CONTRATO DE EJECUCION DE OBRA CONSTRUCCION DE 16 BUNGALLOWS, LAGUNA 1RA ETAPA Y MALECON

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ASOCIACIÓN CIVIL iCountry Clubj 1 ' J CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA "CONSTRUCCIÓN DE 16 BUNGALLOWS, LAGUNA 1RA. ETAPA Y MALECÓN" . Conste por el presente documento un contrato de ejecución de obra que celebran: En calidad de CONTRATANTE, la ASOCIACIÓN CIVIL RINCONADA COUNTRY CLUB, con RUC 20144684631, con domicilio real en la Av. Manuel Prado Ugarteche 901, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, debidamente representada por su Gerente General, Sr. JUAN AYARZA RICHTER, identificado con DNI. 07716796 según nombramiento y poderes inscritos en la Partida Electrónica 03001814 del Registro de Personas Jurídicas de Lima; y En calidad de CONTRATISTA, CONSTRUCTORA YAC S.A.C. con RUC. 20lt)7208420, representado por su Gerente General, Sr. Jan Arturo Yep Ramírez, identificado con DNI. N°10551792, con domicilio legal en Av. Canaval y Moreyra No. 425, Of. 42, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. El presente contrato se celebra en los términos y consideraciones siguientes: PRIMERA.- ANTECEDENTES 1.1 Mediante CONVOCATORIA 001-2012-RCC, el CONTRATANTE realizó la convocatoria e invitación pública a ofertar para ía ejecución de la obra denominada "CONSTRUCCIÓN DE 16 BUNGALLOWS, laguna (1ra. Etapa) y malecón" (en adelante, la Obra), a ser ejecutada en la Sede de Playa Rinconada Country Club, ubicado en el Km, 71.50 de la carretera Panamericana Sur. 1.2 1.3 1.4 Para la firma del presente contrato se tomó la decisión de optar por uno de los postores que presentaron sus respectivas ofertas, y previas las calificaciones correspondientes, la respectiva Comisión Especial evacuó su informe. La Comisión Especia! recomendó adjudicar la Obra a la CONTRATISTA, cuyos datos se. indican en la introducción del presente contrato, por el monto total de US $1,143,429.60 (UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE y 60/100 DÓLARES AMERICANOS), el cual incluye gastos generales, utilidad e Impuesto General a las Ventas (IGV), y que deberá ser ejecutada en un plazo de 150 días calendarios. Dicho plazo no admite, en principio, prórroga o postergación. De acuerdo a las Bases del Proceso de Selección, la Obra comprende los trabajos de construcción, estructuras, arquitectura e instalaciones sanitarias y eléctricas de de las obras denominadas "16 BUNGALLOWS, LAGUNA 1RA. ETAPA Y MALECÓN", además de la zona de estacionamiento del sector indicada en las bases, la cuales se encuentran en Rinconada Country Club sede de playa cerca a la zona de los bungallows construidas en una primera etapa y se encuentran definidas en los planos alcanzados y que forman parte dei presente contrato y que el CONTRATISTA declara conocer en su contenido v alcances

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iCountry Clubj1 ' J CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA

"CONSTRUCCIÓN DE 16 BUNGALLOWS, LAGUNA 1RA. ETAPA Y

MALECÓN" .

Conste por el presente documento un contrato de ejecución de obra que celebran:

• En calidad de CONTRATANTE, la ASOCIACIÓN CIVIL RINCONADACOUNTRY CLUB, con RUC N° 20144684631, con domicilio real en la Av.Manuel Prado Ugarteche N° 901, distrito de La Molina, provincia ydepartamento de Lima, debidamente representada por su Gerente General, Sr.JUAN AYARZA RICHTER, identificado con DNI. N° 07716796 segúnnombramiento y poderes inscritos en la Partida Electrónica N° 03001814 delRegistro de Personas Jurídicas de Lima; y

• En calidad de CONTRATISTA, CONSTRUCTORA YAC S.A.C. con RUC. N°20lt)7208420, representado por su Gerente General, Sr. Jan Arturo YepRamírez, identificado con DNI. N°10551792, con domicilio legal en Av. Canavaly Moreyra No. 425, Of. 42, distrito de San Isidro, provincia y departamento deLima.

El presente contrato se celebra en los términos y consideraciones siguientes:

PRIMERA.- ANTECEDENTES

1.1 Mediante CONVOCATORIA N° 001-2012-RCC, el CONTRATANTE realizó laconvocatoria e invitación pública a ofertar para ía ejecución de la obradenominada "CONSTRUCCIÓN DE 16 BUNGALLOWS, laguna (1ra. Etapa) ymalecón" (en adelante, la Obra), a ser ejecutada en la Sede de PlayaRinconada Country Club, ubicado en el Km, 71.50 de la carreteraPanamericana Sur.

1.2

1.3

1.4

Para la firma del presente contrato se tomó la decisión de optar por uno de lospostores que presentaron sus respectivas ofertas, y previas las calificacionescorrespondientes, la respectiva Comisión Especial evacuó su informe.

La Comisión Especia! recomendó adjudicar la Obra a la CONTRATISTA,cuyos datos se. indican en la introducción del presente contrato, por el montototal de US $1,143,429.60 (UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y TRES MILCUATROCIENTOS VEINTINUEVE y 60/100 DÓLARES AMERICANOS), elcual incluye gastos generales, utilidad e Impuesto General a las Ventas (IGV),y que deberá ser ejecutada en un plazo de 150 días calendarios. Dicho plazono admite, en principio, prórroga o postergación.

De acuerdo a las Bases del Proceso de Selección, la Obra comprende lostrabajos de construcción, estructuras, arquitectura e instalaciones sanitarias yeléctricas de de las obras denominadas "16 BUNGALLOWS, LAGUNA 1RA.ETAPA Y MALECÓN", además de la zona de estacionamiento del sectorindicada en las bases, la cuales se encuentran en Rinconada Country Clubsede de playa cerca a la zona de los bungallows construidas en una primeraetapa y se encuentran definidas en los planos alcanzados y que forman partedei presente contrato y que el CONTRATISTA declara conocer en sucontenido v alcances

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SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO

2.1 El CONTRATISTA se obliga a ejecutar la Obra en estricto cumplimiento de lasBases y Expediente Técnico, según su propuesta a Suma Alzada y por elplazo de ejecución ofertado, estando la obra definida por los Planos,Memorias Descriptivas, Especificaciones Técnicas y objeto de! presentecontrato.

2.2 Forman parte del presente contrato, los siguientes anexos:

2.2.1 Planos, Memorias Descriptivas y Especificaciones Técnicas.

Oferta del postor ganador.

Otorgamiento de la Buena Pro

2.2.2

2Í.3

2.2.4 Bases y Expediente Técnico firmado por el postor favorecido con laBuena Pro o su representante legal, absolución de consultas ydemás documentos que forman parte del proceso de selección.

2.2.5 Garantía de fiel cumplimiento de contrato, de acuerdo a lo indicadopor las Bases y el presente contrato.

2.2.6 Cronograma General de Ejecución de Obras de las obras parcialesy de forma integral de todas ellas juntas.

2.2.7 Calendarios de Obras Valorizados de las obras parciales y de formaintegral o acumulada de acuerdo al plazo establecido enconcordancia con el cronograma de desembolsos.

2.2.8 Calendario de Adquisición de Materiales e insumes necesarios parala ejecución de las obras y armonizado con el calendario de avancede obras, debidamente firmados por su representante legal.

2.2.9 Documento Nacional de Identidad del representante legal (copialegalizada por Notario Público).

2.2.10 RUC (copia legalizada por Notario Público).

2.2.11 Testimonio de Constitución, su adecuación a la Ley 26887, LeyGeneral de Sociedades (copia Legalizada por Notario Público).

2.2.12 Copia certificada de vigencia de poder del Representante Legal,emitido por Registros Públicos.

2.2.13 Póliza CAR y Seguro complementario contra todo riesgo para el .personal que ¡acorarán en la Obra, asi como Póliza de seguro de :

responsabilidad civil por daños a terceros. G

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TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO

3.1 El monto del contrato de ejecución de la Obra es de US $1,143,429.60 (UNMILLÓN CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOSVEINTINUEVE y 60/100 DÓLARES AMERICANOS), el cual incluye gastosgenerales, utilidad, impuestos de ley y cualquier otro gasto que pueda incidiren el costo de la Obra. No hay reajuste de precios.

3.2 El CONTRATISTA deja expresa constancia que dentro del monto señalado enel párrafo anterior están incluidos, como propuesta a suma alzada y sinreajuste de precios, todos los costos directos e indirectos, personal propio osubcontratado, materiales, remuneraciones, beneficios sociales,gratificaciones del personal, aranceles, gastos de internamiento, tributosviaentes o los que los substituyan, creados o por crearse, seguros, transporte,inspecciones, certificaciones, instalación, pruebas, servicios de soportetécnico, herramientas y equipos, utilidades y cualquier otro concepto quepueda incidir sobre el costo de la ejecución de la obra, incluidos los que seincurran para el cumplimiento de las normas de Impacto Ambiental, los bienesa adquirir, o ios servicios a contratar, según el detalle del expediente técnicocorrespondiente.

3.3 El CONTRATISTA declara de igual forma haber revisado el proyecto einspeccionado el lugar de la Obras y sus alrededores para obtener por símismo, y bajo su propia responsabilidad, toda la información que fuerenecesaria para el cabal cumplimiento del contrato, por lo que renunciaexpresamente a cualquier reclamación posterior por las condiciones físicasdel suelo y climatológicas habituales en el lugar donde se ejecutará la Obra,durante la ejecución de los trabajos.

CUARTA.- PLAZO DE EJECUCIÓN

4.1 El CONTRATISTA se obliga a ejecutar la Obra en un plazo no mayor a 150días, el mismo que se contabilizará a partir de la entrega del terreno o deladelanto en efectivo.

4.2 El plazo de ejecución no admite deducción de días feriados y esimprorrogable, salvo motivos de fuerza mayor por causas ajenas alCONTRATISTA. Por tal motivo, el CONTRATISTA está obligado a adoptartodas las medidas necesarias que garanticen la culminación de la obradentro del plazo señalado. Una vez vencido dicho plazo y de no habercumplido el CONTRATISTA con la entrega de la Obra, éste incurrirá enmora automática sin necesidad de intimación ni requerimiento previo.

QUINTA.- FORMA DE PAGO

La CONTRATANTE, a solicitud del CONTRATISTA, previa presentación deuna carta fianza bancaria por los montos solicitados, y con las mismascaracterísticas de la garantía de fiel cumplimiento establecidas en'las Bases,podrá pagar en calidad de adelantos hasta el 20% del monto contractual porconcepto de adelanto en efectivo y hasta el 10% de monto contractual oara

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adquisición de materiales. La carta fianza barbaria debe ser otorgada por unbanco de primer nivel y de reconocida solvencia económica y financiera, ycon las características de ser solidaria, incondicional, y de ejecución orealización automática o inmediata.

5.2 Las valorizaciones de obra serán mensuales y tienen el carácter de pagos acuenta; serán elaboradas por el contratista, el último día útil del mes enejercicio para luego ser revisados por el Supervisor.

5.3 La valorización elaborada será en estricta sujeción al expediente técnico.

5.4 El pago se efectuará en moneda americana.

5.5 El CONTRATISTA emitirá su factura a nombre de la CONTRATANTE.ir

5.6 El CONTRATISTA, mediante su representante legal, será la personaautorizada para recibir el cheque no negociable En su defecto, elCONTRATISTA podrá designará a la persona encargada de realizar dichagestión mediante carta suscrita por su representante legal.

SEXTA.- MODIFICACIONES Y SUBSANACIONES DEL EXPEDIENTE TÉCNICO

Las modificaciones sustanciales y la subsanación de errores y omisiones en elExpediente Técnico durante la ejecución de la Obra, deben contar con la opinióndel proyectista, el mismo que intervendrá para aclarar y opinar sobre la situaciónpresentada, a fin que el SUPERVISOR pueda adoptar las medidas que el casorequiera y dilucidar, de ser el caso, las responsabilidades emergentes, del consultory/o jefe de la obra o proyecto. Sin embargo toda modificación sustancial delexpediente técnico debe obtener la NO OBJECIÓN por parte del comité del RCC.

SÉTIMA.-VALORIZACIÓN

7.1

7.2

De acuerdo con la cláusula quinta del presente contrato, las valorizacionesserán mensuales y se presentarán el último día útil de cada mes.

El plazo máximo para la aprobación por el inspector o supervisor de lavalorización y su remisión a la CONTRATANTE es de 7 días útiles, contadosa partir del primer día hábil siguiente al de la presentación de la valorizaciónrespectiva. Luego de la medición de! avance de obra, que se realizará en ellugar de la obra, el supervisor podrá solicitar la revisión o aclaración de lavalorización medrante visita a la obra y consulta al Residente de Obra dentrode del plazo de los 7 días útiles arriba mencionados. Si se requiriera lacorrección y/o aclaración de la valorización presentada, el plazo de :

presentación de ésta valorización a la CONTRATANTE se prorrogará tantos .días como esta valorización demore en ser corregida por la CONTRATISTA. '.Así mismo se correrá el plazo de pago mencionada en el numeral 7.3 del,presente contrato

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7.3 La CONTRATANTE, dentro del plazo det 15 días hábiles posteriores a lafecha en que se le remita !a valorización aprobada, procederá, en su caso ycuando corresponda, a dar su NO OBJECIÓN, así como a cancelar la facturacorrespondiente a la Valorización aprobada.

7.4 A efectos de realizar un adecuado control de las valorizaciones, se deberápresentar en forma separada la valorización, los adelantos y/o deducciones,El adelanto será descontado proporcionalmente en cada valorización.

7.5 Si surgieran discrepancias respecto de la formulación, aprobación ovalorización de los metrados entre el contratista y el inspector o supervisor yla CONTRATANTE, según sea el caso, se resolverán en la liquidación delcontrato, sin perjuicio del cobro de la parte no controvertida.

-—7.6 Solo será posible iniciar un procedimiento arbitral inmediatamente después de

ocurrida la controversia si la valorización de la parte en discusión representaun monto superior al diez por ciento (10%) del valor del contrato actualizado.La iniciación de este procedimiento no implica la suspensión del contrato ni eíincumplimiento de las obligaciones de las partes.

OCTAVA.- GARANTÍAS

8.1 Las garantías que el CONTRATISTA otorgue a favor de la CONTRATANTEserán la carta fianza de fiel cumplimiento de contrato y, en su caso, las cartasfianza de garantía por los adelantos que se otorguen, que servirán siempre yen todo caso para asegurar la buena ejecución y cumplimiento de contrato.

8.2 Las garantías que aceptará la CONTRATANTE son las que se hanespecificado en las Bases; es decir, solo se admitirán como garantías cartasfianzas bancarias otorgadas por Bancos de primer nivel y de reconocidasolvencia económica y financiera, con las características de ser solidarias,incondicionales, irrevocables, de ejecución o realización automática oinmediata, sin beneficio de excusión. La carta fianza, de fiel cumplimientodeberá tener una vigencia hasta por un plazo de sesenta (60) días posterioresa la fecha establecida para la culminación de la Obra.

NOVENA.- MEDICIÓN DE CANTIDADES DE OBRA

Para la medición de las cantidades del Avance Físico de la Obra ejecutada por elCONTRATISTA, éste notificará al supervisor o inspector con 5 días hábiles deanticipación y preparará todo lo necesario para que se realice dicha labor sinobstáculos y con la exactitud requerida. Los resultados de las medicionesefectuadas conjuntamente con los cálculos respectivos serán consignados en unaPlanilla Especial, el mismo que será elaborado por el CONTRATISTA en tres (3)ejemplares, dos (2) de los cuales serán entregados al supervisor para su respectivocontrol y aprobación. El supervisor preparará el Informe de Avance Físico de Obraen función de las mediciones conjuntas realizadas. Para el caso de que elSupervisor requiriera de una corrección o aclaración del avance de obra por partedel CONTRATISTA se procederá de acuerdo al numeral 7.2 del presente contrato,

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Las mediciones se harán contrastando el metrado y valorización presentado con elcronograma, y metrado valorizado presentado por el CONTRATISTA propuestaganadora presentada.

DÉCIMA.- RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES

101 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:

a.

b.

c.

El CONTRATISTA deberá utilizar materiales y/o accesorios nuevos o enexcelente estado de conservación para la ejecución de la Obra, ío cualdeberá encontrarse debidamente certificado. El CONTRATISTA deberáutilizar encofrados en excelente estado de conservación, pues no seadmitirán irregularidades en el acabado de estos elementos.

El CONTRATISTA deberá considerar en su propuesta concretopremezclado y acompañara las respectivas pruebas de calidad; sólo seaceptará concreto preparado en equipos mescladoras del tipo trompopara obras menores. Los aditivos sólo se aceptaran en el caso deproductos de calidad garantizada.

El CONTRATISTA deberá adoptar las medidas necesarias para reduciral mínimo la posibilidad de aparición de fisuras de contracción en elconcreto estructural, asumiendo en todo caso la reparación de íasfisuras que pudieren presentarse, bajo su garantía de calidad.

El CONTRATISTA bajo ningún concepto podrá ceder, transferir osubrogar total o parcialmente el presente contrato, lo que no impide queejecute la obra en forma asociada con terceros, a través de Consorcios,Joint Venture, Asociación en Participación o cualquier otra modalidad deContratos Asociativos o de colaboración empresarial. En este últimocaso, tanto el CONTRATISTA como el tercero asociado, consorciado oparticipante son solidaria e ilimitadamente responsables frente a laCONTRATANTE por todas y cada una de las obligaciones contenidasen el presente contrato, durante todo eí tiempo que dure la obra y por elplazo de la garantía a que se refiere la cláusula décimo séptima delpresente contrato

El CONTRATISTA y sus representantes están obligados a conocerminuciosamente los Planos, Instrucciones, Costos y EspecificacionesTécnicas. Toda duda será inmediatamente consultada, al supervisor oinspector quién absolverá las interrogantes en el plazo de 5 días útilessiguientes a la recepción de la consulta.

En caso de no actuar en la forma indicada anteriqrmente todos lospagos necesarios para subsanar los inconvenientes correrán por cuentaexclusiva del CONTRATISTA.

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g. Para los efectos de la ejecución de la Obra, el CONTRATISTA secompromete a emplear personal de reconocida capacidad profesional ytécnica y de amplia experiencia.

h. El CONTRATISTA custodiará, bajo su cuenta, costo y riesgo, todos losmateriales, equipos y todo trabajo concluido hasta la recepción final dela obra.

i. El CONTRATISTA cumplirá estrictamente con la Legislación Tributaria,Laboral, Municipal y Social vigente en la República del Perú y serátambién responsable de dicho cumplimiento por las demás obligacionesque por Ley le correspondan.

j." El CONTRATISTA no podrá entregar la Obra defectuosa o malejecutada, aduciendo defectos, errores u omisiones en el ExpedienteTécnico, debiendo et trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado yenmendado por su exclusiva cuenta y costo, responsabilizándose porlas imperfecciones, vicios de la obra y por la destrucción parcial o totalde la misma, de acuerdo con lo que prescriben los artículos 1782°,1783° 1784° del Código Civil y demás normas que concuerden, siendosu responsabilidad por los siete (07) años siguientes, contados a partirde la recepción y conformidad de la Obra.

k. El CONTRATISTA mantendrá, como elementos de prevención yseguridad, barreras, letreros, luces y señalización adecuadas y engeneral todo medio de seguridad para el acceso de peatones yvehículos a los lugares de la Obra, para prevenir a terceros del riesgode accidentes. Dichos elementos serán retirados por el CONTRATISTAa la terminación de la Obra.

I. El CONTRATISTA precautelará daños a cañerías, árboles, conductores,cables de instalación eléctrica y otras instalaciones de servicio osuministro, debiendo reparar cualquier daño o defecto ocasionados porsu propia cuenta, costo y riesgo, para ello el CONTRATISTA seráresponsable de llevar las coordinaciones necesarias con las entidadesde servicios, para evitar danos a las redes existentes. De igual modo, elCONTRATISTA cumplirá y adoptará todas las medidas de seguridadnecesarias de Impacto Ambiental que sean requeridas durante laejecución de la Obra.

m. Si fuera el caso, el CONTRATISTA será responsable de lascoordinaciones y trámites que sean necesarias para la aprobación de!Plan de Desvíos por la autoridad de transporte correspondiente.

n. El CONTRATISTA debe presentar la liquidación, de la Obra alSupervisor de la Obra, debidamente sustentada, con la documentaciónde cálculos detallados, conjuntamente con la Memoria DescriptivaValorizada y/o Declaratoria de Fábrica.

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o. El Ingeniero Civil Sr, Jaime Antonio 'Meléndez Orbegoso con CIP N°46025, Residente de Obra propuesto por el CONTRATISTA, deberápermanecer durante todas las horas de labores en la sede física de laObra, objeto del presente contrato.

p. Las decisiones aceptadas y tomadas por el referido profesional estaránpremunidas de toda validez técnico - legal, no pudiendo ser enervadaspor otra persona ni por la autoridad propia del CONTRATISTA,

q. Por su sola designación, el Residente de Obra representa alCONTRATISTA para los efectos ordinarios de la Obra, no estandofacultado a pactar modificaciones al contrato, dicho profesionaldebe tener la previa NO OBJECIÓN de la CONTRATANTE, la que seentiende otorgada a la suscripción del presente contrato, sin perjuicio deser revocada en cualquier momento y sin necesidad de expresión decausa.

r. Queda entendido que cualquier reemplazo del personal que efectúe elCONTRATISTA deberá previamente contar con la probación delsupervisor, sin perjuicio del derecho de NO OBJECIÓN de LACONTRATANTE para aprobar o desaprobar dicho reemplazo y solicitarla sustitución del personal que a su juicio resulte incompetente.

s. El CONTRATISTA está obligado a prestar su asistencia técnica yadministrativa a la CONTRATANTE para coadyuvar en cualquiergestión Municipal o en otra entidad relacionada a licencias, permisos yservicios para la construcción y posterior recepción y aceptación de laObra.

10.2 OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE:

a. La CONTRATANTE, a través de la Supervisión entregará el terrenodonde se ejecutará la Obra, dentro de los 5 días computados a partir dela suscripción del contrato,

b,

d.

La CONTRATANTE será la encargada de supervisar la ejecución deObra.

La CONTRATANTE efectuará el pago de la valorización y liquidación dela Obra, presentadas por el CONTRATISTA y aprobadas por elsupervisor o inspector, de acuerdo al procedimiento expresado en elpresente contrato.

La CONTRATANTE elaborará la liquidación del contrato en un plazo nomayor a 30 días terminada la obra, con Memoria Des9riptiva Valorizaday Declaratoria de Fábrica; en caso de no presentarlo a tiempo laCONTRATANTE podrá elaborar la declaratoria de fábrica a cargandosu costo al CONTRATISTA.

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g.

La CONTRATANTE designará al Comité Especial a cargo de larecepción de Obra totalmente concluida y sin ninguna clase deobservaciones, levantando el acta de recepción final y conformidad dela Obra, suscrita por los integrantes del Comité.

La CONTRATANTE deberá suministrar electricidad en baja tensión, asícomo el agua necesaria para la ejecución de la obra a que se refiere elpresente contrato

La CONTRATANTE si fuera el caso, tramitara y/o obtendrá lospermisos, licencia u otros que resulten necesarios ante las autoridadesmunicipales, si fuese necesario, para lo cual, contará con el apoyo o laasistencia que pueda brindarle EL CONTRATISTA.

UNDÉCIMA.- CUADERNO DE OBRA

11.1 El CONTRATISTA adquirirá por su cuenta el cuaderno de obra, el que seráabierto con el acta de entrega de terreno o lugar de la Obra. Este cuadernodeberá ser firmado en todas sus páginas por e! supervisor o inspector y por elresidente. Sólo estos profesionales son los únicos autorizados para haceranotaciones en el cuaderno de obra. En la entrega de terreno se definirán loshitos que lo delimitan y los puntos geométricos necesarios para el trazado dela obra. El trazado de la Obra será ejecutado por el contratista con su equipoy personal, verificado y aprobado por el inspector o supervisor de obra, segúncorresponda, bajo responsabilidad.

11.2 El cuaderno de obra debe constar de una hoja original con tres (03) copiasdesgtosables, correspondiendo una de éstas a la CONTRATANTE, la otra alCONTRATISTA y la tercera a! inspector o supervisor, el que tendrá páginasnumeradas correlativamente. El original de dicho cuaderno debe permaneceren obra, bajo custodia del residente.

11.3 Concluida la ejecución de la Obra, el cuaderno quedará en poder de laCONTRATANTE conjuntamente con el original del acta de recepción final yconformidad de la Obra; el cuaderno original será entregado al Comité deRecepción de Obra, en la fecha de recepción o, dentro del plazo máximo decinco días naturales siguientes a la recepción de la Obra.

11.4 La pérdida, deterioro o sustracción del cuaderno de obra es deresponsabilidad del residente y el CONTRATISTA, quienes responderán porlas acciones legales correspondientes.

11.5 En el cuaderno de obra se anotarán en forma legible los hechos relevantesque ocurran durante la ejecución de ella, las órdenes, consultas, etc. firmandoal pie de cada anotación el inspector o supervisor o el residente, según sea elque efectúe la anotación.

.6 Cada anotación llevará fecha, nombre, firma y el número de Registro delColegio de Ingenieros o Arquitectos de! Perú, según corresponda, delsupervisor o inspector y del residente

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11.7 Las consultas que se formulen en el cuaderno de obra deberán ser absuelíaspor el inspector o supervisor, dentro del plazo máximo de 5 días útiles. A faltade atención, esta será atendida por la CONTRATANTE, pero que en ningúncaso modificará, el plazo de ejecución de obra pactado, en el número de díasque demore en absolver la consulta.

DUODÉCIMA.. DE LA SUPERVISIÓN

12.1 El seguimiento de la ejecución de la Obra estará a cargo de un supervisor, sinperjuicio de las coordinaciones técnicas que pueda ejercer laCONTRATANTE. La CONTRATANTE tiene e! derecho de elegir al inspectory/o supervisor que considere capaz de realizar a cabalidad las funcionesdetalladas mediante eí presente contrato, sin necesitar para ello deautorización ni aprobación del CONTRATISTA.

12.2 El CONTRATISTA se obliga a dar todas las facilidades necesarias para lasupervisión de la obra, permitiendo que, en cualquier momento puedanrealizarse las visitas, inspecciones, constataciones, verificaciones y controlesque fueren necesarios.

12.3 El CONTRATISTA efectuará todas las pruebas necesarias para la correctaejecución de los trabajos a fin de verificar la calidad del material empleado yde su funcionalidad, las mismas que constarán en los respectivos Certificadosy/o Protocolos de Pruebas proporcionadas por el CONTRATISTA. LaCONTRATANTE podrá solicitar la realización de nuevas pruebas las mismasque estarán a cargo del CONTRATISTA.

12.4 El CONTRATISTA deberá someterse al control del supervisor en todo loconcerniente al aspecto técnico de la ejecución de la Obra.

12.5 El supervisor tendrá las siguientes atribuciones sin carácter limitativo:

a. Verificar y exigir la correcta ejecución de los trabajos y asegurar el fielcumplimiento de las condiciones estipuladas y obligaciones delcontratista, establecidas en el presente contrato y sus anexos.

b. Solicitar información al CONTRATISTA sobre la Obra.

c. Exigir al CONTRATISTA el cumplimiento de los cronogramas de laObra.

d. Exigir al CONTRATISTA que los materiales empleados en ía Obracumplan con las especificaciones técnicas señaladas en el expedientetécnico de obra. Cuando sea pertinente deberá exigir que se retire porcuenta y costo del CONTRATISTA los materiales o equipos que hayansido rechazados por mala calidad o incumplimiento de lasespecificaciones técnicas, así como el desmonte y otros deshechos.

Exigir ai CONTRATISTA el buen comportamiento de su personal.

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Su actuación se sujetará al contrato. No tiene autoridad para modificarloya sea tota! o parcialmente en cualquier extremo.

Absolver consultas, interpretar planos, especificaciones técnicas,manuales y cualquier otra información técnica relacionada con la Obra.

DECIMOTERCERA.. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

13.1 El CONTRATISTA se obliga a entregar, en el plazo previsto en este contrato yoferta técnica, la Obra totalmente terminada con el pronunciamiento de laSupervisión y con la aprobación de la Comisión Especial y demás personasque designe la CONTRATANTE.

13.2 El CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplirtodas y cada una de las obligaciones derivadas del presente contrato, bajosanción de ejecutarse la o las garantías otorgadas.

DECIMOCUARTA.- PENALIDAD POR MORA

14.1 En el caso que el CONTRATISTA incurra en mora por retraso injustificado enla ejecución y/o entrega de la Obra, se le aplicará una penalidad de 0.5 % delmonto del contrato por cada día de retraso, hasta un máximo del 10% delcontrato. Esta penalidad, a elección de la CONTRATANTE, podrá serdeducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final, o, sifuese necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de lagarantía del contrato.

14.2 En caso que se llegara a acumular el monto máximo de la penalidad por moraen la ejecución de la prestación a cargo del CONTRATISTA, laCONTRATANTE podrá resolver automáticamente el presente contrato yejecutar la garantía de fiel cumplimiento, bastando para ello una simplecomunicación notarial al domicilio del CONTRATISTA, dándole a conocer sudecisión.

14.3 Tal como se ha considerado en las bases de la convocatoria 001-2012.RCCel CONTRATISTA no debe cambiar al residente de obra sin causa justificadao de fuerza mayor, sin perjuicio de aplicar una penalidad del 2% de la obra.Salvo que lo autorice expresamente LA CONTRATANTE.

DECIMOQUINTA.- CAUSAS DE CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR

15.1 Se entiende por caso fortuito o de fuerza mayor a la causa no imputable a laspartes consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible queimpide la ejecución de la obligación o determine su cumplimiento parcial,tardío o defectuoso, lo que no implique su oportuna subsanación por parte delCONTRATISTA.

.2 En ningún caso y bajo ninguna circunstancia, se considerará como causa defuerza mayor el mal tiempo que sea común en el área donde se realiza la

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Obra. Tampoco se considerarán como causas de fuerza mayor las demorasen la entrega de los equipos complementarios suministrados por elCONTRATISTA, así como problemas de paralizaciones del personal a sucargo, por lo que éste deberá tomar y adoptar todas las previsionesnecesarias para evitar dichas demoras no consideradas dentro del plazo desu oferta.

15.3 La definición de caso fortuito ó de fuerza mayor le corresponde calificarla a laCONTRATANTE a propuesta del supervisor.

DECIMOSEXTA.- ADICIONALES Y REDUCCIÓN DE OBRAS

16.1 La ejecución de obras adicionales así como los deductivos de obra deberánser solicitadas previamente por la CONTRATANTE. Para su aprobación, laCONTRATANTE dará su NO OBJECIÓN, previo informe de la Supervisión,para el pago de la ejecución de obras adicionales o para la detracción delpago de obras reducidas. No existen adicionales sí éstas forman parte delproyecto original, aún cuando no figuren en los metrados y/o presupuestosrealizados por el CONTRATISTA, quedando sobreentendido que losadicionales solicitados por la CONTRATANTE son si pide por parte de laCONTRATANTE e! aumento de aéreas, modificación de algún acabado y quesignifiquen aumento de costos de obra.

16.2 Para la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior sólo procederá laejecución de obras adicionales cuando se cuente previamente con la NOOBJECIÓN antes indicada por parte de la CONTRATANTE.

16.3 Las obras ejecutadas sin cumplir los requisitos señalados en los párrafosanteriores no generan derecho alguno a favor del CONTRATISTA niobligación alguna a cargo de la CONTRATANTE.

DECIMOSÉPTIMA.- GARANTÍA DE LA OBRA Y RESPONSABILIDAD DE ELCONTRATISTA

17.1 A partir de la fecha del acta de recepción final de la obra, comienza el períodode garantía (calidad ofrecida) que tendrá vigencia de siete años (07) durantelos cuales el CONTRATISTA garantiza el funcionamiento adecuado de laObra, los materiales, instalaciones y todos los elementos que constituyen laObra, con arreglo a las especificaciones y demás indicaciones técnicas.

17.2 El CONTRATISTA es el responsable por la calidad ofrecida y por los viciosocultos que la obra presente, por un plazo de siete (07) años, contados apartir de la recepción y conformidad de la obra. Si ésta se destruye total oparcialmente o presenta graves defectos por vicios de construcción o demateriales, la CONTRATANTE iniciará los trámites judiciales,"civiles y/o penalesa fin de obtener la indemnización que corresponda por daños y perjuicios.

17.3 La garantía del adelanto se devuelve cuando éste se amortice totalmente. LaCONTRATANTE devolverá la Garantía de Fiel Cumplimiento a los sesenta (60)días de efectuada la receoción de la Obra, siendo condición nrevia oue la Obra

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haya sido debidamente liquidada y que el CONTRATISTA haya cumplido conpresentar los planos post construcción y la declaratoria de fábrica.

DECIMOCTAVA.- RECEPCIÓN DE LA OBRA

18.1 El Comité Especial de recepción de la Obra designado por laCONTRATANTE y las personas que ésta designe realizarán una inspeccióntotal de la Obra y si no surgen observaciones procederá a la redacción ysuscripción del acta de recepción de la Obra, dando su conformidad de lamisma.

18.2 Ningún otro documento que no sea el acta de recepción de la Obra, servirápara acreditar que el contrato, o alguna parte del mismo, ha sido debidamenteejecutado. No se podrá considerar que el contrato ha sido completamenteejecutado mientras no sea suscrita la indicada acta por los miembros delComité de Especial de recepción de la Obra y el CONTRATISTA o suresidente, en la que conste que la Obra ha sido concluida a enterasatisfacción de la CONTRATANTE.

18.3 El CONTRATISTA está obligado a entregar a la recepción de la Obra losplanos "conforme a obra" y la minuta correspondiente para la Declaratoriade Fábrica de ser el caso.

DÉCIMA NOVENA.- INTERVENCIÓN ECONÓMICA DE LA OBRA

La CONTRATANTE podrá Intervenir económicamente la Obra.

VIGÉSIMA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

20.1 En caso de incumplimiento del contrato por atrasos más alfa del 20% delcronograma aprobado o porque se llegue a acumular el monto máximo de lapenalidad por mora en la ejecución de la prestación a cargo de laCONTRATISTA, el presente Contrato quedará resuelto automáticamente depleno derecho, bastando para eflo que la CONTRANTE remita una carta notariala la CONTRATISTA comunicándole su intención de valerse de esta cláusularesofutoria y sin que ello excluya ef inicio de las acciones legales quecorrespondan.

20.2 Bajo cualquier circunstancia que implique la resolución del contrato, esta serásolicitada por la CONTRATANTE con o sin previo requerimiento elaboradopor el Supervisor de Obra.

20.3 Dentro del proceso previo a la resolución del contrato, los requerimientosescritos para el cumplimiento del contrato serán emitidos por laCONTRATANTE a solicitud del Supervisor de Obra.

VIGÉSIMO PRIMERA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

21.1 Cláusula de Solución de Controversias.

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a. Las controversias que surjan sobre Ja ejecución o interpretación delcontrato se resolverán obligatoriamente mediante e! procedimiento deconciliación extrajudicial.

b. La CONTRATANTE y el CONTRATISTA tienen el derecho de someterla controversia a un centro de conciliación dentro de los siete. (07) díascalendarios.

c. Si la conciliación soluciona la controversia en forma tota! el Acta quecontiene el acuerdo es título de ejecución para todos los efectos. Siconcluye con un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes debensometerse obligatoriamente a un arbitraje para que se pronunciedefinitivamente sobre las diferencias no resueltas dentro del plazo delos quince días siguientes a la suscripción del acta respectiva.

21.2 De conformidad con la cláusula anterior las partes acuerdan que lascontroversias no resueltas o resueltas parcialmente serán resueltas por unTribunal Arbitral, de manera que en forma expresa se dispone que laconciliación es previa al arbitraje.

21.3 De acuerdo a la presente cláusula todos, los conflictos que se deriven de laejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refierana su nulidad e invalidez, serán resueltos mediante arbitraje de derecho,bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional deConciliación y Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje Nacional eInternacional de la Cámara de Comercio de Lima y de acuerdo con suReglamento

VIGÉSIMO SEGUNDA.- SEGUROS

22.1 El CONTRATISTA se compromete a presentar dentro de los primeros 10 díascalendarios de iniciada la obra, sin que ello lo exima de responsabilidad porcualquier eventualidad surgida antes de su presentación de:

a. Copia de póliza de Seguro CAR por eí 100% monto total de! contrato, lacual incluye la Responsabilidad Civil Cruzada

b. Copia de la Póliza de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgoque cubra a los obreros y empleados a su servicio.

c. Copia de la Póliza de responsabilidad civil ante terceros.

Las partes acuerdan que la póliza de seguro CAR será endosada a favor de la<CONTRATANTE. Asimismo, se establece que, en caso de eventos, lafranquicia será cubierta por el CONTRATISTA.

22.2 La CONTRATANTE queda expresamente liberada de todp responsabilidadpor concepto de pérdidas y/o daños que puedan ocurrir como consecuenciade los trabajos de la Obra, por actos, omisiones o fallas del CONTRATISTA ode sus subcontratistas o de los servidores de éstos.

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VIGÉSIMO TERCERA.- DISPOSICIONES FINALES

23.1 Los casos no previstos en el presente contrato se regirán por lo dispuesto ene! Código Civil.

23.2 El presente contrato podrá ser elevado a Escritura Pública por cualquierade las partes, debiendo correr los gastos por cuenta de la parte solicitante.

VIGÉSIMO CUARTA.- DE LA CONFORMIDAD

Las partes han aprobado el presente contrato, que consta de 14 folios y veinticuatrocláusulas, lo suscriben los representantes que se mencionan en las generalesintroductorias de este mismo documento, en la ciudad de Lima, el día 20 de! mes dejulio del 2012.

LA CONTRATANTE

ASOCIACIÓN CIVIL RINGCOUNTRYCLU

Sr. Juan Ayaiza Rtóhter

ADA

El CONTRATISTA

CONSTRUCTORA YAC S.A.C.Arq. Jan Arturo Yep Ramírez

Gerente General