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Condiciones Generales / Alfa Medical AC 1

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Condiciones Generales / Alfa Medical AC 1

Condiciones Generales

Alfa MedicalJulio 2015

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¿Sabías que?• Méxicocortamediomillóndeárbolesdiariamenteparaobtenerlapulpavirgenqueseutilizaparalaproduccióndepapel.

• Laproduccióndepapelrecicladoconsumeel90%menosdeaguayel50%menosdeelectricidad.

• Unárboltardaentre10y15añosparaserlosuficientementegrandecomoparapodertalarloyconvertirloenpapel.

• Senecesitan15árbolesparahacermediacajadepapel.

• Porcadatoneladadepapelrecicladoevitaríamoslatalade17árboles.

• ¿Sabíasqueunárbolabsorbeelhumode100coches? • Sisereciclaralamitaddepapelusadoenelplaneta,sesalvarían8millonesdehectáreasdebosquealaño,seevitaríael73%delacontaminaciónyseahorraríaun60%deenergíaeléctrica.

Lo hacemos porque podemos ayudar…

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Índice

I. Definiciones 6

II. GastosMédicosAmparados 10

III. CoberturasBásicas 12

1. Maternidad 12

2. Circuncisión 14

3. PadecimientosCongénitosparaNacidosfueradeVigencia 14

4. NarizySenosParanasales 14

5. TratamientosDentalesporAccidentesAmparados 15

6. Hernias 15

7. DeportesoActividadesPeligrosas 15

8. ServiciosdeAsistenciadeAmbulanciaTerrestreyAérea 15

9. ServiciosdeAsistenciaAlfaMedical 16

10.ProtecciónPatrimonial 16

IV. PadecimientosconPeriododeEspera 17

V. ExclusionesGenerales 18

VI. CoberturasOpcionales 20

1. ExtensióndeCoberturaenelExtranjero 20

2. CoberturadeVIH 21

3. CoberturadeProtecciónporFallecimiento 21

4. CoberturadeAsistenciaenelExtranjero 22

5. CoberturadeEnfermedadesCatastróficasenelExtranjero 23

6. CoberturadeEliminacióndeDeducibleporAccidente 25

7. CoberturadeEstudiantesyTrabajadoresTemporalesenelExtranjero 25

8. CoberturaAlfaMedicalCashporDiagnóstico 26

VII.BasesparaDeterminarlaIndemnización 32

VIII.CláusulasGenerales 35

IX.Procedimientosparaelusodetupóliza

X.CatálogodeHonorariosMédicosy/oQuirúrgicos

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Estimado asegurado:

Te damos una cordial bienvenida a nuestro grupo de asegurados y te agradecemos el permitirnos ser La Compañía de tu Vida®.

A partir de este momento, ya cuentas con la mejor protección para lo más valioso de tuvida: la salud. Alfa Medical es el Seguro de Gastos Médicos Mayores que, respaldado por la experiencia de Seguros Monterrey New York Life, te ofrece la tranquilidad de saber que estás preparado para afrontar económicamente un posible accidente o enfermedad.

A continuación encontrarás todos los detalles acerca de tu Seguro de Gastos Medicos Mayores Individual. Te pedimos que leas cuidadosamente estas condiciones generales para que estés informado sobre todo lo que cubre tu póliza, así como las exclusiones que tiene cada cobertura. Además, en la sección de “Procedimientos para el uso de tu póliza” podrás conocer los pasos a seguir para hacer uso de la póliza en el momento en el que la necesites.

Con el objetivo de proporcionarte información clara y oportuna, al principio del documento encontrarás un glosario con la definición de todos los términos que forman este contrato. Sin embargo, estamos a tus órdenes para aclarar cualquier duda en el 01 800 906 2100. Llámanos, con gusto te atenderemos.

Con tu Seguro de Gastos Medicos Mayores Individual tendrás acceso a toda una gama de servicios médicos de alta calidad de acuerdo con el plan contratado, que te respaldarán en el momento en el que los necesites. A través de nuestro call center podrás resolver cualquier duda en cualquier momento 01 800 906 2100. Adicionalmente, cuenta con módulos de atención en los principales hospitales del país.

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Porque tu salud es cosa seria, tú ya cuentas con la protección médica que necesitas.

Atentamente,

Seguros Monterrey New York LifeLa compañía de tu Vida

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OBJETODELSEGUROAtravésdelSegurodeGastosMédicosMayoresAlfaMedical, la InstituciónAseguradorasecomprometeacubrir losgastosmédicosnecesariosocasionadosporunaccidente,enfermedad,partoocesáreaamparadosporestapóliza,queseanerogadosdentrodelterritorioqueseestipulaenlacarátuladelapóliza.LosgastosacargodelaInstituciónAseguradorasedescribenalolargodeestasCondicionesGenerales.

El Asegurado deberá participar con el Deducible yel Coaseguro aplicables, los cuales se encuentranestipuladosenlacarátuladelapóliza.

I. DefinicionesParalainterpretaciónycumplimientodeesteContratolaspartesadoptanlassiguientesdefiniciones:

INTEGRANTESDELAPÓLIZA

AseguradoPersona física residente en territorio de laRepúblicaMexicana,aquiencorrespondelaobligacióndepagarlosgastosocasionadosporlaatenciónmédicadesusDependientesydesupropiapersona,encuyaprevisiónycoberturaseexpidelapresentepóliza.

ContratantePersonafísicaomoralcuyasolicitudsirvedebaseparalaexpedicióndeestapóliza,yaquiencorrespondelaobligacióndepagarlasprimasestipuladasenella.

DependientesCualquierpersonarespectodelaqueelAseguradoseencuentreobligadoapagarlosgastosocasionadosporsuatenciónmédica,siempreycuandosunombrefigureenlacarátuladelapólizayqueresidanpermanentementeenlaRepúblicaMexicana.

Institución AseguradoraSeguros Monterrey New York Life.

PROPIASDELACOBERTURA

Accidente AmparadoTodoacontecimientoprovenientedeunacausaexterna,súbita, fortuita y violenta, que produzca la muerte oenfermedadesamparadasalaseguradooacualquiera

desusDependientespreviamentedadosdealtaenestapóliza,siempreycuandoéstaseencuentreenvigoryse trate de un acontecimiento que no esté excluidoexpresamenteenella.

Losaccidentesqueseproduzcancomoconsecuenciainmediataydirectadelosseñaladosenelpárrafoanteriorodesutratamientoomanejoquirúrgico,asícomolasrecurrenciasorecaídas,complicacionesysecuelas,seconsideraráncomoelmismoaccidenteamparadoquelesdioorigen.

En caso de que el primer gasto se realice con posterioridad a los 30 días de ocurrido el accidente dicho acontecimiento no se considerará como un Accidente Amparado sino como una enfermedad.

AnestesiólogoMédicoespecializadoenlapreparaciónysuministrodelaanestesia.

Base de Honorarios Médicos y QuirúrgicosEsunacantidadfijaquesirvecomobaseparaestablecer,enconjuntoconelCatálogodeHonorariosMédicosyQuirúrgicos,elmontomáximoquepagarálaInstituciónAseguradoraporcadaaccidentey/oenfermedadcubiertos,porconceptodehonorariosmédicos.

Catálogo de Honorarios Médicos y QuirúrgicosEslatablaquecontienelosprocedimientosmédicosyquirúrgicos,asícomoelvalorporcentualasociadoacadaunodeellos,establecidosporlaInstituciónAseguradora.

ElCatálogodeHonorariosesdescriptivomásnolimitativo,porloquesinoseencuentraunpadecimientoespecialodeterminado,elAseguradopodrásolicitaralaInstituciónAseguradoraque leproporcioneelporcentajequeseaplicará, siempre y cuando este padecimiento no seencuentreexpresamenteexcluido.

Eliminación o Reducción de Periodos de EsperaCuandoelAseguradohayatenidounapólizasimilardegastosmédicosmayoresconalgunaotraAseguradora,laInstituciónAseguradorapodráeliminaroreducirperiodosdeespera,medianteunendoso.

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Enfermedad Amparada o Padecimiento AmparadoTodaalteraciónenlasalud,diagnosticadaporunmédicolegalmenteautorizado,quesufraelAseguradoocualquieradesusDependientespreviamentedadosdealtaenestapóliza,siempreycuandoéstaseencuentreenvigorysetratedeunaalteraciónquehayacumplidoconlosperiodosdeesperayquenoestéexcluidaexpresamenteenella.

Lasenfermedadesqueseproduzcancomoconsecuenciainmediataydirectadelasseñaladasenelpárrafoanteriorodesutratamientoomanejoquirúrgico,asícomolasrecurrenciasorecaídas,complicacionesysecuelas,seconsideraráncomolamismaenfermedadamparadaquelesdioorigen.

Enfermedad TerminalLa que, conforme a la opinión del médico tratante,corroborada por una segunda valoración médica,sea incurable ymortal, siemprequeel pronósticodesobrevivencia del paciente, hecho por los mismosfacultativos,seamenordeunaño.

EnfermeraPersonaqueestá legalmenteautorizadaparaejercerlaprofesióndeenfermeríayqueasistealAseguradoo Dependiente en la atención de una Enfermedad oAccidenteamparados.

Gastos Médicos AmparadosSecubrenlosinsumosmédicosdecualquierespecie,servicioshospitalarios,honorariosprofesionales(médicos,anestesiólogos,terapeutasyenfermeras)yotrotipodegastos,talescomomedicamentos,estudioseinsumosde laboratorio y gabinete, que sean necesarios eindispensablesparaelestablecimientodeldiagnósticoyeltratamientodeenfermedades,accidentesymaternidadamparadosyqueseanprescritosporunmédicoconbasealasnormasyprotocolosmédicosestablecidosporlasautoridadessanitarias,loscolegiosmédicosoinstitucionesacadémicas.

Gasto Usual, Razonable y AcostumbradoEselvalormonetariodelosbienesyserviciosmateriadeesteContrato,diferentesaloshonorariosmédicospor servicios profesionales, que son establecidosconvencionalmenteatravésdelistasdepreciosporlosproveedoresdeservicios, insumosyequiposmédicos

debidamenteregistradosantelasautoridadescompetentesparaejercerestetipodeactividadcomercial.

HospitalInstituciónlegalmenteautorizadaparalaatenciónmédicayquirúrgicadepacientes.

ParafinesdeesteContratoloshospitalesseclasificanmedianteunnivelhospitalarioelcualsepodráconsultareneldirectoriodeproveedoresmédicos.

Ingreso Directo al HospitalServicioenelquelaInstituciónAseguradorapuedeofrecerelpagodirectoalosintegrantesdelareddeprestadoresdeserviciosafiliados.ParaofreceresteservicioesnecesarioquelaInstituciónAseguradoracuenteconlainformaciónsuficienteparavalidarlaprocedenciadelEvento.

MedicamentoFármaco,principioactivooconjuntodeellos,integradoenunaformafarmacéuticaydestinadoparasuutilizaciónenlaspersonas,dotadodepropiedadesparadiagnosticar,tratar,aliviarocurarenfermedades,síntomasoestadospatológicos;parafinesdelacoberturadelapólizadeberáserprescritoporelMédicoTratante.

Médico TratantePersonalegalmenteautorizadaparaejercerlaprofesióndemédicocirujano,designadaporelAseguradoparaproporcionaratenciónmédicaalAseguradooaalgunode susDependientes, elmédico tratantepuedeonoperteneceralareddeprestadoresdeserviciosafiliados.

Médico EspecialistaPersonaque reúne los requisitosmencionados en ladefinición correspondiente a Médico Tratante y queadicionalmentecuentaconlacertificaciónlegaldequeposeelosconocimientosteóricosyprácticosnecesariosparaejercerunaespecialidaddeterminadadelacienciamédica.

Médico AyudantePersonaquereúnelosrequisitoslegalesseñaladosenladefinicióndeMédicoTratanteoEspecialistayactúaenauxiliodecualquieradeestos,subordinadamenteenunaintervenciónquirúrgica.

Padecimiento CongénitoPadecimientoconelquesenacey/osecontraeenelúteromaterno.

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Padecimientos Preexistentes Lesionesoenfermedadesque,conanterioridadalafechadealtadelAseguradooDependienteafectado,hayansidodiagnosticadasporunmédicoorespectodelascualessehayaefectuadoungastocomprobable.

Seconsideranpadecimientospreexistentesaquellos:

a.QuepreviamentealacelebracióndelContrato,sehayadeclaradolaexistenciadedichopadecimientoy/oenfermedad,oquesecompruebemediante laexistenciadeunexpedientemédicodondesehayaelaboradoundiagnósticoporunmédicolegalmenteautorizado,obien,mediantepruebasdelaboratorioogabinete,oporcualquierotromedioreconocidodediagnóstico.

Cuando la Institución Aseguradora cuente conpruebasdocumentalesdequeelAseguradohayahecho gastos para recibir un diagnóstico de laenfermedadopadecimientodequesetrate,podrásolicitar alAseguradoel resultadodel diagnósticocorrespondiente,oensucasoelexpedientemédicooclínico,pararesolverlaprocedenciadelareclamación.

b. Que previamente a la celebración del Contrato,el Asegurado haya hecho gastos comprobablesdocumentalmente,pararecibiruntratamientomédicodelaenfermedady/opadecimientodequesetrate.

EncasodequelaInstituciónAseguradoranotifiquealreclamantela improcedenciadesureclamaciónpor considerar que se trata de un padecimientopreexistente, éste podrá acudir ante un arbitrajemédicoprivadoprevioacuerdoentreambaspartes.Entalsupuesto,desdeahora,laInstituciónAseguradoraacepta someterse a comparecer ante este árbitroysujetarsealprocedimientoyresolucióndedichoarbitraje;elmismovincularáalreclamante,yporestehecho,seconsideraráquerenunciaacualquierotroderechoparahacerdirimirlacontroversia.

Ambaspartesdeberándefirmarelconvenioarbitralantesdeiniciarelprocedimiento.Ellaudoqueemitaelárbitrovincularáalaspartesytendráfuerzadecosajuzgadaentreellas.Esteprocedimientonotendrácostoalgunoparaelreclamanteyencasodeexistir,seráliquidadoporlaInstituciónAseguradora.

Pago DirectoEs el pago que realiza la Institución Aseguradoradirectamentealprestadordeservicios,porlaatenciónmédicadeunSiniestroAmparado.

Periodo al DescubiertoEseltiempoduranteelcualcesanlosefectosdeesteContratoporlafaltadepagodeprimas.

Periodo de EsperaEseltiempoquedebetranscurrirentrelafechadealtadelAseguradoysusDependientesenlapólizaylafechaenquesecubriránciertospadecimientos.

Programación de Cirugía y otras Atenciones MédicasEselserviciomedianteelcuallaInstituciónAseguradoraabsorbedemaneradirectaelpagodelosgastosmédicosprocedentesdeunSiniestroAmparado.

Eltrámiteparalaprogramacióndecirugíayatencionesmédicas se deberá realizar con almenos cinco díashábilesdeanticipación.

Recargo por Pago FraccionadoEselmontoquelaInstituciónAseguradoracobraráalAseguradooContratantedentrodesuprimaderivadodelaeleccióndeunplazodiferenteaunaexhibiciónparaelpagodesuprima.

Reconocimiento de AntigüedadEselperiodoininterrumpidoenelqueelAseguradohacontadoconunacoberturadegastosmédicosmayoresindividualconotraoconéstaInstituciónAseguradora.Dichoperiodosepodráutilizaren lacoberturaactualparaeliminaroreducirlosperiodosdeesperadeciertospadecimientosespecificadosenlapóliza,siemprequehayasidoaceptadoporlaInstituciónmedianteelendosocorrespondientequeseagreguealpresentecontrato.

Red de Prestadores de Servicios AfiliadosPrestadores de servicios que proporcionan atenciónmédica anteunaenfermedadounaccidenteamparado,respectodeloscuales,laInstituciónAseguradoraasumeexclusivamentelaobligacióndepagarpor losserviciosqueprestenalAsegurado,dentrodelformatodePagoDirecto.Ninguna otra responsabilidad se consideraráasumidaporlaInstituciónAseguradora.

EsresponsabilidaddelAseguradoelegirlibrementealosprestadoresdeserviciosquerequiera.LaobligacióndelaInstituciónAseguradoraselimitaráapagarlosserviciosque dichos prestadores de servicios le proporcionen,

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siempreenestrictoapegoycumplimientoalodispuestoenelContratodeSeguro.

ReembolsoEselprocesomedianteelcualelAseguradocubreelimportedelosgastosmédicoserogadosporlaatencióndeunaccidenteoenfermedadamparados,solicitandoposteriormentelarestituciónalaInstituciónAseguradora.

El reembolso de los gastosmédicos erogados en elextranjero se cubrirá en moneda nacional al tipo decambio para solventar obligaciones denominadas enmonedaextranjerapagaderasenlaRepúblicaMexicanapublicadoporelBancodeMéxicoenelDiarioOficialdelaFederación,eldíaenqueserealiceelpagoentérminosdelartículo8°delaLeyMonetaria.

ResidenciaParaefectosdeesteContratosolamenteestaráncubiertosporlapólizaelAseguradoysusDependientesquevivanpermanentementeenlaRepúblicaMexicana.

ElContratantey/oelAseguradotienenlaobligacióndenotificaralaInstituciónAseguradoraellugardeResidenciadesusDependientescuandoéstosvivanenundomiciliodiferentealdelAsegurado.

Si elAseguradoo susDependientespermanecenenelextranjeropormásdetresmeses,deberáninformarpreviamentealcumplimientodeesteplazo,porescritoalaInstituciónAseguradoraypagarunaextraprimasobrelaprimanetatotaldelapólizaconcoberturaenelextranjero.SielAseguradoosusDependientesnocumplenconestadisposición,cesaránautomáticamentelosefectosdeesteContrato.EncasodequeelAseguradopermanezcaenelextranjeropormásde12mesescontinuos,losefectosdeesteContratocesaránautomáticamentealas12:00horasdeldíaenquesecumplanlos12mesesdeestanciaenelextranjero.

LaInstituciónAseguradorapodrásolicitarladocumentaciónqueconsiderenecesariaparacorroborarlaResidenciaoeltiempodeestanciaenelextranjeroalmomentodelasolicituddeserviciosparalaatenciónmédicafueradelterritorionacional.

Segunda Opinión MédicaServicioqueprestalaInstituciónAseguradoraalAseguradoyasusDependientesparacorroborareldiagnósticoinicialdecualquierenfermedadamparadaoaccidenteamparado,pormediodemédicosespecialistasquenoparticipandeningunamaneraenlaatenciónmédicadelAseguradooDependienteyqueestemismodesignelibrementede

entrelosqueformanlaReddePrestadoresdeServiciosAfiliados.Esteservicioseofrecesincostoalguno.

Segunda Valoración MédicaAsolicituddelaInstituciónAseguradoraelAseguradoysusDependientesdeberáncorroborareldiagnósticoinicialdelaenfermedadoaccidenteatratar,pormediodemédicosespecialistasquenoparticipandeningunamaneraenlaatenciónmédicayquesondesignadosporlaInstituciónAseguradora.Esteservicioseotorgasincostoalguno.

SignoCorrespondeacadaunadelasmanifestacionesdeunaenfermedadquesedetectanobjetivamentemedianteunaexploraciónmédica.

Siniestro AmparadoCualquier accidente, enfermedad, parto o cesáreapresentadoporelAseguradoosusDependientesyqueseacubiertopor lapólizayquenoestéexpresamenteexcluido.

SíntomaManifestación de una alteración orgánica o funcionalapreciablesolamenteporelpaciente.

Tratamientos Médicos o Quirúrgicos de Naturaleza Experimental y/o de InvestigaciónTratamiento, procedimiento, suministro, tecnología omedicamento,quenohasidoampliamenteaceptadocomoseguro,efectivoyapropiadoparaeltratamientodeenfermedadesporelconsensodelasorganizacionesprofesionalesqueestánreconocidaspor lacomunidadmédicanacionalointernacionaly/oqueseencuentranbajoestudio,investigación,períododepruebaocualquierfasedeunexperimentoclínico.

Urgencia MédicaTodaalteraciónen formasúbitayagudaquesufraelAseguradooalgunodelosDependientesincluidosenestapóliza,quepongaenpeligrosuvidaosuintegridadcorporal,comoresultadodealgúnaccidenteoenfermedadamparadosypor loquese requieraatenciónmédicainmediata.

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PROPIASDELCONTRATO

CoaseguroEsunporcentajepreviamentepactadoenelContratodelseguroeidentificadoenlacarátuladelapóliza,quedeterminalacantidadconlacualelAseguradohabrádeparticipardeltotaldelosGastosMédicosAmparadosunavezdescontadoeldeducible.

ContratoEsteContratodeseguroestáconstituidopor:

a)Lacarátuladelapóliza,queeseldocumentoenqueseidentificaalContratante,alAseguradoy,ensucasoasusDependientes,ydondeseespecificanlascoberturascontratadas, las primas, el periodo de seguroconvenido, los límites, deducibles y Coasegurospactados.

b)Estascondicionesgenerales.

c) En su caso, las cláusulas adicionales o endosos,debidamentefirmadosporunfuncionarioautorizadodelaInstituciónAseguradora.

d)Lasolicitudinicialysucuestionariomédico.

DeducibleEslacantidadinicialquequedaráacargodelAseguradoentodaenfermedadoaccidenteamparadosyqueseidentificaenlacarátuladelapóliza.

Deducible AnualEslacantidadquequedaráacargodelAseguradocadaañodevigenciadelapóliza,unavezcubiertoelDeduciblecontratadoyqueaplicaráalosgastosmédicosgeneradosporcadaaccidenteoenfermedadamparados.ElmontocorrespondientealDeducibleAnualseidentificaenlacarátuladelapóliza.

EndosoEsundocumentoqueformapartedelContratodeseguroquemodificalostérminosoriginalesdelapóliza,ampliandoolimitandolosbeneficiosdesucobertura.

PrimaEslacontraprestaciónprevistaenelContratodeseguroacargodelContratante.

Suma AseguradaLa SumaAsegurada se refiere al monto máximo deresponsabilidadquelaInstituciónAseguradoraasumirádurantetodoeltiempoquelapólizaosusrenovacionesseencuentranvigentes,porcadaenfermedad,padecimiento,accidente,embarazoopartoamparados,enlostérminosycondicionesgeneralesyseespecificaenlacarátuladelapóliza.

II. GastosMédicosAmparados

Los Gastos MédicosAmparados son todos aquellosgastosmédicamentenecesariosparalaatencióndeunaccidente,enfermedady/oEventocubiertoentérminosdeestascondicionesgenerales,consistentesen:

a)Honorariosprofesionalesdemédicos,anestesiólogos,terapeutas y enfermeras, según el catálogo dehonorariosmédicosyquirúrgicosestablecido.Elmontomáximoapagarporconceptodehonorariosmédicosquirúrgicosseobtienenmultiplicandoelporcentajedelprocedimientoquirúrgicodeterminadoenelcatálogodehonorariosmédicosyquirúrgicospor labasedehonorariosmédicos yquirúrgicosqueapareceenlacarátuladelapóliza.Loshonorariosdelmédicotratante derivados de consultas postoperatoriasefectuadasdentrodelos15díasnaturalessiguientesal tratamientoquirúrgicoestán incluidosdentrodedichomontomáximo.

b)Laprestacióndeservicioshospitalarios,delaboratorio,deimagenologíaydeambulanciasparalaatenciónmédica.

c)Laadquisicióndemedicamentosymaterialesdetipomédicooquirúrgicoydecualquierotrobiendetipomédico.

TodoslosGastosMédicosAmparados,deberánestardebidamente documentados con comprobantesfiscales con unmáximode 2 años de haber sidoexpedidosoelaboradosyquelafechadeexpediciónno exceda la fecha de vigencia impresa en eldocumento. Incluyenel ImpuestoalValorAgregado(I.V.A.)quegeneren.

LosGastosMédicosAmparadossedetallanacontinuación:

1.Servicios Médicos Profesionalesa)Honorariosdel instrumentistasepagandentrodela

facturadelhospital.

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b)HonorariosporconsultasdeacuerdoaloespecificadoenelcatálogodehonorariosMédicosyQuirúrgicos.

c)Honorariosportratamientosmédicosintrahospitalarios.Encasoderequerirmásdeunaconsultapordía,éstasdeberánestarmédicamentejustificadas.

d)Honorariosportratamientosquirúrgicos.

e)Honorariosdelanestesiólogo.Secubriránhastaporel30%delopagadoalcirujano.

Honorariosde losmédicosayudantes se cubriránenconjunto,cualquieraqueseasunúmero,hastaporel20%delopagadoal(los)médico(s)cirujano(s).

En cada sesión quirúrgica, los honorarios médicosamparadosnoexcederándelossiguienteslímites:

• Cuando se efectúen dos o más intervencionesquirúrgicasporelmismomédicoyenelmismotiempoquirúrgico,yaseanenelmismocampooperatoriooatravésdelamismaincisión,solamentesepagarálaintervencióncuyoimporteseamayordeacuerdoconelcatálogodehonorariosmédicosyquirúrgicosestablecidoparacadaunadeéstas.

• Cuando se efectúen dos o más intervencionesquirúrgicas por el mismo médico y en el mismotiempoquirúrgico,peroendiferentecampooperatoriooatravésdeotraincisión,sepagaráel100%delaintervencióncuyoimporteseamayor,ademásdel50%delpagomáximocorrespondienteacadaunadelasdemásintervencionesefectuadas,deacuerdoconloestablecidoenelCatálogodeHonorariosMédicosyQuirúrgicos.

• Sienunmismotiempoquirúrgico,yaseaenelmismocampooperatoriooatravésdelamismaincisiónserequieredeuncirujanodediferenteespecialidad,selepagaráel25%delotabuladoparalacirugíaprincipal.Los honorarios médicos del anestesiólogo seráncubiertoshastaunmáximodel32%de lo tabuladooriginalmenteparalacirugíaprincipal.

• Siuncirujanodediferenteespecialidadrealizaotraintervenciónquirúrgicadiferentealaprincipalenunaregiónanatómicadistinta,loshonorariosdelsegundocirujano se cubrirán al 100% de lo estipulado enel Catálogo de Honorarios Médicos y Quirúrgicos.Cualquierotraintervenciónnoquedarácubierta.

• Enelcasodepolitraumatismossecubriráncadaunadelasintervencionesquirúrgicasrealizadasal100%cadauna.

• Sihubierenecesidaddeunanuevaintervenciónparatratarcomplicacionesdeunaanterior,seentenderá

comounaintervencióndistintaeindependientedelaprimera.

• Cuandoenunamismaintervenciónquirúrgicasetratendospadecimientosdeloscualessolamenteunoestácubierto,sepagará:

a)HonorariosMédicosdelpadecimientocubiertoal100%.

b)60%delafacturahospitalariatotalcuandoelEventocubiertoseaeldemayorcosto.

c)30%delafacturahospitalariacuandoelEventocubiertonoseaeldemayorcosto.

2. Servicios de HospitalElmontomáximoapagarparacadaunodelosconceptosen este apartado será el Gasto Usual Razonable yAcostumbradoenterritorionacionaldeacuerdoalplanquefiguraenlacarátuladelapresentepóliza.

a)Cuartodehospitalsencillo,privado,estándar,conbañoycamaextraparaunacompañante.

b)Saladeoperación,derecuperaciónydeurgencias.

c)Unidaddeterapiaintensiva.

d)Medicamentosymaterialesdecuraciónycualquierotrobiendetipomédico.

e)Adquisición y aplicación de sueros, aplicación desangre,plasmaocualquierotroderivadosanguíneo,incluyendoestudioshechosaposiblesdonadoresdesangre.

f)Exámenesdelaboratorio,gabineteeimagenología.

3. Tratamientos Especializados y de Rehabilitación

Honorariospor lostratamientosdemaneraenunciativamásnolimitativamentederadioterapia,quimioterapia,hidroterapiae inhaloterapia,ordenadosporelmédicoespecialistayqueseannecesariosparaeltratamientodeunaenfermedadoaccidenteamparadosyquenoseencuentrenexpresamenteexcluidosdentrodelacláusula“V.ExclusionesGenerales”.

Secubriránhasta30sesionesderehabilitaciónfísica,cardíacayneurológica,indicadapormédicoespecialistaynecesariaparalarecuperacióndefuncionesorgánicasyquenoseencuentrenexpresamenteexcluidosdentrodelacláusula“V.ExclusionesGenerales”,porSiniestroAmparadobajotabuladordehonorariosdelapólizadeacuerdoaplancontratado.Lacoberturaaplicaparaunasesiónpordía.

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Noseráncubiertoslosgastoserogadosporserviciosdeestanciaeninstitucionesespecializadasderehabilitacióny/oservicioscomplementarios.

4. Honorarios de Enfermeras Secubriráncomomáximo720horasdeatenciónporenfermedadoaccidenteamparados,siemprequeestosserviciosseanmédicamentenecesariosindicadosporelmédicotratanteparacuidadosextrahospitalarios.

5. Tratamientos Homeopáticos y Quiroprácticos

Se cubrirán siempre que sean prescritos y aplicadosrespectivamentepormédicoshomeópatasyquiroprácticostitulados.

6. MedicamentosAdquisicióndemedicamentosprescritosporelmédicotratante y/o médico especialista necesarios para eltratamientodeunaenfermedadoaccidenteamparados,siempreycuandoseacompañelafacturadelafarmaciaconlarecetacorrespondiente.

En caso de colocación de cualquiermaterial externo(osteosíntesis,prótesis,cajas,cemento,estabilizadores,etc.)será indispensablesolicitarcopiadelexpedienteclínicodelhospitalendondeseconstatelacolocacióndelmismo.

7. Servicios de Laboratorio, Gabinete e Imagenología

Estosquedaráncubiertoscuandoseanordenadosporelmédicotratanteyseannecesariosparaestablecereldiagnósticoytratamientodeunaenfermedadoaccidenteamparados.

8. Prótesis, Equipo Ortopédico y Similares

Adquisición del equipo ortopédico y/o prótesis querecuperenunafunciónfisiológica(movimiento,locomociónyestabilización)ordenadosporelmédicotratanteyqueseannecesariosparaeltratamientodeunaenfermedadoaccidenteamparados.ElmontomáximoapagarseráelGastoUsualRazonableyAcostumbradoparaelequipooprótesisrequerida, incluyendoimplantescoclearesysus aditamentos externos, marcapasos cardiacos yendoprótesiscardiovasculares.

Paraprótesisqueincluyanservomecanismoselectrónicosy/o computarizados el topemáximo a pagar será de$170,000pesos(cientosetentamilpesos00/100M.N.).

EnningúncasolaInstituciónAseguradorapagarámásde$500,000pesos(quinientosmilpesos00/100M.N.)porAseguradooDependienteparacubrirgastos,costosuhonorariosmédicosparalaadquisiciónycolocacióndeneuroestimuladoresydesfibriladoresautomáticos.

9. Equipo para recuperación Extrahospitalaria

Compra o renta de equipos para la recuperaciónextrahospitalaria, del Asegurado o Dependiente,necesarios para el tratamiento de una enfermedad oaccidenteamparados,prescritosporelmédicotratantey,sujetosaunaSegundaValoraciónMédicaypreviaautorizacióndelaInstituciónAseguradoraencasodecompra,talescomocamatipohospital,silladeruedas,ventiladores, muletas, nebulizadores o cualquier otroequipomecánicousadoparaestefin,ordenadoporelmédicotratanteynecesariosparaeltratamientodeunaenfermedadoaccidenteamparados.

ElmontomáximoapagarseráelGastoUsualRazonableyAcostumbradoparaelequiporequerido.Paraequiposque incluyan servomecanismos electrónicos y/ocomputarizadoseltopemáximoapagarseráde$170,000(Cientosetentamilpesos00/100M.N.).

10. Segunda Opinión MédicaEncasodequeserequieraunaintervenciónquirúrgicaotratamientomédicoaconsecuenciadeunaenfermedadoaccidenteamparados,InstituciónAseguradoraofreceal Asegurado y a sus Dependientes, sin costo, unasegundaopiniónmédicaemitidaporespecialistasquenoparticiparándeningunamaneraenlaatencióndelaenfermedadoaccidenteamparado.

Lasolicitudparaunasegundaopiniónmédicadeberáhacerseconalmenoscincodíashábilespreviosalafechadelacirugía.

III. CoberturasBásicas1. Maternidad Esta cobertura aplica únicamente para todas lasAseguradasoDependientesmujeresentrelos15y44añosdeedad.

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A. Beneficio de MaternidadA.1 Estarán cubiertos los gastos con motivo de:

• Cuidadomédicodelamadreyelproductoenlaetapaprenatal (consultas),duranteelpartoyen laetapapostnatal(consultasdurantelostreintadíasposterioresalnacimiento).

• Cesárea, independientemente de la causa que laorigine,hastaelmonto indicadocomobeneficiodematernidadenlacarátuladelapólizaysepagaráentérminosdeloestipuladoenelpuntoA.2yA.3.

• Honorariosprofesionalesde:

a)Cirujanob)Anestesiólogoc)Ayudante

• Servicioshospitalariosmédicamentenecesariosparalaatención.

• Cuidadosrutinariosdelreciénnacidosano.

• Honorariosdelpediatraporatencióndelreciénnacidosano (consultas hasta treinta días posteriores alnacimiento).

Estacoberturaaplicasiempreycuando,almomentodelnacimiento, lamadreAsegurada tengaalmenosdiezmeses de cobertura continua en la póliza, medianteContratodesegurodegastosmédicosindividualcelebradoconlaInstituciónAseguradora.

A.2 Las condiciones para el pago de este beneficio, son las siguientes:

• El Evento se pagará conforme a los términos ycondicionesdelplanquesehayatenidocontratadodiezmesesantesdelafechadelnacimiento.

• ElmontodelasumaAseguradaseráelcorrespondientealaantigüedaddelamadreenunapólizaindividualde gastos médicos de la Institución Aseguradora,actualizadaalmomentodelnacimiento.

• Losgastosporconceptodecuidadomédicodelamadreyelproductoenlaetapaprenatalseráncubiertosporreembolsounavezocurridoelnacimiento.

• A.3 El beneficio de maternidad tiene el siguiente alcance:

a)ElbeneficiomáximoenterritorionacionaleselindicadoenlacarátuladelapólizadeacuerdoaloestipuladoenelpuntoA.2.

b)LacoberturanoaplicasielDeduciblecontratadoesmayoralasumaAseguradaparaestebeneficio.

c)NoaplicaDeducibleniCoaseguro losprimerostresañosdecoberturacontinua.

d)DelcuartoañodecoberturacontinuaenadelanteaplicaelDeducibleyCoasegurocontratadoenelplanvigentediezmesesantesdelafechadelnacimiento,sinaplicarreducciónalgunaportalesconceptos,noobstanteloindicadoenlosincisosAyBdelacláusulaVIII.“Basesparadeterminarlaindemnización”.

EncasodequeelmontoreclamadodespuésdeaplicarelDeducibleyCoaseguro,seamenorqueelbeneficiodelterceraño,seaplicarálaregladeindemnizacióndelterceraño.

e)Elbeneficiomáximoenterritoriointernacionalesde$5,000 (cincomil) dólares de losEstadosUnidosdeAmérica (E.U.A.),elcualsolamentesepagaráenpólizasquetengancobertura internacional,oenaquellaspólizasconfranjafronterizayquedecidanatenderseenlosEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A.).

f)Paranacimientosquesepresentendelprimeraltercerañodevigencia,sepagarálaSumaAseguradaparalaCoberturadeMaternidadindicadaenlacarátuladepóliza,sinaplicacióndeDeducibleniCoaseguro,siemprequeseacrediteelnacimientomedianteelactacorrespondiente.

B. Complicaciones del EmbarazoB.1 Bajo esta cobertura estarán amparadas enunciativa más no limitativamente las complicaciones del embarazo, parto y puerperio, tales como:

• Embarazomolar• Embarazoextrauterino• Preeclampsia• Eclampsia• Placentaacreta• Placentaprevia• Atoníauterina• Sepsispuerperal• Abortoolegradonovoluntario

Esta coberturaaplica siempre y cuando,almomentoenqueocurraelEventoy/oserealiceeltratamiento,lamadreAseguradatengaalmenosdiezmesesdecoberturacontinuaenlapóliza,medianteContratodesegurodegastosmédicosindividualcelebradoconlaInstituciónAseguradora.

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B.2 Las condiciones para el pago de este beneficio, son las siguientes:

• El Evento se pagará conforme a los términos ycondicionesdelplanquesehayatenidocontratado10mesesantesdelafechadelnacimiento.

B.3 Esta cobertura tiene el siguiente alcance:

a)ElbeneficiomáximoeslasumaAseguradacontratadaenelplan,deacuerdoaloestipuladoenelpuntoB.2.

b)ElDeducibleyCoaseguroestipuladosestaránacargodelAsegurado.

EXCLUSIÓN PARTICULAR DE LA COBERTURA DE MATERNIDAD

Abortos y legrados uterinos punibles y/o cuando sean voluntarios y sus complicaciones.

C.COBERTURADELRECIÉNNACIDOC.1 Bajo esta cobertura estarán amparados:

• Losnacimientosprematuros.

• Lospadecimientoscongénitosyaseacontratamientoin-úterooalnacimiento.

• Lasenfermedadesyaccidentesquesufraelmenorduranteelperiododeseguroenqueocurraelnacimiento.

• El paquetede reciénnacido, cuandoel hospital loproporcione.

C.2 Las condiciones para el pago de este beneficio, son las siguientes:

• Estacoberturaaplicasiempreycuando,almomentodelnacimientoodelEventoencasodetratamientosin-útero, lamadreAseguradatengaalmenosdiezmesesdecoberturacontinuaenlapóliza,medianteContrato de Seguro de Gastos Médicos MayoresindividualcelebradoconlaInstituciónAseguradora.

• Cumplidalacondiciónanterior,elreciénnacidoquedaráAseguradodesdelafechadenacimientosinselecciónmédicanisolicituddeingresoduranteelañopólizaenquehayanacido;paracontinuarconestacoberturadeberáserdadodealtaenunperiodomáximodetreintadíasapartirdelasiguienterenovación,deacuerdoalinciso3KdelacláusulaIXCláusulasGenerales.

C.3 Esta cobertura tiene el siguiente alcance:

a)ElbeneficiomáximoeslaSumaAseguradavigentecontratadaenlaCoberturaBásica.

b)ElDeducibleyCoaseguroestipuladosenlacarátuladelapólizaestaránacargodelAsegurado.

2. CircuncisiónQuedaamparadalacircuncisiónsiempreycuandoseamédicamentenecesariaparanacidosdentroyfueradelavigenciadelapóliza,conuntopede$4,000(cuatromil)pesos,sinaplicacióndeDeducibleyCoaseguro.

3. Padecimientos Congénitos para Nacidos fuera de Vigencia

Se cubrirán los padecimientos congénitos de losAseguradosnacidos fuerade lavigenciade lapólizasiempreycuandoelAseguradotengaalmenosdosañosdecoberturacontinuaenlapólizayquecumplanconlassiguientescaracterísticas:

1.Quenosehayarealizadodiagnósticomédicoalafechadeiniciodecoberturadelapóliza.

2.QueelpadecimientohayasidodesapercibidoporelAseguradoa la fechade iniciodecoberturade lapóliza.

3. Que no se hayan efectuado gastos por dichospadecimientosa lafechadeiniciodecoberturadelapóliza.

4. Nariz y Senos Paranasales A.TRATAMIENTOSDENARIZYSENOSPARANASALESPORACCIDENTESSecubren los tratamientosmédicos o quirúrgicos denarizysenosparanasalesqueseprescribanyapliquenporlaslesionesqueresultenaconsecuenciainmediataydirectadeunaccidenteamparado,siempreycuandoeltratamientosedédentrodelosprimerostreintadíasnaturalesposterioresalaccidente.

ElCoaseguroqueseaplicaráparalaindemnizacióndeestosgastosseráde25puntosporcentualesadicionalesalCoasegurocontratado,noobstanteloindicadoenelincisoBdelacláusulaVIII.BasesParaDeterminarlaIndemnización.

B.TRATAMIENTOSDENARIZYSENOSPARANASALESPORENFERMEDADSecubrenlostratamientosmédicosoquirúrgicosdenarizy senosparanasales cuandosederivende cualquierenfermedadamparada,siempreycuandoelAsegurado

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tengaalmenosdosañosdecoberturacontinuaenlapóliza.

ElCoaseguroqueseaplicaráparalaindemnizacióndeestosgastosseráde25puntosporcentualesadicionalesalCoasegurocontratado,noobstanteloindicadoenelincisoBde lacláusulaVIII.Basesparadeterminar laindemnización.

5. Tratamientos Dentales por Accidentes Amparados

Se cubren los tratamientos necesarios prescritos pormédico cirujano dentista o cirujano maxilofacial parareponerorestaurarlaspiezasdentalesnaturalesdañadasoperdidas,cuandoseprescribanyderivendelesionesopadecimientosqueresultenaconsecuenciainmediataydirectadeunaccidenteamparado,siemprequeseanautorizadospreviamenteporlaInstituciónAseguradora,conlapresentacióndelosestudiosanterioresaltratamientoysiempreycuandoeltratamientosedédentrodelosprimerostreintadíasnaturalesposterioresalaccidente.

EXCLUSIÓN PARTICULAR DE LA COBERTURA DE TRATAMIENTOS DENTALES POR ACCIDENTES AMPARADOS

Se excluyen los tratamientos y cirugías dentales, alveolares, gingivales y maxilofaciales así como sus complicaciones cuando se deriven de cualquier enfermedad.

6. HerniasSecubriránlostratamientosmédicosoquirúrgicosdehernias,incluidaslasherniasdedisco,siempreycuandoelAseguradooDependientetengaalmenosdosañosdecoberturacontinuaenlapólizaynosehayanpresentadosignosnisíntomas,nirealizadodiagnósticomédicoprevio,nisehayanerogadogastosa lafechadeiniciodelacoberturadelapóliza.

Lasherniasabdominalesincluyendolasinguinales,secubriránsujetasaSegundaValoraciónMédica.

EXCLUSIÓN PARTICULAR DE LA COBERTURA DE HERNIAS

Queda excluida, independientemente de la causa que lo origine, la diástasis de músculos rectos abdominales, incluyendo hernia ventral y/o el procedimiento de abdominoplastia.

7. Deportes o Actividades Peligrosas

Secubrenlostratamientosocuidadosmédicosnecesariosaconsecuenciadeaccidentesolesionesderivadosdela práctica no profesional de deportes y actividadespeligrosas.

8. Servicios de Asistencia de Ambulancia Terrestre y Aérea

ElAseguradoocualquieradesusDependientespodránsolicitaratravésdeAsistenciaAlfaMedical,serviciosdeambulanciaterrestreoaéreaporcualquierpadecimiento,estéonocubiertoporlapresentepóliza,siempreycuandoeltrasladoseamédicamentenecesario.LaInstituciónAseguradorapagaráalprestadordelservicioloscostosqueensucasopudierangenerarseporeltraslado.

ElpersonaldeserviciosdeambulanciapodrásolicitaralAseguradooDependiente,elaccesoasuhistorialclínico,paraconocersusituación.Si lasolicitudesdenegada,AsistenciaAlfaMedicalquedaráliberadadelaobligacióndegestionarelserviciodeambulanciayenconsecuenciadetodaresponsabilidadcivilpordañosyperjuicios.

ElAseguradooDependientepodráacudirdemaneradirecta a terceros que proporcionen los servicios deambulanciaterrestre,únicamentecuandoseencuentrefueradesupoblacióndeResidenciapermanenteyseveaimposibilitadodesolicitarloaAsistenciaAlfaMedical,enestecaso,ysiempreycuandopuedasercomprobadoajuiciodelaInstituciónAseguradora,quedarácubiertodeacuerdoalGastoUsualRazonableyAcostumbradoparaeltipodeproveedoryzonaendondesebrindólaatención.

EXCLUSIÓN PARTICULAR DEL SERVICIO DE ASISTENCIA DE AMBULANCIA TERRESTRE O AÉREA

No se cubrirán los gastos de ambulancia terrestre o aérea si no se cumple con lo estipulado en el numeral 8 de Servicios de Asistencia de Ambulancia Terrestre y Aérea y con el procedimiento especificado en la Sección Procedimiento Para Uso De Tu Póliza.

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9. Servicios de Asistencia Alfa Medical

A. Consulta médica a domicilioApeticiónyacostadelAsegurado,AsistenciaAlfaMedicalpodráenviarunmédicoasudomicilioparaconsultasdepadecimientosquenoseconsiderencomourgenciamédica.EsteserviciooperaenlaciudaddeResidenciapermanente del Asegurado y hasta el kilómetro 100contadodesdeelcentrodedichaciudad.

ElAseguradodeberáconsultarelcostodelaconsultaalmomentodesolicitarel servicioal teléfonoqueseencuentraalreversodesucredencial.

B. Orientación médica telefónicaApeticióndelAsegurado,AsistenciaAlfaMedicalpodráorientar telefónicamente sobre problemas médicosmenores,síntomasymolestiasqueleesténaquejando,dudasconrelaciónalautilizacióndemedicamentos,oensituacionescuyasoluciónnorequierendelapresenciadeunmédico.

EsteserviciooperaentodalaRepúblicaMexicana.

Lossiguientesservicios,descritosenlosincisosC,DyEprocederáncuandoelAseguradoosusDependientesseencuentrenamásde100kilómetrosdesuciudaddeResidenciapermanenteyrequieranhacerusodeellosdebidoaunaccidenteourgenciamédicamientrasseencuentrendeviaje.EstosserviciosdeberánsolicitarsepreviamenteaAsistenciaAlfaMedicalparaquepuedansercubiertos:

C. Pago de boleto redondo para un familiar y gastos de hospedajeEncasodeHospitalizaciónimprevistadelAseguradooDependientemientrasseencuentredeviajeamásde100km.desuciudadpermanentedeResidencia,derivadadeunaccidenteoenfermedadamparadosporlapólizaydequesuHospitalizaciónsepreveadeunaduraciónsuperiora5(cinco)días,AsistenciaAlfaMedicalpondráadisposicióndeunapersona.designadaporelAsegurado,unboletoidayvuelta(claseestándar,conorigenenlaciudaddeResidenciapermanentedelAsegurado)afindequeacudaasulado,adicionalmentegestionaráelhospedajedelapersonadesignadahastaunmáximode$120.00U.S.Dólares,pordíadurante10(diez)díasnaturalesconsecutivosporEvento,conunmáximode2(dos)Eventosporañoypóliza.

D. Gastos de hotel por convalecenciaConesteservicioAsistenciaAlfaparalaprolongacióndelaestanciaenunhotelescogidoporelAsegurado,inmediatamentedespuésdehabersidodadodealtadelhospital,siestaprolongaciónhasidoprescritaporelmédicolocalyelequipomédicodeAsistenciaAlfaMedical.Estebeneficioestálimitadoa$120.00U.S.Dólares,pordía,conunmáximode5(cinco)díasnaturalesconsecutivosporEvento,hasta2(dos)Eventosporañoypóliza.

E. Traslado a domicilioSielAseguradooDependientedespuésdeltratamientolocal,segúnelcriteriodelmédicotratanteydelequipomédicodeAsistenciaAlfaMedical,nopuederegresarasuciudaddeResidenciapermanentecomopasajeronormal,o nopuedeutilizar losmedios inicialmenteprevistos,AsistenciaAlfaMedicalcoordinarásutrasladoporaviónoautobúsdelínearegular,haciéndosecargodetodoslosgastosuplementariosquefuerannecesariosydelboletoderegresodelAsegurado,sielqueéstetuvieranofueseválido.

F. Orientación telefónica nutricional y psicológicaLosAseguradosyDependientesdelapólizapodránllamaralnúmerodeAsistenciaAlfaMedicalysolicitarorientacióndetiponutricionalypsicológica.

EXCLUSIÓN PARTICULAR DE LA COBERTURA DE ASISTENCIA ALFA MEDICAL

No se cubrirán gastos de acompañantes, boletos de avión, camión, gastos de hotel para el Asegurado ni ninguna otra persona que lo acompañe para cirugías programadas o enfermedades o accidentes que hayan iniciado en su ciudad permanente de Residencia.

10. Protección PatrimonialEstacoberturaseotorgaúnicamenteparaelAseguradosiempreycuandoseamayorde18añosymenorde60añosdeedad.

SidurantelavigenciadeestapólizaelAseguradofalleceosufreinvalideztotalypermanenteaconsecuenciadeunaenfermedadoaccidenteamparados, laInstituciónAseguradoracubrirálasprimasdesucónyugeehijos

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menoresde25añosquehayanestadocubiertosdentrodelamismapólizaconlasmismascondicionesquetenían,salvoporlasactualizacionesquetengaelproductoañoconaño,asícomodelmismoAseguradoenelcasodeinvalideztotalypermanente,porunperiododecincoañosapartirdelaprimeraprimapendientedepagounavezocurridoelaccidenteoenfermedadamparados.

Una vez transcurridos los cinco años en los que laInstituciónAseguradoracubrióelimportedelasprimas,losDependientescubiertosporlapólizapodráncontinuarconlacoberturapagandolasprimascorrespondientesysinquesesolicitenrequisitosdeasegurabilidadparalosintegrantesoriginalmentecubiertos.Siduranteelperiododeestacoberturacualquieradeloshijoscumple25añosedad,deberánserdadosdebajadelapóliza.

EXCLUSIÓN PARTICULAR PARA LA COBERTURA DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL

No se otorgará el beneficio de esta cobertura si la muerte o invalidez del Asegurado titular es derivado de un Evento no cubierto por esta póliza.

INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTEPara los efectos de esta cláusula se entiende comoinvalideztotal, lapérdidadefacultadesoaptitudesdelAseguradoaconsecuenciadeunaenfermedadoaccidenteamparado,queloimposibiliteparadesempeñarcualquieractividadremuneradaolucrativaqueseacompatibleconsusconocimientos,aptitudesyposiciónsocial.

Sepresumiráquelainvalidezesdecarácterpermanente,únicamentecuandohayasidocontinuaporunperiodomayoroigualacuatromesesapartirdelafechaenquehayasidodiagnosticada.

SeconsideraqueelAseguradopadecedeinvalideztotalypermanentedesde la fechaenquesufra lapérdidacompletaeirremediablede:

• Lavistaenambosojos.

• Lasdosmanosolosdospies.

• Unamanoyunpie.

• Unamanoylavistadeunojo,ounpieylavistadeunojo.

Paralosefectosdeestacoberturaseentiendepor:

1. Pérdidadeunamano,suseparacióntotalopérdidatotaldesusfuncionesmotrices,alniveldelaarticulacióncarpo-metacarpianaoarribadeella.

2. Por la pérdida de un pie, su separación total opérdidatotaldesusfuncionesmotrices,alniveldelaarticulacióntibiotarsianaoarribadeella.

3. Por pérdida de la vista, la carencia absoluta eirreparabledelavisión.

PRUEBASLaInstituciónAseguradoratendráderechodesolicitaralAseguradoquesesometaaexámenesydemáspruebasque considere necesarias con el fin de corroborar laprocedenciadeldiagnósticocorrespondiente.Asimismola Institución Aseguradora podrá, cuando lo estimenecesario,peronomásdeunavezalaño,paraefectosdeestacobertura,exigirquesecompruebequecontinúaelestadodeinvalidezdelAsegurado.Encasodequeéstesenegarainjustificadamenteasometerseadichosexámenesypruebas,laInstituciónAseguradoraquedaráliberadadelaresponsabilidadqueleimponeestacláusula.

IV. PadecimientosconPeriododeEspera

Unaveztranscurridoelperiododeesperaqueseindica,secubriránlosgastosmédicosdelospadecimientosquesemencionanacontinuación.

Siunpadecimientoconperiododeesperaesademáspreexistente,sedeberácumplirconloestipuladoenelpunto1.

1.Preexistencia declarada: A partir del cuarto año de cobertura continua de la póliza mediante contratos de seguro de gastos médicos individual celebrados con la Institución Aseguradora, quedan cubiertos los padecimientos preexistentes que hayan sido declarados en la contratación de la póliza, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:

a)Elpadecimientoseencuentreespecíficamentedeclaradoenlasolicitudalmomentodesolicitarlapólizadeseguro.

b)Elpadecimientonohayaerogadogastos,recibidoalgúntratamiento y/o haya presentado signos y síntomasduranteunperiododetresañoscontinuosdevigenciaenlapólizaconlaInstituciónAseguradora.

c)Elpadecimientonoestéexpresamenteexcluido.

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d) El padecimiento no se encuentre dentro de lossiguientesgrupos:Padecimientoscardiacos,Accidentesvasculares,diabetes,insuficienciarenal,padecimientosoncológicos,SíndromedeInmunoDeficienciaAdquirida(SIDA),Enfermedadesdegenerativasopadecimientosneurológicos.

2.A partir del inicio del tercer año de cobertura continua de la póliza, mediante el contrato de Seguro de Gastos Médicos Mayores individual celebrado con la Institución Aseguradora, se cubrirán:

• Hemorroides

• Venasvaricosas

• Padecimientosenamígdalasyadenoides

• Tratamientomédicooquirúrgicodecualquierestructuraanatómicadelarodilla.Lasfracturasóseasenestaregiónseráncubiertasapartirdel iniciodevigenciadelapóliza

• Tratamientos de nariz y senos paranasales porenfermedad

• Hernias,incluidaslasherniasdedisco

• PadecimientoscongénitosdeAseguradosnacidosfueradelavigenciadelapóliza

• Tratamientomédicooquirúrgicoparacorregircifosis,lordosisoescoliosisysuscomplicaciones

• Tratamiento médico o quirúrgico para corregirdegeneracionesarticularesdelasfalangesdelospiesysuscomplicaciones(porejemplo,HalluxValgus)

• Padecimientosdevesículayvíasbiliares

• Litiasisenvíasurinarias

• Enfermedadesácido-pépticasincluidaenfermedadporreflujogastroesofágico

• Padecimientosenglándulasmamarias(incluyecáncerdeseno)

• Trastornosdelaparatoreproductorfemenino

3.Cuando el Asegurado tenga al menos un mes de cobertura continua en la póliza, mediante un Contrato de seguro de gasto médicos mayores individual celebrado con la Institución Aseguradora, se cubrirán las enfermedades presentadas.

No obstante lo anterior, a partir del primer día de vigencia quedarán cubiertos los accidentes amparados, así como cualquiera de las siguientes

enfermedades, siempre y cuando no sean preexistentes:

a)Apendicitisagudab)Intoxicaciónalimentariac)DiarreayGastroenteritisdeorigeninfecciosod)Golpedecalor(insolación)e)Trombosispulmonarprofundaf)Enfermedadvascularcerebralg)Infartoagudoalmiocardio

LaSumaAsegurada,DeducibleyCoaseguroson losmismosqueaplicanparalaCoberturaBásicadelpresenteContrato.Estosmontosestaránindicadosenlacarátuladelapóliza.

V. ExclusionesGeneralesEste Contrato no cubre, en ningún caso:

1. Accidentes o enfermedades que se produzcan mientras el Asegurado o Dependiente afectado esté en servicio como miembro de cualquier cuerpo militar o de combate al narcotráfico, de seguridad o vigilancia, siempre que sean a consecuencia de dicha actividad.

2. Lesiones que se produzcan por la Participación en una guerra, motín, rebelión o cualquier acto de insurrección civil o militar.

3. Lesiones o enfermedades provocadas por radiación, reacción atómica o contaminación radioactiva y sus complicaciones, salvo las derivadas del tratamiento de una enfermedad o accidente amparado.

4. Lesiones que se produzcan a consecuencia de delitos intencionales de los que sea responsable el Asegurado o cualquiera de sus Dependientes.

5. Cualquier cuidado o tratamiento y sus complicaciones debido a lesiones auto infligidas o intento de suicidio.

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6. Accidentes sufridos mientras el Asegurado o cualquiera de sus Dependientes participe como piloto, copiloto, ayudante o pasajero en carreras, pruebas o concursos de seguridad, resistencia o velocidad en vehículos de cualquier tipo.

7. Tratamientos contra el alcoholismo, otras toxicomanías y sus complicaciones.

8. Enfermedades derivadas por la ingestión de bebidas alcohólicas o por el uso de estupefacientes o psicotrópicos, excepto cuando hayan sido prescritos por su médico tratante, quien deberá contar con cédula profesional que lo acredite como médico legalmente autorizado para prescribir dichas sustancias y el Asegurado hubiere dado seguimiento a las indicaciones respecto a su uso.

9. Lesiones del Asegurado o de cualquiera de sus Dependientes derivadas de accidentes al encontrarse bajo el efecto de estupefacientes o psicotrópicos, de los cuales él sea responsable, excepto cuando hayan sido prescritos por su médico tratante, quien deberá contar con cédula profesional que lo acredite como médico legalmente autorizado para prescribir dichas sustancias y el Asegurado hubiere dado seguimiento a las indicaciones respecto a su uso.

10. Tratamientos e intervenciones quirúrgicas para reducir o aumentar de peso y sus complicaciones.

11. Tratamientos e intervenciones quirúrgicas para corregir o evitar la calvicie y sus complicaciones.

12. Cualquier tipo de tratamiento relacionado con hormonas para el crecimiento, y sus complicaciones, independientemente de la causa de la prescripción.

13. Tratamientos médicos o quirúrgicos para mejorar la apariencia mediante restauración plástica, corrección o eliminación de defectos de carácter estético y sus complicaciones.

14. Cirugía para el cambio de sexo y sus complicaciones.

15. Los tratamientos médicos o quirúrgicos contra la impotencia sexual salvo que sean consecuencia directa de una enfermedad amparada o accidente amparado.

16. Tratamientos médicos o quirúrgicos para evitar o procurar la procreación así como sus consecuencias y complicaciones, incluyendo gastos relacionados con la atención de el o los recién nacidos y la madre como consecuencia de un tratamiento de infertilidad y/o esterilidad.

17. Check Ups (comprobación del estado de salud), estudios de revisión general y/o estudios diagnósticos cuyo resultado no modifique el tratamiento de la enfermedad o accidente amparados y ya diagnosticados, entre otros: polimorfismos, mutaciones genéticas y mapeo genómico.

18. Tratamientos y estudios psiquiátricos y psicológicos de cualquier tipo, así como los relacionados con trastornos del sueño, de la conducta o del aprendizaje y el síndrome de fatiga crónica.

19. Estudios, tratamientos farmacológicos y/o medidas terapéuticas que no cuenten por lo menos con nivel de evidencia 1 del Centro de Medicina Basada en Evidencias de la Universidad de Oxford.

20. Tratamientos de acupuntura así como sus complicaciones.

21. Cuidado podiátrico y sus complicaciones.

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22. Compra o renta de zapatos ortopédicos, plantillas y similares.

23. Reposición de aparatos ortopédicos y prótesis por descuido o mal uso, así como aquellos que ya se utilizaban antes de la fecha de contratación de la presente póliza.

24. Tratamientos médicos o quirúrgicos para corregir trastornos de refracción ocular y sus complicaciones.

25. La adquisición de anteojos, lentes de contacto y aparatos auditivos externos.

26. Tratamientos médicos o quirúrgicos de cualquier tipo si el paciente está infectado por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) y sus complicaciones.

27. Cámara Hiperbárica.

28. Cualquier complicación derivada o que pueda surgir del tratamiento médico o quirúrgico de los padecimientos, lesiones, afecciones o intervenciones expresamente excluidas en esta póliza.

29. Todas aquellas enfermedades o accidentes amparados cuyo total de gastos médicos procedentes no excedan al Deducible estipulado en la carátula de la póliza.

30. Padecimientos preexistentes salvo lo dispuesto en el inciso 1 de la cláusula IV. Padecimientos con Periodo de Espera.

31. Siniestros amparados en el extranjero que administre o pague un tercero no autorizado para hacerlo.

32. Trasplante de órganos cuando existan tratamientos o procedimientos quirúrgicos alternos que garanticen la recuperación de la salud del paciente, con menor riesgo de su vida que el procedimiento del trasplante.

33. Tratamientos o procedimientos quirúrgicos para reemplazar órganos humanos por aparatos artificiales o mecánicos, o por órganos de otra especie animal.

34. Fórmulas lácteas, multivitamínicos suplementos, complementos alimenticios y protectores solares.

35. Tratamientos médicos quirúrgicos, fármacos y/o medidas terapéuticas indicados de manera profiláctica y/o con carácter preventivo. Aplicación de osteoconductores, osteoinductores, y/o estimuladores de la osteointegración en cualquiera de sus modalidades y/o presentaciones, así como, sustancias de uso preventivo en Eventos quirúrgicos. (incluyendo plasma rico en plaquetas, células madre, matriz ósea desmineralizada, injertos óseos, proteínas morfogenéticas, entre otros).

36. Honorarios, insumos, medicamentos y/o servicios médicos cuando el Asegurado mismo o sus familiares directos brinden esos servicios

37. El mantenimiento y/o substitución por uso del equipo de recuperación extrahospitalaria.

VI. CoberturasOpcionales1. Extensión de Cobertura en el

ExtranjeroEstacoberturapuedesercontratadaadicionalmenteconcostoenprima,convirtiendoautomáticamentelapólizaenunplanPlenoconzonaA.

En caso de contratar esta cobertura, la InstituciónAseguradoraseobligaaindemnizaralAseguradoporlos gastos médicos en que incurra en el extranjeroa consecuencia de los Accidentes y Enfermedadesamparadossegúnlascondicionesgeneralesdelapóliza.

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Atención en el extranjeroSilaatenciónmédicaenelextranjerosegestionaporconductode la InstituciónAseguradora,elAseguradodeberá cubrir el doble del deducible contratado, asícomoelcoasegurocontratado,conunmínimode10%,esteúltimocontopede$10,000(diezmil)dólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A.).

EncualquierotrocasoelAseguradodeberácubrireldobledeldeduciblecontratadoasícomouncoasegurodel30%,esteúltimoconuntopede$30,000(treintamil)dólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A.).

Parapoderprocederalpagodelasatencionesmédicasenelextranjero,elAseguradodebepermitiralaInstituciónAseguradora el accesoa toda la informaciónmédicanecesariaparaeldictamenypagodelSiniestroAmparado;denocumplirseestacondición,laInstituciónAseguradoraquedaeximidadetodaobligación.

Los honorarios médicos de atenciones médicas enel extranjero sepagarándeacuerdoa los conveniosestablecidosconuntopemáximoequivalentealabasedehonorariosmédicosyquirúrgicosespecificadaenlacarátuladelapólizaadicionandoun50%.

Eltopeparaelbeneficiodematernidadenelextranjeroesde$5,000(cincomil)dólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A.)

Por concepto de cuarto de hospital sencillo, privado,estándar,conbañoycamaextraparaunacompañante,seotorgarápordíahastaelequivalenteenmonedanacionalde$500(quinientos)dólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica (E.U.A.) previa comprobación de los gastosrealizados.

Porconceptodeunidaddeterapiaintensivaseotorgarápordíahastaelequivalenteenmonedanacionalde$1,000(mil)dólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A.)previacomprobacióndelosgastosrealizados.

2. Cobertura de VIHEstacoberturapuedesercontratadaadicionalmentesincostoenprima.

En caso de contratar esta cobertura, la InstituciónAseguradoraseobligaaindemnizaralAseguradoporlostratamientosmédicosindicadosparaelcontroldelainfecciónporelvirusdelainmunodeficienciahumana(VIH).

LasumaAseguradamáximadelprimeralquintoañodetratamientodeestaenfermedadydesusconsecuencias,seráde$500,000(quinientosmil)pesos.

ApartirdelsextoañodeestarAseguradodemaneracontinua con esta cobertura en la póliza y habiendocumplidolosrequisitosdeselecciónquerequiereestacobertura,seotorgarálasumaAseguradacontratadaenlaCoberturaBásica.

Elcontratarestacoberturadejasinefectolaexclusión26delacláusulaV.“ExclusionesGenerales”.

3. Cobertura de Protección por Fallecimiento

Estacoberturapuedesercontratadaadicionalmenteconcostoenprimaparacualquiertipodeplanencualquierzona.

A. Seguro para Gastos FunerariosEncasodefallecimientodelAseguradoodecualquieradelosDependientesmayoresaunaño,acausadeunAccidenteoEnfermedadAmparadosentérminosdeestapóliza,laInstituciónAseguradorapagaráalAsegurado,laSumaAseguradaparagastosfunerariosqueseindicaenlacarátuladelapóliza;tratándosedeDependientesentreunoydoceañosdeedad,estaSumaAseguradanopodrásermayora60SMGMV.

LainstituciónAseguradora,pagarálasumaAseguradaparagastosfunerariosaqueserefiereestacobertura,auncuandonosehayanrealizadogastosmédicos,sidelainformaciónconquesecuentedelSiniestroAmparado,sedesprendequeencasodequeelAseguradooDependientehubiesesobrevividoalaccidenteoenfermedad,losgastosmédicosderivadosdelosmismossehubiesenencontradoamparados.

EncasodefallecimientodelAseguradoTitular,laSumaAseguradaparaestacoberturasepagaráalbeneficiariodesignado;afaltadeéstesepagaráenelsiguienteorden:

1.Cónyuge,concubinaoconcubinario,afaltadeéstesepagaráa:

2.Hijosenigualproporción,afaltadeéstossepagaráa:

3.Padresenigualproporción:

En caso de que alAsegurado o a cualquiera de losDependientes mayores de un año de edad, le seadiagnosticadaunaEnfermedadTerminal,sepagaráalAseguradounanticipodel50%delaSumaAseguradaparagastosfunerariosqueseindicaenlaCarátuladelapóliza

20Condiciones Generales / Alfa Medical AC

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ysepagaráelrestante50%enlaformaestablecidaenlosdospárrafosanteriores,unavezocurridoelfallecimiento.

Condiciones para el PagoSerácondiciónindispensableparaelpagodelaSumaAseguradadeestacláusula,queelfallecimientoocurraacausadeunAccidenteoEnfermedadAmparadosporestapólizayqueseanprocedentesentérminosdeestapóliza,sinimportarque:

• SeeroguenonogastosparalaatenciónmédicadelAseguradooDependiente.

• ElcúmulodegastoserogadosenlaatenciónmédicadelAseguradooDependiente,norebaseeldeducibleestipuladoenlacarátuladelapóliza.

B. Traslado por FallecimientoEn caso de que el fallecimiento delAsegurado o decualquieradesusDependientesincluidosenestapóliza,ocurraamásde100kilómetrosdesuciudadpermanentedeResidenciaacausadeunAccidenteoEnfermedadAmparados, laInstituciónAseguradora,previasolicitud,prestaráatravésdeAsistenciaAlfaMedicalunodelossiguientesserviciosfunerarios:

a) Traslado del cadáver o cenizas hasta el lugar deinhumación en la ciudad que hubiere sido la deResidenciapermanentedelAsegurado.

b)InhumacióndelosrestosdelAseguradooDependienteenellugardondesehayaproducidoeldeceso,o

c)Trasladodedichosrestoshastaellugardeinhumaciónen cualquier otra ciudad, dentro de la RepúblicaMexicana, que no hubiere sido la de ResidenciapermanentedelAsegurado.

Cuandoseelijacualquieradelasdosúltimasopciones,el límitemáximodeindemnizaciónseráelequivalentedelcostoquesehubieretenidoqueerogarsisehubieraoptadopor laalternativaindicadaenelprimer inciso,porloqueloscostosexcedentesquedaránacargodelsolicitantedelservicio,oensucaso,de losherederosdelAsegurado.

LaInstituciónAseguradoraprestarácualquieradelosserviciosfunerariosalosqueserefiereestacobertura,auncuandonosehayanrealizadogastosmédicos,sidelainformaciónconquesecuentedelSiniestroAmparado,se desprende que en caso de que el Aseguradoo Dependiente hubiese sobrevivido al accidente oenfermedad,losgastosmédicosderivadosdelosmismossehubiesenencontradoamparados.

LaInstituciónAseguradoragestionarálostrámiteslegalesyadministrativosqueserequieranparaelcumplimientodeestacobertura.

EXCLUSIÓN PARTICULAR DE LA COBERTURA DE TRASLADO POR FALLECIMIENTO

1. No se cubrirán los gastos de traslado por fallecimiento si este no ocurre a más de 100 km. de la ciudad permanente de Residencia del Asegurado o Dependiente afectado.

2. No se cubrirán servicios que no se hayan coordinado a través de Asistencia Alfa Medical.

4. Cobertura de Asistencia en el Extranjero

Estacoberturapuedesercontratadaadicionalmenteconcostoenprimaparacualquiertipodeplanencualquierzona.

A. Urgencias en el ExtranjeroEncasodequeelAseguradooalgunodelosDependientesincluidosenestapólizasufrieraenformasúbitayagudaalgunaalteraciónquepongaenpeligrosuvidaosuintegridadcorporal,comoresultadodealgúnAccidenteoEnfermedadAmparados,estandodeviajeenelextranjeroporunperiodomáximodetresmesescontinuosyporloquerequieraatenciónmédica inmediata, la InstituciónAseguradoracubrirálosgastosprocedentesenqueseincurrahastaporlaSumaAseguradaqueseespecificaparaestaCoberturaenlacarátuladelapóliza.Encasodequelaestanciaenelextranjeroseamayoralperiodoantesmencionado,elAseguradodeberácumplirconlosrequisitosdeladefinicióndeResidenciaestablecidosenestecontratoasícomopresentarpasaportevigenteparaqueprocedalacobertura.

El Deducible, a cargo delAsegurado será el que seespecificaenlacarátuladelapólizaparaéstacobertura,sinaplicarCoaseguro.

Por concepto de cuarto de hospital sencillo, privado,estándar,conbañoycamaextraparaunacompañante,seotorgarápordíahastaelequivalenteenmonedanacionalde$400(cuatrocientos)dólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A.)previacomprobacióndelosgastosrealizados.

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Porconceptodeunidaddeterapiaintensivaseotorgarápordíahastaelequivalenteenmonedanacionalde$800(ochocientos)dólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A.)previacomprobacióndelosgastosrealizados.

Cuando termine el estado de urgencia, se seguiránpagandolosserviciosmédicosnecesariosenterritorionacionalyconformealascondicionesdeSumaAsegurada,DeducibleyCoasegurodelaCoberturaBásicacontratada.

EXCLUSIONES PARTICULARES DE LA COBERTURA DE URGENCIAS EN EL EXTRANJERO.

En ningún caso se cubrirán gastos por urgencias en el extranjero por:

a) Parto y complicaciones de embarazo.

b) Atención de padecimientos preexistentes.

c) Atención de una enfermedad o accidente Amparado ocurrido en la República Mexicana.

d) Tratamientos de rehabilitación en el extranjero.

B. Servicios de AsistenciaI. Transferencia de Fondos

La Institución Aseguradora ofrece el servicio detransferenciadefondosdesde$300hasta5,000(dólares)parapagodehonorariosmédicos,gastosdehospitalodemedicamentosobienencasoderobo.Encualquiercaso,serequiereelpreviodepósitodelacantidadatransferirconformealoacordadoconlaInstituciónAseguradoracuandosesoliciteelservicio.

II. Asistencia en Caso de Robo o Pérdida de Pasaporte, Visa o Boletos de Avión.

La Institución Aseguradora proveerá la informaciónnecesariaeindicaráelprocedimientoaseguirconlasautoridadescompetentesconelfindeobtenerelreemplazodedichosdocumentosperdidosorobados.

III. Búsqueda, rastreo y transporte de equipaje u objetos perdidos o robados

EncasodepérdidaorobodeequipajeuobjetosdevalordelAseguradoodecualquieradesusDependientes,la Institución Aseguradora asesorará al Aseguradopara la denuncia de los hechos ante las autoridadescorrespondientes y se le brindará ayuda para su

localizaciónyreexpediciónaldomiciliodelAseguradoencasodequefuesenencontrados.

IV. Transmisión de Mensajes Urgentes

La Institución Aseguradora brindará el servicio detransmisión demensajes urgentes alAsegurado o acualquieradesusDependientesqueseanconsecuenciadirectadecualquieradelosserviciosdeasistencia.

5. Cobertura de Enfermedades Catastróficas en el Extranjero

EstacoberturapuedesercontratadaadicionalmenteconcostoenprimaparaplanesPleno,ÍntegroyOriginaencualquierzona.

En caso de contratar esta cobertura, la InstituciónAseguradoraseobligaaindemnizaralAseguradoporlosGastosMédicosAmparadosenqueincurraporsuatenciónenelextranjerooladealgunodesusDependientesenconsecuencia de las enfermedades y padecimientosenumeradosacontinuación,loscualesseconsideraránpara efectos de esta cláusula como EnfermedadesCatastróficas:

1)EnfermedadesdelSistemaNerviosoCentral:Quedancubiertas sólo las enfermedades degenerativas,tumoresbenignosymalignos.

2) Enfermedades Vasculares del Sistema NerviosoCentral:Quedancubiertasúnicamente la isquemia,trombosis,hemorragiaymalformacionesvascularesqueproduzcansecuelasneurológicasdurantemásde24horasyqueprevalezcandeformapermanente.

3)Cirugíacardiaca.

4)Tratamientodecáncer, incluyendoquimioterapiayradioterapia. Se incluye la cirugía reconstructivasolamentecuandoseanecesariaaconsecuenciadeuncáncercubierto.

5) Los trasplantes de órganos que se indican acontinuación:

a)Corazón,pulmón,páncreas,riñónohígadooalgunacombinacióndeéstos.

b)Médulaóseaautólogapara:

• LinfomadenoHodking,EstadoIIIAoB,oEstadoIVAoB.

• LinfomadeHodking,EstadoIIIAoB,oEstadoIVAoB.

• Leucemia linfocítica aguda sólo a partir de laprimerarecaída.

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• Leucemianolinfocíticaaguda,sóloapartirdelaprimerarecaída.

• Tumoresdecélulagermen(gameto).

c)Médulaóseaalogénicapara:

• Anemiaaplástica.• Leucemiaaguda.• Inmunodeficienciacombinadasevera.• SíndromedeWiskott–Aldrich.• Osteopetrosis infantil maligna (enfermedad deAlbersSchonberguosteopetrosisgeneralizada).

• Leucemiamielógenacrónica.• NeuroblastomaEstadoIIIoIVenniñosmayoresdeunaño,

• Betatalasemiahomocigote(talasemiamayor).• LinfomadenoHodking,EstadoIIIoEstadoIV.• LinfomadeHodking,EstadoIIIAoB,oEstadoIVAoB.

Seincluyenlosserviciosymaterialessuministradosporelcultivodelamédulaósea,enrelaciónconuntrasplantedetejidoalAseguradooDependiente,apartirdelprimergastoqueseefectúepordichocultivo.

Seincluyenlosserviciosprestadosduranteelprocesodeadquisicióndeórganootejidoobtenidosdeundonantefallecido,conelpropósitodeefectuaruntrasplantedeórganootejidoalAseguradoodependiente.

Esteincluyelaremoción,preservaciónytransportedelórganootejido.SeincluyenlosserviciosprestadosaundonantevivoduranteelprocesoderemocióndeunórganootejidoconelpropósitodeefectuaruntrasplantealAseguradooDependiente.

Los Gastos Médicos Amparados incluyen:

• Serviciosprestadosaldonanteenunhospitalocentrodetrasplantes,porconceptodehabitación,salaopabellón,comidas,serviciodeenfermería,serviciosregularessuministradosporelpersonaldelhospitalocentrodetrasplantes,pruebasdelaboratorio, uso de equipos y otros servicioshospitalarios.

• Gastosquirúrgicosyserviciosrelacionadosconlaremocióndelórganootejidodeldonante.

6)Tratamientomédicoquirúrgicoparaelpacientecontraumamayor(lesionesorgánicasometabólicasqueponganenriesgolavidadeunapersona),incluyendorehabilitación.

7)Tratamientoporinsuficienciarenalcrónica(diálisis).

Servicios de Segunda Opinión Médica Internacional y Atención Médica InternacionalSegundaOpiniónMédicaInternacionalesunserviciodeconsultasmédicas internacionalespormediodelcuallaInstituciónAseguradoraofrecealAseguradooasusDependientesunaopiniónmédicaprofesionalgeneradaporespecialistasanivelinternacional,sobrelaEnfermedadoAccidenteAmparado.

AtenciónMédicaInternacionalesunconjuntodeserviciospersonalizadosquelaInstituciónAseguradoraofrecealAseguradoyasusDependientespara laatencióndeenfermedadesanivelinternacional.

LaInstituciónAseguradorareferiráalAseguradoyasusDependientes con los mejores médicos y hospitalesacordesasuenfermedadparaeleccióndelAsegurado,coordinandosuenlace,admisiónhospitalariayatenciónmédica.

EsresponsabilidaddelAseguradoelegirlibrementealosprestadoresdeserviciosquerequiera.LaobligacióndelaInstituciónAseguradoraselimitaráapagarlosserviciosque dichos prestadores de servicios le proporcionen,siempreenestrictoapegoycumplimientoalodispuestoenelcontratodeseguro.

Obligaciones del Asegurado para que opere la Cobertura de Enfermedades Catastróficas en el ExtranjeroEn caso de cirugía programada, el Asegurado oDependienteseobligaaobtenerundiagnósticoprevioporpartedeunmédicoautorizadoodesignadoporlaInstitución Aseguradora, que determine la probableexistenciadeunaenfermedadcatastrófica,porlomenoscondiezdíashábilesdeanticipaciónalafechadeadmisiónaunhospitalocentrodetrasplantes.

Encasodeurgenciamédica tendráquenotificara laInstituciónAseguradorasuingresoalhospitalocentrodetrasplantesdurantelassiguientes24horas.

Los honorarios médicos de atenciones médicas enel extranjero sepagarándeacuerdoa los conveniosestablecidosconuntopemáximoequivalentealabasedehonorariosmédicosyquirúrgicosespecificadaenlacarátuladelapólizaadicionandoun50%.

SilaatenciónmédicaenelextranjerosegestionaatravésdelaInstituciónAseguradora,aplicarálosiguiente:

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a)ElAseguradodeberápagarelDeducibleyCoasegurocontratados,esteúltimocontopede$10,000(diezmil)dólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A.).ElCoaseguromínimoaaplicarseráde10puntosporcentuales, independientemente del Coasegurocontratado.

EncualquierotrocasoenqueelAseguradooDependientereciba atención médica en el extranjero aplicará losiguiente:

a)ElAseguradodeberácubrirelDeduciblecontratadoyeldobledelCoasegurocontratados,esteúltimoconuntopede$20,000(veintemil)dólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A.).ElCoaseguromínimoaaplicarseráde20puntosporcentuales,independientementedelCoasegurocontratado.

EXCLUSIONES PARTICULARES DE LA COBERTURA DE ENFERMEDADES CATASTRÓFICAS EN EL EXTRANJERO

I. No se considerarán como enfermedades catastróficas los siguientes padecimientos:

a) Cánceres in-situ del cuello uterino.

b) Cánceres de la piel, a excepción del melanoma maligno.

c) Enfermedades congénitas del sistema nervioso central, excepto lo mencionado en los incisos 1 “Enfermedades del Sistema Nervioso Central” y, 2 “Enfermedades vasculares del Sistema Nervioso Central”.

d) Isquemia cerebral transitoria.

II. No están cubiertos los gastos que se originen por:

a) Cuidado proporcionado por enfermeras o personal de asistencia en casos de senilidad o deterioro cerebral.

III. No se cubren los gastos de posibles donantes y compatibilidad que hayan sido rechazados.

6. Cobertura de Eliminación de Deducible por Accidente

En caso de contar con esta cobertura, la InstituciónAseguradora exentará al Asegurado del pago delDeduciblecontratadoencasodeAccidenteAmparadoporlapóliza,siempreycuandolosgastosmédicosrealizadosexcedande$1,000(mil)pesosylaprimeraatenciónserecibadentrodelos30díassiguientesalaocurrenciadelAccidente.

Estacoberturapuedesercontratadaadicionalmenteconcostoenprimaparacualquiertipodeplanencualquierzona.

Laedadlímitedecontrataciónesde64añosrenovándosede formaautomática y vitalicia,mientras la póliza seencuentrevigenteconlaInstituciónAseguradora.Estacoberturaaplicaúnicamenteparadeduciblesbásicos.

LaSumaAseguradadeestacoberturaseráigualalmontodeldeduciblebásicocontratado.

Estacoberturaoperasincoaseguro.Encasodequeelmonto totaldelAccidenteAmparadoexceda laSumaAseguradadeestacobertura,seaplicaráelCoasegurocontratadoalosgastosexcedentes.

EstacoberturasóloaplicaparaAccidentesqueocurranyseanatendidosdentrodelaRepúblicaMexicana.

7. Cobertura de Estudiantes y Trabajadores Temporales en el Extranjero

Estacoberturapuedesercontratadaadicionalmenteconcostoenprimaparacualquiertipodeplanencualquierzona.

A. Urgencias en el ExtranjeroEncasodequeelAseguradooalgunodelosDependientesincluidosenestapólizasufrieraenformasúbitayagudaalguna alteración que ponga en peligro su vida o suintegridadcorporal,comoresultadodealgúnAccidenteoEnfermedadAmparados,estandodeviajeenelextranjeroporunperiodomáximodedocemesescontinuosyporloquerequieraatenciónmédicainmediata,laInstituciónAseguradoracubrirálosgastosprocedentesenqueseincurrahastaporlaSumaAseguradaqueseespecificaparaestaCoberturaenlacarátuladelapóliza.Encasodequelaestanciaenelextranjeroseamayoralperiodoantesmencionado,elAseguradodeberácumplirconlosrequisitosdeladefinicióndeResidenciaestablecidosen

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estecontrato,asícomopresentarpasaportevigenteparaqueprocedalacobertura.

El Deducible a cargo delAsegurado será el que seespecificaenlacarátuladelapólizaparaéstacobertura,sinaplicarCoaseguro.

Por concepto de cuarto de hospital sencillo, privado,estándar,conbañoycamaextraparaunacompañante,seotorgarápordíahastaelequivalenteenmonedanacionalde$400(cuatrocientos)dólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A.)previacomprobacióndelosgastosrealizados.

Porconceptodeunidaddeterapiaintensivaseotorgarápordíahastaelequivalenteenmonedanacionalde$800(ochocientos)dólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A.)previacomprobacióndelosgastosrealizados.

Cuando termine el estado de urgencia, se seguiránpagandolosserviciosmédicosnecesariosenterritorionacionalyconformealascondicionesdeSumaAsegurada,DeducibleyCoasegurooCopagoyParticipacióndelaCoberturaBásicacontratada.

EXCLUSIONES PARTICULARES DE LA COBERTURA DE URGENCIAS EN EL EXTRANJERO.

En ningún caso se cubrirán gastos por urgencias en el extranjero por:

a) Parto y complicaciones de embarazo.

b) Atención de padecimientos preexistentes.

c) Atención de una enfermedad o accidente Amparado ocurrido en la República Mexicana.

d) Tratamientos de rehabilitación en el extranjero.

8. Cobertura Alfa Medical Cash por Diagnóstico

EncasodequeelAseguradooalgunodelosdependientesincluidosenlapólizaalaqueseagregaesteBeneficioAdicional,paraloscualeshayasidocontratadalapresentecobertura,seadiagnosticadoconalgunaEnfermedadGrave,segúnestetérminosedefinemásadelante, laInstituciónAseguradoraentregará lasumaAseguradaindicadaenlacarátuladelapólizaparaestacoberturasinaplicarDeducibleniCoaseguro.

LacoberturanoseextinguiráporlaocurrenciadelprimerSiniestroAmparado, sin embargo, laAseguradoranoestaráobligadaapagarnuevamentelasumaAsegurada,cuando una nueva Enfermedad Grave ocurra comoconsecuenciadeunaEnfermedadGravepreviamentecubiertaporlaAseguradora.

EstacoberturapuedesercontratadaadicionalmenteconcostoenprimaparacualquiertipodeplanencualquierzonayaplicaránlasexclusionesylosperiodosdeesperaestablecidosenlaCoberturaBásica,asícomolostiempostranscurridosparaelcumplimientodelosmismos.

Definiciones Particulares de la Cobertura Alfa Medical Cash por DiagnósticoDiagnósticoEl dictamen sobre un padecimiento o condición delmismo,queefectúeelmédicotratante,queademásseaunmédicoespecialistaenlamateriacorrespondientealaenfermedad,yquesebasaenelementoscomoevaluacióndirecta,pruebasclínicas,radiológicas,histológicasydelaboratorioyantecedentesy/odeclaracionesquefuesennecesariasdesdeelpuntodevistamédicoparaefectuarunjuicioalrespecto.

Enfermedad GraveSon aquellos padecimientos o tratamientos médicoscubiertos dentro de la cobertura de este BeneficioAdicional,yconsistenúnicamenteenlosquesedetallanacontinuación:

• Infartoagudoalmiocardio• Cirugíadederivacióncardiaca• Cirugíadelaaortatorácica• Reemplazodeválvulacardiaca• Cáncer• Isquemia/infartocerebral• Alzheimer• EsclerosisMúltiple• Ceguera• EnfermedaddeParkinson• Parálisis(lesióndelamédulaespinal)• Quemaduradetercergrado• Insuficienciarenalcrónica• Trasplantedeórganos• Politraumatismo

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1. Infarto agudo al miocardioLa muerte del músculo cardíaco (miocardio: mio =músculo; cardio = corazón) como resultado de unarápidadisminucióno la interrupciónde lasangrequellega,secundariaalaobstruccióndelvasosanguíneodenominadoarteriacoronaria.

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradora,ladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• UnDiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenCardiología, indicandoqueelAseguradopadeceopadeció,duranteelperiododecoberturadeestebeneficio,uninfartoagudoalmiocardio.

• Comprobar los nuevos cambios cardiológicos aconsecuenciadelaenfermedadmediantelosexámenesdenominadosElectrocardiograma,Troponina“I”.

Se excluye expresamente cualquier otra enfermedad coronaria aguda que no haya provocado la muerte del músculo cardíaco.

2. Cirugía de derivación cardiaca Cirugíaqueserealizaparacrearunaderivaciónalrededordelasarteriascoronariasqueirriganelcorazónyqueseencuentranobstruidas.Lacirugíadederivacióncardíacacreaunadesviacióno “bypass”alrededorde lapartebloqueadadeunaarteriacoronariapararestaurarelflujosanguíneoalmúsculocardíaco.

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradora,ladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• UnDiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenCardiología,indicandoquealAseguradoselepracticó,duranteelperiododecoberturadeestebeneficio,unacirugíadederivacióncardiacaaconsecuenciadeunpadecimientocubiertoporlaCoberturaBásica.

• Comprobar los nuevos cambios cardiológicos aconsecuenciadelaenfermedadmediantelosexámenesdenominados:

P Angiografía Coronaria;quedemuestreelgradodeobstrucción,elsitiodelaobstrucciónyelnúmerodeobstrucciones.

P Arteriografía por Resonancia Magnética.

Se excluyen expresamente la angioplastia coronaria en todas sus formas, así como la cirugía de derivación cardiaca a causa de un politraumatismo.

3. Cirugía de la aorta torácicaEslareparaciónquirúrgicadelaaortaquerequierelaaperturadelacavidadtorácica,desujecióndelaaortaylacosturadeuninjertoquirúrgicoenellugarparaevitarqueunaneurismaserompa.

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradoraladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• UnDiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenCardiología,indicandoquealAseguradoselepracticó,duranteelperiododecoberturadeestebeneficio,unacirugía de la aorta torácica a consecuencia de unpadecimientocubiertoporlaCoberturaBásica.

• Comprobar los nuevos cambios de la aorta aconsecuenciadelaenfermedadmediantelosexámenesdenominados:

P Angiografía,P Aortograma,P Ultrasonografía,P ResonanciaMagnética,P TomografíaAxialComputarizada.

Quedemuestrenlaporcióndelaarteriaaortaafectadayeltamañodelalesión.

Se excluyen expresamente la cirugía de la aorta torácica a causa de un politraumatismo, la cirugía de cualquier arteria distinta a la aorta torácica; así como cualquier cirugía donde no exista la extirpación y el reemplazo de la porción arterial afectada.

4. Reemplazo de válvula cardiacaEs un procedimiento quirúrgico que se realiza parareemplazar una válvula del corazón que no estáfuncionandocorrectamente.Cuandoserealizalacirugíadereemplazo,laválvulaoválvulasdañadassesustituyenconválvulasartificiales.

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Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradoraladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• UnDiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenCardiología,indicandoquealAseguradoselepracticó,duranteelperiododecoberturadeestebeneficio,unreemplazodeválvulacardiacaaconsecuenciadeunpadecimientocubiertoporlaCoberturaBásica.

• Comprobarlapresenciadelaenfermedadmediantelosexámenesdenominados:

P Ecocardiografía, que demuestre la disfunciónvalvularysuforma.

P Cateterismo cardiaco, que demuestre laenfermedadvalvular.

P Resonancia Magnética Cardiaca,quedemuestrelaanormalidadvalvular.

Se excluye expresamente el reemplazo de válvula cardiaca a causa de un politraumatismo, así como la valvulotomía cardiaca cerrada, la valvuloplastía cardiaca abierta sin reemplazo valvular, valvuloplastía percutánea y la reparación valvular cardiaca.

5. CáncerEs la invasión del tejido alrededor y la invasión(diseminación) a otros órganos por el crecimientodescontroladodecélulasdelcáncer.EnestadefiniciónseincluyetambiénalaLeucemia,LinfomaySarcoma.

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradoraladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• UnDiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenOncología.

• Comprobarlapresenciadelaenfermedadmediantelosexámenesdenominados:

P EstudioHistopatológico.P MarcadoresTumorales.P ResonanciaMagnética.P TomografíaAxialComputarizada.P TomografíaporEmisióndePositrones.

P Ecografía.P Estudiosconradionúclidos.

• Quelaenfermedaddemuestralainvasiónaltejidoasualrededorydiseminación(invasión)aotrosórganos.

• ComprobarlaausenciadelVirusdelaInmunodeficienciaHumana (VIH / SIDA) mediante exámenes delaboratorio.

Se excluyen expresamente:

• Tumores malignos (cáncer) que no hayan invadido tejidos circundantes o se hayan diseminado a otros órganos (cáncer in situ).

• Cualquier cáncer de la piel.

• Cualquier cáncer con la presencia del Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH / SIDA).

6. Isquemia/infarto cerebralEslaobstrucciónolarupturadelosvasossanguíneosdelcerebroocuandoestosseobstruyenporuncoágulodesangreformadoenotrapartedelcuerpoproduciendolamuertedeltejidocerebralydejandoundañoneurológicopermanente.

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradoraladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• Undiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenNeurología.

• ComprobarlapresenciadelaenfermedadmediantelosexámenesdenominadosResonanciaMagnética,TomografíaAxialComputarizada,AngiografíaCerebral.

• Quelaenfermedaddemuestraunpermanentedéficitneurológico.

Se excluyen expresamente la isquemia cerebral transitoria, las lesiones traumáticas en tejido cerebral y vasos sanguíneos derivadas de un politraumatismo, así como cualquier derrame e infarto cerebral producido por el uso de alcohol o drogas.

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7. AlzheimerEsunaafeccióncerebralprogresivaydegenerativaqueafecta lamemoria, el pensamiento y la conducta. LaenfermedaddeAlzheimeresunaformadedemencia.

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradoraladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• UnDiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenNeurología.

• Demostrar que múltiples déficits cognitivos estánpresentes,unodeloscualesdebeseralteracióndelamemoria.

Ademásdelosproblemasconlamemoria,unaomásdelossiguientesdebenaparecer:

P Afasia: deteriorodelashabilidadesdellenguaje. P Apraxia: dificultad para ejecutar actividadesmotoras,apesardequeelmovimiento,lossentidosy lacapacidaddeentender loquesepreguntatodavíaestánintactos.

P Agnosia: un deterioro de la capacidad parareconoceroidentificarlosobjetos,apesardequelascapacidadessensorialesestánintactos.

Losproblemasconelfuncionamientoejecutivo,comolaplanificacióndetareas, laorganizacióndeproyectos,olarealizacióndelosobjetivosenlasecuenciaapropiada.

• Comprobarlapresenciadelaenfermedadmediantelosexámenesdenominados:

P Resonancia magnética (IRM), que identifiquecambios en la estructura cerebral y en susfunciones, y que descarte la presencia deaccidentes cerebrovasculares, tumores u otrosproblemascausantesdedemenciasíntomasimilaraenfermedaddeAlzheimer.

P Tomografía Axial Computarizada (TAC),porlasrazonesexpuestasenIRM.

P Tomografía con Emisión de Positrones (PET),enlaqueseproducenimágenesdecambiosquímicosamedidaqueocurrenenlosreceptorescerebralesdeladopamina.

Se excluye expresamente cualquier otro tipo de demencia.

8. Esclerosis MúltipleEsunaenfermedadautoinmunitariaqueafectaalsistemanerviosocentral(elcerebroylamédulaespinal),lacualdebe presentar un deterioro de la función motora ysensitiva.

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradoraladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• Undiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenNeurología.

• Comprobar laenfermedadmediante losexámenesdenominados Imagen de resonancia magnética ylíquidocefalorraquídeo.

• Demostrarqueeldeteriorodelafunciónmotora(relativaalmovimiento)ysensitiva(relativaalasensibilidad)estépresentedemaneraininterrumpida.

• Demostrarquelossíntomasseanpersistentes.

Se excluye expresamente cualquier otro padecimiento que afecte al sistema nervioso central produciendo síntomas similares a esclerosis múltiple, sin serlo.

9. CegueraDondelaagudezavisualcentralenelmejorojoóconlamejorcorrecciónmedicaexistentesedeterminaen3/60,1/60,1/20,1/50,20/400,5/300,sinpercepcióndelaluz;ocuandoeldiámetromásampliodelángulo/campovisualestácomprendidoenunángulo/campovisualigualomenora20°.

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradoraladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• Undiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenOftalmología.

• Demostrarmediantelossiguientesestudioselgradodeceguera:

P Estudiooftalmológicoconlámparadehendidura.P Examendeagudezavisual.

Se excluyen expresamente la ceguera unilateral, la ceguera reversible de cualquier

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tipo, así como la ceguera a causa de un politraumatismo.

10. Enfermedad de ParkinsonEsunaenfermedaddegenerativadelsistemanerviosocentralquecausatemblorinvoluntarioenlasmanos,rigidezmuscular,bradicinesia,olentitudenlosmovimientos;einestabilidadpostural,odeteriorodelequilibrio.

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradoraladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• Undiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenNeurología.

• Demostrar que la enfermedad ha avanzado hastapresentar en formapermanentemente deterioro dela funciónmotoraasociadacon temblor, rigidezdemovimientosylainestabilidadpostural.

• Comprobarlapresenciadelaenfermedadmediantelosexámenesdenominados imagende resonanciamagnética, tomografíaconemisióndepositronesypruebasgenéticas.

Se excluye expresamente cualquier otra causa que afecte al sistema nervioso central produciendo síntomas similares comúnmente denominado Parkinsonismo.

11. Parálisis (lesión de la médula espinal)Es el daño de la médula espinal consecutiva adestrucción,desgarro, compresión, secciónque tienecomoconsecuenciaelquelapersonaquedeparalizadapordebajodelsitiodondeseubicadichodaño.Cuandounapersonasufreunalesióndelamédulaespinal,elcerebrodejaderecibirtotaloparcialmentelainformaciónprovenientedelosnerviosespinalespordebajodelniveldelalesióndandolugaratetraplejia(parálisisdelamayorpartedelcuerpoincluyendobrazosypiernas)oparaplejia(parálisiscompletadelaspiernas).

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradoraladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• Undiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenNeurología.

• Comprobarlapresenciadelaenfermedadmediantelosexámenesdenominados:

P Tomografíacomputarizadadelacolumnavertebral..P Resonanciamagnéticadelacolumnavertebral.P Mielografíadelamédulaespinal.P Pruebaparaevaluarlasvíasdelnervio.P Punciónlumbarparaobtenerlíquidocefalorraquídeo.

Se excluyen expresamente cualquier otro tipo de parálisis cuyo origen es diferente a una lesión de la médula espinal, así como la parálisis que tenga como origen un politraumatismo.

12. Quemadura de Tercer GradoUna quemadura de tercer grado también se conocecomounaquemaduradegrosorcompleto;estetipodequemaduradestruyelacapaexternadelapiel(epidermis)ytodalacapainferior(odermis)afectandoalostejidosmásprofundos.Paraefectosdeestacoberturaestánamparadaslasquemadurasdetercergradoqueafectenmásdel30%delasuperficiecorporaltotal.

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentara laInstituciónAseguradoraladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• Undiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenTraumatología.

• FlujometríacutáneaconláserDoppler.

• Imagenporresonanciamagnética.

• Biopsiadepiel.

• Fotografías para determinar el porcentaje corporalafectadoporlaquemadura.

Se excluyen expresamente cualquier otro grado de quemadura y cuando el porcentaje afectado del cuerpo es menor al 30% de la superficie corporal total.

13. Insuficiencia Renal CrónicaEslainsuficienciairreversibleypermanenteenlafuncióndelosriñones,totalocasitotal.Estacondiciónsepresentacuandolainsuficienciarenalcrónicaevolucionahastaquelafuncióndelosriñonesesmenoral15%desucapacidad

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normal y solo puede ser tratada mediante diálisis otrasplanterenalquetienenlafinalidaddeconservar lavida.

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradoraladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• Undiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaennefrología.

• Comprobarlapresenciadelaenfermedadmediantelosexámenesdenominados:

• Biopsia Renal que demuestre:

P FibrosisIntersticial+PérdidaTubularP EsclerosisGlomerularP HipercelularidadGlomerularP AngioesclerosisdearteriasyarteriolasP MúltiplesquistesP

• Ecografía, resonancia magnética y tomografía axial computarizada, que demuestren:

P AnormalidadenlasimetríadeltamañorenalP CambiosparenquimatososcaracterísticosP Anormalidadenladiferenciacióncortico–medularP MasassólidasoquísticasP CálculodelÍndicedeFiltraciónGlomerular(IFG)NitrógenoureicoensangreP ExamendeOrina(determinacióndealbúminayproteínas)

Se excluyen expresamente las etapas 1 (IFG 90 ó +), 2 (IFG 60 a 89) y 3 (IFG 30 a 59) de la enfermedad renal crónica, la insuficiencia renal aguda, y cuando la insuficiencia renal es a causa de un politraumatismo.

14. Trasplante de ÓrganosEsunprocedimientoquirúrgicoparaextirparuncorazón,hígado, intestino delgado, pulmón o riñón enfermo yreemplazarloporunosano.Paraelcasodelamédulaóseayelpáncreasnoesnecesarialaextirpaciónquirúrgicasólolarecepcióndeltrasplante.

Conelfindevalidar laocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradoraladocumentaciónqueestaúltimasolicite,

pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• Undiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialista.

• Comprobarladisfunciónseveradelórganoyelfracasoolaimposibilidadderecibirotrostratamientos.

• Haberse sometido a la extirpación quirúrgica yreemplazoporunórganosano(únicooencombinación)talescomocorazón,hígado,intestinodelgado,pulmónoriñón.

• Habersesometidoa la recepcióndemédulaósea,páncreassanos.

• ComprobarlaausenciadelVirusdelaInmunodeficienciaHumana (VIH / SIDA) mediante exámenes delaboratorio.

Se excluyen expresamente:

• Cualquier Trasplante de órganos, partes de órganos, tejidos o células distintos a corazón, hígado, intestino delgado, pulmón o riñón.

• Cualquier Recepción de órganos, partes de órganos, tejidos o células distintos a médula ósea o páncreas.

• El trasplante de corazón, hígado, intestino delgado, pulmón o riñón con la presencia del Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH / SIDA),

• La recepción de partes de órganos, tejidos o células distintos a médula ósea o páncreas con la presencia del Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH / SIDA).

• Trasplantes de órganos a consecuencia de un politraumatismo.

15. PolitraumatismoMúltipleslesionestraumáticas(deteriorodelacirculación,lasvíasrespiratoriasy/oneurológicos)envirtuddeunaccidente,conaltoriesgodemuertey/odañosirreversiblesquedebenserabordadosdeinmediatoyquedebidoasugravedadhanrequeridodelaestanciadelAseguradoenelhospitalpormásdediez(10)díascalendario,yqueeneseperiodosehayahechousodeunaunidaddecuidadosintensivos.Todaslaslesionesdebieronproducirseenelmismoaccidente.

ConelfindevalidarlaocurrenciadeestaEnfermedadGrave,elAseguradodeberápresentaraLaInstituciónAseguradora

30Condiciones Generales / Alfa Medical AC

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ladocumentaciónqueestaúltimasolicite,pudiendoser,demaneraenunciativa,algunooalgunosdelossiguientes:

• Undiagnóstico,emitidoporunmédicoespecialistaenTraumatología.

• Radiografíasdelaszonasafectadas.

• Tomografíaaxialcomputarizada.

Se excluyen expresamente las lesiones traumáticas originadas por quemaduras de cualquier tipo y grado.

FALLECIMIENTODELASEGURADO.En caso de que el Asegurado haya acreditado laexistenciadeunaEnfermedadGravecubiertaporesteBeneficioAdicional, pero fallezca antes de recibir lasumaAseguradacorrespondiente, lamismasepagaráalbeneficiariodesignadoporelAseguradoenlaPóliza.

EncasodequenoexistaunbeneficiariodesignadooqueestehubiesefallecidoantesoalmismotiempoqueelAsegurado,laAseguradorapagarálaSumaAseguradaalaolaspersonasqueacreditenubicarseenelsupuestomáscercanodelosquesedescribenacontinuación:

1. Cónyuge

2. Hijos(porpartesiguales)

3. Madre

4. Padre

5. Alasucesiónlegalcorrespondiente

Deacuerdoalartículo69delaLeySobreelContratodelSeguro,LaInstituciónAseguradoratendráelderechode exigir delAsegurado o beneficiario toda clase deinformación sobre los hechos relacionados con elSiniestroAmparadoyporloscualespuedandeterminarselascircunstanciasdesurealizaciónylasconsecuenciasdelmismo.

LaInstituciónAseguradoratendráderecho,siemprequelojuzgueconveniente,decomprobarcualquierhechoocircunstanciarelacionadaconlaenfermedadoaccidenteamparado,lareclamaciónolaspruebasaportadas.

Elocultarelementosprobatorios,laomisióndeinformes,datos,uobstaculizarinvestigacionesocomprobacionesque La Institución Aseguradora practique o intentepracticar, especialmente la negativa o resistencia alarealizacióndeexámenesyexploracionesmédicas,liberarán a La Institución Aseguradora de cualquierresponsabilidaduobligaciónderivadadeestapóliza.

Elcréditoqueresultedelcontratodesegurovencerátreintadíasdespuésdelafechaenquelaempresahayarecibidolosdocumentoseinformacionesquelepermitanconocerelfundamentodelareclamación.

Serán aplicables a este Beneficio Adicional en loconducente,todoslostérminosycondicionesestablecidosenlasCondicionesGeneralesdelaPólizaalacualseagrega.

EncasodediscrepanciaentrelodispuestoenelpresenteBeneficioAdicionaly lasCondicionesGeneralesdelaPóliza, respectodealgunacoberturacontenidaenelBeneficioAdicional,prevalecerálodispuestoeneste.

VII. BasesparaDeterminarlaIndemnización

ElmontomáximodecadagastoprocedentedeacuerdoaloestipuladoenelpresenteContrato,nopodráexcederdelmontoqueresultealmultiplicarlabasedehonorariosmédicos y quirúrgicos, que aparece en la carátulade la póliza, por el factor correspondiente a el (los)procedimiento(s)deacuerdoalcatálogodehonorariosmédicosyquirúrgicosparaloshonorariosmédicos;ydelgastousual,razonableyacostumbradodelazonadecontrataciónparalosgastosdiferentesahonorariosmédicos.

1.GASTOSACARGODELASEGURADO

A. DeducibleElDeducibleserá lacantidadinicialqueelAseguradodeberá pagar en toda la enfermedad o accidenteamparadosyestaráindicadoenlacarátuladelapóliza.

Deducible BásicoSeconsideranDeduciblesBásicosatodoslosDeduciblesmenoresa$100,000(cienmil)pesos.

Para las pólizas con Deducible Básico aplicará elDeducibleAnualseñaladoenlacarátuladelapóliza.

Deducible en ExcesoSeconsideraDeducible enExcesoa losDeduciblesigualesomayoresa$100,000(cienmil)pesos.

Para las pólizas conDeducible en exceso aplica unDeducibleAnualde5,000UnidadesdeInversión(UDI),adicionalesalDeducibleenexcesocontratado,queelAseguradodeberácubrirunavezquepresentegastosen

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lapóliza.EsteDeducibleseráaplicadoporañopólizaconelvalordelaUDIaliniciodevigenciadecadaanualidad,porcadapersonaconSiniestroAmparadoabierto.

ElAseguradopodráreclamarlaindemnizaciónhastaquelosgastosprocedenteshayanrebasadoelDeduciblecontratado.

ElAsegurado deberá presentar original de todos losgastosprocedentesocopiadelaindemnizaciónpagadaporotraAseguradoraopor laInstituciónAseguradoraaplicableparadeduciblebásicoyenexceso.

ElAseguradopodrácambiarsuDeducibleenexcesoaunobásicoencualquierrenovación,siempreycuandocumplaconlosrequisitosmédicosdeselecciónestablecidosporlaInstituciónAseguradora.

La InstituciónAseguradora se reservael derechodeaceptarorechazarelcambiodeDeducible.

B. CoaseguroDelacantidadtotaldelosGastosMédicosAmparados,unavezdisminuidoelDeducibleanteriormenteestipulado,elAseguradodeberápagar lapartequerepresenteelporcentajeseñaladocomoCoaseguroenlacarátuladeestapóliza.EnconsecuencialaInstituciónAseguradoraindemnizaráladiferencia.

La Participación delAsegurado y/o Dependiente porconceptodeCoaseguronoexcederáelmontoindicadoenlacarátuladelapóliza.

• Cuando el Asegurado tenga contratado 0% deCoaseguroylaatenciónmédicanoseaproporcionadausandomédicosderedy/ohospitalesdeconvenioyse tratedecirugíaprogramadao ingresodirectoal hospital, la InstituciónAseguradora aplicará unCoasegurodel10%.

• A todos los gastos que el Asegurado presente atravésdereembolso,se lesaplicaráelCoasegurocontratado.EncasodeCoaseguro0%secobrará10%deCoaseguro.

• Para pólizas cuyo Deducible sea igual omayor a$100,000.00(cienmil)pesos,enningúncasoaplicaráreduccióndecoaseguro.

EncasodequeelAseguradoacudaaatenderseenhospitalesdemenornivelalcontratadoensuplan,seaplicaráunareducciónde10puntosdeCoasegurodeacuerdoalasiguientetabla:

Tabla de Reducción de Coaseguro

No aplica para coaseguro 0%Tanto la zona como el plan contratado se encuentran especificados en la carátula de la Póliza.

Zona Contratada

Plan Contratado

Reducción de coaseguro si se atiende en Hospitales del nivel

Observaciones

A

Pleno

Pleno Monterrey

Íntegro

Práctico

Íntegro

Íntegro

Práctico

No aplica reducciónLa atención del asegurado en hospitales fuera de la zona contratada se sujetará a las c o n d i c i o n e s de la zona en donde reciba la atención.

B,C,D,E,F, G Y J

Pleno

Íntegro

Origina

Práctico

Práctico

Práctico

Práctico

No aplica reducción

N

Pleno

Pleno Monterrey

Origina

integro

Práctico

Íntegro

Íntegro

Íntegro

Práctico

No aplica reducción

C. Indemnización de acuerdo a Plan y Zona CorrespondienteLaBasedeHonorariosMédicosyQuirúrgicosqueseaplicaparaelpagodecualquierindemnizacióneslaquecorrespondealplanyzonacontratados.

En caso de Siniestro Amparado, las condiciones deDeducible,Coaseguro,SumaAsegurada,tabuladoresyhospitalesaplicablesalpagoseránlasvigentesalafechadelprimergastoofechadepresentacióndelosprimerossignosysíntomas.

Estas condiciones serán lasqueaplicarán siempreaesteSiniestroAmparado,siempreycuandoelAseguradomantengaunapólizavigenteporlomenosconlasmismascondicionescontratadasalmomentodepresentarseelEvento.

LaautorizaciónparacambiodeplanestarásujetaalaaceptacióndelaInstituciónAseguradoradeacuerdoalaspolíticasvigentesydesuscripciónmédica.

Encasodecambiodeplan,losbeneficiosganadosporantigüedaddelAseguradonoseveránafectadossiempreycuandoelnuevoplanloscontemple.

Encasodequenoexistanenlazonalosserviciosmédicosyhospitalariosacordesalpadecimiento, la InstituciónAseguradoradeberáproporcionaralAseguradoysusDependientesasistenciaoinformacióndelosserviciosmédicosyhospitalariosmáspróximosalazonacontratada,

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realizandolaindemnizacióncorrespondientedeacuerdoconelCatálogodeHonorariosMédicosyQuirúrgicosyalGastoUsualRazonableyAcostumbradodelazonadondeseprestólaatenciónmédica.

En caso de que elAsegurado oDependiente decidaatenderseconserviciosmédicosyhospitalariosdeunazonainferioralacontratada,secubriránloshonorariosmédicosdeacuerdoalCatálogodeHonorariosMédicosy Quirúrgicos del plan contratado, los demás gastosse pagarán de acuerdo al Gasto Usual RazonableAcostumbradodelazonaendondesebrindólaatenciónyseaplicaráunareducciónde10%deCoasegurodeacuerdoalatabladelincisoB.Coaseguro,párrafo6.

EncasodeaccidenteourgenciamédicalaindemnizaciónsepagaráacordeconelCatálogodeHonorariosMédicosyQuirúrgicosyelGastoUsualRazonableyAcostumbradocorrespondientealazonayalplandondeseprestólaatenciónmédica.

Si el fallecimiento del Asegurado ocurre sin que laInstitución Aseguradora pague ningún beneficio, sedevolveráel65%delaprimanodevengadaapartirdelafechadefallecimiento,siempreycuandoelEventoseareportadodentrodelosprimeros30díasnaturalesposterioresalafechadefallecimientodelAsegurado.

Encasodehaberpagadoalgúnbeneficionopodráexistirdevoluciónalguna.

Encasodequeelmédicotratantenopertenezcaalareddeprestadoresdeserviciosafiliados,laobligacióndepagodelaInstituciónAseguradoraselimitaráalosmontosquecorrespondandeconformidadconelTabuladordeHonorariosMédicosyQuirúrgicosestablecidosenesteContrato.

D. Periodo de Beneficio Ocurridaunaenfermedadoaccidenteamparados,seestableceráun“periododebeneficio”olapsoduranteelcual laInstituciónAseguradoraestaráobligadaalpagodelosGastosMédicosAmparadosqueseocasionenporlaatencióndedichaenfermedadamparadaoaccidenteamparado.

Elperiododebeneficiocomenzaráapartirdelafechaenqueseefectúeelprimergastoyterminaráenlafechaqueresultemayorentrelos365díassiguientesalafechadelprimergastoo30díasapartirdeltérminodelavigenciadelseguro,oantes,enlafechaenqueseagotelaSumaAsegurada.

Noobstante,sielAseguradocontrataconlaInstituciónAseguradora una nueva póliza de seguro de gastos

médicosindividualparaelperiodoinmediatosiguientealdelvencimientodeestapóliza,elperiododebeneficiose entenderá prorrogado por otros 365 días o hastaqueseagotelaSumaAseguradaestablecidaparaesaenfermedadoaccidenteamparados,loqueocurraprimero.

2.INDEMNIZACIONESA. Información del Asegurado en Caso de Reclamación

TanprontocomoelAseguradooelbeneficiarioensucaso,tenganconocimientodelarealizacióndelSiniestroAmparadoydelderechoconstituidoasufavorporelContratodeseguro,deberánhacerlodelconocimientodelaInstituciónAseguradora.

SalvodisposiciónencontrariodelaLeySobreelContratodel Seguro, el Asegurado o el beneficiario gozaránde un plazomáximo de cinco días para dar el avisocorrespondiente,elcualdeberáserporescritosienelContratonoseestipulaotracosa.

LasreclamacionesqueefectúeelAseguradoobeneficiarioalamparodeestapóliza,deberánserpresentadasenlasformasqueleproporcionelaInstituciónAseguradora.

Enellasdeberáconsignartodoslosdatoseinformesqueenlasmismasseindicanylassuscribiráconsufirmabajoprotestadedecirverdad.

En caso de recibir atenciónmédica en el extranjero,elAsegurado deberá solicitar y presentar un informede sumédico tratante, enel que se indique la fechade inicio del padecimiento, diagnóstico, evolución ytratamiento;anexandolasfacturasoriginalesylanotamédicaconlaclasificacióndeCIE(CódigoInternacionaldeEnfermedades)yCPT(CódigodeProcedimientosyTratamientos)vigentes.

Además,juntoconlareclamación,exhibirálaspruebasqueobrenensupoderolasqueestéencondicionesdeobtener,asícomotodasaquellasquelesolicitelaInstituciónAseguradorarelativasalarealizacióndelaenfermedadoaccidenteamparadosylosgastosefectuados.

Todos los comprobantes por gastos indemnizablesdeberánseroriginalesyreunir losrequisitosqueparalosdesuclaseexijanlasleyesyreglamentosfiscalesaplicablesvigentes.

EstosdocumentosquedaránenpoderdelaInstituciónAseguradora una vez pagada la indemnizacióncorrespondiente.

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Deacuerdoalartículo69delaLeySobreelContratodeSeguro,laInstituciónAseguradoratendráelderechode exigir delAsegurado o beneficiario toda clase deinformaciónsobreloshechosrelacionadosconelSiniestroAmparado y por los cuales puedan determinarse lascircunstanciasdesurealizaciónylasconsecuenciasdelmismo.

LaInstituciónAseguradoratendráderecho,siemprequelojuzgueconveniente,decomprobarcualquierhechoocircunstanciarelacionadaconlaenfermedadoaccidenteamparado,lareclamaciónolaspruebasaportadas.

Elocultarelementosprobatorios,laomisióndeinformes,datos,uobstaculizarinvestigacionesocomprobacionesquelaInstituciónAseguradorapractiqueointentepracticar,especialmentelanegativaoresistenciaalarealizacióndeexámenesyexploracionesmédicas, liberarána laInstituciónAseguradoradecualquierresponsabilidaduobligaciónderivadadeestapóliza.

ElcréditoqueresultedelContratodesegurovencerátreintadíasdespuésdelafechaenquelaempresahayarecibidolosdocumentoseinformacionesquelepermitanconocerelfundamentodelareclamación.

Seránulalacláusulaenquesepactequeelcréditonopodráexigirsesinodespuésdehabersidoreconocidoporlaempresaocomprobadoenjuicio.

B. MonedaLospagosdeprimaseindemnizacionesdeestapólizaseefectuaránenmonedanacional.

El reembolso de los gastosmédicos erogados en elextranjero se cubrirá en moneda nacional al tipo decambio para solventar obligaciones denominadas enmonedaextranjerapagaderasenlaRepúblicaMexicana,publicadoporelBancodeMéxicoenelDiarioOficialdelaFederación,eldíaenqueserealiceelpagoentérminosdelartículo8ºdelaLeyMonetaria.

C. Responsabilidad de la Institución AseguradoraEnningúncasolaInstituciónAseguradoraseráresponsableanteelAsegurado,susDependientes,beneficiariosocausahabientes,decualquierdañooperjuicioquesufrancomoconsecuenciadelasopiniones,hechosuomisiones,enqueincurracualquierprestadordeserviciosmédicos,hospitalarios,deenfermería,delaboratorio,detrasladoenambulancia,oporelusodemedicamentos,aparatos,instrumentos o sustancias peligrosas, en la atención

o tratamiento de cualquier enfermedad amparada oaccidenteamparado.

VIII. CláusulasGeneralesI.CONTRATO

A. Bases del ContratoEstapólizaespruebadelContratodesegurocelebradoentreelContratanteylaInstituciónAseguradoray,ensucaso,desusrenovaciones.SeemiteenconsideraciónalasolicitudyalasdeclaracionespreviamenteformuladasporelAseguradooelContratanteparalaapreciacióndelriesgo.

B. DisputabilidadLaomisiónoinexactitudenlasdeclaracionesformuladaspara la apreciacióndel riesgoa lasque se refiere lacláusulaanterior,facultaráalaInstituciónAseguradorapararescindirdeplenoderechoestapólizaocualquieradesusrenovaciones,aunquetaleshechosuomisionesnohayaninfluidoenlarealizacióndelSiniestroAmparado.

C. Rectificación de la Póliza (TrascripcióndelArt.25delaLeySobreelContratodeSeguro.)

“Siel contenidode lapólizaosusmodificacionesnoconcordarenconlaoferta,elAseguradopodrápedir larectificacióncorrespondientedentrodelostreintadíasquesiganaldíaenquerecibalapóliza.Transcurridoesteplazoseconsideranaceptadaslasestipulacionesdelapólizaodesusmodificaciones.”

D. Modificaciones al ContratoLoscambiosomodificacionesalContratoseránválidossiempreycuandohayansidoacordadosporescritoentreelContratanteylaInstituciónAseguradora.

Dichas modificaciones se harán constar mediantecláusulasadicionalesoendosospreviamenteregistradosante laComisiónNacionaldeSegurosyFianzas.Enconsecuencianingúnagentedesegurosniningunaotrapersonanoautorizadapor la InstituciónAseguradora,podrácambiaromodificar lascondicionesobeneficiosdelContrato.

34Condiciones Generales / Alfa Medical AC

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E. Periodo de SeguroElperiododeseguroconvenidoesdeunaño,cuyasfechasyhorariodeinicioyterminaciónseindicanenlacarátuladelapóliza.

F. Suma AseguradaLaresponsabilidadmáximacubiertaporestapólizaparacadaenfermedadoaccidenteamparado,eslacantidadqueseespecificaenlacarátuladelapólizacomo“SumaAsegurada”dela“CoberturaBásica”.

Una vez que los gastos a cargo de la InstituciónAseguradoraalcancendichomonto,laresponsabilidaddeéstacesaráporcompletoparalaenfermedadoaccidente,cubiertoencuestión.

G. CompetenciaEncasodecontroversia,elreclamantepodráalegarloqueasuderechocorrespondaantelaUnidadEspecializadade Atención de Consultas y Reclamaciones (Centrode Atención y Servicio a Asegurados) de la propiaInstituciónAseguradora o ante la Comisión NacionalparalaProtecciónyDefensadelosUsuariosdeServiciosFinancieros (CONDUSEF), pudiendo a su elección,determinar lacompetenciapor territorio,en razóndeldomiciliodecualquieradesusdelegaciones,entérminosdelosartículos50Bisy65delaLeydeProtecciónyDefensaalUsuariodeServiciosFinancierosy277delaLeydeInstitucionesdeSegurosydeFianzas.Loanteriordentrodeltérminodedosañoscontadosapartirdequesesusciteelhechoqueledioorigen,oensucaso,apartirdelanegativadelaInstituciónAseguradoraasatisfacerlaspretensionesdelusuario.

DenosometerselaspartesalarbitrajedelaCONDUSEF,odequienéstaproponga,sedejaránasalvolosderechosdelreclamanteparaqueloshagavaleranteeljuezdeldomiciliodedichasdelegaciones.Entodocaso,quedaa elección del reclamante acudir ante las referidasinstanciasadministrativasodirectamenteantelaautoridadjurisdiccionalcompetente.

H. Información de ComisionesDurante lavigenciadelapóliza,elContratantepodrásolicitar por escrito a la InstituciónAseguradora queleinformeelporcentajedelaprimaque,porconceptode comisión o compensación directa, corresponda alintermediarioopersonamoralporsuintervenciónenlacelebracióndeesteContrato.

La Institución Aseguradora proporcionará dichainformación,porescritoopormedioselectrónicos,enun

plazoquenoexcederádediezdíashábilesposterioresalafechaderecepcióndelasolicitud.

I. NotificacionesCualquier comunicación relacionada con este segurodeberápresentarseporescritoalaInstituciónAseguradoraeneldomiciliodelamismaindicadoenlacarátuladeestapólizao,ensucaso,enellugarqueparaestosefectoshubieracomunicadoaquellaporescritoalContratante.

LoscomunicadosquelaInstituciónAseguradoradebahaceralAseguradooalContratantelosrealizaráenelúltimodomiciliodelquehayatenidoconocimiento.

J. PrescripciónTodaslasaccionesquesederivendeesteContratodeSeguro,prescribiránendosañoscontadosdesdelafechadelacontecimientoquelesdioorigen.Dichoplazonocorreráencasodeomisionesoinexactasdeclaracionessobre el riesgo corrido, sino desde el día en que laInstituciónAseguradora haya tenido conocimiento deél;ysisetratadelarealizacióndelSiniestroAmparado,desdeeldíaenquehaya llegadoaconocimientodelosinteresados,quienesdeberándemostrarquehastaentonces ignoraban dicha realización. Tratándose detercerosbeneficiariossenecesitaráademásqueéstostenganconocimientodelderechoconstituidoasufavor,entérminosdelodispuestoporlosartículos81y82delaLeySobreelContratodeSeguro.

Laprescripciónseinterrumpiránosóloporlascausasordinarias,sinotambiénporelnombramientodeperitosoporlainiciacióndelprocedimientoconciliatorioseñaladoenelartículo68delaLeydeProtecciónyDefensaalUsuariodeServiciosFinancieros.

Asimismo,laprescripciónsesuspenderáporlapresentacióndelareclamaciónantelaUnidadEspecializadadeAtencióndeConsultasyReclamacionesdeestaInstitución.

K. Indemnización por MoraEncasodequelaInstituciónAseguradoranoobstantehaber recibido los documentos o información que lepermitaconocerelfundamentodelareclamaciónquelehayasidopresentada,nocumplaconlaobligacióndepagarlaindemnizaciónenlostérminosdelartículo71delaLeySobreelContratodeSeguro,estaráobligadaapagaralAseguradoobeneficiariounaindemnizaciónpormoraenlostérminosprevistosporelartículo276delaLeydeInstitucionesdeSegurosyFianzasduranteellapsodemora.Dichointeréssecomputaráapartirdeldíasiguienteaaquelenquesehagaexigiblelaobligación.El

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créditoqueresultedelContratodesegurovencerátreintadíasdespuésdelafechaenquelaInstituciónAseguradorahayarecibido losdocumentose informacionesque lepermitanconocerelfundamentodelareclamación.

L. Transcripción del Art. 276 de la ley de Instituciones de Seguros y FianzasARTÍCULO276.SiunaInstitucióndeSegurosnocumpleconlasobligacionesasumidasenelcontratodesegurodentrodelosplazosconquecuentelegalmenteparasucumplimiento,deberápagaralacreedorunaindemnizaciónpormoradeacuerdoconlosiguiente:

I.LasobligacionesenmonedanacionalsedenominaránenUnidadesdeInversión,alvalordeéstasenlafechadelvencimientodelosplazosreferidosenlaparteinicialdeesteartículoysupagoseharáenmonedanacional,alvalorquelasUnidadesdeInversióntenganalafechaenqueseefectúeelmismo,deconformidadconlodispuestoenelpárrafosegundodelafracciónVIIIdeesteartículo.

Además,laInstitucióndeSegurospagaráuninterésmoratoriosobrelaobligacióndenominadaenUnidadesdeInversiónconformealodispuestoenelpárrafoanterior,elcualsecapitalizarámensualmenteycuyatasaseráigualalresultadodemultiplicarpor1.25elcostodecaptaciónaplazodepasivosdenominadosenUnidadesdeInversióndelasinstitucionesdebancamúltipledelpaís,publicadoporelBancodeMéxicoenelDiarioOficialdelaFederación,correspondienteacadaunodelosmesesenqueexistamora;

II.Cuandolaobligaciónprincipalsedenomineenmonedaextranjera,adicionalmentealpagodeesaobligación,laInstitucióndeSegurosestaráobligadaapagaruninterésmoratorioelcualsecapitalizarámensualmentey se calculará aplicando al monto de la propiaobligación,elporcentajequeresultedemultiplicarpor1.25elcostodecaptaciónaplazodepasivosdenominadosendólaresdelosEstadosUnidosdeAmérica,delas institucionesdebancamúltipledelpaís,publicadoporelBancodeMéxicoenelDiarioOficialdelaFederación,correspondienteacadaunodelosmesesenqueexistamora;

III.Encasodequealafechaenqueserealiceelcálculonosehayanpublicadolastasasdereferenciaparael cálculo del interés moratorio a que aluden lasfraccionesIyIIdeesteartículo,seaplicaráladelmes inmediatoanteriory,parael casodequenosepubliquendichas tasas,el interésmoratoriose

computarámultiplicando por 1.25 la tasa que lassustituya,conformealasdisposicionesaplicables;

IV.Losinteresesmoratoriosaqueserefiereesteartículosegeneraránpordía,apartirdelafechadelvencimientode los plazos referidos en la parte inicial de esteartículo y hasta el día enque seefectúeel pagoprevistoenelpárrafosegundodelafracciónVIIIdeesteartículo.Parasucálculo,lastasasdereferenciaaqueserefiereesteartículodeberándividirseentretrescientossesentaycincoymultiplicarelresultadoporelnúmerodedíascorrespondientesalosmesesenquepersistaelincumplimiento;

V. En caso de reparación o reposición del objetosiniestrado, la indemnización por mora consistiráúnicamenteenelpagodelinteréscorrespondientealamonedaenquesehayadenominadolaobligaciónprincipal conforme a las fracciones I y II de esteartículoysecalcularásobreelimportedelcostodelareparaciónoreposición;

VI.Sonirrenunciableslosderechosdelacreedora lasprestacionesindemnizatoriasestablecidasenesteartículo.Elpactoquepretendaextinguirlosoreducirlosnosurtiráefectolegalalguno.EstosderechossurgiránporelsolotranscursodelplazoestablecidoporlaLeyparaelpagodelaobligaciónprincipal,aunqueéstanosealíquidaenesemomento.

Unavezfijadoelmontode laobligaciónprincipalconformealopactadoporlaspartesoenlaresolucióndefinitivadictadaenjuicioanteel juezoárbitro, lasprestacionesindemnizatoriasestablecidasenesteartículodeberánsercubiertaspor laInstitucióndeSegurossobreelmontodelaobligaciónprincipalasídeterminado;

VII.Si en el juicio respectivo resulta procedente lareclamación,auncuandonosehubieredemandadoelpagodelaindemnizaciónpormoraestablecidaenesteartículo,eljuezoárbitro,ademásdelaobligaciónprincipal,deberácondenaraldeudoraquetambiéncubraesasprestacionesconformealasfraccionesprecedentes;

VIII.Laindemnizaciónpormoraconsistenteenelsistemadeactualizacióne interesesaquese refieren lasfracciones I, II, III y IV del presente artículo seráaplicableentodotipodeseguros,salvotratándosedesegurosdecauciónquegaranticenindemnizacionesrelacionadasconel impagodecréditosfiscales,encuyocasoseestaráalodispuestoporelCódigoFiscaldelaFederación.

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ElpagoquerealicelaInstitucióndeSegurosseharáenunasolaexhibiciónquecomprendaelsaldototalporlossiguientesconceptos:

a)Losinteresesmoratorios;

b)LaactualizaciónaqueserefiereelprimerpárrafodelafracciónIdeesteartículo,y

c)Laobligaciónprincipal.

EncasodequelaInstitucióndeSegurosnopagueenunasolaexhibiciónlatotalidaddelosimportesdelasobligacionesasumidasenelcontratodesegurosy laindemnizaciónpormora,lospagosquerealiceseaplicaránalosconceptosseñaladosenelordenestablecidoenelpárrafoanterior,porloquelaindemnizaciónpormorasecontinuarágenerandoentérminosdelpresenteartículo,sobreelmontodelaobligaciónprincipalnopagada,hastaentantosecubraensutotalidad.

CuandolaInstitucióninterpongaunmediodedefensaquesuspendaelprocedimientodeejecuciónprevistoenestaley,ysedictesentenciafirmeporlaquequedensubsistentes los actos impugnados, el pago o cobrocorrespondientesdeberánincluir laindemnizaciónpormora que hasta ese momento hubiere generado laobligaciónprincipal,y

IX.Si la InstitucióndeSeguros,dentrode losplazosy términos legales, no efectúa el pago de lasindemnizaciones pormora, el juez o la ComisiónNacionalparalaProtecciónyDefensadelosUsuariosde Servicios Financieros, según corresponda, leimpondránunamultade1000a15000DíasdeSalario.

Enelcasodelprocedimientoadministrativodeejecuciónprevistoenelartículo278deestaLey,si la institucióndeseguros,dentrodelosplazosotérminoslegales,noefectúanelpagodelasindemnizacionespormora, laComisiónleimpondrálamultaseñaladaenestafracción,apeticiónde laautoridadejecutoraque correspondaconformealafracciónIIdedichoartículo.

2. VigenciaAlas12:00horasdelprimerdíadelperiododesegurocontratado,indicadoenlacarátuladelapóliza.

B. Terminación de VigenciaAlas12:00horasdelúltimodíadelperiododesegurocontratado,oantesenloscasosdeterminaciónorescisiónprevistosenestapóliza.

C. Terminación AnticipadaEncasodeterminaciónanticipadadelContratosolicitadaporelAseguradoocontratante,laInstituciónAseguradoradevolveráalcontratanteel65%delaprimanetapagadanodevengadacorrespondiente,siempreycuandonoexistaunSiniestroAmparadoabiertoenlavigenciaenlaquesesolicitalaterminaciónanticipada.

3. Obligaciones del Contratante y del AseguradoA. RenovaciónApartirdelarenovacióndelsegundoañoconvigenciacontinuasinquesehaya interrumpido lavigenciadelapóliza, la InstituciónAseguradora estaráobligadaa renovarla automáticamente. Para estos efectos, lapresentecláusulaseentenderávigenteencadapólizaderenovación,auncuandonofigureenellaosehubieremodificado.

Las renovaciones se sujetarán a las condiciones decobertura, franquicia, Deducible, Coaseguro, topesde Coaseguro, sumas aseguradas y primas que laInstituciónAseguradoratengaregistradasalafechadeiniciodevigenciadelapólizaderenovaciónrespectiva,las cuales podrán ser modificadas por la InstituciónAseguradoraenrelaciónalapólizainmediataanterior,sindetrimentoparaelAseguradoysiempreycuandomantengancongruenciaconlascondicionesdecoberturaoriginalmentecontratadas.

LaInstituciónAseguradora informaráalContratanteoAseguradolosvaloresdelaPrima,Deducible,CoaseguroytopesdeCoaseguroaplicablesencadarenovaciónconalmenosveintedíashábilesdeanticipaciónalarenovacióndelaPóliza.LaInstituciónAseguradoraproporcionarádichainformaciónensudomicilio.

Porsuparte,elContratantetendráelderechodesolicitara la renovación,modificacionesa lascondicionesdelContrato,dentrodelasquelaInstituciónAseguradoratengaregistradas.

Enel casodepólizasconsiniestroabierto,paraquelaInstituciónAseguradoracontinúeamparándolo,seránecesario que el Contratante renueve la póliza encondicionesdecoberturacongruentesconlasexistentesalmomentoenqueseoriginóelsiniestro, lascuales,conforme lodispuestoenéstacláusula, la InstituciónAseguradora está obligada a ofrecer. Lo anterior, sinperjuiciode loprevistoen lacláusulade “PeríododeBeneficio”.

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SeentenderárenovadoautomáticamenteelContratodeseguroenlostérminosdelanuevapóliza,sielContratantenomanifiestaexpresamenteyporescritosuvoluntaddenocelebrarlo,deacuerdoconlodispuestoenelartículo17delaLeySobreelContratodeSeguro.

B. Cambio de Póliza Familiar a Póliza IndividualCualquier Dependiente con mayoría de edad tendráderechoasolicitarqueseleexpidaasunombreunapólizadesegurodegastosmédicosindividualofamiliarencualquieradelosplanesquelaInstituciónAseguradoratengavigentesenesemomentoconreconocimientodeantigüedadllenandoladocumentacióncorrespondiente,siempreycuandoeltrámiteserealicedentrodelosprimeros30díasnaturalesposterioresaqueelDependientedejelacoberturadelapólizafamiliar.

C. Edad Máxima de AceptaciónLaedadlímitedeaceptaciónesde64añosdeedad.Paraefectosderenovaciónnohabráedadlímitedeaceptación.

D. PrimasElContratanteseobligaapagaralaInstituciónAseguradoralaprimamásrecargosporpagofraccionado,porderechodeexpedicióndelapólizaeImpuestoalValorAgregadoqueseindicanenlacarátuladelapóliza.

E. Frecuencia de PagoLaprimacalculadaparaelperiododeseguroesanual;sinembargo,podráconvenirsequeelContratantelapaguedemanerafraccionada,enparcialidadesquecorrespondanaperiodosdeigualduraciónnoinferioresaunmes,encuyocasoseaplicarálatasadefinanciamientoporpagofraccionadoquedeterminelaInstituciónAseguradora.

La frecuenciadePagoestipuladaparaelPeriododeSeguro,eslaseñaladaenlacarátuladelapóliza.

F. VencimientoLaprimavenceráenlafechadeiniciodelperiododesegurocontratado.

Encasodepagofraccionado,cadafraccióndeprimavenceráalcomienzodelperiodoquecomprenda.

G. Periodo de GraciaSinohubieresidopagada laprimao la fracciónquecorrespondaencasodepagoenparcialidades,dentrode los treintadíasnaturales siguientesa la fechade

suvencimiento, losefectosdeesteContratocesaránautomáticamentea las12:00horasdel últimodíadeesteplazo,entérminosdeloestipuladoenelartículo40delaLeySobreelContratodeSeguro.Encasodequesepresenteunaenfermedadamparadaoaccidenteamparadoduranteeltranscursodelperiododegracia,la indemnización de los Gastos MédicosAmparadosquehayansidoerogadosenéste,sedaráenformadeReembolsodescontandolaprimaolafracciónpendientedepago.

H. RehabilitaciónSielAseguradonopagalaprimacorrespondientedentrodel periodo de gracia establecido, su póliza quedarácancelada.

Enestecaso,elAseguradopodrádentrodelos30díassiguientesalúltimodíadeplazodegracia,solicitarporescritolarehabilitacióndesupólizaaplicandolaspolíticasdeaceptaciónysujetoalaaprobaciónporpartedelaInstituciónAseguradora.LosefectosdeesteContratoserehabilitaránapartirdelahoraydíaseñaladosenelcomprobantedepagodelaprimaofracciónsiempreycuandolasolicitudderehabilitaciónserealicedentrodelos30díassiguientesalúltimodíadeplazodegracia.

EnningúncasolaInstituciónAseguradoraindemnizarálasenfermedadesamparadasoaccidentesamparadosquesehubieseniniciadodespuésdelplazodegraciayantesdeldíaylahoraenquesurtaefectolarehabilitación.

Estapólizasólopodráserrehabilitadaunavezdentrodeunmismoperiododeseguroyseentenderácomorehabilitadaapartirdelaemisióndelrecibodepagodelapóliza.

I. Lugar de PagoElContratantedeberárealizarelpagototalquecorrespondaen el domicilio de la InstituciónAseguradora, que seestableceenlacarátuladeestapóliza,contraentregadelrecibo.SindejarsinefectolaobligaciónanterioryconelúnicofindeotorgarlealContratantemayoresopciones,podrácubrirelpagodelaprimacorrespondienteatravésde transferencia electrónica de fondos a favor de laInstituciónAseguradora,pagoreferenciadoenbancosyestablecimientosafiliados,cargoautomáticoencuentabancariaotarjetadecréditoqueautoriceelContratante,entreotrosmediosqueseponganasudisposición.

Elcomprobantedelaoperación,elreciboselladoporlainstituciónbancariaoelestadodecuentadondeaparezcaelcargocorrespondiente,seránpruebasuficientededicho

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pagohastaentantolaInstituciónAseguradoraentregueelrecibocorrespondiente.

J. Agravación del RiesgoEl Contratante y el Asegurado serán solidariamenteresponsablesdedaravisoalaInstituciónAseguradoraduranteelperiododelseguro,decualquieragravaciónesencialdelriesgodelAseguradoodesusDependientes,talescomo,cambiosdeactividadprofesional,actividadesdeportivas,entreotras.

Si elAseguradooelContratanteomitendarel avisodentrodetreinta(30)díasposterioresalaagravacióndelriesgo,alfinalizardichoplazocesarádeplenoderecholacoberturayobligacionescontractualesdelaInstituciónAseguradora.

K. Inclusión de Nuevos DependientesParalainclusióndeDependientesadicionalesdurantelavigenciadelapóliza,seaplicarálosiguiente:

a)Cuandoalmomentodelnacimiento,lamadreAseguradatengaalmenosdiezmesesdecoberturacontinuaenlapóliza,medianteContratodesegurodegastosmédicosindividualcelebradoconlaInstituciónAseguradora; lasolicituddeinclusióndelmenordeberápresentarseenunperiodomáximode30díasapartirdelasiguienterenovaciónyelmenorquedaráAseguradodesdeeldíadesunacimientosinrequisitosdesuscripciónmédica.

b)Encualquierotrocasodeberápresentarselasolicitudde inclusión y la Institución Aseguradora se reservaelderechodeaceptaralhijoenlapólizaconbaseenlascondicionesdesaludyocupaciónquepresentealmomentodelasolicitud.

La InstituciónAseguradora se reserva el derecho deaceptar al cónyuge o a cualquier Dependiente delAseguradoenconsideraciónalascondicionesdesaludyocupaciónquepresentenalmomentodelasolicituddeinclusiónrespectiva.

L. Subrogación de DerechosEncasodeSiniestroAmparado,laInstituciónAseguradorasesubrogaráhasta la cantidadpagada,en todos losderechos y acciones contra terceros que por causadel daño sufrido correspondan alAsegurado o a susDependientes.

ElAseguradoosusDependientes,seobliganapresentarformal querella o denuncia ante las autoridadescompetentes,cuandosetratededañosocasionadosportercerosqueimpliquenunaresponsabilidadyquepuedan

sermotivodereclamaciónalamparodeestapólizaycooperarconlaInstituciónAseguradoraparaconseguirlarecuperacióndelimportedeldañosufrido.

Si la InstituciónAseguradora losolicita,acostade lamisma,elAseguradoosusDependientes,haránconstarlasubrogaciónenescriturapública.

Lafaltadecumplimientodelasobligacionesconsignadasenlosdospárrafosinmediatosanteriores,asícomosiporhechosuomisionesdelAseguradoosusDependientesseimpidelasubrogación,laInstituciónAseguradoraquedaráliberadaentodooenpartedesusobligaciones.

Sieldañofueindemnizadosóloenparte,elAseguradoylaInstituciónAseguradoraconcurriránahacervalersusderechosenlaproporcióncorrespondiente.

Elderechodesubrogaciónnoprocederáenloscasosestablecidosenelúltimopárrafodelartículo163delaLeySobreelContratodeSeguro.

M. Rescisión del ContratoDeacuerdoalartículo47de la leySobreelContratodeSegurocualquieromisiónoinexactadeclaracióndeloshechosaqueserefierenlosartículos8o,9oy10ºdelareferidaLey,facultaráalaInstituciónAseguradoraparaconsiderarrescindidodeplenoderechoelcontrato,aunquenohayainfluidoenlarealizacióndelsiniestro.

N. Transcripción de los Artículos 8º, 9º, 10º Y 70º de la Ley sobre el Contrato de SeguroArt. 8: ElproponenteestaráobligadoadeclararporescritoalaempresaAseguradora,deacuerdoconelcuestionariorelativo,todosloshechosimportantesparalaapreciacióndelriesgoquepuedaninfluirenlascondicionesconvenidas,talescomolosconozcaodebaconocerenelmomentodelacelebracióndelContrato.

Art. 9:SielContratosecelebraporunrepresentantedelAsegurado, deberán declararse todos los hechosimportantes que sean o deban ser conocidos delrepresentanteydelrepresentado.

Art. 10:Cuandosepropongaunseguroporcuentadeotro,elproponentedeberádeclarar todos loshechosimportantesqueseanodebanserconocidosdelterceroAseguradoodesuintermediario.

Art. 70: Las obligaciones de la empresa quedaránextinguidassidemuestraqueelAsegurado,elbeneficiarioolosrepresentantesdeambos,conelfindehacerlaincurrir

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enerror,disimulanodeclaraninexactamentehechosqueexcluiríanopodríanrestringirdichasobligaciones.

Lo mismo se observará en caso de que, con igualpropósito,noleremitanentiempoladocumentacióndequetrataelartículoanterior.

O. Examen MédicoAefectodedeterminarenformaobjetivayequitativalapreexistenciadeenfermedades y/opadecimientos, laInstituciónAseguradora,comopartedelprocedimientodesuscripción,podrárequeriralsolicitantequesesometaaunexamenmédico,elcualserárealizadoporlaInstituciónAseguradoraysincostoparaelprospecto.

AlAseguradoquesehayasometidoalexamenmédicoaqueserefiereelpárrafoanterior,nopodráaplicárselelacláusuladepreexistenciarespectodeenfermedady/opadecimientoalgunorelativoaltipodeexamenqueselehayaaplicado,quenohubiesesidodiagnosticadoenelcitadoexamenmédico.

ElAseguradoodependientedeberásolicitarlosserviciosdeestapólizaalossiguientesteléfonos:

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ElAseguradoodependientedeberásolicitarlosserviciosdeestapólizaalossiguientesteléfonos:

Las 24 horas del día y los 365 días del año:

EnMéxico,D.F.

53 26 95 00

DelInteriordelaRepública

01 800 906 2100

EmergenciasMédicas:

EnMéxico,D.F.

53 26 95 00

DelInteriordelaRepública

01 800 522 7696

DesdeEstadosUnidosdeAmérica

1 877 639 4639

ServiciodeAmbulancia

TrasladoporFallecimiento

ServiciosdeAsistenciaenelExtranjeroyAsistenciaAlfaMedical:

52 50 41 16

01 800 713 5076

“En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 20 de julio de 2015, con el número CNSF-S0038-0238-2015”.

Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE) - (CASA - Centro de Atención y Servicio a Asegurados)

Dirección: PaseodelaReforma342Piso20,Col.Juárez,Del.Cuauhtémoc,C.P.06600México,D.F.Tel: (55) 53 26 90 00 ext. 9348

Interior del país lada sin costo (01 800) 700 6026

Horario:Lunes a Viernes de 8:00 a 17:00 hrsCorreo:[email protected]ón Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).

Dirección:Av.InsurgentesSur762.Col.Valle,Del.BenitoJuárez,C.P.03100,México,D.F.Tel: (55) 5340 0999 y (01 800) 999 8080www.condusef.gob.mx

Las coberturas descritas se encuentranregistradas ante la Comisión Nacional deSeguros yFinanzas, de conformidad con lodispuestoporlosartículos36,36-A,36-By36-DdelaLeyGeneraldeInstitucionesySociedadesMutualistasdeSeguros.

Coberturas de Emergencias en el Extranjero.BajoelRegistro:BADI-S0038-0046-2015DeFecha:29/05/2015

Cobertura de Enfermedades Catastróficas en el Extranjero.BajoelRegistro:BADI-S0038-0047-2015DeFecha:29/05/2015

Cobertura de Eliminación de Deducible por Accidente.BajoelRegistro:BADI-S0038-0048-2015DeFecha:29/05/2015

Cobertura de Protección por Fallecimiento.BajoelRegistro:BADI-S0038-0049-2015DeFecha:29/05/2015

Procedimientos para el uso de tu póliza

Alfa MedicalJunio 2015

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Procedimientos para el uso de tu póliza

Alfa MedicalJulio 2015

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I. IntroducciónPensandoenbrindarteunmejorservicioyproporcionartetodaslasherramientasnecesariasparaobtenerelmayorbeneficio de tuSeguro deGastosMédicosMayores,hemosdecididoponeratudisposiciónnuestraguíadeprocedimientos,quetedaráadetalletodoloquedebessaber acerca de los servicios hospitalarios,médicos,coberturas y asesoría en caso de ocurrir cualquierEnfermedadoAccidenteamparadopor tupólizaAlfa Medical.

Además podrás consultar el Catálogo de HonorariosMédicosyQuirúrgicosquetepermitiráconocerjuntoconlabasedehonorariosdetuplan,losporcentajesdesignadosalospadecimientosparapodercalcular loshonorariosdelCirujanoyapartirdeestoslosdelanestesiólogoyayudante(s).

Paraaccedera la informaciónpuedes consultarlaennuestrapáginaweb

www.mnyl.com.mxollamandoalosteléfonos:CiudaddeMéxico(55) 53 26 95 00 óLadaSinCosto01 800 906 2100

II. IdentificacióncomoAsegurado

Esrequisito indispensablequeparapoderhacerusode losserviciosde tupólizaque te identifiquescomoaseguradodeSegurosMonterreyNewYorkLife,locualpodráshacermostrandotucredencialAlfa Medicalyunaidentificaciónoficialacualquieradenuestrosproveedoresmédicosparaquepuedaprocederdeinmediatotuatenciónmédicayagilizartodoslostrámitesqueserequieran.

Esta credencial cuenta con los siguientes datos:

1.Nombredelasegurado2.No.depóliza3.Vigencia4.PlanContratado5.DeducibleContratado6.CoaseguroContratado7.SumaAsegurada

III. OrientaciónGeneralConlafinalidaddeorientartesobretodasaquellasdudasyprocedimientosdetupólizacontamosconunCentrodeAtenciónTelefónica(CAT)queestáatuserviciolas24horas,los365díasdelaño,conpersonalcapacitadoquepodráproporcionartelossiguientesservicios:

• Referenciadelosproveedoresmédicosquepertenecenanuestrared,talescomo:Hospitales,Clínicas,MédicosEspecialistastantoNacionalescomoInternacionales.

• Informaciónsobretrámitesyestatusdelosmismos.

• Asesoríayorientaciónsobrelaformaenlaqueoperanlas coberturas de tu póliza, llenado de formatos ydocumentaciónnecesariaparalarealizacióndetustrámites.

Paraobteneresteserviciodeberáscomunicartea losteléfonos:

DelInteriordelpaíssincostoal:01 800 906 2100DesdeEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A)/Canadáal1 877 639 4639RestodelMundo1 305 459 4880

¡IMPORTANTE!I. Estosteléfonostambiénpodrásencontrarlosalreverso

detucredencialAlfa Medical.

II. Losnúmerostelefónicosfuncionanlas24horas los365díasdelañosinexcepciónalguna.

III.Noolvidestomarnotadelossiguientespuntosantesdeterminartullamada:

a)Númerodereportedetullamada

b)Nombredelapersonaqueteatendió

c)Fechayhoraenquerealizastetullamada

IV. UrgenciasMédicasUrgenciaMédicaNacional

1.LlamaraCiudaddeMéxico(55) 53 26 95 00SinCostodelosEstadosdelaRepública01 800 906 2100

2. Proporcionaaloperador,númerodepólizaynombredelasegurado.

42 Condiciones Generales / Alfa Medical AC

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3. Indica la situación de emergencia y el lugar endondeseencuentraelaseguradoparaquepuedanproporcionarte información sobre el hospital máscercanopararecibirlaatenciónmédica.

4. Cuandolaestanciaseamayor a 24 horasesnecesarioverificarqueelhospitalhayareportadoelingresodelaseguradoaurgencias,encasocontrariodeberásreportarlotúmismo.

5. Sielhospitalpidecomorequisitoqueserealiceundepósitodeadmisiónhospitalariaparapoderasignarteunahabitación,estedepósito lodeberásrealizartúcomoasegurado,algunodetusfamiliaresocualquierpersonaqueteacompañe.

6. Paraelcasoenquelaestanciaseamenor a 24 horas losgastosseránpresentadosmediantereembolsocuandonosecuenteconla informaciónnecesariaparaeldictamendelaurgencia.

7. ParatramitarelpagodelSiniestroesindispensablequeseanllenadoscompletamentelosformatos:

• InformeMédico:Encasodeseratendidopormásdeunmédico, ingresarunformatoporcadaunodeellos.

• AvisodeAccidentey/oEnfermedad

Loscuálesseanexanalapólizaqueseteentregaopodrásobtenerlosdirectamentedenuestrapáginawebwww.mnyl.com.mx

Nota:Urgencia Médica: Todaalteraciónenformasúbitayagudaquesufraelaseguradooalgunodelosdependientesincluidosenestapóliza,quepongaenpeligrosuvidaosuintegridadcorporal,comoresultadodealgúnaccidenteoenfermedadamparados,yporloqueserequieraatenciónmédicainmediata.

V. UrgenciasMédicasUrgenciaMédicaenelExtranjero

1. Si cuentas con la cobertura de Asistencia en elExtranjero(CAE)yestandofueradelpaísrequieresdeasistenciamédica inmediatadeberás llamaralteléfono:

DelInteriordelpaíssincostoal: 01 800 906 2100.

DesdeEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A)/Canadáal1 877 639 4639.

RestodelMundo1 305 459 4880

2. Proporcionaaloperador,númerodepólizaynombredelasegurado.

3. Indica la situación de emergencia y el lugar endondeseencuentraelaseguradoparaquepuedanproporcionarte información sobre el hospital máscercanoendondepodrásrecibirlaatenciónmédicanecesaria, y un número telefónico para podercontactarteencasoderequeriralgunainformaciónadicional.

4. Cuando la estancia sea mayor a 24 horas esnecesarioverificarqueelhospitalhayareportadoelingresodelaseguradoaurgenciasencasocontrariodeberásreportarlotúmismo.

5. El reporte previo de la urgencia no implica laautorizacióndelPagoDirecto.

6. Silaestanciaesmenor a 24 horasynoseobtuvolainformaciónnecesariaporpartedealgunodenuestrosmédicosparaevaluarelcaso,losgastosdeberánserpresentadosmediantereembolso.

7. Encasoderecibiratenciónmédicaenelextranjero,elaseguradodeberásolicitarypresentaruninformedesumédicotratanteenelqueseindiquelafechadeiniciodelpadecimiento,diagnóstico,evoluciónytratamiento,anexandolasfacturasoriginalesylanotamédicaconlaclasificacióndeICDyCPT*vigentes.Encasodeseratendidopormásdeunmédico,ingresaruninformemédico,porcadaunodeellos.

* ICD–CódigoInternacionaldeEnfermedades CPT–CódigodeProcedimientosyTratamientos

Nota:Urgencia Médica:Todaalteraciónenformasúbitayagudaquesufraelaseguradooalgunodelosdependientesincluidosenestapóliza,quepongaenpeligrosuvidaosuintegridadcorporal,comoresultadodealgúnaccidenteoenfermedadamparados,yporloqueserequieraatenciónmédicainmediata.

VI. AsistenciaAlfaMedical1.Llamaral:(5255) 52 50 41 16 CiudaddeMéxicoyfueradelpaísporcobrar01 800 713 5076SinCostodelosEstadosdelaRepública 01 800 906 21002. Solicitar el servicio de Asistencia necesaria (ver

CondicionesGenerales).

43Condiciones Generales / Alfa Medical AC

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3. Proporciona la siguiente información a cualquieroperadorquetometullamada:

• Descripcióndelproblema.• Lugar donde te encuentras y algún númerotelefónicoendondepodamoscontactarteatioaturepresentante.

• Todoslosdatosquesetesolicitenparalocalizarteeidentificartecomoaseguradoodependientedetupóliza.

VII. IngresoDirectoalHospital1. Deberásrevisarconanticipaciónlosprocedimientos

ytrámitessobrelacoberturadetupóliza.

2. Atu llegadaalhospitaldereddeberásidentificartecomoaseguradodeSegurosMonterreyNewYorkLifemostrandotucredencialAlfa Medicaljuntoconunaidentificaciónoficialconfotografía.

3. Deberás llamarnos de inmediato para reportar tuingresoalhospitalalteléfono53269500delaCiudaddeMéxicoobienal018009062100sincostodelosEstadosdelaRepública.

4. Cuandoserealicetureporteteproporcionaremosunnúmerodeidentificaciónparatutrámite,elcuálseráindispensableloconservesporsiserequieremayorinformaciónacercadetutratamiento.

5. Este servicio sólo opera si el asegurado o susdependientesproporcionanaSegurosMonterreyNewYorkLifelainformaciónnecesariaparadeterminarlaprocedenciadelevento,entiempoyforma.

Nota:• LasCirugíasProgramadasdecortaestanciadeberánsertramitadasdeacuerdoaloespecificadodentrodelprocedimientodeCirugíaProgramada.

• Esteservicionopodráaplicarseparalasurgenciasya que éstas deberán ser tramitadas mediante loespecificadoenelprocedimientodeUrgenciasMédicas.

VIII. CirugíaProgramadaTerritorioInternacional

1. Deberásrevisarconanticipaciónsitutratamientoestáonoamparadoporlapóliza.

2. ObtenerlosformatosdeInformeMédicoyAvisodeAccidentey/oEnfermedadennuestrasoficinas,enalguno de nuestrosmódulos o dentro de nuestrapáginawww.mnyl.com.mx

3. Siel tratamientoestáamparado,tuMédicodeberállenarcompletamenteel InformeMédico.Encasodeseratendidopormásdeunmédico, ingresarunformatoporcadaunodeellos.

4. TúdeberásllenarelAvisodeAccidentey/oEnfermedad.

5. Eltratamientodeberáestarsustentadoconlosestudiosclínicospreoperatorios,delaboratorioogabineteylainterpretacióndelosmismos.

6. Elegir el hospital y médico de convenio para seratendido además de informar la fecha en que seefectuaráeltratamiento.

7. Solicitaratumédicounpresupuestodetalladodeloshonorariosmédicosy/oquirúrgicosdeltratamiento.

8. TodalainformacióndeberáserentregadaennuestrasoficinasoencualquiermódulodeSegurosMonterreyNewYorkLifeconunmínimode 5díashábilesantesdetutratamiento.

9. LarespuestadetusolicituddeCirugíaProgramadapodrásrecogerladirectamenteendondeiniciastetutrámitedeacuerdoaltiempoestablecido.

10.Sieltrámiteesaprobadoseteentregarálaautorizaciónporescrito, lacuáldeberáspresentaral ingresaralhospital juntocontucredencialAlfaMedicalyunaidentificaciónoficial.

Notas:ElFormato de Admisión Hospitalariacaducaalos30díasdeserexpedido.

Siporalgunarazónrealizasteelpagoporlacirugíaotratamientomédicoeltrámitedeberáservíareembolso.

Lainformacióndecualquieradenuestrosproveedorespuedes consultarla llamando directamente alCAT53269500oladasincostoal018009062100endondenuestrosoperadoresteproporcionaranlainformacióndecualquierpartedelpaísquenecesitesovisitandonuestrapáginaweb www.mnyl.com.mxendondecontamosconundirectoriointeractivoquepuedeayudarte.

Los estudios médicos que cuenten con diagnósticodefinitivo y previamente autorizados podrán serprogramados, siguiendo el mismo procedimiento decirugíaprogramada,mencionadoanteriormente.

IX. CirugíaProgramadaTerritorioInternacional

44 Condiciones Generales / Alfa Medical AC

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1. SóloaplicasicuentasconlacoberturadeExtensiónenelExtranjeroytutratamientoestáamparadoporlapóliza.

2. ObtenerlosformatosdeInformeMédicoyAvisodeAccidentey/oEnfermedadennuestrasoficinas,enalguno de nuestrosmódulos o dentro de nuestrapáginawww.mnyl.com.mx

3. TuMédicodeberállenarcompletamenteel InformeMédicoodarnosunaHistoriaClínica.Encasodeseratendidopormásdeunmédico,ingresarunformatoporcadaunodeellos.

4. TúdeberásllenarelAvisodeAccidentey/oEnfermedad.

5. Eltratamientodeberáestarsustentadoconlosestudiosclínicospreoperatorios,delaboratorioogabineteylainterpretacióndelosmismos.

6. Proporcionarnombredelhospital,nombredelmédico,ciudad,paísendondeteatenderáylafechaenlaqueseefectuaráeltratamientoocirugía.

7. Solicitaralmédicounpresupuestodetalladodeloshonorariosmédicosy/oquirúrgicosdeltratamiento.

8. TodalainformacióndeberáserentregadaennuestrasoficinasoencualquiermódulodeSegurosMonterreyNewYorkLifeconunmínimode10 díashábilesantesdetutratamiento.

9. LarespuestadetusolicituddeCirugíaProgramadapodrásrecogerladirectamenteendondeiniciastetutrámitedeacuerdoaltiempoestablecido.

10.Sieltrámiteesaprobadoseteentregarálaautorizaciónpor escrito, la cuál deberás presentar al ingresaral hospital junto con tu tarjetaAlfaMedical y unaidentificaciónoficial.

Notas:• ElFormatodeAdmisión Hospitalariacaducaalos30díasdeserexpedido.

• Siporalgunarazónyarealizasteelpagoporlacirugíaotratamientomédicoeltrámitedeberáservíareembolso.

• La informaciónde losproveedoresenelextranjeropodrásconsultarlallamandodirectamentealCAT53269500,ladasincostoal018009062100oal18776394639enEstadosUnidosendondenuestrosoperadoresal corroborar que tu póliza tenga territorialidadinternacional te proporcionarán la información decualquierpartedelmundoquenecesites.

• Losestudiosmédicosquecuentencondiagnósticodefinitivo y previamente autorizados podrán ser

programados,siguiendoelmismoprocedimientodecirugíaprogramada,mencionadoanteriormente.

X. SegundaOpiniónMédicaTerritorioNacionaleInternacional

1. LlamaralteléfonodelCentrodeAtenciónTelefónica(CAT)53 26 95 00oladasincostoal01 800 906 2100.

2. SolicitarunaSegundaOpiniónMédicaNacionaloInternacionalsegúnseaelcasoylaterritorialidaddetupóliza.

3. Nuestro personal delCAT o de cualquiera de losmódulos de SegurosMonterrey NewYork Life teindicaránladocumentaciónquenecesitarásparatutrámite:

• Cartaespecificandolosrequerimientosdelasegunda opinión.

• TuMédicodeberállenarcompletamenteelformatodeInforme Médico.Encasodeseratendidopormásdeunmédico,ingresarunformatoporcadaunodeellos.

• TúdeberásllenarelformatodeAvisodeAccidente y/o Enfermedad.

• Anexarlosestudiosclínicosdelaboratorioogabineterealizados previamente y la interpretación de losmismos.Encasoderequerirqueseentreguen lasplacas.

• Yotrosestudios,teseráindicadopornuestropersonal.

TodalainformacióndeberáserentregadadirectamenteennuestrasoficinasoencualquiermódulodeSegurosMonterreyNewYorkLife.

4. Una vez revisado tu trámite si es aceptado secoordinarátuatenciónconalgúnmédicoespecialistamiembrodelared.

• Posteriormente se te notificará vía telefónica:NombredelmédicoespecialistaquerealizarálasegundaOpinión, lugar,fechayhoraenqueseefectuarátucita.

Esindispensablequealmomentodetuconsultamencionesalmédicoespecialistaquevasconlafinalidadderecibirunaopiniónmédicayllevescontigotodoslosestudiosclínicosdelaboratorio,gabinete,radiografíasytodoslosexámenesquetehayanpracticadopreviamente.

5. Sicoordinastodoeltrámitedeacuerdoalomencionadoanteriormente,el costode la consulta correráporcuentadeSegurosMonterreyNewYorkLife.

45Condiciones Generales / Alfa Medical AC

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SilaSegundaOpiniónesenelExtranjerodeberásreunirtodalainformaciónnecesariaquesetesoliciteycubrirelcostoporconceptodetransportación,hospedajeyotrosgastos.

Nota:• Encasodequelasegundaopiniónseadocumentalseteinformaráelresultado.

• Sólosilasegundaopiniónmédicafueracontrariaalaopinióninicial,podrássolicitarunaterceraopiniónsincosto.

XI. TrasladoenAmbulanciaTerritorioNacionaleInternacional

1.Llamaral(5255) 52 50 41 16paralaCiudaddeMéxico,parael interiordelpaísal01 800 906 2100,DesdeEstadosUnidosdeAmérica(E.U.A)/Canadáal1 877 639 4639yrestodelmundo1 305 459 4880

2. SolicitarelserviciodetrasladoenambulanciaNacionaloInternacionalsegúnseaelcasoylaterritorialidaddetupóliza.Eltrasladoserásiemprealhospitalmáscercanoyadecuadoparatuatención.

Podrás solicitar este beneficio sin importar que elpadecimientoestéonocubiertoporlapóliza.

3. Proporcionar la siguiente información a cualquieroperadorquetometullamada:

• Descripcióndelproblema.

• Lugardondeteencuentrasyalgúnnúmerotelefónicoendondepodamoscontactarteatioaturepresentante.

• Todos losdatosquese tesolicitenpara localizarteeidentificartecomoaseguradoodependientedetupóliza.

• Nombre,domicilioynúmerodeteléfonodelmédicoquehabitualmenteteatiendeatioatudependiente.

4. Unaveznotificada lasolicitudseanalizarácon lainformaciónproporcionadalanecesidaddeltrasladoenambulanciaparadarunarespuestaydeterminarel medio más adecuado (ambulancia terrestre,ambulanciaaéreaoavióndelíneacomercial).

5. Situsolicitudesaceptadadebessaberqueelpersonaldeambulanciaspodrásolicitarte,informaciónyaccesoatuhistorialclínicoparaconocertusituaciónamásdetalle.

6. Sóloencasodeencontrartefueradetupoblaciónde residencia permanente y siempre que seacomprobadoajuiciodeSegurosMonterreyNewYorkLifequeteencontrabasimposibilitadoparasolicitarnosdirectamenteesteservicio,podrásacudiraunterceroparaqueteproporcionelosserviciosdeambulancia.

Nota:• En caso de hacer uso de ambulancia sin previanotificación, como consecuencia de una urgencia,tú, tu dependiente o tu representante deberán decomunicárnosloamástardardentrodelas24horassiguientesalaccidenteoenfermedad.

• Silasolicitudesdenegadaquedaremosliberadosdelaobligacióndegestionarelserviciodeambulanciayenconsecuenciadetodaresponsabilidadcivilpordañosyperjuicios.

XII. ReembolsoTodos losgastosquehagasdirectamenteacualquierproveedormédicoyqueesténamparadosportupólizaAlfa Medicalseránreembolsadosdeacuerdoalsiguienteprocedimiento:

1. LlamaralteléfonodelCentrodeAtenciónTelefónica(CAT)53 26 95 00oladasincostoal01 800 522 7696 endondetepodránindicarlaformaencómodeberáspresentartutrámite.

2. Paracualquiercasodeberáscontarconlossiguientesdocumentos:

• FormatodeAviso de Accidente y/o Enfermedad llenadoyfirmadoporti.

• FormatodeInforme Médicollenadoyfirmadoporelmédicotratante.Encasodeseratendidopormásdeunmédico,ingresarunformatoporcadaunodeellos.

• Historial Médico (Antecedentes, diagnóstico,resultados y tratamiento) y, si es posible, unExpediente Clínico del Hospital.

• Resultado de todos los análisis y estudiosrealizados con su respectiva interpretación(laboratorio,radiografías,ultrasonido,tomografía,resonanciamagnética,estudiohistopatológico).

• Copiafotostáticadeunaidentificación oficial(IFEoPasaporte)delasegurado.

• Original de todos loscomprobantes de pagoa nombre del reclamante o bien a nombre delAseguradoTitularencasodetratarsedeunmenordeedad.

• Todosloscomprobantes(facturasdehospitalconelestadodecuentaanexoocomanda,recibosde

46 Condiciones Generales / Alfa Medical AC

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honorariosmédicosconlasfechasdecadaconsultaynombredelpaciente,notasdefarmaciaconpreciosunitariosyanexandolarecetayestudios)deberáncumplirconlosrequisitos fiscalesvigentes(fechadeexpedición,fechadeservicio,desglosedecadaconceptoqueseestácobrandoconimporteunitarioycédulafiscalimpresa).

Terecomendamossacarcopiasfotostáticasdetodoslosdocumentosantesmencionados.

3. Encasodeintervencióndemásdeunmédicodeberáspresentarun InformeMédicoporcadaunode losespecialistasinvolucrados.

4. En caso de intervenciones simultáneas, deberásentregarunInformeMédicoyunAvisodeAccidentey/oEnfermedadporcadaaseguradoopadecimiento.

5. SegurosMonterreyNewYorkLiferevisarátoda lainformación que entregaste y determinará lo queprocededeacuerdoalacoberturadelapóliza.

Nota:• Encasodecirugía,presentarhojadelreportedelasaladeoperaciones.

• A las facturas de laboratorio y gabinete deberánanexarse los estudios y la interpretación médicacorrespondiente.EsrequisitoindispensableentregarplacaseinterpretaciónmédicaderayosX.

• Entodosaquelloscasosdecirugíaenloscualessehayarealizadobiopsiaoresecciónparcialototaldeunórgano:seránecesarioelreportedehistopatología.

• Enpagosporreembolsoaplicalabasedehonorariosquirúrgicosdetupólizayelporcentajecorrespondientedeltabuladordehonorariosmédicosyquirúrgicos.

• Paralosgastosrealizadosenelextranjeroserequiere:InformedesuMédicoenelqueseindiquelafechadeiniciodelpadecimiento,diagnóstico,evoluciónytratamiento,anexandolasfacturasoriginalesylanotamédicaconlaclasificacióndelICD y CPT*vigentes.

• Encasodeaccidenteautomovilístico,asaltoconarmablancaodefuegooenaquelloscasosdondehayahabidoviolencia,sedebeentregarcopiadelactadelministeriopúblico.

* ICD–CódigoInternacionaldeEnfermedades CPT –CódigodeProcedimientosyTratamientos

A) Pago DirectoDatos del emisor del comprobante fiscal

1. Nombre,denominaciónorazónsocialdequienexpideelcomprobante.

2. Domiciliofiscalyensucasoeldelasucursalqueexpidaelcomprobante.

3. ElRegistroFederaldeContribuyentesdequienexpideelcomprobante.

Datos de la impresión del comprobante

4. Númerodefoliodelcomprobante.

5. Fecha de impresión por el impresor autorizado oseñalarseexpresamenteelplazodevigenciadedosaños,contadosapartirdesufechadeimpresión.

6. Laleyenda“Lareproducciónnoautorizadadeestecomprobanteconstituyeundelitoenlostérminosdelasdisposicionesfiscales”conletranomenordetrespuntos.

7. Losdatosdeidentificacióndelimpresor(RFC,nombre,domicilio,ensucasoteléfono)yfechadepublicacióndelaautorización,enlapáginadeInternetdelSAT,conletranomenordetrespuntos.

8. Deberáncontenerlaleyenda“NúmerodeAprobacióndelSistemadeControldeImpresoresAutorizados”seguidadelnúmerogeneradoporelsistema.

9. Cédula de Registro Federal de contribuyentesreproducidaentamañode2.75cmdeanchopor5cmdealto,yconunaresoluciónde133líneas/1200dpi.Enelcasodelaspersonasfísicas,lacédulapodrácontenerlaCURP.

10.Loscomprobantesexpedidosporpersonasfísicasconactividadempresarialoprofesional(incluyendohonorarios),deberáncontenerpreimpresalaleyenda“EFECTOSFISCALESALPAGO”.

Datos de Seguros Monterrey New York Life (SMNYL).

11.ClavedelRFCVdeSMNYL.

12.DomiciliodeSMNYL,S.A.deC.V.

Otros datos

13.Fechadeexpedición.

14.Cantidad de las mercancías o el tipo de servicioprestadoenelcasodehonorarios.

15.Clasedemercancíasoensucasodescripcióndelservicio(indicarsisonhonorarios).

47Condiciones Generales / Alfa Medical AC

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16.Valor unitario de las mercancías o serviciosconsignadosennúmerosinIVA(elvalorunitarionoaplicaencasodehonorarios).

17.Impuesto al Valor Agregado trasladado en formaexpresa y por separado, desglosado por tasa deimpuesto,ensucaso.

18.Importetotalconsignadoennúmerooenletra.

19.DesglosederetencióndeISRcuandoproceda.

20.HonorariospagadosapersonasfísicasporserviciosprestadosenelEstadodeGuanajuato,seretendráel1%aquientengadomiciliofiscaldentrodelEstadoyel2%paraquiennolotenga.

B) ReembolsoDatos del emisor del comprobante fiscal

1.Nombre,denominaciónorazónsocialdequienexpideelcomprobante.

2.Domiciliofiscalyensucasoeldelasucursalqueexpidaelcomprobante.

3.ElRegistroFederaldeContribuyentesdequienexpideelcomprobante.

Datos de la impresión del comprobante

4.Númerodefoliodelcomprobante.

5. Fecha de impresión por el impresor autorizado oseñalarseexpresamenteelplazodevigenciadedosaños,contadosapartirdesufechadeimpresión.

6.Laleyenda“Lareproducciónnoautorizadadeestecomprobanteconstituyeundelitoenlostérminosdelasdisposicionesfiscales”conletranomenordetrespuntos.

7.Losdatosdeidentificacióndelimpresor(RFC,nombre,domicilio,ensucasoteléfono)yfechadepublicacióndelaautorización,enlapáginadeInternetdelSAT,conletranomenordetrespuntos.

8. Deberáncontenerlaleyenda“NúmerodeAprobacióndelSistemadeControldeImpresoresAutorizados”seguidadelnúmerogeneradoporelsistema.

9. Cédula de Registro Federal de Contribuyentesreproducidaentamañode2.75cmdeanchopor5cmdealto,yconunaresoluciónde133líneas/1200dpi.Enelcasodelaspersonasfísicas,lacédulapodrácontenerlaCURP.

10.Loscomprobantesexpedidosporpersonasfísicasconactividadempresarialoprofesional(incluyendohonorarios),deberáncontenerpreimpresalaleyenda“EFECTOSFISCALESALPAGO”.

Datos de la persona a quien se expide el comprobante

11.DatosdelAseguradooContratantedelapóliza.

Otros datos

12.Fechadeexpedición.

13.Cantidaddelasmercancíasoservicios(encasodehonorarios indicarquesonhonorariosyel tipodetrabajorealizado).

14.Clasedemercancíasoensucasodescripcióndelservicio(indicarsisonhonorarios).

15.Valor unitario de las mercancías o serviciosconsignadosennúmerosinIVA(noaplicaencasodehonorarios).

16.Impuesto al Valor Agregado trasladado en formaexpresa y por separado, desglosado por tasa deimpuesto,ensucaso.

17.Importetotalconsignadoennúmerooenletra.

Nota:EncasodereembolsonohayretencióndeISR.

C) Facturación ElectrónicaLas personas físicas y morales que cuenten con uncertificadodefirmaelectrónicaavanzadavigenteyllevensucontabilidadensistemaelectrónico,podránemitirloscomprobantesdelasoperacionesquerealicenmediantedocumentosdigitales,siemprequedichosdocumentoscuentenconsellodigital amparadoporuncertificadoexpedidoporelSAT,cuyotitularsealapersonafísicaomoralqueexpideloscomprobantes.

Los contribuyentes que ejerzan esta opción deberáncumplir,entreotras,conlaobligacióndeincorporarenloscomprobantesfiscalesdigitalesqueexpidanlosdatosestablecidosen las fraccionesI, III, IV,V,VIyVIIdelartículo29-A.

I. Contenerimpresoelnombre,denominaciónorazónsocial, domicilio fiscal y clave del registro federaldecontribuyentesdequiénlosexpida.Tratándosede contribuyentes que tenganmás de un local oestablecimiento,deberánseñalarenlosmismoseldomicilio del local oestablecimientoenel queseexpidanloscomprobantes.

48 Condiciones Generales / Alfa Medical AC

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II.Lugaryfechadeexpedición.

III.ClavedelregistrofederaldecontribuyentesdeSMNYL.

IV.Cantidady clasedemercancíasodescripcióndelservicioqueamparen.

V. Valorunitarioconsignadoennúmeroeimportetotalconsignadoennúmerooletra,asícomoelmontodelosimpuestosqueenlostérminosdelasdisposicionesfiscalesdebantrasladarse,desglosadoportasadeimpuesto,ensucaso.

VI.Númeroyfechadeldocumentoaduanero,asícomola aduana por la cual se realizó la importación,tratándosedeventasdeprimeramanodemercancíasdeimportación.

Elaseguradoodependientedeberásolicitarlosserviciosdeestapólizaalossiguientesteléfonos:

Las 24 horas del día y los 365 días del año: EnMéxico,D.F. 53 26 95 00 DelInteriordelaRepública01 800 906 2100

Emergencias Médicas: EnMéxico,D.F. 52 50 41 16 DelInteriordelaRepública01 800 713 5076

DeEstadosUnidosdeAmérica1 877 639 4639

ServiciodeAmbulanciaTrasladoporFallecimientoServiciosdeAsistenciaenelExtranjeroyAsistenciaAlfaMedical:01 800 713 5076

Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE) - (CASA - Centro de Atención y Servicio a Asegurados)

Dirección: PaseodelaReforma342Piso20,Col.Juárez,Del.Cuauhtémoc,C.P.06600México,D.F.Tel: (55) 53 26 90 00 ext. 9348

Interior del país lada sin costo (01 800) 700 6026

Horario:Lunes a Viernes de 8:00 a 17:00 hrsCorreo:[email protected]ón Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).

Dirección:Av.InsurgentesSur762.Col.Valle,Del.BenitoJuárez,C.P.03100,México,D.F.Tel: (55) 5340 0999 y (01 800) 999 8080www.condusef.gob.mx

49Condiciones Generales / Alfa Medical AC

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ro

¿Conoces tus derechos antes y durante la contratación de un Seguro?

Cuando se contrata un seguro de vida o de accidentes y enfermedades (Gastos Médicos Mayores o Accidentes Personales), es muy importante que conozcas los derechos que tienes como asegurado al momento de adquirir tu protección, en caso de ocurrir algún siniestro cubierto por la póliza de seguro contratada e inclusive previo a la contratación.

Saber y entender bien tus derechos permitirá tener conocimiento claro del alcance de tu cobertura, así como, saber qué hacer y cómo proceder ante una eventualidad.

¿Cómo saber cuáles son tus derechos cuando contratas un Seguro y durante su vigencia?

Es muy fácil...Como contratante tienes derecho antes y durante la contratación del Seguro a:

Solicitar al Asesor Profesional de Seguros o a los empleados y apoderados de las personas morales que intervengan en

■ Durante la vigencia de la póliza, podrás solicitar por escrito a Seguros Monterrey New York Life te informe el importe de comisión o compensación directa que corresponde al intermediario o persona moral por su intervención en la contratación del seguro.

■ Seguros Monterrey New York Life te proporcionará dicha información, por escrito o por medios electrónicos, en un plazo que no excederá de 10 días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud.

■ Recibir de Seguros Monterrey New York Life toda la información que te permita conocer los términos y condiciones pactados en el contrato de seguro adquirido, a efecto de que conozcas qué hacer en caso de siniestro.

■ Para el caso de que Seguros Monterrey New York Life te haya practicado algún examen médico, podrás exigir que no se aplique la cláusula de preexistencia respecto a la enfermedad o padecimiento relativo al tipo de examen que se te haya aplicado (este punto aplica únicamente para pólizas de Gastos Médicos Mayores y Accidentes Personales).

En caso de que ocurra el siniestro tienes derecho a:

Recibir de Seguros Monterrey New York Life el pago de la indemnización que resulte procedente de conformidad con los términos y condiciones pactados en el contrato aunque la prima del contrato de seguro no se encuentre pagada, siempre y cuando el periodo de gracia para el pago de la prima de seguro no hubiere vencido; en todo

caso, Seguros Monterrey New York Life tendrá derecho a compensar las primas y los préstamos sobre las pólizas

Podrás cobrar una indemnización por mora en términos de ley a Seguros Monterrey New York Life, en caso de falta de pago oportuno de la indemnización que resulte procedente de conformidad con los términos y condiciones pactadas en el contrato.

En caso de controversia, si las partes no se sometieron a su arbitraje, podrás solicitar a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), la emisión de un dictamen técnico.

Unidad Especializada de Atención a Usuarios de Seguros Monterrey New York Life, S.A. de C.V. Paseo de la Reforma 342 piso 20, Col. Juárez, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06600, Distrito Federal, Lada sin costo 01 800 505 4000. Horario de Lunes a Viernes de 8:00 a 17:00 hrs. [email protected]ón Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF). Av. Insurgentes Sur 762. Col. Del Valle, Del. Benito Juárez, C.P. 03100, México Distrito Federal. Teléfonos (55) 5340 0999 y (01 800) 999 8080 www.condusef.gob.mx.“En el cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 28 de Julio del 2015, con el número CGEN-S0038-0150-2015,CGEN-S0038-0151-2015”.

¿Sabes cuándo se puede dar por terminado tu contrato?

■ Cuando solicitas por escrito a Seguros Monterrey New York Life la cancelación de tu póliza.

■ Cuando no pagas la prima pactada dentro del término convenido o dentro del periodo de gracia.

■establecidas en la carátula de tu póliza.

■ Cuándo Seguros Monterrey New York Life rescinda

inexactas declaraciones, entre otras)

Condiciones Generales

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Catálogo de Honorarios Médicos y/o Quirúrgicos

Alfa MedicalJulio 2015

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Catálogo de Honorarios Médicos y/o Quirúrgicos“Lainformacióncorrespondientealcatálogodehonorarios

médicosyquirúrgicos,podráserconsultadaenelportaldeclientewww.mnyl.com.mxoenlasoficinasdelaInstituciónAseguradora”.

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Consulta el Directorio de Hospitales y Clínicas en la página de internetwww.mnyl.com.mxoVíaTelefónicaal

53269500óal01800 906 2100

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