Como clasificar como jefe de familia

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Jefe de Familia - Planilla 1040 2011 1 Autor: Francisco Garcia de Quevedo, CPA – MenosTax.com COMO CLASIFICAR COMO JEFE DE FAMILIA (HEAD OF HOUSEHOLD) PARA LA PLANILLA 1040 DEL 2011 El Código De Renta Internas (IRS Code) establece las reglas de quien puede clasificar como jefe de familia. Puede reclamar como Jefe De Familia (HOH) si su estado civil en su declaración de impuestos no es de casado, has cuidado de un dependiente más de la mitad del año y pagaste más de la mitad el costo de mantener un hogar. Los contribuyentes reclamando ser Jefe de Familia se benefician de una deducción estándar superior y tasas más bajas de impuestos en comparación con el estado civil de soltero.de presentación única. La definición de estado civil de HOH es bastante específica, así que lea los criterios cuidadosamente. Puede presentar la declaración como cabeza de familia si cumple todos los requisitos siguientes: 1. No está casado o “se le consideraba no casado” en el último día del año. 2. Pagó más de la mitad del costo de mantener una vivienda durante el año. 3. Una “persona calificada” vivió con usted en la vivienda durante más de la mitad del año (excepto por ausencias temporales, como para cursar estudios). Sin embargo, si la persona calificada” es su padre o madre dependiente, él o ella no tiene que vivir con usted. PERSONAS CONSIDERADAS NO CASADAS Para tener derecho al estado civil de cabeza de familia, tiene que ser no casado o considerado no casado el último día del año. Se le considera no casado el último día del año tributario si reúne todos los requisitos siguientes: Su cónyuge no vivió con usted en la vivienda durante los últimos 6 meses del año tributario. Se considera que su cónyuge ha vivido en la vivienda aun si él o ella se ausentan temporalmente debido a circunstancias especiales. Su vivienda fue la residencia principal de su hijo, hijastro o hijo de crianza durante más de la mitad del año. Si se le considera casado por parte del año y vivió en un estado donde rige la ley de los bienes gananciales, es posible que correspondan requisitos especiales para determinar su ingreso y sus gastos. Cónyuge extranjero no residente. Se le considera no casado para fines del estado civil de cabeza de familia si su cónyuge fue extranjero no residente en alguna parte del año y usted no opta por incluir a su cónyuge no residente en la declaración como extranjero residente. No obstante, su cónyuge no es una persona calificada para fines del estado civil de cabeza de familia. Usted tiene que tener otra persona calificada y reunir los demás requisitos necesarios para poder presentar la declaración como cabeza de familia. Crédito por ingreso del trabajo. Aun si se le considera no casado para propósitos del estado civil de cabeza de familia porque está casado con un extranjero no residente, todavía se le

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Jefe de Familia - Planilla 1040 2011

1 Autor: Francisco Garcia de Quevedo, CPA – MenosTax.com

COMO CLASIFICAR COMO JEFE DE FAMILIA (HEAD OF HOUSEHOLD) PARA LA PLANILLA 1040 DEL 2011 El Código De Renta Internas (IRS Code) establece las reglas de quien puede clasificar como jefe de familia. Puede reclamar como Jefe De Familia (HOH) si su estado civil en su declaración de impuestos no es de casado, has cuidado de un dependiente más de la mitad del año y pagaste más de la mitad el costo de mantener un hogar. Los contribuyentes reclamando ser Jefe de Familia se benefician de una deducción estándar superior y tasas más bajas de impuestos en comparación con el estado civil de soltero.de presentación única. La definición de estado civil de HOH es bastante específica, así que lea los criterios cuidadosamente.

Puede presentar la declaración como cabeza de familia si cumple todos los requisitos siguientes:

1. No está casado o “se le consideraba no casado” en el último día del año. 2. Pagó más de la mitad del costo de mantener una vivienda durante el año. 3. Una “persona calificada” vivió con usted en la vivienda durante más de la mitad del año

(excepto por ausencias temporales, como para cursar estudios). Sin embargo, si la “persona calificada” es su padre o madre dependiente, él o ella no tiene que vivir con usted.

PERSONAS CONSIDERADAS NO CASADAS Para tener derecho al estado civil de cabeza de familia, tiene que ser no casado o considerado no casado el último día del año. Se le considera no casado el último día del año tributario si reúne todos los requisitos siguientes:

Su cónyuge no vivió con usted en la vivienda durante los últimos 6 meses del año tributario. Se considera que su cónyuge ha vivido en la vivienda aun si él o ella se ausentan temporalmente debido a circunstancias especiales.

Su vivienda fue la residencia principal de su hijo, hijastro o hijo de crianza durante más de la mitad del año.

Si se le considera casado por parte del año y vivió en un estado donde rige la ley de los bienes gananciales, es posible que correspondan requisitos especiales para determinar su ingreso y sus gastos.

Cónyuge extranjero no residente. Se le considera no casado para fines del estado civil de cabeza de familia si su cónyuge fue extranjero no residente en alguna parte del año y usted no opta por incluir a su cónyuge no residente en la declaración como extranjero residente. No obstante, su cónyuge no es una persona calificada para fines del estado civil de cabeza de familia. Usted tiene que tener otra persona calificada y reunir los demás requisitos necesarios para poder presentar la declaración como cabeza de familia.

Crédito por ingreso del trabajo. Aun si se le considera no casado para propósitos del estado civil de cabeza de familia porque está casado con un extranjero no residente, todavía se le

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considera casado para propósitos del crédito por ingreso del trabajo. Usted no tiene derecho al crédito a menos que presente una declaración conjunta con su cónyuge y reúna otras condiciones.

QUE ES UNA PERSONA CALIFICADA Una persona calificada es:

• Un Hijo calificado que vivió con usted durante más de la mitad del año y él o ella están solteros.

• Un Hijo calificado que vivió con usted durante más de la mitad del año y él o ella están casados pero usted puede reclamar una exención por ellos.

• Un pariente calificado que sea su padre o madre y usted puede reclamar una exención por él.

• Un pariente calificado que sea no sea su padre o madre y él o ella vivió con usted durante más de la mitad del año y él o ella es uno de los parientes que no tienen que vivir con usted y usted puede reclamar una exención por él o ella.

QUE ES UN HIJO CALIFICADO Hay cinco requisitos que tienen que cumplirse para que un hijo pueda ser hijo calificado. Estos cinco requisitos son:

1. Parentesco, 2. Edad, 3. Residencia, 4. Manutención y 5. Declaración conjunta.

A continuación, se explican dichos requisitos.

REQUISITO DE PARENTESCO Para cumplir este requisito, un hijo tiene que ser:

• Su hijo o hija, hijastro o hijastra, hijo de crianza o un descendiente de cualquiera de éstos (por ejemplo, su nieto) o

• Su hermano, hermana, medio hermano, media hermana, hermanastro, hermanastra o un descendiente de cualquiera de éstos (por ejemplo, su sobrino o sobrina).

Hijo adoptivo. A un hijo adoptivo se le trata siempre como hijo propio. El término “hijo adoptivo” se refiere a un hijo que fue colocado en su hogar legalmente para su adopción legítima.

Hijo de crianza. Un hijo de crianza es aquella persona que ha sido colocada en su hogar por una agencia autorizada para la colocación de hijos o por decisión, fallo u otra orden de cualquier tribunal de jurisdicción competente.

REQUISITO DE EDAD Para cumplir este requisito, un hijo tiene que ser:

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• Menor de 19 años de edad al final del año y ser menor que usted (o su cónyuge, si presentan una declaración conjunta),

• Un estudiante a tiempo completo menor de 24 años de edad al final del año y ser menor que usted (o su cónyuge, si presentan una declaración conjunta) o

• Permanente y totalmente incapacitado en cualquier momento del año, sin que importe la edad.

REQUISITO DE RESIDENCIA Para satisfacer este requisito, su hijo tiene que haber vivido con usted durante más de la mitad del año. Hay excepciones para ausencias temporales, hijos que nacieron o murieron ese año, hijos secuestrados e hijos de padres divorciados o separados.

REQUISITO DE MANUTENCIÓN (PARA PODER SER UN HIJO CALIFICADO) Para satisfacer este requisito, el hijo no puede haber provisto más de la mitad de su propia manutención para el año.

REQUISITO DE LA DECLARACIÓN CONJUNTA (PARA PODER SER UN HIJO CALIFICADO) Para satisfacer este requisito, el hijo no puede presentar una declaración conjunta para el año.

Excepción. Una excepción al requisito de la declaración conjunta es aplicable si su hijo calificado y el cónyuge de su hijo presentan una declaración conjunta únicamente para solicitar un reembolso.

QUE ES UN PARIENTE CALIFICADO Tiene que reunir cuatro requisitos para poder considerar a una persona pariente calificado suyo. Estos requisitos son los siguientes:

• Requisito de no ser hijo calificado, • Requisito de miembro de la unidad familiar o de parentesco, • Requisito de ingreso bruto y • Requisito de manutención.

Edad. A diferencia de un hijo calificado, un pariente calificado puede tener cualquier edad. No existe ningún requisito de edad para un pariente calificado.

REQUISITO DE NO SER HIJO CALIFICADO Un hijo no es su pariente calificado si es hijo calificado suyo o de otro contribuyente.

REQUISITO DE MIEMBRO DE LA UNIDAD FAMILIAR O DE PARENTESCO Para cumplir este requisito, una persona tiene que reunir las siguientes condiciones:

• Debe vivir con usted durante el año entero como miembro de su unidad familiar o • Debe estar emparentada con usted de una de las maneras que se indican bajo Parientes

que no tienen que vivir con usted. • Si en algún momento durante el año la persona fue su cónyuge, esa persona no puede

ser su pariente calificado.

REQUISITO DEL INGRESO BRUTO

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Para satisfacer este requisito, el ingreso bruto de una persona en el año tiene que ser menos de $3,650.

Definición de ingreso bruto. El ingreso bruto es todo ingreso en forma de dinero, bienes y servicios que no esté exento del impuesto.

REQUISITO DE MANUTENCIÓN (PARA PODER SER UN PARIENTE CALIFICADO) Para satisfacer este requisito, por regla general debe contribuir más de la mitad de la manutención total de la persona durante el año calendario.

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