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MANUAL DE CONVIVENCIA Código: DOC-DE-MC Versión: 02 Fecha: 18-Julio-2014 Página 1 de 59 HOJA DE APROBACIÓN MANUAL DE CONVIVENCIA Revisado Por: Sergio Barrios Acosta Aprobado Por: Linda L Rosas. Cargo: Representante de la Dirección Cargo: Gerente Firma: Firma:

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MANUAL DE CONVIVENCIA

Código: DOC-DE-MC

Versión: 02

Fecha: 18-Julio-2014

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HOJA DE APROBACIÓN

MANUAL DE CONVIVENCIA

Revisado Por: Sergio Barrios Acosta Aprobado

Por: Linda L Rosas.

Cargo: Representante de la

Dirección Cargo: Gerente

Firma: Firma:

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TABLA DE CONTENIDO

CAPÍTULO I .......................................................................................................................... 5 LA INSTITUCION ................................................................................................................ 5 GENERALIDADES Y PRINCIPIOS ORIENTADORES .................................................... 5

CAPITULO II ....................................................................................................................... 11 FILOSOFIA INSTITUCIONAL .......................................................................................... 11

CAPITULO III ..................................................................................................................... 13

LOS ESTUDIANTES .......................................................................................................... 13 DERECHOS, DEBERES Y GARANTIAS ......................................................................... 13 CAPITULO IV .................................................................................................................... 29

DEL UNIFORME – HORARIO ....................................................................................... 29 LA PULCRITUD, LA ASISTENCIA, Y LA PUNTUALIDAD ......................................... 29 CAPITULO V ..................................................................................................................... 30

HIGIENE PERSONAL DE PREVENCION Y DE SALUD PÚBLICA ............................. 30 CAPITULO V I .................................................................................................................... 31

DEL REGIMEN ACADEMICO DEL INSTITUTO TECNICO CARL ROS.................... 31 CAPÍTULO VII ................................................................................................................ 34 DE LOS ASPECTOS CORRECTIVOS ACADEMICOS Y DISCIPLINARIOS DE LOS

ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TECNICO CARL- ROS ........................................ 34

CAPITULO VIII .................................................................................................................. 39 DE LOS CONDUCTOS REGULARES PARA SOLUCIONAR CONDUCTAS NO

DESEABLES ....................................................................................................................... 39

CAPITULO IX ..................................................................................................................... 42 SANCIONES ........................................................................................................................ 42

CAPITULO X ...................................................................................................................... 45 DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS Y DOCENTES .................. 45 DE LOS PADRES DE FAMILIA y/o ACUDIENTES ........................................................ 50

CAPITULO XI ..................................................................................................................... 51 GOBIERNO INSTITUCIONAL .......................................................................................... 51

CAPITULO XII .................................................................................................................... 54 REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS OFRECIDOS POR EL

INSTITUTO ......................................................................................................................... 54 BIBLIOTECA ...................................................................................................................... 54 CAPITULO XII .................................................................................................................... 59 OTRAS DISPOSICIONES .................................................................................................. 59

CONTROL DE CAMBIOS .............................................................................................. 59

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JUSTIFICACION

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Para esta comunidad educativa es de vital importancia la aplicación de este manual que

acorde con la orientación Constitucional y Filosófica de nuestra Institución , los objetivos

del proceso de enseñanza y aprendizaje se fundan en la necesidad de practicar los derechos

y deberes que le corresponden a cada uno de los integrantes de la comunidad educativa con

el fin de construir juntos una convivencia social justa, pacífica, respetuosa, democrática, y

sobre todo formativa de ciudadanos integrales, seres transformadores, competentes,

responsables, altruistas, comprometidos con la sociedad de acuerdo con los fundamentos y

lineamientos pedagógicos para la administración de los alumnos mediante su gobierno

estudiantil.

Todo grupo humano que comparte un objetivo común requiere un conjunto de reglas y

criterios que sean conocidos por todos y cada uno de los miembros que lo conforman .Es

por ello que la institución ha construido con la colaboración de toda la comunidad

educativa el presente manual de convivencia, como guía de acciones formativas,

encaminadas al fortalecimiento de la calidad de vida de cada uno de los miembros que la

conforman.

Este Manual de Convivencia ha sido elaborado teniendo en cuenta las disposiciones legales

vigentes y aprobadas por los distintos representantes del Consejo Directivo y está sujeto a

modificaciones que sean necesarias para la buena marcha de la institución. Tiene como

finalidad orientar y regular las relaciones interpersonales entre los actores de la Comunidad

Educativa, busca crear y fomentar una conciencia de solidaridad, armonía y sentido de

pertenencia que propicie la buena marcha de la institución, persigue que los educandos

adquieran conocimiento de su identidad cultural mediante el buen uso del vocabulario y

normas de comportamientos aplicables para todo los estamentos educativos, quienes al

momento de firmar su inscripción y posterior admisión, se entiende que han aceptado y

están dispuestos a cumplirlo mientras tengan la calidad de estudiante del INSTITUTO

TECNICO CARL-ROS.

En la anterior dinámica, el Manual de Convivencia es el pacto social de los estudiantes

entre sí y entre ellos, los demás miembros de la comunidad educativa y el ordenamiento

institucional.

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OBJETIVOS GENERALES:

a) Buscar la práctica de los valores individuales y sociales para que los educandos se

auto determinen a través de la responsabilidad manteniendo en alto la autoestima par

el bienestar personal y comunitario.

b) Señalar funciones, derechos, deberes, y límites de autoridad que correspondan a los

diferentes estamentos y órganos de control.

c) Organizar y reglamentar las formas de participación de estudiantes, docentes,

directivos que conforman el gobierno escolar.

d) Tener siempre presente que el Manual de Convivencia se utilice como medio para

formar valores que sirvan de ejemplo a la comunidad educativa.

e) Mantener este Manual en armonía con el derecho a la defensa el debido proceso en

aquellos casos de resolución o de conductas no deseables o aspectos de bajo

rendimiento académico.

f) Proporcionar una sólida formación ética y moral que le permitan al estudiante una

estrecha relación con Jesús y que le otorga la capacidad de amar, tolerar, y convivir

inteligentemente con los demás.

g) Promover el crecimiento en la vida espiritual de los estudiantes, el personal docente

y el personal administrativo.

h) Facilitar un espacio para el dialogo, la reflexión, participación y concertación que

permita establecer la sana convivencia,

i) Comprometer a la comunidad educativa en el cumplimiento de los acuerdos aquí

establecidos.

j) Establecer los aspectos a tener en cuenta para la solución de un conflicto.

k) Permitir a los diferentes miembros de la comunidad educativa, conocer las normas y

ajustar su actividad a ellas con el fin de alcanzar el bien común

l) Desarrollar la formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la

prevención de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación y el

deporte y la utilización adecuada del tiempo libre.

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REGLAMENTO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

CAPÍTULO I

LA INSTITUCION

GENERALIDADES Y PRINCIPIOS ORIENTADORES

Art.1 DEFINICIÓN: El Instituto Técnico Carl-Ros es una institución de carácter privado

constituido legalmente como entidad educativa desde 1997 mediante Resolución No343

y modificada mediante resolución 0304 de 2011 Emanada de la Secretaria de Educación

Distrital de carategna que imparte programa de Educación para el Trabajo y el Desarrollo

Humano a nivel técnico laboral según la ley 1064 del 2006, el Decreto No 4904 de

diciembre de 2009 y el decreto 2020 del 2006.

Art. 2º. El Nit 900448773 – 3 del Instituto Técnico Carl Ros es y su Representante legal

es LINDA LILIANA ROSAS ACOSTA.

Art. 3o UBICACIÓN: El Instituto Técnico de está ubicado en las siguiente dirección.

CARTAGENA (BOLÍVAR ) : Sucursal

- Carrera 44 No.30 A-37 TEL. 6629651 (Sede Ebro No. 1)

- Carrera 44 D No.30 A-50 TEL: 6626612 (Sede Ebro No. 2)

Art. 4º.Para los efectos del presente reglamento se definen algunos conceptos relacionados

con este manual:

a) EDUCACIÓN: Es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social

que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su

dignidad, de sus derechos y sus deberes. (Art.1 de la Ley 115 de 1994)

b) SERVICIO EDUCATIVO: Comprende el conjunto de normas jurídicas, los

programas curriculares, la educación por niveles y grados, educación para el trabajo

y el desarrollo humano, las instituciones sociales (públicas y privadas) con

funciones educativas, culturales, y recreativas, los recursos humanos, tecnológicos

metodológicos, materiales, administrativos y financieros, articulados en procesos y

estructuras para alcanzar los objetivos de la educación.(Art.2 Ley 1157 de 1994)

c) PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO: El servicio educativo será

prestado en las instituciones educativas del estado. Igualmente los particulares

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podrán fundar establecimientos educativos en las condiciones que para su creación

y gestión establezcan las normas pertinentes y la reglamentación del Gobierno

Nacional. De la misma manera el servicio educativo podrá prestarse en instituciones

educativas de carácter comunitario, solidario cooperativo, sin ánimo de lucro. Los

particulares podrán fundar establecimientos para prestar el servicio educativo con el

lleno de las condiciones que para su creación y gestión. Establece la ley. (Art. 3

Ley 115 de 1994, ley 1064 y el decreto 4904)

d) FINES DE LA EDUCACIÓN: de acuerdo con el Art.67 de la Constitución

Política de Colombia, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:

a. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le

imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso

de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral espiritual, social,

afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.

b. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la

paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia,

equidad, así como, en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

c. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que les

afecten en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación

d. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura

nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.

e. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más

avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos, y estéticos,

mediante la aprobación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo

del saber.

f. El estudio y la comprensión critica de la cultura nacional y de la diversidad

étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su

identidad.

g. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de

la cultura, el fomento de la investigación y el estimulo a la creación artística

en sus diferentes manifestaciones.

h. La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la

práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con

Latinoamérica y el Caribe.

i. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el

avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al

mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la

participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al

progreso social y económico del país.

j. La adquisición de una conciencia para, la conservación, protección y

mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional

de los recursos naturales de la prevención de desastres,dentro de una cultura

ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación.

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k. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos

y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del

desarrollo individual y social.

l. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la

prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación

física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libe.

m. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear,

investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de

desarrollo del país, y le permita al educando ingresar al sector productivo

e) COMUNIDAD EDUCATIVA: De acuerdo con el artículo 60 de la Constitución

Política, la comunidad educativa participara en la dirección de los establecimientos

educativos, en los términos de la presente ley .La comunidad educativa, está

conformada por estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o

acudientes de los estudiantes, egresados, directivos, docentes y administradores

escolares. Todos ellos, según su competencia, participaran en el diseño, ejecución y

evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del respectivo

establecimiento educativo. (Art.6 ley 115 de 1994)

f) LA FAMILIA: A la familia como núcleo fundamental de la sociedad y primer

responsable de la educación de los hijos, hasta la mayoría de edad o hasta cuando

ocurra cualquier clase forma de emancipación, le corresponde:

a. Matricular a sus hijos en instituciones educativas que respondan a sus expectativas,

para que reciban una educación conforme a los fines y objetivos establecidos por la

Constitución Nacional, la ley y el proyecto institucional.

b. Informarse sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos, y

sobre la marcha de la institución educativa, y en ambos casos, participar en las

acciones de mejoramiento.

c. Buscar y recibir orientación sobre la educación de los hijos;

d. Participar en el Consejo Directivo, asociaciones o comités, para velar por la

adecuada prestación del servicio educativo.

e. Contribuir solidariamente con la institución educativa para la formación de sus

hijos.

f. Educar a sus hijos y proporcionarles en el hogar el ambiente adecuado para su

desarrollo integral. (Art.7 Ley 115 de 1994 )

h) LA SOCIEDAD: La sociedad es responsable de la educación con la familia y el

estado. Colaborará con este en la vigilancia de la prestación del servicio educativo y en

el cumplimiento de su función social. La sociedad participará con el fin de:

a. Fomentar, proteger y defender la educación como patrimonio social y cultural

de toda la Nación.

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b. Exigir a las autoridades el cumplimiento de sus responsabilidades con la

educación.

c. Verificar la buena marcha de la educación, especialmente con las autoridades e

instituciones responsables de su prestación.

d. Apoyar y contribuir al fortalecimiento d las instituciones educativas,

e. Fomentar instituciones de apoyo a la educación… (Art.8 Ley 115 de 1994)

i) DERECHO A LA EDUCACIÓN: El desarrollo del derecho a la educación se regirá

por la ley especial de carácter estatutario.

j) NORMA LEGAL, debe entenderse toda ley, decreto o resolución o toda disposición

legal emanada de la Ministerio de Educación Nacional o de la Secretaria de Educación

Distrital.

k) DIRECTIVAS debe entenderse toda autoridad competente según el organigrama

de la institución.

l) FUNCIONARIO debe entenderse cualquier miembro del personal administrativo,

docente y/o instructor vinculado a la Institución.

ll) ALUMNO debe entenderse el educando de esta Institución considerando en forma

individual o colectiva según el caso, sin atención particular al sexo.

m) HORARIO debe entenderse la regulación de tiempo establecido para la jornada

escolar.

n) ASAMBLEA GENERAL: debe entenderse que es el máximo organismo de la

dirección de la institución y está integrada por los miembros fundadores.

o) CONSEJO DE DIRECCIÓN: Debe entenderse que es la máxima autoridad

académica y administrativa de la institución y sus decisiones están enmarcadas

dentro de los lineamientos generales definidos en el Estatuto General y por las

políticas definidas en la Asamblea General.

p) CONSEJO ACADEMICO: Debe entenderse que es la autoridad Institucional con

facultades decisorias relacionadas con la actividad académica, también asesorar al

Director en su gestión administrativa.

q) PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (PEI): debe entenderse como

el que define los lineamientos que orientan la gestión académica, directiva y

administrativa, financiera y comunidad para cumplir con la misión y la visión de la

institución.

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r) MODELO PEDAGOGICO: se debe entender que es la parte del PEI, en la cual

se señalan los fundamentos teóricos que deben orientar el proceso de aprendizaje-

enseñanza en el Instituto Técnico Carl Ros.

s) PLAN DE ESTUDIOS: se debe entender la estructura del Diseño Curricular,

integrado por temas de las diferentes disciplinas necesarias para responder al perfil

técnico y para desarrollar las capacidades y valores establecidos en el perfil

ocupacional de un determinado Programa laboral o académico.

t) MODULO: se debe entender que es una forma de organizar la parcelación del

conocimiento y está dada por un conjunto de temas ordenados correspondientes a

una disciplina especifica, su desarrollo deberá orientarse con la metodología

adecuada que permita la construcción del estudiante de competencias y valores,

varias de ellas constituyen un área ya sea del conocimiento, de formación u

optativa.

u) TIEMPO PRESENCIAL: se debe entender que es el tiempo que el estudiante

realiza su actividad académica en el aula de clases con la asesoría de un profesor.

v) CORTES ACADEMICO: se debe entender que el espacio de tiempo en que la

institución prevé como necesaria para que el estudiante logre sus objetivos. La

institución define dos clases de periodos de estudios: Periodos académicos

normales y periodos académicos vacacionales .Los periodos académicos normales

son aquellos que el estudiante adelantará en forma normal comenzando sus clase el

día indicado en el calendario escolar, y períodos académicos vacacionales, es el

espacio de tiempo en que el estudiante tendrá la oportunidad de cursar asignaturas

que le permitan adelantar sus estudios de acuerdo con sus necesidades, interés o

falencias para mejorar su promedio académico.

x) OBJETIVOS ESPECIFICOS: Adquirir y actualizar su formación básica y facilitar

el acceso a los distintos niveles educativos.

a. Erradicar el analfabetismo

b. Actualizar los conocimientos, según el nivel de educación y

c. Desarrollar la capacidad de participación en la vida económica, política, social,

cultural y comunitaria.

Art. 5º.OBLIGATORIEDAD Y ASPECTOS LEGALES: Para los efectos legales del

cabal conocimiento de las normas contenidas en este reglamento se ordena a la Comunidad

Educativa asumirlo como parte integrante de los documentos de formalización del

Contrato de Matricula y Trabajo para lo cual se dispone su publicación, divulgación y

suministro de manera que al firmarse los mencionados contratos se entenderá que

directivos, administrativos, servicios generales. Estudiantes, padres de familia, docentes

y/o instructores y todo aquel que haga parte de la comunidad educativa lo conocen y

aceptan.

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Base legal del Manual de Convivencia

Ley 115 de 1994. Por la cual se expide la ley general de educación.

Articulo 87. Reglamento o manual de convivencia. Los establecimientos educativos tendrán

un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones,

de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula

correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo.

Artículo 96. Permanencia en el establecimiento educativo. El reglamento interno de la

institución educativa establecerá las condiciones de permanencia del alumno en el plantel y

el procedimiento en caso de exclusión. La reprobación por primera vez de un determinado

grado por parte del alumno, no será causal de exclusión del respectivo establecimiento,

cuando no esté asociada a otra causal expresamente contemplada en el reglamento

institucional o manual de Convivencia.

Decreto 1860 de 1994. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los

aspectos pedagógicos y organizativos generales.

Artículo 14. Contenido del proyecto educativo institucional. Todo establecimiento

educativo debe elaborar y poner en práctica, con la participación de la comunidad

educativa, un proyecto educativo institucional que exprese la forma como se ha decidido

alcanzar los fines de la educación definidos por la ley, teniendo en cuenta las condiciones

sociales, económicas y culturales de su medio. Para lograr la formación integral de los

educandos, debe contener por lo menos los siguientes aspectos:

7. El reglamento o manual de convivencia y el reglamento para docentes.

Artículo 17. Reglamento o manual de convivencia. De acuerdo con lo dispuesto en los

Artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener

como parte integrante del proyecto educativo institucional, un reglamento o manual de

convivencia. El reglamento o manual de convivencia debe contener una definición de los

derechos y deberes de los alumnos y de sus relaciones con los demás estamentos de la

comunidad educativa. En particular debe contemplar los siguientes aspectos:

1. Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad

educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de

sustancias psicotrópicas.

Art. 6º.DEFINICIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA: El Manual de Convivencia

es el conjunto de normas que rigen los estatutos de la institución en el cual se expiden

normas académicas y con vivenciales, además, de los deberes y derechos de los estudiantes

y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa del Instituto

Técnico Carl Ros elaborado concertadamente por los miembros de la comunidad.

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CAPITULO II

FILOSOFIA INSTITUCIONAL

Art.1.El pensamiento filosófico y humanístico, está centrado en la formación de personas

autónomas con conciencia moral y sentido trascendente, sensibles, conocedores y

participes de la realidad social capaces de transformarla, ubicándose frente a unas

circunstancias que son inherentes a su misma naturaleza y en consecuencia al espíritu

filosófico que lo ilumina y orienta, apunta hacia el desarrollo emocional equilibrado con

proyección a esta sociedad, mediante el conocimiento y aplicación de los derechos,

principios y valores como la vida, la libertad, la ética, la moral, la justicia, el respeto, la

solidaridad, el orden, la tolerancia, la comunicación, la creatividad, la competitividad, la

eficacia, la excelencia, amor, honestidad y responsabilidad dentro de los cánones del

comportamiento social y político, exigidos para el hombre del presente y del futuro, es

decir, con orientación democrática, participativa, y solidaria en donde se respete la

diversidad de pensamientos políticos, culturales, científicos y tecnológicos, formando

entonces estudiantes idóneos con gran sentido de pertenencia participativa en la

construcción de conocimientos, para convertirlos en potenciadores en la observación real de

la convivencia, ya que cualquier campo del conocimiento humano para que tenga sentido,

debe ir dirigido hacia el perfeccionamiento, bienestar y calidad de la vida humana,

buscando el desarrollo humano en los aspectos físicos, mentales, sociales, espirituales ,para

lograr que el estudiante proyecte en la vida su racionalidad de ser libre y responsable

mediante decisiones inteligentes. Se hace necesario trazar unos principios que lleven este

programa entre los estudiantes. Estos principios se sintetizan en los conceptos de:

Desarrollo humano integral: Según el cual el joven o el adulto independientemente

del nivel educativo alcanzado o de otros factores como la edad, genero, raza, ideología

o condiciones personales, es un ser en permanente evolución y perfeccionamiento,

dotado de capacidades y potenciales que lo habilitan como un sujeto activo y

participante de su proceso educativo, como aspiración permanente al mejoramiento de

su calidad de vida.

Pertinencia: según el cual se reconoce que el joven o el adulto posee conocimientos,

saberes, habilidades y destreza que deben valorarse e incorporarse en el desarrollo de su

proceso formativo.

Flexibilidad : según el cual las condiciones pedagógicas y administrativas establecidas

en EL INSTITUTO TECNICO “CARL-ROS” apuntan y estimulan el desarrollo

físico y psicológico del joven y el adulto, así como a las características de su medio

cultural, social y laboral.

Participación: según el cual el proceso formativo de los jóvenes y del adulto debe

desarrollar su autonomía y sentido de la responsabilidad que le permita actuar

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creativamente en las transformaciones económicas, sociales, políticas, científicas y

culturales, y de ser participes de la misma.

Estos cuatro conceptos permitirán un dialogo del educando que lo rodea. La acción

educativa del Instituto Técnico Carl Ros se ejercerá a través de sus directivas y del cuerpo

de docentes, mediante la profundización y aplicación de estos cuatro conceptos.

Cuando hayamos recorridos estos cuatro pasos, habremos finalizado una etapa decisiva en

la formación de nuestros estudiantes, entonces estarán preparados para afrontar la vida.

Art. 2º.COSTOS EDUCATIVOS: De acuerdo con el plan de trabajo del Instituto Técnico

Carl Ros, para el presente año se fijaron costos educativos según la resolución de costos

educativos previo acuerdo con la Secretaria de Educación Distrital, el alumno deberá

cancelar el programa técnicos por módulos, los cuales serán ajustados al pago semanal,

según lo dispuesto en el parágrafo único del artículo 9 del Decreto 2253 de 1995, hasta

alcanzar el monto proyectado.

Ver anexo: resolución de costos

Art. 3: PERFIL DEL ESTUDIANTE: El perfil son las conductas y cualidades deseables

que los estudiantes deben alcanzar para manifestarles en la Institución, en la vida familiar,

social y laboral estas se hacen manifiestas en:

a) Ser personas racionales e integrales con sentido crítico y analítico capaz de recibir,

aceptar y seleccionar todo aquello que contribuya a fortalecer su voluntad y así alcanzar

su realización personal y social.

b) Integrarse a la comunidad donde se desarrolla a través de la participación, fraternidad y

solidaridad para darse y recibir ayuda.

c) Ser capaz de respetar, practicar y defender los valores, derechos humanos a nivel

individual y social en concordancia con la moral y las leyes.

d) Liderar procesos de mejoramiento en lo cognitivo y comporta mental que permitan

alcanzar la excelencia.

e) Líder en los procesos empresariales

f) Con un proyecto de vida para enfrentarse al mercado laboral en nuestra sociedad-.

g) Ser tolerante, respetuoso de las diferencias individuales, capaz de integrarse con todos

los miembros de la comunidad educativa.

h) Hacer realidad, con sus acciones y desempeño cognitivo, artístico y de proyección

comunitaria, los ideales enmarcados en la Visión, misión del proyecto educativo del

Instituto Técnico Carl Ros.

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CAPITULO III

LOS ESTUDIANTES

DERECHOS, DEBERES Y GARANTIAS

DERECHOS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES DE LOS ESTUDIANTES

De conformidad con los Derechos Fundamentales, establecidos en nuestra Carta Política,

la Ley 115 de 1994 y demás normas concordantes, los educandos tendrán los siguientes

derechos:

DEFINICIÓN DE DERECHOS: Conjunto de preceptos y principios básicos que

determinan las relaciones sociales desde el punto de vista de las personas y la sociedad. Los

derechos y deberes del estudiante se integraran a lo consagrado en la Constitución Política,

leyes y demás normas que permitan ejercer un control de desarrollo de la personalidad y

una disciplina para vivir en sociedad.

Todos los educandos tienen derecho a recibir la educación necesaria para su formación

integral, orientada a la vida laboral, al respeto de los derechos humanos, valores culturales

y el cuidado del medio ambiente natural, con paz y tolerancia.

Todos los educandos en principio gozan de los mismos derechos.

Art1. Conforme a la Constitución Política de Colombia (Articulo11) el derecho a la vida es

inviolable.

Art2. Ningún estudiante será sometido a agresión física, psicológica y /o verbal.

Art3. Todos los estudiantes recibirán protección y trato respetuoso, aceptable, sincero, y de

dialogo por parte de los directivos, ecuadores y empleados del Instituto y gozaran de los

mismos derechos, libertades y oportunidades sin discriminación alguna por razones de

raza, sexo, origen nacional o familiar, lengua, religión y opinión.

Parágrafo. El Instituto promoverá las condiciones para que la equidad sea real, efectiva y

adoptara medidas tendientes a que no se presente discriminación.

Art4. Todos los estudiantes tienen derecho a su intimidad personal, familiar así como a su

buen nombre y honra, razón por la cual el Instituto debe respetarlos y hacerlos respetar.

Art5. Todos los estudiantes tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más

limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el Reglamento o con los

procesos de la institución.

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Art6. A elegir y ser elegido para los diferentes organismos de participación estudiantil que

existen en el Instituto y a participar en las diferentes actividades del Instituto siempre y

cuando reúna los requisitos exigidos.

Art7.Se garantiza el derecho a la honra .La ley señalara la forma de su protección.

Art8. Todos los establecimientos educativos tendrán un reglamento o Manual de

Convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los

padres o tutores y los educandos al firmar la matricula correspondiente en representación de

sus hijos estarán aceptando el mismo.

Art9.Se garantiza a los estudiantes la libertad de expresar y difundir su pensamiento y

opiniones utilizando los medios de comunicación que el Instituto tienen establecidos. Esta

expresión de pensamiento opinión debe hacerse respetuosa y responsablemente teniendo en

cuenta para ello los derechos que tienen las personas y la Institución a la que pertenecen.

Art10. Todo estudiante tiene derecho a presentar peticiones respetuosas y a recibir

respuesta de los directivos y educadores por motivo de interés general o particular a través

de sus delegados en las diferentes instancias del Gobierno Escolar.

Art11. Al cariño, protección y acompañamiento de los padres o acudientes en todo el

proceso de formación humana. Tiene derecho a un hogar estable en el cual haya un

ambiente de respeto, comprensión y tolerancia donde se viva realmente el amor.

Art12. A que se le proporcionen los elementos, espacios básicos necesarios para el buen

desarrollo de las actividades Estudiantiles (planta física, e bibliotecas, audiovisuales etc.…)

y demás recursos académicos de conformidad

Art13. A conocer las observaciones en caso de ser sindicado por faltas disciplinarias o de

conducta por parte de los profesores, coordinadores etc. Tendrá derecho a ser escuchado,

tiene derecho a la defensa y a la asistencia del Representante Estudiantil, durante la

investigación y presentar pruebas y a controvertir las que se aleguen en su contra,

atendiendo lo establecido en el artículo 29 de la Constitución política, sobre el debido

proceso

Art14. Debido proceso :Nadie podrá ser sancionado por un hecho que no esté previsto

como falta grave y muy grave por este manual, ni ser sometido a cualquier medida

incriminatoria, sino conformes a leyes preexistentes al acto que se le imputa, observando

las normas legales previstas y si de la conducta realizada o no realizada se desprende un

delito o contravención sancionado por la ley penal ,inmediatamente se pondrá a

disposición de la autoridad penal competente y será responsable a título personal de todo

tipo de responsabilidad civil o administrativa que se deriven de tal conducta, conforme a las

leyes preexistentes.

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Para que una conducta sea sancionada se requiere que este definida de manera inequívoca

cada clase de falta y su medida de reconvención y sanción correctiva, la cual debe lesionar

o poner en peligro, sin justa causa la armonía convivencial de la institución y el orden

jurídico tutelado por la ley.

Art15. Derecho a consultar problemas emocionales, y / o disciplinarios familiares de bajo

rendimiento académico a través del Departamento de bienestar y Consejería.

Art16. Al estudio de la Constitución Política de Colombia y la Instrucción cívica. Así

mismo a que se fomenten prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y

valores de la participación ciudadana.

DERECHOS SOCIALES DE LOS ESTUDIANTES

Art17.El (la) estudiante tendrá derecho a conocer el Reglamento o Manual de Convivencia

del Instituto a través de la lectura personal, familiar y grupal.

Art18.Los estudiantes tendrán derecho a disfrutar del descanso, del deporte y de las

distintas formas de recreación en los tiempos y lugares previstos para ello.

Art19.Todos los estudiantes tendrán derecho a recibir la orientación y para la formación de

la convivencia y participación democrática.

Art20.El estudiante tendrá derecho a recibir reconocimientos públicos cuando se haga

merecedor (a) ellos y a que sean valoradas sus actuaciones sobresalientes a nivel deportivo,

académico, cultural y dentro y fuera del Instituto, la ciudad, y/o el país.

Art21.Respetar su dignidad de persona, ayudándolo cada día en su crecimiento humano.

Art22.Todo estudiante a quien se le atribuya la comisión de una falta, tiene derecho a ser

tratado con el respeto debido a la dignidad humana.

Art23.Gozar de los estudios e incentivos, conforme en lo previsto en el reglamento General

(Manual de Convivencia)

Art24.Tiene derecho a conocer los resultados de las evaluaciones al final de cada modulo o

periodo antes de ser consignados en los registros de valoración.

DERECHOS ACADEMICOS DE LOS ESTUDIANTES:

Art25.MATRICULA: De acuerdo con lo dispuesto en el Art.95 de la presente ley, los

establecimientos educativos privados podrán renovar la matricula de los alumnos o

educandos para cada periodo académico, mediante contrato que se regirá para las reglas del

derecho privado.

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El contrato deberá establecer, entre otros los derechos y obligaciones de las partes, las

causales de terminación y las condiciones para su renovación.

Serán parte integrante del contrato, el proyecto educativo institucional, el reglamento

interno o manual de convivencia del establecimiento educativo.

En ningún caso este contrato podrá incluir condiciones que violen los derechos

fundamentales de los educandos, de los padres de familia, de los establecimientos

educativos o de las personas naturales o jurídicas propietarias de los mismos. (Art.201 ley

115 de 1994)

Art26.COSTOS Y TARIFAS: Para definir las tarifas de las matriculas, pensiones y cobros

periódicos originados por la prestación del servicio educativo, cada establecimiento

educativo de carácter privado deberá llevar los registros contables necesarios para

establecer los costos y determinar los cobros correspondientes.(Art.202 Ley 115 de 1994 )

y Decreto 2253 de 1995

Art27.CUOTAS ADICIONALES: Los establecimientos educativos no podrán exigir por

sí mismos, , ni de otras organizaciones de la institución cuotas, bonos, o tarifas adicionales

a las aprobadas en la resolución de costos enviadas a las secretarias de educación por otros

concepto de matriculas, pensiones y cobros periódicos (Art.203 de la Ley 115 de 1994 )

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES :

Los estudiantes del Instituto Técnico Carl-Ros tienen derecho a:

Art28.La vida es el primero y principal de los derechos, de donde emanan los demás, como

la libertad, la justicia, la equidad, la dignidad, el conocimiento, la convivencia, el trabajo y

la paz.

Art29.La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función

social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás

bienes y valores de una cultura.

Art30.Exigir calidad y cumplimiento en el proceso de enseñanza.

Art31.Los estudiantes tienen derecho a una formación integral en las dimensiones corporal,

Estética, comunicativa, cognitiva, espiritual y afectiva encaminado a la excelencia que le

permita el pleno desarrollo intelectual, moral, espiritual, social de acuerdo con el bien

común.

Art32.El estudiante tiene derecho a conocer los principios que orientan la legislación

Educativa del país y la estructura, filosofía y principios del Instituto.

Art33.Los estudiantes tienen el derecho a conocer oportunamente los resultados del

proceso de aprendizaje y convivencia antes de ser consignados en el informe académico

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del estudiante con el fin de objetar y/ o solicitar respetuosamente correcciones del mismo

si a ello hubiere lugar y a ser escuchado en uno y otro caso antes de ser reportados los

informes en el instrumento utilizado por los educadores.

Art34. El estudiante tiene derecho a una educación de calidad con educadores cualificados.

Art35.A participar activamente y opinar acerca de su proceso de formación académica y

disciplinaria

Art36.A una preparación académica clara y eficiente, acorde con la actualidad.

Art37.A recibir orientación psicopedagógica y orientación social en caso de dificultades

académicas disciplinarias o de otra índole.

Art38.A recibir cumplidamente y con la intensidad horaria establecida en el plan de

estudios todas las clases consignadas en el horario por parte de los docentes asignados para

tal fin.

Art39.A exigir de cada uno de sus docentes calidad profesional, responsabilidad y sentido

de pertenencia.

Art40.A ser tratado por todo el personal docente, administrativo y de servicios generales

con tolerancia, aprecio, justicia y respeto, comprensión, sin consideración de su etnia,

religión, estrato socio económico, convicciones situaciones académicas o disciplinarias o

cualquier otra condición propia y / o de sus padres y/ o acudientes.

Art41.Ser escuchado, orientado o asistido cuando lo solicite por quienes tienen

responsabilidad; directivos y docentes siguiendo el conducto regular.

Art42.Tiene derecho a ser oído y asumir su legítima defensa en aquellos casos en que se

presenten conductas no deseables.

Art43.A tener voz y voto en la elección del personero,

Art44.A participar en la socialización del Manual de Convivencia y velar para que se

cumpla en caso de controversias.

Art45.A presentar excusas con sentido de responsabilidad y honestidad.

Art46.A obtener el carné estudiantil y la identificación con el mismo que lo acredite como

estudiante, y a portarlo para ingresar y permanecer dentro del instituto como requisito

indispensable.

Art47.A presentar por escrito o verbalmente, solicitudes o reclamaciones comedidas a las

autoridades académicas, administrativas y tener la respuesta oportuna.

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Art48. A recibir por parte del profesor la bibliografía para el desarrollo de consulta e

investigación.

Art49. A recibir conferencias de orientación sexual de parte de profesionales responsables

que les ayuden a manejar la sexualidad de una manera responsable y madura.

Art50.A ser evaluados de diferentes formas durante (Trabajos escritos, en grupos e

individuales, exposiciones, evaluaciones escritas y orales, revisión de la libreta, trabajos de

investigación etc.)

Art51.A tener espacio para la recreación y el deporte.

Art52. A solicitar revisión de exámenes, trabajos y aclaración de notas cuando sea

conveniente.

Art53. A hacer uso adecuado y responsable de las dependencias e implementos que se le

han confiado.

Art54.Derecho a l ejercicio de libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

Art55.A ser protegidos de violencia, descuido, trato negligente, abuso sexual.

Art56.Derecho a recibir una adecuada orientación espiritual, sin presión de opinión o de

conocimiento religioso.

Art57.Recibir de los profesores un ejemplo digno de valores acordes a los principios

morales, espirituales e intelectuales de la institución.

Art58.Ser escuchado siempre antes de ser sancionado.

Art59. A solicitar y obtener permiso de salida y siempre y cuando este sustentado por el

acudiente o el docente coordinador.

Art60. Derecho a la intimidad y respeto a la vida privada, siempre cuando no vaya en

contra de los principio de la institución y cuando no involucre el nombre e imagen de la

institución y no atente contra la dignidad humana.

Parágrafo 1º. Cuando el estudiante desee expresar por escrito y públicamente su

pensamiento sobre cualquier aspecto, ya sea académico o no deberá responsabilizarse

del mismo firmándola acompañado de su número de identificación.

Parágrafo 2 Los estudiantes podrán reunirse para discutir asuntos pertinentes al

desarrollo de la actividad académica siempre y cuando esto no interfiera en la actividad

normal de la institución y no vaya en contra de los principios de las buenas costumbres

y los reglamentos de la institución.

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Art61. Ser reconocido por su distinción en rendimiento académico, desempeño con

vivencial, espíritu investigativo, de solidaridad, cooperación, de igual forma a los

estudiantes que sobresalgan en certámenes deportivos, culturales o científicos.

Art62.Recibir orientaciones académicas mediante procesos pedagógicos, debidamente

planeados y evaluaciones objetivas continuas, cualitativas y variadas, en función de la

obtención de los logros propuestos.

Art63.Expresar, examinar y conciliar con toda libertad, doctrinas, opiniones,

conocimientos, trabajos, evaluaciones, metodologías y actividades realizadas en clase o

fuera de ella dentro del debido respeto a quien corresponde.

Art64.Solicitar que el instituto cumpla con las actividades cuniculares y extracurriculares

ofrecidas.

Art65.Tener derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que honrar

el uniforme sin ningún tipo de adhesión.

Art66.Conocer los programas, objetivos, logros, indicadores de logros y juicios valorativos,

guías de aprendizajes de las diferentes asignaturas y / o programas al iniciar cada periodo

o modulo.

Art67.Realizar las evaluaciones, nivelaciones, superaciones diferidos y/o habilitaciones que

haya dejado de presentar una vez sean autorizados por el coordinador dependiendo del caso

y estando dentro del término para hacerlos y a paz y salvo.

Art68.A la calidad y puntualidad en los procesos, resultados, recursos, contenidos

académicos y de proyección humana.

Art69. Contar con el tiempo establecido por la institución para el desarrollo de sus clases

sin interrupciones.

Art70.A una formación integral en un proceso continuo encaminado a la excelencia que le

permita pleno desarrollo intelectual moral, espiritual y social

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES: Los estudiantes del Instituto técnico Carl-Ros

tienen el deber de:

Art 71 Cumplir con la Constitución Política y las Leyes así como con el Estatuto los

Reglamentos y las disposiciones de la Institución.

Art 72 Ser leal a la institución contribuyendo a su buen prestigio en su presentación y

correcto comportamiento dentro y fuera de ella.

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Art 73 Lograr la excelencia académica personal y del instituto, dando un aporte concreto de

estudio, participación, trabajo e investigación.

Art 74 Responder con dedicación, disciplina y entusiasmo en su aprendizaje, contribuyendo

así a superar las exigencias educativas de la institución.

Art 75 Cumplir con los compromisos culturales, adquiridos con la institución.

Art 76 Respetar al personal directivo, docente administrativo y estudiantil.

Art 77 Conservar y mantener en buen estado el material de enseñanza (Talleres, biblioteca,

salones, laboratorios) así como los muebles de la institución.

Art 78 Acogerse a los horarios y programación académica establecidos por la institución.

Art 79 Identificarse con el carnet de estudiante cada vez que se le solicite.

Art 80 Asistir puntualmente a clases y actividades programadas por la institución.

Art 81 A presentar el día que se reintegra a clases la excusa medica por su inasistencia a

las actividades académicas.

Art 82 Adquirir los textos, elementos (Portafolio de evidencias) útiles necesarios para el

logro de los objetivos institucionales formativos y educativos de la institución.

Art 83 Pagar los valores por concepto de reposición o reparación por los daños que

ocasionen al edificio. Mobiliario, equipos, material didáctico etc.

Art 84 Presentar en las fechas asignadas las evaluaciones periódicas tareas, trabajos

investigaciones, proyectos y talleres asignados, el portafolio de evidencias.

Art 85 Solicitar a los diferentes estamentos el apoyo y la colaboración para mejorar la

calidad en el servicio educativo.

Art 86 Permanecer dentro de las aulas en el cambio de hora de clase, y dentro de las

instalaciones del instituto durante los horarios estipulados. En caso de querer ausentarse de

la hora señalada, solicitar por escrito a través del padre de familia y/ o acudiente con la

debida anticipación el debido permiso.

Art 87 Apoyar las campañas sociales para mejorar, adquirirá o ampliar las ayudas

didácticas.

Art 88 Usar el uniforme completo, en buen estado, corte y colores en el cabello normales

sin extravagancias o esnobismos así como llevarlo con dignidad y respeto, evitando su uso

en horarios y /o actividades o sitios diferentes a lo señalado por él. Abstenerse de usar el

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uniforme con accesorios ajenos a él (sin maquillaje exagerado, tatuajes, pircins etc.)Está

prohibido el ingreso ropa informal no adecuda, con gorras , lentes oscuros , la camisa del

uniforme en los caballeros es obligatorio usarla por dentro para las damas es prohibido

ingresar con camisetas o blusas escotadas, jeans descaderados.

Art 89 Entregar oportunamente cualquier informe o documentación que el Instituto

requiera.

Art 90 Actuar con respeto dentro y fuera de la institución en los actos cívicos, competencias

deportivas, actos culturales.

Art 91 Respetar y cumplir los acuerdos logrados por la mayoría.

Art 92 Utilizar adecuada y responsablemente los espacios y recursos que ofrece la

institución tales como planta física, pupitres, implementos deportivos, útiles escolares,

instalaciones y demás recursos académicos de conformidad con los reglamentos

respectivos.

Art 93Utilizar un vocabulario adecuado y respetuoso que excluya todo palabra vulgar u

ofensiva dentro y fuera de las aulas y en cualquier tipo de comunicación.

Art 94 No traer a la institución Libros, revistas obscenas, laminas pornográficas, armas

corto punzante, y de fuego que van en contra de la moral, las buenas costumbres y la

integridad física de los miembros de la comunidad educativa igual que elementos

(celulares, receptores músico-sonoros) que interfieran con el desarrollo normal de las

actividades escolares.

Art 95 Colaborar con el orden, aseo y buena presentación del aula de clases.

Art 96 Evitar correr o formar desordenes durante los descansos.

Art 97 No agredir de hecho o de palabra a sus compañeros directivos docentes, empleados

administrativos de la institución.

Art 98 Conservar buena convivencia, disciplina y conducta dentro y fuera de la institución

especialmente cuando porta el uniforme.

Art 99 Atender a los toques del timbre para cambios de clases, entrada, salidas

inmediatamente se escuche sin retardado alguno.

Art 100 El estudiante debe permanecer en los salones durante el periodo de clases

establecidos antes y después del recreo, excepto cuando el estudiante realiza cambios para

las aulas d talleres, informática etc.

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Art 101 Respetar y rendir honores a los símbolos patrios y a la nacionalidad y al folclor

colombiano, los cuales darán solidez de valores y principios ciudadanos y una claridad

sobre la herencia cultural.

Art 101 Recibir estímulos y distinciones correspondientes a sus logros y triunfos.

Art 101 Asumir con responsabilidad las consecuencias de actos individuales o grupales y

acatar en forma respetuosa y responsable.

Art 101 A evitar juegos bruscos que puedan poner en peligro la integridad física de sus

compañeros, profesores o directivos.

Art 101 Abstenerse de perturbar al desarrollo normal de clases, conferencias, charlas,

disertaciones.

Art 101 El alumno del Instituto Técnico Carl Ross vivirá en todo tiempo lugar las normas

de moral, decoro, buenas costumbres y propiciara unas relaciones óptimas con la naturaleza

para lo cual deberá:

a) No fumar, ni ingerir licor ni utilizar alucinógenos ni estimulantes fuera o dentro del

centro, especialmente si porta el uniforme que lo distingue como estudiante del

Instituto Técnico Carl-Ros, en cuyo caso deberá someterse a previsiones del decreto

1108 de 1994.

b) Respetar el ingreso a la Dirección General, coordinación General, secretaria, donde

solo ingresará de ser invitado o solicitar permiso.

c) Respetar las zonas verdes, arbole, pájaros y todo entorno ecológico y participar en

campañas de ese tipo que el instituto emprenda.

d) Respetar el libre fluir de las personas por los corredores y escaleras absteniéndose

de ocupar las vías esenciales de transito.

e) No salir del aula de clase a comprar merienda en horas de clase.

f) Estar a Paz y salvo con pagaduría, biblioteca, practicas productivas, orientación del

bienestar etc.

g) Presentarse y permanecer en el instituto debidamente aseado con el uniforme sin

extravagancias en su presentación personal.

h) Deberá abstenerse de masticar chicle por cuanto puede causar daño a su salud a los

bienes comunitarios.

i) Evitar todo comportamiento que desdiga, sea motivo de mal ejemplo escándalo

exagerado en las relaciones interpersonales hombre-mujer

j) Comportarse correctamente en la calle, en los medios de transporte y en sitios

público y hará respetar el uniforme del Instituto Técnico Carl-Ros.

k) Traer solamente aquellos elementos de utilidad escolar, salvando cualquier

responsabilidad sobre los utensilios diferentes a estos que el estudiante pudiere usar.

l) Abstenerse de comercializar objetos dentro del plantel

m) Abstenerse de realizar fraudes o falsificaciones de cualquier naturaleza.

n) Ser honesto evitando engaños, mentiras en su vida escolar.

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o) Abstenerse de pertenecer a pandillas, sectas satánicas o grupos que lesionen a los

demás o contravengan el orden político, jurídico o administrativo vigente.

p) Abstenerse de pertenecer a grupos armados al margen de la ley.

q) Comunicar a cualquier autoridad del Instituto las situaciones anómalas que atenten

contra el bienestar de los demás.

r) Respetar las pertenecías de los compañeros, docentes y demás miembros de la

comunidad educativa.

s) Entregar al respectivo coordinador todo objeto que encuentre y no le pertenezca

t) Presentar sus inquietudes con respeto y cortesía siguiendo el conducto regular

.Atender de buen modo las sugerencias e indicaciones hechas por los docentes,

aun de aquellos con quienes no tenga clase.

u) Comprender y respetar las diferencias económicas, culturales, nacionales y sociales

del grupo de compañeros y toda la comunidad educativa en general.

v) En caso de ausencia del instituto presentar justificación por escrito con constancia

médica a coordinación dentro de los tres (3) días hábiles siguientes.

w) No utilizar la razón social del Instituto Técnico Carl-Ros en la realización de

actividades o recolección de dinero sin la aprobación de las directivas.

x) Responder con dinamismo a las iniciativas académicas que se le propongan:

muestras artísticas, bingos, actividades lúdicas-académicas, entre otros.

y) Abstenerse de organizar excursiones y actividades extra escolares que impliquen el

desplazamiento fuera de la institución

z) No realizar acciones ni introducir a la institución elementos que perjudiquen la

integridad física, moral y religiosa de los miembros de la Comunidad Educativa.

aa) Ser elemento activo en la construcción de la paz en la comunidad educativa, en la

vida familiar social.

bb) Respetar los elementos que no sean de su propiedad y/ o que hayan puesto bajo su

cuidado

cc) Favorecer con reciproca lealtad las relaciones entre el instituto y la familiar lo

mismo en la amistad con los compañeros.

dd) Procurar la armonía y el espíritu de cooperación entre estudiantes y docentes.

ee) Respetar y acatar las órdenes de las directivas y docentes de la institución cuando

haya un reclamo seguir el conducto regular.

ff) Denunciar de inmediato toda falta que atente contra el bien común, de lo contrario

es cómplice y responsable de la misma.

gg) No traer consigo objetos de valor ya que él instituto no se responsabiliza por la

pérdida de ellos.

hh) Responder con lealtad y dinamismo en el caso de ser elegido como representante de

los estudiantes, en el consejo Directivo, consejo de estudiantes, personero o vocero.

ii) Acatar las disposiciones previstas en el Manual de Convivencia así como cumplir

con las circulares y orientaciones dadas por las distintas instancias de la institución

jj) Manifestar el sentido de partencia respetando y haciendo respetar la institución, su

nombre, símbolos, objetivos y normas establecidas.

kk) Escuchar respetar, tolerar, dentro de lo justo y razonable la libre expresión de los

demás.

ll) Hacer un gasto racional de os servicios públicos de la institución.

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mm) Informar a coordinadores o directivos sobre daños en la planta física o

enseres del instituto

nn) .Mantener aseada y ordenada el aula de clase y la institución en general.

oo) Mantenerse a paz y salvo por todo concepto que surja de las prestación del servicio

educativo o algún compromiso adicional.

pp) Es obligatorio presentar a la entrada la libreta de pago a paz y salvo los días lunes,

jueves, viernes , sábado (Según el caso).

qq) Es obligatorio portar el seguro estudiantil o en su defecto el carné del régimen de

salud al cual pertenece.

rr) Acceder a la revisión diaria tanto a la entrada como a la salida del instituto para

seguridad propia y de toda la comunidad educativa.

ss) Es indispensable desarrollar el portafolio de evidencias de conformidad con lo

requerido y bajo las indicaciones del docente. Y presentarlo tanta veces sea

solicitado.

Parágrafo El estudiante que contravenga por primera vez alguna de los anteriores

deberá presentar un ensayo al día siguiente sobre lo contravenido y que está

contenido en el Manual y exponerlo en cada salón de clases frente a sus compañeros a

efectos de que sirva de corrección y no se vuelva a repetir, además deberá vigilar

durante dos días que no se presente dicha conducta en ninguno de sus compañeros,

adquiriendo el compromiso de no volver a reincidir en la misma falta.

Art. 102 ESTIMULO Y DISTINCIONES:

El Manual de Convivencia del Instituto Técnico Carl-Ros para mantener el buen

comportamiento, excelente desempeño académico y vivencia de valores de su

comunidad de estudiantes ha creado el siguiente sistema de estímulos:

a) La institución incentivará a los estudiantes que sobresalgan por su rendimiento

académico y se distingan en certámenes culturales, científicos o deportivos donde

participen en representación de la institución.

b) La institución otorgara estímulos a través de distinciones honoríficas, medallas de

honor o exoneración y matriculas en los siguientes casos:

c) Por obtener la excelencia académica

d) Por obtener perseverancia y disciplina

e) Por sobresalir en actividades culturales, artísticas, puntualidad y alcanzar los logros

más significativos.

f) Por obtener y sobresalir en delicadeza, colaboración, puntualidad, alcanzar logros

significativos.

Art.103 El Instituto técnico Carl-Ros estimula a los alumnos que de manera individual se

destaquen académicamente, lo mismo que por su nivel de convivencia.

Art.104 Los alumnos que se destaquen académica y disciplinariamente tendrán la opción

de ser monitores o auxiliares del instructor.

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Art. 105 El estudiante para ser monitor deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Obtener un promedio ponderado durante el semestre (modulo) igual o superior

a:4.0

b) Haber obtenido un porcentaje igual o superior a 4.0 en el área del conocimiento

a la cual aspira como monitor.

c) No estar sancionado con faltas académicas o disciplinarias

d) Aprobar los exámenes y/o entrevistas exigidas para tal fin.

Art. 6. Las funciones del monitor serán las siguientes:

a) Colaborar con el docente en la realización de prácticas ejercicios y en todas las

actividades tendientes a alcanzar el objetivo de la asignatura.

b) Apoyar y orientar a los estudiantes en la ejecución de trabajos, de aplicación de

la asignatura, consecución de bibliografía y su general de las fuentes de

información que se reanalicen en la Institución, bajo la supervisión del docente.

c) Supervisar el buen funcionamiento y uso de los equipos e infraestructura física.

Art. 107 .En la ceremonia de certificación se otorgara la distinción al Merito Académico al

graduando que cumpla con las siguientes exigencias:

a) Haber cumplido con los requisitos de grado exigidos por la Institución dentro del

plazo establecido en la reglamentación expedida para tal fin.

b) Tener el promedio ponderado acumulado más alto entre el grupo de estudiantes que

aspiran a graduarse en ceremonia colectiva en la fecha que la institución programe

para tal fin, siempre sea igual o mayor que

c) Haber demostrado sentido de pertenencia participando en eventos académicos

culturales y d deportivos.

d) En la selección del Mejor graduado no se incluirá al estudiante que haya ingresado

por transferencia.

Parágrafo: Corresponde al coordinador respectivo presentar la solicitud ante el Consejo

Directivo para su estudio y posterior recomendación al Consejo Superior. La secretaria

general expedirá la correspondiente resolución.

Parágrafo: En esta resolución debe constar el nombre, el documento de identidad, la fecha y

lugar de nacimiento del estudiante, el programa cursado, el año que ingreso a la institución

y las razones que lo hicieron acreedor de la distinción y se le entregara al estudiante en la

ceremonia de grado.

Art.108 DEL REINTEGRO. El estudiante de reintegro es aquel que estuvo cursando

uno de los programas que ofrece la institución, se retiro habiendo aprobado por lo menos

un modulo y regresa a continuar sus estudios, con un tiempo de retiro inferior dos meses

Art. 109 Para acceder al reintegro el aspirante no debe haber incurrido falta alguna

estipulada en el manual de Convivencia, ni tener obligación académica y /financiera con la

institución.

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Art. 110 La inactividad académica máxima, que concederá la institución a un estudiante

será de dos (1) años.

Art. 111 El estudiante de reintegro que los términos considerados de inactividad deberá

realizar exámenes de validación y/ o nivelación de conocimientos de las asignaturas que

determine el Consejo de Dirección.

Art.112 El estudiante que después de haber estado matriculado en su primer y único

periodo académico sin obtener calificaciones se haya retirado y desee nuevamente estudiar

en la institución, deberá presentar solicitud como estudiante nuevo.

Art. 113 El estudiante de reingreso debe acogerse al plan de estudio vigente y a la

programación académica establecida para el correspondiente.

Art. 114 El aspirante a reintegrar deberá presentar solicitud en la fecha establecida por la

institución, ante el coordinador académico.

Art.115 El coordinador será quien apruebe o no el reintegro o traslado al estudiante.

Parágrafo: cuando el tiempo de reintegro supere 12 meses el estudiante debe empezar de

nuevo el programa.

Art.116 DE LAS TRANSFERENCIAS: La transferencia es el derecho que tiene un

estudiante que haya cursado y aprobado, parcialmente, estudios de un programa, en una

institución de educación para el trabajo y desarrollo humano y desea continuar sus estudios

en otra donde se le reconozca lo cursado.

La institución y el programa académico de donde procede el aspirante deben estar

aprobados legalmente por las autoridades competentes.

En el Instituto Técnico Carl Ros, el derecho a transferencia se otorgara en los siguientes

casos:

a) Por solicitud individual

b) por convenio institucional

c) Oír requerimiento de la autoridad legal responsable de ordenar el cierre o

suspensión de programas académicos en una institución.

Art. 117 .Al aspirante a transferencia, solo se le podrá negar este derecho por las

siguientes razones:

a) Cuando no exista disponibilidad de cupo

b) Por no cumplir los requisitos exigidos por la institución para la admisión de

nuevos estudiantes o

c) Por haber sido sancionado disciplinariamente en la Institución de donde

proviene.

d) Cuando el estudiante haya perdido el cupo en la institución de donde procede

por bajo rendimiento

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e) Cuando haya sido sancionado por cometer acciones que van en contra de la

moral, buenas costumbres y/o de orden público.

Art. 118 La petición de transferencias a uno de los Programas Académicos de la

Institución deberá presentarla el aspirante ante el Centro de Admisiones, registró y

control academizo, en la fecha establecida en el calendario académico para tal fin,

adjúntale los siguientes documentos:

a) Solicitud escrita en la cual expone claramente los motivos de transferencia para

la institución.

b) Certificados de estudios debidamente autenticados por la autoridad competente

de la Institución de donde procede.

c) Contenidos pragmáticos firmados por la autoridad competente

d) Inscripción debidamente diligenciada

e) Anexar los documentos, soportes de los requisitos exigidos en el artículo

referente a la inscripción y matricula.

f) Anexar los documentos, soporte de los requisitos exigidos en el artículo de

Inscripción y matricula. Los documentos escritos en lengua diferente al

español, deberán entregarse traducidos a este idioma por un traductor

certificado.

Art. 119 Una vez el Centro de Admisiones, registro y control académico verifique la

autenticidad de los documentos deberá enviarlos al coordinador académico para su

admicion.

Art.120 Para la aprobación de una transferencia se tendrán en cuenta los siguientes

criterios:

a) homologación de las asignaturas se conceder a cuando las competencias y los

contenidos programáticos sean equivalentes y los créditos sean equivalentes o

superiores a los definidos en el plan de estudios del programa académico de la

Institución al cual se transfiere.

b) En caso de existir diferencia entre las competencias, los contenidos y el número

de créditos de las asignaturas cursadas y aprobadas, el estudiante en

transferencia deberá cursarlas nuevamente o podrá presentar un examen de

validación de conocimientos.

c) La asignatura se considerara aprobada cuando la Institución en la cual la curso,

lo determine de conformidad a las normas que para tal fin ha definido.

d) El aspirante a ingresar por transferencia deberá cursar en esta por lo menos el 50

% de los módulos que conforman el plan de estudios del programa en el cual es

admitido, en su parte específica.

e) El periodo de inactividad del aspirante a transferencia será igual al establecido

para los estudiantes de reingreso ,registrado en este Manual.-

Parágrafo: Entiéndase por bajo rendimiento académico el definido en el presente

manual.

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EL Consejo de Dirección podrá autorizar en situaciones especiales la transferencia de

una persona que haya cursado más del 5% del total de los modulos del programa

académico al que aspira a ingresar, siempre y cuando el promedio ponderado sea igual

o superior a 3.5

Art. 121.Para efectos de estudiantes que presenten asignaturas que no estén expresadas

en créditos para la homologación de las mismas e tendrá en cuenta que la intensidad

horaria del modulo sea igual o superior a las horas presénciales que tiene la asignatura

expresada en créditos.

Art.122 El coordinador deberá entrevistar al aspirante a transferencia y su apreciación

adjuntarla a los documentos enviados por el centro de admisiones, registro y control

académico para el estudio que debe realizar el consejo.

Art. 123 Cuando se apruebe o desapruebe una solicitud de transferencia, la secretaria

general deberá expedir la resolución correspondiente y enviar copia de la misma al

centro de admisiones registro y control académico y al aspirante, quien podrá

matricularse de conformidad con lo establecido.

Las personas que poseen títulos técnicos que deseen realizar estudios en Programas

Académicos de nivel profesional, ofrecidos por la Institución en convenio, su solicitud

de ingreso sea estudiada como una transferencia.

Art.124 DE LOS CAMBIOS DE PROGRAMAS: Entiéndase por cambio de

programa el que hace un estudiante de un Programa Académico a otro al interior de la

Institución, el cual requiere de la aprobación del Coordinador.

Art. 125 El estudiante que desee trasladarse de un Programa deberá presentar

solicitud, escrita y justificada ante el centro de admisiones registro y control

académico, el cual se la remitirá al Director.

Art. 126 Al estudiante que se le apruebe el traslado se le reconocerán aquellos módulos

cursados y aprobados en programa que estaba matriculado inicialmente cuando las

competencias y contenidos pragmáticos sean equiparables o superiores a los definidos

en el plan de estudio del Programa al que pretende trasladarse.

Parágrafo; Cuando los módulos cursados y aprobados en el Programa iniciado estudios

no sean suficientes, el coordinador académico o a petición del estudiante podrá

autorizarle examen de validación de conocimientos o de suficiencia.

Art.127 DE LA HOMOLOGACION: Entiéndase por homologación el

reconocimiento o acreditación que la institución, hará aprobada en uno de sus

programas académicos cuando es por traslado o por transferencia.

Art. 128 La solicitud por escrito de homologación que presente el estudiante ante el

Director y lo hará por una sola vez

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Parágrafo: El estudiante podrá solicitar revisión de su estudio en un plazo determinado

por el respectivo coordinador. Esta solicitud la presentara ante el Director quien deberá

presentarla al Consejo de Dirección para el estudio correspondiente.

Art.129 PRÁCTICAS PRODUCTIVAS. Los estudiantes deberán cancelar sus

prácticas productivas, en relación con lo establecido en la resolución de costos, que la

institución realiza todos los años y manteniendo coherencia con el IPC que es el índice

de precio al consumidor.

CAPITULO IV

DEL UNIFORME – HORARIO

LA PULCRITUD, LA ASISTENCIA, Y LA PUNTUALIDAD

La imagen del Instituto Técnico Carl- Ros es vital para su proyección por lo tanto los

estudiantes y personal administrativo y de servicios generales deben asumir con

orgullo, honor, respeto y entereza los uniformes que identifican la institución.

Art. 1: Uniformes Diario: (Modalidad programas técnicos.)

a) Programas Técnicos:

Caballeros (Camisa siempre por dentro, prohibido ingresar en jeans o ropa

deportiva, se excluyen gorras etc.) Camisa azul, pantalón de lino, azul

turquí.

Damas (Prohibido ingresar en jeans, ropa deportiva, minifaldas, shorts,

blusas o camisetas escotadas) Camisa azul, pantalón de lino azul turquí.

Art. 2: En el Hombre el corte de cabello debe ser clásico y adecuado ni muy largo ni

muy corto ni rapado. En los varones no está permitido llevar aretes adornos tintes de

cabello .A las mujeres no les está permitido maquillaje en exceso, adornos

extravagantes. En ningún caso se permitirá el ingreso en jeans rotos, ni minifaldas.

El uniforme e llevara todos los días del año en su integridad descrita a continuación y

ateniéndose a las sanciones del caso cuando se abandone sin justa causa su adecuada

utilización:

Art.3: La puntualidad es una condición indispensable para el buen desarrollo de los

temas en los módulos correspondientes, si no lo hiciere así, deberá solicitar un permiso

del Director o Coordinador académico.

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Para efectos de disciplina el alumno debe conocer los diferentes horarios de entrada,

salida y descansaos.

Art 4. En cuanto a la inasistencia a clases por llega tarde, el alumno tendrá que asumir

el numero de fallas que aparezcan registradas, ya que las justificaciones validas para

llegar tarde serán comunicadas previamente en la coordinación respectiva .En cuanto a

las justificaciones validas por no asistencia del alumno en un 30% de acuerdo con sus

horas de formación de merito para la pérdida del modulo o periodo respectivo.

CAPITULO V

HIGIENE PERSONAL DE PREVENCION Y DE SALUD PÚBLICA

Art.1.Los estudiantes y los miembros de la comunidad educativa del Instituto Técnico

Carl-Ros de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1860 de 1994 numeral 1, deben

conocer y ejecutar las siguientes normas de higiene personal de prevención y de salud

pública que a continuaron se señalan:

1. Practicar diariamente normas básicas de aseo personal y de salud individual

como son:

a) Baño diario del cuerpo,

b) Arreglarse el cabello adecuadamente

c) Mantener las uñas cortas, limpias y bien arregladas

d) papel higiénico, en caso de las mujeres una toalla higiénica, para su uso

personal.

e) Cuidar y lavar los uniformes para que permanezcan pulcros.

f) Cambiase las medias diariamente.

g) Mantener los zapatos bien limpios y lustrados.

h) Aplicarse desodorante y si es posible un perfume que no perturbe a los

compañeros.

Art 2º. Participar y acatar normas en talleres, conferencias y otros sobre prevención.

a) Alcoholismo, drogadicción, prostitución ,

b) Autoestima

c) Maltrato

d) VIH

e) Prevención de desastres etc.

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Art 3º.Participar y contribuir en la conservación de la salud pública con actitudes tales

como:

a) Arrojar desperdicios y basuras solamente en los sitios destinados y adecuados

para ello (canecas)

b) No consumir alimentos que otro este degustando, así evita el contagio de

posibles virus o bacterias.

c) Evitar el contagio con otra persona cuando esta padece de una enfermedad de

este tipo, y avisar oportunamente al coordinador para que asuma el proceso a

seguir en la institución.

d) Ningún miembro de la comunidad educativa esta proporcionado en proporcionar

algún medicamento cualquiera que fuese a un estudiante o miembro de la

comunidad educativa .En tal caso deberá remitirlo a Departamento médico. Los

estudiantes que tengan que consumir algún medicamento en la institución se le

exigirá una formula medica o una autorización de sus padres y / o acudiente.

e) Abstenerse de contaminar o dañar corrientes de agua, alimentos y en general

bienes de uso común.

f) Aplicarse las vacunas y medicamentos que requiera para prevenir enfermedades

o restablecer la salud.

CAPITULO V I

DEL REGIMEN ACADEMICO DEL INSTITUTO TECNICO CARL ROS

Art. 1. El Instituto Técnico Carl-Ros de acuerdo y aplicando la Ley General de la

educación de 1994, el Decreto 1860 de 1994, la Resolución 2343 de 1996 y la Directiva

Ministerial 016 de 1996, la ley 1064 y el decreto 4904, la sentencia de la corte, y demás

normas concordantes entendemos la educación como un proceso de formación integral

a través del desarrollo de las distintas dimensiones de la persona (ética ,espiritual,

comunicativa ,afectiva corporal, estética).Por lo tanto toda actividad académica está

encaminada al desarrollo de los procesos que explican estas dimensiones, lo cual

requiere del respeto a las diferencias de los estudiantes y de una evaluación cualitativa.

Teniendo en cuenta los niveles de educaron en el Instituto Técnico Carl Ros se

aplicaran las siguientes:

Art. 2 Todos los programas se dividirán en módulos, se tendrá autonomía para tomar

todas las notas respectivas.

Art.3 La evaluación del rendimiento académico será integral y brindara igualdad de

oportunidades para todos los alumnos a fin de motivarlos a la excelencia académica y a su

desarrollo personal y social .Reconocerá las experiencias, conocimientos y aprendizajes

básicos de los estudiantes permitiendo la proyección y el respeto por las diferencias que

existen en cada uno de ellos.

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Art.4 La valoración de los temas cada módulo será el resultado del cumplimiento y

asimilación de procesos desarrollados por los siguientes medios:

a. Evaluaciones escritas, parciales, finales, de lo desarrollado a nivel de

conocimiento y aprendizaje.

b. Evaluaciones sobre trabajos escritos y orales (individuales y en grupo)

c. Evaluación de interés comprensión, participación, ampliación relativa de lo

aprendido.

d. Desarrollo de competencias laborales.

Art.5 En cuánto a las evaluaciones escritas, la valoración de los conocimientos se tendrá

así:

a) Durante el desarrollo de cada módulo el instructor aplicara mínimo dos pruebas, que

le permitirán apreciar el proceso de organización del conocimiento que ha elaborado

el estudiante en el transcurso del mismo.. Los resultados de dichas pruebas lo

mismo que la capacidad de producir formas alternativas de solución a los problemas

le permitirán al instructor tener elementos de juicio en el proceso de evaluación.

b) Al final de cada módulo se programaran oficialmente desde la Coordinación general

y en concordancia con los respectivos coordinadores de áreas unas pruebas

totalizantes sobre los logros adquiridos durante el modulo. La valoración conceptual

c) de dicha prueba será entre los recursos valorativos, el más representativo y valioso

elemento evaluador con el que contara el instructor respecto a los procesos de

desarrollo del estudiante.

d) La fusión de todos los elementos señalados determinara los resultados finales de la

evaluación.

Art. 6 En los trabajos escritos realizados en la casa dará una evaluación cualitativa y un

valor significativo de acuerdo con su calidad, pero dicho valor nunca igualara ni

excederá del valor de los resultados obtenidos por la asimilación, evaluación,

comprensión y expresión en las evaluaciones parciales y finales de módulos. Todo ello

será adecuadamente fusionado por el instructor, junto con las intervenciones oportunas

que los estudiantes aporten en el desarrollo de los temas de manera individual y

colectiva.

Art. 7 Las evaluaciones escritas se realizaran con todas las formalidades y

solemnidades que una evaluación académica reviste y a las perspectivas de formas

alumnos responsables en su propio proceso cognoscitivo .En este orden de ideas se

establece que:

a) El alumno que cometa fraude en una evaluación escrita u oral no podrá seguir

respondiendo el proceso cualitativo. Su prueba quedara anulada de inmediato.

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b) En las evaluaciones se tendrán en cuenta a su vez el comportamiento y el interés

que el estudiante demuestre por la actividad realizada. Sin embargo en lo

concerniente a los conocimientos, el estudiante que muestre haber alcanzado los

indicadores de logros completamente, se le reconocerá la eficacia de su proceso

independientemente de sus otras dificultades.

c) El alumno debe contar con todas las oportunidades justas y razonables para

demostrar su aprovechamiento académico y formativo.

d) Las preguntas formuladas con fines evaluadores de conocimientos, se realizaran de

manera clara y precisa, sin margen de ambigüedades ni reinterpretaciones.

e) El instructor exigirá antes de cada evaluación limpieza en el salón, adecuada

presentación personal y pulcritud en el trabajo escrito

Las evaluaciones deben manifestarse siempre en un contexto real. Son además de un

requisito, las oportunidades de confrontar nuestros propios procesos. Al alumnado le

ofrecen la oportunidad de aprender a ser evaluado tal como le corresponderá en el plano

laboral.

Art.8 Las evaluaciones se realizaran de acuerdo a lo estipulado por el Consejo

Directivo, en cuanto a circunstancias de lugar, y tiempo se refieren.

Solo en circunstancias muy especiales (salud, viajes inaplazables, calamidades

personales y familiares) podrá el alumnado ser evaluado en sitio y hora distinta. al

circunstancia especial se estudiara y determinara por Consejo Académico y pagara lo

que se denominara examen diferido.

Art. 9 Llámese examen diferido, a pruebas posteriores, que se le realizaran a los

estudiantes del instituto técnico fuera de la fecha y hora prevista inicialmente por el

instructor, teniendo como bases permisos, licencias u otra excusa valida presentado por

el alumno ante el instructor y/o el coordinador general, por la no asistencia el examen,

si el alumno no presenta dicha excusas no poder realizar el examen diferido.

Los exámenes diferidos deben cancelarse en la Secretaria del Instituto.

Llámese habilitación a pruebas posteriores al examen diferido cuando este no se

aprueba por parte del estudiante del instituido técnico.

Llámese Examen Único: cuando el periodo de presentación no se cumplió, por

homologación o semipresencial.

Art. 10 Los módulos de contenido práctico no son habilitables pero se pueden

programar seminarios o vacacionales con la mitad del tiempo de duración y la mitad de

los módulos. Los módulos de contenido teórico se pueden habilitar en el mismo u otro

horario y su costo lo rige el Consejo de Dirección.

Art. 11 de los cursos vacacionales Los cursos vacacionales son cursos intensivos que se

ofrecen durante los recesos académicos y forman parte de un Programa Académico que

conduzca a la aprobación del módulo.

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Parágrafo: Los criterios de evaluación de estos cursos serán los mismos que se aplican

en la evaluación del rendimiento de las asignaturas programadas durante los respectivos

módulos.

a. En los cursos vacacionales se podrá inscribir el estudiante que así lo desee para

los efectos de:

b. Cursar la signatura por primera vez, si la reprueba podrá habilitarla.

c. Repetir la asignatura

d. Incrementar el promedio ponderado acumulado.

Parágrafo 1.Si la asignatura que el estudiante matricula en el curso vacacional, es la

segunda o tercera vez que la cursa, si la reprueba deberá habilitarla.

Art.12 Los cursos vacacionales tienen el carácter de optativo y tendrán derecho a

matricularse en ellos los estudiantes que, en el periodo académico correspondiente

inmediatamente anterior, no hayan incurrido en situación de bajo rendimiento ni en prueba

académica que les impida continuar sus estudios, tampoco los que se encuentren retirados

de la institución por algún motivo, o hayan sido sancionados disciplinariamente…

CAPÍTULO VII

DE LOS ASPECTOS CORRECTIVOS ACADEMICOS Y DISCIPLINARIOS DE

LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TECNICO CARL- ROS

De las condiciones por conductas no deseables.

Art. 1 La raíz de la palabra disciplina viene del latín Discara que significa aprender a ser

discípulo. Un discípulo sigue y aprende de su profesor, la verdadera disciplina no es solo

producir un ambiente seguro y ordenado; es enseñar el autocontrol, a tomar conciencia de

las acciones y ayudar en la formación para una vida adulta responsable. La disciplina es

esencial para la promoción del orden, en la delineación de los derechos y deberes

indispensables para una convivencia eficaz.

El cumplimiento de las normas establecidas en este instituto por los miembros de la

comunidad educativa, darán lugar a la aplicación de correctivos de acuerdo a la clase de

falta cometida. En ningún caso se aplicaran correctivos con castigo físico, psíquico o moral

que atente contra la integridad física o dignidad del estudiante.

Art. 2 Procedimientos para resolver conflictos de los estudiantes Para solucionar los

inconvenientes que se presenten en la labor educativa se tendrá en cuenta los siguientes

pasos:

a) Dialogar con respectivo educador o instructor

b) Acudir al Coordinador cuando no haya encontrado solución con el educador o

instructor, si la dificultar persiste.

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d) Acudir al Director como última instancia de la solución.

Art.3 Criterios para determinar la gravedad de la falta: El estudiante incurre en falta

disciplinaria cuando quebranta le ley, el Estatuto, los reglamentos internos de la institución

atentando contra el orden y las buenas costumbres en la Institución y en la Sociedad, para

determinar la gravedad se tendrá en cuenta:

a) El grado de culpabilidad.

b) El grado de perturbación de los servicios educativos

c) La naturaleza esencial en el desarrollo de las actividades académicas.

d) El reconocer y confesar la falta antes de la formulación de cargos

e) La edad, desarrollo mental, afectivo, circunstancias personales, familiares y sociales.

f) Procurar por iniciativa propia resarcir el daño o compensar el perjuicio causado si fuere

el caso.

Art.4 En atención a su naturaleza, efectos y circunstancias del hecho, los motivos

determinantes y los antecedentes personales del infractor, se tendrá en cuenta, entre otros,

los siguientes criterios:

a) La naturaleza de la falta y sus efectos se apreciaran según haya causado perjuicio

b) Las modalidades o circunstancias del hecho se apreciaran de acuerdo con el grupo

de participación en la comisión de la falta y la existencia de circunstancias

agravantes y atenuantes o eximentes.

c) Los motivos determinantes se apreciaran según se haya procedido por causas nobles

o fútiles o por nobles y altruistas.

d) Los antecedentes del infractor se apreciaran por sus condiciones personales.

Parágrafo :La institución creara un consejo de creación integral que estudiara cada caso

en particular, porque de lo que se trata principalmente es de la educación integral, por

eso antes de aplicar un correctivo, podrá el estudiante identificar las causas que lo

llevaron a quebrantar el orden, su comportamiento, sus consecuencias y la forma como

puede mejorar.

Art.5 Calificación de las faltas disciplinarias: Se calificaran como leves, graves o muy

graves.

a)-Se considera falta leve, toda infracción que por su naturaleza, intención y

consecuencias, infrinja levemente al presente Manual o produzca traumatismos menores

para la buena marcha de la institución, tanto en el orden académico como disciplinario

y presten merito a los instructores, docentes, tutores, coordinador para llamarle la

atención al alumno, colocándole actividades que conlleven a reparar la falta.

b) Se consideran faltas graves: a) aquellas cometidas por los estudiantes que dan

merito a los directivos, docentes y coordinadores para abrir un debido proceso

disciplinario al estudiante (s) que cometa(n) o ejecute(n) actos considerados injuriosos,

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contrarios a la moral, sanas costumbres a la buena fe, con el fin de promover la

indisciplina o la perturbación del normal funcionamiento de la institución. .

b) La reincidencia y acumulación de faltas leves sin mostrar cambio ante los

correctivos impuestos, así como los que se encuentren en el Manual., se considerara

falta grave.

c) Se considerara falta muy grave o gravísima:

a) La reincidencia y acumulación de faltas graves sin mostrar cambios ante los

correctivos impuestos, así como las faltas que se encuentran descritas en este Manual.

b)Aquellas cometidas por el (los)estudiante (s)y que facultan al Consejo Directivo para

tomar decisiones definitivas ya que además de reunir las condiciones anteriores afecten

de tal manera a la institución o a sus miembros en el orden físico, moral que hagan

necesario prescindir del alumno responsable del hecho.

Art.6 Para calificar la gravedad de la falta, se debe analizar las circunstancias de

agravación atenuación o exoneración: de las mismas

Parágrafo: Causales de agravación Se considera como causales de agravación de la

responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y por ende, en la sanción a

imponer las siguientes:

a. La reincidencia en la comisión de la falta que dio lugar a una sanción disciplinaria

dentro del mismo año lectivo.

b. La realización del hecho en complicidad con otros estudiantes.

c. Cometer la falta aprovechando la confianza depositada por docentes, personal

administrativo y demás miembros de la comunidad educativa.

d. Cometer la falta para ocultar otra

e. No asumir la responsabilidad y atribuírselo a otro

f. Cometer el hecho con intervención de compañeros previo engaño a estos.

g. Causar un daño físico o psicológico irreparable o irreversible a otro estudiante

docente o miembro de la comunidad educativa.

h. Parágrafo: Causales de exoneración: Se consideran como causales de exoneración

de la responsabilidad de la conducta asumida por el estudiante y por ende, no habrá

sanción a imponer, las siguientes:

i. -Haber sido inducido u obligado por un superior a cometer la falta.

j. -Haber actuado por motivaciones e intenciones nobles o altruistas.

k. Parágrafo: La exoneración de la sanción no exime al estudiante de asumir los gastos

ocasionados con su conducta.

Art.7 Se consideran como faltas leves: a. Impuntualidad, retardo o Llegar tarde a la iniciación de la jornada de clases, a

cada una de las clases o a las actividades programadas

b. Ausencia a las clases sin causa justificada.

c. Presentación en forma indecorosa en aula de clase

d. El porte no adecuado del uniforme, con prendas que no hacen parte del mismo,

mala presentación personal, empleo reiterado y exagerado de adornos y joyas.

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e. Incumplir con los materiales y elementos solicitados por el docente o instructor

para el normal desarrollo de la actividad escolar.

f. Manifestaciones exageradas amorosas y de noviazgo, ya sea en público o

privadas dentro del espacio escolar o portando el uniforme que los distingue

como estudiantes del instituto.

g. Traer al instituto elementos que interrumpen el normal desarrollo de la actividad

escolar tales como: celular, equipos de sonido, juegos, revistas y demás

h. Usar el cabello largo o pintado en los varones, el maquillaje si se usa debe ser

tenue, imperceptible y en general todo tipo de accesorios que no correspondan

al uniforme.

i. Traer medicamentos sin la debida prescripción médica.

j. Desobedecer las normas del Manual de Convivencia en las actividades escolares

fuera del mismo, en la ruta hacia el mismo o potando el uniforme.

k. No presentar la libreta de pago semanal

l. Consumir alimentos en clase o en recintos donde haya actividades formales.

m. No respetar el orden en el comedor, tienda escolar y demás sitios donde se

requiera.

n. No devolver los envases a la tienda escolar y depositarlos en su respectiva

canasta, llevarlos fuera del área y dejarlos en lugares distintos como por ejemplo

.Salones, corredores, escaleras y demás.

o. El consumo de chicle dentro de la institución

p. Arrojar basura al piso o no depositarla en sitios destinados para tal fin como

canecas o recolectores.

q. Falta de aseo personal

r. Interrumpir el normal desarrollo de clases o de actividades asumiendo actitudes

que interfieran con el avance de la clase o actividad que se realice.

s. Practicar juegos bruscos que lesiones o atenten contra la integridad de sus

compañeros o miembros de la comunidad educativa.

t. Utilización de una información sin la autorización de las directivas, del docente

o instructor.

u. Salir del aula de clases cuando no es el tiempo indicado para hacerlo y sin

autorización

v. Muestra reiterada de desadaptación, apatía, desinterés de sus obligaciones

académicas y disciplinarias.

w. Realizar actividades distintas a clases y el evento actual.

x. Ausencias y apatías en actividades cívicas, culturales .formativas y eventos

patrios o programados por la institución.

y. Uso de un vocabulario soez e irrespetuoso y vulgar ,obsceno con sus

compañeros, docentes y personal administrativo.

z. Evasión de clases y salida del instituto sin la autorización del coordinador y/o de

su acudiente.

aa. Perturbar con gritos y algarabía el normal desarrollo de las actividades

académicas.

Art 8: Faltas Graves: Se consideran faltas de disciplina graves las siguientes:

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a. Todo acto contra la moral cristiana y las buenas costumbres.

b. Presentación de una imagen negativa del instituto

c. Agredir de hecho, palabra, con tono y gestos que denoten irrespeto o altanería a

un compañero, superior, o cualquier miembro de la comunidad educativa.

d. Concertar riñas o peleas dentro, fuera. O en los alrededores del instituto

e. Alterar las planillas de evaluación, registros de asistencia o certificados, o

falsificar firmas.

f. Agresión verbal o física con premeditación y alevosía, o presionar a un

compañero a cometer faltas inapropiadas dentro fuera o en los alrededores de la

institución.

g. Porte, Consumo y distribución de bebidas embriagantes y/o sustancias

alucinógenas

h. estupefacientes y/o presentarse en estado de embriaguez en los predios de la

institución, o en sus alrededores.

i. Atentar contra la propiedad ajena

j. Fraudes durante los exámenes, taras o trabajos.

k. Abuso sexual, incitación al sexo y excitación frente a estudiantes, docentes o

cualquier miembro de la comunidad educativo, esto sin perjuicio de las

sanciones legales correspondientes.

l. Insubordinación a la autoridad del director o docentes.

m. Visitar sitios peligrosos para la salud, la moral y las buenas costumbres portando

el uniforme.

n. La reincidencia por tres (3) oportunidades de faltas leves se convierten en

graves.

o. Toda acción que acaree daño y/o implique uso inadecuado de los bienes y

patrimonio de la institución.

p. Sabotear una actividad académica y7o administrativa dentro, fuera y en los

alrededores de la institución-

q. Preparar o hacer bromas y chistes de mal gusto dentro fuera y en los

alrededores de la institución.

r. Traer al instituto revistas, videos, grabaciones obscenas que atenten contra la

moral y las buenas costumbres.

s. Dejar de asistir al instituto engañando a sus superiores, padres sin justificación

alguna,

t. Promover la indisciplina.

Art. 9 Faltas muy grave o gravísimo.

Reincidencia de faltas catalogadas como grave.

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a. La ofensa, injuria, calumnia, ultraje e insulto contra las autoridades de la

institución contra el personal docente, administrativo, estudiantil y en

general contra toda persona invitada por la institución.

b. Realizar actos de satanismo, prostitución, drogadicción dentro, fuera y

alrededor de la institución.

c. Ejercer chantaje, extorsión e intimidación de cualquier índole individual o

colectiva a compañeros, directivos, docentes o empleados del instituto.

d. Hacer uso inadecuado de los baños de la institución escribiendo en las

paredes o puertas

e. Actuar dentro, fuera o alrededor de la institución comprometiendo o

atentado contra el buen nombre de la institución

f. Porte, utilización de armas de fuego, arma blancas, y/o explosivos así

como, también, presentarse, con mascara o antifaz en las instalaciones de

la institución o en cualquier recinto donde la institución haya organizado

un acto académico o administrativo.

g. Parágrafo: La institución sancionara todas las faltas sin perjuicios a las

acciones judiciales que haya lugar.

CAPITULO VIII

DE LOS CONDUCTOS REGULARES PARA SOLUCIONAR CONDUCTAS NO

DESEABLES

Art. 1: Cuando un estudiante incurra en algunas de las faltas mencionadas, se le aplicara el

siguiente tratamiento:

a) amonestación Verbal-dialogo de persuasión:

- El docente y/o directivo que haya presenciado o tenga información de la conducta

no convivencia del estudiante, citara al alumno y en presencia del coordinador, le

hará saber que su comportamiento es no con vivencial y que está contemplado

como tal, en el presente Manual.

- Sostendrán un Dialogo aclaratorio enérgico pero cortes en privado con el alumno,

a la primera falta, con el fin de persuadirlo a que no se repita posteriormente.

- Se levantara un acta, que no tiene porque contener el dialogo, solo la amonestación

.Dicha acta debe ser firmada por las partes intervinientes. (La persona competente-

estudiante)

- El original del acta quedara archivada en el fólder del seguimiento del estudiante

- Separación temporal del estudiante de las actividades grupales, tiempo en el cual

además de reflexionar y concertar, se concientizara mediante un compromiso inicial

y sociabilizara posteriormente acerca de su conducta mediante un ensayo breve

sobre la conducta infringida de acuerdo al presente Manual a sus compañeros y/o

ante quien designe el docente con un compromiso final de no reincidir en la

conducta no deseable.

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- Si la comisión de la conducta no deseable trastorna el orden de la clase, se le retirara

de la misma y se le anotara como inasistencia del alumno a la clase y seguirá el

trámite antes mencionado.

- Se tendrá como falta triple para todos los alumnos cuando la ausencia a clases sea

colectiva.

b) Amonestación Escrita: (Acta de compromiso por escrito)

-La segunda falta .se elaborara en el acta suscrita por los que en ella intervienen en la que

deberá constar, Los hechos que dieron lugar a la conminación, Las obligaciones que se

ordenan al (los) amonestado.

Las sanciones que originan el incumplimiento de las obligaciones ordenadas, estas acarrean

a los infractores la sanción motivada para su seguimiento, mediante una resolución

expedida por el Consejo Directivo en ella se establece sus formalismos, con precisión así:

a) Los hechos que han quedado probados.

b) La responsabilidad del alumno

c) Los fundamentos de derecho que consideren adecuado a la calificación y demostración

de la falta de la investigación.

d) Las conclusiones de los estudios sobre la personalidad y situaciones socio-familiares del

educando.

e) La medida o medidas de seguimiento que se adopten con el alumno

f) Deberá archivarse una copia para su respectivo seguimiento.

c) A la tercera falta: Se remitirá al coordinador quien tomara la medida respectiva en

consulta con el Consejo, director, consejo directivo, dejando constancia por escrito de la

decisión tomada que puede ser:

g) Suspensión temporal de clase acompañada con medidas orientadoras y psicopedagógicas

(Reemisión a psico-orientación, con el fin de generar estrategias de mejoramiento de la

situación del estudiante y luego con la ayuda de los padres.

a. Firma del compromiso de permanencia condicional.

b. Completado el cuarto proceso, se aplicara la suspensión definitiva en su derecho de

alumno, por el resto del periodo, decisión que compete al Consejo Directivo.

Acta de compromiso:

a) El competente para aplicar esta medida será el coordinador, quien recibirá del profesor

y/o Directivo el informe y/o pruebas del comportamiento no convivencial del alumno.

b) El coordinador procederá a ordenar la suspensión de clases del estudiante, citará al

estudiante acerca de su comportamiento no convivencial lo amonestara y lo estimulara a no

reincidir en esta ni en otra cualquiera., firmaran el acta los intervinientes.

Suspensión Temporal:

Si aplicadas las sanciones anteriores el estudiante no modifica su comportamiento se

efectuara una suspensión temporal por uno o dos días de acuerdo a la gravedad de la falta

previo aviso a los padres y o acudientes. Durante la suspensión el estudiante realizara

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Trabajos escritos referentes a la norma infringida de esta sanción, se levantar un acta la cual

se firma por el estudiante, el acudiente, el coordinador y el psico-orientador. Esta acta se

anexa al observador del estudiante (es la hoja de vida del estudiante en la institución) El

competente para dictar esta medida es el coordinador el cual recibirá el informe y/o las

pruebas del profesor y/o directivo, que haya presenciado o tenido noticia del

comportamiento no convivencial del alumno.

El coordinador citara al estudiante, padre de familia y/o acudiente y al representante

estudiantil que no podrá ser menos de tres (3) días ni mayor de diez (10).De igual manera

en dicha acta incluirá un compromiso, que equivale a establecer que la matricula o

permanencia del alumno en él. Instituto, en lo que falta del periodo queda bajo la condición

de no reincidencia caso contrario se le cancelara la matrícula.

El estudiante permanecerá en la institución realizando actividades pedagogías y promoción

social orientadas por los coordinadores Copia del acta quedara archivada en el fólder de

seguimiento del alumno.

Contra esa medida de formación procede el recurso de reposición ante en el mismo

funcionario.

Remisión a Consejo De Dirección. Para cancelación de matrícula, considerando que el

consejo de dirección es la máxima autoridad institucional analiza la situación del estudiante

que ha infringido la norma y ha ejecutado las inasistencias del proceso formativo, este

delegan en la rectora para ejecutar la determinación final, la cual debe ser archivada en el

libro rematricula. Es la sanción máxima que existe en el Instituto, se aplicara en casos de

extrema gravedad.

Perdida del cupo: Se adra por perdida la calidad de estudiante por.

Cometer una falta leve o grave teniendo matricula en observación

Disciplina y rendimiento académico no acorde con las exigencias de la Institución

Sugerencia del Consejo Académico después de un minucioso análisis amparado en un acta.

Reincidencias en faltas graves estipuladas n este manual y que hayan sido comprobadas.

Reincidencia de la falta: El régimen disciplinario tiene como finalidad asegurar la

eficiente y correcta marcha de las relaciones entre institución y los estudiantes mediante la

reincidencia y se le informara que no tendrá cupo en el instituto para el año siguiente.

–En caso de reincidencia, la medida correctora será el retiro definitivo del estudiante de la

institución

-De todo lo actuado se levantara un acta que deberá ser firmada por todos los integrantes

del comité interdisciplinario

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-Contra esta medida de formación procede el recurso de reposición ante el mismo

coordinador.

CAPITULO IX

SANCIONES

Art.1 SEGÚN LA GRAVEDAD DE LAS TRANSGRESIONES SE APLICARAN

LAS SIGUIENTES SANCIONES:

1º.Faltas leves:

Amonestación personal

Amonestación escrita, se anotara en la hoja de vida y disciplina

Suspensión por un día de clases y control de actividades dirigidas por los docentes.

Retiro de la hora de clase cuando el (los) estudiantes (s) trastorne su orden .El

profesor le anotara como inasistencia del alumno a clase.

Como falta triple para todos los alumnos cuando la ausencia a clase sea colectiva.

Amonestaron pública por medio de resolución expedida por el Consejo académico.

2º.Faltas Graves.

Seguimiento de un programa especial dirigido por el profesional encargado de esta

función en el departamento de bienestar Estudiantil.

Perdida del derecho de ingresar al salón de clases o al agrupamiento especifico,

hasta por cinco (5) días hábiles, tiempo en el cual realizara actividades de

concientización, sociabilización con la comunidad educativa sobre la conducta no

deseable.

Levantamiento de Acta de Compromiso

Matricula condicional de seguimiento durante la vigencia del año lectivo y/o del

módulo correspondiente.

Las reincidencias de faltas leves se constituyen como grave.

Suspensión del derecho de graduarse, hasta por un año.

3Faltas muy grave o gravísima:

Matricula condicional de seguimiento (da lugar a la matricula condicional, la

reincidencia de faltas graves que no den origen a la cancelación de la matricula)

Cancelación de la matrícula.

Exclusión inmediata de la institución.

Entrega del diploma por ventanilla

Perdida del cupo para el periodo siguiente

Art. 2 DE LA COMPETENCIA PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES

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Para faltas leves, será competente el docente que conoce la falta. Si se considera que dadas

las implicaciones de la falta debe ser conocida por otra instancia, informara al coordinador

respectivo. Todo llamado de atención por escrito lo hará el coordinador previo informe del

docente.

Para faltas graves, las sanciones para este tipo de faltas serán de competencia del

coordinador, quien decidirá el curso de acción y correctivo correspondiente

Para faltas muy graves o gravísimas el coordinador académico reúne toda la información

correspondiente para ser analizada por el consejo directivo, quien determinara el proceso a

seguir, la sanción a imponer presentara las recomendaciones necesarias ante sus superiores

si los h ay.

Art. 3 PROCEDIMIENTO

a. Derecho a la defensa. Todo estudiante que s e encuentre incuso en cualquier tipo

de falta tendrá derecho a la legitima defensa y que se le siga un debido proceso,

también tendrá derecho a que declare los motivos que lo llevaron a cometer el

hecho.

b. Derecho al debido proceso: El consejo directivo es el único que esta facultado

para abrir un debido proceso correctivo, cuando un estudiante ha cometido una

falta grave o muy grave o gravísima, mediante resolución motivada indicando los

hechos, las faltas que se le imputen, así mismo, deberá contener las pruebas que

sustenten la respectiva denuncia y señalara el termino de cinco (5) días hábiles

parar que el estudiante rinda los descargos. También será el único competente para

colocar sanciones definitivas.

c. Procedimiento disciplinario Para cumplir con los requisitos legales se debe hacer

el siguiente procedimiento

-Dentro de los tres (3) días siguientes al conocimiento de la falta se ordenara la

apertura de la investigación que tendrá máximo de cinco (5) días hábiles y de esta

se notificara al alumno, sus padres o acudiente.

-Precluido dicho termino, dentro de los tres (3) días siguientes a este se escuchara al

estudiante(s) implicados (s) en versión libre y espontánea. Necesariamente debe está

acompañado por el personero de los estudiantes quien asumirá su defensa.

-Si se solicitaron pruebas deben ser practicadas en un término máximo de cinco (5)

días y pueden ser prorrogables por el mismo tiempo.

-Precluido el termino probatorio, el estudiante tendrá un plazo tres (3) días para

presentar sus alegatos, el consejo directivo dictara fallo dentro de los tres (3) días

siguientes a este mediante resolución motivada y contra ella le caben los recursos de

ley .Articulo. Recursos: El estudiante sancionado dispone del recurso de reposición

y en subsidio de apelación, para revocar o reformar las sanciones que le fueron

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impuestos en los casos de faltas graves o muy graves. Para las faltas leves no

procede recurso alguno.

Parágrafo: El recurso de reposición tiene por objeto que quien aplico la sanción, la

revoque o l reforme. El recurso de apelación consiste en que el estamento superior estudie

la decisión tomada en primera instancia y pueda revocarla, reformarla o confirmarla

.Dichos recursos deberán interponerse sustentados en un plazo máximo de cinco (5) días..-

Una vez tomada la decisión por el organismo competente se le notificara al estudiante por

medio de resolución motivada, dentro de los dos (2) días siguientes.

-Cuando no se acoja la decisión o haya disparidad de conceptos, se procederá a nombrar

una comisión para revisar el proceso, la cual tendrá tres (3) días hábiles para presentar su

concepto ante el consejo directivo quien expedirá la resolución correspondiente. Contra esta

resolución no cabe recurso alguno.

Art. 5 Aplicación de correctivos

El consejo Directivo tendrá facultades para aplicar correctivos ya sean académicos,

disciplinarios o de conducta, el coordinador tendrá facultades para aplicar amonestaciones

cuando los estudiantes cometan faltas leves.

Articulo) Perdida del carácter de estudiante. Pierde el carácter de estudiante quien incurra

en una de las siguientes causales:

Retiro voluntario

Comprobación de falsedad de documentos presentados a la institución para formalizar la

conducta.

Exclusión de la institución por violación de las normas de convivencia contempladas en

este reglamento.

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CAPITULO X

DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS Y DOCENTES

Art 1 Los derechos como tales garantizan el respeto a la dignidad de la persona humana y

el crecimiento personal en todos los aspectos, permitiendo así el pleno desarrollo de su

personalidad, por lo tanto se pretende que:

-Solo el instructor comprometido y leal con los principios y valores de su institución

formara parte de la comunidad educativa y a través de ella vivirá la educación como

construcción de individuos mejores para una sociedad mejor

-Las características y calidades en la preparación ético-moral y cognoscitiva del instructor

tienen que ser dignas de emular y estar en constante proceso de crecimiento

-Que los instructores requieren una conciencia reflexiva de impacto sobre los estudiantes

tienen sus actitudes ,valores, coherencias entre los que se piensa, se dice, se hace y que en

tal sentido se requiere de unas reglas mínimas que sin restarle autonomía a su gestión lo

ayuden a clarificar su labor cotidiana .

Por lo tanto al establecer el presente reglamento de instructores y/o docentes que será

entregado a cada uno en el momento de su contratación y operara como un anexo de su

contrato de trabajo. Este reglamento se dará a conocer a los alumnos como parte del pacto

que la comunidad realiza con el fin de construir además de

Conocimiento, una democracia vivencial y participativa.

Art. 2 Perfil del Instructor y /o docente:

El instituto Técnico Carl Ross proyecta un básico del instructor idóneo que será evaluado

en la medida de lo posible dentro de la entrevista previa a la contratación. Sin embargo se

acepta que el instructor y/o docente es también un individuo en proceso de construcción y

que del respaldo de la comunidad le brinde dependerá la calificación de su labor y el

perfeccionamiento de ese perfil cuyas características son. :

a) Ser una persona equilibrada de formación integral y racional, que conozca

claramente las fases biosíquicas del desarrollo humano y practique los valores de la

comprensión, tolerancia a la par de una fuerte conciencia del nivel modelo y

autoridad que so oficio le confiere.

b) Auto estimarse y estimar su profesión para ejecutar responsablemente y con acierto

la función social que le corresponde desarrollar con los estudiantes.

c) Ser ejemplo para educar a través de sus actitudes y poder solicitar las prácticas de

valores con los estudiantes.

d) Tener una preparación y un deseo constante por actualizarse en su área específica

del conocimiento, lo mismo que un interés evidente por aquella manifestación del

arte o ciencia que haya escogido para enseñar.

e) Ser abierto al cambio asimilar insinuaciones, ser crítico y aceptar críticas, estar

abierto a todas las prácticas democráticas y compartir su reflexión pedagógica con

los colegas y directivos.

f) Cooperar y ayudar a sus colegas brindando su participación a los estamentos

directivos: Esto se manifiesta de diversas maneras, como por ejemplo: reemplazos

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adecuados durante su ausencia por fuerza mayor de un compañero, vigilancia de los

exámenes con eficiencia para evitar fraudes, en general toda forma de solidaridad

bien entendida con la comunidad. En el mismo sentido, cuando el instructor

organice una actividad extra curricular, acompañara a los alumnos citados, en la

realización de la experiencia, llámese ensayo, realización de carteleras u otra

cualquiera que se programe para las horas de la tarde u o en otro horario por parte

del mismo profesor.

g) La labor docente ha de ser flexible, reflexiva y auto cuestionarse. el instructor debe

preocuparse por la calidad diaria de su desempeño y suscitar en el alumno un

pensamiento propio y el disfrute por una grata aventura de encontrar con sus propias

herramientas, los conocimientos las verdades que el instructor le señale.

h) El instructor y/o docente debe por lo tanto poseer una libreta de la metodología que

implementará con distintos modelos de acuerdo a la exigencia de diversas

situaciones.

i) Dentro de esa amplitud ha de tener en cuenta. Dar clases completas y por ningún

motivo interrumpirlas para actividades privadas, elaborar una programación

modular general y las parcelaciones(diagramas de Gantt) de las asignaturas a su

cargo, diligenciar en forma correcta y oportuna las hojas de centro de asistencia

mensuales y las planillas de notas de los módulos correspondientes, así como

cualquier documentación solicitada por el Centro.

j) El instructor se abstendrá de fumar o consumir licor dentro, fuera y en los

alrededores del instituto.

k) El instructor se deberá abstener de iniciar, sostener relaciones amorosas con

alumnos (as) del instituto o realizar cualquier tipo de manifestaciones que puedan

inducir al conocimiento de que existen.

l) Los instructores y /o docentes propenderán en todo momento por la uniformidad

en la aplicación de las normas de disciplina no solo de las señaladas para ellos

mismos sino de las aplicadas y exigidas cada día a los alumnos. En tal sentido hay

que tener presente siempre que la norma disciplinaria es el hecho más

profundamente formativo que se vive en la institución. Su eficacia y respeto solo

dependerá de la seriedad y del sentido discriminado que se le dé a su cumplimiento.

La norma no puede cambiar de acuerdo con la voluntad, preferencia o estado del

ánimo del instructor y/o docente ni puede estar sujeta a la improvisación de algunos

y la indiferencia de otros.

m) El incumplimiento de algunas disposiciones de este reglamento aceptado por los

instructores y/o docentes al firmar el contrato de trabajo será causal de terminación

del mismo con justa causa por parte de la institución sin perjuicio de las acciones

legales a que dé lugar.

Art. 3 Los derechos de los directivos y de los docentes están contemplados en : Los

derechos fundamentales que establece la Constitución Nacional, el decreto 2277 o estatuto

docente, la ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, código Disciplinario Único y

demás normas concordantes.

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Art. 4 Son deberes de los directivos, además de los contemplados en el artículo anterior

los siguientes:

a. Planificar, organizar, dirigir, evaluar los programas y planes de estudios de la

institución en coordinación con el Consejo Directivo de la misma.

b. Coordinar, orientar y dirigir con la colaboración de docentes e instructores todas las

actividades de la institución.

c. Supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.

d. Legalizar con su firma todos los documentos, certificados de estudios y demás que

expida la institución.

e. Velar por el buen manejo de los bienes de la institución

f. Rendir por lo menos, anualmente un informe detallados de los ingresos y egresos

económicos de la institución a la comunidad educativa. Exigir un trato digno y

respetuoso de parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

g. A trabajar en un ambiente sano y acogedor donde prime las buenas relaciones, el

respeto y tolerancia, autoridad y justicia.

h. Conocer oportunamente la programación del instituto, asignación académica,

horario y demás responsabilidades que le asigne la institución.

i. Disponer de los recursos necesarios para el buen desarrollo de la labor docente.

j. Presentar proyectos, iniciativas y sugerencias que tengan que ver con la formación

integral de la comunidad educativa.

k. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para el Consejo Directivo de la

institución.

l. A que se siga el debido proceso y se apliquen normas legales y complementarias de

acuerdo al estatuto pertinente cuando sea el caso.

Art. 5 Son deberes de los docentes y/o instructores los siguientes:

a. Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad de tiempo a las funciones de su cargo

de acuerdo al decreto 1860, la ley 715 y otras disposiciones concordantes.

b. Conocer la estructura orgánica de la institución, identificando los diferentes estamentos

y su respectiva descripción del cargo, conocer y cumplir el reglamento interno de

trabajo.

c. Cumplir con las funciones asignadas y al ausentarse de la institución por problemas de

fuerza mayor, justificar la incapacidad o ausencia y enviar talleres o el trabajo que

desarrollaran los alumnos durante su ausencia.

d. Mantener al día los libros reglamentarios, preparar sus clases y proveerse del material

didáctico necesario y cumplir con todas las exigencias planteadas por la institución en

lo concerniente a este aspecto.

e. Mantener las relaciones de cordialidad entre los estamentos de la comunidad

educativa, basándose en los principios de equidad e imparcialidad.

f. Inculcar a los educandos el respeto y amor a los símbolos patrios, los valores

históricos, culturales y morales.

g. Abstenerse de realizar actividades lucrativas y /o de comercio con los estudiantes.

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h. Escuchar y permitir a los estudiantes expresar sus ideas y descargos cuando sea

necesario, teniendo en cuenta las normas de respeto.

i. Dar a conocer a coordinación académica, estudiantes y padres de familia, la

programación de su área o guía a desarrollar durante el periodo.

j. Desarrollar permanentemente con los estudiantes actividades que les permitan una

formación integral como persona, darles buen trato y ejemplo formativo.

k. Dar a conocer oportunamente a los estudiantes, padres o a quien se lo solicite, el

rendimiento académico, sus evaluaciones e informes y acordar con la coordinación

respectiva actividades de recuperación si fuere el caso.

l. Seguir paso a paso los lineamientos trazados en el PEI en lo que tiene que ver con el

seguimiento del alumno y su continuidad en la institución

m. . Aportar registros de seguimiento académico, con el fin de orientarlo en forma

adecuada a la elección de su desempeño técnico y profesional.

n. Asimismo permanecer en continua comunicación con el área de psicología, encargada

directa del trabajo con la población estudiantil cuando detecte alguna situación o

problema que pueda estar afectando el progreso del alumno y la solidez del grupo.

Mantener una comunicación frecuente, abierta, oportuna y espontánea con los

directivos de la institución.

ñ. Informar a quien corresponda de todo hecho o acción contra el bien común de las

personas o de los bienes que conforman la institución.

o. Asumir con madurez y sentido profesional las sugerencias y correctivas que e le hagan

en bien de su labor educativa.

p. Presentar excusas justificadas por sus ausencias o retrasos.

q. Mantener una conducta adecuada y pública en el desempeño de sus funciones, acorde

con el decoro y la dignidad propios de su cargo.

r. Poner al servicio de la institución su vocación y labor como educador entregando todas

sus cualidades, capacidades, preparación y creatividad, apoyando leal y

comprometidamente sus políticas educativas.

s. Participar activamente en los eventos culturales, deportivos, sociales y religiosos, que

para estudiantes, educadores o padres de familia, invitados prepare o programe la

institución.

Llevar el portafolio de evidencias y promulgar su utilización entre los estudiantes.

Art. 6: Estímulos A Los Docentes:

El Manual de Convivencia del Instituto Técnico Carl-Ros para mantener el buen

desempeño docente, excelente desempeño académico y vivencia de valores de su

comunidad docente ha creado el siguiente sistema de estímulos:

a. Recibir capacitación en cursos de actualización para el mejoramiento de su

desempeño profesional.

b. Felicitaciones y reconocimiento público en presencia de la comunidad educativa

c. Mención de Honor por su alto desempeño en diferentes actividades.

d. La institución incentivará a los docentes que sobresalgan por su desempeño laboral

y se distingan en su quehacer diario, y cumplimiento de registros, entrega de

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planillas de notas, portafolio de evidencias, presentación personal, buen manejo de

grupo. La institución otorgara estímulos a través de distinciones honoríficas, placas

distintivas y estímulos de orden monetario o en especies.

e. En la ceremonia de grado se otorgara la distinción al Mérito Docente por Haber

cumplido con todos los requisitos de cargo de manera sobresaliente, exigidos por la

Institución dentro del plazo establecido en la reglamentación expedida para tal fin.

Art. 7: Reglamento de trabajo para los educadores y/o instructores del instituto

Técnico Carl Ross:

Además de lo dispuesto en la norma laboral legal, el art.54 de la Constitución Nacional, el

estado organiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones y

salarios legales, el docente y/o Instructor del instituto Técnico Carl Ros adjuntara los

siguientes documentos.

Hoja de vida

Fotocopia de la Cedula de Ciudadanía

Fotocopia del certificado de Antecedentes judiciales.

Libreta Militar (hombre)

Fotocopia del diploma

Fotocopia de certificaciones de estudios de seminarios.

Soportes de la vida laboral.

Dos (2) referencias personales y dos (2) laborales.

Art. 8 Debido proceso para el personal que labora en la institución: Si surge algún

conflicto entre un docente y alguna miembro de la comunidad educativa se deben seguir los

siguientes pasos y canales de comunicación:

a. Dialogo entre las partes en conflicto, requiere un esfuerzo de acercamiento para

analizar la situación ocurrida, disponer los medios y la disponibilidad para

solucionar el conflicto de la mejor manera.

b. Dialogo con el ente del cual depende inmediatamente en la institución. Quien

escuchara a los miembros de la comunidad entre quienes surja el problema,

analizara la situación y propondrá soluciones.

c. Si después de agotar los recursos anteriores no se logra solucionar el conflicto,

podrá acudir directamente a la rectora, quien escuchara la situación ocurrida y

tomara las determinaciones del caso.

d. Por último y después de agotar todos y cada uno de los pasos anteriores, se podrá

acudir al Consejo Directivo quien si es el caso lo consultara al área jurídica para

tomar la decisión final

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CAPITULO XI

DE LOS PADRES DE FAMILIA y/o ACUDIENTES

Son los padres de familia o en una eventualidad otros que se consideren representantes de

los estudiantes en la institución asumiendo responsablemente el compromiso adquirido.

Perfil del Padre de Familia. Debe ser una persona comprometida con el quehacer

educativo de su hijo, que apoye acciones formativas y desde el hogar oriente

proceso académicos, sociales, convivenciales y culturales. Que genere un ambiente

familiar practicando e inculcando valores como amor, respeto ,orden tolerancia,

responsabilidad, honestidad, concibiendo el hogar como la escuela donde se

fundamentan los principios morales y espirituales., donde se constituyen las bases

para convivir en sociedad, que tengan sentido de pertenencia con la institución

reflejada en la comunión con la filosofía y normatividad de la institución, de igual

forma en el compromiso y asistencia a todas las actividades programadas en la

institución, así como el cumplimiento de las obligaciones financieras contraídas .

Art. 1: Son derechos de los padres de familia los siguientes.

La familia es el núcleo fundamental de la sociedad y la responsable de la educación de los

hijos. Informarse sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos y

participar en las acciones de mejoramiento en los casos anteriores.

Que sus hijos reciban una educación conforme a la Constitución Nacional y el Proyecto

Educativo institucional

Ceñirse a los horarios de atención al lugar específico de la citación, el padre de familia no

está autorizado a ingresar al salón de clases.

Concurrir puntualmente a todas las convocatorias establecidas por el instituto.

Solicitar el buen trato de los estamentos de la institución que intervengan en la formación

de sus hijos.

Velar por el cumplimiento de los programas curriculares establecidos en la institución.

Participar en las diferencies actividades del instituto.

Asistir a talleres, conferencias o reuniones sobre educación y escuela de padres

Enviar nota escrita y firmada explicando la razón de a ausencia y tardanza de su acudido.

Proporcionar en su hogar un ambiente propicio para el estudio y la investigación

Dar un trato respetuoso delicado a profesores y a toda la comunidad educativa-

Su presentación personal debe ser decorosa y adecuada cuando asista a la institución.

Responder por los daños de inmediato que causen sus hijos o acudidos en el instituto.

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CAPITULO XI

GOBIERNO INSTITUCIONAL

Art. 1 Según la Ley 115 de 1994.Decreto 1860 de 1994 y la Constitución Política de 1991,

El gobierno estudiantil conformado por el Rector, el Consejo Directivo y Consejo

académico,1º.El consejo Directivo, como instancia directiva de participación de la

comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento.

2º. El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación

pedagógica del establecimiento.

3º. El rector como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y

ejecutor de las decisiones del gobierno estudiantil.

4º.Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos para periodos anuales, pero

continuaran ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de

vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del periodo.

Art. 2 El Consejo de Dirección estará formado por: El rector quien lo presidiera, y

convocara ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando lo estimare

conveniente.

dos representantes del personal docente ,elegidos por la mayoría de votantes en una

asamblea de docentes, un representante de los estudiantes elegidos por el consejo de

estudiantes, entre los alumnos que se encuentren cursando el ultimo módulo de educación

ofrecido por la institución, un representante de los ex alumnos elegidos por el Consejo

Directivo de ternas presentados por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o

en su defecto por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de

representantes de los estudiantes, un representante del sector productivo.

Art 3: Funciones del Consejo de Dirección:

a. Tomar decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que

sean de competencia de otra autoridad.

b. Servir de instancia para resolver conflictos que se presenten entre docentes y

administrativos con los alumnos del instituto.

c. Adoptar el Manual de convivencia de la Institución y el reglamento interno.

d. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa

e. Aprobar el plan de actualización académico.

f. Participar en la planeación y evaluación del proyecto Educativo Institucional, del

currículo, del plan de estudios, y someterlos a la consideración de la Secretaria de

Educación.

g. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.

h. Participar en la evaluación de docentes, directivos y personal administrativo.

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i. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo, cultural con otras

instituciones.

j. Reglamentar los procesos electorales previos en el presente manual.

k. Darse su propio reglamento.

l. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del

alumno que ha de incorporarse al reglamento o Manual de convivencia.

m. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y de los

provenientes de pagos autorizados.

Art. 4: Del Consejo Académico:

Integrado por las siguientes personas: Rector quien lo preside, directivos docentes, un

docente para cada área definida.

Funciones: Sirve como órgano consultor del consejo directivo para revisión de la propuesta

del PEI

Estudia el currículo y propicia su mejoramiento

Organiza el plan de estudios y orienta su ejecución

Integra el consejo de docentes para la evaluación periódica

Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa

Art 5 El Consejo de Estudiantes. Es el máximo órgano que asegura y garantiza el

continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos .Esta integrado por un

vocero ofrecido por el establecimiento en uno de los programas, que comparten un mismo

consejo directivo y el consejero que ellos elijan.

Art.6: Funciones. Dar su propia organización interna, elegir a un representante de los

estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de sus

representación, invitar a sus deliberaciones a los estudiantes que presentan iniciativa por el

desarrollo de la vida estudiantil, elegir a los representantes de cada programa que ofrece el

instituto para integrarlos en los diferentes grupos de promoción estudiantil.

Art 7 .Funciones del coordinador. Depende del rector, le corresponde la administración

académica y de convivencia de la institución y en consecuencia el trabajo con los docentes,

alumnos, padres de familia en aquellas situaciones que tengan que ver con los tópicos

señalados, son sus funciones:

a. Participar en el Consejo Académico y en los comités de evaluación y promoción

b. Planear y presentar anual, mensual y / o semestralmente al rector la asignación

académica de los docentes en concordancia con la reglamentación existente y

teniendo en cuenta las particularidades de la institución, igualmente el horario de

clases. Ambos proyectos deben ser aprobados por el rector a través de resolución

motivada.

c. Dirigir la planeación y programación académica acorde con los objetivos

institucionales y los logros proyectados en cada área, etc.

d. Ejercer orientación, control y seguimiento permanente del cumplimiento de

horarios, jornada laboral y compromisos de los estudiantes, profesores y comunicar

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al rector cualquier situación que por su complejidad pueda generar conflictos de

mayor atención.

e. Dejar registro escrito a través de actas de cada seguimiento hecho a los casos

señalados en el numeral anterior, de tal manera que puedan servir como soporte a

cualquier reclamación de orden legal o d carácter informativo solicitado por

cualquier autoridad competente y /o por cualquier miembro de la comunidad

educativa.

f. Dirigir la evaluación del rendimiento académico, adelantar todas las acciones

necesarias para garantizar hasta donde sea posible, la continuidad del estudiante en

la institución

g. Rendir periódicamente informe al rector del plantel sobre el resultado de las

actividades académicas, fomentar la investigación como eje articulador en la

formación del docente y del estudiante, coordinar ,ejecutar con el rector la

evaluación institucional y del personal docente en general, fomentar un clima de

respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa, difundir el Manual de

Convivencia entre todos los miembros de la comunidad educativa para que sea

conocido, acatado y enriquecido de acuerdo con las experiencias diarias y la

normatividad vigente.

Art. 8: El personero. Se elegirá un alumno del segundo periodo académico, para que actué

como personero de los estudiantes y promotor de sus derechos y deberes. Su elección será

democrática por el sistema d mayoría simple y mediante voto secreto, con la participación

de todos los estudiantes de todos los programas. Los candidatos deben destacarse por su

excelente comportamiento y buen rendimiento académico. Debe ser elegido dentro de los

primeros treinta días de iniciadas clases y participara activamente en el gobierno escolar

Art. 9: Funciones.

a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, del Anual

de Convivencia y de otras carreras afines.

b. Presentar ante el rector, las solicitudes que considere necesarias para proteger los

derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

c. Cuando lo considere necesario apelar ante el Consejo Directivo, las decisiones del

rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio

d. Mantener las confidencias institucionales en la más estricta ética profesional

e. Velar por la calidad del servicio educativo para que sea óptimo

f. Responder ante los estudiantes para que se cumpla una convivencia social

responsable justa, pacífico y democrático.

g. Actuar como defensor de aquellos estudiantes involucrados en situaciones de

comportamiento o conductas no deseables y velar que e haga un justo y debido

proceso.

h. Servir de fiscal en el Consejo Estudiantil.

i. Cumplir con los proyectos presentados al momento de hacerse elegir personero.

j. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes por violación

de sus derechos y las formule cualquier miembro de la comunidad por

incumplimiento o faltas cometidas por los estudiantes.

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k. Presentar recursos de reposición cuando reconsidera que el Consejo Directivo u

otro similar mediante fallo adecuó una conducta no deseable en forma injusta o

exagerada contra un estudiante.

Art. 10: Comité de régimen convivencia: Es el ente encargado de recibir la información

de las faltas no con vivenciales cometidas por los alumnos de la institucion y de abrir

investigaciones correspondientes, de lo cual se le dará traslado al estudiante, para oírlo en

sus descargos quien tendrá derecho también a presentar pruebas, ser asistido por el

representante de los alumnos, de lo cual se levantara un acta y se le dará el tramite previsto

en el capítulo pertinente de este Manual.

El comité lo conforma. El rector, el coordinador académico, el consejo Interdisciplinario,

conformado por el director de grupo, el coordinador, el personero, este último con voz pero

sin voto.

El comité con vivencial será el órgano encargado de la investigación de las faltas cometidos

por los estudiantes de acuerdo en las instancias previstas en el capítulo pertinente de este

manual.

CAPITULO XII

REGLAMENTO PARA EL USO DE LOS SERVICIOS OFRECIDOS POR EL

INSTITUTO

BIBLIOTECA

Art. 1º. La biblioteca como unidad de apoyo al proceso académico e investigativo que se

proyecta y con el fin de prestar una ayuda oportuna al estudiante regular que requiera de

ella, permite a sus usuarios crecer, basándose en sus necesidades de información, nacidas

en el desarrollo de los programas curriculares y a la capacidad de enlace que la biblioteca

ofrece.

Art2º.Visión: Aplicar las técnicas bibliotecológicas de mercadeo e informáticas que

permitan hacer de esta una biblioteca modelo en su área.

Art. 3 Objetivos. Suministrar servicios de información adecuados que permitan en cada

individuo de la comunidad ser el agente principal de su propio conocimiento y el

perfeccionamiento de su aprendizaje.

Administrar, dirigir, procesar y diseminar los recursos de información que este dirigido al

crecimiento intelectual académico y científico de la comunidad de usuarios.

Art. 4º-Horario: El horario de la biblioteca se establece de acuerdo al proceso académico

del Instituto Actualmente es de 8.A 12.a.m. y de 2 a 6p.m.

Art. 5º.Usuario: a) Son usuarios de la biblioteca .Los docentes, empleados, estudiantes,

Miembros de la comunidad académica y científica.

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Personas acreditadas ante la biblioteca como miembro de las entidades con las cuales se

tiene convenio.-

b) Derecho de los usuarios:

).Recibir atención oportuna, trato amable, disfrutar de un ambiente propicio para la

lectura, hacer uso de los servicios que le ofrecen.

c) Requisitos.

la identificación personal

Carnet de la institución actualizado.

Para la prestación de cualquier servicio en la biblioteca (docentes, investigadores,

personal, administrativo)

Cedula de ciudadanía, para personal no vinculado a la institución, y/o carta de

presentación.

Para los estudiantes deben tener al día el bienestar institucional

Art. 6. Servicios:

a. Prestamos: El préstamo es personal e intransferible, previa identificación del

usuario.

b. Quien realiza el préstamo se hace responsable del material hasta el momento de su

devolución.

c. Periodo del préstamo:

d. -Para consulta dentro de la sala de la biblioteca por el tiempo que el usuario lo

requiera sujetándose al horario establecido.

e. Para servicio de fotocopia utilizar la de la biblioteca y /o dos (2) horas a partir del

momento del préstamo.

f. No circulan fuera de la Sala de Lectura de la Biblioteca.:

g. Libros de colección, diccionarios, enciclopedias, publicaciones seriadas

especializadas.

h. devoluciones. La devolución de los materiales debe hacerse en forma personal a

mas tardar en la fecha y hora indicada, de lo contrario se hará acreedor a las

sanciones establecidas.

i. Reserva. El servicio de reserva consiste en una solicitud propia del material

requerido por un usuario para préstamo externo, se debe diligenciar el formato

establecido para su control.

Art7º.Paz y salvo: La institución exige a estudiantes, profesores y empleados el paz y salvo

de la biblioteca para efectos de. Certificados de estudio o laborales cuando sea el caso

matricula, retiro (temporal o definitivo) de la institución, grados.

Art. 8º. Comportamiento de los usuarios.

a) Deberes.

a. Presentar su carne actualizado

b. Hacer uso correcto del material, mobiliario y demás enseres de la biblioteca

c. Cumplir con el periodo de préstamo del material bibliográfico

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d. Dar aviso inmediato en caso de pérdida o deterioro, en tal caso deberá sustituirlo o

cancelar su valor.

b) Está prohibido:

a. Hacer trabajos o grupos de estudio dentro de la sala de la biblioteca, siempre y

cuando su comportamiento no perturbe el silencio requerido en dicho lugar.

b. Charlar, conversar, estudiar en alta voz, y quien no guarde la compostura podrá ser

retirado y quien se niegue a hacerlo, se le notificará a la coordinación académica

para el estudio del caso y la sanción pertinente.

c. Comer, fumar, beber, mascar chicle, silbar, hablar en voz alta y otras actividades

que interfieran con las labores propias de la dependencia y con el respeto a los

demás usuarios.

Ara 9º.Sanciones:

a. La pérdida de cualquier material, documental o su devolución en malas condiciones

físicas, incluyendo mutilación, debe reponerlo con uno de sus mismas

característica, si fuese imposible conseguirlo, debe pagar el doble del valor

comercial actual.

b. Quien sea sorprendido sacando material de la biblioteca sin su debida autorización

pierde automáticamente el derecho al uso de los servicios de la biblioteca por un

mes.

c. La no entrega oportuna dentro del tiempo y hora establecida lo hará acreedor de

una Multa en dinero

d. Nota. A partir de la tercera reincidencia en la no entrega oportuna, se le suspende la

prestación de los servicios de la Biblioteca.

e. Monto sanciones:

f. El usuario de los servicios del Instituto que solicite en préstamo un material para

fotocopiar y no lo devuelva en las dos (2) horas siguientes al préstamo, se le cobrará

$1.000 (Mil pesos) por hora vencida o su fracción.

g. El usuario a quien se le facilite en préstamo un libro el día viernes deberá

devolverlo el lunes. Si lo devuelve el martes, deberá cancelar $3.000 (Tres mil

pesos) y si $1.000 (Un mil pesos) por cada día que pase a partir del miércoles.

h. Los dineros recaudados por dichas sanciones entrarán, a un fondo especial de

biblioteca que será utilizado para atender compra de insumos urgente,

contribuciones para eventos relacionados con biblioteca, etc.

CAFETIN

Art. 11º.Estaba disponible para los estudiantes de Programas técnicos, miembros de la

comunidad educativa.

Para preservar el orden en este sitio se deberá:

a. Hacer fila para adquirir sus compras ordenadamente y por turnos, los varones y

señoritas harán filas independientes.

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b. Abstenerse de comprar fuera del tiempo de descanso y luego del timbre para regresar

al aula de clase

c. El consumo de alimentos solo será en el periodo del receso

d. El personal que labora en el instituto y practicantes deberá abstenerse de utilizar

estos servicios mientras desarrollen su jornada laboral.

e. El resto del tiempo en la tienda escolar se venderá líquidos que deben ser

consumidos por fuera del salón de clases. Queda terminantemente prohibido

consumir alimentos dentro de los salones, biblioteca, oficinas

SALAS DE INFORMATICA

Art.12º.Los estudiantes tendrán a su disposición para desarrollar sus clases estas salas, es

una sala especializada de trabajo. En ella se encuentran materiales. Equipos y suministros

que pertenecen a la institución y que requieren la presencia de un docente para que los

alumnos puedan utilizarlos. Todo estudiante que utilice la sala debe.

a. Llegar a tiempo a clases y respetar el horario establecido por la institución y 7º por

el docente encargado.

b. Usar la indumentaria adecuada en la sala de informática (bata) No se deberá ingresar

sin portar el uniforme completo.

c. No se podrá ingresar portando gorras

d. Abstenerse de consumir bebidas o alimentos en la salas de informática

e. Lavarse las manos antes de ingresar a la sala

f. Cuidar el mobiliario, los equipos, los pads, los mouses, Abstenerse de rayarlos,

descomponerlos e introducirles objetos extraños. El estudiante responderá y pagara

por cualquier daño causado en la sala.

g. No intercambiar los periféricos de los equipos, solo el profesor o monitor de la clase

están autorizados para realizar esta tara.

h. En la sala de informática el estudiante conservara el puesto asignado y no pasara a

otro computador para no interrumpir el trabajo del compañero (a)

i. Debe mantener el orden y compostura en la sala.

j. Debe grabar los archivos de trabajo únicamente en los directorios indicados por el

profesor. No debe borrar, ni cambiar nombres a archivos o directorios de otros

estudiantes o del sistema

k. El estudiante será responsable por el buen uso del Software que este puesto a su

disposición y no lo afectara de forma alguna.

l. Debe salirse de los programas antes de abandonar la sala. Si la clase es la ultima de

la jornada, debe apagar el equipo.

m. Prestar atención a las recomendaciones d los monitores y profesores. Hacer reclamos

al monitor y profesor de manera respetuosa.

n. No hará copias parciales o totales del Software instalado en los equipos. Esto no está

permitido y será sancionable como causal de mal comportamiento.

o. Usar el Internet como herramienta de estudio e investigación. No acceder páginas

inmorales, ni de lenguaje obsceno o vulgar.

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p. No bajar Software, ni instalarlos en el computador a menos que el profesor lo

autorice, se sancionara como causal de mal comportamiento.

q. Informar al profesor de cualquier anomalía que encuentre en el computador o en la

sala de informática-.

r. No realizar actividades distintas a las asignadas durante las horas de clases.

s. En caso de violar algunos de los puntos anteriores, el estudiante será sancionado de

acuerdo a lo dispuesto en el presente manual agotando el conducto regular para el

caso.

USO Y PERMANENCIA EN LOS LABORATORIOS

Art.13 AREA DE MECANICA: El estudiante debe guardar las siguientes normas

además las dispuestas de carácter general:

a. El ingreso al taller para realizar prácticas debe hacerlo con el uniforme recomendado

por la institución

b. Utilizar equipo, herramientas, elementos de seguridad personal adecuadamente.

c. No bromear ni utilizar juegos bruscos de mano durante las horas de trabajo.

d. Apagar luces y equipos que no se utilicen

e. No arrojar basuras al piso, por favor utilizar las canecas.

f. Se prohíbe el ingreso de alimentos al taller

g. No sustraer elementos de uso exclusivos del taller

h. Manipular de manera correcta los líquidos y desechos en el taller.

i. Utilizar moderadamente el servicio del agua

j. Evite ocasionar chispas o cortos circuitos.

k. Mantener pisos y paredes libres de grasas

l. Los daños y/o perdidas causados en el Laboratorio serán imputados a la persona que

los realice, en todo caso el grupo responderá solidariamente

m. El incumplimiento a este reglamento será causal para la aplicación de las sanciones

estipuladas en el presente Manual de convivencia.

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CAPITULO XII

OTRAS DISPOSICIONES

Art.1º. Seguro estudiantil o de accidentes personales: Este servicio lo presta la entidad

seleccionada, por el Consejo de Dirección a los estudiantes que se afilien en el proceso de

matrícula, teniendo en cuenta las disposiciones legales de la entidad. Tendrá vigencia los 8

días después de haber finalizado el proceso de matrícula establecido en la Institución.

Practicas Integrales:

Estar a Paz y Salvo con la parte académica, financiera. cumplir con los requisitos

para las rotaciones.

ESTE MANUAL ES DINAMICO YA QUE ESTA SUJETO ACAMBIOS POR EL

CONSEJO DIRECTIVO

CONTROL DE CAMBIOS

VERSIÓN FECHA DE

VIGENCIA DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO

01 17-Agosto-2012 Edición del documento

02 18-Julio-2014 Revisión del documento.