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BUFETE Eduardo Ramos Almanza. CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA 2016

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BUFETE

Eduardo Ramos Almanza.

CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA

2016

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ÍNDICE

I. MENSAJE DEL DIRECTOR GENERAL II. INTRODUCCIÓN

III. POLÍTICAS DE CONDUCTA IV. VALORES V. CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA VI. PRINCIPIOS DEPARTAMENTALES VII. USO Y MANEJO DE LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL VIII. PROTECCIÓN DE ACTIVOS IX. RESPONSABILIDAD EN EL MANEJO DE LOS BIENES Y REGISTROS DE BUFETE EDUARDO RAMOS ALMANZA X. CONFLICTO DE INTERESES Y OPORTUNIDADES XI. COMPETENCIA LEAL XII. CUMPLIMIENTO DE LA LEY XIII. ANTI-SOBORNO

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XIV. PREVENIR EL LAVADO DE DINERO XV. REGALOS Y OTRAS CORTESÍAS XVI. CARTA DE ADHESIÓN

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I. MENSAJE DEL DIRECTOR GENERAL La prestación de servicios profesionales debe encontrarse sustentada en los más elementales valores y principios éticos. No basta la conducta deontológica del abogado en lo particular para el correcto desempeño de la profesión, además es necesario que esta conducta se encuentre permeada en todos y cada uno de los elementos que componen la firma, toda vez que tan importante será el servicio profesional como el servicio personal que cada uno deberá de realizar con el cliente. Nuestra firma se caracteriza por el servicio personal y directo, basado en los valores de confianza, respeto, honestidad, empatía, especialidad y asistencia jurídica. El abogado es un profesionista al servicio de la comunidad y cumple ese servicio como bien lo define el Código de Ética de la Barra Mexicana de Abogados, Asociación Civil, al poner sus conocimientos y habilidades en los que fue formado y pretender la realización de la justicia., la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Se debe actuar en todo momento con conocimiento y pericia técnica, procurando la formación y actualización permanente. Se deben de prohibir y desterrar todo tipo de conductas que conlleven al patrocinio de asuntos contrarios a los valores éticos de la firma y en perjuicio de nuestros clientes.

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Si el cliente plantea un asunto en el cual no estamos de acuerdo ni en la forma, ni en el fondo y no comulgamos con sus ideas, entonces será nuestra obligación siempre dentro del marco del respeto y la secrecía, negarnos a la atención de dicho asunto. II. INTRODUCCIÓN Los valores éticos, el liderazgo y la responsabilidad, son asuntos fundamentales e importantes para la misión que nos hemos propuesto realizar en el desempeño de nuestras actividades y funciones, dentro del marco ético y legal de Bufete Eduardo Ramos Almanza. Actuar con integridad y profesionalismo, sirve para incrementar el valor de la firma frente a nuestros clientes, personal, proveedores y directivos, manteniendo los más altos niveles de comportamiento éticos en el desempeño de quienes la integramos. Los principios más importantes de nuestro código de conducta y ética, se basan en la intención de precisar y saber actuar de cierta manera para contribuir a la realización de varias acciones positivas y al bienestar de todas las situaciones dentro de la firma; Así como establecer el marco de conducta y los parámetros esperados de aquellos que forman parte de Bufete Eduardo Ramos Almanza, o que interactúan con la misma. Saber actuar con imparcialidad, con honestidad, protegiendo y promoviendo el bien común, respecto a la toma de decisiones diarias dentro de todos los aspectos de Bufete Eduardo Ramos Almanza. Determinando así el lugar que la ética y los valores tienen en los servicios prestados y dentro de la firma; de lo contrario, se podría

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concluir que nuestros principios establecidos, no son importantes para nosotros. La ética y valores tienen que ver en todo lo que hacemos dentro del nuestra área de trabajo; por lo que nos hemos propuesto promover directores profesionalmente competentes, con un elevado sentido de la responsabilidad moral y social que exige su posición de poder y altamente especializados en las diferentes ramas de Derecho. Ser unos líderes en los servicios jurídicos integrales de acuerdo a nuestro código de ética, para que influyan positivamente en las decisiones diarias en el trabajo. Estas decisiones residen más bien, en aquellas circunstancias específicas de las cuales surgen los problemas, las que serán de gran importancia para la valoración ética de variadas alternativas, tomando así en consideración las que prevalecerán para resolver esos problemas, según sea el caso específico. Proporcionando las mejores soluciones que se puedan encontrar a las interrogantes que la vida profesional y de servicios jurídicos presenta. Otro principio básico dentro de nuestro código de ética es saber identificar bien las normas de comportamiento que puedan ser aceptadas por todos los miembros de Bufete Eduardo Ramos Almanza, realizar seminarios sobre deontología. Para así ayudar a orientar y decidir como se debe actuar para lograr dichos principios. Así, estos valores éticos y principios, son indispensables no sólo para cumplir cabalmente con lo establecido por la firma, sino también fomentar una cultura institucional que impulse actitudes y comportamientos dirigidos a una colaboración más productiva y eficaz, aplicables a todas las personas que colaboramos dentro de la misma, independientemente del nivel jerárquico, actividad o área en

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que se desempeñen. Promover un ambiente apropiado para un desarrollo integral. III. POLÍTICAS DE CONDUCTA Es importante promover una cultura ética, estableciendo y difundiendo los principios, criterios de acciones y valores entre todos los que forman Bufete Eduardo Ramos Almanza y ante la comunidad. IV. VALORES Nuestra firma de encuentra cimentada en valores que consideramos necesarios e indispensables para el desarrollo de nuestra actividad y que deben ser claros y perceptibles para todos nuestros clientes, estos valores éticos deben ser respetados en su integridad para desempeñar correctamente el quehacer diario y cumplir con las funciones de la firma hacia nuestros clientes.

El éxito de Bufete Eduardo Ramos Almanza, será actuar con rectitud y profesionalismo, ser responsables y estar conscientes del impacto de nuestras acciones y decisiones, buscando soluciones innovadoras ante cualquier situación. Crear una normatividad para la toma de decisiones y así cumplir con nuestros compromisos, garantizando la excelencia de nuestros servicios de forma ética y lícita.

Confianza. Toda relación entre abogado y cliente se encuentra basada entre otros valores, en la confianza; tratamos de establecerla desde la primera entrevista

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con nuestro cliente y en la atención del servicio que se requiere, a su vez consideramos que esta confianza debe se prevalecer con todos los miembros de la firma.

Honestidad. Necesariamente la honestidad es indispensable para el ejercicio de la práctica profesional, honestidad que debemos mantener con nuestros clientes, hacia las autoridades con las que interactuamos en representación de nuestros clientes y la interacción en todos los procesos de información que se necesitan llevar a cabo desde el interior de la firma y hacia las personas que se acercan a ella.

Empatía. Nuestros abogados se colocan en la situación que vive cada cliente que acude por servicios, sin importar la actividad, la empresa, el sector o la condición, el abogado debe comprender en forma absoluta el sentir de las personas que sufren un determinado problema legal, o de la empresa que requiere de un proceso de auditoría en cualquier ámbito.; Únicamente logrando la empatía con el cliente, estaremos preparados para afrontar el problema a consulta y podremos conseguir resultados óptimos.

Asistencia Jurídica Artesanal. La comprendemos como el cuidado y excelencia en todos los trámites que realizamos, consecuencia del estudio del caso concreto con la rapidez mental que se requiere en el Derecho; así como la atención personalizada con el cliente de acuerdo a sus necesidades específicas con humanismo, esta mezcla se ha vuelto el sello de nuestra firma gracias al Doctor en Derecho y fundador Eduardo Ramos Almanza, quien con el trabajo y dinámica de abogados más jóvenes ha desarrollado lo que constituye nuestro sello distintivo.

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Especialidad. La estructura de la firma nos ha permitido poder especializarnos en cada una de las ramas del Derecho, ampliando el abanico de coberturas jurídicas a nuestros clientes, sin que quede un hueco legal en el que no podamos asesorar.

Estamos preparados para prestar servicios de asesoría jurídica integral, cubriendo las necesidades de nuestros clientes, ante cualquier contingente legal, somos especialistas en la planeación estratégica jurídica, tanto en plano Consultivo como en el procesal.

V. CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA Es responsabilidad de todos los que colaboran en Bufete Eduardo Ramos Almanza, cumplir cabalmente con el presente código de ética. Conducir sus acciones positivamente, para que esto nos sirva de guía al momento de plantear los principios éticos. Hacer un compromiso íntegro y honesto, para lograr que sea una firma de alto rendimiento, producción y excelencia. VI. PRINCIPIOS DEPARTAMENTALES Tanto los directivos y colaboradores de Bufete Eduardo Ramos Almanza, deberán ejecutar y concretar de manera profesional y con apego a la ley, todas sus actividades laborales correspondientes; aportando sus conocimientos y experiencias adquiridas.

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Mostrando siempre una actitud profesional, apegada a los principios estipulados por Bufete Eduardo Ramos Almanza a la que representamos. Concretar correctamente el compromiso contraído y actuar en una forma innovadora, para así superar las expectativas deseadas; promoviendo siempre la excelencia y así obtener el resultado deseado, todo dentro de un ambiente de trabajo sano y productivo en cada departamento y sobre todo que se refleje en un beneficio directo para nuestro cliente. VII. USO Y MANEJO DE LA INFORMACIÓN Cualquier información que no sea considerada para Bufete Eduardo Ramos Almanza o para nuestros clientes de tipo público, ya sea escrita, en cualquier formato electrónico o cualquier otro medio, será estrictamente confidencial. Se considera confidencial, cualquier procedimiento, estrategia de carácter legal, de servicios, de compra, método, proceso de producción, planes estratégicos, información de planeación, información contable y financiera, estadísticas, sistemas de organización, fusiones, adquisiciones, proyectos, cambios organizacionales, costos, mercadeo de productos así como el sistema (software), tarjetas inteligentes, logotipos, imágenes, avisos comerciales sonoros, gráficos etcétera, concepto de negocio, base de datos de clientes, políticas de funcionamiento, asistencia técnica, tecnología, personal y manejo de personal, manuales de organización y procedimientos, información industrial que Bufete Eduardo Ramos Almanza o nuestros clientes nos hayan proporcionado y signifique obtener o mantener una ventaja competitiva, estratégica, procesal o corporativa e incluso económica frente a terceros en la realización de nuestros servicios, incluyendo todo

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intercambio de información secreta acerca de los procesos y con cualquier investigación, desarrollo, contabilidad, ingeniería, mercadotecnia, arrendamientos, servicios financieros, sistemas y técnicas de negocios o cualquier otro documento vital para la estrategia, los cuales serán clasificados como información privilegiada por Bufete Eduardo Ramos Almanza. y se deberá mantener segura dentro de la más estricta confidencialidad, conforme a las políticas establecidas.

Todos los que colaboran en Bufete Eduardo Ramos Almanza y tengan acceso a esa información, tendrán la obligación de salvaguardar y evitar que se divulgue, protegiendo todos los registros confidenciales de clientes, proveedores, empleados y de la firma. Se deberá aplicar de manera responsable las leyes de privacidad y confidencialidad, respecto a los datos personales y todo tipo de información que se utilice para la elaboración de nuestras funciones laborales dentro de la misma. VIII. PROTECCIÓN DE ACTIVOS Los que colaboramos en Bufete Eduardo Ramos Almanza seremos responsables del buen uso, la salvaguarda y custodia de todos aquellos bienes tangibles e intangibles propiedad de la firma, los cuales son elementos fundamentales considerados como activos, que se nos proporcionan para desempeñar nuestras actividades laborales. No podrán ser utilizados con algún otro propósito diverso al que están destinados, deberán ser únicamente usados y difundidos responsablemente por el personal autorizado y capacitado para tal efecto.

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IX. RESPONSABILIDAD EN EL MANEJO DE LOS BIENES Y REGISTROS DE LA FIRMA Conforme a toda la reglamentación y procedimientos legalmente establecidos, Bufete Eduardo Ramos Almanza. se compromete a proporcionar, según sea el caso, aquella información de índole pública, la cual será correcta, exacta y plena, dentro de todas las políticas y lineamientos establecidos internamente, asegurándonos de cumplir así con todos los requerimientos o requisitos solicitados. Solamente las personas autorizadas por Bufete Eduardo Ramos Almanza, serán los responsables de dar o hacer el mejor uso para el manejo de esos bienes, conforme al control interno existente y así también dar a conocer o informar los registros según sea el caso, junto con la facultad y autorización expresa previamente otorgada. X. CONFLICTO DE INTERESES Y OPORTUNIDADES Todos los que trabajan en Bufete Eduardo Ramos Almanza, tienen la obligación de actuar honestamente; guardar a la firma, un sentido de lealtad, sin participar en cualquier actividad directa o indirectamente que compita o interfiera con Bufete Eduardo Ramos Almanza o sus clientes, estar obligados a eludir cualquier situación que pueda causar un conflicto de índole personal y laboral. Evitar tener algún tipo de negociación vinculada a la relación laboral que se tiene con la firma o sus clientes, ni mucho menos recibir algún beneficio o ingreso de nuestros proveedores, ni personal o empresa alguna no autorizada para tal efecto. Evitar prácticas desleales con la firma.

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Al momento de encontrarnos o enterarnos ante una situación de está índole, todos los que colaboramos para la empresa, tenemos la obligación de informar o notificar al superior responsable dicha circunstancia y así evitar un conflicto de intereses dentro de la relación laboral, actuar conforme a los principios establecidos anteriormente en nuestro código de ética. XI. COMPETENCIA LEAL De acuerdo al presente código de ética y aún cuando los servicios no son considerados como una actividad mercantil, la competitividad debe basarse exclusivamente en el mérito de nuestros productos y servicios, precio justo y una atención conveniente y puntual; Preservando en todo momento los valores de la firma y reflejando directamente un beneficio a nuestros clientes, para así proporcionar una mejor relación con todos nuestros proveedores y clientes, manteniendo un acuerdo de trabajo formal e integro. Se evitarán en todo momento las conductas ilícitas y que incluso se puedan considerar como anticompetitivas, los monopolios, las prácticas Monopólicas, las concentraciones ilícitas, las barreras de libre concurrencia y se observará la competencia económica leal, evitando toda restricción al funcionamiento eficiente de los mercados. Es obligación de todos y cada uno de los factores, dependientes, proveedores y clientes de Bufete Eduardo Ramos Almanza, Cumplir cabalmente todas las leyes aplicables en la materia y en todo momento conducirnos conforme a las más altas normas de ética. Competir legalmente con otras firmas y nunca usar métodos ilegales o no éticos para obtener alguna información que

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pudiera constituir un secreto o información confidencial de nuestros clientes o de terceros; absteniéndonos a realizar prácticas desleales. XII. CUMPLIMIENTO DE LA LEY Es necesario que todos los colaboradores en cualquier nivel jerárquico, conozca y cumpla con el marco legal aplicable en el desarrollo de sus labores. Siendo responsabilidad de cada persona mantenernos informados y actualizados, de las disposiciones que nos interese, conocer los cambios que pueda haber respecto a dichas leyes. Cumplir cabalmente con las leyes, reglamentos y normas vigentes, así como hacer un compromiso íntegro y honesto al apego a la legalidad, en el momento de establecer una relación de negocios. XIII. ANTI-SOBORNO En la firma nos comprometemos a construir relaciones fuertes y duraderas tanto como con nuestros clientes, proveedores y autoridades, fundadas en la confianza y el beneficio mutuo, apegados a las buenas prácticas de negociaciones y servicios y por supuesto apoyamos la lucha contra la corrupción. Comprometidos a guiar y realizar todos nuestros servicios de manera transparente e integra, cumpliendo así con todas las leyes anti-corrupción, y así llevar todos nuestros registros precisos, transparentes y completos. Nunca realizar ningún tipo de contribución ilegal con el fin de obtener algún beneficio personal o para la firma.

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XIV. PREVENIR EL LAVADO DE DINERO Para prevenir el lavado de dinero es necesario que Bufete Eduardo Ramos Almanza, y todos los que colaboramos en esta firma, cumplamos siempre con las leyes y regulaciones aplicables relativas a la misma, minimizando el riesgo y evitar involucrarnos en alguna transacción, arreglo y operaciones que estén relacionados con algún origen delictivo. Evaluar siempre cada servicio a ofrecer realizado por la firma, para así evitar fondos ilícitos. Estudiar y examinar detenidamente todo tipo de relación para así asegurar su integridad y origen. XV. REGALOS Y OTRAS CORTESÍAS El intercambio de regalos dentro de una relación laboral puede causar conflicto de intereses, tanto en cuestiones personales como en las laborales. Es importante rechazar o dar, cualquier tipo de regalo o invitación proveniente de los proveedores o persona con la que se tenga alguna relación de trabajo, incluyendo clientes, asegurarnos que desde el principio estén al tanto de las directrices que marca la firma al respecto. Así mismo es responsabilidad de los que colaboramos en la firma informar inmediatamente a nuestro jefe, de cualquier situación de este tipo. Bufete Eduardo Ramos Almanza, sus empleados, factores, dependientes, socios, aliados de negocios, sucursales y filiales, se comprometen a seguir cabalmente todas las disposiciones señaladas por la Ley Federal para la

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Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, así como a todo lo dispuesto por los diferentes ordenamientos fiscales, civiles y penales del fuero común y federales y que tengan aplicación para la prevención de lavado de dinero y de financiamiento al terrorismo.