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ContenidoAlto al covid: Medidas para la nueva convivencia social

Página 06

A través del Decreto Supremo N°139-2020-PCM, se establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional…

INEI: Se observa recuperación en el empleo, pero no de calidad

Página 15

Según ha informado el INEI, durante el trimestre mayo, junio y julio del presente año se perdieron 1 millón 972 mil puestos de trabajo en Lima Metropolitana…

Bonos: familias y deuda externa, ¿debe preocuparnos?

Página 10

Hace un año, y antes de los desastres de la pandemia, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) replanteó la meta de lograr un difícil fiscal no mayor del 1% del PBI para el 2021…

Los 7 Lineamientos que se deben incluir en el Plan para la Vigilancia

Página 12

La finalidad de los protocolos de bioseguridad que de-ben desarrollar los sectores económicos para prevenir la propagación del Covid-19, se basa en cuidar la salud de los usuarios y los trabajadores…

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EDITORIAL Yo soy Mentoría

Deuda oculta:¿Sabes los fenómenos a los que te expones?

Hay una serie de requisitos que se deben analizar antes de la toma de decisiones en materia de obligaciones tributarias, es decir, acciones que se deben seguir al momento de tomar las riendas de cada uno de los procesos que se realizan en cuanto al manejo de las deudas con la Sunat.Cuando se hablaba de deuda oculta por primera vez, casi nadie entendía el significado, ahora cualquiera que se ha acogido o tiene intención de aplicar el Régimen de Fraccionamiento y/o Aplazamiento tributario (RAF) de la Sunat, se dan con la sorpresa que aparecen deudas que nunca vieron, también en otros casos se dan cuenta que aparecen deudas al revisar los estados de resultados, es decir, revisando la contabilidad aparecen deudas que no habían visto antes.Muchas personas y empresas se están preguntando ¿De dónde salen estos números?, la verdad es que la respuesta a ello está en el manejo de las cuentas, puede que el cambio frecuente de contadores contribuya a estos casos, porque en la transmisión de información entre quien ha venido manejando las cuentas hacia los que la reciben para continuar con los procedimientos se pierde información valiosa, por lo que, en muchos casos, no se cuenta con la realidad global de las deudas.

Hay tres elementos necesarios que se deben considerar antes de que se asuma el pago de una deuda, ellos son: La prescripción, la nulidad y la impugnación de deuda. Estos son los tres derechos de defensa que tienen los contribuyentes.Para qué sirven estos mecanismos de defensa, para revisar cuál es la decisión que más te conviene, es importante que se entienda que nadie puede quitar el derecho a no estar de acuerdo con lo que exige la Sunat, siempre que se ajuste a la ley, existen factores que se deben evaluar, para poder defenderse adecuadamente, tales como el transcurso del tiempo o documentos de verosimilitud que acrediten que se hizo el pago, entre otros, que validen que no se le debe a la administración tributaria.Actualmente, el RAF existe para muchos casos en que es válido fraccionar o aplazar, sin embargo, los supuestos que no lo ameritan exigen el análisis de la deuda oculta, no se trata de acogerse porque sí. ¿Ya analizaste tu deuda?, ¿puedes impugnar?, ¿puedes presentar prescripción?, luego de responder ello se puede pensar en la opción de acogerse al RAF, en caso de que no se pueda aplicar un de los mecanismos de defensa ya mencionados que extinga tu obligación de pagar, y puedas decirle adiós a las deudas con Sunat.

MBA. JOSÉ VERONADirector de Grupo Verona

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ACTUALIDAD Yo soy Mentoría

Alto al covid: Medidas para la nueva convivencia socialA través del Decreto Supremo N°139-2020-PCM, se modifica el Decreto Supremo N°116-2020-PCM, Decreto Supremo que establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de Covid-19.

De acuerdo a la norma, esta decisión se toma principalmente debido a que:

• Cada una de las fases de la estrategia “Reanudación de actividades” comprende la reapertura de actividades, incrementando la cantidad de personas circulando por las vías de uso público, siendo necesario establecer algunas medidas diferenciadas de acuerdo a la realidad y condiciones epidemiológicas de cada departamento.

Principales aspectos que contiene la regulaciónCuarentena Focalizada: Las provincias donde regirá esta medida son: Arequipa, Huánuco, Ica, Junín, Madre de Dios y San Martín, además se suman:

• Pasco (Pasco)

• Huamanga y Huanta (Ayacucho)

• Santa, Casma y Huaraz (Áncash)

• Mariscal Nieto e Ilo (Moquegua)

• Tacna (Tacna)

• Cusco, La Convención, Anta, Canchis, Espinar y Quispicanchi (Cusco).

• San Román y Puno (Puno)

• Cajamarca, Jaén y San Ignacio (Cajamarca)

• Bagua, Condorcanqui y Utcubamba (Amazonas)

• Abancay y Andahuaylas (Apurímac)

• Barranca, Huaura, Cañete y Huaral (Lima)

• Virú, Pacasmayo, Chepén y Ascope (La Libertad)

• Huancavelica, Angaraes y Tayacaja (Huancavelica).

• En el marco de la nueva convivencia social, es necesario que se adopten acciones diferenciadas a fin de garantizar la protección de la vida y salud de las personas. A través de la adopción de estas cuarentenas focalizadas en algunos departamentos y provincias de nuestro país, se busca frenar y combatir los actuales altos índices de contagio y propagación de la Covid-19, lo que, en virtud a las evaluaciones epidemiológicas, podrá ir variando en el lugar y en el tiempo.

Puno

Cusco

Pasco

Apurímac

Moquegua

Ayacucho

Tacna

Huancavelica

Lima

Amazonas

Cajamarca

La Libertad

Ancash

Departamentos que continúan con la cuarentena.

Departamentos que se sumán a la cuaretena.

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ACTUALIDAD Yo soy Mentoría

Inmovilización social obligatoria: Se detalla en la norma que, durante la vigencia del estado de emergencia Nacional, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a sábado a escala nacional.

Excepción: Se exceptúa a los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín y Madre de Dios; y las jurisdicciones antes mencionadas donde la

inmovilización social obligatoria de las personas en sus domicilios rige desde las 20:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente. Además, se establece:

El día domingo, la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos a nivel nacional durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente. Durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, queda prohibido el uso de vehículos particulares, durante todo el día domingo, a nivel nacional.

Servicios esenciales Se permite el desplazamiento de las personas para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas a la entrada en vigencia del presente decreto supremo.

- Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery).

- Se permite que las farmacias, droguerías y boticas puedan brindar atención.

Restricción de reuniones Durante la presente prórroga del Estado de Emergencia Nacional queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personal, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio. En ese sentido se encuentran prohibidas:

- Las reuniones sociales incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia de la Covid-19.

Protección de niños, niñas y adolescentes menores

de 14 años

Los niños, niñas y adolescentes menores de catorce (14) años deben permanecer en su domicilio. Los niños, niñas y adolescentes menores de catorce (14) años, por necesidad de mantener su salud emocional, pueden realizar un paseo diario considerando las siguientes condiciones:

- Deben salir con una sola persona mayor de edad que resida en el mismo domicilio.

- La circulación se limita a un paseo de máximo treinta (30) minutos de duración, en una distancia no superior de quinientos (500) metros respecto del domicilio del niño/a o adolescente, en espacios libres sin aglomeraciones.

- Durante el paseo, se debe mantener una distancia social no menor de dos (2) metros.

Excepciones

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ACTUALIDAD Yo soy Mentoría

Personas en grupo de riesgo para Covid-19

Las personas en grupos de riesgo, incluyendo los adultos mayores de 65 años y los que presenten comorbilidades, de acuerdo con lo señalado por la Autoridad Sanitaria Nacional, no pueden salir de su domicilio. Podrán hacerlo en forma excepcional siempre que:

- Requieran atención médica urgente o ante una emergencia, así como para la adquisición de alimentos, medicinas y servicios financieros, en caso de no tener a ninguna persona de apoyo para ello.

- También excepcionalmente para el cobro de algún beneficio pecuniario otorgado por el Gobierno en el contexto de la emergencia nacional, para el cobro de una pensión en una entidad bancaria o para la realización de un trámite que exija su presencia física.

- Las personas en grupos de riesgo no deben recibir visitas en su domicilio y deben evitar el contacto físico con las personas que se desplazan fuera del domicilio.

- Las personas en grupos de riesgo que laboran, se prioriza su prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto y en caso deseen voluntariamente concurrir a trabajar o prestar servicios en las actividades autorizadas, se sujetan a las disposiciones emitidas a la fecha de entrada en vigor del decreto supremo.

TABLAS DE MULTAS

S/ 86No respetar el mínimo de un metro de

distancia obligatorio, formando aglomeraciones en los establecimientos comerciales.

S/ 344Circular por la vía pública sin llevar la mascarilla

de uso obligatorio.

S/ 215Circular por la vía pública para la realización de

actividades que no estén contempladas.

S/ 387No respetar la inmovilización social obligatoria

durante todo el día domingo.

S/ 215Salir más de una persona por familia para

la adquisición de víveres o productos farmacéuticos.

S/ 387Desarrollar actividades sociales, recreativas,

culturales, religiosas de aglomeración.

S/ 258Circular por la vía pública sin contar con el

respectivo pase laboral.

S/ 430No respetar el toque de queda.

S/ 301Desarrollar actividades económicas de

prestación no esenciales.

S/ 430No portar DNI o rehusarse a cumplir con la

identificación ante la Policía o FF.AA.

S/ 344Circular con vehículo de uso particular sin la

autorización.

S/ 6,450La PNP impondrá una multa a las personas

que transiten con su vehículo durante el toque de queda y los días domingos. Se les retendrá la tarjeta de propiedad y licencia de conducir.

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TRIBUTARIO Yo soy Mentoría

¿Es posible deducir para efectos del Impuesto a la Renta los derechos antidumping?Decreto Supremo Nº 136-2020-PCM que modifica al Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, “Reglamentan normas previstas en el “Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994”, el “Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias” y en el “Acuerdo sobre Agricultura”.

Las medidas antidumping de acuerdo a la Organización Mundial de Comercio, consisten en aplicar un derecho de importación adicional a un producto determinado de un país exportador determinado para lograr que el precio de dicho producto se aproxime al “valor normal” o para suprimir el daño causado a la rama de producción nacional en el país importador.

El Artículo 46 de dicho decreto define la naturaleza jurídica de los derechos definitivos, en este sentido tenemos:

a. Los derechos antidumping así como los derechos compensatorios, son medidas destinadas a corregir las distorsiones generadas en el mercado por las prácticas de dumping y subvenciones. No puede aplicarse a estas prácticas ninguna otra medida que no sean los derechos antidumping o compensatorios, según sea el caso.

b. Los derechos antidumping así como los derechos compensatorios, provisionales o definitivos, no constituyen en forma alguna tributo.

c. Los derechos antidumping o compensatorios, provisionales o definitivos, no están sujetos a rebajas, descuentos por pronto pago, ni beneficios de fraccionamiento o de naturaleza similar.

Recordemos que el Decreto Supremo Nº 006, señala textualmente que los derechos antidumping “tienen la condición de multa”, y esto ha servido de base para que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y el Tribunal Fiscal consideren como tal al referido concepto, lo que ha traído como consecuencia que no se permita su deducción como costo o gasto para efectos del Impuesto a la Renta.

Esto es así debido a que el literal c) del Artículo 44° de la Ley del Impuesto a la Renta, las multas, y en general, las sanciones aplicadas por el Sector Público Nacional no son deducibles para efectos del impuesto. Por tal motivo, tanto la Administración Tributaria como el Tribunal Fiscal han sustentado su posición en lo que señala el citado Reglamento, sin atender a la naturaleza real de los derechos antidumping.

Ahora con la nueva modificación establecida en el Decreto Supremo Nº 136-2020, se establece la naturaleza jurídica cierta de los derechos antidumping por lo cual estos podrían ser deducibles a efectos del Impuesto a la Renta al no ser catalogados como multas.

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ECONOMÍA Yo soy Mentoría

Bonos: familias y deuda externa,¿debe preocuparnos?Hace un año, y antes de los desastres de la pandemia, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) replanteó la meta de lograr un difícil fiscal no mayor del 1% del PBI para el 2021 alargando el plazo para alcanzarlo hasta el 2024, a fin de otorgar al Ejecutivo tres años más de holgura para incrementar la inversión en infraestructura y para mejorar el manejo de los activos del país.

DÉFICIT FISCAL DEL SPNF(% DEL PBI)

2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025

3,0

3,5

2,9

2,11,8

1,61,3

1,0 1,0

1,01,01,01,01,0

2,3

1,82,0

MMM 2018-2021 Ejecutado1 Propuesta

Esta modificación se realizó teniendo en cuenta que la inversión pública se contrajo durante el 2019 y con el propósito de reducir el pago de intereses por la deuda.

Así, mediante el Decreto de Urgencia N° 032-2019, durante el periodo 2021-2023 el déficit fiscal se incrementaría en 1.7 puntos porcentuales del PBI, los cuales serán cubiertos con deuda.

Y aunque el escenario del 2019 suponía un decrecimiento para la actividad económica, comparado con los años anteriores; actualmente representa un punto al que se desea volver (dada la crisis sanitaria, social y económica que ha generado la pandemia del Covid-19 en el mundo). Sin embargo, la decisión de incrementar la deuda fue cuestionada cuando del 2017 al 2019 no se utilizaron 2.3 puntos porcentuales del PBI, pese a que se tenía el espacio para ejecutarlo (dentro de la meta fijada en el MMM 2018-2021).

¿Qué sucede en el Perú? El principal cuestionamiento que surge en este punto recae en la capacidad del Estado para realizar un gasto eficiente, reforzado por el bajo alcance de los programas de apoyo social y a la empresa que se llevan a cabo.

Nacidos en el marco de la pandemia y representando uno de los planes más novedosos y audaces entre los países de la región (igualando, incluso, a los planes propuestos en Europa – en términos de gasto presupuestal), los bonos a las familias (Universal, Rural e Independiente) y los créditos garantizados para las empresas (Reactiva Perú y FAE) no han logrado satisfacer las expectativas que se tenían sobre ellos. El principal argumento preocupante ha sido la latente ineficiencia del sector público, representada en la baja ejecución; sobre todo de los gobiernos subnacionales, que no pasan el 80% del presupuesto en la ejecución de obras.

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ECONOMÍA Yo soy Mentoría

La decisión del MEF tuvo lugar en el 2019, bajo un contexto de desaceleración económica, con una inversión pública estancada (reportando el menor avance de la década, 66.2%).

Este problema alcanzó nuevos niveles cuando el 24,6% de peruanos que recibirían la ayuda estatal (8.7 millones de familias, según la meta del Gobierno) no fueron incluidos en el padrón de los beneficiados con los bonos; asimismo, las mypes que esperaban acceder a créditos más baratos tampoco fueron atendidos por los bancos (aunque para este punto se necesita analizar tres causas: la informalidad, la baja inclusión financiera y la estructura poco flexible que inicialmente tuvieron los requisitos de cada programa).

Deuda externa, problema internacionalAsimismo, el Gobierno lanzó más bonos para cubrir a la mayoría de familias afectadas por la crisis (Bono para las Fuerzas Armadas y PNP, para los trabajadores de la salud, Bono de Electricidad, para los deudos de personal del Minsa) lo que supone un mayor gasto fiscal, además del requerido en salud y lucha contra el coronavirus, el cual sería financiado con deuda (como confirmó hace unos días el MEF); esta situación incrementa las preocupaciones en torno al incremento de la deuda pública, sobre todo la deuda externa, que constituye un problema serio para los países de la región.

A nivel de la región, el incremento de la deuda pública es un tema preocupante. Si bien nuestro país no es señalado dentro del grupo en riesgo, es importante no perder de vista la necesidad de un gasto eficiente y dirigido al desarrollo nacional para evitar que la combinación de mayor deuda, mal gasto público y coyuntura mundial termine afectando la credibilidad que el Perú ha logrado proyectar.

Los últimos estudios del Banco Mundial develan una “oleada de sobreendeudamiento mundial” que afecta principalmente a las economías emergentes y en desarrollo.

¿Deberíamos estar preocupados?Para responder eso vale resaltar que nuestro país mantiene su posición como una de las economías más fuertes de la región; pese a crecer solo 2.3% el año pasado, e incluso ante las previsiones de un descenso cercano al 15% para este año, su nivel de deuda y déficit

fiscal es el más bajo de la región (26.9% y 0.3% del PBI, respectivamente).

Asimismo, las Reservas Internacionales Netas (RIN) superan los US$ 70 millones, lo que brinda bastante espacio al Gobierno para incrementar nuestros niveles de deuda. Así, pese a que este año la deuda externa llegaría a significar el 39.74% del PBI (un incremento de 13 puntos porcentuales respecto al 2019), aún contamos con el respaldo de ser una economía fuerte y bien posicionada.

La deuda pública pasó de 943 euros/habitante en el 2000 a 1559 euros/habitante al 2018; aunque el monto de la deuda representa menos del 30% del PBI desde el 2008, la deuda per cápita se ha duplicado”Fausto Salinas Lovón, Socio de Estudio Salinas & Tamayo Abogados

DEUDA EXTERNA PERUANA(% PBI)

2015 2016 2017 2018 2019 2020*

* La deuda externa es de 35,07% al 30 de junio de 2020

45.0%

40.0%

35.0%

30.0%

25.0%

20.0%

15.0%

10.0%

5.0%

0.0%

23.30% 23.70% 24.30% 25.80% 26.85% 39.74%

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LABORAL Yo soy Mentoría

Los 7 Lineamientos que se deben incluir en el Plan para la Vigilancia de la salud de los trabajadoresLa finalidad de los protocolos de bioseguridad que deben desarrollar los sectores económicos para prevenir la propagación del Covid-19, se basa en cuidar la salud de los usuarios y los trabajadores, al tiempo que se reactiva la economía. Estas disposiciones van desde la higiene y limpieza, el uso de equipos de protección, protocolos en áreas de atención, entre otras.

Es importante contar con un plan para la vigilancia, prevención y control del Covid-19 en tu centro de trabajo, este debe registrarse ante el MINSA. Ten en cuenta que la Sunafil realiza la verificación del cumplimiento e implementación.

Con la Resolución Ministerial N°448-2020-MINSA, se han actualizado los “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a la COVID– 19”.

¿Sabes cuáles son los lineamientos que se deben tener en cuenta para elaborar este plan? De acuerdo a la Sunafil, son los siguientes:

1. Limpieza y desinfección de los centros de trabajo: se debe prever la limpieza y desinfección frecuente de todos los ambientes del ente laboral, asegurando que las superficies estén libres de Covid-19, la frecuencia de ello debe detallarse en el plan.

2. Evaluación de las condiciones de salud del trabajador, previo al regreso o reincorporación laboral: De acuerdo a las normas vigentes, tu centro de trabajo debe contar con los servicios de un profesional de la salud, antes de reiniciar labores, este profesional debe gestionar:

• Identificar cada puesto de trabajo por riesgo de exposición al Covid-19: Bajo, mediano, alto o muy alto

• Aplicar la ficha de sintomatología Covid-19: Esta será llenada por cada trabajador, utilizando por ejemplo el correo electrónico

• Controlar la temperatura corporal al momento de ingresar al centro de trabajo

• Aplicar las pruebas serológicas o moleculares del Covid-19 a todos los trabajadores que se reincorporan a puestos de trabajo con alto o muy alto riesgo.

Alto al Covid-19 en el trabajo

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LABORAL Yo soy Mentoría

3. Lavado y desinfección de manos obligatorio: Asegura la existencia de puntos de lavado de manos o alcohol gel para el uso libre de los trabajadores. Uno de estos debe disponerse al ingreso del centro de trabajo. Además, se deben colocar carteles acerca del método correcto para hacerlo.

4. Sensibilización de la prevención del contagio en el centro de trabajo: Medidas como la higiene de manos, el uso de mascarillas y el distanciamiento social durante la jornada laboral se encuentran dentro de los temas para sensibilizar y educar permanentemente a los trabajadores.

5. Medidas preventivas de aplicación colectiva: estas acciones están dirigidas a los medios o vías de transmisión del Covid-19. Se debe considerar: Uso de mascarillas de carácter obligatorio, ventilación de los ambientes, distanciamiento de al menos un metro entre trabajadores, turnos para el uso de áreas comunes, entre otros.

6. Medidas de protección personal: Los empleadores deben asegurar la disposición de equipos de protección personal EPP, e implementar las medidas para su uso correcto y obligatorio de acuerdo a la exposición de cada puesto de trabajo.

7. Vigilancia de la salud del trabajador en el contexto del Covid-19: Mientras dure la emergencia sanitaria se debe vigilar la salud de los trabajadores de forma permanente. Entre las medidas están: Controlar la temperatura de cada trabajador al inicio y fin de la jornada.

Estos lineamientos no son las únicas pautas, cada actividad tiene particularidades propias y diferentes que deben estudiarse al momento de elaborar los

planes, es por ello que los expertos recuerdan que, esta herramienta no funciona por sí sola, es eficaz siempre que el Plan para la vigilancia, prevención y control de Covid-19, se ajuste a los requisitos legales aplicables, y cuente con una óptima evaluación de riesgo por exposición, así como los protocolos de trabajo, diseñados especialmente para cada sector.

Una reactivación laboral que no se adapte a la nueva situación, y no cuente con los aspectos técnicos que solo un experto conoce, puede significar para las empresas: Contagios masivos, baja productividad, desconfianza de los clientes y usuarios y sanciones económicas, por solo mencionar las menos graves.

Diseña y actualiza tu plan de vigilancia, aunque los requisitos para ello se han simplificado, no cualquiera está capacitado para elaborar este tipo de Plan. Se requiere de un equipo especializado que entienda las necesidades y exigencias de tu centro de trabajo, solo esto te permitirá avanzar en forma sólida y consistente, sin tomar mayores riesgos.

Page 15: Contenido - Grupo Verona

Termómetro legalLas autoridades nacionales han creado varios instrumentos legales a lo largo de este período de emergencia. Esta semana hay varias que destacan debido a su impacto sobre aspectos económicos y laborales. Aquí te mostramos breves consideraciones legales, y algunas precisiones conceptuales para mantenerte informado de las últimas novedades.

01

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Decreto Supremo N°139-2020-PCMDecreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N°116-2020-PCM, Decreto Supremo que establece las medidas que debe ob-servar la ciudadanía en la nueva convivencia social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de Covid-19.

Decreto Supremo N° 226-2020-EFEl Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), aprueba modificar el Capítulo XI del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, que será de aplicación a la venta de bienes adquiridos por turistas.

Resolución Ministerial 228-2020-ef/15Se aprueba el Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo Empre-sarial a las MYPE del Sector Turismo (FAE- TURISMO), el cual tiene como objetivo cubrir exclusivamente necesidades de capital de trabajo de las MYPE.

Resolución Directoral N° 021-2020-INACAL/DNEl Ministerio de la Producción, por intermedio del Instituto Nacio-nal de la Calidad (Inacal), aprobó La Guía Peruana 122:2020 Ges-tión Integral de la Mipyme, el cual brindará orientaciones para la adaptación de la micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) en situaciones de crisis sanitaria.

Decreto Supremo N° 225-2020-EFSe aprueba el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, el mismo que permi-tirá incrementar el desarrollo productivo y la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas y emprendimientos inno-vadores de alto impacto, a través de instrumentos no financieros.

Decreto Supremo N°020-2020-EMSe aprueba el Reglamento de Procedimientos Mineros, compues-to de veintisiete capítulos, ciento veintiún artículos, nueve dispo-siciones complementarias finales, dos disposiciones complemen-tarias transitorias, y doce anexos.

Resolución Ministerial (RM) 226-2020-EF/15Se aprueba el Reglamento Operativo del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE-AGRO), el cual tiene por fin garantizar los créditos para capi-tal de trabajo de los agricultores que realicen agricultura familiar conforme define la Ley 30355.

Decreto de Urgencia N° 079-2020 Se aprueban medidas, en materia económica y financiera, orien-tadas al otorgamiento de un subsidio económico a favor de pres-tadores del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial.

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REANUDACIÓN ECONÓMICA Yo soy Mentoría

Según ha informado el INEI, durante el trimestre mayo, junio y julio del presente año se perdieron 1 millón 972 mil puestos de trabajo en Lima Metropolitana, en relación a similar trimestre móvil del 2019.

Comparando estos datos con las anteriores cifras acerca del empleo, referentes a los meses de abril, mayo y junio, cuando se destruyeron 2 millones 699 mil puestos de trabajo, se observa ligeras mejorías.

Sin embargo, estos 738 mil nuevos puestos de trabajo en la capital, generados luego del retorno de diversas actividades económicas autorizadas por el Gobierno, tienen detalles acerca del tipo de empleo recuperados a julio.

En este respecto, el exviceministro de Promoción del Empleo Fernando Cuadros, afirmó: “Hay que considerar de julio en adelante si el grueso de personas se pudo reinsertar a un puesto de trabajo”.

INEI: Se observa recuperación en el empleo, pero no de calidad

InformalidadDe acuerdo al reporte del INEI, se evidencia que, del total de puestos de trabajo en Lima Metropolitana, que sumaron 2 millones 935 mil, sólo 1 millón 389 mil fueron empleos adecuados, es decir, puestos formales con beneficios, por otro lado, el subempleo o empleo informal registró cifras de 1 millón 545 mil plazas.

Tomando nuevamente en cuenta el informe anterior, si bien es cierto que en ambos tipos de empleo se observan cifras muy similares, también hay que considerar que, donde más se crearon nuevos puestos fue en el subempleo con 449 mil nuevas plazas, mientras que el empleo adecuado obtuvo 283 mil nuevos puestos.

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REANUDACIÓN ECONÓMICA Yo soy Mentoría

Según ha apuntado Cuadros, el aumento del subempleo está motivado a que: “solo parte de las personas se reinsertaron a sus puestos anteriores”, aunado a los casos a los que les aplicaron suspensión perfecta de labores. Por tanto, agregó: “la gente que se reinsertó, lo hizo en condiciones más precarias que antes. Son asalariados informales que ahora les pagan menos o independientes con menores ingresos”.

Por sectores• Mypes: El informe señala se tiene que, para las

empresas de 1 a 10 trabajadores (con pocos beneficios laborales) se recuperaron 588,6 puestos de trabajo.

• Grandes empresas: Para los casos de empresas con 51 a más trabajadores, se recuperaron 88 mil los puestos de trabajo, entre mayo y julio.

• Manufactura: en el mes de julio se reportaron 113,5 mil nuevos empleos

• Construcción: En el mismo período fueron 60 mil nuevos trabajos

• Comercio: se observaron 184 mil nuevos empleos

• Servicios: Para este caso 368 mil puestos de trabajo.

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EMPRESARIAL Yo soy Mentoría

Verificación del cumplimiento del Plan para la vigilancia, prevención y control del Covid-19 en el trabajo:

Cuestionario de SunafilLos empleadores deben saber que, en base al Protocolo N°005-2020-SUNAFIL, en concordancia con la RM N°448-2020-MINSA, y demás normativa vigente, la Sunafil está solicitando desde el mes de julio Requerimientos de Información, relacionados con la Verificación del cumplimiento e implementación del Plan para la vigilancia, prevención y control del Covid-19 en el trabajo, a través de cartas inductivas dirigidas 39,899 empresas.

Medios utilizadosEl depósito de este requerimiento se hace a través de la casilla electrónica, el empleador tiene el deber de revisar la notificación de la carta inductiva que se le envía.

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¿Qué contiene la carta inductiva?: El CuestionarioEl envío requerido se trata de un cuestionario con 46 preguntas de verificación, que se deben responder en línea, de acuerdo a la situación actual de la empresa, bajo la calidad de autodiagnóstico. Esta información tendrá carácter o naturaleza de declaración jurada.

De acuerdo a las respuestas que se ingresen, la Sunafil podrá hacer una comparación, entre los indicadores de cumplimiento y los antecedentes de denuncias de seguridad y salud en el trabajo, en caso de que las haya recibido por parte de los trabajadores.

Fecha límite A través de un comunicado oficial, la Sunafil ha dispuesto que, las empresas deben remitir la información solicitada (cuestionario relacionado con el Plan), como fecha límite el 23 de agosto de 2020.

Cada carta inductiva remitida por la Sunafil indica la fecha de depósito, fecha de notificación y fecha límite de presentación de la información.

ConsideracionesEs importante tener en cuenta que, en el supuesto de omitir alguna respuesta en el autodiagnóstico, la Sunafil puede tomarlo como una negativa de la empresa en aportar información verosímil, y es muy probable que estos casos sean considerados para una fiscalización posterior.

En la fiscalización posterior, en los casos en que se verifiquen incumplimientos, o el suministro de información falsa o no auténtica vinculada con la seguridad y salud de trabajadores y prestadores de servicios, incluida en el Plan de Vigilancia, se pueden emitir medidas de:

• Advertencia

• Requerimiento

• Paralización o prohibición de trabajos o tareas

• Cierre temporal de un área de unidad económica o toda la unidad económica, según corresponda y la gravedad de la omisión.

Esto sin duda puede causar impactos negativos en el negocio. Protege la vida de tus trabajadores, usuarios y de tu empresa.

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Sunafil:Fases de la verificación del Plan de Vigilancia

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Desempleo en Sudamerica

Según la OIT, alrededor de 41 millones de personas en América Latina habrían perdido su empleo a causa de la crisis generada por la pandemia del Covid-19; así,

se puede observar (según datos disponibles de cada país al 30 de junio de 2020) que Colombia encabeza la lista de los países en la región sudamericana con mayor nivel

de desempleo (19.8%), seguido por nuestro país (16.3%).

Perú en cifras

Préstamos otorgados por entidades financieras Con datos del BCRP, a junio de 2020, se puede observar un crecimento en los créditos otorgados a las micro, pequeñas y medianas empresas desde el último mes; aunque ligero, también se observa una caída en los créditos otorgados por las entidades financieras a las grandes empresas. Paralelamente, se redujeron los créditos destinados a las familias (sobre todo respecto a adquisición de tarjetas de crédito).

19.80%

16.30%

13.30% 13.30%12.20%

9.70%

0%

5%

10%

15%

20%

Colombia Perú Ecuador Brasil Chile Uruguay

DESEMPLEO EN SUDAMÉRICA(CON INFORMACIÓN DISPONIBLE AL 2DO. TRIMESTRE DEL 2020)

-3%-2%-1%0%1%2%3%4%5%

0

20

40

60

80

100

120

140

Corporativo ygran empresa

Medianaempresa

Mypes

Consumo

Hipotecario

Tarjetas decrédito

Vehicular

Otros

PRÉSTAMOS OTORGADOS POR ENTIDADES FINANCIERAS(A JUNIO DE 2020)

Monto (millones S/) Variación respecto a mayo (%)

Mill

ones

-1.30%

4.60%

3.40%

-1.50%

-0.30%

-2.30%-1.30%

-1.10%

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Colombia Perú Ecuador Brasil Chile Uruguay

DESEMPLEO EN SUDAMÉRICA(CON INFORMACIÓN DISPONIBLE AL 2DO. TRIMESTRE DEL 2020)

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Corporativo ygran empresa

Medianaempresa

Mypes

Consumo

Hipotecario

Tarjetas decrédito

Vehicular

Otros

PRÉSTAMOS OTORGADOS POR ENTIDADES FINANCIERAS(A JUNIO DE 2020)

Monto (millones S/) Variación respecto a mayo (%)

Mill

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FINANZAS Yo soy Mentoría

¿Cómo aprovechar la crisis para liquidar las deudas y obligaciones financieras?

Existen diversas opciones para el pago de las deudas cuando no se cuentan con el saldo suficiente para cubrir las cuotas mensuales, así como la reprogramación, refinanciación y congelamiento.

Pero, ¿Cuáles son sus opciones si cuenta con un gran excedente de efectivo y quiera liquidar sus obligaciones financieras?

Juan Luna representante de la empresa especialista en solución de deudas alDía, del grupo ACP, brinda recomendaciones para pagar sus deudas.

Si se cuenta con un excedente de efectivo, inclusive si proviene del retiro de su AFP o de su CTS, puede

coordinar con su acreedor la liquidación de sus deudas vencidas y sin garantías.

El beneficio se concentra en la cantidad de descuentos a los que el cliente pueda acceder. En la coyuntura actual, los bancos son los más interesados en poder recuperar su capital prestado, por lo que puede aprovechar la oportunidad. El número de cuentas a liquidar dependerá los niveles de ingresos y la cantidad de deudas por pagar.

Por último, si desea librarse de todas sus deudas, hay oportunidad de sumarse a la negociación colectiva de deudas, este es un mecanismo a través del cual el cliente puede acceder a beneficios junto a otras personas que ahorran para pagar sus deudas.

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TURISMO Yo soy Mentoría

El Ejecutivo aprobó el reglamento operativo del Fondo de Apoyo Empresarial a las Mypes del Sector Turismo (FAE-Turismo), el cual tiene como objetivo cubrir exclusivamente necesidades de capital de trabajo de las MYPE, pero ¿Qué mypes podrán solicitar estos créditos?

Recordemos que el FAE-Turismo está dirigida a las Mypes del sector turismo que ofrecen servicios de hospedaje, transporte interprovincial terrestre de pasajeros, transporte turístico, agencias de viajes y turismo, restaurantes, actividades de esparcimiento, organización de congresos, convenciones y eventos, guiado turístico, y producción y comercialización de artesanías.

El FAE-Turismo cuenta con recursos por S/. 500 millones, los cuales tienen como objeto brindar cobertura a los créditos otorgados a las mypes del sector. Este fondo es administrado por COFIDE y el crédito puede ser solicitado por las micro y pequeñas empresas del sector que pertenecen al Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS).

FAE-Turismo: ¿Cuáles son los criterios para acceder a los

créditos para capital de trabajo?

“El FAE Turismo se encuentra operativo y busca cubrir exclusivamente necesidades de capital de trabajo de las MYPE del Sector Turismo. Solicitamos a las empresas del sector financiero que ofrezcan las mayores facilidades a las micro y pequeñas empresas para acceder a las líneas de crédito. Solo de esta manera podremos salvaguardar más puestos de trabajo”, indicó la ministra de Comercio Exterior y Turismo, Rocío Barrios.

El reglamento operativo del FAE-Turismo fue establecido mediante Resolución Ministerial N° 228-2020-EF/15 y señala una serie de disposiciones para su adecuado funcionamiento, incluyendo su plazo de vigencia, el cual será de seis años, contados a partir de la suscripción del contrato de fideicomiso, dicho plazo incluye el plazo de liquidación del citado Fondo.

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TURISMO Yo soy Mentoría

Criterios de elegibilidadLa norma en mención detalla que son elegibles como beneficiarias las empresas que cumplan alguno de los siguientes criterios:

• Las mypes que obtengan créditos para capital de trabajo, según los parámetros establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) para créditos a microempresas y pequeñas empresas

• Las mypes que se encuentren clasificadas en el Sistema Financiero, al 29 de febrero de 2020 en la Central de Riesgo de la SBS, en la categoría de “Normal” o con Problemas Potenciales” (CPP).

En caso de no contar con clasificación a dicha fecha, no haber estado en una categoría diferente a la categoría “Normal” durante los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo. De no contar con clasificación de riesgo en los 12 meses previos al 29 de febrero de 2020, se le considera como categoría “Normal”.

Asimismo la MYPE no cuente con historial crediticio por tanto no tenga clasificación, la Empresa del Sistema Financiero (ESF) y/o la Cooperativa de Ahorro y Crédito (COOPAC) realiza una evaluación de riesgo de la MYPE del Sector Turismo cuya clasificación interna debe ser equivalente a las categorías de Normal y/o CPP establecido por la SBS, para ser considerado elegible.

Monto de coberturaEl valor máximo de cobertura por mype del FAE-Turismo será:

El monto equivalente a tres veces el promedio mensual de deuda de capital de trabajo registrado por la MYPE, en el año 2019, en empresas del sistema financiero o COOPAC.

Para dicho límite, no se consideran los créditos de consumo, ni hipotecarios para vivienda. A efectos de determinar la deuda de capital de trabajo, se toma en cuenta la deuda total de la MYPE en el año 2019 en la ESF o COOPAC, según los parámetros establecidos por la SBS.

Alternativamente, también se puede considerar el monto equivalente a cuatro meses el nivel de venta promedio mensual del año 2019, según los registros de la SUNAT. A efectos de determinar el nivel de venta, se toma en cuenta el monto equivalente a cuatro meses de sus ingresos y/o compras promedio mensual del año 2019, de acuerdo con el régimen tributario del contribuyente.

El valor máximo de cobertura por MYPE (VMCGM) representa el monto máximo hasta el cual el FAE- TURISMO garantiza las operaciones de COFIDE y se aplica de acuerdo con el monto del crédito otorgado, según se señala en el cuadro contenido en el numeral precedente.

La garantía se activa a los noventa días calendario de atraso de los créditos otorgados y el pago se realiza a los treinta días calendario.

MONTO DE CRÉDITOS (S/) GARANTÍA (%)

Hasta S/ 90 000 98

De S/ 90 001 a S/ 750 000 95

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La mayor cadena de cines de EE. UU. reinicia actividades con aforo reducido La cadena de cines de Estados Unidos, AMC, anunció que reabrirá sus puertas el próximo 20 de agosto, luego de haberse mantenido cerrado por cinco meses debido a la pandemia. Conmemorando sus 100 años de historia ofrecerán sus entradas a “precios de 1920”, 15 centavos cada una. La empresa aplicará medidas de reducción de capacidad, distancia social y extrema limpieza.

Coronavirus: Europa reserva 400 millones de dosis de eventual vacuna de Johnson & Johnson A través de un comunicado la Comisión Europea, anunció haber reservado hasta 400 millones de dosis de la eventual vacuna del Covid-19 desarrollada por el laboratorio estadounidense Johnson & Johnson. “La vida de nuestros ciudadanos y nuestra economía necesita una vacuna segura y eficaz contra el coronavirus. Las discusiones de hoy nos acercan a este objetivo”, aseguró la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen.

Reino Unido registra una caída récord del 20,4% del PIB a raíz de la pandemia de Covid-19 De acuerdo a datos publicados por la Oficina Nacional de Estadística, la economía del Reino Unido, la segunda mayor de Europa, entró en recesión en el segundo trimestre por primera vez desde 2009 tras registrar una caída récord del 20,4% del producto interior bruto (PIB) respecto de los tres meses anteriores, cuando había registrado una contracción del 2,2%.

Mundo

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REACTIVANDO EMPRENDEDORES Yo soy Mentoría

La picantería Arequipeña La Estrellita del Sur, fue fundada a finales del año 50 por la Sra. Dorotea Valdivia Pantigoso, natural de Yarabamba - Arequipa y el Sr. Alejandrino Villegas Amao, natural de Contay - Ayacucho, quienes con sus conocimientos en los exquisitos potajes de la región de Arequipa decidieron formar este negocio familiar, brindando en sus inicios posada y menú a los trabajadores de la municipalidad de Lince, así como a los integrantes de la Policía Nacional.

Hoy en día la Estrellita del Sur, cuenta con un local ampliamente reconstruido, con un excelente ambiente, un servicio esmerado y con la misma calidad de siempre. “Ofrecemos potajes de nuestra querida tierra Arequipa. Siendo nuestro valor el mantener la tradición en su preparación sin modificar los ingredientes tradicionales”, nos cuenta Víctor Villegas, Gerente General.

Pero llegó la pandemia dejando muchas víctimas alrededor del mundo. Siendo nuestro país muy afectado. La economía se detuvo, afectando a todos; las empresas se vieron en una difícil situación, y nosotros no fuimos la excepción. Surgieron varias interrogantes, pero el desafío más importante era poder garantizar la seguridad y salud de nuestra empresa, nuestros clientes y proveedores, adaptando progresivamente los lineamientos que el Gobierno decretaba en conjunto con las nuevas medidas del MINSA. ¡Aquí todos debemos poner nuestra parte!

Ubícanos en:

Jr. Pedro Conde 413 y la Av. Ignacio Merino

Cel: 944972669 – 989016621

Teléfono: (01) 422-6869 / (01) 440-0362

LaEstrellitaDelSur

La estrellita del Sur

Nos volvemos a encontrar

El bienestar de sus clientes y colaboradores fue siempre la prioridad para la Estrellita del Sur, motivo por el cual no dudaron en implementar su plan para la vigilancia prevención y control de Covid-19 en el trabajo, para ello decidieron contar con los la experiencia de los servicios de Grupo Verona.

“A través de nuestro contador conocimos a Grupo Verona, encontramos en ellos un excelente servicio y así logramos reactivar nuestro restaurante”, señaló Villegas.

Villegas nos explica que el profesionalismo que caracteriza a Grupo Verona, su dedicación brindando la información correcta y precisa, fueron algunos de los motivos por el cual decidieron apostar por su servicio. ¡Y no nos equivocamos!, recibimos la solución precisa para seguir hacia el éxito, la Estrellita del Sur, regresó más segura que nunca.

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SALUD Yo soy Mentoría

El Gobierno busca garantizar la cobertura del 70% de la población con la vacuna contra el coronavirus (Covid-19) para generar inmunidad ante la pandemia, indicó el ministro de Relaciones Exteriores Mario López Chávarri. Con este objetivo claro, es preciso preguntarse ¿Quiénes serán los primeros en vacunarse?

Durante el foro “La vacuna Covid-19 en el Perú” que realizó el Minsa el pasado jueves se dieron a conocer algunos alcances de la futura inmunización contra el SARS-CoV-2.

César Munayco, epidemiólogo e integrante del grupo Prospectiva, explicó las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de la Organización Panamericana de Salud (OPS) e indicó que, según ambos organismos internacionales, la vacunación se llevaría a cabo en tres fases:

Primera fase: se aplicarían las dosis a los trabajadores del sector salud de todos los niveles de atención y otros servicios esenciales del país, como los miembros de la Policía Nacional, transportistas, etc.

Segunda fase: buscará reducir la morbilidad severa y mortalidad asociada al Covid-19, protegiendo con la vacuna a las poblaciones de mayor riesgo identificados según la situación epidemiológica.

Tercera fase: buscará reducir la transmisión de la infección en la comunidad y generar la llamada “inmunidad de rebaño”, aunque eso dependerá de la disponibilidad de vacunas en nuestro país tras las dos primeras etapas.

¿Quiénes serán los primeros en recibir la vacuna contra el Covid-19 en el Perú?

El viceministro de Salud Pública del Ministerio de Salud (Minsa), Luis Suárez Ognio, explicó días atrás que las cifras muestran que, de acuerdo a las etapas de vida, los adultos mayores son los que más fallecen por la Covid-19.

Además, tras los adultos mayores, el funcionario detalló que los siguientes grupos con mayor riesgo son las personas obesas, aquellas que padecen enfermedades crónicas y las gestantes.

Objetivos a corto y a mediano plazoPor su parte, el médico Carlos Castillo Solórzano, asesor en Vacunas e Inmunización del Minsa, señaló durante el mismo foro que a corto plazo se contemplan tres fases y a mediano plazo se busca obtener respuesta inmunológica en varios países de la región.

Subrayó que la reducción de morbilidad severa y mortalidad de poblaciones en mayor riesgo incluye a 7.5 millones de personas, mientras que la disminución de la infección en la comunidad y generar “inmunidad de rebaño” involucra a otros 10 millones.

El último viernes el ministro de Relaciones Exteriores, Mario López, aseguró que el Gobierno peruano suscribirá acuerdos con los laboratorios que desarrollan la vacuna contra el Covid-19 “entre setiembre y octubre” para llevar a cabo las primeras pruebas clínicas en el país.

Con información de El Comercio.

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