Convenio Practicas Profesionalizantes 2016 MODELO UPC

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CONVENIO ESPECÍFICO DE PRÁCTICAS EDUCATIVAS Y/O PROFESIONALIZANTES EN ORGANIZACIONES DE LA COMUNIDAD Entre la Facultad de Educación y Salud -Sede Instituto Superior Dr. Domingo Cabred- dependiente de la Universidad Provincial de Córdoba en adelante la Institución Educativa, representada en este acto por la Mgter. Cristina Luque Disandro en su carácter de Vicedecana, D.N.I: 12745859 con domicilio legal en calle Avda. Deodoro Roca s/n (frente a la Estatua del Dante) Parque Sarmiento por una parte, , y la Asoc. Civil Liga Solidaria por Educación y Cultura en adelante la Organización, representada en este acto por Silvina Inés Zatta D.N.I. Nº17.028.335 en su carácter de Presidenta con domicilio en, Paraguay 276, Villa Allende, Prov. de Córdoba por otra parte, se conviene en celebrar el presente CONVENIO ESPECÍFICO DE PRÁCTICAS EDUCATIVAS Y/O PROFESIONALIZANTES, el que queda sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: El objeto principal del presente Convenio es establecer pautas para la mutua colaboración y compromiso de formación profesional de los estudiantes y egresados de la Institución Educativa, entre quienes tienen a su cargo la formación académica y los espacios públicos de ejercicio profesional, siempre en beneficio de la comunidad de nuestra provincia, a través de políticas públicas superadoras.----------------------------------------------- -----------------

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Modelo de convenio para la realización de prácticas profesionalizantes para Estudiantes Universitarios

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CONVENIO ESPECÍFICO DE PRÁCTICAS EDUCATIVAS Y/O

PROFESIONALIZANTES EN ORGANIZACIONES DE LA COMUNIDAD

Entre la Facultad de Educación y Salud -Sede Instituto Superior Dr. Domingo Cabred- dependiente de la Universidad Provincial de Córdoba en adelante la Institución Educativa, representada en este acto por la Mgter. Cristina Luque Disandro en su carácter de Vicedecana, D.N.I: 12745859 con domicilio legal en calle Avda. Deodoro Roca s/n (frente a la Estatua del Dante) Parque Sarmiento por una parte, , y la Asoc. Civil Liga Solidaria por Educación y Cultura en adelante la Organización, representada en este acto por Silvina Inés Zatta D.N.I. Nº17.028.335 en su carácter de Presidenta con domicilio en, Paraguay 276, Villa Allende, Prov. de Córdoba por otra parte, se conviene en celebrar el presente CONVENIO ESPECÍFICO DE PRÁCTICAS EDUCATIVAS Y/O PROFESIONALIZANTES, el que queda sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: El objeto principal del presente Convenio es establecer pautas para la mutua colaboración y compromiso de formación profesional de los estudiantes y egresados de la Institución Educativa, entre quienes tienen a su cargo la formación académica y los espacios públicos de ejercicio profesional, siempre en beneficio de la comunidad de nuestra provincia, a través de políticas públicas superadoras.----------------------------------------------------------------

SEGUNDA: Este Convenio se ejecutará a través de instrumentos particulares denominados Protocolo de Trabajo, que especificarán objetivos, detalles operativos, duración, asignación de recursos materiales y humanos para cada Proyecto de Trabajo en particular. Este Convenio no supone compromiso de asignación de recursos económicos por parte del Ministerio.--------------------------

TERCERA: A efectos de programar y coordinar las actividades que deriven de la aplicación del presente Convenio, las partes acuerdan designar representantes de cada una a fin de conformar la Unidad Coordinadora correspondiente a cada Proyecto en conjunto, quienes serán los encargados de suscribir los Protocolos de Trabajo.-----------------------------------------------------------

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CUARTA: Las actividades que por el presente convenio se desarrollen no generarán ninguna relación de dependencia laboral, jurídica o técnica entre la Organización, la Institución Educativa y/o el Practicante. Todas las actividades de práctica, conforme a lo previsto curricularmente, deben considerarse incluidas en la protección que el Estado provincial brinda a los estudiantes que concurren a su Universidad. Asimismo las partes no podrán formalizar Contratos de Trabajo entre la Organización y el Practicante mientras dure la vigencia de la Práctica Profesionalizante o Educativa.-----------------------------------

QUINTA: Se establece la duración del presente Convenio en un término de tres (3) años, prorrogable automáticamente por el mismo plazo. Cada parte podrá rescindir este Convenio, por propia decisión comunicándolo con un mínimo de tres (3) meses de antelación, debiéndose finalizar en tiempo y forma con los proyectos y/o prácticas y/o becas en ejecución.-------------------------------------------

SEXTA: Ante cualquier divergencia derivada de la interpretación o aplicación del presente Convenio o de los protocolos de trabajo que se suscriban en el futuro, las partes se comprometen a solucionar las mismas mediante negociación directa y amistosa.--------------------------------------------------------

SÉPTIMA: Las partes de común acuerdo fijan la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Córdoba, para entender en todas aquellas cuestiones que no se pudiesen resolver a través de los mecanismos establecidos en la cláusula SEXTA, relacionadas con la interpretación y/o aplicación de las cláusulas del presente Convenio o los Protocolos de Trabajo originados en el éste, que se firmen en el futuro, renunciando expresamente a todo otro fuero que pudiere corresponderles.

En prueba de conformidad, las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la localidad de Córdoba a los treinta días del mes de mayo de dos mil dieciseis.

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Por la Organización

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Por la Institución Educativa