Contrato Banesco Bco UNiversal
-
Upload
darwin1514 -
Category
Documents
-
view
217 -
download
0
Transcript of Contrato Banesco Bco UNiversal
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
1/47
Convencin
Colectiva deTrabajo2013 2016.....
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
2/47
ConvencinColectiva deTrabajo2013 2016
.....
Banesco Banco Universal, C.A.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
3/47
3Banesco Banco Universal
ndice de Clusulas
CLUSULAS PRELIMINARES
CLUSULA 1: DEFINICIONES. 6
CLUSULA 2: DECLARACIN GENERAL DE PRINCIPIOS. 7
CLUSULA 3: MBITO DE APLICACIN. 8
CLUSULAS GENERALES
CLUSULA 4: SERVICIO MILITAR. 9
CLUSULA 5: DETENCIN POLICIAL PREVENTIVA. 9
CLUSULA 6: UNIFORMES E IMPLEMENTOS DE HIGIENE
Y SEGURIDAD LABORAL. 10
CLUSULA 7: POLTICA DE DESARROLLO. 18
CLUSULA 8: EVALUACIN DE DESEMPEO DE PERSONAL. 19
CLUSULA 9: PROMOCIONES. 19
CLUSULA 10: VITICOS. 20
CLUSULA 11: CONSTANCIA DE TRABAJO. 22
CLUSULA 12: ESTABILIDAD. 22
CLUSULAS ECONMICAS
CLUSULA 13: AUMENTO DE SALARIO. 23
CLUSULA 14: CONTRIBUCIN PARA CAJEROS
O CAJERAS DE AGENCIAS. 24
CLUSULA 15: CONTRIBUCIN PARA PROMOTORES
O PROMOTORAS DE AGENCIAS. 25
CLAUSULA 16: POLTICA DE DISTINCIONES RECONOCIMIENTO
POR ANTIGEDAD. 25
CLUSULA 17: GASTOS DE TRANSPORTE PARA MENSAJEROS
EXTERNOS. 27
CLUSULA 18: APORTES A LA CAJA DE AHORROS. 27
CLUSULA 19: UTILIDADES. 27
CLUSULA 20: VACACIONES Y BONO VACACIONAL. 28
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
4/47
Convencin Colectiva de Trabajo
42013-2016
CLUSULAS SOCIO-ECONMICAS
CLUSULA 21: PERMISO Y CONTRIBUCIN POR MATRIMONIO. 29
CLUSULA 22: PERMISO Y CONTRIBUCIN POR NACIMIENTO
DE HIJOS O HIJAS. 30
CLUSULA 23: PERMISO Y CONTRIBUCIN POR MUERTE
DE FAMILIARES. 30
CLUSULA 24: PERMISO REMUNERADO PARA DILIGENCIAS
PERSONALES. 31
CLUSULA 25: PERMISO REMUNERADO PARA DEPORTISTAS. 32
CLUSULA 26: SUBSIDIO FAMILIAR. 32
CLUSULA 27: AYUDA PARA TILES ESCOLARES. 33
CLUSULA 28: BECAS DE ESTUDIO PARA LOS TRABAJADORES
Y LAS TRABAJADORAS. 34
CLASULA 29: RECONOCIMIENTO POR CULMINACIN
DE ESTUDIOS SUPERIORES. 35
CLUSULA 30: BECAS DE ESTUDIO PARA LOS HIJOS E HIJAS
DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS. 36
CLUSULA 31: JUGUETES. 37
CLUSULA 32: BENEFICIO DE GUARDERA. 37
CLUSULA 33: CONTRIBUCIN ESPECIAL DA DE LA SECRETARIA. 37
CLUSULA 34: CONTRIBUCIN ESPECIAL DA DE LA MADRE. 38
CLUSULA 35: AYUDA ESPECIAL A FAMILIARES POR FALLECIMIENTO
DEL TRABAJADOR O TRABAJADORA. 38
CLUSULA 36: PAGO DE DIFERENCIA CON EL REGIMEN
DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CASO
DE INCAPACIDAD. 39
CLUSULA 37: INDEMNIZACIN EN CASO DE DISCAPACIDAD
ABSOLUTA Y PERMANENTE PARA CUALQUIER
TIPO DE ACTIVIDAD LABORAL 39
CLUSULA 38: PAGO DE DIFERENCIA CON LA SEGURIDAD SOCIAL
EN CASO DE MATERNIDAD. 39
CLUSULA 39: SEGURO COLECTIVO DE HOSPITALIZACIN,
CIRUGA Y MATERNIDAD. 40
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
5/47
5Banesco Banco Universal
CLUSULA 40: AYUDA ESPECIAL POR ACCIDENTES PERSONALES O
FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR O TRABAJADORA. 40
CLUSULA 41: SERVICIO DE SALUD Y PRIMEROS AUXILIOS. 41
CLUSULAS SINDICALES
CLUSULA 42: RECONOCIMIENTO SINDICAL. 42
CLUSULA 43: INAMOVILIDAD SINDICAL. 42
CLUSULA 44: DEDUCCIN DE CUOTAS SINDICALES MENSUALES. 42
CLUSULA 45: DEDUCCIN DE CUOTAS SINDICALES ANUALES. 43
CLAUSULA 46: CONTRIBUCIN DE LA ORGANIZACIN PARA
EL SINDICATO. 43
CLAUSULA 47: CONTRIBUCIN PARA ACTIVIDADES
DEPORTIVAS Y CULTURALES. 44
CLUSULA 48: UNIFORMES DEPORTIVOS PARA TRABAJADORES
Y TRABAJADORAS. 44
CLUSULA 49: CORRESPONDENCIA. 44
CLUSULA 50: LISTADO DE PERSONAL. 45
CLUSULAS FINALES
CLUSULA 51: EFECTOS DE REFORMAS LEGALES
O REGLAMENTARIAS. 45
CLUSULA 52: PUBLICACIN DE LA CONVENCIN COLECTIVA. 45CLUSULA 53: DURACIN DE LA CONVENCIN COLECTIVA. 46
CLUSULA 54: DOMICILIO. 46
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
6/47
Convencin Colectiva de Trabajo
62013-2016
Clusulas Preliminares
CLUSULA 1: DEFINICIONES
A los fines de la ms fcil y correcta interpretacin, aplicacin y ejecucinde esta Convencin Colectiva de Trabajo, las partes intervinientesestablecen las siguientes definiciones:
a)CAJA DE AHORROS:Este trmino se refiere a la Caja de Ahorros delos Trabajadores y Trabajadoras de BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A.(CABANESCO).
b) CONVENCIN COLECTIVA O CONVENCIN COLECTIVA DE TRABAJO:Este trmino se refiere al conjunto de clusulas contenidas en elpresente instrumento, el cual regir las relaciones laborales entre LAORGANIZACIN, sus trabajadores y trabajadoras y EL SINDICATO quelos representa a nivel nacional. En los asuntos no previstos en lamisma se aplicarn supletoriamente las disposiciones contenidas enla Ley Orgnica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras
vigente, su Reglamento y dems normativa laboral vigente.c) EL SINDICATO U ORGANIZACIN SINDICAL:Este trmino se refiere
e identifica exclusivamente al Sindicato Nacional de Trabajadores delGrupo Financiero Banesco (SITRABANESCO), con jurisdiccin a nivelnacional.
d) INGRESO MENSUAL BSICO:Este trmino se refiere a la asignacinmensual que percibe el trabajador o trabajadora a cambio de su labor
ordinaria, sin pago extra de ninguna especie, lo que comnmente seentiende como Salario Bsico en el mercado laboral venezolano.
e) LA ORGANIZACIN: Este trmino identifica a BANESCO BANCOUNIVERSAL, C.A.
f) LAS PARTES: Este trmino identifica a LA ORGANIZACIN y a ELSINDICATO.
g) REPRESENTANTES: Este trmino identifica a la persona o personasautorizadas para actuar en nombre de LA ORGANIZACIN y deEL SINDICATO, en todo lo concerniente a la presente ConvencinColectiva de Trabajo.
h) SALARIO:Este trmino se refiere a la remuneracin diaria o mensualque le corresponde al trabajador o trabajadora por la prestacin de
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
7/47
7Banesco Banco Universal
sus servicios, de conformidad con lo establecido en la legislacinlaboral vigente.
i) SALARIO NORMAL: Este trmino se refiere a la remuneracin
devengada por el trabajador o trabajadora de forma regular ypermanente, por la prestacin de su servicio. Quedan por tantoexcluidos del mismo las percepciones de carcter accidental, lasderivadas de las prestaciones sociales y las que la Ley Orgnicadel Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras considere que notienen carcter salarial, en el entendido que para la estimacin delsalario normal ninguno de los conceptos que lo integran producir
efectos sobre s mismo.j) TRABAJADOR O TRABAJADORA: Este trmino se refiere a las
personas que prestan sus servicios laborales en BANESCO BANCOUNIVERSAL C.A.
CLUSULA 2: DECLARACIN GENERAL DE PRINCIPIOS
Esta Convencin Colectiva de Trabajo es el resultado de aplicar el
principio de Responsabilidad Social basado en principios humanistasy en las condiciones morales y ticas que rigen LA ORGANIZACIN y asus trabajadores y trabajadoras, como principal activo de la institucin,cuyo objeto es el desarrollo de los trabajadores y trabajadoras yproteger al trabajo como hecho social, garantizando sus derechos,como sujetos protagnicos de los procesos de educacin y trabajopara alcanzar los fines del Estado democrtico y social de derecho
y de justicia, de conformidad con la Constitucin de la RepblicaBolivariana de Venezuela y las Leyes. Esta mxima permitir generarbienestar, mejoras en las condiciones laborales y en la calidad de vidade todos los trabajadores y trabajadoras de LA ORGANIZACIN; paraello EL SINDICATOcolaborar en motivar a sus afiliados para que stosobserven un comportamiento tico e innovador en el desarrollo de susactividades laborales, que aseguren la rentabilidad y competitividad delnegocio. Por su parte, los trabajadores y las trabajadoras aportarn
sus competencias tcnicas y actitudinales para ofrecer excelencia encalidad de servicio a clientes y pblico en general, promoviendo en LAORGANIZACIN un clima laboral armnico, sustentado en valores desolidaridad, justicia, independencia, paz, bien comn y corporativo, loscuales incentivan la renovacin y excelencia personal. Con la finalidadde regular las situaciones y relaciones jurdicas derivadas del proceso
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
8/47
Convencin Colectiva de Trabajo
82013-2016
de produccin de bienes y servicios, protegiendo el inters supremodel trabajo como proceso liberador, indispensable para materializar losderechos de la persona, de las familias y del conjunto de la sociedad,
mediante la justa distribucin de la riqueza, para la satisfaccin de lasnecesidades materiales, intelectuales y espirituales de los trabajadoresy trabajadoras en su relacin con LA ORGANIZACIN. Principios bajo loscuales se acuerda la presente Convencin Colectiva de Trabajo.
CLUSULA 3: MBITO DE APLICACIN
La presente Convencin Colectiva de Trabajo ser aplicada
exclusivamente a todos los trabajadores y trabajadoras bajo relacinlaboral, que presten sus servicios en BANESCO BANCO UNIVERSALC.A., entendindose por stos los niveles base, profesional y tcnico,supervisorio y gerencial, en cualquier lugar de la Repblica Bolivarianade Venezuela.
Sin embargo, las partes acuerdan expresamente que la presenteConvencin Colectiva de Trabajo no surtir efectos con respecto a los
representantes de LA ORGANIZACINa quienes les corresponde autorizarsu negociacin, y se aplicar a quienes intervengan en su discusin onegociacin, de acuerdo con la legislacin laboral vigente.
Para la mejor interpretacin de esta clusula, las partes dejanestablecido a ttulo enunciativo que esta Convencin Colectiva deTrabajo no amparar a los Presidentes de Junta Directiva, PresidentesEjecutivos, Directores, Vice-Presidentes y Vice-Presidentes Ejecutivos,
en el entendido que estas personas son las que autorizan la negociacinde la Convencin Colectiva de Trabajo.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
9/47
9Banesco Banco Universal
Clusulas Generales
CLUSULA 4: SERVICIO MILITAR
Cuando el trabajador o la trabajadora sea llamado para el cumplimientodel Servicio Militar, LA ORGANIZACIN conviene en concederle unpermiso remunerado de tres (3) das hbiles a partir de la fecha enque el trabajador o la trabajadora quede a disposicin del Ministeriodel ramo, con el objeto de que en el citado plazo efecte los trmitescorrespondientes. En caso que el trabajador o la trabajadora no seaadmitido, en el Servicio Militar, deber reincorporarse a LA ORGANIZACIN
dentro del plazo sealado y seguir prestando sus servicios en lasmismas condiciones existentes.
En el supuesto que el trabajador o la trabajadora sea llamado yadmitido, en forma definitiva para el cumplimiento del Servicio Militar,se considerar que la relacin de trabajo se encontrar suspendida,de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgnica del Trabajo, losTrabajadores y las Trabajadoras vigente, y al terminar el Servicio Militar,
el Trabajador o la Trabajadora deber reincorporarse a LA ORGANIZACINdentro de los treinta (30) das siguientes a su licenciamiento, previa lacomprobacin respectiva.
Ahora bien, el trabajador o la trabajadora que ha sido llamado en formadefinitiva para el cumplimiento del Servicio Militar, tendr la opcinde retirarse voluntariamente de sus actividades en LA ORGANIZACIN,en cuyo caso recibir su liquidacin, la cual comprender todos los
beneficios laborales legales y contractuales que le correspondan.Una vez que el trabajador o trabajadora haya cumplido su Servicio Military quiera ingresar en LA ORGANIZACIN, sta en igualdad de condicionesy de acuerdo con la necesidad de contratacin de personal, le darpreferencia para que ingrese nuevamente a prestar sus servicios.
CLUSULA 5: DETENCIN POLICIAL PREVENTIVA
LA ORGANIZACIN y EL SINDICATO convienen que las detencionespoliciales o judiciales son causa de suspensin de la relacin laboral,de conformidad con las estipulaciones previstas en la Ley Orgnica delTrabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y su Reglamento. Cuandoun trabajador o una trabajadora haya sido detenido por un hecho queno le es imputable y sea puesto en libertad dentro de los treinta (30) das
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
10/47
Convencin Colectiva de Trabajo
102013-2016
siguientes continuos a su detencin, LA ORGANIZACIN le reconocersu derecho a reincorporarse a su cargo en las mismas condicionesque disfrutaba para el momento de la detencin, siempre y cuando
el trabajador se reincorpore dentro de los cinco (5) das siguientescontinuos, contados a partir de haber obtenido su libertad.
Vencido este plazo de cinco (5) das sin que el trabajador o latrabajadora se reincorpore a su cargo, LA ORGANIZACINproceder arealizar la solicitud de autorizacin de despido de conformidad con laLey Orgnica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras.
CLUSULA 6: UNIFORMES E IMPLEMENTOS DE HIGIENEY SEGURIDAD LABORAL
Con el objeto de mantener y proyectar una imagen institucionaladecuada y acorde con su cultura corporativa, LA ORGANIZACINconviene en proveer anualmente a los trabajadores y las trabajadorasque ms adelante se indican, los uniformes e implementos de higieney seguridad laboral requeridos para la ejecucin de sus labores, en la
siguiente forma:
CARGO
Anfitrin
Cajero
Cajero en Formacin
Cajero Principal
Oficinista Entrega de Chequeras
Cajero de Bveda
Promotor
Promotor en Formacin
Mensajero Interno
Analista de Atencin al Cliente
Secretaria Ejecutiva I,II
Secretaria I, II, III
Recepcionista
DOTACIN DAMA
Descripcin Cantidad
Chaleco 2
Blusas Banesco 4
Pantalones 3
Total Piezas 9
DOTACIN CABALLERO
Descripcin Cantidad
Pulver 2
Camisas Banesco 4
Pantalones 3
Total Piezas 9
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
11/47
11Banesco Banco Universal
CARGO
Sub-Gerente de Negocios
Administrador Operativo
Supervisor de Banca Privada
Supervisor de Oficina de
Banca Empresa
Apoderado Hipotecario
DOTACIN DAMA
Descripcin Cantidad
Blazer 2
Blusas 4
Pantalones 3
Yuntas Banesco 4
Total Piezas 13
DOTACIN CABALLERO
Descripcin Cantidad
Saco 2
Camisas 4
Pantalones 3
Corbatas 3
Yuntas Banesco 4
Total Piezas 16
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
12/47
Convencin Colectiva de Trabajo
122013-2016
HIGIENE Y SEGURIDAD
LABORAL DESCRIPCION CANT.
Analista de Recepcin
Analista de Despacho
Coordinador de Almacn
Lder de Almacn
Gerente de Higieney Seguridad Industrial
Coordinador de Operacionesde Logstica de Almacenes
Supervisor de Inventario
Botas de Seguridad, corteal tobillo, punta de acero 1
Total piezas 1
HIGIENE Y SEGURIDADLABORAL DESCRIPCION CANT.
Cajero de Bveda Botas de Seguridad, corte
al tobillo, punta de acero 1
Batas Blancas 1
Total piezas 2
Operador de Data Card Botas de Seguridad, corteal tobillo, punta de acero 1
Bragas 1
Batas 1 Total piezas 3
Archivistas de la Unidad Batas 1
Archivo Crdito TDC Total piezas 1
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
13/47
13Banesco Banco Universal
CARGO DESCRIPCION CANT.
Analista de Almacenes
Analista Administrativode Almacn
Analista de Activo Fijo
Analista de Inventario
Analista de OperacionesLogstica de Almacenes
Analista de Sistemas deTelefona
Archivistas (Unidad Gestinde Fondos Documentales)
Auxiliar de Activo Fijo
Auxiliar de Almacn
Auxiliar de Archivo
Auxiliar de Estacionamiento
Auxiliar de Mantenimiento
Chofer de Correspondencia
Coord. de Registro y Ctrol.Activos Fijo
Coordinador de Mantenimiento
Inspector de Activo Fijo
Inspector de Mantenimiento
Montacarguista
Supervisor de Almacn
Supervisor de archivo
Supervisor Tcnico de AlmacnSupervisor Tcnico deConservacin
Tcnico de Mantenimiento
Tcnico en Telefona
Blue Jean 4
Chemises 4Franela cuello redondo 4
Botas de seguridad, corteal tobillo, punta de acero 1
Total piezas 13
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
14/47
Convencin Colectiva de Trabajo
142013-2016
CARGO DESCRIPCION CANT.
Analista de Proteccin Fsica
Asistente Admin. de SeguridadAuxiliar de Seguridad
Investigador de Seguridad
Jefe de Dpto. Seguridad
Operador de Control MasterSeguridad
Supervisor de SeguridadTcnico de Seguridad
Traje color negro 45% lanay 55% polister 2
Pantalones color negro,tela de gabardina 55/45 2
Camisas manga largacolor blanco, 50% algodny 50% polister 4
Corbatas color rojo 2
Chalecos color negro,con logo Banesco 2
Franela cuello redondo 4
Chemises blanca.Manga larga. 4
Chaquetas reversiblescolor negro 1
Total piezas 21
CARGO DESCRIPCION CANT.
Chofer de Ejecutivos
Investigador de Segurid.Fraude Tarjetas
Investigador deRecuperaciones
Traje color negro 45% lanay 55% polister 2
Pantalones color negro,tela de gabardina 55/45 2
Camisas manga largacolor blanco, 50% algodny 50% polister 4
Corbatas color rojo 2
Total piezas 10
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
15/47
15Banesco Banco Universal
CARGO DESCRIPCION CANT.
Auxiliar de Servicios
Supervisor de Cocinay Eventos Dir.
Chalecos para damas,color azul marino 6
Pantaln de vestir paradama, color azul marino 6
Blusa manga 3/4 paradama, color blancas 3
Blusa manga corta paradama, color blancas 4
Zapatosergonmicosantirresbalantes 2
Total piezas 21
CARGO DESCRIPCION CANT.
Jefe de Dpto. Cocina
y Eventos Director
Zapatos ergonmicos
antirresbalantes 2Camisas 5
Pantalones color negro,tela de gabardina 5
Total piezas 12
CARGO DESCRIPCION CANT.
Especialista de ProteccinEjecutiva (Grupo SAE)
Trajes de diversos colores 4
Camisas manga larga devarios colores claros 4
Corbatas de variados colores 4
Camisas eventos finesde semanas 4
Pantalones color negro,Tela de Gabardina 55/45 2
Chaqueta Casual(Fin de Semana) 1
Total piezas 19
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
16/47
Convencin Colectiva de Trabajo
162013-2016
CARGO DESCRIPCION CANT.
Mensajero Externo(Motorizado)
Blue jean 4
Chemises 4Impermeable paramotorizado 1
Maletn para motorizados 1
Casco ergonmico convisceras para motorizadocolor negro 1
Lentes de seguridad 1
Guantes para motorizado 1
Bota de seguridad, cortepor el tobillo 1
Chaleco de colorverde oliva con franjas
retroflectivas grises 1Total piezas 15
CARGO DESCRIPCION CANT.
Coordinador Operativo
Promotor Comunitario
Promotor de AvanceComunitario
Camisa manga corta, conlogo Banca Comunitaria 1
Chemises manga corta conlogo Banca Comunitaria 4
Chaquetas impermeables,con logo Banca Comunitaria(solo para CoordinadorOperativo y Promotor de
Avance Comunitario) 1
Gorra Blanca 1
Total piezas 7
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
17/47
17Banesco Banco Universal
CARGO DESCRIPCION CANT.
Asesor Comunitario
Asesor Comunitario SeniorAsesor de Avance Comunitario
Coordinador de Microcrdito
Ejecutivo de Cobranza BCB
Camisa manga corta, conlogo Banca Comunitaria 1
Chemises manga cortacon logo Banca Comunitaria 4
Chaquetas impermeables,con logo Banca Comunitaria 1
Gorra Blanca 1
Total piezas 7
CARGO DESCRIPCION CANT.
Analista de BCB Camisa manga corta, conlogo Banca Comunitaria 4
Chemises manga corta,
con logo Banca Comunitaria 1Gorra Blanca 1
Total piezas 6
CARGO DESCRIPCION CANT.
Supervisor de Agencia Camisa manga corta, conlogo Banca Comunitaria. 4
Chemises manga corta,con logo Banca Comunitaria 1
Chaquetas impermeables,con logo Banca Comunitaria 1
Gorra Blanca 1
Total piezas 7
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
18/47
Convencin Colectiva de Trabajo
182013-2016
Es entendido, que ser obligatorio para los Trabajadores y Trabajadorasel uso de los uniformes suministrados, y el incumplimiento de este deber
se considerar como una falta grave a las obligaciones que imponela relacin de trabajo, tanto al contrato individual, como a la presenteConvencin Colectiva de Trabajo.
En el mismo sentido ser obligatorio para los Trabajadores y Trabajadorasel uso de los implementos de higiene y seguridad laboral entregados, yel incumplimiento de este deber se considerar como una falta grave alas obligaciones que impone la relacin de trabajo y hecho intencional o
negligencia grave que afecta la salud y la seguridad laboral.En caso de terminacin de la relacin de trabajo, el trabajador o latrabajadora deber devolver a la Vicepresidencia Ejecutiva de CapitalHumano el uniforme y los implementos de higiene y seguridad laboralentregados.
CLUSULA 7: POLTICA DE DESARROLLO
LA ORGANIZACIN,a travs de su Vicepresidencia Ejecutiva de CapitalHumano, continuar con la poltica de disear y ejecutar acciones dedesarrollo para el personal, las cuales persiguen el fortalecimiento delas competencias de sus trabajadores y trabajadoras, en funcin aldiagnstico peridico de requerimientos de formacin y los lineamientosestratgicos de LA ORGANIZACIN.
CARGO DESCRIPCION CANT.
Referencista
Ejecutivo Comercial de BCBGestor de Cobranzas BCB
Camisa manga corta, conlogo Banca Comunitaria 1
Chemises manga corta,con logo Banca Comunitaria 3
Chaquetas impermeables,con logo Banca Comunitaria.(solo para EjecutivoComercial de BCB y Gestorde Cobranzas BCB) 1
Gorra Blanca 1
Total piezas 6
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
19/47
19Banesco Banco Universal
CLUSULA 8: EVALUACIN DE DESEMPEO DE PERSONAL
LA ORGANIZACIN conviene en continuar con su poltica de evaluacinanual del desempeo de sus trabajadores y trabajadoras, a travs de la
cual se calificar el rendimiento y productividad de stos en diferentesaspectos relacionados con las acciones, funciones y procesos propiosde la tipologa del cargo desempeado.
El proceso de evaluacin ser una base fundamental de informacin paralas promociones, movimientos de personal y acciones de desarrollo, locual permitir administrar de manera ms alineada el capital humanode LA ORGANIZACINpara la consecucin de las metas y objetivos de
ambos.La evaluacin anual del desempeo se hace en una escala del 1 al 4 osu equivalente (Requiere Mejorar, En el Nivel Esperado, Por Encima delNivel Esperado y Excelente), donde 4 es el valor ms alto. Se evalael cumplimiento de metas y objetivos cuantitativos que son medidosa travs de indicadores segn el cargo, igualmente se evala elcumplimiento de cdigos, polticas y normativas de desarrollo interno de
La Organizacin, as como calidad de trabajo y servicio, responsabilidadpersonal, planificacin, gestin de riesgos y prevencin de prdidas.Para obtener el resultado de la evaluacin definitiva el sistema calculaun promedio ponderado del total de factores evaluados.
CLUSULA 9: PROMOCIONES
LA ORGANIZACIN y EL SINDICATO convienen en proporcionar a sustrabajadores y trabajadoras, oportunidades iguales de progreso,mediante promociones a cargos superiores atendiendo a las condicionesde eficiencia, nivel de conocimiento, capacidad y habilidades indispen-sables para el desempeo del cargo, demostradas por el trabajador ola trabajadora en la realizacin de sus funciones habituales, as comoen aquellas sustituciones temporales que hubiere podido realizar encargos similares o de mayor nivel. En todo caso deber cumplirse con
el perodo de prueba establecido en la legislacin laboral vigente y alcumplirse el mismo satisfactoriamente, el trabajador o la trabajadoraser reclasificado en el nuevo cargo y nivelado su salario, de conformidadcon las polticas de LA ORGANIZACIN.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
20/47
Convencin Colectiva de Trabajo
202013-2016
CLUSULA 10: VITICOS
LA ORGANIZACINpagar a sus trabajadores y trabajadoras que, porinstrucciones de la misma y por razones de trabajo, deban cumplir
funciones fuera de la ciudad en donde se encuentre ubicado su lugarhabitual de trabajo, los gastos de alimentacin y alojamiento, ms losgastos de transporte de ida y vuelta al sitio de destino, de acuerdoa las tarifas de viticos aqu aprobadas. Es entendido que cuandoel trabajador o trabajadora no requiera el alojamiento respectivo, LAORGANIZACIN solamente pagar los conceptos de alimentacin ytransporte causados. Se detallan las tarifas actuales:
CONCEPTO TARIFA VIGENTE (BS.)
Desayuno 38
Almuerzo 76
Cena 76
TARIFA: TRANSPORTE - KILOMETRAJE
Kilometraje 0,94
Zona Tarifa Vigente (Bs.)
Taxi Inter Extra Aeropuerto Urbano Urbano
Metropolitana 210 70 175
Valencia - Aerpto. Valencia 117 29 58
Maracay - Aerpto. Valencia 234 29 58
Maracay - Aerpto. Maiqueta 409 - -
Valencia - Aerpto. Maiqueta 550 - -
Maracay - Caracas - 82 374
Maracay - Valencia - 41 199
Valencia - Caracas - - 491
Maracay - Valles de la Pascua - - 468
Maracay - Las Mercedes del Llano - - 468
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
21/47
21Banesco Banco Universal
Zona Tarifa Vigente (Bs.)
Taxi Inter Extra Aeropuerto Urbano Urbano
Maracay - Las Mercedes del Llano - - 468
Maracay - San Fernando de Apure - - 409
Maracay - Calabozo - - 409
Maracay - San Juan de Los Morros - - 281
Maracay - Puerto Ayacucho - - 1403
Valle de la Pascua - Las Mercedes
del Llano - - 281
San Juan de los Morros - Valle de
la Pascua - - 409
San Juan de los Morros -
Pto. Ayacucho - - 935
San Fernando de Apure- Calabozo - - 175
Mrida 70 18 35Valera 70 18 35
San Cristbal - Sto. Domingo 175 18 35
San Cristbal - Sto. Antonio 175 18 35
Maracaibo 70 18 35
Punto Fijo 70 18 47
Barquisimeto 70 29 35Barcelona 70 35 58
Ciudad Bolvar 94 23 94
Cuman 29 23 53
Carpano 30 20 82
Giria - 20 140
El Tigre 47 23 53Maturn 47 23 53
Porlamar 70 23 47
Puerto Ordaz 41 35 58
Dichas tarifas de viticos sern revisadas anualmente.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
22/47
Convencin Colectiva de Trabajo
222013-2016
CLUSULA 11: CONSTANCIA DE TRABAJO
LA ORGANIZACIN emitir constancia de trabajo a todo trabajador otrabajadora que as lo requiera. Igualmente expedir constancia a todo
trabajador o trabajadora que haya concluido su relacin de trabajo, enla cual se expresar:
1. La duracin de la relacin de trabajo;
2. El ltimo salario devengado; y,
3. El ltimo cargo desempeado.
CLUSULA 12: ESTABILIDAD
LA ORGANIZACIN y EL SINDICATO convienen en mantener laestabilidad de los trabajadores y trabajadoras que cumplan eficientey responsablemente con las labores asignadas a sus cargos, por locual, antes de prescindir de los servicios de un trabajador o trabajadorade conformidad con la Ley Orgnica del Trabajo, Los Trabajadoresy las Trabajadoras, tratar dentro de sus posibilidades tcnicas yeconmicas, de reubicarlo o reubicarla de acuerdo a sus competenciasy evaluaciones de desempeo.
En caso que LA ORGANIZACIN deba prescindir de los servicios deltrabajador o trabajadora, proceder a realizar la solicitud de autorizacinde despido de conformidad con la Ley Orgnica del Trabajo, LosTrabajadores y Las Trabajadoras.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
23/47
23Banesco Banco Universal
Clusulas Econmicas
CLUSULA 13: AUMENTO DE SALARIO
A) AUMENTO DE SALARIO MNIMO:El salario mnimo de ingreso de sustrabajadores y trabajadoras ser el salario mnimo nacional decretadopor el Ejecutivo Nacional. Queda entendido que LA ORGANIZACIN secompromete a dar cumplimiento a lo estipulado en el artculo 99 de laLey Orgnica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras.
B) AUMENTO DE SALARIO POR EVALUACIN DE DESEMPEO DE
PERSONAL:Una (1) vez al ao LA ORGANIZACINse obliga a otorgar a sustrabajadores y trabajadoras un aumento de salario atado a la evaluacinde desempeo de personal establecida en la clusula ocho (8) de estaConvencin Colectiva de Trabajo, tomando en consideracin, asimismo,los resultados financieros de la Organizacin, la contribucin y/o aportedel trabajador o trabajadora en los resultados de la productividad de laOrganizacin.
LA ORGANIZACIN garantizar que dicho aumento ser para cadatrabajador o trabajadora, segn el resultado de su evaluacin, conformea las cantidades detalladas en la siguiente tabla:
Ahora bien, LA ORGANIZACIN podr reconsiderar y otorgar elmencionado aumento por evaluacin de desempeo de personal, porencima de las cantidades arriba indicadas.
Requiere mejorar No corresponde No corresponde No corresponde
En el nivel esperado Bs. 150,00 Bs. 160,00 Bs. 170,00
Por encima delNivel Esperado Bs. 200,00 Bs. 210,00 Bs. 220,00
Excelente Bs. 250,00 Bs. 260,00 Bs. 270,00
Resultado de la 1er Ao de 2do Ao de 3er Ao deEvaluacin vigencia de vigencia de vigencia dede Desempeo la CCT la CCT la CCT
Sobre el ingreso mensual bsico
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
24/47
Convencin Colectiva de Trabajo
242013-2016
C) En la oportunidad en que la Organizacin otorga el aumento desalario por evaluacin de desempeo de personal, garantizar a todoslos trabajadores y trabajadoras, indistintamente del resultado de la
mencionada evaluacin de desempeo, que dicho aumento de salariono ser inferior a Bs. 50 sobre su ingreso mensual bsico para el primerao de vigencia de la Convencin Colectiva de Trabajo; Bs. 60 sobresu ingreso mensual bsico para el segundo ao de vigencia de laConvencin Colectiva de Trabajo; y Bs. 70 sobre su ingreso mensualbsico para el tercer ao de vigencia de la Convencin Colectiva deTrabajo.
CLUSULA 14: CONTRIBUCIN PARA CAJEROS O CAJERAS
DE AGENCIAS
LA ORGANIZACIN y EL SINDICATO convienen en conceder a aquellostrabajadores y trabajadoras que desempeen cargos de Cajero o Cajerade Taquilla y de Bveda, una contribucin semestral en los siguientestrminos:
a) DOSCIENTOS BOLVARES (Bs. 200,00)para el primer ao de vigencia dela presente Convencin Colectiva;
b) DOSCIENTOS TREINTA BOLVARES (Bs. 230,00)para el segundo ao devigencia de la presente Convencin Colectiva; y,
c) DOSCIENTOS SESENTA BOLVARES (Bs. 260,00) para el tercer ao devigencia de la presente Convencin Colectiva.
Las cantidades mencionadas anteriormente se pagarn, siempre ycuando los trabajadores beneficiarios o las trabajadoras beneficiarias nohayan presentado faltante o diferencia alguna durante dicho semestre, yhayan cumplido el Cdigo de tica y Conducta del Ciudadano Banescoy dems normativas de desarrollo interno de LA ORGANIZACIN. En elsupuesto que no hayan ejercido el cargo durante el semestre completo,la contribucin ser pagada de manera proporcional a los meses
completos efectivamente trabajados durante el mismo.Si se determina la existencia de un faltante o diferencia, en una fechaposterior al pago de esta contribucin, el trabajador o trabajadoraqueda obligado a reintegrar dicho monto, de conformidad con loslmites de descuentos establecidos en el artculo 154 de la Ley Orgnicadel Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
25/47
25Banesco Banco Universal
CLUSULA 15: CONTRIBUCIN PARA PROMOTORES O
PROMOTORAS DE AGENCIAS
LA ORGANIZACIN y EL SINDICATO convienen en conceder a aquellos
trabajadores y trabajadoras que se desempeen como Promotores oPromotoras de Agencias una contribucin semestral en los siguientestrminos:
a) CIENTO CUARENTA BOLVARES (Bs. 140,00) para el primer ao devigencia de la presente Convencin Colectiva;
b) CIENTO SESENTA BOLVARES (Bs. 160,00) para el segundo ao devigencia de la presente Convencin Colectiva; y,
c) CIENTO OCHENTA BOLVARES (Bs. 180,00)para el tercer ao de vigenciade la presente Convencin Colectiva.
Las cantidades mencionadas anteriormente se pagarn, siempre ycuando los trabajadores beneficiarios o las trabajadoras beneficiarias nohayan presentado faltante o diferencia alguna durante dicho semestre, yhayan cumplido el Cdigo de tica y Conducta del Ciudadano Banesco
y dems normativas de desarrollo interno de LA ORGANIZACIN. En elsupuesto que no hayan ejercido el cargo durante el semestre completo,la contribucin ser pagada de manera proporcional a los mesescompletos efectivamente trabajados durante el mismo.
Si se determina la existencia de un faltante o diferencia, en una fechaposterior al pago de esta contribucin, el trabajador o trabajadoraqueda obligado a reintegrar dicho monto, de conformidad con los
lmites de descuentos establecidos en el artculo 154 de la Ley Orgnicadel Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras.
CLAUSULA 16: POLTICA DE DISTINCIONES RECONOCIMIENTO
POR ANTIGEDAD
LA ORGANIZACIN y EL SINDICATO convienen en dar continuidad a lapoltica especial de distinciones por aos de servicios, y en tal sentido
har entrega a aquellos trabajadores y trabajadoras que cumplan cinco(5) aos de antigedad, y por cada quinquenio, durante la vigencia dela Convencin Colectiva, de un botn representativo con la imagen deLA ORGANIZACIN. Igualmente LA ORGANIZACINconviene en concedera sus trabajadores y trabajadoras una contribucin nica y especial porantigedad, de acuerdo al tiempo de servicios prestado de maneraininterrumpida, de acuerdo a la siguiente escala:
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
26/47
Convencin Colectiva de Trabajo
262013-2016
a) La cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00) para aquellostrabajadores o trabajadoras que hayan cumplido cinco (05) aos deservicios ininterrumpidos;
b) La cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00)para aquellostrabajadores o trabajadoras que hayan cumplido diez (10) aos deservicios ininterrumpidos;
c) La cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) para aquellostrabajadores o trabajadoras que hayan cumplido quince (15) aos deservicios ininterrumpidos;
d) La cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00) para aquellostrabajadores o trabajadoras que hayan cumplido veinte (20) aos deservicios ininterrumpidos;
e) La cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00) para aquellostrabajadores o trabajadoras que hayan cumplido veinticinco (25)aos de servicios ininterrumpidos;
f) La cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) para
aquellos trabajadores o trabajadoras que hayan cumplido treinta (30)aos de servicios ininterrumpidos;
g) La cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) para aquellostrabajadores o trabajadoras que hayan cumplido treinta y cinco (35)aos de servicios ininterrumpidos;
h) La cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) para aquellostrabajadores o trabajadoras que hayan cumplido cuarenta (40) aos
de servicios ininterrumpidos;
i) La cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4.000,00) para aquellostrabajadores o trabajadoras que hayan cumplido cuarenta y cinco(45) aos de servicios ininterrumpidos;
j) La cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) para aquellostrabajadores o trabajadoras que hayan cumplido cincuenta (50) aos
de servicios ininterrumpidos.Queda entendido que esta contribucin es nica y especial, no tienecarcter salarial y no es acumulativa.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
27/47
27Banesco Banco Universal
CLUSULA 17: GASTOS DE TRANSPORTE PARA MENSAJEROS
EXTERNOS
LA ORGANIZACIN pagar a sus mensajeros externos y mensajeras
externas, que le presten servicio con vehculo propio, siempre y cuandodicho vehculo est a disposicin exclusiva de sta, una suma mensualpor concepto de mantenimiento del vehculo y para sufragar gastos decombustible, en los siguientes trminos:
a) CIENTO CINCUENTA BOLVARES (Bs. 150,00) para el primer ao devigencia de la presente Convencin Colectiva;
b) CIENTO SETENTA Y CINCO BOLVARES (Bs. 175,00)para el segundo aode vigencia de la presente Convencin Colectiva; y,
c) DOSCIENTOS BOLVARES (Bs. 200,00) para el tercer ao de vigencia dela presente Convencin Colectiva.
Queda expresamente convenido entre las partes, que en los montospagados en la presente clusula est incluido el beneficio a que serefiere el artculo 284 de la Ley Orgnica del Trabajo, Los Trabajadores
y Las Trabajadoras vigente.Igualmente queda entendido que esta suma mensual para gastos detransporte no tiene carcter salarial.
CLUSULA 18: APORTES A LA CAJA DE AHORROS
LA ORGANIZACIN y los trabajadores y trabajadoras convienen en
aportar mensualmente cada uno de ellos, una cantidad equivalenteal once por ciento (11%) del ingreso mensual bsico devengado porlos trabajadores y las trabajadoras, siempre que estos ltimos seanmiembros de la Caja de Ahorros.
CLUSULA 19: UTILIDADES
LA ORGANIZACIN conviene en pagar a aquellos trabajadores y
trabajadoras que hayan prestado servicio durante todo el lapso delejercicio econmico anual, una cantidad equivalente a CIENTO VEINTE(120) das de salario por concepto de utilidades anuales. Cuando eltrabajador o la trabajadora no hubiese laborado durante todo el lapsodel ejercicio econmico anual, el pago se har proporcionalmente a losmeses completos efectivamente trabajados durante ese ao.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
28/47
Convencin Colectiva de Trabajo
282013-2016
Las utilidades sern pagadas la mitad, por concepto de anticipo,en el mes de julio y la otra mitad en el mes de noviembre de cadaao, y sern calculadas con base a los siguientes conceptos: salario
normal devengado por el trabajador o la trabajadora, el aporte de LAORGANIZACIN a la Caja de Ahorros, el subsidio familiar, y la alcuotarespectiva del bono vacacional.
CLUSULA 20: VACACIONES Y BONO VACACIONAL
LA ORGANIZACIN conviene en conceder vacaciones anuales a sustrabajadores y trabajadoras en los trminos siguientes:
Adems LA ORGANIZACIN conceder un bono vacacional calculadocon base al salario normal que devengue el trabajador o trabajadorapara la fecha efectiva del pago, de acuerdo a la siguiente tabla:
AOS DE SERVICIO DAS HBILES DE DISFRUTE
De 1 a 5 aos 22
De 6 a 10 aos 24
De 11 aos en adelante 30
AOS DE SERVICIO BONO VACACIONAL (DAS)
De 1 a 5 aos 23
De 6 a 10 aos 26
De 11 aos en adelante 31
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
29/47
29Banesco Banco Universal
Clusulas Socio-econmicas
CLUSULA 21: PERMISO Y CONTRIBUCIN POR MATRIMONIO
En caso que el trabajador o la trabajadora contraiga matrimonio, LAORGANIZACIN y EL SINDICATO convienen en concederle, un permisoremunerado de acuerdo a su salario bsico diario, de siete (7) das hbilesconsecutivos, el cual podr disfrutar con ocasin de la celebracin delmatrimonio civil o matrimonio eclesistico, a eleccin del trabajador o latrabajadora, y deber notificarlo por lo menos tres (3) das hbiles antesa su supervisor inmediato.
Queda entendido que el trabajador o la trabajadora podr optar por estepermiso, en una sola oportunidad, ya sea con ocasin de celebracindel matrimonio civil o matrimonio eclesistico.
Asimismo, LA ORGANIZACIN conviene que, previa presentacin delacta de matrimonio correspondiente, se le otorgar al trabajador otrabajadora una contribucin especial en los siguientes trminos:
a) DOSCIENTOS BOLVARES (Bs. 200,00)para el primer ao de vigencia dela presente Convencin Colectiva;
b) DOSCIENTOS CINCUENTA BOLVARES (Bs. 250,00)para el segundo aode vigencia de la presente Convencin Colectiva; y,
c) TRESCIENTOS BOLVARES (Bs. 300,00)para el tercer ao de vigencia dela presente Convencin Colectiva.
Cuando ambos contrayentes trabajen para LA ORGANIZACIN, cada unode ellos disfrutar de los beneficios acordados en la presente clusulay en este supuesto debern notificarlo igualmente, por lo menos tres(3) das hbiles antes a su supervisor inmediato, para asegurar queno exista conflicto de intereses entre las funciones que stos ejecutandentro de LA ORGANIZACIN.
El disfrute de estos beneficios deber efectuarse en un perodo que
no exceda de los treinta (30) das continuos siguientes a la fecha delmatrimonio civil o matrimonio eclesistico. Pasado dicho plazo, laomisin en la presentacin de los documentos antes mencionados harperder el derecho a estos beneficios.
Las partes reconocen que esta contribucin no tiene carcter salarial.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
30/47
Convencin Colectiva de Trabajo
302013-2016
CLUSULA 22: PERMISO Y CONTRIBUCIN POR NACIMIENTO
DE HIJOS O HIJAS.
LA ORGANIZACIN y EL SINDICATO convienen que, previa presentacin
del Acta de nacimiento o instrumento de adopcin respectivo, se leotorgar al trabajador o trabajadora una contribucin especial en lossiguientes trminos:
a) DOSCIENTOS BOLVARES (Bs. 200,00)para el primer ao de vigencia dela presente Convencin Colectiva;
b) DOSCIENTOS CINCUENTA BOLVARES (Bs. 250,00)para el segundo aode vigencia de la presente Convencin Colectiva; y,
c) TRESCIENTOS BOLVARES (Bs. 300,00)para el tercer ao de vigencia dela presente Convencin Colectiva.
Para el otorgamiento de esta contribucin el trabajador o trabajadora seobliga a presentar el acta de nacimiento o el instrumento de adopcinen un plazo no mayor de treinta (30) das continuos, contados a partirdel acontecimiento. Pasado dicho plazo, la omisin en la presentacin
de dichos documentos har perder el derecho a la contribucin.En caso de nacimiento de hijos o hijas del trabajador o trabajadora, ode adopcin, stos tendrn derecho a los permisos establecidos en lalegislacin vigente.
Cuando ambos padres trabajen en LA ORGANIZACINcada uno de ellosdisfrutar de los beneficios acordados en la presente clusula.
Las partes reconocen que esta contribucin no tiene carcter salarial.
CLUSULA 23: PERMISO Y CONTRIBUCIN POR MUERTE
DE FAMILIARES
En caso de fallecimiento de padre, madre, hijos, cnyuge o concubinoo concubina, declarado o declarada en los registros del InstitutoVenezolano de los Seguros Sociales (IVSS), de los trabajadores o
trabajadoras, LA ORGANIZACINy EL SINDICATOconvienen en concederleun permiso remunerado de acuerdo a su salario bsico diario, de tres(3) das hbiles consecutivos, si el fallecimiento ocurriere en la mismaregin donde el trabajador o trabajadora presta sus servicios. Dichopermiso se extender por tres (3) das hbiles consecutivos adicionales,en caso que el fallecimiento del familiar del trabajador o trabajadora, con
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
31/47
31Banesco Banco Universal
el parentesco antes sealado, ocurriere en una regin distinta dondeste o sta preste sus servicios.
Asimismo, en caso de fallecimiento de padre, madre, hijos, cnyuge
o concubino o concubina, declarado o declarada en los registros delInstituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), de los trabajadoreso trabajadoras, LA ORGANIZACINcontribuir por concepto de gastosmortuorios, con las siguientes cantidades:
a) TRESCIENTOS BOLVARES (Bs. 300,00)para el primer ao de vigencia dela presente Convencin Colectiva;
b) TRESCIENTOS CINCUENTA BOLVARES (Bs. 350,00)para el segundo aode vigencia de la presente Convencin Colectiva; y,
c) CUATROCIENTOS BOLVARES (Bs. 400,00)para el tercer ao de vigenciade la presente Convencin Colectiva.
El trabajador o trabajadora deber solicitar los beneficios previstosen esta clusula dentro de los quince (15) das continuos siguientescontados a partir de la muerte de los familiares antes mencionados,
previa presentacin del Acta de Defuncin expedida por la autoridadcompetente. Vencido dicho plazo el trabajador o trabajadora perderestos beneficios.
Queda entendido expresamente que, en el supuesto que dos o mstrabajadores o trabajadoras compartan filiacin con el fallecido, lacontribucin se distribuir en partes iguales a cada trabajador o trabajadorade LA ORGANIZACIN que la solicite y le corresponda. Igualmente las
partes reconocen que esta contribucin no tiene carcter salarial.
CLUSULA 24: PERMISO REMUNERADO PARA DILIGENCIAS
PERSONALES.
LA ORGANIZACIN y EL SINDICATO convienen en conceder a sustrabajadores y trabajadoras permisos remunerados, de acuerdo a susalario bsico diario hasta por cuatro (4) das hbiles en el ao calendario,para realizar diligencias personales urgentes, tales como la obtencinde documentos personales o la realizacin de chequeos mdicos. Alos fines de la tramitacin y validacin del permiso correspondiente, lostrabajadores o trabajadoras debern notificar por lo menos tres (3) dashbiles antes a su supervisor inmediato y presentar posteriormente eljustificativo correspondiente.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
32/47
Convencin Colectiva de Trabajo
322013-2016
Queda entendido que si el trabajador o la trabajadora no utiliza losdas de permisos remunerados previstos en esta clusula, en el aocalendario, los mismos no sern acumulados para el ao calendario
siguiente.
CLUSULA 25: PERMISO REMUNERADO PARA DEPORTISTAS
LA ORGANIZACINy EL SINDICATOconvienen en conceder una vez al aopermisos remunerados, de acuerdo a su salario bsico diario, hastapor un mximo de treinta (30) das continuos, a aquellos trabajadoreso trabajadoras que participen en competencias deportivas nacionaleso internacionales, no profesionales, en representacin del pas o de LAORGANIZACIN.
Este permiso ser otorgado a un mximo de cinco (5) trabajadoreso trabajadoras anualmente. En caso que el nmero de solicitudesexceda de los cupos anuales antes sealados, se seleccionarn losaspirantes conforme a su eficiencia laboral, segn sus evaluaciones dedesempeo, y al orden de recepcin de las solicitudes.
A los efectos de la tramitacin del permiso, el trabajador o trabajadoradeber presentar ante la Vicepresidencia Ejecutiva de Capital Humanola correspondiente solicitud firmada por los representantes oficiales delorganismo deportivo que organiza o patrocina el evento, con por lomenos quince (15) das continuos de anticipacin a su realizacin.
Queda entendido por las partes, que los permisos no utilizados en
un ao contractual no podrn ser acumulados para el siguiente aocontractual.
CLUSULA 26: SUBSIDIO FAMILIAR
LA ORGANIZACIN conviene en pagar mensualmente por conceptode subsidio familiar a sus trabajadores o trabajadoras, la cantidad deDIEZ BOLVARES(Bs. 10,00) por cada hijo o hija que le nazca o adoptedurante su relacin de trabajo con LA ORGANIZACINy declare comocarga familiar.
El subsidio aqu contemplado proceder mientras los hijos o hijas delos trabajadores o las trabajadoras sean menores de dieciocho (18)aos. El subsidio se extender a los hijos e hijas mayores de dieciocho
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
33/47
33Banesco Banco Universal
(18) aos, mientras dure la relacin laboral, si el hijo o la hija tiene unadiscapacidad absoluta y permanente debidamente certificada por elente gubernamental respectivo.
En caso que ambos padres trabajen en LA ORGANIZACIN, el pago lorecibir slo la trabajadora; y en los casos de divorcio o separacin decuerpos, el subsidio le ser entregado al cnyuge que quede con lacustodia del hijo o la hija, previa presentacin de la documentacin queacredite tal situacin.
Para tener derecho al subsidio familiar deber consignarse el actade nacimiento o instrumento de adopcin, segn sea el caso, a la
Vicepresidencia Ejecutiva de Capital Humano, dentro de los treinta (30)das continuos siguientes al nacimiento o adopcin; si dichos recaudosson consignados con fecha posterior, se proceder al pago a partirde la fecha de su consignacin, quedando entendido que el indicadosubsidio no tiene carcter retroactivo.
CLUSULA 27: AYUDA PARA TILES ESCOLARES
Con el objeto de colaborar con la educacin de los hijos e hijas de lostrabajadores y trabajadoras, LA ORGANIZACINconviene en contribuir porcada hijo o hija que haya sido declarado por el trabajador o trabajadoracomo carga familiar en sus registros, con la cantidad anual de:
a) CUATROCIENTOS BOLVARES (Bs. 400,00)para el primer ao de vigenciade la presente Convencin Colectiva de Trabajo;
b) CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLVARES (Bs. 450,00)para el segundoao de vigencia de la presente Convencin Colectiva de Trabajo; y,
c) QUINIENTOS BOLVARES (Bs. 500,00)para el tercer ao de vigencia de lapresente Convencin Colectiva de Trabajo.
La mencionada contribucin ser entregada en el mes de septiembrede cada ao, previa presentacin de los comprobantes escolaresde inscripcin respectivos y estar destinada a cubrir parte de losdesembolsos causados por la compra de tiles escolares.
Este beneficio amparar a los hijos e hijas de los trabajadores ytrabajadoras menores de dieciocho (18) aos de edad, que cursenestudios de Educacin Bsica y Media Diversificada.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
34/47
Convencin Colectiva de Trabajo
342013-2016
Queda entendido expresamente, en el supuesto que ambos padrestrabajasen para LA ORGANIZACIN, que este beneficio se limitar a unasola ayuda por cada hijo o hija. Igualmente las partes reconocen que
este beneficio no tiene carcter salarial.
CLUSULA 28: BECAS DE ESTUDIO PARA LOS TRABAJADORES
Y TRABAJADORAS.
LA ORGANIZACIN conviene en conceder becas de estudio anualespara los trabajadores y trabajadoras que se hayan distinguidopor su dedicacin y eficiencia laboral, segn sus evaluaciones de
desempeo, que cursen estudios universitarios en las reas deEconoma, Administracin, Contadura, Banca y Finanzas e Informtica,as como cualquier otra carrera que a criterio del rea respectiva dela Vicepresidencia Ejecutiva de Capital Humano sea de inters parala formacin profesional del trabajador o trabajadora dentro de LAORGANIZACIN. Queda entendido que para optar por esta beca, elpromedio de calificaciones no deber ser inferior a los quince (15) sobreveinte (20) puntos o su equivalente.
Dichas becas se otorgarn de la siguiente manera:
a CIENTO CUARENTA (140) becas por un monto de CUATROCIENTOSBOLVARES (Bs. 400,00) mensuales cada una, para el primer ao devigencia de la presente Convencin Colectiva;
b CIENTO CUARENTA (140) becas por un monto de SEISCIENTOSBOLVARES (Bs. 600,00) mensuales cada una, para el segundo ao de
vigencia de la presente Convencin Colectiva; y,c) CIENTO CUARENTA (140) becas por un monto de OCHOCIENTOS
BOLVARES (Bs. 800,00) mensuales cada una, para el tercer ao devigencia de la presente Convencin Colectiva.
Para solicitar este beneficio el trabajador o trabajadora deberpresentar en original constancia de estudio y certificado de notas antela Vicepresidencia Ejecutiva de Capital Humano.
En caso que el nmero de solicitudes exceda de los cupos anualesantes sealados, se seleccionarn los aspirantes que tengan mejorrendimiento acadmico y eficiencia laboral, segn sus evaluacionesde desempeo. Queda entendido por las partes, que los cupos noutilizados en un ao contractual no podrn ser acumulados para elsiguiente ao contractual.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
35/47
35Banesco Banco Universal
Igualmente las partes reconocen que las becas no tienen carctersalarial.
CLASULA 29: RECONOCIMIENTO POR CULMINACIN DE
ESTUDIOS SUPERIORES.
LA ORGANIZACINconviene en otorgar a sus trabajadores y trabajadorasque concluyan con xito estudios superiores, en institutos o universidadesdebidamente inscritos ante el rgano gubernamental competente enmateria de educacin superior, en reas de Economa, Administracin,Contadura, Banca y Finanzas, Informtica o carreras afines a la actividadfinanciera-bancaria, un pago nico por los siguientes montos:
Para optar a este reconocimiento el trabajador o trabajadora debepresentar a LA ORGANIZACINel ttulo de estudio o carta de culminacinde estudios debidamente certificados, dentro de los treinta (30) dascontinuos siguientes a la fecha de su emisin. Vencido dicho plazo el
trabajador o trabajadora perder este beneficio.
El otorgamiento de este reconocimiento estar sujeto al rendimiento yeficiencia laboral del trabajador o trabajadora, segn sus evaluacionesde desempeo; tomando en consideracin, asimismo, el cumplimientopor parte del trabajador o trabajadora del Cdigo de tica y Conductadel Ciudadano Banesco y dems normativas de desarrollo interno deLA ORGANIZACIN.
Igualmente las partes convienen que este reconocimiento no tienecarcter salarial.
TTULO OBTENIDO MONTO
Tcnico Superior Universitario Doscientos Bolvares (Bs. 200)
Pregrado Universitario Cuatrocientos Bolvares (Bs. 400)
Postgrado Seiscientos Bolvares (Bs. 600)
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
36/47
Convencin Colectiva de Trabajo
362013-2016
CLUSULA 30: BECAS DE ESTUDIO PARA LOS HIJOS E HIJAS
DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS
LA ORGANIZACIN conviene en conceder becas de estudio anuales,
para los hijos e hijas de los trabajadores y trabajadoras en etapas deEducacin Primaria, Bsica y Diversificada. Queda entendido que paraoptar por esta beca, el promedio de calificaciones no deber ser inferiora los quince (15) sobre veinte (20) puntos o su equivalente. Dichasbecas se otorgarn de la siguiente manera:
a) CIEN (100) becas por un monto de CUATROCIENTOS BOLVARES (Bs.400,00) mensuales cada una, para el primer ao de vigencia de la
presente Convencin Colectiva;b) CIEN (100)becas por un monto de SEISCIENTOS BOLVARES (Bs. 600,00)
mensuales cada una, para el segundo ao de vigencia de la presenteConvencin Colectiva; y;
c) CIEN (100) becas por un monto de OCHOCIENTOS BOLVARES (Bs.800,00) mensuales cada una, para el tercer ao de vigencia de lapresente Convencin Colectiva.
Para solicitar este beneficio el trabajador o trabajadora deber presentaren original constancia de estudio y certificado de notas de su hijo o hijaante la Vicepresidencia Ejecutiva de Capital Humano.
En caso que el nmero de solicitudes exceda de los cupos anualesantes sealados, se seleccionarn los aspirantes que tengan mejorrendimiento acadmico, considerndose adems la eficiencia laboral
del trabajador o trabajadora, segn sus evaluaciones de desempeo,con base a un estudio socio-econmico que realice el rea respectivade la Vicepresidencia Ejecutiva de Capital Humano.
Queda entendido por las partes, que los cupos no utilizados en unao contractual no podrn ser acumulados para el siguiente aocontractual.
En el supuesto que ambos padres trabajasen para LA ORGANIZACIN, el
rgimen de becas se limitar a una sola por cada hijo o hija.Igualmente las partes reconocen que las becas no tienen carctersalarial.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
37/47
37Banesco Banco Universal
CLUSULA 31: JUGUETES
Con el objeto de colaborar con la adquisicin de juguetes para los hijoso hijas de los trabajadores y trabajadoras, hasta los doce (12) aos
de edad inclusive, LA ORGANIZACINconviene en otorgar en el mes denoviembre de cada ao, por cada hijo o hija que haya sido declaradopor el trabajador o trabajadora como carga familiar en sus registros, lacantidad de:
a) QUINIENTOS BOLVARES (Bs.500,00) para el primer ao de vigencia de lapresente Convencin Colectiva de Trabajo;
b) QUINIENTOS CINCUENTA BOLVARES (Bs.550,00)para el segundo ao devigencia de la presente Convencin Colectiva de Trabajo, y;
c) SEISCIENTOS BOLVARES (Bs.600,00) para el tercer ao de vigencia dela presente Convencin Colectiva de Trabajo.
Queda entendido expresamente, en el supuesto que ambos padrestrabajasen para LA ORGANIZACIN, que esta contribucin se limitar auna sola por cada hijo o hija. Igualmente las partes reconocen que esta
contribucin no tiene carcter salarial.
CLUSULA 32: BENEFICIO DE GUARDERA
LA ORGANIZACIN se compromete a dar fiel cumplimiento a toda lanormativa prevista en la Ley Orgnica del Trabajo, Los Trabajadores yLas Trabajadoras y su Reglamento, referido al beneficio de guardera delos hijos e hijas de los trabajadores y trabajadoras.
As mismo, se compromete a dar cabal cumplimiento a toda normativaque a tal efecto sea dictada en esta materia por las autoridadescompetentes.
CLUSULA 33: CONTRIBUCIN ESPECIAL DA DE LA
SECRETARIA
Con ocasin de la celebracin anual del Da de la Secretaria, LA OR-GANIZACINconviene en entregar una contribucin especial a todos sustrabajadores y trabajadoras que ejerzan dicho cargo, por la cantidad de:
a) CIEN BOLVARES (Bs. 100,00) para el primer ao de vigencia de lapresente Convencin Colectiva de Trabajo;
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
38/47
Convencin Colectiva de Trabajo
382013-2016
b) CIENTO CINCUENTA BOLVARES (Bs. 150,00) para el segundo ao devigencia de la presente Convencin Colectiva de Trabajo; y,
c) DOSCIENTOS BOLVARES (Bs. 200,00)para el tercer ao de vigencia de
la presente Convencin Colectiva de Trabajo.
Igualmente las partes reconocen que esta contribucin especial notiene carcter salarial.
CLUSULA 34: CONTRIBUCIN ESPECIAL DA DE LA MADRE
Con ocasin de la celebracin anual del Da de la Madre, LA
ORGANIZACINconviene en entregar una contribucin especial, a todaslas madres trabajadoras, por la cantidad de:
a) CIENTO CINCUENTA BOLVARES (Bs. 150,00) para el primer ao devigencia de la presente Convencin Colectiva;
b) DOSCIENTOS BOLVARES (Bs. 200,00)para el segundo ao de vigenciade la presente Convencin Colectiva; y,
c) DOSCIENTOS CINCUENTA BOLVARES (Bs. 250,00)para el tercer ao devigencia de la presente Convencin Colectiva.
Queda entendido que esta contribucin especial no tiene carctersalarial.
CLUSULA 35: AYUDA ESPECIAL A FAMILIARES POR
FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR O TRABAJADORAEn caso de fallecimiento del trabajador o trabajadora, LA ORGANIZACINpagar a aquellas personas que sean declaradas por el Tribunalcompetente como nicos y Universales Herederos, el equivalentea seis (6) meses del ltimo ingreso mensual bsico percibido por eltrabajador o trabajadora, que ser pagada junto con la liquidacin desus prestaciones sociales, una vez acreditada la condicin de nicos yuniversales herederos.
Igualmente las partes reconocen que esta ayuda especial no tienecarcter salarial.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
39/47
39Banesco Banco Universal
CLUSULA 36: PAGO DE DIFERENCIA CON EL REGIMEN
DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CASO DE INCAPACIDAD
En los casos de enfermedad o accidente que incapacite al trabajador o
la trabajadora, y en donde rija ntegramente el Instituto Venezolano delos Seguros Sociales (IVSS), LA ORGANIZACINse compromete a pagarel ingreso mensual bsico correspondiente a los tres (3) primeros dasque la seguridad social no paga. Asimismo, LA ORGANIZACIN le pagaral trabajador o trabajadora, la diferencia entre lo que paga el InstitutoVenezolano de los Seguros Sociales (IVSS) y su ingreso mensual bsico,durante el lapso de duracin del reposo, siempre que el mismo, en
ningn caso supere el tope o lmite mximo establecido en la normativavigente que rija la materia.
Donde no rija ntegramente el Instituto Venezolano de los SegurosSociales (IVSS), LA ORGANIZACIN conviene en pagar al trabajador o latrabajadora su ingreso mensual bsico, durante el lapso de duracin delreposo, siempre que el mismo, en ningn caso supere el tope o lmitemximo establecido en la normativa vigente que rija la materia.
CLUSULA 37: INDEMNIZACIN EN CASO DE DISCAPACIDAD
ABSOLUTA Y PERMANENTE PARA CUALQUIER TIPO DE
ACTIVIDAD LABORAL
En caso de enfermedad o accidente que incapacite a un trabajadoro trabajadora de forma absoluta y permanente para cualquier tipo detrabajo, de manera tal que de por terminada la relacin laboral, LA
ORGANIZACINpagar al trabajador o trabajadora todos los conceptoslegales y contractuales que se hubiesen causado durante la misma, yque incluyen la indemnizacin equivalente al monto que le correspondapor las prestaciones sociales, conforme a lo establecido en el artculo92 de la Ley Orgnica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras,previa presentacin de los certificados e informes mdicos emitidos porel Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) que a tal efectoexija y verifique LA ORGANIZACIN.
CLUSULA 38: PAGO DE DIFERENCIA CON LA SEGURIDAD
SOCIAL EN CASO DE MATERNIDAD
En los casos de maternidad y en donde rija ntegramente el InstitutoVenezolano de los Seguros Sociales (IVSS), LA ORGANIZACIN pagar
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
40/47
Convencin Colectiva de Trabajo
402013-2016
a sus trabajadoras, la diferencia entre el monto de su ingreso mensualbsico y la cantidad que por tal concepto pague el Instituto Venezolanode los Seguros Sociales (IVSS), por un periodo mximo de veintisis
(26) semanas, que corresponden a las primeras seis (6) semanas delperodo prenatal y a las siguientes veinte (20) semanas del perodo postnatal. Donde no rija ntegramente el Instituto Venezolano de los SegurosSociales (IVSS), LA ORGANIZACINconviene en pagar el ingreso mensualbsico de la trabajadora durante igual perodo, siempre que stapresente los comprobantes mdicos respectivos donde se verifique elperodo de gestacin y fecha de parto.
CLUSULA 39: SEGURO COLECTIVO DE HOSPITALIZACIN,
CIRUGA Y MATERNIDAD
LA ORGANIZACINconviene en contratar y mantener durante la vigenciade la relacin laboral un Seguro de Hospitalizacin, Ciruga y Maternidadque cubra a todos los trabajadores y trabajadoras amparados por estaConvencin Colectiva. LA ORGANIZACIN se compromete en pagar
el cien por ciento (100%) de la prima correspondiente a la coberturabsica anual de TREINTA MIL BOLVARES (Bs. 30.000,00), por siniestro,de conformidad con las disposiciones legales y/o normas que regulanla materia de Seguros, la cual amparar tambin a su cnyuge, oconcubino o concubina declarado o declarada en los registros delInstituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), e hijos o hijasmenores de dieciocho (18) aos.
CLUSULA 40: AYUDA ESPECIAL POR ACCIDENTES
PERSONALES O FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR O
TRABAJADORA.
LA ORGANIZACIN conviene en pagar una ayuda especial para sustrabajadores o trabajadoras por un monto de TREINTA MIL BOLVARES(Bs. 30.000,00), en caso de incapacidad absoluta y permanente de
stos, debidamente certificada por el organismo competente.
De igual manera, LA ORGANIZACIN conviene en pagar una ayudaespecial a aquellas personas que sean designadas como beneficiariaspor el trabajador o trabajadora, por un monto deTREINTA MIL BOLVARES(Bs. 30.000,00) para los casos de muerte accidental del trabajador o
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
41/47
41Banesco Banco Universal
trabajadora, y por la cantidad deQUINCE MIL BOLVARES (Bs. 15.000,00)para los casos de muerte natural del trabajador o trabajadora.
Queda entendido que esta ayuda especial es nica y no tiene carcter
salarial.
CLUSULA 41: SERVICIO DE SALUD Y PRIMEROS AUXILIOS
BSICOS.
LA ORGANIZACIN conviene en mantener, en su Sede Principal, elServicio de Salud en el Trabajo a fin de brindar atencin mdica primaria,
preventiva y curativa integral a todos sus trabajadores y trabajadoras.Igualmente LA ORGANIZACINdispondr en cada una de sus sucursalesy agencias de los elementos necesarios para prestar primeros auxiliosbsicos.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
42/47
Convencin Colectiva de Trabajo
422013-2016
Clusulas Sindicales
CLUSULA 42: RECONOCIMIENTO SINDICAL
LA ORGANIZACINreconoce a EL SINDICATOque tenga la administracinde la Convencin Colectiva de Trabajo, legitimado por los trabajadores ytrabajadoras, como nico y legtimo representante de sus trabajadores ytrabajadoras a nivel nacional. Dicha representacin se realizar a travsde los miembros de su Comit Ejecutivo, con quienes LA ORGANIZACINtratar los asuntos que pudieran surgir respecto a las relacionestrabajadores-patrono, asuntos laborales, colectivos o individuales, ascomo la interpretacin y/o aplicacin de las clusulas de la presenteConvencin Colectiva de Trabajo.
CLUSULA 43: INAMOVILIDAD SINDICAL
LA ORGANIZACIN conviene en reconocer a los doce (12) miembrosprincipales que conforman el Comit Ejecutivo de EL SINDICATO, el fuero
sindical previsto en la Ley Orgnica del Trabajo, Los Trabajadores y LasTrabajadoras vigente, mientras estn en el ejercicio de sus cargos ydurante los tres (3) meses siguientes al vencimiento del trmino por elcual fueron electos, todo ello de conformidad con la legislacin laboralvigente.
CLUSULA 44: DEDUCCIN DE CUOTAS SINDICALES
MENSUALES
LA ORGANIZACIN se compromete a descontar del salario normalmensual de cada uno de sus trabajadores y trabajadoras afiliados a ELSINDICATO, y previa autorizacin escrita de los mismos, la cantidadmensual de DOS BOLVARES (Bs. 2,00) por concepto de cuota sindicalordinaria, durante toda la vigencia de la presente Convencin Colectivade Trabajo.
Las cantidades descontadas sern entregadas a EL SINDICATOmediante abono en cuenta a nombre de dicha Organizacin Sindical. ElSecretario de Finanzas de EL SINDICATO entregar al representante deLA ORGANIZACINque se designe a tal efecto, el recibo correspondienteal depsito efectuado. Este recibo liberar a LA ORGANIZACINde todaresponsabilidad respecto a la obligacin contenida en esta clusula.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
43/47
43Banesco Banco Universal
CLUSULA 45: DEDUCCIN DE CUOTAS SINDICALES
ANUALES.
LA ORGANIZACIN se compromete a descontar a cada uno de sus
trabajadores y trabajadoras afiliados a EL SINDICATO, y previaautorizacin escrita de los mismos, la cantidad anual deVEINTE BOLVARES(Bs. 20,00)por concepto de cuota sindical extraordinaria, durante toda lavigencia de la presente Convencin Colectiva de Trabajo.
Esta cantidad anual ser descontada durante el mes de noviembre decada ao.
Las cantidades descontadas sern entregadas a EL SINDICATOmediante abono en cuenta a nombre de dicha Organizacin Sindical. ElSecretario de Finanzas de EL SINDICATO entregar al representante deLA ORGANIZACINque se designe a tal efecto, el recibo correspondienteal depsito efectuado. Este recibo liberar a LA ORGANIZACIN de todaresponsabilidad respecto a la obligacin contenida en esta clusula.
CLAUSULA 46: CONTRIBUCIN DE LA ORGANIZACIN PARAEL SINDICATO.
LA ORGANIZACIN conviene en contribuir para las actividades de ELSINDICATOcon la cantidad mensual de:
a) QUINIENTOS BOLVARES (Bs. 500,00) para el primer ao de vigencia dela presente Convencin Colectiva de Trabajo;
b) SETECIENTOS BOLVARES (Bs. 700,00)para el segundo ao de vigenciade la presente Convencin Colectiva de Trabajo; y,
c) NOVECIENTOS BOLVARES (Bs. 900,00)para el tercer ao de vigencia dela presente Convencin Colectiva de Trabajo.
Dicho monto ser entregado a El SINDICATOmediante abono en cuentaa nombre de dicha Organizacin Sindical. El Secretario de Finanzas deEL SINDICATOentregar al representante de LA ORGANIZACINque se
designe a tal efecto, el recibo correspondiente al depsito efectuado.Este recibo liberar a LA ORGANIZACIN de toda responsabilidadrespecto a la obligacin contenida en esta clusula.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
44/47
Convencin Colectiva de Trabajo
442013-2016
CLAUSULA 47: CONTRIBUCIN PARA ACTIVIDADES
DEPORTIVAS Y CULTURALES
LA ORGANIZACIN conviene en contribuir con EL SINDICATO para la
realizacin de actividades deportivas no profesionales o de carctercultural, donde participen sus trabajadores y trabajadoras, con lacantidad mensual de:
a) QUINIENTOS BOLVARES (Bs. 500,00)para el primer ao de vigencia dela presente Convencin Colectiva de Trabajo;
b) SETECIENTOS BOLVARES (Bs. 700,00)para el segundo ao de vigenciade la presente Convencin Colectiva de Trabajo; y,
c) NOVECIENTOS BOLVARES (Bs. 900,00)para el tercer ao de vigencia dela presente Convencin Colectiva de Trabajo.
Dicho monto ser entregado a El SINDICATOmediante abono en cuentaa nombre de dicha Organizacin Sindical. El Secretario de Finanzas deEL SINDICATOentregar al representante de LA ORGANIZACINque sedesigne a tal efecto, el recibo correspondiente al depsito efectuado.
Este recibo liberar a LA ORGANIZACIN de toda responsabilidadrespecto a la obligacin contenida en esta clusula.
CLUSULA 48: UNIFORMES DEPORTIVOS PARA
TRABAJADORES Y TRABAJADORAS
LA ORGANIZACIN conviene en dotar anualmente de uniformes a unmximo de cuatro (4) selecciones de diferentes disciplinas deportivas,siempre y cuando las mismas estn conformadas exclusivamente portrabajadores y trabajadoras de LA ORGANIZACINy la representen en loseventos en los cuales participen. Dichas dotaciones sern coordinadasconjuntamente con la Secretara de Cultura, Deportes y RelacionesPblicas de EL SINDICATO.
CLUSULA 49: CORRESPONDENCIAQueda expresamente convenido que las comunicaciones que el ComitEjecutivo deEL SINDICATO remita a LA ORGANIZACINdebern ser dirigidasa la Vice Presidencia Ejecutiva de Capital Humano, y aquellas que seandirigidas por LA ORGANIZACINa EL SINDICATOsern canalizadas a travsde la persona que ejerza el cargo de Secretario General de su Comit
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
45/47
45Banesco Banco Universal
Ejecutivo. Igualmente, podrn enviarse comunicaciones a travs de uncorreo electrnico creado para EL SINDICATO.
CLUSULA 50: LISTADO DE PERSONAL
LA ORGANIZACINconviene en suministrar peridicamente a EL SINDICATOun listado del personal ingresado a nivel nacional para uso estrictamenteconfidencial de EL SINDICATO, en el cual se indique: Nombre, Cargo,Fecha de Ingreso y Ubicacin Administrativa. Quedarn excluidos dedicho listado aquellos trabajadores o trabajadoras que no estn sujetosa la aplicacin de la presente Convencin Colectiva de Trabajo.
Clusulas Finales
CLUSULA 51: EFECTOS DE REFORMAS LEGALES
O REGLAMENTARIAS
Queda expresamente entendido entre las partes que en caso de unareforma legal que conceda de algn modo mayores beneficios a lostrabajadores o trabajadoras que los estipulados en esta ConvencinColectiva de Trabajo, las clusulas que sean superadas por dichareforma quedarn derogadas, considerndose que han sido sustituidaspor el beneficio legal o que se aplicarn las disposiciones legales en losaspectos que ms los beneficien, quedando en plena vigencia el resto
de las clusulas, sin que pueda sumarse el beneficio legal al beneficioque acuerde la Convencin Colectiva de Trabajo. En caso que la reformalegal no supere los beneficios que concede la Convencin Colectiva deTrabajo, sta seguir aplicndose, siendo entendido igualmente que nopodr sumarse el beneficio legal al beneficio que acuerde la ConvencinColectiva de Trabajo. Para los efectos de esta clusula se tomar encuenta la naturaleza del beneficio y no el nombre con que el beneficio
sea designado.
CLUSULA 52: PUBLICACIN DE LA CONVENCIN COLECTIVA
LA ORGANIZACINy EL SINDICATOconvienen en imprimir el texto de lapresente Convencin Colectiva de Trabajo, en cantidad suficiente deejemplares para ser suministrados en forma gratuita a sus trabajadores
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
46/47
Convencin Colectiva de Trabajo
462013-2016
o trabajadoras cuando sea requerido, y publicarlo en la red internaprivada que dispone LA ORGANIZACIN.
CLUSULA 53: DURACIN DE LA CONVENCIN COLECTIVALas partes convienen expresamente que la duracin de la presenteConvencin Colectiva de Trabajo ser de tres (3) aos contados apartir de la fecha y hora de su homologacin por ante el Ministerio delTrabajo.
A juicio de las partes se podrn iniciar las negociaciones de una nuevaConvencin Colectiva con un (1) mes de anticipacin a la fecha de
terminacin de la presente.
CLUSULA 54: DOMICILIO
Las partes eligen como domicilio especial la ciudad de Caracas, a cuyasautoridades administrativas y judiciales del trabajo se sometern, encaso de controversias o interpretaciones que se deriven de la aplicacin
del rgimen jurdico vigente y de la presente Convencin Colectiva deTrabajo.
-
7/22/2019 Contrato Banesco Bco UNiversal
47/47