Compensación - Obligaciones

16
PRESENTADO POR: UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE SEDE HUARAZ Ronal Luciano Ramón Celestino

description

LA COMPENSACIÓN, COMO FORMA DE EXTINCIÓN DE UNA OBLIGACIÓN.

Transcript of Compensación - Obligaciones

Page 1: Compensación - Obligaciones

PRESENTADO POR:

UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ANGELES DE CHIMBOTE

SEDE HUARAZ

Ronal Luciano Ramón Celestino

Page 2: Compensación - Obligaciones

Extinción de las Obligaciones

Extinción de las Obligaciones

una

Obligación se extingue por cualquier acto Obligación se extingue por cualquier acto jurídico reconocido como válido para dar jurídico reconocido como válido para dar fin a la relación obligatoria.fin a la relación obligatoria.

para que tanto el acreedor y el deudor para que tanto el acreedor y el deudor queden satisfechos y libre de cualquier queden satisfechos y libre de cualquier vinculo.vinculo.

Page 3: Compensación - Obligaciones

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

COMO FORMA DE EXTINCIÓN COMO FORMA DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONESDE LAS OBLIGACIONES

Page 4: Compensación - Obligaciones

DEFINICIÓN

Es una forma de extinguir una Obligación,

Se da cuando dos personas recíprocamente y por su propio derecho. reúnen la calidad de

deudores y acreedores.

Para tal efecto, dichas deudas deben ser homogéneas, liquidas y exigibles.

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

Page 5: Compensación - Obligaciones

La compensación es en el fondo un pago ficticio, doble y recíproco..

En el negocio bancario, diariamente la institución tiene gran aplicación en las llamadas cámaras de compensación, a

través del "canje de cheques".

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

Page 6: Compensación - Obligaciones

NATURALEZA:

es un hecho jurídico, pues el efecto de la extinción de las deudas compensables opera

de modo automático desde que existe el supuesto fáctico previsto por la ley

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

Page 7: Compensación - Obligaciones

1º La compensación constituye un doble pago abreviado.

2º La compensación constituye una garantía del pago.

Ventajas

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

Page 8: Compensación - Obligaciones

Importancia

Simplifica las relaciones entre las partes al obviar un doble pago, un doble desembolso de valores.

Asegura la igualdad jurídica entre las partes al evitar que la que primero pague quede expuesta al incumplimiento y aun a la insolvencia de la otra.

Previene los litigios que habrían de presentarse cuando cada uno de los acreedores tuviera que demandar a su deudor para obtener la satisfacción de su crédito.

En la vida mercantil, las relaciones entre comerciantes suelen generar obligaciones recíprocas, en tales circunstancias, se ha impuesto el uso de la cuenta corriente mercantil que va registrando créditos y deudas recíprocas, cuyos saldos entran en compensación.

IMPORTANCIA

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

Page 9: Compensación - Obligaciones

Compensación Legal.Compensación Convencional.Compensación Facultativa.Compensación Judicial.

CLASES DE CLASES DE COMPENSACIÓNCOMPENSACIÓN::

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

Page 10: Compensación - Obligaciones

Clasificación

Legal

Convencional Facultativa

Judicial

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

Page 11: Compensación - Obligaciones

Esta tiene su fuente en la ley cuando se reúnen los siguientes requisitos:

1)Reciprocidad entre deudor y acreedor:

2)Homogeneidad de las dos Prestaciones:

3)Liquides de ambas Obligaciones:

4)Exigibilidad de ambas Obligaciones:

COMPENSACIÓN LEGAL

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

Page 12: Compensación - Obligaciones

Al no operar la compensación legal por falta de requisitos las partes acuerdan que se extingan ambas deudas en virtud de la

libertad contractual, convienen en la mutua cancelación.

Tiene como fundamento la voluntad de las partes y no la ley.

COMPENSACIÓN CONVENCIONAL O VOLUNTARIA

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

Page 13: Compensación - Obligaciones

Esta compensación surge de la voluntad de una de las partes que expresa su

renuncia a la ventaja que posee para que se produzcan los efectos de la mutua

neutralización de las deudas.

COMPENSACIÓN FACULTATIVA

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

Page 14: Compensación - Obligaciones

Es decretada por el juez en razón de que, por efecto de la sentencia, han quedado

convertidas en líquidas y exigibles ambas obligaciones .

COMPENSACIÓN JUDICIAL

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

Page 15: Compensación - Obligaciones

Es un medio de extinción de las obligaciones de gran importancia práctica, porque

contribuyen a liquidar deudas recíprocas y evita la necesidad de reclamaciones judiciales

o extrajudiciales.

PRODUCE: Extinción de los créditos en forma total si la

cuantía de ambos es igual, sino el deudor de la deuda mayor solo debe pagar la diferencia.

EFECTOS DE LA COMPENSACIÓN

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

Page 16: Compensación - Obligaciones

….MUCHAS GRACIAS..!!

Ronal Luciano Ramón CelestinoRonal Luciano Ramón Celestino

“NO TENGO MIEDO A LAS DIFICULTADES;

LO QUE ME ASUSTA ES LA OBLIGACIÓN DE TENER QUE ESCOGER UN CAMINO.

ESCOGER UN CAMINO SIGNIFICA ABANDONAR OTROS.”