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NOVIEMBRE 2013 Luto en la minería 1 El traicionero y silencioso grisú Las mutuas no podrán acce- der a las historias clínicas de los trabajadores 2 y 3 Jornada de presentación de Estudios del Observatorio Permanente de Riesgos Psicosociales 4 Nuevas Publicaciones de la Secretaría de Salud Laboral y Política Social de UGTV Castilla y León 4 Visita nuestra página web en http:http://www.saludlaboral.ugtcyl.es Sentencia de la Audiencia Nacional 174/2013 5 El INSHT publica nuevas NTP de la serie 28ª. El INSHT acaba de publicar en su portal web una nueva en- trega de su colección de No- tas Técnicas de Prevención que complementa la serie 28.ª de 2013, concretamente, las correspondiente a los números 973 a 984. Anda- mios colgados móviles de accionamiento motorizado, protectores auditivos o análi- sis coste-beneficio de la ac- ción preventiva, son sólo algunos de los títulos de los nuevos documentos que, sin duda, constituyen un impor- tante instrumento de apoyo práctico y de guía para los profesionales de la preven- ción . Servicio Técnico de Asistencia Preventiva UGT-Castilla y León. C/ Muro 2, 4ºA, 47004, Valladolid. T.983218992 Fax. 983294923 [email protected] 1 Contenido: LUTO EN LA MINERIA Seis trabajadores fallecidos y cinco heridos, balance del peor accidente laboral regis- trado en la minería del carbón de nuestro país en los últimos dieciocho años. UGT ha convocado un paro de 48 horas en todos los tajos mineros del país, que han parado en símbolo de respeto, condolencia y duelo por los seis compañeros fallecidos en el accidente registra- do el pasado 28 de octubre, en la hullera vasco leonesa, tras un escape de grisú. El paro recordaba igualmente a los cinco trabajadores heridos, uno de ellos en estado muy grave y expresaban su confianza en que la investi- gación pertinente y necesaria esclarezca las causas de este gravísimo accidente, para que en un futuro no volvamos a lamentar un accidente como el ocurrido. Desde la Unión General de Trabajadores de Castilla y León se mostraba la consterna- ción ante el trágico accidente registrado en el Pozo Emilio del Valle de la localidad de Santa Lucía, perteneciente al municipio leonés de Pola de Gordón, que se cobraba la vida de seis trabajadores y causaba heri- das de distinta consideración a otro cinco. El Sindicato solicitó, en ese sentido, la in- mediata reunión de la Comisión Regional de Minería para recopilar los datos necesa- rios que puedan determinar las causas que han producido el fatal accidente. Una Co- misión que, a pesar de la insistencia por parte de la representación de los trabajadores, llevaba años sin reunirse. Los trabajadores fallecidos pertenecían a una subcontrata de la Hullera Vasco Leonesa, y se da la circunstancia de que habían retomado la actividad en este pozo hace pocos meses tras un largo parón provocado como consecuencia de la decisión del Gobierno del PP de suspender las ayudas al sector de la extracción del carbón. Este accidente representa uno de los más graves ocurridos en la zona en los últimos 50 años. Anto- nio Colinas, compañero de UGT Castilla y León y presidente del Comité de Empresa, visiblemente emocionado, no ha dudado en señalar las consecuencias en los recortes en seguridad al tiempo que ha cargado con dureza contra el Ministro de Industria señalando que “ya es hora de que este señor dé la cara y le diga ahora a las viudas que los mineros no somos privilegiados como dijo”. UGT trasladó la solidaridad y apoyo a los familiares y compañeros de las víctimas al tiempo que se puso a su disposición para cuantas acciones consideren necesarias para dilucidar las causas y res- ponsabilidades derivadas de este trágico hecho.

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Luto en la minería

1

El traicionero y silencioso

grisú

Las mutuas no podrán acce-

der a las historias clínicas

de los trabajadores

2 y 3

Jornada de presentación de

Estudios del Observatorio

Permanente de Riesgos

Psicosociales

4

Nuevas Publicaciones de la

Secretaría de Salud Laboral

y Política Social de UGTV

Castilla y León

4

Visita nuestra página web en http:http://www.saludlaboral.ugtcyl.es

Sentencia de la Audiencia

Nacional 174/2013 5

El INSHT publica nuevas

NTP de la serie 28ª. El

INSHT acaba de publicar en

su portal web una nueva en-

trega de su colección de No-

tas Técnicas de Prevención

que complementa la serie

28.ª de 2013, concretamente,

las correspondiente a los

números 973 a 984. Anda-

mios colgados móviles de

accionamiento motorizado,

protectores auditivos o análi-

sis coste-beneficio de la ac-

ción preventiva, son sólo

algunos de los títulos de los

nuevos documentos que, sin

duda, constituyen un impor-

tante instrumento de apoyo

práctico y de guía para los

profesionales de la preven-

ción

.

Servicio Técnico de Asistencia Preventiva UGT-Castilla y León. C/ Muro 2, 4ºA, 47004, Valladolid. T.983218992 Fax. 983294923 [email protected]

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Contenido: LUTO EN LA MINERIA

Seis trabajadores fallecidos y cinco heridos, balance del peor accidente laboral regis-

trado en la minería del carbón de nuestro país en los últimos dieciocho años.

UGT ha convocado un paro de 48 horas en todos los tajos mineros del país, que han parado en

símbolo de respeto, condolencia y duelo por los seis compañeros fallecidos en el accidente registra-

do el pasado 28 de octubre, en la hullera vasco leonesa, tras un escape de grisú.

El paro recordaba igualmente a los cinco trabajadores heridos, uno de ellos en estado muy grave y

expresaban su confianza en que la investi-

gación pertinente y necesaria esclarezca las

causas de este gravísimo accidente, para

que en un futuro no volvamos a lamentar

un accidente como el ocurrido.

Desde la Unión General de Trabajadores de

Castilla y León se mostraba la consterna-

ción ante el trágico accidente registrado en

el Pozo Emilio del Valle de la localidad de

Santa Lucía, perteneciente al municipio

leonés de Pola de Gordón, que se cobraba

la vida de seis trabajadores y causaba heri-

das de distinta consideración a otro cinco.

El Sindicato solicitó, en ese sentido, la in-

mediata reunión de la Comisión Regional

de Minería para recopilar los datos necesa-

rios que puedan determinar las causas que

han producido el fatal accidente. Una Co-

misión que, a pesar de la insistencia por

parte de la representación de los trabajadores, llevaba años sin reunirse.

Los trabajadores fallecidos pertenecían a una subcontrata de la Hullera Vasco Leonesa, y se da la

circunstancia de que habían retomado la actividad en este pozo hace pocos meses tras un largo

parón provocado como consecuencia de la decisión del Gobierno del PP de suspender las ayudas al

sector de la extracción del carbón.

Este accidente representa uno de los más graves ocurridos en la zona en los últimos 50 años. Anto-

nio Colinas, compañero de UGT Castilla y León y presidente del Comité de Empresa, visiblemente

emocionado, no ha dudado en señalar las consecuencias en los recortes en seguridad al tiempo que

ha cargado con dureza contra el Ministro de Industria señalando que “ya es hora de que este señor

dé la cara y le diga ahora a las viudas que los mineros no somos privilegiados como dijo”.

UGT trasladó la solidaridad y apoyo a los familiares y compañeros de las víctimas al tiempo que se

puso a su disposición para cuantas acciones consideren necesarias para dilucidar las causas y res-

ponsabilidades derivadas de este trágico hecho.

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El traicionero y silencioso grisú

“¡El grisú! He aquí el enemigo más cruel del minero. Traicionero y temible, se oculta en los recovecos de las partes altas de las

galerías, en las chimeneas y en los pozos; y allí espera agazapado para sembrar la muerte con su enorme fuerza expansiva;

volátil, ligero e invisible. Solo teme a un enemigo más poderoso que él porque lo destruye y lo deshace con su fuerte soplo: el

viento”.

Así describía en 1922 el facultativo de minas Julián García Muñiz el grisú, conocido por los trabajadores del carbón como el

“enemigo silencioso” y causante de la tragedia en Llombera de Gordón.

La presencia de gas metano (grisú en la jerga minera) es una de las peculiaridades más peligrosas de algunos de los yacimientos

hulleros españoles, y hace de estas explotaciones las más difíciles, peligrosas y costosas de la minería europea, junto a la estrechez

y verticalidad de las capas de mineral.

Las emanaciones de gas asociado al carbón, y en ocasiones sus explosiones, han sido, junto a los desprendimientos de mineral

(derrabes) y el hundimiento de talleres y tajos (quiebras), tres de las causas más recurrentes de los grandes desastres en la minería

carbonera, antaño recurrentes y desde hace décadas cada vez menos frecuentes como consecuencia de la concentración y reduc-

ción del tamaño del sector, el cierre de numerosas minas y las crecientes sumas de dinero que se destinan a ventilación, detección

y otras medidas de seguridad.

Estos peligros, junto a la silicosis (la enfermedad respiratoria y pulmonar crónica

habitual de los mineros de carbón), han sido las principales causas de mortalidad

en una actividad con una larga historia de catástrofes y una elevadísima tasa de

siniestralidad.

El grisú es el resultado de la mezcla de aire y de emanaciones de gas metano que

se desprenden del carbón. Para que sea explosiva precisa que la concentración de

metano alcance proporciones entre el 5% y el 14%, y requiere además la presen-

cia de una fuente de calor. Una elevada concentración, bien por emanación lenta

o por un desprendimiento súbito, causa asfixia.

Antaño, el sistema de detección era la famosa jaula con un jilguero cuya muerte

era el aviso de que había que abandonar la mina de forma precipitada. Hoy las

explotaciones están dotadas de sistemas fijos y estáticos de medición y algunos mineros portan consigo medidores móviles mien-

tras realizan sus tareas. Unos y otros emiten advertencias luminosas o acústicas, según los casos. Las minas actuales cuentan,

además, con poderosos sistemas de ventilación.

Las mutuas no podrán acceder a las historias clínicas de los trabajadores

Poco a poco se van dando pasos en la dirección correcta, gracias a la labor sindical, en el marco de lo que será el futuro Real Decreto que

regulará la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal. En el último borrador del anteproyecto se recogen algunas de las propues-

tas de los profesionales integrados en el Foro de Atención Primaria, una de ellas es que las mutuas no asuman el control de las bajas y, por tanto,

que no puedan acceder a las historias clínicas de los pacientes. Según el portavoz del Foro, don Francisco José Sáez, ese acceso podría suponer

un problema para la seguridad de los datos relativos a la salud de los pacientes, ya que las mutuas tendrían acceso no sólo a los datos relaciona-

dos con la IT concreta, sino a toda la historia clínica del paciente.

Sobre lo que aún no se ha alcanzado un acuerdo es sobre los efectos del silencio administrativo. Según la redacción actual del borrador,

cuando la mutua considere que un trabajador en situación IT puede desarrollar su tarea, dirigirá su petición de alta a la inspección y el silencio

administrativo de ésta durante 5 días naturales conllevará el "alta presunta" del trabajador. Según los profesionales este plazo es demasiado breve

y no está ajustado a la realidad ya que, en ese tiempo, la mutua debe comunicar a la inspección médica que el paciente está de alta a efectos

económicos, la inspección debe comunicárselo al médico y este al paciente, que podrá recurrir el alta si no está conforme con la decisión, lo que

podría provocar, según Sáez, que ante la duda se pronuncien de manera negativa si no tienen tiempo a evaluar correctamente al trabajador de

baja.

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Jornada de presentación de estudios del Observatorio de Riesgos Psicosociales de UGT

Nuevas publicaciones de la Secretaría de Salud Laboral y Política Social de UGT Castilla y León

El departamento de Salud Laboral acaba de publicar 3 manuales de prevención de riesgos laborales, que abordan diferentes

temas de rabiosa actualidad en el panorama preventivo español. La primera publicación, es una actualización del “Manual del dele-

gado de prevención”, que venimos editando desde hace una década. La formación y capacitación de nuestros representantes es una

prioridad sindical, de ahí que hayamos considerado la necesidad de actualizar esta publicación, haciéndonos eco de las reformas que

han modificado en marco normativo en prevención de riesgos laborales, para asegurar una acción sindical en salud laboral adecuada

y con garantías. La segunda publicación, denominada “Trasformación del mercado de trabajo y

nuevas formas de acoso laboral”, trata de analizar como las sucesivas reformas del sistema de rela-

ciones laborales, además de transformar las reglas del juego entre trabajadores y empresa, han dado

lugar a nuevas formas de acoso o presión laboral tendenciosa, que demandan una acción sindical

renovada y ajustada a las nuevas necesidades de los trabajadores. Por último, “El impacto de la

crisis sobre los derechos preventivos de los trabajadores”, es un documento de conclusiones de

los seminarios que desde el mes de junio hemos desarrollado en las 9 provincias de Castilla y León,

y en el que hemos recogido las experiencias de nuestros delegados y delegadas de prevención, en

torno a los nuevos escenarios de conflicto en los que deben ejercer su acción sindical en salud labo-

ral, y como han acomodado su acción sindical a esta nueva realidad económica y social, otorgándole

el máximo protagonismo a la gestión de los riesgos psicosociales, como instrumento de mejora de

las condiciones de trabajo.

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También puedes encontrarnos en la Red de

ASESORÍAS DE SALUD LABORAL para el

asesoramiento en Prevención de Riesgos

Laborales de UGT Castilla y León.

Ávila: C/Isaac Peral 18, 05001, Ávila, T.920225650

F.920251411 [email protected]

Burgos: C/San Pablo 8, 09002, Burgos, T.947252080

F.947256048 [email protected]

León: C/Gran Vía de San Marcos 31, 24001, León

T.987270679 F.987272430 pre-

[email protected]

Salamanca: Avda. Mirat 35-39, Entreplanta Oficina A,

37002, Salamanca. T.923269140 F.923212149 preven-

[email protected]

Palencia: Plz. Abilio Calderón,4, Bajo Izq. ,34001,

Palencia T.979706708 F.979700756

[email protected]

Segovia: Avda.Fernandez Ladreda 33, 40002, Segovia.

T.921424850 F.921434385 preven-

[email protected]

Soria: C/Vicente Tutor 6, 42001, Soria. T.975225323

F.975229252 [email protected]

Valladolid: C/ Muro 2, 47004, Valladolid.

T.983218992 F.983294923

[email protected]

Zamora: C/ Lope de Vega 6, 49002, Zamora.

T980514291 F.980512011 preven-

[email protected]

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Sentencia de la Audiencia Nacional 174/2013, de 30 de septiembre. Impugnación del V Convenio del Sector de la

Construcción: ¿Supone la restricción de las entidades que pueden ser homologadas por la FLC para impartir formación

en materia de PRL una vulneración del derecho a la competencia?

Servicio Técnico de Asistencia Preventiva UGT-Castilla y León. C/ Muro 2, 4ºA, 47004, Valladolid. T.983218992 Fax. 983294923 [email protected]

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Examinamos en esta crónica una sentencia de la Audiencia Nacional que aborda una tema sin duda no exento de polémica, y que no es

otro que el de los requisitos que deben cumplir las entidades formativas para poder ser homologadas por la Fundación Laboral de la Construc-

ción. La obtención de la homologación por la Fundación, como la propia sentencia aclara, es de suma importancia ya que sólo las entidades

homologadas van a poder impartir la formación inicial precisa para obtener la Tarjeta Profesional de la Construcción, Tarjeta que se configura

como "una" de las formas de acreditar la formación específica recibida del sector por el trabajador en materia de prevención de riesgos labora-

les.

Según la redacción inicial del V Convenio del Sector de la Construcción, que reproducía lo ya previsto en el anterior Convenio, podía

solicitar la homologación de la Fundación Laboral de la Construcción, cualquier entidad que contase con la acreditación u homologación exigi-

ble por parte de la autoridad laboral; a partir de la Resolución de 13 de mayo de 2013, la situación cambia de forma radical: se modifica el

convenio, básicamente en materia formativa, y se restringe la posibilidad de solicitar la homologación a las entidades que estén constituidas

como servicios de prevención ajenos acreditados por la autoridad laboral, y a las empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del convenio

que dispongan de organización preventiva propia y que cuente con la acreditación u homologación exigible por la autoridad laboral.

Ante esta situación los demandantes interponen una demanda de impugnación de convenio colectivo que es la que da lugar a la sentencia

que nos ocupa.

La parte demandante funda su pretensión en dos argumentos: consideran que la nueva regulación supone una "práctica restrictiva de la

competencia" y que además lesiona los derechos consolidados de los recurrentes.

Para la resolución de la primera cuestión el Tribunal parte de la premisa, sentada por nuestra jurisprudencia, de que lo establecido en un

acuerdo o convenio colectivo no lesionará la competencia siempre que el objeto del pacto sea mejorar las condiciones de trabajo de los

trabajadores. En este caso, y teniendo en cuenta la dicción de los artículo 19 de la LPRL y 10.3 de la Ley 32/2006, la Audiencia considera que

el convenio se ha movido dentro de la naturaleza y finalidad que le son propios y que no es otro que el de mejorar las condiciones de seguridad

en el trabajo, por lo que, literalmente cita, "aunque pueda afectar a las expectativas de negocio de determinados empresarios, no se puede afir-

mar que estemos ante una lesión de la competencia, estando los negociadores colectivos en su derecho de regular de forma más restrictiva el

acceso de las entidades que puedan impartir la formación homologada a efectos de obtener la TPC, si de esa forma se protegen mejor los inter-

eses de los trabajadores".

Respecto a la segunda de la cuestiones, si el convenio en su nueva redacción vulnera los derechos adquiridos de los demandantes, es preci-

so acudir a la interpretación del principio de irretroactividad y a su tipología. La sentencia afirma que en nuestro derecho no rige la irretroacti-

vidad absoluta y, partiendo de esa base, hay que tener en cuenta que existen tres grados de irretroactividad: máxima, media y mínima, un grado

mínimo en el que sería encajable este supuesto ya que la Audiencia Nacional entiende que es legítimo que las partes negociadoras exijan una

superior cualificación a las entidades que imparten formación para obtener la tarjeta profesional de la construcción, sin que las personas y enti-

dades recurrentes tengan un derecho adquirido a que su homologación permita la obtención de dicho documento "sine die", concediéndose en

el Convenio un plazo a esas entidades y personas homologadas para que adapten su situación a la nueva regulación.