Contrato Alquiler 1

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CONTRATO DE ALQUILER

ASUNCION-PARAGUAY

Los Señores ROGER GAONA EMPRESA ADMINISTRADORA DE PROPIEDADES „ en representación del Señor HUGO AGUSTIN AYALA BARRIOCANAL, en adelante el LOCADOR, ejerciendo cl mandato recibido conforme a la carta de autorización, por una parte; el Señor JULIO ARTURO CENTURION GIMENEZ con CI . Nro. 4.183.347 y el señor JULIO CENTURION con C I. Nro. _ .___.___, en adelante los LOCATARIOS, por la otra; convienen en celebrar el presente contrato de locación de Inmueble conforme a las cláusulas siguientes:

PRIMERA: El LOCADOR, en el carácter invocado, da en locación a los LOCATARIOS cl inmuebleIndividualizado con CTA. CTE. CTRAL. Nro. 12-0172-27, ubicado en las calles: CAPITAN RIVAROLA NO 983 E/ JOSE ASUNCION FLORES ASUNCION-----------------------SEGUNDA: El precio del alquiler se fija la suma de Gs. 6 500 000 (GUARANIES SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL), precio en el cual se halla incluido cl Impuesto al Valor Agregado, a pagarse por adelantado en efectivo de 10 al 20 de cada mes en TTE. BRUGADA NO 2407. Dicho precio será modificado en forma automática en caso que varíe el porcentaje correspondiente al Impuesto al Valor Agregado, que a la fecha es del cinco por ciento (5%). Así mismo los LOCATARIOS se comprometen a abonar los Gastos Administrativos por renovación del contrato, el veinte por ciento (20%), calculados con relación al precio de alquiler mensual pactado. Al término del presente contrato, si hubiera incremento en el importe del alquiler, los LOCATARIOS se comprometen a abonar la diferencia en lo que respecta al Depósito de Garantía, debiendo éste ser de un monto similar al precio del alquiler.------------------ -----

TERCERA. El presente contrato será válido desde 10/09/2015 al 10/09/2016, plazo prorrogable de común acuerdo de partes, a concretarse por escrito con 30 (treinta) días de anticipación al vencimiento. Si se rescinde por causa de los LOCATARIOS, estos abonarán una indemnización equivalente al importe dc dos meses de alquiler, y si da lugar a gestiones administrativas quedará a su cargo los gastos. La mora se producirá por el mero vencimiento de los plazos contractuales.--------- ----

CUARTA. En caso de mora de los LOCATARIOS, abonarán desde el día 21 (veinte y uno) de cada mes, la suma de Gs. 10.000.- (Guaraníes Diez mil), por cada día de atraso, independientemente del importe del alquiler el LOCADOR no estará obligado a recibir el alquiler si no fuere pagado juntamente con la multa. El derecho de los LOCATARIOS cesarán si no se cumple con las prestaciones a su cargo y por tanto no podrá exigir beneficios de ocupación del inmueble, ni agua, ni energía eléctrica y cesará la obligación del PROPIETARIO la concesión de dicha ocupación y/o de los servicios mencionados, que serán suspendidos por el LOCADOR, por medio de solicitudes ante los órganos respectivos o cualquier otra gestión o acción. Esta suspensión temporal del uso durará el tiempo que dure la mora de los LOCATARIOS.----------------------

QUINTA: Los LOCATARIOS entregan la suma Gs. _____________, (GUARANIES ____ MILLONES _______________________ MIL), como depósito de garantía, cuyo monto total (6.500.000) se completara al 31 de Diciembre de 2.015, sirviendo este instrumento de suficiente recibo que no se imputará a alquileres ni devengará intereses. Se lo devolverá a los sesenta (60) días del vencimiento del contrato o su prórroga, previa deducción de las deudas a su cargo con opción del LOCADOR a perseguir judicialmente a los LOCATARIOS y al CODEUDOR SOLIDARIO, en caso de adeudar sumas mayores a la depositada.------------

SEXTA: Estará a cargo exclusivo de los LOCATARIOS el mantenimiento y conservación del inmueble y sus instalaciones, responsabilizándose de los daños y perjuicios que llegare a ocasionar dentro del mismo durante la

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vigencia del presente contrato. El mismo deberá estar en las mismas buenas condiciones que se recibió en el momento de la entrega de las llaves.--------------------SEPTIMA: El inmueble será destinado a TALLER, quedando expresamente prohibido a los LOCATARIOS: A) Subarrendar, ceder la locación, introducir mejoras sin autorización por escrito del LOCADOR, quedando en cualquiera de los casos a beneficio del inmueble, sin cargo ni responsabilidad para el LOCADOR. B) Poner alfombras con pegantes en el piso.C) Utilizar como - NIGTH CLUB O SIMILAR, que atenten contra la moral y las buenas costumbres, como así también la venta y consumo de bebidas alcohólicas. D) Utilizar como lugar de almacenamiento, distribución o ventas de armas, municiones, drogas o cualquier tipo de sustancias tóxicas cuya libre comercialización esté prohibida. Durante la vigencia del presente contrato, queda facultado el LOCADOR o el administrador o sus representantes a verificar el estado del inmueble con previo aviso de parte del Locador. Los LOCATARIOS no podrán en ningún caso prohibir el acceso a la unidad locada, para el efecto señalado.OCTAVA: Los LOCATARIOS abonarán el importe de los servicios de luz eléctrica ANDE (medidor independiente) — ESSAP (medidor independiente),- COPACO S.A. con bloqueo del cero, y no se recibirá el alquiler sin la presentación de la última factura pagada. Deberán ser pagadas todas las facturas y cl importe del alquiler hasta el día que el LOCADOR reciba el inmueble a satisfacción y bajo constancia escrita. --------------

NOVENA: El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas producirá la rescisión del presente contrato, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial. El atraso en el pago de 2 (dos) meses de alquiler, cl

LOCADOR podrá exigir el desalojo del inmueble, y lo adeudado por vía judicial, así mismo los daños por rescisión anticipada. ----------------------- -

DECIMA: La Señora ___________________________ con c i. Nro. ___________, con domicilio particular en las calles _____________________________________________________________-Domicilio laboral, se constituye en CODEUDOR SOLIDARIO de todas las obligaciones y responsabilidades emergentes dc este contrato, hasta que el LOCADOR reciba el inmueble en las mismas condiciones detalladas en la cláusula siguiente, y acreditando el cumplimiento de la cláusula OCTAVA, aún si vencido el plazo contractual losLOCATARIOS continúa en uso y goce del inmueble sin contrato por escrito.

DECIMO PRIMERA: El inmueble objeto del presente contrato, se entrega en las siguientes condiciones: INSTALACIONES ELECTRICAS - PLOMERIA - PINTURA INTERNA - CERRADURAS, en buenas condiciones: Frente: vereda en buen estado (baldosita de vereda).Muralla alta, portón de acceso peatonal y vehicular corredizo de hierro color gris, un pasador,. Un pasador, candado mediano con llave. Una llave de timbre (sin tapa).Patio Frente:(Parte del Frente): Piso totalmente de piedras rectangular, , caja de llave general detrás del medidor de Ande con dos llaves interruptor (no se puede identificar amperaje). Oficina doble de material visto y Techo de chapa con estructura de hierro con vigas y soporte de madera sin pintura nueva, estructuras con repuestos y materiales varios propiedad del locatario, Parte del fondo: baños sexados y vestidor de empleados en alturamurallita con balanstre, otro costado verja de hierro, cantero con algunas plantas ornamentales con caminero de baldositas , costados con piso totalmente de piedras rectangulares, un equipo con tubo fluorescente de 20 Wts, una boca de electricidad sin tapa, una puerta de hierro que da al tinglado (vecino).Hallcito: dos bocas de electricidad sin tapa (uno por el techo).Living: puerta tablero con cerradura de bronce con llave, dos ventanas de tres hojas de madera con vidrios transparentes, rejas de hierro Sin pintura nueva, riel porta cortinas de metal por cada ventana, un balancín de cinco hojas con siete vidrios tipo vitral, un mueble empotrado de dos puertas corredizas, dos separadores internos, diez compartimientos sin puerta, otro mueble empotrado dc cinco puertas(dos puertas corredizas con tirador, dos puertas de vidrio corredizos( un separador interno de vidrio)2

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compartimientos sin puertas Dos equipos con tubos fluorescentes de 40 wts., dos llaves de dos puntos, dos llaves de punto y toma corrientes, una llave de tres puntos (falta un punto), cuatro llaves de toma corriente , una llave de toma para teléfono, dos bocas de electricidad de pared(sin tapa. Dos bocas de electricidad de techo (uno sin tapa).Dormitorio Uno: Puerta tablero que da al frente con cerradura con llave, dos pasadores, puerta tablero que da al pasillo con cerradura con llave, una ventana de tres hojas corredizas de madera con vidrios transparentes, rejas de hierro, sin pintura nueva. Tablero de llaves generales de electricidad sin tapa con una llave triple C25, dos llaves de 20 A, una llave de 15 A, dos llaves de 15 A, una llave (que no se identifica amperaje). Un equipo con tubo fluorescente de 40 wts, una llave de punto y toma, -dos llaves de toma corrientes, una llave de toma para teléfono, dos bodas de electricidad con tapa, un balancín de seis hojas con vidrio transparente. Altillo con puertas de madera con tirador, piso con manchas. paño: puerta placa, cerradura con llaves, lavatorio con pedestal, una canilla cromada, dos grifos, cisterna baja dc losa (sin tapa).inodoro con tapa(rota), un espejo ovalado de 45 x 60 cm. aproximadamente (manchado).un porta toalla, un porta jabón, un perchero, un porta rodillo, una llave de paso, un brazo de ducha sin ducha , una canilla cromada, desaguadero de piso con rejilla, una llave de punto, una llave interruptora para ducha eléctrica ,un. .//.. // equipo con tubo fluorescente de 20 Wts, un balancín de una hoja con vidrios transparentes paredes totalmente azulejadas. Dormitorio dos: Puerta tablero cerradura Sin tablero cerradura sin llave un ventilador de techo (funcionando) llave interruptor marca ALAS, un equipo con tubo fluorescente de 40 Wts., una llave de punto y toma, una llave de toma corriente, una puertita de metal (que da al aire luz) con un pasador, encima abertura para acondicionador de aire de ventana (sin tapa) un agujero para Split por la pared, puerta tablero que da que da al comedor con cerradura sin llave. Comedor Puerta tablero con cerradura sin llave Dos balancines de diez hojas con doce vidrios especiales (uno de distinto tono), un porta foco con foco fluorescente espiral, una llave de punto y toma, dos llaves de toma corrientes, un caño que sobre sale de la pared con una canilla de metal, timbre (no funciona).Puerta corrediza de hierro con siete vidrios especiales. Baño: Puerta tablero, cerradura sin llave (falta manija de cerradura) lavatorio con pedestal, dos canillas cromadas(uno no funciona), un grifo, botiquín empotrado de tres puertas con espejo, cisterna baja de losa(rajado) con tapa de losa, inodoro con tapa (roto) , bidé con tres grifos, ducha eléctrica marca Lorenzetti (no funciona desconectado)dos grifos no funcionan, un porta toallas, dos porta jabón, un porta rodillo, un perchero(falta otro perchero), desaguadero de piso con rejilla, una llave de punto, un porta foco con foco común, una llave interruptor para ducha eléctrica, una llave de paso, un balancín de cinco hojas con seis

vidrios transparentes. Por el techo tragaluz de vidrio transparente, paredes azulejadas hasta 1,90 m de altura aproximadamente. Dormitorio tres: puerta de madera de dos hojas con tirador, una ventana de dos hojas de madera con dos pasadores, un porta foco con foco fluorescente, una llave de punto y toma. Cocina: Abertura Sin puerta. Pileta de acero inoxidable de dos bachas, una canilla cromada movible, mesada de vidrio, mesada de granito, dos repisas de madera, un mueble empotrado de seis puertas (corredizas)(dos puertas con tela metálica en mal estado), cuatro separadores internos y dos cajones con tirador, un porta focos común, dos llaves de toma corriente ( uno exterior), cuatro hileras de azulejos por pared encima de mesada y pileta, un ventanal de hierro sin vidrio. Baño Fondo: Compartimientos sin puerta, cisterna alta, inodoro sin tapa, brazo sin ducha, desaguadero sin rejilla, sin azulejos. Lavadero: Pileta de granito (rajado), una canilla de plástico, un equipo con tubo fluorescente de 40 wts. Planta Alta: escalera de hierro en mal estado. Pieza: dos puertas de hierras (falta vidrios), una llave de punto y toma. Balcón: una parte con baranda de hierro. Patio Fondo: piso gran parte de y otra parte de cemento, un árbol grande de mango; tres plantas de guayaba, una planta de coco, puertita de hierro que da al frente, un equipo de fluorescente de 40 wts. Sin tubo. Quincho: extractor de mampostería, sin parrilla, sin porta carbón.------------------------- -- --

DECIMO SEGUNDA: La recepción del inmueble se realizará de la siguiente manera. A) Los LOCATARIOS deberán acordar con el LOCADOR, día y hora hábiles para constatar el estado general del inmueble, a más tardar ocho días de anticipación al vencimiento de presente contrato. B) El inmueble deberá estar en las

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mismas buenas condiciones y en perfecto funcionamiento de todos sus accesorios. C) El LOCADOR realizará inventario del inmueble, el que se pondrá a disposición de los LOCATARIOS, después de la inspección D) En caso de no encontrarse en las condiciones dadas al inicio del contrato, el LOCADOR tendrá derecho en un plazo de 8 (ocho) días, a exigir los daños y perjuicios ocasionadas, si así no lo hiciere, todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de este contrato continúan en uso y goce del mismo, hasta la reparación del inmueble, igualmente los LOCATARIOS tienen derecho a reclamar y exigir los desperfectos del inventario dentro de un plazo de 8 (ocho) días a partir del inicio del presente contrato E) Por último se procederá a la recepción del inmueble.---------------

DÉCIMO TERCERA. Por el presente instrumento les autorizo en forma expresa e irrevocable, otorgando suficiente mandato en los términos del Art. 917 Inc. a) del Código Civil, para que por propia cuenta o a través de empresas especializadas de nuestro medio puedan recabar información de los Registros Públicos o Privados cn ésta plaza comercial o en otra, referente a mi situación patrimonial, solvencia económica, o el cumplimiento de mis obligaciones comercial. Así mismo les autorizo en forma suficiente para que procedan a la verificación, confirmación y/o certificación de los datos por mi proveídos, a fin de que puedan contar con los elementos de juicio y análisis necesarios para la concesión del alquiler que me encuentre gestionando ante vuestra empresa. Por otra parte y en forma irrevocable, les autorizo para que en caso de un atraso superior a los 90 días en el pago del presente alquiler o cualquier otra deuda pendiente que mantenga con la EMPRESA ADMINISTRADORA, incluyan mi nombre personal o razón social que represento, en el registro general de morosos de Inforconf, como así también proporcionar dicha información a terceros interesados. La eliminación de dicho registro se realizara de acuerdo a los términos establecidos en la Ley 1682. DECIMO CUARTA: Los LOCATARIOS y su CODEUDOR SOLIDARIO se obliga a efectuar las reparaciones de todos los desperfectos causados por culpa suyo y/o uso, multas por infracciones a ordenanzas municipales que afectan al inmueble por hechos del mismo o su personal dependiente, visitantes o terceras personas, todos éstos son de cuenta exclusiva, salvo las que correspondan a los propietarios como ser Impuesto inmobiliario. Así mismo indemnizarán al LOCADOR cualquier responsabilidad civil, multa, juicio, reclamos, demandas o acciones dc cualquier naturaleza que resulten de perjuicio o daños causados a personas, a cosas de terceros o al inmueble por un acto u omisión de los LOCATARIOS.----------

DECIMO QUINTA: Queda expresamente establecido el derecho del LOCADOR y/o PROPIETARIO en caso de fuga de los LOCATARIOS, a proceder a la apertura Judicial o Notarial y ocupación del inmueble, realizado si existieren mercaderías o muebles, un Deposito Judicial de los mismos. En caso que sea necesario a la intervención de profesionales abogados para dar cumplimiento a las obligaciones que impone este contrato, correrá a cargo y cuenta de los LOCATARIOS y de su CODEUDOR SOLIDARIO; todos los gastos que las gestiones ocasionaren, como así también el pago de honorarios profesionales del abogado encargado de dicho trabajo. ------------------------- ----

DÉCIMO SEXTA: Durante la vigencia del presente contrato, queda facultado el LOCADOR o el Administrador o sus representantes a ofrecer en venta el inmueble, así mismo los Locatarios no podrá en ningún caso prohibir el acceso a la unidad locada para el efecto señalado, siempre y cuando con previo aviso o comunicación telefónica de parte del Locador. En caso de venta del inmueble locado se le dará aviso por escrito a los Locatarios con 30 (treinta) días de anticipación quedando rescindido el presente contrato, cumplido dicho plazo, quedará sin efecto cl pago de la indemnización según Cláusula Tercera del referido contrato. Los Locatarios deberán hacer entrega de las llaves del inmueble y dar cumplimiento a todas las demás cláusulas. ------------------- -DECIMO SEPTIMA: Se deja expresa constancia, que durante el periodo de locación, cualquier caso de perdidas, deterioros o daños por fuerza mayor o fortuitos, robos, hurtos y cualquier hecho vandálico, incendios, acción u omisión de cualquier naturaleza, hechos por terceros en el inmueble; el LOCADOR queda exenta de toda responsabilidad y obligación sea judicial o extrajudicial.------------ -

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DECIMO OCTAVA: En caso de adulteración o fraude en el medidor de luz (ANDE), (ESSAP S.A.)agua corriente , o línea Telefónica, y sea constatado por las entidad correspondiente, cualquier gasto o multa que ocasionase, quedará a cargo exclusivo de los LOCATARIOS y el CODEUDOR SOLIDARIO el pago correspondiente. ---

DECIMO NOVENA. A los efectos del presente contrato, el LOCADOR, constituye domicilio en Tte. Fariña NO

894, de esta capital; y los LOCATARIOS constituyen domicilio en el inmueble objeto del presente contrato.

Las partes optan por la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de Asunción, para el caso en que se suscitaren diferencias de aplicación, de interpretación y para el cumplimiento de las cláusulas del presente contrato.

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EN PRUEBA DE CONFORMIDAD Y ACEPTACION previa lectura y ratificación de los términos del presente contrato, firman las partes en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad dc Asunción os 2 días del mes de julio del año dos mil catorce.-----------------------