Contrato Concesion

download Contrato Concesion

of 167

Transcript of Contrato Concesion

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

CONTRATO DE CONCESION PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE MASIVO URBANO DE PASAJEROS EN EL SISTEMA TRANSMILENIO Tabla de ContenidoPREFACIO ___________________________________________________________________ 8 DEFINICIONES_______________________________________________________________ 8 PARTE I ____________________________________________________________________ 19 DESCRIPCION DEL SISTEMA TRANSMILENIO __________________________________ 19 PARTE II ___________________________________________________________________ 26 CONTRATO DE CONCESION __________________________________________________ 26 CLAUSULA 2.CLAUSULA 3.CLAUSULA 4.OBJETO DEL CONTRATO _____________________________________ 26 NATURALEZA DEL CONTRATO ________________________________ 26 INTERPRETACION DEL CONTRATO ____________________________ 27

CLAUSULA 5.COEXISTENCIA DEL PRESENTE CONTRATO CON OTRAS CONCESIONES DEL SISTEMA _________________________________________________ 27 CLAUSULA 6.DERECHOS DEL CONCESIONARIO DERIVADOS DE LA CONCESION DE LA OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA ____________________________________ 27 CLAUSULA 7.DERECHOS DEL CONCESIONARIO DERIVADOS DE LA ADJUDICACION DE LAS AREAS DE SOPORTE TECNICO __________________________ 28 CLAUSULA 8.OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO DERIVADAS DE LA CONCESION DE LA OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA ________________________ 29 CLAUSULA 9.OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO DERIVADAS DE LA ADJUDICACION DE LAS AREAS DE SOPORTE TECNICO __________________________ 31 CLAUSULA 10.- DERECHOS DE TRANSMILENIO S.A. _____________________________ 34 CLAUSULA 11.- OBLIGACIONES DE TRANSMILENIO _____________________________ 35 CLAUSULA 12.- INFRAESTRUCTURA ENTREGADA EN CONCESIN ________________ 35 CLAUSULA 13.- CARACTERSTICAS FSICAS Y DE EQUIPAMIENTO ________________ 36 CLAUSULA 14.- ENTREGA DE BIENES. _________________________________________ 36 CLAUSULA 15.- RESPONSABILIDAD Y RIESGO___________________________________ 37 CLAUSULA 16.GARAJES DEFINICION DE LA OBLIGACION DE DOTACION DE TALLERES Y 37

CLAUSULA 17.- PLAN DE ADECUACION Y DOTACION ____________________________ 37 CLAUSULA 18.- RIESGOS DE LA CONSTRUCCIN ________________________________ 38 CLAUSULA 19.- CONSERVACION DE LA INFRAESTRUCTURA______________________ 38 CLAUSULA 20.- DEFINICION __________________________________________________ 39 CLAUSULA 21.- TIPOLOGA INICIAL DE LOS VEHCULOS. ________________________ 39

Pgina 1 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

CLAUSULA 22.DEFINICIONES TECNICAS ASOCIADAS A LA TIPOLOGIA INICIAL DE LOS VEHCULOS 40 CLAUSULA 23.- CARACTERISTICAS DE DISEO ESPECIFICAS ____________________ 40 CLAUSULA 24.CARACTERISTICAS TECNICAS ESPECIFICAS DE CARROCERIA _____ 46

CLAUSULA 25.- PESO DEL VEHCULO __________________________________________ 48 CLAUSULA 26.- DIMENSIONES EXTERNAS______________________________________ 49 CLAUSULA 27.- SISTEMAS DE SEGURIDAD Y EMERGENCIA_______________________ 50 CLAUSULA 28.ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA LA INSTALACIN DE LAS UNIDADES LGICAS DE CONTROL. ____________________________________________ 53 CLAUSULA 29.- DESEMPEO AMBIENTAL DE LOS VEHCULOS ___________________ 55 CLAUSULA 30.- SISTEMA DE CONTROL DE LA OPERACIN _______________________ 56 CLAUSULA 31.- ACCESIBILIDAD DE PASAJEROS ________________________________ 60 CLAUSULA 32.- VARIACION DE LA TIPOLOGIA DE LOS VEHICULOS _______________ 60 CLAUSULA 33.- VINCULACIN DE VEHCULOS AL SERVICIO _____________________ 60 CLAUSULA 34.DEL SISTEMA VINCULACION DE LA FLOTA REQUERIDA PARA LA OPERACIN 61

CLAUSULA 35.- REPOSICION DE FLOTA ________________________________________ 62 CLAUSULA 36.- TAMAO DE LA FLOTA DE OPERACIN __________________________ 63 CLAUSULA 37.- FLOTA DE RESERVA TECNICA __________________________________ 64 CLAUSULA 38.MODIFICACIONES EN EL TAMAO DE LA FLOTA DE OPERACIN POR RAZONES ASOCIADAS AL GRADO DE OCUPACION DE LOS SERVICIOS DE SISTEMA. 64 CLAUSULA 39.MODIFICACIONES EN EL TAMAO DE LA FLOTA DE OPERACIN ASOCIADAS A LA CONSTRUCCION DE NUEVA INFRAESTRUCTURA________________ 67 CLAUSULA 40.PROPIEDAD DE LA FLOTA Y MECANISMOS DE FINANCIACIN___ 67

CLAUSULA 41.- TRANSFERENCIA DE VEHICULOS _______________________________ 68 CLAUSULA 42.- EXCLUSIN DE VEHCULOS____________________________________ 68 CLAUSULA 43.- MANTENIMIENTO DE LOS VEHICULOS __________________________ 69 CLAUSULA 44.- DEFINICION __________________________________________________ 70 CLAUSULA 45.- REGIMEN DE LA OPERACION ___________________________________ 70 CLAUSULA 46.- PLANEACION DE LA OPERACION________________________________ 70 CLAUSULA 47.- PLANEACION PARTICIPATIVA DEL SISTEMA _____________________ 71 CLAUSULA 48.- DETERMINACION DEL PROGRAMA DE OPERACIN _______________ 71 CLAUSULA 49.CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE SERVICIOS DE OPERACIN__ 73

CLAUSULA 50.- CONDICIONES PARA EL INICIO DEL RECORRIDO _________________ 73 CLAUSULA 51.- CONDICIONES DE LA OPERACIN_______________________________ 73

Pgina 2 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

CLAUSULA 52.- INDICADORES DE DESEMPEO _________________________________ 74 CLAUSULA 53.PROHIBICION DE ABUSO DE LA POSICION DOMINANTE Y NORMAS QUE PROTEGEN LA LIBRE COMPETENCIA _____________________________________ 75 CLAUSULA 54.- DESEMPEO ADMINISTRATIVO DEL OPERADOR__________________ 76 CLAUSULA 55.- DESEMPEO AMBIENTAL DE LA OPERACIN ____________________ 77 CLAUSULA 56.PLAN INICIAL PARA ACLIMATACION DE LOS VEHICULOS _________ 78

CLAUSULA 57.- PLAN DE SEGUIMIENTO PERMANENTE __________________________ 79 CLAUSULA 58.- PROGRAMA DE GESTION AMBIENTAL ___________________________ 80 CLAUSULA 59.- INTERVENTORA Y CONTROL DEL CONCESIONARIO ______________ 82 CLAUSULA 60.- AUDITORIA EXTERNA Y CONTROL INTERNO _____________________ 83 CLAUSULA 61.- PROCESOS DE FISCALIZACION _________________________________ 84 CLAUSULA 62.CONCESIN SISTEMAS DE INFORMACIN CONTABLE Y FINANCIERA DE LA 85

CLAUSULA 63.OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO RESPECTO DE LA IMPLANTACION DEL PROYECTO ______________________________________________ 86 CLAUSULA 64.- OPERACIN DE PRUEBA _______________________________________ 87 CLAUSULA 65.INTEGRACION DEL SISTEMA TRANSMILENIO CON OTROS SISTEMAS DE TRANSPORTE MASIVO ____________________________________________________ 87 CLAUSULA 66.CLAUSULA 67. CLAUSULA 68. CLAUSULA 69. PRINCIPIOS BSICOS DEL MARCO ECONMICO DEL CONTRATO___ 88 INGRESOS DEL SISTEMA TRANSMILENIO ______________________ 88 TARIFA AL USUARIO_________________________________________ 88 ALTERNATIVAS COMERCIALES A LA TARIFA AL USUARIO _________ 89

CLAUSULA 70.- TARIFA TCNICA DE OPERACIN INICIAL _______________________ 90 CLAUSULA 71.- AJUSTE DE LA TARIFA TECNICA ________________________________ 92 CLAUSULA 72.USUARIO COMPETENCIA PARA LA DETERMINACION DE LA TARIFA AL 106

CLAUSULA 73.DISPOSICIN Y DESTINACION ESPECIFICA DE LOS RECURSOS GENERADOS POR EL SISTEMA _______________________________________________ 106 CLAUSULA 74.PRINCIPAL CONDICIONES PARA LA DISPOSICION DE RECURSOS DEL FONDO 106

CLAUSULA 75.CONDICIONES PARA LA DISPOSICION DE RECURSOS DEL FONDO DE CONTINGENCIAS________________________________________________________ 107 CLAUSULA 76.- ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS __________________________ 111 CLAUSULA 77.VINCULACION DEL CONCESIONARIO AL BENEFICIO ECONOMICO DERIVADO POR LA EXPLOTACION COMERCIAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO____ 112 CLAUSULA 78.- PARTICIPACION DEL CONCESIONARIO _________________________ 112 CLAUSULA 79.- BONIFICACIONES ____________________________________________ 114

Pgina 3 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

CLAUSULA 80.METODOLOGIA DE CALIFICACIN PARA LA ASIGNACION DE BONIFICACIONES __________________________________________________________ 114 CLAUSULA 81.- DISTRIBUCION DE LAS BONIFICACIONES_______________________ 115 CLAUSULA 82.- MULTAS DEL CONTRATO ______________________________________ 116 CLAUSULA 83.MULTAS POR DEFICIENCIAS RELACIONADAS CON EL ESTADO DE LOS VEHICULOS 117 CLAUSULA 84.USUARIO CLAUSULA 85.MULTAS POR DEFICIENCIAS RELACIONADAS CON EL SERVICIO AL 120 MULTAS POR DEFICIENCIAS RELACIONADAS CON LA OPERACIN_ 121

CLAUSULA 86.- MULTAS RELACIONADAS CON OBLIGACIONES DE CARCTER INSTITUCIONAL O ADMINISTRATIVO_________________________________________ 124 CLAUSULA 87.AMBIENTAL MULTAS RELACIONADAS CON OBLIGACIONES DE CARCTER 126

CLAUSULA 88.MULTAS POR INFRACCIONES A OTRAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES __________________________________________________________ 127 CLAUSULA 89.- LIQUIDACION Y PAGO DE LAS MULTAS _________________________ 127 CLAUSULA 90.FONDO DE MULTAS Y BONIFICACIONES DEL SISTEMA TRANSMILENIO 129 CLAUSULA 91.- DISTRIBUCION DE RIESGOS DEL CONTRATO ____________________ 129 CLAUSULA 92.RIESGOS DEL CONTRATO ATRIBUIDOS AL CONCESIONARIO ___ 129

CLAUSULA 93.- FUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO ____________________________ 130 CLAUSULA 94.RIESGOS DEL CONTRATO ATRIBUIDOS A TRANSMILENIO ______ 131

CLAUSULA 95.- EQUILIBRIO ECONOMICO DEL CONTRATO ______________________ 133 CLAUSULA 96.- RESPONSABILIDADES FRENTE A TERCEROS ____________________ 133 CLAUSULA 97.GARANTIA DE CUMPLIMIENTO A CARGO DEL CONCESIONARIO 134

CLAUSULA 98.COBERTURA Y CONTENIDO MINIMO DE LA GARANTIA UNICA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO ____________________________________________ 134 CLAUSULA 99.- APROBACION DE LAS POLIZAS Y GARANTIAS____________________ 141 CLAUSULA 100.CLAUSULA 101.DE OPERACIN. CLAUSULA 102.CLAUSULA 103.CLAUSULA 104.CLAUSULA 105.CLAUSULA 106.CLAUSULA 107.SEGUROS SOBRE LOS VEHICULOS _________________________ 142 SEGUROS SOBRE LOS INMUEBLES QUE CONFORMAN LOS PATIOS 143 GARANTIA DE CUMPLIMIENTO A CARGO DE TRANSMILENIO ____ 143 PLAZO DEL CONTRATO ___________________________________ 145 ETAPA PREOPERATIVA ___________________________________ 145 ETAPA DE OPERACIN REGULAR __________________________ 145 ETAPA DE REVERSION ___________________________________ 146 TERMINACIN ANTICIPADA DEL CONTRATO _______________ 147

Pgina 4 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

CLAUSULA 108.TERMINACIN ANTICIPADA POR CAUSA O INCUMPLIMIENTO IMPUTABLE AL CONCESIONARIO ____________________________________________ 148 CLAUSULA 109.TERMINACIN ANTICIPADA POR CAUSA O INCUMPLIMIENTO IMPUTABLE A TRANSMILENIO S.A. ___________________________________________ 148 CLAUSULA 110.CLAUSULA 111.CLAUSULA 112.CLAUSULA 113.COMPENSACIN POR TERMINACIN ANTICIPADA __________ 149 TERMINACIN POR FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO ________ 150 TERMINACIN POR MUTUO ACUERDO ENTRE LAS PARTES______ 150 CONTINUIDAD DEL SERVICIO _____________________________ 150

CLAUSULA 114.PROCEDIMIENTO PARA LA TERMINACIN ANTICIPADA DEL CONTRATO DE CONCESIN _________________________________________________ 151 CLAUSULA 115.OBLIGACION DE REVERSION______________________________ 152

CLAUSULA 116.OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONCESIONARIO RESPECTO DE LA REVERSION 152 CLAUSULA 117.CLAUSULA 118.LA REVERSIN CLAUSULA 119.CLAUSULA 120.CLAUSULA 121.CLAUSULA 122.CLAUSULA 123.CLAUSULA 124.CLAUSULA 125.CLAUSULA 126.CLAUSULA 127.CLAUSULA 128.CLAUSULA 129.CLAUSULA 130.CLAUSULA 131.CLAUSULA 132.DIPLOMTICA CLAUSULA 133.BIENES REVERTIBLES____________________________________ 153 ESPECIFICACIONES DE LOS EQUIPOS Y DE LOS VEHCULOS PARA 153 PROCEDIMIENTO PARA LA REVERSIN ____________________ 153 OBLIGACIONES PARA LA REVERSION ANTICIPADA __________ 154 LIQUIDACION POR MUTUO ACUERDO ______________________ 155 LIQUIDACION UNILATERAL_______________________________ 155 TERMINACION UNILATERAL ______________________________ 155 MODIFICACION UNILATERAL _____________________________ 155 INTERPRETACION UNILATERAL ___________________________ 156 CADUCIDAD DEL CONTRATO______________________________ 156 ARREGLO DIRECTO ______________________________________ 156 CONCILIACION __________________________________________ 159 TRIBUNAL DE ARBITRAMENTO____________________________ 160 AMIGABLE COMPONEDOR ________________________________ 161 CLAUSULA PENAL PECUNIARIA ___________________________ 161 SUJECIN A LA LEY COLOMBIANA Y RENUNCIA A RECLAMACIN 162 RELACIONES ENTRE LAS PARTES__________________________ 162

CLAUSULA 134.HALLAZGOS ARQUEOLOGICOS, TESOROS, DESCUBRIMIENTOS DE MINAS U OTROS YACIMIENTOS ______________________________________________ 163 CLAUSULA 135.CLAUSULA 136.MONEDA DEL CONTRATO_________________________________ 163 VALOR DEL CONTRATO___________________________________ 163

Pgina 5 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

CLAUSULA 137.CLAUSULA 138.CLAUSULA 139.CLAUSULA 140.CLAUSULA 141.-

REGIMEN FISCAL DEL CONTRATO _________________________ 163 REGIMEN LEGAL ________________________________________ 164 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES__________________ 164 DOMICILIO CONTRACTUAL._______________________________ 164 DOCUMENTOS DEL CONTRATO____________________________ 165

Entre los suscritos, a saber: por una parte, la sociedad EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO - TRANSMILENIO S.A., sociedad por acciones constituida entre entidades pblicas del orden distrital bajo la forma de sociedad annima de carcter comercial con aportes pblicos, autorizada mediante Acuerdo No. 004 del 4 de febrero de 1999 del Concejo de Bogot, constituida mediante escritura pblica nmero 1528 del 13 de octubre de 1999, y registrada en la cmara de comercio el 21 de octubre de 1999, quien en el presente contrato acta a travs de su representante legal, EDGAR ENRIQUE SANDOVAL CASTRO, identificado con la cdula de ciudadana nmero 79486.743 de Bogot, a quien en adelante se har referencia para todos los efectos como TRANSMILENIO S.A.; y por la otra la sociedad METROBUS S.A., quien en el presente contrato acta a travs de su representante legal, EDUARDO GIRALDO MEJIA, identificado con cdula de ciudadana nmero 3228.090 de Usaqun, a quien en adelante se har referencia para todos los efectos legales como el CONCESIONARIO. Suscriben solidariamente el presente contrato, de acuerdo con lo contenido en la proforma 5.4 de la propuesta, las siguientes personas naturales y los representantes legales de las siguientes empresas, quienes demostraron su calidad de tales y sus respectivas facultades con sendos certificados de existencia y representacin legal y las actas de los rganos sociales competentes de cada sociedad mediante las cuales se imparti la respectiva autorizacin, cuando a ello hubo lugar, documentos que formaron parte de la propuesta presentada a TRANSMILENIO S.A. en desarrollo de la Invitacin a Cotizar N 010 de 2000 INTEGRANTE: HENRY CUBIDES OLARTE RAFAEL MEJA RUZ COLTANQUES LTDA. COLVANES LTDA. COMPAA METROPOLITANA DE TRANSPORTES S.A. BUSES ROJOS LTDA. UNIVERSAL AUTOMOTORA DE TRANSPORTES S.A. SOCIEDAD DE TRANSPORTES LOS HALCONES S.A. REPRESENTADO POR: Personalmente Personalmente Francisco Javier Maldonado Eduardo Giraldo Meja Rafael Meja Ruiz Rafael Meja Ruiz Luis Alberto Gonzlez G. Pablo Emilio Bocarejo H. CDULA: 1'094.204 de Moniquir 79'110.311 de Fontibn 16'359.758 de Tula (Valle) 3'228.090 de Usaqun 79'110.311 de Fontibn 79'110.311 de Fontibn 117.637 de Bogot 17'152.855 de Bogot

Pgina 6 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

CONSIDERANDO:

(i) Que mediante Resolucin No. 21 del 12 de noviembre de 1999, TRANSMILENIO S.A. convoc a la Licitacin Pblica No. 001-99 con el objeto de entregar en concesin: la explotacin comercial del servicio pblico de transporte terrestre automotor masivo urbano de pasajeros bajo la modalidad de vehculos automotores sobre las troncales del Sistema TransMilenio y, as como las reas de soporte tcnico dispuestas por el Sistema TransMilenio para el mantenimiento de la flota que el concesionario incorpore a la prestacin del servicio; (ii) Que mediante la Resolucin No. 026 del 10 de abril del 2000, fue declarada parcialmente desierta la Licitacin Pblica No. 001-99; (iii) Que con ocasin de la declaratoria de desierta parcial mencionada en el subnumeral anterior, y en atencin a lo previsto en la letra g) numeral 1 del artculo 24 de la Ley 80 de 1993, TRANSMILENIO S.A. determin llevar a cabo un proceso de contratacin directa mediante la formulacin de invitacin a cotizar, con el propsito de otorgar en concesin la explotacin econmica del servicio pblico de transporte terrestre automotor urbano masivo de pasajeros en la ciudad de Bogot, D.C. y su rea de influencia, sobre las troncales del Sistema TransMilenio y respecto de los grupos de servicios que se originen en las estaciones que conformen o llegaren a conformar el Sistema TransMilenio, mediante la vinculacin inicial a la operacin troncal de una flota de noventa (90) vehculos, y la infraestructura constituida por las reas de soporte tcnico que forman parte de los patios de operacin con ubicacin en el Extremo de la troncal Avenida Caracas Tunal; (iv) Que adelantado el proceso de seleccin para la contratacin directa antes referido, mediante resolucin N057 del 6 de julio de 2000, fue adjudicado el contrato respectivo a CONSORCIO METROBUS, quien en el presente contrato se ha denominado el CONCESIONARIO, acto administrativo que fue notificado personalmente al adjudicatario el 06 de julio del ao 2000, el cual hace parte integrante del presente contrato. (v) Que en la fecha se encuentra vigente el plazo previsto en los trminos de referencia para la suscripcin del contrato de concesin adjudicado; (vi) Que en consideracin de lo anterior, las partes han decidido celebrar el presente contrato, el que incorpora el siguiente contenido:

Pgina 7 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

PREFACIO DEFINICIONES 1.1 Abuso de la posicin dominante: lo constituyen las prcticas comerciales, operativas y financieras desarrolladas por un concesionario, tendientes a restringir la libre competencia en el mercado del transporte pblico de pasajeros, ejercidas en consideracin a su posicin en el mercado, y en general cualquiera de las conductas establecidas en el artculo 50 del decreto 2153 de 1.992, y de las dems normas legales o reglamentarias que lo complementen, sustituyan o deroguen. 1.2 Acto de autoridad: es el acto administrativo expedido por una autoridad competente, en ejercicio de sus facultades constitucionales y/o legales. 1.3 Adjudicatario: se entiende por tal el proponente a quien se le ha efectuado alguna adjudicacin dentro de la Invitacin a Cotizar No. 010 de 2000 convocada por TRANSMILENIO S.A., como consecuencia de la evaluacin de su propuesta, habindose verificado la concurrencia de las condiciones y requisitos previstos para dichos efectos por el pliego de condiciones pertinente. Amigable composicin tcnica: es el mecanismo de solucin de conflictos mediante el cual las partes seleccionan una persona natural o jurdica con formacin y experiencia en aspectos de ndole tcnico relacionados con el objeto y actividades del contrato de concesin, para que defina las diferencias que existan entre las partes rea de soporte tcnico: es la zona del patio de operacin en la cual se instalarn todos los equipos e infraestructura necesarios para la prestacin de los servicios de lavado, abastecimiento de combustible y mantenimiento tcnico de los vehculos que conforman la flota al servicio de la operacin troncal del Sistema TransMilenio.

1.4

1.5

1.6 rea de parqueo: es la zona del patio de operacin destinada al estacionamiento de los vehculos que conforman la flota al servicio de la operacin troncal del Sistema TransMilenio. 1.7 Autobs alimentador: Bus, buseta o microbs de tipologa comn, que circula principalmente por vas secundarias de la ciudad, movilizando pasajeros de las reas urbanas o suburbanas

Pgina 8 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

perifricas hacia las estaciones de integracin del Sistema TransMilenio, con operacin y tarifa integradas con las de la operacin troncal. 1.8 Autobs troncal: Autobs de tipologa especial que atiende las caractersticas y condiciones previstas en el presente contrato de concesin, que opera en los corredores troncales especialmente construido para el transporte masivo de pasajeros. 1.9 Boleto magntico: Medio de pago del servicio de transporte de pasajeros en el Sistema TransMilenio. 1.10 Bolsa de ingresos: monto total de ingresos provenientes de la venta de pasajes a los usuarios del Sistema TransMilenio. 1.11 Canasta de costos de operacin: representa el conjunto de costos incurridos por kilmetro de operacin troncal de acuerdo a la estructura de costos de un operador tipo. 1.12 Carga promedio de vehculo: nmero medio de pasajeros por vehculo medido en un intervalo de tiempo y un tramo de va determinado, durante un periodo de evaluacin que es determinado de acuerdo con las necesidades del servicio establecidas por TRANSMILENIO S.A. 1.13 Carga promedio del sistema: es el promedio de la carga promedio de los vehculos para todos los vehculos del sistema. 1.14 Centro de control: Lugar especialmente acondicionado que integra los equipos, software, datos y personal, para la localizacin, seguimiento, coordinacin y dems actividades de gestin de la flota del Sistema TransMilenio 1.15 Certificado de vinculacin al servicio: es el documento que acredita el cumplimiento por parte del concesionario de los prerrequisitos establecidos por el contrato de concesin para permitir la incorporacin de un autobs troncal a la operacin troncal, con el propsito de prestar el servicio de transporte masivo de pasajeros en el Sistema TransMilenio. 1.16 Cobros marginales por transbordos: Fraccin de una tarifa completa cobrada a un usuario para realizar un trasbordo entre autobuses troncales, y/o entre estos y los autobuses alimentadores, y/o entre los autobuses troncales y otros sistemas de transporte que se lleguen a integrar tarifaria u operativamente al Sistema TransMilenio.

Pgina 9 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

1.17 Concedente: es la entidad pblica contratante de una concesin, quien en virtud del contrato otorga a una persona llamada concesionario la prestacin, operacin, explotacin, organizacin o gestin, total o parcial, de un servicio pblico, y/o la explotacin o conservacin total o parcial, de una obra o bien destinados al servicio o uso pblico, as como todas aquellas actividades necesarias para la adecuada prestacin o funcionamiento de la obra o servicio por cuenta y riesgo del concesionario y bajo la vigilancia y control de la entidad concedente, a cambio de una remuneracin que puede consistir en derechos, tarifas, tasas, valorizacin, o en la participacin que se le otorgue en la explotacin del bien, o en una suma peridica, nica o porcentual y, en general, en cualquier otra modalidad de contraprestacin que las partes acuerden, calidad que para este caso corresponde a la sociedad TRANSMILENIO S.A. 1.18 Concesionario : es la persona que se desempea como contratista de la entidad concedente, quien en virtud del contrato asume la prestacin, operacin, explotacin, organizacin o gestin, total o parcial, de un servicio pblico, y/o la explotacin o conservacin total o parcial de un bien destinados al servicio o uso pblico, as como todas aquellas actividades necesarias para la adecuada prestacin o funcionamiento de la obra o servicio por cuenta y riesgo del concesionario y bajo la vigilancia y control de la entidad concedente, a cambio de una remuneracin que puede consistir en derechos, tarifas, tasas, valorizacin, o en la participacin que se le otorgue en la explotacin del bien, o en una suma peridica, nica o porcentual y, en general, en cualquier otra modalidad de contraprestacin que las partes acuerden, calidad que para este caso corresponde al proponente que ha resultado adjudicatario de la Invitacin a Cotizar No. 010 de 2000. 1.19 Conciliacin: mecanismo por medio del cual, las partes de una relacin contractual en conflicto buscan dirimir sus desacuerdos, mediante la intervencin de una persona denominada conciliador, autorizada por la ley para cumplir dicha funcin, quien tiene el cometido de proponer frmulas de solucin que las partes podrn o no acoger para la solucin de sus conflictos. 1.20 Contingencia: Hecho, situacin o circunstancia inesperada aunque previsible, constitutivo de siniestros o daos que afectan la normal y adecuada prestacin del servicio. 1.21 Contrato de concesin: Contrato celebrado entre TRANSMILENIO S.A. y el CONCESIONARIO como consecuencia de la Invitacin a Cotizar No. 010 de 2000.

Pgina 10 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

1.22 Corredores troncal: son carriles designados sobre las vas arterias o secundarias de la ciudad que determine TRANSMILENIO S.A., para la circulacin permanente y en algunos casos exclusiva de los autobuses troncales, en funcin de la prestacin del servicio de transporte masivo de pasajeros del Sistema TransMilenio. 1.23 Demanda (riesgo de): es la contingencia consistente en la posibilidad de que se presente una disminucin en el nmero de pasajeros pagos frente a los que fueron estimados por el CONCESIONARIO al momento de estructurar su propuesta econmica dentro de la Invitacin a Cotizar No. 010 de 2000 convocada por TRANSMILENIO S.A. 1.24 Emergencia: Sucesos o accidentes sbitos que requieren accin inmediata. 1.25 Empresa operadora: es la organizacin de personas, bienes, equipos y medios de produccin, bajo la responsabilidad del CONCESIONARIO, que tiene como finalidad la produccin de servicios de transporte para apoyar la actividad de operacin troncal del Sistema TransMilenio. 1.26 Estacin: Es el lugar autorizado para el ascenso y el descenso de pasajeros 1.27 Estaciones de integracin de cabecera: son los puntos de inicio y finalizacin de las rutas troncales, en los que se realizan transbordos entre rutas troncales, alimentadoras e intermunicipales, mediante las cuales se recogen y despachan pasajeros desde y hacia la red alimentadora urbana e intermunicipal. 1.28 Estaciones de integracin intermedia: son puntos sobre los corredores principales en los que los usuarios pueden realizar transbordos entre rutas alimentadoras urbanas y rutas troncales. 1.29 Estaciones sencillas: son los puntos de parada sobre los corredores principales, en las cuales no existe integracin fsica entre las rutas alimentadoras y el sistema troncal. 1.30 Estanqueidad: Se refiere a la propiedad del material que recubre el piso del vehculo, en cuanto debe garantizar que este permanezca libre de filtraciones, y que por lo tanto tenga la capacidad de contener los lquidos. 1.31 Estimacin anticipada convencional de perjuicios: es la valoracin que las partes contratantes hacen en el texto del contrato, en

Pgina 11 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

ejercicio de la autonoma de la voluntad y de mutuo acuerdo, respecto de las sumas por las cuales se aceptar como pago suficiente y adecuado, la reparacin de daos y perjuicios por concepto de dao emergente, de lucro cesante, sanciones e indemnizaciones, causados por una parte contratante a la otra, como consecuencia directa o indirecta de los hechos u omisiones de la contraparte, cualquiera que sea el monto efectivo de los gastos, daos, sanciones o indemnizaciones realmente causadas. 1.32 Estndares de operacin: es el conjunto de parmetros asociados con un nivel de servicio adecuado al pasajero, entre los cuales se incluyen accesibilidad, condiciones de aseo, comodidad y mantenimiento de los vehculos, regularidad en el servicio y seguridad. 1.33 Explotaciones colaterales del sistema: son las actividades lucrativas y/o comerciales que pueden desarrollarse dentro del marco de la ley, a partir del valor agregado o usos comerciales alternativos de la infraestructura del Sistema, y de los activos o valores intangibles que se derivan de la actividad ordinaria del Sistema TransMilenio. 1.34 Financiabilidad del proyecto (riesgo de): es la contingencia que se presenta respecto de la posibilidad de que los organismos financieros le concedan al CONCESIONARIO la financiacin necesaria y adecuada para cumplir con las obligaciones de inversin que le impone el contrato de concesin. 1.35 Financiero (riesgo): es la contingencia que representa la movilidad del costo del proyecto como resultado de la posible variacin de las tasas de inters de la tasa de cambio, en exceso de los mrgenes tcnicamente previsibles conforme al comportamiento y las tendencias econmicas del pas del mercado financiero internacional. 1.36 Fecha de inicio de la operacin regular del Sistema TransMilenio: es la fecha en la cual se incorpora flota del CONCESIONARIO en la operacin del Sistema TransMilenio para la prestacin efectiva del servicio de transporte pblico de pasajeros, cualquiera que sea el nmero de vehculos que conforme al flota que se vincule a la prestacin del servicio. 1.37 Flota: Es el conjunto de vehculos con las caractersticas, especificaciones y tipologa previstas por el contrato de concesin y requeridos por el Sistema TransMilenio para la prestacin del servicio pblico de transporte masivo urbano de pasajeros bajo la modalidad terrestre automotor, a travs de la operacin troncal.

Pgina 12 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

1.38 Flota requerida: es el conjunto de vehculos necesario para la atencin de la demanda del Sistema TransMilenio bajo los niveles y estndares operativos determinados por TRANSMILENIO S.A. 1.39 Flujo de caja (riesgo): es la contingencia consistente en la posibilidad de que, por cualquier razn ordinaria o extraordinaria, se llegue a generar un menor valor de ingresos efectivos respecto de lo presupuestado por el CONCESIONARIO, sin perjuicio de su obligacin de seguir asumiendo a su propio y exclusivo cargo los costos plenos de su operacin. 1.40 Frecuencia de servicio: es la tasa de paso de vehculos en una unidad de tiempo de un servicio determinado. 1.41 Grupo de servicios troncales: Conjunto de servicios troncales que se originan en una misma estacin de integracin. 1.42 Habilitacin: es la autorizacin expedida por la autoridad competente en cada modo de transporte para la prestacin del servicio pblico de transporte, en los trminos del Artculo 11 del Decreto 2353 de 1996 1.43 Hora pico (u Hora crtica): El intervalo de 60 minutos en el que se presenta el mayor nmero de pasajeros en el sistema de transporte. 1.44 Implantacin del sistema (riesgo de): es el impacto que en los costos y en el retorno de la inversin previstos por el CONCESIONARIO, puedan tener factores internos o externos al Sistema TransMilenio, que dificulten, retrasen o dilaten el proceso de implantacin o puesta en marcha del mismo, tales como los siguientes, que se citan a ttulo meramente enunciativo: (i) retardos en el inicio de la operacin por retrasos en la entrega de las obras de infraestructura por encima del plazo mximo establecido (ii) retardos en el inicio de la operacin por problemas en la implantacin del recaudo del sistema por encima del plazo mximo establecido, o (iii) retardos en el inicio de la operacin por problemas en la implantacin del sistema alimentador por encima del plazo mximo establecido. 1.45 ndices de Operacin: Indicador que refleja el estado y la evolucin de la operacin del vehculo y/o del grupo de vehculos que conforman la flota del CONCESIONARIO. 1.46 Indicadores de desempeo: Mtricas que se siguen para constatar el cumplimiento de los objetivos y planes trazados para la operacin troncal.

Pgina 13 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

1.47 Infraestructura de transporte del Sistema TransMilenio: Es el conjunto de corredores, estaciones, inmuebles, obras de infraestructura, mobiliario urbano y espacio pblico que se integra a la prestacin del servicio pblico masivo de transporte de pasajeros bajo la modalidad terrestre automotor en la ciudad de Santa Fe de Bogot. 1.48 Intervalo: es el periodo de tiempo que transcurre entre el paso de dos vehculos sucesivos por el mismo punto. 1.49 Itinerario: Recorrido efectuado por un autobs troncal, por una (1) sola vez, en una ruta o servicio programado, en un horario asignado. 1.50 Kilmetros programados: es el nmero de kilmetros que el operador debe recorrer conforme a la programacin de la operacin troncal del Sistema TransMilenio. 1.51 Mantenimiento preventivo: intervenciones efectuadas en los vehculos tendientes a precaver el deterioro o falla del vehculo, y garantizar su funcionalidad en optimas condiciones de operacin. 1.52 Mantenimiento correctivo: Reparacin inmediata de los vehculos que presenten fallas o desperfectos de cualquier naturaleza. 1.53 Mecanismos de cobertura: es el conjunto de estrategias, procedimientos, previsiones y condiciones de negocio que tienen como efecto directo o indirecto, total o parcial, la mitigacin de los efectos que un riesgo pueda generar en el caso de ocurrir. 1.54 Medio de pago: se refiere a los medios que se utilizan para constatar el pago de la tarifa por la utilizacin de los servicios del Sistema TransMilenio, siendo en este caso el boleto magntico y la tarjeta inteligente. 1.55 Niveles de servicio: Objetivos a alcanzar por la flota y que el SGF planifica y controla para efectos de medicin de desempeo 1.56 Normas ISO 9000: normativa expedida por la Organizacin Internacional de Estandarizacin, para la estandarizacin de procesos para empresas productoras de bienes o de servicios. 1.57 Operacin de alimentacin del Sistema TransMilenio: es la actividad desarrollada por los autobuses de alimentacin, tendiente a la prestacin del servicio de transporte de pasajeros para canalizar la demanda del servicio de las reas perifricas de la ciudad hacia la operacin troncal.

Pgina 14 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

1.58 Operaciones de crdito conexas: son las transacciones, negocios u operaciones realizadas por el CONCESIONARIO con entidades financieras o con terceros, tendientes a obtener las facilidades de liquidez, recursos de capital, bienes y servicios con apalancamiento del financiador, que le permitan realizar las inversiones directamente asociadas a la ejecucin del objeto del contrato de CONCESION. 1.59 Operacin de servicios de transporte pblico: Se entiende por operacin de servicios de transporte pblico la actividad mediante la cual se administra, planea y presta el servicio de transporte pblico de pasajeros, autorizado por la autoridad competente. 1.60 Programa de servicios de operacin: conjunto de parmetros que definen un plan operacional especfico para un operador del Sistema TransMilenio, e incluye recorridos, frecuencias, horas de partida de los vehculos y estaciones a servir. 1.61 Patio de Operacin: Se entiende por patio de operacin el lote de terreno en el cual se encuentran ubicadas las reas de soporte tcnico y el rea de parqueo de los vehculos que conforman la flota que se encuentra al servicio de la operacin del Sistema TransMilenio. 1.62 Permiso de operacin: es la autorizacin para prestar el servicio pblico de transporte en reas de operacin, rutas y horarios o frecuencias de despacho especficas, de acuerdo con lo establecido en los artculos 16 y 17 del Decreto 2353 de 1.996. 1.63 Puntos de parada: Se refiere a las estaciones sencillas, estaciones de integracin de cabecera o estaciones de integracin, en las que los autobuses troncales se encuentran obligados a parar conforme a la planeacin de los servicios, y en desarrollo de la operacin. 1.64 Puntos de venta: Se definen puntos de venta como los lugares donde se venden, dispensan o recargan los Medios de pago. 1.65 Recaudador: Es la persona - en el caso de un proponente individual o grupo de personas - en el caso de proponente plural - que realizan todas las actividades del recaudo descritas en este documento. 1.66 Recuperacin del valor de salvamento del equipo como resultado de la participacin del CONCESIONARIO en el Sistema TransMilenio (riesgo de): el que se entiende como la eventual imposibilidad de amortizar la inversin en vehculos efectuada por el concesionario, por el agotamiento del trmino del contrato.

Pgina 15 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

1.67 Reposicin de flota: es el procedimiento mediante el cual se efecta el ingreso de un vehculo nuevo en sustitucin de otro que sale definitivamente del servicio y que ser sometido a un proceso de desintegracin fsica total, para lo cual se cancelar su matrcula. 1.68 Responsabilidad civil contractual y extracontractual: es la obligacin jurdicamente exigible por parte de una persona respecto de otra, que surge de los hechos, omisiones, actos y contratos. 1.69 Ruta : Secuencia de paradas que deben efectuar los autobuses segn las rutinas de servicio diseadas por TRANSMILENIO S.A. 1.70 Rutas alimentadoras: Rutas provenientes de la periferia de la ciudad que canalizan la demanda del servicio hacia el Sistema TransMilenio, mediante su integracin operativa y tarifaria con el sistema troncal. 1.71 Rutina de servicio: secuencia de itinerarios que un autobs recorre en uno o ms servicios en un periodo de tiempo determinado. 1.72 Sistema de Gestin de Flota: Sistema de gestin de flota a ser implantado durante la Fase 1 del proyecto TransMilenio 1.73 Servicio corriente: Servicio de transporte con paradas en todas la estaciones de una ruta 1.74 Servicio expreso: Servicio de transporte que nicamente se detiene en ciertas estaciones designadas 1.75 Servicio: la prestacin del servicio pblico de transporte de pasajeros mediante la circulacin de vehculos en rutas e itinerarios programados dentro del Sistema TransMilenio. 1.76 Servicio pblico de transporte terrestre automotor masivo urbano de pasajeros mediante la operacin troncal del Sistema TransMilenio: es el servicio pblico consistente en la movilizacin de personas en forma masiva, utilizando el modo de transporte vehicular bajo la modalidad de autobuses, a travs del conjunto de troncales del Sistema TransMilenio, dentro del permetro urbano de la ciudad de Bogot D.C., y su zona de influencia, en condiciones de libertad de acceso, calidad y seguridad de los usuarios, sujeto a una contraprestacin econmica. 1.77 Servicio (o servicio troncal): es una lnea de bus que recorre corredores exclusivos de transporte masivo, y est definido por un recorrido, una frecuencia, y unas estaciones en las cuales los vehculos se detienen a recoger y dejar pasajeros.

Pgina 16 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

1.78 Sistema de localizacin: Sistema de comunicacin satelital que permite ubicar la posicin exacta de los vehculos en todo momento 1.79 Sistema de recaudo: Lo constituyen todos los equipos, infraestructura y procesos que permiten realizar las actividades de recaudo por la venta de pasajes para la utilizacin del Sistema TransMilenio. 1.80 Sistema TransMilenio: Es el conjunto de infraestructura, predios, bienes, equipos, instalaciones y sistemas de operacin y control, que conforman el sistema de transporte terrestre automotor masivo de pasajeros bajo la modalidad de autobuses de la ciudad de Bogot D.C. 1.81 Sistema troncal: es el conjunto de corredores troncales que integra el Sistema TransMilenio. 1.82 Tamao de flota: nmero de vehculos ofrecido por el proponente en su propuesta, segn las posibilidades que al efecto habilita el presente pliego de condiciones. 1.83 Tarifa tcnica de operacin: Tarifa que cubre todos los gastos de operacin del sistema 1.84 Tarifa al usuario: es el costo del pasaje para la utilizacin de los servicios del Sistema TransMilenio, que se cobra a los pasajeros del Sistema. 1.85 Tarjeta inteligente sin contacto: Medio de pago el cual puede ser cargado y recargado y del cual se descuenta la tarifa exacta por viaje que debe pagar el usuario. 1.86 Toma de posesin del proyecto: es el procedimiento mediante el cual el financiador del CONCESIONARIO asume ante TRANSMILENIO S.A., las responsabilidades y derechos que el presente contrato confiere al CONCESIONARIO, previa autorizacin expresa y escrita de TRANSMILENIO S.A., y habiendo dado cumplimiento a los requisitos establecidos al efecto en el presente contrato de concesin. 1.87 Tramo crtico: es el tramo de un corredor determinado por lmites predefinidos, en el cual se presenta el mayor nmero de pasajeros transportados durante un periodo de tiempo fijo. 1.88 TRANSMILENIO S.A.: Es la entidad pblica contratante, identificada en los trminos previstos el prrafo inicial del presente contrato, o cualquier empresa o entidad pblica, privada o mixta que en el

Pgina 17 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

futuro la sustituya. 1.89 Transmisor: Elemento colocado dentro del autobs que transmite al satlite que se comunica con el centro de control del Sistema TransMilenio la posicin exacta del bus. 1.90 Transporte masivo: es la actividad de transporte de pasajeros de forma masiva y organizada. 1.91 Tribunal de arbitramento: rgano compuesto por un numero impar de personas denominadas rbitros, los cuales deciden sobre la solucin de un conflicto en el que las partes expresamente han renunciado a acudir a la justicia ordinaria. 1.92 Troncal: va principal integrante del Sistema TransMilenio, dotada de infraestructura urbana especial y especfica para la circulacin de los vehculos troncales del sistema, para el acceso, embarque y desembarque de pasajeros, y para el recaudo del valor de los pasajes por el uso del Sistema TransMilenio, definida como troncal para efectos de la operacin por TRANSMILENIO S.A. 1.93 Unidad lgica: Es el equipo a instalarse en los autobuses troncales para su localizacin, control, gestin y comunicacin con el centro de control. 1.94 Variacin del precio de los insumos de operacin (riesgo de): es la contingencia que se deriva de la posibilidad de que la variacin en los insumos para la operacin genere un desfase entre el ingreso percibido a travs del dividendo y los costos de operacin del CONCESIONARIO. 1.95 Zona de influencia del sistema: zona o rea urbana o perifrica que tiene acceso directo o indirecto a los servicios del Sistema TransMilenio, y en la cual la movilidad de los ciudadanos se ve beneficiada por los servicios de alta capacidad del sistema.

Pgina 18 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

PARTE I DESCRIPCION DEL SISTEMA TRANSMILENIO TITULO 1 - INTRODUCCION 1.1. La Alcalda Mayor de Bogot, ha creado el Sistema TransMilenio como una estrategia dentro del plan Por la Bogot que queremos, como poltica para solucin de los problemas de movilidad de la capital, y bajo la perspectiva de priorizar el sistema de transporte pblico masivo frente a los sistemas de transporte individuales. 1.2. El proyecto se ha estructurado sobre la base de la reglamentacin legal que rige la implantacin y operacin de sistemas para el transporte masivo de pasajeros, contando con una infraestructura especial para la mayor parte del Sistema, que es destinada de manera especfica a la funcionalidad del mismo, la utilizacin de equipos de transporte que tienen especificaciones funcionales y tcnicas particulares, y un esquema de gestin que combina de manera organizada los dos anteriores elementos bajo un solo sistema, para transportar un alto volumen de pasajeros, y as dar respuesta a las necesidades de movilizacin de los habitantes de Bogot, D.C., y su zona de influencia. TITULO 2 - PRINCIPIOS Y OBJETIVOS DEL SISTEMA TRANSMILENIO 2.1 El diseo del Sistema TransMilenio, est fundamentado en el respeto de los derechos fundamentales a la vida, a la igualdad y a la diversidad, y se orienta a que mediante la participacin integral del sector privado en la operacin troncal del Sistema TransMilenio, se logren los siguientes propsitos perseguidos por el Sistema. 2.2 Es propsito del Sistema TransMilenio mejorar la calidad de vida de los usuarios del Sistema TransMilenio y de los habitantes de Bogot, D.C., garantizar la eficiencia en la operacin troncal del Sistema TransMilenio, con el menor costo posible de la tarifa del servicio al usuario, maximizar la eficiencia de la movilizacin de pasajeros dentro del Sistema TransMilenio, garantizar la calidad y seguridad del servicio y la adecuada atencin a los pasajeros del Sistema TransMilenio, generar una mayor dinmica econmica en la ciudad de Bogot, mediante el incremento de la eficiencia en el transporte pblico terrestre automotor urbano masivo de pasajeros que sea percibida por los usuarios para incentivar el uso del Sistema TransMilenio entre la ciudadana, promover la aceptacin cultural de los medios de transporte masivo entre la ciudadana, y prestar un servicio de transporte econmico eficiente e ininterrumpido 2.3 Las finalidades del Sistema TransMilenio sern tenidas en cuenta para la adecuada comprensin e interpretacin del presente contrato de concesin, especialmente en lo que concierne a sus reglas y condiciones, as como para determinar el alcance de los derechos y obligaciones que el mismo atribuye a las partes.Pgina 19 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

TITULO 3 - INFRAESTRUCTURA DEL SISTEMA TRANSMILENIO 3.1 El Sistema TransMilenio estar basado en corredores principales (troncales), con carriles que en su mayora estarn destinados exclusivamente para la operacin del Sistema TransMilenio, sobre los cuales circularn confinados los vehculos de transporte masivo de alta capacidad. Esta red de corredores principales ser complementada por rutas secundarias (alimentadoras) operadas con buses de menor capacidad. 3.2 La implementacin de corredores troncales especializados, dotar en su mayora al Sistema con carriles de uso exclusivo, estaciones, puentes y plazoletas de acceso peatonal, especial y especficamente diseados para facilitar a los usuarios el uso del sistema, espacios que sern diseados con criterios de respeto, armona y renovacin del espacio pblico urbano. 3.2 La infraestructura del Sistema TransMilenio ser desarrollada inicialmente mediante la habilitacin de la Avenida Caracas, la Autopista Norte y la Calle 80, y posteriormente se desarrollarn la Avenida Suba, la Avenida Norte Quito Sur, el Corredor Frreo del Sur, y la Avenida de las Amricas, conjunto de vas que conformar inicialmente el sistema de vas troncales de TransMilenio. 3.3 El sistema de vas troncales tendr puntos de parada fijos, los cuales estarn situados en distancias que oscilan en un rango alrededor de los 500 mts., y ubicando estaciones sencillas, estaciones de integracin y estaciones de integracin intermedias de cabecera. Los puntos de acceso a las estaciones se ubicarn siempre en los extremos de las estaciones, que se dotarn de los torniquetes que permitirn la entrada y salida de los usuarios, y una cabina de venta de medios de pago (boletos, tarjetas inteligentes) para el uso del Sistema TransMilenio. 3.4 En los andenes frente a los accesos de las estaciones, se conformarn en la mayora de los casos espacios o plazoletas en las que los ciudadanos podrn encontrar telfonos pblicos, informacin del sistema de transporte, informacin de la ciudad, bancas, canecas e iluminacin; en algunos puntos podra llegar a existir incluso cajeros automticos, dispensadores de bebidas, entre otros, todo lo cual ser determinado por TRANSMILENIO S.A. 3.4 El Sistema contar tambin con patios de operacin ubicados en los extremos de los corredores del sistema troncal, en los que se encontrar con un rea de soporte tcnico y un rea de parqueo. TITULO 4 - MECANISMOS DE REGULACION Y CONTROL DEL SISTEMA TRANSMILENIO 4.1 La Autoridad nica de Transporte del Distrito Capital es la Secretara de Trnsito y Transporte, quien ejercer las facultades que le otorga la Ley respecto de la actividad de transporte pblico de pasajeros en la ciudad de Bogot. 4.2 El Ministerio de Transporte, la Alcalda Mayor de Bogot, la Secretara de Trnsito y Transporte, y los rganos de coordinacin interinstitucional de carcter distrital,Pgina 20 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

desempearn las competencias y facultades que les atribuyan la Ley o sus reglamentos, y estarn sujetas en el ejercicio de sus funciones a las condiciones que determine actualmente la Ley, y las que se lleguen a establecer en el futuro. 4.3 TRANSMILENIO S.A. ser la titular del Sistema TransMilenio, y en tal calidad desarrollar las actividades de planeacin estructural, gestin y control del Sistema TransMilenio, impartir las directrices requeridas para la operacin del Sistema. De esta forma TRANSMILENIO S.A. determinar las necesidades y proyectos de expansin del Sistema, definir la coordinacin y complementacin del Sistema con otros modos de transporte colectivo y/o masivo; y coordinar la actividad de la operacin troncal y alimentadora del Sistema desarrollada por empresas privadas, determinando las rutas, frecuencias y dems factores de la operacin, que tengan incidencia sobre las variables que procuren su eficiencia como medio masivo para el transporte de pasajeros . 4.4 La planeacin de la operacin regular del Sistema se establecer a travs de procedimientos participativos, que permitirn la intervencin activa de los operadores troncales en la planeacin de la operacin del Sistema mediante el Comit de Operadores Troncales que formar parte integral del diseo institucional del Sistema TransMilenio. 4.4 El Sistema TransMilenio tendr un centro de control con el cual establecern comunicacin los autobuses troncales, a travs de equipos de comunicacin y unidades lgicas, que permitirn controlar permanentemente los recorridos de todos y cada uno de los vehculos vinculados al servicio, y obtendr informacin permanente, actualizada y en tiempo real respecto de la posicin de los vehculos, los kilmetros recorridos por cada uno de los vehculos, y sus situaciones de excepcin, emergencias y condiciones de operacin. 4.5 La operacin y el control del Sistema estarn sometidos a los manuales y reglamentos que se expidan, y en los que se establecern condiciones, procedimientos y mecanismos de operacin y control. TITULO 5 - VEHICULOS DE OPERACIN DEL SISTEMA TRANSMILENIO 5.1 El sistema se dotar principalmente con vehculos articulados, que tendrn especificaciones adecuadas a las caractersticas de la infraestructura que se utilizar para su funcionalidad, y al diseo operativo del sistema, los cuales debern tener especificaciones tcnicas particulares que mitigan el impacto ambiental de su operacin en la ciudad de Bogot. 5.2 Los vehculos debern ser mantenidos durante el tiempo de la concesin en condiciones de calidad que sern establecidas y controladas sistemticamente por TRANSMILENIO S.A. 5.3 Los vehculos operarn de manera exclusiva para el Sistema TransMilenio, y sern de propiedad de los concesionarios. TITULO 6 - RENTAS DEL SISTEMA Y SISTEMAS DE PAGOS

Pgina 21 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

6.1 El Sistema TransMilenio ha sido diseado como un sistema autnomo en sus flujos y por lo tanto autosostenible, con la finalidad de que no requiera en el tiempo de ningn tipo de subsidio externo a la operacin, siendo su fuente principal de ingresos las rentas provenientes de la venta del servicio de transporte pblico de pasajeros, a travs de las cuales debe generarse el nivel de flujos requerido para remunerar a todos los agentes del Sistema. 6.2 La tarifa al usuario ha sido diseada como una tarifa de equilibrio, tcnicamente estructurada, que est en condiciones de reflejar la variacin de costos del sistema. Por equilibrio se entiende la incorporacin a la tarifa de los costos, gastos de operacin y utilidades que el sistema de transporte requiere para prestar el servicio bajo los parmetros de operacin establecidos. La tarifa incluir los costos de operacin del sistema troncal, el costo de la alimentacin, el costo del sistema y operacin de recaudo, el costo del ente gestor y el costo de la administracin fiduciaria de los recursos. 6.3 El Sistema tiene previsto un mecanismo tcnico e independiente, establecido contractualmente, para la actualizacin peridica de la tarifa, de tal forma que los cambios en la estructura de costos de operacin de la industria se incorporen dentro de dicho mecanismo. 6.4 La tarifa al usuario ha sido estructurada sobre la base de la tarifa tcnica de operacin, y ser nica e integrada dentro del sistema. La tarifa nica e integrada implica que el sistema tendr un solo precio para el usuario, independientemente de la longitud de los trayectos, de la zona en donde se utilice el sistema, el uso de uno o ms servicios troncales o el uso de estos en combinacin con una o ms rutas alimentadoras. 6.5 Para la venta del servicio de transporte a los usuarios, habr un concesionario de recaudo que tendr puestos de venta en cada una de las estaciones, en las que se contar con puntos de pago electrnicos, integrados a los torniquetes de control del recaudo. El sistema de recaudo de tarifas ser un sistema electrnico basado en la utilizacin de dos tipos de medios de pago: boletos magnticos y tarjetas inteligentes sin contacto. Para utilizar los servicios del Sistema TransMilenio, el usuario deber haber adquirido previamente el medio de pago deseado, el cual podr ser adquirido en las estaciones o en los autobuses alimentadores. Ser, en todo caso responsabilidad del recaudador recolectar el dinero proveniente del cobro de las tarifas, proveer los equipos para la operacin del recaudo, consolidar la informacin proveniente de las transacciones en las estaciones, garantizar la disponibilidad de los medios de pago en puntos de venta y recarga de las estaciones, y controlar el acceso al sistema y por ende la evasin del pago de la tarifa en las reas bajo su control. 6.6 Las rentas del Sistema TransMilenio se someter a un mecanismo para la administracin centralizada y nica de los recursos, a travs de una fiducia de administracin. El administrador nico de los flujos recaudados actuar fundamentalmente como pagador, y tendr funciones de administracin e inversin; ser el administrador del Sistema quien canalice todos los flujos del Sistema hacia los diferentes concesionarios y agentes, de acuerdo con las instrucciones que se prevern a estos efectos en los contratos tanto de fiducia como de los diversos operadores y/o concesionarios. Los diferentes concesionarios debern constituir la fiducia, en los trminos y condiciones que establezca TRANSMILENIO S.A. 6.7 Los ingresos de los operadores troncales se derivarn de su participacin en la explotacin econmica del servicio pblico de transporte, de acuerdo con los ingresos provenientes del cobro de la tarifa a los usuarios. Con cargo a dicho ingreso losPgina 22 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

concesionarios de la operacin troncal obtendrn un derecho de participacin por una cuanta tcnicamente establecida, a travs de la cual se procura que, dadas las condiciones de eficiencia del sistema, se cubran dentro del trmino de vida til de los vehculos, todos los costos, gastos y rentabilidad sobre el capital invertido. 6.8 Con cargo a los ingresos totales provenientes de la venta del servicio de transporte pblico de pasajeros a travs del Sistema TransMilenio, se conformarn dentro del patrimonio autnomo constituido para la administracin centralizada de las rentas del sistema, dos fondos independientes: un fondo principal, y un fondo de contingencias. El Fondo Principal tendr como finalidad la de remunerar a los diferentes concesionarios y agentes del sistema, incluidos el ente gestor y la fiducia. Con los recursos acumulados en el Fondo de Contingencias, se asumir la cobertura de contingencias especficas que puedan poner en riesgo la estabilidad y viabilidad del sistema. 6.9 Con los recursos provenientes del cobro de multas a los operadores de troncal, se constituir un tercer fondo en el patrimonio autnomo de administracin de las rentas del Sistema, que ser repartido con cierta periodicidad entre los concesionarios de la operacin troncal que sobresalgan en su desempeo operativo, segn los ndices de puntualidad, regularidad y satisfaccin a los usuarios. TITULO 7 - OPERADORES DE TRONCAL 7.1 La operacin troncal del Sistema TransMilenio se desarrollar a partir de la actividad de varios operadores privados, vinculados al Sistema mediante contratos de concesin no exclusiva suscritos con TRANSMILENIO, relacin contractual que se encuentra sometida a los trminos y condiciones del presente contrato, quienes desarrollarn las actividades requeridas para la movilizacin de pasajeros a travs de los corredores troncales del Sistema TransMilenio. 7.2 Como responsabilidad de las empresas operadoras estar la prestacin del servicio de transporte en el sistema mediante el cumplimiento de los servicios, frecuencias y horarios que le sean asignados por el gestor, el suministro del equipo rodante necesario para la operacin, el control y mantenimiento de su parque automotor, la administracin y responsabilidad de vigilancia y control de las reas de parqueo de los patios de operacin, y la dotacin, administracin, manutencin y operacin de las reas de soporte tcnico que TRANSMILENIO le otorgue en concesin. TITULO 8 - OPERADORES DE ALIMENTACION 8.1 La operacin de alimentacin del Sistema TransMilenio se desarrollar a partir de la actividad de varios operadores privados, quienes desarrollarn las actividades requeridas para la movilizacin de pasajeros desde reas especficas urbanas o suburbanas de la ciudad hacia las estaciones de integracin del sistema troncal, a travs de rutas que sern definidas por TRANSMILENIO S.A., y que tienen por objeto maximizar la ocupacin de la troncal.

Pgina 23 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

8.2 Los operadores del sistema alimentador se vincularn al sistema mediante la suscripcin de contratos con TRANSMILENIO S.A., y su actividad estar regulada contractualmente de acuerdo con las condiciones y reglas de operacin que se establecern en su oportunidad. 8.3 Como responsabilidad de las empresas operadoras de la alimentacin estar la prestacin del servicio de transporte en el sistema alimentador del Sistema TransMilenio, el que estar conformado por la agrupacin de rutas que se disearn para que circulen dentro de un rea delimitada por TRANSMILENIO S.A., con el fin de que alimenten determinadas estaciones de integracin mediante el cumplimiento de los servicios, frecuencias y horarios que le sean asignados por el gestor, y cuyo control se efectuar en las llegadas y salidas de las estaciones de integracin de cabecera e intermedias. El operador de la alimentacin tendr la responsabilidad de incorporar al servicio los autobuses de alimentacin, as como el equipo necesario para la operacin, el control y el mantenimiento de su parque automotor. TITULO 9 - SERVICIOS CONEXOS 9.1 El Sistema TransMilenio contratar servicios de vigilancia, aseo y mantenimiento para las estaciones, para mantener un nivel de alta calidad en los servicios que preste el Sistema a los usuarios, y fomentar la aceptacin de la imagen del Sistema entre la ciudadana. 9.2 El Sistema TransMilenio habilitar sistemas de informacin general que permita a los usuarios orientarse dentro de la ciudad y dentro del sistema.TITULO 10 - OPERACIN DEL SISTEMA.

10.1 TRANSMILENIO S.A., en su calidad de gestor del Sistema TransMilenio, ejercer el control general del Sistema mediante los siguientes mecanismos, en desarrollo de sus facultades legales y contractuales: (i) ejercer el control sobre la vialidad del Sistema, mediante la planeacin estratgica de sus servicios, la definicin de las troncales que se incorporen al servicio, y el diseo de los servicios, itinerarios y rutas que se ofrezca a los usuarios (ii) ejercer el control de la operacin del servicio de transporte dentro del Sistema, tanto a nivel troncal como de alimentacin, mediante instrumentos tcnicos que le permitirn verificar en tiempo real el curso de la operacin del Sistema, y (iii) ejercer el control sobre la actividad de recaudo, con acceso a la informacin en lnea que permita hacer seguimiento al proceso de venta, ingreso y salida de usuarios del Sistema. 10.2 La operacin del Sistema tendr integracin entre rutas troncales, integracin con alimentadores y con buses intermunicipales, e igualmente podr tener integracin con otros sistemas de transporte tales como metro y trenes de cercanas. 10.3 El servicio estar organizado por rutas que circularn sobre las troncales, los cuales pueden ser expresos y corrientes. El diseo de rutas se efectuar sobre la base de la demanda y de las necesidades de movilidad de la ciudadana.

Pgina 24 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

10.4 TRANSMILENIO S.A. desarrollar la planeacin estructural del sistema, y determinar las metas y proyectos de expansin, crecimiento e integracin de nuevas troncales al Sistema TransMilenio. 10.5 Habr una planeacin diaria de la operacin que ser participativa, en la cual intervendrn los operadores de las troncales sugiriendo el plan de operacin que se adecue a las frecuencias y nmero de servicios requerido por franjas horarias establecido por TRANSMILENIO S.A., a partir de los estudios y del anlisis de la informacin operativa pertinente.

Pgina 25 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

PARTE II CONTRATO DE CONCESION

TITULO I GENERALIDADES

Capitulo 1 Objeto Naturaleza y Alcance del Contrato

CLAUSULA 2.- OBJETO DEL CONTRATO El presente contrato tiene por objeto: 2.1 Otorgar en concesin no exclusiva al CONCESIONARIO, la explotacin econmica del servicio pblico de transporte terrestre automotor urbano masivo de pasajeros, en los trminos, bajo las condiciones y con las limitaciones previstas en el presente contrato. Dicha concesin otorgar el permiso de operacin al CONCESIONARIO para la prestacin del servicio de transporte pblico terrestre automotor urbano masivo de pasajeros en la ciudad de Bogot D.C. y su rea de influencia, sobre las troncales del Sistema TransMilenio, y respecto de los grupos de servicios que se originen en las estaciones que conformen o que llegaren a conformar el Sistema TransMilenio, mediante la vinculacin inicial a la operacin troncal de una flota de noventa (90) vehculos. 2.2 Otorgar en CONCESION la infraestructura constituida por las reas de soporte tcnico que forman parte de los patios de operacin asignados al tamao de flota inicial que el CONCESIONARIO se comprometi a incorporar a la operacin troncal del Sistema TransMilenio segn las reglas de la invitacin, de acuerdo con las condiciones que se establecen en el presente contrato, a efectos de dotarlos y prestar en sus instalaciones el soporte tcnico requerido por su flota vinculada al servicio del Sistema TransMilenio.

CLAUSULA 3.- NATURALEZA DEL CONTRATO El presente contrato de concesin instrumenta la relacin de carcter contractual que vincular a TRANSMILENIO S.A. y al CONCESIONARIO a partir de la fecha de su entrada en vigencia, como partes que son del contrato. Dicha relacin contractual estar sometida a

Pgina 26 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

las disposiciones, reglas y principios que rigen los contratos celebrados por entidades pblicas, particularmente en aquellos aspectos que se encuentran expresamente regulados por la Ley 80 de 1993 aplicables al contrato de concesin, y las dems normas que la sustituyan, desarrollen o reglamenten. En los dems aspectos se regir por las normas del derecho privado. CLAUSULA 4.- INTERPRETACION DEL CONTRATO El presente contrato de concesin y sus clusulas debern interpretarse conforme a la naturaleza y alcance del mismo. En todo caso, los trminos que se incluyan en las clusulas y anexos del presente contrato, se entendern segn su sentido natural y obvio, salvo el caso de las palabras que se definen en el presente contrato o en el pliego de condiciones al que se encontr sometido el proceso de seleccin que dio origen al contrato, las que para todos los efectos legales se entendern segn el alcance y significado que all se les otorga. CLAUSULA 5.- COEXISTENCIA DEL PRESENTE OTRAS CONCESIONES DEL SISTEMA CONTRATO CON

Coexistirn con la concesin que se instrumenta mediante el presente contrato, otros contratos o concesiones para la operacin del Sistema TransMilenio y para el desarrollo de otras actividades conexas o complementarias a la actividad de transporte de pasajeros, necesarias para la funcionalidad del Sistema TransMilenio. Esta circunstancia se declara expresamente conocida y aceptada por el CONCESIONARIO, quien reconoce a TRANSMILENIO S.A. como gestor y titular del Sistema TransMilenio, y por lo tanto acepta y se somete a todas las decisiones que TRANSMILENIO S.A. adopte, en relacin con la contratacin de las concesiones que se requieran para habilitar la prestacin del servicio de transporte de pasajeros a travs del Sistema TransMilenio, aceptando as mismo de manera explcita y sin condicionamientos su coexistencia con la que se contrata por medio del presente instrumento. Captulo 2 Derechos y Obligaciones Del Concesionario

CLAUSULA 6.- DERECHOS DEL CONCESIONARIO DERIVADOS DE LA CONCESION DE LA OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA La concesin de la explotacin econmica de la actividad de transporte mediante la operacin troncal del Sistema TransMilenio, confiere al CONCESIONARIO, sin que impliquen exclusividad, los siguientes derechos: 6.1 El derecho a la explotacin econmica de la actividad de transporte de pasajeros dentro de las rutas troncales del Sistema TransMilenio a travs de la participacin del CONCESIONARIO en los recursos econmicos producidos por la prestacin del servicio. 6.2 El derecho a la utilizacin de la infraestructura de transporte del

Pgina 27 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

Sistema TransMilenio, para transitar a travs de la misma dentro de los lmites que impongan las condiciones de operacin establecidas por TRANSMILENIO S.A. 6.3 El derecho a celebrar todos los contratos y operaciones que considere tiles a sus intereses, siempre que se encuentren dentro del mbito de los derechos y obligaciones que surgen con ocasin de la concesin, y sean consistentes con la finalidad de la misma. 6.4 El derecho a pignorar o de cualquier otra forma gravar los derechos que a travs del presente contrato adquiere, previa la aprobacin de TRANSMILENIO S.A., cuando los crditos que se garanticen a travs de dicho medio, hayan sido obtenidos y utilizados para el cumplimiento de las obligaciones que contrae a travs del presente contrato, sin que en ningn caso se puedan afectar la prestacin del servicio pblico de transporte o las condiciones de funcionamiento del Sistema TransMilenio. A estos efectos, los gravmenes de cualquier naturaleza que constituya el CONCESIONARIO sobre sus derechos tendrn los mismos alcances y limitaciones que caracterizan los derechos que el CONCESIONARIO obtiene a travs del presente contrato de concesin y slo sern vlidas cuando hayan sido previamente aprobados por TRANSMILENIO S.A.

6.5 El derecho a recibir y disponer libremente de los ingresos y participaciones que obtenga como resultado de la operacin troncal en los trminos y condiciones previstos en el presente contrato de concesin. 6.6 El derecho a recibir cualquier otra prestacin econmica que en su favor establezca el presente contrato. 6.7 El derecho a disfrutar sin perturbacin alguna, de los derechos que el contrato de concesin le confiere. 6.8 El derecho a obtener la colaboracin tanto de TRANSMILENIO S.A. como de los dems concesionarios y contratistas, para el adecuado desarrollo de la concesin.

CLAUSULA 7.- DERECHOS DEL CONCESIONARIO DERIVADOS DE LA ADJUDICACION DE LAS AREAS DE SOPORTE TECNICO La concesin de las reas de soporte tcnico incluidas en un patio de operacin, confiere al CONCESIONARIO, con exclusividad, los siguientes derechos:

Pgina 28 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

7.1 El derecho a recibir el rea de soporte tcnico, de acuerdo con la adjudicacin hecha mediante la Invitacin a Cotizar No. 010 de 2000, en los trminos y bajo las condiciones previstas en el presente contrato. 7.2 El derecho a administrar todos los bienes recibidos o que hubieren sido adquiridos, construidos o incorporados por l para beneficio de la concesin, debiendo ajustarse, en dicha administracin, a las necesidades del servicio de transporte de pasajeros del Sistema TransMilenio, determinadas por TRANSMILENIO S.A. 7.3 El derecho a introducir en el rea de soporte tcnico, las modificaciones a la infraestructura, las obras de adecuacin, la dotacin y el equipamiento que considere necesarios para la utilizacin del rea concesionada conforme a su naturaleza y segn su destinacin, previa autorizacin de TRANSMILENIO S.A. 7.4 El derecho a utilizar en conjunto con los dems concesionarios, de as requerirse, el rea de parqueo del patio de operacin sometido a su administracin.

7.5 El derecho a hacer uso, cuando as lo requiera el servicio del Sistema TransMilenio, de las reas de parqueo ubicadas en los patios de operacin que se encuentren bajo la administracin de los dems concesionarios, dentro de las limitaciones que puedan presentarse por capacidad en los mismos.

CLAUSULA 8.- OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO DERIVADAS DE LA CONCESION DE LA OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA A travs del presente contrato, y como consecuencia de la concesin no exclusiva de la explotacin de la actividad de transporte mediante la operacin troncal del Sistema TransMilenio, el CONCESIONARIO adquiere las siguientes obligaciones: 8.1 La obligacin de garantizar la prestacin del servicio pblico de transporte terrestre automotor urbano masivo de pasajeros, en condiciones de libertad de acceso, calidad, estndares de servicio y seguridad de los usuarios, con la permanencia y continuidad que determine TRANSMILENIO S.A. 8.2 La obligacin de suscribir todos los contratos accesorios o complementarios al contrato de concesin que se requieran para el funcionamiento del Sistema TransMilenio, tales como el contrato de fiducia para la administracin centralizada de los recursos del sistema, segn la minuta y el administrador fiduciario quePgina 29 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

determine TRANSMILENIO S.A. 8.3 La obligacin de adquirir las unidades lgicas y los dems equipos de comunicacin y control que debern instalarse en los buses durante los primeros seis (6) meses de iniciada la operacin regular del Sistema TransMilenio, al proveedor que result adjudicatario de la licitacin pblica No 001 del 2000 convocada por TRANSMILENIO S.A. Vencido dicho trmino, la obligacin de adquirir las unidades lgicas y equipos de comunicacin y control necesarios para la operacin del vehculo dentro del Sistema subsiste para el CONCESIONARIO, encontrndose en libertad de determinar autnomamente el proveedor de los equipos correspondientes, siempre y cuando estos equipos sean compatibles y cumplan con las mismas funcionalidades que los ofrecidos por el adjudicatario de la licitacin que se convoque para el suministro del centro de control del Sistema. 8.4 La obligacin de asumir por cuenta propia, con cargo a los aportes de capital, a la obtencin de crditos o a cualquier otra fuente de financiacin, el costo total de la inversin que se requiera para la ejecucin del contrato de concesin. 8.5 La obligacin de poner a disposicin del Sistema TransMilenio, los vehculos requeridos para la operacin de los servicios que le solicite TRANSMILENIO S.A., segn las condiciones tcnicas, tipologa y dotacin previstas en el presente contrato, en las fechas y bajo las condiciones determinadas por TRANSMILENIO S.A. 8.6 La obligacin de obtener el certificado de vinculacin al servicio para los vehculos que se destinen a la operacin troncal que es objeto del presente contrato de concesin. 8.7 La obligacin de contratar con sujecin a las modalidades y condiciones previstas en el rgimen laboral vigente en la Repblica de Colombia, y entrenar mediante programas de capacitacin previamente aceptados por TRANSMILENIO S.A., el personal de conduccin para el manejo de los vehculos a su cargo, asegurando el conocimiento y estricto cumplimiento por parte de los conductores, de la reglamentacin aplicable para la circulacin de los autobuses troncales dentro del Sistema TransMilenio y de las normas ambientales, garantizando la debida atencin y proteccin del pasajero. 8.8 La obligacin de mantener en adecuadas condiciones de seguridad y circulacin los autobuses troncales que destine a atender los servicios requeridos por el Sistema TransMilenio.

Pgina 30 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

8.9 La obligacin de obtener, con la oportunidad debida, las licencias y permisos a que hubiere lugar para el cumplimiento de todas las obligaciones que le corresponden, en los trminos de la concesin. 8.10 La obligacin de responder, en los plazos y forma que TRANSMILENIO S.A. establezca para cada caso, los requerimientos de informacin que le formule. 8.11 La obligacin de permitir la adecuada supervisin de la ejecucin del contrato por parte de TRANSMILENIO S.A. o de los fiscales, auditores e interventores designados por ste, admitiendo el acceso a cualquier instalacin del personal autorizado por TRANSMILENIO S.A.. 8.12 La obligacin de elaborar los estudios de impacto y manejo ambiental, si a ello hubiere lugar, y de adoptar las medidas y ejecutar los planes que se hayan requerido o que se lleguen a requerir, de acuerdo con las autoridades ambientales competentes y conforme a lo ofrecido en su propuesta dentro de la Invitacin a Cotizar No. 010 de 2000 convocada por TRANSMILENIO, para mitigar el impacto ambiental derivado de la disposicin de residuos derivados de la operacin. 8.13 La obligacin de cumplir con las instrucciones impartidas por el centro de control del Sistema TransMilenio. 8.14 En general, la obligacin de cumplir cabalmente con las condiciones y modalidades previstas contractualmente para la ejecucin y desarrollo de la presente concesin, encontrndose el CONCESIONARIO obligado a actuar razonablemente en el marco de sus obligaciones contractuales, y teniendo en cuenta particularmente el carcter pblico del servicio que presta.

CLAUSULA 9.- OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO DERIVADAS DE LA ADJUDICACION DE LAS AREAS DE SOPORTE TECNICO Como consecuencia de la adjudicacin en concesin de las reas de soporte tcnico que se otorga al CONCESIONARIO por medio del presente contrato, ste adquiere las siguientes obligaciones: 9.1 La obligacin de incorporar a su costo y bajo su riesgo, las obras de adecuacin, la dotacin y el equipamiento que requiera el rea de soporte tcnico que recibe, para su funcionalidad de acuerdo con las necesidades de la operacin del CONCESIONARIO. 9.2 La obligacin de conservar las reas de soporte tcnico enPgina 31 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

condiciones ptimas para su utilizacin segn su naturaleza y destinacin, en trminos de continuidad, eficiencia y permanencia. 9.3 La obligacin de utilizar las reas de soporte tcnico, exclusivamente para el desarrollo de actividades relacionadas con la realizacin de los procedimientos de mantenimiento de los autobuses troncales que se encuentran incorporados a la flota del CONCESIONARIO, para el cumplimiento de las condiciones y estndares que se establecen en el presente contrato. 9.4 La obligacin de disear y ejecutar por su cuenta, a su riesgo y previa autorizacin de TRANSMILENIO S.A., las obras, los trabajos y las actividades que le corresponda desarrollar, tanto para la dotacin como para la conservacin del rea de soporte tcnico. 9.5 La obligacin de asumir la financiacin total del plan de obras que determine llevar a cabo para la dotacin o para el mayor desarrollo del rea de soporte tcnico, a efectos de maximizar su eficiencia y productividad. 9.6 La obligacin de obtener las licencias y permisos a que hubiere lugar para el desarrollo de las obras de adecuacin y dotacin del rea de soporte tcnico entregada. 9.7 La obligacin de elaborar los estudios de impacto y manejo ambiental, si a ello hubiere lugar, y adoptar las medidas y ejecutar los planes que se hayan requerido o que se lleguen a requerir, de acuerdo con las autoridades ambientales competentes, para mitigar el impacto ambiental derivado de las obras de adecuacin, dotacin y conservacin, y para el funcionamiento del rea de soporte tcnico entregada en concesin. 9.8 La obligacin de salir en la defensa jurdica de los bienes que constituyen los patios de operacin entregados al CONCESIONARIO, y sometidos en tal virtud a su custodia y responsabilidad. 9.9 La obligacin de cancelar todas las obligaciones y prestaciones econmicas a que haya lugar conforme a la ley por concepto de la prestacin peridica de los servicios pblicos domiciliarios, incluyendo los costos relacionados con las acometidas y derechos adicionales a aquellos con los que se encuentren dotados los inmuebles al momento de su entrega, exceptuados los impuestos y contribuciones sobre los predios en los que se ubican los patios de operacin. 9.10 La obligacin de prestar el servicio de estacionamiento a los dems

Pgina 32 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

concesionarios, dentro de las condiciones establecidas en el presente contrato. 9.11 La obligacin de ejercer sobre el rea de parqueo del patio de operacin, las funciones de administrador y depositario, respondiendo hasta por la culpa leve en la custodia y conservacin del las reas entregadas, as como respecto de la guarda de los vehculos de los otros concesionarios que se estacionen en el rea de parqueo del patio de operacin en el que se encuentre el rea de soporte tcnico que le haya sido asignado en concesin, declarando las partes que por medio del presente contrato entienden configurada la circunstancia prevista en el numeral 1 del articulo 2247 del Cdigo Civil para el deposito no remunerado. 9.12 La obligacin de revertir los patios de operacin a TRANSMILENIO S.A., con sus adiciones y mejoras, incluidos entre ellas los inmuebles por adhesin que se hayan incorporado al terreno o a la infraestructura en l construida, en las condiciones y trminos que se prevn en el presente contrato de concesin. 9.13 En general, la obligacin de cumplir cabalmente con las condiciones y modalidades previstas contractualmente para la ejecucin y desarrollo de la presente concesin, encontrndose el CONCESIONARIO obligado a actuar razonablemente en el marco de sus obligaciones contractuales, teniendo en cuenta el carcter pblico del servicio que presta.

Pgina 33 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

Captulo 3 Derechos y Obligaciones de TransMilenio

CLAUSULA 10.-

DERECHOS DE TRANSMILENIO S.A.

La concesin que se otorga por medio del presente contrato, implica para TRANSMILENIO S.A., adems de los derivados de las disposiciones legales, los siguientes derechos: 10.1 El derecho a realizar la planeacin estructural del Sistema TransMilenio, y a determinar, una vez sea estudiada con los CONCESIONARIOS, la planeacin de la operacin diaria del sistema, los servicios, frecuencias e itinerarios de la actividad transportadora que desempear el CONCESIONARIO, as como las necesidades de operacin del Sistema, en trminos de frecuencias, itinerarios, servicios y tamao de la flota requerida para el servicio del mismo. 10.2 El derecho a realizar el control de la operacin del Sistema TransMilenio, y a impartir al CONCESIONARIO y a sus empleados, agentes o dependientes, las instrucciones operativas que considere necesarias para garantizar la operatividad, seguridad, calidad y funcionalidad del Sistema. 10.3 El derecho a recibir una remuneracin de parte del CONCESIONARIO por la concesin que le otorga dentro del Sistema TransMilenio, conforme a lo previsto en el presente contrato. 10.4 El derecho a mantener la titularidad sobre el Sistema, y por tanto, a que dicha titularidad sea reconocida y respetada por el CONCESIONARIO. 10.5 El derecho a supervisar el desarrollo y ejecucin del presente contrato, y a acceder a los documentos e informacin que dan cuenta de la actividad del CONCESIONARIO. 10.6 El derecho a determinar conforme a la conveniencia del servicio pblico de transporte masivo de pasajeros bajo la modalidad de transporte terrestre automotor, los futuros desarrollos de la infraestructura del Sistema TransMilenio. 10.7 El derecho a la reversin de las reas de soporte tcnico de los patios de operacin, junto con todas sus adiciones y mejoras, en los trminos y condiciones previstos en el presente contrato.

Pgina 34 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

CLAUSULA 11.-

OBLIGACIONES DE TRANSMILENIO

La concesin que se otorga por medio del presente contrato, implica para TRANSMILENIO S.A. las siguientes obligaciones: 11.1 La obligacin de adelantar por s o por interpuesta persona las actividades de gestin, planeacin y control del Sistema TransMilenio, que permitan al CONCESIONARIO el desarrollo de la actividad de transporte que es objeto de la presente concesin. 11.2 La obligacin de entregar al CONCESIONARIO el rea de soporte tcnico que se ofrece en concesin, segn las condiciones previstas en el presente contrato. 11.3 La obligacin de abstenerse de realizar actos de disposicin sobre los bienes y derechos dados en concesin cuando con ello se afecten los derechos o las facultades del CONCESIONARIO, excepto cuando ello sea necesario para la adecuada prestacin del servicio pblico de transporte automotor urbano masivo dentro del Sistema TransMilenio. 11.4 La obligacin de tramitar diligentemente las apropiaciones presupuestales que requiera para solventar las prestaciones econmicas que surjan a su cargo en desarrollo del presente contrato, cuando a ello haya lugar. 11.5 La obligacin de salir al saneamiento de los bienes entregados en concesin, cuando se interrumpa la tenencia pacfica de los bienes entregados al CONCESIONARIO, a travs de acciones judiciales de hechos que pongan en entredicho los derechos que dan origen a la presente concesin. 11.6 La obligacin de entregar al CONCESIONARIO en administracin el rea de parqueo, en las condiciones previstas en el presente contrato.

TITULO II ASPECTOS OPERATIVOS DE LA CONCESION

Captulo 4 Infraestructura

CLAUSULA 12.-

INFRAESTRUCTURA ENTREGADA EN CONCESIN

La infraestructura que se entrega en concesin est constituida nicamente por las reas de soporte tcnico de los patios de operacin asignados al CONCESIONARIO conforme a la resolucin de adjudicacin, que hace parte integrante del presente contrato.

Pgina 35 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

El rea de parqueo incluida dentro del patio de operacin no ser entregada en concesin, no obstante lo cual ser entregada su tenencia para que el concesionario a su cuenta y bajo su riesgo lo administre, en funcin de las necesidades de parqueo de la flota incorporada a la operacin regular del Sistema, cualquiera que sea el concesionario titular de la misma, correspondindole la responsabilidad propia de un depositario tanto respecto del rea de parqueo como de los vehculos que en dicha rea se estacionen. CLAUSULA 13.CARACTERSTICAS FSICAS Y DE EQUIPAMIENTO

Cada patio de operacin se entregar debidamente cercado y pavimentado, dotado de las acometidas para los servicios pblicos de energa elctrica, acueducto y alcantarillado, y con las instalaciones y edificaciones bsicas que habilitan su utilizacin de acuerdo con su finalidad. TRANSMILENIO S.A. no se har cargo ni ser responsables por la instalacin de servicios de combustible, servicios pblicos domiciliarios de naturaleza diferente de la que ha sido mencionada en el prrafo anterior, ni por la obtencin de las licencias ambientales que llegue a requerir el desarrollo de adecuaciones para la instalacin los servicios de aprovisionamiento de combustible o de cualquier otra naturaleza necesarias para el desarrollo de actividades de soporte tcnico a la flota del CONCESIONARIO. CLAUSULA 14.ENTREGA DE BIENES.

Los patios de operacin se entregarn al CONCESIONARIO con una anticipacin mnima de quince (15) das calendario a la fecha de inicio de la operacin regular. La entrega de los patios de operacin incluir la entrega de las reas de soporte tcnico y de las reas parqueo. Ser valida la entrega parcial de los patios de operacin, mediante la entrega individual y en momentos diferentes en el tiempo, de las reas de soporte tcnico y de las reas de parqueo, a lo cual se proceder en la medida en que una y otra se vayan encontrando en condiciones de ser entregadas al concesionario. La entrega de cada una de las reas que conforman los patios de operacin, se entender surtida mediante la suscripcin en cada caso de un acta de entrega en la que se encontrarn debidamente identificados y descritos los bienes que se entregan y que conforman el rea respectiva. Los inmuebles entregados tanto en CONCESION como en administracin se encontrarn bajo la responsabilidad, administracin, vigilancia y control del CONCESIONARIO a partir de la fecha de suscripcin del acta de entrega de infraestructura, pero se encontrarn en todo caso afectos de manera exclusiva a brindar soporte a la operacin troncal del Sistema TransMilenio durante todo el trmino del contrato de concesin, y por tanto no podrn ser utilizados con ninguna finalidad o para ningn efecto diferente.

Pgina 36 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

CLAUSULA 15.-

RESPONSABILIDAD Y RIESGO

A partir de la fecha de suscripcin de la respectiva acta de entrega, el CONCESIONARIO asume las siguientes responsabilidades y riesgos en relacin con los bienes que se le entregan: 15.1 El CONCESIONARIO asume y ser totalmente responsable por todos y cualesquiera daos, deterioros, perjuicios, prdidas o invasiones de hecho de los terrenos y bienes que integran los patios de operacin que se le hayan entregado, sin perjuicio de su facultad de exigir a terceros diferentes de TRANSMILENIO S.A. la reparacin o indemnizacin de los daos y perjuicios directos y/o subsecuentes cuando a ello haya lugar. 15.2 El CONCESIONARIO asume y ser totalmente responsable por todos y cualesquiera daos, perjuicios o prdidas de los bienes y obras de su propiedad, o de aquellos que incorpore con sus propios recursos o con recursos de terceros a la infraestructura entregada, sin perjuicio de su facultad de exigir a terceros diferentes de TRANSMILENIO S.A. la reparacin o indemnizacin de los daos y perjuicios directos y/o subsecuentes cuando a ello haya lugar. 15.3 El CONCESIONARIO estar obligado a brindar a los dems concesionarios de la operacin troncal del Sistema TransMilenio la posibilidad de parqueo diurno o nocturno, siempre y cuando se tenga capacidad disponible para tal efecto en los patios entregados para su administracin. 15.4 El CONCESIONARIO ser responsable ante los dems concesionarios por la vigilancia y cuidado de la flota de la operacin troncal del Sistema TransMilenio diferente de la propia que se parquee en el rea de garaje que integra el patio de operacin que se le haya entregado en los trminos previstos en el presente contrato. CLAUSULA 16.- DEFINICION DE LA OBLIGACION DE DOTACION DE TALLERES Y GARAJES El CONCESIONARIO deber adelantar las obras de adecuacin y dotacin necesarias para colocar la infraestructura que se le entrega, en condiciones adecuadas para brindar el soporte operativo y tcnico necesario para el mantenimiento y reparacin de los vehculos que se encuentran incorporados a su flota. CLAUSULA 17.PLAN DE ADECUACION Y DOTACION

Cuando el CONCESIONARIO requiera efectuar obras de adecuacin o intervenir la infraestructura entregada para la dotacin de las reas a efectos de que pueda colocar dichos

Pgina 37 de 167

CONTRATO DE CONCESION NO. 041/2000 OPERACIN TRONCAL DEL SISTEMA TRANSMILENIO

bienes en condiciones de ser utilizados conforme a su finalidad, el CONCESIONARIO deber presentar a la aprobacin de TRANSMILENIO S.A. un plan de obras de adecuacin y dotacin, en el que identifique de manera detallada las intervenciones que efectuar a la infraestructura entregada, sus diseos constructivos y el programa o plan de ejecucin. En desarrollo de dicho plan, el CONCESIONARIO podr reasignar el uso de espacios y reas del patio de operacin que se hubiera entregado bajo la descripcin de estar destinados originalmente a otras localizaciones, servicios y usos, siempre que no disminuya la capacidad de parqueo de las reas de parqueo. Se requerir la autorizacin previa y expresa de TRANSMILENIO S.A. para poder dar comienzo a la intervencin de la infraestructura. TRANSMILENIO S.A. podr objetar el plan de obras de adecuacin y dotacin nicamente en los siguientes casos: 17.1 Cuando encuentre que su ejecucin no resulta tcnicamente viable. 17.2 Cuando encuentre que con la obra, sus caractersticas tcnicas, sus diseos constructivos o su plan de desarrollo se coloca en peligro la estabilidad de