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161 Introducción La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), con la atribución de administrar las Áreas Naturales Protegidas (ANPs) establecidas mediante decretos emitidos por el Gobierno Federal. Actualmente, la CONANP cuenta con 182 ANPs dentro del territorio nacional. Para una mejor administración del territorio, las Áreas Naturales Protegidas del país, se dividen en 9 Direcciones Regionales. El Estado de Sonora, junto con Sinaloa, una pequeña porción de la parte de Baja California (comunidad de San Felipe, B.C.) parte del Golfo de California, conforman la Regional Noroeste y Alto Golfo de California (RNOyAGC), donde hay 9 ANPs, las cuales albergan un abanico muy diverso de ecosistemas, desde humedales costeros al bosque templado, y desde dunas hasta pastizales, selva baja caducifolia y ecosistemas marinos; siendo las ANPs, el instrumento con mayor peso jurídico para fines de conservación; utilizado en la política ambiental. El concepto de área natural protegida se define como Las zonas del territorio nacional y aquéllas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas”(LEGEEPA,2015 p.2), la CONANP (2016) además agrega que pueden ser “ porciones terrestres o acuáticas” y “que producen beneficios ecológicos cada vez más reconocidos y valorados”

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Introducción

La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) es un

órgano desconcentrado de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos

Naturales (SEMARNAT), con la atribución de administrar las Áreas Naturales

Protegidas (ANPs) establecidas mediante decretos emitidos por el Gobierno

Federal.

Actualmente, la CONANP cuenta con 182 ANPs dentro del territorio

nacional. Para una mejor administración del territorio, las Áreas Naturales

Protegidas del país, se dividen en 9 Direcciones Regionales. El Estado de

Sonora, junto con Sinaloa, una pequeña porción de la parte de Baja California

(comunidad de San Felipe, B.C.) parte del Golfo de California, conforman la

Regional Noroeste y Alto Golfo de California (RNOyAGC), donde hay 9 ANPs, las

cuales albergan un abanico muy diverso de ecosistemas, desde humedales

costeros al bosque templado, y desde dunas hasta pastizales, selva baja

caducifolia y ecosistemas marinos; siendo las ANPs, el instrumento con mayor

peso jurídico para fines de conservación; utilizado en la política ambiental. El

concepto de área natural protegida se define como “Las zonas del territorio

nacional y aquéllas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en

donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la

actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y

restauradas”(LEGEEPA,2015 p.2), la CONANP (2016) además agrega que

pueden ser “ porciones terrestres o acuáticas” y “que producen beneficios

ecológicos cada vez más reconocidos y valorados”

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Estos beneficios a los que hace referencia la definición, son conocidos

como servicios ambientales o eco-sistémicos, los cuales según la

LEGEEPA(2015, p.6) son “los beneficios tangibles e intangibles, generados por

los ecosistemas, necesarios para la supervivencia del sistema natural y biológico

en su conjunto, y para que proporcionen beneficios al ser humano; es decir, es

todo aquello que la naturaleza nos brinda, solo por el hecho de existir, traducido

en diversos valores como el biológico, valor científico y valor económico.

Entre todos esos beneficios, para efectos de esta investigación, resaltan

los valores tangibles, traducidos en la diversidad de ecosistemas que existe

dentro de las ANPs en Sonora, los que da lugar a espacios naturales de singlar

belleza, que resultan en valiosos atractivos turísticos, donde se pueden llevar a

cabo una gran variedad de actividades recreativas. La CONANP promueve el uso

recreativo y turístico dentro de sus ANPs, como un recurso aprovechable de

manera sustentable y de beneficio económico para las comunidades asentadas

dentro de las reservas y las poblaciones que las rodean. (CONANPa, 2018)

Objetivo principal

Llevar a cabo un análisis general en la problemática del cobro de derechos

por uso, goce o aprovechamiento recreativo de las Áreas Naturales Protegidas

de carácter federal en Sonora

Justificación

México es un país "megadiverso", poseedor de gran cantidad de animales

y plantas. Forma parte del grupo de 6 países que concentran poco menos

del 70% de la variedad mundial de especies conocidas de anfibios, reptiles, aves

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y mamíferos y plantas vasculares (CONABIO, 2006)). La mayor parte de esta

diversidad está concentrada en las áreas naturales protegidas (ANPs)

Como se mencionó, en nuestro país, es la CONANP, quien tiene como

misión “conservar el patrimonio natural de México mediante las Áreas Protegidas

y las áreas con otras modalidades de conservación, fomentando una cultura para

la conservación y el desarrollo sustentable de las comunidades asentadas en su

entorno”. (CONANP, 2017)

Para cumplir esta misión, se han desarrollado varias estrategias y

programas que fomentan el turismo alternativo y se han invirtiendo recursos del

Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES), en el

apoyo de proyectos comunitarios dentro de este giro en las comunidades que

radican dentro del polígono y en la zona de influencia de las ANPs (PROCODES,

2015)

Marco Teórico

La CONANP basa su operación en la Ley General del Equilibrio Ecológico

y la Protección al Ambiente (LEGEEPA), la cual regula la operación de las ANPs,

y establece que cada una tenga su programa de manejo, y que se vincule con el

Programa Nacional para áreas naturales Protegidas (PNANP), el cual debe estar

alineado con el Plan Nacional de Desarrollo, documento rector en cada periodo

sexenal, por lo que es dinámico y es adaptado por cada administración, según

las exigencias del tiempo (CONANPa, 2018). Entre las acciones que se llevan a

cabo, están aquellas destinadas al desarrollo de actividades recreativas y

turísticas. En la zonificación del área natural, se destina una zona de uso público,

como el área principal para la realización de actividades de recreación y

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esparcimiento, respetando los límites de la capacidad de carga del ecosistema. (

LEGEEPA, 2015)

A la fecha, no se cuenta con la publicación del Programa Nacional de

Áreas Naturales Protegidas 2019-2024 (PNANP), por lo que se hace referencia

a la publicación de la administración anterior, correspondiente al período del

2013-2018 (CONANP, 2018a). Este documento menciona que, en el 2013, se

apoyaron 643 proyectos en 128 ANPs y regiones prioritarias para la conservación

(RPCs) a través del PROCODES. Del total de estos proyectos, casi la mitad, un

46.65% correspondieron a proyectos relacionados con el turismo. (Figura 1), lo

cual muestra claramente la importancia del turismo en las áreas naturales

protegidas para el desarrollo de las comunidades, así como para el

fortalecimiento de la institución a través del cobro de derechos por realizar

actividades relacionadas con este giro, además, se ha demostrado que las

comunidades locales, que reciben el acompañamiento técnico y educativo

adecuado, pueden llegar a ser grandes aliados de la conservación, pues en todo

caso, terminan siendo los principales interesados en que el turismo resulte ser

sustentable y beneficioso para el entorno social y natural, y se interesan porque

la actividad que desarrollan sea sostenible a largo plazo (CONANP, 2014).

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La ley de Derechos, es donde se establecen los montos que se deben de

pagar por el uso o aprovechamiento de los bienes que son del dominio público

de la Nación, como es el caso de las áreas naturales protegidas; así como por

recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público. En

ésta Ley, a partir del Título Segundo, Capítulo I, Art. 198, se describe con detalle

el tema de cobro de Derechos por llevar a cabo actividades recreativas, turísticas

y deportivas en ANPs., así como descuentos y quien exenta de pago (Tabla 1).

Ahí mismo se contempla que estos ingresos deberán destinarse a la CONANP,

para acciones y proyectos de protección, manejo, restauración y gestión para la

conservación. (Ley de Derechos, 2019)

ANP COUTA

Reserva de la Biósfera Alto Golfo y Delta del Río Colorado 35.76

Reserva de la Biósfera el Pinacate y Gran Desierto de Altar 71.53

Área de Protección de Flora y Fauna Bavispe 35.76

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Área de Protección de Flora y Fauna Sierra de Álamos – Río

Cuchujaqui

35.76

Área de Protección de Flora y Fauna Islas del Golfo de California

– Sonora y Reserva de la Biósfera Isla San Pedro Mártir

71.53

pago único por persona, por año, para tener derecho a un número

ilimitado de visitas a cualquier ANP del país

$371.91

Residentes de la zona de influencia (que demuestren su calidad

como tales)

50%

Menores de 6 años, discapacitados, y otros casos descritos en la

ley

exentos

Tabla 1. Monto de pago de derechos por persona, por día por cada ANP en

Sonora

Por otro lado, la CONANP establece que 4 de los 13 trámites que se

tramitan en sus oficinas, son relacionados con autorizaciones para llevar a cabo

actividades relacionadas con el turismo dentro de las ANPs. (Tabla 2)

(CONANPb, 2018)

Tipo de actividad Costo Modalidades

Actividades comerciales dentro de áreas naturales protegidas

$421.00 Única

Autorización de actividades turísticas en ANP con vehículos

$421.00 de acuerdo al tipo de vehículo: Motorizada (terrestre) $ 450.00 No motorizada(terrestre) $89.00 Por unidad de transporte marino: Embarcaciones hasta 12 metros de eslora incluyendo vehículos o aparatos sumergibles o

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anfibios, tablas de oleaje y sus equivalentes $450.00 Embarcaciones mayores a 12 metros de eslora, incluyendo vehículos o aparatos sumergibles o anfibios, tablas de oleaje y sus equivalentes $9,001.00 Motocicletas acuáticas y subacuáticas y demás aparatos motorizados equivalentes, diferentes a los enunciados en los numerales 1 y 2 de este inciso $632.00 Otros vehículos distintos a los anteriores: $224.00

Actividades turístico recreativas sin vehículos ó unidad de transporte

$421.00 Única

Actividades turístico recreativas con infraestructura

$421.00

Única

Tabla 2. Monto de pago por autorización de acuerdo a categoría y modalidad

Así mismo, la Norma Oficial Mexicana NOM-09-TUR-2002, contempla los

elementos a los que deben sujetarse los guías especializados en actividades

específicas, esta norma es de carácter obligatorio, en todo el territorio nacional

para los guías de turistas especializados mencionados en la Ley Federal de

Turismo y en su Reglamento. (SECTUR, 2003), el cual señala en su Artículo 78

que los Guías de Turistas, deberán obtener una credencial expedida por la

Secretaría. (Reglamento de la Ley General del Turismo, 2015)

México figura entre los países que recibe mayor número de turistas en el mundo,

esto es relevante ya que muchos de ellos visitan las áreas naturales del país, no

solo por su belleza, sino por ser lugares que resguardan y concentran el

patrimonio natural y también el cultural e histórico del país. Sin embargo, está

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ampliamente documentado que el turismo, trae consigo impactos y no todos ellos

son positivos, por lo que cobra importancia la profesionalización y certificación de

las personas físicas y morales que realicen actividades dentro de las áreas

naturales protegidas, no solo como un medio de obtención de ingresos, ya sea

como prestadores de servicios turísticos, tour operadores, guías u otro, sino como

profesionales que apoyen la labor de CONANP.

De acuerdo estudio realizado por Medina-Castro, Roldon & Leyva-Aguilera

(2019) sobre los impactos del turismo en dos parques nacionales en Baja

California, México, mediante entrevistas realizadas a los guardaparques de

CONANP en las ANPs mencionadas, en ambos parques los funcionarios públicos

comentaron sobre el efecto positivo del pago de derechos por parte de los

turistas, ya que si bien el monto de ingresos no es tan alto, de todos modos la

suma es considerable, así mismo, la presencia de turistas también deja derrama

económica extra al comprar artesanías de las etnias, al hospedarse en las

cabañas de los ranchos que están en el área de influencia de la ANP y porque

rentan caballos y contratan a guías.

Según el mismo estudio (Medina-Castro, Roldon, & Leyva-Aguilera, 2019),

en ambos parques se comentó sobre las dificultades que enfrentan para que los

prestadores de servicios turísticos se regularicen, es decir, realicen el trámite

para solicitar una autorización para llevar a cabo actividades turísticas dentro de

los parques, los cuales, en su mayoría, realizan sus visitas de manera

“extraoficial”, con el fin de evitar el cumplimiento de las reglas y leyes fiscales.

De acuerdo a información publicada por CONANP (2013) el monto

recuperado por concepto de cobro de derechos en todo México en el 2013 fue de

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$68,992,696, de los cuales la Regional Noroeste y Alto Golfo, solo recaudó,

$891,508.00, cantidad que representa alrededor de 1.29% del total, por lo cual

intuimos que hay mucho trabajo por hacer, objeto de esta investigación.

Metodología diseñada y aplicada

1. Se llevó a cabo un análisis cualitativo a través de un cuestionario

previamente elaborado con 30 preguntas cerradas de opción múltiple y

preguntas abiertas, el cual se dividió en 3 secciones. Dicho instrumento se

aplicó al personal encargado del manejo del turismo en las seis áreas

naturales protegidas de Sonora de Carácter Federal y a los Directores de

cada ANP.

2. Se llevó a cabo un análisis cuantitativo por medio de encuestas que

constaron de 28 preguntas cerradas con opción múltiple y escala de likert

a guías, anfitriones turísticos, tour operadores o prestadores de servicios

turísticos dentro las ANPs de Sonora

Resultados

De los cuestionarios aplicados a personal de CONANP encargados del

tema de turismo.

De acuerdo a las respuestas que se recopilaron por el cuestionario

aplicado, el cual se dividió en tres secciones, donde la primera sección se

preguntan generalidades del turismo en la ANP, la segunda sección aborda el

tema de su relación con los tours operadores, prestadores de servicios turísticos,

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guías y anfitriones turísticos, y la tercera sección aborda el tema del trato directo

con visitantes y turistas al ANP. El cuestionario se hizo a las personas que están

encargadas del tema de turismo en las seis Áreas Naturales Protegidas de

Sonora (Tabla 3). Cabe señalar que, para el caso del análisis de las respuestas,

la Reserva de la Biósfera Isla San Pedro Mártir y el Área de Protección de Flora

y Fauna Islas del Golfo de California, se muestran en un mismo renglón, ya que

el personal que labora y tiene a su cargo el tema de turismo en la Isla San Pedro

Mártir, también desempeña esa función para el área de protección de flora y

fauna Islas del Golfo de California-Sonora.

Nombre del área natural protegida (ANPs) acrónimo No de personas que contestaron

Reserva de la Biósfera Alto Golfo y Delta del Río Colorado

RB AGY DRC

1

Reserva de la Biósfera el Pinacate y Gran Desierto de Altar

RB PyGDA 2

Área de Protección de Flora y Fauna Bavispe APFF Bavispe

1

Área de Protección de Flora y Fauna Sierra de Álamos – Río Cuchujaqui

APFF SARC 1

Área de Protección de Flora y Fauna Islas del Golfo de California – Sonora y Reserva de la Biósfera Isla San Pedro Mártir

APFF IGC-Son

RB ISPM

2

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Tabla 3. Nombre de las Áreas Naturales Protegidas en Sonora, su acrónimo y número de personas que contestaron el cuestionario.

Figura 2. Mapa de la Áreas Naturales Protegidas de carácter federal del Estado

de Sonora

De acuerdo a la información recopilada, se encontraron los siguientes

resultados:

Primera Sección: Generalidades

Se preguntó, si desde su punto de vista y percepción, la gente que habita

dentro de las comunidades asentadas dentro de las ANPs ó los dueños de la

tierra, están de acuerdo en que se llevan actividades turísticas dentro del ANP.

Las respuestas obtenidas se muestran en la tabla 4.

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ANP Totalmente en

desacuerdo 1

En Desacuerdo

2

Ni en acuerdo, ni

en desacuerdo

3

De acuerdo

4

Muy de acuerdo

5

RB AGyDRC

RB PyGDA

RB ISPM y APFF IGC-Son

APFF Bavispe

APFF SARC

Tabla 4. Evaluación de percepción sobre aceptación del turismo por parte de los dueños de la tierra y/o comunidades.

En éste mismo formato de pregunta, se cuestionó si de acuerdo al

programa de manejo, la ANP donde lleva a cabo sus funciones tiene vocación

turística. Ver tabla 5.

ANP Totalmente en

desacuerdo 1

En Desacuerdo

3

Ni en acuerdo, ni

en desacuerdo

3

De acuerdo

4

Muy de acuerdo

5

RB AGyDRC

RB PyGDA

RB ISPM y APFF IGC-Son

APFF Bavispe

APFF SARC

Tabla 5. Evaluación de percepción sobre vocación turística del ANP de acuerdo

al programa de manejo.

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Se cuestionó si consideraban que la ANP donde laboran debería de recibir

más promoción turística para generar más ingresos para la ANP. De los 7

cuestionados, el 71.4% dijo que si, solo dos contestaron de manera negativa.

(28.6)

Se pidió su opinión sobre si pensaban que traería mayores beneficios el

incremento del Turismo a la ANP donde laboran y a la gente que habita en ella,

el 71.4% dijo que sí. (5 en total), 1 dijo que no y otro que no sabía.

Al solicitar que evaluaran las instalaciones turísticas con las que contaba la ANP

donde laboran, en escala del 1 al 10, donde 1 significa que la ANP no cuenta con

instalaciones turísticas y el 10 supone que las instalaciones turísticas son

excelentes. 4 dieron calificaciones reprobatorias de 5 o menos, 1 evaluó con un

7 y las calificaciones máximas fueron de 8 otorgadas por 2 personas.

Segunda Sección: Sobre problemática con prestadores de servicio, tour

operadores, guías y anfitriones turísticos

La primera pregunta fue saber si alguno de estas figuras operaba en su

ANP, solo uno contesto que no, el resto (85.7%) contesto de manera afirmativa,

sin embargo el 71.4% (5 entrevistados) manifestaron saber de la existencia de

prestadores de servicios, tour operadores, guías o anfitriones turísticos que

operaban sin autorización por parte de la CONANP, es decir, de forma ilícita.

Destaca señalar que no todo el personal de CONANP involucrado con el tema de

turismo, conoce con claridad las consecuencias que se derivan de la falta de

autorización, es decir, cual es la sanción que se deriva de ésta omisión, ya que

dos de los 7 entrevistados contestaron de manera negativa a esta pregunta.

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La mayoría de los entrevistados (85.4%, es decir, 6 de 7), consideran que

la documentación que se pide para realizar el trámite es suficiente, solo uno

considera que es poco. Por otro lado, cuando se les pregunto que, si

consideraban que algo debería de cambiar para otorgar las autorizaciones, se les

dio la oportunidad de seleccionar varias opciones que se presentaban o que todo

quedara tal cual estaba. 4 piensan que la CONANP debería elaborar el contenido

e impartir un curso sobre buenas prácticas en turismo el cual debería ser

evaluado y el promovente del permiso tendría que aprobarlo, como un requisito

para que se le otorgue el permiso. Y 3 piensan que para que se otorgue el

permiso el promovente debería estar certificado bajo la NOM-009-TUR-2002,

comprobar cierto número de horas de estudios en turismo sustentable ó

relacionado (diplomados, seminarios, cursos), haber tomado un curso de

primeros auxilios, que los tour operadores comprueben que tienen en su staff

personal certificado bajo la NOM-008 y NOM009 y que se incluya dentro de las

categorías de cobro de la ley de derechos a tour operadores que visitan las ANPs

con vehículo rentado, es decir, 3 seleccionaron la opción de: Todas las anteriores.

De acuerdo a los resultados, actualmente 3 ANP´s imparten cursos a los

promoventes de un permiso sobre buenas prácticas turísticas y generalidades de

la ANP, pero este curso no es un requisito para otorgar el permiso, sino una

inducción, hay 2 ANP´s que tienen implementado un curso como requisito para

la autorización del permiso, además 1 de los entrevistados señalo que también

se debería de incluir un curso de capacitación impartido por instructores de la

Asociación Internacional de Intérpretes y 1 ANP manifiesta que no imparte curso,

ni antes, ni después de autorizar el permiso.

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Cabe mencionar que solo 1 ANP solicita el documento comprobatorio de

autorización de manera aleatoria a quienes llevan a cabo actividades turísticas

dentro del ANP, en contraste, su compañero de trabajo no está enterado que se

lleva a cabo esta práctica, ya que contesto de manera negativa.

Se preguntó sobre el número de veces al año que se llevan a cabo

reuniones con los tours operadores, guías, anfitriones turísticos y/o prestadores

de servicio para tocar diversos temas del turismo en ANPs, como el proceso para

realizar el trámite de solicitud de autorización, buenas prácticas, entre otros, solo

una reserva manifestó que nunca hace este tipo de reuniones, el resto organizan

estos eventos una vez al año o más. Así mismo, se preguntó si impartían cursos

introductorios para explicar generalidades de la ANP, buenas prácticas turísticas

y otros temas de interés, antes de autorizar la solicitud de permiso para llevar a

cabo actividades turístico-recreativas dentro del ANP, solo un área contesto de

manera negativa, el resto si lo hacen, aunque unos lo hacen antes y otros

después de autorizada la solicitud.

Se pidió saber si consideran que la autorización para llevar a cabo

actividades turísticas - recreativas dentro de ANPs se debería otorgar solamente

si el promovente garantiza que está o tiene personal contratado que está

certificado bajo la NOM-009-TUR-2002, 4 dijeron que no, dos que sí y uno

manifiesta no conocer de qué trata la NOM a la que se hace referencia.

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ANP SI NO No conozco de que trata la NOM-009- Tur-2002

RB Alto Golfo y Delta del Rio Colorado

X

RB El Pinacate y Gran Desierto de Altar

X X

RB Isla SPM y APFF Islas del Golfo Son

X X

APFF Bavispe X

APFF Sierra de Álamos – Rio Cuchujaqui

X

Tabla 6. Opinión si el promovente de solicitud de autorización para turismo en ANPs debe estar certificado bajo NOM-009-TUR-2002

Se pidió que manifestaran su opinión sobre cuáles serían los mayores

retos para lograr que los tours operadores/guías/anfitriones turísticos/prestadores

de servicios turísticos realicen el trámite para obtener la autorización para llevar

a cabo actividades turístico- recreativas dentro de tu ANP, los servidores públicos

manifestaron que se debe de haber un valor agregado al permiso que les permita

generar una preferencia en la demanda, una diferenciación de los que no tienen

permiso, por lo que recomiendan que la CONANP genere un tipo de acreditación

o certificación, al mismo tiempo de educar a la población en general sobre las

ventajas de seleccionar a un tour operador certificado por CONANP. Otro de los

entrevistados piensa que no debería de permitirse las actividades si no cuentan

con un proceso de formación académica (diplomado), ni con capacitación in situ

otorgada por personal de la ANP. Comenta que se debe de educar para la

conservación a los prestadores de servicios, y que dejen de ver el ANP como un

lugar para el esparcimiento, y empiecen a verlo como un sitio susceptible a los

impactos negativos, que tengan claro el manejo adecuado de la ANP, su

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capacidad de carga y que haya consecuencias administrativas fuertes a quien

incumpla.

Sección tres: Sobre el cobro de Derechos a turistas (compra de brazalete

para entrar)

La primera pregunta era para saber si en la ANP donde laboran, se lleva

a cabo dicha acción. Todas las ANPs contestaron de manera afirmativa, excepto

la RB Alto Golfo y Delta del Río Colorado, donde apenas en 2020 se dio inicio

con la promoción y capacitación sobre el cobro de derechos hacia los prestadores

de servicios turísticos y se pretende que entre en vigor en 2021.

Se preguntó sobre los problemas más frecuentes que enfrentan para

realizar el cobro de Derechos, todo el personal coincidió en que es muy difícil

controlar el acceso a la ANP, ya que hay varias entradas y la siguiente opción

más votada como motivo es que la ANP no tiene personal suficiente para realizar

el cobro. (Tabla 7).

ANP RB AGyDRC

RB PyGDA

RB ISPM y APFF IGC-Son

APFF Bavispe

APFF SARC

La gente se rehúsa a hacer el pago

X

Es muy difícil controlar el acceso a la ANP

X X X X X X X

No hay personal suficiente para realizar el cobro

X X X X

No tenemos opción de hacer el pago con terminal,

X X

La mayor parte de los turistas vienen a visitar parientes

X

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178

La gente se rehúsa a hacer el pago,

X X

La gente considera que la couta (pago de derecho) es alta

X X

Se quejan del pago de brazalete que ampara un dia calendario y no 24 horas

X X

Tabla 7. Problemas más frecuentes para realizar el cobro de derechos (venta de

brazaletes)

Todo el personal entrevistado coincide en que la CONANP no los ha

capacitado lo suficiente en el tema de turismo sustentable y están de acuerdo en

que les gustaría recibir esta capacitación.

Al preguntar cuál consideras que es el mayor reto para aumentar los

ingresos a través del cobro de derechos, personal de la RB Alto Golfo piensa que

“Hace falta la promoción turística y organización por parte del municipio, la

institución, así como por los Prestadores de Servicios turísticos”, la RB El

Pinacate manifiesta que “Una atención adecuada a tour operadores y turistas,

contar con suficiente personal para mantener las zonas de uso público en buen

estado (señalización, atriles, caminos) y que hay que trabajar en la sensibilización

de los turistas, que ellos conozcan en que se utiliza el recurso”, personal de la

APFF Bavispe piensa que “El acceso es un tanto accidentado, por las

condiciones del camino se hace mucho tiempo para llegar al ANP”; de la RB Isla

San Pedro Mártir e APFF Islas del Golfo de California piensan que debería de

“Llevar a cabo una campaña mediática masiva oportuna con respecto a las

temporadas de visitación” y que “El prestador de servicios este de acuerdo en

incluir en sus costos, el pasaporte o el brazalete”, la entrevistada de la APFF

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Sierra de Álamos piensa que se deber “promocionar los proyectos de ecoturismo

comunitarios para que tengan más visitantes y estar cobrando en temporadas

altas donde llegan más visitantes a la ciudad”

Como comentario adicional, los cuestionados manifestaron que tienen problemas

en recibir los brazaletes a tiempo, principalmente a inicios de año, en temporada

alta como invierno y Semana Santa y para cuando les llegan ya los turistas se

han retirado. Por otro lado, comentan que trabajar de cerca con los tour

operadores les ha funcionado para que ellos informen sobre el pago que los

propios turistas deberán realizar al llegar a la ANP.

A continuación, se presentan los resultados de las encuestas aplicadas a

52 actores del turismo en ANPs, las preguntas se aplicaron a través de la

Asociación Sonorense de guías y anfitriones turísticos Tu Guía y la Asociación

de Tour Operadores de Sonora. Asi mismo, otras empresas fueron contactadas

a través del directorio del Registro Nacional de Prestadores de Servicios

Turísticos y redes sociales.

Primero se les pregunto dentro de las opciones posibles, que

seleccionaran la actividad con la cual se identificaban mejor: El 44.2% son guías

turísticos, 38.5% son tour operadores, 11.5% prestadores de servicios turísticos,

el resto agencias de viajes y otros

Se preguntó si llevan actividades turísticas dentro de un área natural

protegida en Sonora, 48.1% contestó positivamente, 40.4% dijo que no lo hace

por el momento, pero considera hacerlo en el futuro. 5.8% dijo que no y el resto

que no lo hace y tampoco lo piensa hacer.

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De los encuestados, el mayor número de prestadores de servicios

turísticos lleva a cabo actividades en la RB El Pinacate y Gran Desierto de Altar,

23 en total que representan el 44.2% de entrevistados, 4 trabajan en la Reserva

de la Biósfera Alto Golfo, 1 en Isla San Pedro Mártir, 1 en Bavispe, 8 en Islas del

Golfo de California Sonora, 4 en Sierra de Álamos-Río Cuchujaqui, 8 en otros

sitios y 21 (40.4%) En ninguna, solo en sitios urbanos y poblaciones.

El 44.2% de los encuestados residen en Hermosillo, en Guaymas y

Caborca (15.4%) y Ciudad Obregón (11.5%), el resto son de otros municipios. Se

les pregunto cuántos años llevan realizando actividades turísticas dentro de las

ANPs, 21.2% dicen más de 3 años y menos de 5, 13.5% manifiestan tener más

de un año y menos de 3 años, solo el 9.6% tiene más de 8 años y menos de 10

años y con el mismo porcentaje se encuentran los que tienen más de 10 años.

45 de los 52 encuestados, es decir el 86.5%, tienen conocimiento de que

el trámite para obtener autorización para llevar a cabo actividades turístico –

recreativas dentro de las áreas naturales protegidas Federales en Sonora es de

carácter obligatorio.

El 82.7% (43 personas) manifiestan saber que la Comisión Nacional de

Áreas Naturales Protegidas está a cargo de las ANPs federales en Sonora, 15.4%

(8 personas) no saben quién está a cargo de las ANPs y 1 persona piensa que

es la Procuraduría Federal de la Defensa del Medio Ambiente.

Se les pregunto si consideran que la Comisión Nacional de Áreas

Naturales Protegidas a nivel local y regional realiza suficiente promoción para dar

a conocer el proceso y modalidades que existen para tramitar la autorización para

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llevar actividades turísticas recreativas en áreas naturales protegidas federales

en Sonora, el 71.2% piensa que no y el 28.8% considera que sí.

Se hizo la misma pregunta, pero sobre la promoción que la Comisión

Nacional de Áreas Naturales Protegidas realiza a nivel Nacional para realizar

promoción para dar a conocer el proceso y modalidades que existen para tramitar

la autorización para llevar actividades turísticas recreativas en áreas naturales

protegidas federales, el 80.8% de los encuestados dijeron que consideraban que

no en contraste con el 19.2% consideran que sí.

Se pidió su opinión sobre el monto que se debe de cubrir pagar para

tramitar una autorización para llevar actividades turístico-recreativas dentro de

las áreas naturales protegidas, el 67.3% considera que no es ni alto, ni bajo, 7

(13.4%) piensan que es alto o muy alto, y 10 (19.2%) personas piensan que es

el costo es bajo ó muy bajo.

Se preguntó su opinión para saber si consideran que la documentación

que se debe presentar para tramitar una autorización para llevar actividades

turístico-recreativas dentro de las Áreas Naturales Protegidas es demasiada, muy

poca, la adecuada o si no saben que documentos son.

Definición de escala % No

Es demasiada 11.5% 6

Es muy poca 3.8% 2

Es la adecuada 44.2% 23

No cual es la documentación se debe presentar 40.4% 21

Tabla 8. Evaluación del monto de documentos a presentar para realizar trámite de autorización para llevar a cabo turismo en ANPs

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Se les preguntó sobre si conocen las fechas de recepción de

documentación para solicitar la autorización para llevar a cabo actividades

turístico-recreativas dentro de las áreas naturales protegidas, el 71.2% dijeron

que no, a diferencia del 28.8% que manifestó si conocer las fechas.

El 84.5% de los encuestados afirman que es justo y necesario que las

personas dedicadas al turismo (tour operadores, guías de turismo, prestadores

de servicio) deban de tramitar una autorización para llevar a cabo sus actividades

en las ANPs, 7.7% prefirió no opinar y el mismo porcentaje dijo que no.

Se les pidió evaluar el tiempo que les tomó realizar el trámite de solicitud

de autorización, desde el momento de ingreso de la documentación hasta recibir

el permiso, la tabla 9 muestra resultados

Menos de dos semanas 7.7% 4

Más de dos semanas, pero menos de un mes 5.8% 3

Más de un mes 13.5% 7

No he realizado el trámite 73.1% 38

Tabla 9. Evaluación del tiempo que se toma la CONANP para otorgar una

autorización

Se indicó evaluar el monto del cobro de derechos a turistas (brazalete) por

disfrutar y realizar actividades turísticas dentro de un Área Natural Protegida en

Sonora por un día de visita, por ANP, el 50% opinó que es adecuado, 15% piensa

que es muy alto, 5.8% considera que es alto y el 28.8% desconoce el monto que

se paga. (Tabla 10)

Criterio Porcentaje No de personas

Adecuado 50% 26

Es muy alto 15.4% 8

Es muy bajo 5.8% 3

No sé cuánto cobran 28.8% 15

Tabla 10. Evaluar el costo del brazalete, por día, por persona para entrar a una

ANP

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Se solicitó seleccionar entre las opciones proporcionadas, si han

enfrentado alguna de estas situaciones cuando han llevado grupos a realizar

actividades turísticas en ANPs, en el momento de comparar los brazaletes para

realizar la actividad. El 40.4% manifiesta que siempre ha habido alguien que los

atienda, el 44.2% dicen que nunca han llevado grupos, el 15.4% comenta que no

había personal de CONANP para que le realizaran el cobro y el 7.7% les sucedió

que no hubiera brazaletes para la venta.

Al preguntar si alguna vez el personal de vigilancia de CONANP o

PROFEPA les han pedido que presenten su documento de autorización para

realizar actividades turísticas recreativas dentro de un área, la mayoría de los que

realiza actividades en ANPs dice que no lleva a cabo actividades en ANPS

(40.4%), 38.5% dice que nunca le han pedido nada, 13.5% se lo han pedido más

de una vez y 7.7% solo una vez.

Se preguntó a los encuestados si conocen las consecuencias legales de

operar sin autorización para llevar a cabo actividades turísticas dentro de las

ANPs federales en Sonora, el 32.7% manifiesta saber que si hay consecuencias

legales, pero no saben cuáles son, el 30.8% no sabía sobre el tema, el 19.2% si

conoce los detalles de la sanción y el 17.3 sabe que hay multas, pero desconocen

el monto de las mismas.

Sobre el instrumento para el pago de derechos por visitar a un área natural

protegida, conocido como “El pasaporte para la conservación” el 46.2% no saben

de qué se trata, 34.6% han escuchado de su existencia, pero desconocen que

es, ni cómo funciona y solo el 19.2% lo conocen bien

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De acuerdo a los resultados de las entrevistas el 63.5% considera que la

CONANP antes de otorgar la autorización para llevar a cabo actividades turístico-

recreativas dentro de las áreas naturales protegidas federales en Sonora debería

dar un curso de buenas prácticas turísticas, el 48.1% piensa que debería de

asegurarse la CONANP que la compañía promovente del permiso este o tenga

en su staff un guía certificado bajo la NOM-009-TUR-2002. 28.8% piensan que

debe se debería aplicar un examen escrito sobre el conocimiento del plan de

manejo, 38.5% sienten que la CONANP deber asegurarse de que la compañía o

persona que solicita la autorización opera de manera sustentable Solo el 3.8%

considera que las cosas tal y como están, están bien.

Un abrumante 94.2% considera que deben hacerse campañas para que

el público en general conozca porque es tan importante que se cubra la cuota por

visitar un área natural protegida:

Al pedir la opinión, sobre la calidad de las instalaciones turísticas dentro de las

Áreas Naturales Protegidas en Sonora, el 48.1% considera que no son ni

buenas, ni malas, el 36.5% las califica como buenas o excelentes y el 15.4%

como malas o muy malas.

Conclusiones y sugerencias

La mayoría de los servidores públicos entrevistados, tienen conocimiento

de que hay prestadores de servicios turísticos operando en su ANP sin permiso,

sería interesante conocer porque no se han levantado las denuncias

correspondientes ante PROFEPA. Por otro lado, consideraron que la

documentación que se solicita para emitir las autorizaciones es suficiente, sin

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embargo, la mayoría estuvo de acuerdo que la CONANP debería de diseñar e

impartir un curso de carácter obligatorio sobre el plan de manejo y buenas

prácticas turísticas, incluso que se debería evaluar dicho curso, como

condicionante para otorgar la autorización. En tanto, los prestadores de servicio

encuestados coinciden que se les debería de impartir este curso o capacitación,

además, este curso o series de cursos podría generar una certificación o un tipo

de distintivo para los tour operadores, que entre más horas de capacitación

acumulen, podrían ir subiendo de nivel dentro del distintivo. Para lograr con eso

un valor agregado a sus servicios, además de capacitarlos en la cultura de la

conservación y sirvan de apoyo a la labor del personal de CONANP. Así mismo,

el 38.5% de los tour operadores, guías, anfitriones turísticos y prestadores de

servicios, opinan que la institución debe de asegurarse que las autorizaciones

son otorgadas a empresas y personas que operan de manera sustentable, el

28.8% está de acuerdo en que se aplique un examen por escrito, sobre

conocimiento del plan de manejo, casi la mitad, el 48.1% opina que los

promoventes deben de estar certificados bajo la NOM-009-TUR-2002 o tener una

persona en su equipo con dicha certificación, todo esto indica que si hay una

consciencia implícita en el sector turístico sobre la importancia de trabajar de

manera sustentable, lo que abre una gran oportunidad para trabajar de manera

más cercana con ellos. Ya que la mayoría reside en Hermosillo, sería

recomendable iniciar desde la capital del estado, y avanzar a las ciudades que

concentran mayor población, como Guaymas, Obregón y Caborca.

Todos los entrevistados coinciden en que es muy difícil controlar los

accesos múltiples que tienen las ANPs de Sonora y además de lo limitado del

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personal, dificulta la tarea de cobro de derechos (venta de brazaletes). La

solución propuesta es llevar a cabo una campaña a nivel nacional, regional y local

dirigida al público en general, que se centre en la importancia de cubrir el costo

del brazalete y a donde se aplican esos recursos.

Los resultados indican que hay una seria desinformación hacia el sector

turístico sobre la reglamentación para ejercer actividades recreativas dentro de

las ANPs, ya que un alto porcentaje de los encuestados piensa que la CONANP

no hace la suficiente promoción ni a nivel local, ni regional, ni nacional, un gran

porcentaje 71.2% desconoce las fechas en las que se debe de realizar el trámite

y casi la mitad no sabe que documentos debe de presentar, sin embargo, el

84.5% manifiesta considerar que es justo y además necesario que se regularice

la actividad turística, por lo que se percibe que hay una gran disposición por parte

del sector para llevar a cabo los trámites, falta que la CONANP dirija sus

esfuerzos a llevar a cabo esta promoción, ya que también un alto porcentaje de

encuestados (73.1%) no ha realizado el trámite, a pesar de saber que lo tienen

que hacer, pero más del 80% ni siquiera conocen las consecuencias de no

hacerlo, resulta curioso que hay mucho desconocimiento por parte del mismo

personal de CONANP encargado de este tema, en esta materia relacionada con

las sanciones y el 100% manifiesta que no ha recibido la suficiente capacitación

por parte de CONANP y que les gustaría recibirla, también esto representa un

área de oportunidad, ya que el personal de ésta institución tiene como derecho y

también como obligación recibir al menos 40 horas de capacitación al año.

Además, dentro de las categorías que contempla la Ley de Derechos en

cuanto al permiso con vehículo terrestre y acuático, solo se contempla el

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supuesto de que la unidad de transporte es propiedad de la persona moral o física

promovente de la autorización, cuando en realidad, es práctica común la renta de

vehículos motores, de acuerdo al número de integrantes del grupo. Esta situación

causa confusión y quienes quieren realizar el trámite, no encuentran bajo que

categoría deben hacerlo.

Otro punto importante es el pasaporte de la Conservación, el cual es una

herramienta para promocionar la visitación a las áreas naturales protegidas,

cubriendo una única cuota anual, con derecho a visitas ilimitadas dentro del

período de un año. El 80.6% no lo conoce, o ha escuchado hablar de él, pero no

sabe cómo funciona, sería recomendable investigar con la Secretaria de

Hacienda, si se pudiera trabajar con los prestadores de servicio, bajo un esquema

de comisiones, para motivar la venta de dicha herramienta.

Se reconoce la apertura del sector para participar con la CONANP en un

trabajo más coordinado, así mismo las limitaciones de tiempo de este trabajo de

investigación, no permitieron ampliar la muestra de encuestados, lo cual sería

interesante, así como incluir otros puntos que por el momento no se abordaron.

Palabras clave

PROCODES: Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible

(PROCODES). Programa de subsidio operado por CONANP que tiene como

objetivo promover que las mujeres y los hombres que habitan las Áreas Naturales

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Protegidas y sus zonas de influencia, aprovechen los recursos naturales y la

biodiversidad de forma sustentable para el desarrollo social.

Áreas Naturales Protegidas: Son porciones terrestres o acuáticas del territorio

nacional representativas de los diversos ecosistemas, donde el ambiente original

no ha sido esencialmente alterado y que producen beneficios ecológicos cada

vez más reconocidos y valorados.

Cobro de derechos: Es el pago por el uso o aprovechamiento de los bienes del

dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado

en sus funciones de derecho público.

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