Condor Grandes Circuitos 2013

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Calidad y Garantía Orizonia

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ALEMANIA - AUSTRIA - BÉLGICA - BOSNIA - BULGARIA - CROACIA - ESLOVENIA - ESTONIA - fINLANdIA - fRANCIA - GRECIA - HOLANdA - HUNGRíA IRLANdA - ITALIA - LETONIA - LITUANIA - LUXEMBURGO - POLONIA - PORTUGAL - REINO UNIdO - REPÚBLICA CHECA - RUMANíA - SUIZA

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15

ITALIA (PENÍNSULA, SICILIA Y CERDEÑA) 18MEDITERRÁNEO Y PORTUGAL 55

EUROPA OCCIDENTAL 74REINO UNIDO - IRLANDA 114

IMPERIO AUSTRO-HÚNGARO 137CENTRO EUROPA 152

CIRCUITOS TEMÁTICOS 189CONDICIONES GENERALES 204

ÍNDICE

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INGLATERRA · GALES · ESCOCIA · IRLANDA DEL NORTE · IRLANDA

reino unido e irlanda

Tradición

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ALEMANIA · AUSTRIA · BULGARIA · HUNGRIA · POLONIA · RUMANIA · REPÚBLICA CHECA · SUIZA

Historia

centro europa

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Condiciones GeneralesMUY IMPORTANTE: Existe a disposición de los Sres. consumidores el preceptivo Contrato de Viaje Combinado, que deberá formalizar con la Agencia de Viajes detallista por cuya mediación contrate su viaje, y que pro-tege los derechos del consumidor. De la misma manera la Agencia detallista les deberá indicar de forma clara y por escrito todo cambio en la información del programa-oferta contenido en el programa-folleto que le hubieran co-municado antes de la celebración del contrato o las modificaciones que se produzcan posteriormente previo acuerdo entre las partes. Si por cualquier motivo no le fuera entregado tales documentos debidamente cumplimenta-dos, exíjaselos a la Agencia detallista.

POR FAVOR, RECLÁMELOS A SU AGENCIA

A efectos de las presentes condiciones generales, el folleto es el documento informativo al que estas se incorporan, siendo el programa u oferta la des-cripción del viaje combinado contenida en el folleto que constituye el objeto del contrato de viaje combinado.

ORGANIZACIÓN

1a) La organización de los viajes ofertados ha sido realizada por OPE-RADORES VACACIONALES, S.L.U., agencia de viajes con título licencia IC-39MM propietaria de la marca comercial CONDOR VACACIONES, con C.I.F. B38044921 y domicilio en 38312 La Orotava (Tenerife), c/ Molinos de Gofio s/n, Centro Comercial El Trompo local 10, en cuya dirección podrán dirigirse para cualquier gestión relacionad con los servicios ofertados o contratados.

También podrán solicitar información sobre los servicios ofertados o con-tratados a través del teléfono 902760655 o dirección de correo electrónico [email protected], y si quisieran interponer alguna queja o recla-mación lo podrán realizar además a través del teléfono 922368304 o en la dirección de correo electrónico atenció[email protected].

VIGENCIA

2a) Los viajes que se ofertan podrán ser contratados para las fechas que se indican correspondientes al año de edición del folleto. El organizador se re-serva la posibilidad de realizar cambios en la información de los programas u ofertas contenidos en el folleto, incluído el precio, antes de la celebración del contrato. Las variaciones que se produzcan y/o erratas que se detecten tras la publicación de este folleto aparecerán publicadas en la página web www. condorvacaciones. es propiedad del Organizador, la cual se actualizará regularmente y sin previo aviso.

CONTRATACIÓN DEL VIAJE

3a) Quien quiera contratar cualquiera de los viajes combinados ofertados de-berá realizar previamente una solicitud de reserva para un número de perso-nas igual al que vaya a ocupar la habitación, a través de alguna Agencia de Viajes detallista autorizada para ello. Tras recibir esa solicitud por medio de la Agencia detallista, la Agencia organizadora realizará las gestiones oportu-nas para obtener la confirmación de la reserva de los servicios que integren el viaje combinado, condicionada a la disponibilidad de plazas para las fechas solicitadas. Las personas con discapacidad o movilidad reducida para poder contratar un viaje precisarán contratarlo conjuntamente con otra persona que le acompañe capaz de facilitarle la asistencia necesaria.

4a) En el momento de la solicitud de la reserva el consumidor deberá entre-gar a cuenta una suma equivalente, al menos, del 40% del precio del viaje cuya reserva solicita, si en la misma se comprendiera transporte aéreo, o de un 25% en los demás casos, teniendo que expedir la agencia de viajes mino-rista el correspondiente recibo en el que se especifique además del importe anticipado por el consumidor el viaje combinado solicitado. Si se confirma la reserva, la suma entregada se imputará al precio del viaje y, en caso de no poder confirmarlos, las cantidades entregadas serán reembolsadas al consu-midor. Si el consumidor desistiera de su solicitud de reserva, se le reintegrará la suma entregada, deducidos, en su caso, los importes a los que se hace referencia en la cláusula 16a.

5a) Si el Organizador no puede ofrecer el viaje solicitado y ofrece al consu-midor la realización de un viaje análogo u otro distinto, salvo que se indique expresamente lo contrario, se entenderá que mantiene esa oferta durante 48 horas. Si el consumidor acepta la oferta dentro de ese plazo o del que expre-samente se haya establecido, la entrega a cuenta se aplicará al viaje ofrecido.

6a) Una vez confirmada la reserva por parte del Organizador, el consumidor deberá abonar el importe restante del viaje, en cuyo momento el detallista entregará al mismo los bonos de viaje o en su caso los títulos y demás do-cumentos necesarios, comprensivos de los servicios contratados. Dicho pago deberá efectuarse a más tardar siete días antes de la salida. En las reservas solicitadas y/o confirmadas dentro de los siete días antes de la salida, el usuario estará obligado a realizar el pago del resto del precio en el mismo momento en que los servicios le sean confirmados, contra la entrega de di-cha documentación, teniendo para ello la Organizadora un plazo de hasta 48 horas antes de la salida para poder confirmar los mismos.

7a) De no procederse al pago del precio total del viaje en las condiciones señaldas, se entenderá que el consumidor desiste del viaje solicitado, en cuyo caso será de aplicación lo establecido en la cláusula 4a) para el caso de desistir el consumidor.

PRECIOS Y REVISIÓN

8a) El precio de los viajes han sido calculados en base a los tipos de cambio, tarifas de transporte, costes de carburante y tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición del folleto, teniendo en cuenta que se ha aplicado los cambios de divisa de la moneda de cada país para el cálculo del precio de los servicios que en cada uno se oferten y el contravalor del dólar en relación al coste de carburante. Cualquier variación del precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio establecido en el contrato, tanto al alza como a la baja. No obstante una vez contratado el viaje no se revisará el precio en los veinte días anteriores a la fecha de salida.

9a) El precio final del viaje se establecerá de acuerdo con las fechas y lugares de salida que en cada caso se especifican, incrementados con suplementos, tasas y servicios opcionales, establecidos o que en su caso se establezcan, tanto por revisión del precio como por si fuera solicitado o contratado algún servicio no previsto y/o de clase superior.

PRESTACIONES DE LOS VIAJES

10a) Las prestaciones que incluye el viaje combinado que se contrate serán las que resulten de la información proporcionada en el folleto y programa, modificadas en su caso con los cambios en dicha información que se hu-

bieran comunicado al consumidor antes de la celebración del contrato, así como de las indicaciones relativas a tales informaciones que se hayan realizado al confirmar la reserva. Tras la formalización del contrato sólo se podrá modificar el mismo previo acuerdo con los consumidores o cuando la Organizadora realice algunos cambios que sean necesarios para el buen fin del viaje combinado y no sean significativos, además de los casos previstos por la normativa que sea de aplicación.

11a) Los servicios que en cada caso figuren en el programa u oferta se en-cuentran sometidos a las siguientes características:

a) Los circuitos se realizarán de forma colectiva o en grupo no requerirán ningún mínimo de participantes cuando en la oferta figure la salida como 100% garantizada sin especificar ningún número mínimo de personas. En el supuesto que en la oferta no figure ningún tipo de indicación, para que las salidas se encuentren garantizadas se requerirá un mínimo de 25 per-sonas, salvo que en la oferta se exprese un número diferente. Las salidas no garantizadas al 100% podrán ser canceladas por el Organizador avisando previamente con un mínimo de 10 días de antelación.

b) El transporte terrestre incluido en los viajes colectivos se realizará durante el circuito normalmente en autocar con otras personas que pueden alojarse en diferentes hoteles. En el autocar no existirá una asignación de plazas, las cuáles, salvo acuerdo entre los consumidores que realicen el viaje, serán ocupadas de forma rotativa. Los autocares no están adaptados para per-sonas con movilidad reducida, dadas las pocas empresas que tienen tales autocares.

c) El transporte aéreo podrá ser en línea regular o en vuelos especiales (charter) según se especifique en el correspondiente programa-oferta, o en la confirmación de los servicios.

El precio de los viajes que se oferta en los que se incluye transporte aéreo en línea regular se ha establecido para ser contratados realizando la ida y vuelta con la misma cía aérea (salvo que en el programa se especifique algo distinto) y con reserva de la plaza del vuelo o vuelos en la clase “base” que las cías aéreas tienen para los tour operadores, que figura en las páginas iniciales de este Folleto, las cuales son plazas limitadas por las compañías aéreas en clase turista para su venta por los Organizadores de viajes combinados, con tarifas reducidas que se encuentran sometidas a condiciones especiales de contra-tación, con restricciones que no admiten reembolsos, cambios de reserva ni posibilidad de endoso de billetes. Si al solicitar la reserva no existieran plazas en dicha clase se podrá facilitar con abono de un suplemento extra las plazas en otra clase de mayor tarifa o con otra compañía diferente de la ofertada. Los trayectos en avión podrán realizarse tanto en vuelos directos, con o sin escalas, como en vuelos no directos realizando conexión con otros vuelos en diferentes aeropuertos, con hora de salida durante todo el día atendiendo al horario de las distintas compañías. Los servicios ofertados en los días que incluyan transporte de avión sólo se encontrarán incluídos cuando lo permi-tan las horas de salida y llegada de los vuelos que se confirmen o en el caso de los viajes colectivos que tengan programado tras la llegada al aeropuerto de destino el transporte a otra ciudad diferente de donde se encuentre el aeropuerto o viceversa, la existencia de un tiempo de espera, en función de la hora de llegada de los vuelos en que viajen otros consumidores que realicen la misma ruta, todo lo cual determinará a su vez la disponibilidad o no de tiempo libre. Es habitual que las compañías aéreas hayan suscrito convenios con otras compañías aéreas para operar conjuntamente un vuelo, por lo que el avión en que se viaje podrá ser de otra compañía aérea distinta de la del vuelo que se confirme.

d) El alojamiento en los circuitos se realizará en establecimientos de la categoría y características indicada en cada producto. Como quiera que la venta del viaje se realiza plaza a plaza y pueden ser solicitados en muy distintas fechas, se oferta la posibilidad de proporcionar el alojamiento indistintamente en diferentes establecimientos relacionados por el tipo de producto, los cuáles, en beneficio del consumidor, para evitar pérdidas innecesarias de tiempo, podrán ser sustituidos por el organizador por otros de similar categoría y zona de los que se indica, en aquellos supuestos que se hubiera solicitado la reserva en el intervalo de los veinte días anteriores a la fecha de salida del circuito adquirido, asi como en las ciudades y fechas en que no se garantiza el alojamiento, que constan en el apartado ACON-TECIMIENTOS ESPECIALES en la página índice de cada zona, en las que se proporciona información importante.

En viajes individuales el alojamiento se proporcionará en el establecimiento que figure en el contrato o en la documentación que se entregue al consumi-dor en el momento de suscribirlo.

El alojamiento en habitación doble será proporcionado en habitaciones do-bles de tipo convencional o de tipo combi en la zona de Escandinavia, en donde se proporcionará el alojamiento indistintamente en cualquiera de los dos tipos de habitación. La mayoría de los establecimientos de alojamiento no disponen de habitaciones para tres o cuatro camas, por lo que las habi-taciones triples y cuádruples son generalmente dobles con cama supletoria, que pueden ser de tipo turco, plegable, o en sofás-camas, motivo por el que se establece, para quienes opten por contratar conjuntamente ese tipo de habitaciones, un descuento o precio especial reducido, de forma que no se responderá por tales circunstancias si se solicitara contratar el alojamiento en habitaciones de tres o cuatro camas. Las habitaciones no suelen tener camas de matrimonio por lo que no se podrán confirmar reservas en tal sentido, de cuya disponibilidad solo podrá informar el establecimiento de alojamiento en el momento de la entrega de las llaves de la habitación.

El horario de ocupación de las habitaciones depende de las normas o cos-tumbres establecidas en cada país. Por lo general la habitación puede ocu-parse a partir de las 14. 00 h. del día de llegada y se deben desalojar antes de las 12. 00 h. del día de la salida, con independencia de la hora en que esté prevista la llegada al hotel, la hora en que esté prevista la continuación del viaje o el horario de salida del vuelo de regreso.

El servicio de alojamiento implicará que la habitación esté disponible en la noche correspondiente, entendiéndose prestado con independencia de que, por circunstancias propias del viaje combinado, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde de lo inicialmente previsto.

e) Las comidas que figuran incluidas en cada itinerario (MP) o (PC) se pro-porcionarán en establecimientos iguales o de distinto tipo, categoría y/o ubi-cación a los que se pernocta, siendo iguales para todos los tipos de productos. Por regla general y salvo que se indique de otro modo los desayunos serán de tipo continental y las comidas generalmente consistirán en un menú pre-fijado con platos sencillos, sin que en ningún caso incluyan bebidas ni dietas especiales (tampoco en el Producto Todo Incluido).

f) Los traslados aeropuerto-hotel-aeropuerto, incluso en los viajes individua-les, se proporcionaran de forma colectiva en el mismo medio de transporte para los consumidores que viajen con el organizador en el mismo vuelo o en otros vuelos que no difieran su hora de llegada en más de sesenta minutos, aunque se encuentren alojados en diferentes hoteles, por lo que atendiendo a ello, podrá existir un tiempo de espera que podrá variar en más o menos en función de circunstancias que afecten a los consumidores objeto de tras-lado, habitualmente por pérdidas de equipajes, hasta reunir a todos ellos para proporcionarles el traslado que en cada caso corresponda. En función del número de pasajeros el traslado también se podrá proporcionar en taxi.

Si algún pasajero se viera afectado a la llegada de su vuelo por cualquier circunstancia que fuera a retrasar su salida de la zona de acceso restringido del aeropuerto, los afectados, mientras realizan la gestión que corresponda, deberán advertir inmediatamente de dicha circunstancia, a través de alguno de ellos, al transferista, quien espera a la salida de la zona restringida, para así evitar que quien fuera a realizar el traslado tras un tiempo prudencial de espera pueda irse sin los afectados. En caso de imposibilidad de realizar dicha comunicación se deberá contactar con el Servicio de Atención al Cliente 24 horas.

g) Los cruceros se proporcionarán normalmente en ferrys, y si se incluye alo-jamiento en los mismos, este se proporcionará en camarotes interiores, salvo que en la oferta se especifique algo diferente.

h) El equipaje estará limitado, salvo acuerdo en contrario, en 15 kilos por persona. El equipaje y demás objetos personales que el viajero lleve consigo y conserve bajo su custodia son de su exclusiva cuenta y riesgo ante los daños o pérdidas que pudiesen sufrir durante el viaje. Será por cuenta del viajero cualquier tipo de manipulación de carga y descarga del equipaje, salvo en aquellos supuestos en que se encuentre incluido servicio de maleteros, que será prestado únicamente a la entrada y salida de los hoteles, en cuyo caso es aconsejable que los usuarios estén presentes en todas las manipulaciones de carga y descarga y manejos de sus equipajes. En el supuesto de sufrir el equipaje algún daño o extravío el consumidor deberá de presentar, en el acto, la oportuna reclamación al prestador del servicio.

i) Otros servicios: los que figuren incluidos en el programa con sus modifi-caciones, incluidas las que se deriven del horario de los vuelos que se con-firmen. En concreto, en los vuelos cuya hora de llegada al punto de destino se realice después de las 13:00 horas, se proporcionará el traslado cuando esté incluido tras lo cual el siguiente servicio será el alojamiento aunque en la oferta incluyera otros servicios, si bien, en el caso de que el vuelo llegue al destino antes de las 20:00 horas también se proporcionará la cena en el supuesto de que estuviera incluida en la oferta.

j) Los precios de los viajes se han calculado en base a tarifas especiales y/o de grupo para todos y cada uno de los servicios que comprenden, estando sometidos todos los servicios a condiciones económicas especiales de con-tratación.

EXCLUSIONES

12a) En el precio del viaje combinado no se incluye visados, tasas de aero-puerto, y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, toda clase de servicios extras tales como cafés, vinos, licores, aguas minerales, u otro tipo de bebidas -ni siquiera en el Producto Todo Incluido ni en los supuestos de pensión completa o media pensión-, regímenes alimenticios especiales en hoteles y restaurantes, lavado y planchado de ropa, maleteros, minibar, teléfono, ni ningún servicio de hotel opcional; tampoco entradas a museos, centros turísticos o espectáculos públicos; ni, en general, cualquier servicio que no conste específicamente detallado en el programa oferta, en el con-trato o en la documentación que se entregue al consumidor al suscribirlo. Es habitual que los hoteles soliciten tarjeta de crédito o fianza para poder hacer uso de determinados servicios, como teléfono, minibar, etc.

13a) Las visitas que figuran en el programa como opcionales no se encuen-tran incluidas en el precio y no forman parte del contrato de viaje combinado. Su publicación en el folleto tiene mero carácter orientativo, y requerirán un mínimo de 20 personas para su realización, debiendo ser solicitadas previa-mente por quién se encuentre interesado en su realización, no garantizándo-se hasta el momento de su contratación la posible realización de las mismas.

ASISTENCIA DURANTE EL VIAJE

14a) El Organizador pone a disposición de los consumidores durante el viaje el teléfono 971 070 549, de asistencia las 24 horas todos los días, para uso exclusivo en caso de dificultades durante el desarrollo del viaje. Deberá mar-car el prefijo 34, correspondiente a España, si se llama desde el extranjero. En los paises europeos se ha de marcar previamente 00 para realizar una llamada internacional.

15a) Salvo indicación en contrario en la oferta del viaje, en aquellos viajes que sean realizados con un mínimo de 20 personas el Organizador se obli-ga a proporcionar la asistencia de un guía-acompañante durante el viaje, excepto el primer y último día del itinerario, días intermedios que incluyan transporte aéreo o días extras. Dicha asistencia podrá ser proporcionada por el organizador facultativamente cuando no se cumplan tales requisitos.

ANULACIONES

16a) En todo momento, el consumidor o usuario podrá desistir de los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abonado, pero deberá indemnizar al Organizador en las cuan-tías que a continuación se indican.

- Gastos de gestión consistentes en 30 € si la cancelación se produce entre las 72horas y los 7 días posteriores a la realización de la reserva y 60 € si se produce con más de 7 días. (importe por reserva).

- Gastos de anulación, si se han producido.

- Una penalización consistente en el 5% del total de la reserva si el desisti-miento se produce con más de diez y menos de quince días de antelación a la fecha del comienzo del viaje; el 15% entre los días tres y diez, y el 25% dentro de las cuarenta y ocho horas anteriores a la salida.

Para todos los cómputos de plazos los días se entienden naturales.

De no presentarse a la hora prevista para la salida no tendrá derecho a de-volución alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo entre las partes en otro sentido.

Respecto a los servicios aéreos y debido a las condiciones económicas espe-ciales de contratación, tanto por las tarifas especiales de los aviones de línea

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regular, como flete de aviones en el caso de los vuelos especiales o charter, los gastos de anulación en todo caso comprenderán, al menos, el importe de los billetes aéreos, aunque en ningún caso serán cobrados por tales billetes importes superiores a 300 euros por trayecto para las salidas desde Madrid, incrementados o disminuidos por los suplementos aéreos y suplementos o descuentos establecidos para las salidas desde otras ciudades, según la ciu-dad de salida que haya sido solicitada o contratada.

Debido a las condiciones especiales de contratación, también podrá originar gastos de anulación el servicio de alojamiento cuando se desista con menos de diez días de antelación a la fecha de salida del viaje. No obstante, en el caso de los servicios en Groenlandia, Islandia y programación de invierno o nieve en la Laponia (puente de diciembre, navidad, fin de año en Rovaniemi u otros a dicho destino), se generarán gastos de anulación por el 100% del importe de dichos servicios si la anulación se produce con menos de 35 días antes de la salida.

Se tendrá que abonar el 100% del importe de los visados que se tramiten a través de la Organizadora una vez hayan sido solicitados, aunque el usuario con independencia del motivo no los utilizara.

Si el desistimiento del viaje fuera parcial por no afectar a todos los consumi-dores para los que se hubiera contratado, ello supondrá la modificación del contrato con pérdida de los descuentos o precios que se les hubiera aplicado por razón de compartir habitación y aplicación del precio según el tipo de habitación que se fuera a utilizar tras el desistimiento.

17a) En el supuesto que el usuario desista por causa de fuerza mayor se de-berá justificar la causa aducida de forma fehaciente en un plazo máximo de 72 hrs. siempre que sea posible. Dicha justificación fehaciente, en caso de enfermedad grave del usuario que vaya a realizar el viaje deberá ser acreditada con original de certificado mé-dico oficial, expedido por el médico de la Seguridad Social que tenga adscrito el enfermo, en el que conste el diagnóstico, la fecha de la primera asistencia, si es o no de naturaleza crónica, si la enfermedad impide realizar el viaje y cuantos datos sean precisos, además de adjuntar en su caso certificado de ingreso o asistencia en hospitales o centros médicos de urgencia; todo ello sin perjuicio de que pueda ser solicitado cuantos otros documentos se consi-deren precisos según las circunstancias.

18a) En el supuesto de que por aumentar los precios en aplicación de las cláusula 8a de estas Condiciones Generales, la repercusión supere el 15% del precio establecido, el cliente podrá desistir del viaje con derecho al reem-bolso de sus pagos, con excepción de los gastos de gestión y anulación, si los hubiera.

CESIÓN DE LA RESERVA

19a) El consumidor podrá ceder su reserva en el viaje combinado a una per-sona que reúna todas las condiciones requeridas para el mismo, solicitándo-lo con una antelación mínima de 15 días a la fecha de inicio del viaje, salvo que las partes pacten un plazo menor en el contrato. La persona que ceda su reserva y el cesionario responderán solidariamente del pago del resto del precio, así como de los gastos adicionales justificados que pudiera haber causado la cesión.

ALTERACIONES

20a) La Agencia Organizadora facilitará a sus clientes la totalidad de los servi-cios contratados con las condiciones y características estipuladas, procedien-do, en caso de que se produzcan alteraciones, de acuerdo con los siguientes extremos:

a) En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el Organizador se viera obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato, se pondrá en conocimiento del consumidor a través del Detallista. Se considerará que los cambios son significativos si impiden la realización de los fines de éste, según sus características generales o especiales. En tal supuesto, el consumidor podrá optar entre resolver el contrato sin penaliza-ción alguna o aceptar la modificación del contrato en la que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte al Detallista o en su caso al Organizador, dentro de los tres días siguientes de ser notificado de la modificación. En el supuesto de que el consumidor no comunique su decisión, se entenderá que opta por la resolución del contrato.

b) Si el consumidor opta por resolver el contrato tendrá derecho al reembolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de calidad equivalente o superior, siempre que el Organizador pueda proponérselo. Si el viaje ofrecido fuera de calidad infe-rior, el Organizador o el Detallista deberá reembolsar al consumidor cuando proceda en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio con arreglo al contrato. En los anteriores supuestos, el Organizador o el Detallista serán responsables del pago al consumidor de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento de contrato, que será del 5% del precio total del viaje contra-tado si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y quince días inmediatamente anteriores a la fecha prevista de realización del viaje; el diez por ciento si se produce entre los quince días y tres días anteriores y el 25% si el incumplimiento se produce en las 48 horas anteriores. No existirá obligación de indemnizar cuando la cancelación se deba a que el número de personas inscrito sea inferior al exigido y así se comunique por escrito en la fecha fijada a tal fin en el contrato o cuando la cancelación del viaje, excepto en supuestos de excesos de reserva, se deba a motivos de fuer-za mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles, cuyas circunstancias no habrían podido evitarse a pesar de actuar con la diligencia debida.

c) En el caso de que después de la salida del viaje, el Organizador no sumi-nistre o compruebe que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato, adoptará las soluciones adecuadas para la continuación del viaje organizado, sin suplemento alguno de precio para el consumidor y, en su caso, abonará a este ultimo el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas. Si las soluciones adop-tadas por el organizador fueran inviables o el consumidor no las aceptase por motivos razonables, se facilitará a éste sin suplemento en el precio el regreso al lugar de salida en un medio de transporte equivalente al utilizado en el viaje o cualquier otro que ambos hayan convenido, sin perjuicio de la indemnización que en su caso proceda.

d) En ningún caso todo aquello no incluido en el contrato de viaje combina-do, tales como billetes de transporte desde el lugar de origen del pasajero al

lugar de salida, o viceversa, reservas de hotel en días previos o posteriores al viaje, serán responsabilidad del organizador, no existiendo obligación de indemnizar por esos posibles gastos de servicios si el viaje se cancela por las causas previstas en el último párrafo del apartado b) de esta cláusula.

e) Si los traslados/asistencia del hotel-aeropuerto o viceversa u otros simi-lares no se cumplieran, fundamentalmente por causas ajenas al transferista y no imputables al organizador, éste reembolsará el importe de transporte alternativo utilizado por el cliente en el desplazamiento, previa presentación del recibo o factura correspondiente.

DEBER DE COLABORACIÓN DEL CONSUMIDOR EN EL DESARROLLO DEL VIAJE

21a) El consumidor deberá atenerse a las indicaciones que le facilite la Agen-cia para la adecuada ejecución del viaje, así como a las reglamentaciones que son de general aplicación a los usuarios de los servicios comprendidos en el viaje combinado. En particular, en los viajes en grupo guardará el debi-do respeto a los demás participantes y observará una conducta que no per-judique el normal desarrollo del viaje. La infracción grave de estos deberes faculta a la agencia para resolver el contrato de viaje combinado. En este caso, si el contrato incluye el viaje de regreso, la Agencia proporcionará al consumidor un medio de transporte equivalente al contratado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan conveni-do. La Agencia tendrá derecho además a la indemnización que proceda por los daños imputables a la conducta del consumidor.

22a) Cuando el consumidor compruebe durante la realización del viaje que existe algún defecto o se produce la falta de prestación de algún servicio contratado, deberá comunicarlo en el mismo lugar y lo antes posible al Or-ganizador, al detallista y, en su caso, al prestador del servicio de que se trate. La comunicación se deberá llevar a cabo por escrito o en cualquier otra forma en que quede constancia. Tras recibir la comunicación, el Organizador o el detallista deberán obrar con diligencia para hallar las soluciones adecuadas.

23a) En todo caso, el consumidor está obligado a tomar las medidas ade-cuadas y razonables para intentar reducir los daños que puedan derivarse de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato o para evitar que se agraven. Los daños que deriven de no haber adoptado dichas medidas serán de cuenta del consumidor. En caso de que se produzca algún daño, y muy particularmente en el supuesto de accidente de uno de los medios de trans-porte del viaje, el consumidor también deberá de presentar, cualquiera sea el pais en que se produzca, la correspondiente reclamación contra la entidad transportista y/o que hubiera producido el daño, a fin de salvaguardar en su caso la indemnización del seguro de la misma.

RESPONSABILIDAD

24a) La Agencia de Viajes Organizadora y la detallista vendedora responde-rán frente al consumidor en función de las obligaciones que le correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cum-plimiento de las obligaciones derivadas del contrato así como de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato.

El resarcimiento de los daños que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje combinado, quedará limi-tado con arreglo a lo previsto en los convenios internacionales reguladores de dichas prestaciones, o con los límites fijados por las disposiciones de la Unión Europea o las establecidas en el ámbito interno español, todo ello según la normativa que sea de aplicación.

Cuando las prestaciones del viaje combinado no esten sujetas a limitación de responsabilidad por convenios internacionales, disposiciones de la Unión Europea o normativa interna española, las indemnizaciones quedarán limi-tadas por todos los conceptos hasta como máximo el doble del precio del viaje, incluidos los daños morales no derivados de un daño corporal y los reembolsos que deban realizarse. No regirá las limitación establecida en este apartado si la agencia o los prestadores de servicios han provocado intencio-nalmente los daños o han actuado de modo temerario a sabiendas de que probablemente se producirían.

25a) Las responsabilidades por daños cesarán cuando concurran alguna de las circunstancias siguientes: Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor; que dichos defectos sean im-putables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable; que se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida; o que se deban a un acontecimiento que el Detallista o el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia debida, no podía prever ni superar.

No obstante, en el supuesto de exclusión de responsabilidad por darse al-guna de dichas circunstancias, excepto cuando los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor, el organizador y el detallista que sean parte en el contrato estarán obligados a prestar la necesa-ria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.

26a) La Agencia de Viajes detallista por cuya mediación se solicite el viaje deberá de tramitar la correspondiente solicitud de servicios del consumidor, formular por escrito el contrato de viaje combinado con el mismo, comunicar a éste por escrito cualquier cambio en la información ofertada o contratada, y cobrar a los consumidores, en nombre de OPERADORES VACACIONALES S. L. U. , tanto la entrega a cuenta como el precio total de los servicios, que serán retenidos por el detallista hasta su entrega al Organizador, lo cual se deberá realizar, salvo acuerdo en otro sentido, dentro del siguiente día hábil en que hayan sido cobrados al cliente y consumidor y, como máximo, en las reservas fuera de plazo o de última hora, el mismo día en que los servicios hayan sido confirmados. Todos los reemboslos que sean procedentes se realizarán a través de la Agencia de Viajes detallista por cuya mediación se solicite y/o contrata el viaje.

Asimismo el consumidor deberá recibir de la Agencia detallista con tiempo suficiente la información pertinente sobre la documentación específica ne-cesaria para el viaje elegido, así como asesoramiento sobre la suscripción facultativa de un seguro que le cubra de los gastos de cancelación, y/o de un seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de ac-cidente, enfermedad o fallecimiento; e información de los riesgos probables implícitos al destino y al viaje contratado.

27a) El abandono o separación de un viajero del grupo durante el viaje por causas no imputables a la Agencia Organizadora supondrá la pérdida de

todo derecho o de cualquier tipo de indemnización. Iniciado el viaje no se realizarán reembolsos por servicios no utilizados voluntariamente por el via-jero, salvo en casos de fuerza mayor, en cuyo supuesto se reembolsarán los servicios no facturados por los proveedores.

28a) Las acciones derivadas de los derechos que emanan del contrato prescri-birán por el transcurso de dos años.

DOCUMENTACIÓN

29ª) Todos los consumidores sin excepción, incluidos menores de edad, de-berán llevar su documentación personal y familiar correspondiente en regla, sea el DNI como pasaporte en aquellos paises que resulten preceptivo y en su caso visados, certificados de vacunación, etc. , que serán por cuenta de los consumidores. Importante resaltar que algunos paises exigen que los pasa-portes tengan una validez de hasta 9 meses a partir de la fecha de entrada. La Agencia detallista, en su ámbito de gestión, informará de los requisitos necesarios que se exijan a los ciudadanos de la Unión Europea. Caso de ser rechazada por alguna autoridad la concesión de visados o sea denegada su entrada en el país por carecer de alguno de los requisitos que se exijan, la Agencia Organizadora declina toda responsabilidad por estos hechos, siendo por cuenta del viajero cualquier gasto que originen, aplicándose en estos casos las condiciones establecidas para anulación o desistimiento voluntario del servicio, por lo que los consumidores deberán previamente de cumplir todas las normas y requisitos aplicables para poder entrar en todos los paises que se visite.

Los menores de edad que viajen solos al extranjero, si el país permite la en-trada con DNI, y el menor que viaja solo hace uso de él, deberá llevar una autorización del padre o la madre (o del tutor), y si viaja con éstos, acredita-ción de la relación de parentesco. La autorización, entre otros, se obtiene en cualquier Comisaría de Policía o puesto de la Guardia Civil. Si los menores no tienen DNI, o si éste no es un documento válido para entrar en el país, deberán ser titulares, en todo caso, de un pasaporte. Los menores de edad, siempre que sean titulares de un pasaporte individual, no precisan de auto-rización. El libro de familia en ningún caso es documento válido pr si solo para entrar en un país.

PRESENTACIÓN A LA SALIDA

30a) Para evitar cualquier tipo de incidente, se recomienda que los señores clientes que utilicen un circuito terrestre se presenten en la Terminal o punto de salida con suficiente antelación. En los circuitos en que se utilice un medio aéreo, el viajero deberá estar en el aeropuerto correspondiente 2 horas antes de las salida del vuelo, a fin de que previa presentación del billete, o datos necesarios en caso de billetes electrónicos, le sea entregada la tarjeta de em-barque, sin que se entienda hasta ese momento que la compañía aérea le haya aceptado como pasajero y tenga plaza en el avión, aún teniendo billete válido y confirmada la reserva.

Está a su disposición la fe de erratas del presente folleto en www. condorvacaciones. es

Lugar y Fecha de Edición: Tenerife, enero de 2013

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