CÓDIGO_ORGÁNICO_MONETARIO

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CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Carlos Castro Riera Al iniciar la lectura de la exposición de motivos del “Proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero”, se tiene la impresión de que se trata de una ley que pretendería regular la transición del “Estado burgués clasista” (capitalista) al “Estado popular no clasista” (socialista), pero eso es solo apariencia. Al avanzar en la lectura del referido proyecto de Código, se descubre su verdadera esencia, cual es la de acelerar la transición de un “modelo de acumulación primario exportador y altamente dependiente de importaciones” corrigiendo las “deficiencias estructurales de la economía de mercado”, hacia un modelo donde un fuerte intervencionismo estatal racionalice las relaciones entre el sector bancario-financiero y el sector productivo. Este proceso de transición se opera en el marco del llamado cambio de la matriz productiva, que en el fondo significa pasar de una matriz económica oligárquica y especulativa a una de tipo desarrollista neocapitalista, moderna, a través de la sustitución selectiva de importaciones para favorecer ciertos procesos productivos a cuyo servicio debe subordinarse el sector bancario y financiero. No se trata por lo tanto de un Código que pretenda cambiar las relaciones de producción mercantil capitalistas, sino de cambiar las relaciones entre el capital financiero (de carácter fuertemente especulativo) y las necesidades de ciertos sectores económicos privados, algunos de ellos

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Al iniciar la lectura de la exposición de motivos del “Proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero”, se tiene la impresión de que se trata de una ley que pretendería regular la transición del “Estado burgués clasista” (capitalista) al “Estado popular no clasista” (socialista), pero eso es solo apariencia.

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CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO

Carlos Castro Riera

Al iniciar la lectura de la exposición de motivos del “Proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero”, se tiene la impresión de que se trata de una ley que pretendería regular la transición del “Estado burgués clasista” (capitalista) al “Estado popular no clasista” (socialista), pero eso es solo apariencia.

Al avanzar en la lectura del referido proyecto de Código, se descubre su verdadera esencia, cual es la de acelerar la transición de un “modelo de acumulación primario exportador y altamente dependiente de importaciones” corrigiendo las “deficiencias estructurales de la economía de mercado”, hacia un modelo donde un fuerte intervencionismo estatal racionalice las relaciones entre el sector bancario-financiero y el sector productivo.

Este proceso de transición se opera en el marco del llamado cambio de la matriz productiva, que en el fondo significa pasar de una matriz económica oligárquica y especulativa a una de tipo desarrollista neocapitalista, moderna, a través de la sustitución selectiva de importaciones para favorecer ciertos procesos productivos a cuyo servicio debe subordinarse el sector bancario y financiero.

No se trata por lo tanto de un Código que pretenda cambiar las relaciones de producción mercantil capitalistas, sino de cambiar las relaciones entre el capital financiero (de carácter fuertemente especulativo) y las necesidades de ciertos sectores económicos privados, algunos de ellos emergentes ligados al aparato estatal, y lograr una reorientación y redistribución de la acumulación capitalista entre los sectores hegemónicos de la economía imperante, vía el Estado.

Para lograr estos objetivos, el proyecto de Código, concentra todas las decisiones de la política monetaria y financiera en una Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, integrada desde el poder ejecutivo (ciertos ministerios y un delegado del Presidente), dotada de amplísimos poderes, con capacidad entre otras de cosas de “regular la creación, constitución, organización, operación y liquidación de entidades financieras, de seguros y de valores”, “aprobar la programación monetaria, crediticia, cambiaria y financiera, que se alinearán al programa económico del gobierno”, “definir los criterios a seguir para la gestión de os excedentes de

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liquidez”, “establecer medios de pago”, “regular la gestión de moneda electrónica”, “regular el crecimiento de las entidades financieras, de valores y seguros”, “establecer directrices de política de crédito e inversión y, en general, sobre activos, pasivos y operaciones contingentes de las entidades del Sistema Financiero Nacional”, “regular la constitución, organización, funcionamiento, liquidación y registro de los fondos complementarios previsionales y sus inversiones”.

Estamos ante un proyecto de ley, que a la par de la concentración del poder político, de la concentración del poder de la comunicación e información, concentra el poder económico en el Estado, al punto de que daría la impresión de que se avanza a un capitalismo de Estado, en un contexto en el que el modelo económico y social, demanda crecientes recursos económicos que son cada vez más escasos y las crisis de liquidez puede llevarnos a escenarios imprevistos en una economía que en el plano internacional necesita de una fuerte capacidad competitiva, teniendo de por medio una economía nacional dolarizada que por lo mismo muestra en ciertos casos inflexibilidad para el manejo de la política monetaria.