Conclusión investigación muerte Alex El Pelotero Resumen Ejecutivo

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MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA “AÑO DE LA REACTIVACION ECONOMICA NACIONAL” 14 de Junio del 2010. Al : Procurador General de La República. SU DESPACHO. De los : Doctor RAMON ARISTIDES MADERA ARIAS Procurador General Adjunto de la Procuraduría General de la R.D. Doctor PERFECTO ACOSTA SURIEL Procurador Fiscal de la Provincia de Santo Domingo, Mayor General (r ), P.N. Dr. MANUEL DE JS. PEREZ SANCHEZ, Director General de Prisiones, General de Brigada, E.N. JOSE E. MATOS DE LA CRUZ, Director del C.I.C.C., de la D.N.C.D. General de Brigada, P.N. JOSE A. E. POLANCO GOMEZ, Director Central de Investigaciones Criminales, P.N. General de Brigada, P.N. JUAN ML. FRUCTUOSO HEREDIA, Director Central de Inteligencia Delictiva, P.N. Asunto : Resultado de investigación en torno a la muerte del recluso José Gabriel Arias Castillo (a) Alex El Pelotero y/o Ban Ban, ocurrida en fecha 26-03-2010, en la Penitenciaria Nacional De La Victoria. Anexos : a)- Su oficio No. 01355, de fecha 26-03-2010, relativo al asunto;

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Conclusión de la investigación sobre la muerte de Alex El Pelotero Resumen Ejecutivo en la carcel de La Victoria.

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MINISTERIO PÚBLICO PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA

“AÑO DE LA REACTIVACION ECONOMICA NACIONAL”

14 de Junio del 2010.

Al : Procurador General de La República. SU DESPACHO. De los : Doctor RAMON ARISTIDES MADERA ARIAS Procurador General Adjunto de la Procuraduría General de la R.D. Doctor PERFECTO ACOSTA SURIEL Procurador Fiscal de la Provincia de Santo Domingo, Mayor General (r ), P.N. Dr. MANUEL DE JS. PEREZ SANCHEZ, Director General de Prisiones, General de Brigada, E.N. JOSE E. MATOS DE LA CRUZ, Director del C.I.C.C., de la D.N.C.D. General de Brigada, P.N. JOSE A. E. POLANCO GOMEZ, Director Central de Investigaciones Criminales, P.N. General de Brigada, P.N. JUAN ML. FRUCTUOSO HEREDIA, Director Central de Inteligencia Delictiva, P.N. Asunto : Resultado de investigación en torno a la muerte del recluso José

Gabriel Arias Castillo (a) Alex El Pelotero y/o Ban Ban, ocurrida en fecha 26-03-2010, en la Penitenciaria Nacional De La Victoria.

Anexos : a)- Su oficio No. 01355, de fecha 26-03-2010, relativo al

asunto;

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b)- Memorándum No. 9545, de fecha 26-03-2010, del Jefe de la Policía Nacional,

c)- Nota informativa de fecha 26-03-2010, mediante la cual se

informó sobre la muerte del interno José Gabriel Arias Castillo (a) El Pelotero, en el interior de la Penitenciaría Nacional de La Victoria.

d)- Cuarenta (40) piezas de interrogatorios debidamente

firmadas practicados a los Sres. José Arias González, Francisca De La Cruz Castillo, Jorge Arias Castillo, Ramón María Almanzar, Gisela Altagracia Lazala Bautista; los internos penitenciarios Kelvin Rafael Montilla Domínguez, Cristian Martínez Lora (a) Picher, Jaime Espinal Alcántara (a) El Boxeador, Carlos Manuel Rojas Alcántara (a) Carlos Pelotas, Manuel Antonio Núñez (a) Manchy, Luis Manuel Del Orbe Núñez (a) Luis El Calvo, Henderson Sánchez Vargas (a) Gueri, Jorge Berlie Peralta (a) Chinito y/o Nino, Darwin Máximo Díaz Soler (a) El Coronel, Richard Cabrera Martínez, Julio Emilio Hurtado, Anderson Guzmán Díaz (a) Andy, Beato Mateo Ramírez (a) Chuqui, Antonio Lorenzo (a) Pochi, Francisco Alejandro Jiménez Gómez (a) El Cerdo, Francisco Nulkin Paniagua, Juan Adonis Soriano (a) Adonis, Yusi Rosario Sánchez, José Aníbal Hidalgo García (a) Molmo o Molmón, Julio Cesar Mercedes Brito, Domingo De La Cruz Díaz (a) Niño Reyes, Eduard Neftali Ventura Bernard, así como a las autoridades: Alcaides Lic. Pedro Manuel Astacio y Nicolás Fortunato Martínez, Bartolo Moreno González, Supervisor de la Cárcel Pública de La Victoria, Coroneles Luca Valenzuela y Valenzuela, y Lic. Manuel R. Acosta Reynoso, Tte. Coronel José Ramón Martínez Polanco, 1er. Tte. Carlos A. Gomera Sánchez, Capitán Santiago Cabrera Castillo, Segundos Tenientes Miguel Carvajal Ureña, Cesar Martínez Montero, Domingo Medrano Volquez, Sgto. Mr. Miguel Ant. Laureano Díaz, Sargento Gregorio Cayetano Fabián, Cabo Confesor Reyes Zabala y Raso Diony Rodríguez Cedano, P.N.

e)- Copia de informe realizado por la Magistrada Flor María

Novas Del Carmen, Procuradora Fiscal Adjunta de la Prov. de Sto. Dgo. Adscrita a la D.N.C.D.

f)- Un (1) croquis o levantamiento arquitectónico de la escena

de muerte;

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g)- Copia de informe de la autopsia No. A-0475-2010, de fecha

26-03-2010, practicada en el Instituto Nacional de Patología Forense al cadáver de José Gabriel Arias Castillo (a) Alex El Pelotero;

h)- Oficio No.2746, de fecha 01-06-2010, del Comandante

Depto. De Criminalística de Campo de la Policía Científica, P.N., en torno a remisión de acta de inspección ocular de la escena del crimen.

i)- Informe de inteligencia electrónica, sobre análisis

telefónicos de aparatos móviles ocupados a los internos Darwin M. Díaz Soler (a) El Coronel y Manuel Ant. Mieses (a) Manchy;

j)- Informe pericial de Serología Forense, No.SR-040-10, del

Instituto Nacional de Ciencias Forenses, en torno a experticias practicadas a los cuchillos utilizados para cometer el hecho.

k)- Certificado de análisis forense No.1584-2010, de fecha 02-04-

2010, expedido en el Laboratorio de Policía Científica, P.N., correspondiente a experticia practicada al dinero ocupado en el interior de la Penitenciaría Nacional de La Victoria.

l)- Informe pericial No.D-0137-2010, d/f. 06-04-2010,

correspondiente a experticia practicada al dinero ocupado en el interior de la Penitenciaría Nacional de La Victoria;

m)-Cuatro (4) certificaciones expedidas por la Lic. Yamel Fernández

Richiez, Secretaria General de la Dirección Gral. de Prisiones, relativas a traslados de reclusos.

n)-Copia de instancia fecha 24-05-2010, mediante la cual se invita

al Sr. José Arias González y Familia, a comparecer por ante los miembros de la Comisión Investigadora, para ser entrevistados nuevamente en torno al caso de la muerte de su hijo el hoy occiso José Gabriel Arias Castillo (a) Alex El Pelotero.

ñ)- Set de fotos relativas a la investigación.

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1.- DEVUELTO, respetuosamente luego de haber realizado la investigación ordenada, relativa al fallecimiento del interno JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero y/o Ban Ban, en fecha 26-03-2010, en La Penitenciaría Nacional de La Victoria, fines a los cuales efectuamos múltiples interrogatorios, visitas a lugares y diferentes centros penitenciarios del País, requerimos informes periciales y contra-interrogamos a testigos, entrevistas a los familiares del occiso y fuentes de información, de la cual se desprende el resultado siguiente:

a)- Que siendo aproximadamente las 09:45 horas del día 26-03-2010, fue atendido en el dispensario médico de la Penitenciaria Nacional de La Victoria y posteriormente referido al hospital Luis Eduardo Aybar (Morgan), falleciendo en el trayecto, el interno JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) ALEX EL PELOTERO, quien estaba recluido en la celda No.A-4, del área de los Pasillos de dicha cárcel, por violación a la Ley 50-88 Sobre Drogas Narcóticas y Ley 36 Sobre Porte y Tenencia Ilegal de Armas de Fuego, a causa de DX: HERIDA PUNZANTE EN FASE ILIACA IZQUIERDA, HERIDA PUNZANTE EN HEMITORAX POSTERIOR DERECHO Y HERIDA PUNZANTE EN RODILLA DERECHA, según diagnóstico del médico de servicio del penal, que le ocasionaron los internos CRISTIAN MARTINEZ LORA (a) Picher y KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ, momentos en que se encontraban en el play de softball de dicho recinto carcelario.

PERFIL DEL OCCISO

Nombre : José Gabriel Apellidos : Arias Castillo (a) Alex El Pelotero y/o Ban Ban Cédula : 001-0270944-1 Ocupación : Deportista Fecha de nacimiento : 02-11-1974 Residía en : C/ Los Lirios No.3, Los Jardines de Buena Vista I,

Distrito Nacional b)- Que mediante sendas comunicaciones de fecha 26-03-2010, contenidas en los anexos a y b, fuimos constituidos, tanto por el Procurador General de la República como por el Jefe de la Policía Nacional, en Comisión Especial, para investigar las circunstancias del fallecimiento del interno JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero y/o Ban Ban, por lo que inmediato procedimos a presentarnos al lugar de los hechos, iniciando así las pesquisas correspondientes;

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VISTA DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISION:

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PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Nombre : Kelvin Rafael Apellidos : Montilla Domínguez Cédula : 056-0169980-3 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : No Dirección anterior : Calle Castillo, No.52, Pueblo Nuevo, San Francisco

de Macorís, Tel. No. 829-361-7031 Dirección actual : Celdas 5 y 6, área de Vietnam, Cárcel La Victoria.

c)- Interrogado el interno KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ, éste confesó que fue a CRISTIAN, a quien le ofertaron realizar el trabajo el viernes antes del hecho, por la suma de RD$200,000.00, y éste a su vez lo invitó a participar, y a cambio de esto le daría RD$100,000.00, y que según le dijo CRISTIAN, el dinero que le pagarían para el trabajo, ya estaba dentro de la Cárcel, en poder del interno BOXEADOR, quien fue que le contrató para tales fines; narra que aquella mañana, salieron al patio después de que realizaron el conteo de los internos, se dirigieron al Play, donde CRISTIAN, inició dándole varias estocadas con un machete-cuchillo al interno EL PELOTERO, la primera se la dio en uno de los costados, y cuando éste intento correr, él le dio varias puñaladas más por la pierna, con el cuchillo que tenía, el cual se lo había entregado para tales fines el interno LUIS EL CALVO; que EL BOXEADOR, GUERI y LUIS EL CALVO, recibieron RD$300,000.00 cada uno, por la muerte, también recibieron dinero los internos apodados MANCHY y SOLER; que las razones por las cuales pagaron para la muerte del PELOTERO, fue debido a que el mismo estaba filtrando muchas informaciones y “tirando a gentes pa´lante”, por lo que se dice que fue FIGUEROA AGOSTO, quien lo mandó a matar; aclara que no llegó a recibir ni un solo centavo por la muerte, debido a que el interno apodado MANCHY, tenía su dinero y no se lo llegó a entregar.

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PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Nombre : Cristian Apellidos : Martínez Lora (a) Picher Cédula : No porta Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : Dirección anterior : Calle Respaldo 6, Km. 12, Las Américas, sector Alma

Rosa, Sto. Dgo. Este. Dirección actual : Celdas No. 5 y 6, Cárcel La Victoria.

d)- Que interrogado el interno CRISTIAN MARTINEZ LORA

(A) PICHER, declaró que el interno EL BOXEADOR, el viernes 19-03-2010, anterior a la muerte, le manifestó en su celda que “había un trabajo”, que consistía en matar al interno JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) ALEX EL PELOTERO, por el cual iban a pagar RD$400,000.00, de los cuales dividirían en partes iguales, es decir, RD$200,000.00 para cada uno; que aceptó realizar el trabajo, y que en aquel momento estuvieron presentes el interno LUIS EL CALVO y otro recluso que tiene aspecto de chinito, a quien posteriormente identificó con el nombre de JORGE BERLIE PERALTA (A) NINO, en cuya habitación fue que se hizo la negociación, en momento en que estaban comiendo concón quemado, a eso de las 11:00 de la mañana; continuó diciendo que el martes 23-03-2010, encontrándose en la celda de EL BOXEADOR situada en la segunda planta, éste le dijo, en momento en que pasaban unas imágenes en televisión de FIGUEREOA AGOSTO y SOBEIDA, que esos eran los que estaban encargando el trabajo de matar al PELOTERO, y allí le dijo: “mañana mismo tienes que hacer el trabajo”, él le respondió que era imposible por ser miércoles día de visitas, convenciéndolo de hacerlo el jueves 25-03-2010, procediendo de inmediato a contactar al interno KELVIN para que lo ayudara, quien recibió un cuchillo de manos del interno LUIS EL CALVO; que el jueves acordado tampoco se pudo hacer el “trabajo” debido a que EL PELOTERO, no bajó al play, a hacer ejercicio como de costumbre, pero sí lo hizo el viernes 26-03-2010, y fue entonces cuando el recluso que parece un chinito (JORGE BERLIE PERALTA (a) NINO y/o Chinito), le entregó un cuchillo que fue comprado por EL BOXEADOR para hacer el trabajo, el cual éste le había mostrado el día antes, y luego lo escondió hasta el día siguiente cuando se lo mandó con el indicado interno; que una vez con el cuchillo en su poder, bajó al play, ubicó a su víctima y junto a su socio KELVIN, lo ejecutaron a puñaladas; que de los RD$200,000.00 que le ofreció EL BOXEADOR, solamente recibió RD$300.00 (trescientos pesos) en partidas de $100.00, y que por este engaño es que lo está “tirando pa´lante”.

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PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Foto actual Foto archivo Nombre : Jaime Apellidos : Espinal Alcántara (a) El Boxeador Cédula : 031-0429027-9 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 6/8/1982 Dirección anterior : Barrio Nuevo, La Herradura, Calle 16, sin No. Barrio

Los Ciruelitos, Santiago Dirección actual : Celda 1, Pabellón E, Cárcel La Victoria.

e)- Que interrogado el interno JAIME ESPINAL ALCANTARA (A) EL BOXEADOR, nos manifestó que no es cierto que tuviera nada que ver con la muerte del interno JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) ALEX EL PELOTERO, que según escuchó quienes lo hicieron fueron unos internos cibaeños, por diferencias entre ellos; agrega que él es el “líder o la máxima” de todos los “LATIN KING”, recluidos en las diferentes cárceles del país, y que solamente en el penal de La Victoria, tiene más de mil quinientos (1,500) seguidores, y a nivel nacional más de 20 mil, por lo cual no es posible que utilizara a dos personas de una banda enemiga a la suya, para realizar un trabajo así; que nunca se ha reunido con los internos KELVIN y CRISTIAN, solo los ha visto en los pasillos de la cárcel; dice que luego del hecho, estando él en la celda de castigo “La Plancha”, se enteró de que un día antes de la muerte del PELOTERO, el interno CRISTIAN, fue a esa celda y le vociferó a otro conocido como YUSI, perteneciente a la nación “Los 42”, “No te apures me voy a poner como es, me van a dar treinta mil pesos para apuñalear a uno”, y que el interno SOLER fue la persona que le dio los treinta mil pesos a CRISTIAN para tales fines.

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PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Nombre : Carlos Manuel Apellidos : Rojas Alcántara (a) Carlos Pelotas Cédula : No porta Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 23 años Teléfono : 809-384-1777 Dirección : C/3era. No.32, Sabana Pérdida. Dirección anterior : Dirección actual : Celda No.1, de la Cárcel de San Francisco de

Macorís, transferido a la Cárcel de Najayo

f)- Que interrogado el interno CARLOS MANUEL ROJAS ALCÁNTARA (A) CARLOS PELOTAS, nos declaró que no sabe nada de la muerte del interno apodado EL PELOTERO, debido el hecho ocurrió en La Victoria y él estaba preso en la Cárcel de San Francisco de Macorís, enterándose de esto cuando un amigo que está preso en La Victoria, apodado SAYAS, le llamó y se lo informó por la vía telefónica; luego obtuvo más detalles cuando al interno apodado KELVIN, lo trasladaron para San Francisco de Macorís y lo encerraron junto a él, quien le dijo que el interno apodado LUIS EL CALVO, se había quedado con su dinero que le correspondía por haber matado al indicado preso; agrega que es amigo del interno apodado MANCHY, con quien suele hablar hasta dos y tres veces por día y le pide le pase números de tarjetas de llamadas, pero aclara que no es amigo de los internos apodados EL BOXEADOR y EL MORENITO, al contrario dice es enemigo de este último.

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PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Nombre : Paulino Apellidos : Contreras Rosario (a) El Morenito Cédula : No porta Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : No Dirección anterior : Dirección actual : Cárcel Modelo de Najayo. g)- Que al entrevistar al interno PAULINO CONTRERAS ROSARIO (A) MORENITO, se negó a dar declaraciones por escrito, alegando que no sabía nada de ese caso.

Nombre : Manuel Antonio Apellidos : Núñez (a) Manchy Cédula : No porta Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : No Dirección anterior : C/ 1ra. No. 31, Cumajo de Nagua Dirección actual : Celdas 5 y 6, pabellón Vietnam, Cárcel La

Victoria.

h)- Que interrogado el interno MANUEL ANTONIO NUÑEZ (A) MANCHY, dice que no es cierto que el interno apodado CARLOS PELOTAS, le haya solicitado que contactara a los reclusos CRISTIAN y KELVIN, con la finalidad de que éstos asesinaran al recluso ALEX EL PELOTERO, y negó también haber recibido dinero alguno para tales fines; que al recluso llamado EL BOXEADOR, lo conoció luego de ocurrido el hecho, cuando fueron encerrados juntos en la celda de castigo “La Plancha”; que tampoco conoció al recluso ALEX EL PELOTERO.

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PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Foto actual Foto de archivo Nombre : Luís Manuel Apellidos : Del Orbe Núñez (a) Luís El Calvo Cédula : 001-1336749-4 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 11/14/1979 Dirección anterior : Calle Ricardo Carty, No.134, Los Guandules, D.N. Dirección actual : Pasillos de las Celdas 5 y 6, en el patio de la

Cárcel La Victoria.

i)- Que interrogado el interno LUIS MANUEL DEL ORBE NUÑEZ (A) LUIS EL CALVO, negó todos los señalamientos en torno a la muerte del recluso JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero.

Nombre : Henderson Apellidos : Sánchez Vargas (a) Gueri Cédula : No porta Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : No Dirección anterior : Calle Respaldo 6, Km. 12 Las Américas, Sector Alma

Rosa, Sto. Dgo. Este Dirección actual : Pasillos de las Celdas 5 y 6, en el patio de la

Cárcel La Victoria.

j)- Que interrogado el interno HENDERSON SANCHEZ VARGAS (A) GUERI, nos declaró que de la muerte del recluso JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) ALEX EL PELOTERO, solo sabe que el mismo fue apuñalado por paga, y que cuando el tal KELVIN y el otro preso cuyo nombre desconoce, lo hacían, éste solo gritaba que por qué?; niega haber participado ni recibido dinero por ese hecho, dice desconocer de donde sale esa información, aunque sí escuchó decir que el recluso RICHARD, del área del Consulado, había amolado la noche anterior al hecho uno de los cuchillos usados.

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PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Foto actual Foto de archivo Nombre : Jorge Apellidos : Berlie Peralta (a) Chinito y/o Nino Cédula : 001-1243127-5 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 4/19/1975 Dirección anterior : Calle San José No.19, Villa Faro, Dirección actual : Celda C-8, Los Pasillos, Cárcel La Victoria.

k)- Interrogado el interno JORGE BERLIE PERALTA (A)

CHINITO Y/O NINO, nos declaró que es amigo del interno apodado EL BOXEADOR, pero que no es cierto que él participara en una reunión en la que supuestamente éste encargara al tal KELVIN, la misión de darle muerte al interno JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) ALEX EL PELOTERO, y niega además haber entregado cuchillo alguno a nadie, aunque sí escuchó que esos presos mataron al PELOTERO, por problemas personales entre ellos, mientras que otros comentaron que a los matadores “les pagaron bien pagado”, ya que supuestamente éste además de trabajar para FIGUEROA AGOSTO, era como su hijo, y que por eso lo mataron.

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PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Foto actual Foto de archivo Nombre : Darwin Máximo Apellidos : Díaz Soler (a) El Coronel Cédula : 001-1381967-6 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 1/1/1968 Dirección anterior : Calle Higuey No.10, Marilin Primero, Villa Faro Dirección actual : Pasillos de las Celdas 5 y 6, Pabellón Vietnam,

Cárcel La Victoria.

l)- Que interrogado el interno DARWIN MAXIMO DIAZ

SOLER (A) EL CORONEL, nos manifestó que de esa muerte se enteró por comentarios cuando se levantó a eso de las 09:00 horas; que no es cierto que él haya tenido algo que ver en eso; niega además haber recibido llamada telefónica alguna de parte del interno apodado CARLOS PELOTAS, a través de la cual le encargó contratar a aquellos reclusos para que ultimaran al PELOTERO; aceptó que suele hablar con CARLOS PELOTAS, muy seguido, pero que en ninguna de ellas han hablado de esa muerte; que nadie le ha ofrecido dinero ni tampoco ha recibido.

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PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Foto actual Foto de archivo Nombre : Richard Apellidos : Cabrera Martínez Cédula : 001-1714762-9 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 1/29/1985 Dirección anterior : Calle Salomé Ureña, No. 4, Zona Colonial. Dirección actual : Pasillos de las Celdas 5 y 6, de Vietnam, Cárcel La

Victoria.

m)- Que interrogado el interno RICHARD CABRERA MARTINEZ, nos declaró que se encontraba en el comedor de penal frente al play, buscando su desayuno el viernes 26-03-2010, cuando vio que salió corriendo herido el recluso apodado EL PELOTERO, quien chocó con una cancha después del área del play y cayó al suelo, en eso los policías de inmediato lo recogieron y se lo llevaron al médico; que alcanzó a ver a los reclusos KELVIN y un compañero que no sabe su nombre, quienes corrieron con los cuchillos en manos y se fueron a los pasillos del patio; que luego del hecho el matador KELVIN le dijo que EL BOXEADOR lo había contratado para matar al recluso EL PELOTERO, y que LUIS EL CALVO, era quien tenía su dinero, pero nunca le entregó nada, “se liquidó con ésta”.

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PERFILES Y DECLARACIONES DE LOS PARIENTES DEL OCCISO Y SUS

ABOGADOS:

Padre Madre Hermano José Francisca Jorge Arias González de la Cruz Castillo Arias Castillo 001-0270946-6 001-0956701-6 001-1325521-0 Chofer Empleado (a) Privado Estudiante 4/19/1948 7/18/1955 10/10/1977 Calle Los Lirios No.3, Los Jardines de Buena Vista I, Sto. Dgo. Norte.

Calle Los Lirios No.3, Los Jardines de Buena Vista I, Sto. Dgo. Norte.

Calle Los Lirios No.3, Los Jardines de Buena Vista I, Sto. Dgo. Norte.

n)- Que interrogados los señores: JOSE ARIAS GONZALEZ, FRANCISCA DE LA CRUZ CASTILLO, y JORGE ARIAS CASTILLO, quienes son padre, madre y hermano, respectivamente del hoy occiso el recluso penitenciario JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) ALEX EL PELOTERO, junto a sus abogados RAMON MARIA ALMANZAR y GISELA ALTAGRACIA LAZALA BAUTISTA, cada uno por turno nos expresó lo siguiente: n-a) El Padre dijo que no tiene ningún sentido ni importancia ya todo esto, ya que su hijo está muerto, y mencionó que este en una ocasión le dijo: “papi hay cosas que me pasan aquí a mi que yo no se las digo porque yo no quiero que usted me falle, porque yo necesito su apoyo, pero aquí yo estoy en peligro, a mi me amenazan, pero a veces creo que es un chantaje que me están haciendo y no le paro mucho”, también vivía repitiéndole que era inocente de los hechos por los cuales fue encerrado, ya que todo le pasó por hacerle un favor a su amigo OMAR ANTIGUA POLANCO, al guardarle en su casa un vehículo que resultó estar lleno de drogas; n-b) Por su lado el hermano de la víctima expresó: que su hermano y él siempre se comunicaban todo, éste un día lo llamó asustado diciendo que SE LE ACERCO UNA PERSONA Y LE DIJO: “TU ERES GABRIEL”, Y EL LE RESPODIO: “SI QUE PASO”, explicándole que esa persona a quien posteriormente identificó con el apodo de EL BOXEADOR, le dijo: “yo te estoy dando seguimiento, tus hijos se llaman Gabriela, Andreus, el más pequeño Ángel, tu esposa Miguelina, a mi me mandaron una grabación de la ultima vez que tu estuviste en justicia y yo te

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he estado dando mucho seguimiento, tu vienes aquí al play a correr todos los días”, y le agregó: “oye, a mi me están pagando 1.3 millones de pesos para que te mate, pero he salido dos veces a hacerlo y algo me dice que no lo haga, no se por qué, porque para mi esto me resulta muy fácil, mañana me van a mandar la mitad del dinero pero yo voy a mandar a tumbar esa “vuelta”, porque yo primero estudio a la persona y se me hace muy difícil de creer que alguien como tu esté involucrado en esa “vuelta”, te ves una persona demasiada sana, pero yo voy a hablar con esas personas y les voy a decir que definitivamente no voy a hacer esa “vuelta”, porque alguien que ande aquí como tu andas, definitivamente no sabe de esto, pero yo quiero que tu me des RD$20,000.00 pesos, para dárselos a los muchachos porque esa vuelta solamente la hacemos dos personas aquí, pero yo soy el jefe y si yo no doy la orden la otra persona no se va a atrever hacerlo, pero cuídate no te descuides, yo no voy hacer la vuelta pero no te descuides”, que a la semana siguiente de eso nuevamente su hermano vuelve a llamarlo atemorizado debido a que la banda del interno que lo amenazaba había matado el día anterior a otro preso, también le dijo que nuevamente había recibido la visita del mismo sujeto (boxeador), expresándole que tenia problemas, al tiempo de pedirle le consiguiera dinero, por lo cual le hizo entrega de RD$8,000.00, al tiempo de expresarle: “mi hermano hizo un lio y solamente me pudo conseguir esto; que días después le dijo que EL BOXEADOR volvió, solicitándole le consiguiera algo mas de dinero, pero que le respondió: “yo solamente tengo cien pesos”, contestando éste: “está bien, dámelos, yo vuelvo después”; que ante todo esto él se sentía muy atemorizado aconsejando a su hermano a no salir a realizar sus ejercicios al play, también le preguntó que si quería que hiciera un lio para trasladarlo para “Alaska”, para que tuviera un poquito mas de seguridad, pero le respondió que no, que él se sentía bien en aquella celda;

ABOGADOS

Ramón María Gisela Altagracia

Almanzar Lazala Bautista

001-1094492-3 001-0443146-5

Abogado Abogada

20-9-1953 28-05-1962

Dirección C/A, No.2, Ciudad Universitaria

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n-c) La defensa técnica de los parientes del occiso, a cargo de los abogados RAMON ALMANZAR y GISELA LAZALA, también aportaron al declarar que su defendido aún estando vivo les manifestó a las pocas semanas de estar en el penal La Victoria, que había recibido la visita de parte de una persona desconocida, que un día de visita penetró al penal, le dijo había sido enviado por el hoy también occiso, OMAR ANTIGUA POLANCO, en la que le mandó a decir que asumiera toda la responsabilidad, que ellos tenían los mecanismos suficientes para sacarlo en corto plazo, propuesta que fue rechazada por JOSE GABRIEL; que esa situación se la pusieron de conocimiento al Ministerio Público; que también le informó JOSE GABRIEL, que fue visitado por un uniformado del Ejercito Nacional, que se identificó con el rango de Mayor o Capitán, quien le dijo que había ido para averiguar la situación real de lo que había sucedido, pero que éste no formaba parte del proceso de investigación, solicitándole le dijera quienes estaban vinculados con su caso, a lo que JOSE GABRIEL, respondió que ya había declarado lo que sabía; aclaran que el sábado anterior a la muerte de su defendido, cuando lo visitaron en La Victoria, él les dijo lo siguiente: “aquí hay un recluso que está preso por drogas que le apodan el BOXEADOR, que le informó todo lo que el SR. JORGE ARIAS expresó en su relato anterior, por lo cual es a esta persona que ellos sindican como el autor intelectual de la muerte de su defendido.

PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Nombre : Julio Emilio Apellidos : Hurtado Cédula : 001-0623180-6 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 4/6/1974 Dirección anterior : C/8, No.17, Barrio Nuevo, Santo Domingo Norte. Dirección actual : Celda F-2, Los Pasillos, Cárcel La Victoria. ñ)- Que interrogado el interno JULIO EMILIO HURTADO, nos declaró que conocía al interno ARIAS CASTILLO, desde hace mucho tiempo, a quien cariñosamente apodaban BAMBI o BAN BAN, hijo del Sr. ARIAS GONZALEZ; supo de su muerte a eso de las 09:00 horas de ese día, por los comentarios de los otros presos que decían que habían cortado al PELOTERO en el Play del Penal, por lo que fue al lugar, pero ya se lo habían llevado para el Hospital, procediendo de inmediato a

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llamar a su padre; que el Sr. ARIAS GONZALEZ (a) NANAN, le regresó la llamada como a la media hora, solicitándole se trasladara a vivir a la celda A-4, donde residía su hijo, para que no se fuera a perder todo lo de él, lo cual hizo luego de que se completaran unos trámites que realizaron en la alcaidía; que al igual que los demás internos, escuchó los comentarios de que los autores del hecho fueron los internos KELVIN y CRISTIAN, junto al interno EL BOXEADOR, quien lo había mandado a matar y que había pagado la suma de RD$200,000.00 para su muerte, dándole RD$50,000.00 a cada uno de aquellos viciosos que cometieron el hecho; que en una ocasión el hoy occiso le comentó que el interno EL BOXEADOR, se le acercó y lo estaba chantajeando con RD$8,000.00, los cuales tuvo que entregar a dicho interno, pero no le dio más detalles de ese asunto.

Nombre : Flor María Apellidos : Novas De Carmen, Cédula : 016-0013304-3, Profesión : Licenciada en Derecho Cargo : Procuradora Fiscal Adjunta de la Prov. De Sto. Dgo. Fecha de nacimiento : 9/4/1979

o)- Que a requerimiento de esta Comisión, la Procuradora

Fiscal Adjunta de la Prov. De Santo Domingo, adscrita a la Dirección Nacional de Control de Drogas, Lic. FLOR MARIA NOVAS DEL CARMEN, nos hizo entrega de un informe en el que nos dice que en su condición de Fiscal Adjunta adscrita a la D.N.C.D., en fecha 17-09-2009, asistió acompañada de miembros de la Dirección Central Antinarcóticos y la D.N.C.D., a la urbanización sita en Buena Vista 1ra, Villa Mella, Sto. Dgo. Norte, donde tenía su residencia el hoy occiso JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero, donde en una camioneta Honda Mod. Ridgeline, blanca, placa L218246, chasis 2HJYK16536H537984, que estaba estacionada en la marquesina, ocuparon 244 paquetes de un polvo blanco, que al practicársele el experticio químico forense, en el Instituto Nacional de Ciencias Forense (INACIF), resultaron ser Cocaína Clorhidratada con un peso de 254.72 kilogramos; que por esta razón ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero, el 18-09-2009, al ser presentado ante el Juez de la Instrucción, se le impuso medida de coerción preventiva en la Cárcel Pública de La Victoria; agregó que estando la camioneta indicada en los parqueos de la D.N.C.D., en una pesquisa más a fondo, se descubrió que la misma tenía un

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compartimiento secreto en el cual se ocupó un arsenal de armas de fuego automáticas y municiones de diferentes calibre, y al ser interrogado ARIAS CASTILLO, les manifestó en fecha 29-09-2009, que ese vehículo se lo estaba guardando al hoy occiso OMAR ANTIGUA POLANCO; dice que de la muerte de ARIAS CASTILLO, se enteró el 26 de marzo, por llamada telefónica que le realizó su abogada la Lic. LAZALA BAUTISTA; por ultimo aclara que a ella nadie le comunicó que la vida de ARIAS CASTILLO, estuviera siendo amenazada, que es una ruin mentira de parte de los familiares y sus abogados las declaraciones que emitieron en el sentido de que le advirtieron de eso.

PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Nombre : Anderson Apellidos : Guzmán Díaz (a) Andy Cédula : No porta Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : x-x-x- Teléfono : 809-842-0313 Dirección anterior : C/La Marina No.19, Brisas de Los Palmares, Sabana

Pérdida. Dirección actual : Pasillos de las celda 3 y 4, área del Patio, Cárcel La

Victoria. p)- Que Interrogado también el interno ANDERSON GUZMAN DIAZ (A) ANDY, nos declaró que la mañana de la muerte del interno ARIAS CASTILLO (a) El Pelotero, él se encontraba practicando boxeo en el Play, tal y como lo hacía diariamente, y estuvo acompañado de tres internos más cuyos nombres no recuerda, uno de los cuales le vociferó “MIRA” y al voltear alcanzó a ver al PELOTERO, tirado en el suelo tratando de levantarse y forcejeando con los dos reclusos cuyas fotos identificó como los nombrados KELVIN Y CRISTIAN, quienes estaban sobre él apuñalándolo, observó que el recluso CRISTIAN, quien tenía el cuchillo en forma horizontal y lo puso en forma vertical y le encestó otra puñalada por la espalda, y al ver esto él gritó: “HEY”; que a raíz de aquella puñalada el pelotero logró levantarse como pudo y corrió, mientras sus dos victimarios lo persiguieron; que al momento de su interrogatorio le fueron mostrados dos cuchillos, los cuales identificó como los usados por los internos CRISTIAN y KELVIN para cometer el hecho.

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PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Nombre : Beato Apellidos : Mateo Ramírez (a) Chuqui Cédula : 031-0449685-0 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 19/4/1985 Dirección anterior : El Km. 22 de la Autopista Duarte Dirección actual : Pasillos de las Celdas 5 y 6, Cárcel La Victoria.

q)- Que interrogado el interno BEATO MATEO RAMIREZ (A)

CHUQUI, nos declaró, que los internos LUIS EL CALVO y EL BOXEADOR, son íntimos amigos y que este último fue quien contrató al también interno CRISTIAN, para ese trabajo, quien a su vez contrató a KELVIN; aclara que fue LUIS EL CALVO, que le suministró el cuchillo usado por KELVIN en el hecho; que escuchó al interno KELVIN decir que le había entregado el dinero que le correspondió por la muerte, al interno LUIS EL CALVO, para que se lo guardara, además de que este ultimo fue la persona que lo “programó” para hacer el trabajo; niega que haya sido el interno RICHARD, quien haya amolado el cuchillo-machete que utilizo CRISTIAN, para cometer el hecho, pero si supo que fueron los internos GUERI y LUIS EL CALVO, los que le entregaron los cuchillos a los matadores; agregó que previo al hecho, el miércoles (24-03-2010) en horas de la noche, se rumoró que “se haría un trabajo”, pero no le dio importancia ya que ese tipo de rumores es normal en la cárcel; que en relación al interno CARLOS PELOTAS, manifestó conocerlo, ya que era un representante de celdas en el penal, de quien escuchó lo estaban vinculando en aquella muerte, aunque en lo personal, considera que este no tuvo nada que ver; considera que los matadores debieron recibir parte del dinero, y es posible que lo escondieran en algún lugar del penal.

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PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Foto actual Foto de archivo Nombre : Antonio Deleidy Apellidos : Lorenzo (a) Pochi Cédula : 001-1442531-7 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 9/19/1981 Dirección anterior : Calle Cuarta, No.16, La Gallera, San Luís Dirección actual : Los Pasillos E-2, Cárcel La Victoria.

r)- Que interrogado el interno ANTONIO LORENZO (A)

POCHI, manifestó que escuchó que la muerte del PELOTERO, fue por una riña por motivos pasionales que sostuvo el difunto, porque supuestamente le había dado una bofetada a una de las dos personas que lo mataron; se comenta en el penal que EL BOXEADOR tuvo algo que ver con la misma, y que el mismo lo planificó estando en “La Juguera” del recluso EL CERDO.

Nombre : Francisco Alejandro Apellidos : Jiménez Gómez (a) El Cerdo Cédula : 001-1515572-3 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 12/15/1977 Dirección anterior : Respaldo Tercera No.6, Urbanización Mi Hogar, Villa

Faro, Sto. Dgo. Este. Dirección actual : Los Pasillos E-3, Cárcel La Victoria.

s)- Que interrogado el interno FRANCISCO ALEJANDRO JIMENEZ GOMEZ (A) EL CERDO, declaró que escuchó que los autores de aquella muerte fueron dos reclusos flaquitos que viven en las celdas 5 y 6, supuestamente por

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motivos pasionales; que al interno apodado EL BOXEADOR, le conoce debido a que tiene una juguera en el pasillo de los E-3, donde dicho interno iba a tomar jugos, pero que siempre iba solo.

PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Foto actual Foto de archivo Nombre : Francisco Nulkin Apellidos : Paniagua (a) Nulkin Cédula : 010-0067230-1 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 10/4/1975 Dirección anterior : Calle Juan Pablo II, No.28, parte atrás, Los

Alcarrizos, Sto. Dgo. Oeste. Dirección actual : Celda A-4, Pasillo A, Cárcel La Victoria.

t)- Que interrogado el interno FRANCISCO NULKIN PANIAGUA (A) NULKIN, declaró que no sabe quienes, ni porque mataron a aquel interno, aunque si se comenta que por la misma se pagó mucho dinero, y que el recluso EL BOXEADOR estaba metido en esa vaina; que el hoy occiso normalmente se juntaba en su celda con el recluso EL BOXEADOR, quien casi siempre visitaba su celda para buscar el periódico que éste compraba diariamente; aclara que el occiso era visitado desde la calle por su padre, su mujer y una hija de crianza por quien en una ocasión, el occiso y el declarante sostuvieron una discusión, debido a que esta última, escondida del PELOTERO, fue al penal a visitar a otro recluso de nombre FREDERIK, quien supuestamente era su novio.

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PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Nombre : Juan Adonis Apellidos : Soriano (a) Adonis Cédula : No porta Estatus : Interno penitenciario Dirección anterior : Calle Guayubin, No.50, parte atrás, Los Ríos Dirección actual : Pasillos de la Celda 2, Cárcel La Victoria.

u)- Que interrogado el interno JUAN ADONIS SORIANO (A)

ADONIS, nos declaró que el día en que mataron al interno JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) ALEX EL PELOTERO, él se encontraba en el play, donde tiene una paletera y pudo ver cuando el PELOTERO iba corriendo desde el play hacia afuera, perseguido por los dos internos que le ocasionaron la muerte, uno de ellos tenía un cuchillo y el otro un pedazo de varilla corta, observó cuando éste se mandó corriendo para el área donde estaban los policías, cayendo al suelo, un policía lo levantó y fue ayudado por dos internos y entre los tres lo llevaron al área medica, eso fue cerca de las 10 de la mañana; los presos estaban comentando en ese momento que era posible que se muriera por las heridas que tenía.

PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Nombre : Yusi Apellidos : Rosario Sánchez Cédula : No porta Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : No Dirección anterior : Calle 27 de Febrero, No.10, Bo. Las Canelas, Las

Caobas Dirección actual : Celda La Plancha de los “A”, Cárcel La Victoria.

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v)- Que interrogado el interno YUSI ROSARIO SANCHEZ, nos declaró que cuando ocurrió la muerte del interno apodado EL PELOTERO, él se encontraba preso en la celda de castigo “Plancha”, sin embargo el sábado 20-03-2010, en la tarde, el recluso CRISTIAN o PICHER, fue donde él a la plancha y le vociferó, que del lunes en adelante iba a tener cuartos, ya que iba a “bregar uno”, por lo cual le iban a dar RD$30,000.00, y se despidió diciéndole que regresaría por la mañana, y se marchó, pero no volvió a verle ni a saber de él hasta que se enteró el día sábado 27-03-2010, de que había matado al tal PELOTERO, el viernes 26-03-2010.

PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Foto actual Foto de archivo Nombre : Julio Cesar Apellidos : Mercedes Brito, Cédula : 036-0008356-5 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 02/12/1976 Dirección anterior : Calle Principal No.45, Nagua, R.D. Dirección actual : Celda No.10, Cárcel La Victoria.

w)- Que interrogado el interno JULIO CESAR MERCEDES BRITO, manifestó no tener conocimiento alguno en torno a la muerte del recluso JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero.

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PERFILES Y DECLARACIONES DE LAS AUTORIDADES DEL PENAL:

Nombre : Lic. Pedro Manuel Apellidos : Astacio Cédula : 001-0802790-5 Ocupación : Abogado Fecha de nacimiento : 3/13/1965 Dirección : Complejo Habitacional INVI, Villa Progreso del

Oeste, Hato Nuevo, Manoguayabo, Edificio 18, Apto. 4-B

x)- Que interrogado el Lic. PEDRO MANUEL ASTACIO,

Alcaide de La Penitenciaría Nacional La Victoria, nos manifestó que a raíz de la muerte del recluso JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) ALEX EL PELOTERO, se integró a las labores de búsqueda de información, a eso de las 09:10 horas de aquella mañana, cuando le informaron lo ocurrido por la vía telefónica, y posteriormente a eso de las 9:20 a.m., cuando iba llegando al penal observó que iban saliendo con éste para el médico, supo que éste el día miércoles anterior (día de visitas) sostuvo una discusión con el interno que vivía en el primer nivel de su cubículo por una muchacha, pero que aparentemente todo había quedado allí, ya que luego se dieron las manos; supo que los autores materiales de la muerte fueron unos tales CRISTIAN y KELVIN, y que ellos cometieron ese hecho porque otro interno apodado EL BOXEADOR le había ofrecido la suma de RD$200,000.00 para esos fines; que hubo un recluso que le apodan NIÑO REYES, quien le manifestó que un par de semanas atrás EL BOXEADOR se le acercó en el área del patio y le preguntó que si EL PELOTERO, era de la gente de suya, a lo que NIÑO REYES respondió que no; aclara que lleva muy poco tiempo dirigiendo el penal y desde que llegó se ha sorprendido con la ocupación de armas de fabricación carcelaria que se han ocupado allí ya que a diario se hacen requisas, y se ocupan cuchillos, punzones, puñales, drogas, celulares, bebidas alcohólicas de fabricación carcelaria, entre otras cosas, y al parecer es un mal que no tiene final su solución; que luego de recibir la información de que esta persona había fallecido en el trayecto al hospital, como una hora después, recibió en su oficina a dos familiares del occiso, a un tío y un primo, quienes le solicitaron que les permitiera acceder al cubículo del fallecido, a un interno que es de la confianza de ellos, para que no se le fueran a perder sus pertenencias, lo cual él autorizó; dice también que en la Cárcel de La Victoria, no existen detectores de metales en las puertas de acceso, lo que tienen es policías en cada puerta y por haber una población carcelaria tan numerosa, quizás pierdan el control en algún momento sobre quien entra y quien sale a las diversas áreas; dice

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estar conciente de su responsabilidad en el recinto carcelario, y que tiene bajo su supervisión al Coronel VALENZUELA, pero un recinto con una población carcelaria tan numerosa es bastante difícil de manejar; que con relación al tráfico de monedas falsas en el penal, de eso se enteró en una ocasión de que un interno había sido sorprendido con varios billetes falsos y que había pagado con otros de estos billetes, en el economato del penal, de lo cual informaron a la Dirección de Prisiones.

Nombre : Bartolo Apellidos : Moreno González Cédula : 001-0593506-8, Ocupación : Empleado Público Fecha de nacimiento : 28/08/1959 Dirección : Calle Francisco Del Rosario Sánchez, No.3, La

Victoria, Sto. Dgo. Norte Teléfono : 809-222-8456.

y)- Que interrogado el Sr. BARTOLO MORENO GONZALEZ,

Supervisor de La Penitenciaría Nacional La Victoria, nos manifestó que en torno al traslado libremente que tienen los internos desde un área a otra en el interior de la Penitenciaría Nacional de La Victoria, y acepta que es una responsabilidad tanto suya, del Alcaide como del personal de seguridad del penal.

Nombre : Coronel, P.N. Luca Apellidos : Valenzuela Valenzuela Cédula : 001-1187025-9 Ocupación : Miembro P.N. Fecha de nacimiento : 11/28/1959 Dirección : Calle Respaldo Cereza No.6, Los Mina Viejo, Santo

Domingo Este.

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z)- Interrogado el Coronel LUCA VALENZUELA Y

VALENZUELA, COMDTE. DEPARTAMENTO DE LA PENITENCIARIA NACIONAL DE LA VICTORIA, entre otras cosas nos declaró, que tan pronto se enteró de la ocurrencia del hecho de sangre, a eso de las 09:20 horas de aquel día, MIENTRAS SE ENCONTRABA EN LA PARTE FRONTAL DEL PENAL, corrió al lugar, percatándose en el momento en que unos policías ayudados por reclusos LLEVABAN CARGADO Al herido HACIA EL HOSPITAL, y al indagar se enteró de cómo habían ocurrido los hechos, ordenando la captura de los autores materiales los internos CRISTIAN y KELVIN, siendo éstos llevados a la celda de castigo “La Plancha”, y confesaron sus hechos, alegando que habían sido contratados por un tal BOXEADOR, para cometer el hecho, ordenó buscar a ese interno, quien negó los hechos, alegando que de haber querido hacerlo lo mata él mismo o utiliza a su gente “LOS LATIN KINGS”; que también en sus averiguaciones escuchó que el interno apodado CARLOS PELOTAS, quien guarda prisión en la Cárcel de San Francisco de Macorís, había contratado al interno DIAZ SOLER y al TAL MANCHY para el hecho; que al requisar las celdas de éstos, al primero se le ocupó un CELULAR CON DOS CHIPS; aclaró que una vez ocurrido el hecho informó a sus superiores en la P.N., y la Dirección General de Prisiones, de lo ocurrido, por la vía telefónica y luego por escrito a través de una nota informativa; que a los fines de establecer si hubo o no negligencia de parte de los custodias en todo esto, ordenó una investigación interna con el objetivo de tomar los correctivos de lugar con los responsables; aceptó que han existido debilidades en el sistema penitenciario, pero que en los pocos días que llevaba como Encargado de la Seguridad del Penal, realizaba requisas a diario y siempre encontraban cuchillos, drogas y celulares.

Nombre : Nicolás Apellidos : Fortunato Martínez Cédula : 001-1040931-5 Ocupación : Abogado Fecha de nacimiento : 12/11/1973 Dirección : C/Las Flores No.21, San Felipe, Villa Mella, Santo

Domingo Norte. a2)- Que interrogado al SR. NICOLAS FORTUNATO

MARTINEZ, ALCAIDE DE LA CARCEL MODELO DE NAJAYO, nos declaró que él fungía como Alcaide de la Cárcel de La Victoria, en la fecha en que fue ingresado como interno el hoy occiso ARIAS CASTILLO (A) El Pelotero, quien fue encerrado en los PASILLOS A CELDA NO.4, DEBIDO A QUE ES UNA DE LAS AREAS MAS

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SEGURAS DEL PENAL, DONDE LOS PRESOS QUE NORMALMENTE SE LE OCUPAN MUCHAS DROGAS, SE INTRODUCEN ALLÍ POR SU SEGURIDAD, decisión que tomó luego de haber coordinado con el entonces encargado de la Seguridad, Coronel MANOLO REYNOSO; que no es cierto lo expresado por los parientes y abogados del hoy occiso, en el sentido de que el mismo inicialmente estuviera en el área de Alaska, ya que desde un principio estuvo en los Pasillos, por las razones indicadas; desconoce que dicho interno recibiera amenazas ni chantaje de parte de ninguna persona.

Nombre : Coronel, P.N. Lic. Manuel R. Apellidos : Acosta Reynoso Cédula : 001-1187700-7 Ocupación : Miembro P.N. Fecha de nacimiento : 6/1/1956 Dirección : Calle Antonio Maceo No.17, Urb. Máximo Gómez

b2)- Interrogado también el Coronel LIC. MANUEL R. ACOSTA REYNOSO, P.N., ex-comdte. Depto. La Penitenciaria Nacional La Victoria, declaró que fungió como Encargado de la Seguridad del Penal Victoria, por espacio de un año y cinco meses, en cuyo período solamente se produjeron dos hechos de sangre, uno de ellos fue una persona muerta en el área del hospital, en medio de una riña ocurrida específicamente en la celda de reflexión, ubicada en el área del hospital, y otra riña en el área de los pasillos “C”, donde un recluso ultimó a otro, los cuales fueron producidos con cuchillos de fabricación carcelaria; que para control este tipo de hechos constantemente realizaba allanamientos donde ocupaban celulares, armas blancas y drogas, los cuales fueron enviados mediante comunicaciones a la Jefatura de la Policía Nacional y consignaba copias a la Dirección General de Prisiones, con cuyas medidas logró bajar los índices de agresiones entre los internos, pero garantizar la seguridad de cada uno de los internos en un 100% es imposible, ya que hasta los mismos miembros policiales que se encuentran de servicio en ese lugar, están expuestos al peligro; que con relación a la muerte del recluso ALEX EL PELOTERO, nunca escuchó comentarios sobre esa trama, que no lo llegó a conocer, ya que era un recluso tranquilo y que con relación a informaciones sobre el traslado que se hiciera del hoy occiso, nos expresó que la Seguridad no es la que dispone de los traslados de los internos de un área a

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otra, sino la alcaidía, sí recordó que en una ocasión el Dr. RAMON ALMANZAR, se le acercó y le dijo: “Yo quería verlo para ver si a este muchacho que me cayó preso me lo trasladan para Alaska”, a quien le manifestó que para eso debía subir a la Alcaidía, ya que era el lugar donde se realizaba ese proceso, también recordó que le comentó que el área de Alaska estaba cerrada prácticamente, por la saturación de internos que había en ese lugar, pero de todos modos le dijo que subiera y le explicara el caso al alcaide.

Nombre : Tte. Coronel, P.N. José Ramón Apellidos : Martínez Polanco Cédula : 225-0035529-6 Ocupación : Miembro, P.N. Fecha de nacimiento : 10/15/1959 Dirección : C/1era. No.19, Los Palmares, Sabana Pérdida, Santo

Domingo Norte. c2)- Que interrogado el Tte. Coronel JOSE RAMON MARTINEZ POLANCO, P.N., Oficial Ejecutivo De La Penitenciaria Nacional La Victoria, nos manifestó que entorno a este hecho se enteró estando en el área del Hospital, al escucharlo a través de la radio de comunicación interna, de inmediato salió al lugar percatándose que ya iban saliendo con el interno herido para el médico, entonces se dirigió al interior de las celdas, localizaron y aislaron a los tales KELVIN y CRISTIAN, quienes admitieron sus hechos, agregando que había una tercera persona que había pagado y que era el apodado EL BOXEADOR, quien tenía el dinero, éste supuestamente había ofrecido a los matadores, la suma de RD$200,000.00; que por la sobrepoblación que existe en el penal hay inseguridad tanto para los reclusos, como para los policías.

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Diony Carlos A.

Rodríguez Cedano Gomera Sánchez

001-1679551-9 001-1185508-6

Raso, P.N. 1er. Tte. P.N.

27 años de edad 42 años de edad.

C/. Cristóbal Colón, No.21, Villa Faro, Sto. Dgo. Este.

C/Mauricio Báez (El Centro), Los Guaricanos Santo Domingo Norte.

d2)- Que interrogados el 1er. Tte. CARLOS A. GOMERA SANCHEZ y el Raso DIONY RODRIGUEZ CEDANO, P.N., ambos coincidieron en declarar que encontrándose de servicio como Oficial del Día y llavero de los Pasillos “A”, respectivamente, de La Cárcel de la Victoria, el 24-03-2010, dos días antes de la muerte del interno ALEX EL PELOTERO, acudieron a la celda de éste, debido a una discusión que el mismo había sostenido con otro interno, cuyo nombre no recuerdan, debido a que éste le había faltado al respeto al burlarse de él, motivado a que una hija de crianza suya estuvo en el penal visitando a un interno diferente a él, y allí nació la discordia, pero no hubo pleitos físicos y que al final se dieron las manos y se pidieron excusas.

PERFILES Y DECLARACIONES DE LOS AGENTES ENCARGADOS DE SEGURIDAD QUE SE ENCONTRABAN DE SERVICIO EL DIA DE LA MUERTE

Miguel Wilson Domingo Santiago Carvajal Ureña Medrano Volquez Cabrera Castillo 001-0270944-1 001-1182496-7 026-0080815-4 2do. Tte., P.N. 2do. Tte., P.N. Capitán, P.N. 33 años de edad, 40 años de edad 49 años de edad C/24, Los Guarícanos, Santo Domingo Norte.

C/José Soriano No.38, La Victoria.

C/Gioconda, Peatonal B No.4, Villa Mella.

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Confesor Gregorio Miguel Ant. Reyes Zabala Cayetano Fabián Laureano Díaz 090-0015292-7 008-0021601-2 031-0300696-5 Cabo, P.N. Sargento, P.N. Sargento Mayor 33 años de edad 32 años de edad 38 años de edad C/ Circunvalación No.4, El Almirante

C/Duarte No.137, La Victoria

C/3era. No.21, Km.10½, Carretera de Villa Mella

e2)- Que interrogados el Capitán SANTIAGO CABRERA

CASTILLO, Encargado de Seguridad Área de Vietnam, 2do. Tte. MIGUEL CARVAJAL UREÑA, Encargado del Área de Los Pasillos Desde El A Hasta El F, 2do. Tte. CESAR MARTINEZ MONTERO, Encargado de los llaveros del Área de Alaska, 2do. Tte. DOMINGO MEDRANO VOLQUEZ, Oficial del Día, Sgto. Mr. MIGUEL ANT. LAUREANO DIAZ, Encargado de Seguridad Puerta de Acceso al Patio y los Pasillos A, Sargento GREGORIO CAYETANO FABIAN y Cabo CONFESOR REYES ZABALA, llaveros de la Penitenciaría Nacional La Victoria, quienes al ser interrogados por separado, coincidieron en declarar que se encontraban de servicio aquel día, cada uno atendiendo su respectiva área y que se enteraron de la muerte del interno ARIAS CASTILLO, por los comentarios de los otros reos, de que habían sido los internos CRISTIAN y KELVIN, quienes a su vez dijeron que fueron contratados por el BOXEADOR. (Ver interrogatorios anexos)

PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Nombre : Edward Neftali Apellidos : Ventura Bernard Cédula : 001-1147571-1 Estatus : Interno penitenciario Fecha de nacimiento : 3/31/1975 Dirección anterior : C/20, No.5, Las Palmas de Alma Rosa Dirección actual : Celda No.3, de la Cárcel de Santiago Rodríguez.

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f2)- Que interrogado el interno EDUARD NEFTALI VENTURA BERNARD, nos declaró que encontrándose encerrado en su celda en la prisión de Santiago Rodríguez, recibió una llamada telefónica al teléfono No. 809-637-4539, del nombrado MOLMO, un ex –interno amigo suyo- ofreciéndole el traslado a la cárcel La Victoria y la suma de RD$200.000.00 para hacer un trabajo, antes del 27 de Febrero del presente año; que el trabajo consistía en agredir al interno apodado EL PELOTERO, al tiempo de preguntarle si lo conocía, respondiéndole que sí, ya que estuvo preso en la Penitenciaría Nacional “La Victoria”, en la ocasión que éste fue ingresado allí, en Septiembre del 2009, pero que él luego fue trasladado para la Cárcel de Santiago Rodríguez; que él en aquella ocasión trató de rechazar el trabajo, pero con inteligencia, ya que a ese tipo de personas no se les puede decir que no en lleno; hablaron dos o tres veces del tema sin llegar a nada concreto, y finalmente como MOLMO, vio que no aceptaba dejó de hablarle de ese tema; que éste le dijo que quien le estaba ofreciendo el dinero para el trabajo era un tal FIRE, quien, según tiene entendido, estaba al lado de MOLMO, las veces que conversaron por teléfono del tema; y en aquella ocasión le manifestó que para la realización del trabajo tratarían de introducir un arma de fuego al penal, sin especificar qué tipo de arma de fuego sería, ya que lo que querían era salir de él, pero nadie más supo de esa conversación, ya que la sostuvo estando él solo en su habitación; aclara que el tal MOLMO, es una persona blanca, pinto es decir, con pecas, bembón, pelo rojizo o amarillento, tiene una estatura de nos 5 pies y 8 pulgadas aproximadas, delgado, de unos 27 a 30 años, ojos color canela, ni muy grandes ni muy pequeños, nariz fina, se recorta bajito, pelo crespo; al mismo lo conoció en el Colmado “El Picaso” de Los Praditos, trabaja como desabollador; tiene su propio taller en esa zona; su padre y hermanas viven en la cercanía del colmado “El Picaso”; han estado preso juntos, en la Cárcel de La Victoria, por drogas, en al año 2004; que después de ocurrida la muerte del PELOTERO, recibió otra llamada de MOLMO, para informarle que a él le habían entrado a tiros en su casa de Los Prados, D.N., por lo cual se mudó de la zona, según le dijo, lo cual también le fue confirmado por un amigo común de ellos llamado HUMBERTO, quien está preso en La Vega; que con relación al tal FIRE, a éste lo conoció en una ocasión que fue a visitar a MOLMO, a la Cárcel de La Victoria, tiene entendido que pertenece a la banda Los Kings, donde ostenta el rango de Suprema; se dedica a cometer toda clase de fechorías, crímenes y delitos; el mismo tiene aproximadamente 30 a 35 años, tez blanca (jabao), es corpulento, de unos 5 pies y 7 pulgadas aproximadas, casi siempre usa lentes oscuros, no usa bigotes, pelo laceo y negro; agregó que también conoce al interno JAIME ESPINAL ALCANTARA (a) El Boxeador, desde hace aproximadamente 20 años, ya que es sobrino de la esposa de su tío, son del mismo lugar en la Sección La Lana del municipio Villa Los Almácigos, Prov. Santiago Rodríguez, además de que están vinculados por pertenecer a la banda Los Kings; que luego de la muerte del PELOTERO, escuchó que EL BOXEADOR, había recibido el dinero y que fue quien buscó a los matadores.

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JOSE ANIBAL HIDALGO GARCIA,

(a) Molmo. g2)- Que atendiendo a informaciones obtenidas, que dan cuenta de que el apodado MOLMO, tienen amplio historial delictivo, procedimos a investigar en los archivos policiales confirmando que ciertamente el mismo se encuentra registrado, cuyo nombre correcto es JOSE ANIBAL HIDALGO GARCIA, quien posee las fichas Nos.06009048, 07011873, 09002619-01 y 09002619-02, de fechas 31-05-2006, 20-10-2007, 12-01-2009 y 21-02-2010 respectivamente, por sustracción de vehículos, haber sido sorprendido intentando penetrar a una casa, porte y tenencia ilegal de armas de fuego, asociación de malhechores y asalto en camino público con arma de fuego, entre otros.

PERFIL DEL SOSPECHOSO INTERROGADO:

Nombre : José Aníbal Apellidos : Hidalgo García (a) Molmo o Molmón Cédula : 001-1310753-6 Ocupación : Desabollador de vehículos Edad : 32 años, 7/26/1977 Residencia : Calle Rafael Augusto Sánchez No.9 parte atrás,

Ens. Quisqueya, D.N. Teléfono : 829-580-8016. h2)- Que en fecha 26-04-2010, logramos localizar al nombrado JOSE ANIBAL HIDALGO GARCIA (a) MOLMO O MOLMON, a quien interrogamos en compañía de su abogado el DR. MIGUEL A. FORTUNA, quien entre otras cosas nos declaró: que ciertamente conoce al interno EDWARD

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NEFTALY VENTURA BERNARD, a quien considera su amigo, ya que se llevaron bien estando juntos en la Cárcel de La Victoria, y que mantiene un constante contacto telefónico con éste quien de vez en cuando lo llama para solicitarle le consiga tarjetas de llamadas, entre otros favores, pero que no es cierto que lo haya llamado para ofertarle la suma de RD$200,000.00 y conseguirle su traslado de regreso a la Cárcel de La Victoria para asesinar al interno apodado EL PELOTERO, que fue EDWARD, que lo llamó a él y le pidió le consiguiera RD$7,000.00 para gestionar su traslado al Penal La Victoria, alegando que estaba pasando mucho trabajo; que tampoco es cierto lo dicho por éste en el sentido de que él lo haya llamado para decirle que temía por su vida debido a un atentado que sufrió de parte de unos desconocidos que le tirotearan la casa, ya que eso no ocurrió así, sino que fue a un amigo suyo conocido como JOEL, con quien compartía tragos en la calle Dr. Defilló del sector Los Prados, en el momento que pasaron unos desconocidos y le dispararon a éste, hiriéndolo en uno de sus hombros; que ignora las razones por las cuales EDWARD NEFTALY, haya inventado todo esto.

PERFIL DEL INTERNO INTERROGADO:

Nombre : Domingo Apellidos : De la Cruz Díaz (a) Niño Reyes Cédula : No porta Estatus : Interno penitenciario Edad : 57 años Dirección anterior : C/. Antonio Guzmán, No.90, parte atrás, Sto. Dgo.

Este. Dirección actual : Pasillos F, Celda No.3, Cárcel Modelo de Najayo. i2)- Que interrogado el interno DOMINGO DE LA CRUZ DIAZ (A) NIÑO REYES, quien nos narró que en el penal de La Victoria, existen dos internos que se dan a la tarea de realizar cobros compulsivos y a segarle la vida a otros por dinero, como son los tales LLAVERITO de la celda 3 y 4, y PACHECO DE LA 1 y 2, DE VIETNAM, quienes además manejan todas las informaciones relacionadas a drogas y cualquier otra cosa que se mueva, considera que los mismos tuvieron una

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participación ideológica, dándole la protección a los matadores, los mismos son mas peligrosos que EL BOXEADOR, y se saben manejar, se dice que recibieron una paga de “derecho a vista”, por lo cual intentaron desviar o encubrir los hechos para que se pensara que aquella muerte se produjo como una simple riña; que en lo que respecta al interno EL BOXEADOR, aunque el mismo quiere hacer creer ahora que es contrario a los dos internos CRISTIAN y KELVIN, pero en realidad ellos todo el tiempo han andado juntos, e inclusive durante aquellos días EL BOXEADOR no salía de la celda de éstos, donde planificaron la muerte; que en conversación que sostuvo con EL BOXEADOR, éste le dijo que fue CARLOS PELOTAS, quien lo contrató para la muerte y éste a su vez fue contratado por alguien del Cibao, pero no dijo el nombre.

PERFIL DE SOSPECHOSOS APRESADOS:

Gian Enrique Ricardo

Rojas Matos Pérez Mateo

001-1761513-8 001-1361675-9

Chofer Decorador

36 años (26-09-1974) 30 años (23-11-1979)

Santo Domingo Santo Domingo.

j2)- Qué a raíz del apresamiento y sometimiento a la justicia de los nombrados RICARDO PEREZ MATEO y GIAN ROJAS MATOS, sindicados de haber participado en la muerte del Coronel (r) JOSE AMADO GONZALEZ GONZALEZ, P.N., en fecha 24-12-2009, OMAR RAMON ANTIGUA POLANCO, en fecha 31-01-2010 y RUBEN SOTO HAYET, en fecha 14-05-2010, por cuyos casos se les aplicaron medidas de prisión preventiva; en ese sentido, algunos de los integrantes de la Comisión Investigadora de la muerte del interno JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero y/o Ban Ban, procedieron a entrevistarlos en torno al caso que nos ocupa, quienes manifestaron no haber tenido ninguna participación ni conocimiento alguno sobre ese hecho;

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PERFIL DEL ENTREVISTADO:

Nombre : Hamlert José Apellidos : García Antigua Cédula : 059-0020032-9 Edad : 24.8 años Dirección actual : Calle Olegario Tenares No.98, El Puente; Castillo,

Prov. Duarte.

k2)- Que la Comisión Investigadora, también entrevistó al Sr. HAMLERT JOSE GARCIA ANTIGUA, quien es primo hermano del hoy occiso OMAR RAMON ANTIGUA POLANCO, el cual manifestó textualmente lo siguiente: “…a mediados del mes de Diciembre del 2009, OMAR me llamó por teléfono diciéndome que nos íbamos a juntar por la bomba que está antes del Supermercado CARREFOUR de la autopista Duarte, yo vine a Santo Domingo, desde Castillo, San Francisco de Macorís, ese mismo día, en mi carro Honda Accord, color azul, no recuerdo el número de placa, nos juntamos en la Bomba Texaco, estando yo estacionado, OMAR me toca la puerta del vehículo y se monta, sin darme cuenta con quien andaba y en qué, OMAR andaba con un bulto conteniendo ropas suyas, me dijo dale para San Francisco, en el trayecto me iba diciendo, que AGOSTO o EL LOCO, como él le decía, le había dado a guardar una camioneta Honda Rigeline, color blanca, la cual él a su vez se la había dado a guardar a BAN BAN o ALEX EL PELOTERO, quien había visto lo que tenía adentro que era drogas y armas, y que por guardarla ALEX EL PELOTERO, recibía US$8,000.00 (ocho mil dólares), no se si quincenal o mensual, y a quien la D.N.C.D. le había agarrado la camioneta, y lo andaban buscando a él como el responsable, no obstante él decirle a BAN BAN o ALEX EL PELOTERO que asumiera la responsabilidad, que él buscaría abogados para sacarlo del problema, pero que BAN BAN o ALEX EL PELOTERO, no había aceptado el abogado, porque pensaba que era para sacar a OMAR del problema y dejar a BAN BAN encharcado; y que el abogado de BAN BAN, le había dicho a éste que no hablara sino era delante de él; ese mismo día la D.N.C.D., allanó a LUISITO, que le había quitado una guagua Honda Odysse, color gris, la cual OMAR también le había dado a guardar, en la cual tenía guardado como US$167,000.00 dólares, ambos vehículos se los había entregado a OMAR, EL LOCO o FIGUEROA AGOSTO, para que los guardara….”; que al preguntársele si tiene algún conocimiento sobre la muerte del interno JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero y/o Ban Ban, manifestó no saber más nada de esa persona, solo lo expresado anteriormente.

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PESQUISAS REALIZADAS.

l2)- Que a raíz de los comentarios surgidos entre la población carcelaria en el sentido de que en el penal existía una red que estaba traficando con billetes falsos, iniciamos la inspección en los pequeños comercios que funcionan allí, logrando obtener en poder del Administrador del Economato del Penal, Sr. CESAR A. TERRERO MARTE, la suma de RD$3,500.00, en tres papeletas de RD$500.00 y otro de RD$2,000.00, los cuales procedimos enviar mediante comunicación al Instituto Nacional de Ciencias Forenses, para establecer mediante la experticia correspondiente, la autenticidad o falsedad de éstos.

m2)- Que posteriormente en fecha 02-04-2010, recibimos de la

Dirección Central de Investigaciones Criminales, P.N., el experticio practicado a los billetes antes mencionados, cuyos resultados arrojaron que los mismos son “Falsos”, cuyo informe coincidió posteriormente con el análisis que al efecto se efectuó también a las mismas evidencias, en la Sección de Documentoscopía del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), quienes a través del informe pericial No.D-0137-2010, de fecha 06-04-2010, dieron su opinión de que dichos billetes son falsos. (Ver anexos “j” y “k”)

n2)- Que en fecha 30-03-2010, fueron enviados al Instituto

Nacional de Ciencias Forenses, mediante comunicación suscrita por el Dr. RAMON ARISTIDES MADERA ARIAS, los cuchillos utilizados por los internos KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ y CRISTIAN MARTINEZ LORA, para cometer el hecho, para los fines correspondientes.

ñ2)- Que de conformidad con el informe pericial de Serología

Forense, No.SR-040-10, del Instituto Nacional de Ciencias Forenses, al analizar las evidencias: a)- Arma blanca (cuchillo) de aprox. 5 pulgadas, y b)- Arma blanca (cuchillo) de aprox. 10 pulgadas, no se detectó la presencia de sangre en las evidencias sometidas, no obstante estos fueron los utilizados para la comisión del hecho, tal y como fueron identificados por los propios agresores en sus interrogatorios.

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VISTA DE LOS CUCHILLOS UTILIZADOS:

o2)- Que en fecha 09-04-2010, mediante el oficio No.0712, el

Dr. SANTOS JIMENEZ PAEZ, Director del Instituto Nacional de Patología Forense, nos remite el expediente No.A-0475-2010, correspondiente al resultado de autopsia realizada al cadáver de JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero, a través de la cual se informa que dicho cadáver presentó diez (10) heridas corto penetrantes, y su deceso se debió a “Shock hemorrágico con laceración de arteria iliaca izquierda, debido a herida corto penetrante en fosa iliaca izquierda”.

p2)- La comisión ha solicitado varios informes de inteligencia a

teléfonos ocupados a internos, pero hasta la fecha no se ha obtenido ninguna información significativa, no obstante se mantiene el monitoreo sobre algunos objetivos importantes y estamos a la espera de que arrojen resultados positivos. (Ver informe de inteligencia contenido en nuestro anexo “h”).

q2)- Esta comisión ha ordenado la realización de varios traslados

de algunos internos, para mejor desenvolvimiento de la investigación y resguardar la seguridad de éstos, cuyas identidades se mantienen en reserva. (Ver anexo “l”)

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r2)- Que esta Comisión, con el objetivo de obtener informaciones

de parte de los parientes del occiso, los invitó a través de su abogado el Dr. RAFAEL ALMANZAR, para que acudieran al Salón de Conferencias de la Dirección General de Prisiones, en horas de la mañana del lunes 24-05-2010, y al no asistir, optamos por dirigirles una formal invitación escrita, dirigida al Sr. JOSE GABRIEL ARIAS GONZALEZ y Familia, para que asistieran al mismo escenario a las 10:00 de la mañana del viernes 28-05-2010, a la cual en representación de la familia asistió su abogada la Licda. GISELA ALTAGRACIA LAZALA BAUTISTA, quien dijo que los familiares del occiso no tenía ningún otro elemento nuevo que aportar y que solo estaban a la espera que la Comisión Investigadora rindiera el informe correspondiente.

2.- En base a las actuaciones de los integrantes de esta Comisión, las evidencias colectadas, las declaraciones de las personas interrogadas y entrevistadas, así como a los resultados periciales que figuran en el anexo, hemos llegado a lo siguiente:

2.1 RESULTA: que en fecha 17-09-2009, el Ministerio Público representado por la Lic. FLOR MARIA NOVAS DEL CARMEN, Procuradora Fiscal Adjunta de la Prov. De Santo Domingo, adscrita a la Dirección Nacional de Control de Drogas, y acompañada por miembros de la Dirección Nacional de Control de Drogas (D.N.C.D.) y la Dirección Central Antinarcóticos, P.N., arrestaron en su residencia en la urbanización Buena Vista I, de Villa Mella, al nombrado JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero y/o Ban Ban, donde le ocuparon la camioneta marca Honda Mod. Ridgeline, blanca, placa L218246, chasis 2HJYK16536H537984, que estaba estacionada en la marquesina, conteniendo la misma 244 paquetes de un polvo blanco, que al ser analizados posteriormente en el Laboratorio Químico Forense, resultaron ser cocaína clorhidratada con un peso de 254.72 kilogramos, y que luego de la supra-indicada camioneta estar estacionada en los parqueos de la D.N.C.D., mediante pesquisa se encontró en ella, un arsenal de armas de fuego automáticas y municiones de diferentes calibres; razón por la cual se le dictó medida de coerción consistente en Prisión Preventiva en la Penitenciaría Nacional de La Victoria; 2.2 RESULTA: que al ser interrogado el Sr. JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero, en torno a éste hallazgo, el mismo contestó que esa camioneta la había dejado estacionada en la marquesina de su casa, el Sr. RAMON ANTIGUA POLANCO, versión esta que fue corroborada por los familiares del occiso; 2.3 RESULTA: que en fecha 26-03-2010, mientras el supra-indicado JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero y/o Ban Ban, hacía deportes en el play de softball, de la Penitenciaría Nacional de La Victoria, fue sorprendido, por los también internos CRISTIAN MARTINEZ LORA (a) El Picher y KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ, los cuales de inmediato le infirieron múltiples heridas de armas blancas,

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en la parte anterior y posterior de su cuerpo, mortales por necesidad, produciéndole de inmediato la muerte, según consta en el informe de la autopsia No. A-0475-2010, de fecha 26-03-2010, realizada en el Instituto Nacional de Patología Forense; 2.4 RESULTA: que según declaraciones de CRISTIAN MARTINEZ LORA (a) Picher y KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ, fueron contratados por JAIME ESPINAL ALCANTARA (a) El Boxeador, para darle muerte al interno JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero, negando aquel su participación en ese suceso, alegando que no hubiera utilizado personas pertenecientes a grupos diferentes a la banda de naciones “Los Latin King”, de quién dice ser “La Máxima”, es decir, quien la encabeza; 2.5 RESULTA: que estas acciones fueron planificadas con antelación a los hechos, en reuniones previas del interno JAIME ESPINAL ALCANTARA (a) El Boxeador con el también interno CRISTIAN MARTINEZ LORA (a) El Picher y éste a su vez, posteriormente contrató los servicios de KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ, para la ejecución de dicha muerte; 2.6 RESULTA: que hubo el ofrecimiento de parte del interno JAIME ESPINAL ALCANTARA (a) El Boxeador, de entregarle RD$400,000.00 (algunos hablan de RD$200,000.00), a los dos autores materiales del asesinado de JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero, a razón de RD$200,000.00 cada uno, pero no obstante los internos KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ y CRISTIAN MARTINEZ LORA (a) El Picher, aseguran no haber recibido la suma prometida para la ejecución del asesinato, que por el contrario solo recibieron la cantidad de RD$300.00, en dos o tres partidas de RD$100.00 que dice haber recibido el interno CRISTIAN MARTINEZ LORA, lo que evidencia que en el presente caso hubo una negociación previa a dicho hecho; 2.7 RESULTA: que también han sido acusados de participar activamente en la comisión de esos hechos MANUEL DEL ORBE NÚÑEZ (a) LUIS EL CALVO, HENDERSON SÁNCHEZ VARGAS (a) GUERI, JORGE BERLIE PERALTA (a) CHINITO Y/O NINO, MANUEL ANTONIO NUÑEZ (a) MANCHY y DARWIN MAXIMO DIAZ SOLER (A) EL CORONEL, facilitando los medios materiales, específicamente los cuchillos, los cuales habían sido usados para darle muerte al SR. JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) Alex el Pelotero, negando estas personas su participación en esos hechos; 2.8 RESULTA: que se ocuparon en dicho Centro Penitenciario, varios billetes falsos, cuya falsedad ha sido demostrada pericialmente, por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), los cuales supuestamente habían sido puesto a circular por JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero, de conformidad con las declaraciones de KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ;

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2.9 RESULTA: que aún cuando la familia del extinto JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero, asegura haber comunicado a la Procuradora Fiscal Adjunta de la Prov. De Santo Domingo, adscrita a la Dirección Nacional de Control de Drogas, Lic. FLOR MARIA NOVAS DEL CARMEN, que su pariente corría peligro, ésta lo niega y en el interrogatorio practicado al efecto se estableció que nunca hubo una conversación ni verbal ni escrita en ese sentido, salvo una alusión a esa situación en una audiencia, supuestamente por los abogados que representaban la defensa técnica del hoy occiso; 2.10 RESULTA: que los familiares del extinto JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero, aseguran que sus sospechas sobre la persona que ordenó el asesinato de su pariente recaen sobre el interno JAIME ESPINAL ALCANTARA (a) El Boxeador, ya que éste vivía extorsionándolo para que le buscara dinero; 2.11 RESULTA: que aún cuando los familiares del extinto JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero, aseguran que éste y el también occiso RAMON ANTIGUA POLANCO, eran íntimos amigos, al igual que de los demás miembros de su familia, no se ha establecido ninguna vinculación entre los dos asesinatos, a pesar de que ellos aseguran que ANTIGUA POLANCO le mandó a decir al primero, que asumiera la responsabilidad por la droga y las armas ocupadas, rechazando aquel aceptar esa propuesta, siendo esta versión corroborada con las declaraciones ofrecidas por el Sr. HAMLERT JOSE GARCIA ANTIGUA, quien era primo hermano de OMAR RAMON ANTIGUA POLANCO, a quien este último le confiaba secretos y cosas íntimas, quien entre otras cosas expresó que su primo le manifestó que por guardar en la marquesina de su casa la camioneta Honda Rigeline, color blanca, conteniendo drogas y armas de guerra, propiedad de JOSE D. FIGUEROA AGOSTO, JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero y/o Ban Ban, recibía mensualmente o quincenalmente la suma de US$8,000.00 (ocho mil dólares), de parte del Sr. ANTIGUA POLANCO; 2.12 RESULTA: que cuando se produjo la muerte de JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero (26-03-2010), ya habían pasado varios meses de la muerte de RAMON ANTIGUA POLANCO, el cual, fue muerto por múltiples heridas de armas de fuego, causada por desconocidos, frente a la Plaza Comercial CARREFOUR, de la Autopista Duarte, hecho ocurrido en fecha 31-01-2010, lo que descarta que éste haya estado vinculado en la muerte de ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero; 2.13 RESULTA: que al producirse la agresión en el Penal La Victoria, las autoridades policiales procedieron a prestar la ayuda necesaria al hoy occiso JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero, llevándolo al dispensario médico del recinto y enviándolo posteriormente al hospital “Luis Eduardo Aybar (Morgan)”;

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2.14 RESULTA: que se ha comprobado que en la mañana del 26-03-2010, fecha en que se produjo esta muerte, no había ninguna vigilancia policial ni patrullaje en esta área, resultando esto una evidente negligencia por parte de las autoridades encargadas de la seguridad del penal; 2.15 RESULTA: que hubo una discusión entre el hoy occiso JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero y KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ, motivado por una supuesta falta de respeto a una hija de crianza del extinto ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero, en la misma semana en que ocurrieron los hechos; 2.16 RESULTA: que aún cuando CRISTIAN MARTINEZ LORA (a) Picher y KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ, aseguran no haber recibido el dinero que se le prometió, para cometer el asesinato, se pudo comprobar que solo había recibido una suma aproximada a los RD$300.00, en dos o tres partidas de a RD$100.00, recibida por KELVIN, lo que evidencia que en este caso hubo negociación previa al asesinato; 2.17 RESULTA: que aún cuando CRISTIAN MARTINEZ LORA (a) Picher, asegura que en una conversación JAIME ESPINAL ALCANTARA (a) El Boxeador, le refirió que el asesinato del PELOTERO fue ordenado por FIGUEROA AGOSTO, momentos en que en la televisión apareció una declaración relativa a esta persona, y que los familiares del occiso descartan que éste haya participado, en el presente caso no se ha establecido ninguna vinculación directa ni indirecta con dicho Sr. FIGUEROA AGOSTO, relacionada con la muerte de JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero; 2.18 RESULTA: que el interno EDUARD NEFTALI VENTURA BERNARD, al enterarse de la muerte del JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero, relacionó ese hecho con una oferta económica que le habían hecho vía telefónica a través del nombrado JOSE ANIBAL HIDALGO GARCIA (a) MOLMO O MOLMON,, y a éste presuntamente lo había contratado para la comisión de ese hecho, una persona conocida como FIRE, para ocuparse del asesinato del interno JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero, versión esta que es negada de manera categórica por JOSE ANIBAL HIDALGO GARCIA (a) MOLMO O MOLMON, 2.19 RESULTA: que no se ha establecido la identidad del tal FIRE, ni se ha podido localizar para comprobar la veracidad de la afirmación del EDUARD NEFTALI VENTURA BERNARD, que ha sido negada por JOSE ANIBAL HIDALGO GARCIA (a) MOLMO O MOLMON;

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2.20 RESULTA: que es un hecho constante por los documentos que constan en este expediente que el interno KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ, había sido condenado a 9 años por tráfico internacional de heroína y CRISTIAN MARTINEZ LORA (a) Picher, a 20 años por atraco, mientras que JAIME ESPINAL ALCANTARA (a) El Boxeador, se le impuso una condena de 15 años por homicidio; 2.21 RESULTA: que de acuerdo a las declaraciones compiladas y a las pesquisas realizadas pueden aportar información para este caso los internos BEATO MATEO RAMIREZ (a) Chuky (escuchó un día antes a KELVIN, decir en la celda de reflexión, que le iban a pagar para realizar un trabajo), ANDERSON GUZMAN DIAZ (a) Andy (vio a los autores materiales cometer el asesinato), JUAN ADONIS SORIANO (vio cuando salían con los cuchillos en las manos); 2.22 RESULTA: que el informe de la autopsia del Instituto Nacional de Patología Forense estableció que el deceso de JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (A) Alex El Pelotero, se debió a “Shock hemorrágico con laceración de arteria iliaca izquierda, debido a herida corto penetrante en fosa iliaca izquierda. Que a juzgar por los signos post Morten, el levantamiento del cadáver y la fecha de realización de la autopsia del día 26-03-2010, a las 4:10 P.M., la muerte pudo haberse producido de unas 05-09 horas antes aproximadamente, que de las heridas recibidas las marcadas con los números 5 y 7 son de naturaleza esencialmente mortales. El resto de las heridas son simplemente mortales”. CONSIDERANDO: que los artículos 295, 296, 297, 298, 302 y 304 del Código Penal Dominicano, tipifican el homicidio cometido con asechanza y premeditación; CONSIDERANDO: que los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano, tipifican y sancionan la asociación para delinquir con el objeto de preparar o cometer crímenes contra las personas o las propiedades; CONSIDERANDO: que el artículo 50 de la Ley 36 de 1965, prevé y sanciona el hecho de portar armas blancas; CONSIDERANDO: que el artículo 147 y 148 del Código Penal, tipifican y sancionan la falsedad en escritura pública, comercio o de bancos; CONSIDERANDO: que los artículos 59 y 60 del Código Penal Dominicano, tipifican y sancionan la participación accesoria al hecho criminal principal en los actos anteriores, concomitantes o posteriores a su consumación con el calificativo de complicidad; CONSIDERANDO: que ninguno de los participantes estaba en estado de locura o demencia cuando ocurrieron los hechos;

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CONSIDERANDO: que la Ley No. 224, del 1984, que Rige el Sistema Penitenciario Nacional, establece que la finalidad de la ejecución de la pena es la reinserción social de los condenados; CONSIDERANDO: que el artículo 10 de de la Ley No.224, establece que los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que presten servicios en los centros carcelarios se encuentran bajo la autoridad del Director General de Prisiones; CONSIDERANDO: que la Ley No.41-08, en sus artículos del 81 al 84, establecen la facultad sancionadora de las faltas administrativas cometidas por los empleados y funcionarios públicos, desde la amonestación, la destitución y la inhabilitación para ocupar cargos públicos; CONSIDERANDO: que la Ley Institucional de la Policía Nacional No.96-04, establece que las faltas disciplinarias cometidas por los miembros de esa Institución, se sancionarán hasta con 30 días de suspensión de funciones. 3.- Por las razones y consideraciones expuestas precedentemente, tenemos a bien presentar las siguientes:

CONCLUSIONES a)- Que la muerte de JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a)

Alex El Pelotero, se trata de un asesinato por encargo ejecutado por los reclusos CRISTIAN MARTINEZ LORA (a) Picher y KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ, por instrucciones del interno JAIME ESPINAL ALCANTARA (a) El Boxeador, con la ayuda material y complicidad de MANUEL DEL ORBE NÚÑEZ (a) LUIS EL CALVO, HENDERSON SÁNCHEZ VARGAS (a) GUERI, JORGE BERLIE PERALTA (a) CHINITO Y/O NINO, MANUEL ANTONIO NUÑEZ (a) MANCHY y DARWIN MAXIMO DIAZ SOLER (A) EL CORONEL, determinándose que el interno ESPINAL ALCANTARA (a) El Boxeador, ofreció a los dos primeros pagarle la suma de RD$400,000.00, lo que se robustece con las afirmaciones de EDUARD NEFTALI VENTURA BERNARD, en el sentido de que había recibido ofertas de parte del tal FIRE, a través de JOSE ANIBAL HIDALGO GARCIA (a) MOLMO O MOLMON, sin que se pudiera constatar algún vínculo directo con el prófugo JOSE D. FIGUEROA AGOSTO, salvo el hecho de que éste, fue presuntamente mencionado por el interno JAIME ESPINAL ALCANTARA (a) El Boxeador, en una conversación con CRISTIAN MARTINEZ LORA (a) Picher, según las declaraciones de este último;

b)- Se pudo establecer que el finado JOSE GABRIEL ARIAS

CASTILLO (a) ALEX EL PELOTERO o BAN BAN, tenía vínculos personales muy estrechos con el hoy occiso OMAR RAMON ANTINGUA POLANCO, hasta el punto de prestarse para guardarle en la marquesina de su vivienda la camioneta marca Honda Rigeline, color blanca, conteniendo en su interior drogas y armas de guerra

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pertenecientes al prófugo JOSE D. FIGUEROA AGOSTO; aunque no se ha podido comprobar de que ARIAS CASTILLO (a) Alex El Pelotero y/o Ban Ban, tuviese vínculos directos con FIGUEROA AGOSTO. Tampoco se ha podido vincular directamente a OMAR RAMON ANTIGUA POLANCO, en la muerte de ARIAS CASTILLO, debido a que al primero le dieron muerte en fecha 31-01-2010, es decir, dos meses antes de la muerte de ARIAS CASTILLO, aunque no se descarta que la misma haya salido del entorno de ANTIGUA POLANCO, por la negativa de ARIAS CASTILLO, a asumir la responsabilidad de la droga y las armas de guerra ocupadas en el supra-indicado vehículo.

c)- Que en cuanto a los billetes de RD$500.00 y RD$2000.00 que

habrían sido puestos a circular, supuestamente por JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) ALEX EL PELOTERO o BAN BAN, a través del interno KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ, según lo afirmó este ultimo, se determinó que son falsos según el informe pericial No.D-0137-2010, de fecha 06-04-2010, rendido por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) (Ver anexos “ j y k”);

d)- Que se ha establecido que no tiene responsabilidad penal ni

administrativa la Procuradora Fiscal Adjunta de la Prov. De Santo Domingo, adscrita a la Dirección Nacional de Control de Drogas, Lic. FLOR MARIA NOVAS DEL CARMEN, ya que se determinó que no le fue comunicada la supuesta denuncia de los familiares del finado JOSE GABRIEL ARIAS CASTILLO (a) Alex el Pelotero y/o Ban Ban, en el sentido de que el extinto estaba amenazado;

e)- Que en cuanto a los responsables de la administración y

seguridad de La Cárcel de La Victoria, se determinó la existencia de numerosas fallas, tales como la ausencia de vigilancia policial en el play de softball, la permisibilidad de tolerar la circulación de reclusos fuera de su área de reclusión, la falta de comunicación entre el Director de la Cárcel y el Encargado de la Seguridad con respecto al traslado del área de Alaska a los Pasillos del Penal, la falla en los controles para evitar la existencia y proliferación de armas blancas, celulares, la introducción de drogas y bebidas alcohólicas al penal; cosas estas que constituyen faltas de carácter administrativo, que no implican responsabilidad penal.

4.- Por los motivos expuestos precedentemente y vistos los artículos 88, 89, 91, 92, 93 y 30 del Código Procesal Penal y los artículos 265, 266, 267, 295, 59, 60, 296, 297, 302 y 304, 147 y 148, del Código Penal Dominicano, y artículos Nos. 50 de la Ley No.36 Sobre Porte y Tenencia Ilegal de Armas de Fuego, Art. 10, de la Ley No.224, que Rige el Sistema Penitenciario Nacional, Art. 81 y 84, de la Ley 41-08, que establece la Facultad Sancionadora de las Faltas Administrativas Cometidas por los Funcionarios y Empleados Públicos, Art. 65 literal “c” de la Ley N0.96-04, de fecha 28-01-2004, que establece la Ley Institucional de La Policía Nacional, tenemos a bien presentar las siguientes:

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RECOMENDACIONES: a)- Que sean sometidos a la acción de la justicia a través de la

Procuraduría Fiscal de la Provincia de Santo Domingo, los internos CRISTIAN MARTINEZ LORA (a) Picher y KELVIN RAFAEL MONTILLA DOMINGUEZ, por presunta violación de los artículos 265, 266, 267, 295, 296, 297, 302 y 304 del Código Penal Dominicano, y el Artículo 50 de la Ley No.36, Sobre Porte y Tenencia Ilegal de Armas de Fuego, así como también los internos JAIME ESPINAL ALCANTARA (a) El Boxeador, MANUEL DEL ORBE NÚÑEZ (a) LUIS EL CALVO, HENDERSON SÁNCHEZ VARGAS (a) GUERI, JORGE BERLIE PERALTA (a) CHINITO Y/O NINO, MANUEL ANTONIO NUÑEZ (a) MANCHY y DARWIN MAXIMO DIAZ SOLER (a) EL CORONEL, el nombrado JOSE ANIBAL HIDALGO GARCIA (a) MOLMO O MOLMON y el tal FIRE, este último prófugo, por presunta violación de los artículos 59, 60, 265, 266, 267, 295, 296, 297, 302 y 304, del Código Penal Dominicano, y Artículo 50 de la Ley No.36, Sobre Porte y Tenencia Ilegal de Armas de Fuego.

b)- Que el Lic. PEDRO MANUEL ASTACIO, Alcaide de La

Penitenciaría Nacional La Victoria, sea destituido de dicho cargo, por haber cometido faltas graves en el ejercicio de sus funciones;

c)- Que el Coronel LUCA VALENZUELA Y VALENZUELA y Tte.

Coronel JOSE RAMON MARTINEZ POLANCO, P.N., Comandante Departamento y Oficial Ejecutivo, respectivamente, de La Penitenciaria Nacional De La Victoria, P.N., así como todo el personal policial que estuvo de servicio en dicho penal, específicamente en el área del patio y puertas de acceso al mismo, en la fecha en que ocurrieron los hechos, en sean trasladados, por haberse demostrado que los mismos no garantizan la seguridad de las personas privadas de libertad en dicho Centro;

d)- La presente investigación queda abierta a cargo de la

Procuraduría Fiscal de la Provincia de Santo Domingo, la cual se encargará de procurar nuevas evidencias que les permitan identificar, perseguir y acusar a otras personas que tengan responsabilidad directa o indirecta con estos hechos. 5.- Por separado le estamos enviando los cuchillos de fabricación carcelaria de aproximadamente 5 y 10 pulgadas respectivamente utilizados por los victimarios para cometer el hecho; el celular marca Alcatel, imei 011760004008898, y las SIM CARD de Codetel, seriales 89010-20090-90770-82728 y 89010-20100-90826-50657, ocupados al internos DARWIN M. DÍAZ SOLER (a) EL CORONEL, así como la SIM CARD, No.89010200509075073233, ocupada al interno MANUEL ANT.

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MIESES (a) MANCHY; así como tres (3) billetes perforados de la denominación de RD$500.00 seriales Nos.DC0006237, DP6261226 y HB6519358, y otro billete mutilado de RD$2,000.00, serie No.BB2546891, ocupados en el interior de la Penitenciaría Nacional de La Victoria.

Dr. PERFECTO ACOSTA SURIEL Dr. RAMON ARISTIDES MADERA ARIAS Procurador Fiscal de la Prov. Sto. Dgo. Procurador General Adjunto de la Proc. Gral.

JOSE E. MATOS DE LA CRUZ, DR. MANUEL DE JS. PEREZ SANCHEZ, General De Brigada, E.N. Mayor General (r), P.N.

Director del CICC., de la D.N.C.D. Director General de Prisiones.

JOSE A. POLANCO GOMEZ, JUAN ML. FRUCTUOSO HEREDIA, General De Brigada, P.N. General De Brigada, P.N.

Director Central de Invest. Criminales, P.N. Director Central Inteligencia Delictiva, P.N.