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COMISIÓN ESTATAL DE SERVICIOS PÚBLICOS TIJUANA SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA EL SERVICIO DE: COORDINACIÓN, SUPERVISIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE 190 DESCARGAS Y 524 INTERCONEXIONES DOMICILIARIAS EN LAS COLONIAS ALCATRACES, EJIDO PLAN LIBERTADOR Y AMPLIACIÓN LUCIO BLANCO, EN LOS MUNICIPIOS DE TIJUANA Y PLAYAS DE ROSARITO, BAJA CALIFORNIA. PROCESO DE LICITACIÓN: BDAN-CESPT-EPA-2014-04-I3

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COMISIÓN ESTATAL DE SERVICIOS PÚBLICOS TIJUANA

SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA EL SERVICIO DE:

COORDINACIÓN, SUPERVISIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE 190 DESCARGAS Y 524 INTERCONEXIONES DOMICILIARIAS EN LAS COLONIAS ALCATRACES, EJIDO PLAN

LIBERTADOR Y AMPLIACIÓN LUCIO BLANCO, EN LOS MUNICIPIOS DE TIJUANA Y PLAYAS DE ROSARITO, BAJA CALIFORNIA.

PROCESO DE LICITACIÓN: BDAN-CESPT-EPA-2014-04-I3

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Términos de Referencia para la Coordinación, Supervisión y Administración de la Construcción de Descargas e Interconexiones Domiciliarias en las Colonias Alcatraces, Ejido Plan Libertador y Ampliación Lucio Blanco en los municipios de

Tijuana y Playas de Rosarito, Baja California.

C O N T E N I D O

1. Antecedentes. ........................................................................................................................................................................3

2. Objetivo. ...................................................................................................................................................................................3

3. Obras a supervisar y administrar. ........................................................................................................................................4

4. Normas y especificaciones que regirán los servicios. ......................................................................................................4

5.1. Experiencia de la empresa. ......................................................................................................................................4

5.2. Experiencia del personal. ..........................................................................................................................................5

coordinador general de supervisión. ....................................................................................................................................5

supervisores de obra. .............................................................................................................................................................5

supervisor de control de calidad. ..........................................................................................................................................5

6. Alcances de los trabajos de coordinación, supervisión y administración de las obras. ..............................................6

6.1. Trabajos preliminares. Revision y corrección del proyecto ejecutivo, asistencia para la revisión del diseño e inspección al sitio donde se realizará la obra. ...................................................................................................8

6.2. Supervisión y administración integral de los trabajos durante la construcción del proyecto. ....................... 10

6.2.1 Control documental y de bitácora. ......................................................................................................... 12

6.2.2 Control y seguimiento de programación del proyecto. ........................................................................... 13

6.2.3 Revisión y aprobación de órdenes de trabajo, órdenes de cambio y estimaciones de obra. ................ 13

6.2.4 Control topográfico. ................................................................................................................................ 14

6.2.5 Control de calidad. ................................................................................................................................. 15

6.3. Elaboracion de actas de entrega-recepción, finiquito y cierre de obra. ........................................................... 16

6.4. Informes periódicos, reuniones de evaluación y coordinación. ......................................................................... 17

7. Informe final ........................................................................................................................................................................... 18

8. Otras consideraciones ......................................................................................................................................................... 19

8.1. Forma de medición de los conceptos de supervisión para fines de pago ....................................................... 19

8.2. Ajuste de costos ....................................................................................................................................................... 19

8.3. Notas generales ....................................................................................................................................................... 19

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Términos de Referencia para la Coordinación, Supervisión y Administración de la Construcción de Descargas e Interconexiones Domiciliarias en las Colonias Alcatraces, Ejido Plan Libertador y Ampliación Lucio Blanco en los municipios de

Tijuana y Playas de Rosarito, Baja California.

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1. ANTECEDENTES. La Comisión estatal de Servicios Públicos Tijuana (el Organismo) pretende llevar a cabo el Proyecto denominado: “Construcción descargas e interconexiones domiciliarias en las Colonias Alcatraces, Ampliación Lucio Blanco y Ejido Plan Libertador en el Municipio de Tijuana Baja California” , que incluye la construcción de 190 descargas y 524 interconexiones domiciliarias hasta su total conexión en el interior del domicilio, quedando en operación y a entera satisfacción del beneficiario y del Organismo . 2. OBJETIVO. Para llevar a cabo los trabajos de Supervisión y Administración de la Obra, el Organismo utilizará parte de los recursos provenientes de los programas: Proyecto de Ampliación del Sistema de Alcantarillado para áreas sin servicio Colonia Alcatraces en Tijuana, B. C. (BEIF BC4230) ; Proyecto de Ampliación del Sistema de Alcantarillado para áreas sin servicio del Ejido Plan Libertador y Ampliación en Playas de Rosarito, B. C. (BEIF BC4230) ; Proyecto de Ampliación del Sistema de Alcantarillado para áreas sin servicio Ampliación Lucio Blanco (2da. Etapa) en Playas de Rosarito, B. C. (BEIF BC4250) , para contratar los servicios de una empresa que realice las funciones de Coordinación, Supervisión y Administración de las Obras (La Supervisión) del proyecto antes mencionado. Con el propósito de alcanzar el objetivo de que las obras se lleven a cabo en costo, calidad y tiempo, se requiere que la empresa consultora proporcione apoyo en todos los aspectos técnicos y administrativos, relacionados con la ejecución de estas obras. Dichas obras serán ejecutadas por empresas contratistas para el Organismo , por lo que se requiere el apoyo necesario para verificar su realización en cumplimiento con el Proyecto Ejecutivo de los trabajos, las Especificaciones Técnicas, el Catálogo de Conceptos de Obra, los presentes Términos de Referencia, las Políticas y Procedimientos de Contratación y Adquisición del BDAN , la normatividad vigente y el seguimiento de los programas respectivos. La empresa a cargo de La Supervisión será contratada para llevar a cabo estos servicios y se estima que la duración de los mismos sea de 3 (Tres) meses , por lo que se está planteando que los servicios a proporcionar se realicen mediante “ Órdenes de Trabajo ” mensuales previamente autorizadas por el Organismo , en donde en cada una se incluya la estructura de recursos humanos y materiales que cubrirán las actividades requeridas dentro del concepto señalado. La empresa que lleve a cabo los trabajos de Coordinación, Supervisión y Administración de las Obras, deberá realizar La Supervisión de la ejecución y la administración de las obras que se realizan para el Organismo, en apego a lo previsto en las Políticas y Procedimientos de Contratación y Adquisición del BDAN , la legislación vigente, las normas y procedimientos internos del Organismo , las especificaciones señaladas en los proyectos ejecutivos correspondientes y a los montos, plazos y condiciones que se pacten en los contratos respectivos.

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3. OBRAS A SUPERVISAR Y ADMINISTRAR. Las obras que se ejecutarán durante el período contractual, y que deberán ser administradas y supervisadas, son las que a continuación se enuncian; los diseños y planos derivados para la ejecución de las obras estarán disponibles para su revisión en las oficinas del Organismo :

A. Construcción de 89 descargas y 209 interconexiones domiciliarias en la Colonia Ampliación Lucio Blanco, en el municipio de Playas de Rosarito, Baja California, la cual consiste en su caso en la construcción de la descarga hasta su total conexión en el interior del domicilio.

B. Construcción de 81 descargas y 193 interconexiones domiciliarias en la Colonia Ejido Plan Libertador, en el municipio de Playas de Rosarito, Baja California, la cual consiste en su caso en la construcción de la descarga hasta su total conexión en el interior del domicilio.

C. Construcción de 20 descargas y 122 interconexiones domiciliarias en la Colonia

Alcatraces, en el municipio de Tijuana, Baja California, la cual consiste en su caso en la construcción de la descarga hasta su total conexión en el interior del domicilio.

4. NORMAS Y ESPECIFICACIONES QUE REGIRÁN LOS SERVICIOS. La empresa a cargo de La Supervisión llevará a cabo los trabajos con base en lo dispuesto en estos Términos de Referencia en materia de autoridad, procedimientos, sistemas, condiciones, responsabilidad y comunicaciones, y con sujeción a las especificaciones generales para la construcción de sistemas de agua potable y alcantarillado de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), así como a las especificaciones y procedimientos de construcción señalados en los proyectos ejecutivos correspondientes. También se deberán observar las disposiciones de carácter administrativo, legal y técnico del Organismo y el BDAN . Los presentes Términos de Referencia para La Supervisión, deberán ser observados obligatoriamente por la empresa y su personal, quienes prestarán este servicio al Organismo . 5. EXPERIENCIA REQUERIDA. 5.1. EXPERIENCIA DE LA EMPRESA. La experiencia solicitada deberá ser de 5 (cinco) años mínimo y estar respaldada con información explícita en administración y supervisión de obras en que haya participado, con alcances similares o mayores a las que son objeto de los presentes Términos de Referencia, para ello se relacionarán dichos servicios en forma tabular según lo indicado en el documento anexo denominado “Información Complementaria para Consultores”.

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5.2. EXPERIENCIA DEL PERSONAL. Las disciplinas en las que se requiere especialistas con experiencia específica y comprobable de mínimo 5 (cinco) años son las siguientes:

- Ser de preferencia Ingeniero en instalaciones Hidrosanitarias.

- Construcción y/o supervisión de obras de ingeniería civil, hidráulica y sanitaria.

- Conocimiento de prácticas y procedimientos de construcción para obras civiles de ingeniería hidráulica y sanitaria.

- Diseño y revisión de diseños de obras de ingeniería hidráulica y sanitaria.

- Control y administración de obras y contratos de la administración pública y privadas.

- Elaboración de Precios unitarios.

- Control de calidad de materiales y procedimientos constructivos. La experiencia solicitada deberá ser respaldada con información explícita, que se presentará en la misma forma tabular como la solicitada a la empresa en el punto anterior. A continuación se mencionan los perfiles mínimos que debe cumplir el personal destinado a La Supervisión y de manera enunciativa más no limitativa, las actividades que cada cual deberá desempeñar. COORDINADOR GENERAL DE SUPERVISIÓN. La empresa de supervisión se obliga a designar como Coordinador General a un ingeniero o Arquitecto titulado y con cédula profesional que le permita trabajar como tal, en la república Mexicana (especialidad en obra civil, electromecánico e hidráulico), con capacidad y experiencia mínima comprobable de10 años en trabajos de alcances iguales o mayores, quien actuará como responsable de los trabajos de supervisión que se indican en estos Términos de Referencia SUPERVISORES DE OBRA. Tendrán a su cargo la supervisión de las obras, siendo responsables de la organización, control y seguimiento de las obras. Por este concepto, La Supervisión se obliga a designar como supervisores de obra a ingenieros civiles o arquitectos con capacidad y experiencia mínima comprobable de 5 años en trabajos de alcances iguales o mayores. SUPERVISOR DE CONTROL DE CALIDAD. Tendrá a su cargo todos los aspectos de control de calidad de las obras de todo el sistema, siendo responsable de su organización, control y seguimiento, por este concepto La Supervisión se obliga a designar como inspector de obra a un ingeniero civil, arquitecto o ingeniero electromecánico con capacidad y experiencia comprobable de 5 años en trabajos de alcances iguales o superiores.

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6. ALCANCES DE LOS TRABAJOS DE COORDINACIÓN, SUPERVISIÓN Y ADMINISTRACIÓN

DE LAS OBRAS. Las empresas concursantes, deberán incluir en su propuesta el importe de los trabajos para la Supervisión, Administración y Control de la construcción de las obras de manera integral, es decir, que por cada obra se deberá conformar un concepto de administración y supervisión que incluya todos los elementos, insumos y equipo necesarios para el eficiente desempeño de su función, vigilando el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y apego a las normatividad inherente al caso. La empresa supervisora deberá proponer la mejor forma para realizar los trabajos descritos en los presentes Términos de Referencia con la plantilla propuesta, ya sea en campo y gabinete, en el entendido que el período entre el arranque de los trabajos y el inicio de las construcciones podrá extenderse. Por lo anteriormente expuesto, el Organismo y/o el BDAN no pagarán por ningún empleado o subcontratista del consultor que no haya sido previamente autorizado para desempeñar sus funciones de acuerdo al organigrama y al calendario proporcionado para realizar los trabajos de supervisión. Los alcances contemplan la coordinación, revisión, supervisión y administración de la construcción de las obras que se indican en el punto 3. La empresa encargada de La Supervisión deberá establecer una residencia general de supervisión para efectuar los trabajos de supervisión, previa autorización del Organismo , en las ciudades de Tijuana y Playas de Rosarito B. C. , las cuales deberán contar con los recursos humanos, materiales, equipo y transporte tales que permitan efectuar la adecuada supervisión y control de calidad de los trabajos encomendados. Los gastos derivados de la instalación de esta oficina, al igual que los recursos necesarios para su eficiente funcionamiento, así como el personal administrativo de apoyo, deberán incluirse en el presupuesto proporcionado como se indica en el documento anexo “Información Complementaria para Consultores” dentro del rubro de costos indirectos del consultor. Así mismo se requiere que la empresa encargada de La Supervisión cuente con una oficina de campo (en cada ciudad ) debidamente equipada con todos los servicios eléctricos, hidráulicos sanitarios, equipo de cómputo con internet banda ancha, así como con medios de comunicación tales como Nextel y/o telefonía celular. La empresa a cargo de los trabajos de supervisión, trabajará en forma muy estrecha y coordinada con el Organismo , por lo que se celebrarán reuniones periódicas a fin de evaluar las actividades de las obras en construcción y supervisadas según lo solicite el Organismo y el BDAN (en dado caso). El representante de la empresa supervisora será considerado como una extensión del Organismo y por lo tanto, la representarán en todos los actos relativos a la ejecución y recepción de los trabajos que quedan bajo su supervisión. La empresa supervisora fungirá como coordinadora y responsable de todas las acciones e instancias conducentes para el buen desarrollo de la obra. El personal designado para La Supervisión deberá contar con los medios necesarios de comunicación para llevar a cabo una coordinación con el organismo.

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En la junta de arranque entre el Organismo , él o los contratistas, el BDAN (en dado caso) y la empresa a cargo de La Supervisión se determinarán los niveles de autoridad de cada entidad para procesar las órdenes de trabajo, identificando de igual manera, a los representantes y contactos de cada una de las partes involucradas. Por lo anterior, la empresa a cargo de La Supervisión deberá designar al coordinador de la supervisión quien estará en permanente en contacto con el Organismo , el cual junto con los supervisores generales, deberán ser considerados dentro de la plantilla base que proponga la empresa supervisora para el desarrollo de los trabajos objeto de los presentes Términos de Referencia. El personal de la empresa que se designe en el contrato deberá tener la capacidad técnica de mando y de decisión según sea el caso, necesarias para mantener en todo momento el control de las obras y las soluciones inmediatas para el cumplimiento del contrato de las mismas. El personal propuesto por la empresa a cargo de La Supervisión deberá tener el conocimiento de:

1. Las normas y especificaciones del proyecto.

2. Experiencia comprobable en proyectos de alcances similares o mayores a estos trabajos.

3. Las Políticas y Procedimientos de Contratación y Adquisición del BDAN (anexo al presente). Cabe mencionar que todo este personal deberá formar parte de un solo precio unitario que quedará integrado en el concepto de administración y supervisión integral. Es importante aclarar que el personal de supervisión de campo deberá de incorporarse de acuerdo con las necesidades de la obra y a solicitud expresa del Organismo, en su caso. Cabe mencionar que los especialistas deberán contar con una experiencia comprobable a satisfacción del Organismo de 5 (cinco) años en las áreas en que serán propuestos y se mencionan de manera enunciativa más no limitativa en el rubro 5.2. El ingeniero coordinador general de La Supervisión deberá contar con el personal de apoyo que se requiera por especialidad, previa autorización del Organismo . La empresa a cargo de La Supervisión será responsable de comprobar y aportar al Organismo los documentos que los acredite como supervisores responsables. La empresa supervisora deberá procurar que el personal técnico cuente con conocimientos de computación y experiencia en el manejo de paquetes de cómputo requeridos para llevar los controles de las obras y elaboración de informes (Excel, Word, AutoCAD, etc.) debiendo realizar las actividades siguientes: � Integrar los datos proporcionados en las obras con los cuales se generarán los reportes quincenales

y mensuales, elaborando las gráficas necesarias. � Llevar el control adecuado de los archivos que contengan la información generada en los reportes. � Llevar el registro de la obra contratada, obra ejecutada y obra por ejecutar, con base en la

información obtenida en campo, así como del control de materiales suministrados.

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� Actualización del programa de actividades de todos los conceptos de la obra en los reportes mensuales y semanales (original y copia).

La empresa supervisora responderá de cualquier violación a las disposiciones técnicas y legales que regulen la ejecución de las obras y liberará al Organismo y al BDAN de cualquier responsabilidad que surgiera por este motivo. El Organismo no reconocerá reclamaciones de pago de equipo y/o personal no autorizado y debidamente aprobado en forma oficial. De la plantilla de personal destacada por la empresa a cargo de La Supervisión en tanto se requieran sus servicios, el Organismo en todo momento se reserva el derecho de solicitar a dicha empresa la sustitución de algún elemento, cuando considere que el personal asignado al proyecto no reúne las características solicitadas al puesto o que a su juicio no aporte los resultados deseados, cuyo remplazo deberá tener las mismas o mejores calificaciones que la persona que sustituya. La empresa a cargo de La Supervisión está obligada a no divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otro medio, los datos y resultados obtenidos de los servicios objeto del contrato, sin la autorización expresa y por escrito del Organismo ; dichos datos y resultados obtenidos por el servicio son propiedad del Organismo . El personal de la empresa a cargo de La Supervisión incluyendo el de apoyo administrativo, deberá estar localizado permanentemente en las Ciudades de Tijuana y Playas de Rosarito Baja California ; así mismo el personal de campo deberá estar localizado permanentemente en la obra. Para lo anterior, la empresa a cargo de La Supervisión deberá proponer una plantilla de personal con la cual se comprometa por escrito a cumplir con los objetivos y trabajos a desarrollar conforme a lo establecido en estos Términos de Referencia y pondrá a consideración del Organismo el organigrama para el presente contrato y el currículum del personal de mandos medios hacia arriba. Así mismo, deberá presentar un programa que marque la utilización calendarizada de los recursos humanos de supervisión, que deba aplicar durante el tiempo de ejecución de acuerdo a las necesidades de la obra. 6.1. TRABAJOS PRELIMINARES. REVISIÓN Y CORRECCIÓN DEL PROYECTO EJECUTIVO, ASISTENCIA

PARA LA REVISIÓN DEL DISEÑO E INSPECCIÓN AL SITIO DONDE SE REALIZARÁ LA OBRA. Una vez firmado el contrato y durante el tiempo previo al inicio de los trabajos, la empresa a cargo de La Supervisión , apoyará al Organismo en la revisión detallada a nivel de gabinete, de la documentación que conforma cada uno de los proyectos ejecutivos que constituyen el paquete de obras a administrar y supervisar, consistente en las obras indicadas en el punto 3 y evaluará el conjunto de documentos básicos para la realización de las obras, tales como: programa de obras, memorias de cálculo, especificaciones, conceptos, cantidades y/o volúmenes de obra y planos, así como los procedimientos y normas constructivas para los diferentes componentes que integran el proyecto, debiéndose verificar que éstos hayan sido realizados cumpliendo con las disposiciones y normas vigentes emitidas por las Dependencias correspondientes (CONAGUA y/o CEA) y aprobadas por el Organismo . Así mismo, verificará que se dispone de los planos y especificaciones suficientes para llevar a cabo las diferentes etapas de construcción. En caso de encontrar diferencias, propondrá las medidas correspondientes y procederá a la complementación de la información o a la corrección del proyecto según sea el caso, debiendo informar al Organismo de las irregularidades detectadas y la manera en que serán solventadas. En el caso de que como resultado de la revisión de gabinete se detecten diferencias

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sustanciales o errores graves que afecten el proyecto ejecutivo, se notificará al Organismo y al BDAN a fin de que a su juicio se autorice la realización de trabajos complementarios de campo, los cuales deberán estar contemplados dentro del alcance de este concepto de manera preventiva. Es importante puntualizar que dicha revisión al proyecto ejecutivo y su resultado, deberá quedar asentada en un reporte firmado por la empresa a cargo de La Supervisión que deberá entregar a el Organismo que indique lo conducente conforme a lo arriba indicado en el cual avale la congruencia y viabilidad de construcción de los proyectos, ya que en lo sucesivo será su exclusiva responsabilidad la eventual comisión de errores u omisiones graves que afecten el buen desarrollo y/o funcionamiento de la obra terminada. Este documento deberá ser entregado al final de la revisión y/o corrección de cada proyecto, ya que será parte del generador para pago de este concepto, el cual será complementado con los reportes generados durante y al final de la revisión. Una vez efectuada la revisión de documentos, la empresa a cargo de La Supervisión, realizará una visita de inspección al sitio de la obra, en la cual se verificará que los supuestos del proyecto (referencias, trazos del proyecto, bancos de nivel, tipo de materiales, topografía, bancos de materiales, en su caso, estado de infraestructura existente, especificaciones, normatividad vigente, etc.), se cumplan en lo general y recabará la información necesaria con el objeto de prever posibles interferencias en la obra por instalaciones o condiciones tales como: instalaciones hidráulicas, eléctricas, de gas, telefónicas o especiales, edificaciones, vías de comunicación y problemas de tránsito, problemas del terreno, de acceso al sitio y otros que pueda detectar y determinará si se requieren gestiones o trabajos previos al inicio de las obras no considerados en el proyecto. El resultado de dicha revisión deberá quedar asentado en un reporte dirigido al Organismo e informado al BDAN que indique lo conducente. Verificará además que se cuente con las licencias y permisos necesarios para comenzar y/o continuar con los trabajos, debiendo realizar la gestión necesaria para su obtención en caso de que no existan. Previo al inicio de la obra, la empresa a cargo de La Supervisión deberá revisar los levantamientos topográficos realizados comprobando los trazos y niveles de proyecto, debiendo realizar las adecuaciones o correcciones que considere pertinentes en caso de que detecte inconsistencias en los mismos. Lo anterior deberá de ser notificado y autorizado por el Organismo e informado al BDAN . Previo al inicio de los trabajos de interconexión domiciliaria, será responsabilidad de la empresa de supervisión y en particular de su residencia, ser el promotor de recabar la firma en el documento de solicitud para ingresar al predio con el objeto de dar inicio a los trabajos de interconexión domiciliaria (documento que será diseñado por el Organismo ) de cada uno de los beneficiarios referenciados en los proyectos de obra establecidos en el punto No.3 de estos Términos de Referencia, teniendo la obligación de llevar un control y orden de esta información. 6.1.1. MEDICIÓN Y PAGO. La empresa a cargo de La Supervisión deberá de conformar un precio integral para la ejecución de este concepto, cuya unidad de medida será la de “Revisión de Documentos del Proyecto” y en el cual deberán considerarse todos los recursos humanos, materiales, equipo y transporte necesarios para la correcta y eficiente ejecución de este concepto. Dentro del rubro de costos indirectos, el consultor deberá incluir todo el personal y equipo de apoyo con los respectivos ajustes salariales susceptibles de efectuarse durante el plazo contractual, así como

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viáticos del personal, renta de oficina en las Ciudades de Tijuana y Playas de Rosarito, Baja California , personal administrativo de apoyo, transporte local y foráneo del personal, servicio telefónico, fax y de energía eléctrica, equipo de cómputo, vehículos de transportación, así como lo necesario para una correcta ejecución de los trabajos de supervisión. 6.2. SUPERVISIÓN Y ADMINISTRACIÓN INTEGRAL DE LOS TRABAJOS DURANTE LA

CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO.

La empresa a cargo de la Coordinación, Supervisión y Administración de las Obras deberá para todas las fases de la obra:

a) Llevar a cabo la recopilación diaria de la información inherente al proyecto, por lo que ordenará,

revisará y verificará como mínimo la documentación técnica-administrativa como se indica a continuación, de manera enunciativa más no limitativa:

ASPECTOS TÉCNICOS: • Bases de diseño. • Ingeniería básica. • Ingeniería de detalle. • Planos de construcción. • Certificaciones de calidad de materiales en general. • Programa de control de laboratorio de materiales • Informe de actas y/o actas de pruebas hidrostáticas. • Archivo de oficios emitidos durante la construcción de las obras. • Planos con las modificaciones que se hayan realizado durante el desarrollo de las obras. • Verificar el uso de equipo de construcción necesario solicitado expresamente por el organismo ASPECTOS ADMINISTRATIVOS: • Bases de concurso. • Acta de fallo de concurso de obra. • Alcances del contrato. • Bitácora de obra. • Programas constructivos y reprogramaciones de obra, en su caso. • Generadores y estimaciones. • Anexos modificatorios de monto y plazo, en su caso. • Avisos de terminación de obra. • Actas de entrega-recepción (contratista, operativa, etc.). • Permisos. • Recabar la firma en solicitud de ingreso al predio del beneficiado de los trabajos de interconexión

domiciliaria, en cada predio. • Recabar el acta donde se estipule de conformidad de los trabajos por parte del beneficiado, en

cada predio.

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b) Exigir al constructor que realice los trabajos con estricta observancia de las normas y

procedimientos pactados en el contrato de construcción y puesta en operación. Así mismo, vigilará la aplicación de las normas técnicas y preceptos legales aplicables y garantizará que el proyecto satisfaga las necesidades del Organismo . De igual manera deberá exigir el uso de equipo adecuado en la excavaciones, solicitado como mínimo por este organismo para la realización de los trabajos de manera especial, en las obras de las Colonias Alcatraces, Ejido Plan Libertador y Ampliación Lucio Blanco, en los municipios de Tijuana y Playas de Rosarito, la terminación de estos hasta su correcto funcionamiento (incluye dejar en operación la descarga domiciliaria).

c) Verificar la correcta y oportuna aplicación de las medidas de mitigación durante la construcción

para cada una de las obras en particular. d) Determinar si los avances físicos-financieros que presente el constructor al Organismo ,

corresponden con el estado de desarrollo de la obra. e) Exigir y vigilar que el constructor maneje los registros y documentación que permitan un desarrollo

ordenado y eficiente de la obra. f) Proporcionar soporte y asistencia en cualquier conflicto entre el Organismo y el constructor,

siendo responsabilidad del supervisor elaborar el requerimiento de solución de la irregularidad o desviación que origine la disputa y efectuar el seguimiento para su corrección. En los casos de disputa insalvables, La Supervisión informará al coordinador del proyecto del Organismo y al BDAN , para que este primero de inmediato proceda conforme a la ley y de acuerdo al contrato pactado, a dar solución o en su caso, aplicar las penas convencionales.

g) Considerando que durante el desarrollo de la obra se presenten modificaciones al proyecto,

cambios y adecuaciones, la empresa a cargo de La Supervisión deberá exigir a la empresa constructora la elaboración de los planos de obra terminada (como construido) con la nomenclatura adecuada y comunicados oficiales respectivos hacia el Organismo que permitan dejar constancia de cómo quedó finalmente ejecutada la obra.

h) Exigir al (los) constructor(es) la reparación o sustitución de la obra mal ejecutada o que no cumpla

con las especificaciones establecidas en el contrato. i) La Supervisión tendrá la obligación de revisar, estudiar, conciliar y emitir una opinión acerca de

cualquier reclamación de parte de la(s) empresa(s) contratista(s) y en su caso, avalar aquellas que sean procedentes y someterlas a la consideración del Organismo , derivadas de las situaciones que se indican a continuación de manera enunciativa más no limitativa:

• Falta de datos de construcción. • Reprogramaciones no imputables a la contratista no tramitadas a tiempo. • Exceso de tiempo para el trámite de estimaciones.

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• Precios unitarios no tramitados oportunamente. • Cancelación de montos no tramitados oportunamente. • No presentar las justificantes completas para el análisis de precios unitarios. • Documentación incompleta de los documentos de pago. • Atraso en la entrega de avances mensuales. • Errores en la información de las estimaciones. • Reclamos de precios unitarios extraordinarios por planteamientos erróneos en la matriz

correspondiente. • Aplicaciones incorrectas de sanciones y retenciones. • Apertura, seguimiento y resguardo de las bitácoras de obra, o por lo menos conservar su

copia de estos libros hasta el término de los trabajos de construcción. • Difundir y coordinar logísticamente con las instancias correspondientes la ejecución de los

trabajos, a fin de que los impactos negativos a la sociedad sean mínimos. • Y cualquier otro evento o situación que pueda tener un impacto en la calidad, tiempos y

ejecución de la obra.

j) La Supervisión participará coordinadamente con el Organismo ante eventuales auditorias, elaborando documentos y dando vigilancia en el cumplimiento de las observaciones que se señalen.

6.2.1. CONTROL DOCUMENTAL Y DE BITÁCORA.

k) La apertura y seguimiento de la bitácora de obra la cual deberá ser firmada por un representante que el Organismo determine y en las que se deberán registrar las personas autorizadas por cada una de las partes que tendrán acceso a asentar notificaciones oficiales. Para este contrato por disposición de la Secretaría de la Función Pública se hará uso de la Bitácora electrónica, por lo que se requiere que el personal de La Supervisión realice el trámite de la firma electrónica ante el SAT y capacitación de la Bitácora Electrónica, debiendo contar con servicio de INTERNET en la oficina e Inalámbrico en campo. Los responsables de la empresa supervisora deberán propiciar la apertura y dar seguimiento a las bitácoras de obra en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y su reglamento, deberán registrar las personas autorizadas por cada una de las partes que tendrán acceso a escribir notificaciones oficiales; así mismo, se deberán anotar con todo detalle todas aquellas circunstancias que en determinado momento puedan modificar los montos o plazos acordados contractualmente. Además, el supervisor asignado a cada obra será responsable de obtener diariamente su copia de la bitácora y su respectivo resguardo, con el fin de no perder las incidencias de la obra en caso de extravío del original.

l) Será responsabilidad de la empresa de supervisión, y en particular de su residencia, ser el promotor de recabar la firma en el documento de solicitud para ingresar al predio con el objeto de dar inicio a los trabajos de interconexión domiciliaria (documento que será diseñado por el organismo) de cada uno de los beneficiarios referenciados en los proyectos de obra establecidos

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Términos de Referencia para la Coordinación, Supervisión y Administración de la Construcción de Descargas e Interconexiones Domiciliarias en las Colonias Alcatraces, Ejido Plan Libertador y Ampliación Lucio Blanco en los municipios de

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en el punto No.3 de estos Términos de Referencia, teniendo la obligación de llevar un control y orden de esta información.

6.2.2. CONTROL Y SEGUIMIENTO DE PROGRAMACIÓN DEL PROYECTO.

m) Igualmente, deberá revisar y dar seguimiento a los programas físicos y financieros autorizados de cada obra. En caso de existir retrasos, solicitará a los representantes de la constructora las causas que han motivado el desfasamiento en el cumplimiento de los programas y propondrá las soluciones que se consideren adecuadas, lo anterior deberá ser notificado y autorizado por la coordinación del Organismo e informado al BDAN .

n) Durante el proceso constructivo deberá vigilar que las obras se ejecuten conforme a lo

especificado en el proyecto ejecutivo y con la calidad estipulada en el contrato para los diferentes materiales y equipo. En caso de encontrar discrepancias en los diseños de la obra y el proyecto ejecutivo, la supervisora deberá proponer alternativas mismas que tendrán que ser aprobadas por el Organismo e informado al BDAN .

o) En caso de encontrarse imprevistos, La Supervisión deberá tener la capacidad para proponer

soluciones prácticas y aceptables en términos de Ingeniería. Dichas soluciones deberán ser notificadas al Organismo y deberán de ser debidamente documentadas para los efectos contractuales a que haya lugar. Si los imprevistos implican modificaciones sustanciales al proyecto, La Supervisión deberá notificar al Organismo y al BDAN , para que este primero indique el procedimiento a seguir.

6.2.3. REVISIÓN Y APROBACIÓN DE ÓRDENES DE TRABAJO, ÓRDENES DE CAMBIO Y

ESTIMACIONES DE OBRA.

p) Los trabajos objeto del presente contrato, se ejecutarán mediante “Órdenes de Trabajo ” que serán presentadas por el Organismo a la empresa a cargo de la Coordinación, Supervisión y Administración de las Obras dentro de los 15 (quince) días anteriores al inicio de cada período. Una vez recibida la Orden de Trabajo la empresa a cargo de La Supervisión entregará dentro de los 2 (dos) días siguientes a su recepción, una propuesta del personal, su costo hora/hombre, su justificación y el costo estimado para cumplir la orden de trabajo. El Organismo revisará y aprobará por escrito la propuesta dentro de los 7 (siete) días anteriores al inicio de cada período. Sólo se pagará por las estimaciones de los trabajos ejecutados durante el período estimado, previa revisión y aprobación por la empresa a cargo de La Supervisión , el Organismo y el BDAN .

q) Hará la revisión de las estimaciones de obra de conceptos normales y/o extraordinarios generadas

mensualmente por el constructor de acuerdo con el avance de obra, así como de las órdenes de cambio necesarias utilizando los números generadores. Dichas estimaciones y órdenes de cambio deberán ser avaladas y firmadas por un representante autorizado de la empresa a cago de La Supervisión para que posteriormente sean sometidas a la consideración y en su caso, aprobación del Organismo y el BDAN, dando seguimiento a las mismas hasta el pago correspondiente y

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llevará un control presupuestal de la inversión que incluirá el registro de cada uno de los movimientos económicos que se presenten durante la ejecución de la obra.

r) Se deberá verificar el cumplimiento de las cláusulas de contrato de obra o los procedimientos que

se aplican según la fuente de los recursos y en su caso, notificar al Organismo cualquier incumplimiento para la aplicación de las sanciones correspondientes.

s) Verificar la correcta cuantificación de los números generadores de obra ejecutada (volúmenes de

obra) a fin de avalarlos en cuanto a sus volúmenes, costo y calidad de la obra y de ser el caso, será responsable de exigir al contratista la devolución de los pagos realizados en exceso, con sus respectivos intereses. En su caso, justificar y gestionar ante el Organismo y el BDAN la autorización de volúmenes excedentes de obra, y precios fuera de catálogo. Cabe hacer notar que toda orden de trabajo, deberá contar con la autorización del Organismo y elegibilidad por parte del BDAN .

t) La empresa supervisora deberá verificar, justificar y gestionar ante el Organismo y el BDAN la

autorización de conceptos de trabajo no contemplados en el catálogo de conceptos original de los contratos, debiendo realizar un conteo cuidadoso del personal y el equipo en el sitio, indicando la ocupación o espera del mismo. Para la determinación de precios unitarios de los conceptos de trabajo que no fueron contemplados en los catálogos de conceptos originales, La Supervisión aportará elementos tales como procedencia, rendimientos, etc., debidamente fundamentados y avalados para que faciliten a los analistas del Organismo ) la revisión y conciliación de los mismos, los cuales también serán autorizados por el BDAN .

u) Cuando se requiera revisar solicitudes de ampliación del plazo de ejecución de las obras, La

Supervisión aportará elementos que faciliten a los responsables del Organismo la procedencia de la solicitud mencionada.

6.2.4 CONTROL TOPOGRÁFICO. No obstante de que los trabajos de topografía para que las obras se realicen con apego al proyecto son responsabilidad de la constructora, la empresa a cargo de La Supervisión deberá realizar una labor periódica de verificación en campo una vez iniciada la obra, a fin de que se tenga un adecuado control de los niveles en la ejecución de los trabajos de construcción. La Supervisión proporcionará brigada(s) de topografía de acuerdo a las necesidades de proyecto, con todo el personal, equipo topográfico y vehículo requeridos, los cuales serán solicitados por el organismo el tiempo que juzgue necesario, por lo que para este caso la propuesta será basada en una jornada de trabajo. Las actividades principales de la brigada de topografía serán: efectuar el trazo principal marcado en el proyecto, elaborar secciones transversales previas a la construcción de las obras, indicando los puntos

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de referencia y bancos de nivel a usar durante el proyecto. La brigada deberá contar con un equipo de topografía para efectuar las verificaciones necesarias durante el desarrollo de la obra de:

- Niveles y trazos generales.

- Secciones de construcción.

- Niveles de desplante en plantillas.

- Niveles de desplante en estructuras especiales.

- Nivelaciones para el control de los bancos de nivel que se requieran durante la obra. 6.2.5 CONTROL DE CALIDAD. La Supervisión llevará a cabo, dentro de sus alcances de control de calidad, las acciones necesarias para verificar que las constructoras lleven un adecuado control de calidad de los materiales y procedimientos constructivos utilizados para la ejecución de las obras, de acuerdo a las especificaciones de cada concepto de trabajo y normatividad vigente. Se realizarán pruebas aleatorias por parte de la empresa a cargo de La Supervisión para la verificación del control de calidad de los materiales utilizados por el contratista. La residencia de supervisión representará al Organismo ante la constructora en los asuntos relacionados con la ejecución de los trabajos o derivados de ellos en el lugar donde se ejecutan las obras, siendo responsable de verificar y avalar la correcta ejecución de los procedimientos constructivos propuestos por el contratista, para lo cual, deberá contar con una plantilla de personal y equipo necesarios para la correcta ejecución de los trabajos de control de calidad tales como muestreo y prueba de concretos, compactaciones, terracerías, agregados, etc. necesarios para garantizar el buen funcionamiento y durabilidad de la obra, debiendo notificar al Organismo del resultado de los muestreos con la oportunidad tal que permita la corrección de los defectos en caso de que éstos sean detectados. Será responsabilidad de la residencia de supervisión verificar, exigir y avalar el equipo de construcción pesado para trabajos de excavación requerido por este organismo, de manera muy en particular en las obras que se ejecuten en las siguientes colonias: Ampliación Lucio Blanco y la Colonia Ejido Plan Libertador del Municipio de Playas de Rosarito. Así también es responsabilidad de esta residencia verificar, exigir y avalar la correcta terminación de los trabajos enumerados en el punto 3 de estos términos de referencia, hasta su correcto funcionamiento esto incluye el verificar y exigir dejar en funcionamiento la descarga domiciliaria. 6.2.6. MEDICIÓN Y PAGO De acuerdo a los informes presentados por la empresa a cargo de La Supervisión y a las reuniones semanales además de las inspecciones que realice el equipo técnico del Organismo , se evaluará el trabajo de la empresa por mes, colocándose el porcentaje alcanzado, el Organismo se reserva el

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derecho, si a su juicio algún elemento no cumple con su función, de hacer la deducción del pago equivalente al importe de sus servicios, además de poder solicitar el remplazo de dicho elemento. La empresa a cargo de La Supervisión deberá de conformar un precio integral para la ejecución de este concepto, cuya unidad de medida será la de MES, en el que se incluirá la administración y supervisión de manera integral de todas las obras que conforman este paquete y en el cual deberán considerarse todos los recursos humanos, materiales, equipo y transporte necesarios para la correcta y eficiente ejecución de este concepto. 6.3. ELABORACIÓN DE ACTAS DE ENTREGA-RECEPCIÓN, FINIQUITO Y CIERRE DE OBRA. Los trabajos posteriores a la conclusión de cada una de las obras, por parte de La Supervisión , contemplan la disposición de un plazo de un mes como máximo, para la elaboración de lo siguiente:

a) Recepción física de la obra, verificando que los trabajos encomendados se hayan terminado según el proyecto, de acuerdo a las especificaciones del contrato y dentro del plazo pactado en el mismo. En caso de que existan desviaciones a lo anterior, se deberá contar con la justificación técnica necesaria para tener los expedientes de los contratos apegados a la ejecución real de los trabajos (proyectos y programas de obra definitivos).

b) Verificar que la constructora entregue los planos de obra terminada, mismos que se integrarán a

los documentos de recepción de la obra. c) Solicitud y recepción de la fianza contra vicios ocultos. d) Integrar y elaborar en su caso, la documentación necesaria para que en forma conjunta con la

coordinación del proyecto del Organismo y la constructora, se proceda a recibir la obra mediante el finiquito correspondiente y el acta de entrega – recepción, documentos que se integrarán junto con los manuales de operación y mantenimiento y los planos de obra terminada que serán elaborados por la constructora y que se incorporarán al expediente respectivo.

e) Será parte fundamental de la recepción de la obra y para el finiquito de estos trabajos que motiva

los presentes Términos de Referencia, contar con los documentos que avalen la conformidad y aceptación de los trabajos por parte de los beneficiados, para lo cual será obligación de la empresa supervisora ser el promotor en recabar cada una de las firmas de los beneficiarios en las actas de conformidad (formato diseñado por el organismo) en la que se estipulará la aceptación de la conclusión de los trabajos realizados (referente a interconexiones domiciliarias) en cada uno de los predios establecidos en los proyectos de obra referenciados en el punto 3 de estos Términos de Referencia, teniendo la obligación de llevar un control y orden de esta información.

La empresa a cargo de La Supervisión deberá dar el debido cumplimiento a estos puntos hasta su respectiva y satisfactoria entrega al Organismo .

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6.3.1. MEDICIÓN Y PAGO. Para fines de pago del presente concepto, el consultor deberá de conformar un precio integral, cuya unidad de medida será la de “Revisión de Acta Entrega-Recepción y Finiquito”, en el que se incluirá la elaboración del finiquito físico-financiero de todas y cada una de las obras que conforman este paquete, en el cual deberán considerarse todos los recursos humanos, materiales, equipo y transporte necesarios para la correcta y eficiente ejecución de este concepto. 6.4. INFORMES PERIÓDICOS, REUNIONES DE EVALUACIÓN Y COORDINACIÓN. Para evaluar resultados y verificar que los objetivos planteados en el programa de obra se estén cumpliendo, así como para contar con elementos para constatar el aseguramiento de la calidad por parte de la constructora, será necesario la presentación de informes periódicos que detallen los avances obtenidos; además de efectuar reuniones que permitan evaluar los mismos, por tal motivo La Supervisión deberá presentar los informes que se indican a continuación, con la periodicidad señalada. Dichos informes, serán verificados en las reuniones de evaluación y deberán presentarse por duplicado. El BDAN requiere que se le envíen copias de los reportes simultáneamente a la entrega para el Organismo . INFORMES.

TIPO PERIODICIDAD

Informe gerencial Semanal

Avance físico-financiero por estimación Mensual

Desviaciones relevantes y ordenes de trabajo Inmediato

Informe fotográfico Mensual

Video al concluir la obra El informe semanal se entregará al Organismo y al Ingeniero de Proyecto del BDAN por correo electrónico los Lunes de cada semana. El resto de los informes deberán presentarse por escrito, encuadernados, respaldados e identificados en disquete o CD en software compatible del Organismo . En general, los informes deberán incluir una descripción de todos los trabajos realizados durante el período con el fin de mantener informado al coordinador del proyecto del Organismo de los avances físico-financieros de los trabajos. Así mismo, los informes deberán contener fotografías, gráficas, tablas y cuadros que representen los avances reales y que se anexarán a dichos reportes. Los reportes semanales contendrán un resumen ejecutivo de los avances físicos, globales y por contrato de los principales conceptos (p.e.: metros lineales de instalación de tubería, excavaciones, rellenos, pozos de visita, descargas etc.). Así mismo, se deberá de incluir una descripción de los principales trabajos realizados por la constructora y por la empresa a cargo de La Supervisión durante el período,

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indicándolas recomendaciones que La Supervisión considere convenientes y señalando cualquier anomalía, retraso o incidente. En los reportes mensuales se incluirán los avances físicos-financieros con memorias fotográficas, en donde se explique brevemente todas y cada una de las fases de construcción. También se incluirá una relación de las estimaciones generadas durante el periodo y las anteriores, así como sus importes correspondientes. Al final del período del contrato la empresa a cargo de La Supervisión desarrollará un informe final con las características que se indican más adelante 6.5. REUNIONES Cada semana se realizarán reuniones de evaluación con la coordinación del Organismo , para revisar los reportes que La Supervisión les ha presentado y acordar las políticas y acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos trazados en el programa general de obra. En casos extraordinarios la coordinación del proyecto del Organismo convocará a La Supervisión y en su caso, al o los contratistas a reuniones adicionales, de acuerdo a las circunstancias de cada obra. A las reuniones deberán asistir por parte de La Supervisión como mínimo el residente general de supervisión y residente de obra. 7. INFORME FINAL Al término de los trabajos, se elaborará un informe final que contenga un expediente de los servicios prestados de Coordinación, Supervisión y Administración de las Obras, el cual contendrá de forma detallada el estado en el que se encuentra en ese momento cada contrato supervisado y las recomendaciones u observaciones que se consideren pertinentes para la correcta terminación de los que aún se encuentren en proceso. Así mismo se deberá anexar a dicho informe final un expediente correspondiente a cada una de las obras supervisadas, dichos expedientes contendrán toda la información relativa a los trabajos realizados por la empresa de supervisión, incluido el informe final en original y cuatro copias tanto en forma impresa (en carpetas de 3 argollas tamaño carta) como en medios electrónicos (CD´s con software compatible con el Organismo , Office 97, AutoCAD, etc.) los planos de obra ejecutada y los archivos digitalizados de los planos, así como un vídeo editado con todas y cada una de las fases de las obras. Además el expediente en mención deberá incluir el finiquito de la empresa a cargo de la Coordinación, Supervisión y Administración de las Obras debidamente soportado con los reportes generados en el transcurso de los servicios y todo aquello relacionado con el contrato objeto de los presentes términos de referencia. El expediente relativo a los trabajos realizados señalados en el párrafo anterior, deberá contener de manera ordenada y clasificada por numero de predio, calle y colonia, la información relativa a las actas levantadas referentes al permiso de ingreso al predio de los vecinos beneficiarios y el acta de

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conformidad con los trabajos realizados en cada uno de los predios en los que se realizaron las interconexiones domiciliarias. Una vez recibido este informe y el expediente original de cada obra (documentos técnicos y administrativos) a satisfacción del Organismo , se procederá al pago del finiquito. 8. OTRAS CONSIDERACIONES 8.1. FORMA DE MEDICIÓN DE LOS CONCEPTOS DE SUPERVISIÓN PARA FINES DE PAGO Los conceptos de los trabajos de supervisión se medirán para fines de pago por Hora/Hombre de trabajo de las categorías y equipos autorizados. Así mismo, se deberán incluir todas las actividades que especifican estos alcances. 8.2. AJUSTE DE COSTOS Para el caso de este concurso no habrá ajuste de costos, en el desarrollo de los trabajos motivo de contratación. Por lo que se deberán considerar los incrementos salariales oficiales a otorgar al personal de la empresa a cargo de La Supervisión durante el período de ejecución de los servicios, así como los incrementos en los costos de los insumos a emplear. 8.3. NOTAS GENERALES Los concursantes deberán presentar el importe de su propuesta en pesos mexicanos para su pago en dicha moneda y el depósito se efectuará a la cuenta que haya proporcionado la empresa supervisora. La empresa a cargo de La Supervisión podrá presentar su estimación mensual al Organismo una vez que haya entregado a éste las estimaciones que correspondan a los constructores y/o proveedores que estén bajo su supervisión, conforme al plazo que se haya fijado en el contrato de servicios correspondiente. La coordinación del Organismo se compromete a revisar en un plazo que no exceda de 10 días hábiles, la estimación de la empresa a cargo de La Supervisión y aprobar los conceptos que no requieran de aclaración. Sólo en el caso de periodos trabajados parcialmente (por cuestiones imputables a la empresa a cargo de La Supervisión o por requerimiento especifico del Organismo ), el pago se realizará proporcional a los días efectivamente trabajados del mes; cubriendo a la empresa a cargo de La Supervisión el porcentaje correspondiente de cada uno de los conceptos que hayan intervenido durante el periodo de trabajo. Del mismo modo, si a juicio del Organismo algún elemento de la plantilla especificada para la realización de los trabajos, no cumple satisfactoriamente su función, el Organismo se reserva el derecho de hacer una deducción en el pago equivalente al importe de los servicios que se juzgue no se han cumplido, además de poder solicitar su remplazo según se menciona en estos Términos de Referencia.

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La empresa de supervisión podrá subcontratar cualquier servicio relacionado con La Supervisión de la obra, siempre y cuando lo haya hecho del conocimiento y cuente con el consentimiento del Organismo. El Organismo tendrá acceso en cualquier momento, a la información contable y técnica en que tenga injerencia la empresa supervisora. La empresa supervisora deberá presentar conceptos con precios integrales y desglosar todo costo en su propuesta, con la información complementaria requerida, para cada actividad de La Supervisión y control, ya que el pago mensual será basado en el nivel de recursos utilizado. En caso de presentarse una suspensión temporal, parcial o total de los trabajos por parte del contratista de obra, la empresa a cargo de La Supervisión y la coordinación del Organismo acordarán los recursos humanos, tecnológicos y el equipo que serán empleados en el periodo que dure la suspensión. Las horas-hombre serán registradas en bitácora y en los reportes diarios, avalados por el representante del organismo. Todos los materiales y equipo que proporcione la empresa de supervisión, deberán de ser con capacidad suficiente y de actualidad para el desarrollo de los servicios.

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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA PARA CONSULTORES

Entrega de Propuestas 1. Los Consultores deberán enviar propuestas técnicas y financieras en sobres separados

claramente marcados. Las propuestas financieras se deberán enviar en sobres sellados. Se deberán enviar cuatro copias de la propuesta técnica y una copia de la propuesta financiera, marcadas como “Propuesta Técnica” y “Propuesta Financiera”, según sea apropiado. No se deberá incluir ningún tipo de dato financiero en la propuesta técnica. Solamente los sobres de la Propuesta Técnica se abrirán en la fecha de entrega de las propuestas. Las propuestas financieras permanecerán selladas, bajo custodia, hasta que la evaluación técnica haya concluido.

Propuesta Técnica 2. Su propuesta técnica deberá demostrar el conocimiento de su empresa respecto a los

requisitos del proyecto, así como su entendimiento acerca del trabajo requerido y establecido en el alcance del trabajo y en los términos de referencia. Se deberá proporcionar la información respecto a su empresa y a cualquier otra con las cuales tenga la intención de asociarse para propósitos del trabajo. De ser este el caso se deberá presentar un contrato de asociación en el cual se indiquen claramente las responsabilidades y funciones específicas de cada uno de los asociados y se deberá señalar cual de los estos será el responsable ante Organismo Ejecutor. Los detalles de la información exigida se deberán indicar, en su totalidad, en el orden siguiente:

(a) Una breve descripción de la empresa, un perfil reciente con la experiencia de la

empresa en trabajos de naturaleza similar y, en particular, su experiencia en obras dentro de EE.UU./México y/u otras áreas similares del mundo. La experiencia presentada deberá limitarse a aquellos proyectos de los cuales su empresa (o su(s) empresa(s) asociada(s)) haya sido legalmente contratada por clientes en calidad de entidad corporativa. El trabajo realizado por peritos que trabajen en forma privada o a través de otras empresas no puede considerarse como experiencia de su empresa o de su(s) asociado(s), pero puede presentarse como experiencia de las mismas personas (ver inciso (d) más adelante). Deberá estar preparado para verificar la experiencia que afirma tener, proporcionando evidencia contractual o de otro tipo como prueba, si así lo requiere el Organismo de Ejecución, en cualquier momento antes, o si lo seleccionaron, durante las negociaciones del contrato. También debe presentarse información sobre la carga de trabajo actual de la empresa en las áreas pertinentes de este trabajo.

(b) Planteamiento general o metodología que usted propone para llevar a cabo los

servicios, incluyendo cualquier información detallada que considere pertinente. Para cada trabajo específico, describa la manera en que los consultores planean realizar dicha tarea, el planteamiento y plan de trabajo, personal que se va a utilizar, persona-meses, etc.

(c) Se agradecen los comentarios o sugerencias, si los hay, respecto a los Términos de

Referencia a fin de mejorar la manera en que se realizan los trabajos.

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(d) Los integrantes del Equipo de trabajo que proporcionarán los consultores en el

campo y en la oficina matriz, junto con los curriculums vitae de dichos integrantes, así como el trabajo específico que se asignará a cada uno de estos integrantes del equipo. Se deberá identificar específicamente al jefe del equipo. Si planea que un miembro en la oficina matriz sea responsable de la supervisión del equipo en el campo, se deberá proporcionar el mismo tipo de información, junto con el currículum vitae de ese miembro.

Así mismo se deberá presentar una relación y documentación del personal propuesto de planta de la empresa, con la que se acredite que dicho personal está adscrito a la empresa (Ejemplo: Infonavit, seguro social, nominas etc.); En el supuesto de que el personal propuesto que estará a cargo de la ejecución de los trabajos no se encuentre adscrito a la empresa, se deberá presenta e incorporar a la propuesta, una Carta de aceptación en donde se manifieste bajo protesta de decir verdad, que en el caso de resultar ganadora la empresa, se compromete a participar en los trabajos relativos a este procedimiento de contratación, debiendo presentarse tal documento en firma autógrafa original del que comparece.

(e) Programa de trabajo, incluyendo un organigrama, gráfica de barras y programa de

personal. La gráfica de barras deberá indicar las estimaciones de la duración y el total de persona/meses que se proporcionarán para cada tarea. El Programa de Personal deberá indicar claramente la duración estimada (para la oficina de matriz y para el campo, por separado) y los tiempos probables del trabajo de cada profesional que vaya a utilizarse (tanto extranjeros como nacionales).

(f) Comentarios, si los hay, sobre los datos, servicios e instalaciones que proporcionará

el Organismo de Ejecución y/o la contraparte local (ver los Términos de Referencia). (g) Asociaciones propuestas (si, las hay). (h) Estimación de área de oficinas, vehículos, equipo, apoyo de la contraparte local, etc.

que se requieren en el campo, para realizar los servicios propuestos. 3. Al preparar las propuestas, los consultores deberán prestar especial atención a lo

siguiente:

(a) Los integrantes del equipo deberán tener la experiencia requerida fuera de su propio país, de preferencia en condiciones similares a las que prevalecen en el país del trabajo. Es esencial que el personal clave en México , tenga buenos conocimientos del idioma Español. Se deberán generar informes en español.

(b) La mayoría del personal que integre el equipo del consultor deberá extraerse del

personal de planta de la empresa. (c) Si bien se requiere un número limitado de visitas de inspección a las ciudades de

Tijuana y Playas de Rosarito, Baja California, México, por parte de los socios o de los funcionarios directivos de la empresa durante la realización del trabajo, por lo general se deberán mantener al mínimo las visitas de corto plazo a las ciudades de Tijuana y Playas de Rosarito, Baja California, México .

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Propuesta Financiera 4. Se deberá entregar su propuesta financiera de la siguiente manera: Los costos extranjeros

pueden estar denominados en dólares Americanos o en Pesos Mexicanos y se les adjuntarán los documentos de apoyo que justifiquen los elementos correspondientes. Los costos locales deben estar denominados en la moneda local. Los costos presentados deberán incluir un desglose de la tarifa mensual de remuneración de cada profesional que se vaya a asignar y un desglose general de los gastos efectivos (tales como viajes internacionales, viáticos y preparación de informes, etc.). En caso de que se le seleccione para negociar, se espera que usted proporcione desgloses detallados respecto a remuneraciones, incluyendo prestaciones y gastos fijos, certificados por un auditor independiente y apoyado con copias de los estados de ingresos y egresos anuales de la empresa. El importe del contrato será fijo y no estarán sujetos a ajustes durante su ejecución. El Organismo de Ejecución manejará esta información confidencialmente.

5. En la evaluación y selección de consultores se considerarán las propuestas financieras tal

y como las haya presentado su empresa. Sin embargo, se revisará cada partida de la propuesta financiera de la empresa seleccionada durante las negociaciones del contrato para determinar el precio final del contrato.

6. Durante y después de la prestación de servicios, el Organismo de Ejecución se reserva el

derecho de auditar las cuentas de la empresa seleccionada, así como los registros de costos y tiempos relacionados con los servicios, incluyendo las cuentas y registros que permitan la verificación del desglose de las tarifas de facturación y los costos relativos al proyecto.

Presupuesto 7. El presupuesto estimado cubre todos los costos de los servicios para este trabajo, tanto

locales como extranjeros, incluyendo el costo del personal en el campo y en la oficina matriz. El presupuesto está basado en un esfuerzo mínimo de la oficina matriz durante la prestación del servicio. El presupuesto también cubre los gastos de viajes internacionales, preparación de informes finales, equipo, seguros, artículos de oficina, viáticos, transportación local, instalaciones, equipo y demás gastos relacionados.

8. Favor de observar que la remuneración que recibirá por este contrato (no) estará sujeta a

las obligaciones fiscales normales. Evaluación de propuestas 9. Para evaluar las propuestas se adoptará un procedimiento de dos etapas. Primero, se

evaluarán las propuestas técnicas, se otorgarán puntos en base a sus méritos y se clasificarán las propuestas conforme a dichos puntos antes de abrir y evaluar las propuestas financieras. La calidad de las propuestas técnicas, especialmente en lo referente al personal propuesto, será el criterio principal de evaluación de la propuesta y de la selección del consultor.

10. Se evaluarán las propuestas técnicas y se otorgarán puntos en base a sus méritos como

sigue:

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(i) La experiencia general de la empresa en las disciplinas que forman parte del trabajo total, con referencia específica a experiencia similar o en el país del trabajo (15 puntos ).

(ii) La adecuación y calidad del plan de trabajo propuesto. Enfoque y metodología al

responder a los Términos de Referencia (35 puntos ). (iii) Las cualidades, experiencia y aptitudes del equipo interdisciplinario integrado por el

personal propuesto para el trabajo. Se dará una calificación más alta a las empresas que seleccionen al jefe de equipo y a la mayoría del personal propuesto de su propio personal de planta y de empresas asociadas (30 puntos ).

11. Se deberá incluir el currículum vitae de cada una de las personas propuestas por el

consultor para el trabajo. Cada integrante del equipo se calificarán en base a lo siguiente y se evaluarán los puntos promedio para el equipo en su totalidad:

(i) Educación y capacidad profesional ( 9 puntos );

(ii) Adecuación para el trabajo ( 8 puntos ); y

(iii) Experiencia (e idioma, cuando proceda,) similar o en el país del trabajo (3 puntos ). 12. Si se omite alguno de los aspectos anteriores que se requieren para la evaluación, se

considerará que la propuesta no cumple con los requisitos. Para la evaluación financiera, sólo se considerarán las empresas que hayan sido calificadas con un mínimo de ochenta (80) puntos en base a sus méritos técnicos . En caso de que ninguna empresa obtenga un mínimo de ochenta (80) puntos técnicos, el Organismo de Ejecución se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o de negociar con la empresa que haya obtenido la puntuación técnica más alta.

13. Asimismo, se excluirá de la evaluación a una empresa si, a juicio del Organismo de

Ejecución, la empresa ha estado o podría estar en una situación donde su juicio no fuese neutral respecto a la ejecución del proyecto. Aquellas empresas que consideren que una situación de este tipo puede existir, deben consultar con el Organismo de Ejecución, antes de preparar su propuesta técnica.

14. Puesto que la selección se realizará en base a una competencia, el Organismo de

Ejecución no aceptará peticiones posteriores para cambiar al personal propuesto después de haber recibido las propuestas. Por lo tanto, el Organismo de Ejecución se reserva el derecho de seleccionar inmediatamente la propuesta clasificada como la segunda mejor, en caso de que a la propuesta clasificada como la mejor, se le haya tenido que hacer substituciones de personal, que no sean cambios propuestos por el Organismo de Ejecución. Sólo se harán excepciones si surgen demoras significativas en el tiempo programado para iniciar los servicios.

15. Las propuestas financieras se abrirán y evaluarán sólo después de que la evaluación

técnica haya concluido y se hayan asignado a cada propuesta los puntos en base a sus méritos técnicos. Solamente se abrirán y evaluarán los sobres de precios de las empresas que hayan recibido por lo menos ochenta (80) puntos técnicos en la evaluación técnica . Los sobres de precios de las empresas restantes permanecerán cerrados y se devolverán después de que el Organismo de Ejecución haya firmado un

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contrato con la empresa seleccionada. Para propósitos de evaluación de la propuesta, los precios se convertirán a una sola moneda, usando las tasas (de cambio) de venta de las monedas del precio, cotizadas por una fuente oficial de operaciones similares. En la evaluación final, ochenta (80) por ciento corresponderá a la puntuación técnica y veinte (20) por ciento al precio total evaluado. Se seleccionará a la empresa que haya obtenido la puntuación ponderada evaluada como la más alta y se le invitará a negociar el contrato.

Negociaciones 16. Favor de tomar en cuenta que cualquier costo incurrido por usted en la preparación de la

propuesta y negociación del contrato, incluyendo viajes al lugar del proyecto o a las oficinas del Organismo de Ejecución, no es reembolsable como costo directo del estudio.

17. Una vez que se haya seleccionado a una empresa, en parte en base a la evaluación del

personal presentado en la propuesta de esa empresa, el Organismo de Ejecución espera negociar el contrato en base a los expertos designados en la propuesta y requerirá que se le asegure que estos expertos, en realidad, estarán disponibles. Puesto que la fecha esperada de movilización se especifica en la carta de invitación, el Banco considerará substituciones después de las negociaciones del contrato, únicamente en caso de demoras imprevistas que retrasen la fecha de inicio o excepcionalmente porque un experto esté incapacitado por razones de salud. Para efectos de substituciones, no se aceptará que la empresa quiera usar a un experto en otro proyecto.

18. Después de la selección, la empresa que haya enviado la propuesta que recibió la

clasificación más elevada, inmediatamente será invitada a negociar las condiciones financieras y demás condiciones contractuales. Las negociaciones se iniciarán con un diálogo acerca de la propuesta técnica, del planteamiento y plan de trabajo que se proponen, del personal y cualquier sugerencia que pudieran tener los consultores para mejorar los términos de referencia. En primer lugar, se llegarán a acuerdo en cuanto a los términos de referencia finales, al programa de trabajo, al programa de tiempos, al personal que se utilizará y a los períodos de tiempo que pasarán en el campo y en la oficina matriz, y luego, en cuanto a las instalaciones y servicios que proporcionarán las contrapartes locales. Después, se iniciarán las negociaciones financieras considerando las tarifas persona/mes para cada integrante del equipo, así como otros costos presentados por los consultores. Si bien la evaluación financiera del Organismo de Ejecución para seleccionar los consultores solamente se basará en los costos totales de las propuestas financieras como las presentan los consultores, subsecuentemente el Organismo de Ejecución evaluará la justificación de cada tiempo incluido en la propuesta financiera de la empresa seleccionada. Los consultores deben estar preparados para mostrar, durante las negociaciones, los datos que respaldan los honorarios del consultor y demás costos, así como estar conscientes y aceptar que las cuotas propuestas y demás costos se someterán a una evaluación a fondo por parte del Organismo de Ejecución y posiblemente a negociaciones.

19. Los funcionarios que realicen las negociaciones en nombre de la empresa deberán tener

autorización por escrito para negociar las condiciones financieras y otras condiciones contractuales para cerrar un acuerdo obligatorio. En caso de que las negociaciones no sean satisfactorias, la empresa que tiene la propuesta clasificada como la segunda mejor será invitada a negociar (y así sucesivamente, de ser necesario, hasta que se haya cerrado el contrato). Tan pronto como se haya firmado el contrato con la empresa de

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consultoría finalmente seleccionada, se notificará el resultado a las demás empresas de la lista breve.

Contrato 20. Los consultores deberán tener en cuenta que el contrato para este estudio será con el

Organismo de Ejecución. Bajo las condiciones del contrato, el pago de los consultores se hará periódicamente de acuerdo con el programa acordado durante las negociaciones, asegurándole a los consultores pagos regulares en moneda local y extranjera, siempre y cuando el trabajo esté avanzando conforme a lo planeado.

21. Generalmente, los consultores y su personal serán responsables por el pago de

impuestos, derechos, gravámenes u otras imposiciones fiscales en el país del trabajo, que tengan que ver con:

(a) pagos a consultores o a su personal por el desempeño de sus servicios; (b) equipo, materiales y abastecimientos que se hayan llevado al país del trabajo para

realizar los servicios; y (c) bienes llevados al país del trabajo, para uso personal de los trabajadores del

consultor y/o de sus dependientes.

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FORMULARIO I

TRABAJO PRINCIPAL REALIZADO EN LOS ÚLTIMOS DIEZ AÑOS

QUE MEJOR DEMUESTRA SUS CUALIDADES

Se debe proporcionar la siguiente información para cada proyecto de referencia en el formulario que se indica más adelante.

Nombre del proyecto: País:

Ubicación del proyecto en el país Personal profesional asignado: No. de personas:

Nombre del Cliente No. de personas/meses:

Fecha de inicio: (mes/año)

Fecha de terminación (mes/año)

Valor aproximado de los servicios:

Nombre de la empresa asociada (si la hay) No. de persona/meses del personal profesional proporcionado por la empresa asociada:

Personal directivo que participa y funciones que desempeña:

Descripción en detalle del proyecto y de los servicios prestados:

Nombre de la Empresa: _______________________

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FORMULARIO 2

FORMULARIO DE DATOS BIOGRÁFICOS A ENTREGARSE CON LA PROPUESTA

1. PUESTO PROPUESTO : 2. NOMBRE : 3. FECHA DE NACIMIENTO : 4. NACIONALIDAD : 5. EDUCACIÓN : 6 OTRO TIPO DE CAPACITACIÓN : 7. IDIOMA Y NIVEL DE DOMINIO : 8. ASOCIACIONES PROFESIONALES : 9. PAÍSES DONDE HA TRABAJADO : 10. EXPEDIENTE : (Comenzando con el puesto actual. Escriba en PROFESIONAL orden inverso cada uno de los trabajos que haya

tenido) DE : A: PATRÓN : PUESTO Y DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES : 11. TAREAS ESPECÍFICAS : Trabajo desempeñado que mejor ilustra la ASIGNADAS EN ESTE capacidad para manejar las tareas asignadas. PROYECTO

: Escriba el nombre del proyecto, ubicación, año, puesto desempeñado (ej. Jefe del Equipo, Hidrólogo, Economista Agrícola, etc.), funciones específicas desempeñadas y tiempo en cada proyecto).

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FORMULARIO 4

DESGLOSE DE LAS TARIFAS DE REMUNERACIÓN PROPUESTAS (Este desglose detallado de las tarifas propuestas no se requiere en la propuesta financiera,

pero la empresa seleccionada debe tenerlo disponible para efectos de negociaciones)

Moneda: ________

Proyecto: _______________________ Empresa: _________________________________

EXPERTO

(1) Salario Básico

(2) Prestaciones

(3) Gastos

fijos

(4) Subtotal

(5) Cuota

(6) Honorarios de Oficina

Matriz

(7) Otros

(8) Honorarios de Campo

Nombre Puesto Por Mes Cal.

(% de 1) (% de 1) (1+2+3) (% de 4) Por Mes (4+5)

Reservas Por Mes (6+7)

Notas:

Partida 1: El salario básico es el salario bruto real que se paga regularmente al experto antes de deducciones y pagos complementarios. SE PUEDEN REQUERIR HOJAS REALES DE NÓMINA PARA CADA EXPERTO QUE SE PROPONGA.

Partida 2: Las prestaciones sociales incluyen las contribuciones del patón al: seguro social, vacaciones pagadas, costos promedio de ausencia por enfermedad y otros costos directos de personal pagados por la empresa. Se debe entregar y respaldar un desglose del pago que se propone.

Partida 3: Los gastos fijos incluyen, entre otras cosas, costos generales de administración, renta, costos de oficina y de personal no facturables, gastos de mercadotecnia del negocio, etc. Se debe entregar un desglose respaldado de la cuota en base al porcentaje que se propone para gastos fijos.

Partida 5: La cuota incluye la utilidad de la compañía y cualquier otra distribución de utilidades reales o consideradas pagadas a través de salarios o prestaciones para los socios o directores.

Partida 7: Otros costos que se apliquen a tarifas de facturación, como subsidios por servicio en el campo, para las cuales se haya presentado justificación y documentación de apoyo adecuadas.

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FORMULARIO 5 Hoja 1 de 2

ESTIMACIONES DE COSTOS1

REMUNERACIÓN

SERVICIOS EN LA OFICINA MATRIZ

Nombre Número de Persona-meses

Tarifa Mensual de Oficina Matriz

Monto Estimado

________ Total Oficina Matriz

________

SERVICIOS EN EL CAMPO2

Nombre Número de

Persona/Meses Tarifa Mensual en el Campo

Monto Estimado

_______ Total en el Campo

_______ __________________________ 1 especificar la moneda usada 2 incluir tiempo de viaje

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FORMULARIO 5 Hoja 2 de 2

GASTOS EFECTIVOS: Preparar un programa de otros gastos usando las siguientes partidas indicativas. De ser necesario, preparar en hoja(s) por separado: 1. Gastos de viaje 2. Gastos varios de viaje 3. Viáticos 4. Comunicaciones 5. Reproducción y envío de documentos de licitación, informes, etc. 6. Equipo y otros artículos

________ Otros Gastos

Total ________

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GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA COMISIÓN ESTATAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE TIJUANA

CONTRATO DE SERVICIOS

Contrato de Prestación de Servicios Relacionados con la Obra Pública mediante Órdenes de Trabajo y tiempo determinado, consistentes en la “Coordinación, Supervisión y Administración de la Construcción de 190 descargas y 524 interconexiones domiciliarias en las Colonias Alcatraces, Ejido Plan Libertador y Ampliación Lucio Blanco, en los municipios de Tijuana y Playas de Rosarito, Baja California” , que celebran por una parte, la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, a quien en lo sucesivo se le denominará "EL ORGANISMO" , representada por el C. ____________________, en su carácter de Director General y por la otra, la empresa _________________________________, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL CONSULTOR”, representado por el C. ___________________________, en su carácter de __________________________, de conformidad con las declaraciones y cláusulas siguientes:

D E C L A R A C I O N E S I. "LA CONTRATANTE" declara: I.1 Que es un Organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Baja California, con

personalidad jurídica y patrimonio propios, y sus funciones se rigen por la Ley de Comisiones Estatales de Servicios Públicos del Estado de Baja California, publicada en el Periódico Oficial del Estado el ____ de _______________ de __________, dado en el salón de sesiones del H. Poder legislativo, en la ciudad de Tijuana, Baja California a los ___ días del mes de __________ de ________.

I.2 Que entre sus funciones esta todo lo relativo al cumplimiento y realización de los sistemas de

agua potable y alcantarillado de aguas negras, la ejecución directa y por contratación de las obras y servicios relacionados con las mismas, a que se refieren dichos sistemas.

I.3 Que esta representada para la celebración del presente instrumento por el C.

______________________, en su carácter de Director General de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, en ejercicio de las facultades que establece el artículo 17 fracciones I, II y III de la Ley de Comisiones Estatales de Servicios Públicos del Estado de Baja California acredita su carácter con nombramiento expedido por el C. Gobernador Constitucional ____________________________el cual fue protestado en fecha __ de noviembre de ____ tal y como consta protocolizado en la escritura pública número ____, levantada ante la fe del notario No. __ de Tijuana, B. C. de la misma.

I.4 Que tiene establecido su domicilio en Blvd. Federico Benítez No. 4057 Col. 20 de Noviembre

Tijuana, B. C., mismo que señala para los fines y efectos legales de este contrato. I.5 Las erogaciones que se deriven del presente contrato serán cubiertas con cargo al fondo de

recursos No Reembolsables del Banco de Desarrollo de América del Norte (BDAN ) y de la Agencia de Protección Ambiental (EPA), cuya administración y ejecución se autorizó a la contratante mediante los contratos BEIF No. BC4230 y BEIF No. BC4250 , para sufragar dicho costo, y se propone utilizar parte de esos recursos para realizar pagos elegibles de acuerdo al presente contrato. El “BDAN” efectuara pagos solamente a solicitud de Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana y previa aprobación de conformidad con las estipulaciones y condiciones del Contrato de Recursos No Reembolsables BEIF No. BC4230 y BEIF No. BC4250; Dichos pagos estarán sujetos en todos sus aspectos, a las condiciones estipuladas en el mencionado contrato de recursos no reembolsables, a las políticas del BDAN, así como a las cláusulas y condiciones del presente instrumento.

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I.6 Que la adjudicación del presente contrato se realizo a través del procedimiento de lista corta de

fecha __ de ----------de 2014 y cuyo fallo se emitió el día ___ de ________ de 2014, de acuerdo con las Políticas y Procedimientos de Contratación y Adquisición del BDAN, determinándose que una vez adjudicado el contrato de servicios, la relación jurídica entre “EL ORGANISMO” y “EL CONSULTOR” , se sujetara a lo previsto en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Mismas.

I.7 Que el presente contrato es de derecho público. II “EL CONSULTOR” declara: II.1 Que acredita la legal existencia de su empresa con copia certificada de su acta constitutiva

No._______, volumen __________ de fecha ____ de _________ de ___________, expedida por el notario público No. ____, c. _______________ de la ciudad de __________, ________. , inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, bajo la partida No. _____________, sección civil, con fecha _______ de __________ de ________ , en la ciudad de _________.

II.2 Que para efectos del presente contrato, “EL CONSULTOR” tiene celebrado contrato de

Asociación en Participación de fecha ______ de _________ de __________ , donde las empresas asociadas a ___________________, para la ejecución de los trabajos objeto de este contrato son “________________________, _____ de ____” y “_________________________________, _____ de ___” cuyas constituciones legales constan en contrato de asociación en participación.

Adjuntando el contrato en donde se establecen con precisión la obligación solidaria de los integrantes o bien, las partes de los trabajos que cada empresa se obliga a ejecutar, así como la manera en que, en su caso, se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, documento que se acredita mediante la certificación notarial no. ________, volumen no. ______, de fecha ____ de ________ de ________ otorgado ante la fe del notario publico No. __, c. ______________, de la ciudad de __________, ________.

Así mismo en el contrato mencionado se especifica que no existirá relación jurídica entre las asociadas y la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, por lo tanto la empresa responsable de los trabajos ante “LA CONTRATANTE” será “__________, __.”

II.3 Que el C. ____________________________ acredita ser representante legal de “EL

CONSULTOR” con poder legal otorgado en el acta constitutiva de la empresa manifestando bajo protesta de decir verdad que a la fecha el poder otorgado mediante el citado instrumento, no le ha sido revocado ni limitado el cargo con el que comparece.

II.4 Que tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones técnicas y económicas para

obligarse a la ejecución de los trabajos objeto de este contrato. II.5 Que cuenta con los registros que se citan a continuación los cuales están vigentes o sus

equivalentes para empresas extranjeras:

- Registro Federal de contribuyentes de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público No. ____________________. - Registro del Instituto Mexicano del Seguro Social: No.________________ - Registro del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores: No. ______________

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- Registro en el Padrón de Contratistas del Gobierno del Estado: No. ____________ - Registro en la Cámara Nacional de Empresas de Consultoría: No. ______

Por lo que respecta a los registros con los que no cuente, “EL CONSULTOR” se compromete a aceptar la responsabilidad de lo que resultare por la falta de los mismos.

II.6 Que tiene su domicilio en territorio nacional dentro del Estado de Baja California donde se

desarrollaran los trabajos, que para el caso podría ser en el Municipio de Tijuana en __________, en ______, __________, mismo que se señala para oír y recibir todo tipo de notificaciones con fines y efectos legales de este contrato.

II.7 Que conoce el contenido y los requisitos que establecen las Políticas y Procedimientos de

Adquisición y Contratación del Banco de Desarrollo de América del Norte (“BDAN”), así como su Manual de Desembolsos, así como el contenido de los anexos de este documento que, debidamente firmados por las partes, integran el presente contrato.

III. Ambas partes declaran: III.1 Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que comparecen y se obligan en el

presente instrumento jurídico. III.2.- Que conocen el alcance y el contenido de los documentos que forman parte integrante del

presente contrato y constan de lo siguiente:

a) Formulario de la propuesta técnica. b) Los términos de referencia. c) El presupuesto. d) El curriculum vitae de los miembros del equipo que participaran en la ejecución de

los trabajos. e) Los programa de ejecución de los trabajos. f) Políticas y Procedimientos del BDAN. g) Manual de desembolsos del BDAN.

IV. DEFINICIONES: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación: A) Por “CONTRATO”, se entenderá por el acuerdo celebrado entre "LA CONTRATANTE" y “EL

CONSULTOR” según consta en el presente instrumento, incluyendo todos sus anexos y apéndices y todos los documentos incorporados a el por referencia.

B) Por “LA CONTRATANTE”, se entenderá Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana,

representada por el Ing. Hernando Duran Cabrera, en su carácter de DIRECTOR GENERAL. C) Por “EL CONSULTOR”, se entenderá a “__________, Sociedad Civil” representada por el

________ ________, en su carácter de ________________. D) Por “MONTO DEL CONTRATO” , se entenderá el precio pagadero a “EL CONSULTOR ”, de

conformidad con el contrato a cambio del debido y pleno cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

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E) Por “TRABAJOS”, se entenderán el conjunto de trabajos descritos en la cláusula primera del contrato.

F) Por “SITIO”, se entenderá el lugar donde se ejecutaran los trabajos objeto de este contrato de

servicios. G) Por "BDAN", se entenderá el Banco de Desarrollo de América del Norte. H) Recursos del presente contrato, son aquellos que derivan del fondo de recursos no

reembolsables a cargo del BDAN. Enteradas las partes del contenido y alcance de las declaraciones anteriores, convienen de conformidad con las siguientes:

C L Á U S U L A S:

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO. “LA CONTRATANTE” encomienda a “EL CONSULTOR” la realización de los trabajos consistentes en la “Coordinación, Supervisión y Administración de la Construcción de 190 descargas y 524 interconexiones domiciliarias en las Colonias Alcatraces, Ejido Plan Libertador y Ampliación Lucio Blanco, en los municipios de Tijuana y Playas de Rosarito, Baja California” , y éste se obliga a realizarlos hasta su total terminación, acatando para ello lo establecido por los diversos ordenamientos, normas y anexos señalados en el inciso II.7 de las declaraciones de este contrato, así como las normas vigentes en el lugar donde deben realizarse los trabajos, mismos que se tienen por reproducidos como si se insertasen a la letra como parte integrante de este contrato. SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO. El monto total del presente contrato se integra de la siguiente manera: $______________ Dólares (________________________ Moneda Americana) mas el impuesto al valor agregado por la cantidad de $__________.____ Dólares (______________________________________________ Moneda Americana), dan como monto total del contrato la cantidad de $____________ Dólares (______________________________ Moneda Americana. La cantidad total mencionada en párrafo anterior solo podrá incrementarse previo convenio entre las partes y la aprobación del “BDAN”, por lo que si “EL CONSULTOR” realiza trabajos por mayor valor del indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra para la ejecución de los trabajos excedentes, no tendrá derecho de reclamar pago alguno por ello. TERCERA.- PLAZO DE EJECUCIÓN. Será de 92 (noventa y dos) días naturales; “EL CONSULTOR” se obliga a iniciar los trabajos objeto de este contrato en día ___ de _______ del 2014 y a concluirlas a más tardar el día ___ de _______ del 2014. CUARTA.- INFORMES. “EL CONSULTOR” entregara informes periódicos a “LA CONTRATANTE”, dichos informes deberán ser conforme lo señalan los términos de referencia, tanto en requisitos y forma, como en la periodicidad que se mencione en los mismos.

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QUINTA.- PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS. “EL CONSULTOR” no podrá divulgar por medio de publicaciones, informes o conferencias o en cualquier otra forma los datos de los trabajos objeto de este contrato, sin la autorización expresa y por escrito de "LA CONTRATANTE" pues dichos datos y resultados son propiedad de esta. SEXTA.- FORMA DE PAGO.- “LA CONTRATANTE” y “EL CONSULTOR” convienen que los trabajos objeto del presente contrato, se paguen mediante Órdenes de Trabajo que serán presentadas por “LA CONTRATANTE” a “EL CONSULTOR” dentro de los 15 (quince) días anteriores al inicio de cada período. Una vez recibida la Orden de Trabajo, “EL CONSULTOR” entregará dentro de los 2 (dos) días siguientes a su recepción, una propuesta del personal, su costo Hora/Hombre, su justificación y el costo estimado para cumplir con la Orden de Trabajo . “LA CONTRATANTE” revisará y aprobará por escrito la propuesta dentro de los 7 (siete) días anteriores al inicio de cada período. Esta propuesta podrá ser modificada por acuerdo mutuo de las partes y “LA CONTRATANTE” sólo pagará por los trabajos ejecutados por “EL CONSULTOR” durante el período estimado, mediante la formulación de estimaciones sujetas al avance de los trabajos a supervisar, con base en los Términos de Referencia. Las partes convienen que las estimaciones de los trabajos objeto del presente contrato se deberán formular con una periodicidad no mayor de 30 (treinta) días naturales, las que serán presentadas por “EL CONSULTOR” a “LA CONTRATANTE” acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago dentro de los seis días hábiles siguientes a la fecha de corte; “LA CONTRATANTE” dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que le sean entregadas las estimaciones deberá revisar, y en su caso autorizar, las estimaciones correspondientes. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas, las partes tendrán dos días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo señalado para la revisión, para conciliar dichas diferencias y en su caso autorizar la estimación correspondiente. De no ser posible conciliar todas las diferencias, las pendientes deberán resolverse e incorporarse en la siguiente estimación. Las estimaciones y la liquidación aunque hayan sido pagadas no se consideran como aceptación de los trabajos ya que “LA CONTRATANTE” se reserva expresamente el derecho de reclamar por trabajos faltantes o mal ejecutados o por pago de lo indebido. El procedimiento para el pago a cargo del “BDAN” será el siguiente: “LA CONTRATANTE” enviara una solicitud de desembolso por escrito al “BDAN” , firmada por las personas debidamente autorizadas, dicha solicitud deberá hacerse en un plazo no mayor de 8 (ocho) días posteriores a la autorización de la estimación. En la solicitud se especificara la cuenta donde se depositara dicho desembolso y se describirá en detalle los conceptos que serán pagados con los recursos del mismo, adjuntando copias de los contratos, facturas o comprobantes correspondientes, los cuales deberán ser certificados por “LA CONTRATANTE” . Cuando “EL CONSULTOR” reciba pagos en exceso, deberá reintegrar el importe en un plazo no mayor de 10 días naturales sin necesidad de requerimiento previo, en caso contrario, deberá pagar como pena convencional por el retraso en la devolución intereses moratorios calculados conforme al procedimiento establecido en el código fiscal de la federación, como si se tratara del supuesto de prorroga para el pago de créditos fiscales, conforme a la tasa que corresponda en la fecha en que se incurra en mora. Dichos gastos se calcularan sobre las cantidades no reintegradas y se computaran por días naturales desde que se venció el plazo hasta la fecha en que se ponga efectivamente las cantidades a disposición de “LA CONTRATANTE”.

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SÉPTIMA.- GARANTÍAS.- “EL CONSULTOR” deberá garantizar: Para garantizar el cumplimiento del contrato, es decir el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que deriven directamente o indirectamente del mismo, se constituirá una fianza por el diez por ciento del importe total del contrato, que importa la cantidad $__________ dólares americanos (____________________________ moneda americana) incluyendo el impuesto al valor agregado, mediante póliza de fianza expedida por institución autorizada a favor del “ Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana y / o Banco de Desarrollo de América del Norte” ; la vigencia de dicha póliza será desde la firma del contrato hasta ----doce----- meses posteriores a la terminación de los trabajos. En todo caso subsistirá esta garantía hasta que quede resuelta cualquier controversia por sentencia firme. La garantía deberá ser presentada dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que “EL CONSULTOR” reciba copia del fallo de adjudicación. Las fianzas deberán contener las siguientes declaraciones expresas de la institución que las otorgue: a) . Deberá ser expedida a favor del “Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana y/o

Banco de Desarrollo de América del Norte”. b) . Monto de la fianza con número y letra, incluyendo el I.V.A. c) . Concepto por el cual se esta afianzando, fecha del contrato, número de contrato, nombre de la

empresa contratista, nombre de la persona física que la representa y el carácter con el cual la representa, nombre de los servicios contratados, monto del contrato (con número y letra).

d) . Deberá contener el nombre o razón social del fiado, domicilio y R. F. C. e) . La fianza deberá contener el domicilio de la sucursal de la institución afianzadora así como su

teléfono en la ciudad de Tijuana, B. C. f) . La fianza se otorgara atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrato.

g) . Que en el caso de que se prorrogue el plazo establecido para la terminación de los trabajos a

que se refiere la fianza o exista espera, su vigencia quedara automáticamente prorrogada en concordancia con dicha prorroga o espera.

h) . Que para cancelar la fianza de cumplimiento será requisito indispensable la solicitud expresa y

por escrito de Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana con autorización del “BDAN” por escrito.

i) . Que para cancelar la fianza de anticipo será requisito indispensable la solicitud expresa y por

escrito de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana, previa autorización del “BDAN” por escrito.

j) . Si transcurrido el plazo no se hubiese otorgado la fianza respectiva, “LA CONTRATANTE”

podrá declarar la rescisión administrativa del contrato. k) . Que la institución afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución

establecido en los artículos 95 y 118 de la ley federal de instituciones y fianzas. El texto de la presente cláusula deberá quedar inserto íntegramente en las garantías que se otorguen; quedando a salvo los derechos de “la contratante” para exigir el pago de cantidades no cubiertas que a su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas.

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OCTAVA.- AJUSTE DE PRECIOS No habrá ajuste de precios. Las partes acuerdan que el precio establecido en el presente contrato es fijo, no se modificará e incluye el total de los trabajos requeridos en los Términos de Referencia y en relación a la propuesta presentada por “EL CONSULTOR” , que forman parte integral de este instrumento. NOVENA.- RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS.- “EL CONSULTOR” comunicara a “LA CONTRATANTE” la conclusión de los trabajos que le fueron encomendados, esta verificara dentro de los 30 (treinta) días calendario siguientes la debida terminación de los mismos, al finalizar la verificación de los trabajos “LA CONTRATANTE” contara con un plazo de treinta días naturales para proceder a su recepción física y documental, mediante el levantamiento del acta correspondiente. “LA CONTRATANTE” se reserva el derecho de reclamar por trabajos faltantes o mal ejecutados, de conformidad con lo asentado en el inciso c) de la cláusula séptima de este contrato. “EL CONSULTOR”, se compromete a verificar y entregar a LA CONTRATANTE , a más tardar en la fecha pactada para la terminación de los trabajos los planos definitivos, cuya elaboración sería responsabilidad de LA CONTRATISTA, incluyendo los detalles de las solicitudes efectuadas Antes que se lleve a cabo la celebración del acto de entrega-recepción, “EL CONSULTOR” tendrá la obligación de entregar a “LA CONTRATANTE” el informe final descrito en este contrato, en original y copia, tanto en forma impresa como medios electrónicos (CD’s con software compatible con el Organismo de Ejecución, Office, AutoCAD, etc.), debiendo contener la información acorde con los términos de referencia, y demás referencias relativas al trabajo DÉCIMA. - ACTIVIDADES DE “EL CONSULTOR”. Todas las actividades que deberá realizar “EL CONSULTOR” incluyendo los reportes, la forma y periodicidad de entrega de los mismos, así como las reuniones de trabajo, se encuentran debidamente descritos en los términos de referencia, los cuales forman parte integrante del presente contrato. DÉCIMA PRIMERA.- RELACIONES DE “EL CONSULTOR” CON SUS TRABAJADORES. “EL CONSULTOR” como empresario y patrón del personal que ocupa con motivo de los trabajos materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social. “EL CONSULTOR” conviene por lo mismo, en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentaren en su contra o en contra de “LA CONTRATANTE” en relación con los trabajos de este contrato, obligándose a reembolsarle cualquier cantidad que erogue con motivo de reclamaciones de los empleados o trabajadores de “EL CONSULTOR”. DÉCIMA SEGUNDA.- RESPONSABILIDADES DE “EL CONSULTOR”. “EL CONSULTOR” será el único responsable de la “Coordinación, Supervisión y Administración de la Construcción de 190 descargas y 524 interconexiones domiciliarias en las Colonias Alcatraces, Ejido Plan Libertador y Ampliación Lucio Blanco, en los municipios de Tijuana y Playas de Rosarito, Baja California” , así como de las disposiciones establecidas al efecto por “LA CONTRATANTE” . Las responsabilidades y daños y perjuicios que resulten por incumplimiento del contrato, serán a cargo de “EL CONSULTOR” .

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“EL CONSULTOR” se obliga a prestar los servicios objeto de este contrato, conforme a los términos de referencia establecidos y la prestación de dichos servicios se efectúe a satisfacción de "LA CONTRATANTE". Al término de todos los trabajos, no obstante su recepción formal, “EL CONSULTOR” se obliga a apoyar a "LA CONTRATANTE" a formular las reclamaciones que resulten necesarias en los casos que la obra supervisada resultaren defectos o vicios ocultos. DÉCIMA TERCERA.- PENAS CONVENCIONALES POR INCUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA. Sanciones por incumplimiento del programa de ejecución de los servicios. “LA CONTRATANTE” tendrá la facultad de verificar si los servicios objeto de este contrato se están ejecutando por “EL CONSULTOR” de acuerdo con las normas de servicios técnicos, los términos de referencia, especificaciones correspondientes, el programa y el presupuesto, para lo cual “LA CONTRATANTE” comparara periódicamente el avance de los servicios, con el personal y el equipo propuesto y asignado por “EL CONSULTOR” y de acuerdo a reportes, etc. Si como consecuencia de dicha comparación, el avance de los servicios es menor de lo que debió realizarse, “LA CONTRATANTE” procederá a:

A) Retener en total el 3% (tres por ciento) de la diferencia entre el importe de los servicios realmente ejecutados y el importe de lo que debió realizarse, multiplicado por el número de meses transcurridos desde la fecha en que estaba programado el importe de los servicios realmente ejecutados en la fecha de revisión, hasta la fecha de revisión. Esta revisión podrá hacerse cada siete días a partir de la fecha de inicio de los servicios, a efecto de hacer la retención o devolución que corresponda. Igualmente se efectuara una revisión del programa en la fecha programada para la terminación de los servicios, y en el caso de que “EL CONSULTOR” no haya concluido en esa fecha y se le hayan aplicado retenciones cuya devolución no sea procedente, estas quedaran a favor de “LA CONTRATANTE” como pena convencional por el retardo en el cumplimiento de las obligaciones a cargo de “EL CONSULTOR” .

B) Aplicar para el caso de que “EL CONSULTOR” no concluya los servicios en la fecha

señalada en el programa, una pena convencional consistente en una cantidad igual al 3% (tres por ciento) del importe de los trabajos que no se hayan realizado en la fecha de terminación señalada en el programa multiplicada por el número de días de retraso. Para determinar la aplicación de las sanciones estipuladas se tomaran en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o fuerza mayor o por cualquiera otra causa, que a juicio de “LA CONTRATANTE” no sea imputable a “EL CONSULTOR” . Independientemente de las penas convencionales señaladas anteriormente “LA CONTRATANTE” podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato o la rescisión del mismo. Las cantidades que resulten de la aplicación de las penas convencionales que se impongan a “EL CONSULTOR” se harán efectivas con cargo a las cantidades que le hayan sido retenidas o en su caso con cargo a las estimaciones que se formulen por trabajos ejecutados, aplicando si da lugar a ello, la fianza otorgada conforme a lo estipulado en las propias reglas.

C) En caso de que “LA CONTRATANTE” proceda a rescindir el contrato procederá a hacer

efectivas las fianzas y se abstendrá de cumplir los importes resultantes de trabajos ejecutados aun no liquidados hasta que se otorgue el finiquito correspondiente.

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Independientemente de que se hayan aplicado o no las sanciones por incumplimiento en el programa general de ejecución de los servicios “LA CONTRATANTE” tendrá la facultad de hacer una revisión de cualquiera de los programas de ejecución en cualquier termino, comparando el monto de lo realmente ejecutado contra lo establecido en dicho programa y si el monto real es menor a lo programado se procederá a aplicar las sanciones por incumplimiento de programa con el mismo procedimiento señalado para la aplicación de sanciones por incumplimiento del programa de ejecución de los servicios. DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO. “LA CONTRATANTE” podrá rescindir en cualquier momento unilateral y administrativamente sin necesidad de acudir a los tribunales judiciales y sin responsabilidades el presente contrato por razones de interés general o por contravención de “EL CONSULTOR” a los términos del contrato o de las políticas del BDAN u otras disposiciones aplicables al presente contrato. Lo anterior sin perjuicio de la aplicación de penas convencionales establecidas en el presente contrato, así como hacer efectiva la garantía otorgada por cumplimiento del mismo. Si “EL CONSULTOR” es quien decide rescindir el contrato, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtener la declaración correspondiente. La rescisión administrativa del contrato se ajustara a lo siguiente: I.- Cuando se determine la rescisión del contrato, por causa no imputable al consultor, se pagara a solicitud de “EL CONSULTOR” los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre y cuando estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato de que se trate. II.- en caso de rescisión de este contrato por causas imputables al consultor, se procederá a hacer efectivas las garantías y se abstendrá de cubrir los importes de trabajos ejecutados aun no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, lo que deberá efectuarse dentro de los cuarenta días naturales siguientes a la fecha de la notificación de la rescisión, en dicho finiquito deberá preverse el sobrecosto de los trabajos no ejecutados, así como lo relativo a la recuperación de los materiales y equipo que, en su caso se le hayan entregado a “EL CONSULTOR” . Lo anterior, sin perjuicio de las diversas responsabilidades que pudieran existir. Las causas que puedan dar lugar a la rescisión por parte de “LA CONTRATANTE” , serán:

1.- Que “EL CONSULTOR” no inicie los trabajos objeto de este contrato en la fecha en que por escrito le señale “LA CONTRATANTE” ;

2.- Que “EL CONSULTOR” suspenda injustificadamente los trabajos o se niegue a ejecutar

parte de ellos, que hubieren sido rechazados como defectuosos por “LA CONTRATANTE” .

3.- Que “EL CONSULTOR” no ejecute los trabajos de conformidad con lo estipulado o sin

motivo justificado no acate las órdenes dadas por escrito por la contratante. 4.- Que “EL CONSULTOR” no de cumplimiento al programa de ejecución de los trabajos y,

a juicio de “LA CONTRATANTE” , el atraso pueda dificultar la terminación satisfactoria de los trabajos en el o los plazos estipulados;

5.- Que “EL CONSULTOR” sea declarado en quiebra o suspensión de pagos.

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6.- Que “EL CONSULTOR” ceda los derechos de cobro derivados del contrato, sin sujetarse a lo dispuesto en este contrato, “EL CONSULTOR” solo podrá ceder o comprometer sus derechos de cobro sobre las estimaciones que por trabajos ejecutados le expida “LA CONTRATANTE” o sobre los documentos que amparan la devolución del deposito de garantía, con la aprobación expresa, previa y por escrito de “LA CONTRATANTE” .

7.- Que “EL CONSULTOR” no de a “LA CONTRATANTE” y las dependencias que tengan

facultad para intervenir en el desarrollo de los servicios, las facilidades y datos necesarios para la inspección y vigilancia;

8.- Que “EL CONSULTOR” cambie su nacionalidad por otra, en el caso de que haya sido

establecido como requisito tener esa nacionalidad. 9.- Que “EL CONSULTOR” siendo extranjero, invoca la protección de su gobierno en

relación a este contrato y; 10.- En general, por el incumplimiento por parte de “EL CONSULTOR” a cualesquiera de las

estipulaciones y obligaciones derivadas del presente contrato y sus anexos, a las leyes y reglamentos aplicables, o a las ordenes de la contratante, quien podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo y el de las penas convenidas en su caso o declarar la rescisión administrativa.

Para la amortización de los anticipos en caso de rescisión del presente contrato, el saldo por amortizar se reintegrará a “LA CONTRATANTE” en un plazo no mayor de veinte días naturales contados a partir de la fecha en que le sea comunicada la rescisión a “EL CONSULTOR”. Las partes convienen que “LA CONTRATANTE” solo podrá estar en aptitud de rescindir el contrato, cuando haga del conocimiento al consultor de las razones que tuviere para ello, para que este dentro del termino de 20 días naturales contados a partir de la fecha en que reciba la notificación respectiva, manifieste lo que a su derecho convenga, en cuyo caso “LA CONTRATANTE” resolverá lo procedente. En caso de rescisión de contrato “LA CONTRATANTE” levantara acta circunstanciada, donde se haga constar el estado que guardan los trabajos ejecutados por “EL CONSULTOR” hasta ese momento y se asentaran en dicha acta las causas que motivaron la rescisión. DÉCIMA QUINTA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. “LA CONTRATANTE” podrá suspender temporalmente en todo o en parte los servicios objeto del presente contrato, por cualquier razón justificada, o por razones de interés general, notificando por escrito a “EL CONSULTOR” , sin que ello implique su terminación definitiva. El presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión, sin la posibilidad de que de la misma se pueda pedir convenio, multas, ajuste de costos, prorroga mayor a la suspensión temporal en el plazo de ejecución, fianzas, anticipos, intereses de la demora, así mismo no podrá haber reclamación de ningún tipo por parte de “EL CONSULTOR” por motivo de la suspensión temporal del contrato. DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA. Cuando la terminación anticipada del contrato ocurra por razones de interés general, pagara a “EL CONSULTOR” los trabajos ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato.

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Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación de los trabajos, “EL CONSULTOR” podrá suspender los trabajos, en este supuesto, si opta por la terminación anticipada del contrato, deberá presentar su solicitud a "LA CONTRATANTE" , quien resolverá dentro de los veinte días naturales siguientes a la recepción de la misma, en caso de negativa, será necesario que “EL CONSULTOR” obtenga de la autoridad judicial correspondiente la declaratoria respectiva; continuando con la obligación de ejecutar los trabajos. Por el incumplimiento del contrato por parte de "LA CONTRATANTE" , “EL CONSULTOR” tiene derecho a recibir el pago por los trabajos ejecutados así como los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato. Finalmente, la extinción o perdida de la personalidad jurídica de “EL CONSULTOR” dará lugar a la terminación anticipada del contrato, acordándose pagar a sus sucesores o beneficiarios los trabajos ejecutados que se encuentren pendientes de liquidación. DÉCIMA SÉPTIMA.- NORMATIVIDAD APLICABLE. Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato, a todas y a cada una de las cláusulas que lo integran, así como a las políticas y procedimientos de contratación y adquisición del "BDAN" así como a las disposiciones La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su reglamento. DÉCIMA OCTAVA.- OTRAS ESTIPULACIONES ESPECÍFICAS. “EL CONSULTOR” acepta que de las estimaciones que se le cubran, se haga la siguiente deducción. A) 0.3% aportación al instituto de capacitación I.C.I.C. DÉCIMA NOVENA.- JURISDICCIÓN Y TRIBUNALES COMPETENTES. Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para todo aquello que no este expresamente estipulado, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales civiles ubicados en la ciudad de Tijuana, Baja California, por lo tanto “EL CONSULTOR” renuncia al fuero que pudiere corresponderle por razón de su domicilio presente, futuro o por cualquier otra causa. El presente contrato se firma en Tijuana Baja California a los ____ de días del mes de _________________ de 2014.

“LA CONTRATANTE” Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana

El Director General

___________________________________

EL CONSULTOR

____________________________ El Representante Legal

Testigos

_______________________________ _____________________________

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POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN Y ADQUISICIÓN

BANCO DE DESARROLLO DE AMÉRICA DEL NORTE

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 2

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................... 3

2. PRINCIPIOS Y CONSIDERACIONES ................................................................................... 4

ELEGIBILIDAD ........................................................................................................................... 5 RESPONSABILIDADES DEL PRESTATARIO ..................................................................................... 5 PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN LAS ADQUISICIONES .......................................................... 5

3. PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN PARA OPERACIONES DEL SECTOR PÚBLICO .. 5

GENERALIDADES ....................................................................................................................... 5 APLICABILIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS ................................................................................... 6 PROCESO DE ADQUISICIÓN ........................................................................................................ 7 PLANEACIÓN DE ADQUISICIONES ................................................................................................ 7 NOTIFICACIÓN........................................................................................................................... 7 LICITACIÓN PÚBLICA (LICITACIÓN INTERNACIONAL) ...................................................................... 9 EXCEPCIONES A LA LICITACIÓN PÚBLICA ..................................................................................... 9 DOCUMENTOS DE LICITACIÓN ................................................................................................... 10 HABILITACIÓN PARA PARTICIPAR EN UNA LICITACIÓN .................................................................. 14 APERTURA DE OFERTAS .......................................................................................................... 14 EVALUACIÓN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS ....................................................... 14 CONTRATACIÓN ANTICIPADA/FINANCIAMIENTO RETROACTIVO ..................................................... 15 ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO ............................................................................................. 15 VIGILANCIA DE ADQUISICIONES Y REVISIONES DEL BANCO ......................................................... 16

4. ADQUISICIONES PARA OPERACIONES DEL SECTOR PRIVADO .................................. 16

ADQUISICIONES POR MEDIO DEL ARREGLO COT (CONSTRUCCIÓN-OPERACIÓN-TRANSFERENCIA) Y ARREGLOS SEMEJANTES DEL SECTOR PRIVADO ......................................................................... 17 ADQUISICIONES CON SUBPRÉSTAMOS OTORGADOS POR INTERMEDIARIOS FINANCIEROS .............. 18 ADQUISICIONES CON PRÉSTAMOS GARANTIZADOS POR EL BANCO .............................................. 18

5. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA ..................................................... 18

GENERALIDADES ..................................................................................................................... 18 PROCEDIMIENTOS PARA LA SELECCIÓN DE CONSULTORES ......................................................... 18 LISTAS BREVES ....................................................................................................................... 19 EVALUACIÓN Y SELECCIÓN ...................................................................................................... 20 NEGOCIACIONES DEL CONTRATO.............................................................................................. 21 ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO ............................................................................................. 21 CALIDAD DEL PERSONAL .......................................................................................................... 21 OTRAS DISPOSICIONES ............................................................................................................ 21 REVISIÓN POR PARTE DEL BANCO ............................................................................................ 22

ANEXO 1: REVISIÓN DE LAS DECISIONES DE ADQUISICIÓN POR PARTE DEL BANCO23

ANEXO 2: INSTRUCCIONES PARA LOS LICITANTES ......................................................... 25

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 3

1. INTRODUCCIÓN

1.1 Con el propósito de llevar a cabo su mandato, el Banco de Desarrollo de América del Norte (el "Banco") debe promover los principios de economía y eficiencia en sus operaciones. La creación de políticas y prácticas sanas de adquisición, basadas en el principio fundamental de competencia, es una parte integral de este proceso.

1.2 Procedimientos de adquisición transparentes y equitativos en la adjudicación de contratos para bienes, obras y servicios contribuyen a la formación de organizaciones eficientes, así como fomentan la responsabilidad y la eficiencia en función de los costos en el uso de fondos públicos; dos conceptos que son importantes tanto para el Banco como para los gobiernos de México y los Estados Unidos.

1.3 En lo que se refiere a proyectos específicos, que son el punto central de las operaciones del Banco, la eficiencia del proceso de adquisiciones repercute directamente en los costos y en el tiempo necesario para llevar a cabo los proyectos, así como en el funcionamiento final de la operación. Las prácticas de adquisición de bienes deberán ayudar a asegurar el éxito de la realización y la operación de los proyectos.

1.4 El inciso 8 del artículo 3 del Acuerdo entre los gobiernos de México y los Estados Unidos que estableció el Banco, estipula:

(a) Que el Banco no impone condición alguna para que los recursos de un préstamo sea utilizado en el territorio, ya sea [de México o de los Estados Unidos].

(b) Que el Banco tomará las medidas necesarias para asegurar que se utilicen los recursos de cualquier préstamo otorgado, garantizado o compartido por el Banco, únicamente para los fines de dicho préstamo, prestando la debida atención a asuntos de economía y eficiencia.

Con el objeto de complementar dichos principios, en el presente documento se establecen las políticas y procedimientos de adquisición a seguir en lo que se refiere a las operaciones de financiamiento del Banco.

1.5 El propósito de estas políticas y procedimientos es el de proporcionar información a las personas que realizarán un proyecto total o parcialmente financiado por el Banco, acerca de los procedimientos que deben seguir para adquirir los bienes, obras y servicios relacionados necesarios para el proyecto. En la sección 2, se describen los principios y consideraciones generales que son aplicables en todas las operaciones. La sección 3 describe los procedimientos de adquisición para las operaciones que tienen que ver con el sector público. La sección 4 contiene los procedimientos de adquisición para las operaciones financiadas por el Banco en el sector privado. La sección 5 se refiere a la selección de consultores por parte de los prestatarios en operaciones financiadas por el Banco.

1.6 El contrato de préstamo regirá las relaciones legales entre el prestatario del Banco y el Banco y dichas políticas y procedimientos tendrán que ver con la adquisición de bienes, obras y servicios para los proyectos según lo dispuesto en el contrato. Los

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 4

derechos y obligaciones de los prestatarios del Banco y de los proveedores de bienes y contratistas de obras y servicios para los proyectos serán regidas por los documentos de licitación y por los contratos celebrados entre los prestatarios y los proveedores de bienes o los contratistas de obras y servicios y no por estas políticas y procedimientos ni por el contrato de préstamo. Ninguna parte, excepto las partes del contrato de préstamo, podrá obtener derecho alguno del contrato de préstamo ni reclamar título sobre los recursos del préstamo.

2. PRINCIPIOS Y CONSIDERACIONES

Generalidades

2.1 El principio fundamental de las políticas del Banco es que, en general, los contratos del sector público deberán adjudicarse por medio de una licitación pública. Solamente en casos especiales se deberá realizar la adjudicación de contratos por medio de licitaciones limitadas o contratación directa. Las leyes y prácticas de adquisición no deberán discriminar en contra de productos, proveedores o contratistas locales ni del extranjero; además, los procedimientos deberán ser transparentes y aplicados equitativamente.

2.2 El Banco pretende apalancar sus propios recursos y aumentar el flujo de inversión para la infraestructura ambiental en la región fronteriza a través de proyectos cofinanciados con organismos de desarrollo bilaterales y multilaterales, instituciones de crédito para la exportación y sociedades mercantiles. Cuando los proyectos sean cofinanciados conjuntamente, las políticas y procedimientos de adquisición del Banco se aplicará, por lo general, a los contratos cofinanciados. Cuando los proyectos sean cofinanciados en forma paralela, los procedimientos de adquisición de los cofinancieros se aplicarán a los contratos financiados por ellos, pero el Banco se asegurará por sí mismo que se reciban bienes y servicios de calidad a precios económicos, que los contratos sean equitativos y brinden protección adecuada al proyecto, que se cumplan los contratos de manera oportuna y que los contratistas satisfagan los criterios especificados en el Anexo 2, inciso 17, denominado “Exclusión”.

2.3 El interés del Banco en lo que se refiere a los principios de economía y eficiencia, la calidad de los resultados, la protección contractual y el cumplimiento oportuno, cubre un proyecto en su totalidad aun cuando los fondos del Banco se utilizan para financiar una sola parte del proyecto. El Banco financiará solamente aquellos contratos que son una parte convenida del proyecto y que hayan sido adjudicados y otorgados de conformidad con los procedimientos según lo que se haya acordado para dicho proyecto.

2.4 Ninguna persona moral o física que esté presentando una oferta o proporcionando bienes o servicios al Banco o que tenga que ver con un préstamo otorgado o garantizado por el Banco, no sobornará ni realizará alguna práctica ilegal para influir en una acción o decisión para obtener o retener transacciones comerciales con respeto a la oferta o el contrato.

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 5

Elegibilidad

2.5 El Banco permite que las personas morales y físicas de cualquier país ofrezcan bienes, obras y servicios para proyectos financiados por el Banco, sin tener en cuenta si el país es un miembro del Banco. De acuerdo con lo dispuesto en el Anexo 2, inciso 17, “Exclusión”, las condiciones de participación se limitarán a aquéllas que sean esenciales para asegurar que la persona moral o física tenga la capacidad para cumplir con el contrato en cuestión.1 Los prestatarios no impedirán que una persona moral o física participe en la licitación pública de un contrato por motivos que no tengan que ver con su capacidad para cumplir con el contrato de referencia, a menos que, según la ley o reglamentos oficiales, una parte del contrato prohiba relaciones comerciales con el país donde reside la persona moral o física.

Responsabilidades del prestatario

2.6 Los prestatarios son responsables de realizar los proyectos financiados por el Banco, incluyendo todos los aspectos del proceso de adquisición desde la etapa de planeación hasta la adjudicación de contratos, así como la administración de los mismos. El Banco podrá aconsejar y ayudar a los prestatarios en el proceso de adquisición para proyectos específicos, pero no será una parte de los contratos resultantes. Los derechos y obligaciones de los prestatarios ante licitantes de bienes, obras y servicios para un proyecto serán regidos por los documentos de licitación expedidos por los prestatarios y no por las presentes políticas y procedimientos.

Participación de la comunidad en las adquisiciones

2.7 En el interés de la sustentabilidad del proyecto o en el logro de ciertos objetivos sociales inherentes al proyecto, en algunos componentes seleccionados del mismo se podrá: (i) convocar a la participación de las comunidades locales y/o instituciones no gubernamentales, (ii) aumentar el uso de conocimientos prácticos y materiales locales, o (iii) utilizar las tecnologías de uso intensivo de mano de obra y otras tecnologías adecuadas y, por lo tanto, los procedimientos de adquisición, las especificaciones y la agrupación de contratos se adaptarán debidamente para reflejar estas consideraciones, siempre y cuando éstos sean eficaces. Se resumirán los procedimientos propuestos en el informe de operación del Banco y en el contrato de préstamo.

3. PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN PARA OPERACIONES DEL SECTOR PÚBLICO

Generalidades

3.1 La competencia es la base primordial para buenas prácticas de adquisición. Además de economía y eficiencia, el sector público requiere transparencia y responsabilidad en la aplicación de fondos públicos, factores que influyen el método de

1 Véase también los incisos 3.26, 3.27 y 3.28.

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 6

adquisición que se seleccione, al igual que los documentos y procedimientos que se utilicen. Por lo tanto, el Banco exige que sus prestatarios del sector público, en todos los casos apropiados, obtengan bienes, obras y servicios por medio de los procedimientos de licitación pública consistentes con los procedimientos detallados en esta sección. Otros métodos pueden ser apropiados en casos especiales, dependiendo de la naturaleza y el valor de los bienes, obras o servicios que se van a obtener, el tiempo de cumplimiento necesario y otras condiciones. Todas las excepciones a una licitación pública serán claramente justificadas, aprobadas por el Banco y detalladas en el informe de operación y en el contrato de préstamo.

Aplicabilidad de los procedimientos

3.2 Para los fines de estos procedimientos, las operaciones2 del sector público son aquéllas en las que participen los gobiernos federales o municipales del país de operación, o las dependencias y empresas, incluyendo servicios públicos,3 que sean propiedad mayoritaria de o que estén controladas4 por cualquiera de ellos.

3.3 Estos procedimientos se aplicarán a la adquisición5 de bienes, obras y servicios (con la excepción de los servicios de consultoría cuyos procedimientos están detallados en la sección 5) que son financiados total o parcialmente por el Banco en las operaciones del sector público. Posterior a la licitación pública,6 se adjudicarán los contratos para bienes y servicios, si su valor estimado es igual a, o excede, US$250,000 y en el caso de los contratos para obras, si su valor es igual a, o excede, US$3.0 millones. Si el Banco determina que las cifras de umbral anteriores pueden limitar la competencia o pueden no asegurar el mejor resultado económico y eficiente, se necesitará establecer cifras de umbral más adecuadas para tales casos particulares y se especificarán en el informe de operaciones y en el contrato de préstamo. No se dividirá ningún contrato de adquisición en unidades más pequeñas con el fin de reducir su valor por debajo de dichas cifras de umbral y así evitar estos procedimientos. En el caso de contratos para bienes, obras y servicios cuyo valor es inferior a dichas cifras de umbral, se les aconseja a los prestatarios que sigan los procedimientos de licitación pública, pero pueden utilizar otros métodos7 que sean consistentes con los principios de competencia, transparencia, economía y eficiencia y que son aceptables para el Banco.

2 Las operaciones se refieren a préstamos y garantías del Banco. 3 Los servicios públicos son autoridades o empresas que realizan una de las siguientes actividades:

proveer, operar o suministrar redes fijas que prestan un servicio a la comunidad en cualquier área de operación del Banco (ej. tratamiento de aguas residuales, abastecimiento de agua potable, manejo de desechos sólidos municipales).

4 El control se mide en base a la capacidad para determinar efectivamente las decisiones y políticas del servicio público, y no sólo por la capacidad para fijar tarifas del servicio público.

5 Adquisición incluye compras, arrendamientos, rentas y arrendamientos con la opción de compra. 6 Véase el inciso 3.8. 7 Véase los incisos 3.9 y 3.10.

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 7

Proceso de adquisición

3.4 El proceso normal de adquisiciones para el sector público implica las siguientes etapas:

(a) notificación de oportunidades para licitaciones;

(b) precalificación, cuando sea apropiado;8

(c) convocatoria para presentar ofertas y expedición de documentos de licitación;

(d) recepción de las ofertas, evaluación de las mismas y adjudicación del contrato; y

(e) administración del contrato.

El alcance del proceso y los procedimientos específicos a seguir en cada etapa dependerán del método de licitación que se utilice.

Planeación de adquisiciones

3.5 La buena planeación de adquisiciones es decisiva. El prestatario determinará qué servicios, obras, bienes y servicios de consultoría se necesitan para llevar a cabo el proyecto, cuándo se entregarán, qué normas se requerirán, la necesidad para cofinanciamiento9 y qué procedimientos de adquisición y contratación serán los más convenientes para cada contrato. El prestatario elaborará el plan general de adquisiciones y el Banco aprobará las propuestas antes de que se inicien las adquisiciones. Los procedimientos específicos, así como los servicios, obras, bienes y servicios de consultoría donde se apliquen dichos procedimientos, son determinados por medio de un acuerdo entre el Banco y el prestatario y se especifican en el informe de operaciones del Banco y en el contrato de préstamo. La revisión y autorización del plan de adquisiciones por parte del Banco es una de las etapas imprescindibles para establecer el uso de los recursos del préstamo.

Notificación

3.6 Después de que el plan de adquisiciones haya sido formulado por el prestatario y aprobado por el Banco, y lo antes posible durante el ciclo del proyecto, el prestatario elaborará y entregará al Banco un proyecto del Aviso General de Adquisiciones (AGA), que le da a conocer la naturaleza del proyecto a la comunidad comercial. Dicho aviso estará redactado en español o inglés, e incluirá la cantidad y el propósito del préstamo,

8 La precalificación es el proceso para asegurar que los licitantes presuntos reúnan los requisitos financieros y técnicos para comprar los documentos de licitación. La precalificación no es una forma de licitación limitada. Los criterios de precalificación que se especificarán en el documento de precalificación, se basarán completamente en la capacidad y recursos financieros y técnicos que los presuntos licitantes tengan para cumplir satisfactoriamente con un contrato específico, tomando en cuenta (a) sus antecedentes y experiencia en contratos semejantes; (b) su capacidad en cuanto al personal, equipos e instalaciones de construcción o de fabricación; y (c) su posición financiera.

9 Véase el inciso 3.15.

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 8

así como el plan de adquisiciones, que consiste en: (a) los bienes, obras y servicios a adquirir; (b) el calendario esperado; y (c) el nombre y domicilio (incluyendo los números de teléfono y fax) para ponerse en contacto y manifestar su interés en obtener información adicional. El Banco hará publicar el aviso en inglés y español, según proceda, a través de los siguientes medios:

• Diario Oficial de la Federación (de México);

• Diario de mayor circulación en el estado donde se localiza el proyecto;

• Diario de mayor circulación en el estado vecino al otro lado de la frontera;

• Sitio del BDAN en la Internet, publicado en el sitio y difundido vía “list-serv” (un servicio de correo electrónico);10

• Compranet, el servicio electrónico de México para publicar convocatorias de licitaciones públicas;

• Development Business, publicada por la Organización de las Naciones Unidas (opcional y recomendada en los casos de contratos de monto mayor);11 y

• Publicaciones técnicas apropiadas para el proyecto.

Se publicará el aviso en cada publicación por lo menos 60 días antes de que se expidan las convocatorias de licitación. Se actualizará el Aviso General de Adquisiciones cada año mientras que existan bienes, obras o servicios a adquirir mediante licitación pública o limitada.

3.7 La licitación pública para contratos individuales, incluyendo la precalificación cuando sea necesaria, se publicará en inglés y español, según proceda, mediante los siguientes medios:

• Diario Oficial de la Federación (de México);

• Diario de mayor circulación en el estado donde se localiza el proyecto;

• Diario de mayor circulación en el estado vecino al otro lado de la frontera;

• Sitio del BDAN en la Internet, publicado en el sitio y difundido vía “list-serv” (un servicio de correo electrónico);

• Compranet, el servicio electrónico de México para publicar convocatorias de licitaciones públicas;

• Publicaciones técnicas apropiadas para el proyecto; y

10 El sitio del BDAN en la Internet es: http://www.nadbank.org 11 Los avisos indicarían dónde se encontrarían todos los anuncios futuros relacionados con los

proyectos y se requeriría que el promotor del proyecto mantenga una lista de las entidades que respondieron al aviso general de adquisición y que les envíe copias de anuncios futuros.

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 9

• Development Business, publicada por la Organización de las Naciones Unidas (opcional para contratos cuyo valor excede los límites de licitación pública internacional).

El prestatario elaborará los avisos y el Banco hará la publicación de dichos avisos. Se hará la notificación con suficiente tiempo para permitir que los licitantes presuntos obtengan los documentos de precalificación o licitación, así como para que preparen y presenten sus ofertas. Asimismo, se enviarán avisos de precalificación y licitación a posibles licitantes que hayan manifestado su interés en el Aviso General de Adquisición. Para fomentar y facilitar la participación de subcontratistas y proveedores en los contratos, el prestatario deberá tener disponible para las personas interesadas, la lista de posibles licitantes que hayan adquirido los documentos de licitación, y cuando la precalificación se realice, la lista de licitantes precalificados.

Licitación pública (Licitación internacional)

3.8 Los procedimientos de licitación pública son los procesos establecidos para notificar oportunamente a todos los proveedores y contratistas acerca de los requisitos de adquisición y para darles a dichas personas igual oportunidad para presentar sus ofertas. La licitación pública fomenta en mayor medida la competencia y satisface las necesidades para la eficiencia y economía. El prestatario presentará la notificación de las oportunidades de licitación con suficiente anticipación para que los posibles licitantes puedan determinar su interés, así como preparar y presentar sus ofertas.12 Los prestatarios pueden requerir que los posibles licitantes precalifiquen para contratos grandes o complicados. A todos los licitantes que reúnen los criterios de precalificación se les permitirán que presenten sus ofertas. La notificación de precalificación y el procedimiento de evaluación serán compatibles con aquéllos establecidos para la licitación pública de acuerdo con estos procedimientos.

Excepciones a la licitación pública

3.9 Los procedimientos de la licitación limitada (invitación restringida) son semejantes a aquéllos para la licitación pública, salvo que el prestatario preseleccione empresas calificadas que recibirán invitaciones para presentar ofertas. Podrá ser un método apropiado para adjudicar contratos cuando:

(a) únicamente exista un número limitado de proveedores de un determinado producto o servicio que se requiera; o

(b) otras condiciones restringen el número de empresas que puedan reunir los requisitos del contrato o, de otra forma, justifican la desviación de los procedimientos de licitación pública.

En dichos casos el prestatario podrá, previa autorización del Banco, invitar a los licitantes de una lista de empresas calificadas, seleccionadas de manera no discriminatoria, a presentar sus ofertas. La lista deberá representar una amplia

12 Véase el inciso 3.20.

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 10

distribución geográfica e incluir a empresas extranjeras cuando sea posible. La lista incluirá todos los proveedores cuando solamente exista un número limitado.

3.10 Los procedimientos para la comparación de precios podrán ser acordados por el Banco en el caso de contratos de menor valor para (a) artículos en existencia y fáciles de obtener; y (b) productos de normas específicas. La comparación de precios es una forma simplificada de adquisición competitiva que solamente requiere cotizaciones de precios por escrito de por los menos tres proveedores. La solicitud de cotizaciones contendrá la descripción y la cantidad de los bienes, así como la fecha y el lugar de entrega. Se podrán presentar las cotizaciones vía fax o télex. La evaluación de las cotizaciones será conforme a las buenas prácticas del comprador en el sector público. Las condiciones de la oferta aceptada se incluirán en la orden de compra.

3.11 Se podrá utilizar la contratación directa en casos especiales cuando:

(a) la extensión de un contrato existente, adjudicado de acuerdo con procedimientos aceptables para el Banco, para la obtención de bienes, obras o servicios adicionales de una naturaleza semejante, sea claramente eficiente y económico y no se obtenga ventaja alguna como resultado de mayor competencia;

(b) la normalización de equipos o refacciones, con el fin de hacerlos compatibles con el equipo existente, pueda justificar adquisiciones adicionales del proveedor original. Para justificar dichas adquisiciones, el equipo original deberá ser apropiado, el número de nuevos artículos deberá ser, generalmente, menor que el número existente, el precio deberá ser razonable y deberán haberse estudiado y rechazado las ventajas de otra marca o proveedor de equipo, de acuerdo con criterio aceptable para el Banco.

(c) un solo proveedor pueda suministrar el producto requerido debido a capacidades o derechos de exclusividad; o

(d) sea un caso de gran urgencia, como en respuesta a desastres naturales.

En cada uno de estos casos, el prestatario podrá, con la autorización del Banco, invitar a una sola empresa para presentar su oferta sin previa notificación pública.

Documentos de licitación

3.12 Los documentos de licitación son como el manual del licitante y, por lo tanto, deben contener toda la información necesaria relativa al suministro de bienes, la prestación de servicios o la construcción de obras, para que los licitantes puedan formular y presentar ofertas que cumplan cabalmente con todos los requisitos exigidos. Los documentos de licitación serán redactados a fin de permitir y fomentar la competencia internacional. Definirán claramente el alcance de las obras, servicios o bienes de referencia, los derechos y obligaciones del comprador y de los proveedores o contratistas y las condiciones a reunir para que la oferta se declare válida; al mismo tiempo establecerán los criterios equitativos y no discriminatorios para seleccionar la

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 11

oferta ganadora. Los detalles y la complejidad variarán según la magnitud y la naturaleza del contrato, pero, por lo general, incluirán la convocatoria de licitación, las instrucciones para los licitantes, el formulario de la oferta, los requisitos de garantía de licitación, las condiciones contractuales, las garantías por el pago de los anticipos, los requisitos de garantía de cumplimiento, las especificaciones y planos técnicos, el programa o los requisitos para los bienes, obras o servicios y el formato del contrato.

3.13 Cuando proceda, se deberán utilizar los Documentos Modelo de Licitación, expedidos por el Banco. Todos los cambios realizados en los Documentos Modelo de Licitación que sean necesarios para responder a los requisitos específicos del proyecto y del país, se introducirán únicamente por medio de hojas de información de contrato o de licitación o por medio de condiciones contractuales especiales y no mediante cambios en la redacción de los documentos modelo del Banco. En el caso de que no se haya expedido ningún documento modelo de licitación pertinente, el prestatario utilizará otros documentos tipo de autoridad reconocida internacionalmente y aceptables para el Banco.

3.14 Criterios de evaluación. En los documentos de licitación se precisarán los factores pertinentes, además del precio, que se deben tomar en cuenta para evaluar las ofertas, así como la manera de aplicarlos para determinar la oferta evaluada como la más baja. Entre los factores que se podrán considerar se encuentran, los costos de transporte terrestre al lugar del proyecto, los plazos de pago, la fecha de cumplimiento de construcción o de entrega, los gastos de operación, la eficiencia y compatibilidad de los equipos y la disponibilidad del servicio y de las refacciones. Los factores, además del precio, que se utilizan para determinar la oferta evaluada como la más baja, deberán expresarse en términos monetarios, o de no ser práctico, se deberá asignar un valor pertinente en las disposiciones de evaluación de los documentos de licitación.

3.15 Idioma. Se elaborará la documentación de licitación en inglés o en español según el lugar del proyecto y el idioma en que se hizo la oferta será el idioma que prevalezca.

3.16 Normas y especificaciones. Los prestatarios utilizarán normas y especificaciones internacionales cuando éstas estén disponibles y sean adecuadas. Si se usan normas nacionales o especiales, se manifestarán en los documentos de licitación que también aceptarán otras normas que aseguren un desempeño o calidad equivalente o superior a las normas especificadas. Se deberá evitar el uso de marcas u otras designaciones que puedan discriminar entre proveedores. Si fuera necesario mencionarlas para clarificar la naturaleza de los requisitos del producto, se manifestará en los documentos de licitación que productos de calidad equivalente o superior son aceptables.

3.17 Precios de oferta. Se solicitarán los precios de oferta para el suministro de bienes en base a los Incoterms "CIP", "DAF" o términos similares desde el punto fronterizo de entrada para los productos extranjeros y en base al precio de fábrica para los productos nacionales. Se podrán solicitar que los precios de oferta para los contratos de servicios y obras que ejecutarán substancialmente en el país del comprador incluirán todos los derechos, impuestos y otros gravámenes.

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 12

3.18 Moneda. El licitante podrá presentar el precio de oferta en pesos mexicanos o en dólares de los Estados Unidos. Los compradores podrán exigirles a los licitantes que los costos internos de una oferta se expresen en la moneda del país. Para los fines de la evaluación y comparación de las ofertas, los precios de oferta se convertirán en dólares de los Estados Unidos en base al tipo de cambio cotizado por el Banco de México en la fecha especificada para la presentación de las ofertas. El pago del contrato se efectuará en la moneda o monedas en que se expresó el precio en la oferta del licitante seleccionado. Para obras civiles y otros contratos semejantes que implican su realización en el país del prestatario, el precio de oferta se podrá expresar totalmente en la moneda nacional del país en el cual se realizará el contrato, señalando cualquier requisito de moneda extranjera como un porcentaje y el tipo de cambio aplicable para efectos del pago.

3.19 Pagos. Los procedimientos y términos del pago serán de conformidad con las prácticas comerciales internacionales aplicables para los bienes, obras o servicios y el mercado de que se traten. Los contratos para el suministro de bienes estipularán el pago completo contra la entrega y, si así se exige, la inspección de los bienes contratados, salvo los contratos que incluyen la instalación y puesta en marcha, en cuyo caso podrá retenerse una parte del pago hasta que el proveedor haya cumplido con todas sus obligaciones.

3.20 Fechas límites. Las fechas límites prescritas para la formulación y presentación de las ofertas serán adecuadas para permitir que todos los licitantes preparen y presenten sus ofertas. Por lo general, se permitirán no menos de 45 días a partir de la fecha de publicación de la convocatoria de licitación o la fecha de la disponibilidad de los documentos de licitación, cualquiera que sea posterior, para la formulación y presentación de ofertas. En lo que se refiere a equipos u obras grandes o complicadas, se extenderá dicho período a 90 días o más. Los plazos de validez y las fechas de entrega de la oferta serán consistentes con las necesidades razonables del comprador, pero no se utilizarán para discriminar en contra de cualquier licitante presunto. En algunos casos especiales, podrá ser necesario solicitar que los licitantes prorroguen la validez de sus ofertas. En tales casos, no se permitirá ni exigirá que los licitantes cambien su oferta y siempre tendrán libertad para negarse a otorgar dicha prórroga. Cuando la oferta se trate de un contrato de precio fijo, se establecerán en los documentos de licitación disposiciones para ajustar el precio de oferta del licitante ganador a la inflación13 hasta la fecha de adjudicación del contrato para mitigar el riesgo que corresponde a los licitantes que otorgan dicha prórroga.

3.21 Condiciones contractuales. El formato del contrato a utilizar será apropiado para los propósitos y circunstancias del proyecto. Se redactarán las condiciones contractuales de tal manera que los riesgos relacionados al contrato se distribuyan equitativamente, con el objeto principal de lograr el precio más económico y el cumplimiento eficiente del contrato. El contrato definirá claramente el alcance de los bienes, obras o servicios a suministrar o a realizar, los derechos y obligaciones del

13 Se utilizará un índice apropiado del país de la moneda de la oferta, como son los índices oficiales del

costo de vida o de los precios al consumidor.

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 13

comprador y de los proveedores o contratistas, así como incluirá, entre otros, cláusulas adecuadas respecto a las garantías de cumplimiento y de fabricación o construcción, el seguro y responsabilidad, la aceptación, los términos y procedimientos de pago, el ajuste de precio, las primas y liquidaciones por daños, el manejo de cambios y reclamaciones, fuerza mayor, la terminación, el arreglo de controversias y la ley aplicable. Cuando sea apropiado, se utilizarán contratos tipos que contienen condiciones internacionales generalmente aceptadas.

3.22 Garantías de cumplimiento. En los documentos de licitación para obras, se exigirá una garantía por una cantidad suficiente que proteja al prestatario en caso del incumplimiento de contrato por parte del contratista. Se otorgará dicha garantía, como el contratista lo prefiera, en forma de una fianza expedida por una compañía aseguradora o de fianzas o en forma de una garantía otorgada por un banco comercial, de manera apropiada y para una cantidad adecuada, según lo dispuesto en el documento de licitación. La cantidad de la fianza o garantía puede variar según el tipo de garantía otorgada y la naturaleza y magnitud de las obras. Una parte de dicha garantía permanecerá vigente después de la fecha de cumplimiento de la obra para cubrir el período de responsabilidad por defectos o de mantenimiento hasta la aceptación final del prestatario o, como una alternativa, se podrá estipular en los contratos que se tome un porcentaje de cada pago periódico y lo guarde como retención de garantía hasta la aceptación final. Se les podrá permitir a los contratistas reemplazar la retención de garantía con una garantía equivalente después de la aceptación provisional.

En el caso de contratos para el suministro de bienes, la necesidad para una garantía de cumplimiento depende de las condiciones del mercado y las prácticas comerciales para ese tipo de producto en particular. Se podrá exigir que los proveedores o fabricantes constituyan una garantía bancaria como protección en contra del incumplimiento del contrato. Dicha garantía por una cantidad adecuada puede cubrir las obligaciones relacionadas con la garantía de fabricación, o como una alternativa, se puede tomar un porcentaje de los pagos y guardarlo como retención de garantía para cubrir dichas obligaciones, así como cualquier requisito de instalación o puesta en marcha. El monto de la garantía o la retención deberá ser razonable.

3.23 Ley aplicable y arreglo de controversias. Las condiciones contractuales incluirán disposiciones respecto a la ley aplicable y el foro competente para resolver disputas. El arbitraje comercial internacional podrá tener ventajas prácticas sobre los demás métodos de conciliación de controversias. Por eso, se recomienda que los prestatarios estipulen dicho tipo de arbitraje en los contratos de adquisición para bienes y obras. No se designará al Banco como el árbitro ni se solicitará nombrar un árbitro. En el caso de los contratos para obras, contratos de suministro e instalación y contratos llave en mano, la cláusula relativa al arreglo de controversias también incluirá, cuando proceda, mecanismos como juntas de examinadores de controversias o adjudicadores, que están diseñados para permitir una solución más rápida de la controversia.

3.24 Competencia. Nada de lo escrito en los documentos de licitación estará diseñado para limitar la competencia o proporcionar una ventaja desleal a un licitante. Los compradores no proporcionarán a ningún proveedor ni contratista presunto, información acerca de una adquisición específica, que podrá tener el efecto de restringir

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 14

o impedir la competencia. Todas las modificaciones en los documentos de licitación se enviarán oportunamente a cada parte que habrán recibido los documentos originales de licitación.

Habilitación para participar en una licitación

3.25 Un licitante, en cualquiera sea su capacidad, podrá presentar o participar en una sola oferta por contrato. Si un licitante presenta o participa en más de una oferta para un contrato, se rechazarán todas las ofertas para este contrato en las cuales interviene dicha parte. Sin embargo, esto no limita la inclusión del mismo subcontratista en más de una oferta.

3.26 Cuando una empresa, sus compañías afiliadas o casa matriz, además de proporcionar servicios de consultoría, tenga la capacidad de fabricar o suministrar bienes o construir obras, dicha empresa, sus compañías afiliadas o casa matriz, no podrán suministrar bienes ni construir obras para un proyecto para el cual prestan servicios de consultoría. Las excepciones serán contratos llave en mano o de responsabilidad única, concesiones para obras públicas y proyectos semejantes donde las actividades de diseño, suministro y construcción son una parte integral del contrato o donde ciertos equipos o elementos críticos o de marca registrada son una parte esencial del diseño del proceso.

3.27 Empresas paraestatales podrán participar en licitaciones para contratos financiados por el Banco solamente si pueden establecer (a) que son legal y financieramente autónomas y (b) que operan bajo las leyes comerciales. No se permitirá que ninguna dependencia o compañía afiliada del prestatario, subprestatario o empresa compradora participe en la licitación de contratos financiados por el Banco.

Apertura de ofertas

3.28 Las ofertas solicitadas por medio de una licitación pública o limitada se recibirán y se abrirán de la siguiente manera. La hora citada para la apertura de las ofertas será la misma que la de la última entrega de ofertas o inmediatamente después. En la fecha, a la hora y en el lugar que se especifica en los documentos de licitación, el prestatario abrirá todas las ofertas recibidas antes de la última fecha estipulada para la entrega de ofertas. Se abrirán las ofertas ante los licitantes o sus representantes, que deseen estar presentes. Al abrir las ofertas, se leerán en voz alta y se registrarán el nombre del licitante y la cantidad total de cada oferta, incluyendo las ofertas alternativas, si se permiten. El prestatario levantará un acta de la apertura de ofertas y enviará una copia de la misma al Banco. Las ofertas recibidas después de la fecha límite estipulada para la presentación de las mismas se devolverán sin abrir al licitante.

Evaluación de ofertas y adjudicación de contratos

3.29 La evaluación de ofertas para el suministro de bienes incluirá todos los costos relacionados con el suministro, manejo, seguro y entrega de los bienes a su destino final, pero excluirá los impuestos y derechos de importación que deba pagarse por bienes importados y por componentes importados directamente a incorporar en bienes

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 15

domésticos. La evaluación y comparación de ofertas para obras y servicios a llevar a cabo en el país del prestatario se harán bajo las mismas condiciones y el contratista seleccionado será responsable por todos los derechos, impuestos y gravámenes cobrados en el cumplimiento del contrato.

Cuando se utilicen procedimientos competitivos, el prestatario evaluará y comparará todas las ofertas solamente en base a los criterios de evaluación establecidos en los documentos de licitación. El proceso de evaluación de las ofertas será confidencial hasta la adjudicación del contrato. Se adjudicarán los contratos, dentro del plazo de validez de las ofertas, al licitante que se determine como plenamente capaz de cumplir con el contrato y cuya oferta reúna substancialmente los requisitos exigidos en los documentos de licitación y sea evaluada como la más baja, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en los documentos de licitación. A los licitantes no se les permitirá ni pedirá que cambien sus ofertas ni se les exigirá que acepten nuevas condiciones durante la evaluación o como una condición de adjudicación. Los términos y condiciones del contrato no serán materialmente distintos a aquéllos establecidos en la convocatoria de licitación, sin la autorización del Banco. El prestatario solamente rechazará todas las ofertas si (a) existen pruebas de colusión; (b) hay una falta de competencia; o (c) los precios de oferta exceden, por una suma substancial, los costos estimados o los recursos disponibles. Antes de rechazar todas las ofertas, el prestatario obtendrá la autorización del Banco en cuanto a los procedimientos a seguir.

3.30 El prestatario entregará al Banco un informe que contiene los resultados de la evaluación de las ofertas y sus recomendaciones para la adjudicación del contrato. El Banco revisará sus conclusiones y recomendaciones como el último paso para establecer la elegibilidad del contrato para financiamiento del Banco.14

Contratación anticipada/financiamiento retroactivo

3.31 En algunos casos puede ser conveniente que el prestatario celebre un contrato antes de firmar los documentos para el préstamo del Banco de referencia. Los prestatarios se comprometen a dicha contratación bajo su propio riesgo; el asentimiento del Banco con respecto a los procedimientos, documentos o propuesta de adjudicación no compromete al Banco a otorgar un préstamo para el proyecto. Todos los procedimientos de adquisición serán consistentes con las políticas y procedimientos del Banco para que los contratos anticipados reúnan los requisitos para poder recibir el financiamiento del Banco. Siempre que se haya iniciado el proceso de preevaluación, la fecha de elegibilidad para erogaciones admisibles es de 12 meses antes de la fecha prevista para firmar el contrato del préstamo. Por lo general, el financiamiento retroactivo no excederá al 10 por ciento del importe de préstamo.

Administración del contrato

3.32 El comprador administrará los contratos con la debida diligencia y vigilará e informará al Banco acerca del cumplimiento de los mismos. El comprador procurará el

14 Véase el inciso 3.33 y el Anexo I.

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 16

asentimiento del Banco antes de acordar cualquier modificación material en los términos y condiciones del contrato, incluyendo en forma enunciativa, mas no limitativa: (a) otorgar una prórroga material del plazo estipulado para el cumplimiento del contrato; (b) expedir una orden o varias órdenes de cambio, que en conjunto incrementarían el costo del contrato en más de un 15 por ciento del precio original.

Vigilancia de adquisiciones y revisiones del Banco

3.33 Como parte integral de sus obligaciones en cuanto a la realización del proyecto, se exige que los prestatarios elaboren y mantengan documentos y archivos relacionados con el proceso de adquisición y la administración de contratos después de la adjudicación de los mismos y que mantengan al Banco al corriente a través de informes periódicos. La revisión de los procesos de adquisición y de administración de contratos por parte del Banco se concentrará en los pasos críticos que sean necesarios para asegurar que el contrato reúna los requisitos para poder recibir financiamiento del Banco, en especial el plan de adquisiciones, los documentos de licitación, la evaluación de ofertas y las recomendaciones para la adjudicación de contratos, al igual que los cambios materiales y reclamaciones presentadas durante la ejecución del contrato. Se describen dichos procedimientos de revisión en el Anexo 1. Todos los contratos a adjudicarse después de una licitación pública o limitada serán sujetos a la revisión del Banco. Se especificarán los contratos que son sujetos a revisión en el informe de operación y en el contrato de préstamo.

3.34 Cuando el Banco reciba una reclamación referente a algún aspecto de un procedimiento de licitación, el Banco se asegurará de que dicha reclamación sea revisada por el prestatario a plena satisfacción del Banco, y que, hasta el resultado de dicha revisión, no se adopte ninguna decisión ni se otorgue ninguna autorización que podría perjudicar el resultado de la revisión.

3.35 Si el Banco comprueba que la adquisición o administración de un contrato no ha sido realizada de acuerdo con los procedimientos acordados, el contrato ya no será elegible para financiamiento con los recursos del préstamo y se cancelará la porción del préstamo asignada al contrato. Además, el Banco podrá ejercer otros remedios conforme al contrato de préstamo.

4. ADQUISICIONES PARA OPERACIONES DEL SECTOR PRIVADO

Generalidades

4.1 El interés del Banco respecto al uso adecuado de fondos y a los principios de eficiencia y economía se aplica tanto a sus operaciones del sector público como a sus operaciones del sector privado. Las empresas del sector privado a menudo satisfacen estos conceptos al seguir otras prácticas comerciales establecidas para conseguir sus adquisiciones en vez de la licitación pública. No obstante, cuando sea apropiado, el Banco motivará a los prestatarios del sector privado para que utilicen los métodos de licitación pública, especialmente para contratos importantes.

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 17

4.2 El Banco se convencerá de que los prestatarios del sector privado utilicen métodos de adquisición apropiados que aseguren una buena selección de bienes y servicios, obras y servicios de consultoría a precios de mercado equitativos y de que inviertan su capital de manera eficaz en función de los costos. La cuidadosa planeación de adquisiciones que tome en cuenta las necesidades peculiares del proyecto es fundamental para la evaluación y autorización del Banco.

4.3 Cuando un accionista de un prestatario-empresa o de una de sus compañías afiliadas, incluyendo las casas matrices y las subsidiarias de dichas casas matrices, sea también un contratista o proveedor del proyecto, se negociarán los contratos bajo el principio de independencia mutua de las partes y en el mejor interés financiero del prestatario-empresa, independientemente de los intereses de los promotores. Asimismo, el Banco se convencerá de que los costos estén en conformidad con los precios actuales del mercado y con las proyecciones originales de costo indicadas en el informe de operación y de que las condiciones contractuales sean equitativas y razonables. El Banco no financiará costos que excedan los niveles del mercado.

Adquisiciones por medio del arreglo COT (construcción-operación-transferencia) y arreglos semejantes del sector privado

4.4 Cuando el Banco participe en el financiamiento de un proyecto que se lleve a cabo mediante un arreglo CPO/COT/CPOT o algún arreglo semejante del sector privado, se utilizará uno de los dos siguientes procedimientos como se especifica, en detalle, en el informe de operación y en el contrato de préstamo:

(a) Cuando se trate de un contrato de tipo CPO/COT/CPOT o un contrato similar, el empresario será seleccionado de acuerdo con los procedimientos de licitación pública que son aceptables para el Banco y que podrán comprender varias etapas para lograr una combinación óptima de criterios de evaluación, tales como el costo y la magnitud del financiamiento ofrecido, las especificaciones de funcionamiento de las instalaciones planteadas, el precio cobrado al usuario o comprador, otros ingresos del prestatario o comprador generados por la instalación y el plazo de depreciación de la misma. Dicho empresario, seleccionado de esta manera, podrá adquirir los bienes, obras y servicios necesarios para dicha instalación, utilizando sus propios procedimientos. En este caso, se especificará en el informe de operación y en el contrato de préstamo el tipo de gastos incurridos por dicho empresario que será financiados por el Banco.

O,

(b) Si dicho empresario no fue seleccionado en la forma señalada en el subinciso (a) anterior, los bienes, obras o servicios que son necesarios para la instalación y que serán financiados por el Banco se adquirirán de conformidad con los procedimientos para operaciones en el sector público, como se especifican en la sección 3.

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 18

Adquisiciones con subpréstamos otorgados por intermediarios financieros

4.5 En operaciones donde se proporcionan fondos a un intermediario financiero para que él, a su vez, realice subpréstamos a entidades privadas, tales como empresas pequeñas y medianas, los beneficiarios de estos subpréstamos realizarán sus adquisiciones de acuerdo con las prácticas normales de adquisición para operaciones en el sector privado, como se indica en la sección 4. Cuando se otorguen subpréstamos a beneficiarios del sector público, las adquisiciones realizadas con dichos subpréstamos se efectuarán de conformidad con los procedimientos para operaciones en el sector público, como se especifica en la sección 3.

Adquisiciones con préstamos garantizados por el Banco

4.6 Si el Banco garantiza, total o parcialmente, un préstamo otorgado por otro acreedor, los bienes, obras o servicios financiados por dicho préstamo se adquirirán:

a) en el caso de las operaciones del sector privado, de acuerdo con las prácticas comerciales normales para las operaciones en el sector privado, como se especifica en la sección 4; o

b) en el caso de las operaciones del sector público, de acuerdo con los procedimientos para las operaciones en el sector público, como se describe en la sección 3.

5. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA

Generalidades

5.1 El Banco y sus prestatarios contratan a personas físicas y morales para proporcionar una amplia gama de servicios de consultoría y asesoría experta con respecto a sus operaciones y obligaciones administrativas. El factor predominante para escoger los consultores deberá ser la calidad de los servicios que se prestan. Los procedimientos para la selección de consultores y la contratación de sus servicios serán flexibles y transparentes para asegurar que se pueda realizar el trabajo con eficiencia y altas normas de desempeño, mientras que se proporcione la responsabilidad necesaria. Los procedimientos que se describen a continuación se seguirán para contratos de consultoría que serán financiados con los recursos de un préstamo otorgado por el Banco en las operaciones del sector público.

Procedimientos para la selección de consultores

5.2 El proceso de selección de consultores generalmente implica los siguientes pasos:

(a) Definir el alcance, los objetivos y el presupuesto estimado del trabajo propuesto y determinar los procedimientos de selección a seguir;

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Políticas y procedimientos de contratación y adquisición 19

(b) Identificar los consultores que están calificados para prestar los servicios requeridos y preparar una lista breve de las empresas calificadas;

(c) Solicitar propuestas de las empresas enumeradas en la lista breve;

(d) Evaluar y comparar las capacidades y propuestas y escoger al consultor que tiene la propuesta calificada como la mejor;

(e) Celebrar un contrato con el consultor seleccionado; y

(f) Administrar el contrato.

5.3 Algunos de estos pasos se pueden simplificar u omitir, según el valor del contrato de los servicios a ejecutar.

(a) En el caso de contratos con personas físicas o morales que se calculan a un costo menor de US$50,000 (CINCUENTA MIL DÓLARES 00/100 MONEDA LEGAL DE LOS ESTADOS UNIDOS), se puede seleccionar a un consultor o empresa directamente, sin la necesidad de preparar una lista breve, y negociar un contrato con ese consultor o empresa.

(b) En el caso de contratos con personas físicas que se calculan a un costo de US$50,000 (CINCUENTA MIL DÓLARES 00/100 MONEDA LEGAL DE LOS ESTADOS UNIDOS) o más, se efectuará la selección basada en una evaluación de una lista breve de candidatos calificados y se registrará la razón fundamental para la selección.

(c) En el caso de contratos con personas morales que se calculan a un costo de US$50,000 (CINCUENTA MIL DÓLARES 00/100 MONEDA LEGAL DE LOS ESTADOS UNIDOS) o más, se utilizará un proceso competitivo basado en propuestas solicitadas de una lista breve de empresas calificadas.

Listas breves

5.4 Por lo general, las listas breves de consultores incluirán no menos de tres y no más de seis consultores calificados y con experiencia (candidatos o empresas, según sea el caso). La lista comprenderá normalmente una amplia representación geográfica de consultores, incluyendo, cuando sea posible, por lo menos un consultor calificado de los Estados Unidos y México. El Banco mantendrá un registro de consultores para ayudar a los prestatarios y al personal del Banco en la preparación de listas breves.

5.5 Ningún afiliado del prestatario será incluido en una lista breve.

5.6 En el caso de contratos con una empresa que se calculan a un costo de US$150,000 (CIENTO CINCUENTA MIL DÓLARES 00/100 MONEDA LEGAL DE LOS ESTADOS UNIDOS) o más, contratos para trabajos complicados o especializados u operaciones que tratan con un número significativo de trabajos semejantes, un aviso formal solicitando expresiones de interés de empresas calificadas se publicará en inglés y español, según proceda, a través de los siguientes medios:

• Diario Oficial de la Federación (de México);

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• Diario de mayor circulación en el estado donde se localiza el proyecto;

• Diario de mayor circulación en el estado vecino al otro lado de la frontera;

• Sitio del BDAN en la Internet, publicado en el sitio y difundido vía “list-serv” (un servicio de correo electrónico);

• Compranet, el servicio electrónico de México para publicar convocatorias de licitaciones públicas;

• Publicaciones técnicas apropiadas para el proyecto; y

• Development Business, publicada por la Organización de las Naciones Unidas (opcional para contratos cuyo valor excede los límites de licitación pública internacional).

Se formulará la lista breve en base a las respuestas del aviso y la información del registro de consultores.

Evaluación y selección

5.7 Cuando se soliciten propuestas formales de las empresas enumeradas en una lista breve, se manifestarán claramente en la invitación para propuestas, los criterios de evaluación de las mismas. Por lo general, la evaluación de consultores se basará solamente en consideraciones técnicas, incluyendo en forma enunciativa, mas no limitativa, su experiencia en trabajos semejantes, las cualidades del personal clave designado para realizar el trabajo y la conveniencia y calidad del plan de trabajo. En el caso de algunos trabajos de una naturaleza estrictamente técnica, se puede tomar en cuenta el precio de los servicios, pero la calidad seguirá siendo el factor primordial de selección. Si el precio es un factor en la evaluación, se utilizará un proceso de dos etapas en que se realizará la evaluación técnica independientemente y libre de la influencia del precio. Las propuestas de precio no se pondrán a la disposición de los evaluadores hasta después de que haya terminado la evaluación técnica. Cuando se hayan solicitado propuestas formales en que el precio no sea un factor en la evaluación, el consultor que presente la mejor propuesta calificada se invitará a negociar un contrato con el prestatario. Cuando se hayan solicitado propuestas formales en que el precio sea un factor en la evaluación, al consultor que presenta la mejor propuesta evaluada se le invitará a celebrar un contrato con el prestatario.

5.8 El procedimiento preferido para seleccionar un consultor es la competencia. La competencia ofrece al prestatario la oportunidad para escoger entre varios planteamientos. El proceso competitivo generalmente resulta en un mejor análisis de los requisitos de trabajo, la elaboración de mejores términos de referencia y costos menores. Por lo tanto, la competencia por medio de una lista breve es preferible. En especial, en el caso de trabajos complementarios posteriores, la selección competitiva se requiere para:

(a) los trabajos que son relativamente sencillos y que muchas empresas pueden llevar a cabo con calidad y precios comparables;

(b) los trabajos de seguimiento que son relativamente grandes comparados con los trabajos iniciales;

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(c) los trabajos complementarios posteriores donde no se adjudicó el contrato original por medio de competencia libre internacional.

5.9 En algunos casos, los servicios de una empresa específica pueden extenderse cuando 1) el Banco determine que no puede obtener ventaja alguna del proceso competitivo y 2) una extensión se incluya en los términos de referencia y el contrato original que fue adjudicado después de una competencia pública internacional, donde:

(a) la empresa posee experiencia única; o

(b) la empresa estaba o está involucrada en las etapas iniciales del proyecto, como la viabilidad y el diseño, y la continuidad es factor imprescindible desde un punto de vista técnico.

En tales casos un prestatario, previa la autorización del Banco, podrá invitar a la empresa en cuestión a presentar una propuesta y negociar un contrato.

Negociaciones del contrato

5.10 Se deberán terminar las deliberaciones en cuanto al plan de trabajo, la dotación de personal, la participación del prestatario y el formato del contrato planteado antes de iniciar las negociaciones financieras. Se presentará el proyecto del contrato definitivo al Banco para su revisión y aprobación antes de que se firme.

Administración del contrato

5.11 Como en el caso de otros contratos celebrados en proyectos financiados por el Banco, el prestatario es responsable de manejar y administrar el trabajo de consultoría para asegurar altas normas de desempeño, de autorizar pagos, modificar el contrato según sea necesario, resolver disputas y reclamaciones, asegurar el cumplimiento oportuno y satisfactorio del trabajo y de evaluar, conjuntamente con el Banco, el desempeño de los consultores.

Calidad del personal

5.12 La substitución de personal de una empresa de consultoría nunca es conveniente. Los motivos para hacer una substitución de personal deberán estar documentados. Si una substitución llega a ser necesaria, el consultor deberá proponer, para la aprobación del prestatario y del Banco, a otra persona que tenga las mismas o mejores cualidades relacionadas directamente con los servicios requeridos.

Otras disposiciones (en la sección 3 anterior)

5.13 Los incisos sobre la contratación anticipada y el financiamiento retroactivo (3.31), el idioma (3.15), la moneda (3.18), pagos (3.19), garantías de cumplimiento (3.22) y la ley aplicable para resolver controversias (3.23) establecidos en la sección 3 del presente documento (véase lo anterior), también se aplican a la adquisición de servicios de consultoría.

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Revisión por parte del Banco

5.14 Cuando el prestatario contrate servicios de consultoría, las cualidades y la experiencia de los consultores, así como los términos y condiciones de empleo, tendrán que ser satisfactorios para el Banco. El Banco revisará el alcance de los servicios propuestos y los términos de referencia, la lista breve de empresas, la recomendación para la selección de consultor y el contrato definitivo para asegurar que el trabajo reúna los requisitos para poder recibir el financiamiento del Banco. Se describen los procedimientos de revisión en el Anexo 1. Se especificarán los contratos sujetos a revisión en el informe de operación y en el Contrato del Préstamo. Asimismo, el Banco evaluará el desempeño del consultor, conjuntamente con el prestatario.

5.15 Si el Banco comprueba que la adquisición o administración de un contrato no ha sido realizada de acuerdo con los procedimientos acordados, el contrato no será elegible para financiamiento con los recursos del préstamo y se cancelará la porción del préstamo asignada al contrato. Además, el Banco podrá ejercer otros remedios conforme al contrato de préstamo.

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ANEXO 1

REVISIÓN DE LAS DECISIONES DE ADQUISICIÓN POR PARTE DEL BANCO

Programación de las adquisiciones

1. El Banco revisará los arreglos de adquisición planteados por el prestatario, incluyendo la agrupación de contractos, los procedimientos aplicables y la programación del proceso de adquisición para verificar que cumplan con estos procedimientos, así como con el plan de ejecución y el programa de desembolsos. El prestatario informará de inmediato al Banco acerca de cualquier demora u otro cambio en la programación del proceso de adquisición que podría afectar de manera significativa la ejecución oportuna y exitosa de los contratos del proyecto y llegará a un acuerdo con el Banco sobre las medidas correctivas.

Contratos para bienes, obras, servicios y servicios de consultoría

2. El prestatario le presentará al Banco la información y los documentos que el Banco solicite para asegurarse de que el proceso de adquisición se realice de acuerdo con los procedimientos acordados y conforme a estas políticas y procedimientos. Esta documentación incluiría, en forma enunciativa mas no limitativa: las notificaciones de adquisición, los documentos de precalificación y licitación, los informes de evaluación, los informes sobre la vigilancia de adquisiciones y contratos, la información acerca de los licitantes y la adjudicación de contratos.

3. Antes de presentar una solicitud de retiro con respecto a algún contrato, el prestatario le presentará al Banco una copia auténtica del contrato junto con la documentación, de una forma aceptable para el Banco, que verifica y muestra que la adquisición en virtud de dicho contrato se llevó a cabo de acuerdo con el contrato de préstamo.

4. El Banco podrá exigir que los procedimientos, documentación y decisiones en cuanto a las adquisiciones sean revisados y/o auditados por consultores independientes, competentes y con experiencia que hayan sido contratados bajo términos de referencia aceptables para el Banco.

5. El prestatario efectuará las modificaciones razonables solicitadas por el Banco en los documentos o informes de adquisición. No se modificarán materialmente los documentos o informes acordados sin la autorización del Banco.

6. Antes de aceptar cualquier modificación material o renuncia de términos y condiciones de algún contrato o de conceder una prórroga material del plazo de cumplimiento estipulado o de emitir una orden u órdenes de cambio (salvo en casos sumamente urgentes) que, en conjunto, incrementarían el costo de un contrato en más

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del 15 por ciento del precio original, el prestatario obtendrá la autorización del Banco en cuanto a la modificación, renuncia, prórroga u orden de cambio planteada.

7. Si el Banco determina que los procedimientos de licitación, la adjudicación del contrato, el contrato mismo o cualquier modificación o renuncia de dicho contrato no son consistentes con el contrato del préstamo, le informará de inmediato al prestatario y manifestará los motivos de dicha conclusión.

8. Al adjudicar cualquier contrato que será financiado por el Banco, el Banco podrá publicar una descripción de dicho contrato, el nombre y domicilio de la parte a que se adjudicó el contrato y el precio del contrato.

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ANEXO 2

INSTRUCCIONES PARA LOS LICITANTES

Objetivo

1. En este anexo se proporciona información y normas para orientar a los presuntos licitantes que desean participar en adquisiciones financiadas por el Banco.

Responsabilidad de adquisiciones

2. Como se subraya en los incisos 1.6 y 2.5 de las Políticas y procedimientos, el prestatario tiene la responsabilidad legal de realizar las adquisiciones. Invita, recibe y evalúa las ofertas y adjudica el contrato. El contrato se celebra entre el prestatario y el proveedor o contratista. El Banco no es parte contratante.

Función del Banco

3. El Banco exige que los procedimientos, documentos, evaluaciones de ofertas, recomendaciones de adjudicación y contrato se lleven a cabo de conformidad con los procedimientos acordados según se estipula en el Contrato del Préstamo. En el caso de contratos importantes el Banco normalmente revisa los documentos, como se describe en el Anexo 1. Si el Banco determina, en cualquier momento del proceso de adquisición (aún después de la adjudicación del contrato), que los procedimientos acordados no fueron seguidos en algún respecto material, el Banco puede declarar la adquisición viciada, como se describe en el inciso 3.35. Sin embargo, si un prestatario ha adjudicado un contrato después de recibir la "no objeción" del Banco, el Banco puede declarar la adquisición viciada solamente si el Banco le dio la "no objeción" en base a información incompleta, incorrecta o engañosa proporcionada por el prestatario o si se establece, en un fallo adoptado por un tribunal de derecho, que el contrato fue adjudicado en base a prácticas corruptas.

4. El Banco tiene Documentos Modelo de Licitación para varios tipos de adquisiciones. Los prestatarios pueden usar estos documentos con los cambios mínimos que se requieran para responder a las necesidades específicas del proyecto y del país. Los documentos de precalificación y licitación son finalizados y expedidos por el prestatario.

5. La información acerca de las oportunidades de licitaciones públicas se puede obtener del Aviso General de Adquisiciones y de la Invitación Específica para precalificar o presentar ofertas, como se indica en los incisos 3.6 y 3.7 de las Políticas y procedimientos. Las instrucciones generales acerca de participación en las licitaciones, así como información anticipada acerca de oportunidades comerciales en proyectos futuros, pueden obtenerse en inglés y español, según proceda, a través de los siguientes medios:

• Diario Oficial de la Federación (de México);

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• Diario de mayor circulación en el estado donde se localiza el proyecto;

• Diario de mayor circulación en el estado vecino al otro lado de la frontera;

• Sitio del BDAN en la Internet, publicado en el sitio y difundido vía “list-serv” (un servicio de correo electrónico);

• Compranet, el servicio electrónico de México para publicar convocatorias de licitaciones públicas;

• Publicaciones técnicas apropiadas para el proyecto; y

• Development Business, publicada por la Organización de las Naciones Unidas (opcional para contratos cuyo valor excede los límites de licitación pública internacional).

Función del Licitante

6. Al recibir el documento de precalificación o licitación, el licitante deberá estudiar cuidadosamente los documentos para determinar si puede reunir las condiciones técnicas, comerciales y contractuales y, en caso afirmativo, proceder a formular su oferta. Asimismo, el licitante debe revisar críticamente los documentos para averiguar si existe alguna ambigüedad, omisión o contradicción interna o algún aspecto de las especificaciones u otras condiciones que no esté claro o que parezca ser discriminatorio o restrictivo; en caso afirmativo, el licitante debe solicitar aclaración por escrito de parte del prestatario, dentro del plazo para solicitar aclaraciones especificado en los documentos de licitación.

7. Los criterios y la metodología para seleccionar al licitante ganador se describen en los documentos de licitación, generalmente en la sección titulada, "Instrucciones para los Licitantes y Especificaciones". En el caso de que éstos no estén claros, se deberá solicitar aclaración del prestatario.

8. Al respecto, cabe subrayar que cada adquisición se rige por los documentos de licitación específicos expedidos por el prestatario, como se señala en el inciso 2.5 de las Políticas y Procedimientos. Si un licitante considera que alguna disposición establecida en estos documentos no está de conformidad con las Políticas y Procedimientos, deberá plantear esta duda ante el prestatario.

9. El licitante tiene la responsabilidad de plantear cualquier cuestión acerca de ambigüedades, contradicciones, omisiones, etc. antes de presentar su oferta, para asegurar la presentación de una oferta que cumpla con todos los requisitos exigidos y que incluya todos los documentos de apoyo solicitados en los documentos de licitación. Toda oferta que no cumpla con algún requisito crítico (técnico o comercial) será rechazada. Si un licitante desea proponer algún cambio en un requisito no crítico o sugerir una solución alternativa, el licitante deberá cotizar el precio de oferta que cumpla cabalmente con los requisitos y luego indicar por separado el ajuste que pueda ofrecer en el precio si se acepta el cambio o la solución alternativa. Después de que las ofertas hayan sido recibidas y abiertas públicamente, no se exige ni se permite que los licitantes cambien el precio o el contenido de la oferta.

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Confidencialidad

10. El proceso de evaluación de ofertas será absolutamente confidencial hasta que se dé a conocer la adjudicación. Esto es imprescindible para evitar cualquier interferencia inapropiada, real o percibida, en dicho proceso de evaluación. Si durante esta etapa el licitante desea presentarle información adicional al prestatario, al Banco o a los dos, deberá hacerlo por escrito.

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Acción por parte del Banco

11. Los licitantes pueden enviar al Banco copias de sus comunicaciones con el prestatario con respecto a cuestiones y preguntas o dirigirse directamente al Banco cuando los prestatarios no respondan de inmediato o cuando la comunicación sea una reclamación en contra del prestatario.

12. Las comunicaciones enviadas al Banco por los presuntos licitantes antes de la fecha de cierre para la presentación de ofertas, se enviarán, si procede, al prestatario junto con los comentarios y recomendaciones del Banco en cuanto a cómo deberán responder o actuar.

13. Las comunicaciones recibidas de los licitantes después de la apertura de las ofertas se tramitarán como sigue. El Banco examinará la comunicación en consulta con el prestatario. Si se requieren datos adicionales para concluir el proceso, éstos se obtendrán del prestatario. Si se requiere información adicional o clarificación del licitante, el Banco solicitará al prestatario que la obtenga y que la comente o la incorpore, según sea apropiado, en el informe de evaluación. No se tomará una decisión en cuanto a la adjudicación del contrato hasta que la comunicación se examine y se haya considerado completamente.

14. Con la excepción de los acuses de recibo, el Banco no hablará ni mantendrá correspondencia con ningún licitante durante el proceso de evaluación y revisión de la adquisición hasta que se notifique la adjudicación del contrato.

Explicación de ofertas rechazadas

15. Después de la notificación de la adjudicación, si un licitante desea averiguar las razones por las cuales no fue seleccionada su oferta, deberá dirigirse al prestatario. Si el licitante no está satisfecho con la explicación y desea solicitar una reunión con el Banco, puede hacerlo y el Banco organizará una junta con el personal pertinente. Durante esta reunión se puede hablar solamente de la oferta del licitante y no de las ofertas de los competidores.

Certificación

16. Las entidades que presenten ofertas o proporcionen bienes o servicios al Banco o con respecto a un préstamo otorgado o garantizado por el Banco, certificarán por escrito que: (1) no han sobornado ni sobornarán a los funcionarios nacionales o extranjeros relacionados con proyectos concretos o posibles del Banco; (2) tienen políticas internas que claramente prohiben el uso de sobornos en actividades de la sociedad; y (3) no han sido condenados (ni hallados culpables en un fallo civil) de haber sobornado a funcionarios nacionales o extranjeros o de haber cometidos Otras Ofensas, como se describe en detalle en el siguiente inciso, durante un período de cinco años antes de la fecha de la certificación.

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Exclusión

17. El Banco tendrá el derecho de excluir de cualquier participación futura en cualquier proyecto financiado o garantizado por el Banco, a cualquier entidad que durante los cinco últimos años haya sido condenada (o se le haya encontrado culpable en un fallo civil) por haber sobornado a funcionarios nacionales o extranjeros o por haber cometido alguna de las siguientes ofensas ("Otras Ofensas"): fraude, malversación, robo, falsificación, destrucción de actas, declaraciones falsas hechas ante funcionarios públicos, recepción de bienes robados o cualquier otra ofensa que demuestre una falta de integridad u honradez en los negocios.