Cooperativismo Buques
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1) Empresas de Producción Social
Las Empresas de Producción Social se definen como entidades económicas
dedicadas a la producción de bienes, obras y Servicios, en las cuales el trabajo
tiene significado propio, no alienado y Auténtico. No existe discriminación social en
el trabajo y de ningún tipo de Trabajo, no existen privilegios asociados a la
posición jerárquica, con igualdad Sustantiva entre sus integrantes, basadas en una
planificación participativa y Protagónica y bajo régimen de propiedad estatal,
colectiva o la combinación de ambas.
2) Cooperativismo
Es una doctrina socio-económica que promueve la organización de las
personas para satisfacer de manera conjunta sus necesidades. El cooperativismo
está presente en todos los países del mundo. Le da la oportunidad a los seres
humanos de escasos recursos de tener una empresa de su propiedad junto a
otras personas. Uno de sus propósitos es eliminar la explotación de las personas
por individuos o empresas dedicados a obtener ganancias
3) Registro Nacional de Contratistas
El Registro Nacional de Contratistas es una dependencia administrativa del
Servicio Nacional de Contrataciones según la Ley de Contrataciones Públicas, que
tiene por objeto la consolidación de los datos de las empresas que han solicitado
inscripción en el Registro Nacional de Contratistas (RNC) a través de un Registro
Auxiliar, el cual permite generar información relevante y necesaria que sirve de
soporte para la toma de decisiones en los procesos de contratación. Ofrece
productos en forma oportuna, de calidad y confiable y fortalece los procedimientos
de los Registros Auxiliares, mediante la supervisión permanente. Contiene la
información básica para la calificación legal, financiera y la clasificación por
especialidad de las empresas de acuerdo a lo estipulado en la Ley de
Contrataciones, La inscripción en el RNC se hace a través del Sistema Nacional
de Contrataciones (SNC) y se canaliza por los Registros Auxiliares y los Registros
únicos La inscripción de las empresas es requisito indispensable para contratar
obras, bienes o servicios con el Estado Venezolano.
El Registro Nacional de Contratistas es el encargado de regir, coordinar y
administrar esta base de datos, y tiene como misión asegurar que las
adquisiciones de bienes, prestación de servicios y ejecuciones de obras
efectuadas por el Estado venezolano se realicen de acuerdo con los principios de
economía, planificación, transparencia, honestidad, eficiencia, igualdad,
competencia, publicidad, participación popular y demás disposiciones establecidas
en la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento, contribuyendo así de
manera fundamental a fortalecer las pequeñas y medianas empresas, al desarrollo
sostenible y la diversificación productiva de la economía del país