefatura de Departamento).

Una vez analizada y evaluada la información y documentación recibida para la atención de este resultado; se determinó que la CNPDHO cuenta con una estructura orgánica autorizada para el manejo de sus programas, así como que puede realizar la contratación del personal por honorarios para su manejo y operación, por lo que debió sujetarse a lo dispuesto en el artículo 131, fracción IV, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Por otra parte, se constató que 5 de los 7 casos observados no rebasan el nivel máximo de percepciones establecidas en el tabulador autorizado de Jefatura de Departamento; por lo que subsisten 2 casos con nivel de Subdirector de Enlace “C” por un importe de 142.9 miles de pesos.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-01-003 11-0-20G00-02-0442-06-001 11-9-20G00-02-0442-08-002

8. Para la prestación de los servicios relacionados con la entrega de los apoyos económicos y en especie a los beneficiarios del PAL operado por la CNPDHO, y a efecto de asegurar la complementariedad de acciones con otros programas, la entidad fiscalizada suscribió cinco convenios de colaboración de la forma siguiente:

Page 10: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

10

• Dos con BANSEFI; el primero C/COL/246/2011, bajo el esquema de tripartita para la entrega de complementos nutricionales y leche fortificada, en el que participaron BANSEFI como empresa liquidadora quien entregó los apoyos monetarios, la CNPDHO como área solicitante del servicio y la paraestatal DICONSA, S.A. de C.V., quien entregó los apoyos en especie; el segundo denominado “CONVENIO DE COLABORACIÓN BANSEFI-LA COORDINACIÓN 2011”, fue para la entrega de los apoyos monetarios, ambos formalizados el 25 de marzo de 2011, y vigentes al 31 de diciembre del mismo año.

• Uno con Telecomunicaciones de México, S.A. de C.V., (TELECOMM) denominado “CONVENIO DE COLABORACIÓN TELECOMM-LA COORDINACIÓN”, formalizado el 25 de marzo de 2011 y vigente al 31 de diciembre del mismo año, el cual tuvo como objetivo la entrega de apoyos monetarios bajo la modalidad de entrega directa, a través de la red de oficinas telegráficas y puntos temporales.

• Uno con la paraestatal DICONSA, S.A. DE C.V., convenio núm. C/COL/1337/2011 de fecha 01 de julio de 2011 y vigente al 31 de diciembre del mismo año, para el abastecimiento y entrega de complementos nutricionales y leche fortificada en polvo, en todo el territorio nacional excepto en el Distrito Federal.

• Uno con la paraestatal LICONSA, S.A DE C.V., convenio núm. CCOL/3901/2011 de fecha 12 de julio de 2011 y vigente al 31 de diciembre del mismo año, para el abastecimiento y entrega de complementos nutricionales y leche fortificada en polvo, para el Distrito Federal.

9. Para la prestación de los servicios relacionados con la entrega de los apoyos económicos a los beneficiarios del PAL, la entidad fiscalizada celebró cinco Convenios de Colaboración con BANSEFI-DICONSA, S.A. de C.V., BANSEFI, TELECOMM, LICONSA, S.A. de C.V., y DICONSA, S.A. de C.V. Las cinco figuras jurídicas se adjudicaron en términos de los artículos 1, párrafo antepenúltimo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 3, párrafo primero, de su reglamento.

Al respecto, se observó que en los convenios suscritos con BANSEFI no se indicaron los procedimientos bajo los cuales se llevaron a cabo las adjudicaciones de los mismos; los datos relativos a la autorización del presupuesto para cubrir el compromiso derivado del convenio, así como los lugares geográficos que amparan la cobertura de las entregas de apoyo monetario a los beneficiarios del PAL a nivel nacional.

Sobre el particular, considerando que la inclusión de esos datos agregan claridad a los convenios de colaboración que se celebran, mediante el oficio núm. DGPL/2340/2012 del 18 de octubre de 2012, la Directora General de Padrón y Liquidación solicitó a la Dirección Jurídico Consultiva que en la dictaminación jurídica de los nuevos convenios de colaboración que se celebren en 2013, se tomen en cuenta los criterios antes señalados, al respecto, con oficio núm. CNO/DJC/1587/2012 del 14 de noviembre de 2012, la Dirección General Jurídica Consultiva de la CNPDHO informó que tomó conocimiento y que dichos criterios serán considerados en la dictaminación de los convenios para el 2013; asimismo, mediante el oficio DGPL/2568/2012 del 15 de noviembre de 2012, la DGPL solicitó a BANSEFI considerar

Page 11: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

11

los criterios mencionados. Por otra parte, la entidad fiscalizada proporcionó evidencia de que la información antes referida se encuentra incluida en las declaraciones y cláusulas de los convenios de colaboración celebrados en el último cuatrimestre de 2011, así como los de 2012 con LICONSA, S.A. DE C.V., y DICONSA, S.A. DE C.V.

Por lo antes expuesto y dado que presentaron evidencia que demuestra la inclusión de los datos observados, se considera solventada.

10. Se constató que para el pago de los apoyos monetarios y en especie se efectuaron transferencias electrónicas directas de la TESOFE a las cuentas bancarias de las empresas liquidadoras TELECOMM y BANSEFI y a las paraestatales LICONSA, S.A. de C.V., y DICONSA, S.A. de C.V., que se destinaron para realizar la dispersión de los recursos del PAL a los beneficiarios a través de su red de distribución autorizada en toda la República Mexicana; así como, lo correspondiente a sus comisiones por el servicio de entrega de los citados apoyos monetarios a las familias beneficiarias del PAL.

Al respecto, se observó que en cada una de las cuentas bancarias aperturadas por las liquidadoras y las paraestatales se concentran tanto los recursos del PAL como los del PDHO, es decir, no se aperturó una cuenta bancaria específica y productiva de los recursos de cada programa, lo que dificultó la identificación de los movimientos financieros del programa sujeto a revisión, como se menciona a continuación:

1. En los estados de cuenta bancarios de BANAMEX a nombre de BANSEFI, no se identificó el ingreso de los recursos autorizados de las CLC núms. 32897,33428, 47516, 47519, 47544, 51779, 58429, 59139, 63682, 63704, 63705 y 54288, por un monto de 186,820.4 miles de pesos.

2. En los estados de cuenta bancarios de BANAMEX a nombre de TELECOMM, no se identificó el ingreso de los recursos autorizados de las CLC núms. 32688, 40621, 47509, 51754, 58430, 62025 y 54290, por un monto de 11,410.0 miles de pesos.

De los puntos anteriores, después de la reunión de presentación de los resultados preliminares de la auditoría, la entidad fiscalizada señaló que los recursos observados corresponden al pago de comisiones a las instituciones liquidadoras, con excepción de las CLC 54288 y 54290, que amparan la dispersión de subsidios. Asimismo, acreditó el ingreso de los recursos en cuestión con los estados de cuenta bancarios en los que identificó los importes de las CLC, con lo que se solventa lo observado.

3. En los estados de cuenta bancarios de BBVA BANCOMER, a favor de DICONSA, S.A. de C.V., no se identificó el ingreso de los recursos autorizados de las CLC núms. 58782 y 60785, por 5,250.2 miles de pesos, por concepto de “Fletes y maniobras”; la DGPL proporcionó los oficios núms. DGPL/2716/2011 y DGPL/2731/2011 con los cuales solicitó los pagos del servicio de entrega de apoyos en especie sin documentar lo relativo a la identificación del depósito en el estado de cuenta bancario.

Sobre el particular, con el oficio núm. DGAF/1597 de fecha 21 de noviembre de 2012, la DGAF remitió copia del oficio núm. DGPL/26122012 de fecha 21 de noviembre de 2012, mediante el cual la DGPL manifestó haber solicitado a DICONSA, S.A. de C.V., el estado

Page 12: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

12

de cuenta del mes diciembre de 2011; y que al respecto DICONSA, S.A. de C.V., le envío los comprobantes de las transferencias electrónicas por 5,250.2 miles de pesos. De lo anterior esta entidad de fiscalización comprobó que la cuenta bancaria en la que se depositaron dichos recursos corresponde a la citada en las CLC en comento.

Por otra parte, se observó que las cuentas bancarias de Banamex a nombre de BANSEFI y TELECOMM y la de BBVA Bancomer a nombre de DICONSA, S.A. de C.V., no generaron intereses; en cambio la de BANORTE (concentradora de subsidios de los diversos programas sociales) a nombre de TELECOMM generó intereses por 54.0 miles de pesos por el ejercicio 2011, de los cuales no se contó con evidencia de su reintegro a la TESOFE; al respecto esta liquidadora manifestó no tener obligación de efectuarlo, ya que no se señaló en el convenio correspondiente.

Cabe señalar, que en las Reglas de Operación del PAL y en los convenios respectivos no se especificó que el reintegro de recursos por parte de los prestadores del servicio, respecto de los subsidios y transferencias que reciban, se deba realizar en conjunto con los rendimientos generados.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-01-004

11. En el ejercicio 2011, la CNPDHO a través de las liquidadoras TELECOMM y BANSEFI entregó a los beneficiarios del PAL, 3,439,471.9 miles de pesos, con lo que se beneficiaron 560,498 familias que se encontraban inscritas en las 32 entidades federativas; a continuación se presenta una gráfica que muestra las 16 más representativas, donde se dispersó el 89.9% de los apoyos y es la siguiente:

FUENTE: Padrón de familias beneficiarias del PAL 2011, proporcionado por la CNPDHO.

Por otra parte, cabe señalar que los montos mensuales del apoyo "Alimentario" y del apoyo "Infantil Vivir Mejor" se actualizan semestralmente, en enero y en julio, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y tomando en consideración el incremento acumulado del “Índice Nacional de Precios de la Canasta Básica”, publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación; al respecto, durante el 2011, los montos entregados a las

Page 13: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

13

familias beneficiarias no sufrieron modificaciones, en virtud de que la tasa de variación de la actualización resultó negativa, por lo que durante el 2011 los apoyos mensuales permanecieron en $275.00 por familia para el componente "Alimentario", $120.00 por familia para el componente "Alimentario Vivir Mejor" y $105.00 por familia (podrá recibir hasta 3 apoyos por este concepto) para el componente "Infantil Vivir Mejor"; asimismo, se entregaron $395.00 en forma individual a las Titulares beneficiarias como "Apoyo Especial para Tránsito al Programa de Oportunidades". La distribución por tipo de componente se describe en la gráfica siguiente:

FUENTE: Padrón de familias beneficiarias del PAL 2011, proporcionado por la CNPDHO.

12. De la revisión a la base de datos del Padrón de Beneficiarios del PAL, se observó que 1,290 familias beneficiarias cobraron montos superiores a 7.2 miles de pesos, haciendo un total de 966.0 miles de pesos, como se describe a continuación:

Page 14: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

14

FAMILIAS E IMPORTES

QUE RECIBIERON MONTOS SUPERIORES A LOS ESTABLECIDOS EN LAS ROPAL

Programa de Apoyo Alimentario 2011

(Cifras en Miles de Pesos)

Clave de la entidad

Descripción Número de familias

Monto excedente durante el 2011

1 Aguas calientes 2 1.3

2 Baja California 34 42.4

4 Campeche 5 4.6

5 Coahuila de Zaragoza 12 11.5

6 Colima 1 0.1

7 Chiapas 101 82.7

8 Chihuahua 22 15.6

9 Distrito Federal 342 212.8

10 Durango 6 13.3

11 Guanajuato 17 15.2

12 Jalisco 14 9.8

13 Hidalgo 13 5.8

14 Guerrero 64 55.1

15 México 217 103.1

16 Michoacán de Ocampo 62 34.7

17 Morelos 51 46.8

18 Nayarit 6 5.0

19 Nuevo León 5 4.6

20 Oaxaca 163 167.7

21 Puebla 21 26.6

22 Querétaro 17 5.8

23 Quintana Roo 13 12.7

25 Sinaloa 13 10.6

26 Sonora 2 1.8

27 Tabasco 5 3.5

28 Tamaulipas 11 9.5

30 Veracruz de Ignacio de la Llave 62 58.0

31 Yucatán 3 4.5

32 Zacatecas 6 1.2

Totales 1,290 966.0

FUENTE: Padrón de familias beneficiarias del Programa de Apoyo Alimentario 2011.

De conformidad con lo establecido en las Reglas de Operación de PAL para el ejercicio fiscal 2011, el monto máximo a cobrar bimestralmente por cada familia beneficiaria en un periodo normal corresponde a $1,440.00 (1.4 miles de pesos), integrados por los siguientes apoyos, $570.00 (0.6 miles de pesos) para el componente "Alimentario", $240.00 (0.2 miles de pesos) para el componente "Alimentario Vivir Mejor", $630.00 (0.6 miles de pesos) para el componente "Infantil Vivir Mejor" (considerando el máximo de tres apoyos), más la reexpedición de apoyos de hasta cuatro bimestres, $5,760.00 (5.8 miles de pesos), siempre y cuando la solicitud sea de manera expresa a través de la titular beneficiaria por medio del

Page 15: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

15

formato diseñado para tal efecto, en este supuesto el monto máximo bimestral por familia beneficiaria asciende a $7,200.00 (7.2 miles de pesos).

Sobre el particular, mediante el oficio núm. DGAF/1597/2012 de fecha 21 de noviembre de 2012, la DGAF informó que para la entrega de los apoyos a los beneficiarios del PAL, se estableció el criterio que señala que en cada uno de los cuatro bimestres reexpedidos anteriores al bimestre de emisión se incluyan a su vez, los apoyos de dicho bimestre y, en su caso, los apoyos de hasta cuatro bimestres anteriores; al respecto, no se proporcionó evidencia que demuestre la autorización de dicho criterio y se observó que no se contempla en las Reglas de Operación del PAL.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-01-005 11-0-20G00-02-0442-03-001

13. Al comparar los padrones de beneficiarios del PAL y del PDHO por los bimestres de enero-febrero, marzo-abril y mayo-junio de 2011, con el propósito de verificar que las familias beneficiarias y los integrantes de las mismas no se contrapongan o dupliquen los apoyos, se determinó lo siguiente:

COMPARATIVO DE LOS PADRONES PAL Y PNDHO 2011 (bimestres comparados enero-febrero, marzo-abril y mayo-junio)

Nombre del campo Descripción del campo

Programa presupuestario

Resultado

FAMILIA_ID Identificador único de la familia beneficiaria

PAL y PDHO Ningún registro encontrado

INTEGRANTE_ID Identificador único del integrante de la familia beneficiaria que recibió los apoyos

PAL y PDHO Ningún registro encontrado

FUENTE: Padrones de beneficiarios PAL y PDHO proporcionados por la CNPDHO 2011.

Como se puede observar, en los campos de “Familia” e “Integrante” no se encontraron contraposiciones o duplicidades.

14. En los bimestres mayo-junio, julio-agosto y noviembre-diciembre se transfirieron a las liquidadoras TELECOMM y BANSEFI 618,352.9 miles de pesos, a través de las CLC núms. G001019, G002148 y 52370, a fin de entregar los apoyos a los beneficiarios del PAL.

Sobre el particular, BANSEFI a partir del bimestre julio-agosto tenía previsto que TELECOMM iniciaría el pago de los apoyos mediante la modalidad de tarjeta prepagada; sin embargo, el 7 de julio la liquidadora informó a la CNPDHO un desfase en el inicio de su operación. Por lo que mediante los oficios núms. DGPL/1422/11 y DGPL/2517/11 de fechas 15 de julio y 7 de

Page 16: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

16

noviembre de 2011, la DGPL requirió a BANSEFI el reintegro por 6,396.1 y 56,788.3 miles de pesos, respectivamente, los cuales fueron reintegrados con un día de desfase.

Por otra parte, mediante el oficio núm. DGPL/861/11 del 9 de mayo de 2011, la DGPL requirió a TELECOMM el reintegro del excedente correspondiente al bimestre mayo-junio por 44,590.9 miles de pesos, el cual fue realizado con un desfase de 7 días.

Cabe resaltar que en ningún caso se reintegraron los intereses generados a partir de la fecha del depósito y hasta su reintegro a la TESOFE.

Con motivo de la intervención de la Auditoría Superior de la Federación, mediante oficios núms. DGPL/1681/2012 y DGPL/1682/2012 de fecha 24 de julio de 2012, la DGPL solicitó a las liquidadoras BANSEFI y TELECOMM, respectivamente, que a más tardar el día 27 del mismo mes y año, le enviara la documentación que soporte el reintegro a la TESOFE por los intereses generados y las cargas financieras correspondientes.

Al respecto, BANSEFI, mediante el oficio núm. DGABCyO/DOM/402/2012 de fecha 10 de agosto de 2012, remitió a la DGPL el comprobante de la transferencia electrónica SPEI de los intereses generados por 2.9 miles de pesos, por el reintegro de 6,396.1 miles de pesos, quedando pendiente las cargas financieras. En relación a la devolución de los 56,788.3 miles de pesos llevada a cabo el 9 de noviembre de 2011, se informó que se están determinando los intereses y las cargas financieras correspondientes.

Posteriormente, mediante el similar núm. DGPL/2603/2012 de fecha 20 de noviembre de 2012, la DGPL solicitó a la Unidad de Vigilancia de Fondos y Valores de la Tesorería de la Federación (UVFVTF) determinar el cálculo de las cargas financieras por el reintegro extemporáneo (retraso de 387 días) de los 2.9 miles de pesos; además, con el oficio núm. DGPL/2645/2012 comunicó a la liquidadora BANSEFI sobre dicha solicitud para que una vez determinadas las cargas proceda al pago.

Asimismo, con motivo de la auditoría, la DGPL remitió copia del recibo bancario de pago de contribuciones productos y aprovechamientos federales de fecha 23 de noviembre de 2012, por el reintegro a la TESOFE de 8.8 miles de pesos correspondientes a los intereses de los nueve días que permaneció el monto de 56,788.3 miles de pesos en poder de BANSEFI e informó que con oficios núms. DGPL/2653/2012 y DGPL/2645/2012, ambos del 23 de noviembre del año en curso, solicitó a la UVFVTF la determinación del cálculo de las cargas financieras por el retraso de 379 días en el depósito de los intereses y comunicó a la liquidadora BANSEFI sobre la solicitud para que una vez determinada proceda al pago.

En el caso de la liquidadora TELECOMM, mediante el oficio núm. 6200.-226, envió a la DGPL el comprobante de transferencia electrónica del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) por la cantidad de 10.0 miles de pesos correspondientes a los intereses generados en los meses de abril y mayo del 2011, respecto a la devolución realizada por los 44,590.9 miles de pesos; sin embargo, no proporcionó evidencia documental del reintegro a la TESOFE por concepto de las cargas financieras generadas por el retraso de los siete días del principal; y del correspondiente a sus intereses. Por su parte, mediante los oficios núms. DGPL/2605/2012 y DGPL/2644/2012 del 20 y 23 de noviembre de 2012, la DGPL solicitó a la

Page 17: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

17

UVFVTF el cálculo de las cargas financieras correspondientes al retraso en el depósito del capital e intereses, y también comunicó a TELECOMM que una vez determinadas las cargas financieras por la TESOFE deberá proceder a su pago.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-03-002 11-9-20G00-02-0442-08-003

15. En el análisis de la “Conciliación de Listados de Liquidación del Programa de Apoyo Alimentario” (Relación de solicitudes de reintegros o aplicación de remanentes de apoyos no entregados a beneficiarios del PAL), se observó que en el bimestre operativo julio-agosto no se efectuaron entregas a los beneficiarios por 23,845.8 miles de pesos, para lo cual la DGPL solicitó los reintegros de la forma siguiente:

• TELECOMM por 9,019.0 miles de pesos, mediante el oficio núm. DGPL/2016/11.

• BANSEFI por 1,051.4 miles de pesos, mediante el oficio núm. DGPL/2017/11.

Los montos se reintegraron a la TESOFE (10,070.4 miles de pesos), mediante líneas de captura de la TESOFE núms. 0011ABEN272821312405 y 011ABEN322821310453 del 20 y 23 de septiembre de 2011, quedando pendiente un saldo de 13,775.4 miles de pesos, a cargo de BANSEFI. Cabe mencionar que no se observó el reintegro de los intereses generados y de las cargas financieras procedentes.

Por lo anterior, mediante oficios núms. DGPL/2733/11 y DGPL/2732/11 de fechas 25 de noviembre de 2011, la DGPL solicitó a la liquidadora BANSEFI aplicar en el operativo de noviembre-diciembre, la cantidad de 6,160.8 miles de pesos. Cabe señalar que el origen de estos recursos provenía del saldo pendiente de reintegrar a la TESOFE (13,775.4 miles de pesos del operativo julio-agosto 2011) y la diferencia de 7,614.6 miles de pesos se procediera a su reintegro a la TESOFE, lo cual fue realizado por la liquidadora el día 1 de diciembre de 2011, según línea de captura de la TESOFE núm. 0011ABPX632822131434. De igual forma, este importe no considera los intereses generados y las cargas financieras correspondientes; y que según las Reglas de Operación del PAL y el Convenio debieron reintegrarse a más tardar el 20 de septiembre de 2011, por lo que transcurrieron 52 días hábiles.

Al respecto, la DGPL aclaró que estos recursos permanecieron depositados en la cuenta operativa de BANSEFI generando, desde el mes de septiembre a diciembre de 2011, intereses por un monto de 52.3 miles de pesos, cifra que por intervención de la Auditoría Superior de la Federación se reintegró a la TESOFE el 10 de agosto de 2012; sin embargo, no se proporcionó evidencia documental del reintegro por las cargas financieras relativas a la devolución extemporánea de los intereses.

Cabe señalar, que con los oficios núms. DGPL/2561/2012 y DGPL/2616/2012, de fechas 14 y 21 de noviembre de 2012, la DGPL solicitó a la UVFVTF determinar el cálculo de las cargas financieras, por el reintegro extemporáneo a la TESOFE por parte de BANSEFI de los intereses mensuales generados en la cuenta operativa durante el 2011, desfases que variaron de 1 a 463 días y comunicó a la liquidadora que una vez que se cuente con el cálculo de las cargas financieras deberá realizar su reintegro; no obstante, no se

Page 18: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

18

proporcionó evidencia sobre las acciones llevadas a cabo respecto a la solicitud de cargas financieras por el reintegro extemporáneo del principal (7,614.6 miles de pesos).

En lo concerniente al reintegro de los intereses generados en la cuenta bancaria de TELECOMM, (Resultado núm. 10), ésta manifestó no tener obligación de efectuarlo, ya que no se estipuló en el convenio correspondiente.

Por otra parte, y conforme a lo citado en el Convenio de Colaboración celebrado entre BANSEFI-la Coordinación 2011, se determinó que no existe fundamento legal que permita utilizar recursos de un operativo en otro, ya que se establece que una vez concluido el operativo y aceptada la conciliación por parte de la CNPDHO y las liquidadoras, reintegrarán en un plazo máximo de 2 días hábiles contados a partir de la solicitud del reintegro por parte de la CNPDHO, el monto correspondiente a los apoyos monetarios no entregados, así como los intereses que generen estos recursos.

Al respecto, mediante el similar núm. DGAF/1449/2012 de fecha 23 de octubre de 2012, la DGPL remitió el oficio núm. DGPL/2381/2012 de la DGPL, en el que se comunicó referente a la aplicación de 6,160.8 miles de pesos en el operativo noviembre-diciembre 2011, que dicha acción se realizó para cubrir los requerimientos de la reexpedición de apoyos o emisión retroactiva de bimestres anteriores conforme a lo previsto en las Reglas de Operación del PAL en los numerales 4.2 y 4.3, ya que se habían utilizado todos los recursos disponibles en el calendario presupuestal, a fin de no generar presión de gasto en el próximo ejercicio fiscal, así como para no afectar a las familias beneficiarias al suspender el operativo por la falta de recursos; además señaló que conforme a la cláusula Novena del Convenio de colaboración suscrito con la liquidadora BANSEFI, la CNPDHO está facultada para modificar los procedimientos de entrega de apoyos monetarios, siempre y cuando lo realice por escrito y que en tal sentido se cambió el procedimiento instruyendo a BANSEFI la aplicación parcial de recursos remanentes de los apoyos no retirados por las familias beneficiarias en el bimestre operativo julio-agosto 2011.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-01-006 11-0-20G00-02-0442-03-003

16. En relación con el seguimiento bimestral de las conciliaciones referentes a los apoyos monetarios que entregaron las liquidadoras BANSEFI y TELECOMM a los beneficiarios del PAL durante el ejercicio 2011, se observó que los recursos no entregados a los beneficiarios, por un monto de 200,180.4 miles de pesos, corresponden a los componentes de "Apoyo Alimentario", "Alimentario Vivir Mejor", "Infantil Vivir Mejor" y “Apoyo Especial para el Tránsito al Programa Oportunidades”, y se reintegraron oportunamente a la TESOFE; sin embargo, no se reintegraron los intereses y, en su caso, las cargas financieras que generaron estos recursos en las cuentas productivas a nombre de las liquidadoras.

Al respecto y con motivo de la intervención de la Auditoría Superior de la Federación, mediante los oficios núms. DGPL/1582/2012, DGPL/1585/2012, DGPL/1645/2012 y DGPL/1646/2012 de fechas 16 y 24 de julio de 2012, la DGPL solicitó a las liquidadoras que a más tardar los días 19 y 27 de julio del mismo año debían remitir los reintegros a la TESOFE de los intereses generados, copia de los estados de cuenta bancarios; así como, el desglose

Page 19: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

19

de los intereses que se fueron generando por cada uno de los meses del ejercicio fiscal 2011 y, en su caso, el depósito de las cargas financieras por los retrasos ya mencionados.

Mediante los oficios núms. DOM/SOP/074/2011, DOM/SOP/175/2011 y DGABCyO/DOM/403/2012, BANSEFI comunicó a la DGPL que con fechas 15 de febrero y 6 de abril de 2011, devolvió a la TESOFE, a través de órdenes de pago SPEI, los importes de 12.6 y 9.3 miles de pesos, por concepto de intereses generados en una cuenta productiva correspondientes a los meses de enero y marzo de 2011; y por intervención de la Auditoría Superior de la Federación BANSEFI reintegró, el 10 de agosto de 2012, 25.9 miles de pesos por los intereses del periodo de abril a agosto de 2011, determinándose que se realizaron con un desfase de 1, 10 y 463 días naturales; además, no proporcionó evidencia documental de los reintegros a la TESOFE por concepto de las cargas financieras correspondientes.

TELECOMM, mediante el oficio núm. 6200-217/2, remitió copia de las transferencias bancarias SPEI a la TESOFE por los intereses generados durante el ejercicio 2011, por un importe de 3.7 miles de pesos, los cuales se efectuaron en tiempo y forma.

Con oficio núm. DGAF/1615/2012 de fecha 26 de noviembre de 2012, la DGAF remitió copia del oficio núm. DGPL/2655/2012 de la DGPL mediante el cual señaló que con su similar núm. DGPL/2561/2012 , de fecha 14 de noviembre de 2012, solicitó a la UVFVTF determinar el cálculo de las cargas financieras del reintegro extemporáneo de los intereses generados en la cuenta de BANSEFI desde el mes de enero a diciembre de 2011 y de la misma forma comunicó a BANSEFI a través del oficio núm. DGPL/2616/2012 del 21 de noviembre de 2012, que una vez que se cuente con el monto de dichas cargas deberá proceder a su pago.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-03-004

17. Se comprobó que del monto reintegrado por las liquidadoras a la TESOFE (200,180.4 miles de pesos) contra lo registrado en el Padrón de Beneficiarios del PAL proporcionado por la DGPL, el cual ascendió a 206,403.5 miles de pesos, existe una diferencia de 6,223.1 miles de pesos por conceptos de apoyos rechazados, no entregados o no enviados, sin que se presentara la documentación comprobatoria que concilie, demuestre, justifique y sustente su reintegro a la TESOFE, como se muestra en el cuadro siguiente:

Page 20: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

20

COMPARATIVO BIMESTRAL DEL REINTEGRO SOLICITADO POR LA CNPDHO Y EL IMPORTE NO ENTREGADO POR LAS LIQUIDADORAS SEGÚN PADRON DE BENEFICIARIOS

(Miles de pesos)

Solicitud de reintegro Reintegro Padrón monto no entregado

Diferencia Bimestre 2011 Oficio núm. Fecha Banco Fecha Importe

Enero-febrero

DGPL/392/11 14/03/2011 BANORTE 16/03/2011 11,301.1 DGPL/463/11 15/03/2011 BANORTE 17/03/2011 7,314.1 DGPL/494/11 22/03/2011 BANORTE 23/03/2011 5,974.1 DGPL/572/11 30/03/2012 BANORTE 31/03/2011 677.6 DGPL/464/11 16/03/2011 BANORTE 17/03/2011 4,640.0 DGPL/705/11 27/04/2011 BANORTE 28/04/2011 17,948.8

Subtotal 47,855.7 47,846.6 -9.1

Marzo-abril

DGPL/972/11 23/05/2011 BANORTE 24/05/2011 33,152.5 DGPL/968/11 21/05/2011 BANORTE 24/05/2011 5,315.8

DGPL/1047/11 01/06/2011 BANORTE 02/06/2011 21,300.6 Subtotal 59,768.9 59,807.9 39.0

Mayo-junio

DGPL/1382/11 DGPL/1383/11

12/07/2011 BANORTE 14/07/2011 9,643.6

DGPL/1537/11 27/07/2011 BANORTE 28/07/2011 1,801.7

DGPL/1385/11 DGPL/2006/11

13/07/2011 19/09/2011

BANORTE 14/07/2011 20/09/2011

13,827.1

Subtotal 25,272.4 25,295.0 22.6

Julio-agosto

DGPL/2016/11 21/09/2011 BANORTE 23/09/2011 9,019.0

DGPL/2017/11 DGPL/2733/11

18/09/2011 BANORTE 20/09/2011 1,051.4

DGPL/2732/11 30/12/2011 BANORTE 01/12/2011 7,614.6 Subtotal 17,685.0 23,852.7 6,167.7

Septiembre-octubre

DGPL/2736/11 04/12/2011 BANORTE 05/12/2011 3,202.4

DGPL/2718/11 DGPL/2740/11

20/11/2011 BANORTE 01/12/2011 209.3

DGPL/2720/11 30/11/2011 BANORTE 01/12/2011 10,753.1 Subtotal 14,164.8 14,165.7 0.9

Noviembre-diciembre

DGPL/058/12 23/01/2012 BANORTE 24/01/2012 4,852.8

DGPL/084/12 DGPL/059/12

15/01/2012 BANORTE 16/01/2012 533.0

DGPL/226/12 DGPL/085/12

06/02/2012 BANORTE 07/02/2012 30,047.8

Subtotal 35,433.6 35,435.6 2.0

Totales 200,180.4 206,403.5 6,223.1

FUENTE: Padrón de beneficiarios del PAL 2011.

En el transcurso de la auditoría, la DGPL proporcionó la documentación que justifica la diferencia por 6,223.1 miles de pesos. Al respecto, mediante el oficio núm. DGPL/2377/2012 de fecha 22 de octubre de 2012, la DGPL rectificó que la diferencia antes señalada ascendió a 6,160.8 miles de pesos y que con los oficios núms. DGPL/2732/11 y DGPL/2733/11, ambos del 25 de noviembre de 2011, instruyó a la liquidadora BANSEFI aplicarlos en el operativo Noviembre-Diciembre de 2011. Sin embargo, se observó que no se efectuaron en tiempo y forma las conciliaciones que permitieran evaluar el manejo eficiente, eficaz, económico y transparente de los recursos.

Page 21: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

21

Asimismo, mediante el oficio núm. DGAF/1615/2012 de fecha 26 de noviembre de 2012, la DGAF informó que se han establecido y reforzado una serie de controles y reportes bimestrales que aseguran el control de la dispersión y conciliación de los apoyos monetarios del PAL, lo que permite incrementar y reforzar el manejo de los recursos en términos de eficiencia, eficacia, economía y transparencia; no obstante, no se proporcionó documentación que lo demuestre.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-01-007

18. De acuerdo con las Reglas de Operación del PAL, el "Apoyo en Especie" se entregaría a la población beneficiaria en la forma siguiente:

• 10 sobres de complemento nutricional por cada niño mayor a 6 meses y menor a 2 años.

• 10 sobres de leche fortificada para cada niño entre 2 y 5 años de edad.

• 10 sobres de complemento nutricional para cada mujer embarazada o en periodo de lactancia.

Sobre el particular, se constató que durante el ejercicio 2011, la CNPDHO adquirió 2,498, 680 sobres, los cuales correspondieron a 2,239,470 de leche fortificada en polvo y 259,210 de complemento nutricional para distribuirse y beneficiar a 128,201 familias, con un costo de 44,818.8 miles de pesos. Cabe resaltar que esta adquisición fue la única realizada en el ejercicio 2011 y se estimó para ser entregada a los beneficiarios en los bimestres septiembre-octubre y noviembre-diciembre de 2011; la demanda de los apoyos de los primeros cuatro bimestres del año se atendió con parte del stock de 2010 (767,777 sobres).

Para efectos del pago de los apoyos, se contrataron los servicios de las empresas DICONSA, S.A. de C.V., LICONSA, S.A. de C.V., así como de las liquidadoras BANSEFI y TELECOMM. Los pagos por esos servicios, en su conjunto, ascendieron a 126,404.3 miles de pesos.

Al respecto, se comprobó que las erogaciones de referencia se pagaron mediante 104 CLC que se respaldaron en la respectiva documentación justificativa, así como en 238 facturas y 5 notas de crédito originales validadas por la DGPL y resguardadas por la DGAF. Cabe resaltar que los documentos comprobatorios cumplieron con los requisitos fiscales establecidos en la normativa aplicable. Así también, los pagos se efectuaron una vez recibidos los bienes y servicios contratados en los términos señalados en los convenios de colaboración.

Por otra parte, los importes de las erogaciones se registraron en los auxiliares presupuestales de la entidad fiscalizada en las partidas 43101 "Subsidios a la Producción" (adquisición del apoyo en especie), 34101 "Servicios Bancarios y Financieros” y 34701 "Fletes y Maniobras", de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto, los cuales son coincidentes con las cifras reportadas en el Estado del Ejercicio del Presupuesto y en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondientes al ejercicio 2011.

Page 22: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

22

De igual forma, los gastos se registraron contablemente en las cuentas números: 61214-34101-1271-0001 "Servicios Bancarios y Financieros"; 61214-34701-1271-0001, 61214-34701-1261-0001 "Fletes y Maniobras"; 61214-43101-1612, 61214-43101-1627, 61214-43101-1637, 61214-43101-1647, 61214-43101-1651, 61214-43101-1652, 61214-43101-1656, 61214-43101-1657 "Subsidios a la Producción"; 21205-00003-0042-0002 "BANSEFI PAL"; 21205-00003-0031-00000 "DICONSA, S.A. DE C.V."; 21205-00003-0038-0000 "LICONSA, S.A. de C.V."; y 21205-00003-0096-0000 "DICONSA, Subsidios Familias Beneficiarias".

19. Como resultado al análisis de las conciliaciones bimestrales que se realizaron en 2011 entre la CNPDHO, DICONSA, S.A. de C.V., LICONSA, S.A. de C.V., y BANSEFI, con motivo de la entrega de los apoyos en especie a 128,201 familias beneficiarias del PAL, se determinó que en ese año se entregaron 2,164,950 sobres de complemento alimentario y de leche fortificada en polvo en las 32 entidades federativas; no obstante, esa cantidad difiere de la reportada en los registros de la DGPL, los cuales muestran una entrega de 3,811,020 sobres, por lo que resultó una diferencia de 1,646,070 sobres.

Cabe señalar que ni sumando los 2,498,680 sobres adquiridos en 2011 con los existentes al inicio de ese año por 767,777, alcanzarían a cubrir la cifra de sobres reportada por la CNPDHO como entregados; también se debe resaltar que en el layout no existe un campo que refiera la cantidad entregada a cada uno de los beneficiarios del apoyo en especie.

Sobre el particular, mediante oficio núm. DGAF/1423/2012 de fecha 18 de octubre de 2012, la CNPDHO envió nota informativa de la DGPL en la cual realiza la aclaración respecto a sus registros entregados en el transcurso de la auditoría y que refieren que son “Número de sobres entregados” debiendo decir “Número de sobres emitidos”; asimismo, mediante el oficio núm. DGAF/1597/2012 de fecha 21 de noviembre de 2012, la CNPDHO proporcionó nota informativa de la DGPL y la Base de Datos Institucional “Sistema Integral de Información para la Operación de Oportunidades” (SIIOP), en la que muestra realmente los sobres entregados mismos que coinciden con las conciliaciones proporcionadas por LICONSA, S.A. de C.V., DICONSA, S.A de C.V., y BANSEFI, por el monto de 2,164,950 sobres.

20. De acuerdo con la información proporcionada por DICONSA, S.A. de C.V., al 31 de diciembre de 2010, su almacén registró existencias de 767,777 sobres de complemento nutricional y de leche fortificada, de los cuales 714,730 sobres se entregaron a las familias beneficiarias en el periodo de enero-agosto de 2011, por lo que al final de dicho periodo quedó un saldo en su almacén de 53,047 sobres por 689.6 miles de pesos. Respecto de esta última cantidad de sobres, se determinó lo siguiente:

1. DICONSA, S.A. de C.V., reportó la entrega de 2,650 sobres, por 33.8 miles de pesos, a los beneficiarios; no obstante, la entrega no se acreditó con las etiquetas de seguridad correspondientes ni con los "acuses de entrega de recibo" respectivos.

2. En el caso de 29,988 sobres, por 391.0 miles de pesos, por encontrarse próxima su fecha de caducidad (noviembre de 2011), se determinó que 26,955 se entregaron al Sector Salud en los Estados para su reaprovechamiento y que 3,033 se utilizaron en sesiones de orientación educativa.

Page 23: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

23

3. Se identificó que 18,771 sobres por 243.9 miles de pesos, que habían caducado en los meses de octubre (12,309 sobres por 161.5 miles de pesos) y noviembre (6,462 sobres por 82.4 miles de pesos) de 2011, no fueron entregados por DICONSA, S.A. de C.V., a las Coordinaciones Estatales y éstas a su vez al Sector Salud para su reaprovechamiento o destrucción.

4. DICONSA, S.A. de C.V., no acreditó la entrega a los beneficiarios de 1,638 sobres por 20.9 por miles de pesos ni su existencia en su almacén.

Al respecto, los integrantes del Comité Técnico del PAL, en su novena sesión extraordinaria celebrada el 14 de diciembre de 2011, tomaron los acuerdos siguientes:

• 104/14-12-11.- De la existencia de 6,462 sobres de leche fortificada caducados en noviembre de 2011, la CNPDHO deberá gestionar ante DICONSA el reintegro del costo de dichos sobres, debido a que ésta no los puso oportunamente a disposición de la CNPDHO.

• 105/14-12-11.- De los 2,650 sobres que fueron entregados por DICONSA fuera del procedimiento establecido en el Convenio de Colaboración, se acordó solicitar el reintegro del costo de los mismos.

• 107/14-12-11.- De los 12,309 sobres que caducaron en el mes de octubre de 2011 se autorizó que fueran dados de baja como desecho.

Al respecto, mediante los oficios núms. DGPL/1082/2012 y DGPL/1181/2012, de fechas 24 de mayo y 6 de junio de 2012, respectivamente, la CNPDHO requirió a la empresa DICONSA, S.A. de C.V., el reintegro de 137.1 miles de pesos, por los 4,288 sobres (señalados en los puntos 1 y 4) de los que no se acreditó su entrega a los beneficiarios, y por los 6,462 (señalados en el punto 3), que caducaron en el mes de noviembre. De los 12,309 sobres, por 161.5 miles de pesos, que caducaron en el mes de octubre de 2011 la CNPDHO no requirió su reintegro.

Sobre el particular, la CNPDHO presentó, mediante el oficio núm. DGAF/1431/2012 de fecha 19 de octubre de 2012, nota informativa de la DGPL con la que comunicó que con oficio núm. DF/COM/593/2012 de fecha 23 de agosto de 2012, firmado por el Director de Finanzas de DICONSA S.A. de C.V., se remitió a la CNPDHO el reintegro por 162.5 miles de pesos correspondientes a 4,288 sobres por 54.7 miles de pesos de los que no se acreditó su entrega a los beneficiarios, 6,462 sobres por 82.4 miles de pesos que caducaron en el mes de noviembre, y 1,993 sobres por 25.4 miles de pesos que caducaron en el mes de octubre y que forman parte de los 12,309 sobres caducados en dicho mes.

Page 24: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

24

No obstante, se constató que al mes de octubre de 2012 no se habían reintegrado a la TESOFE 136.1 miles de pesos, correspondientes a los 10,316 sobres que caducaron en octubre de 2011; por lo que se presume un probable daño a la Hacienda Pública Federal por esa cantidad.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-01-008 11-0-20G00-02-0442-03-005 11-9-20G00-02-0442-08-004

21. Se constató que con recursos de 2012 se pagó a DICONSA, S.A. de C.V., la cantidad de 1,608.4 miles de pesos por concepto de servicios devengados en el ejercicio 2011, soportados en la factura núm. 2315, emitida el 21 de mayo de 2012, por la entrega de apoyos en especie del bimestre operativo noviembre-diciembre 2011.

Cabe mencionar que esta práctica también se vio reflejada en el ejercicio 2011, en el cual se pagaron a LICONSA, S.A. de C.V., 250.3 miles de pesos, con motivo del abastecimiento de apoyos en especie en el ejercicio 2010, de acuerdo con el convenio de colaboración C/COL/3714/2010, cantidad que fue cubierta con recursos presupuestales de 2011; para ello, se emitió la CLC núm. 940, soportada en las facturas núms. OCE 1477 y OCE 1480; cabe resaltar que en ambos ejercicios 2010 y 2011 estos importes no fueron considerados en los Adeudos de Ejercicio Fiscales Anteriores (ADEFAS), y por ende notificados a la SHCP antes del último día de febrero del año fiscal inmediato posterior.

Sobre el particular, la CNPDHO presentó, mediante el oficio núm. DGAF/1431/2012 de fecha 19 de octubre de 2012, nota informativa de la DGPL en la que manifiesta que en el caso de la factura 2315, se debió al retraso de DICONSA, S.A. de C.V., en la entrega de las conciliaciones, por tal motivo no se determinó el monto facturable. Para el caso de las facturas OCE 1477 y OCE 1480 se debió a que LICONSA, S.A. de C.V., al finalizar el 2010 quedó pendiente de acreditar la entrega de los 18,760 sobres, en los almacenes de DICONSA, S.A. de C.V.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-01-009

22. En el análisis del cierre de inventarios reportados por las empresas paraestatales LICONSA (165,930 sobres) y DICONSA (884,770 sobres), S.A. de C.V., según oficios SPB/0038/2012 y DC/LAN/094/2012, de fechas 12 de enero y 16 de febrero de 2012, respectivamente, se observó una existencia en sus almacenes generales de 1,050,700 sobres (959,410 de leche fortificada y 91,290 de complemento nutricional) por un importe de 18,801.7 miles de pesos. Cabe señalar que esta existencia representó el 48.5 % de lo entregado durante todo el ejercicio 2011 (2,164,950 sobres entregados en los seis bimestres).

Al respecto, se observó que la CNPDHO no lleva a cabo acciones de seguimiento, supervisión y evaluación de la información de las entradas, salidas, existencias, mermas y vencimiento de caducidad de los bienes que le reportan DICONSA, S.A. de C.V., y LICONSA, S.A. de C.V., a efecto de determinar los ajustes correspondientes a la operación del programa bimestre a bimestre y con ello evitar inventarios excesivos y caducos al cierre de cada ejercicio.

Page 25: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

25

Sobre el particular, mediante el oficio núm. DGAF/1431/2012, de fecha 19 de octubre de 2012, la CNPDHO presentó nota informativa de la DGPL en la que manifiesta que los controles necesarios para el almacenaje, distribución y entrega de los apoyos son responsabilidad de DICONSA, S.A. de C.V., y LICONSA, S.A. de C.V., ya que son empresas expertas en el manejo, control, almacenamiento y administración de productos perecederos.

No obstante, la CNPDHO es responsable de dar seguimiento, supervisar y asegurarse de que la distribución y administración de los recursos se realice en forma eficiente y eficaz, y que los beneficiarios reciban efectivamente los apoyos.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-01-010

23. Con la finalidad de verificar las operaciones realizadas por las prestadoras de servicio BANSEFI, TELECOMM y LICONSA, S.A. DE C.V., quienes participaron en la entrega y distribución de los apoyos económicos y en especie durante el ejercicio 2011, se programaron visitas domiciliarias a sus instalaciones del 13 al 20 de julio de 2012, las cuales se sustentaron en actas circunstanciadas núms. 002/CP2011, 003/CP2011, y 004/CP2011, de las que se obtuvieron los resultados siguientes:

APOYOS MONETARIOS (BANSEFI Y TELECOMM)

• No se identificó en los comprobantes de pago (muestras seleccionada: segundo bimestre de 2011 BANSEFI en las localidades de Villa Real, Comunidad Cuatro Caminos, Rancho San Juan Villareal, Rancho Guadalupe y el Mirador, del Estado de Tlaxcala) el monto correspondiente al Apoyo del PAL, para lo cual las liquidadoras manifestaron que los comprobantes de pago se emiten con cifras globales en un recibo denominado “Oportunidades” con diferentes claves de pago, las cuales no permiten determinar a qué programa social y apoyo corresponden. Posteriormente, la Coordinación informó que en los recibos de entrega de apoyos se puede identificar a que programa corresponden los apoyos, a través del folio de la familia y de la clave del concepto de apoyo.

• En la revisión de los seis calendarios de pago bimestrales del PAL, en sus modalidades de: Abono en cuenta de ahorro a la vista; Abono en cuenta de ahorro con tarjeta de debito asociada; Abono en cuenta bancaria asociada a una tarjeta bancaria con Chip y Entrega en efectivo ensobretado, no se identificaron las entregas correspondientes a éstas, por lo que las liquidadoras manifestaron que son listados con cifras globales de conformidad con el convenio de colaboración celebrado con la CNPDHO.

APOYOS EN ESPECIE (LICONSA)

• Se verificó la existencia de los inventarios en el almacén de LICONSA, S.A. de C.V., del mes de enero de 2011, los cuales ascendieron a 977,040 sobres (212,000 de complemento alimentario y 765,040 de leche en polvo fortificada) por un importe de 13,033.2 miles de pesos correspondientes a las remesas 1 y 2 adquiridas en el ejercicio 2010, por lo que la DGPL, mediante el oficio núm. DGPL/2593/2010 de fecha 29 de septiembre de 2010, le solicitó fueran entregados en los Almacenes Centrales de

Page 26: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

26

DICONSA, S.A. de C.V., (en fechas 20 de octubre y 15 de diciembre de 2010), para ser distribuidos a los beneficiarios del PAL en el mismo ejercicio 2010; al respecto, DICONSA recibió 966,997 sobres, de los cuales efectuó la entrega del sexto bimestre de 2010 que ascendió a 199,220 sobres, quedando un inventario inicial para 2011 de 767,777 sobres, que fueron utilizados para las entregas del primero al cuarto bimestre por 714,730 sobres, quedando una existencia de 53,047 sobres (cuyo destino se describe en el resultado núm. 20).

En relación con el faltante de 10,043 sobres no entregados por LICONSA, S.A. de C.V, ésta comprobó que mediante ficha de depósito del 15 de febrero de 2011, reintegró a la TESOFE 0.5 miles de pesos por concepto de 43 sobres que no pudo acreditar su entrega, los 10,000 sobres restantes, de los cuales 7,840 corresponden a leche en polvo fortificada por un monto de 105.8 miles de pesos y 2,160 a complementos nutricionales por 27.6 miles de pesos, se encuentran pendientes de aclarar.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-03-006

24. Se constató que las paraestatales LICONSA, S.A. de C.V., (Planta de producción Querétaro y Almacén Central Chalco Solidaridad, Estado de México) y DICONSA, S.A. de C.V., (Almacén Central de Lerma, Estado de México) tienen establecido un control de inventarios electrónico bajo el esquema de primeras entradas, primeras salidas (PEPS), los cuales se encuentran vinculados con las áreas de compras, producción, e inventarios, lo que permite identificar los movimientos constantes que se realizan, además de que ambas instalaciones cuentan con los sistemas de seguridad de control de acceso a los mismos, extintores, áreas ventiladas y con estrictos estándares de control de calidad para las entradas y salidas de los sobres.

Asimismo y a efecto de verificar la recepción de los beneficiarios del PAL, se seleccionó una muestra de LICONSA, S.A. de C.V., correspondiente al bimestre septiembre-octubre de 2011 y de las Delegaciones Coyoacán, Azcapotzalco e Iztapalapa (1,186 acuses de Entrega de Recibo Apoyos en Especie PAL), para constatar a través de los “Listados de Entrega de Apoyos en Especie a Familias del PAL” contra los “Acuses de Entrega de Recibo Apoyos en Especie PAL”, el número de beneficiarios y sobres entregados, determinándose que los que estaban firmados (809) fueron pagados y los no firmados (377) no fueron entregados; cabe resaltar que los 809 apoyos pagados corresponden a 7,130 sobres de leche fortificada y 960 sobres de complemento nutricional por 124.7 miles de pesos y 13.3 miles de pesos, respectivamente, y por lo que respecta a los 377 apoyos no entregados corresponden a 5,530 sobres por 94.4 miles de pesos; este resultado quedó asentado en el acta circunstanciada núm. 004/CP2011.

25. En las visitas realizadas los días 13 y 16 de julio de 2012 por personal de la ASF en las instalaciones de TELECOMM y BANSEFI, se les solicitó copia de las fichas de depósito o transferencias electrónicas de los reintegros efectuados a la TESOFE por concepto de apoyos no entregados y de los intereses generados, a efecto de verificar si se realizaron en tiempo y forma.

Page 27: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

27

Al respecto, se constató que durante el ejercicio 2011 TELECOMM reintegró a la TESOFE 129,728.2 miles de pesos, por concepto de apoyos monetarios no entregados a los beneficiarios del PAL; así como, 3.7 miles de pesos, por intereses generados en la cuenta productiva en la que se manejaron los recursos relativos a la partida 4301 “Subsidios a la Producción”, de lo cual proporcionó copia de los recibos de pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos Federales, cabe resaltar que si bien presentaron evidencia documental de los intereses generados, también es que no se contó con los estados de cuenta bancarios a efecto de corroborar si éstos correspondieron en tiempo y en forma a los reintegros presentados.

En el caso de BANSEFI, no proporcionó información al respecto en la visita realizada; sin embargo, por intervención de la Auditoría Superior de la Federación, dicha información fue remitida con posterioridad como se detalla en el resultado núm. 16, por lo que se solventa lo observado.

26. Se constató la integración y operación de la Contraloría Social para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el programa, la cual estuvo integrada por gestores voluntarios de la red social, y desarrolló las funciones siguientes:

• Verificar la atención adecuada, oportuna y de calidad a los beneficiarios del PAL.

• Realizar acciones de promoción y participación social en forma directa con los beneficiarios y sus familiares llevando esta labor voluntaria hasta las comunidades.

Por otra parte, se comprobó que la CNPDHO elaboró los informes trimestrales, los cuales remitió a la H. Cámara de Diputados y a las secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública, dentro de los 15 días hábiles posteriores a la terminación de cada trimestre.

Adicionalmente, se verificó que en la publicidad y la información relativa al PAL durante el ejercicio 2011, se incluyó la leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".

27. Se comprobó que la CNPDHO contó con la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) del PAL 2011, elaborada en términos generales, con base en la metodología determinada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, la SHCP y SFP. Asimismo, se constató que en ésta se incluyeron los objetivos, estrategias, líneas de acción y metas indicadas en el Plan Nacional de Desarrollo y en el Programa Sectorial de Desarrollo Social; así como, un resumen narrativo con la descripción de los principales ámbitos de acción del programa (el propósito y fin del programa; la población objetivo; y los bienes y servicios que deberán ser entregados a través del programa), los indicadores, la definición de las fuentes de la información utilizada, los medios de verificación de la información (estadísticas, encuestas, revisiones, auditorías, entre otros,) y la descripción de los factores externos que inciden en el cumplimiento de los objetivos del programa.

Page 28: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

28

La MIR está vinculada con el objetivo de reducir significativamente el número de mexicanos en condiciones de pobreza con políticas públicas que superen un enfoque asistencialista, de modo que las personas puedan adquirir capacidades y generar oportunidades de trabajo.

28. Se constató que en el ejercicio 2011, la Coordinación contó con un órgano colegiado de apoyo, denominado Comité Técnico del PAL, que estuvo integrado por el Titular de la CNPDHO y de las direcciones generales adscritas a ésta, que son: las de Evaluación y Monitoreo de Programas Sociales, de Análisis y Prospectiva, y de Geoestadística y Padrones de Beneficiarios de la SEDESOL, el cual realizó dos sesiones ordinarias y cuatro extraordinarias en las que se trataron diversos asuntos, tales como:

• Aprobación de planes propuestos por sus integrantes para mejorar el diseño y los procesos del Programa;

• Resolución de asuntos no previstos en las reglas de operación;

• Revisión del avance del Programa en términos de incorporación de beneficiarios;

• Autorización de entrega de Apoyos en Especie;

• Solicitud de mantenimiento al padrón de beneficiarios, y

• Autorización de la transición de beneficiarios del PAL a Oportunidades.

29. En las Reglas de Operación del PAL para el ejercicio 2011 se contemplan los apoyos monetarios y en especie a mujeres embarazadas y en periodo de lactancia; al respecto, la CNPDHO proporcionó copia del Acta correspondiente a la tercera sesión ordinaria celebrada por el Comité Técnico el 28 de abril de 2011, observándose que en el punto 6.3 “Situación de Complementos para Mujeres Embarazadas o en Periodo de Lactancia”, se propuso que la entrega de los complementos nutricionales se suspendiera y no se reanudara hasta contar con un mecanismo eficiente en términos de oportunidad en su entrega, en virtud de que por las atribuciones de dicha Coordinación no le es posible conocer cuándo una mujer se encuentra embarazada, y por consiguiente determinar anticipadamente los requerimientos de producción y distribución de los apoyos para dicha población, y así evitar la existencia de mermas.

Por lo anterior, en su Acuerdo 063/28-04-11, el órgano colegiado autorizó a la CNPDHO iniciar la entrega de los apoyos en el segundo semestre de 2011; no obstante, dicha instrucción no se llevó a cabo, ya que de la revisión al Padrón de Beneficiarios del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011, por los apoyos otorgados en especie se constató que no hubo entrega a mujeres embarazadas o en periodo de lactancia.

Con motivo de esta problemática, en la cuarta sesión ordinaria del Comité Técnico celebrada el 9 de noviembre de 2011, se presentó para su aprobación el proyecto de Reglas de Operación del Programa para el ejercicio fiscal 2012 (numeral V), en el que se sugirió que en vez de eliminar la entrega de suplementos alimenticios a mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, se considerará en la Reglas de Operación la leyenda siguiente:

Page 29: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

29

“La entrega de sobres de complemento nutricional para mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, referida en el numeral 3.5.2, permanecerá suspendida hasta en tanto SEDESOL y la CNPDHO convoquen al Sector Salud para diseñar una estrategia de atención específica para este grupo de población, que podrá incluir la entrega de complementos alimenticios, leche o tabletas, lo cual deberá ocurrir durante el primer semestre del año” (situación que se identificó en el apartado de Previsiones de las Reglas de Operación del PAL, para el ejercicio fiscal 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 28 de diciembre de 2011).

Cabe señalar, que con el oficio núm. DGAF/1442/2012 de fecha 22 de octubre de 2012, la DGAF remitió copia del oficio núm. DGPL/2377/2012, mediante el cual la DGPL proporcionó copia de las gestiones realizadas con diversas instancias del Sector Salud a partir del año 2010, así como con la Comisión Intersecretarial de Desarrollo Social, señalando que la CNPDHO ha explorado todas las alternativas posibles para instrumentar la entrega de apoyos en especie a las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, e incluso ha gestionado la propuesta de entregar complementos a todas las mujeres en edad fértil, para salvar el impedimento de detectar oportunamente el embarazo; sin embargo, adicional a la insuficiencia presupuestal, los factores que impiden avanzar inciden nuevamente en la falta de atribuciones de la Coordinación, para asegurar el acceso a los servicios de salud, al seguimiento nutricional materno-infantil y a las acciones de orientación o capacitación especializada en la mejora de las condiciones de salud y nutrición de la población beneficiaria, debido a que son atribuciones que se han conferido al Sector Salud, limitando además las acciones y efectos del PAL, ya que sólo se está actuando en ciertas dimensiones de la seguridad alimentaria, interviniendo en el acceso físico y económico de los alimentos por parte de los beneficiarios, mediante las transferencias monetarias, sin efectos factibles en el estado de nutrición.

En ese sentido y a fin de no reincidir en el incumplimiento de las Reglas de Operación, el Comité Técnico, en su sexta sesión ordinaria de fecha 4 de junio de 2012, aprobó realizar modificaciones a las Reglas de Operación, en las que se derogue la entrega de apoyos en especie a las mujeres embarazadas y lactantes y se adicione un artículo transitorio, que establezca que dentro del segundo semestre del ejercicio fiscal 2012, la SEDESOL y la CNPDHO gestionen ante el Sector Salud para que, de manera conjunta, se defina la atención específica e integral que deberán recibir las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia que son beneficiarias del Programa, y así dar cumplimiento a la normativa aplicable.

Además de solicitarse a la Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación de la SEDESOL evalúe y determine el alcance real del objetivo del PAL, se especifiquen los sectores que deben intervenir para asegurar el cumplimiento de los objetivos y se definan las responsabilidades de la Coordinación en términos reales de las atribuciones conferidas.

Por lo antes expuesto, se considera que la CNPDHO realizó las acciones correspondientes, a fin de no incumplir en la normativa para la entrega de apoyos a las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia.

Page 30: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

30

30. Para analizar la información reflejada en los estados financieros 2011, se solicitó a la CNPDHO la integración de las cuentas contables 11206 "Deudores Diversos" por un saldo de 21,503.1 miles de pesos, 21205 "Acreedores Diversos" por 5,228,082.6 miles de pesos, 41101 "Patrimonio" por un saldo negativo de 5,268,156.1 miles de pesos (Estado de Situación Financiera al 31 de diciembre de 2011) y 52202 "Pérdidas Diversas" por un saldo de 7,318.8 miles de pesos (Estado de Resultados del 1° de enero al 31 de diciembre del 2011), a fin de determinar lo correspondiente al PAL. Al respecto, la DGAF manifestó lo siguiente:

De la cuenta 11206 “Deudores Diversos”, no es posible identificar el saldo del PAL, en virtud de que está integrada principalmente por comprobaciones pendientes de pago a terceros, entre los cuales se encuentran las Coordinaciones Estatales; sin embargo, no proporcionó los auxiliares contables que integren el monto total de la cuenta.

De la cuenta 41101 “Patrimonio”, se informó que el saldo está integrado al igual que la cuenta de "Acreedores Diversos" por ADEFAS, que para el caso del PAL corresponden 52,900.2 miles de pesos; además en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2011 se señaló que la cuenta se vio disminuida respecto al ejercicio anterior (2010), básicamente por la extinción del Fideicomiso "Jóvenes con Oportunidades" y a que los montos de inversión se han visto mermados por la desincorporación de bienes, así como el considerable monto acumulado que se tiene en el rubro de ADEFAS, situación que se constató en el Anexo de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2011, rubro II. "Avance de materia de extinción de fideicomisos, mandatos o actos análogos, incluyendo el monto de recursos concentrados en la Tesorería de la Federación y la relación de aquéllos extintos o terminados", en el que se indicó que dicho Fideicomiso causó baja con fecha 15 de julio de 2011; sin embargo, no se proporcionaron los auxiliares contables que integren el monto total de la cuenta.

De la cuenta contable 52202 “Perdidas Diversas”, se indicó que la misma se salda al cierre del ejercicio con movimientos de ajuste quedando sin saldo al inicio del ejercicio 2012; sin embargo, al 5 de octubre de 2012 no se proporcionó evidencia documental.

De la cuenta contable 21205 “Acreedores Diversos”, se proporcionaron los auxiliares contables que amparan un monto de 52,900.2 miles de pesos que corresponden a ADEFAS del PAL por concepto de la entrega de apoyos monetarios y comisiones a las liquidadoras pendientes de pago al 31 de diciembre de 2011; sin embargo, de la diferencia por 5,175,182.4 miles de pesos, se desconoce la integración.

Por lo anterior y aunado a que no fueron presentadas las notas correspondientes de los estados financieros como parte integral de los mismos, no se efectuó su análisis, inspección y verificación de las cifras que los integraron y que sirvieron de base para la toma de decisiones.

Al respecto, mediante oficio núm. DGAF/1430/2012 de fecha 19 de octubre de 2012, la DGAF proporcionó los auxiliares contables de las cuentas observadas indicando que en el caso de la 11206, corresponden 21,495.4 miles de pesos al PDHO y 7.7 miles de pesos al PAL; de la 41101 proporcionó la integración de los ADEFAS del PDHO y las pólizas del registro contable por la extinción del Fideicomiso “Jóvenes con Oportunidades”, así como

Page 31: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

31

los resultados según Balanza de Comprobación al 31 de diciembre de 2011; de la 52202 señaló que el saldo corresponde a bajas de bienes por siniestros y por desincorporación y de la 21205, por la diferencia de 5,175,182.4 miles de pesos, aclaró que 5,154,300.8 miles de pesos corresponden a los ADEFAS del PDHO y 20,881.6 miles de pesos por otros rubros tales como: FONAC, FOVISSSTE, Seguro de gastos médicos mayores, etc.

En relación a la falta de notas en los estados financieros, comentó que dichos informes se realizan con base en la normativa aplicable en la materia “Sistema de Contabilidad Gubernamental del Sistema de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público” vigente desde el 1° de enero de 2011, y los entregan a la SEDESOL para su integración en los informes a nivel de la Secretaría, quien da a conocer los resultados correspondientes.

Sin embargo, se observó que las aclaraciones al respecto fueron integradas a petición de la Auditoría Superior de la Federación, por lo que se concluye que las operaciones presupuestarias y contables no se manejan de forma armónica, delimitada y específica.

La entidad fiscalizada, en el transcurso de la auditoría y con motivo de la intervención de la ASF, instruyó las acciones de control necesarias para que en el registro contable se pueda diferenciar el gasto del PDHO del correspondiente al del PAL, con el propósito de que las operaciones presupuestarias y contables se lleven a cabo de forma armónica, delimitada y específica. Al respecto, mediante oficio núm. DGAFP/147/2012, la Dirección General Adjunta de Finanzas y Programación comunicó que a partir del mes de noviembre del 2012, en los informes financieros que se envíen a la SEDESOL, se mencionará la responsabilidad de la CNPDHO de los importes contenidos en los mismos, así como la aplicación de la normativa vigente en su registro y que para identificar las operaciones de cada programa, en la clave contable se señalará la estructura de la integración de las cuentas para registrar las operaciones presupuestales y contables.

Véase acción(es): 11-0-20G00-02-0442-01-011

31. Con la revisión de los auxiliares contables del presupuesto ejercido del PAL 2011, se constató un gasto de 3,701,523.3 miles de pesos, que comparado con el Estado del Ejercicio del Presupuesto y la Cuenta de la Hacienda Pública Federal por 3,695,138.2 miles de pesos, arrojó una diferencia de 6,385.1 miles de pesos, la cual correspondió a las cuentas contables 31207-12101-003-001 "Honorarios" por 6,385.3 miles de pesos y a la cuenta contable 61214-22104-1371 "Productos alimenticios para el personal en las instalaciones de las dependencias y entidades” por un saldo negativo de 0.2 miles de pesos.

Respecto de lo anterior, la DGAF de la CNPDHO manifestó que los 6,385.3 miles de pesos de la cuenta contable 31207-12101-003-001 “Honorarios”, se debe a que se emitieron y rectificaron CLC, además de realizarse reintegros a dicha partida. Respecto al saldo negativo por-0.2 miles de pesos, corresponde a la emisión de una CLC (rectificación), ya que dicho monto se originó de un reintegro realizado al PDHO debiendo corresponder al PAL, por lo que se procedió a realizar la reclasificación del presupuesto con la póliza núm. 988, sin generar variaciones contables o presupuestales; además, aclaró que dicho movimiento se identificó derivado de la revisión aplicada por la Auditoría Superior de la Federación.

Page 32: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

32

Asimismo, proporcionó evidencia documental de los auxiliares contables de ambas cuentas, cuyas cifras son coincidentes a las reportadas en el Estado del Ejercicio del Presupuesto y la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2011.

Acciones

Recomendaciones

11-0-20G00-02-0442-01-001.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades se asegure que se realicen las acciones que correspondan, a fin de que se actualicen sus manuales de Organización Específico y de Procesos y Procedimientos Sustantivos y de Soporte, conforme a las funciones y atribuciones que realiza, y una vez autorizados los documentos mencionados se proceda a su publicación y difusión. Asimismo, del Manual del Proceso Operativo de Familias y del instructivo para el promotor social del proceso operativo de incorporación de familias beneficiarias del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades y del Programa de Apoyo Alimentario se obtenga la autorización y el registro ante la Dirección General de Organización de la Coordinadora Sectorial y el Comité de Mejora Regulatoria Interna. [Resultado 1]

11-0-20G00-02-0442-01-002.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades instrumente los mecanismos de control y supervisión que aseguren que, en lo sucesivo, el ejercicio del presupuesto para los gastos de operación del Programa de Apoyo Alimentario, se efectúe de conformidad con los porcentajes autorizados en las Reglas de Operación del Programa de Apoyo Alimentario, así como de conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos Específicos del Programa de Reducción de Gasto Público, dado a conocer por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. [Resultado 6]

11-0-20G00-02-0442-01-003.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades implemente los mecanismos de control, supervisión y seguimiento que garanticen la emisión de procedimientos, políticas, lineamientos o criterios que establezcan los aspectos normativos para la contratación del personal de honorarios. [Resultado 7]

11-0-20G00-02-0442-01-004.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades implemente mecanismos de control y supervisión que aseguren que, en lo sucesivo, los recursos del Programa de Apoyo Alimentario se depositen desde el inicio de su transferencia a las liquidadoras en una cuenta bancaria específica y productiva, a fin de que los rendimientos generados respecto de los subsidios se reintegren a la Tesorería de la Federación en tiempo y forma, y se incluyan estas medidas en las Reglas de Operación del Programa de Apoyo Alimentario y en los convenios que se suscriban con los prestadores del servicio. [Resultado 10]

11-0-20G00-02-0442-01-005.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades implemente el procedimiento para determinar los montos máximos (considerando las reexpediciones que contemplan las Reglas de Operación

Page 33: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

33

del Programa de Apoyo Alimentario) que se podrán otorgar a los beneficiarios, y se incluyan en las Reglas de Operación del Programa de Apoyo Alimentario. [Resultado 12]

11-0-20G00-02-0442-01-006.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades instrumente mecanismos de control y supervisión que aseguren que los apoyos no entregados se reintegren en tiempo y forma por las liquidadoras a la Tesorería de la Federación; así como los intereses generados y, en su caso, las cargas financieras correspondientes tal como lo indica la normativa aplicable. [Resultado 15]

11-0-20G00-02-0442-01-007.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades implemente mecanismos de control y supervisión a efecto de que se realicen conciliaciones periódicas con oportunidad que permitan incrementar y reforzar el manejo de los recursos del Programa de Apoyo Alimentario en términos de eficiencia, eficacia, economía y transparencia. [Resultado 17]

11-0-20G00-02-0442-01-008.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades instrumente mecanismos de control, supervisión y seguimiento que permitan identificar con oportunidad la caducidad de los sobres de complemento nutricional y leche fortificada, a fin de que se entreguen en forma y tiempo al sector salud para su reaprovechamiento, y con ello evitar su destrucción. [Resultado 20]

11-0-20G00-02-0442-01-009.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades establezca mecanismos de control y supervisión a efecto de identificar en forma y tiempo los compromisos de pago y programar los Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores con objeto de informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y no ejercer recursos del presupuesto siguiente. [Resultado 21]

11-0-20G00-02-0442-01-010.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades establezca los mecanismos de control, seguimiento, supervisión y evaluación, a fin de determinar que en la adquisición de sobres de complemento nutricional y leche fortificada, se efectúen los ajustes de acuerdo a las necesidades para la operación del Programa de Apoyo Alimentario bimestre a bimestre, a efecto de contar con inventarios que coadyuven a evitar su caducidad y destrucción posterior. [Resultado 22]

11-0-20G00-02-0442-01-011.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades implemente mecanismos de control y supervisión que permitan llevar a cabo una contabilidad específica para el Programa de Apoyo Alimentario, con objeto de que la información que se refleje sea clara y transparente. [Resultado 30]

Solicitudes de Aclaración

11-0-20G00-02-0442-03-001.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 966.0 miles de pesos correspondientes a entregas de apoyos superiores a lo señalado en las Reglas de Operación del Programa de Apoyo Alimentario a 1,290 familias beneficiarias. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad

Page 34: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

34

fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 12]

11-0-20G00-02-0442-03-002.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades aclare y proporcione la documentación que acredite los reintegros a la Tesorería de la Federación por concepto de las cargas financieras generadas por los desfases de siete y un día en el entero a la Tesorería de la Federación de las liquidadoras Telecomunicaciones de México por 44,590.9 miles de pesos y del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo por 63,184.4 miles de pesos, respectivamente; así como, por la devolución extemporánea de los intereses generados por 2.9, 8.8 y 10.0 miles de pesos. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 14]

11-0-20G00-02-0442-03-003.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades aclare y proporcione la documentación que acredite los reintegros a la Tesorería de la Federación correspondientes a las cargas financieras que procedan por la devolución extemporánea de los intereses por 52.3 miles de pesos; así como, del principal por 7,614.6 miles de pesos. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 15]

11-0-20G00-02-0442-03-004.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades aclare y proporcione la documentación que acredite los reintegros a la Tesorería de la Federación correspondientes a las cargas financieras que procedan, con motivo de la devolución extemporánea de los intereses generados en la cuenta bancaria productiva de la liquidadora Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 16]

11-0-20G00-02-0442-03-005.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades aclare y proporcione la documentación comprobatoria que demuestre el entero a la Tesorería de la Federación de 136.1 miles de pesos correspondiente a 10,316 sobres de complemento nutricional y de leche fortificada que caducaron. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 20]

11-0-20G00-02-0442-03-006.- Para que la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades aclare y proporcione la documentación justificativa y comprobatoria de 133.4 miles de pesos, por concepto de 7,840 sobres de leche en polvo fortificada y 2,160 sobres de complemento nutricional que no fueron entregados por la liquidadora LICONSA, S.A. de C.V. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 23]

Page 35: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

35

Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

11-9-20G00-02-0442-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, para que realice las investigaciones pertinentes y en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión efectuaron gastos superiores a los estipulados en la Reglas de Operación del Programa de Apoyo Alimentario por concepto de gastos de operación; así como, por no haber realizado la reducción a dichos gastos de conformidad con el Programa Nacional de Reducción del Gasto Público, emitido por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. [Resultado 6]

11-9-20G00-02-0442-08-002.- Ante el Órgano Interno de Control en la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión efectuaron pagos mensuales brutos por honorarios durante el 2011 superiores al del grupo jerárquico máximo de Jefe de Departamento. [Resultado 7]

Esta acción se deriva del(de los) Pliego(s) de Observaciones que se emite(n) en este informe con la(s) clave(s):

11-0-20G00-02-0442-06-001

11-9-20G00-02-0442-08-003.- Ante el Órgano Interno de Control en la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no solicitaron en tiempo y forma a las liquidadoras Telecomunicaciones de México y del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, los intereses generados por el reintegro de los recursos no dispersados; así como de las cargas financieras por el desfase del principal y de los intereses. [Resultado 14]

11-9-20G00-02-0442-08-004.- Ante el Órgano Interno de Control en la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión no efectuaron oportunamente la entrega de 18,771 sobres de complemento nutricional y de leche fortificada próximos a caducarse, por un importe de 243.9 miles de pesos, al sector salud para su reaprovechamiento, provocando su destrucción. [Resultado 20]

Page 36: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

36

Pliegos de Observaciones

11-0-20G00-02-0442-06-001.- Se presume un probable daño o perjuicio o ambos a la Hacienda Pública Federal por un monto de 142,855.26 pesos (ciento cuarenta y dos mil ochocientos cincuenta y cinco pesos 26/100 M.N.), debido a que se realizaron pagos mensuales brutos por concepto de honorarios durante el 2011, superiores al del grupo jerárquico máximo de Jefe de Departamento. [Resultado 7]

Recuperaciones Operadas y Probables

Se determinaron recuperaciones por 1,478.6 miles de pesos, de los cuales 99.9 miles de pesos fueron operados, y 1,378.7 miles de pesos corresponden a recuperaciones probables.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 19 observación(es), de la(s) cual(es) 5 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 14 restante(s) generó(aron): 11 Recomendación(es), 6 Solicitud(es) de Aclaración, 4 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria y 1 Pliego(s) de Observaciones.

Dictamen: con salvedad

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, la CNPDHO cumplió con las disposiciones normativas aplicables, excepto por los resultados que se precisan en el apartado correspondiente de este informe y que se refieren principalmente a que se presume un probable daño por 142.9 miles de pesos debido a que se realizaron pagos mensuales brutos por concepto de honorarios superiores a los montos autorizados. Asimismo, se identificaron entregas de apoyos por importes superiores a los establecidos en las Reglas de Operación del Programa de Apoyo Alimentario (PAL) por 966.0 miles de pesos que no fueron aclarados por la entidad fiscalizada. Además, no se acreditó el reintegro en la Tesorería de la Federación de las cargas financieras que se originaron por los reintegros extemporáneos de los apoyos monetarios no entregados a los beneficiarios.

También, se observó que no se llevaron a cabo acciones de seguimiento, supervisión y evaluación de la información de las entradas, salidas, existencias, mermas y vencimiento de caducidad de los apoyos en especie (sobres de leche en polvo fortificada y complemento nutricional), lo que originó que 10,316 sobres de complemento nutricional y leche fortificada por 136.1 miles de pesos caducaran, y que 18,771 sobres por 243.9 miles de pesos, próximos a caducarse, no se entregaran a los beneficiarios ni al sector salud para su

Page 37: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

37

reaprovechamiento, provocando su destrucción. Además, no se acreditó la entrega de apoyos en especie por 133.4 miles de pesos.

Por otro lado, los gastos de operación fueron superiores en 24,725.3 miles de pesos en relación con el porcentaje autorizado en las Reglas de Operación del PAL y no se redujeron en al menos un 4.0% respecto del presupuesto ejercido en 2010.

Se observó que en cada una de las cuentas bancarias abiertas por las liquidadoras se concentran tanto los recursos del PAL como los del PDHO, lo que dificultó identificar los movimientos financieros del programa sujeto de revisión. En las Reglas de Operación del PAL y en los convenios respectivos no se especificó que el reintegro de recursos por parte de los prestadores del servicio, respecto de los subsidios que reciban, se debe realizar en conjunto con los rendimientos generados.

Se encontraron existencias de apoyos en especie en los almacenes de DICONSA y LICONSA que representaron el 48.5% de lo entregado durante todo el ejercicio 2011 (2,164,940 sobres entregados en los seis bimestres), por lo que existieron inventarios excesivos; no se lleva una contabilidad específica para el PAL, por lo que la información no es clara y transparente.

Asimismo es relevante mencionar que con motivo de la auditoría se logro el reintegro de 99.9 miles de pesos a la Tesorería de la Federación.

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Verificar que los manuales de organización y de procedimientos de las áreas relacionadas con las operaciones del programa sujeto a revisión se encuentren actualizados, validados y autorizados; asimismo, comprobar la emisión de lineamientos, políticas y normativa específicos autorizados para el control y administración de los recursos asignados al Programa de Apoyo Alimentario (PAL).

2. Constatar que las Reglas de Operación del PAL, correspondientes al ejercicio fiscal 2011, se emitieron por la CNPDHO en fecha posterior a la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), así como a la emisión del dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y que éstas se publicaron en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 31 de diciembre de 2010.

3. Comprobar que las acciones del PAL no se dupliquen con las contenidas en el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades (PDHO), tanto en su cobertura, población objetivo, objetivo general, beneficiarios, características de los apoyos y localidades.

4. Comprobar que el monto del presupuesto original autorizado en el PAL reportado en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal coincidió con el señalado en el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2011 aprobado por la Cámara de Diputados, comunicado a

Page 38: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

38

las unidades responsables y ejecutores del programa, y que tanto el presupuesto asignado como el calendario se publicaron en el Diario Oficial de la Federación en los plazos establecidos; asimismo, verificar que la unidad responsable del gasto se ajustó a los montos y a las fechas autorizadas en dicho calendario.

5. Constatar la coincidencia de las cifras del PAL reportadas en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2011, específicamente en la partida 43101 "Subsidios a la Producción", con las registradas en el Estado del Ejercicio del Presupuesto; que el presupuesto modificado se sustentó con los oficios de afectación presupuestaria correspondientes y que los movimientos presupuestarios se realizaron y autorizaron de conformidad con la normativa; asimismo, que los Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS) reportados en el Estado del Ejercicio se encuentren debidamente sustentados y que se notificaron en tiempo y forma ante la SHCP.

6. Constatar que las Cuentas por Liquidar Certificadas, comprobantes de la ministración de los recursos del programa sujeto a revisión, se emitieron conforme a la norma, se soportaron en la documentación comprobatoria respectiva, que éstas se registraron en el Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), en el Sistema Integral de Presupuesto y Contabilidad (SIPREC) y en el Sistema del Proceso Integral de Programación y Presupuesto (SPIPP) y que los recursos no ejercidos al cierre del ejercicio se reintegraron a la Tesorería de la Federación (TESOFE) en tiempo y forma.

7. Verificar que la suscripción de los contratos y convenios para la entrega de los apoyos económicos a los beneficiarios del PAL se realizó conforme a la normativa.

8. Constatar la existencia de mecanismos de coordinación para garantizar que el PAL no se contrapone o presenta duplicidades con otros programas y acciones del Gobierno Federal.

9. Comprobar la conformación y funcionamiento de las contralorías sociales y que en la documentación oficial generada con motivo de la operación del programa sujeto a revisión se incluyó la leyenda siguiente: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa". Asimismo, comprobar que en los informes trimestrales se reportaron los avances físicos y financieros, así como el cumplimiento de las metas y objetivos del programa, y que se remitieron a la Cámara de Diputados en tiempo y forma.

10. Constatar que la Matriz de Indicadores para Resultados se elaboró con base en la metodología determinada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, la SHCP y la Secretaría de la Función Pública (SFP).

11. Confirmar que la integración y mantenimiento del padrón de beneficiarios se realizó conforme a los requisitos establecidos en los lineamientos normativos.

12. Verificar que los gastos indirectos se otorgaron conforme a la normativa, en las partidas e importes autorizados y que no rebasaron el 9.6% del presupuesto original asignado al programa, y en el caso de la partida 12101 "Honorarios" a las plazas ocupadas no se les cubrieron percepciones superiores a las de un jefe de departamento de estructura.

Page 39: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

39

13. Comprobar que los recursos autorizados se transfirieron a las instancias liquidadoras; asimismo, que se depositaron en cuentas bancarias productivas y que los rendimientos generados se enteraron a la TESOFE en tiempo y forma.

14. Constatar que la entidad fiscalizada concilió con las instancias liquidadoras las cifras de los apoyos otorgados al cierre de cada bimestre, y que los recursos considerados como no pagados se reintegraron a la TESOFE durante los días establecidos en el convenio y en los contratos respectivos.

15. Comprobar mediante una muestra que los apoyos económicos otorgados a los Beneficiarios del PAL se sustentaron en la documentación comprobatoria original que contenga la etiqueta de seguridad que acredite el pago a los beneficiarios. Asimismo, comprobar que los expedientes se integraron con la documentación requerida por la normativa y que las liquidadoras cuenten con las medidas de seguridad a efecto de resguardar el recurso no pagado.

16. Comprobar que los pagos por la prestación del servicio de las instituciones liquidadoras (comisión sobre el importe total de los listados de liquidación de cada bimestre) se soportaron en las facturas respectivas y que se efectuaron de acuerdo con lo establecido en el convenio de colaboración o en los contratos de prestación de servicios celebrados para atender la entrega de apoyos económicos y en especie a los beneficiarios del PAL. Asimismo, corroborar que los pagos se correspondieron con los apoyos otorgados, que las operaciones se registraron en la contabilidad de la entidad fiscalizada y que la información presentada en los estados financieros coincida con los registros presupuestales y contables del ente auditado.

17. Comprobar que en el Comité Técnico del PAL participaron todos los integrantes que establecen las Reglas de Operación, que se llevaron a cabo las funciones que le competen y se desahogaron los asuntos en pleno en sesiones ordinarias o extraordinarias, y que se dio seguimiento a los acuerdos tomados.

18. Verificar mediante visita domiciliaria a las cuatro liquidadoras que las cifras de sus conciliaciones (de los apoyos económicos y en especie) coinciden con los registros de la CNPDHO; asimismo, identificar los saldos de los apoyos en especie que quedaron almacenados por las empresas prestadoras de servicios al cierre del ejercicio 2010 y 2011, así como constatar su entrega a los beneficiarios.

Áreas Revisadas

Las direcciones generales de Padrón y Liquidación (DGPL), de Información Geoestadística, Análisis y Evaluación (DGIGAE) y de Administración y Finanzas (DGAF), adscritas a la Coordinación Nacional del Programa Desarrollo Humano Oportunidades (CNPDHO). El Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo (BANSEFI), Telecomunicaciones de México (TELECOMM), LICONSA, S.A. de C.V., y DICONSA, S.A de C.V.

Page 40: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

40

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: Artículo 19.

2. Presupuesto de Egresos de la Federación: Artículo 30, fracción I, inciso G.

3. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículos 1, párrafo segundo; 45, párrafo primero; 53, 54, párrafos primero y tercero; 61, 75, fracciones IV, V y IX, y 77.

4. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Artículos 8, fracciones I y II; 64, 85, párrafo segundo; 120, párrafo primero; 131, fracción IV; 179, 232 y 242.

5. Ley General de Contabilidad Gubernamental: Artículos 21 y 44.

6. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 19 de julio de 2004, vigente en 2011, Artículo 5, fracción XI.

Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, Artículo 109.

Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en materia de Control Interno y se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 12 de julio de 2010, Artículo Tercero, Disposición 14, fracciones I, Normas Tercera "Actividades de Control Interno" y Cuarta "Información y Comunicación"; II.2 Nivel de Control Interno Directivo, Elemento Pimero "Ambiente de Control", incisos d) y e); II.3 Nivel de Control Interno Operativo, Elemnto Tercero "Actividades de Control, inciso a.

Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Apoyo Alimentario, para el ejercicio fiscal 2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 2010, numerales 3.5.1 "Apoyos Monetarios Directos", 3.8.2.1. "Comité Técnico del Programa de Apoyo Alimentario", incisos a y c; 4.2 "Entrega de Apoyos", penúltimo párrafo; 4.3 "Actualización Permanente del Padrón de Beneficiarios", párrafo décimo cuarto; 5.2 "Gastos de Operación", 7.1 "Seguimiento" y Octavo Transitorio.

Programa Nacional de Reducción del Gasto Público, emitido el 12 de marzo de 2010 por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la SHCP, mediante el oficio núm. 317-A0917, numeral 31.

Lineamientos Específicos del Programa de Reducción de Gasto Público del Ejercicio Fiscal 2011, dados a conocer por la Unidad de Política y Control Presupuestarios de la

Page 41: Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano … · 2018-01-30 · Por cada familia se elegirá a un titular, quien recibirá directamente los apoyos, deberá tener una

Grupo Funcional Desarrollo Social

41

SHCP mediante el oficio núm. 307-A 2757 del 16 de junio de 2011, punto 13, de la fracción tercera, del apartado B.

Convenio de Colaboración celebrado entre BANSEFI-LA COORDINACION 2011, de fecha 25 de marzo de 2011, cláusulas Vigésima Sexta, párrafo cuarto; y Cuadragésima Octava.

Convenio de Colaboración celebrado entre TELECOMM-La Coordinación, de fecha 25 de marzo de 2011, Cláusula Novena, párrafo último.

Lineamientos Normativos para la Integración, Mantenimiento y Consulta del Padrón de Beneficiarios de Programas de Desarrollo Social, emitidos por la Subsecretaría de Prospectiva, Planeación y Evaluación, a través de la Dirección General de Geoestadística y Padrón de Beneficiarios, numeral 6.2.4. "Conformación final del padrón de beneficiarios".

Oficio circular 401-UVFV-45355 de fecha 9 de diciembre de 2011, signado por la Unidad de Vigilancia de Fondos y Valores de la Tesorería de la Federación de la SHCP, párrafo noveno.

Convenio de colaboración número C/COL/246/2011 (tripartita) de fecha 25 de marzo de 2011, Cláusulas XXXII, XXXIII, XXXIV, XXXV, XXXVI, XXXVII y XXXVIII.

Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental: Importancia Relativa.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.