Construcción Ordenamientos

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CONTENIDO:

I. REMOCIÓN DE LA C. LETICIA ADAUTO HERNÁNDEZ, AL CARGO DE SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO, Y APROBACIÓN DE LA C. ANA SILVIA ROA MORENO COMO SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO.

II. APROBACIÓN DE LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL.

III. NOMBRAMIENTOS DE TITULARES DE LAS DIFERENTES ÁREAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL, DE CUAUTITLÁN IZCALLI.

IV. LA INTEGRACIÓN DE LAS COMISIONES EDILICIAS DEL H. AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

V. AUTORIZACIÓN DE LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO DE PAQUETES ESCOLARES PARA LOS NIVELES DE PREESCOLAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y EDUCACIÓN ESPECIAL EN TODOS LOS PLANTELES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

VI. APROBACIÓN DE UN PROGRAMA EMERGENTE DE CAPTACIÓN DE RECURSOS PROPIOS.

VII. AUTORIZACIÓN PARA LA FORMULACIÓN DE PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL PARA EL PERIODO 2009-2012.

VIII. APROBACIÓN DEL CAMBIO DE IMAGEN CORPORATIVA DE LA ADMINISTRACIÓN 2009-2012 DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

IX. AUTORIZACIÓN DE LA PROPUESTA DE AUDITORIA Y EVALUACIÓN DE TODAS Y CADA UNA DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, ASÍ COMO LA AUTORIZACIÓN DE LA AUDITORIA EXTERNA.

G A C E T A   M U N I C I P A L PUBLICACIÓN OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI

25 DE AGOSTO DEL DOS MIL NUEVE

2009, AÑO DE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN, SIERVO DE LA NACIÓN

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LA CIUDADANA PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLÀN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, A SUS HABITANTES, SABED: QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES II Y III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 122, 123 Y 124 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEL ESTADO; 1, 2 , 3, 31 FRACCIÓN I, 48 FRACCIÓN III, 91 FRACCIÓN VIII Y 165 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO; 39 DEL REGLAMENTO DE CABILDO DE CUAUTITLÀN IZCALLI, MÉXICO Y DEMÁS RELATIVOS APLICABLES; EL H. AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÀN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, 2009-2012 EXPIDE EL PRESENTE:

I. REMOCIÓN DE LA C. LETICIA ADAUTO HERNÁNDEZ, AL CARGO DE SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO, Y APROBACIÓN DE LA C. ANA SILVIA ROA MORENO COMO SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO.

DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO TRES DE LA PRIMERA SESIÓN DE CABILDO CON CARÁCTER ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE LOS DIAS DIECIOCHO Y DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL NUEVE, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR LO SIGUIENTE: Remoción de la C. Leticia Adauto Hernández, al cargo de Secretaria del Ayuntamiento, y hecho que sea lo anterior presentación y en su caso aprobación para ocupar el mismo cargo a la C. Ana Silvia Roa Moreno como Secretaria de este H. Ayuntamiento. Rindiendo Protesta de Ley, de esta última.

II. APROBACIÓN DE LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL.

DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO CUATRO DE LA PRIMERA SESIÓN DE CABILDO CON CARÁCTER ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE LOS DÍAS DIECIOCHO Y DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL NUEVE, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR LO SIGUIENTE: Propuesta y en su caso aprobación de las modificaciones al Reglamento Orgánico de la Administración Municipal vigente en los artículos 7 fracción X, artículo 8, artículo 11, Artículo 12, Artículo 19 fracción I, fracción II Inciso A, Fracción III y Fracción IV, Artículo 20, Artículo 21 y Artículo 22, Expone: Presidenta Municipal, C. Lic. Paulina Alejandra Del Moral Vela. Acuerdo por el cual se reforman diversos artículos del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, para quedar como sigue:

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Derivado de las condiciones de reestructuración administrativa encaminada a la optimización de los recursos humanos y materiales, la presente administración ha determinado reformar diversos artículos del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, México. Específicamente en la estructura de la Secretaría del Ayuntamiento y el cambio de su estructura donde desaparecen las Subsecretarias dando origen a subdirecciones, así como el cambio de la nomenclatura de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, donde se concibe como Dirección Ciudadana, Vialidad, Protección Civil y Bomberos, y de donde se derivaran posteriores cambios en su estructura interna.

FUNDAMENTO LEGAL

La C. Paulina Alejandra Del Moral Vela, Presidenta Municipal Constitucional de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 123 y 124, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 31, fracción I, XXXIX, 48 fracción III, XIII, 164 y 165 de La Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 1, 7 fracción II y 13 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, México; 3, 4 del Bando Municipal 2009 de Cuautitlán Izcalli; 28 y 39 del Reglamento del Cabildo de Cuautitlán Izcalli, México, somete a la aprobación del H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, la modificación a diversos artículos del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Cuautitlán Izcalli, México, publicado en Gaceta Municipal de fecha seis de febrero del año 2008. Para quedar como sigue:

DICE:

Artículo 7.- Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de los diversos ramos de la administración pública centralizada municipal, el Presidente se auxiliará del Ayuntamiento y de las siguientes Dependencias. X.- Dirección General de Seguridad Ciudadana; Artículo 8.- Para el adecuado desempeño de sus funciones, las Dependencias contarán en su caso con Direcciones, Subsecretarías, Subtesorerías, Subdirecciones, Coordinaciones Administrativas, Departamentos. Para todos los efectos administrativos deberá respetarse la denominación y categoría listada en este artículo. Artículo 11.- Las Dependencias, Direcciones, Subsecretarías, Subtesorerias, Subdirecciones, Coordinaciones y Departamentos, estarán a cargo de un titular, quien despachará los asuntos de su

DEBE DECIR:

ARTÍCULO 7.- Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de los diversos ramos de la administración pública centralizada municipal, el Presidente se auxiliará del Ayuntamiento y de las siguientes Dependencias. X.- Dirección de Seguridad Ciudadana, Vialidad, Protección Civil y Bomberos. Artículo 8.- Para el adecuado desempeño de sus funciones, las Dependencias contarán en su caso con Direcciones, Subtesorerias, Subdirecciones, Coordinaciones Administrativas, Departamentos. Para todos los efectos administrativos deberá respetarse la denominación y categoría listada en este artículo. Artículo 11.- Las Dependencias, Direcciones, Subtesorerias, Subdirecciones, Coordinaciones y Departamentos, estarán a cargo de un titular, quien despachara los asuntos de su

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Por lo cual somete a la consideración del H. Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, el siguiente:

ACUERDO

ÚNICO.- SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 7 FRACCIÓN X, 8, 11, 12, 19 FRACCIONES I, II INCISO A, III, Y IV 20, 21 Y 22, DEL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MEXICO, PUBLICADO EN LA GACETA MUNICIPAL DE FECHA 6 DE FEBRERO DE 2008 Y FE DE ERRATAS DEL 11 DE FEBRERO DEL MISMO AÑO.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Las presentes modificaciones entraran en vigor el día de su publicación en la Gaceta Municipal. SEGUNDO.- Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan al presente ordenamiento. TERCERO.- Para efectos del presente acuerdo se entenderá como Dirección de Seguridad Ciudadana, Vialidad, Protección Civil y Bomberos, la antes denominada como Dirección General de Seguridad Ciudadana. La Presidenta Municipal hará que se publique y se cumpla. DADO EN EL SALON DE CABILDOS DEL PALACIO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÈXICO, DENTRO DEL PUNTO NÙMERO CUATRO DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA DE FECHA DIECIOCHO Y DIECINUEVE DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

III. NOMBRAMIENTOS DE TITULARES DE LAS DIFERENTES ÁREAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL, DE CUAUTITLÁN IZCALLI.

DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO CINCO DE LA PRIMERA SESIÓN DE CABILDO CON CARÁCTER ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE LOS DÍAS DIECIOCHO Y DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL NUEVE, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR LO SIGUIENTE:

1. Propuesta de nombramiento de Titulares de las diferentes áreas de la Administración Pública Municipal y en su caso toma de protesta, expone Presidenta Municipal Constitucional, Lic. Paulina Alejandra Del Moral Vela.

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Nombre Cargo C. Lina Nancy Martínez Ponce Contralora Interna Municipal C. Miriam Guadalupe Garfias Guerrero Tesorera Municipal C. Oscar Moreno Granillo Director de Planeación y Evaluación Municipal C. Miguel Ángel Gutiérrez Pilloni Director Jurídico y Consultivo C. Alejandra Gurza Lorandi Directora de Administración C. Oscar Jaime Casillas Zanatta Director de Desarrollo Social C. Gustavo Oscar Shiavon Monroy Director de Servicios Públicos C. Hugo Lozano Legorreta Director de Obras Públicas C. Jorge Alfredo Zavala Hernández Director de Medio Ambiente y Desarrollo Urbano C. Loth Oswaldo Centeno Lara Director General de Seguridad Ciudadana C. Juan Gerardo Ugalde Rosas Director de la Universidad Pública Municipal Procediendo a tomar protesta de Ley a los Titulares de las dependencias de Administración 2009 -2012 del Cuautitlán Izcalli.

IV. LA INTEGRACIÓN DE LAS COMISIONES EDILICIAS DEL H. AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO SEIS DE LA PRIMERA SESIÓN DE CABILDO CON CARÁCTER ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE LOS DIAS DIECIOCHO Y DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL NUEVE, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR LO SIGUIENTE: La C. Paulina Alejandra Del Moral Vela, Presidenta Municipal Constitucional, Propuesta y en caso aprobación para la integración de las Comisiones Edilicias y Representantes del Ayuntamiento en los Organismos descentralizados, expone Presidenta Municipal Constitucional, Lic. Paulina Alejandra Del Moral Vela.

COMISIONES EDILICIAS

GOBIERNO

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA PRESIDENTA MUNICIPAL PRESIDENTE

AQUILINO MOISES SALGADO MONROY PRIMER REGIDOR SECRETARIO

MARGARITA PEÑA GÓMEZ QUINTO REGIDOR VOCAL

GERARDO PASQUEL MENDEZ SEXTO REGIDOR VOCAL

JESÚS JORGE FERNÁNDEZ SILVA SÉPTIMO REGIDOR VOCAL

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RAYMUNDO GUZMÁN CORROVIÑAS DÉCIMO REGIDOR VOCAL SEGURIDAD CIUDADANA

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA PRESIDENTA MUNICIPAL PRESIDENTE

RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEGUNDO REGIDOR SECRETARIO

RICARDA ARELLANO ANTUNEZ TERCERO REGIDOR VOCAL

AQUILINO MOISES SALGADO MONROY PRIMER REGIDOR VOCAL

RAYMUNDO GUZMÁN CORROVIÑAS DÉCIMO REGIDOR VOCAL PROTECCIÓN CIVIL

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA PRESIDENTA MUNICIPAL PRESIDENTE

RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEGUNDO REGIDOR SECRETARIO

JESÙS JORGE FERNÁNDEZ SILVA SÈPTIMO REGIDOR VOCAL

EDUARDO ARTURO JUÁREZ MEZA DÉCIMO PRIMER REGIDOR VOCAL

PLANEACIÓN PARA DESARROLLO

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA PRESIDENTA MUNICIPAL PRESIDENTE

RAYMUNDO GUZMÀN CORROVIÑAS DÉCIMO REGIDOR SECRETARIO

AQUILINO MOISES SALGADO MONROY PRIMER REGIDOR VOCAL

MARGARITA PEÑA GÓMEZ QUINTO REGIDOR VOCAL

HACIENDA

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

VICTOR ENRIQUE DOMÍNGUEZ TODD PRIMER SÍNDICO PRESIDENTE

BENIGNO MIRANDA MAGADÁN SEGUNDO SÍNDICO SECRETARIO

ALEJANDRO MARTÍNEZ TINOCO TERCER SÍNDICO VOCAL

TURISMO

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

YOLANDA CABRERA MARTÍNEZ DÉCIMO SEXTO REGIDOR PRESIDENTE

GLORIA MA. DEL CARMEN VALENCIA GLZ. OCTAVO REGIDOR SECRETARIO

GERARDO PASQUEL MÉNDEZ SEXTO REGIDOR VOCAL

MARÍA EUFEMIA AVILES BATREZ DÈCIMO SEGUNDO REGIDOR VOCAL

VÍCTOR ENRIQUE DOMÍNGEZ TODD PRIMER SÌNDICO VOCAL

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ATENCIÓN A LA JUVENTUD

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

VÌCTOR ENRIQUE DOMÌNGEZ TODD PRIMER SÍNDICO PRESIDENTE

RICARDA ARELLANO ANTUNEZ TERCER REGIDOR SECRETARIO

RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEGUNDO REGIDOR VOCAL

EDUARDO ARTURO JUÁREZ MEZA DÉCIMO PRIMER REGIDOR VOCAL

SALUD PÚBLICA

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

JESÚS JORGE FERNÁNDEZ SILVA SÈPTIMO REGIDOR PRESIDENTE

RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEGUNDO REGIDOR SECRETARIO

YOLANDA CABRERA MARTÍNEZ DÈCIMO SEXTO REGIDOR VOCAL

MARÍA EUFEMIA AVILES BATREZ DÈCIMO SEGUNDO REGIDOR VOCAL PRESERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

ALEJANDRO MARTÍNEZ TINOCO TERCER SÍNDICO PRESIDENTE

GERARDO PASQUEL MÉNDEZ SEXTO REGIDOR SECRETARIO

YOLANDA LARA MELO NOVENO REGIDOR VOCAL

MARGARITA PEÑA GÓMEZ QUINTO REGIDOR VOCAL

ALBERTO CARLOS SAN JUAN VÁZQUEZ DÉCIMO QUINTO REGIDOR VOCAL EMPLEO

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

BENIGNO MIRANDA MAGADÁN SEGUNDO SÍNDICO PRESIDENTE

MARTHA ELIA AYALA OCHOA DÉCIMO CUARTO REGIDOR SECRETARIO

GLORIA MA. DEL CARMEN VALENCIA GLZ. OCTAVO REGIDOR VOCAL

EDUARDO ARTURO JUÁREZ MEZA DÉCIMO PRIMER REGIDOR VOCAL POBLACIÓN

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

MARTHA ELIA AYALA OCHOA DÉCIMO CUARTO REGIDOR PRESIDENTE

MARGARITA PEÑA GÓMEZ QUINTO REGIDOR SECRETARIO

ALBERTO CARLOS SAN JUAN VÁZQUEZ DÉCIMO QUINTO REGIDOR VOCAL

GLORIA MA. DEL CARMEN VALENCIA GLZ. OCTAVO REGIDOR VOCAL

REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL.

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

MARGARITA PEÑA GÓMEZ QUINTO REGIDOR PRESIDENTE

RAYMUNDO GUZMÁN CORROVIÑAS DÉCIMO REGIDOR SECRETARIO

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RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEGUNDO REGIDOR VOCAL

YOLANDA CABRERA MARTÍNEZ DÉCIMO SEXTO REGIDOR VOCAL EVALUACIÓN Y RECONOCIMIENTO PÚBLICO MUNICIPAL

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

GEORGINA GÓMEZ MADRIGAL DÉCIMO TERCER REGIDOR PRESIDENTE

JESÚS JORGE FERNÁNDEZ SILVA SÈPTIMO REGIDOR SECRETARIO

ALEJANDRO MARTÍNEZ TINOCO TERCER SÍNDICO VOCAL

VICENTE BURGOS PALACIOS CUARTO REGIDOR VOCAL

LIMITES TERRITORIALES

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

EDUARDO ARTURO JUÁREZ MEZA DÉCIMO PRIMER REGIDOR PRESIDENTE

MARGARITA PEÑA GÓMEZ QUINTO REGIDOR SECRETARIO

BENIGNO MIRANDA MAGADÁN SEGUNDO SÍNDICO VOCAL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS, DERECHOS HUMANOS Y ARCHIVOS HISTÓRICOS

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

BENIGNO MIRANDA MAGADÁN SEGUNDO SÍNDICO PRESIDENTE

YOLANDA LARA MELO NOVENO REGIDOR SECRETARIO

MARÍA EUFEMIA AVILES BATREZ DÉCIMO SEGUNDO REGIDOR VOCAL

DE LA MUJER

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

MARGARITA PEÑA GÓMEZ QUINTO REGIDOR PRESIDENTE

RICARDA ARELLANO ANTUNEZ TERCER REGIDOR SECRETARIO

GLORIA MA. DEL CARMEN VALENCIA GLZ. OCTAVO REGIDOR VOCAL

YOLANDA CABRERA MARTÌNEZ DÉCIMO SEXTO VOCAL

GEORGINA GÓMEZ MADRIGAL DÉCIMO TERCER VOCAL

MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

MARTHA ELIA AYALA OCHOA DÉCIMO CUARTO REGIDOR PRESIDENTE

MARGARITA PEÑA GÓMEZ QUINTO REGIDOR SECRETARIO

GERARDO PASQUEL MÉNDEZ SEXTO REGIDOR VOCAL

YOLANDA CABRERA MARTÍNEZ DÉCIMO SEXTA REGIDOR VOCAL

FOMENTO Y DESARROLLO ECONÓMICO

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

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VÌCTOR ENRIQUE DOMÍNGEZ TODD PRIMER SÌNDICO PRESIDENTE

RAYMUNDO GUZMÁN CORROVIÑAS DÉCIMO REGIDOR SECRETARIO

ALBERTO CARLOS SAN JUAN VÁZQUEZ DÉCIMO QUINTO REGIDOR VOCAL

JESÚS JORGE FERNÁNDEZ SILVA SÈPTIMO REGIDOR VOCAL

GLORIA MA. DEL CARMEN VALENCIA GLZ. OCTAVO REGIDOR VOCAL TRANSPARENCIA MUNICIPAL

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

GLORIA MA. DEL CARMEN VALENCIA GLZ. OCTAVO REGIDOR PRESIDENTE

RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEGUNDO REGIDOR SECRETARIO

AQUILINO MOISES SALGADO MONROY PRIMER REGIDOR VOCAL

EDUARDO ARTURO JUÁREZ MEZA DÉCIMO PRIMER REGIDOR VOCAL TENENCIA DE LA TIERRA

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

YOLANDA LARA MELO NOVENO REGIDOR PRESIDENTE

BENIGNO MIRANDA MAGADÁN SEGUNDO SÍNDICO SECRETARIO

MARTHA ELIA AYALA OCHOA DÉCIMO CUARTO REGIDOR VOCAL

ORGANIZACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA PRESIDENTA MUICIPAL PRESIDENTE

AQUILINO MOISES SALGADO MONROY PRIMER REGIDOR SECRETARIO

MARGARITA PEÑA GÓMEZ QUINTO REGIDOR VOCAL

GEORGINA GÓMEZ MADRIGAL DÉCIMO TERCER REGIDOR VOCAL

VICENTE BURGOS PALACIOS CUARTO REGIDOR VOCAL

DESARROLLO METROPOLITANO

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

ALBERTO CARLOS SAN JUAN VÁZQUEZ DÉCIMO QUINTO REGIDOR PRESIDENTE

RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEGUNDO REGIDOR SECRETARIO

VÍCTOR ENRIQUE DOMÍNGUEZ TODD PRIMER SÍNDICO VOCAL

RICARDA ARELLANO ANTUNEZ TECER REGIDOR VOCAL

GEORGINA GÓMEZ MADRIGAL DÈCIMO TERCER REGIDOR VOCAL

MERCADO, CENTRAL DE ABASTOS Y RASTRO

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEGUNDO REGIDOR PRESIDENTE

MARGARITA PEÑA GÓMEZ QUINTO REGIDOR SECRETARIO

EDUARDO ARTURO JUÁREZ MEZA DÈCIMO PRIMER REGIDOR VOCAL

ALBERTO CARLOS SAN JUAN VÁZQUEZ DÉCIMO QUINTO REGIDOR VOCAL AGUA, DRENAJE Y ALCANTARILLADO

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

MARGARITA PEÑA GÓMEZ QUINTO REGIDOR PRESIDENTE

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VICENTE BURGOS PALACIOS CUARTO REGIDOR SECRETARIO

GLORIA MA. DEL CARMEN VALENCIA GLZ. OCTAVO REGIDOR VOCAL

ALEJANDRO MARTÍNEZ TINOCO TERCER SÍNDICO VOCAL

YOLANDA LARA MELO NOVENO REGIDOR VOCAL ALUMBRADO PÚBLICO

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

YOLANDA LARA MELO NOVENO REGIDOR PRESIDENTE

RICARDA ARELLANO ANTUNEZ TERCER REGIDOR SECRETARIO

GLORIA MA. DEL CARMEN VALENCIA GLZ. OCTAVO REGIDOR VOCAL

YOLANDA CABRERA MARTÍNEZ DÉCIMO SEXTO REGIDOR VOCAL

CULTURA, EDUCACIÓN PÚBLICA, DEPORTE, RECREACIÓN

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

RICARDA ARELLANO ANTUNEZ TERCER REGIDOR PRESIDENTE

RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEGUNDO REGIDOR SECRETARIO

AQUILINO MOISES SALGADO MONROY PRIMER REGIDOR VOCAL

ALEJANDRO MARTÍNEZ TINOCO TERCER SÍNDICO VOCAL OBRAS PÚBLICAS Y DESARROLLO URBANO

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

AQUILINO MOISES SALGADO MONROY PRIMER REGIDOR PRESIDENTE

RAYMUNDO GUZMÁN CORROVIÑAS DÉCIMO REGIDOR SECRETARIO

GLORIA MA. DEL CARMEN VALENCIA GLZ. OCTAVO REGIDOR VOCAL

YOLANDA CABRERA MARTÍNEZ DÉCIMO SEXTO REGIDOR VOCAL

RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEGUNDO REGIDOR VOCAL

FOMENTO AGROPECUARIO Y FORESTAL

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

ALBERTO CARLOS SAN JUAN VÁZQUEZ DÉCIMO QUINTO REGIDOR PRESIDENTE

YOLANDA LARA MELO NOVENO REGIDOR SECRETARIO

RICARDA ARELLANO ANTUNEZ TERCER REGIDOR VOCAL

LIMPIA, PARQUES, JARDINES Y PANTEONES

NOMBRE CARGO AYUNTAMIENTO CARGO COMISIÓN

VICENTE BURGOS PALACIOS CUARTO REGIDOR PRESIDENTE

AQUILINO MOISES SALGADO MONROY PRIMER REGIDOR SECRETARIO

GERARDO PASQUEL MÉNDEZ SEXTO REGIDOR VOCAL

MARÍA EUFEMIA AVILES BATREZ DÈCIMO SEGUNDO REGIDOR VOCAL

ALBERTO CARLOS SAN JUAN VÁZQUEZ DÈCIMO QUINTO REGIDOR VOCAL

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V. AUTORIZACIÓN DE LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYO DE PAQUETES ESCOLARES PARA LOS NIVELES DE PREESCOLAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y EDUCACIÓN ESPECIAL EN TODOS LOS PLANTELES PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO OCHO DE LA PRIMERA SESIÓN DE CABILDO CON CARÁCTER ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE LOS DÍAS DIECIOCHO Y DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL NUEVE, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR LO SIGUIENTE: C. Paulina Alejandra Del Moral Vela, Presidenta Municipal Constitucional, somete a consideración de los miembros del H. Cabildo la propuesta y en su caso aprobación, de la autorización de la elaboración del Programa de apoyo de paquetes escolares con una cobertura de hasta cien mil paquetes escolares para los niveles de Preescolar, Primaria, Secundaria y Educación Especial en todos los planteles públicos del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado México.

VI. APROBACIÓN DE UN PROGRAMA EMERGENTE DE CAPTACIÓN DE RECURSOS PROPIOS.

DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO NUEVE DE LA PRIMERA SESIÓN DE CABILDO CON CARÁCTER ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE LOS DÍAS DIECIOCHO Y DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL NUEVE, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR LO SIGUIENTE: Presentación, discusión y en su caso aprobación de un programa emergente de captación de Recursos Propios.

a) Condonación a multas y recargos a contribuyentes por predial y traslado de dominio. b) Licencias de funcionamiento a giros de impacto no significativos y construcción a 120

m2, en el caso de cuentas notificadas.

c) Solicitud a Operagua para condonación a multas y recargos por derechos de agua potable.

d) El periodo de vigencia será del 19 de agosto hasta el 31 de Diciembre del año 2009.

e) Implementación de la Campaña de difusión en el municipio

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CUAUTITLAN IZCALLI 2009 – 2012 SE PONE A CONSIDERACION DEL H. CABILDO, LA AUTORIZACION PARA REALIZAR UNA CAMPAÑA DE REGULARIZACION MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE ESTIMULOS FISCALES. PROPUESTA Autorización para la realización de una campaña de regularización consistente en el otorgamiento de estímulos fiscales consistentes en la condonación de recargos y multas que se generan por la omisión y pagos extemporáneo del impuesto Predial y por el Impuesto sobre la Adquisición de Inmuebles y otras operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles, a cargo de los contribuyentes propietarios de bienes inmuebles en el Municipio. EXPOSICION DE MOTIVOS Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 31 Fracción XVIII, 93 y 95 Fracción II de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, 1, 9 Fracción I, II, III de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México, 31, 364 y demás relativos y aplicables del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MEXICO Art. 31.- Son atribuciones de los Ayuntamientos: I.-… XVIII. Administrar su Hacienda en términos de la Ley, y controlar a través del Presidente y Síndico la aplicación del Presupuesto de Egresos del Municipio. Art. 93.- “La Tesorería Municipal es el Órgano encargado de la recaudación de los Ingresos Municipales y responsable de realizar las erogaciones que haga el Ayuntamiento”. Art. 95.- “Son atribuciones del Tesorero Municipal: I.- Administrar la Hacienda Pública Municipal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. II.- Determinar, liquidar, recaudar, fiscalizar y administrar las contribuciones en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables y, en su caso, aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones aplicables.

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LEY DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO

FISCAL DEL AÑO 2009.

Art. 1.- “– La Hacienda Pública de los Municipios del Estado de México, percibirán durante el Ejercicio Fiscal del año 2009, los Ingresos provenientes de los conceptos que a continuación se enumeran. “ 1.- Impuestos. 1.1 Predial. 1.2 Sobre adquisición de Inmuebles y otras operaciones traslativas de Dominio de Inmuebles 2.-…. 7.1 Accesorios 7.1- Recargos 7.2 Multas

CODIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS Art. 31 “ El Gobernador o el Ayuntamiento, mediante resoluciones de carácter general que publiquen en el Periódico Oficial, podrán condonar, subsidiar o eximir total o parcialmente, el pago de contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios, cuando: I.-……… II.- Se realicen campañas para la regularización fiscal de los contribuyentes. En el caso de la Fracción II, la facultad de ambas autoridades para otorgar dichos beneficios, se limite exclusivamente al pago de accesorios. Derogado. Las resoluciones que conforme a éste artículo se dicten, deberán señalar las contribuciones o aprovechamientos a que se refieren, el moto o proporción de los beneficios, plazos que se concedan y los requisitos que deban cumplir los beneficios. “ Art. 364.- “Mediante acuerdo del Gobernador del Estado, del Secretario de Finanzas, así como el Ayuntamiento, en el caso de los Municipios, se podrán condonar total o parcialmente las multas por infracción a las disposiciones de éste Código, indemnizaciones por devolución de cheques y recargos tomando en cuenta las circunstancias del caso y los motivos que tuvo la autoridad para imponer la sanción y la situación Económica del contribuyente. La solicitud de condonación no

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constituirá instancia y dará lugar a la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución, si se garantiza el interés fiscal. Así mismo, ésta atribución podrá ser delegada mediante acuerdo que se publique en el Periódico Oficial y conforme a las bases en él contenidas, para el mejor ejercicio de la autoridad fiscal competente. Tratándose de Organismos Públicos Descentralizados Estatales ó Municipales que tengan la autoridad fiscal, deberán someter la solicitud de condonación para acuerdo del Gobernador, del Secretario de Finanzas ó del Ayuntamiento, según se trate, previa aprobación de su Consejo Directivo u Órgano de Gobierno. En el ámbito Estatal, la solicitudes deberán ser enviadas a través de la Secretaria de Finanzas. “ Objeto del Acuerdo A la fecha del presente existe un número importante de contribuyentes que no han cumplido con su obligación Constitucional de contribuir con el Gasto Público, mediante el entero de sus contribuciones como el caso del Impuesto Predial y adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio, por lo que se hacen acreedores a accesorios como recargos, multas y gastos de ejecución éstos últimos dos conceptos se derivan de la aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución. La generación de los recargos y la imposición de las multas resultan un cargo gravoso para el ciudadano ya que significa hasta un doscientos por ciento de la contribución omitida, en éste tenor no obstante que los accesorios derivan del incumplimiento de una obligación, los ciudadanos buscan apoyo en las Autoridades Municipales con el fin de reducir el monto de su adeudo, debido a las circunstancias económicas precarias o de total insolvencia, aunado a la situación económica que actualmente vive el país y por ende la población municipal. En virtud de la anterior y con la finalidad de incrementar y mantener los ingresos municipales, por lo que al rubro de rezago de Impuesto Predial y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles se refiere y por ende el pago del Impuesto corriente, es decir, del año dos mil nueve y que los ciudadanos estén en condiciones de ser participes de los beneficios otorgados por el H. Cabildo, se considera viable implementar una campaña de regularización a fin de otorgar un beneficio fiscal a los contribuyentes. Para efectos de lo anterior, se pone a su consideración y correspondiente aprobación del H. Cabildo lo siguiente: TEXTO SUGERIDO Aprobación.- Respecto del presente punto del orden del día la Tesorera Municipal propone a todos los integrantes del este Cuerpo Edilicio la aprobación para autorizar los siguientes puntos de acuerdo: Primero.- Autorización del H. Ayuntamiento para realizar una campaña de regularización mediante el otorgamiento de estímulos fiscales, consistentes en el subsidio del 100% recargos y la condonación del 100% sobre las multas en el caso de cuentas notificadas, a los contribuyentes que se presenten a realizar el entero del impuesto predial y el impuesto sobre la adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles por el ejercicio fiscal 2009 y años anteriores. Segundo.- El periodo de vigencia será del 19 de Agosto hasta el 31 de Diciembre del año 2009.

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SE PONE A CONSIDERACIÓN DEL H. CABILDO, LA AUTORIZACIÓN PARA EXPEDIR LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO, A GIROS DE IMPACTO NO SIGNIFICATIVO, REGULARIZACIÓN DE CONSTRUCCIÓN DE CASA HABITACIÓN HASTA 120M2. PROPUESTA Se solicita al H. Cabildo la Autorización para expedir Licencias de Funcionamiento a giros de impacto no significativo y la regularización de la construcción, ampliación y remodelación de casa habitación hasta 120m2. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Lo anterior con fundamento en lo dispuesto en el Título VI, Capítulo Primero, artículos 160, 161, 162 fracción IV, 166 fracción III y IV, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, Capítulo Primero artículo 102 fracción IV y VI, Capítulo Segundo del Bando Municipal aplicable al ejercicio 2009.

LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO.

TÍTULO VI.- DE LA REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL CAPÍTULO PRIMERO.- DEL BANDO Y LOS REGLAMENTOS Artículo 160.- Los Ayuntamientos expedirán el Bando Municipal y los Presidentes Municipales lo promulgaran y difundirán en la Gaceta Municipal y por los medios que estimen convenientes. El 5 de febrero de cada año el Presidente Municipal acompañado de los demás miembros del Ayuntamiento en acto solemne dará publicidad al Bando Municipal o sus modificaciones. Artículo 161.- El Bando Municipal regulará y deberá contener las normas de observancia general que requiera el gobierno y la administración municipales. Artículo 162.- El Bando Municipal regulará al menos lo siguiente: VI. Desarrollo económico y bienestar social; VIII. Actividad industrial, comercial y de servicios a cargo de los particulares; IX. Infracciones, sanciones y recursos; X. Las demás que se estimen necesarias. Artículo 163.- El Bando Municipal podrá modificarse en cualquier tiempo, siempre y cuando se cumplan los mismos requisitos de su aprobación y publicación. Artículo 164.- Los Ayuntamientos podrán expedir los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas que regulen el régimen de las diversas esferas de competencia municipal. Artículo 165.- Los Bandos, sus reformas y adiciones, así como los reglamentos municipales deberán promulgarse estableciendo su obligatoriedad y vigencia y darse a la publicidad en la Gaceta Municipal y en los medios que se estime conveniente.

CAPITULO SEGUNDO DE LAS SANCIONES

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Artículo 166.- Las infracciones a las normas contenidas en el Bando, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas municipales de observancia general, se sancionarán atendiendo a la gravedad de la falta cometida con: I. Amonestación; II. Multa hasta de cincuenta días de salario mínimo general, pero si el infractor es jornalero, ejidatario u obrero, la multa no excederá del salario de un día; III. Suspensión temporal o cancelación del permiso o licencia; IV. Clausura temporal o definitiva; V. Arresto administrativo hasta por treinta y seis horas.

1) CAPITULO SEXTO

2) DE LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Artículo 5.63.- Las construcciones se sujetarán a lo siguiente: I. Requerirán de la correspondiente licencia de construcción, salvo los casos de excepción

que se establezcan en la reglamentación; II. Se sujetarán a la normatividad contenida en los planes de desarrollo urbano

correspondientes y, en su caso, a los demás ordenamientos legales aplicables; Código Administrativo del Estado de México. 454

III. Dispondrán de lugares de estacionamiento para vehículos; Artículo 5.65.- La licencia de construcción tendrá por objeto autorizar: I. La obra nueva; II. La construcción de edificaciones en régimen de condominio; III. La ampliación o modificación de la obra existente; IV. La reparación de una obra existente; V. La demolición parcial o total; VI. La excavación y relleno; VII. La construcción de bardas; VIII. Las obras de conexión de agua potable y drenaje, realizadas por particulares; IX. El cambio de la construcción existente a régimen de condominio; X. La ocupación de la vía pública; XI. La modificación del proyecto de una obra autorizada; XII. La construcción e instalación de antenas para radiotelecomunicaciones y de anuncios

publicitarios que requieran de elementos estructurales. La Licencia de Construcción podrá autorizar uno o más de los rubros señalados, conforme a las necesidades del solicitante y en el caso de las fracciones I, II, III y IX, podrá autorizarse simultáneamente con la Licencia de Uso del Suelo. Artículo 5.66.- A la solicitud de licencia municipal para construcción se acompañará el documento que acredite la propiedad o posesión del predio, y de acuerdo al tipo de autorización que se solicite, se anexará lo siguiente: I)Para obra nueva, así como para la ampliación, modificación o reparación que afecte elementos estructurales de una obra existente: a)Licencia de uso del suelo vigente;

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b)Planos arquitectónicos del proyecto, y en el caso de construcciones menores de sesenta metros cuadrados, croquis arquitectónico de la obra. Tratándose de ampliación, modificación o reparación de la construcción existente, se señalarán las superficies, ubicación y uso de ésta; c) Planos estructurales. Tratándose de usos de impacto regional, además, la memoria de cálculo correspondiente; d) Planos y memoria de cálculo de instalaciones hidráulica, sanitaria, eléctrica y especial, tratándose de usos de impacto regional; e) Los dictámenes técnicos que, en su caso, se señalen en la respectiva licencia de uso del suelo. OBJETO DEL ACUERDO Integrar a la población Izcallense de bajos recursos a un esquema que le permita regularizar su construcción de una manera ágil y sencilla con el fin de tener su información y valor catastral actualizados, ya que con esto se le podrá proporcionar una mayor plusvalía de sus propiedades.

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SE PONE A CONSIDERACIÓN DEL H. CABILDO, LA AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR UNA CAMPAÑA DE REGULARIZACIÓN MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES PROPUESTA Autorización para la realización una campaña de regularización consistente en el otorgamiento de estímulos fiscales consistentes en la condonación de recargos y multas que se generan por la omisión y pago extemporáneo de los Derechos de Agua Potable, drenaje, Alcantarillado, Tratamiento y Disposición de Aguas Residuales, a cargo de los contribuyentes en el Municipio. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 fracción II, del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 89, 123 inciso c y 125 fracción I y 126 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; art., 1 numeral 2, 2.1 art. 9 y 10 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México; y demás relativos y aplicables del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO Artículo 125.- Los municipios tendrán a su cargo la prestación, explotación, administración y conservación de los servicios públicos municipales, considerándose enunciativa y no limitativa los siguientes: I.- Agua potable, alcantarillado, saneamiento y aguas residuales. Artículo 126.- La prestación de los servicios públicos deberá realizarse por los ayuntamientos, sus unidades administrativas y organismos auxiliares, quienes podrán coordinarse con el estado o con otros municipios para la eficacia en su prestación. II.- Determinar, liquidar, recaudar, fiscalizar y administrara las contribuciones en los términos de los ordenamiento jurídicos aplicables y, en su caso, aplicar el procedimiento administrativo de ejecución en términos de las disposiciones aplicables.

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LEY DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑOS 2009

Artículo 1.- “-La Hacienda Pública de los Municipios del Estado de México, percibirá durante el ejercicio fiscal del año 2009, los ingresos provenientes de los conceptos que a continuación se enumeran.” 2.- DERECHOS…. 2.1- De agua potable, drenaje, alcantarillado tratamiento y disposición de aguas residuales. 7. Accesorios 7.1-Recargos 7.2 Multas Artículo 9. “Para el ejercicio fiscal de año 2009, se otorgará a favor de los propietarios o poseedores de inmuebles, que sean pensionados, jubilados, personas con capacidad, adultos mayores, viudas sin ingresos fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase tres salarios mínimos generales del área geográfica que corresponda, una bonificación que incluyendo la que se autoriza por pago anual autorizado y puntual cumplimiento será el 50% en el pago del Impuesto Predial, tratándose de inmuebles con valor catastral menor a cinco millones de pesos, y del 34% tratándose de inmuebles con valor catastral de hasta siete millones quinientos mil pesos. Quienes soliciten este beneficio deberán reunir los siguientes requisitos:

I. Presentar identificación oficial II. Presentar Credencial o Constancia emitida por autoridad competente con la que se

acredite que el solicitante se encuentra en algunos de los supuestos de vulnerabilidad aplicables

III. Estar al corriente del pago del Impuesto.

Este beneficio aplicará por la contribución respecto del inmueble en el que habite el beneficiario.

CODIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS Artículo 31. “El Gobernador o el Ayuntamiento mediante resoluciones de carácter general que publique en el periódico oficial, podrán condenar, subsidiar o eximir total o parcialmente, el pago de contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios, cuando:

I. Por causas de fuerza mayor se afecte la situación económica de la población de algún municipio o región del Estado.

II. Se realicen campañas para la regularización fiscal de los contribuyentes.

Artículo 364.- “Mediante acuerdo del Gobernador del Estado, del Secretario de Finanzas, así como del Ayuntamiento, en el caso de los municipios, se podrán condonar total o parcialmente las multas por infracción a las disposiciones de este Código, indemnizaciones por devolución de cheques y

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recargos tomando en cuenta las circunstancias del caso y los motivos que tuvo la autoridad para imponer la sanción y la situación económica del contribuyente. La solicitud de condonación no constituirá instancia y dará lugar a la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución, si se garantiza el interés fiscal. Asimismo, esta atribución podrá ser delegada mediante acuerdo que se publique en el Periódico Oficial y conforme a las bases en él contenidas, para el mejor ejercicio de la autoridad fiscal competente. Tratándose de Organismos Públicos Descentralizados Estatales o Municipales que tengan la calidad de autoridad fiscal, deberán someter la solicitud de condonación para acuerdo del Gobernador, del Secretario de Finanzas o del Ayuntamiento, según se trate, previa aprobación de su consejo directivo u órgano de gobierno. En el ámbito Estatal, las solicitudes deberán ser enviadas a través de la Secretaría de Finanzas.” Objeto del Acuerdo A la fecha del presente existen un número importante de contribuyentes que no han cumplido con su obligación constitucional de contribuir en el gasto público, mediante el entero de sus contribuciones como en el caso de los servicios de agua potable, alcantarillado, saneamiento y aguas residuales del Municipio de Cuautitlán Izcalli, por lo que hacen acreedores a accesorios como recargos, multas y gastos de ejecución estos últimos dos conceptos se derivan de la aplicación del Procedimiento administrativo de Ejecución. La generación de los recargos y la imposición de las multas resultan un cargo gravoso para el ciudadano ya que significa hasta un doscientos por ciento de la contribución omitida, en este tenor no obstante que los accesorios derivan del incumplimiento de una obligación, los ciudadanos buscan apoyo en las Autoridades Municipales con el fin de reducir el monto de su adeudo, debido a las circunstancias económicas precarias o de total insolvencia, aunado a la situación económica que actualmente vive el país y por ende la población municipal. Así bien algunos ciudadanos buscan beneficios otorgados por el H. Cabildo, por su condición de jubilados, pensionados, viudas, adultos mayores, personas con capacidades diferentes, o de escasos recursos (quienes perciben hasta tres salarios mínimos) en el pago total de sus derechos no obstante al conocer su estado de cuenta sobre todo por lo que hace a aquellos que tienen algún adeudo de años anteriores manifiestan que es su deseo o pretenden regularizar su situación pero no cuentan con recursos suficientes, por lo que piden algún tipo de apoyo o “descuento”, a fin de cubrir su adeudo anterior y estar en posibilidad de realizar el pago de su contribución por el año dos mil nueve En virtud de lo anterior y con la finalidad de incrementar y mantener los ingresos municipales, por lo que al rubro de rezago en el Derecho de Agua potable, alcantarillado, saneamiento y aguas residuales del Municipio de Cuautitlán Izcalli, es decir del año dos mil nueve y que los ciudadanos estén en condiciones de ser participes de los beneficios otorgados por el H. Cabildo, se considera viable implementar una campaña de regularización a fin de otorgar un beneficio fiscal a los contribuyentes. Para efectos de lo anterior se propone a consideración y correspondiente aprobación del H. Cabildo lo siguiente: TEXTO SUGERIDO

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Aprobación.- Respecto del presente punto del orden del día la Presidenta Municipal propone a todos los Integrantes de este Cuerpo Edilicio la aprobación para autorizar los siguientes puntos de acuerdo: Primero.- Autorización del H. Ayuntamiento para realizar una campaña de regularización mediante el otorgamiento de estímulos fiscales, consistentes en la condonación del 100% en recargos y multas en el caso de cuentas notificadas, a los contribuyentes que se presenten a realizar el entero del derecho por los servicios de agua potable, alcantarillado, saneamiento y aguas residuales del Municipio de Cuautitlán Izcalli por el ejercicio fiscal 2009 y años anteriores. Segundo.- Autorización del H. Ayuntamiento para realizar una campaña de descuento del 50% sobre los derechos por los servicios de agua potable, alcantarillado, saneamiento y aguas residuales, a jubilados, pensionados viudas, adultos mayores, personas con capacidades diferentes, o de escasos recursos (quienes perciben hasta tres salarios mínimos) en el entero de su impuesto, siempre y cuando se encuentren al corriente en el pago de sus contribuciones. Tercero.- El periodo de vigencia será del 19 de agosto hasta el 31 de Diciembre del año 2009.

VII. AUTORIZACIÓN PARA LA FORMULACIÓN DE PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL PARA EL PERIODO 2009-2012.

DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO DIEZ DE LA PRIMERA SESIÓN DE CABILDO CON CARÁCTER ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE LOS DÍAS DIECIOCHO Y DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL NUEVE, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR LO SIGUIENTE: De la autorización para la formulación del Plan de Desarrollo Municipal para el período 2009-2012, Expone Titular de la Dirección de Planeación y Evaluación Municipal De acuerdo al fundamento invocado a continuación:

PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL

1) CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ARTÍCULO 26. A. El estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que

imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

2) LEY DE PLANEACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES DEGERALES

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ARTÍCULO 8.- En la ejecución de la planeación democrática para el desarrollo del Estado de México y Municipios, deberá asegurarse la disposición de los recursos humanos, materiales, financieros y naturales necesarios para alcanzar los objetivos y metas de la estrategia de desarrollo, considerando en su asignación y uso, su optimización y la disponibilidad que de ellos exista en los distintos grupos y organizaciones sociales, privados y órdenes de gobierno. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS ARTÍCULO 11. El sistema de planeación democrática para el desarrollo del Estado de México y Municipios comprende un conjunto de relaciones funcionales que establecen los habitantes del Estado de México, los poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial, los grupos y organizaciones sociales y privados, entre sí, a fin de efectuar las acciones al amparo de mecanismos de coordinación y participación, conforme a la competencia y atribución de los titulares de las dependencias, organismos, entidades públicas y unidades administrativas, en los cuales se consideren propuestas; planteen demandas y formalizan acuerdos.

CAPÍTULO SEGUNDO DE LA PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. ARTÍCULO 14. El sistema de planeación democrática para el desarrollo del Estado de México y Municipios se conforma por:

I. El Plan de Desarrollo del Estado de México; II. Los Planes de Desarrollo Municipales; III. Los Programas sectoriales de corto, mediano y largo plazo; IV. Los programas regionales de corto, mediano y largo plazo; V. Los programas especiales; VI. Los presupuestos por programas; VII. Los convenios de coordinación: VIII. Los convenios de participación; IX. Los informes de evaluación; X. Los dictámenes de reconducción y actualización.

CAPÍTULO TERCERO

DE LOS PLANES DE DESARROLLO Y SUS PROGRAMAS ARTÍCULO 22.- Los planes de desarrollo se formularan, aprobaran y publicarán dentro de un plazo de seis meses para el ejecutivo del estado y cuatro meses para los ayuntamientos, contados a partir del inicio del periodo constitucional de gobierno y en su elaboración se tomarán en cuenta las opiniones y aportaciones de los diversos grupos de la sociedad; así como el plan de desarrollo precedente; también habrán de considerarse estrategias, objetivos y metas, que deberán ser revisadas y consideradas en la elaboración de los planes de desarrollo del siguiente periodo constitucional de gobierno, a fin de asegurar la continuidad y consecución de aquellos que por su importancia adquieran el carácter estratégico de largo plazo. Su vigencia se circunscribirá al periodo constitucional o hasta la publicación del plan de desarrollo del siguiente periodo constitucional de gobierno.

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3) LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO ARTÍCULO 120.- En la elaboración de su Plan de Desarrollo Municipal, los ayuntamientos proveerán lo necesario para promover la participación y consulta populares.

4) REGLAMENTO ORGÁNICO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO XI DE LA PLANEACIÓN Y EVALUCIÓN MUNICIPAL ARTÍCULO 75. La Dirección de Planeación y Evaluación Municipal, por conducto de su titular, quien será denominado Director de Planeación y Evaluación Municipal, tiene a su cargo las siguientes atribuciones: a. El fortalecimiento del Municipio, mediante una mayor participación en la planeación; b. La participación ciudadana en la planeación y en la vigilancia de su cumplimiento; c. Garantizar el cumplimiento de las etapas del proceso de planeación para el desarrollo

municipal; d. Cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan de Desarrollo del Estado de México, el

Plan de Desarrollo Municipal, y los programas y proyectos que de este último se deriven

VIII. APROBACIÓN DEL CAMBIO DE IMAGEN CORPORATIVA DE LA ADMINISTRACIÓN 2009-2012 DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO.

DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO DOCE DE LA PRIMERA SESIÓN DE CABILDO CON CARÁCTER ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE LOS DÍAS DIECIOCHO Y DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL NUEVE, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR LO SIGUIENTE: La C. Presidenta Municipal Constitucional somete a consideración el cambio de imagen corporativa de la Administración 2009-2012 de Cuautitlán Izcalli.

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IX. AUTORIZACIÓN DE LA PROPUESTA DE AUDITORIA Y EVALUACIÓN DE TODAS Y CADA UNA DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, ASÍ COMO LA AUTORIZACIÓN DE LA AUDITORIA EXTERNA.

DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO TRECE DE LA PRIMERA SESIÓN DE CABILDO CON CARÁCTER ORDINARIA DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE LOS DÍAS DIECIOCHO Y DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL NUEVE, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR LO SIGUIENTE: La C. Paulina Alejandra Del Moral Vela, Presidenta Municipal Constitucional, con fundamento en el artículo 48 fracción XI, y en relación al artículo 112 fracción XI, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, propone la auditoría y evaluación a todas y cada una de unidades administrativas y organismos descentralizados, así como la autorización de la auditoría externa, la cual no generara un gasto adicional al H. Ayuntamiento, mismo que podrá absorberse mediante las recuperaciones de la misma.

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SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO

La C. Secretaria del H. Ayuntamiento Constitucional de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, C. ANA SILVIA ROA MORENO, en uso de las facultades que le confieren las fracciones VIII y XIII del artículo 91 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, certificó y ordenó la publicación de esta Gaceta Municipal para el conocimiento de los vecinos de Cuautitlán Izcalli.

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H. AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI 2006-2012

C. PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

VÍCTOR ENRIQUE DOMÍNGUEZ TODD BENIGNO MIRANDA MAGADÁN PRIMER SINDICO SEGUNDO SINDICO ALEJANDRO MARTÍNEZ TINOCO AQUILINO MOISÉS SALGADO MONROY TERCER SINDICO PRIMER REGIDOR RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO RICARDA ARELLANO ANTUNEZ SEGUNDO REGIDOR TERCER REGIDOR VICENTE BURGOS PALACIOS MARGARITA PEÑA GÓMEZ CUARTO REGIDOR QUINTO REGIDOR GERARDO PASQUEL MÉNDEZ JESÙS JORGE FERNÁNDEZ SILVA SEXTO REGIDOR SÉPTIMO REGIDOR GLORIA MA. DEL CARMEN VALENCIA GONZÁLEZ YOLANDA LARA MELO OCTAVO REGIDOR NOVENO REGIDOR RAYMUNDO GUZMÁN CORROVIÑAS EDUARDO ARTURO JUÁREZ MEZA DÉCIMO REGIDOR DECIMOPRIMERO REGIDOR MA. EUFEMIA AVILÉS BATREZ GEORGINA GÓMEZ MADRIGAL DECIMOSEGUNDO REGIDOR DECIMOTERCERO REGIDOR MARTHA ELIA AYALA OCHOA ALBERTO CARLOS SAN JUAN VÁZQUEZ DECIMOCUARTO REGIDOR DECIMOQUINTO REGIDOR YOLANDA CABRERA MARTÍNEZ DECIMOSEXTO REGIDOR

LA SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO

ANA SILVIA ROA MORENO

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