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CONSOLIDADO RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS AL INFORME DE VERIFICACION DE REQUISITOS HABILITANTES DEL PROCESO SIC N° 02 DE 2012 SELECCIÓN ABREVIADA - SUBASTA INVERSA PRESENCIAL 1 Por medio del presente y en cumplimiento de lo establecido en las normas que rigen los procesos de contratación de la entidades públicas, a saber, las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios y, en aplicación al principio de transparencia damos respuesta a las inquietudes presentadas por ustedes dentro del proceso SIC N° 02 de 2012, en los siguientes términos: OBSERVACIONES PRESENTADAS POR ANGELA ALZATE S.O.S. SOLUCIONES DE OFICINA Y SUMINISTROS TELÉFONOS: EMAIL: [email protected] , [email protected] FECHA: 28/02/2012 12:23 p.m. OBSERVACIONES A PAPELERÍA CATI LTDA. 1. Este oferente presenta a folio No 042 de LEXMARK dirigido a La Personería de Bogotá de fecha Noviembre 8 de 2.011, dicha certificación tiene una validez de (3) meses de acuerdo con la misma Lo que significa que está vencida, solicitamos a la entidad pedir a este oferente que la certificación sea expedida a la Superintendencia de Industria y Comercio y con fecha vigente. RESPUESTA : De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia ni el destinatario de la misma. Se transcribe a continuación el mencionado numeral: “4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA “Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma: “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera. “Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante". Por lo tanto no procede la observación. 2. A folio No 47 presenta una certificación de Ónix, dirigida a papelería CATI, en donde no aparece la marca LANIER certificada por la subsidiaria de la marca, adicionalmente a folios No 48 presenta una certificación de RICOH certificando a la compañía manufacturera ONIX , pero no Aparece la marca LANIER por ningún lado, pues RICOH no certifica a papelería CATI. Por esta razón este oferente no cumple con lo solicitado por la entidad en los pliegos de condiciones. RESPUESTA : Se solicitó al proponente aportar las certificaciones de Kyocera y Lanier, las cuales fueron aportadas dentro del término otorgado y por ende subsanó dicho requerimiento. Así las cosas No procede la Observación.

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CONSOLIDADO RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS AL INFORME DE VERIFICACION DE REQUISITOS HABILITANTES DEL

PROCESO SIC N° 02 DE 2012 SELECCIÓN ABREVIADA - SUBASTA INVERSA PRESENCIAL

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Por medio del presente y en cumplimiento de lo establecido en las normas que rigen los procesos de contratación de la entidades públicas, a saber, las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios y, en aplicación al principio de transparencia damos respuesta a las inquietudes presentadas por ustedes dentro del proceso SIC N° 02 de 2012, en los siguientes términos:

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR ANGELA ALZATE S.O.S. SOLUCIONES DE OFICINA Y SUMINISTROS TELÉFONOS: EMAIL: [email protected], [email protected] FECHA: 28/02/2012 12:23 p.m.

OBSERVACIONES A PAPELERÍA CATI LTDA.

1. Este oferente presenta a folio No 042 de LEXMARK dirigido a La Personería de Bogotá de fecha Noviembre 8 de 2.011, dicha certificación tiene una validez de (3) meses de acuerdo con la misma Lo que significa que está vencida, solicitamos a la entidad pedir a este oferente que la certificación sea expedida a la Superintendencia de Industria y Comercio y con fecha vigente.

RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia ni el destinatario de la misma. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

Por lo tanto no procede la observación.

2. A folio No 47 presenta una certificación de Ónix, dirigida a papelería CATI, en donde no aparece

la marca LANIER certificada por la subsidiaria de la marca, adicionalmente a folios No 48 presenta una certificación de RICOH certificando a la compañía manufacturera ONIX , pero no Aparece la marca LANIER por ningún lado, pues RICOH no certifica a papelería CATI. Por esta razón este oferente no cumple con lo solicitado por la entidad en los pliegos de condiciones.

RESPUESTA: Se solicitó al proponente aportar las certificaciones de Kyocera y Lanier, las cuales fueron aportadas dentro del término otorgado y por ende subsanó dicho requerimiento. Así las cosas No procede la Observación.

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3. Este oferente a folio No 37 presenta una certificación de experiencia expedida por TECNOQUIMICAS, solicitamos a la entidad pedir a este oferente copia del respectivo contrato, con el fin de que en este se aclare dicha certificación, adicionalmente no tiene fecha de inicio y terminación del mismo, De acuerdo con lo solicitado por la entidad en los pliegos de condiciones en el numeral 4.5.2.

RESPUESTA: Se solicitó al proponente allegar la certificación de experiencia, la cual fue aportada dentro del término otorgado y por ende subsanó dicho requerimiento. Así las cosas No procede la Observación.

4. A folio No 39 presenta una certificación expedida por la universidad del valle la cual no tiene La

calidad y la oportunidad del servicio de acuerdo con la exigencia por la entidad en los pliegos de condiciones en el numeral 4.5.2. Por esto este oferente debe ser RECHAZADO, ya que no cumple con los pliegos de condiciones.

RESPUESTA:

Una vez verificado el documento se procedió a requerir al proponente a efectos de aclarar la mencionada certificación otorgándole un plazo perentorio, so pena de rechazo, para lo cual adjuntó certificación con fecha anterior al cierre expedida por la Universidad del Valle especificando la calidad y la oportunidad del servicio.

5. Adicionalmente este oferente presenta en una misma certificación (2) contratos, no cumpliendo

con lo estipulado en los pliegos de condiciones el cual dice en el numeral 4.5.2 de los pliegos de condiciones el cual dice: “EXPERIENCIA MINIMA DEL PROPONENTE “, Con el fin de acreditar la experiencia en la ejecución de contratos de proveeduría integral – outsourcing, el proponente deberá acreditar experiencia a través de una máximo de (3) contratos……”.

Por esta razón este oferente debe ser RECHAZADO, ya que no cumple con lo estipulado en el pliego de condiciones.

RESPUESTA: Dentro de las exigencias del pliego no se estableció una restricción para que en una misma certificación se incluyeran varios contratos. Por lo tanto la certificación cumple con lo exigido en el pliego de condiciones. Así las cosas no procede la observación.

OBSERVACIONES A LA FIRMA OFFIMONACO S.A.S

1. Este oferente presenta a folio No 75 una certificación de LEXMARK de fecha Diciembre de 2.011,

dirigía a la Secretaria General del Departamento de Cundinamarca, solicitamos a la entidad requerir a este oferente con el fin de actualizar esta información.

RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

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“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

Por lo tanto no procede la observación.

2. A folio No 76 presenta una certificación de Ricoh sin fecha de expedición y dirigida al Ministerio

de Transporte, solicitamos a la entidad requerir a este oferente para que presente una certificación con fecha y validez de la misma.

RESPUESTA: De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

Por lo tanto no procede la observación.

3. Este oferente no presenta la certificación de HP como fabricante y a folio No 72 presenta una certificación de Impresistem S.A, no cumpliendo así con lo estipulado en el numeral 4.5.4 CERTIFICACION DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA, por esta razón este oferente debe ser RECHAZADO, ya que no cumple con lo estipulado en el pliego de condiciones.”

RESPUESTA: Una vez verificado el documento se procedió a requerir al proponente a efectos de aclarar la mencionada certificación otorgándole un plazo perentorio, so pena de rechazo.

OBSERVACIONES A UNION TEMPORAL MUNDO LAGOS.

1. Este oferente presenta a folio No 20 la certificación de la Cámara de Comercio de MUNDO

CIENTIFICO S.A.S. cuyo objeto no contempla la distribución de papelería, útiles de oficina y elementos de oficina, tintas y tóner y cuyo objeto principal es el outsourcing es el alquiler de servicios de mantenimiento de fotocopiadoras .

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RESPUESTA:

Se procedió a verificar el documento y a folio 21 se literal f) se observó que la sociedad tiene además como objeto “la compra, venta, distribución y suministro de todo tipo de elementos y suministros de papelería, … Por consiguiente su observación no es de recibo.

2. En el K residual DE Mundo Científico, no aparece ningún contrato, ejecutado o en ejecución

cuyo objeto sea los suministros de papelería y útiles de oficina, incluyendo los tóner para impresoras, por el contrario todos son de PRESTACION DE SERVICIOS PARA FOTOCOPIADORAS. Esto significa Que este oferente no cumple con lo solicitado por la entidad en los pliegos de condiciones. ´por esta razón este oferente debe ser RECHAZADO.

RESPUESTA:

Teniendo en cuenta que Mundo Científico forma parte integral de la unión temporal MUNDO LAGOS, y toda vez que de conformidad con el numeral 4.4.2, que establece: “para el caso de consorcios o uniones temporales la capacidad de contratación residual será la del integrante que esté inscrito, clasificado y calificado, en la actividad (es), especialidad(es) y grupo (s) exigidos en el pliego de condiciones…” , el proponente unión temporal Mundo Lagos cumple con lo establecido en el mencionado pliego ya que se evaluó como propuesta conjunta.

3. Es de anotar que el certificado RUT de este proponente aparece como código de actividad

principal los códigos así: Código 5170 = Corresponde al mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo Código 5190 = comercio al por mayor de productos diversos Código 7123 = Alquiler de maquinaria y equipo de oficina. Esto lo puede comprobar la entidad acudiendo a los códigos estipulados para crear el RUT (Registro Único Tributario). Por estas razones este oferente no cumple con los estipulado en los pliegos de condiciones, por esta razón la UNION TEMPORAL MUNDO LAGOS debe ser Rechazado.

RESPUESTA:

El proponente observado cumple con las exigencias establecidas en el pliego, toda vez que se trata es de aportar un documento que acredite el Régimen Tributario al cual pertenece, tal como lo establece el numeral 4.3.8. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO: “El proponente deberá anexar copia del documento que acredite el régimen tributario al que pertenece (R.U.T.) En caso de ser autorretenedores, deberán indicarlo y anexar copia del documento que acredite tal condición (Resolución); expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)…” En consecuencia no es de recibo su observación.

4. Esta unión temporal presenta a folio No 56 una certificación de experiencia expedida por la

Secretaria Distrital de Gobierno, la cual no certifica la CALIDAD Y OPORTUNIDAD DEL SERVICIO DE ACUERDO AL NUMERAL 4.5.2 DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES. Por esta razón esta certificación no CUMPLE para certificar este proceso, por esta razón el proponente Unión Temporal Mundo Lagos debe ser rechazado.

RESPUESTA:

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No es de recibo su observación, toda vez que la mencionada certificación establece lo siguiente:”NOTA: …. Las actividades objeto del contrato fueron recibidas por parte de la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C., a entera satisfacción. (negrilla y subrayado fuera de texto)

6. A folio No 57 esta Unión Temporal presenta una certificación de Coldeportes la cual certifica (2)

contratos y también carece de CALIDAD Y OPORTUNIDAD DE SERVICIO, no cumpliendo igualmente con lo estipulado en el pliego de condiciones.

RESPUESTA:

La Superintendencia de Industria y Comercio no tuvo en cuenta la certificación referida por cuanto al evaluar las otras 2 certificaciones aportadas, a folio 56 y 60, cumplen con lo exigido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones. Por consiguiente, no se acepta su observación

7. Esta unión presenta una certificación de experiencia expedida por IDIPROM cuyo objeto del

contrato es el suministro de MATERIALES O KIT ESCOLARES, no cumpliendo así con el objeto del presente proceso, adicionalmente no es bajo el sistema de outsourcing o proveeduría integral, ni certifica la calidad y oportunidad del servicio. Por esta razón esta unión temporal debe ser rechazada ya que esta certificación no puede ser tenida en cuenta.

RESPUESTA:

La Superintendencia de Industria y Comercio no tuvo en cuenta la certificación referida por cuanto al evaluar las otras 2 certificaciones aportadas, a folio 56 y 60, cumplen con lo exigido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones. Por consiguiente, no se acepta su observación.

8. Con respecto a las certificaciones de fabricante y/o subsidiaria, este oferente presenta una carta

expedida por HP con fecha 7 de Marzo del 2.005, la cual certifica a la Firma Ledakon, y firmada por María Ángela Espinosa, funcionaria que ya no labora para esta subsidiaria esto se puede corroborar en el teléfono No 6390000 de HP servicio al cliente. Solicitamos a la entidad requerir a este oferente para que presente una certificación de originalidad de producto con fecha reciente expedida por el fabricante Hewlett Packard, con el fin de verificar si aun es distribuidor de Hewlett Packard

RESPUESTA: De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

Por lo tanto no procede la observación.

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9. Este oferente presenta a folio No 65 una certificación de Lexmark sin fecha de expedición, es

importante tener en cuenta que Lexmark nunca expide una certificación sin fecha de expedición. Solicitamos a la entidad requerir a este oferente con el fin de verificar si aun es distribuidor de la Marca Lexmark

RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

Por lo tanto no procede la observación.

10. Mundo Científico NO presenta la certificación de originalidad expedida por el fabricante Hewlett

Packard, lo que no cumple con los pliegos de condiciones en el numeral 4.5.4, adicionalmente este oferente que hace parte de la unión temporal Mundo Lagos presenta una certificación de OFIMARCAS certificando la distribución, venta y alquiler por leasing de impresoras y fotocopiadoras marca kyosera, la cual tampoco cumple con lo solicitado por la entidad en los pliegos de condiciones.

Por todas estas razones la UNION TEMPORAL MUNDO LAGOS, debe ser RECHAZADA, YA QUE NO CUMPLE CON LAS CONDICONES DEL PLIEGO DE CONDICIONES.

RESPUESTA:

Teniendo en cuenta que Mundo Científico forma parte integral de la Unión Temporal MUNDO LAGOS, el integrante Papelería los Lagos aportó la certificación requerida en el pliego de condiciones de la manera como allí se exige, y al tratarse de una propuesta conjunta la misma es aceptada. Por lo tanto No procede la observación

OBSERVACIONES A LA FIRMA COMERCIALIZADORA FERLAG.

1. Este oferente presenta el RUP (Registro Único de Proponentes) multas por incumplimiento en

los contratos así: con La secretaria de Educación del distrito, con el Ministerio De la Protección social, Ministerio del Medio Ambiente, Instituto Nacional de Vías – Invias, Instituto Nacional de Sordos, Agencia logística de las Fuerzas Militares, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Ideam, Policía Nacional, Contraloría general de la Republica y la Secretaria de Integración social. Adicionalmente presenta sanciones por parte de las siguientes entidades: Fondo de Tecnología de la Información y las Comunicaciones, Agencia Presidencial para la Acción Social, Contraloría General de la Nación, es importante hacer una revisión de todas las multas impuestas a este

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oferente con respecto a los literales A y C del articulo 90 de la ley 1474 de 2.011 a ser objeto de más de cuatro multas y sanciones por incumplimiento. RESPUESTA: Se acepta su observación, por cuanto una vez verificada la información que reposa a folios 37-39 de la propuesta presentada por el proponente FERLAG LTDA, se encontró que el mismo incurre en INHABILIDAD POR INCUMPLIMIENTO REITERADO consagrada en el Artículo 90 de la Ley 1474 de 2011 “ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN”. En ese orden de ideas, el proponente FERLAG LTDA. no cumple con los requisitos habilitantes establecidos en el presente proceso de selección y en consecuencia no hará parte de la Subasta Inversa Presencial.

2. Este oferente presenta a folio No 88 una certificación del Instituto Nacional de Vías – Invias sin

que certifique la Calidad y oportunidad del servicio, no cumpliendo así con lo estipulado en el pliego de condiciones, numeral 4.5.2.

RESPUESTA:

El cumplimiento del contrato está calificado como sobresaliente. Por lo tanto No procede la observación.

3. Este oferente presenta a Folio No 96 una certificación de originalidad expedida por Hewlett

Packard certificando como distribuidor de Hardware (equipos e Impresoras), la cual no cumple con el objeto del Proceso cuyo en el pliego de condiciones dice:“BAJO EL ESQUEMA DE PROVEEDURIA INTEGRAL- OUTSOURCING DE SUMINISTROS – EL SUMINISTRO DE PAPELERIA UTILES Y ELEMENTOS DE OFICINA, TINTAS Y TONER E INSUMOS PARA IMPRESORAS” . Por esta razón esta certificación no cumple con lo estipulado en el pliego de condiciones y por ende este oferente debe ser RECHAZADO.

RESPUESTA:

La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.4 del pliego de condiciones. Por lo tanto no procede la observación.

4. A folio No 98 presenta una certificación de LEXMARK expedida a Polux Suministros la cual no

sirve para acreditar la originalidad de los productos, ya que de acuerdo con los pliegos de condiciones se debe presentar la del FABRICANTE y/o SUBSIDIARIA.

RESPUESTA:

La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.4 del pliego de condiciones. Por lo tanto no procede la observación.

OBSERVACIONES A COMERCIALIZADORA VINARTA

1. Este oferente presenta a folio No 33 una certificación expedida por la ARMADA NACIONAL, cuyo

objeto es la Distribución de elementos de útiles de oficina y papelería por $ 430.253.500, la cual no contempla la realización de la PROVEEDURIA INTEGRAL Y/O OUTSOURCING, adicionalmente dicha certificación no relaciona la el suministro de Tóner y tintas para impresoras,( para tal efecto pedimos solicitar a la entidad copia del contrato con el fin de

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que la entidad confirme los elementos contratados en este contrato )Igualmente esta certificación no incluye la Calidad y oportunidad del servicio al igual que no tiene fecha de inicio y terminación del contrato. Por estas razones esta certificación no puede ser tenida en cuenta ya que no cumple con lo estipulado en los pliegos de condiciones en el numeral 4.5.2.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones. Por lo tanto no procede la observación.

2. Este oferente a folio No 34 presenta una certificación expedida por la Secretaria Distrital de

Integración Social, cuyo objeto es el suministro de Papelería y útiles de oficina. Esta certificación no certifica tóner y tinta para impresoras, de acuerdo con el objeto del contrato, adicionalmente NO DE DESARROLLO BAJO EL SITEMA PROVEEDUTIA INTEGRAL, ni tampoco cuenta con la Calidad y Oportunidad del Servicio, de acuerdo con lo solicitado por la entidad en los pliegos de condiciones en el numeral 4.5.2 EXPERIENCIA MINIMA DEL PROPONENTE. Por esta razón esta certificación no puede ser tenida en cuenta como experiencia. Es importante anotar que este contrato se ejecuto no directamente con Comercializadora Vinarta, Sino que fue una UNION TEMPORAL denominada UNION TEMPORAL VINARTA- AMERICANA y seria necesario saber cual fue la participación de VINARTA en este contrato.

RESPUESTA: Se requirió al proponente observado para que allegara el documento donde conste el porcentaje de participación en la Unión Temporal Vinarta-Americana., so pena de rechazo, para lo cual aportó el documento de conformación de la Unión Temporal, en el que se determina que el porcentaje de Vinarta es del 50% . En lo demás, la certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones.

3. A folio No 35 presenta una certificación de Las fuerzas Militares de Colombia – EJERCITO

NACIONAL cuyo objeto es la adquisición de tóner y cartuchos para fotocopiadoras no cumpliendo así con el objeto del proceso. Adicionalmente este contrato NO se desarrollo bajo el sistema PROVEEDURIA INTEGRAL, el cual lo requiere LA ENTIDAD de acuerdo con solicitado en los pliegos de condiciones en su numeral 4.5.2 EXPERIENCIA MINIMA DEL PROPONENTE. Por esta razón esta certificación NO CUMPLE.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

4. A folio No 38 este oferente presenta una certificación de HP como fabricante expedida el 9 de

Mayo del 2.011 a nombre de Vinarta y dirigida a Ledakon firmada por Tatiana Morales, en esta cita el nombre de Marcela Arce para cualquier aclaración; debido a que la carta no esta actualizada solicitamos a la entidad contactar a Marcela Arce con el fin de verificar dicha certificación al celular que allí aparece No 315-3373942. Es importante que este oferente presente una certificación actualizada con el fin de verificar si en la actualidad es distribuidor autorizado.

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RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

Por lo tanto no procede la observación.

5. A folio No 39 presenta una certificación del fabricante Lexmark de fecha Octubre 29 del 2.010 en

donde Lexmark certifica a Ledakon, solicitamos a la entidad requerir a este oferente una carta actualizada y expedida por el fabricante, de acuerdo con lo estipulado en el pliego de condiciones en el numeral 4.5.4 CERTIFICACION FABRICANTE O SUBSIDIARIA.

RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

Por lo tanto no procede la observación.

6. A folio No 40 este oferente presenta una certificación expedida al Instituto de Medicina Legal De

fecha octubre 10 del 2.010 m para la comercialización de IMPRESORAS y NO de SUMINISTROS (TINTAS Y TONERS). Solicitamos a la entidad requerir a este oferente, con el fin de actualizar esta certificación del fabricante DELL con el objeto solicitado por la entidad y para poder verificar si aun es distribuidor autorizado de esta marca.

RESPUESTA:

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No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.4 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

7. A folio No 44 presenta una certificación de DATECSA con fecha de septiembre del año 2.010, solicitamos a la entidad requerir a este oferente una certificación actualizada de dicho fabricante con el fin de verificar si a la fecha es aun distribuidor autorizado.

RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

Por lo tanto no procede la observación.

8. Este oferente presenta a Folio No 42 una certificación expedida por el fabricante XEROX dirigida

a Suministros e Impresos, sin fecha de expedición, quiero manifestarles que la firma XEROX no expide certificaciones sin fecha , por esta razón solicitamos requerir a este oferente con el fin de actualizar dicha certificación.

RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

OBSERVACIONES A LA FIRMA SERLECOM

1. Este oferente presenta a folio No 59 una certificación del Municipio de Cota, cuyo objeto es el

suministro de Papelería, útiles de oficina , aseo y cafetería, la cual no está de acuerdo con el objeto del contrato, adicionalmente no cuenta con CALIDAD Y OPORTUNIDAD DEL SERVICIO,

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requerimiento solicitado en los pliegos de condiciones en EL numeral 4.5.2 EXPERIENCIA MINIMA DEL PROPONENTE, por lo tanto no puede ser tenido en cuenta para este proceso. RESPUESTA:

La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, encontrándose que se certifica: “…Destacándose por la calidad de sus productos y el excelente desempeño en el cumplimiento del contrato, con las entregas programadas…”. Adicionalmente, el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

2. A FOLIO No 60 presenta una certificación expedida por la Secretaria General Gobernación de

Boyacá, con fecha de inicio 20 de Mayo del 2.006 la cual no cumple con lo solicitado por la entidad en el numeral 4.5.2 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE, ya que la certificación debe ser de contratos suscritos y ejecutados durante los últimos (5) cinco años contados hacia atrás desde la fecha de cierre del presente proceso. Por esta razón esta certificación no puede tenerse en cuenta ya que cuenta con (6) años de haberse iniciado su ejecución, además no tiene la calificación EN LA OPORTUNIDAD DEL SERVICIO.

RESPUESTA:

La fecha de terminación de la ejecución del objeto contractual es 18 de febrero de 2008, por lo que fue ejecutado dentro de los últimos cinco años. Por lo tanto, no procede la observación.

3. A folio No 61 este oferente presenta una certificación del Municipio de Cota, cuyo objeto es el

suministros para oficina , sin contar con tóner y tintas para impresoras, adicionalmente NO CUENTA con la modalidad de POVEEDURIA INTEGRAL, de acurdo con lo solicitado por la entidad en el numeral 4.5.2 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE.

RESPUESTA:

El objeto del contrato es acorde con el objeto del proceso de selección. Por lo tanto no procede la observación.

4. A FOLIO No 62 presenta una certificación de la Contraloría en unión temporal con Gustavo Jesús

Rios cuya participación de Serlecom es del 48% . De acuerdo con lo estipulado en el pliego de condiciones en el numeral 4.5.2 EXPERIENCIA MINIMA DEL PROPONENTE, se deben adjuntar como MAXIMO (3) CERTIFICACIONES. Por estas razones este oferente debe ser RECHAZADO, ya que no cumple con lo solicitado por la entidad en el pliego de condiciones.

RESPUESTA:

Solamente se tomaron en cuenta las certificaciones obrantes a folios 59, 60 y 61 con las que cumple los requerimientos del pliego de condiciones. Por lo tanto No procede la observación.

5. Este oferente presenta a folio No 79 una certificación expedida por el fabricante DELL de fecha 5

de Marzo del 2.010 y dirigida a la Armada Nacional, solicitamos a la entidad requerir a este oferente con el fin de que actualice dicha certificación y poder verificar si aun es distribuidor de DELL.

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RESPUESTA: De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral: “4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

6. Este oferente no presenta carta del Fabricante Lexmark expedida a SERLECOM , sino que

presenta una carta expedida a MPS de fecha 22 de Febrero del 2.007 y adicionalmente presenta una certificación de Ledakon la cual no tiene fecha de expedición, ya que la dirección que aparece de Lexmark cra 69 No 43b-44 no es la dirección actualizada del fabricante Lexmark. Solicitamos a la entidad requerir a este oferente con el fin de que actualice la carta del fabricante LEXMARK, y a la vez pueda certificar que a la fecha es distribuidor autorizado de esta marca.

RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

7. La certificación expedida por Hewlett Packard a folio No 77 certifica a Serlecom como

distribuidor de HARDWARE (EQUIPOS E IMPRESORAS) y no consumibles (Tóner y Tintas). Solicitamos a la entidad requerir a este oferente con el fin de que presente una certificación de HP debidamente actualizada y como distribuidor de consumibles para impresoras.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

8. A folio No 81 presenta una certificación de HP en donde se certifica al mayorista MPS como

mayorista de fecha de expedición del 03 de Agosto del 2.010, teniendo en cuenta que la certificación tiene una validez de (3) meses únicamente. Solicitamos a la entidad requerir a este

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oferente a fin de que presente una certificación totalmente actualizada para verificar si aun es distribuidor autorizado de la Marca Hewlett Packard. Si este oferente no cumple con las certificaciones solicitadas por la entidad en el pliego de condiciones deber ser RECHAZADO del proceso.

RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante

OBSERVACIONES A CI COLOMBIA CIPE S.A.S.

1. Este oferente presenta una certificación de IDIPRON a folio No 55, cuyo objeto es los

suministros de UTILES ESCOLARES, la cual no cumple con lo requerido por la entidad, ya que no cuenta con el suministro de tóner y tintas para impresoras. Adicionalmente esta certificación no cuenta con el sistema de POVEEDURIA INTEGRAL, solicitado en los pliegos de condiciones en el numeral 4.5.2 EXPERIENCIA MINIMA DEL PORPONENTE, se debe tener en cuenta que esta certificación contempla una UNION TEMPORAL EN CUYA PARTICIPACION DE LA EMPRESA CI CIPE Colombia es del 33%.

Por lo anterior esta certificación no puede ser tenida en cuenta para poder participar en este proceso.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación. Aún sin tener en cuenta la certificación referida , la certificación aportada a folio 56 cumple con lo exigido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones. Por consiguiente, no se acepta su observación

2. A folio No 76 presenta una certificación de VIMEL LTDA, solicitamos a la entidad requerir a este

oferente para que adjunte el contrato de esta certificación con el fin de verificar su monto y objeto.

RESPUESTA:

La propuesta no contiene folio 76.

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3. Este oferente presenta una certificación de COLMEDICA a folio No 56 en la cual no existe ningún número de Contrato. Solicitamos a la entidad requerir a este oferente copia del contrato realizado con COLMEDICA con el fin de verificar estos datos del mismo.

RESPUESTA:

De conformidad con el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones no se requiere el número del contrato en la certificación.

4. A folio No 32 este oferente presenta una certificación del fabricante DELL en la cual no aparece

que CI CIPE COLOMBIA sea distribuidor de la marca, adicionalmente tiene fecha de expedición de Febrero del 2.008. Solicitamos a la entidad requiera a este oferente una certificación totalmente actualizada con el fin de verificar si este oferente es distribuidor de consumibles de la marca DELL a la fecha.

RESPUESTA:

A folio 32 no aparece la certificación aludida por el observante, sino el certificado expedido por la Contraloría. Como en el numeral anterior, se hace referencia a un folio equivocado. Sin embargo, al revisar la propuesta se encontró una certificación DELL que obra a folio 65, por lo cual se requirió al proponente observado para que allegue documento aclaratorio de la misma, so pena de rechazo. Una vez verificado el documento se procedió a requerir al proponente a efectos de aclarar la mencionada certificación otorgándole un plazo perentorio, so pena de rechazo, para lo cual el documento fue aportado por el proponente observado, siendo el mismo expedido con fecha posterior al cierre del proceso, motivo por el cual no cumple con los lineamientos legales de la subsanación.

Adicionalmente el contenido de la mencionada certificación no lo certifica como distribuidor autorizado de los productos DELL.

5. Este oferente no presenta certificación del Mayorista, certificando la marca LANIER.

RESPUESTA:

A folio 61 de la propuesta observada obra certificación expedida por RICOH en su calidad de única subsidiaria directa de la marca RICOH y LANIER en Colombia.

6. A folio No 85 presenta una certificación de RICOH dirigida a la personería de Bogotá de fecha 4

de Noviembre del 2.011. Solicitamos a la entidad requiera a este oferente una certificación totalmente actualizada con el fin de verificar si este oferente es distribuidor de consumibles de la marca a al fecha.

RESPUESTA:

No corresponden ni los folios ni los documentos a los que hace referencia el observante.

7. A folio No 86ª presenta una certificación de LEXMARK dirigida IMPRESISTEM con fecha de

expedición del 13 de Marzo del 2.009.Solicitamosa la entidad requiera a este oferente una

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certificación totalmente actualizada con el fin de verificar si este oferente es distribuidor de consumibles de la marca a la fecha.

RESPUESTA:

No corresponden ni los folios ni los documentos a los que hace referencia el observante. 9. Este oferente no presenta la certificación del FABRICANTE LEXMARK, solicitada en los

pliegos de condiciones.

RESPUESTA:

Contrario a lo que afirma el observante, a folio 66 de la propuesta reposa la certificación de LEXMARK.

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR DIANA OCHOA/ANDRES MAURICIO PACHÓN TORRES OFFIMÓNACO S.A.S. TELÉFONO: 4872400 EMAIL: [email protected] FECHA: 28/02/2012 02:58 p.m.

1. PROPONENTE COMERCIALIZADORA FERLAG: • A folio 101 de la propuesta el proponente presenta certificación de distribuidor autorizado de

POLUX para certificar la marca KIOCERA, pero no presenta la cadena de distribución de KIOCERA hacia POLUX, como lo exige el pliego de condiciones en el numeral 4.5.4 “CERTIFICACION DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA”; en subsanación del dia 22 de febrero del año en curso el proponente presenta certificación del distribuidor OFFIMARCAS con su respectiva certificación del mayorista, para autorizar que es distribuidor autorizado de KIOCERA; esto no debe ser aceptado por la entidad que dentro de las causales de rechazo establecidas en el pliego de condiciones se encuentra estipulados “… l) Cuando la propuesta no cumpla con los índices financieros, ni con los requisitos técnicos mínimos o jurídicos habilitantes…”, por lo tanto la propuesta de FERLAG, se encuentra en causal de rechazo ya que no cumple con las condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones,

RESPUESTA: La propuesta fue rechazada por incurrir en la inhabilidad establecida en el artículo 90 de la Ley 1474 de 2011.

• A folio 102, de la propuesta el proponente FERLAG anexa certificación de comercial de la marca RICOH, para acreditar la originalidad de los productos de SHARP , la cual no es válida ya que la entidad lo que exige es una certificación de Distribuidor autorizado y no una certificación comercial.

RESPUESTA: La propuesta fue rechazada por incurrir en la inhabilidad establecida en el artículo 90 de la Ley 1474 de 2011.

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• A folio 61, el proponente anexa certificación de SHARP donde manifiesta que ellos son los

autorizados para distribuir los productos de LANIER y SHARP en Colombia y a folio 62 anexa certificación comercial de la compañía ONIX, pero en ningún momento el proponente está certificando que alguno de estos proveedores le suministre los productos mencionado, por lo tanto el oferente, no está acreditando la originalidad de los productos de las maracas en mención lo cual implica el incumplimiento técnico de la propuesta, lo que es causal de rechazo según lo estipulado en el literal l”…Cuando la propuesta no cumpla con los índices financieros, ni con los requisitos técnicos mínimos o jurídicos habilitantes…”

RESPUESTA: La propuesta fue rechazada por incurrir en la inhabilidad establecida en el artículo 90 de la Ley 1474 de 2011.

2. PROPONENTE COMERCIALIZADORA SERLE.COM S.A.S.

• Dentro de su propuesta el proponente adjunta certificación de la empresa ALHUM LTDA., para la

certificación de distribuidor de los productos LANIER y SHARP en Colombia, pero en la cadena de distribución la certificación de ALHUM LTDA no corresponde a una acreditación de distribuidor autorizado si por el contrario una certificación comercial, lo cual es diferente a lo requerido en el pliego en el numeral 4.5.4 “CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA”. Por lo tanto el proponente no está cumpliendo con lo requisitos mínimos técnicos.

RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC (folios 74, 75 y 7. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR ERIKA DUQUE/JORGE IVAN GAVIRIA TORO UNIPLES S.A. TELÉFONOS: 8773675/ 5936870 EXT. 215 EMAIL: [email protected] FECHA: 28/02/2012 03:55 p.m.

1. Teniendo en cuenta el objeto del contrato a celebrar como resultado del proceso citado en la

referencia, numeral 7.1 del pliego de condiciones “Suministrar Papelería, útiles y elementos de oficina, tintas y tóner e insumos para impresoras y fotocopiadoras necesarios para el normal

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funcionamiento, bajo el esquema de proveeduría integral – outsourcing de suministros” y la necesidad de la entidad justificada en el numeral 1.3 de los mismos términos en los párrafos 2, 3 y 4; es claro señalar que dentro del objeto social de los participantes, como lo requiere el numeral 4.3.2.2 literal c. “ acreditar que el objeto principal de la sociedad se encuentran directamente relacionado con el objeto del contrato, de manera que le permita a la persona jurídica la celebración y ejecución del mismo”; se precisa entonces, que las empresas que señalamos a continuación en su objeto social no cumplen con lo anteriormente requerido:

• Comercializadora Vinarta

• Red Comercializadora Mendez

• Organización de Congresos y Eventos

• CI Colombia CIPE • Comercializadora Ferlag

• Redox Colombia

RESPUESTA:

• La Superintendencia de Industria y Comercio revisó uno a uno los objetos sociales de las firmas observadas, verificando que efectivamente cumplieran con el requisito de estar directamente relacionados con el objeto a contratar. Todas las firmas observadas a saber: Comercializadora Vinarta, Red Comercializadora MÉndez, Organización de Congresos y Eventos, CI Colombia CIPE, Comercializadora Ferlag y Redox Colombia, tienen dentro de su objeto la posibilidad de comercializar los productos que requiere la entidad para satisfacer la necesidad objeto del contrato. La comercialización es la acción y efecto de comercializar (poner a la venta un producto o darle las condiciones y vías de distribución para su venta), los productos requeridos por la SIC se encuentran inmersos en cada uno de los objetos sociales observados. Por tal motivo NO procede la observación.

2. Adicionalmente presento las siguientes observaciones a las siguientes propuestas:

CI COLOMBIA CIPE S.A.S.

1. A folio 61 se encuentra certificación de RICOH de Colombia certificando ser subsidiaria en Colombia de las marcas RICOH, LANIER y a folio 62 certifica a Compañía de manufactura Onix de distribuidor de los productos de las mencionadas marcas, sin embargo no se certifica la autorización de comercializar por parte de CI CIPE, las marcas RICOH, LANIER en la propuesta.

RESPUESTA:

Una vez verificado el documento se procedió a requerir al proponente a efectos de aclarar la mencionada certificación otorgándole un plazo perentorio, so pena de rechazo.

2. A folio 65 DELL WORLD TRADE respalda a DELL COLOMBIA para la distribución a nivel

nacional y de sus actividades, sin embargo no certifica a CI CIPE como distribuidor de sus productos.

RESPUESTA:

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Una vez verificado el documento se procedió a requerir al proponente a efectos de aclarar la mencionada certificación otorgándole un plazo perentorio, so pena de rechazo, para lo cual el documento fue aportado por el proponente observado, siendo el mismo expedido con fecha posterior al cierre del proceso, motivo por el cual no cumple con los lineamientos legales de la subsanación. Adicionalmente el contenido de la mencionada certificación no lo certifica como distribuidor autorizado de los productos DELL.

3. Del folio 42 al 52, se encuentra una transcripción de las Especificaciones Técnicas contenidas en

el formato 7; sin embargo no se hace el ofrecimiento, ni la aceptación de las mismas como lo señala al final del mismo.

RESPUESTA:

No es de recibo su observación, toda vez que a folio 53 el representante legal del observado suscribe el formato 7 con lo que se entiende aceptado en su integridad.

COMERCIALIZADORA VINARTA LTDA

1. Las certificaciones aportadas a folio 33, 34 y 35 no corresponden a contratos que se hayan ejecutado bajo la modalidad de Proveeduría Integral –Outsourcing de Impresión de acuerdo a lo requerido por la entidad a numeral 4.5.2 del pliego de condiciones.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. Las certificaciones cumplen con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

2. La certificación del fabricante Hewlett Packard a folio 38, fue expedida el 9 de mayo de año 2011

con una vigencia de tres (3) meses, a la fecha la misma carece de validez. RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante

3. La certificación de Suministros e Impresos a folio 41, se expidió con fecha 11 de abril de 2011, a

la fecha la misma no está vigente.

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RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante

COMERCIALIZADORA FERLAG LTDA

A folio 96 la certificación de Hewlett Packard autoriza la distribución de Hardware de impresión e imagen, no autoriza la comercialización de suministros e insumos de impresión, por lo que no cumpliría con lo solicitado por la entidad.

La certificación de RICOH Colombia es de índole comercial y no de distribución o comercialización autorizada, dado que certifica unas ventas mensuales de $ 7.350.000, por lo que no cumpliría con lo solicitado por la entidad.

Por lo anteriormente señalado se debe rechazar la oferta por incurrir en causal de rechazo I).

RESPUESTA:

La propuesta fue rechazada por incurrir en la inhabilidad establecida en el artículo 90 de la Ley 1474 de 2011.

COMERCIAL MCL LTDA

Se solicita a la entidad verificar la certificación de experiencia VIMEL empresa ubicada en la Calle 53 No 70-53 oficina 101, teléfono 2631084, empresa dedicada a la comercialización de empaques industriales.

RESPUESTA:

La contratación estatal se basa en el principio de la buena fe contractual. La SIC no es la instancia competente para definir sobre la veracidad o no de un documento, lo cual debe realizarse ante las instancias judiciales correspondientes y a través de los procesos establecidos para ello. Por lo tanto no procede la observación.

RED COMERCIALIZADORA MENDEZ S.AS.

Se solicita a la entidad verificar las certificaciones de Formas de Ingeniera y Bocas del Toro. RESPUESTA:

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La contratación estatal se basa en el principio de la buena fe contractual. La SIC no es la instancia competente para definir sobre la veracidad o no de un documento, lo cual debe realizarse ante las instancias judiciales correspondientes y a través de los procesos establecidos para ello. Por lo tanto no procede la observación.

ORGANIZACIÓN DE CONGRESOS Y EVENTOS S.A.S

1. En el listado de las especificaciones técnicas el elemento Guías separadoras en plástico, se modificó su unidad de medida mediante adenda, modificación que no tuvo en cuenta en su propuesta el oferente en mención. Por lo anteriormente señalado se debe rechazar la oferta por incurrir en causal de rechazo m).

RESPUESTA:

El cambio en la adenda se debió a las manifestaciones de los interesados en el sentido de que no se consiguen en el mercado los mencionados ganchos en la referencia de 10. Por tal motivo, al comprometerse con esta obligación en el formato técnico, es responsabilidad del proponente observado proveer los bienes ofrecidos, sin que ello implique rechazo de la propuesta.

1. REDOX COLOMBIA S.A.

Las certificaciones aportadas de experiencia no cumplen con lo solicitado, debido a que las mismas se refieren a suministro de elementos y no a Proveeduría Integral; así mismo no adjunto certificaciones de distribuidor autorizado de las diferentes marcas.

Por lo anteriormente señalado se debe rechazar la oferta por incurrir en causal de rechazo I).

RESPUESTA:

Los objetos de las certificaciones cumplen con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. En cuanto a las certificaciones de distribuidor autorizado se requirió al proponente, so pena de rechazo.

PAPELERIA CATI LTDA

1. A folio 42 adjunta certificación de Lexmark dirigida a la Personería de Bogotá, siendo válida únicamente para ese proceso, por lo que a la fecha no tiene validez.

RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona la vigencia ni el destinatario de la misma. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell.

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• “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

Por lo tanto no procede la observación.

2. SERLECOM S.A.S

La certificación a folio 61 no corresponde a suministro bajo la modalidad Proveeduría Integral – Outsourcing. Por lo anteriormente señalado se debe rechazar la oferta por incurrir en causal de rechazo I).

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

OFFIMONACO S.A.S.

1. A folio 75 adjunta certificación de Lexmark dirigida a la Secretaria del Dpto de Cundinamarca, siendo válida únicamente para ese proceso, por lo que a la fecha no tiene validez.

RESPUESTA:

De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.4 modificado por Adenda No. 1, la certificación presentada cumple con la totalidad de los requisitos exigidos por la SIC, dentro de los cuales no se menciona el destinatario. Se transcribe a continuación el mencionado numeral:

“4.5.4 CERTIFICACIÓN DE FABRICANTE O SUBSIDIARIA

“Los proponentes deberán anexar certificación que garantice la originalidad de los tóner y los kit de mantenimiento para impresoras y fotocopiadoras de la siguiente forma:

• “Certificación de subsidiaria o fabricante para las marcas: Hewlett Packard, Xerox, Lexmark, Lanier y Dell. • “Certificación de cadena de distribución para la marca Kyocera.

“Nota: Los proponentes deberán presentar certificación expedida por el distribuidor mayorista, siempre y cuando la misma venga respaldada con la certificación que expide el fabricante".

Por lo tanto no procede la observación.

2. No adjunta certificación del Fabricante Hewlett Packard avalando al mayorista que certifica a

Offimonaco. RESPUESTA:

Una vez verificado el documento se procedió a requerir al proponente a efectos de aclarar la mencionada certificación otorgándole un plazo perentorio, so pena de rechazo.

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OBSERVACIONES PRESENTADAS POR OSCAR RODRIGUEZ PARRA SUMIMAS S.A.S. TELEFONO: 5948787 EMAIL: [email protected] FECHA: 28/02/2012 04:00 p.m.

PROPONENTE REDOX COLOMBIA

4.5.2 EXPERIENCIA MÍNIMA DE PROPONENTE 1. Experiencia Mínima del Proponente: Con el fin de acreditar experiencia en la ejecución de contratos de proveeduría integral outsourcing, el proponente deberá acreditar experiencia mínima através de un máximo de tres (3) contratos cuyo objeto sea igual o similar al de la presente contratación, suscritos y ejecutados durante los últimos cinco (5) años contados hacia atrás desde la fecha de cierre del presente proceso, cuya sumatoria sea por un valor igual o superior al valor del presupuesto oficial de la presente contratación.

Al verificar la propuesta de este oferente adjunta las certificaciones de las siguientes entidades: • Corporación autónoma Regional del Valle • Fiscalía General de la Nación ( Seccional Cali) • Consejero Superior de la Adjudicatura

Estos tres contratos no son de Outsourcing no cumplen con el numeral 4.5.2. Ejecución de contratos de proveeduría integral – outsourcing, por ende NO cumple.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

2. Adicionalmente no adjunta la certificación de DELL, incumpliendo con el requerimiento del adenda 1. Para

las certificaciones de distribuidor autorizado por fabricante. RESPUESTA:

Una vez verificado el documento se procedió a requerir al proponente a efectos de aclarar la mencionada certificación otorgándole un plazo perentorio, so pena de rechazo.

PROPONENTE OCE Y MARKETING S.A. 1. Experiencia Mínima del Proponente: Con el fin de acreditar experiencia en la ejecución de

contratos de proveeduría integral – Outsourcing, el proponente deberá acreditar experiencia mínima a través de un máximo de tres (3) contratos cuyo objeto sea igual o similar al de la presente contratación, suscritos o ejecutados durante los últimos cinco (5) años contados hacia atrá desde la fecha de cierre del presente proceso, cuya sumatoria sea por un valor igual o superior al valor del presupuesto oficial de la presente contratación.

Al verificar la propuesta de este oferente adjunta las certificaciones de las siguientes entidades:

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• Fundación Telefónica • Datalgraf

2. Estos dos contratos no son de Outsourcing, no cumplen con el numeral 4.5.2. Ejecución de contratos de proveeduría integral – outsourcing, por ende NO cumple.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

PROPONENTE RED COMERCIALIZADORA MENDEZ

1. Experiencia Mínima del Proponente: Con el fin de acreditar experiencia en la ejecución de

contratos de proveeduría integral – Outsourcing, el proponente deberá acreditar experiencia mínima a través de un máximo de tres (3) contratos cuyo objeto sea igual o similar al de la presente contratación, suscritos y ejecutados durante los últimos cinco (5) años contados hacia atrás desde la fecha de cierre del presente proceso, cuya sumatoria sea por un valor igual o superior al valor del presupuesto oficial de la presente contratación.

Al verificar la propuesta de este oferente adjunta las certificaciones de las siguientes entidades: • Distribuidora Eléctrica Unión

• Bocas del Toro

Estos contratos no cumple con el numeral 4.5.2.Objeto del Contrato. Debe corresponder a la venta y/o suministro de papelería, útiles y elementos de oficina; tintas y tóner e insumos para impresoras y fotocopiadoras bajo la modalidad de proveeduría integral–Outsourcing de suministros.

No discrimina la certificación la venta de “;tintas y tóner e insumos para impresoras y fotocopiadoras“ por ende NO CUMPLE con la experiencia requerida.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

COMERCIAL MCL

Experiencia Mínima del Proponente: Con el fin de acreditar experiencia en la ejecución de contratos de proveeduría integral – Outsourcing, el proponente deberá acreditar experiencia mínima a través de un máximo de tres (3) contratos cuyo objeto sea igual o similar al de la presente contratación, suscritos y ejecutados durante los últimos cinco (5) años contados hacia atrás desde la fecha de cierre del presente proceso, cuya sumatoria sea por un valor igual o superior al valor del presupuesto oficial de la presente contratación.

Al verificar la propuesta de este oferente adjunta las certificaciones de las siguientes entidades: • Consejo superior de la adjudicatura , seccional administrativa y judicial, Bogotá Cundinamarca, cuyo objeto es la

adquisición de Papelería y útiles de oficina.

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Este contrato no cumple con el numeral 4.5.2.Objeto del Contrato. Debe corresponder a la venta y/o suministro de papelería, útiles y elementos de oficina; tintas y tóner e insumos para impresoras y fotocopiadoras bajo la modalidad de proveeduría integral–Outsourcing de suministros.

No discrimina la certificación la venta de “; tintas y tóner e insumos para impresoras y fotocopiadoras “por ende NO CUMPLE con la experiencia requerida.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

CI COLOMBIA CIPE S.A.S.

1. No adjunta la certificación de DELL, incumpliendo con el requerimiento del adenda 1. Para las

certificaciones de distribuidor autorizado por fabricante. RESPUESTA:

Una vez verificado el documento se procedió a requerir al proponente a efectos de aclarar la mencionada certificación otorgándole un plazo perentorio, so pena de rechazo, Una vez verificado el documento se procedió a requerir al proponente a efectos de aclarar la mencionada certificación otorgándole un plazo perentorio, so pena de rechazo, para lo cual el documento fue aportado por el proponente observado, siendo el mismo expedido con fecha posterior al cierre del proceso, motivo por el cual no cumple con los lineamientos legales de la subsanación. Adicionalmente el contenido de la mencionada certificación no lo certifica como distribuidor autorizado de los productos DELL.

COMERCIALIZADORA VINARTA

Experiencia Mínima del Proponente: Con el fin de acreditar experiencia en la ejecución de contratos de proveeduría integral – Outsourcing, el proponente deberá acreditar experiencia mínima a través de un máximo de tres (3) contratos cuyo objeto sea igual o similar al de la presente contratación, suscritos y ejecutados durante los últimos cinco (5) años contados hacia atrás desde la fecha de cierre del presente proceso, cuya sumatoria sea por un valor igual o superior al valor del presupuesto oficial de la presente contratación.

Al verificar la propuesta de este oferente adjunta las certificaciones de las siguientes entidades:

• DIABA CONTRATO No. 087-ARC-DIABA , suministro de elementos de oficina y papelería

• Secretaria distrital de integración social, contrato No.399, cuyo objeto es suministro de papelería y útiles de oficina

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Estos contratos no cumple con el numeral 4.5.2.Objeto del Contrato.Debecorresponder alaventa y/o suministro de papelería, útiles y elementos de oficina; tintas y tóner e insumos para impresoras y fotocopiadoras bajo la modalidad de proveeduría integral – Outsourcing de suministros.

No discrimina las certificaciones la venta de “;tintas y tóner e insumos para impresoras y fotocopiadoras“ por ende NO CUMPLE con la experiencia requerida.

• Contrato de ILCE No.588-ILCE DE 2011. Compra de toner y cartuchos, este último, No cumple con la modalidad

de Outsourcing y no hubo venta de Papelería y útiles de oficina Por ende no cumple con la experiencia.

RESPUESTA: No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

# OBSERVACIONES PRESENTADAS POR MONICA RAMOS ROBAYO/EDUARDO DÍAZ SANCHEZ PANAMERICANA OUTSOURCING S.A. TELEFONO: 2916900 EXT. 245 EMAIL: Mó[email protected] FECHA: 28/02/2012 04:35 p.m.

Según las exigencias del numeral 4.5.2 EXPERIENCIA MÍNIMA, los siguientes proponentes no cumplen con lo solicitado:

1. Red Comercializadora Méndez

Las certificaciones que aporta a folios 75 y 77 de Bocas del Toro y Distribuidora Eléctrica Unión respectivamente, no acreditan la ejecución de tintas y tóner e insumos para impresoras y fotocopiadoras, por lo tanto no pueden ser tenidas en cuenta en la correspondiente evaluación.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

2. Redox Colombia

Las certificaciones aportadas a folios 38 y 41 de la Corparación Autónoma Regional del Valle y Consejo Superior de la Judicatura respectivamente, son contratos de compraventa y no de suministro, de igual manera no acreditan haber ejecutado el servicio bajo la modalidad de proveeduría integral y/o outsourcing.

La certificación aportada en el folio 40 de la Fiscalía General, no se ejecutó bajo la modalidad de proveeduría integral y/o outsourcing.

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Por lo anterior, las certificaciones mencionadas no pueden ser tenidas en cuenta en la correspondiente evaluación.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

3. Comercializadora Vinarta

Las certificaciones aportadas a folios 33 y 34 de la Dirección de Abastecimiento de la Armada y Secretaría de Integración Social, no acreditan la ejecución de tintas y tóner e insumos para impresoras y fotocopiadoras, de igual manera no se ejecutaron bajo la modalidad de proveeduría integral y/o outsourcing.

La certificación aportada en el folio 35 de la Intendencia Local del Comando del Ejército, no acredita la ejecución de papelería, útiles y elementos de oficina, de igual manera no se ejecutó bajo la modalidad de proveeduría integral y/o outsourcing.

Por lo anterior, las certificaciones mencionadas no pueden ser tenidas en cuenta en la correspondiente evaluación.

RESPUESTA: No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

4. C.I. Colombia Cipe

La certificación aportada en el folio 55 del Idipron no acredita la ejecución de tintas y tóner e insumos para impresoras y fotocopiadoras, de igual manera no se ejecutó bajo la modalidad de proveeduría integral y/o outsourcing.

La certificación aportada en el folio 36 de Colmedica, menciona que cuenta actualmente con un convenio con Cipe, es decir es un contrato que no está totalmente ejecutado, de igual manera no estipula el valor total real ejecutado.

Por lo anterior, las certificaciones mencionadas no pueden ser tenidas en cuenta en la correspondiente evaluación.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación. Adicionalmente, la fecha de terminación, según la certificación que reposa a folio 56 es del 30 de diciembre de 2011.

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5. Oce Marketing

La certificación aportada en el folio 47 de la Fundación Telefónica no acredita la ejecución de tintas y tóner e insumos para impresoras y fotocopiadoras, de igual manera no se ejecutó bajo la modalidad de proveeduría integral y/o outsourcing.

Las certificaciones aportadas a folios 48 y 49 de Detalgraf, no se ejecutaron bajo la modalidad de proveeduría integral y/o outsourcing, así mismo por los plazos de ejecución se evidencia que fueron contratos de compraventa y no de suministro.

Por lo anterior, las certificaciones mencionadas no pueden ser tenidas en cuenta en la correspondiente evaluación.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación.

6. Comercializadora Serlecom

1. La certificación aportada en el folio 59 del Municipio de Cota, acredita también la ejecución de

elementos de aseo y cafetería, por lo tanto es necesario que se discrimine el valor ejecutado en las líneas que hacen parte del objeto del presente proceso, para determinar el valor real a tener en cuenta en la evaluación, de igual manera no se ejecutó bajo la modalidad de proveeduría integral y/o outsourcing, adicionalmente el contrato se inicio el 3 de noviembre de 2011 y el plazo de ejecución es de 7 meses, es decir se encuentra en ejecución y no está totalmente ejecutado.

RESPUESTA:

No es de recibo su solicitud. La certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones, pues el objeto del mismo es acorde con el objeto del proceso. Por lo tanto no procede la observación. De igual manera, de conformidad con la certificación que obra a folio 59 se acredita que el contrato fue ejecutado en su totalidad.

2. La certificación aportada en el folio 60 de la Gobernación de Boyacá, acredita que el contrato se

suscribió el 20 de mayo de 2006, y en el pliego se estipula que debían haberse suscrito dentro de los últimos cinco (5) años antes del cierre, es decir a partir del 15 de febrero de 2007.

RESPUESTA:

Revisada la fecha de inicio y terminación la certificación cumple con lo establecido en el numeral 4.5.2.

7. Papelería Cati

1. Las certificaciones aportadas a folios 37 y 38 de Tecnoquimicas, mencionan que Papelería Cati

es proveedor desde hace 17 años, es decir que el contrato fue suscrito con anterioridad a los últimos cinco (5) años antes del cierre y que aún sigue en ejecución, de igual manera menciona un valor aproximado para el 2010 y no el realmente ejecutado.

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RESPUESTA:

La certificación observada en el folio 37 no fue objeto de evaluación. La correspondiente al folio 38 cumple con los requerimientos del pliego de condiciones.

8. Unión Temporal Mundo Lagos

El proponente presenta cinco (05) certificaciones, superando el máximo solicitado, por lo tanto la Superintendencia debe evaluar sólo las tres primeras certificaciones presentadas, en aras de evaluar a todos los proponentes en igualdad de condiciones.

Las certificaciones aportadas en los folios 56, 57 y 58 de la Secretaría de Gobierno y Coldeportes respectivamente, no estipulan la fecha de terminación del contrato.

La certificación aportada en el folio 61 del Idipron no acredita la ejecución de tintas y tóner e insumos para impresoras y fotocopiadoras, de igual manera no se ejecutó bajo la modalidad de proveeduría integral y/o outsourcing.

Por lo anterior, las certificaciones mencionadas no pueden ser tenidas en cuenta en la correspondiente evaluación.

RESPUESTA:

La Superintendencia de Industria y Comercio evaluó las certificaciones aportadas, a folio 56 y 60, cumplen con lo exigido en el numeral 4.5.2 del pliego de condiciones. Por consiguiente, no se acepta su observación

(Original firmado) (Original firmado) LUIS ARMANDO ESTRADA JOAQUIN FERNANDO RUIZ GONZALEZ Coordinador Grupo de Trabajo Administrativo Coordinador Grupo de Trabajo Financiero Evaluador técnico Evaluador financiero (Original firmado) (Original firmado) SILVIA JULIANA RAMÍREZ ROSAS NELLY ESPERANZA CONTRERAS R. Coordinadora Grupo de Trabajo de Contratación Profesional Grupo de Trabajo Contratación Evaluadora Jurídica Evaluadora Jurídica