código pbip tratamiento polizones en la instalación portuaria

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ACADEMIA MARÍTIMA DE SEGURIDAD INTEGRAL ASI LTDA. Resolución No 0081-MD-DIMAR-SUBMERC 25 de enero de 2016 Certificación de Calidad COTECNA SG 2015000036 ISO 9001:2008. NIT 900190606-1 www.codigopbip.com, [email protected] Teléfono 57-1-8661435, Celular/WhatsApp 57-3164490891 CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS – CÓDIGO PBIP TRATAMIENTO POLIZONES – MEDIDAS PREVENTIVAS INSTALACIONES PORTUARIAS Polizón Polizón frustrado Persona oculta en un buque, o en la carga que posteriormente se embarca en el buque, sin el consentimiento del propietario o del capitán o de cualquier otra persona responsable, y a la que se descubre a bordo una vez que el buque ha salido del puerto, o en la carga durante su desembarque en el puerto de llegada, y que el capitán describe como polizón en su notificación a las autoridades competentes. Persona oculta en un buque, o en la carga que posteriormente se embarca en el buque, sin el consentimiento del propietario del buque o del capitán o de cualquier otra persona responsable, y a la que se descubre a bordo antes de que el buque salga del puerto. MEDIDAS PREVENTIVAS. Autoridades portuarias / Instalaciones portuarias1 Los Estados y los propietarios, operadores y autoridades de puertos y terminales deberían asegurarse de que todos sus puertos estén dotados de la infraestructura y los procedimientos operacionales y de protección necesarios para evitar que tengan acceso a las instalaciones portuarias y a los buques las personas que intenten embarcarse clandestinamente a bordo de los mismos El patrullaje periódico de las zonas portuarias y sus alrededores (a pie, motorizado, en embarcaciones) La inspección de la carga, los vehículos para transportar carga, las edificaciones, las bodegas, los almacenes y los patios de almacenamiento de la carga. La cooperación entre las autoridades públicas, los propietarios de buques, los capitanes y las entidades pertinentes en tierra en el establecimiento de disposiciones operacionales. La elaboración y el cumplimiento de acuerdos de seguridad con operadores portuarios, los estibadores, contratistas y otras entidades en tierra que trabajen en las instalaciones portuarias para asegurarse de que sólo el personal autorizado por estas entidades interviene en las operaciones de estiba/desestiba y de carga/descarga de los buques y en otras tareas relacionadas con la permanencia de los buques en los puertos. La elaboración y el cumplimiento de acuerdos de seguridad con operadores portuarios, los estibadores, contratistas y otras entidades en tierra para asegurarse de que se puede demostrar fácilmente la identidad del personal en la instalación portuaria y aquellos que tiene acceso al buque, y que se dispone de una lista de los nombres de las personas autorizadas que tengan que subir a bordo durante el desempeño de sus tareas; y La elaboración y socialización de protocolos de seguridad para obtener la colaboración operadores portuarios, los estibadores, contratistas y otras personas que trabajen en la zona portuaria para que notifiquen al personal de seguridad, las autoridades públicas y portuarias la presencia de toda persona sospechosa que aparentemente no esté autorizada a hallarse en el buque y/o en la zona portuaria. Próximamente. MEDIDAS PREVENTIVAS. Propietario /Capitán del buque Capitán de Navío (ra) Jesús Alberto Gutiérrez Reyes. Consultor de Protección Marítima 1 FAL 37/17. (Adopted on 9 September 2011). REVISED GUIDELINES ON THE PREVENTION OF ACCESS BY STOWAWAYS AND THE ALLOCATION OF RESPONSIBILITIES TO SEEK THE SUCCESSFUL RESOLUTION OF STOWAWAY CASES

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ACADEMIA MARÍTIMA DE SEGURIDAD INTEGRAL ASI LTDA. Resolución No 0081-MD-DIMAR-SUBMERC 25 de enero de 2016

Certificación de Calidad COTECNA SG 2015000036 ISO 9001:2008. NIT 900190606-1

www.codigopbip.com, [email protected] Teléfono 57-1-8661435, Celular/WhatsApp 57-3164490891

CÓDIGO INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS – CÓDIGO PBIP

TRATAMIENTO POLIZONES – MEDIDAS PREVENTIVAS INSTALACIONES PORTUARIAS

Polizón Polizón frustrado

Persona oculta en un buque, o en la carga que posteriormente se embarca en el buque, sin el consentimiento del propietario o del capitán o de cualquier otra persona responsable, y a la que se descubre a bordo una vez que el buque ha salido del puerto, o en la carga durante su desembarque en el puerto de llegada, y que el capitán describe como polizón en su notificación a las autoridades competentes.

Persona oculta en un buque, o en la carga que posteriormente se embarca en el buque, sin el consentimiento del propietario del buque o del capitán o de cualquier otra persona responsable, y a la que se descubre a bordo antes de que el buque salga del puerto.

MEDIDAS PREVENTIVAS. Autoridades portuarias / Instalaciones portuarias1 Los Estados y los propietarios, operadores y autoridades de puertos y terminales deberían asegurarse de que todos sus puertos estén dotados de la infraestructura y los procedimientos operacionales y de protección necesarios para evitar que tengan acceso a las instalaciones portuarias y a los buques las personas que intenten embarcarse clandestinamente a bordo de los mismos

El patrullaje periódico de las zonas portuarias y sus alrededores (a pie, motorizado, en embarcaciones) La inspección de la carga, los vehículos para transportar carga, las edificaciones, las bodegas, los almacenes

y los patios de almacenamiento de la carga. La cooperación entre las autoridades públicas, los propietarios de buques, los capitanes y las entidades

pertinentes en tierra en el establecimiento de disposiciones operacionales. La elaboración y el cumplimiento de acuerdos de seguridad con operadores portuarios, los estibadores,

contratistas y otras entidades en tierra que trabajen en las instalaciones portuarias para asegurarse de que sólo el personal autorizado por estas entidades interviene en las operaciones de estiba/desestiba y de carga/descarga de los buques y en otras tareas relacionadas con la permanencia de los buques en los puertos.

La elaboración y el cumplimiento de acuerdos de seguridad con operadores portuarios, los estibadores, contratistas y otras entidades en tierra para asegurarse de que se puede demostrar fácilmente la identidad del personal en la instalación portuaria y aquellos que tiene acceso al buque, y que se dispone de una lista de los nombres de las personas autorizadas que tengan que subir a bordo durante el desempeño de sus tareas; y

La elaboración y socialización de protocolos de seguridad para obtener la colaboración operadores portuarios, los estibadores, contratistas y otras personas que trabajen en la zona portuaria para que notifiquen al personal de seguridad, las autoridades públicas y portuarias la presencia de toda persona sospechosa que aparentemente no esté autorizada a hallarse en el buque y/o en la zona portuaria.

Próximamente. MEDIDAS PREVENTIVAS. Propietario /Capitán del buque

Capitán de Navío (ra) Jesús Alberto Gutiérrez Reyes. Consultor de Protección Marítima

1 FAL 37/17. (Adopted on 9 September 2011). REVISED GUIDELINES ON THE PREVENTION OF ACCESS BY STOWAWAYS AND THE ALLOCATION OF RESPONSIBILITIES TO SEEK THE SUCCESSFUL RESOLUTION OF STOWAWAY CASES