Actividades en Ecuador Actividades en Ecuador Turismo Interno Turismo Interno.
Comisarios en Ecuador
-
Upload
vanevillarreal -
Category
Documents
-
view
276 -
download
4
description
Transcript of Comisarios en Ecuador
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADORFACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVASESCUELA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
MATERIA: DERECHO MERCANTIL Y SOCIETARIOPROFESOR: Dr. Francisco MorenoAULA: CA 4-01TEMA: Los ComisariosAUTORES:
SEMESTRE IVMarzo – Agosto 2015
Aizaga Jessica Morillo Maribel Narváez Selena Quintuña Abigail Villarreal Vanessa
COMISARIOS
Comisario
Órgano Societario
Fiscalizar
Vigilar
Inspeccionar
Examinar
Libros Contables
Actividad de los
Administradores
REQUISITOS (Títulos Profesionales)
Contadores Públicos Autorizados
Economistas
Administradores de Empresa
Auditores
A falta de estos profesionales, a
personas que acrediten tener
experiencia en labores
relacionadas con la actividad de
comisarios de compañías.
No pueden
Ser Comisarios
Personas inhabilitadas
para el comercio
Empleados de la
Compañía o personas que
perciban retribuciones
Cónyuges de los
Administrado-res
Personas dependien-
tes de los Administrado-
res
Personas que no tuvieron su
domicilio dentro del
país
Culminación de funciones:
El comisario continuará en sus funciones aun cuando
hubiere concluido el período para el que fue
designado, hasta que fuere legalmente reemplazado.
Facultades:
Cuando los comisarios sean tres o más y cuando una
minoría de por lo menos el 25% del capital social no esté conforme , podrá designar uno de dichos
comisarios.
Podrá revocarse el nombramiento del comisario ante una actuación dolosa.
Obligaciones:
Informar oportunamente a la Supercias sobre las observaciones que
formularen.
La omisión será sancionada por la Supercias con multa
de hasta doce salarios mínimos.
Cerciorarse de la constitución y
subsistencia de las garantías de los administradores
Exigir de los administradores la entrega de un
balance mensual de
comprobación
Examinar en cualquier
momento y una vez cada tres
meses los libros y papeles en los
estados de caja y cartera
Revisar el balance y la cuenta de
pérdidas y ganancias
Convocar a juntas generales de accionistas
Solicitar a los administradores
que hagan constar en el orden del
día, los puntos que crean
convenientes
Asistir con voz informativa a las juntas generales
Vigilar en cualquier tiempo las
operaciones de la compañía
Atribuciones
• Pedir informes a los administradores
De los
• Proponer motivadamente la remoción de los administradores
Comisarios
• Presentará la junta general las denuncias que reciba acerca de la administración, con el informe relativo a las mismas.
Formar parte de los órganos de administración de la compañía
Delegar el ejercicio de su
cargo
Representar a los accionistas
en la junta general
L os comisarios:
serán individualmente responsables por el incumplimiento de las obligaciones que la
ley y los estatutos les impongan.
Fallecimiento Excusa Renuncia impedimento o cualquier otra causa
El administrador convocará a la junta general de accionistas en el plazo de quince días
Si vencido este plazo el administrador no convocare a la junta el Superintendente de Compañías, de oficio o a petición de cualquier accionista, designará, de fuera del personal de la Superintendencia, comisario o comisarios para la compañía
La remuneración de los comisarios nombrados por el Superintendente será fijada por éste y su pago.
La junta general, a falta de disposición en los estatutos, fijará la retribución de los comisarios.
En caso de sospechas de actitud negligente por parte de los comisarios, podrá denunciar el hecho
a la junta general.
Las compañías pueden designar para su fiscalización y control consejos de vigilancia o de
inspección.
Informe del comisario:
Si la compañía es anónima o, si los estatutos de la
compañía limitada,
establecen la existencia del comisario, los
informes anuales de los Comisarios
a las Juntas Generales deben
cumplir con las siguientes normas
Requisitos mínimos:
Opinión sobre el
cumplimiento de normas
legales, estatutarias y
reglamentaria, así como de
las resoluciones de la Junta
General y del Directorio, si
fuere del caso;
Comentario sobre los procedimientos de control interno de la compañía;
Informar sobre las
disposiciones
constantes en el
artículo 279 de la
Ley de Compañía
s
Diferencia de opinión de Comisarios:
De existir más de un Comisario, si las opiniones no son coincidentes, cada uno deberá presentar su informe por separado
Aclaraciones y
explicaciones:
El Superintendente de Compañías podrá exigir en a los Comisarios, explicaciones o aclaraciones respecto al cumplimiento de las normas previstas en la Ley
Y en este Reglamento, así como la
presentación de los documentos que
sustenten sus informes y en caso de
incumplimiento establecerá la
respectiva sanción, conforme lo
establecido en la Ley, sin perjuicio de las acciones civiles o
penales a que hubiere lugar.
Notificación de convocatorias a Junta General.
Modificaciones o cambios en las direcciones electrónicas.
Convocatoria especial e individual a los comisarios para la Junta.
DOCTRINAS JURÍDICAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE
COMPAÑIAS:
Los Administradores y los Comisarios de una Compañía Anónima no pueden actuar como apoderados de los Accionistas en las Sesiones de las Juntas Generales:
* Los comisarios no podrán ser representantes ni suplentes de un accionista
Se puede ser administrador de una compañía y comisario de otra a menos que existiere de por medio la incompatibilidad señalada en la Ley de Compañías;
Pero, la contratación entre ambas compañías sólo podría hacerse si no se violare el artículo 282 de la misma ley.
* Administrador y comisario en diferentes compañías pero sin violar las leyes.
El administrador de una Compañía Anónima o de ResponsabilidadLimitada sí puede intervenir por sus propios derechos, como socio,
en la constitución de una sociedad en la que también interviene como socia la compañía que administra. Cosa similar se aplica con respecto a los comisarios.
* El comisario podrá intervenir en las decisiones de la empresa.
Capacidad que exige la ley para losadministradores y comisarios de lasCompañías Anónimas y deResponsabilidad Limitada.
* Cumplir con lo que la ley exige.
Las personas jurídicas pueden serdesignadas comisarios de las CompañíasAnónimas.
* Pueden ser comisarios las personas jurídicas.
No es posible que existan acciones ordinarias sin derecho a voto,pero si es factible una modificación contractual a ese derecho,
para cuyo efecto deberá constar en los estatutos de la compañía y únicamente estará referida para la designación de los administradores y comisarios de la misma.
* Modificar los derechos referidos solo a los administradores y comisarios.
En diversos países en materia de
sociedades anónimas suele establecerse
algún órgano encargado
específicamente de vigilar o fiscalizar la actuación de los administradores.
Esta idea responde al hecho de que la
junta general, como órgano que se reúne esporádicamente, a menudo solo una vez
al año, no puede controlar de una
manera efectiva la gestión de los
administradores
En algunos países se establecen órganos
de vigilancia con funciones
permanentes
En otros países, entre ellos España, se
impone por la ley solamente un órgano
de fiscalización, encargado
fundamentalmente de revisar las cuentas
anuales de la sociedad.
El Consejo de Administración de las grandes sociedades anónimas funciona, generalmente, en nuestro país, como
verdadero órgano de vigilancia, que
controla la actuación de los consejeros
delegados o comisiones
delegadas que son los verdaderos
administradores de la compañía.
Nombrados por la junta general que aprueba las cuentas de un ejercicio
Se nombran dos accionistas censores de cuentas propietarios y dos suplentes.
Se declara que el nombramiento de censores ha de hacerse en la Junta General
Los censores de cuentas nombrados por unanimidad o por mayoría deberán ser accionistas
Obligados a examinar el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, la propuesta sobre distribución de beneficios y la
memoria del ejercicio anual y a emitir el correspondiente informe.
Los censores disponen de un plazo de un mes para cumplir su misión, plazo que no puede ser reducido por la Junta general ni por ningún otro
organismo.
El informe emitido, junto con los documentos, debe ponerse por el Consejo de Administración a disposición de los accionistas, en el domicilio
social, quince días antes de la celebración de la junta general.
Si los administradores de la sociedad no someten los documentos contables a los censores nombrados para que éstos emitan su informe, o si el plazo que les
otorgan es inferior al mes, estas circunstancias hacen impugnable
El problema relativo a si el informe técnico emitido por el censor jurado elegido por la minoría debe ponerse también a disposición de los accionistas en el domicilio
social, el Tribunal Supremo ha declarado que no existe obligación legal de hacerlo.
Función normal: consistente en examinar e informar sobre los documentos contables del ejercicio anual, pueden quedar sometidos a otra obligación.
Obligaciones y facultades de lo sensores de cuentas
Por lo menos, la tercera parte del capital desembolsado, los censores deberán realizar una investigación extraordinaria para
aclarar los extremos o anomalías que sean sometidos a su examen.
Para cumplir las obligaciones mencionadas, los accionistas Censores pueden examinar la contabilidad y todos los antecedentes con la
mayor amplitud.
Todos los censores están, naturalmente, obligados a guardar secreto sobre los resultados