CODIGO DE ETICA

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UNIVERSIDAD YACAMBÚ FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS DEONTOLOGIA Participantes : Freddy J. Piñerua H Juan Carlos Bullones Delkis Torrez Barquisimeto; Marzo 2014

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UNIVERSIDAD YACAMBÚFACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

DEONTOLOGIA

Participantes :

Freddy J. Piñerua H

Juan Carlos Bullones

Delkis Torrez Barquisimeto; Marzo 2014

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DIFERENCIAS ENTRE NORMA MORAL, NORMA JURÍDICA,

NORMA SOCIAL Y NORMA DEONTOLÓGICA

NORMA MORAL

Son aquellas que rigen las

acciones humanas con

miras al perfeccionamiento

personal del individuo, a lo

que es bueno y como hacer

el bien a los demás.

Se cumplen en forma

espontánea sin presiones

externas.

La norma moral es

unilateral ya que solamente

impone deberes y solo

pretende una actuación

subjetiva (un sujeto = un

deber).

No nacemos buenos o malos

"por naturaleza", sino que lo

vamos aprendiendo y

haciéndolo parte de nuestra

personalidad, poco a poco.

Este desarrollo moral, sería

común a todos los seres

humanos,

independientemente de la

sociedad o de la época en

que han nacido, es, ante

todo, una cualidad

específicamente humana,

como lo es la racionalidad o

la capacidad de elegir

libremente, cualidades que

nos diferencian del resto de

animales

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NORMA JURIDICA

Son aquellas que rigen las conductas humanas con miras a obtener un orden social

y el bien común y pueden ser exigidas en forma forzosa por parte del Estado.

Otorgan acción jurídica.

La norma jurídica es coercible ya que su cumplimiento no queda supeditado a

la voluntad espontánea de los particulares sino que puede ser exigido por la

fuerza por parte del Estado, actúa igualmente sobre el libre albedrío del

hombre y tiene sanción externa (multas, pago de daños y perjuicios).

No requiere ser conocida ni aceptada por el sujeto, se impone a él

independientemente de que el sujeto la reconozca o no quedando sometido al

deber jurídico, es fundamentalmente heterónoma (normativa que viene

impuesta directa o indirectamente por otro).

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NORMAS SOCIALES

Las normas sociales corresponden al conjunto de expectativas en cuanto al

comportamiento que tenemos quienes vivimos en sociedad

Todos de alguna manera nos adecuamos y seguimos las normas sociales

implícitas, por ejemplo en forma de conversar, usar determinadas palabras y

vestir de determinada manera (no necesariamente tiene que ver con estar a

la moda, sino que cumplir con las expectativas, por ejemplo, no ir al trabajo

con pantalones con hoyos o jeans rotos). Si no cumplimos con estas normas

corremos el riesgo de no ser aceptados en un determinado grupo, incluso de

ser rechazados.

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NORMA DEONTOLOGICA

Es la rama de la ETICA cuyo propósito es establecer los deberes y obligaciones

morales y éticas que tienen que asumir quienes ejercen una determinada profesión.

Es una norma moral a la que se someten nuestras acciones como profesionales

y que pueden ser evaluadas en un momento determinado por un grupo de

individuos en base a un estándar posiblemente colegiado

La deontología aplicada al estudio de los derechos y deberes, particularmente

enfocados al ejercicio de una profesión, es el caso de la deontología profesional. Para su

aplicación se elaboran códigos deontológicos, los cuales reglamentan, de manera

estricta o bien a modo de orientación, las cuestiones relativas al "deber", de los

miembros de una determinada profesión. La deontología se nutre por un lado del marco

jurídico, y por otro del marco moral.

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RELACIÓN DE LA ÉTICA CON OTRAS DISCIPLINAS DE LAS

CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS

Relaciones entre la Ética

y la Metafísica.

• La Metafísica nos proporciona y explica nociones y conceptos indispensables para entender la Ética, tales como el de ser, bien, valor, acto, potencia, sustancia, accidente, materia, forma, etc. Mismo que nos sirve como instrumentos mentales para captar el fondo de la temática de la Ética. La relación Ética – Metafísica es la misma que la de ciencia y su fundamento definitivo

Relaciones entre la Ética

y la Pedagogía.

• La Ética dicta que es lo que hay que hacer, en tanto que la educación muestra el modo en que podemos lograr lo propuesto por la ética. La educación es un arte en tanto que la Ética es una ciencia.

Relaciones entre la Ética

y la Economía.

• Los dos modelos, el económico y el Ético tienen que ir entrelazados para así evitar la explotación del trabajador, la marginación del asalariado, la usura en los intereses cobrados a los países del Tercermundistas, la colonización del trabajo, la producción y el gobierno de los países débiles

Relaciones entre la Ética y el Derecho.

• El derecho es un conjunto de normas que rigen la conducta humana y en esto se parece a la Ética, sin embargo, difieren entre las normas propias de cada una

• Las normas de la Ética son autónomas) y las del Derecho son heterónomas

• Las normas de la Ética rigen aspectos internos y las del Derecho aspectos externos.

• Las normas de la Ética son unilaterales y las del Derecho son bilaterales

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Relación de la Ética con la Psicología.

• La Psicología se parece a la Ética en cuanto a que también estudia los actos humanos, pero ésta los explica en el aspecto del hecho y la Ética solo se interesa en las normas de derecho de ese acto, es decir la psicología solo estudia el acto como objeto material, el por qué ocurre.

• La Ética en cambio estudia la bondad o maldad de dicho actos y dicta normas de cómo deben estos.

Relaciones entre la Ética y la Sociología

• La sociología surgió en el siglo XIX gracias a las aportaciones de Augusto Comte y de Karl Marx. Estudia el comportamiento del hombre en forma global, es una ciencia de hechos, mientras que la Ética es una ciencia de derechos.

Relaciones entre la Ética y

la Religión.

• La religión es la relación entre el hombre y Dios. Es un contacto íntimo de la persona con un Ser infinito, del cual procede y ante el cual puede ponerse gratificante y reconfortante

Relaciones entre la Ética y

la Teología.

• La Teología en este caso la teología Moral trata de la valoración moral de los actos humanos, mismo tema que el de la Ética, pero esta última utiliza la razón como instrumentos de su estudio y la Teología Moral además de la razón utiliza los datos de la fe como la Biblia y fuentes afines.

Relación de la Ética con otras disciplinas de las Ciencias

Sociales y Humanas

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EL CÓDIGO DE ÉTICA

La ética es la rama del saber que se ocupa del

estudio de las acciones morales de los individuos y

de los grupos, así como de las reglas y normas que

rigen ese comportamiento en una sociedad

determinada

Para lograr una mayor especialización del campo de

acción de la ética se utilizan los Códigos de Ética,

los cuáles no son más que una compilación de las

normas y reglas que determinan el comportamiento

ideal o más apropiado para un grupo específico de

profesionales. Las reglas de este código pueden

estar escritas (como en los casos de la medicina o

el derecho) o ser implícitas.

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EL CÓDIGO DE ÉTICA

La ética va más allá de las leyes vigentes. Es

decir, que ciertas actividades de pueden ser

consideradas legales pero no por ello éticas. Por

ejemplo, el trabajo infantil puede ser legal en

alguna parte del mundo (deseo que no) pero sin

duda esta práctica es mala para la sociedad.

Por tanto, el hecho de actuar conforme a la ley y

los reglamentos establecidos es solo una parte

del comportamiento ético.

La ética va más allá... Por tanto, la ética

profesional es la parte de la ética que rige el

comportamiento del individuo en su ejercicio

profesional.

La ética profesional pretende

regular las actividades que

se realizan en el marco de

una profesión. En este

sentido, se trata de una

disciplina que está incluida

dentro de la ética aplicada

ya que hace referencia a una

parte específica de la

realidad.

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Cabe destacar que la ética, a nivel general, no es coactiva (no impone sanciones legales

o normativas). Sin embargo, la ética profesional puede estar, en cierta forma, en los

códigos deontológicos que regulan una actividad profesional.

La deontología forma parte de lo que se conoce como ética normativa y presenta una

serie de principios y reglas de cumplimiento obligatorio.

Podría decirse, por lo tanto, que la ética profesional estudia las normas vinculantes

recogidas por la deontología profesional. La ética sugiere aquello que es deseable y

condena lo que no debe hacerse, mientras que la deontología cuenta con las

herramientas administrativas para garantizar que la profesión se ejerza de manera ética.

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Un Abogado:

Por Delkis Torrez

Sin Lugar a Dudas el Profesional del Derecho; El abogado, debe tener siempre

presente que es un servidor de la justicia y que su conducta debe estar

caracterizada por la probidad y la lealtad, por el desempeño con dignidad de su

oficio; y que la esencia de su deber profesional es consagrarse enteramente a los

legítimos intereses de su cliente, y poner en la defensa de los derechos del mismo

su celo, saber y habilidad, siempre apegado a las normas morales.

El profesional del derecho tiene que defender los intereses de su cliente siempre

actuando con la verdad y teniendo en cuenta su ética profesional. El abogado que es

honesto tiene como deber ético el guardar reserva de los asuntos vinculados con la

vida privada de sus clientes. Ello, porque se debe proteger el bien jurídico

correspondiente a la intimidad de la vida privada de las personas, protegidas por la

normatividad jurídica.

REFLEXIÓNES SOBRE EL CÓDIGO DE ÉTICA

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Ángel Ossorio en su obra “El Alma de la Toga”, nos habla del

criterio que debe tener un abogado. Para él; La abogacía no se

cimienta en la lucidez del ingenio, sino en la rectitud de la

conciencia. Malo será que erremos y defendamos como moral

lo que no es; pero si nos hemos equivocado de buena fe,

podemos estar tranquilos. Cita las palabras del novelista Collete

Iver. "Nuestro oficio ¿es hacer triunfar a la justicia o a nuestro

cliente? ¿Iluminamos al Tribunal o procuramos cegarle?

También da unos consejos a los abogados. Hay que ser

refractario al alboroto. Soportar la amargura de una censura

caprichosa e injusta, es carga añeja a los honores

profesionales. Debajo de la toga hay que llevar la coraza.

Abogado que sucumba al que dirán debe tener su hoja de

servicios manchada con la nota de cobardía. No digo que el

juicio público no sea digno de atención. Lo que quiero decir es

que después de adoptada una resolución, vacilar ni retroceder

por miedo a la critica, que es un monstruo de cien cabezas

irresponsables y faltas de sindéresis.

Cuando se ha marcado la línea del deber hay que cumplirla a

todo trance. El transeute que se detenga a escuchar los ladridos

de los perros, difícilmente llegará al término de su jornada.

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Los abogados están (y los que estaremos en un

futuro) sometidos a cánones éticos y morales

impuestos a nuestro servicio o actividad, recogidos

en el Código de Ética del Abogado Venezolano,

sancionado por el Consejo Superior de la

Federación de Colegios de Abogados de

Venezuela en fecha 3 de agosto de 1985. La

intención de este Código de Ética Profesional del

Abogado venezolano es que sirva como modelo

sobre el cual estén sustentadas las acciones éticas

del abogado y establecer los estándares de

conducta.

DECALOGO DEL ABOGADO

1º. No pases por encima de un estado de tu

conciencia.

2º. No afectes una convicción que no tengas.

3º. No te rindas ante la popularidad ni adules a la

tiranía.

4º. Piensa siempre que tú eres para el cliente y no

el cliente para ti.

5º. No procures nunca en los tribunales ser más

que los magistrados, pero no consientas ser

menos.

6º. Ten fe en la razón, que es lo que en general

prevalece.

7º. Pon la moral por encima de las leyes.

8º. Aprecia como el mejor de los textos el sentido

común.

9º. Procura la paz como el mayor de los triunfos.

10º. Busca siempre la justicia por el cambio de la

sinceridad y sin otras armas que las de tu saber

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Por Juan Carlos Bullones

La ética es un elemento de rigor en su vida profesional, ya que

la contaduría es un medio de control por excelencia para

cualquier persona u organización pública o privada.

El código de ética del contador establece como principios

fundamentales la integridad, objetividad, independencia,

competencia, cuidado profesional, confidencialidad, observancia

en las disposiciones normativas, difusión y colaboración y

comportamiento profesional. Un Contador Públicos actúa en muy

variadas asignaciones y deben demostrar todos estos principios

con objetividad en circunstancias diversas. Por ejemplo los

profesionales en el ejercicio independiente aceptan encargados

de realizar informes y, además, prestan servicios de

asesoramiento fiscal sobre otras materias gerenciales.

En atención a su cometido y a su capacidad, los Contadores

Públicos deben velar por el fiel cumplimento de los principios en

atención a sus servicios profesionales.

Para un Contador Público

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De igual forma quien incumpliere según el

Código de ética será sancionado primeramente

por el Tribunal de Honor de su Colegio cuyo fallo

es apelable ante el Tribunal Nacional de Honor,

además de la jurisdicción que tiene el Tribunal

Nacional de Honor en todo el país para los

casos previstos en el numeral anterior, está

facultado para conocer las transgresiones y

sanciones aplicadas por los tribunales de Honor

y/o disciplinarios. La expulsión definitiva,

conforme a las regulaciones de las leyes sobre

el ejercicio profesional, solamente podrá sé

determinado cuando la justicia ordinaria hubiese

dictado sentencia ejecutoriada contra el

profesional encausado.

Para la imposición de sanciones los Tribunales de Honor y/o disciplinarios, tomaran

en consideración la gravedad de la violación cometida, evaluando la trascendencia

que la falta tenga par el prestigio y estabilidad de la profesión. Según la gravedad de

la falta, la sanción podrá consistir en:

a) Amonestación Privada

b) Amonestación Pública

c) Suspensión temporal en el ejercicio de la profesión.

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REFLEXIÓNES SOBRE EL CÓDIGO DE ÉTICA

Por Freddy J. Piñerua H

Una de las reflexiones que a bien habría lugar pudiera referirse

al artículo número 2 que estatuye de la manera siguiente

¨El Abogado tendrá como norte de sus actos servir a la justicia,

asegurar la libertad y el ministerio del Derecho.¨

Pero también no es menos cierto que pudiera objetarlos todos

o al contrario colocarles, ya que no todos podemos ni debemos

pensar igual y así debe ser para poder aceptar los errores que

podamos tener y lograr corregirlos, pero como no todo puede ni

deber ser critica también hay que dar crédito a quienes se

preocuparon en algún momento por crear un código de Ética

Y ya para finalizar cito un pensamiento de, Albert Einstein

¨Hacer las cosas siempre igual y esperar resultados diferentes

es una Locura¨

Del Abogado Venezolano

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Referencias

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TbK_wHrZFaPCMHXw

http://html.rincondelvago.com/etica-y-abogado.html

http://introduccionalderechounilibre.blogspot.com/p/diferencias-entre-norma-

juridica-y.html

http://www.philosophiedudroit.org/ollero,%20deontologia.htm

http://eticauep.blogspot.com/2012/05/etica-y-otras-ciencias.html