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COLEGIO DE PROFESIONALES
EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA
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COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA.
CONCURSO PÚBLICO ABIERTO Nº CPA-002-2016CPCECR.
“CONTRATACION DE SERVICIOS PROFESIONALES EN ARQUITECTURA O INGENIERÍA,
PERSONA FÍSICA O JURIDICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LAS SIGUIENTES OBRAS:
CASETA DE ACCESO, REMODELACIÓN DE LA SODA, CONSTRUCCIÓN DE BAÑOS 190
M2, VESTIDOR FAMILIAR DE 25 M2, VESTIDORES DE LA CANCHA DE FUTBOL
NUEVOS, DISEÑO DE LA ACOMETIDA ELÉCTRICA; TODAS LAS OBRAS UBICADAS EN
EL CENTRO DE RECREO, SITA EN CEBADILLA DE TURRUCARES DE ALAJUELA,
PROPIEDAD DEL COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA
RICA”
MARZO, 2016
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INSTRUCCIONES A LOS INTERESADOS:
El Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica recibirá ofertas por
escrito y en sobre cerrado en original, sita en Mercedes de Montes de Oca, 50 metros
suroeste de la Rotonda La Bandera, 4to piso, Departamento de Proveeduría, el viernes 31
de Marzo de 2016, a las 10:00 a.m., con la finalidad de contratar los servicios profesionales
en Arquitectura o Ingeniería para la construcción de una Caseta de acceso, remodelación de
la Soda, construcción de baños 190 M2, vestidor familiar de 25 m2, vestidores de la Cancha
de Futbol nuevos, diseño de la acometida eléctrica; todo lo anterior de acuerdo a los
planos, especificaciones técnicas y el presente cartel de contratación.
PRIMERA PARTE
1. DEFINICIONES:
Para los efectos de la presente licitación y de los compromisos contractuales que de ella
se deriven, se entenderá por:
- CPCECR: Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica.
- CONTRATANTE: Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica.
- CFIA: Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.
- ADJUDICACION: Acto mediante el cual el CPCECR decide conferir la construcción de
las obras motivo de esta contratación
- ADJUDICATARIO: Persona física o jurídica que fuere favorecida con la adjudicación.
- OFERENTE: Toda persona física o jurídica que presente una oferta para el proyecto
a que se refiere esta contratación.
- FORMULARIO DE COTIZACION: Es el formulario que el CONTRATANTE
suministra a los presuntos oferentes para que se indiquen las características, los
precios unitarios y globales de los diferentes renglones de pago de cada una de
las obras a ejecutar.
- CARTEL: Pliego de bases y condiciones de ésta contratación.
- OFERTA: Es la propuesta formal que un interesado en participar en ésta
contratación, dirige al CONTRATANTE, aceptando la invitación que dentro del
procedimiento, implica el Cartel.
- INSPECTOR: será el profesional en Arquitectura o Ingeniería Civil, contratado y/o
autorizado por el CONTRATANTE para inspeccionar la obra, aprobar y tramitar
cualquier modificación a la misma ante las instancias pertinentes. Será miembro del
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Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, quién deberá registrar
el servicio de inspección en el contrato de servicios profesionales registrado ante el
CFIA y estará encargado de la inspección, control de la calidad y funcionamiento de
las obras construidas.
- CONTRATISTA: Persona física o jurídica que por contratación asume la
responsabilidad total de la Construcción de las obras descritas.
- PLANOS: El juego de planos de la obra está constituido por todas las láminas que
conforman el proyecto y que el CONTRATANTE suministra como base para la
CONSTRUCCION DEL PROYECTO los cuales acompañan a la presente solicitud y
por los demás planos, diagramas o esquemas que se llegaran a agregar en el
transcurso de la contratación. Posteriormente, antes de o en el transcurso de la
construcción se podrán adicionar nuevos planos, diagramas o esquemas aclaratorios
por parte del INSPECTOR.
- PRECIOS: La suma de dinero por la cual el OFERENTE se compromete a la
CONSTRUCCION DE LAS OBRAS a que se refiere esta contratación.
- EQUIPO: Toda maquinaria, instrumentos, herramientas y aparatos necesarios para la
debida ejecución y terminación de las obras o servicios, así como todo lo necesario
para el manejo, funcionamiento y conservación de los mismos.
- OBRA ADICIONAL: Aquellas obras o servicios que hayan de ejecutarse o
aquellos obreros y materiales que haya de suministrarse por parte del
CONTRATISTA para llevar a ejecución el proyecto en forma aceptable, pero para los
cuales no se ha previsto disposición alguna de pago, directa o indirectamente, en la
oferta u otro documento.
- SUB CONTRATISTA: Individuo, corporación o firma que se hace cargo de la
ejecución de una parte de la obra o servicio dentro de los términos del contrato en
virtud del acuerdo hecho con el CONTRATISTA y sujeto a la aprobación del
CONTRATANTE.
2. CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN:
2.1 El Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, invita a
participar en el CONCURSO PÚBLICO ABIERTO Nº CPA-002-2016CPCECR “obras
varias en el Centro de Recreo”
Las obras se ubican en el Centro de Recreo, propiedad del Colegio de Profesionales
en Ciencias Económicas de Costa Rica, ubicado en Cebadilla de Turrúcares de Alajuela.
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2.2 Servicios Profesionales a Contratar:
2.2.1 De las obras a construir y /o a remodelar:
Los movimientos de tierra correspondientes
La base de lastre-cemento.
La construcción de paredes, puertas, ventanas, pisos, cielos, estructura de
techos, cubierta, vigas, columnas y repellos, así como los acabados en pintura.
Las instalaciones eléctricas, sanitarias, pluviales, potables y telefónicas,
completas, incluyendo los accesorios en cada una de ellas; así como luces de
emergencia y demás obras complementarias al proyecto.
Instalación de piezas sanitarias, muebles de concreto, divisiones entre
sanitarios, bancas en vestidores
Deberá incluir las respectivas acometidas eléctricas y de agua potable para
cada edificación.
2.2.2 Descripción de las obras a Ejecutar:
Todo conforme a los planos constructivos y las especificaciones técnicas.
Construcción de la caseta de acceso.
Remodelación de la Soda.
Construcción de baños 190 m2, vestidor familiar 25 m2.
Vestidores de la cancha de futbol nuevos.
Diseño de la acometida eléctrica.
3. OFERTAS:
3.1 PRESENTACION: Las ofertas deben ser presentadas en sobre cerrado, original y
tres copias, indicando en ellas el nombre, número de cédula o documento de
identidad y dirección postal y firma del participante así como de su
representante legal.
3.2 Toda oferta deberá presentarse sin tachaduras ni borrones y deberá ser firmada
por el representante legal o su agente debidamente autorizado.
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3.3 La oferta debe hacerse con indicación de precios unitarios y totales firmes. Las
cotizaciones podrán hacerse en la moneda que las regulaciones monetarias
vigentes permitan. Los precios cotizados deberán presentarse en números y
letras coincidentes. En caso de divergencia, prevalecerá aquella suma indicada
en letras.
Vigencia de las ofertas: 30 días hábiles, a partir de la fecha de la
apertura de las mismas.
Lugar de entrega: Sede Central del Colegio de Profesionales en Ciencias
Económicas de Costa Rica, sita en Mercedes de Montes de Oca, San José,
Departamento de Proveeduría, 4to piso.
4. DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR A LA OFERTA:
Además de los requisitos indicados en otros apartados de este Cartel, las Ofertas se
acompañarán de lo siguiente:
4.1 Certificación Notarial de personería en caso de que el oferente sea persona
jurídica, debiendo indicar, además, citas de inscripción de la sociedad, número y
vigencia cédula jurídica, así como citas de inscripción de la personería jurídica.
4.2 Desglose del presupuesto: El OFERENTE debe presentar en su oferta un
desglose de presupuesto dividido en la siguiente forma:
a. Costos directos.
b. Costos indirectos.
c. Imprevistos. El valor mínimo en este rubro será tres por ciento (3 %) del total de
la oferta
d. Utilidad estimada: El valor mínimo en este rubro será de diez por ciento
(10.00%) del total de la oferta.
e. Otros no incluidos.
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4.3 Para personas físicas:
a. Copia de la Cédula de Identidad.
b. Declaración jurada de que se encuentra al día con el pago de todos los
impuestos y aportar copia de la última declaración de impuestos D-101.
c. Declaración jurada autenticada por un abogado, en la que se declare que
no posee parentesco con algún miembro de Junta Directiva o funcionario
que se encuentre laborando para el Colegio.
d. Certificación de la CCSS de que está al día en el pago de sus obligaciones,
NO SE ADMITIRÁN declaraciones juradas.
e. El profesional, deberá de estar debidamente incorporado al Colegio
respectivo y estar al día en todas sus obligaciones. Aportar certificación.
4.4 Para personas jurídicas:
a. Certificación de Personería Jurídica con no más de tres meses de
expedida
b. Copia de la cédula de identidad del Representante Legal.
c. Declaración Jurada autenticada por un abogado, en la que se declare que
no posee parentesco con algún miembro de Junta Directiva o funcionario
que se encuentre laborando para el Colegio, según Título VI, artículo Nº.
29 del Manual de Procedimientos de Compras de Bienes y Servicios del
CPCECR.
d. Certificación de la C.C.S.S. de que está al día en el pago de sus
obligaciones obrero patronales, NO SE ADMITIRÁN declaraciones
juradas.
e. Declaración Jurada de que está al día en el pago de todos los impuestos
nacionales y aportar copia de la última declaración de impuestos D-101.
f. Presentar certificación del CFIA donde se haga constar que la empresa
constructora está inscrita y al día con sus obligaciones, así como el
profesional responsable de la misma.
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5. ACLARACIONES Y COMENTARIOS:
Cualquier aclaración o explicación que los interesados requieran sobre la
interpretación de documentos (Planos y especificaciones), deberá ser formulada
por escrito, con una anticipación mínima de ocho días naturales anteriores a la
fecha de la recepción de ofertas y dirigidas a la proveeduría del CPCECR.
Cualquier modificación resultante e importante, se constituirá en un adendum al
Cartel, el cual será comunicado a los oferentes restantes.
6. REQUISITOS SOBRE LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS:
6.1 No se recibirán Ofertas después de la hora fijada para el acto de apertura de las
mismas, ni aquellas que no demuestren el depósito previo de la garantía de
participación.
6.2 Los precios ofrecidos serán obligatorios por cada obra solicitada con precios
unitarios y totales, debiéndose indicar a la vez el monto total de la Oferta. Los
precios se entenderán firmes, definitivos e invariables.
6.3 Si la oferta se cotiza en moneda extranjera, para efectos de calificación del
precio, la conversión a colones se realizará con el tipo de cambio oficial del
Banco Central de Costa Rica, al día de la apertura de las oferta
6.4 Deberá presentar la oferta en forma desglosada como se describe en la hoja de
cotización, indicando para cada obra, cantidad, el costo unitario, el costo total y
el tiempo de duración en días naturales, todo con base en un CRONOGRAMA de
ejecución de obras,
6.5 Deberá indicar por escrito el tiempo de ejecución de la totalidad de las obras, en
días calendario y su costo a un precio alzado total.
6.6 Toda Oferta deberá indicar el término de su vigencia. La vigencia mínima de la
Oferta deberá ser de 30 (TREINTA) días hábiles contados a partir de la fecha
de apertura.
7. DE LAS GARANTIAS:
7.1 Deberá depositarse, previo a la hora límite establecida para la presentación de la
oferta, una garantía de participación equivalente al 1% (uno por ciento) del
monto de la cotización. En el caso de que un OFERENTE presente, además de la
oferta base, una oferta alternativa, la garantía de participación se calculará sobre
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la base del mayor valor propuesto. La garantía de participación deberá tener
una vigencia mínima de un mes contado a partir de la fecha máxima
establecida para dictar el acto de adjudicación.
7.2 La garantía de participación no le será devuelta al ADJUDICATARIO en tanto éste
no rinda la garantía de cumplimiento indicada en este Cartel.
7.3 A los OFERENTES no seleccionados, les será devuelta la garantía de participación
dentro de los quince días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación
o de la publicación que declara desierta, infructuosa o insubsistente la licitación.
7.4 En el caso de garantías aportadas mediante títulos valores se recibirán a su valor
de mercado, deberán acompañarse de una estimación efectuada por un
operador de un puesto de bolsa de valores legalmente reconocido.
7.5 Se exceptúan de esta obligación los certificados de depósito a plazo emitidos
por los bancos estatales con vencimiento dentro del mes siguiente al plazo
máximo exigido para vigencia de la garantía.
7.6 La garantía de cumplimiento deberá tener una vigencia de tres meses
adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato.
Las garantías presentadas mediante depósito bancario de efectivo se tendrán
por no presentadas en el caso de que el banco no pueda verificar el depósito en
la cuenta señalada por razones imputables al OFERENTE.
7.7 El ADJUDICATARIO deberá rendir una Garantía de Cumplimiento, equivalente al
10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total adjudicado, dentro de los 10 días
hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que quede firme la
adjudicación.
7.8 La Garantía de Cumplimiento deberá ser ajustada ante cualquier variación del
objeto de contratación, de manera que siempre corresponda al 10% del monto
total de la contratación
7.9 La Garantía de Cumplimiento será devuelta al ADJUDICATARIO, dentro de los
tres meses siguientes a que el CONTRATANTE haya efectuado la recepción final
y definitiva de los trabajos encargados al CONTRATISTA.
8. METODOLOGIA DE EVALUACION:
8.1 Evaluación de ofertas: Se valorarán los siguientes factores:
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Factor Porcentaje
a. Precio 60%
b. Plazo de entrega 30%
c. Experiencia 10%
8.2 Precio Menor: 60%
Se asigna el puntaje máximo al oferente que ofrezca el precio menor,
siempre y cuando, este cumpla con todo lo estipulado en el cartel. Para los
demás oferentes se asigna en forma proporcional según la siguiente
fórmula.
Dónde:
P1 = PM / PO * %P
P1 = Porcentaje obtenido por la oferta en estudio
PM = Precio de la oferta más barata
PO = Precio de la oferta en estudio
%P = Porcentaje de precio que se aplicará en el estudio.
8.3 Plazo de entrega: 30%
Se asignará un total de 30% a la empresa que ofrezca el menor plazo de
entrega siempre y cuando, este cumpla con todo lo estipulado en el Cartel.
El porcentaje para los demás oferentes se asigna en forma proporcional.
Donde:
TE1 = TEM / TEO * %P
TE1 = Porcentaje obtenido por la oferta en estudio
TEM = Tiempo de entrega más corto de las ofertas.
TEO = Tiempo de entrega en estudio.
%P = Porcentaje de tiempo de entrega que se aplicará en el estudio.
8.4 Experiencia: 10%
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Se debe adjuntar certificación de proyectos emitida por el Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, que indique los proyectos realizados en los
últimos tres años.
La certificación debe venir a nombre de la misma empresa o profesional responsable
que está presentado la oferta.
Los oferentes deberán aportar una declaración tanto sobre los proyectos semejantes,
como sobre los proyectos en general realizados; durante los últimos tres años (2013,
2014, 2015), que indique:
a. Propietario del proyecto y localización.
b. Área de construcción en metros cuadrados.
c. Descripción del proyecto (breve).
d. Período de construcción y duración del proyecto
Se aplicará la siguiente fórmula:
E= (Eas/Emas) x %P
Donde:
E= Puntaje obtenido.
Eas= Sumatoria área total de obras similares construidas por la empresa a
calificar.
Emas=Sumatoria área total de obras similares construidas por la empresa con
mayor área total construida en obras similares
%P = Porcentaje de precio que se aplicará en el estudio.
9. CRITERIO DE DESEMPATE:
En caso de empate se resolverá de la siguiente manera: Se convoca a los oferentes cuyas
propuestas obtienen la misma puntuación al lugar, hora y fecha que les será comunicado
con un día de antelación, de conformidad con los medios propuestos en las ofertas para
recibir notificaciones. El día del evento con los oferentes que resultaron empatados, se
cortarán papeles de igual tamaño, uno de ellos tendrá la palabra “GANADOR”, se doblarán
de forma igual y se depositarán dentro de una bolsa, los oferentes cuyas ofertas hayan
resultado empatadas procederán a sacar de la bolsa los respectivos papeles. En caso de que
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alguna de las partes no se presentara el día del acto, el Proveedor en presencia del Auditor
Interno o de la Fiscalía, sacará el papel respectivo de la empresa que no asistió, la que
saque el papel que posee escrita la palabra “GANADOR” será el contratista de este proceso.
De todo ello se levantará un acta que será suscrita por los asistentes al evento, y
posteriormente se adoptará el acto de adjudicación. El precio será indicado en moneda
costarricense, se entenderá firme, definitivo e invariable. Deberá consignarse en números y
letras coincidentes, de haber alguna diferencia entre estos dos prevalecerá el monto en
letras.
10. ADJUDICACION DE OFERTAS:
10.1. El CONTRATANTE adjudicará la contratación dentro de un plazo máximo
de treinta días hábiles contados a partir del acto de apertura de las Ofertas.
10.2. Se adjudicará el proyecto a aquella empresa oferente que obtenga el mayor
porcentaje al sumar los tres (3) rubros anteriores indicados en el punto 8.
10.3. El CONTRATANTE se reserva el derecho de adjudicar total, parcial o de
declarar desierta la contratación, si ello es lo que más conviene al interés de la
organización.
11. CONTRATACION:
11.1. El Cartel de esta contratación, sus modificaciones, planos, anexos y cartas
aclaratorias, la Oferta del adjudicatario y sus complementos, el acto de
adjudicación, el Código Sísmico, el Código de Cimentaciones, el Código eléctrico y
el Código de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias de Costa Rica, la orden de
compra y cualquier otro documento emitido por el CONTRATISTA y aceptado por
el CONTRATANTE, así como las disposiciones legales y reglamentarias que lo
afecten, formarán parte integral de la Contratación entre el CPCECR y el
adjudicatario
11.2 Entrega: El plazo máximo para la construcción objeto de este Cartel a entera
satisfacción del CONTRATANTE será definido por el CONTRATISTA, (en días
naturales), contados a partir de la fecha de inicio de las obras. El OFERENTE
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deberá indicar expresamente cual es el plazo en que se compromete a entregar las
obras totalmente concluidas.
11.3 Forma de pago: El CONTRATANTE pagará a los 15 días hábiles siguientes al
recibido conforme de cada avance de obra. Las facturas deberán presentarse en el
tipo de moneda cotizada, cuando se trate de una moneda distinta al colón, el pago
se realizará en colones costarricenses según el tipo de cambio oficial del Banco
Central de Costa Rica, a la fecha de referencia en la factura. La factura deberá
cumplir con los requisitos que establece el artículo 18 del Reglamento del
Impuesto de Ventas caso contrario deberán ser devueltas al CONTRATISTA para su
corrección.
11.4 El CONTRATANTE cancelará un adelanto de 25%, contra factura timbrada, 15 días
hábiles posteriores a la firma del contrato.
12. RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA:
12.1. El tiempo que requiera el CONTRATISTA para corregir el trabajo deficientemente
ejecutado, no modifica el plazo total de entrega de la obra.
12.2. Todas las obligaciones derivadas de la realización de la obra, tales como Riesgos
Profesionales y Relaciones Obrero-Patronales, entre otras, serán responsabilidad
total del CONTRATISTA, liberando al CONTRATANTE totalmente de cualquier
conflicto que por estas causas se establezca.
12.3. El CONTRATISTA deberá suscribir y mantener vigente durante toda la ejecución de
la contratación las siguientes pólizas de seguro:
a) Riesgos Profesionales
b) Responsabilidad civil adecuada contra accidentes y responsabilidad por
daños a terceras personas, y a la propiedad de terceros.
c) Cobertura contra incendios y terremotos:
El CONTRATISTA será el único responsable por los daños, deterioros y
perjuicios que pueda sufrir la obra cualquiera que sea la causa de su origen,
dentro del plazo comprendido entre la firma del Contrato y la formal
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aceptación de la obra completamente terminada y a entera satisfacción del
PROPIETARIO.
d) Será responsabilidad del CONTRATISTA cumplir con toda la normativa del
código de seguridad laboral.
Si el CONTRATISTA ya dispone de pólizas suscritas que cubran esos
riesgos, bastará con que así lo demuestre con la documentación
pertinente, previa al inicio de las obras.
12.4. Las pólizas deberán presentarse al CONTRATANTE antes de iniciar los trabajos.
Estas pólizas desde su presentación inicial, deberán tener una vigencia que cubra la
totalidad del período de construcción más 30 días naturales. En caso de que el
plazo de entrega de las obras se amplíe, se deberá ajustar la vigencia de la póliza.
12.5. El CONTRATISTA libera al CONTRATANTE de cualquier reclamación de terceras
personas que pudieran presentarse por la ejecución de la obra.
12.6. El CONTRATISTA empleará únicamente personal que sea cuidadoso y competente.
El INSPECTOR puede exigir que se sustituya de la construcción cualquier persona o
personas empleadas por el CONTRATISTA que a su juicio resulte incompetente,
negligente o se oponga a obedecer instrucciones, durante el proceso constructivo.
12.7. El CONTRATISTA deberá observar y cumplir todas las leyes, reglamentos, decretos y
ordenanzas, tanto nacionales como aquellas giradas por las municipalidades
correspondientes, que estuvieren vigentes durante toda la ejecución de la
Contratación y que en alguna forma regulen dicha ejecución.
13. MULTAS Y SANCIONES:
13.1 El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contempladas en estos documentos,
dará lugar a la ejecución de la garantía de cumplimiento, previa audiencia al
CONTRATISTA y a la resolución del contrato si el CONTRATANTE lo estima pertinente,
sin perjuicio de accionar en la vía judicial el resarcimiento de daños y perjuicios.
13.2 Si existiera atraso en la entrega de la obra y no fuera justificado satisfactoriamente
ante el CONTRATANTE, el CONTRATISTA deberá pagar al CONTRATANTE por
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concepto de multa, la suma del cinco por mil (5/1000) del monto de la contratación,
por cada día natural de atraso en la entrega a satisfacción del CONTRATANTE, hasta
un máximo del 10% del monto de la contratación.
13.3 El CONTRATANTE se reserva el derecho de hacer efectivas las multas por entrega
tardía, aplicando a ellas el importe de la garantía de cumplimiento, así como de los
saldos de pago que se encontraran pendientes, previa prevención al CONTRATISTA
de cancelar voluntariamente la multa.
13.4 Cesión de la contratación: La contratación que se formalice mediante esta licitación
no podrá ser cedida ni traspasada en modo alguno a terceros, salvo autorización
expresa y por escrito del CONTRATANTE. Por consiguiente, tampoco será permitida
la sub-contratación de la obra, sin la previa autorización escrita del CONTRATANTE.
14. OBRAS EXTRAS Y REDUCCIONES:
Todo trabajo extra o reducción se ajustará en su trámite y se realizará en acuerdo con
las condiciones del Contrato. Adicionalmente, la duración de la obra extra deberá ser
reflejada en el diagrama de programación o cronograma para determinar su influencia
sobre la ruta crítica inicial.
Las solicitudes de prolongación del tiempo de ejecución de la obra, debido a cambios
en el trabajo, se resolverán en cuanto se ordenen tales cambios. Los INSPECTORES
estarán facultados para hacer algunos cambios menores en la obra, que no
representen gastos adicionales. De otra forma, excepto en una emergencia en que
peligren vidas o propiedades no se hará ninguna obra extra o cambio, salvo como
cumplimiento de una orden escrita del INSPECTOR, autorizando la ejecución de esa
obra especial o cambio.
En todo caso, sólo se realizarán trabajos extras con la autorización del CONTRATANTE.
Así mismo se tramitará con la correspondiente recomendación técnica, la verificación
del contenido presupuestario y el plazo de ejecución.
15. OTRAS CONDICIONES:
Por el hecho de presentar su Oferta a esta Licitación se entiende que el OFERENTE
ha visitado el sitio del Proyecto y está enterado de las condiciones del trabajo. El
CONTRATANTE coordinará una semana después de sacar a concurso la
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licitación, la realización de una visita conjunta de los potenciales interesados, a la
zona del proyecto para un reconocimiento general de las condiciones del sitio.
Será obligación de los oferentes conocer todas las condiciones locales y
pertinentes como: accesibilidad, características generales, extensión de las
obras existentes en el mismo o adyacentes, zonas, topografía, suelos,
servicios y otros que puedan ser determinadas por medio de una inspección
cuidadosa y detallada del sitio donde se realizará la obra.
No se considerarán trabajos extras ni pago adicional por aquellas condiciones no
expresamente indicadas, pero fácilmente visibles como resultado de esta Inspección
16. FECHA DE INICIO Y ENTREGA DE LAS OBRAS:
Las obras deberán iniciarse una vez que se haya realizado el registro
correspondiente ante el CFIA de la dirección técnica de las obras y la obtención del
correspondiente permiso de construcción ante la Municipalidad de Alajuela.
La fecha de entrega de los trabajos debidamente terminados, con la aprobación de
la inspección, la deberá determinar el OFERENTE tomando en cuenta la urgente
necesidad de la Organización de contar con estas obras, por lo que el menor tiempo
de ejecución de este proyecto será un factor importante para la adjudicación,
asumiéndose que existirán multas si el CONTRATISTA incumple con el tiempo por él
establecido para la conclusión de las obras. El plazo deberá determinarse en días
naturales.
17. DOCUMENTOS CONTRACTUALES:
Se considerarán incorporados a esta contratación las condiciones generales,
constructivas y especiales indicadas en este Cartel, los planos generales de la obra,
las especificaciones técnicas, el Código Sísmico de Costa Rica en su edición vigente,
el Código de Cimentaciones de Costa Rica, el Código de Instalaciones Hidráulicas y
Sanitarias en Edificaciones y el Código Eléctrico, la Oferta presentada por el
CONTRATISTA, las aclaraciones que realice el CONTRATANTE, el acto de
adjudicación, y todos los demás documentos, suscritos y aceptados por ambas
partes, así como la normativa legal y reglamentaria que le resulte aplicable.
Todos los anteriores documentos son complementarios y lo que en ellos se
especifique resulta obligatorio para las partes.
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En caso de que hubiere discrepancia entre ellos, se aplicarán las siguientes reglas:
Los dibujos a escala mayor regirán sobre los de escala menor.
Las dimensiones indicadas en números regirán sobre las medidas a escala.
Las especificaciones técnicas de construcción regirán sobre los planos, salvo en los
casos en que las primeras indiquen lo contrario.
18. OBJETO DE LA CONTRATACION:
El objeto de la presente licitación consiste en la construcción de las obras descritas
líneas arriba de acuerdo con los diseños y planos adjuntos, así como las demás
especificaciones de este Cartel.
El precio incluye el suministro de todos los materiales, equipos, servicios, transporte,
topografía, mano de obra y de prestaciones sociales que sean necesarias para
entregar la construcción en forma completa, correcta y de acuerdo con los planos,
especificaciones técnicas de construcción, instrucciones del INSPECTOR y demás
documentos contractuales.
19. PLANOS Y PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN:
La magnitud y características de las obras que serán construidas están definidas en
los planos, especificaciones técnicas de construcción y en los otros documentos
contractuales. El CONTRATISTA deberá tener pleno conocimiento de los mismos.
El CONTRATISTA deberá mantener en el sitio del proyecto, un juego completo de los
planos y especificaciones, para uso del INSPECTOR y del profesional encargado de la
dirección técnica. Este juego de planos con la incorporación de las correcciones y
modificaciones deberá ser entregado al INSPECTOR al finalizar la obra.
Si el CONTRATISTA durante la construcción de la obra propusiere cambios en los
diseños realizados por el CONTRATANTE o de equipos respecto de los indicados en
los planos o en las especificaciones, deberá indicar con toda claridad al INSPECTOR
la naturaleza de su proposición, para su estudio y decisión.
El CONTRATISTA no podrá aprovecharse de los errores u omisiones que hubiere en
los planos o en las especificaciones técnicas de construcción. Si durante el curso de
la obra, el CONTRATISTA hallare cualquier error, discrepancia y omisión en los
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planos o en las especificaciones, lo notificará inmediatamente por escrito al
INSPECTOR.
Para definir cualquier discrepancia se seguirán las reglas indicadas en el Punto 16
(tercer párrafo) de Documentos Contractuales. Cuando la discrepancia no fuere
aclarada por medio de estas reglas, decidirá el INSPECTOR.
20. ASPECTOS TÉCNICOS:
20.1 Dirección Técnica de la obra:
La empresa constructora deberá colocar al frente de la obra a un profesional
incorporado ante el CFIA, en el campo de la Ingeniería Civil o Arquitectura, con vasta
experiencia en la construcción de este tipo de obras, (acompañando certificación de
que es miembro del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica) así
como un Maestro de Obras que cuente con experiencia en el campo; para garantizar
la correcta ejecución técnica, de acuerdo al seguimiento e interpretación correcta de
planos, especificaciones y condiciones contractuales. EL maestro de obras deberá
ser residente a tiempo completo para coordinar, ejecutar y hacer efectivas todas las
disposiciones contenidas en los documentos contractuales, de conformidad con las
instrucciones emanadas de la dirección técnica.
No se cambiará al Profesional Responsable ni al Maestro de obras sin el
consentimiento de los INSPECTORES a menos que aquellos dejen de ser empleados
del CONTRATISTA.
El Director Técnico será el responsable de la construcción del proyecto, por lo que
deberá tener pleno conocimiento de los planos, especificaciones y demás
documentos contractuales; deberá acatar todas las instrucciones y disposiciones del
INSPECTOR y deberá dar aviso a éste de cualquier error, discrepancia u omisión que
encontrare en los planos o en las especificaciones.
20.2 Cuaderno de bitácora:
Durante el tiempo que dure la construcción, deberá permanecer en la obra en un
lugar seguro, el cuaderno foliado, con numeración continua y adquirido en el CFIA
para esa finalidad, en el cual los profesionales que tengan a su cargo la dirección
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técnica e inspección y construcción de la obra anotarán sus observaciones,
instrucciones y comentarios, necesarios para el buen andar de la obra y deberá
seguir todas las disposiciones que para ese efecto tiene el CFIA.
20.3 Planos Finales:
Una vez recibida la obra, el CONTRATISTA entregará al CONTRATANTE un juego de
planos completo, del estado final de la misma. De tal forma que se indiquen los
cambios realizados entre el diseño original y el diseño final, a efecto de poder
cotejar adecuadamente las obras programadas y las realizadas.
20.4 Trabajos adicionales o cambios:
El costo de los cambios solicitados, se establecerá de acuerdo a la lista de
precios unitarios presentada por la empresa constructora a la hora de
firmar el contrato, pero en cualquier caso la base que se establece para
ello, es la siguiente: los materiales serán suministrados por el
CONTRATISTA, debiendo correr también con el costo de los acarreos, que
tanto éste, como el de los materiales, no podrá ser mayor que el
establecido en el mercado.
Tanto la mano de obra y equipo necesario para la realización de los
cambios, se pagará de acuerdo a los salarios y costos por hora de equipo
que estén rigiendo en los trabajos ordinarios de la obra, a los cuales se les
reconocerá un 15% (quince por ciento) de más como gastos indirectos y
utilidad del CONTRATISTA.
Al recibir la orden escrita por el CONTRATANTE para la realización de la
obra o de las modificaciones solicitadas, el CONTRATISTA presentará un
presupuesto detallado en un plazo no mayor de 10 días naturales
inmediatos, para que el CONTRATANTE verifique la cantidad cobrada en
relación a los trabajos solicitados. Este mecanismo será el que regirá para
todo cambio o trabajo extra que se solicite durante la construcción.
Las solicitudes de prolongación del tiempo de ejecución de la obra, debido
a cambios en el trabajo, se resolverán en cuanto se ordenen tales cambios.
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21. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
21.1 El CONTRATISTA se compromete a aceptar todas las obligaciones de esta licitación,
ajustándose a planos, especificaciones técnicas y el contrato. Cualquier trabajo
defectuoso, ya sea por la calidad de los materiales o por deficiencia de mano de obra,
será repuesto en forma inmediata por el CONTRATISTA sin ningún costo adicional
para el CONTRATANTE. Una vez corregida la anomalía a satisfacción de la inspección,
ésta la aprobará por escrito.
21.2 Será obligación y responsabilidad del CONTRATISTA efectuar el pago de las cuotas
de la Caja Costarricense de Seguro Social, Instituto Nacional de Seguros, Instituto
Nacional de Aprendizaje, Instituto Mixto de Ayuda Social, Banco Popular y cualquier
otra institución que, de acuerdo a la Ley le corresponda.
21.3 La responsabilidad patronal será única y exclusivamente del CONTRATISTA, por lo
que no existirá ninguna relación laboral entre el CONTRATANTE y los trabajadores o
empleados del CONTRATISTA.
21.4 El CONTRATISTA deberá cumplir con lo establecido en el Reglamento de Seguridad
de Construcciones del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, decreto No. 6, del 06
de febrero de 1955, así como todos los reglamentos y leyes vigentes aplicables a la
construcción, debiendo mantener condiciones de trabajo adecuadas y seguras. En
otras palabras, corresponde al CONTRATISTA en forma total, todas las
responsabilidades y obligaciones que correspondan al Patrono, derivadas del
Código del Trabajo, leyes conexas y ordenamiento jurídico vigente; por lo que
deberá cubrir cualquier suma o cantidad en que resultara condenado, en su
condición de Patrono Único.
21.5 Será obligación del CONTRATISTA asegurar contra Riesgos Profesionales a todo el
personal que trabaje en la obra, así como tener Póliza de protección de daños a
terceros.
21.6 El CONTRATISTA deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar
deterioros y daños en la obra, en el plazo que dure la construcción y en el tiempo de
vigencia de la Garantía de Cumplimiento, ya que será responsable directo si éstos se
producen, debiendo reconstruir, reparar o restaurar, según sea el daño en la obra,
total o parcial en cualquiera de sus partes, corriendo por su cuenta los gastos que
ocasione.
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21.7 Todo trabajo comprendido en estas especificaciones incluye el suministro por parte
del CONTRATISTA de todo material, equipo y mano de obra necesaria para su
ejecución de acuerdo a planos y deberá autorizar el ingreso de cualquier material o
mano de obra inicialmente no previsto para el desarrollo del proyecto
21.8 Las especificaciones, los planos constructivos y los documentos de licitación se
complementan entre sí. Lo que en uno se exija es como si se exigiera en todos
21.9 Bodega provisional: se construirá para resguardar los materiales susceptibles a
deterioro, por condiciones ambientales y de operación, se deben suministrar tarimas
para el almacenaje del cemento para apilamientos de un máximo de 10 sacos;
además, en éste sitio se mantendrá el cuaderno de bitácora. La bodega será
propiedad del CONTRATISTA, por lo que debe ser retirada del sitio luego de
entregar a satisfacción la obra.
21.10 Cabaña sanitaria: será suministrada por el CONTRATISTA, para uso del personal de la
obra; no se admitirá la construcción de pozos sanitarios tipo letrina u otras
soluciones, ni el uso de los servicios sanitarios existentes en la finca de recreo. La
limpieza estará a cargo del CONTRATISTA y será realizada en forma regular, de tal
forma que no cause contaminación.
21.11 Cerramiento provisional: el perímetro del espacio donde se realizan las diferentes
obras debe de ser cerrado con materiales que eviten la expulsión de escombros y la
visibilidad al interior de la construcción. El CONTRATISTA es el único responsable
por daños y lesiones que se causen a terceros en razón de la construcción de la
obra, por lo que debe de contar con póliza todo riesgo relacionado con el proceso
constructivo.
21.12 La custodia de la obra, los materiales, las herramientas y equipos, durante la
ejecución del proyecto y hasta la entrega a satisfacción, corresponden totalmente al
CONTRATISTA. Éste es responsable por las pérdidas atribuibles a su personal y por
los daños a terceros producto de la ejecución del proyecto y estará obligado a
reponer de inmediato las pérdidas y daños.
21.13 El CONTRATISTA mantendrá en todo momento la propiedad libre de acumulación
de desperdicios o basura causada por sus empleados o por sus trabajadores. El
INSPECTOR estará en facultad de solicitar a la empresa, cuando lo considere
necesario, el que se realicen dichas labores, sin que esto afecte el plazo contractual
establecido.
21.14 EL CONTRATISTA será responsable por los daños que ocasione a las instalaciones
del Centro de Recreo, debiendo en todo caso reparar los daños que pudiera
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ocasionar consecuencia de las actividades constructivas o por negligencia de sus
trabajadores.
21.15 Al finalizar la obra, removerá toda la basura de y alrededor de la obra y retirará sus
herramientas, andamiajes y materiales sobrantes de su pertenencia. En caso de
disputa, el CONTRATANTE podrá retirar la basura y cobrarle el costo al
CONTRATISTA.
21.16 Requisitos generales de Seguridad en la Construcción.
a. El CONTRATISTA deberá brindar todos los materiales, accesorios, mano de obra,
equipo o implementos de seguridad y protección, en cantidad y tipo según la
naturaleza del trabajo por realizar; entre éstos se incluye: mascarilla, anteojos,
guantes, calzado, casco, chaleco, entre otros; tanto para el personal que labora
en la construcción como para los visitantes.
b. Será responsabilidad del CONTRATISTA cumplir con todas las disposiciones
legales y reglamentarias relativas a la seguridad e higiene de sus trabajadores,
atendiendo por su cuenta este tipo de obligaciones.
c. En ese sentido, debe cumplir con el Reglamento de Seguridad de
Construcciones del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, Decreto Nº 6 de
fecha 16 de febrero de 1955 y con todos los reglamentos adicionales del citado
Ministerio que sean aplicables (ver Reglamento de Seguridad en las
Construcciones), como cualquier modificación vigente que exista al momento
de hacer la oferta o que se emita posteriormente.
d. No se permitirá el hospedaje de trabajadores de la empresa constructora en la
finca de recreo, salvo el personal de vigilancia y con autorización expresa del
CONTRATISTA.
22. CONTROL DEL TRABAJO
22.1 Fiscalización: El CONTRATANTE designará un INSPECTOR que actuará en la obra y
tendrá a su cargo la fiscalización del proyecto; el INSPECTOR tendrá libre acceso a
todos los sitios del proyecto en todo momento. La inspección o fiscalización
comprenderá todo el trabajo contratado incluida la preparación o la fabricación de los
materiales que serán usados, a juicio del INSPECTOR.
22.2 El INSPECTOR estará autorizado para:
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a. Solicitar al CONTRATISTA la presentación oportuna de muestras auténticas de
materiales que fueren necesarias para su aprobación. Cuando el CONTRATISTA
solicita que se realice una inspección de prueba lo hará por escrito, con dos días
de anticipación.
b. Inspeccionar, aceptar o rechazar cualquier material suministrado total o
parcialmente.
c. Solicitar al CONTRATISTA que los equipos usados en la construcción del
proyecto sean sustituidos o aumentados, si la ejecución no avanzare
satisfactoriamente debido a esa circunstancia.
d. Solicitar que el personal empleado en la instalación sea aumentado o exigir el
reemplazo de aquel trabajador que se considere evidentemente incapaz,
ineficiente, descuidado, insubordinado u objetable en cualquier aspecto que
vaya en detrimento del trabajo.
e. Solicitar el descubrimiento de alguna parte del trabajo para verificar su
corrección; si al inspeccionarlo no resultare aceptable a juicio del INSPECTOR, el
descubrimiento, la restauración y el retiro de las partes residuales correrá por
cuenta del CONTRATISTA. En caso de que el trabajo resultare aceptable, el costo
de las labores antes dichas será pagado por el CONTRATANTE.
f. Interpretar los planos y las especificaciones, en caso de discrepancia entre ellos,
real o aparente. Verificar y aceptar las pruebas y ensayos necesarios para la
aceptación de los diferentes materiales y estructuras que componen el
proyecto.
g. Brindar informes los cuales se harán por cada avance de la obra al
CONTRATANTE.
h. Sus decisiones serán definitivas y tendrán suficiente autoridad administrativa
para hacer cumplir aquellas decisiones y ordenar que el CONTRATISTA las
ejecute pronto y debidamente.
i. Realizar la recepción de la obra.
22.3 Admisión al sitio de las Obras
En el momento en que el INSPECTOR o el CONTRATANTE lo estimen conveniente y
necesario, la admisión de trabajadores, personal, visitantes y otros, así como la
entrega y remoción de materiales y equipos del CONTRATISTA o sub-contratista al
sitio de las obras, estará regulado y controlado por el CONTRATANTE.
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22.4 PROSECUCIÓN Y PROGRESO
22.4.1 Plazo de entrega:
a. El CONTRATISTA deberá entregar la obra, objeto de la contratación,
debidamente construida de acuerdo con los planos constructivos y
especificaciones dentro del plazo estipulado en el Contrato, y con el visto bueno
del INSPECTOR.
b. Si el plazo expira en un día no hábil, se tendrá como vencido el primer día hábil
siguiente.
22.4.2 Cronograma de Entrega
a. El CONTRATISTA deberá incorporar en su oferta un cronograma detallado de la
obra, objeto de esta Contratación, empleando para dicho análisis cualquiera de
los métodos de programación en uso (CPM o similar, indicando ruta crítica). En
él se indicarán todas las actividades (de acuerdo con las actividades
programadas y las fechas en que proyecta terminarlas, su tiempo de duración
en días calendario, su tiempo de holgura, etc.
b. En caso que éste no satisficiera al INSPECTOR, antes de dar la orden de inicio
será reformado de manera que disponga el uso de equipo y de personal
suficiente y adecuado, de tal forma que asegure la terminación de la obra o
proyecto dentro del plazo estipulado.
c. Si ocurriesen atrasos durante la ejecución de la obra, el CONTRATISTA deberá
actualizar los cronogramas y justificar por escrito los atrasos.
22.4.3 Suspensión temporal de la obra
a. El CONTRATANTE tendrá autoridad para suspender el proyecto, en todo o en
parte y por el período que considere necesario, ya fuere debido a condiciones
que justifiquen tal medida, o por incumplimiento de la Contratación por parte
del CONTRATISTA. Dicha suspensión se ordenará por escrito, con un detalle de
las razones que la justifican.
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b. Si fuera necesario suspender el proyecto por un tiempo indeterminado, el
CONTRATISTA almacenará todos sus materiales, de modo que no obstruyan ni
impidan innecesariamente el tránsito público, ni sufran deterioro alguno. A la
vez, tomará la debida precaución para impedir daños o deterioros en la obra
realizada a ese momento y construirá estructuras temporales de protección
donde se le ordene.
22.4.4 Pagos
a. Los pagos al CONTRATISTA se harán por avance de obra y en moneda nacional,
previa recomendación del INSPECTOR.
b. El CONTRATISTA presentará las facturas con original y tres copias, a la
consideración, en ellas deben detallarse con claridad los porcentajes de obra
correspondiente con la factura, el avance de obra acumulado del proyecto, el
monto total de la factura y el saldo restante de acuerdo con lo adjudicado; junto
con cada cuenta mensual, el CONTRATISTA presentará comprobantes de la
cantidad y precio pagado por materiales, mano de obra o sub-contratos; todo
conforme a los formularios adjuntos.
c. Todo material y trabajo comprendido en los pagos parciales pasará a ser
propiedad del CONTRATANTE, pero esto no releva al CONTRATISTA de su
responsabilidad por la calidad, cuido y conservación de los materiales y trabajo
elaborado por los cuales se hayan hecho pagos, o por la restauración de
cualquier obra dañada, ni podrá interpretarse como renuncia al derecho del
CONTRATANTE de exigir el cumplimiento de alguna o de todas las condiciones
del Contrato.
22.4.5 Retenciones
a. El CONTRATANTE podrá retener, a causa de evidencia descubierta, también
anular todo o parte de cualquier pago, hasta donde sea necesario para
protegerse de incurrir en pérdidas a causa de:
Demandas presentadas contra el CONTRATISTA.
Incumplimiento del CONTRATISTA en los pagos a los subcontratistas o a
sus proveedores de materiales y mano de obra.
Obras defectuosas que no hayan sido corregidas.
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Una duda razonable de que la obra pueda ser terminada con el saldo a
pagar.
b. Cuando se eliminen las causas, el pago retenido por las mismas le será devuelto
al CONTRATISTA.
22.4.6 Recepción provisional y definitiva
a. Cumplido el plazo de ejecución de la obra, el CONTRATISTA deberá entregarla
debidamente terminada para su operación; tal entrega será provisional. Si el
CONTRATANTE y el INSPECTOR consideran que la obra cumple a cabalidad con
las especificaciones de la Contratación, se hará la recepción definitiva dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la fecha de la recepción
provisional y se suscribirá el finiquito correspondiente. En caso de existir
deficiencias, el CONTRATANTE le ordenará al CONTRATISTA repararlas.
b. Cuando la totalidad o cualquier parte de las obras haya sido suficientemente
completada en opinión del CONTRATANTE, éste puede tomar posesión de la
construcción y de los terrenos y usarlos para instalar sus enseres y equipo. Esta
toma de posesión no constituirá la aceptación de que las obras o que cualquier
parte de ellas ha sido terminada, o que el trabajo o cualquier parte del mismo
es satisfactorio.
22.4.7 Garantía sobre las obras realizadas
a. El CONTRATISTA garantizará la calidad de la mano de obra, materiales y equipo
que formen parte del edificio, durante un período de un año después de la
aceptación de éste, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 1185 y 1186
del Código Civil.
b. Si durante el período de garantía se encuentra algún defecto o material
defectuoso, el CONTRATISTA procederá, inmediatamente después de recibir
notificación del CONTRATANTE, a reponerlo y repararlo por su cuenta, junto con
cualquier daño ocurrido a los acabados, equipos y mobiliario por causas
imputables al CONTRATISTA.
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22.4.8 Aceptación y pago final
a. Cuando el CONTRATISTA juzgue que la obra de esta contratación está en
condiciones de ser entregada, lo notificará por escrito al CONTRATANTE,
indicando día y hora hábiles respectivos para proceder a la recepción
provisional; el CONTRATANTE comunicará al CONTRATISTA en forma detallada
y escrita cualquier deficiencia encontrada durante los quince días naturales
posteriores al acto de recepción provisional de obra.
b. El CONTRATISTA contará con quince días naturales para reparar las deficiencias
encontradas a partir de que el CONTRATANTE se las comunique por escrito,
caso contrario la reparación será hecha por el CONTRATANTE y descontada de
la garantía de cumplimiento, previa prevención al CONTRATISTA.
Cualquier información adicional que se requiera respecto a las especificaciones y
documentación solicitada deben comunicarse con la Licda. Maribel Barquero Núñez,
Departamento de Proveeduría al teléfono 2528-3215.
23. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DEL PROYECTO:
La Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica,
adjudicará el proyecto de conformidad con la recomendación emitida por la Comisión de
Adjudicación, acto que será dentro de un plazo razonable para los oferentes.
Este cartel se rige bajo el Reglamento de Compras y Adquisiciones del CPCECR
_________________________
MBA. Zoila Víquez Ramírez
Directora Ejecutiva.
_______________________________
Licda. Maribel Barquero Núñez
Encargada de Proveeduría.