Contratos Petroleros Según La Actual Ley

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  • 8/15/2019 Contratos Petroleros Según La Actual Ley

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    CONTRATOS PETROLEROS SEGÚN LA ACTUAL LEY

    ¿Qué es un contrato petrolero?

    Es un instrumento por el cual un Estado concede la exploración y/o explotación de

    petróleo o gas natural estableciendo derechos y obligaciones de cada una de las

    partes. Los contratos responden a un marco legal vigente en el Estado que los

    elabora; por ejemplo, en Bolivia, el marco jurdico est! normado por la Ley de

    "idrocarburos #$ %&'(, del a)o *&&', y por la +onstitución oltica del Estado,

    aprobada en -ebrero de *&&.

    #o obstante a la denominación conocida como contrato petrolero0, su de-inición

    abarca tanto a las actividades extractivas de petróleo como de gas.

    I AN!LISIS "E CONTRATOS

    Conces#$n

    1rans-iere la propiedad de los recursos a personas o instituciones privadas. 2

    cambio, el Estado percibe regalas e impuestos

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    S#ste%a Contractual

    Existen dos tipos de contratos b!sicos3

    A Contratos "e Pro&ucc#$n Co%part#&a'  El Estado no trans-iere la

    propiedad; la empresa tiene una participación en la producción de

    hidrocarburos que explota y ambas partes 4Estado y empresa5 pueden

    vender esa producción.La empresa privada, una ve6 pagadas las regalas, generalmente puede

    recuperar sus costos de operación y capital antes de la distribución de la

    producción con el Estado.( Contratos "e Ser)#c#o' 7ue pueden ser puros, de riesgo o una

    combinación de ambos3 La empresa es contratada por el Estado para

    reali6ar operaciones a cambio de un pago -ijo por el volumen producido de

    hidrocarburos; el pago permite a la empresa cubrir costos y percibir un

    margen de utilidad.8entro de este tipo de contratos se tiene tres subdivisiones, que son las

    siguientes3

    Contratos "e Ser)#c#o Puro9na compa)a es contratada para reali6ar las operaciones hidrocarbur-eras

    a cambio de un pago -ijo por el volumen producido de hidrocarburos; en

    algunos casos, este pago puede ser recibido en producción. El pagopermite a las empresas cubrir costos y, adem!s, percibir un margen de

    utilidad acordado.

     

    Contratos "e Ser)#c#os Con R#es*oLa compa)a extranjera asume todo el riesgo t:cnico/-inanciero de la

    exploración, desarrollo y producción. i la exploración no es exitosa, el

    contrato termina sin reembolso para la compa)a. i la exploración es

    exitosa, el capital invertido por la compa)a contratada es reembolsado con

    intereses, junto con un pago en e-ectivo por el volumen producido. Laadministración de la producción podr! ser reali6ada por la empresa privada

    o por la empresa petrolera nacional.

    II CONTRATOS PETROLEROS SEGÚN LA LEY +,-.

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    El 2rtculo %B

    suscribir contratos /a0o el ré*#%en &e prestac#$n &e ser)#c#os con empresas

    para que realicen determinadas actividades de la cadena productiva a cambio de

    una retribución o pago por sus servicios.

    Contrato &e Ser)#c#os T#po Operac#$n

    Contrato &e Ser)#c#os T#po Asoc#ac#$n 

    III CARACTERISTICAS "E LOS CONTRATOS

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    A1 T#po Operac#$n

    =>B suscribe el +ontrato con una Empresa rivada, p?blica o mixta.

    1odas las -ases del +ontrato 4exploratoria, 8esarrollo y Explotación5 estar!

    bajo cuenta y riesgo de la Empresa rivada, p?blica o mixta

    =>B devuelve la inversión de la -ase exploratoria a la Empresa rivada

    Ejemplo3

    =>B, en representación del Estado, suscribe un contrato con un 1itular que est!

    con-ormado por una o m!s empresas petroleras. En caso de ser m!s de una,

    estas nombran un operador del contrato.

    En este caso el +ontrato an 2lberto tiene tres empresas que constituyen en el

    1itular del contrato, habiendo nombrado a etrobras Bolivia como operador

    4representante5 ante el Estado.

    (1 T#po Asoc#ac#$n

    =>B suscribe el +ontrato con una Empresa rivada, p?blica o mixta.

    La -ase exploratoria estar! bajo cuenta y riesgo de la Empresa rivada,

    p?blica o mixta

    En caso de descubrimiento comercial, la Empresa rivada est! en

    obligación de ceder el contrato a una ociedad 2nónima @ixta a ser

    constituida entre la misma Empresa rivada y =>B para la -ase de

    explotación.

    =>B devuelve la inversión de la -ase exploratoria a la Empresa rivada

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    I2 REGI3EN 4ISCAL "E LOS CONTRATOS

    El 8ecreto de #acionali6ación de los "idrocarburos 48.. #$ *(A&5, de mayo de

    *&&', establece que las empresas petroleras que operan en Bolivia est!n

    obligadas a entregar en propiedad a =>B toda la producción de hidrocarburos yes la estatal petrolera la que asume la comerciali6ación de la misma.

    La #ueva +onstitución oltica del Estado, aprobada en -ebrero de *&&,

    establece que =>B es la ?nica -acultada para reali6ar las actividades de la

    cadena productiva de hidrocarburos y su comerciali6ación; por tanto, es la

    empresa petrolera estatal la ?nica -acultada para reali6ar la venta de

    hidrocarburos, tanto en el mercado interno como externo. Los contratos de

    operación establecen que los ingresos obtenidos por =>B, por lacomerciali6ación de hidrocarburos en punto de -iscali6ación, primero es destinado

    al pago de Cegalas 4*D5, articipación del 1# 4

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    2 RENTA PETROLERA 5,,675,8+

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    2I CONTRATOS A"3INISTRATI2OS

    Es el acuerdo de voluntades generador de obligaciones y derechos celebrado

    entre un órgano del estado, en ejercicio de las -unciones administrativas que le

    competen con otro órgano administrativo o con un particular administrado para

    satis-acer necesidades p?blicas.

    Pr#nc#p#os Generales "el Contrato

    +ontinuidad• @utabilidad

    • 8irección = +ontrol

    • >lexibilidad +ontractual

    • 8e Buena >e

    El objeto del contrato administrativo es la obligación pactada, es una prestación de

    utilidad p?blica 4servicio p?blico, un empleo p?blico, una obra p?blica de inter:s

    colectivo, etc.5

    El contrato administrativo debe ser -ormal y cumplir con el -ormalismo con rigurosa

    aplicación y observancia de las normas.

    La autori6ación y la aprobación son -ormalidades del contrato, la autori6ación es

    previa al contrato y se da por un órgano superior .8ebe ser dada por el congreso,

    considerando la materia y de acuerdo a las normas internas.

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    2II CONTRATOS QUE CONSOLI"AN LA 2IE9A POL:TICA NEOLI(ERAL

    +on el convenio de venta de gas natural a la 2rgentina, el obierno aseguró

    mercado a las petroleras. = con la -irma de nuevos contratos petroleros, cuyo -in

    es la moneti6ación acelerada de las reservas "idrocarbur-eras, donde la inversiónest! atada a la producción y la producción a la exportación de hidrocarburos, se

    consolidó el patrón primarioGexportador en el pas, dejando de lado la

    industriali6ación y el mercado interno. Esto  rati-icó el destino que los gobiernos

    neoliberales que tra6aron para Bolivia a lo largo de la historia3 ser proveedor de

    materias primas para el mercado internacional

    El Tr#un;o "e Las Petroleras

    +on la suscripción de los nuevos contratos petroleros, el obierno de Evo @orales

    salió aparentemente triun-ante en t:rminos polticos. ero las verdaderas

    bene-iciadas -ueron las compa)as petroleras transnacionales que lograron eludir 

    toda posible acción en su contra ya que los contratos de riesgo compartido pese a

    su ilegalidad -ueron reconocidos como v!lidos al ser sustituidos por nuevos

    contratos.

    8e A contratos de riesgo compartido que presentaron solo se -irman HH contratos

    de operación por %& a)os que -ueron promulgadas por el presidente en -echa * de

    diciembre del *&&< implicando la aplicación de la Ley de "idrocarburos %&'(,

    dejando de lado la nacionali6ación demandada por los movimientos sociales en

    sentido de expropiar los bienes de las transnacionales y lograr as el monopolio

    estatal del negocio hidrocarbur-ero que permita industriali6ar el pas.

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    Contratos petroleros #le*ales

    Los nuevos contratos petroleros son ilegales porque el +ontrato de Iperaciones

    41ipo5 y sus siete 2nexos, no se atiene a la Ley de "idrocarburos %&'(. Estas

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    ilegalidades se producen por los contenidos de los 2nexos 8 y > que vulneran

    principios de contabilidad petrolera universalmente en uso.

     2hora bien, las tres ecuaciones 4anexo >5 est!n p:simamente -ormuladas al dar 

    dos utilidades 4C15 para la empresa, ambas muy superiores a la obtenida por eluso normal de los par!metros contables. Esto explica que las empresas que

    haban recha6ado la ley %&'( por ser con-iscatoria, ahora la aprueben, pero por 

    alguna ra6ón no explicada, no est!n cumpliendo los nuevos contratos y no

    per-oran po6os y se pro-undi6a la crisis energ:tica.

    Este macro problema de poltica petrolera se da porque el @2 no cumple el

    mandato del pueblo boliviano, cuando derrota al neoliberalismo en su lucha

    heroica de A de octubre de *&&%. Este mandato expresa que el as no seexporta, m!s bien se lo industriali6a y polticamente, se deben nacionali6ar los

    hidrocarburos para su manejo administrativo t:cnico y económico por =>B.

    Las anormalidades del modelo de contrato son3

    . Fncorporar un par!metro contable llamado +osto Cecuperable J+C‐, aparte de

    otros, que no existente en la contabilidad universalmente aceptada y en su texto

    ignora el aldo de +ostos que existen. 42nexo 85

    *. Las tres ecuaciones del 2nexo > est!n mal estructuradas, lo que desemboca en

    que par!metros importantes como C1 4utilidades de la empresa5 y la anancia

    8istribuible 8, entre =>B y la empresa, tienen dos ci-ras, dos respuesta, lo que

    demuestra el desconocimiento de una lógica matem!tica. I tal ve6 pensaron que

    estos bolivianos, no podr!n detectar tales aberraciones0.

    ¿Contratos "e Ser)#c#os O Contratos "e Operac#$n?

    ersiste la desin-ormación en torno a los contenidos de los contratos. e con-unde

    un +ontrato de Iperación con un +ontrato de ervicios, por lo que es necesario

    aclarar que ambos tipos de contratos son abismalmente di-erentes. 9n +ontrato

    de ervicios es un acuerdo mediante el cual una compa)a petrolera contrata a

    proveedores especiali6ados para que e-ect?e trabajos en geociencias, ingeniera

    petrolera y otras materias.

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    Este tipo de contratos no son convenios de exploración, por tal motivo no se le

    asignan bloques donde pudieran tener derechos exclusivos. En ning?n caso un

    +ontrato de ervicios adquiere la propiedad de los hidrocarburos, derechos de

    explotación o derechos de producción. 1ampoco asume el riesgo geológico ni el

    de mercado, por ende no participa de las rentas económicas asociadas a la

    explotación del recurso natural.

    La retribución no est! atada al establecimiento de la producción o a su volumen. El

    contrato dura el tiempo que exige la reali6ación de la obra o la prestación de

    servicio que normalmente es menor a tres a)os En tanto, un +ontrato de

    Iperaciones estipulado por la Ley de "idrocarburos %&'(, se)ala que a la

    compa)a petrolera se le otorgan concesiones que le dan el derecho de reali6ar 

    actividades de exploración y explotación de -orma exclusiva, asumiendo el riesgo

    geológico como de mercado.

     2porta la totalidad de capitales, instalaciones, equipos, materiales, personal,

    tecnologa y otros necesarios. La retribución se reali6a con un porcentaje de la

    producción, en dinero o en especie, cubriendo la totalidad de sus costos de

    operación y utilidad.

    El Incent#)o Para 3#*rar A Nue)os Contratos

    Es necesario recordar que en .ues bien, Evo @orales procedió exactamente del mismo modo3 garanti6ó a las

    inversiones extranjeras los mercados necesarios para los próximos *& a)os.   En

    los nuevos contratos, se rati-ica que el Estado es propietario de los yacimientos y

    de los hidrocarburos, pero en los hechos las petroleras contin?an operando con el

    derecho exclusivo de reali6ar exploración y explotación en los campos cedidos

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    bajo la misma -igura de contratos de riesgo o sea contin?an ostentando el

    monopolio de las operaciones "idrocarbur-eras.

    Los Contratos B no asume riesgos en exploración. Los nuevos contratos se asemejan al de 2sociación, porque =>B no

    asume riesgos en exploración sino hasta que se tiene explotación

    comercial. >inalmente, los nuevos contratos se asimilan a los +ontratos de roducción

    +ompartida porque cuando al 1itular se le reconoce los +ostos

    Cecuperables

     2cumulados de inversiones ya reali6adas se convierten en un +ontrato deroducción +ompartida

    Se Reconocen To&os Los Costos A Las Petroleras

    8e acuerdo a los nuevos contratos, a las compa)as petroleras se les reconocen

    económicamente los costos operativos e inversiones que realicen en exploración y

    explotación. En los +ostos Cecuperables se devuelve todo a las petroleras hasta

    los desechos0 que son parte de los +ostos de @ateriales. Estos costos se

    detallan en el 2nexo 8 de los nuevos contratos y corresponden a3• +ostos de ersonal

    • +ostos de @ovili6ación y 8esmovili6ación de ersonal

    • +ostos de 1ransporte y Ceubicación de ersonal

    • +ostos de @ateriales

    • Fmpuestos, 1asas, +ontribuciones y +ompensaciones e Fndemni6aciones

    • 8i-erencias de +ambio

    • rotección al @edio 2mbiente y eguridad Fndustrial

    • +ostos Legales

    • eguros

    • +ostos de 2dministración y ervicios

    • 8epreciación de los 2ctivos >ijos

    • Itros +ostos

    • +argos Celacionados con +asa @atri6 del Iperador 

    3a>or Ut#l#&a& Para Las Petroleras

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    En los nuevos contratos, se establece una nueva distribución de ingresos3 (D de

    regalas y participaciones, %*D de Fmpuesto 8irecto a los "idrocarburos, costos

    recuperables y utilidad variable para las empresas transnacionales as como

    participación de =>B tambi:n variable. 

    La participación a =>B se otorga luego de descontar de los Fngresos brutos

    generados por la venta de "idrocarburos #etos en el unto de >iscali6ación0, el

    Kalor de las regalas, participaciones y el Fmpuesto 8irecto a los "idrocarburos0 y

    la Cetribución del 1itular0. La Cetribución del 1itular0 se compone de los +ostos

    recuperados para el 1itular0 y el @onto de la anancia a distribuir para el 1itular0.

    El @onto de la anancia a distribuir para el 1itular0 y para =>B se reali6a de las

    utilidades, llamado anancia a distribuir proveniente de la venta de "idrocarburos

    #etos en el unto de >iscali6ación0

    El Ar/#tra0e (a0o Nor%as Internac#onales

    En el caso del arbitraje, en los antiguos contratos de riesgo compartido se)alaban

    que las partes acuerdan someterse a las normas y al arbitraje de la Co%#s#$n

    Intera%er#cana &e Ar/#tra0e Co%erc#al +F2+/ Centro Internac#onal &e Arre*lo

    &e "#;erenc#as Relat#)as a In)ers#ones F+F8/ C%ara &e Co%erc#o

    Internac#onal F++/ Co%#s#$n &e las Nac#ones Un#&as para el "erec@o

    3ercant#l Internac#onal UNCITRAL. El 1itular renuncia expresamente a -ormular 

    cualquier reclamo por la va diplom!tica0. Lo que se modi-ica en los nuevos

    contratos es que el arbitraje se realice en La a6 pero bajo norma de la +!mara

    de +omercio Fnternacional ++F 4ars5. En otras palabras, bajo la misma norma

    internacional.

    El Esta&o S#*ue S#en&o Rent#sta

    Los nuevos contratos llevan a incrementar las exportaciones de hidrocarburos

    como materia prima, como continuidad de la orientación de la Ley de

    "idrocarburos neoliberal, lo que re-uer6a el car!cter del patrón de acumulación

    primario exportador del pas. 2s, el presidente Evo @orales sepultó la

    nacionali6ación de los hidrocarburos y promovió el incremento relativo de ingresos

    para el Estado como resultado de la intensi-icación de los vol?menes de

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    exportación, dejando en segundo plano el mercado interno y la industriali6ación.

    e rati-ica que el Estado boliviano se mantiene rentista y no pretende industriali6ar 

    el pas.

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