Código de Hammurabi.-scrUBBED

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Código de Hammurabi Estela del Código de Hammurabi, en poder del Museo del Louvre (París). Código de Hammurabi (detalle), en el Museo del Louvre.

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Código de Hammurabi

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Código de Hammurabi

Estela del Código de Hammurabi, en poder del Museo del Louvre (París).

Código de Hammurabi (detalle), en el Museo del Louvre.

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Parte superior de la gran estela.

El Código de Hammurabi, creado en el año 1760   a.   C.  (según la cronología media), es uno de los

conjuntos de leyes más antiguos que se han encontrado y uno de los ejemplares mejor conservados de

este tipo de documento creados en la antiguaMesopotamia y en breves términos se basa en la

aplicación de la ley del Talión a casos concretos.

Entre otras recopilaciones de leyes se encuentran el Códice de Ur-Nammu, rey de Ur(ca. 2050   a.   C. ), el

Códice de Eshnunna (ca. 1930   a.   C. ) y el Códice de Lipit-Ishtar deIsín (ca. 1870   a.   C. ). Ellos también

crearon leyes como la 205 que se trataba de que si el esclavo de un hombre golpea en la mejilla al hijo

de un hombre, que le corten una oreja.

A menudo se lo señala como el primer ejemplo del concepto jurídico de que algunas leyes son tan

fundamentales que ni un rey tiene la capacidad de cambiarlas. Las leyes, escritas en piedra, eran

inmutables. Este concepto pervive en la mayoría de lossistemas jurídicos modernos.

Estas leyes, al igual que sucede con casi todos los códigos en la Antigüedad, son consideradas de

origen divino, como representa la imagen tallada en lo alto de la estela, donde el dios Shamash, el dios

de la Justicia, entrega las leyes al reyHammurabi. De hecho, anteriormente la administración de

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justicia recaía en lossacerdotes, que a partir de Hammurabi pierden este poder. Por otra parte,

conseguía unificar criterios, evitando la excesiva subjetividad de cada juez.

Escrito en acadio, su prólogo y el epílogo están redactados en un lenguaje más cuidado y con la

finalidad de glorificar al dios babilonio Marduk y, a través de él, a su rey.

El rey ordenó que se pusieran copias de este Código en las plazas de cada ciudad para que todo el

pueblo conociera la ley y sus castigos, para lo cual el cuerpo de la ley se expresa en lenguaje claro, del

pueblo. Comienza con la partícula si (o proposición condicional), describe la conducta delictiva y luego

indica el castigo correspondiente. Una de sus leyes establece la Ley del Talión ("ojo por ojo").

Redactado en primera persona, relata como los dioses eligen a Hammurabi para que ilumine al país

para asegurar el bienestar de las gentes. Proclama a Marduk como dios supremo, alejando al panteón

sumerio.

Contenido

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1 Historia

2 Aspecto

3 Contenido

4 Juicios sobre el código

5 Comparación con la ley mosaica

6 Véase también

7 Bibliografía

o 7.1 En castellano

o 7.2 En otras lenguas

8 Enlaces externos

[editar]Historia

El rey de Babilonia Hammurabi (1722-1686   a.   C.  según la cronología breve o 1792-1750 a. C. según

la cronología media) pensó que el conjunto de leyes de su territorio tenía que escribirse para complacer

a sus dioses. A diferencia de muchos reyesanteriores y contemporáneos, no se consideraba

emparentado con ninguna deidad, aunque él mismo se llama «el favorito de las diosas».

El Código de Hammurabi fue tallado en un bloque de basalto de unos 2,50 m de altura por 1,90 m de

base y colocado en el templo de Sippar; asimismo se colocaron otros ejemplares similares a lo largo y

ancho del reino. El objeto de este código era homogeneizar jurídicamente el reino de Hammurabi.

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Dando a todas las partes del reino una legislación común, se podría controlar al conjunto con mayor

facilidad.

Durante las diferentes invasiones de Babilonia, el código fue trasladado, hacia el1200   a.   C. , a la ciudad

de Susa (en Elam), actualmente en el Juzestán (Irán). En esta ciudad fue descubierto por la expedición

que dirigió Jacques de Morgan, en diciembre de 1901. Fue llevado a París, Francia, donde

el padre Jean-VincentScheil tradujo el código al francés. Posteriormente, el código se instaló en

el Museo del Louvre, enParís, donde se encuentra en la actualidad.

[editar]Aspecto

El Código de Hammurabi está grabado en una estela de diorita de 2,25 metros de altura. En la zona

superior está representado Hammurabi enbajorrelieve, de pie, delante del dios

del Sol de Mesopotamia, Shamash, el principal de la ciudad sumeria de Larsa. Debajo aparecen,

inscritos en caracteres cuneiformes acadios, las leyes que regían la vida cotidiana.

[editar]Contenido

Véase también: Anexo:Lista de leyes del Código de Hammurabi

Las leyes del Código de Hammurabi (numeradas del 1 al 282, aunque faltan los números 13, 66–99 y

110–111) están escritas en babilonio antiguo y fijan diversas reglas de la vida cotidiana. Norman

particularmente:

La jerarquización de la sociedad: existen tres grupos, los hombres libres o "awilum", los

"mushkenum" (quienes se especula podrían ser siervos o subalternos) y los esclavos o "wardum".

Los precios: los honorarios de los médicos varían según se atienda a un hombre libre o a un

esclavo.

Los salarios: varían según la naturaleza de los trabajos realizados.

La responsabilidad profesional: un arquitecto que haya construido una casa que se desplome sobre

sus ocupantes y les haya causado la muerte es condenado a la pena de muerte.

El funcionamiento judicial: la justicia la imparten los tribunales y se puede apelar al rey; los fallos se

deben plasmar por escrito.

Las penas: aparece inscrita una escala de penas según los delitos y crímenes cometidos. La base

de esta escala es la Ley del Talión.

Se tratan también el robo, la actividad agrícola (o pecuaria), el daño a la propiedad, los derechos de

la mujer, los derechos en el matrimonio, los derechos de los menores, los derechos de

los esclavos, homicidio, muerte y lesiones. El castigo varía según el tipo de delincuente y de víctima.

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Las leyes no admiten excusas ni explicaciones en caso de errores o faltas; el Código se ponía a la vista

de todos, de modo que nadie pudiera alegar ignorancia de la ley como pretexto. Cabe recordar, sin

embargo, que eran pocos (escribas en su mayoría) los que sabían leer y escribiren aquella época.

[editar]Juicios sobre el código

Aunque el código sea la inspiración del «ojo por ojo, diente por diente» tiene artículos también muy

alejados de ese concepto. Los artículos que constituyen el primer ejemplo de la llamada Ley del

Talión son el 196 (el ojo), el 197 (el hueso) y el 200 (el diente). También pueden formar parte de este

"revanchismo legal" los artículos 1, 2, 3 y, hasta cierto punto, el 21 y el 25. El resto establece

indemnizaciones o penas graves, girando alrededor de temas distintos al "te hago lo que me hiciste". El

código está inspirado por un alto sentimiento de orden. Las reglas de los contratos son todavía las

establecidas por los sumerios. Se fija la responsabilidad mutua del amo y el obrero. Este tiene que

recibir un salario mínimo y gozar de tres días de vacaciones cada mes. El Código es una simple

recopilación de leyes sumerias, hecha por un rey, Hammurabi, sexto de los reyes de la primera dinastía

babilónica, amorreo y semita aunque no sumerio. Hay bases para suponer préstamo directo de

losbabilonios a los hebreos, como las hay para ver inspiraciones en este Código por parte de la

propia Roma. El código no debe dar la impresión negativa y simplista de la Ley del Talión. Entre otras

cosas porque contribuye a mirar a los sumerios y babilonios (la Sumeria semita) como auténticos

salvajes, cuando éstos son los asirios, que vinieron bastante después (Nínive), según los juzga la

historia.

[editar]Comparación con la ley mosaica

Alguna partes de la Ley Mosaica son similares a ciertas leyes del Código de Hammurabi, pero:

No hay bases para suponer préstamo directo alguno de los babilonios a los hebreos. Aunque ambos

conjuntos de leyes difieran poco en la letra, difieren mucho en el espíritu.

Thomas (1958)

Se presentan a continuación algunos ejemplos de las diferencias:

Código de Hammurabi Ley mosaica

Pena de muerte por hurto de propiedad del templo y el palacio o por recibir bienes robados (Ley 6)

Se castiga al ladrón resarciendo a la víctima (Éx. 22.1-9)

Muerte por ayudar a un esclavo a escapar o por refugiar a un esclavo fugitivo (Ley 15, 16)

"No entregarás a su señor el siervo que huye de él y acude a ti." (Deut. 23.15)

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Si una casa mal hecha causa la muerte de un hijo del dueño de la casa, la falta se paga con la muerte del hijo del constructor (Ley 230)

"Los padres no morirán por los hijos ni los hijos por los padres." (Deut. 24.16). "Y el que causare lesión en su prójimo, según hizo, así le sea hecho: rotura por rotura, ojo por ojo, diente por diente; según la lesión que haya hecho a otro, tal se hará a él. (Lev. 24.19)

Mero exilio por incesto: "Si un señor hombre de alto rango se ayuntare con su hija, harán salir a tal señor de la ciudad." (Ley 154)

Pena de muerte por incesto (Lev. 18.6, 29)

Distinciones de clases: penas duras para quien lesione al miembro de una casta superior. Penas leves para quien lesione a miembros de una casta inferior (Ley 196–205)

No cometerás injusticia en los juicios, ni favoreciendo al pobre ni complaciendo al grande (Lev. 19.15). Si un hombre hiere a su esclavo o a su esclava con un palo y los mata, será reo de crimen. Pero si sobreviven uno o dos días no se le culpará porque le pertenecían (Éxodo 21. 20).

Similitudes:

- Código Hammurabi

Entones Anum y Enlil me señalaron a mí, Hammurabi, príncipe piadoso, temeroso de mi dios, para

proclamar el derecho en mi país. (prólogo Código de Hammurabi) Exodo.

- Ley de Moisés

Entonces Yahveh dijo a Moisés: Sube a mí al monte y espera allá y te daré tablas de piedra, y la ley y

mandamiento que he escrito para enseñarles.

Cada código declaraba ser el que contenía las mejores normas dadas por Dios.

- Yo soy Hammurabi, el rey de justicia, a quien Samas le ha dado la verdad. Mis palabras son de lo más

escogido, mis obras no tienen igual. Unicamente es para el necio para quien son vanas; para el

prudente están destinadas a la gloria. (Prólogo Código de Hammurabi)

- Ley de Moisés

Deuteronomio 4:5-8.- Mirad que yo os he enseñado estatutos y decretos, como Yahveh mi Dios me

mandó, para que hagáis así en medio de la tierra en la cual entráis para tomar posesión de ella. 8 Y

¿qué nación grande hay que tenga estatutos y juicios justos como es toda esta ley que yo pongo hoy

delante de vosotros?

- Código Hammurabi

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(Pero) si este hombre no ha guardado mis decretos, que he escrito sobre mi estela, y (si) ha

menospreciado mis maldiciones, y (si) ha derogado el derecho que yo he promulgado, (si) ha revocado

mis decretos, (si) ha destruido mis escritos, (si) ha borrado mi nombre escrito para escribir su propio

nombre (o si), a causa de las presentes maldiciones, es a otro a quien le ha encargado hacerlo, este

hombre, ya sea rey, ya sea señor, ya sea gobernador o (cualquier otra) persona que sea llamada con un

nombre, que el gran Anum, el padre de los dioses que ha proclamado mi gobierno, le arrebate el

esplendor de la realeza, rompa su cetro (y) maldiga su destino. (Prólogo Código de Hammurabi)

- Ley de Moisés

Deuteronomio 28:15-68.- 15 Pero acontecerá, si no oyeres la voz de Jehová tu Dios, para procurar

cumplir todos sus mandamientos y sus estatutos que yo te intimo hoy, que vendrán sobre ti todas estas

maldiciones, y te alcanzarán. 16 Maldito serás tú en la ciudad, y maldito en el campo. 17 Maldita tu

canasta, y tu artesa de amasar. 18 Maldito el fruto de tu vientre, el fruto de tu tierra, la cría de tus vacas,

y los rebaños de tus ovejas. 19 Maldito serás en tu entrar, y maldito en tu salir. 20 Y Jehová enviará

contra ti la maldición, quebranto y asombro en todo cuanto pusieres mano e hicieres, hasta que seas

destruido, y perezcaspronto a causa de la maldad de tus obras por las cuales me habrás dejado.

- Código Hammurabi

137. Si un señor se propone divorciarse de una mujer sugetum que le había dado hijos o de una mujer

naditum que le proporcionó hijos, se le devolverá su dote a esa mujer y se le dará una parte del campo,

del huerto y de los bienes (familiares) para que ella pueda criar a sus hijos. Después que haya criado a

sus hijos, de todo lo que se dará a sus hijos, se la entregará una parte como (la de) un heredero, y

(entonces) tomará al marido de su elección.

- Ley de Moisés

Deuteronomio 24:1-4.- Cuando el alguno tomare mujer y se casare con ella, si no agradare por haber

hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio y se la entregará en su mano y la

despedirá de su casa. Y salida de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre.

- Código Hammurabi

244. Si un señor ha alquilado un buey (o) un asno y (si) en el campo un león lo ha matado, (esta

pérdida) será solamente para su propietario. 205. Si un esclavo de un particular ha golpeado la mejilla

del hijo de un señor, se le amputará la oreja. 206. Si un hombre (libre) ha golpeado a (otro) hombre

(libre) en una riña y le ha causado una herida, ese hombre (libre) jurará: No lo golpeé deliberadamente,

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y pagará también al médico. 207. Si ha muerto a causa de los golpes (recibidos) jurará (como antes) y si

se trata de un hijo de un señor, pesará media mina de plata.

- Ley de Moisés

Exodo 22:10-11.- 10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal

a guardar, y éste muriere o fuere estropeado, o fuere llevado sin verlo nadie; 11 juramento de Jahveh

habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el

otro no pagará. Exodo 21:12-14.- 12 El que hiriere a alguno, haciéndole así morir, él morirá. 13Mas el

que no pretendía herirlo, sino que Dios lo puso en sus manos, entonces yo te señalaré lugar al cual ha

de huir. 14Pero si alguno se ensoberbeciere contra su prójimo y lo matare con alevosía, de mi altar lo

quitarás para que muera. 14. Si un señor roba el niño menor de (otro) señor, recibirá la muerte. Exodo

21:16.- Asimismo el que robare a una persona y la vendiere, o si fuere hallada en sus manos, morirá.

- Código Hammurabi

196. Si un señor ha reventado el ojo de (otro) señor, se le reventará su ojo. 197. Si un señor ha roto el

hueso de (otro) señor, se le romperá su hueso.

- Ley de Moisés

Levítico 24:19-21.- 19 Y el que causare lesión en su prójimo, según hizo, así le sea hecho: 20rotura por

rotura, ojo por ojo, diente por diente; según la lesión que haya hecho a otro, tal se hará a él. 21 El que

hiere algún animal ha de restituirlo; mas el que hiere de muerte a un hombre, que muera.

- Código Hammurabi

129. Si la esposa de un señor es sorprendida acostada con otro hombre, los ligarán (uno a otro) y los

arrojarán al agua. Si el marido de la mujer desea perdonar a su mujer, entonces el rey puede (a su vez)

perdonar a su súbdito.

- Ley de Moisés

Levítico 20:10.- 10 Si un hombre cometiere adulterio con la mujer de su prójimo, el adúltero y la adúltera

indefectiblemente serán muertos.

- Código Hammurabi

117. Si un señor ha sido apremiado por una obligación y (si este) ha dado por plata a su esposa, su hijo

o su hija o bien (si los) ha entregado a servicio, durante tres años trabajarán en la casa de su comprador

o del que los tiene a servicio; al cuarto año recobrarán su libertad.

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- Ley de Moisés

Exodo 21:1.- 1Estas son las leyes que les propondrás. 2Si comprares siervo hebreo, seis años servirá;

mas al séptimo saldrá libre, de balde.

- Código Hammurabi

251. Si el buey de un señor es bravo y el consejo de su distrito le informa que es bravo, pero él no ha

cubierto sus astas ni ha vigilado de cerca su buey y el buey acorneó al hijo de un señor y le ha matado,

dará media mina de plata. 252. Si el muerto es el esclavo de un señor, dará un tercio de mina de plata.

- Ley de Moisés

Exodo 21:29.- 28 Si un buey acorneare a hombre o a mujer, y a causa de ello muriere, el buey será

apedreado, y no será comida su carne; mas el dueño del buey será absuelto. 29 Pero si el buey fuere

acorneador desde tiempo atrás, y a su dueño se le hubiere notificado, y no lo hubiere guardado, y

matare a hombre o mujer, el buey será apedreado, y también morirá su dueño.

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EL CÓDIGO  DE HAMMURABI

El Código de Hammurabi es el primer conjunto de leyes de la historia. En él Hammurabi enumera las leyes que ha recibido del dios Marduk para fomentar el bienestar entre las gentes. A continuación aparecen las primeras treinta leyes.

Si un señor acusa a (otro) señor y presenta contra él denuncia de homicidio, pero no la puede probar, su acusador será castigado con la muerte.

Si un señor imputa a (otro) señor prácticas de brujería, pero no las puede probar, el acusado de brujería irá al río (y) deberá arrojarse al río. Si el río (logra) arrastrarlo, su acusador le arrebatará su hacienda. (Pero) si este señor ha sido purificado por el río saliendo (de él) sano y salvo, el que le imputó de maniobras de brujería será castigado con la muerte (y) el que se arrojó al río arrebatará la hacienda de su acusador.

Si un señor aparece en un proceso para (presentar) un falso testimonio y no puede probar la palabra que ha dicho, si el proceso es un proceso capital tal señor será castigado con la muerte.

Si se presenta para testimoniar (en falso, en un proceso) de grano o plata, sufrirá en su totalidad la pena de este proceso.

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Si un juez ha juzgado una causa, pronunciado sentencia (y) depositado el documento sellado, si, a continuación, cambia su decisión, se le probará que el juez cambió la sentencia que había dictado y pagará hasta doce veces la cuantía de lo que motivó la causa. Además, públicamente, se le hará levantar de su asiento de justicia (y) no volverá más. Nunca más podrá sentarse con los jueces en un proceso.

Si un señor roba la propiedad religiosa o estatal, ese señor será castigado con la muerte. Además el que recibió de sus manos los bienes robados será (también) castigado con la muerte.

Si, de la mano del hijo de un señor o del esclavo de un particular, un señor ha adquirido o recibido en custodia plata u oro, un esclavo o una esclava, un buey o una oveja o un asno, o cualquier cosa que sea, sin testigos ni contrato, tal señor es un ladrón: (en esos casos) será castigado con la muerte.

Si un señor roba un buey, un cordero, un asno, un cerdo o una barca, si (lo robado pertenece) a la religión (o) si (pertenece) al estado, restituirá hasta treinta voces (su valor); si (pertenece) a un subalterno lo restituirá hasta diez veces. Si el ladrón no tiene con qué restituir, será castigado con la muerte.

Si un señor, habiéndosele extraviado un objeto, encuentra su objeto extraviado en posesión de (otro) señor; (si) el señor en cuya posesión se halló el objeto extraviado declara: «Me lo vendió un vendedor, lo compré en presencia de testigos»; (si) de otra parte, el propietario del objeto extraviado declara: «Presentaré testigos que testimonien sobre mi objeto extraviado»; (si) el comprador presenta al vendedor que se lo ha vendido y a los testigos en cuya presencia lo compró; (si), por otra parte, el propietario del objeto perdido presenta los testigos que den testimonio del objeto perdido, (en ese caso) los jueces considerarán las pruebas, y los testigos, en cuya presencia se efectuó la compra, juntamente con los testigos que testimonian sobre el objeto perdido, declararán lo que sepan delante del dios. (Y puesto que) el vendedor fue el ladrón será castigado con la muerte. El propietario del objeto perdido recobrará su objeto perdido. El comprador recobrará de la hacienda del vendedor la plata que había pesado.

Si el comprador no ha presentado al vendedor que le vendió (el objeto) ni los testigos en cuya presencia se efectuó la compra, y el dueño de la cosa perdida presenta testigos que testimonien sobre su cosa perdida, el comprador fue el ladrón: será castigado con la

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muerte. El propietario de la cosa perdida recobrará su propiedad perdida.

Si el propietario de la cosa perdida no presenta testigos que testimonien sobre el objeto perdido, es un estafador, (y puesto que) dio curso a una denuncia falsa será castigado con la muerte.

Si el vendedor ha muerto, el comprador tomará de la casa del vendedor hasta cinco veces (el valor) de lo que había reclamado en este proceso.

Si los testigos de tal señor no estuviesen a mano, los jueces le señalarán un plazo de seis meses. Y si al (término del) sexto mes, no presenta sus testigos, este señor es un falsario. Sufrirá en su totalidad la pena de este proceso.

Si un señor roba el niño menor de (otro) señor, recibirá la muerte.

Si un señor ayuda a escapar por la gran puerta (de la ciudad) a un esclavo estatal o a una esclava estatal o a un esclavo de un subalterno o a una esclava de un subalterno recibirá la muerte.

Si un señor dio refugio en su casa a un esclavo o a una esclava fugitivos, perteneciente al estado o a un subalterno y si no lo entregó a la llamada del pregonero el dueño de la casa recibirá la muerte.

Si un señor prende en campo abierto a un esclavo o esclava fugitivos y (si) lo devuelve a su dueño, el dueño del esclavo le dará dos siclos de plata.

Si este esclavo no ha querido mencionar el nombre de su dueño, le llevará al palacio; (allí) se realizará una investigación y se lo devolverán a su dueño.

Si retiene al esclavo en su casa (y si) después el esclavo es hallado en su posesión, el señor recibirá la muerte.

Si el esclavo huye de la casa de aquel que lo prendió, este hombre lo jurará (así) por el dios al dueño del esclavo y se marchará libre.

Si un señor abre brecha en una casa, delante de la brecha se le matará y se le colgará.

Si un señor se entrega al bandidaje y llega a ser prendido, ese señor recibirá la muerte.

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Si el bandido no es prendido, el señor (que ha sido) robado declarará oficialmente delante del dios (los pormenores de) lo perdido; después, la ciudad y el gobernador en cuyo territorio y jurisdicción se cometió el bandidaje, le compensarán (por todo) lo perdido.

Si es una vida (lo que se perdió), la ciudad y el gobernador pesarán una mina de plata (y se la entregarán) a su gente.

Si se declara un incendio (fortuito) en la casa de un señor y (si) un señor que acudió a apagarlo pone los ojos sobre algún bien del dueño de la casa y se apropia de algún bien del dueño de la casa, ese señor será lanzado al fuego.

Si un oficial o un especialista (militar) que había recibido la orden de partir para una misión del rey, no fuese (a la misma) o bien (si) alquilase un mercenario y le enviase en su lugar, ese oficial o ese especialista (militar) recibirá la muerte; el denunciante (del hecho) tomará su hacienda.

Si un oficial o un especialista (militar), mientras servía las armas del rey, ha sido hecho prisionero, y durante su ausencia han dado su campo y su huerto a otro que ha cumplido con las obligaciones del feudo (pagando la renta); si (el oficial o el especialista) regresa y vuelve a su ciudad, le serán devueltos su campo y su huerto y será él quien cumplirá las obligaciones del feudo.

Si un oficial o un especialista (militar), mientras servía las armas del rey, ha sido hecho prisionero (y si) su hijo es capaz de cumplir las obligaciones del feudo, le serán entregados el campo y el huerto y él cuidará de las obligaciones feudales de su padre.

Si su hijo es un menor y no es capaz de cumplir las obligaciones del feudo de su padre, un tercio del campo y del huerto se le dará a su madre; así su madre podrá criarle.

Si un oficial o un especialista (militar) ha dejado abandonado su campo, su huerto y su casa, motivado por las obligaciones del feudo, y tras ello se ausentó; (si) otro, después de su partida, se hizo cargo de su campo, huerto y casa y cumplió las obligaciones del feudo durante tres años; si (el anterior feudatario) regresase y reclamase su campo, huerto y casa, éstos no se le concederán. Sólo quien se hizo cargo de ellos y cumplió las obligaciones del feudo se convertirá en feudatario.

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Código de Hamurabi

El Código de Hamurabi está grabado sobre el basalto negro de este obelisco, de dos metros de altura y construido hacia el año 1780 a.C. La parte superior, en la imagen, representa a Hamurabi con Shamash, el dios del Sol. Shamash le ofrece a Hamurabi un báculo y un anillo que simboliza el poder para administrar justicia. Antes del reinado de Hamurabi, Babilonia era sólo uno de los varios reinos en pugna que existían en Mesopotamia. Con la ayuda de un

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magnífico ejército, Hamurabi conquistó a diversas entidades políticas rivales y fundó una nación unificada.

El Código de Hamurabi es el primer cuerpo legal conocido de la historia. Tras un prólogo, en el que este rey de Babilonia justifica su acción legisladora (ha recibido tal encargo del dios Marduk para fomentar el bienestar entre las gentes), se enumera el conjunto de leyes promulgadas. En el siguiente fragmento se recogen las primeras treinta.

Fragmento del Código de Hamurabi.

1. Si un señor acusa a (otro) señor y presenta contra él denuncia de homicidio, pero no la puede probar, su acusador será castigado con la muerte.

2. Si un señor imputa a (otro) señor prácticas de brujería, pero no las puede probar, el acusado de brujería irá al río (y) deberá arrojarse al río. Si el río (logra) arrastrarlo, su acusador le arrebatará su hacienda. (Pero) si este señor ha sido purificado por el río saliendo (de él) sano y salvo, el que le imputó de maniobras de brujería será castigado con la muerte (y) el que se arrojó al río arrebatará la hacienda de su acusador.

3. Si un señor aparece en un proceso para (presentar) un falso testimonio y no puede probar la palabra que ha dicho, si el proceso es un proceso capital tal señor será castigado con la muerte.

4. Si se presenta para testimoniar (en falso, en un proceso) de grano o plata, sufrirá en su totalidad la pena de este proceso.

5. Si un juez ha juzgado una causa, pronunciado sentencia (y) depositado el documento sellado, si, a continuación, cambia su decisión, se le probará que el juez cambió la sentencia que había dictado y pagará hasta doce veces la cuantía de lo que motivó la causa. Además, públicamente, se le hará levantar de su asiento de justicia (y) no volverá más. Nunca más podrá sentarse con los jueces en un proceso.

6. Si un señor roba la propiedad religiosa o estatal, ese señor será castigado con la muerte. Además el que recibió de sus manos los bienes robados será (también) castigado con la muerte.

7. Si, de la mano del hijo de un señor o del esclavo de un particular, un señor ha adquirido o recibido en custodia plata u oro, un esclavo o una esclava, un buey o una oveja o un asno, o cualquier cosa que sea, sin testigos ni contrato, tal señor es un ladrón: (en esos casos) será castigado con la muerte.

8. Si un señor roba un buey, un cordero, un asno, un cerdo o una barca, si (lo robado pertenece) a la religión (o) si (pertenece) al estado, restituirá hasta treinta veces (su valor); si (pertenece) a un subalterno lo restituirá hasta diez veces. Si el ladrón no tiene con qué restituir, será castigado con la muerte.

9. Si un señor, habiéndosele extraviado un objeto, encuentra su objeto extraviado en posesión de (otro) señor; (si) el señor en cuya posesión se halló el objeto extraviado declara: «Me lo vendió un vendedor, lo compré en presencia de testigos»; (si) de otra parte, el propietario del objeto extraviado declara: «Presentaré testigos que testimonien sobre mi objeto extraviado»; (si) el comprador presenta al vendedor que se lo ha vendido y a los testigos en cuya presencia lo compró; (si), por otra parte, el propietario del objeto perdido presenta los testigos que den testimonio del objeto perdido, (en ese caso) los jueces considerarán las pruebas, y los testigos, en cuya presencia se efectuó la compra, juntamente con los testigos que testimonian sobre el objeto perdido, declararán lo que sepan delante del dios. (Y puesto que) el vendedor fue el ladrón será castigado con la muerte. El propietario del objeto perdido recobrará su objeto perdido. El comprador recobrará de la hacienda del vendedor la plata que había pesado.

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10. Si el comprador no ha presentado al vendedor que le vendió (el objeto) ni los testigos en cuya presencia se efectuó la compra, y el dueño de la cosa perdida presenta testigos que testimonien sobre su cosa perdida, el comprador fue el ladrón: será castigado con la muerte. El propietario de la cosa perdida recobrará su propiedad perdida.

11. Si el propietario de la cosa perdida no presenta testigos que testimonien sobre el objeto perdido, es un estafador, (y puesto que) dio curso a una denuncia falsa será castigado con la muerte.

12. Si el vendedor ha muerto, el comprador tomará de la casa del vendedor hasta cinco veces (el valor) de lo que había reclamado en este proceso.

13. Si los testigos de tal señor no estuviesen a mano, los jueces le señalarán un plazo de seis meses. Y si al (término del) sexto mes, no presenta sus testigos, este señor es un falsario. Sufrirá en su totalidad la pena de este proceso.

14. Si un señor roba el niño menor de (otro) señor, recibirá la muerte.

15. Si un señor ayuda a escapar por la gran puerta (de la ciudad) a un esclavo estatal o a una esclava estatal o a un esclavo de un subalterno o a una esclava de un subalterno recibirá la muerte.

16. Si un señor dio refugio en su casa a un esclavo o a una esclava fugitivos, perteneciente al estado o a un subalterno y si no lo entregó a la llamada del pregonero el dueño de la casa recibirá la muerte.

17. Si un señor prende en campo abierto a un esclavo o esclava fugitivos y (si) lo devuelve a su dueño, el dueño del esclavo le dará dos siclos de plata.

18. Si este esclavo no ha querido mencionar el nombre de su dueño, le llevará al palacio; (allí) se realizará una investigación y se lo devolverán a su dueño.

19. Si retiene al esclavo en su casa (y si) después el esclavo es hallado en su posesión, el señor recibirá la muerte.

20. Si el esclavo huye de la casa de aquel que lo prendió, este hombre lo jurará (así) por el dios al dueño del esclavo y se marchará libre.

21. Si un señor abre brecha en una casa, delante de la brecha se le matará y se le colgará.

22. Si un señor se entrega al bandidaje y llega a ser prendido, ese señor recibirá la muerte.

23. Si el bandido no es prendido, el señor (que ha sido) robado declarará oficialmente delante del dios (los pormenores de) lo perdido; después, la ciudad y el gobernador en cuyo territorio y jurisdicción se cometió el bandidaje, le compensarán (por todo) lo perdido.

24. Si es una vida (lo que se perdió), la ciudad y el gobernador pesarán una mina de plata (y se la entregarán) a su gente.

25. Si se declara un incendio (fortuito) en la casa de un señor y (si) un señor que acudió a apagarlo pone los ojos sobre algún bien del dueño de la casa y se apropia de algún bien del dueño de la casa, ese señor será lanzado al fuego.

26. Si un oficial o un especialista (militar) que había recibido la orden de partir para una misión del rey, no fuese (a la misma) o bien (si) alquilase un mercenario y le enviase en su lugar, ese oficial o ese especialista (militar) recibirá la muerte; el denunciante (del hecho) tomará su hacienda.

27. Si un oficial o un especialista (militar), mientras servía las armas del rey, ha sido hecho prisionero, y durante su ausencia han dado su campo y su huerto a otro que ha cumplido con las obligaciones del feudo (pagando la renta); si (el oficial o el especialista) regresa y vuelve a

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su ciudad, le serán devueltos su campo y su huerto y será él quien cumplirá las obligaciones del feudo.

28. Si un oficial o un especialista (militar), mientras servía las armas del rey, ha sido hecho prisionero (y si) su hijo es capaz de cumplir las obligaciones del feudo, le serán entregados el campo y el huerto y él cuidará de las obligaciones feudales de su padre.

29. Si su hijo es un menor y no es capaz de cumplir las obligaciones del feudo de su padre, un tercio del campo y del huerto se le dará a su madre; así su madre podrá criarle.

30. Si un oficial o un especialista (militar) ha dejado abandonado su campo, su huerto y su casa, motivado por las obligaciones del feudo, y tras ello se ausentó; (si) otro, después de su partida, se hizo cargo de su campo, huerto y casa y cumplió las obligaciones del feudo durante tres años; si (el anterior feudatario) regresase y reclamase su campo, huerto y casa, éstos no se le concederán. Sólo quien se hizo cargo de ellos y cumplió las obligaciones del feudo se convertirá en feudatario.

CONCLUSIÓN.

Hammurabi proclama el principio de la competencia penal del Estado mediante la máxima de haber establecido su Código para administrar justicia a sus súbditos. La impartición del castigo pasaba de este modo a la plena jurisdicción estatal, con tribunales al efecto. El Estado aspiraba a imponer una pena concreta a un malhechor y a utilizar la norma como elemento de intimidación o de disuasión.

Todavía existía en el Código el derecho que asistía al individuo de castigar por su cuenta al ofensor, es lo que se llama la Ley del Talión y que sólo era aplicable a la clase superior.

Las penas, tanto económicas como las corporales, variaban según la categoría social de la persona contra quien hubiese cometido un delito.

El castigo fijado por el Estado, consistía fundamentalmente en 5 penas : pena de muerte, castigos corporales, composición económica, multas y expulsión del individuo de la comunidad.

Con Hammurabi la justicia funcionó con un sistema de doble administración jurídica, centrada en tribunales eclesiásticos sin poder ejecutivo y en tribunales locales.