CONVENIO MARCO INTERINSTITUCIONAL ENTRE YACIMIENTOS ...

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La fuerza que transforma ~ CONVENIO MARCO INTERINSTITUCIONAL ENTRE YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVANOS (YPFB)Y LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON (UMSS) El presente Convenio Marco lnterinstitucional entre Yacirniento Petroliferos Fiscales Bolivianos y la Universidad Mayor de San Simon, el cual es suscrito bajo las siguientes clausulas: PRIMERA.- (PARTES). lntervienen en la suscripcion del presente Convenio: YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVIANOS - YPFB, empresa autarquica de derecho publico creada mediante Decreto Ley de fecha 21 de diciembre de 1936 con domicilio legal en la calle Bueno 185, zona Central de la ciudad de La Paz, representada legalmente por su Presidente Ejecutivo a.i., lng. Oscar Javier Barriga Arteaga, con Cedula de ldentidad 4560933 expedido en Santa Cruz, designado mediante Resolucion Suprema N° 21277 de 15 de junio de 2017, que en adelante y para todos los efectos del presente convenio se denominara "YPFB". UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON, representada legalmente por su Rector, Lic. Juan Rios del Prado con Cedula de ldentidad 815338 expedida en Cochabamba, designado mediante Resolucion del Honorable Consejo Universitario 21/2016, de fecha 1 de noviembre de 2016, con domicilio legal en la Avenida Ballivian 591 Esq. Reza piso: Mezzanine de la ciudad de Cochabamba, que en adelante y para todos los efectos del presente convenio se denominara como "UMSS". A efectos del presente documento, las personas juridicas identificadas en los incisos anteriores, se denominaran en su conjunto como Partes e individualmente como Parte. SEGUNDA.- (ANTECEDENTES). YPFB, es la Empresa Estatal de Hidrocarburos, pilar fundamental de desarrollo de Bolivia, reconocida como un modelo de gestion eficiente, rentable y transparente, con responsabilidad social y ambiental, cuya miston es, operar y desarrollar la cadena de hidrocarburos, garantizando el abastecimiento del mercado interno, el cumplimiento de los contratos de exportacion y la apertura de nuevos mercados, generando el valor para beneficio de los bolivianos. YPFB, en su condicion de empresa publica y productiva, como brazo operador del Estado en la cadena productiva de los hidrocarburos, esta alineada a los instrumentos de plantflcacion nacional y a la politica nacional de soberania cientifica y tecnologica de Bolivia. En el marco del Decreto Supremo 28324, YPFBesta legalmente representada porel Presidente Ejecutivo; una de las atribuciones de esta autoridad es: Representar a la empresa en sus relaciones con organismos, entidades, corporaciones y personas sean individuales 0 colectivas, nacionales 0 extranjeras (Inciso k, del Articulo 25, D.S. 28324) 10 cual le otorga potestad y autoridad para la firma de convenios. Por otro lado, la Universidad Mayor de San Simon, es una institucion publica de educacion superior, creada mediante Ley de fecha 05 de noviembre de 1832 y reconocida por los Articulos 91, 92 Y 93 de la Constitucion Politica del Estado Plurinacional de Bolivia, comprometida con la region y con la mision social de identificar y vincular los avances cientificos y tecnologicas del desarrollo regional y nacional, asi como la finalidad de apoyar la formacion y capacitacion de los recursos humanos, a traves de investigacion e interaccion social. Formar profesionales con etica, social, tecnica y cientificamente comprometidos que, contribuyan a la diversiflcacion de la matriz productiva, la economia, la seguridad y soberania aliment aria, el equilibrio ecologico (,1",. (Ol/p •••<,; I' 0.1' " tilt III " ij c\\i»W \II '::! 1

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La fuerza que transforma ~

CONVENIO MARCO INTERINSTITUCIONAL ENTRE YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALESBOLIVANOS (YPFB) Y LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON (UMSS)

El presente Convenio Marco lnterinstitucional entre Yacirniento Petroliferos Fiscales Bolivianos yla Universidad Mayor de San Simon, el cual es suscrito bajo las siguientes clausulas:

PRIMERA.- (PARTES).

lntervienen en la suscripcion del presente Convenio:

YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES BOLIVIANOS - YPFB, empresa autarquica dederecho publico creada mediante Decreto Ley de fecha 21 de diciembre de 1936 con domiciliolegal en la calle Bueno N° 185, zona Central de la ciudad de La Paz, representada legalmentepor su Presidente Ejecutivo a.i., lng. Oscar Javier Barriga Arteaga, con Cedula de ldentidad N°4560933 expedido en Santa Cruz, designado mediante Resolucion Suprema N° 21277 de 15de junio de 2017, que en adelante y para todos los efectos del presente convenio sedenominara "YPFB".

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON, representada legalmente por su Rector, Lic. JuanRios del Prado con Cedula de ldentidad N° 815338 expedida en Cochabamba, designadomediante Resolucion del Honorable Consejo Universitario N° 21/2016, de fecha 1 denoviembre de 2016, con domicilio legal en la Avenida Ballivian N° 591 Esq. Reza piso:Mezzanine de la ciudad de Cochabamba, que en adelante y para todos los efectos del presenteconvenio se denominara como "UMSS".

A efectos del presente documento, las personas juridicas identificadas en los incisos anteriores,se denominaran en su conjunto como Partes e individualmente como Parte.

SEGUNDA.- (ANTECEDENTES).

YPFB, es la Empresa Estatal de Hidrocarburos, pilar fundamental de desarrollo de Bolivia,reconocida como un modelo de gestion eficiente, rentable y transparente, con responsabilidadsocial y ambiental, cuya miston es, operar y desarrollar la cadena de hidrocarburos,garantizando el abastecimiento del mercado interno, el cumplimiento de los contratos deexportacion y la apertura de nuevos mercados, generando el valor para beneficio de losbolivianos.

YPFB,en su condicion de empresa publica y productiva, como brazo operador del Estado en lacadena productiva de los hidrocarburos, esta alineada a los instrumentos de plantflcacionnacional y a la politica nacional de soberania cientifica y tecnologica de Bolivia.

En el marco del Decreto Supremo N° 28324, YPFBesta legalmente representada porel PresidenteEjecutivo; una de las atribuciones de esta autoridad es: Representar a la empresa en susrelaciones con organismos, entidades, corporaciones y personas sean individuales 0 colectivas,nacionales 0 extranjeras (Inciso k, del Articulo 25, D.S. 28324) 10 cual le otorga potestad yautoridad para la firma de convenios.

Por otro lado, la Universidad Mayor de San Simon, es una institucion publica de educacionsuperior, creada mediante Ley de fecha 05 de noviembre de 1832 y reconocida por los Articulos91, 92 Y 93 de la Constitucion Politica del Estado Plurinacional de Bolivia, comprometida con laregion y con la mision social de identificar y vincular los avances cientificos y tecnologicas deldesarrollo regional y nacional, asi como la finalidad de apoyar la formacion y capacitacion delos recursos humanos, a traves de investigacion e interaccion social. Formar profesionales conetica, social, tecnica y cientificamente comprometidos que, contribuyan a la diversiflcacion dela matriz productiva, la economia, la seguridad y soberania aliment aria, el equilibrio ecologico

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La fuerza que tran~forma~

y el respeto alas visiones sociales de las culturas que integran nuestra sociedad boliviana. Deigual forma, tiene como vision, constituir la mejor universidad del pais, reconocida por sutrabajo en docencia, investigacion y servicio a la comunidad.

Conforme al Articulo 51, inciso h) del Estatuto Organico de la UMSS, es atribucion del Rector,suscribir, juntamente con autoridades universitarias, convenios para la ejecucion de proyectosy programas especificos concernientes a temas universitarios.

La Constitucion Politic a del Estado, en el Articulo 92 establece que las Universidades Publicasson autonomas e iguales en jerarquia. La autonomia consiste, entre otros, en la libredeterminacion de sus recursos, el nombramiento de sus autoridades, personal docente yadministrativo. En virtud a esta condicion, el Estatuto de la UMSS faculta la suscripcion deconvenios destinados al Fortalecimiento Academico, la Investigaclon Cientifica y la InteraccionSocial.

Los Organos de Gobierno reconocidos por la Universidad Boliviana: Honorable ConsejoUniversitario, Consejos Facultativos y de Carrea, reflejan la participacion docente estudiantil,quienes representados por las autoridades ejecutivas asumen responsabilidad de personeroslegales de la UMSS. En consecuencia, las Autoridades Universitarias en cumplimiento de laConstitucion Politic a del Estado, el Estatuto Organico de la Universidad Boliviana y del Estatutode la UMSS, se encuentran plenamente facultadas para suscribir Convenios de interes comuncon otras instituciones.

Con estos antecedentes, la Partes convienen en la necesidad de conformar alianzas entre laacademia, el Estado y el sector privado, tanto para la conformacion de equipos de trabajoorientados al desarrollo de planes y proyectos, como para el disefio y ejecucion de los mismos,que permitan un salto cualitativo hacia el Vivir Bien.

En este sentido, Yacimientos Petroliferos Fiscales Bolivianos y la Universidad Mayor de SanSimon consideran necesario firmar un Convenio Marco para promover trabajos de lnvestigaciony otros que coadyuven a un proceso de desarrollo en el ambito de los hidrocarburos.

,/_Jo«.S~NTERN4,();'?t:: TERCERA.- (OBIETO).~'~-::f.'. '% El presente Convenio Marco Interinstitucional tiene como objeto generar una alianza estrategica~ ,;:: ntre las Partes, en el marco de las politicas y necesidades de YPFB,para la promocion y desarrollo-~ ~ e programas y proyectos concernientes alas operaciones en la cadena productiva de~ $ hidrocarburos del pais y otras del sector energetico, en las areas de: investigacion cientifica basica

~ 0. ~ c,; y aplicada, desarrollo tecnologico e innovacion, formacion y reforzamiento de competencias'IiIc -utA tecnicas especializadas para personal operativo, servicios tecnicos y tecnologicos especializados.

CUARTA.- (ALCANCE).

El alcance del presente Convenio Marco Interinstitucional comprende los siguientes ambitos:

1) Exploracion y explotacion de hidrocarburos.2) Reftnacion, transporte, logistica y comercializacion.3) Petroquimica.4) Medio ambiente en el sector de hidrocarburos.5) Otros de interes consensuado entre las Partes participantes.

Y las siguientes areas transversales: a) Investtgacion Cientifica Aplicada, Desarrollo Tecnologicoe Innovacion; b) Formacion de Competencias Especializadas en Ciencia y Tecnologia; y c) Servicios

M n Tecnicos Especializados.0.t~ r -41,ct ¥~~;j <;,5" A efectos del cumplimiento del objeto del presente Convenio, las Partes desarrollaran, de manera

~ ~ Mli .. cl conjunta, las siguientes actividades y otras que consideren pertinentes en los ambitos definidos4tH AIC·ht(E? , ,

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La fuerza q!:!.!..!!:!!2sforma~

a) Area de Investigacion Cientifica Aplicada, Desarrollo Tecnologico e Innovacion:

• Prom over e impulsar programas y proyectos de investlgacion cientifica aplicada,desarrollo tecnologico e innovacion en los ambitos definidos.

• Generar estrategias y mecanismos para el desarrollo de la investigacion cientificaaplicada, desarrollo tecnologico e innovacion en los ambitos definidos, vinculados alas operaciones que desarrolla YFFBen la cadena productiva de hidrocarburos y otrosde interes consensuado.

• Gestionar financiamiento para el desarrollo de programas y proyectos de investigactoncientifica aplicada desarrollo tecnologico e innovacion en los ambitos definidos en elmarco de la normativa vigente.

b) Area de Formacion de Competencias Especializadas en Ciencia y Tecnologia:

• Generar estrategias y mecanismos, entre las Partes, para la implementacion deprogramas sinergicos de forrnacion de competencias especializadas en ciencia ytecnologia, orient ados a la investigacion aplicada, desarrollo e innovacion y otros, enlos ambitos definidos.

• Gestionar financiamiento para el desarrollo de programas de formacion decompetencias especializadas orientados a la investigacion aplicada, desarrollotecnologico, innovacion y otros, en los ambitos definidos, en el marco de la normativavigente.

c) Area de Servicios Tecnicos Especializados:

• Desarrollar programas en servicios tecnicos, tecnologlcos, de asesoramiento, y otrosvinculados a innovacion y desarrollo tecnologico, en las operaciones de la cadenaproductiva de hidrocarburos que se desarrollan en el sector.

• Generar estrategias y sus mecanismos entre las Partes, a fin de fortalecer capacidadestecnicas, cientificas y tecnologicas del personal operativo, equipamiento,infraestructura y otros, para la prestacion de servicios en los ambitos mencionados.

• Prom over el desarrollo de laboratorios especializados acreditados, certificados, en losambitos mencionados.

• Gestionar mecanismos de financiamiento, de forma conjunta 0 individual anteterceros, para el desarrollo de programas vinculados a los servicios tecnicos,tecnologrcos, de asesoramiento y otros, en el marco de la normativa vigente.

QUINTA.- (OBLIGACIONES).

Las Partes que intervienen en el presente Convenio Marco interinstitucional se sujetan alassiguientes obligaciones que, de manera enunciativa y no limitativa, se describen:

Yacimientos Petroliferos Fiscales Bolivianos:

a) Podra, previo procedimiento interno, autorizar el manejo, administracion, procesamientoy difusion de informacion de propiedad de YFFB, siempre que la misma no tenga caracterconfidencial.

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La fuerza q~sforma~

b) Designar al personal de acuerdo al alcance de cada programa v/» proyecto, siempre ycuando este 10 requiera, para el seguimiento e informacion de las Maximas AutoridadesEjecutivas.

c) Definir, establecer y ofrecer las condiciones logisticas adecuadas de trabajo para eldesarrollo de program as y/o proyectos de manera parcial 0 completa, en sus instalacionesy de sus empresas filiales y subsidiarias.

d) Facilitar la comunicacion, interrelacion, intercambio de informacion y otros con lasempresas filiales y subsidiarias, en beneficio de los productos de los proyectos v/»programa que se lleven a cabo entre las Partes.

e) Como contraparte en cada proyecto y programa a de investigacion, desarrollo tecnologico,formacion del talento humano cientifico y servicios tecrucos-tecnologicos, designatapersonal para el seguimiento y emision de la conformidad correspondiente.

f) Hacer uso responsable, razonable y optimo, en el ambito de la confidencialidad, de losresultados de cada proyecto y programa de investigacion, desarrollo tecnologico, formaciondel talento humano cientifico y servicios tecnicos-tecnologicos, en beneficio de la empresa.

g) Supervisar y Fiscalizar el trabajo resultante de las actividades relacionadas a los ambitos yareas transversales indicadas en la Clausula Cuarta. .

h) Propiciar espacios de planificacion y concertacion de las actividades resultantes del alcancedel presente Convenio Marco interinstitucional.

Universidad Mayor de San Simon:

a) Como contraparte en cada programa y proyecto de investigacion, desarrollo tecnologico,formacion del talento humano cientifico y servicios tecnicos- tecnologicos, facilitarapersonal para su ejecucion y seguimiento.

b) Definir, establecer y ofrecer las condiciones logisticas adecuadas de trabajo, paradesarrollar proyectos y/o programas de manera parcial 0 completa, en sus unidades deInvestigacion formacion y servicios

c) Facilitar la comunicacion, interrelacion, intercambio de informacion y otros con elproposito de lograr los productos de los programas y/o proyectos que se lleven a caboentre las Partes.

d) Hacer uso responsable, razonable y optimo, en el ambito de la confidencialidad de losresultados de cada programa y proyecto de Investigacion, desarrollo tecnologico, formaciondel talento humano cientifico y servicios tecnicos-tecnologicos, en beneficio mutuo de lasPartes participantes.

SEXTA.- (TEMA TICA AMBIENT ALl.

Las Partes acuerdan que a traves de las instancias pertinentes, intercambiaran experiencias ydesarrollaran programas especificos en esta tematica. Las Partes podran consolidar programasde investigacion, desarrollo, innovacion y otros, toda vez que el tema ambiental es transversal entoda la cadena productiva del sector hidrocarburifero.

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La fuerza q~sforma~

SEPTIMA. - (RELACIONAMIENTO Y COORDINACION).

Para el efectivo y eficiente cumplimiento del presente documento, el requerimiento y lacoordinacion se llevaran a cabo a traves de una Comision Permanente que desarrollara susactividades en el marco del alcance definido en la Clausula Cuarta, a partir de la suscripcion delpresente Convenio. La Comision esta conformada por:

• La Direccion de Investigacion, Pormacion y Desarrollo Tecnologico (DIFDT) de YPFB.

• La Facultad de Ciencia y Tecnologia de la UMSS.

OCT AVA.- (PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIAUDAD).

En el marco del presente Convenio, las Partes definiran un documento interno para todoslos aspectos relacionados a propiedad intelectual de productos y resultados, materiales einmateriales, logrados a partir del trabajo sinergico en los ambitos y areas establecidas en laClausula Cuarta, asi como de confidencialidad de la informacion tecnica, cientifica y otra,existentes y generadas en el marco de este documento, respetando las normativas internas decada Institucion y la normativa nacional vigente.

NOVENA. - (RESOLUCION DE CONTROVERSIAS).

Las Partes acuerdan que cualquier discrepancia 0 controversia emergente 0 relacionada con el-presente Convenio, sobre la interpretacion, aplicacion, cumplimiento y ejecucion, 0 sobrecualquier asunto directa 0 indirectamente relacionado con el mismo 0 de sus documentosanexos, complementarios 0 modificatorios, que no pueda ser resuelta amigablemente por elnivel operativo, tratara de ser resuelto por los ejecutivos principales de las Partes quereconozcan la existencia de una controversia, to do dentro de un plaza de 30 (treinta)mas calendario, computables a partir de la fecha en que la Parte que se siente agraviadasolicite iniciar reuniones de acercamiento y conciliacion.

Si transcurrido el plazo indicado precedentemente, las Partes no han resuelto la controversia, elconvenio sera resuelto automancamente, sin que exista la posibilidad de recurso ulterior.

Las Partes declaran que la validez del presente Convenio estara regida e interpretada de acuerdocon la normativa vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia.

DECIMA.- (NATURALEZA DEL CONVENIO).

El presente Convenio Marco Interinstitucional no implica una relacion laboral, contractual, ni debeneficios sociales entre las Partes y por to tanto no esta sujeto a normas laborales vigentesnacionales.

DECIMA PRIMERA. - (VIGENCIA Y DURACION).

El presente Convenio Marco Interinstitucional entrara en vigencia a partir de la fecha desuscripcion y tendra una validez de cinco (5) afios, pudiendo renovarse mediante un documentosimilar, de acuerdo a la conveniencia y previa evaluacion de las Partes.DECIMA SEGUNDA.- (MODIFICACIONES).

El presente Convenio Marco interinstitucional podra ser complementado 0 modificado encualquier momento durante su vigencia por mutuo acuerdo entre las Partes, mediante lasuscripcion de una Adenda, previa evaluacion tecnica y legal.

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La fuerza q~sforma~

DECIMA TERCERA.- (PROHIBICIONES).

Ninguna de las Partes participantes en el presente Convenio Marco Interinstitucional, podraceder, subrogar, transferir 0 disponer cualquiera de los derechos u obligaciones que asume almomenta de suscribir el presente documento.

DECIMA CUARTA- (TERMINACION DEL CONVENIO).

Podra terminarse en los siguientes casos:

a) Por acuerdo expreso entre las Partes.b) Por motivos de fuerza mayor 0 caso fortuito que imposibiliten su cumplimiento.c) Por decision unilateral de una de las Partes, a cuyo efecto debera comunicarse a la(s)

otra(s), mediante nota escrita con treinta (30) dias de anttcipacion, declarando la decisionde resolver el presente Convenio, debiendo reunirse para analizar y acordar lasactividades de cierre de su participacion.

d) Por cumplimiento de la vigencia 0 duracion, del presente Convenio.

En caso de resolverse el Convenio Marco Interinstitucional, las actividades iniciadas y en cursode ejecucion deberan culminarse

HECIMA QUINTA- (ADHESION DE NUEVAS INSTITUCIONES).

.Con el proposito de fortalecer el objeto del presente Convenio Marco Interinstitucional, las Partespodran suscribir una adenda, para incorporar a otras Instituciones solicitantes, previa evaluacionde su solicitud de adhesion y acuerdo entre las Partes. La Institucion que se adhiera al presenteConvenio Marco lnterinstitucional tendra la obligacion de cumplir con las clausulas establecidasen el mismo

DECIMA SEXTA- (CONFORMIDAD>.

Las Partes manifiestan su plena conformidad con todas y cada una de las clausulas que preceden,en fe de to cual suscriben al pie del presente documento, en tres (3) ejemplares.

La Paz,

lng. Oscar Ia ier Barriga ArteagaPresiden e Ejecutivo a.i

YACIMIENTOS PE ROLIFEROS FlSCALES,BOLIVI NOS - YPFB

Mgr. MarfaEsther l1esL.DIRECTORA

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