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COMUNIDAD DE MADRID CONSEJERIA DE SANIDAD Dirección General de Ordenación e Inspección Subdirección General de Autorización y Acreditación Servicio de Autorización Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios

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COMUNIDAD DE MADRIDCONSEJERIA DE SANIDAD

Dirección General de Ordenación e Inspección

Subdirección General de Autorización y Acreditación

Servicio de AutorizaciónRegistro de Centros, Servicios y

Establecimientos Sanitarios

Atribucionesde la Dirección General de Ordenación e

Inspección

• El Decreto 22/2008 de 3 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad establece que:

• Corresponde a la Dirección General de Ordenación e Inspección, las funciones a que se refiere el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y, entre otras y en particular:

• El mantenimiento, actualización, organización y gestión del registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunidad de Madrid.

DESCRIPCION• Lugar y unidad administrativa adscrita a la

Dirección General de Ordenación e Inspección, donde se trascriben o extractan en libros que tienen carácter público las resoluciones que otorga la mencionada Dirección General (Autoridad Sanitaria), en relación con la autorización, ampliación, modificación, y cierre de los centros, servicios y establecimientos sanitarios ubicados en la Comunidad de Madrid.

INSCRIPCION DE OFICIO

TODAS AQUELLAS RESOLUCIONES DE:

Autorización Sanitaria de Funcionamiento para los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.

Certificación Técnico-Sanitaria para los Vehículos de Transporte Sanitario residenciados en la Comunidad de Madrid.

NORMATIVA SANITARIA

• CENTROS Y SERVICIOS SANITARIOS• Decreto 1277/2003 de 10 de octubre (B.O.E. 23-10-2003)• Decreto 51/2006 de 15 de junio (B.O.C.M. 26-6-2006)

• TRANSPORTE SANITARIO TERRESTRE• Decreto 128/1996 de 29 de agosto (B.O.C.M. 11-9-1996)

NORMATIVA DEL REGISTRO

• Resolución de 3 de febrero de 1993 (B.O.C.M. 1-3-1993)• Condiciones y requisitos de inscripción

• Orden 250/1994 de 16 de marzo (B.O.C.M. 3-5-1994)• Finalidad, organización y funcionamiento

• Orden 621/2002 de 8 de agosto (B.O.C.M. 20-8-2002)• Adscripción, ampliación de información, mejora publicidad

PUBLICIDAD DE LOS DATOS

Regulada en el artículo 6 de la Orden 621/2002 de 8 de agosto (B.O.C.M. 20-8-2002):

– Solicitud escrita de los ciudadanos presentada en cualquier Registro de la Comunidad de Madrid

– Envío de correo electrónico: [email protected]

– Difusión a través de la web: www.madrid.org/registrocentrossanitarios

WEB• La información contenida en el

Registro se difundirá por medio de la página Madrid.org de la Comunidad de Madrid. www.madrid.org/registrocentrossanitarios

WEB PRINCIPAL

WEB CONTENIDO• La web está dividida en apartados con

diferentes contenidos, entre otros cabe destacar:– Información sobre conceptos utilizados– Datos de actividad– Normativa (con texto incluido)– Preguntas frecuentes– Búsqueda de centros: por criterios y con ayuda.– Enlaces a otras CC.AA.

WEB BÚSQUEDA

• Pinchar la opción de “Buscador”• La búsqueda por: Localización,

por tipo de centros, por oferta asistencial, y dependencias.

WEB BUSQUEDA

BUSQUEDA RESULTADO

BUSQUEDA RESULTADO

• Salida en tres formatos:• Pantalla• Impresora• Archivo pdf

BUSQUEDA INFORMACION

• El proceso de publicación de la información en la web, que luego se presenta a través de la búsqueda, tiene las siguientes características:– Se genera desde la Aplicación informática

– La información se remite y actualiza en el día.

HOJA INFORMATIVA• REGISTRO DE CENTROS SANITARIOS

INFORMACIÓN POR INTERNETCONSULTA, EN LA SIGUIENTE DIRECCIÓN DE LA RED:

http://www.madrid.org/registrocentrossanitarios• PETICIÓN DE LISTADOS

Enviar correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected]

DIFUSION• La Orden 348/2003, de 23 de abril (B.O.C.M 12-5-2003), regula la

emisión, distribución y exhibición del documento acreditativo de la autorización y de la inscripción en el Registro.

• Decreto 51/2006, de 15 de junio (BOCM 26-6-2006), regulador del régimen jurídico y procedimiento de la autorización y registro de centros, servicios y establecimiento sanitarios de la Comunidad de Madrid. En su artículo 23 establece la publicación de un Catálogo actualizado que recoja la información procedente del Registro. La publicación se realizará por Orden del Consejero de Sanidad.

DOCUMENTO DE DIFUSION

Fichero de datos de carácter personal

• Los datos que se recogen en la tramitación de Registro son incorporados y tratados en el fichero de datos de carácter personal denominado TCENTRO.

• Sometido a la legislación del Estado y de la Comunidad de Madrid en la materia.

• Modificado por Orden 770/2002 de 16 de octubre (B.O.C.M. 30-10-2002).

Inscrito en registro de la APDCM