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CONVOCATORIA A VEEDURÍAS CIUDADANAS

CONVOCATORIA CERRADA FA-CC-025-2013

El FONDO ADAPTACIÓN, en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 850 de 2003, convoca a las veedurías ciudadanas a ejercer el control correspondiente sobre la convocatoria cerrada FA-CC-025-2013, la cual tiene por objeto contratar la elaboración de los estudios de factibilidad de los distritos de adecuación de tierras Barranquillita-Bajirá, Firavitoba, Magará y Pamplonita, integrantes del proyecto ―construcción y puesta en ejecución de distritos de adecuación de tierras‖. Mayores informes: Domicilio: Calle 75 # 5-88, pisos 3 y 4, Edificio Difransa, Bogotá, D.C.; Colombia E-mail: [email protected]

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FONDO ADAPTACIÓN

COVOCATORIA CERRADA FA-CC-025-2013

TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES DE LA CONVOCATORIA CERRADA N°025 de 2013

OBJETO: Elaboración de los estudios de factibilidad de los distritos de adecuación de tierras Barranquillita-Bajirá, Firavitoba, Magará y Pamplonita, integrantes del proyecto ―construcción y puesta en ejecución de distritos de adecuación de tierras‖.

Original firmado ___________________________________________________________________________________

CARMÉN ELENA ARÉVALO CORREA Gerente

Aprobó: María Leonor Villamizar Gómez: Original firmado Revisó Natalia Carolina Medina: Original firmado Elaboró: Diana Lorena Ordoñez R. Original firmado

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Contenido

CONVOCATORIA A VEEDURÍAS CIUDADANAS........................................................... 1

CONVOCATORIA CERRADA................................................................................................... 1

FONDO ADAPTACIÓN .............................................................................................................. 2

COVOCATORIA CERRADA ...................................................................................................... 2

CARMÉN ELENA ARÉVALO CORREA ................................................................................. 2

Contenido ....................................................................................................................................... 3

INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 8

CAPÍTULO l .................................................................................................................................... 9

INFORMACIÓN GENERAL ...................................................................................................... 9

1.1. ANTECEDENTES ................................................................................................................... 9 1.2. OBJETO DEL PROCESO ..................................................................................................... 11 1.2.1 Alcance del Objeto ................................................................................................................... 11 1.3. LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO ...................................... 13 1.4. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO (POE) ................................................................... 13 1.5. NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................... 15 1.6. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN ...... 15 1.7. NORMAS DE INTERPRETACIÓN DEL PROYECTO DE TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES .......................................................................................................................... 15 1.8. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO ......................................................... 18 1.9. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN .............................................................. 22 1.10. PUBLICIDAD DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES (TCC). ..... 22 1.11. PLAZO DE LA CONVOCATORIA .................................................................................... 22 1.12. CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIÓN INTERACTIVA ......................................... 22

FONDO ADAPTACIÓN ............................................................................................................ 23

Calle 75 #5-88 Piso 3 Edificio Difransa ....................................................................... 23 1.13. MODIFICACIÓN A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES .............. 23 1.14. PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS ........................................ 23

SOBRE n° 1 PROPUESTA TÉCNICA (ORIGINAL + MÉDIO ÓPTICO, PRIMERA Y SEGUNDA COPIA) .................................................................................................................... 25

Señores ......................................................................................................................................... 25

Objeto: ____________________________ ............................................................ 25

Sobre n°2: PROPUESTA ECONÓMICA (ORIGINAL + MEDIO ÓPTICO) ....... 25

Señores ......................................................................................................................................... 25

Objeto: ____________________________ ............................................................ 26

Estudio al que se presenta_____________ .............................................................. 26 1.15. DEBER DE DILIGENCIA Y DEBIDA INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO. ......... 26 1.16. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR ......................................................... 27 1.17. PROPUESTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES ............................................................ 27 1.18. TÉRMINO PARA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS ..................................................... 27

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1.19. CIERRE DE LA CONVOCATORIA Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS .................... 28 1.20. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS ........................................................................... 28 1.21. RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN ................................................ 29 1.22. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS ........................................................ 30 1.23. PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR (TRASLADO) ...................................... 31 1.24. ADJUDICACIÓN ............................................................................................................. 31 1.25. CONVOCATORIA FALLIDA ........................................................................................... 31 1.26. FIRMA DEL CONTRATO ................................................................................................ 31 1.27. REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO ................................................ 32 1.28. COSTO DE PREPARACIÓN Y ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA ........................... 32

CAPÍTULO II. .............................................................................................................................. 33

REQUISITOS HABILITANTES............................................................................................. 33 2. REGISTRO DE PROVEEDORES DEL FONDO ADAPTACIÓN, CAPACIDAD JURÍDICA Y CAPACIDAD FINANCIERA............................................................................................................ 33 2.1. INSCRIPCIÓN EN EL RPFA .............................................................................................. 33 De conformidad con las disposiciones del artículo 3 del Decreto 2962 de 2011, los proponentes o sus integrantes deben estar inscritos en el Registro de Proveedores del Fondo Adaptación (RPFA) y tener activa, vigente y actualizada, a la fecha y hora de presentación de la propuesta, su inscripción en dicho Registro................................................................................................................................... 33

2.1.1. MODO DE ACREDITAR LA INSCRIPCION EN EL RPFA ............................. 33 EL FONDO verificará la inscripción en el RPFA mediante consulta en dicho registro; por lo tanto, los oferentes no están obligados a aportar documento alguno para acreditar el cumplimiento de este requisito. .......................................................................................................................................... 33 2.2. CAPACIDAD JURÍDICA ..................................................................................................... 33

2.2.1. MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD JURÍDICA ................................... 34 2.2.1.1. Carta de presentación de la propuesta .................................................... 34 2.2.1.2. Fotocopia del documento de identidad .................................................... 35 2.2.1.3. Existencia y representación legal de las personas jurídicas .................... 35 2.2.1.3.1 . Personas Jurídicas Civiles o Comerciales, Nacionales o Extranjeras con Sucursal en

Colombia: ................................................................................................................ 35 2.2.1.3.2 Personas Jurídicas Extranjeras, Civiles o Comerciales, sin Sucursal en Colombia.

35 2.2.1.4. Fotocopia de la Tarjeta de Matrícula Profesional del ingeniero civil. ...... 37 2.2.1.5. Documento de constitución del consorcio o de la unión temporal .......... 37 2.2.1.6. Poderes .................................................................................................... 39 2.2.1.7. Certificación de cumplimiento de obligaciones con los sistemas generales de

seguridad social integral y aportes parafiscales ..................................................... 39 2.2.1.8. Garantía de seriedad de la propuesta ...................................................... 40 2.2.1.9. Consulta de antecedentes fiscales (Contraloría General de la República), disciplinarios

(Procuraduría General de la Nación) y Judiciales (Ministerio de Defensa Nacional – Policía Nacional) ................................................................................................................. 41 2.2.2. MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA ........................ 41

2.3. CAPACIDAD FINANCIERA ................................................................................................ 42 2.3.1. MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA ................... 42

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2.4. CAPACIDAD TÉCNICA HABILITANTE ............................................................................. 43 El proponente debe acreditar: .......................................................................................................... 43 1. Experiencia en la elaboración de estudios de factibilidad o diseño de proyectos de adecuación de tierras o de distritos de riego y drenaje. ........................................................................................... 43 2. Equipo de trabajo mínimo para la ejecución del objeto contractual. ............................................. 43 2.4.1. MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD TÉCNICA HABILITANTE ................................ 43 2.4.1.1.1. Requisitos de la documentación para acreditar la experiencia .......................................... 44 2.4.1.2. Equipo de trabajo mínimo.................................................................................................... 46

CARGO A DESEMP .................................................................................................................... 48

FORM. ACADÉM. ....................................................................................................................... 48

EXPERIENCIA............................................................................................................................. 48

CATEG. SEGÚN RESOL. 747 DE 1998 ............................................................................ 48 2.4.2. MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA HABILITANTE .. 53

CAPÍTULO III. ........................................................................................................................... 54

FACTORES TÉCNICOS Y ECONÓMICOS CALIFICABLES ....................................... 54 3.2. FACTORES ECONÓMICOS CALIFICABLES ................................................ 57 3.2.1. APERTURA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. ........................................... 57 3.2.5. CALIFICACIÓN FINAL Y DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD59 3.2.6. CRITERIOS DE DESEMPATE ..................................................................... 60

CONDICIONES DEL CONTRATO ....................................................................................... 61 4.1. OBJETO ............................................................................................................................... 61 4.2. CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DE LA ORDEN DE INICIO.................. 61 4.3. OBLIGACIONES DEL CONSULTOR. ................................................................................. 61 4.4. OBLIGACIONES DEL FONDO: ......................................................................................... 64 c. Formular, por escrito, las sugerencias sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía propia del CONSULTOR o interventor del estudio ............................................................................................................................................. 64 4.5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ......................................................................... 64 4.6. PRÓRROGA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL ............................................. 64 4.7. VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO .................................................................. 65 4.7.1 FORMA DE PAGO ........................................................................................................... 65 4.7.2 . Actividades adicionales no previstas ....................................................................... 67 4.7.3 Prohibición ..................................................................................................................... 67 4.7.4 Determinación del precio ............................................................................................. 68 4.8. Mecanismos de cobertura de riesgo contractual ......................................................... 68 Con el objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, y de conformidad con las disposiciones del artículo 116 del Decreto 1510 de 2013, EL CONSULTOR debe constituir, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a la firma del contrato, una garantía, la cual podrá consistir en una póliza de cumplimiento en favor de entidades estatales, que incluya los siguientes amparos: ......................................................................................................................... 68

4.8.1. SUFICIENCIA DE LAS GARANTÍAS .................................................................... 69 4.9. SUPERVISIÓN ................................................................................................................... 69

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4.10. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA. ................................................................................. 70 4.11. MODIFICACIÓN AL CONTRATO .................................................................................. 70 4.12. CESIÓN DEL CONTRATO .............................................................................................. 71 4.13. SUBCONTRATOS ............................................................................................................ 71 4.14. CONOCIMIENTO DEL CONSULTOR SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO ....................................................................................................... 71 4.15. IMPUESTOS .................................................................................................................... 71 4.16. LIQUIDACIÓN ................................................................................................................ 71 4.17. PERSONAL DEL CONSULTOR ....................................................................................... 72 4.18. INDEMNIDAD ................................................................................................................ 72 4.19. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ................................................................................ 72 4.20. OMISIONES .................................................................................................................... 73 4.21. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR ........................................................................... 73 4.22. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO ..................................................................................... 73 4.23. CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA ......................................... 73 4.24. PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO ..... 74

CAPÍTULO V. ............................................................................................................................... 75

ANÁLISIS DE RIESGOS ......................................................................................................... 75

ANEXO N° 1 ................................................................................................................................. 79

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ................................................................ 79

Señores ......................................................................................................................................... 79

FONDO ADAPTACIÓN. ........................................................................................................... 79

Calle 75 No. 5-88, Piso 3. .................................................................................................... 79

Bogotá D.C. ................................................................................................................................. 79

ANEXO N°2 .................................................................................................................................. 84

MODELO DE ACUERDO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL........................ 84

OTRAS CLÁUSULAS ................................................................................................................. 85

ANEXO N° 3 ................................................................................................................................. 86

CERTIFICACIÓN APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES ......... 86

Fecha en la que se presenta la propuesta .................................................................. 86

FONDO ADAPTACIÓN ............................................................................................................ 86

Calle 75 #5-88 piso 3 Edificio Difransa ....................................................................... 86

Revisor Fiscal y/o Representante Legal ...................................................................... 86

CC. 86

ANEXO N° 4 ................................................................................................................................. 87

ANEXO 5 – PROPUESTA ECONÓMICA – COSTO FIJO ........................................... 88

ANEXO 5ª – COSTOS VARIABLES .................................................................................... 89

ANEXO 6 – FACTOR MULTIPLICADOR .......................................................................... 90

ANEXO 7 ........................................................................................................................................ 91

RELACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO MÍNIMO ....................................................... 91

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PRINCIPAL .................................................................................................................................. 91

SECUNDARIO ............................................................................................................................. 91

Nota: El proponente podrá presentar equipo adicional al exigido en los presentes TCC siempre que el valor de su propuesta no supere el POE. ......................... 91

ANEXO 8 ........................................................................................................................................ 92

CARTA DE COMPROMISO .................................................................................................... 92

FIRMA: __________________________________ .......................... 92

ANEXO N° 9 ................................................................................................................................. 93

COMPROMISO DE APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL ..................................... 93

ANEXO 10 – DEDICACIÓN EQUIPO DE TRABAJO ................................................... 94

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INTRODUCCIÓN Estos Términos y Condiciones Contractuales, en adelante TCC, están elaborados de acuerdo con las disposiciones de los Decretos 4819 de 2010, 2962 de 2011 y 1241 de 2013, con las normas pertinentes del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus correspondientes decretos reglamentarios) y con base en los respectivos estudios y documentos previos. El Fondo Adaptación, en adelante EL FONDO, solicita a los invitados en participar en la convocatoria cerrada FA—CC—025—2013, elaborar sus propuestas con arreglo a la metodología establecida en este documento y tener en cuenta las siguientes indicaciones:

1. Verificar que no están inhabilitados o incurren en causal de inhabilidad o incompatibilidad o en prohibiciones para contratar.

2. Examinar rigurosamente el contenido de estos TCC, los documentos que lo integran y las normas que regulan la contratación del Estado.

3. Adelantar oportunamente los trámites para la obtención de los documentos que deben allegar con las propuestas y verificar que estos contienen la información completa para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley y en los presentes TCC.

5. Suministrar toda la información requerida en el presente documento y diligenciar totalmente sus anexos, formatos, etc.

6. Abstenerse de formular consultas en forma personal o por teléfono y evitar el contacto con los funcionarios o asesores externos de la Entidad que participen en el trámite de esta convocatoria, con el fin de preservar la igualdad y calidad de la información que todos deben obtener en forma simultánea.

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CAPÍTULO l

INFORMACIÓN GENERAL

1.1. ANTECEDENTES Durante los años 2010 y 2011, el Fenómeno de la Niña afectó intensamente al País, ocasionando numerosos y serios perjuicios a las poblaciones de diferentes regiones, en especial la Caribe y la Andina. Según las informaciones presentadas por el DANE, el IDEAM y el IGAC1, en el mes de agosto de 2011 se realizó la interpretación de imágenes en un 40,2% del territorio nacional (45.922.833 ha) para determinar la superficie afectada por inundaciones. Se verificó que, además de las zonas periódicamente inundables bajo el régimen normal de lluvias, se inundaron otras 1.642.108 ha, de las cuales 1.346.863 ha (82%) se dedicaban a la producción agropecuaria. El exceso de precipitación del periodo, según el registro de damnificados2, además de causar la inundación de la superficie mencionada, afectó 20.467.179 has de cultivos y pastos, prácticamente 50% del área en producción agropecuaria. Esta cifra permite imaginar la magnitud de los perjuicios económicos. Esta situación motivó, por parte del gobierno, la creación, a través del Decreto 4819 de 2010, del Fondo Adaptación, cuya misión es ―Atender la construcción, reconstrucción, recuperación y reactivación económica y social en las zonas afectadas por el fenómeno de La Niña 2010-2011, con criterios de mitigación y prevención del riesgo‖. Muchas de las áreas que se vieron afectadas por el fenómeno de la Niña 2010-2011 se localizan en distritos de adecuación de tierras existentes o planeados. En los distritos existentes, buena parte de la infraestructura –vías, canales, drenes y diversas estructuras– fue prácticamente destruida, perjudicando su funcionamiento y, por ende, la producción agrícola y la situación económico-financiera de los usuarios. En muchas zonas, en donde ya habían sido planeados distritos de adecuación de tierras, la infraestructura física existente fue seriamente damnificada, las tierras agrícolas anegadas y el rendimiento de los cultivos perjudicado por el exceso de lluvias, con graves consecuencias socioeconómicas. Bajo tal consideración, el Consejo Directivo del FONDO, según consta en el acta No. 009 del 2 de febrero de 2012, instituyó el proyecto ―Construcción y puesta en ejecución de distritos de adecuación de tierras y mejoramiento de la capacidad de respuesta de los distritos existentes propiedad del Incoder‖, como forma de reactivar y dinamizar la economía de las zonas afectadas.

1 DANE, IDEAM, IGAC. 2011. Reporte final de aéreas afectadas por inundaciones 2010-2011. Bogotá.

2 Ibid.

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El valor del proyecto aprobado por el Consejo Directivo del Fondo Adaptación a ser financiado por este último es de hasta trescientos sesenta mil trescientos millones de pesos m/cte. ($360.300.000.000). En reunión del consejo directivo del 16 de mayo de 2012 se aprobó una reducción de $16.000.000.000 en este proyecto, quedando la apropiación final por hasta trescientos cuarenta y cuatro mil trescientos millones de pesos m/cte. ($344.300.000.000). En reunión del Consejo Directivo del Fondo Adaptación realizada el 29 de noviembre de 2012, acta No. 022, se redujo el presupuesto de este proyecto en $5.928´000.000, quedando una apropiación final de hasta $338.372´000.000. Inicialmente, el Incoder presentó una lista de 14 proyectos para dotar con sistemas de adecuación de tierras. Después de analizados todos los proyectos y considerando los recursos disponibles, El Fondo seleccionó cinco entre los cuales se contaba el de Laboyos en el Departamento del Huila que no estaba en zona de afectación, por lo cual quedaron seleccionados los cuatro indicados en la Tabla 1. Para todos ellos habían sido elaborados estudios de factibilidad3 que, dado el tiempo transcurrido desde su conclusión, en general, más de 10 años, perdieron la validez. Tabla 1. Distritos de adecuación de tierras seleccionados

Distrito Departa-mento

Área (ha)

Intervención

Inversión (Millones de pesos)

Familias beneficiadas

Empleo generado (jornales/ año)

Barranquillita-Bajirá

Antioquia 26.445

Sistema de drenaje y control de avenidas

91.690 750 486.536

Firavitoba Boyacá 4.200

Sistemas de riego, drenaje y/o control de avenidas

49.730 780 100.689

Magará Santander 10.000

Sistemas de riego, drenaje y/o control de avenidas

89.380 545 153.000

Pamplonita Norte de Santander

5.800

Sistemas de riego, drenaje y/o control de avenidas

55.700 350 225.000

Total 46.445 286,50 2.425 965.225

3 Barranquillita-Bajirá: elaborado por CPT Ltda. en 1995; Firavitoba: elaborado por Intersa Ltda. en 1990; Magará: elaborado por IEC en

1989; Pamplonita elaborado por JICA en 1984.

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Los datos presentados en la Tabla hacen evidente la importancia de los proyectos considerados. Se espera que con su puesta en operación, además de los beneficios directos listados en la Tabla, los distritos actúen como catalizadores del desarrollo local y regional. Sin embargo, la aplicación de los recursos presupuestados solamente debe realizarse con la seguridad de que los objetivos perseguidos con la creación del Fondo se lograrán realmente, siendo necesario evaluar objetivamente si la inversión producirá los efectos socioeconómicos deseados. Por las razones anteriores y a pesar de que los distritos ya habían sido objeto de estudios de factibilidad, es imprescindible que se realice un nuevo estudio de factibilidad de los proyectos, teniendo como marco de referencia la coyuntura económica nacional y regional actual. Así lo entendió la gerencia del Fondo, por lo cual recomendó al Consejo Directivo la realización previa de estudios de factibilidad. Dicha recomendación fue acogida y aprobada por el Consejo en su reunión del 2 de febrero de 2012, acta No. 009. El objetivo que se pretende con la presente contratación es verificar la factibilidad técnica, económica, operativa, financiera, jurídica, ambiental y de manejo del riesgo de la construcción de los sistemas de adecuación de tierras de cada uno de los siguientes distritos de adecuación de tierras:

a. Barranquillita-Bajirá b. Firavitoba; c. Magará; y, d. Pamplonita.

Por lo anterior EL FONDO requiere contratar la elaboración de los estudios de factibilidad de los distritos de adecuación de tierras Barranquillita-Bajirá, Firavitoba, Magará y Pamplonita.

1.2. OBJETO DEL PROCESO Elaboración de los estudios de factibilidad de los distritos de adecuación de tierras Barranquillita-Bajirá, Firavitoba, Magará y Pamplonita. Nota: Los Proponentes podrán presentar propuesta separada para uno, dos, tres o los cuatro estudios de factibilidad enunciados anteriormente. El estudio para el cual el Proponente desea concurrir debe ser indicado en el sobre 1 y en el 2.

1.2.1 Alcance del Objeto

Los estudios de factibilidad que se contratarán comprenden las fases y actividades especificadas en la Tabla 2 y en los Anexos 1-A Barranquillita-Bajirá, 1-B Firavitoba, 1-C Magará y 1-D Pamplonita, de los presentes TCC.

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Tabla 2. Alcance de los estudios de factibilidad

Fase Actividad principal Estudios integrantes de la

actividad

Fase I – Diagnóstico integrado – Informes de Estúdios Básicos y Diagnóstico Integrado

Recopilación y análisis de la información existente

Copia en medio magnético de los Estudios de factibilidad, diseños, estudios de los medios físico y socioeconómico existentes

Estudios básicos

Cartografía y topografía

Climatología

Hidrología

Geología

Geomorfología

Geotecnia

Sismología

Agrología

Estudios medio socioeconómico

Demografía

Organización social

Catastro

Tenencia de la tierra

Actividades productivas

Mercadeo y comercialización

Infraestructura física

Infraestructura social

Estudios ambientales Situación ambiental vigente

Situación de la adecuación de tierras

Obras planeadas, construidas o en construcción

Fase II – Planeación – Informe de Planeación

Planeación agropecuaria Estudio de mercados

Plan agropecuario

Planeación de ingeniería Prediseño (anteproyecto) de los sistemas de riego y drenaje e infraestructura complementaria

Estudio de Impacto Ambiental y Gestión de

Riesgos

Medio abiótico

Medio biótico

Medio antrópico

Zonificación ambiental

Evaluación ambiental

Plan de manejo ambiental

Plan de monitoreo

Plan de contingencia

Organización del proyecto Alternativas para la organización y capacitación de los usuarios

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Alternativas para la operación y mantenimiento

Costos Inversión

Operación y mantenimiento

Fase III – Evaluación - Informe final y Estudio de Impacto Ambiental; elaboración de los términos de referencia de la fase de diseño.

Evaluación

Cronograma de construcción

Flujos financieros y económicos

Evaluación financiera

Evaluación operativa

Evaluación jurídica

Evaluación ambiental

Evaluación de la gestión del riesgo

Evaluación económica

Términos de referencia para la fase de diseño

Elaboración términos de referencia para la fase de diseño

1.3. LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO En los Anexos 1-A, 1-B, 1-C y 1-D de estos TCC, se indica la localización de los distritos de adecuación de tierras objeto de este proceso de selección. En dicho documento se presentan las localizaciones y descripciones detalladas de los citados distritos. La información relacionada con el proceso se puede consultar en la página: www.fondoadaptacion.gov.co.

1.4. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO (POE) El POE total asciende a la suma de DOCE MIL SESENTA Y CUATRO MILLONES, OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTITRÉS PESOS M/L. ($12.064.872.123) IVA incluido. Para la ejecución del contrato derivado de este proceso de selección, EL FONDO estimó un presupuesto oficial (POE) por estudio que incluye: a) los costos y gastos fijos en que debe incurrir el futuro CONSULTOR para el cumplimiento de sus obligaciones correspondiente a mano de obra, viáticos y gastos directos, b) El costo máximo variable, correspondiente a los servicios de campo, los cuales se pagarán por las cantidades efectivamente ejecutadas y según los precios unitarios ofertados. Así como el POE incluye los honorarios, el IVA y los demás tributos que cause dicho contrato, independientemente de la denominación que asuman o del nivel territorial del que provengan.

Tabla 3. Presupuesto oficial por estudio estimado para la elaboración de los estudios de factibilidad – Costo Fijo

Estudio Valor $ IVA (16%) $ Valor total $

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Barranquillita-Bajirá

2.007.630.990 321.220.958

2.328.851.948

Firavitoba 1.742.350.750

278.776.120 2.021.126.870

Magará 1.875.315.045 300.050.407 2.175.365.452

Pamplonita 1.889.355.045 302.296.807 2.191.651.852

Total 7.514.651.830 1.202.344.293 8.716.996.123

El proponente deberá oferta el costo fijo de conformidad con el Anexo 5 de los presentes TCC.

Tabla No. 4. Presupuesto costo variable, estimado para las cantidades máximas de servicios de campo*

Proyecto Cartografía Topografía Geotecnia Total

Barranquillita-

Bajirá 501.410.000 617.700.000 29.000.000 1.148.110.000

Firavitoba 92.568.000 363.660.000 23.200.000 479.428.000

Magará 292.030.000 633.360.000 23.200.000 948.590.000

Pamplonita 114.608.000 626.400.000 30.740.000 771.748.000

Total 1.000.616.000 2.241.120.000 106.140.000 3.347.876.000

*Los valores incluyen IVA del 16%

El proponente deberá ofertar en el Anexo 5A, en el cual se listan las cantidades mínimas y máximas previstas para cada tipo de servicio, los precios unitarios. En la Tabla 4 se presentan los presupuestos máximos estimados para los servicios variables. Las obligaciones derivadas del presente proceso de contratación se respaldarán con el Certificado de Compromiso de Recursos –CCR- No 0000106 del 5 de septiembre de 2013, expedido por la Fiduciaria de Occidente S.A.

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El POE no será objeto de ajustes por cambio de vigencia durante la ejecución del contrato

1.5. NORMATIVIDAD APLICABLE Este proceso y el contrato que se derive de él se regirán, especialmente, por las disposiciones de la legislación privada colombiana, por las de los Decretos 4819 de 2010 y 2962 de 2011, 964 y 1241 de 2013, por las disposiciones pertinentes de las Leyes 80, de 1993, y 1150, de 2007, y de sus correspondientes decretos reglamentarios, por el Manual de Contratación del Fondo (Resolución n° 001 de 2012) y, en general, por las disposiciones legales que resulten aplicables.

1.6. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN De conformidad con el artículo 4, numeral 2 del Decreto 2962 de 2011, modificado por el artículo 1º numeral 4.2., del Decreto 1241 de 2013, hay lugar a seleccionar al CONSULTOR mediante convocatoria cerrada, cuando el valor del futuro contrato sea superior a 20.000 e inferior a 132.000 SMMLV. El POE de la presente selección asciende a la suma de DOCE MIL SESENTA Y CUATRO MILLONES, OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTITRÉS PESOS M/L. ($12.064.872.123) IVA incluido, la cual equivale a veinte mil cuatrocientos sesenta y seis salarios mínimos mensuales legales vigentes (20.466) SMMLV. Ahora bien, de conformidad con el numeral 4.2., del artículo 4, del Decreto 2962 de 2011, modificado por el Decreto 1241 de 2013, la convocatoria cerrada es la modalidad de contratación mediante la cual EL FONDO selecciona al futuro CONSULTOR entre una lista de varios invitados que conformará con, por lo menos, siete (7) de los inscritos en su Registro de Proveedores.

En consecuencia, teniendo en cuenta las disposiciones que rigen la contratación del FONDO, procede adelantar la selección del CONSULTOR, mediante convocatoria cerrada.

1.7. NORMAS DE INTERPRETACIÓN DEL PROYECTO DE TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES

Los presentes TCC —junto con sus anexos, formatos y demás documentos que se expidan— constituye un todo; por lo tanto, su contexto general servirá para ilustrar cada una de sus partes y sus disposiciones no deben entenderse de manera separada. Para la interpretación y entendimiento de estos TCC se tendrá en cuenta, además, que el orden de los capítulos y numerales no expresa un grado de prelación entre estos mismos.

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Para la interpretación de estos TCC, los términos resaltados y con mayúscula inicial tendrán el significado que se les asigna en este numeral, independientemente de que se encuentren en singular o en plural. Las palabras técnicas o científicas que no se encuentran específicamente definidas en estos TCC tendrán los significados que les corresponden según la técnica o ciencia respectiva y las demás palabras se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas. • Adecuación de tierras: Proceso técnico para dotar una superficie de tierra con sistemas de riego

y/o drenaje.

• Adjudicatario: Es el proponente a quien se le adjudique el contrato objeto de esta convocatoria.

• Alcance de la Consultoría: Es el conjunto de las actividades, obligaciones y tareas que debe ejecutar el consultor establecidas en los presentes TCC o en sus correspondientes anexos y/o formatos.

• Área de Beneficio: Superficie de un distrito de adecuación de tierras dotada de sistemas de riego

y/o drenaje, y/o control de avenidas y de la infraestructura complementaria

• Contratante: EL FONDO

• Contratista y/o Consultor: Adjudicatario del proceso de convocatoria con quien se suscribe el contrato.

• Contrato: Documento legal firmado por contratante y contratista en el cual se establecen todas

las condiciones para ejecución del objeto de la presente convocatoria. Todos los documentos de la convocatoria, inclusive la Oferta del proponente seleccionado, hacen parte integral del contrato

• Convocatoria cerrada: Modalidad mediante la cual el FONDO formula invitación a, por lo

menos, siete (7) de los inscritos y calificados con el mayor puntaje en el Registro de Proveedores de la Entidad, con capacidad para proveer el bien o servicio que se requiera y, entre ellas, seleccionará objetivamente la más favorable a los fines e intereses de la Entidad.

• Consorcio: Estructura Plural mediante la cual dos o más personas en forma conjunta presentan

una misma Oferta para su aceptación, celebración y ejecución del contrato derivado del presente proceso de selección, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la Oferta y del contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la Oferta y del contrato afectarán a todos los miembros que lo conforman.

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• Contrato o Contrato de Consultoría: Es el Contrato derivado de la presente convocatoria, que se suscribirá entre EL FONDO y el Adjudicatario para la elaboración de los distritos de adecuación de tierras que componen este proceso de contratación.

• Damnificado por el Fenómeno de la Niña 2010-2011: Usuario del Distrito de Adecuación de

Tierras que presente Certificado del censo DANE-REUNIDOS o Certificado Comité Local de Prevención y Atención de Desastres – CLOPAD.

• Diseño de un proyecto de adecuación de tierras: Estudio multidisciplinario que tiene por

objeto producir los elementos técnicos necesarios y suficientes para la construcción y puesta en operación de un sistema de riego y/o drenaje.

• Distrito de adecuación de tierras Superficie que será dotada con sistemas de riego, drenaje

y/o protección contra avenidas.

• Estudio de Factibilidad de un proyecto de adecuación de tierras: Estudio multidisciplinario que tiene por objeto determinar si un proyecto de adecuación de tierras ofrece retorno económico y financiero que justifica su construcción.

• Estructura Plural: Es la asociación entre personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o

extranjeras, bajo la modalidad de Consorcio o Unión Temporal, escogida por los proponentes para participar en esta convocatoria. No se podrá modificar la composición ni el porcentaje de participación en la Estructura Plural durante el trámite de este proceso de contratación ni durante la ejecución del Contrato que de él se derive.

• Estructura Plural Anterior: Es la asociación de personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o

extranjeras en la modalidad de consorcio, unión temporal o cualquiera otra forma de asociación, para la ejecución de contratos diferentes y anteriores al Contrato.

• INCODER o Incoder: Instituto Colombiano de Desarrollo Agrario

• Infraestructura complementaria: Infraestructura no específicamente relacionada con la

adecuación de tierras, que permite el funcionamiento de un distrito de adecuación de tierras, tal como vías y energía eléctrica.

• Oferente o Proponente: es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, o la Estructura

Plural invitada por el FONDO para presentar Oferta.

• Oferta o Propuesta: Documento preparado por los proponentes en estricta observancia de los Términos y Condiciones Contractuales.

• Orden de Inicio: Documento por medio del cual se inicia la ejecución del contrato

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• Presupuesto oficial: Valor estimado por el FONDO para cada uno de los estudios de factibilidad

que serán contratados a través de la presente convocatoria.

• Protección contra avenidas: Estructura o conjunto de estructuras tales como diques o presas que impiden la entrada de aguas de una creciente en un terreno agrícola o urbano, sea reteniéndolas o desviándolas.

• Proyecto de adecuación de tierras: Lo mismo que Distrito de adecuación de tierras.

• Proyectos de adecuación de tierras de mediana o gran escala: Proyectos de mediana

irrigación: entre 1.000 y 5.000 hectáreas. Proyectos de gran irrigación: más de 5.000 hectáreas

• Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV): Es el valor mínimo establecido legalmente en Colombia para remunerar mensualmente las labores de un trabajador. El valor del Salario Mínimo Mensual Legal (SMML) que se tendrá en cuenta para las conversiones que se requieran en desarrollo del presente proceso es el vigente en el año en que se presente la Oferta.

• Sistema de drenaje: Conjunto de estructuras que permiten la captación, conducción y

disposición final de excesos de agua de las tierras de un distrito o proyecto de adecuación de tierras.

• Sistema de riego: Conjunto de estructuras que captan, conducen y distribuyen agua para

aplicación a los cultivos establecidos dentro de un distrito o proyecto de adecuación de tierras. • Términos y Condiciones Contractuales (TCC): Documento emitido por el FONDO en el cual

se establece claramente la naturaleza y alcance de los servicios objeto de la convocatoria, la forma en que deben ser presentadas las propuestas, las reglas para la evaluación de las propuestas y las reglas de adjudicación y ejecución del contrato

• Unión Temporal: Estructura Plural mediante la cual dos o más personas presentan

conjuntamente una misma Oferta para su aceptación, celebración y ejecución del contrato derivado del presente proceso de selección, caso en el cual responderán solidariamente por el cumplimiento total de la Oferta y del objeto contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la Oferta y del Contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de sus integrantes.

• Valor del Contrato: Constituye el precio del contrato para la elaboración de los distritos de

adecuación de tierras objeto de la presente convocatoria.

1.8. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO

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ACTIVIDAD TÉRMINO LUGAR

A. Publicación del PTCC en la página web de la Entidad y envío de las invitaciones

24 de octubre de 2013

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B. Término para que los invitados formulen observaciones a los PTCC

24 de octubre a 28 de octubre de 2013 hasta las 5:00 pm

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C. Respuesta a las observaciones de los invitados

26 de diciembre de 2013

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D.

Apertura de la Convocatoria: publicación de los TCC en la página web de la entidad

26 de diciembre de 2013

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E. Término para que los invitados formulen observaciones a los TCC

31 de diciembre de 2013 hasta las 5:00 p.m.

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F. Respuestas a las observaciones

9 de enero de 2013 hasta las 5:00 p.m.

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G. Plazo máximo para expedir Adendas

16 de enero de 2014 hasta las 5:00 p.m.

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H. Cierre de la Convocatoria 24 de enero de 2014, a las 3:00 p.m.

EL FONDO Calle 75 No 5 – 88 Piso 3

I.

Publicación del Informe Preliminar de Evaluación de los requisitos habilitantes (RPFA, jurídicos y Financieros) y requisitos técnicos calificables

31 de enero de 2014, a las 5:00 p.m.

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J. Término para presentar observaciones al Informe Preliminar de Evaluación

Desde el 3 y hasta el 5 de febrero de 2014, hasta las 5:00 pm.

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Técnica www.fondoadaptacion.gov.co

K.

Publicación de las Observaciones formuladas al Informe Preliminar de Evaluación y presentación, por parte de los proponentes, de sus respuestas, explicaciones y/o documentos, a las observaciones presentadas a sus ofertas.

10 de febrero de 2014, a las 5:00 p.m.

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L.

Publicación de la respuesta a las observaciones y del Informe de Evaluación Definitivo de los requisitos habilitantes (RPFA, jurídicos y Financieros) y requisitos técnicos calificables

13 de febrero de 2014

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M. Apertura de las ofertas económicas de los proponentes habilitados

13 de febrero de 2014, a las 3:00 p.m.

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N.

Publicación del informe de evaluación de las ofertas económicas y del informe consolidado de evaluación

18 de febrero de 2014 hasta las 5 p.m.

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O. Término para presentar observaciones al Informe de Evaluación Económica

Hasta el 20 de febrero de 2014, a las 5:00 p.m.

P.

Respuesta a las observaciones formuladas al informe de evaluación de las ofertas económicas y Adjudicación.

21 de febrero de 2014

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Q.

Término para entregar en el Fondo los documentos expedidos en el exterior y para la constitución de la

Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación del contrato,

EL FONDO Calle 75 No 5 – 88 Piso 3

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Sucursal en Colombia, en los casos que aplique.

el adjudicatario debe presentar ante EL FONDO, la consularización o apostille de los documentos otorgados en el extranjero que haya aportado en su propuesta. Así mismo, el proponente extranjero o sus integrantes que resulten adjudicatarios del contrato objeto de esta convocatoria deben acreditar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, la constitución de la respectiva sucursal en Colombia

R. Suscripción del contrato

Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la adjudicación, siempre y cuando se cumplan los requisitos enunciados en el literal anterior.

EL FONDO Calle 75 No 5 – 88 Piso 3

S. Publicación en el SECOP

Dentro de los quince (15) días siguientes al perfeccionamiento del contrato o de acuerdo con las funcionalidades que permita el SECOP a las entidades públicas que contratan con régimen especial

EL FONDO Calle 75 No 5 – 88 Piso 3

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Para todos los efectos de la presente convocatoria cerrada se tendrá por hora oficial la hora legal colombiana, conforme al Decreto 2153 de 1992, la cual se consultará en la página web http://horalegal.sic.gov.co/. En caso de que, por cualquier motivo, dicha consulta no fuere posible, la hora oficial será la indicada en la línea 113 de la ciudad de Bogotá.

1.9. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Hacen parte del presente proceso de selección: 1. El certificado de disponibilidad de recursos. 2. El PTCC, junto con sus anexos, formatos, y demás documentos. 3. Las observaciones y solicitudes de aclaración del PTCC y sus correspondientes respuestas. 4. Los Términos y Condiciones Contractuales con sus anexos, formatos, y demás documentos. 5. Las observaciones y solicitudes de aclaración a los TCC y sus correspondientes respuestas. 6. Las Adendas 7. Los avisos 8. Las ofertas. 9. Las actas de las audiencias que se celebren en el trámite de la convocatoria. 10. Los informes de los evaluadores 11. El acto de adjudicación.

1.10. PUBLICIDAD DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES (TCC). De acuerdo con las disposiciones del Decreto 2962 de 2011 y con el artículo 11 del Manual de Contratación del Fondo, la Entidad publicará estos TCC en su página web: www.fondoadaptacion.gov.co, desde el día establecido para ese efecto en el numeral 1.8, Cronograma de Actividades del Proceso.

1.11. PLAZO DE LA CONVOCATORIA El plazo de la convocatoria, o sea el período comprendido entre la apertura y el cierre de esta misma, corresponde al término que debe transcurrir desde la fecha a partir de la cual pueden presentarse propuestas y la fecha y hora límites para la entrega oportuna de estas. El FONDO podrá prorrogar este plazo, antes de su vencimiento, cuando lo estime conveniente, ya sea de oficio o por solicitud de los interesados en el proceso.

1.12. CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIÓN INTERACTIVA Los invitados a participar en esta convocatoria deben dirigir y radicar su correspondencia al FONDO, a la siguiente dirección:

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FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 #5-88 Piso 3 Edificio Difransa BOGOTÁ D.C. Se entiende, para todos los efectos de la presente convocatoria cerrada, que la única correspondencia oficial del proceso es la remitida y radicada, por los interesados en el proceso de contratación o por los proponentes, en la dirección antes anotada. No será atendida la correspondencia entregada en dirección diferente a la señalada anteriormente. Con el fin de facilitar y agilizar la comunicación interactiva con los invitados y proponentes durante el proceso de selección, EL FONDO realizará todas las comunicaciones y publicaciones a través de la página web de la Entidad, www.fondoadaptacion.gov.co, dirección en la cual los interesados en este proceso de contratación podrán consultar, también, los documentos y demás actuaciones que se generen durante esta misma convocatoria. Las observaciones a los informes de verificación de requisitos habilitantes y de evaluación de las ofertas, así como cualquier otra solicitud relacionada con este proceso de contratación deben dirigirse al correo electrónico [email protected] EL FONDO no atenderá correspondencia entregada en dirección o dirigida a un correo electrónico diferente a los establecidos en este numeral.

1.13. MODIFICACIÓN A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES CONTRACTUALES EL FONDO podrá modificar o aclarar, de oficio o a petición de los invitados o de los interesados, estos TCC, mediante adendas que publicará de la misma manera y por los mismos medios que este documento. EL FONDO podrá modificar o suspender el Cronograma de Actividades del Proceso, numeral 1.8, de estos TCC, mediante adenda, comunicación o aviso escrito que publicará en su página web.

1.14. PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS La propuesta debe presentarse escrita por medio mecanográfico o por computador, en idioma castellano, la parte económica en pesos colombianos, paginada en el anverso y en el reverso, siempre que ambos lados de un mismo folio sean útiles o usados, rubricadas en su totalidad y con un índice en el cual se relacione su contenido y número de folio. La propuesta debe presentarse sin borrones, tachaduras, ni enmendaduras, que puedan afectar su contenido, características, cantidades, valores unitarios o valores totales. En todo caso, de conformidad con las disposiciones del artículo 261 del C.P.C., el proponente, o su representante o apoderado, debe

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convalidar toda tachadura o enmendadura con su firma y nota al margen mediante la cual explique clara y expresamente la corrección efectuada; en caso contrario, EL FONDO no tendrá en cuenta la corrección o enmienda, ni el texto corregido o enmendado. EL FONDO estudiará la propuesta en los términos en que ella fuere redactada; por lo tanto, la oferta debe estar en términos claros, precisos y concretos, de forma tal que no se preste a diferentes interpretaciones. Los proponentes podrán presentar propuesta para uno o varios (dos, tres o los cuatro) de los estudios enunciados en el numeral 1.2, de este documento, caso en el cual deben presentar propuesta separada para cada estudio e indicar el objeto de cada uno en los respectivos sobre 1 y sobre 2 de sus ofertas. La propuesta para cada estudio debe contener un índice enumerando los capítulos y documentos que la integran y el número de la página donde comienza cada tema. En caso de que el proponente quiera compartir alguna documentación entre los varios estudios para los que presente oferta, deberá indicar en la propuesta técnica de cada uno de ellos, cuáles son los documentos y dentro de qué oferta se encuentran, para que el Fondo pueda proceder a su revisión y evaluación. Lo anterior en atención a las disposiciones normativas contenidas en el artículo 9 del Decreto 019 de 2012. Si una persona natural o jurídica se presenta en forma individual, y además es integrante de una estructura plural, o si una persona natural o jurídica se presenta en más de una estructura plural, se rechazaran todas las propuestas en las que se haya presentado, de conformidad con el Numeral 1.22., de los presentes TCC. Asimismo, la propuesta debe sujetarse a las condiciones, plazos y demás aspectos contemplados en estos TCC e integrarse con toda la información requerida en ese mismo documento, su presentación implica que el proponente ha analizado a cabalidad los diferentes aspectos y requisitos de los TCC, las actividades que le corresponde ejecutar en el evento en que sea seleccionado y que acepta todas las condiciones y obligaciones derivadas de este proceso y de su respectivo contrato y las establecidas en las normas vigentes y pertinentes. En caso de diferencia entre el original de la propuesta y la copia (impresa o la magnética) prevalecerá el texto del original. En caso de presentarse diferencias entre los valores o cantidades escritos a la vez en palabras y en números, prevalecerá el valor o la cantidad escrito en palabras. Si algún proponente considera que un anexo y/o formato impide mencionar o destacar alguna información de importancia para la evaluación de su propuesta, debe presentar, además de los anexos y/o formatos correspondientes, un apéndice con toda la información que considere necesaria. Cuando un formato y/o anexo necesite uno de estos apéndices, se anotará debajo de la parte específica, la siguiente expresión: "Ver Apéndice n° __‖ EL FONDO, de encontrarlo procedente, analizará y considerará esta información adicional.

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Los proponentes deben presentar en dos (2) sobres cerrados y separados, la siguiente documentación:

Sobre n° 1: El original, primera y segunda copia impresa y copia en medio óptico (CD o DVD), idénticas, de la propuesta técnica, la cual debe formarse con los documentos que acrediten i) el cumplimiento de las condiciones y requisitos habilitantes (capacidad jurídica y financiera) y ii) el cumplimiento de las condiciones y requisitos objeto de la evaluación técnica, según las disposiciones de los TCC. La versión óptica debe colocarse junto con el original, en caso de omisión de este último requisito, se otorgará un plazo de dos (2) días hábiles para presentar la versión óptica.

Sobre n° 2: El original de la propuesta económica y copia en medio óptico. (CD o DVD), La documentación del Sobre n° 1 y del Sobre n° 2 debe estar debidamente legajada o argollada de tal forma que no exista posibilidad de pérdida de documentos. Los sobres deben presentarse debidamente cerrados y marcados, así: SOBRE n° 1 PROPUESTA TÉCNICA (ORIGINAL + MÉDIO ÓPTICO, PRIMERA Y SEGUNDA COPIA) Señores FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 #5-88 Piso 3 Edificio Difransa BOGOTÁ – CUNDINAMARCA Convocatoria Cerrada n°: _____________ Objeto: ____________________________ Estudio al que se presenta_____________ Proponente: ________________________ Dirección: __________________________ Teléfono: __________________________ Correo electrónico: __________________ Sobre n°2: PROPUESTA ECONÓMICA (ORIGINAL + MEDIO ÓPTICO) Señores FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 #5-88 Piso 3 Edificio Difransa BOGOTÁ – CUNDINAMARCA Convocatoria Cerrada n°: _____________

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Objeto: ____________________________ Estudio al que se presenta_____________ Proponente: ________________________ Dirección: __________________________ Teléfono: __________________________ Correo electrónico: __________________ La propuesta debe entregarse en las instalaciones del FONDO, piso 3, hasta el día y hora fijados para el cierre de la convocatoria, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en estos TCC. No se aceptarán propuestas que, por cualquier causa, lleguen o se presenten con posterioridad a la fecha y hora señalada para su entrega, ni aquellas remitidas a través de correo, fax, correo electrónico, internet o cualquier otro medio telemático o las radicadas en sitios diferentes al señalado para su entrega.

1.15. DEBER DE DILIGENCIA Y DEBIDA INFORMACIÓN SOBRE EL CONTRATO. Los interesados deben realizar todas las evaluaciones que sean necesarias para presentar su propuesta, dentro de las cuales deben tener en cuenta las implicaciones legales, tributarias, fiscales y financieras que representan las condiciones jurídicas, la distribución de riesgos prevista en los TCC y, en general, todos los aspectos que pueden incidir en la determinación de la oferta. Igualmente, corresponde a los proponentes la responsabilidad de determinar, evaluar y asumir la totalidad de los impuestos, tasas y contribuciones, así como los costos de cualquier otra naturaleza que conlleve la celebración del respectivo contrato. En el evento en que el(los) proponente(s) que resulte(n) favorecido(s) con la adjudicación no haya(n) hecho las gestiones pertinentes para reunir toda la información que pueda incidir en la elaboración de su oferta, esa circunstancia no lo eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que le correspondan, ni le dará derecho a reclamaciones, reembolsos o ajustes de ninguna naturaleza. Por la sola presentación de la propuesta se considera que los proponentes han realizado el examen completo de todos los aspectos que inciden y determinan la presentación de su oferta. La exactitud, confiabilidad o integridad de la información que tenga a bien consultar el proponente se encuentra bajo su propia responsabilidad e, igualmente, la interpretación que haga de la información que obtenga a partir de las declaraciones realizadas durante el transcurso de cualquier audiencia, visita o reunión. Se recomienda al proponente obtener asesoría independiente en materia financiera, legal, fiscal, tributaria, técnica, económica, ambiental, social, predial y de cualquier otra naturaleza que considere necesaria para la presentación de la propuesta.

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Como consecuencia de lo anterior, el proponente, al elaborar su propuesta, debe tener en cuenta que el cálculo de los costos y gastos, cualesquiera que ellos sean, se deben basar, estrictamente, en sus propios estudios técnicos y en su propias estimaciones

1.16. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR En la propuesta se podrán aportar documentos otorgados en el extranjero, en original o copia simple, traducidos oficialmente al castellano, si a ello hubiere lugar, sin que se requiera para su consideración del trámite de legalización, consularización o apostille, según corresponda. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación del contrato, el adjudicatario debe presentar ante EL FONDO, la consularización o apostille de los documentos otorgados en el extranjero que haya aportado en su propuesta sin este requisito, el cual debe cumplir en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 251, del Código General del Proceso, 480, del Código de Comercio, en la Ley 455 de 1998 y en la Resolución 4300 del 26 de julio de 2012, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. No se podrá suscribir el contrato sin que se haya aportado la documentación otorgada en el extranjero con su legalización, consularización o apostille, según el caso. El proponente adjudicatario no podrá alegar justa causa para no suscribir el contrato dentro del plazo fijado en el cronograma del presente proceso, sustentada en la demora en los trámites de legalización, consularización o apostille, según corresponda. Los formatos o anexos de los TCC que sean diligenciados en el exterior no requieren presentarse autenticados o apostillados.

1.17. PROPUESTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES En el presente proceso NO se admitirán propuestas alternativas ni incompletas, es decir, que no incluyan la totalidad de los trabajos y actividades que requiere cada estudio para el cual se presente(n) propuesta(s). EL FONDO admitirá propuestas parciales, es decir, para la ejecución de uno o varios (dos, tres o 4) de los estudios de factibilidad objeto de este proceso de contratación, caso en el cual cada propuesta debe presentarse por separado, en forma completa y con la totalidad de los documentos, requerimientos y trabajos a desarrollar por cada uno de los estudios de factibilidad.

1.18. TÉRMINO PARA DEVOLUCIÓN DE PROPUESTAS

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Los proponentes podrán solicitar el retiro de sus propuestas antes de la fecha y hora previstas para el cierre de esta convocatoria cerrada; en este caso, se les devolverá, sin abrir, y se dejará constancia de esta devolución en el acta de cierre de que trata el siguiente numeral.

1.19. CIERRE DE LA CONVOCATORIA Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS En la fecha y hora señaladas para el cierre de este proceso, se adelantará una diligencia en la cual se abrirá el sobre n° 1 de las propuestas presentadas dentro del plazo de la convocatoria; de esta diligencia se levantará un acta en la cual se relacionarán las propuestas recibidas, la fecha y hora de su entrega y, además, los siguientes aspectos de cada propuesta:

Nombre del proponente.

Número de folios que conforman la propuesta. Nombre del garante de la seriedad de la propuesta, número o identificación de la garantía y

vigencia de esta. Asimismo, en el acta se dejará constancia de la devolución de las propuestas cuyo retiro hubiere sido solicitado oportunamente de acuerdo con las previsiones del numeral anterior y de cualquier otra circunstancia o situación que ocurra durante la celebración de la diligencia de cierre. EL FONDO no será responsable por no abrir o por abrir prematuramente los sobres incorrectamente dirigidos o sin la identificación adecuada.

1.20. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS La selección del consultor se adelantará atendiendo factores de diferente índole: condiciones mínimas habilitantes (capacidad jurídica, financiera y técnica habilitante), factores técnicos calificables (experiencia del proponente y equipo de trabajo) y calificación de la propuesta económica así:

Propuesta técnica

FACTOR DE EVALUACIÓN

MÉTODO DE EVALUACIÓN

RESULTADO DE LA EVALUACIÓN

Capacidad jurídica Verificación de cumplimiento

Habilitado/No habilitado

Capacidad Financiera

Verificación de cumplimiento

Habilitado/No habilitado

Capacidad técnica Verificación de cumplimiento

Habilitado/No habilitado

Experiencia técnica calificable del proponente

Calificación cuantitativa

Máximo 200 puntos

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FACTOR DE EVALUACIÓN

MÉTODO DE EVALUACIÓN

RESULTADO DE LA EVALUACIÓN

Experiencia especifica de los profesionales (Equipo de trabajo)

Director Máximo 300

puntos

Economista Máximo 200

puntos

Especialista Hidráulico

Máximo 200 puntos

Apoyo a la Industria Nacional

Calificación cuantitativa

Máximo 100 puntos

Propuesta económica El valor de la Propuesta Económica no podrá ser superior al presupuesto oficial para cada estudio indicado en la tabla 3 del numeral 1.4 y se calificará de conformidad con el numeral 3.2 de este documento. El proceso de evaluación de las ofertas comporta dos fases diferentes; la primera de las cuales tiene por objeto la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes establecidos en el capítulo II de los TCC y es de carácter eliminatorio (para cada estudio), toda vez que sólo los proponentes habilitados continuarán a la segunda fase, en la cual EL FONDO calificará los factores técnicos y económicos (de cada propuesta) objeto de asignación de puntaje. El Comité Evaluador verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes para participar en este proceso y evaluará los factores técnicos y económicos, dentro del plazo señalado para ese efecto en el numeral 1.8, Cronograma de Actividades del Proceso. De acuerdo con las disposiciones del artículo 31 del Manual de Contratación del FONDO, este podrá solicitar, en condiciones de igualdad para todos los proponentes, aclaraciones y explicaciones a las propuestas o a los documentos que las conforman —referentes al futuro contrato o al proponente y no necesarias para la asignación de puntaje— y los proponentes deben resolver dichas solicitudes dentro del término que se les conceda para ese fin, en virtud de lo cual no les permitirá modificar o mejorar sus ofertas. En ningún caso EL FONDO permitirá que los proponentes subsanen asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.

1.21. RESERVA DURANTE EL PROCESO DE EVALUACIÓN La información relativa al análisis, evaluación y comparación de las propuestas y la recomendación para adjudicar el contrato se revelarán a los proponentes, y a terceros, sólo cuando el Comité Evaluador

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expida los respectivos informes y estos se encuentren publicados en la página web de la Entidad, disponibles para que se presenten las observaciones y/u objeciones correspondientes.

1.22. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS Sin perjuicio de la facultad que EL FONDO se reserva en el numeral 1.19 de estos TCC, EL FONDO rechazará aquellas Ofertas que sean inválidas, incompletas, que contengan salvedades, excepciones, condicionamientos o contradigan los TCC, incluyendo sin limitarse a los siguientes casos:

a. Cuando el comité evaluador solicite presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna

información necesaria para el cumplimiento de los requisitos habilitantes y el Oferente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados por el Comité Evaluador.

b. Cuando EL FONDO en cualquier estado del proceso de selección evidencie, que alguno(s) de los documentos que conforman la Oferta contiene(n) información inconsistente o contradictoria.

c. Cuando EL FONDO, en cualquier estado del proceso de selección, evidencie una inexactitud en la información contenida en la Oferta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al Oferente cumplir con uno o varios de los requisitos habilitantes.

d. Cuando la Oferta sea presentada luego de la fecha y hora exactas señaladas para la finalización del término para presentar Ofertas.

e. Cuando la Oferta sea alternativa o esté condicionada. f. Cuando, con posterioridad al cierre de la convocatoria, los integrantes de una Estructura Plural

modifiquen su porcentaje de participación en la propuesta, o uno o algunos de ellos desistan o sean excluidos de participar en la Estructura Plural o se modifique la modalidad de Estructura Plural escogida.

g. Cuando no se presente la Oferta económica impresa. h. Cuando en la Oferta económica impresa se presente algún valor en moneda extranjera. i. Cuando no presente la garantía de seriedad en forma simultánea con la propuesta. j. Cuando el representante legal de la sociedad tenga restricciones para contraer obligaciones en

nombre de la persona jurídica y no allegue de forma simultánea con la Oferta el documento de autorización expresa del órgano competente.

k. Cuando el oferente o alguno de sus integrantes no esté(n) inscrito(s), a la fecha y hora de presentación de la oferta, en el registro de proveedores del FONDO.

l. Cuando una persona natural o jurídica se presente en forma individual, y además sea integrante de una estructura plural, o cuando una persona natural o jurídica se presente en más de una estructura plural. En este caso el rechazo será de todas las propuestas en las que se haya presentado tanto en forma individual como colectiva.

m. Cuando el valor total corregido de la oferta económica exceda el presupuesto oficial estimado fijo para cada estudio (tabla 3).

n. Cuando un mismo profesional principal o secundario haga parte del equipo de más de un proponente.

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o. Cuando el mismo Director se presente como integrante del equipo en más de una oferta. p. Cuando se ofrezca un mismo profesional en más de dos estudios de un mismo proponente. q. Cuando el valor total corregido de la oferta económica sea inferior al 85% del presupuesto

oficial estimado fijo para cada estudio (tabla 3).

1.23. PUBLICACIÓN DEL INFORME PRELIMINAR (TRASLADO) Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos habilitantes y calificada la experiencia específica, EL FONDO publicará el respectivo informe preliminar en su página web: www.fondoadaptacion.gov.co, para que en el término establecido en el cronograma de actividades del proceso los proponentes presenten las observaciones que consideren pertinentes. Asimismo, una vez resueltas las observaciones al informe preliminar, EL FONDO publicará en su página web la versión definitiva de este.

1.24. ADJUDICACIÓN EL FONDO adjudicará el(los) contrato(s) objeto de esta convocatoria al proponente habilitado calificado con el mayor puntaje y clasificado en el primer lugar del orden de elegibilidad para cada estudio (Se celebrará un contrato por cada estudio, independientemente de que los 4 estudios sean adjudicados a un solo proponente). La adjudicación de esta convocatoria se efectuará mediante decisión que se publicará en la página web www.fondoadaptacion.gov.co. El plazo para adjudicar es el establecido en el numeral 1.8, cronograma de actividades del proceso, de este documento. Cuando, a juicio del FONDO, este plazo no sea suficiente, la Entidad podrá prorrogarlo antes de su vencimiento.

1.25. CONVOCATORIA FALLIDA EL FONDO podrá declarar fallida la presente convocatoria, total o parcialmente, cuando existan motivos o causas que impidan la comparación objetiva de las propuestas presentadas para la escogencia de la más favorable para sus intereses.

1.26. FIRMA DEL CONTRATO El(los) proponente(s) favorecido(s) con la adjudicación de uno o varios estudios de factibilidad objeto de la presente convocatoria procederá(n) a suscribir el(los) contrato(s) en el término establecido para ese efecto en el numeral 1.8, cronograma de actividades del proceso, de este documento. EL FONDO podrá ampliar este plazo —de oficio o, cuando medie justa causa, a solicitud del(los) adjudicatario(s)—, por un término máximo de cinco (5) días hábiles. En este evento, EL FONDO solicitará que se amplíe la validez de la propuesta aceptada y la vigencia de la garantía de seriedad por el tiempo que se requiera para la celebración del contrato.

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En caso de que, por cualquier causa, el(los) adjudicatario(s) de la convocatoria no suscriba(n) el contrato en el término señalado para ese efecto, o durante la prórroga correspondiente, EL FONDO podrá adjudicarlo al proponente calificado en segundo lugar del orden de elegibilidad para cada estudio, siempre y cuando la propuesta de este sea igualmente favorable para la Entidad. Lo anterior, sin perjuicios de que haya lugar a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.

1.27. REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la suscripción del Contrato, el(los) proponente(s) adjudicatario(s) presentará(n) al FONDO:

a) El RUT. b) La garantía de cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil extracontractual. c) Las hojas de vida del equipo mínimo secundario y los soportes respectivos que acrediten las

calidades y la experiencia general y específica de dicho equipo. d) Los documentos que acrediten que todo el personal necesario para el inicio de la ejecución del

contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.

En el evento en que el adjudicatario no cumpla esta obligación dentro del plazo previsto para ese efecto, EL FONDO procederá a hacer efectiva la garantía de seriedad de la propuesta y adjudicará el contrato al oferente calificado en segundo lugar del orden de elegibilidad, siempre y cuando dicha propuesta sea conveniente para EL FONDO. Igualmente para la ejecución del contrato se requiere de la orden de inicio dada por el interventor del contrato y la expedición del respectivo registro presupuestal. Si el(los) adjudicatario(s) no perfecciona(n) el(los) contrato(s) o no cumple(n) los requisitos necesarios para su ejecución, dentro de los términos establecidos para esos mismos efectos, EL FONDO hará, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, efectiva la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados y no cubiertos por el valor de dicha garantía y sin perjuicio de la inhabilidad para contratar por el término de cinco (5) años, de conformidad con las disposiciones del literal e), numeral 1, artículo 8, de la Ley 80 de 1993.

1.28. COSTO DE PREPARACIÓN Y ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA Serán de cargo exclusivo del proponente todos los costos asociados a la preparación, elaboración y presentación de su propuesta. Por lo tanto, EL FONDO, no reconocerá ningún reembolso por este concepto por ninguna causa.

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CAPÍTULO II.

REQUISITOS HABILITANTES

Son hábiles para participar en esta convocatoria los proponentes que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Fondo Adaptación (RPFA), y cuya capacidad jurídica y financiera corresponda a los parámetros que se establecen a continuación. 2. REGISTRO DE PROVEEDORES DEL FONDO ADAPTACIÓN, CAPACIDAD JURÍDICA Y

CAPACIDAD FINANCIERA

2.1. INSCRIPCIÓN EN EL RPFA De conformidad con las disposiciones del artículo 3 del Decreto 2962 de 2011, los proponentes o sus integrantes deben estar inscritos en el Registro de Proveedores del Fondo Adaptación (RPFA) y tener activa, vigente y actualizada, a la fecha y hora de presentación de la propuesta, su inscripción en dicho Registro.

2.1.1. MODO DE ACREDITAR LA INSCRIPCION EN EL RPFA EL FONDO verificará la inscripción en el RPFA mediante consulta en dicho registro; por lo tanto, los oferentes no están obligados a aportar documento alguno para acreditar el cumplimiento de este requisito.

2.2. CAPACIDAD JURÍDICA En el presente proceso de contratación pueden participar las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, a las que EL FONDO extienda invitación a ofertar, en forma individual, si su capacidad jurídica se los permite, o asociados con otras personas, en la modalidad de consorcio o unión temporal, que cumplan los requisitos y condiciones establecidos en estos TCC, por sí mismos o mediante apoderado, con capacidad para presentar la correspondiente propuesta, celebrar y ejecutar el contrato que se derive de esta convocatoria y que no se encuentren incursas en las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución Política y en la ley, para celebrar contratos con las entidades estatales. La capacidad jurídica comprende el cumplimiento de los siguientes requisitos:

i) Manifestación expresa, clara e irrevocable de presentar oferta o propuesta.

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ii) Firma de la carta de presentación propuesta, y aval, en los casos en los cuales este se requiera, de un ingeniero inscrito en el Registro Profesional de ingeniería civil y con tarjeta de matrícula profesional vigente en esa rama de la ingeniería.

iii) Estar al día, de conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, con

las obligaciones para con los sistemas de salud, pensiones y, si a ello hubiere lugar, con el pago de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF.

iv) Garantizar la seriedad de la propuesta.

v) No encontrarse reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General

de la República, de acuerdo con las disposiciones del artículo 60 de la Ley 610 de 2000.

vi) No presentar antecedentes disciplinarios vigentes que impidan participar en la convocatoria y celebrar el contrato correspondiente.

vii) No tener antecedentes judiciales que impidan participar en la convocatoria y celebrar el

contrato correspondiente.

2.2.1. MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD JURÍDICA Con el fin de acreditar la capacidad jurídica requerida para participar en esta convocatoria, los proponentes deben integrar el sobre n° 1 de su propuesta con los siguientes documentos:

2.2.1.1. Carta de presentación de la propuesta Firmada por el proponente, su representante legal o su apoderado, indicando en ella su manifestación expresa de participar en la convocatoria, así como su conocimiento y conformidad con las reglas para participar en el proceso y con las condiciones del respectivo contrato, según modelo que se adjunta a estos términos, anexo n° 1 Además, la carta debe contener el nombre o razón social, la dirección, el número telefónico, el fax y la dirección electrónica del proponente. La presentación de esta carta no implica el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en estas reglas, ni supone el ofrecimiento de unos y otros. La firma de la carta de presentación de la propuesta permitirá presumir la aprobación y conocimiento de los TCC, de sus anexos y de la demás información relacionada con el proceso de contratación. Cuando el proponente, su representante o apoderado no tengan la condición de ingeniero civil y siempre que el proponente sea extranjero la carta de presentación de la propuesta debe avalarla, de conformidad con las disposiciones de la Ley 842 de 2003, un ingeniero civil inscrito o matriculado en el

Registro Profesional de Ingenieros Civiles.

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2.2.1.2. Fotocopia del documento de identidad La propuesta debe integrarse con una fotocopia de la cédula de ciudadanía o del documento de identidad del proponente, de su representante o de su apoderado.

2.2.1.3. Existencia y representación legal de las personas jurídicas

2.2.1.3.1 . Personas Jurídicas Civiles o Comerciales, Nacionales o Extranjeras con Sucursal

en Colombia: Las personas jurídicas nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia:

a. Deben presentar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio. El certificado no podrá tener fecha de expedición superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de la propuesta, con este certificado deben acreditar:

La existencia y representación legal; Las facultades del representante legal para presentar la propuesta individualmente o

como integrante de un consorcio o de una unión temporal (según sea el caso) y para la suscripción del contrato;

Que su objeto social principal o complementario permite a la persona jurídica la celebración y ejecución del contrato.

Que se han constituido con un (1) año de anterioridad a la fecha de cierre de la presente convocatoria y que el término de su duración es, por lo menos, igual al plazo del Contrato y cinco (5) años más.

b. Cuando el representante legal de las personas jurídicas nacionales o de las sucursales en Colombia tenga limitaciones estatutarias para presentar la propuesta, suscribir el contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la presentación de la propuesta, la participación en la convocatoria y/o para la contratación en caso de resultar adjudicatario, debe presentar simultáneamente con la propuesta un extracto del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente, que autorice la presentación de la propuesta, la celebración del contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar adjudicatario.

c. Si el proponente es una entidad sin ánimo de lucro, debe presentar el correspondiente certificado expedido por la Cámara de Comercio con no más de treinta (30) días calendario de antelación a la fecha del cierre del presente proceso de contratación. De igual manera, debe anexar el reconocimiento de la personería jurídica expedido por DANSOCIAL y/o entidad competente.

2.2.1.3.2 Personas Jurídicas Extranjeras, Civiles o Comerciales, sin Sucursal en Colombia.

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Para los efectos previstos en este numeral, son personas jurídicas extranjeras aquellas que no se hayan constituido de acuerdo con la legislación colombiana y cuyo domicilio principal sea en el exterior. Las propuestas de los proponentes extranjeros o conformados con personas jurídicas de origen extranjero se someterán a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, deben acreditar su existencia y representación legal de acuerdo con las normas de su país de origen, mediante la presentación del documento expedido, dentro de los dos (2) meses anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria, por la autoridad competente de su domicilio, en el cual deben constar, como mínimo, los siguientes aspectos:

(i) La existencia y representación legal.

(ii) Las facultades del representante legal para presentar la propuesta individualmente o como integrante de un consorcio o de una unión temporal (según sea el caso) y para la suscripción del contrato.

(iii) Que su objeto social principal o complementario permite a la persona jurídica la celebración

y ejecución del contrato.

(iv) Que se han constituido con un (1) año de anterioridad a la fecha de cierre de la presente convocatoria y que el término de su duración es, por lo menos, igual al plazo del Contrato y cinco (5) años más.

Adicionalmente, deben adjuntar a su propuesta constancia expedida por el cónsul del respectivo país en Colombia o por el cónsul de Colombia en aquél país, en la que conste que el documento antes requerido es el idóneo para acreditar la existencia y representación legal, según la leyes del respectivo país. En el evento en que, de acuerdo con las normas que rijan la materia en el país del domicilio del proponente o su integrante, no hubiere autoridad competente que expida el documento o certificación sobre su existencia y representación legal, el proponente debe aportar certificación expedida por el Cónsul del respectivo país en Colombia o por el Cónsul de Colombia en aquel país, en la que consten los aspectos antes señalados. En todo caso, de conformidad con las disposiciones de los artículos 471 y 472 del Código de Comercio colombiano, el proponente extranjero o sus integrantes que resulten adjudicatarios del contrato objeto de esta convocatoria deben acreditar, la constitución de la respectiva sucursal en Colombia, mediante la presentación del correspondiente certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio del lugar elegido para su domicilio en el país. Dicha obligación debe cumplirse dentro del término establecido en el numeral 1.8 de los presentes TCC.

No se podrá suscribir el contrato sin que se haya aportado la prueba de la constitución de la sucursal.

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El adjudicatario no podrá alegar justa causa para no suscribir el contrato dentro del plazo fijado en el cronograma del presente proceso, sustentada en la demora en los trámites de constitución de la sucursal. Cuando el representante legal de las personas jurídicas extranjeras, tenga limitaciones estatutarias para presentar la propuesta, suscribir el contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la presentación de la propuesta, la participación en la convocatoria y/o para la contratación en caso de resultar adjudicatario, debe presentar simultáneamente con la propuesta un extracto del acta en la que conste la decisión del órgano social correspondiente, que autorice la presentación de la propuesta, la celebración del contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar adjudicatario.

2.2.1.4. Fotocopia de la Tarjeta de Matrícula Profesional del ingeniero civil.

De conformidad con las disposiciones del inciso 1, artículo 20, de la Ley 842 de 2003, la propuesta debe contener i) fotocopia de la tarjeta de matrícula profesional o del certificado de inscripción en el

Registro Profesional de Ingenieros Civiles del proponente, de su representante o de su apoderado, o del ingeniero civil que avale la propuesta, ii) certificado de vigencia de la matrícula profesional o de la

inscripción en el Registro Profesional de Ingenieros.

2.2.1.5. Documento de constitución del consorcio o de la unión temporal Los consorcios y las uniones temporales deben presentar el documento de constitución de la correspondiente forma asociativa, en el cual conste, por lo menos, la información que se señala a continuación. (El FONDO entrega en el Anexo n° 2, un formato de constitución, que puede ser utilizado por el Oferente para la constitución del documento).

1. Nombre y domicilio de los constituyentes de la forma asociativa.

2. La modalidad de asociación, es decir, si la participación de los proponentes es a título de consorcio o unión temporal y, en este último caso, deben indicar los términos, porcentaje y extensión de la participación de cada uno de los integrantes en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán modificar sin el consentimiento previo del FONDO. En el evento en que los constituyentes de la forma asociativa no indiquen claramente si se trata de un consorcio o de una unión temporal, EL FONDO entenderá que, para todos los efectos, se trata de un consorcio.

3. El objeto del consorcio, unión temporal o, en general, de la forma asociativa, el cual debe coincidir con el de la Convocatoria FA-CC-025-2013.

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4. La designación de un representante del consorcio o de la unión temporal, con la indicación de las facultades que los integrantes de la asociación le confieren y la designación de un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva.

5. Las reglas básicas que regulan las relaciones entre los integrantes del consorcio o de la unión

temporal.

6. La duración del consorcio o de la unión temporal, la cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución y liquidación del contrato que se derive de este proceso de contratación y cinco (5) años más.

7. Quién librará la(s) factura(s) por la ejecución del objeto del contrato derivado de este proceso de contratación. Si la(s) factura(s) las va a extender uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal, en representación de éstos, es necesario que informe el número del NIT correspondiente. Si cada uno de los integrantes, separadamente, extenderá las facturas correspondientes, deben informar el número del NIT de cada uno y el porcentaje de su participación en el valor del contrato.

En caso de que sea el consorcio o la unión temporal quien vaya a extender la(s) factura(s), deben informar el NIT de la asociación, si lo tuviere, y señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos.

El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la oferta en consorcio o unión temporal debe acompañarse de los documentos que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para constituir la forma asociativa. (Certificados de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, actas de junta directiva y poderes). Una vez constituido el consorcio o la unión temporal, sus integrantes no podrán ceder o transferir su participación en el contrato de asociación, ni modificar los términos de su participación en aquél, salvo en el evento en que el FONDO lo autorice previamente y por escrito en los casos en que legalmente está permitido. Los aspectos relacionados con la participación de consorcios y de uniones temporales en este proceso y con la ejecución del contrato derivado de esta convocatoria por cualquiera de dichas modalidades de asociación, no regulados en estas reglas, se regirán por las disposiciones pertinentes del Estatuto de Contratación Administrativa. Nota: La posibilidad de organizar consorcios y uniones temporales se permite como a continuación se señala:

1. Entre los invitados a participar dentro de la convocatoria cerrada

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2. Con personas naturales o jurídicas distintas a las invitadas a participar en la presente convocatoria, siempre que: a) El invitado tenga dentro de la respectiva estructural plural una participación igual o superior al 40% y b) El integrante no invitado se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores del Fondo Adaptación (RPFA) y la inscripción se encuentre vigente y actualizada a la fecha de presentación de la propuesta.

En cualquiera de los dos eventos descritos, solo se permitirán consorcios o uniones temporales de máximo tres integrantes.

2.2.1.6. Poderes Los proponentes pueden presentar ofertas por sí mismos o por intermedio de apoderado, evento en el cual deben adjuntar a la oferta el poder correspondiente, otorgado en legal forma, en el cual consten de manera clara y expresa las facultades específicas conferidas al apoderado para actuar y obligar a su(s) representado(s). El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero, en todo caso, debe tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia. Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia deben constituir un apoderado domiciliado en este país y acreditar esta circunstancia adjuntando a su propuesta el poder correspondiente. Las facultades conferidas al apoderado deben comprender las atribuciones necesarias para comprometer a su(s) representado(s) en las diferentes instancias de la convocatoria, ejecutar los actos y suscribir los documentos y declaraciones que se requieran durante el trámite de este mismo proceso, suministrar la información que le sea solicitada y para representarlas judicial o extrajudicialmente y podrán incluir, a juicio del proponente, las de firmar y presentar la propuesta y, en caso de que este resulte adjudicatario del futuro contrato, la celebración de este.

2.2.1.7. Certificación de cumplimiento de obligaciones con los sistemas generales de seguridad social integral y aportes parafiscales

De conformidad con las disposiciones del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, los proponentes deben estar al día con las obligaciones de los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y, si a ello hubiere lugar, con el pago de los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y SENA, condiciones estas que acreditarán:

1. Las personas jurídicas nacionales y las extranjeras con sucursal en Colombia, mediante la presentación de la constancia de los pagos al sistema de seguridad social integral y parafiscales, expedida por su revisor fiscal —si, de acuerdo con la ley, están obligadas a tenerlo— o por su representante legal, mediante la cual uno u otro certifiquen que, dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre de este proceso de contratación, aquellas

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personas han cumplido con el pago de sus aportes y el de sus empleados, si los tuvieren, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, si a ello hubiere lugar. Cuando la certificación la expida el revisor fiscal, también debe adjuntarse a la propuesta la certificación vigente de los antecedentes disciplinarios de este, expedida por la Junta Central de Contadores. Las personas jurídicas, nacionales o extranjeras con sucursal en Colombia, que no tengan más de seis (6) meses de constituidas deben acreditar el cumplimiento de las obligaciones de que trata este numeral desde la fecha de su constitución. En el evento en que estas mismas personas se encuentren en curso de un acuerdo de pago, respecto de cualquiera de las obligaciones a las que se refiere este numeral, deberán manifestarlo, hacer constar el cumplimiento de dicho acuerdo y acreditar ambas circunstancias aportando copia del respectivo acuerdo y del comprobante soporte del pago del mes anterior al del cierre de esta convocatoria. Las personas jurídicas extranjeras que no desarrollen actividades permanentes en Colombia no están sujetas al requisito de que trata este numeral.

2. Las personas naturales, mediante la presentación de su propia declaración escrita, la cual se

entenderá hecha bajo la gravedad del juramento, de que se encuentran al día en el pago de sus aportes, y el de sus empleados, si a ello hubiere lugar, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y, cuando corresponda, al Servicio Nacional de Aprendizaje.

3. Los consorcios y las uniones temporales, mediante la presentación de la certificación de cada uno de sus integrantes, según la naturaleza jurídica de estos.

Para acreditar el cumplimiento de este requisito, los proponentes podrán utilizar el modelo que se adjunta a estos TCC, Anexo No. 3.

2.2.1.8. Garantía de seriedad de la propuesta Los proponentes deben garantizar la seriedad de sus ofrecimientos mediante cualquiera de los mecanismos de cobertura del riesgo establecidos en el Decreto 1510 de 2013. Para este efecto, constituirán a su costa y adjuntarán a la(s) propuesta(s) la correspondiente garantía de seriedad que cubra los perjuicios ocasionados por: i) la no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad, cuando se requiera, ii) el retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de la oferta, iii) la no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario y iv) la falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.

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En el evento en que el proponente opte por garantizar la seriedad de la oferta mediante una póliza seguros, esta debe constituirse en formato a favor de entidades estatales. La garantía debe constituirse por el proponente o, tratándose de ofertas plurales, por todos y cada uno de sus integrantes, a favor del FONDO ADAPTACIÓN NIT 900.450.205-8, por valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento 10% del presupuesto oficial de cada estudio para el que se presente propuesta, de conformidad con el numeral 1.4., de estos TCC. La garantía debe estar vigente desde la presentación de la oferta y por ciento veinte (120) días y, en caso de prorrogarse el término para la adjudicación del contrato correspondiente, mantenerse vigente por el término adicional que indique EL FONDO. En caso de que un proponente presente propuesta para más de un estudio deberá aportar una garantía de seriedad por cada propuesta que presente, en la garantía de seriedad de cada propuesta se debe indicar, en el objeto, el estudio para el cual se presente oferta. Como a continuación se señala:

―….OBJETO: Elaboración del estudio de factibilidad del distrito de adecuación de tierras _______________________________ integrante del proyecto ―construcción y puesta en ejecución de distritos de adecuación de tierras‖.

Los aspectos relacionados con la garantía de seriedad de la oferta que no se encuentren regulados en estas reglas, se regirán por las disposiciones pertinentes del Decreto 1510 de 2013 o de las normas que lo modifiquen o sustituyan.

2.2.1.9. Consulta de antecedentes fiscales (Contraloría General de la República), disciplinarios (Procuraduría General de la Nación) y Judiciales (Ministerio de Defensa Nacional – Policía Nacional)

Adicionalmente, con el fin de verificar si los proponentes o, en el caso de los consorcios y uniones temporales, sus integrantes, tienen antecedentes fiscales, disciplinarios o judiciales, que los inhabiliten para participar en esta convocatoria o celebrar el contrato correspondiente, EL FONDO consultará el Boletín de Responsables Fiscales, el SIRI y el servicio en línea sobre la información judicial administrada por la Policía Nacional, en cumplimiento de las disposiciones del inciso 3, artículo 60, de la Ley 610 de 2000,y de la Ley 90 de 1995 y del Decreto 019 de 2012, respectivamente, e imprimirá la certificación o constancia correspondientes. 2.2.2. MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA EL FONDO verificará el cumplimiento de la capacidad jurídica de los proponentes mediante la revisión y estudio de los documentos aportados por estos para acreditarla y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos en los numerales 2.1 y 2.2.

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2.3. CAPACIDAD FINANCIERA Los proponentes deben cumplir los siguientes requisitos mínimos de carácter financiero:

INDICADOR SOLICITADO CALIFICACIÓN

Capital de trabajo Capital de Trabajo ≥ 50%*POE p HABILITADO

Patrimonio Patrimonio ≥ 50%*POE p HABILITADO

Donde ―POE p‖ es la sumatoria del presupuesto de los estudios a los cuales se presenta oferta. La capacidad financiera se establecerá de acuerdo con la modalidad de participación de los proponentes, así:

- Proponentes individuales: Los Oferentes que participen individualmente deben contar con un patrimonio y capital de trabajo igual o mayor al establecido en la tabla anterior.

- Consorcios o Uniones Temporales: El Capital del trabajo y el Patrimonio del consorcio o de

la unión temporal será igual al Capital de trabajo y al Patrimonio ponderado de todos sus integrantes según su porcentaje de participación en la propuesta

El Capital de Trabajo de las Estructuras Plurales, se calculará de la siguiente manera:

CT = ∑ (CTi * pi) Donde, CT = Capital de trabajo de la Estructura Plural. CTi = Capital de trabajo de cada uno de los miembros de la Estructura Plural. pi = Porcentaje de Participación de cada oferente dentro de la Estructura Plural.

El Patrimonio de las Estructuras Plurales, se calculará de la siguiente manera:

P = ∑ (Pi * pi) Donde, P = Capital de trabajo de la Estructura Plural. Pi = Capital de trabajo de cada uno de los miembros de la Estructura Plural. pi = Porcentaje de Participación de cada oferente dentro de la Estructura Plural.

2.3.1. MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA EL FONDO verificará el cumplimiento de la capacidad financiera de los proponentes mediante la consulta en el RPFA y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos en el numeral 2.3 de estos TCC.

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Los indicadores se calcularán con base en la información registrada por los proponentes en el Registro de Proveedores del FONDO, la cual deberá estar validada por KONFIRMA S.A.S. La información financiera deberá estar actualizada a 31 de diciembre de 2012 para todos los proponentes (nacionales o extranjeros), so pena de declarar no habilitada la propuesta. Para efectos de cumplir con lo anteriormente mencionado, los proponentes podrán actualizar y complementar su información en el Registro RPFA, referente a la capacidad financiera. Para este fin, los proponentes tendrán un plazo máximo de hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha de cierre de la convocatoria para allegar la información al RPFA, de acuerdo con el cronograma definido en el numeral 1.8 del presente documento. Cumplido este término, no se considerarán actualizaciones sobre la información financiera de los proponentes para efectos de la presente convocatoria.

2.4. CAPACIDAD TÉCNICA HABILITANTE El proponente debe acreditar: 1. Experiencia en la elaboración de estudios de factibilidad o diseño de proyectos de adecuación de tierras o de distritos de riego y drenaje. 2. Equipo de trabajo mínimo para la ejecución del objeto contractual.

2.4.1. MODO DE ACREDITAR LA CAPACIDAD TÉCNICA HABILITANTE

2.4.1.1. Acreditación de experiencia: Para acreditar la experiencia, los proponentes deberán presentar tres (3) contratos ya ejecutados de conformidad con el Anexo 4, que tengan por objeto estudios de factibilidad o diseño de proyectos de adecuación de tierras o de distritos de riego y drenaje, cuyas áreas de beneficio sumen por lo menos 12.000 ha, uno de ellos con área de beneficio mayor a 5.000 hectáreas, mínimo uno ejecutado en Colombia. En caso de que el proponente este conformado por más de una persona natural o jurídica, cada integrante del proponente plural deberá acreditar por lo menos un contrato con área superior a 2.500 ha. Los contratos deben haber sido concluidos a satisfacción en los últimos veinte (20) años, contados regresivamente desde la fecha de apertura de la convocatoria. Por consiguiente no se aceptarán contratos en ejecución.

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La sumatoria de los valores de los contratos, teniendo en cuenta la facturación certificada, debe ser mayor a dos (2) veces el presupuesto oficial del estudio(s) para el(los) cual(es) el proponente esté presentando propuesta. En caso de que un Proponente presente propuesta para más de un (1) estudio, los contratos para acreditar experiencia habilitante pueden ser los mismos en máximo dos ofertas. Para el caso de Proponentes extranjeros o multinacionales, la experiencia será válida si los trabajos han sido ejecutados por la casa matriz y se aceptarán como soporte los documentos oficiales de la empresa con anterioridad a la fecha de apertura de la presente convocatoria. La experiencia habilitante del proponente o integrante obtenida en consorcio o unión temporal será tenida en cuenta de manera integral (área y valor) siempre que su participación haya sido mayor al 40%. En el caso en el que la participación del proponente o integrante haya sido 40% o inferior, se ponderarán el área y valor según su participación en el contrato que se pretenda acreditar. Para firmas que se hayan escindido, la experiencia se validará de acuerdo con lo establecido en los respectivos documentos, y la sumatoria de la experiencia de los contratos escindidos no podrá superar el 100%.Cuando el contrato(s) con el que se pretenda acreditar la experiencia sea parte de un objeto contractual más amplio, éste no será tenido en cuenta, salvo que se presente debidamente discriminada la experiencia específica requerida y su valor.

2.4.1.1.1. Requisitos de la documentación para acreditar la experiencia Los documentos soporte para evaluar la experiencia del Proponente (persona natural, jurídica o estructura plural) deben ser: Acta de liquidación, o certificaciones, copia del contrato y de la respectiva acta de liquidación, o cualquier otro documento debidamente suscrito por las partes expedidos con anterioridad a la apertura del presente proceso de selección, que contengan, como mínimo, la siguiente información:

a. Nombre del contratante b. Nombre del contratista c. Objeto del contrato d. Valor del contrato e. Fecha de inicio del contrato f. Fecha de terminación del contrato g. Lugar de ejecución h. Actividades ejecutadas y Área de beneficio i. Constancia de recibo final o del acta de recibo, en la cual conste la satisfacción del contratante j. Nombre de la persona que certifica k. Teléfono y dirección de quien certifica

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Para contratos realizados con entidades privadas, copia del pago del correspondiente impuesto de timbre, en los casos que aplique (o su equivalente para contratos aportados por proponentes o integrantes extranjeros). La experiencia técnica podrá ser comprobada, también, mediante un subcontrato ejecutado en Colombia, realizado previa aprobación del contratante y el objeto debe ser el desarrollo de estudios y/o diseño de sistemas de adecuación de tierras.

Para efectos de evaluación, los valores de los contratos se actualizarán teniendo en cuenta lo siguiente: Para contratos ejecutados en Colombia, su valor se actualizará a partir de la fecha de terminación del contrato hasta el año 2013, aplicando el factor multiplicador resultante de la relación Salario Mínimo Legal Vigente (SMLV) del año 2013 sobre el Salario Mínimo Legal Vigente (SMLV) del año de terminación del contrato. El registro histórico del Salario Mínimo Legal Vigente se presenta en la Tabla 5.

Tabla 4. Registro histórico de los valores del SMLV

No AÑO MONTO MENSUAL

($)

1 1994 98.700

2 1995 118.170

3 1996 142.125

4 1997 172.005

5 1998 203.826

6 1999 236.460

7 2000 260.100

8 2001 286.000

9 2002 309.000

10 2003 332.000

11 2004 358.000

12 2005 381.500

13 2006 408.000

14 2007 433.700

15 2008 461.500

16 2009 496.900

17 2010 515.000

18 2011 535.600

19 2012 566.700

20 2013 589.500

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Para los contratos ejecutados en el extranjero, el valor se actualizará entre la fecha de terminación de contrato y el año 2013, aplicando el siguiente procedimiento:

a. Convertir el valor del contrato a la fecha de terminación a dólares de los Estados Unidos de América y luego convertirlo a Pesos Colombianos.

b. Aplicar el factor multiplicador resultante de la relación entre el salario mínimo mensual legal vigente (S.M.M.L.V) del año 2013 sobre el del año de terminación del contrato.

Para el registro histórico de la Tasa Representativa del Mercado (TRM) del dólar de los Estados Unidos de América, se podrá consultar la página web: www.banrep.gov.co/series-estadisticas/see_ts_cam.htm#tasa. En todo caso la memoria de cálculo se debe presentar adjunta al formulario correspondiente.

Los valores de los contratos a la fecha de su terminación comprenden el valor original más adiciones y reajustes causados, que así se certifiquen. Cuando en el documento no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse el Acuerdo consorcial (o su equivalente para proponentes extranjeros). La valoración de la experiencia se sujetará a las siguientes reglas especiales:

a. En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia será la sumatoria de las experiencias específicas de los integrantes. El integrante del consorcio o unión temporal que aporte la mayor área en contratos, respecto de los otros integrantes, deberá tener una participación no inferior al 50% en el consorcio o unión temporal proponente en el presente proceso.

b. En el caso de las personas naturales la acreditación de experiencia se sujetará a las mismas exigencias establecidas para las personas jurídicas.

c. No será considerada la experiencia obtenida mediante convenios interadministrativos o contratos para cuyo desarrollo se haya subcontratado la ejecución de la consultoría.

d. No será considerada la experiencia cuando el proyecto sea de propiedad del Proponente o de cualquier integrante de una estructura plural proponente.

Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Castellano deberán presentarse acompañados de traducción oficial al castellano y de conformidad con las disposiciones del numeral 1.16 de los presentes TCC. El Fondo Adaptación se reserva el derecho de comprobar la información suministrada

2.4.1.2. Equipo de trabajo mínimo Las características del proyecto de consultoría a realizar demandan un grupo profesional de alta formación académica y experiencia en este tipo de proyectos.

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El Proponente, utilizando el modelo del Anexo 7 para cada una de las propuestas presentadas, relacionará el equipo de trabajo mínimo (principal y secundario) para la realización del estudio, incluyendo la información allí requerida. El equipo mínimo se relaciona a continuación. Tabla 6. Relación del personal principal

CARGO A DESEMPEÑAR

FORMACIÓN ACADÉMICA

EXPERIENCIA

GENERAL ESPECÍFICA

Director de Proyecto

Ingeniero Civil, Agrícola, Agrónomo o Economista, con experiencia comprobada en la dirección de la elaboración de estudios y/o diseños de sistemas de adecuación de tierras

Mínimo 20 años en el ejercicio profesional a partir de la fecha de expedición de la matrícula o tarjeta profesional, según corresponda.

Mínimo de diez (10) años de experiencia específica en calidad de Director de proyectos de consultoría, de los cuales deberá tener experiencia como Director responsable en por lo menos cinco (5) contratos relacionados con estudios o diseños para proyectos de adecuación de tierras en mediana o gran escala.

Economista

Economista con especialización o maestría en planeación agropecuaria, o evaluación de proyectos agropecuarios.

Mínimo 15 años en el ejercicio profesional a partir de la fecha de expedición de la matrícula o tarjeta profesional, según corresponda.

Mínimo de seis (6) años, de experiencia específica como economista en contratos o estudios de consultoría, de los cuales deberá tener experiencia como especialista en economía en por lo menos tres (3) proyectos o contratos relacionados con adecuación de tierras de mediana o gran escala.

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Especialista Hidráulico

Ingeniero Civil, Agrícola o Agrónomo con especialización o maestría en hidráulica, recursos hídricos, o diseño de sistemas de riego y drenaje.

Mínimo 15 años en el ejercicio profesional a partir de la fecha de expedición de la matrícula o tarjeta profesional, según corresponda.

Mínimo de seis (6) años, de experiencia específica como especialista en hidráulica en contratos o estudios de consultoría, de los cuales deberá tener experiencia como especialista en diseño de sistemas de riego y drenaje en por lo menos cinco (5) proyectos o contratos relacionados con adecuación de tierras, de mediana o gran escala.

Tabla 7. Relación del personal secundario

CARGO A DESEMP

FORM. ACADÉM.

EXPERIENCIA CATEG. SEGÚN RESOL. 747 DE 1998

GENERAL ESPECÍFICA

Coordinador Ingeniero Civil o

Ingeniero Agrícola.

Mínimo 12 años en el ejercicio

profesional a partir de la expedición

de la matrícula

profesional.

Más de seis (6) años de experiencia específica en diseños hidráulicos y que

haya desempeñado cargos de responsabilidad (Coordinador o Director)

en estudio y diseño de sistemas de adecuación de tierras

CAT 4

Hidrólogo

Profesional en el área de

Ingeniería con especialización o

maestría en hidrología o

recursos hídricos o recursos hidráulicos.

Mínimo 12 años en el ejercicio

profesional a partir de la expedición

de la matrícula

profesional.

Más de seis (6) años, de experiencia específica como hidrólogo en contratos o

estudios de consultoría, de los cuales demostrar experiencia como especialista en hidrología en por lo menos dos (2) proyectos o contratos relacionados con

adecuación de tierras de mediana o gran escala.

CAT 3

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CARGO A DESEMP

FORM. ACADÉM.

EXPERIENCIA CATEG. SEGÚN RESOL. 747 DE 1998

GENERAL ESPECÍFICA

Agrónomo - Plan

Agropecuario

Ingeniero Agrónomo o

Agrónomo con especialización en planeación

agropecuaria, o evaluación de

proyectos agropecuarios.

Mínimo 12 años en el ejercicio

profesional a partir de la expedición

de la matrícula

profesional.

Más de seis (6) años, de experiencia específica como Agrónomo en contratos o

estudios de consultoría, de los cuales deberá tener experiencia como

especialista para el diagnóstico y formulación de planes agropecuarios en

por lo menos tres (3) proyectos o contratos relacionados con adecuación de

tierras de mediana o gran escala.

CAT 4

Agrólogo - Clasificación de Tierras para Riego

Ingeniero Agrónomo o

Agrólogo con especialización o

maestría en suelos y/o

reconocimiento y clasificación de

tierras.

Mínimo 12 años en el ejercicio

profesional a partir de la expedición

de la matrícula

profesional.

Más de seis (6) años, de experiencia específica como Agrólogo en contratos o

estudios de consultoría, de los cuales deberá tener experiencia como

especialista o coordinador de los estudios de suelos en por lo menos tres (3)

proyectos o contratos relacionados con adecuación de tierras, de mediana o gran

escala.

CAT 3

Especialista Diseño Predial

Ingeniero Civil o Ingeniero Agrícola o Ingeniero

Agrónomo o Agrólogo, con

especialización o maestría en hidráulica, recursos

hidráulicos, o en riego y drenaje o maestría en ingeniería civil con énfasis en

recursos hidráulicos.

Mínimo 12 años en el ejercicio

profesional a partir de la expedición

de la matrícula

profesional.

Más de seis (6) años, de experiencia específica como especialista en diseño

predial en contratos o estudios de consultoría, de los cuales deberá tener experiencia como especialista en diseño

predial en por lo menos tres (3) proyectos o contratos relacionados con adecuación

de tierras, de mediana o gran escala.

CAT 3

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CARGO A DESEMP

FORM. ACADÉM.

EXPERIENCIA CATEG. SEGÚN RESOL. 747 DE 1998

GENERAL ESPECÍFICA

Especialista Ambiental

Profesional en el área de

Ingeniería o de las Ciencias

Naturales, con especialización o maestría en el área ambiental.

Mínimo 12 años en el ejercicio

profesional a partir de la expedición

de la matrícula

profesional.

Más de seis (6) años, de experiencia específica como especialista ambiental en contratos o estudios de consultoría, de los

cuales deberá tener experiencia como especialista ambiental en por lo menos

dos (2) proyectos o contratos relacionados con adecuación de tierras,

de mediana o gran escala.

CAT 3

Especialista Organización de Usuarios

Sociólogo o Trabajador(a)

Social o profesional del área social con

especialización o maestría en

desarrollo social o comunitario.

Mínimo 12 años en el ejercicio

profesional a partir de la expedición

de la matrícula

profesional.

Más de seis (6) años, de experiencia específica como especialista en estudios

sociológicos o de organización de la comunidad en contratos o estudios de consultoría, de los cuales deberá tener

experiencia como especialista en organización de la comunidad en por lo menos tres (3) proyectos o contratos

relacionados con adecuación de tierras, de mediana o gran escala.

CAT 4

Las reglas de presentación del equipo de trabajo son las siguientes:

1. Un mismo profesional principal o secundario del equipo mínimo de trabajo no podrá hacer parte del equipo de más de un proponente, so pena de rechazo de todas las ofertas en que se presente.

2. Un mismo Director no puede hacer parte en más de una oferta, sea del mismo o de otro proponente, so pena de rechazo de todas las ofertas en las que se presente el mismo Director.

3. Un mismo profesional no se puede presentar en más de dos estudios del mismo proponente, so pena de rechazo de todas las ofertas en que se presente.

4. El ofrecimiento de un mismo profesional en hasta dos estudios es permitido, siempre que lo ofrezca un mismo proponente y la suma de la dedicación mensual para dichos estudios sea menor al 100%, so pena de rechazo de la oferta. Sin embargo, se aplicará la disminución de puntaje establecida en los dos numerales siguientes.

a. Si un mismo profesional principal es presentado para dos estudios por un mismo proponente, se le atribuirá la calificación obtenida en el estudio de mayor POE y 50% en el otro, siempre y cuando la sumatoria de la dedicación mensual ofrecida para ambos estudios sea inferior al 100%.

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b. Si un mismo personal secundario forma parte del equipo para hasta dos propuestas, el puntaje total obtenido por EXPERIENCIA ESPECIFICA DE LOS PROFESIONALES será afectado en el estudio de menor POE por el coeficiente 0,95; para dos profesionales en esta situación, la calificación será afectada por el coeficiente 0,90; para tres profesionales por el coeficiente 0,85; para cuatro profesionales por el coeficiente 0,80, siempre y cuando la sumatoria de la dedicación mensual ofrecida para ambos estudios sea inferior al 100%.

5. Para efectos de determinar las dedicaciones de los profesionales, el proponente deberá completar el Anexo 10 y presentarlo dentro de la propuesta técnica (sobre 1) de cada estudio para el que presente propuesta.

2.4.1.2.1. Requisitos de documentación del equipo mínimo

2.4.1.2.1.1. Equipo de trabajo principal. La valoración de la documentación aportada para efectos de demostrar las condiciones requeridas para el equipo de trabajo principal (Director de proyecto, Economista y Especialista Hidráulico) requerido se sujetará a las siguientes reglas especiales:

a. Hoja de vida especificando: 1) Nombre 2) Nacionalidad 3) Profesión, indicando universidad(s) y año de conclusión 4) Tarjeta profesional 5) Postgrado (maestría o doctorado) y/o especialización, indicando universidad(s), título(s) y

año(s) de conclusión 6) Entidades donde ha trabajado y cargos ocupados 7) Experiencia general y especifica en proyectos de adecuación de tierras desde la fecha de

grado hasta la apertura del presente proceso

b. Para la acreditación de la experiencia de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo principal requerido, se deberá presentar certificaciones de trabajo de los proyectos ejecutados o su respectiva acta de liquidación o cualquier otro documento debidamente firmado por el contratante o consultor que contenga como mínimo la siguiente información: 1) Nombre del contratante 2) Objeto del contrato, indicando el área del proyecto 3) Cargo desempeñado y principales actividades desarrolladas 4) Fechas de inicio y terminación del contrato 5) Firma de la persona competente 6) Dirección y teléfono de la persona que firma

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7) Área del (s) proyecto(s) beneficiado o a beneficiar con los estudios de adecuación de tierras realizados

Las certificaciones de experiencia en idioma diferente al castellano deberán presentarse acompañadas de traducción oficial al castellano y de conformidad con las disposiciones del numeral 1.16 de los presentes TCC. El Fondo Adaptación se reserva el derecho de comprobar la información suministrada

c. Todo profesional ofrecido para el proyecto deberá acreditar, mediante copia del documento

idóneo, o constancia de que se encuentra en trámite, que está autorizado para ejercer la profesión.

d. Los títulos de educación superior otorgados por instituciones de educación superior extranjeras, o por instituciones legalmente reconocidas por la autoridad competente en el respectivo país para expedir títulos de educación superior, deben presentarse convalidados por el Ministerio de Educación Nacional.

e. La experiencia de los profesionales, se contará desde la fecha de expedición de la matrícula o

tarjeta profesional, según corresponda; para efectos de computar los años de experiencia, sólo se tendrá en cuenta uno de los contratos y/o proyectos que se hubieren ejecutado simultáneamente.

f. El proponente deberá adjuntar una carta de compromiso de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo principal, de conformidad con el Anexo 8 del presente documento.

g. El proponente solo podrá reemplazar para la ejecución del Contrato? el equipo mínimo de

trabajo por profesionales que obtengan idéntica o mejor calificación que la que obtuvo el profesional con el cual presentó oferta.

h. El proponente deberá revisar y evaluar si dentro del equipo mínimo que presenta se encuentra personal extranjero que requiera permiso de trabajo para ejercer su profesión en Colombia. Estimar los costos de dichos permisos y tener en cuenta su trámite y solicitud, de tal forma, que previo a la suscripción del contrato cuente con los permisos requeridos.

i. El ejercicio de cargos públicos será válido para acreditar: i) experiencia general, siempre y cuando las funciones propias del cargo desempeñado, o las que hubiera ejercido por delegación, incluyan estudios o diseños de proyectos de adecuación de tierras o de distritos de riego y drenaje.

2.4.1.2.1.2. Equipo de trabajo secundario

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Para el equipo de trabajo secundario, el proponente deberá relacionarlo en el Anexo 7. La entrega de las hojas de vida y los soportes respectivos se hará dentro de los diez (10) xxxx siguientes a la notificación de la adjudicación del contrato; y constituye requisito para la suscripción de la orden de inicio. La acreditación de la experiencia y los requisitos de documentación se debe sujetar a las mismas reglas establecidas para el equipo de trabajo principal de que trata el numeral 2.4.1.2.1.1. Sin embargo, el incumplimiento de entrega de las hojas de vida no impedirá que se inicien las sanciones previstas por incumplimiento de oferta. El proponente deberá adjuntar con su propuesta, una carta de compromiso de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo secundario, de conformidad con el Anexo 8 del presente documento. 2.4.2. MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA HABILITANTE EL FONDO verificará el cumplimiento de la capacidad técnica de los proponentes mediante la revisión y estudio de los documentos aportados por estos para acreditarla y les asignará calificación de HABILITADO o NO HABILITADO, según que cumplan o no las condiciones y requisitos establecidos en el numeral 2.4.1.

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CAPÍTULO III.

FACTORES TÉCNICOS Y ECONÓMICOS CALIFICABLES 3.1. CALIFICACIÓN FACTORES TÉCNICOS: 1.000 puntos El análisis y evaluación de las ofertas será adelantado por el Comité Asesor y Evaluador designado. Inicialmente, se hará la revisión y análisis de la propuesta técnica, en las condiciones que se señalan en la Tabla 8. Tabla 8. Criterios para la puntuación de la propuesta técnica

CRITERIO PUNTAJE MÁXIMO

EXPERIENCIA TÉCNICA CALIFICABLE 200 200

EXPERIENCIA ESPECIFICA DE LOS PROFESIONALES

Director 300

700 Economista 200

Especialista Hidráulico 200

APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 100 100

PUNTAJE TOTAL 1.000

NOTA: únicamente los proponentes que obtengan un puntaje igual o superior a SETECIENTOS (700) PUNTOS, en la calificación de experiencia técnica calificable y experiencia del equipo de trabajo principal, continuaran a la evaluación y calificación de la oferta económica. En consecuencia, a los proponentes que no cumplan con el puntaje mínimo señalado, se les otorgará la condición de RECHAZADO.

3.1.1. Experiencia Técnica Calificable (200 puntos)

El proponente deberá acreditar dos (2) contratos adicionales a los tres (3) contratos de que trata el numeral 2.4.1.1. Los dos (2) contratos de que trata este numeral, deben relacionarse en el Anexo 4, y deben reunir las siguientes características: su objeto debe consistir en estudios de Factibilidad o Diseños de proyectos de adecuación de tierras para riego, drenaje y/o control de inundaciones o de distritos de riego y drenaje cuyas áreas de beneficio sumen por lo menos 10.000 ha, uno de ellos con área de beneficio mayor a 5.000 hectáreas.

3.1.2. Método de calificación:

Si el proponente no cumple con la exigencia de la experiencia técnica habilitante solicitada en los presentes TCC, no se le asignará puntaje.

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El máximo puntaje obtenible por concepto de experiencia técnica calificable será de 200 puntos, de acuerdo a los siguientes criterios: Valor contratos Puntaje A Área total de los proyectos Puntaje B Dos veces el presupuesto oficial 0 10.000 ha 0 Entre 2 y 3 veces el presupuesto

oficial 25 Entre 10.001 y 15.000 ha 25

Entre 3 y 4 veces el presupuesto

oficial 50 Entre 15.001 y 25.000 ha 50

Más de 4 veces el presupuesto

oficial 100 Más de 25.000 ha 100

El puntaje total para la experiencia específica del proponente será la suma aritmética del puntaje obtenido en cada uno de los dos criterios (A+B).

3.1.3. Experiencia de los Profesionales del Equipo de Trabajo Principal (700 Puntos)

La experiencia del Director de proyecto se calificará de 0 a 300 puntos, según lo siguientes criterios:

Mínimo de diez (10) años de experiencia específica en calidad de Director de proyectos de consultoría, de los cuales deberá tener experiencia como director responsable en por lo menos cuatro (4) contratos relacionados con estudios o diseños para proyectos de mediana o gran escala en adecuación de tierras.

Años de experiencia específica

PUNTAJE

10 años 0

Más de 10 y hasta 15 100

Más de 15 y hasta 20 200

Más de 20 300

La experiencia del Economista se calificará entre 0 y 200 puntos según los siguientes criterios:

Mínimo de seis (6) años, de experiencia específica como economista en contratos o estudios de consultoría, de los cuales deberá tener experiencia como especialista en economía en por lo menos dos (3) proyectos o contratos relacionados con adecuación de tierras de mediana o gran escala.

Años de experiencia específica

PUNTAJE

6 años 0

Más de 7 y hasta 10 50

Más de 10 y hasta 15 100

Más de 15 200

La experiencia del Especialista Hidráulico (diseño de sistemas de riego y drenaje) se calificará entre 0 y 200 puntos según los siguientes criterios:

Mínimo de seis (6) años, de experiencia específica como especialista en hidráulica en contratos o estudios de consultoría, de los cuales

Años de experiencia específica

PUNTAJE

6 años 0

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deberá tener experiencia como especialista en diseño de sistemas de riego y drenaje en por lo menos cuatro (4) proyectos o contratos relacionados con adecuación de tierras, de mediana o gran escala.

Más de 6 y hasta 10 50

Más de 10 y hasta 15 100

Más de 15 200

3.1.4. Apoyo a la Industria Nacional (100 Puntos)

Con el fin de fomentar el apoyo a la industria nacional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, se deberá declarar por escrito por parte del Representante o Apoderado Legal del Proponente, la procedencia nacional y/o extranjera del total de equipo mínimo que será puesto al servicio en la ejecución del contrato. La validez de la declaración será verificada en el momento de entrega de las hojas de vida de todos los integrantes del equipo, tanto principal (en la oferta), como no secundario (antes de la firma de la orden de inicio). La omisión de la información requerida en este numeral, no será subsanable por ser factor de ponderación, en todo caso, la no presentación de la información requerida no restringe la participación del proponente, ni es causal de rechazo de la propuesta. El documento contentivo del ofrecimiento de Apoyo a la Industria Nacional deberá ser anexado por el proponente con la propuesta, diligenciando el Anexo 9 - Compromiso de Apoyo a la Industria Nacional, y no será admitido con posterioridad a la fecha y hora del cierre para la entrega de propuestas, por ser factor de ponderación de las propuestas. De no presentar el formato destinado al proceso que contenga el ofrecimiento aquí establecido y en las condiciones previstas en estos términos y condiciones contractuales, no se otorgará puntaje por este factor. Este factor se evaluará con base en la Ley 816 de 2003 con el fin de garantizar el Apoyo a la Industria Nacional con fundamento en la documentación aportada, así:

Cuando el proponente oferte servicios con el 100% de personal nacional, para la ejecución del objeto de la presente Convocatoria, se le asignarán cien (100) PUNTOS.

Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional en proporción mayor al noventa y cinco por ciento (95%) e inferior al ciento por ciento 100%, para la ejecución del objeto de la presente Convocatoria, se le asignarán cincuenta (50) PUNTOS.

Cuando el proponente oferte servicios con personal nacional en proporción inferior al 95% del total, para la ejecución del objeto de la presente Convocatoria, se le asignarán cero (0) PUNTOS.

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El compromiso de apoyo a la industria nacional es de obligatorio cumplimiento y, en caso de resultar adjudicataria una propuesta que lo haya suscrito, el adjudicatario deberá cumplir estrictamente y en plenitud con su obligación. En el evento de no anexar la información solicitada, no se asignará puntaje.

Para calificar la calidad de nacional se tendrá en cuenta el Parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 816 de 2003 que señala: ―Se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. La acreditación o demostración de tal circunstancia se hará en los términos que señale el reglamento‖. 3.2. FACTORES ECONÓMICOS CALIFICABLES

3.2.1. APERTURA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA.

Surtido el proceso de verificación de los requisitos establecidos en el Capítulo II de estos TCC y el de calificación de los factores técnicos de que trata el numeral 3.1, de este mismo documento, EL FONDO abrirá el sobre n° 2 (ofertas económicas de los proponentes habilitados y que hayan obtenido un puntaje igual o superior a 700 puntos en la calificación de los factores técnicos), en acto que adelantará en las instalaciones de esta Entidad, en presencia de la Auditoría Técnica Integral Preventiva – ATIP, del cual levantará el acta correspondiente para dejar constancia de los precios de cada una de dichas propuestas.

3.2.2. CALIFICACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA: 1.000 puntos

El Proponente debe formular su propuesta económica siguiendo los modelos del Anexos 5 y del Anexo 5A de los TCC, presentando una propuesta económica para cada uno de los estudios para el(s) cual(s) el Proponente desea concurrir. Ambos anexos deben ser presentados impresos y en medio óptico, de acuerdo con las siguientes reglas:

a. Elaborar una propuesta para cada uno de los estudios para el(s) cual(s) el Proponente desea concurrir.

b. Valor total de la Propuesta 1) Deberá incluir la totalidad del equipo mínimo requerido para la ejecución del contrato, los

costos fijos y los costos variables. 2) Deberá utilizar el factor multiplicador descrito en el Anexo 6. 3) Deberá expresar todos los valores en pesos colombianos. 4) Deberá ajustar todos los valores al peso, es decir sin decimales. Para el efecto, se aplicará

la metodología de redondeo indicada en estos TCC.

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5) Deberá considerar el plazo de ejecución de la consultoría señalado en el capítulo IV del presente documento.

6) Deberá considerar la forma de pago señalado en capítulo IV del presente documento. 7) Deberá considerar las variables económicas que estime pertinentes, teniendo en cuenta la

totalidad de las condiciones previstas en los presentes TCC. Las variables a tener en cuenta, así como las proyecciones que de ellas se realicen, para efectos de la formulación de la propuesta económica, son de responsabilidad exclusiva del Proponente y, por tanto, serán por su cuenta y riesgo las diferencias que puedan presentarse entre dichas proyecciones y el comportamiento real de las variables durante la ejecución del contrato.

8) Deberá tener en cuenta la información contenida en la descripción general de la consultoría Anexos 1-A, 1-B, 1-C y 1-D.

9) Deberá considerar la distribución de riesgos contractuales previsibles contenida en el capítulo V del presente documento.

10) Deberá tener en cuenta las condiciones y especificaciones técnicas del objeto de consultoría, así como la información técnica, hidrológica, geológica, geomorfológica, sismológica, geotécnica, topográfica y cartográfica, estudios de impacto ambiental y las leyes y normas que rigen para la región y las propias del sitio donde se desarrollará el proyecto. De igual forma, todos los costos que se requieran para la correcta ejecución del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, entre ellos los generados por el transporte del personal, equipo, materiales, etc. Del mismo modo, deberá considerar las condiciones, climáticas, ambientales y de orden público.

11) Deberá tener en cuenta que la totalidad de los tributos, independientemente de la denominación que asuman o del nivel territorial del que provengan, que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato objeto del presente proceso de selección, serán de su cargo exclusivo.

3.2.2.1. Calificación del costo fijo (Anexo 5):

El valor de la propuesta no podrá ser superior al 100% ni inferior al 85% del POE fijo de cada estudio para el cual presente oferta, de conformidad con los valores de la tabla 3 del numeral 1.4.. Las propuestas que superen el 100% o sean inferiores al 85% del presupuesto oficial estimado fijo de cada estudio serán rechazadas económicamente. Aquellas propuestas con valor inferior al promedio menos 1,25 veces la desviación estándar obtendrán cero (0) puntos y su cociente no será tenido en cuenta para el cálculo de puntaje. A continuación, se dividirá el valor promedio de las ofertas no rechazadas económicamente menos 1,25 veces la desviación estándar por cada una de las propuestas no rechazadas económicamente. La propuesta con el mayor cociente recibirá 700 puntos; las demás recibirán puntuación según la siguiente ecuación:

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Puntaje propuesta = (Cociente x 1.000)/Mayor cociente. El valor se expresará con tres cifras decimales. Si la cuarta cifra decimal es 5, 6, 7, 8 o 9, la tercera cifra se incrementará en una (1) unidad; si la cuarta cifra decimal es menor a 5, la tercera cifra permanecerá con el valor calculado. 3.2.2.2. Calificación costo variable (Anexo 5A): Los precios unitarios ofertados por los proponentes se calificarán de acuerdo a las siguientes reglas:

a) Se calificarán únicamente los precios unitarios de las propuestas no rechazadas

económicamente;

b) Se calculará el promedio y la desviación estándar de los precios unitarios ofertados para

cartografía, topografía (levantamientos topográficos y poligonales) y geotecnia (apiques y

sondeo) en cada uno de los estudios;

c) A continuación, se dividirá el valor promedio de los precios unitarios ofertados, en cada uno de

los estudios, para cada tipo de servicio, menos 1,25 veces la desviación estándar por el valor de

cada una de las propuestas no rechazadas económicamente;

d) Para cada propuesta se calculará la suma de los cocientes obtenidos en la operación anterior.

La suma de mayor valor recibirá 300 puntos. Las demás recibirán puntuación según la siguiente

ecuación:

Puntaje propuesta = (Suma x 300)/Mayor suma.

3.2.3. PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA

EL FONDO publicará en su página (www.fondoadpatacion.gov.co), en la fecha establecida en el cronograma de actividades del proceso, el puntaje de las ofertas económicas y el informe consolidado de los requisitos técnicos y económicos calificables.

3.2.4. OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ECONÓMICAS Los proponentes podrán presentar las observaciones correspondientes al informe de evaluación de las ofertas económicas dentro del término señalado en el numeral 1.8, y EL FONDO las publicará en la fecha señalada en el cronograma de actividades del proceso. El FONDO resolverá las observaciones al informe de evaluación de las propuestas económicas mediante documento que publicará en la página web institucional, según lo señala el numeral 1.8 cronograma de actividades del proceso.

3.2.5. CALIFICACIÓN FINAL Y DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD

Para cada estudio, el puntaje final de cada proponente será determinado por la siguiente expresión aritmética:

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El valor de la vota final se expresará con tres cifras decimales. Si la cuarta cifra decimal es 5, 6, 7, 8 o 9, la tercera cifra se incrementará en una (1) unidad; si la cuarta cifra decimal es menor a 5, la tercera cifra permanecerá con el valor calculado. Un proponente adjudicatario de un estudio obtendrá 2 puntos menos en la nota final del siguiente estudio.

3.2.6. CRITERIOS DE DESEMPATE

Se entenderá que hay empate entre dos propuestas, para un mismo estudio, cuando presenten nota final idéntica. En el caso en que dos (2) o más propuestas, bajo el anterior criterio, hubieran arrojado un mismo resultado, se aplicarán los siguientes criterios de desempate:

a. Se elegirá la propuesta con el equipo de trabajo principal mejor calificado;

b. Si persiste el empate, se adjudicará a la propuesta con mejor calificación en la experiencia técnica calificable,

c. Si aplicado el criterio anterior no se consigue el desempate, se adjudicará al proponente con mayor puntaje en la propuesta económica;

d. De persistir el empate, se elegirá al ganador mediante un sorteo por balotas, para lo cual EL FONDO invitará a los proponentes empatados a una reunión en sus instalaciones en la cual escogerán las balotas y se adjudicará a aquel que obtenga la del número mayor.

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CAPÍTULO IV.

CONDICIONES DEL CONTRATO 4.1. OBJETO

Elaboración de los estudios de factibilidad de los distritos de adecuación de tierras Barranquillita-Bajirá, Firavitoba, Magará y Pamplonita, de acuerdo con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas en el PTCC, en el alcance definido en el Anexo 1-A, 1-B, 1-C 1-D, en los documentos e información técnica suministrada por EL FONDO y en la oferta presentada por el proponente, documentos todos que conforman y forman parte integral del contrato. Los TCC, sus formatos, anexos y adendas se entienden incorporados al contrato aun cuando en este no se reproduzca su contenido. En el evento en que se presente alguna contradicción entre, de una parte, los TCC y el contrato, y de otra, la oferta presentada por el proponente adjudicatario, prevalecerá el contenido de aquellos documentos. En el evento en que la contradicción se presente entre los TCC y el contrato prevalecerá el contenido de aquellos. 4.2. CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DE LA ORDEN DE INICIO

Dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la suscripción del Contrato, el(los) proponente(s) adjudicatario(s) presentará(n) al FONDO:

e) El RUT. f) La garantía de cumplimiento. g) Las hojas de vida del equipo mínimo secundario y los soportes respectivos que acrediten las

calidades y la experiencia general y específica de dicho equipo. h) Los documentos que acrediten que todo el personal necesario para el inicio de la ejecución del

contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.

4.3. OBLIGACIONES DEL CONSULTOR. Sin perjuicio de las demás obligaciones legales, de las normas urbanísticas, técnicas y ambientales pertinentes, de las particulares que correspondan a la naturaleza del contrato, de las establecidas en otros apartes de los presentes TCC y de las consignadas específicamente en el contenido del contrato, EL CONSULTOR contrae, entre otras, las siguientes:

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4.3.1. Obligaciones de carácter general

a. Acreditar, cuando se le requiera, que está al día con los aportes a la seguridad social y otras contribuciones legales.

b. Indemnizar y/o asumir todo daño que cause a terceros, a bienes de terceros o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo de este.

c. Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.

d. Cumplir un todo al alcance técnico, apéndices y anexos técnicos entregados por el Fondo Adaptación junto con los Términos de Referencia.

4.3.2. Obligaciones de carácter administrativo

a. Verificar y asegurar que el personal de la consultoría mantenga durante el tiempo de trabajo una dotación adecuada a la labor desempeñada para su protección, así como los elementos de seguridad industrial necesarios para la ejecución de las actividades.

b. Suscribir la orden de inicio de ejecución del contrato, previo el cumplimiento de los requisitos necesarios para ello.

c. Asistir a todas las reuniones que se celebren en el sitio de ejecución de las actividades, en las instalaciones del FONDO o donde sea necesario, relacionadas con los trabajos objeto de la consultoría.

4.3.3. Obligaciones de carácter técnico

a. Elaborar los estudios respetando rigurosamente las condiciones establecidas en los Términos y Condiciones Contractuales, en las Normas Técnicas Colombianas pertinentes y aquellas internacionales que resulten aplicables.

b. Sustentar las alternativas de planeación del proyecto y los criterios de selección de alternativas. c. Realizar presentaciones técnicas del avance o situación de los estudios cuando se lo solicite la

interventoría. d. Cumplir sus obligaciones contractuales de conformidad con la normatividad que rige la materia

del contrato y, especialmente, con las que regulan la actividad del Incoder, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y con las normas internacionales que resulten aplicables.

4.3.4. Otras obligaciones

a. Efectuar la consultoría objeto del presente contrato a los precios y condiciones señalados en su propuesta.

b. Presentar dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la orden de inicio, la siguiente documentación: 1) Programa de personal, 2) Plan de trabajo y plan de inversión del anticipo, y 3) Programa de seguridad industrial.

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c. Suministrar los equipos para realizar las pruebas necesarias durante la ejecución de la consultoría.

d. Elaborar los informes relacionados con la ejecución del contrato y presentarlos por escrito, asegurándose de que la redacción sea clara y precisa, junto con los mapas y planos necesarios.

e. Realizar reuniones con el Interventor del contrato tanto al inicio como durante la ejecución del mismo. La periodicidad de las reuniones será mínimo de una reunión (1) cada dos semanas, con el fin de verificar el desarrollo del contrato y elaborar las actas que documenten el estado del mismo.

f. Mantener durante la ejecución del contrato el recurso humano, técnico, físico y demás ofrecidos en la propuesta.

g. Hacer las recomendaciones que contribuyan al mejor desempeño para la materialización de los alcances del estudio.

h. Informar de inmediato y por escrito, a la Interventoría y al FONDO la ocurrencia de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que puedan afectar la ejecución del contrato, incluyendo las recomendaciones que procedan según el caso.

i. Tramitar oportunamente las actas de suspensión y reanudación del contrato si ello fuere necesario.

j. Además del personal mínimo exigido, EL CONSULTOR deberá contar con los profesionales o técnicos que se requiera para cumplir cabalmente el contrato, tanto en plazo como en calidad.

k. EL CONSULTOR se obliga atender todas las observaciones y requerimientos realizados por la interventoría.

l. EL CONSULTOR deberá cumplir con los requerimientos determinados en los anexos técnicos de los presentes Términos y Condiciones Contractuales.

m. Mantener la confidencialidad sobre la información que le sea suministrada para el desarrollo del objeto del Contrato.

4.3.5. Obligaciones relacionadas con el equipo de trabajo para la ejecución del objeto contractual

a. Suministrar el personal idóneo para la ejecución del objeto contractual. b. No se podrá ofrecer personal que se encuentre comprometido en proyectos del FONDO

Adaptación con dedicación mayor al 100%, incluida la dedicación necesaria para los presentes proyectos.

c. Ejecutar el trabajo utilizando el personal principal y secundario ofertado. En caso de realizar cambios en el equipo de trabajo, deberá solicitar aprobación de la interventoría, así como presentar la(s) hoja(s) de vida, con los respectivos soportes del(s), del(s) substituto(s). El(s) substituto(s) deberá tener igual o superior calificación a la del profesional con el que se presentó oferta.

d. EL FONDO previa recomendación de la interventoría podrá solicitar el cambio o retiro de un profesional del equipo de trabajo mínimo cuando lo considere necesario, caso en el cual EL

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CONSULTOR deberá presentar un profesional que obtenga igual o superior calificación a la del profesional con el que se presentó oferta.

e. Dedicar el equipo de trabajo mínimo requerido en el sitio de la consultoría y contar con la disponibilidad de trabajo de acuerdo con el cronograma de ejecución del proyecto y las necesidades del mismo. Igualmente se deberá tener disponibilidad de personal para atender emergencias. En este caso se informará al interventor sobre el personal disponible, junto con los teléfonos y direcciones donde se puedan ubicar.

f. Asumir, por su cuenta y riesgo, el pago de los salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones y honorarios de todo el personal que ocupe en la ejecución la consultoría, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral de tal personal con el Fondo Adaptación, ni responsabilidad en los riesgos que se deriven de esa contratación.

g. Responder por cualquier tipo de reclamación, judicial o extrajudicial, que instaure, impulse o en la que coadyuve su personal o sus subcontratistas contra EL FONDO, por causa o con ocasión del contrato.

Nota: el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el personal requerido para la ejecución del objeto contractual será objeto de especial verificación por el Interventor del contrato. 4.4. OBLIGACIONES DEL FONDO:

a. Pagar el valor del contrato en la forma y bajo las condiciones previstas. b. Ejercer la vigilancia general del contrato. c. Formular, por escrito, las sugerencias sobre los asuntos que estime convenientes en el

desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía propia del CONSULTOR o interventor del estudio

4.5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo máximo para elaboración de los estudios de factibilidad es de ocho (8) meses, contados a partir de la orden de inicio emitida por el Interventor del Contrato. Debe observarse que los cuatro estudios deben ser desarrollados simultáneamente. 4.6. PRÓRROGA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL El plazo de ejecución podrá prorrogarse mediante la suscripción del documento modificatorio contractual que así lo disponga, en el cual deberán señalarse las circunstancias o hechos que lo motivaron y la fecha o condición que defina el nuevo plazo de ejecución del Contrato. Para prorrogar el Contrato previamente se requiere:

La solicitud y justificación técnica correspondiente por parte del CONSULTOR. Aval y concepto de la interventoría.

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4.7. VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO El valor del contrato estará integrado por dos conceptos: 1. El valor de la propuesta económica del proponente adjudicatario de conformidad con el Anexo 5 de los TCC (costo fijo) y, 2. El valor máximo establecido para cada estudio por EL FONDO por concepto de costos variables (servicios de campo) Los servicios de campo se ejecutarán y pagarán de conformidad con el valor unitario ofertado por EL CONSULTOR en el Anexo 5A. Antes del inicio de la ejecución de los servicios de campo, el CONSULTOR y la interventoría elaborarán un plan indicando las cantidades previstas de cada servicio.

4.7.1 FORMA DE PAGO

El pago de los estudios de factibilidad para la adecuación de distritos de riego Barranquillita-Bajirá, Firavitoba, Magará y Pamplonita será realizado de la forma ilustrada en la Tabla 4. Descripción Documento Pago parte fija Pago servicios de

campo Plazo de entrega*

Primer pago parcial Conclusión cartografía

5% de los costos de mano de obra

y gastos directos

Cartografía Mes 2

Segundo pago parcial

Aprobación Informe No. 1 –

Estudios Básicos

15% de los costos de mano

de obra y gastos

directos

Servicios de campo

certificados por la

interventoría

Mes 3

Tercer pago parcial Aprobación

Informe No. 2 – Diagnóstico

Integrado

15% de los

costos de mano de obra y gastos

directos

Servicios de

campo certificados por la

interventoría

Mes 5

Cuarto pago parcial Aprobación Informe No. 3 –

Planeación

25% de los costos de mano

de obra y gastos

directos

Servicios de campo

certificados por la

interventoría

Mes 7

Quinto pago parcial Aprobación

Informe No. 4 – Informe Final,

Estudio de

Impacto Ambiental y

Términos de Referencia para el

diseño

25% de los

costos de mano de obra y gastos

directos

Servicios de

campo certificados por la

interventoría

Mes 8

Sexto pago parcial Liquidación del contrato

15% de los costos de mano

Mes 12

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de obra y gastos

directos

* Contados a partir de la Orden de Inicio En la tabla anterior, los documentos que deben ser producidos al final de cada fase constituyen hitos del desarrollo de los trabajos. Los porcentajes del valor del contrato a ser pagados con la entrega de cada documento corresponden, aproximadamente, a la cantidad de trabajo ejecutado para la producción del documento. En cada factura se incluirá el IVA sobre el valor total. El FONDO desembolsará un ANTICIPO equivalente al 20 % del valor del contrato en el patrimonio autónomo aprobado por el Fondo y constituido por el Consultor en una sociedad fiduciaria con calificación AAA, una vez obtenida la aprobación del Plan de Inversión del anticipo por parte de la Interventoría o del Supervisor del Fondo. Antes de constituir la fiducia, el Consultor someterá a revisión del FONDO la minuta del respectivo contrato de fiducia. El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el Consultor. La fiducia que se constituya para efectos del manejo del anticipo debe establecer, expresamente, que los desembolsos, cheques, órdenes o autorizaciones de pago que se giren con cargo a aquella necesiten la firma de la Supervisión y/o el Interventor. Por consiguiente, ningún cheque, retiro, pago con tarjeta o cualquier otro medio de pago o gravamen que afecte el anticipo, podrá efectuarse sin la autorización expresa y escrita de la Supervisión y/o el Interventor, quien, de acuerdo con sus obligaciones, velará porque los desembolsos que afecten el anticipo correspondan a gastos del contrato y se efectúen de acuerdo con la programación de las inversiones que se pacte o apruebe para su ejecución. Este anticipo será entregado dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la expedición de la Orden de inicio de los servicios y a la radicación en debida forma de la cuenta de cobro correspondiente y sus documentos de soporte. Bajo ninguna circunstancia la Orden de inicio estará sujeta a la entrega del anticipo. Los rendimientos financieros que genere el anticipo serán propiedad del FONDO; por lo tanto, el CONSULTOR deberá consignar los rendimientos financieros correspondientes en la cuenta que, para el efecto, le indique EL FONDO , dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes. Si el CONSULTOR no restituye al FONDO los rendimientos financieros, deberá reconocer a esta Entidad intereses corrientes y moratorios, liquidados a la máxima tasa permitida vigente a la fecha de la mora. El cálculo del valor a pagar se realizará tomando el valor el hito aprobado, amortizando el anticipo en cada una de las facturas de manera proporcional, hasta amortizarlo en su totalidad antes del acta de liquidación.

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En todo caso, antes de constituir la fiducia, el CONSULTOR someterá a revisión del FONDO la minuta del respectivo contrato. El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el CONSULTOR. Para los pagos por Hitos cumplidos el Consultor deberá abrir una cuenta en un establecimiento bancario vigilado por la Superintendencia Financiera, para realizar allí el pago por transferencias. Para tal efecto, y para la firma del contrato, el CONSULTOR deberá entregar al FONDO el certificado bancario respectivo.

Los pagos se efectuarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la radicación de la respectiva factura, la cual debe acompañarse de: 1. La certificación del pago de los aportes correspondientes a los sistemas de salud y pensiones y, si a ello hubiere lugar, a las cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, 2. La certificación de cumplimiento expedida por el supervisor del contrato. Cuando la factura no se presente con el lleno de los correspondientes requisitos o no se acompañe de los documentos necesarios para el pago, el término para este empezará a contarse desde la fecha en que una u otros se presenten en debida forma o se aporte el último de los documentos requeridos. Las demoras que se presenten por esta causa serán responsabilidad del CONSULTOR; por lo tanto, no causarán intereses, ni compensación de ninguna naturaleza. En caso de mora imputable al FONDO, este reconocerá al CONSULTOR intereses moratorios a la tasa del interés legal civil vigente en esa fecha, la cual se liquidará sobre el valor histórico actualizado, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 36 del Decreto 1510 de 2013 o en la norma que lo modifique o reemplace. La certificación de cumplimiento por parte del supervisor del contrato, se expedirá con base en los respectivos informes de avance debidamente soportados y aprobados.

El valor del contrato no será objeto de ajustes por cambio de vigencia durante su ejecución.

4.7.2 . Actividades adicionales no previstas EL FONDO podrá ordenar, por escrito, la ejecución de actividades adicionales no previstas por las partes, siempre que estas resulten necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto contractual y la debida atención de las finalidades de la contratación. EL CONSULTOR estará en la obligación de ejecutarlas de acuerdo con los procedimientos establecidos para la ejecución de las actividades previstas. Las actividades adicionales sólo se ejecutarán previa suscripción de la respectiva modificación del contrato y, si hubiere lugar, de la ampliación o modificación del precio de este.

4.7.3 Prohibición

Le está prohibido al CONSULTOR ejecutar actividades adicionales no previstas en el contrato, sin que, previamente, se haya suscrito entre las partes la respectiva modificación el respectivo contrato adicional. Cualquier actividad que ejecute sin la celebración previa del documento contractual será asumida por cuenta y riesgo del CONSULTOR de manera que EL FONDO no reconocerá su costo.

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4.7.4 Determinación del precio

El costo de las actividades adicionales no previstas será acordado entre EL CONSULTOR y el interventor, cuando corresponda, y en todos los casos sometido a la aprobación del FONDO. 4.8. Mecanismos de cobertura de riesgo contractual Con el objeto de asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, y de conformidad con las disposiciones del artículo 116 del Decreto 1510 de 2013, EL CONSULTOR debe constituir, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a la firma del contrato, una garantía, la cual podrá consistir en una póliza de cumplimiento en favor de entidades estatales, que incluya los siguientes amparos: Buen manejo y correcta inversión del anticipo: Este amparo cubre los perjuicios sufridos por la Entidad Estatal con ocasión de: (i) la no inversión del anticipo; (ii) el uso indebido del anticipo; y (iii) la apropiación indebida de los recursos recibidos en calidad de anticipo. La cuantía del amparo de buen manejo y correcta inversión del anticipo debe ser por el cien (100) por ciento del monto entregado AL CONSULTOR en forma anticipada y su vigencia extenderse por el plazo de ejecución del contrato y el de su liquidación. De Cumplimiento, que cubra los perjuicios ocasionados al FONDO por el incumplimiento total o parcial de las obligaciones asumidas por EL CONSULTOR mediante el futuro contrato, así como de su cumplimiento tardío o defectuoso. Además de esos riesgos, este amparo debe comprender el pago del valor de la cláusula penal pecuniaria de apremio y de la compensatoria, en los porcentajes señalados en estos estudios. La cuantía del amparo de cumplimiento debe ascender al veinte (20) por ciento del valor del contrato y su vigencia extenderse por el plazo establecido para su ejecución y seis (6) meses más. De Pago de Salarios, Prestaciones sociales e Indemnizaciones Laborales, que cubra los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones laborales asumidas por EL CONSULTOR derivadas de la contratación del personal utilizado para ejecutar el futuro contrato. La cuantía de este amparo debe corresponder al quince (15) por ciento del valor total del contrato y su vigencia extenderse por el plazo de ejecución de este y tres (3) años más Calidad del servicio, que cubra los perjuicios imputables al CONSULTOR que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de (i) la mala calidad o insuficiencia de los productos entregados o (ii) de la mala calidad del servicio prestado. Dicho amparo debe constituirse por el diez por ciento (10%) del valor total del contrato y su vigencia extenderse por un (1) año contado a partir de la fecha del acta de entrega y recibo a satisfacción de los servicios.

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Responsabilidad civil extracontractual. Por la naturaleza del objeto del contrato, que incluye necesariamente un trabajo de campo, es necesario el otorgamiento de un seguro que cubra al FONDO frente a eventuales reclamaciones de tercero por los perjuicios ocasionados durante la ejecución del contrato, por hechos, actos u omisiones del CONSULTOR Dicho amparo debe constituirse por el diez (10) por ciento del valor total del contrato, y su vigencia extenderse por el plazo de ejecución del contrato. Nota: El seguro de responsabilidad civil extracontractual no podrá presentarse sublimitado en ninguno de sus amparos, y estos corresponder como mínimo a los señalados en el numeral tercero del artículo 137 del Decreto 1510 de 2013 o por las normas que lo modifiquen o sustituyan. PARÁGRAFO PRIMERO: Los aspectos relativos a la garantía estipulada en esta cláusula se regirán por las disposiciones pertinentes del Decreto 1510 de 2013 o por las normas que lo modifiquen o sustituyan. PARÁGRAFO SEGUNDO: La vigencia de los amparos deberá ajustarse de acuerdo con las fechas en que se suscriban el acta de iniciación del contrato y la de liquidación, según sea el caso. 4.8.1. SUFICIENCIA DE LAS GARANTÍAS EL CONSULTOR debe mantener durante la vigencia del Contrato, la suficiencia de los amparos otorgados. En consecuencia, en el evento en que el plazo de ejecución del Contrato y/o su valor se amplíe o aumente, respectivamente, EL CONSULTOR deberá proceder a ampliar la vigencia y/o valor de dichos amparos, según sea el caso, como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago. De igual modo, EL CONSULTOR deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por razón de la ocurrencia de los siniestros amparados. En el caso de los amparos cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato y/o de recibo del informe final, el valor amparado también debe reponerse cuando se afecte por la ocurrencia de los riesgos asegurados con posterioridad a tales fechas. El pago de todas las primas y demás gastos que generen la constitución, el mantenimiento y el restablecimiento inmediato del monto de las garantías, será de cargo exclusivo del CONSULTOR. 4.9. SUPERVISIÓN La supervisión del contrato que se derive de este estudio previo, estará a cargo de una interventoría contratada para este efecto por EL FONDO. PARÁGRAFO: El interventor del Contrato está facultado para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual, en el aspecto técnico, y será responsable

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de mantener informado al FONDO de los hechos o circunstancias que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato o cuando tal incumplimiento se presente. En ningún caso el interventor está facultado para modificar el contenido y alcance del contrato celebrado entre el CONSULTOR y EL FONDO, ni de eximir a ninguno de ellos de sus obligaciones y responsabilidades.

La vigilancia del contrato se desarrollará de conformidad con las normas que regulan la materia y, especialmente, con las disposiciones del artículo 42 y siguientes del Manual de Contratación y de Supervisión del FONDO, el cual forma parte de este contrato.

4.10. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA. En caso de mora en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del CONSULTOR, este se obliga a pagar al FONDO, por el simple retardo, una pena por valor equivalente al cinco (5) por ciento del valor total del Contrato, sin que esta reemplace la obligación principal, ni su indemnización compensatoria. Asimismo, en caso de que, vencido el plazo del Contrato, EL CONSULTOR no hubiere ejecutado todas o algunas de sus obligaciones, este se sujeta a pagar, a favor del FONDO, a título de pena, una suma equivalente al diez (10) por ciento del valor del Contrato, la cual se establece como estimación anticipada de los perjuicios que le ocasione a la Entidad el incumplimiento del CONSULTOR; sin embargo, si el valor de dichos perjuicios resulta mayor al valor de la pena, EL FONDO se reserva el derecho a obtener del CONSULTOR y/o de su garante el pago de la indemnización correspondiente. PARÁGRAFO PRIMERO: La imposición de las penas estipuladas en esta cláusula estará precedida de la garantía del derecho de audiencia y de defensa del CONSULTOR y de su garante, para lo cual EL FONDO aplicará el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. PARÁGRAFO SEGUNDO: Las penas moratoria y compensatoria previstas en esta cláusula se harán efectivas directamente por el FONDO, quien, para el efecto, podrá, a su libre elección, compensarlas con las sumas adeudadas al CONSULTOR, en los términos de los artículos 1714 y siguientes del Código Civil; se entiende que, con la suscripción de este Contrato, EL CONSULTOR autoriza al FONDO a descontarle, de las sumas que le adeude, los valores correspondientes a aquellas. EL FONDO también podrá cobrar la garantía o acudir a cualquier otro medio para obtener el pago de las penas, incluyendo el de la jurisdicción coactiva. 4.11. MODIFICACIÓN AL CONTRATO El plazo, valor y demás condiciones del Contrato sólo podrán variarse mediante modificaciones contractuales suscritas por las partes. Sin autorización escrita del FONDO, previo concepto de la interventoría EL CONSULTOR no podrá apartarse de las condiciones y especificaciones contractuales que le resultan exigibles en virtud del Contrato. En el evento en que lo haga perderá el derecho a reclamar el reconocimiento y pago de

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cualquier suma que resulte de la modificación y será responsable de los daños que por esa acción le cause a EL FONDO, sin perjuicio de la obligación de ejecutar el Contrato en las condiciones previstas. EL CONSULTOR debe manifestar expresamente y por escrito al momento de la suscripción de las modificaciones, adiciones, aclaraciones, prorrogas, suspensiones, otrosí, actas y demás documentos que se suscriban en la ejecución del Contrato, si tales modificaciones, ajustes o correcciones generan mayor valor; en caso de que EL CONSULTOR suscriba el documento sin la manifestación anterior se entenderá que cumplirá lo acordado sin que haya lugar a mayores valores o pago adicional alguno. 4.12. CESIÓN DEL CONTRATO El presente Contrato se celebra en consideración a las calidades del CONSULTOR; en consecuencia, no podrá cederlo en todo, ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de EL FONDO. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de EL FONDO, de acuerdo con el procedimiento interno de EL FONDO para tal efecto. 4.13. SUBCONTRATOS EL CONSULTOR no podrá subcontratar, total o parcialmente, la ejecución del contrato, sin autorización previa y expresa del FONDO, caso en el cual será el único responsable por el cumplimiento de las obligaciones del contrato y no habrá lugar a solidaridad entre EL FONDO y EL CONSULTOR y/o terceros. 4.14. CONOCIMIENTO DEL CONSULTOR SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN

DEL CONTRATO Se entiende por las partes que EL CONSULTOR ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas, sociales, de orden público, climatológicas, ambientales y las demás circunstancias relevantes bajo las cuales se adelantará la ejecución de la obra. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del Contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la Oferta y, posteriormente, de resultar adjudicatario, con la suscripción del mismo. 4.15. IMPUESTOS

EL CONSULTOR pagará todos los impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes que se causen por la suscripción, ejecución y liquidación del contrato, de conformidad con la ley colombiana. 4.16. LIQUIDACIÓN

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Al producirse una cualquiera de las causas de terminación del Contrato, se procederá a su liquidación bilateral en un plazo máximo de seis (6) meses, contados a partir de la ocurrencia del hecho o acto que genera la terminación. La liquidación por mutuo acuerdo se hará por acta firmada por las partes, en la que se consignaran, entre otros, los ajustes y reconocimientos a que haya lugar, garantías constituidas, balance financiero y de gestión, incumplimientos contractuales, acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. 4.17. PERSONAL DEL CONSULTOR EL CONSULTOR ejecutará el objeto de este contrato con total autonomía e independencia técnica y sin subordinación con respecto al FONDO, por lo cual no habrá vínculo laboral alguno entre el personal utilizado por EL CONSULTOR y EL FONDO. EL CONSULTOR es el único responsable por la vinculación de su personal, lo cual realiza en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, sin que EL FONDO adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Por tanto, corresponde al CONSULTOR el pago de salarios y prestaciones sociales, afiliaciones y pago de aportes al sistema de seguridad social integral, aportes parafiscales e indemnizaciones a que haya lugar. En todo caso, EL FONDO podrá, en cualquier momento, requerir al CONSULTOR para que presente las autoliquidaciones, consignaciones y constancias que le permitan verificar el cumplimiento de sus obligaciones laborales. Con el fin de cumplir el objeto contratado, EL CONSULTOR establecerá una organización de acuerdo con el personal profesional y empleados que se propone vincular, en relación con el cual EL FONDO se reserva el derecho de solicitar su retiro en cualquier momento. 4.18. INDEMNIDAD EL CONSULTOR mantendrá indemne al FONDO ante cualquier reclamación —administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza— presentada por terceros a causa de acciones u omisiones de aquél en la ejecución del presente contrato y defenderá al FONDO a su propio costo, incluyendo todos los gastos que se causen por cuenta de las reclamaciones, tales como, honorarios, costas, gastos procesales y condenas, si las hubiere. En el caso de que EL FONDO asuma directamente su defensa repetirá contra EL CONSULTOR por todos los costos que implique dicha defensa pudiendo descontar estos valores de los saldos que le adeude al CONSULTOR y, de no existir saldos, podrá efectuar su cobro por la vía ejecutiva para lo cual, el presente contrato junto con los documentos que soporten los costos asumidos prestarán mérito ejecutivo sin que se requiera constitución en mora alguna.

4.19. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

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Las partes solucionaran en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden, según los procedimientos establecidos por la ley. 4.20. OMISIONES Cualquier omisión, error o vicio en los documentos e información técnica de la Oferta, que al momento del estudio para la presentación de la misma debió advertir al CONSULTOR o que advirtiéndolo no lo informó oportunamente al FONDO antes de la presentación de la Oferta, será de su responsabilidad exclusiva y, en tal virtud, los mayores costos, atrasos en el cronograma de ejecución, defectos o vicios de la ejecución serán asumidos íntegramente con su patrimonio y, por tanto, EL FONDO no realizará ningún reconocimiento por estos conceptos. 4.21. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Ninguna de las partes será responsable por el no cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivado de circunstancias ajenas a ellas y cuya ocurrencia fue imprevisible e irresistible de conformidad con lo establecido en la ley. En estos casos, de común acuerdo, se señalarán nuevos plazos y se establecerán las obligaciones que cada parte asume para afrontar la situación. Cada una de las partes se obliga a comunicarle a la otra por escrito, dentro de los cinco (5) días siguientes a su ocurrencia, los hechos que en su concepto constituyan caso fortuito o fuerza mayor. La parte afectada con el caso fortuito o fuerza mayor debe realizar todo esfuerzo razonable para minimizar sus efectos y evitar su prolongación y no se exonerará del cumplimiento de las obligaciones pertinentes si omite la citada comunicación. La ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor no dará lugar a indemnizaciones o compensaciones a favor de la parte que resulte afectada. 4.22. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

Las partes podrán suspender temporalmente la ejecución del presente contrato de común acuerdo, mediante la suscripción de un acta en la que conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de la suspensión.

4.23. CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA EL CONSULTOR adquiere las obligaciones que se describen a continuación, en relación con la información confidencial y/o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente Contrato: a). Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la información confidencial y/o

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privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación: (i). Cuando la información sea solicitada por EL FONDO. (ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por EL FONDO para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas. (iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación a EL FONDO, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por EL FONDO para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. b). Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial y/o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula. c). Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial y/o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido. d). Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial y/o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida. e) El uso de la Información Confidencial y/o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia al CONSULTOR para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia leal, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello el CONSULTOR acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial y/o privilegiada. PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término ―información confidencial y/o privilegiada‖, corresponde a la información que entrega EL FONDO para el desarrollo de las actividades propias del Contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL CONSULTOR. PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del Contrato. PARÁGRAFO TERCERO: EL FONDO adelantará las acciones judiciales pertinentes contra el contratista en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula. 4.24. PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO El Contrato se perfecciona con la suscripción por las partes y requiere, para su ejecución, de la orden de inicio dada por el interventor del contrato, la aprobación de la garantía constituida por EL CONSULTOR, el seguro de responsabilidad extracontractual, la expedición del respectivo registro presupuestal.

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CAPÍTULO V.

ANÁLISIS DE RIESGOS La tipificación, estimación y asignación de los riesgos previsibles se ilustra en la Tabla 10. Tabla10. Tipificación, estimación y asignación de los riesgos previsibles

Tipificación Asignación Calificación

Impacto /Probabilidad

Cuantificación

Variaciones en la legislación tributaria, ambiental o de las autoridades territoriales, y en general de cualquier tipo.

Consultor

Bajo/Alta

3%

Alteraciones de las condiciones de seguridad y orden público.

Fondo Adaptación

Bajo/Alta

3%

Los efectos derivados de las variaciones en los precios de mercado de los insumos, bienes, equipos, servicios, mano de obra, y cualquier otro recurso necesario para la ejecución del contrato

Consultor

Medio/Medio

2%

Riesgo por entrega de información errada. Se materializa cuando el contratante, para la ejecución del contrato, información errada o desactualizada y el contratista ejecuta actividades propias del objeto contractual y de sus obligaciones con dicha información.

Fondo Adaptación

Alto/Media

4%

Riesgo por uso de información errada. Se materializa cuando el contratista en cumplimiento de sus obligaciones debe recopilar la información o usar la que se encuentra en su poder y ésta no es apropiada para el desarrollo del contrato

Consultor

Alto/Baja

3%

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Tipificación Asignación Calificación

Impacto /Probabilidad

Cuantificación

Riesgo por demora en las aprobaciones previas de productos o diseños por parte del contratante. Se materializa cuando para la producción de un servicio, diseño o concepto se requiere de aprobación previa del contratante y ésta no se da en el plazo acordado

Fondo Adaptación

Medio/Media

2%

Riesgo por conceptos errados. Se materializa cuando el producto del contrato no está acorde con lo requerido por el contratante. Puede ocurrir con productos intermediarios y con el producto final

Consultor Alto/Baja

3%

Riesgos por la estimación de precios o costos. Se presenta o materializa cuando el contratista reclama que los costos ofrecidos son inferiores a los del mercado

Consultor Medio/Baja

2%

Riesgo por servicios adicionales. Se materializa cuando se requieren servicios complementarios o adicionales a las contratadas necesarios para que el objeto de la consultoría o servicios satisfaga completamente la necesidad de contratación funcionalidad del trabajo contratado

Fondo Adaptación /

Consultor

Alto/Media

4%

Riesgo por incumplimiento de subcontratistas. Se materializa cuando el personal del contratista incumple sus obligaciones contractuales

Consultor Medio/Media

2%

Falta de pago o retrasos en los pagos del valor del contrato

Fondo Adaptación

Bajo / Media

Ausencia de disponibilidad presupuestal (vigencias futuras)

Fondo Adaptación

Bajo / Baja

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Tipificación Asignación Calificación

Impacto /Probabilidad

Cuantificación

Efectos derivados de la existencia del daño emergente del contratista, por la ocurrencia de hechos de fuerza mayor o caso fortuito en los términos del contrato y de la legislación existente

Fondo Adaptación

Bajo / Baja

1%

Incumplimiento en perfiles o selección del personal mínimo de operación.

Consultor Medio / Baja

2%

Indisponibilidad del servicio por terminación unilateral del contrato.

Consultor Medio / Media 2%

Insuficiencia de profesionales especializados para la ejecución del contrato

Consultor Alto / Media

4%

Daños o pérdidas de los bienes de propiedad del contratista, causados en el lugar de ejecución del contrato

Consultor Bajo/Baja

1%

Tipificación del riesgo: Es la definición que se hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que se puedan presentar en la ejecución del contrato. En otras palabras consiste en señalar los hechos de la humanidad o de la naturaleza que en un futuro pueden ocasionar daño para la estructura económica del contrato.

Asignación del riesgo: Una vez descrito y valorado el riesgo, se debe proceder a señalar a la parte contractual que debe afrontar, superar y financiar los efectos de la ocurrencia del riesgo. Es decir, es la distribución que se hace del riesgo y la manera en que se debe asumir el costo, por parte del interventor y la entidad contratante.

Calificación del Riesgo: Es un análisis que se realiza del riesgo frente a la probabilidad de que ocurra o no y el impacto que este puede generar

Cuantificación del Riesgo: La cuantificación es la valoración que se hace por la asunción misma de los riegos por las partes.

Para calificar el riesgo se debe tener en cuenta la siguiente tabla:

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Para cuantificar el riesgo se debe tener en cuenta la siguiente tabla:

PROBABILIDAD IMPACTO

BAJO MEDIO ALTO ALTISIMO

ALTISIMA

Se espera que

ocurra en la

mayoria de las circunstancias

Pequeñas perdidas

financieras

Medianas pérdidas

financieras

Alta pérdida

financiera

Enorme pérdida

financiera

ALTA

Probablemente

ocurra en la mayoria de las

circuntancias

MEDIA

Es posible que

ocurra algunas

veces

BAJA Podria ocurrir

algunas veces

Altisima 4% 5% 5% 5%

Alto 3% 4% 4% 5%

Medio 2% 2% 4% 5%

Bajo 1% 2% 3% 4%

Bajo Medio Alto Altisima

FRECUENCIA O PROBABILIDAD DE

OCURRENCIA

IMP

AC

TO

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ANEXO N° 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Señores FONDO ADAPTACIÓN. Calle 75 No. 5-88, Piso 3. Bogotá D.C. El suscrito _______________________________________________________ de conformidad con los Términos y Condiciones Contractuales de la Convocatoria Cerrada FA – CC – 025 – 2013, cuyo objeto la Elaboración de los estudios de factibilidad de los distritos de adecuación de tierras Barranquillita-Bajirá, Firavitoba, Magará y Pamplonita, integrantes del proyecto ―construcción y puesta en ejecución de distritos de adecuación de tierras‖ presento oferta para la celebración del contrato objeto del citado proceso para el estudio de _____________________________. En caso de esa Entidad acepte mi oferta, me (nos) comprometo (emos) a suscribir el contrato correspondiente, a cumplir con las obligaciones derivadas de él, de la oferta que presento y de los Términos y Condiciones Contractuales. Declaro (amos) así mismo: 1. Que ninguna otra persona o entidad, diferentes de las nombradas en esta carta, tiene participación

en esta oferta o en el contrato que será el resultado de este proceso y que, por lo tanto, solamente los firmantes están(mos) vinculados a dicha oferta.

2. Que he(mos) estudiado los Términos y Condiciones Contractuales y demás documentos, así como las condiciones e informaciones necesarias para la presentación de la oferta, y aceptamos todos los requerimientos establecidos en la documentación de la convocatoria mencionada. Así mismo, manifiesto(amos) que EL FONDO ADAPTACIÓN facilitó de manera adecuada y de acuerdo con nuestras necesidades la totalidad de la información técnica requerida para la elaboración de la oferta, garantizando siempre la reserva de la misma.

3. Declaramos que los Términos y Condiciones Contractuales de este proceso de contratación y la demás información proporcionada en conjunto con el mismo o comunicada posteriormente a cualquier persona, ya sea en forma verbal o escrita, con respecto a cualquiera de los aspectos de la convocatoria, no lo hemos considerado como una asesoría en materia de inversiones, legal, tributaria, fiscal o de otra naturaleza y declaramos que, para la preparación de nuestra oferta, hemos obtenido asesoría independiente en materia financiera, legal, fiscal, tributaria y técnica y que nos hemos informado plena y adecuadamente sobre los requisitos legales aplicables a este proceso y al correspondiente contrato.

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4. Declaro (amos) bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la suscripción del presente documento, que no existe información engañosa, inexacta o que falte a la verdad en la documentación que conforma la oferta y acepto las consecuencias jurídicas y las dispuestas en los Términos y Condicione Contractuales de este proceso por la contravención de mi (nuestra) parte a esta manifestación.

5. Que, en caso de resultar aceptada nuestra oferta, nos comprometemos a ejecutar el contrato respectivo.

6. Que en caso de ser favorecido(s) en la presente selección me(nos) comprometo(emos) a pagar los impuestos a que haya lugar y a expedir las garantías requeridas de acuerdo con el contrato que se derive.

7. Entendemos que el valor del contrato, conforme está definido en los documentos de los Términos y Condiciones Contractuales, incluye la totalidad de los impuestos, tasas o contribuciones de cualquier orden, directas o indirectas que se causen o llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato, así como todos los costos directos e indirectos que ocasione la ejecución del contrato.

8. Que realizamos, bajo nuestra responsabilidad, las inspecciones necesarias al sitio donde se desarrollará el proyecto y conocemos las condiciones técnicas del sitio especifico y sus alrededores, aspectos sociales, de orden público, climáticos, ambientales y los demás aspectos de la zona se desarrollará el proyecto.

9. Que me (nos) obligo (amos) a suministrar, a solicitud del FONDO, cualquier información adicional a la necesaria para la evaluación de esta oferta.

10. Que conozco detalladamente y que he hecho todas las averiguaciones necesarias para asumir los riegos sociales, de orden público, normativos, climáticos, ambientales, técnicos que la ejecución del contrato me demande, y en consecuencia manifiesto que asumo los resultados económicos de los mismos.

11. Que nuestra oferta se encuentra DEBIDAMENTE LEGAJADA Y FOLIADA, y cuenta con un total de ____ folios y que la oferta económica se presenta de acuerdo con el Anexo 5.

12. Hago constar que me comprometo, en caso que me sea adjudicado el contrato, a presentar dentro de los diez (10) siguientes a la notificación de la adjudicación del contrato, ante EL FONDO o ante quien él indique, las hojas de vida del equipo de trabajo secundario que se empleará en la ejecución del contrato respectivo, de acuerdo al perfil requerido en los términos y condiciones contractuales del presente proceso, para que sean aprobadas.

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13. Que presento propuesta económica para el estudio de _________________________________

Así mismo bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado al firmar esta carta declaro (amos) a) Que no me(nos) encuentro(amos) ni personal ni corporativamente, en las inhabilidades,

incompatibilidades o prohibiciones legales.

b) Que no me(nos) encuentro(amos) ni personal ni corporativamente, incurso(s) en conflicto de interés con causa o con ocasión de la presentación de esta oferta, ni por la celebración del contrato del que llegue(mos) a ser adjudicatario(s).

c) Que no me(nos) encuentro(amos) incursos en ninguna causal de disolución y/o liquidación.

d) Que no me(nos) encuentro(amos) ni personal ni corporativamente, en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.

e) Que para los efectos previstos en el numeral primero del Artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, acepto que el Fondo me notifique por medios electrónicos los actos administrativos que expida con ocasión de la presente convocatoria, para efectos de lo cual informo la siguiente dirección electrónica a la que, además, deben dirigirse las comunicaciones de esa Entidad ___________________.

Esta oferta es presentada por _______________________ con cedula de ciudadanía No. _________________________________, en condición de Representante Legal del Oferente, quien suscribe esta carta de presentación y manifiesta no tener incompatibilidades o conflictos de interés con el FONDO ADAPTACIÓN. El (Los) abajo firmante(s) declaro (amos) que he(mos) recibido todos los documentos y anexos que conforman los Términos y Condiciones Contractuales, así como sus correspondientes adendas y avisos Atentamente, FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL : _____________________________________

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL : _____________________________________

DOC. IDENTIFICACION DEL R. LEGAL : _____________________________________

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RAZÓN SOCIAL DEL PROPONENTE : _____________________________________

N.I.T. DEL PROPONENTE : _____________________________________

DIRECCIÓN COMERCIAL PROPONENTE : _____________________________________

CIUDAD Y DEPARTAMENTO : _____________________________________

TELÉFONOS : _____________________________________

FAX : _____________________________________

CORREO ELECTRÓNICO : _____________________________________ Ninguna estipulación contenida en esta Carta de Presentación, reemplaza la información o documentación exigida en los términos y condiciones contractuales.

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ANEXO 1A, 1B, 1C, 1D. Documento adjunto

Se remite a los interesados a los anexos publicados en la página web de la Entidad, en el enlace de la Convocatoria Cerrada FA-CC-025-2013.

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ANEXO N°2

MODELO DE ACUERDO DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL ______, identificado con la C.C. No. _______ de ________, y vecino de _______, obrando en representación de la sociedad _______, domiciliada en la ciudad de _________ y __________, identificado con la cédula de ciudadanía No. _________ de ______, y vecino de ___________, obrando en representación de la sociedad ____________, domiciliada en la ciudad de _________, hemos decidido conformar una (Unión Temporal o Consorcio según se trate) en los términos y condiciones de las disposiciones legales que regulan esta clase asociaciones, especialmente las la Ley 80 de 1993, cuyas reglas básicas se hacen constar en las siguientes cláusulas. CLÁUSULA PRIMERA: La (Unión Temporal o Consorcio según se trate) se conforma con el propósito de presentar propuesta y celebrar y ejecutar el contrato resultante de la Convocatoria Cerrada No. 025 de 2013, cuyo objeto la ―Elaboración de los estudios de factibilidad de los distritos de adecuación de tierras Barranquillita-Bajirá, Firavitoba, Magará y Pamplonita‖, de conformidad con las especificaciones técnicas señaladas en los Términos y Condiciones Contractuales. CLÁUSULA SEGUNDA: La participación en la (Unión Temporal o Consorcio según se trate) que se acuerda, será: (según convenio entre los miembros) del _________% para %___________________ y del ________ % para _______________. (Las uniones temporales deben señalar los términos, porcentaje y extensión de la participación de cada uno de los integrantes en la propuesta y en la ejecución del contrato, que no podrán modificar sin el consentimiento previo del FONDO) CLÁUSULA TERCERA: (Integrante) y (Integrante) responderán en forma solidaria y mancomunada por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado. CLÁUSULA CUARTA: Se acuerda que (Integrante) y (Integrante), atenderán en forma conjunta todas las obligaciones y deberes asumidos en la respectiva propuesta, delegando la representación y la respectiva coordinación de la (Unión Temporal o Consorcio) a __________________ como representante legal de (Integrante) y de esta (Unión Temporal o Consorcio según se trate). CLÁUSULA QUINTA: la duración de esta (Unión Temporal o Consorcio según se trate) se extenderá durante el plazo de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más y por el tiempo en que se generen obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, según lo preceptuado en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA SEXTA: Las responsabilidades que se desprendan de esta (Unión Temporal o Consorcio según se trate) y sus efectos se regirán por las disposiciones previstas en la Ley 80 de 1993 para la (Unión Temporal o Consorcio según se trate)

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OTRAS CLÁUSULAS _______________________________________________________________________________________ (diligenciar según requisitos establecidos en el los Términos y Condiciones Contractuales) En constancia de aceptación y compromiso, se firma el presente documento por los que en el intervienen, el día _________ de ________ de 2013 en la ciudad de ______. FIRMA:

FIRMA:

Nombre, Identificación, persona natural o jurídica que representa

Nombre, Identificación, persona natural o jurídica que representa

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ANEXO N° 3

CERTIFICACIÓN APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES (Bogotá D.C, XX del mes XX de 2013) Fecha en la que se presenta la propuesta Señores: FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 #5-88 piso 3 Edificio Difransa Bogotá El suscrito Revisor Fiscal (cuando de acuerdo con los requerimientos de ley el proponente tenga revisor fiscal) o el representante legal, hace saber que la (NOMBRE COMPLETO DEL PROPONENTE O DE SU INTEGRANTE), ha cumplido y se encuentra al día con sus obligaciones provenientes del sistema de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, si a ello hubiere lugar. Así mismo certifico que dicha obligación se ha venido cumpliendo durante los últimos seis (6) meses. (O si la firma se constituyó en un término inferior a este, desde el plazo de su constitución). La anterior certificación se expide para efectos de dar cumplimiento al artículo 50 de la Ley 789 de 2002. Atentamente, __________________________________ Revisor Fiscal y/o Representante Legal Matricula Profesional (Si firma el Revisor Fiscal) CC.

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ANEXO N° 4

RELACIÓN DE CONTRATOS Experiencia técnica habilitante

Experiencia técnica calificable

No. Contratante Breve descripción: objeto, local del

proyecto, principales obras

Área de beneficio

(ha)

Fecha inicio

Fecha conclusión

Valor actualizado

$

1

2

3

Total

No. Contratante Breve descripción: objeto, local del

proyecto, principales obras

Área de beneficio

(ha)

Fecha inicio

Fecha conclusión

Valor actualizado

$

1

2

Total

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ANEXO 5 – PROPUESTA ECONÓMICA – COSTO FIJO

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ANEXO 5ª – COSTOS VARIABLES

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ANEXO 6 – FACTOR MULTIPLICADOR

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ANEXO 7

RELACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO MÍNIMO PRINCIPAL

Función en el equipo

Nombre Título Año del

grado

Títulos de postgrado o de especialización

Años experiencia específica

Director de proyecto

Economista

Especialista Hidráulico

SECUNDARIO

Función en el equipo

Nombre Título Año del

grado

Títulos de postgrado o de especialización

Años experiencia específica

Coordinador

Hidrólogo

Agrónomo Plan Agropecuario

Agrólogo Clasificación de

Tierras para Riego

Especialista Diseño Predial

Especialista Ambiental

Especialista Organización de

Usuarios

Nota: El proponente podrá presentar equipo adicional al exigido en los presentes TCC siempre que el valor de su propuesta no supere el POE.

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ANEXO 8

CARTA DE COMPROMISO

Bogotá D.C., ______ de 201_

Yo, , identificado con cédula de ciudadanía No. ________________________ , expedida en ______, con la firma de la presente Carta de Compromiso manifiesto que presto mi concurso para la acreditación de la experiencia especifica en el Área ________________________________), de acuerdo con lo previsto en los capítulos II y III de las Términos y Condiciones Contractuales, y me comprometo a acompañar y asesorar al Oferente en todos los aspectos relacionados con sus obligaciones en el Área _________________________en desarrollo del siguiente objeto: ―Elaboración de los estudios de factibilidad de los distritos de adecuación de tierras de -____________________________________________‖, en caso de que resultare aceptada la oferta de contrato del presente proceso. Asimismo, declaro que conozco y acepto en su totalidad el contenido de los Términos y Condiciones Contractuales de la convocatoria cerrada FA – CC – 025– 2013. FIRMA: __________________________________ IDENTIFICACIÓN: ___________________________________ M.P._______________________________________________

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ANEXO N° 9

COMPROMISO DE APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL

Bogotá D.C., Señores FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 3 Ciudad. REFERENCIA: CONVOCATORIA CERRADA N° FA-CA-____________-. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, manifiesto que la procedencia del personal que será puesto al servicio en la ejecución del contrato, en el evento de resultar adjudicatario del presente proceso de selección, será: Nacional Colombiano _________ (indicar porcentaje) Extranjero _________ (indicar porcentaje) Así mismo con respecto al Apoyo a la Ingeniería Nacional manifiesto que: Si incluyo contratos ejecutados en el territorio nacional (Colombia)______________: No incluyo contratos ejecutados en el territorio nacional (Colombia)______________: Nombre del proponente _______________________________________ Nombre del Representante Legal ____________________________________ C. C. No. __________________ de _______________ ___________________________________________________ (Firma del proponente o de su Representante Legal)

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ANEXO 10 – DEDICACIÓN EQUIPO DE TRABAJO

Este formato está diseñado en Microsoft Excel, en consecuencia no se incorpora en este documento y se remite a los interesados al formato correspondiente, publicado en la página web de la Entidad, en el enlace de la Convocatoria Cerrada FA-CC-025-2013.