CONTRA TO SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION … · 2018-12-05 · poder judicial de la feoo...

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PODER JUDICIAL DE LA FEoO c1óN . SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION JOSE MARIA PINO SUARE2 Na 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC. 06060 , O F R.F.C SCJ -950204-GPS DIRECCIÓN GENERAL o rf\ RECURSOS BOLIVAR Nn. 30. 4n PISO COL CENTRO. C.P 06000, MEXICO, O.F TELS. 4113-1000EXT 5704,57lD,5305,5705 FAX: 513G-1750 DIRECCIÓN DE ALMACENES CAlZ. IGNACIO ZARAGOZA Nn. 1340 COL JUt.N ESCUTIA. C. P. 09100, MEXICO, O. F. TElS 5701 2036 y 5763 7883 Artifexslte Com, SA de C.V. I Viveros de Asls 303 píso 2 , Col. Viveros de la loma, TlalnepanUa, Estado de México, 54080 / 5628-0708, 53654305 / :CHA DEL DOCUMENTO 12111/2015 DE ENTREGA 15dlas naturales Partida Clave art. 10 2140104026 FORMA DE PAGO 8 dlas hábiles entrega factura V.U. ' OBSERVACIONES Oficio CDAACUADM-7476-2015 LUGAR DE ENTREGA Calz. lanacio Zaraaoza 1340, Col. Juan Esculia, 09100, MX, DF Cantidad Unidad Descópcion 15000 PZA ETIQUETAS BLANCAS RFID 56 X 56 MM TAG 04 OBSERVACIONES ETIQUETAS RFID. COLOR BLANCA, 3M TAG D4, 50 x 50 MM. POR DEFECTOS DE FABRICA 1 AÑO DE GARANTIA. CLASIFICACIÓN: MENOR PROCEDIMIENTO: CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSM/DGRM-DABl/024/2015, PARA LA COMPRA DE ETIQUETAS RFID. PARTIDA PRESUPUESTARIA: 21401, MATERIALES Y ÚTILES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS, UNIDAD RESPONSABLE 1121400 SUMINISTROS Y SERVICIOS GENERALES. AUTORIZA: DIRECTORA DE ADQUISICI ÓN DE BIENES INFORMÁTICOS, COMUNICACIONES Y MATERIAL BIBLIOHEMEROGRAFICO, MEDIANTE PUNTO PARA ACUERDO DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2015. FUNDAMENTO: 39, FRACCIÓN IV, 42, 43, FRACCIÓN 111, 82 Y 83 DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008. CONTRATACIÓN PREVISTA EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2015. SOLICITA: CENTRO DE DOCUMENTACIÓN, ANÁLISIS, ARCHIVOS Y COMPILACIÓN DE LEYES. P.Unitario 23.39 CONTRA TO 4515003296 EN SUS REMISIONES. FACTURAS CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO SOD1 Importe Total 350,850.00 CONTINUA Pagina 1 de 2

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PODER JUDICIAL DE LA FEoO c1óN . SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION JOSE MARIA PINO SUARE2 Na 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC. 06060, O F R.F.C SCJ-950204-GPS

DIRECCIÓN GENERAL orf\ RECURSOS MATERIALE~ BOLIVAR Nn. 30. 4n PISO COL CENTRO. C.P 06000, MEXICO, O.F TELS. 4113-1000EXT 5704,57lD,5305,5705 FAX: 513G-1750

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAlZ. IGNACIO ZARAGOZA Nn. 1340 COL JUt.N ESCUTIA. C.P. 09100, MEXICO, O.F. TElS 5701 2036 y 5763 7883

~OVEEDOR: Artifexslte Com, SA de C.V. I Viveros de Asls 303 píso 2 , Col. Viveros de la loma, TlalnepanUa, Estado de México, 54080 / 5628-0708, 53654305 /

:CHA DEL DOCUMENTO 12111/2015

~CHA DE ENTREGA 15dlas naturales

Partida Clave art.

10 2140104026

FORMA DE PAGO 8 dlas hábiles entrega factura V.U.

'

OBSERVACIONES Oficio CDAACUADM-7476-2015

LUGAR DE ENTREGA Calz. lanacio Zaraaoza 1340, Col. Juan Esculia, 09100, MX, DF

Cantidad Unidad Descópcion

15000 PZA ETIQUETAS BLANCAS RFID 56 X 56 MM TAG 04 OBSERVACIONES ETIQUETAS RFID. COLOR BLANCA, 3M TAG D4, 50 x 50 MM.

POR DEFECTOS DE FABRICA 1 AÑO DE GARANTIA.

CLASIFICACIÓN: MENOR

PROCEDIMIENTO: CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSM/DGRM-DABl/024/2015, PARA LA COMPRA DE ETIQUETAS RFID.

PARTIDA PRESUPUESTARIA: 21401 , MATERIALES Y ÚTILES PARA EL PROCESAMIENTO EN EQUIPO Y BIENES INFORMÁTICOS, UNIDAD RESPONSABLE 1121400 SUMINISTROS Y SERVICIOS GENERALES.

AUTORIZA: DIRECTORA DE ADQUISICIÓN DE BIENES INFORMÁTICOS, COMUNICACIONES Y MATERIAL BIBLIOHEMEROGRAFICO, MEDIANTE PUNTO PARA ACUERDO DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2015.

FUNDAMENTO: 39, FRACCIÓN IV, 42, 43, FRACCIÓN 111, 82 Y 83 DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008.

CONTRATACIÓN PREVISTA EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2015.

SOLICITA: CENTRO DE DOCUMENTACIÓN, ANÁLISIS, ARCHIVOS Y COMPILACIÓN DE LEYES.

P.Unitario

23.39

CONTRA TO SIMPLIFl~ADO

4515003296 EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y~ CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE • DOCUMENTO

SOD1

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CONTRATO SIMPLIFICADO

1 - La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo · 1a Suprema Corte•. por conducto de su representanle, para los efeclos de este Instrumento manifiesta que. 1 1 - Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artfculos 94. de la Constitución Polltlca de los Estados Unidos Mexicanos y 1 º, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judlclal de la FederKlón 1 2 • La presente contratación fue autorizada por la Directora de Adquisición de Bienes lnlormálicos, Comun caclones y Material Bibf.ohemerográfico adscrita a la Dirección General de Recursos Bienes de la Suprema Corte de Justicia da la Nación, mediante concurso pub co sumario, de confonnldad con lo previsto en los artfculo 39, fracción IV, 42 43 lracción 111, 82 y 83, del Acuerdo GenefiílOe A'dministñiélóñ-Vl/200B;""del veii\tleinCll" da-11epuemllf!"lltr1Jos-m11 ceno; del Comlté"l!a Gob1emo y-Aam1n1str.1t10n l!lf l:r suprem¡r Cll"CJ de Justicia da la Nación por el qua se regulan los procedimientos para la adquisición, administración 'I desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. 1 J · l r . •o r, cner,11 do Recursos Miltori<>IC?:i cslil facultildo plra suscnbir el pros<?nlo in:1tn1mento de eonfonn1<1acl con ro d1spuo;to on el articulo 25 fr.:icc1ón X del Rc·:i';n :._n:i;

.1 .,. • M::itArl) te Ac!mln r~ lrac.!on rte la Suprema Corte de Jus~ci3 da~, Nari~n

t ~ • Para todo lo relacionado con el presente conllilto sellala como su domiciffo el ubicado en la Cslle de José Maria Plno Suáraz. nümero 2, Colonla Centro de la Ciudad de México. Oeiegación Cuauhtémoc, Código Postal 06060, en la Ciudad de México, Ols1rito Federal. 11 - El ' Proveedol" por conducto de su representante legal manif1&sta bajo protesta de decir verdad que: 11 1.· Conoce perfectamente las especificaciones técnicas y de operación de los bienes requeridos por •1a Suprema Corte• 'I cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para enln!gartos a satislacclón de ésta. 11 2. - No desempella un empleo, cargo o comisión en el servicio publico y entre sus socios, accionistas, representantes legales o apoderados no se encuentran servidores pübllco1 del Poder Judicial de la Federación. 11 3.- No se encuentra Inhabilitado para desempeller un empleo, cargo o comisión en el servicio público. 11 4 • Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Admlllslraclón Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos md ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el qua se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporaclóll de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal. 11 s .. Para todo lo relacionado con el presente contrato, aellala como su domlcíllo el Indicado en la carátula del presente Instrumento, en el apartado denominado "Proveedol" 111 • La ·Suprema Corte• y el "Proveedor' declaran que; 11 1.1 • Reconocen mutuamente la personalidad jurldlca con la que comparecen a la celebración del presente Instrumento y manifiestan que, todas las comunicaciones que se realicen entre ellas, se dirigirán a los domicilios Indicados en los antecedentes 1.4 y 11.5 de este instrumento.

CLA U S U LAS

Primera. Condiciones Generales. El ' Proveedor" se compromete a proport:lonar los bienes desc:ritos en la carátula del presente Instrumento y respetar en todo momento el precio, plazo y condiciones de pago sellalados en la referida carátula, durante 'I haata el cumplimiento total del objeto de esle acuerdo de voluntades. El pago sellalado en la presente cláusula, cubre el total de los bienes contratados, por lo cual "la Suprema Corte• no tiene obligación de cubrir ningún importe adicional. Segunda. Pena Convencional. Tratándose del Incumplimiento parcial a fas obligaciones de l!l!lle Instrumento •1a Suprema Corte' podrá apUcar al •Proveedor" una pena convencional hasta por él monto al que correspooda el porcentaje Incumplido. SI el lncumpHmlento versa !.Obre et plazo de ejecución pact3do en b C<Jrátui<I do este Instrumento, se generará una sanción equivalente al 10 al m~lar diario sobre la cantidad que '"1porten los bienes no entregados la cual no podrá exceder del 10% del monto total de este contrato. (sin Incluir IVA) La pena convencional antes referida podrá aplicarse a los montos que adeude ºla Suprema Corte• al "Proveedol". Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efectos fiscales el •proveedol" deberá presentar la o las fac1uras a nombre de ·ra Suprema Corte' según consta en la cedula de idenUficación fiscal, expedida por la Secretaria de Hacienda 'I Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502048P5, Indicando el domtelllo seflalado en la declaración 1.4 de esle Instrumento y demits requlsrtos fiscales a que haya lugar. Cuarta. Modificaciones de este lnsl!Umento Las condiciones pactadas en el presente lnstmmento podrán 5er obleto de modificación en términos de lo previsto en los :irtfculo~ 12, lracc1ón XXII; 143, fracción l 'f 162 del referido Acuerdo General Vl/2008. Cuarta. Modificaciones. Las condldones pactadas en el pntsenle Instrumento podrán ser objeto de modllk:ad6n, en térmlnos de lo previsto en los artlculos 12. frattl6n XXII, 143, fracción 1, y 162, dat referido Acuerdo General Vl/2008. Quinta Garantla de los bienes. El 'Proveadol", garantizará los bienes por un ello a partir de la fecha de entrega y/o recepción a entera satisfaa:ión de 'la Suprema Corte', en caso do vicios ocultos o defectos de fabricación deberá sustituirlos por otro Igual al ortglna!mente ofertado, Los bienes que estén fuera de especificaciones y/o presenten defectos que imposibiliten su uso adecuado 'I oportuno antes de su aceptación o bien después y denlro de los diez dlas hábiles algulenlas, deberán ser reemplazados por productos nuevos, por parte del 'Proveedol", sin nlngun costo adicional para "la Suprema Corte•. Sexta. Coníldenclalidad. La documentación que se proporcione al 'Proveedor' con motivo de la celebración de este conlrato, es propiedad de ·ra Suprema Corte". por lo que el ·Proveedor', por si o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunlcaclón, cualquier resultado o dato obtenklo de los bienes ob¡eto de este contrato aimpllllcado. Séptima. Rescisión. Queda expresamente convenido que 'la Suprema corta• podrá dar por rescindido et presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial, en caso de que el ·Proveedor' deje de cumplfr cualquiera de ras obligaciones que asume en este contralo por 1:1111sit11 'lile 11! sean Imputable!, o b!en, en caso c!e ser c!lje!:> da embargo, huelga estallada, concurso mercanUI o liquidación. Antes r:te declarar la rescisión, 'la Suprema Corte• notificará por e~crito las c::tusa!I rospoctlvas al ·rroveedol" en su domlclllo se~alado en la declaración 11.5 de este lnswn to, con quien en el acto se encuentre, otorgllndole un plazo de quince dlas hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe tos documentos que estime conv ·• y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de ' la Suprema Corte• determinará sobre la procedencia de la rescisión, e se comunicará al "Proveedor" en su domlcillo sellalado en fa declaraclón 11 5 da este Instrumento. Octava -Supuesto de tenninación de los contratos diversos a la recislón: El conlrato podrá darse por terminado, al cumpRmentarse su objeto o bien de manera antlc;lpada cuando existan causas Justificadas a razones de Interés general en términos de lo previsto en los artlc:ulos 148, 149, 150 y 151, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Adm nistración de la Suprem¡¡ Corte de Justicia de la Nación Novena. Del !omento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes están de acuerdo en que el presente lnstrumenlo constituye Información püblfca en términos de lo dispuesto en los artfculos 1 •, 7º y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podran realizar su consulta. De confonnidad con lo esla~ldo en el artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la lnformacl6n Públk:a Gubemamental y Prctecclón de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del nueve de Julk> de dos mi ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la lnlonnación, a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el arUculo e• Constitucional, el "Proveedor" se obliga a guardar secreto y il no divulgar por nlngun medio, aun electrónrco, ni por conferenciu y/o Informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneja o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de incumpUmiento ' la Suprema Corte• podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este Instrumento, por concepto de pana convencional. Uéc1ma. ResoluclOn de controvenilas. Para efecto de la interpretación y cumpliml11nlo d~ lo estipulado en est' Instrumento, el "Proveedor- ~e ::omctc cxprc:::imcnto ¡¡ !¡¡:¡

decisiones del Tribunal Pleno de "la Suprema Corte• renunciando en fonna expresa a cualquier otro fuero que en raZón de su domlciUo o vecindad, tengan o llegaren a tener, de confonnidad con lo Indicado en el articulo 11, fracción XX de la Ley Orgotnlca del Poder Juóitlal de la Federación. las partes acuerdan que cualquiet notlllcación que tengan que realizarse de una parte a otra, 1e realizara por escrito en el domlclllo que ha se~alado en las declaraciones l.' y 11 5 de este instrumento. Décima Primera. Leglslación aplicable. El acuerdo de voluntades previsto en esle Instrumento contractual se rige por Jo dispuesto en la Constitución Polltlca de los Estados Unidos Mexicanos Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de JusUcla de la Nación, el Acuerdo General de Administración Vl/2008, del ve1ntiC111co de &epliembre de dos mil ocho. del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en lo no previsto en este por el Código Civ 1 Federal CDdigo Federa de Procedimientos Civiles. la ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendarla, la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la :ey Federa' del Procedimiento Administrativo, en lo conducente.

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRA TO SIMPLIFICADO POR EL P

PODER JUDICIAL DE LA FED"lACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTiC:-n[ DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL. CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC. 06060, D.F R F C. SCJ-950204-6P5

DIRECCIÓN GENERAL o RECURSOS MATERl~L BOLIVAR No. 30. -40 PISO COL. CENTRO, C.P 06000, MEXICO. D.F TELS. 4113-lOOOEXT 5704,5710.5305,5705 FAX: 5130-1750

DIRECCIÓN OE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 13'40 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO, O F TELS.: 5701 2036 y 5763 7883

lRQVEEDOR: Artifexsite Com, S.A. de C.V. /Viveros de Asís 303 piso 2. Col. Viveros de la loma, Tlalnepanua, Estado de México. 54080 / 5628-0708, 5365-4305 /

:ecHA DEL DOCUMENTO 12/1112015

:ECHA DE ENTREGA 15dlas naturales

Partida Clave art.

IMPORTE EN LETRA

FORMA DE PAGO 8 dlas hábiles entrega factura V.U.

'

OBSERVACIONES Oficio CDMCUADM-7476-2015

LUGAR DE ENTREGA Calz. lanacio Zaraaoza 1340, Col. Juan Esculia, 09100, MX, OF

Canüdad Unidad Descripclon

PÁRRAFO SEGUNDO, DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008, EN VIRTUD DE QUE SE EXCEPTUA DE LA MISMA, POR TRATARSE DE UNA ADJUDICACIÓN QUE NO EXCEDE LA CANTIDAD DE 75,000 UDIS.

CUATROCIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENT

NFiORWITllCOS,

TERIAL BIBLIOfiEMEROGRAFICO

P.Unitario

SUBTOTAL

CONTRA TO SIMPLIFJCADO

4515003296 ~

EN SUS REMISIONES. FACTURAS 'i CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE -#

DOCUMENTO

S001

Importe Total

350,850.00

56,136.00 406,986.00

Página 2 de 2

' CONTRATO SIMPLIFICADO

1 • La Suprema Corte de Justít a de la Nación. en lo sucesivo "la Suprema Corte', por conducto de su representante, para los efectos de este Instrumento manifiesta que: 1.1 • Es el máximo Ólyano depositario del Poder Judicial de la Federación, en ténnlnos de lo dispuesto en los artlculos 94 de la ConstJtuclón Po:llica de los Estados Unidos Mex canos y 1•, fracción 1, de la Ley O!gánlca del Poder Judk:ial de la Federación. 1 2 - La presente contratación fue autorizada por ta Directora de Adquisición de Bienes Informáticos, Comunicaciones y Material Bibliohemerográíico adscrita a la Dlreet:ión General de Recursos Bienes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante concurso público sumario, de conronnkfad con lo previsto en loa articulo 39, fracción IV, 42, 43 fiaccióñ nr. 82 y 83';-der Acüerdo General de Administraci6ñ-vl/2Ctra;-dePiélñtiCíñcóillf s&pti!mtmr l!lf !lo!' mir ocncr,del comltlt !lir Goblemay-AdmfnlstraclOn d1Tla-Suprema comr de Justicia de la Nación por el que se regulan los proc:edimlentos para la ¡idqulslción, administración y deslncorporaclón de bienes y la contratación de obras, usos y servicios <equeridos por este Tribunal. 1 3.· hl Dlt'IJctor (o<meml do Recursos Malomiles esto raculLldo para suscnbir el presente 1nstrumonto, de conformidad con lo dispuesto an el ortrculo 25, fr.:icción X del Regl.11111?0!0

11q,\11ico en Mate1 ad~ Ac1rr.1ll ;trac:lon oo la Suprema Corte de Just1ci3 de la Nación 1.4 • Para todo lo relacionado con el presente contrato senala como su domicilio el ubicado en la Calle de José Maria Pino Suérez número 2, Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06060, en la CIUdad da ~xlco, Distrito Federal. 11 • El · Proveedot"' por conducto de su re~sentante legal manmesta bajo protesta de decir verdad que: 11 1 • Conoce perfectamente las especificaciones técnicas y de operación de los bienes requeridos por ' la Suprema Corte' y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para entregarlos a satisfacción de ésta. 11 2.· No desempe"a un empleo, cargo o comisión en el servicio público y entre sus socios, accionistas, representantes legales o apoderados no se encuentran servidores públicos del Podar Judicial de la Federación. 11 3 • No se encuentra lnhabtlitado para desempellar un empleo, cargo o comisión en el servicio público. 11.4 • Conoce y acepta sujelar1e a lo previsto en el Acuerdo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Admln'stración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición. administración y deslncorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal. 11 5 - Para lodo lo relacionado con el presente contrato, se"ala como su domlcitfo el Indicado en la carátula del presente Instrumento, en el apartlldo denom nado 'ProveedOI". 111 • l11 ·suprema Corte' y el 'Proveedor" declaran que: 111 1 • Reconocen mutuamente la personalidad juridlca con la que comparecen a la celebración del presente Instrumento y manifiestan que, todas las comunicaciones que se realicen entre ellas, se dlrigtrán a los domicilios indicados en los antecedentes 14y11,5 de este lnstsumento.

CLAUS ULAS

Pnmera. Condiciones Generales. El 'Proveedor" se compromete a proporcionar las bienes desattos en ta carátula del presente Instrumento y respetar en todo momento el precio, p'azo y condiciones de pago senalados en la referida carátula, durante y hasta el cumpMmlento total del objeto de este acuerdo de voluntades. El pago sellalado en la presente cláusula, cubre el total de los bienes contratados, por lo cual ia Suprema Corta" no tiene obligación de cubrir ningún Importe adicional Segunda Pena Convencional Tra~ndose del lncumptlmlento parclal a las obligaciones de este Instrumento "la Suprema Corte' podrá apHcar al "Proveedor" un.a pena convencional hasta por el monto al que conesponda el porcentaje Incumplido, SI el Incumplimiento versa sobre el plazo de ejecución pactado en la carátula de osle insllu11111nlo, se generará una sanción equlvalents al 1 O at m\ll:ir dbrlo sobre la cantidad que Importen los blelles no entregados la cual no podra exceder del 10% del monto total de este contrato (sin Incluir IVA) La pena convencional antes referida podrá apllcarse a los montos que adeude "la Suprema Corte' al 'Proveedor". Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efectos fiscales el 'Proveedor" deberá presentar la o las facturas a nombnl de "la Suprema Corte• según consta en la cedula de idenuncación liscal expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Pllbllco con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5 Indicando el domlclllo senalado en la declaración 1.4 de este Instrumento y demas requisitos nscalas a que haya lugar. Cuarta Modlfieaclon113 do o~ta Instrumento. Las condlclones padl!das en el ~te ln~trumento podrán ser objeto de modificación en términos de lo previsto en los artlcutos 12, fraccJón XXII; 143, fracción 1y162 del referido Acuerdo General Vl/2008. Cuarta. Modmcaclones. Las condiciones pactadas en el presenta Instrumento podrc\n 1er objeto de modillcaclOn, en ténninoa de lo previsto en los articules 12, fracción XXII; 143, fracción 1, y 162, del referido Acuerdo General Vl/2008. Qulnla Garanlla de los bienes. El 'Proveedor", garantizará los bienes por un allo a partir de la fecha de entrega y/o recepción a entera satlafaccl6n da ·ra Suprema Corte': en caso de vicios ocultos o defectos de fabricacJón deberá sustituidos por otro Igual al originalmente ofertado. Los bienes que esliln fuera de especificaciones y/o ~senten df!fl!r.tos que imposiblfiten su usa adecuado y·oportuno antes de su aceplacl6n o bien después y dentro de los diez dias Mblles siguientes, deberan ser reemplazadós pot ptodlJCtos nuevos, por parta del "Proveedor", sin ningún costo adicional para 'la Suprema Corta'. Sexta. Confidencialidad. La documentación que se proporcione al 'Proveedor" con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad de 'la Suprema Corte". por lo que el ·Proveedor", por si o a través de sus trabajadonts, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obtenido de los bienes ob¡eto de este contrato slmpUfado. Séplima Rescisión Queda expresamente convenido que 'la Suprema Corte• podr.i dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judlclal, en caso Ll11 4u11 111 "Proveedor' deje da cumplir cu¡¡lqulcr:i de l::i~ cbtgac!ones que asum' en este contrato por r.11u!llls 111111 fe sean Imputables. o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estaUada, concurso mercantil o Uquldaclón Anees de declarar la rescisión, "la Sup1e111a Corte' notificará por escrito las causas respectivas ill 'Pro'Jccdor" en su domlcitlo sellalado en la declaradón 11 5 de este ln~tnimento con qu,en en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince dlas hábiles pant que man'fieste lo que a su derecho convenga, anexe loa documentos que estime conv, ·;,s y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano compelente de 'la Suprema Corte• determinará sobre la procedencia de fa rescisió ue se comunicará al 'Proveedor" en su d'omlclllo se"alado en la declaración 11.5 de este Instrumento. Octava.-Supuesto de tennlnaclón da los contratos diversos a la reclslón; El contrato podrá daru por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera enUclpada cuando existan causas justificadas a razones de Interés general en ténnlnos de lo previsto en los artlculos 146, 149, 150 y 151, del Acuerdo General da Administración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mJ ocho, del Comlt6 de Gobierno y Administración da la Suprema Corte de Justicia de la Nación Novena. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. las partes están de acuerdo en que el presente Instrumento constituya Información pública en términos de lo dispuesto en los artlculos 1 •, 7" y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública GubemanM1ntal, por lo que los gobemados podrán realizar !IU consulta. De conformidad con lo establecldo en el articulo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia. Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corta de Justicia de la Naclón, del nueve de julio de dos mil ocho. relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el 6mblto de este Tribunal los derechos de acceso a la Información, a la privacidad y a la protección da datos peraonallB garantlz.ados en el artlculo 6" Constitucional, el 'Proveed()(' se obMga a guardar secreto y a no divulgar por ningún medio, aun electrónico, ni por conrerenclas y/o informes los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que l'Tlllneje o conozc¡¡ al desarTOHar las actividades objeto del presenta contrato. En caso de lncumpllmlento ·1a Su~ma Corta' podrá exigir el pago CO!l'apondlente al 10% del monto total de este Instrumento, por concepto de pena convencional. Décima. Resolución lle wu~uverslas . Para erecto de la lnterprotic!ón y C'Jmpl!mlenro de lo estipulado en este lnstrumP.ntn. Al 'Proveedor" se somete expresamente a las declslones del Tribunal Pleno de "la Suprema Corte' renunciando en fonna expresa a cualquler otro fuero que en razón de su domlclUo o vecindad. tengan o llegaren a tener. de conformidad con lo Indicado en el articulo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial da la Federación. Las partes acuerdan que cualquier notificación que tengan que realizarse de una parte a otra, se realizara por escrito en el domicilio que he senalado en las declaraciones 1.4 y 11.5 de este Instrumento. Décima Primera. legislación aplicable. El acuerdo da voluntades previsto en este Instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución PoUtlca de los Estados Unidos Mexicanos, Reglamento Orgánico en Materia da Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Acuerdo General de Adminlstraclón Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración da la Suprema Corta de Jusllcla de la Nación y en lo no previsto en este por el Código Civil Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Responsabllkfades Administrativas de los Servidores Públlcos y la ley Federal del Procedimiento Administrativo, en lo conducente.

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PROVEEDOR ~~re Fl~ Fecha "!.

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